LA PROTECCIÓN DE LO SENSIBLE, o cuando la naturaleza del dato no lo es todo
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Marta Lorente Sariñena
Ana Cañizares Laso
Javier de Lucas Martín
Jorge A. Cerdio Herrán
Víctor Moreno Catena
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Manuel Díaz Martínez
Catedrático de Derecho Procesal de la UNED
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
José Luis González Cussac
Ignacio Sancho Gargallo
Luis López Guerra
Elisa Speckmann Guerra
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
LA PROTECCIÓN DE LO SENSIBLE, o cuando la naturaleza del dato no lo es todo
DANIEL JOVE VILLARES
tirant lo blanch Valencia, 2023
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© Daniel Jove Villares
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es DEPÓSITO LEGAL: V-2031-2023 ISBN: 978-84-1169-424-7 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
A mis padres y a mi hermana, por ser y estar
Índice PRÓLOGO...............................................................................................
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AGRADECIMIENTOS.............................................................................
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ABREVIATURAS.....................................................................................
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PREFACIO................................................................................................
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Capítulo Primero CONTEXTO, ESPACIO Y OBJETO I. El contexto o cuando las circunstancias y el momento importan......... 1. La importancia de los orígenes y el camino recorrido............ 2. Los riesgos derivados de la automatización del tratamiento de la información................................................................... 2.1. Nuevas tecnologías, nuevos desafíos. De las fichas perforadas a la computación cuántica......................... 2.2. Los riesgos de la informatización................................ 2.2.1. La quiebra de lo reservado: de ciudadanos a consumidores-productores........................ 3. Las respuestas frente a la automatización en el tratamiento de la información................................................................... 3.1. Los Warren y Brandeis de la década de los 60............. 3.2. La legislación y la jurisprudencia como factores configuradores del derecho a la protección de datos......... 3.2.1. La legislación abre camino. La protección que dio fundamento al derecho.................... 3.2.2. El factor jurisprudencial y la consolidación del derecho a la protección de datos............ 4. La externalidad, la reserva de lo privado y la contextualidad del derecho a la protección de datos......................................
35 35
II. Un espacio determinado: la Unión Europea.........................................
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III. El objeto: la protección de las personas frente al uso de su información.
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43 43 47 53 58 58 60 62 75 80
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Índice
Capítulo Segundo UN DERECHO FUNDAMENTAL COMPLEJO I. La Carta de Derechos Fundamentales como referencia........................
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II. Un derecho con un contenido por definir............................................. 1. De los nombres y su importancia. Un concepto omnicomprensivo................................................................................. 2. El art. 6 del TUE y el art. 52 de la CDFUE como fundamentos interpretativos del art. 8 de la CDFUE.............................. 3. El objeto de los Reglamentos de protección de datos y la naturaleza del derecho........................................................... 4. Interrogantes a solventar en torno a la naturaleza del art. 8 de la CDFUE..........................................................................
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III. La caracterización del derecho a la protección de datos. La oscilante jurisprudencia del TJUE....................................................................... 1. El «privacy thinking» del TJUE y el derecho a la protección de datos como prohibición..................................................... 2. El derecho a la protección de datos no es una prohibición..... IV. El derecho a la protección de datos: un derecho de configuración legal................................................................................................. V. La protección de datos y el dominio de la proyección exterior. El derecho como poder de control y disposición............................................. 1. Un bagaje jurisprudencial a considerar. La jurisprudencia creadora de los Tribunales Constitucionales español y alemán. 2. El derecho a la protección de datos como poder de control y disposición.......................................................................... 3. Derechos fundamentales, poder de control y protección instrumental............................................................................... 3.1. La protección de los derechos y el derecho a la protección de datos.......................................................... 3.2. La relación entre el poder de control y la protección de los derechos. Las dos opciones del modelo europeo. 3.3. Una variante a considerar. La particularidad española.. 4. El poder de control y disposición y el resto de facultades y derechos no previstos en la CDFUE....................................... 5. El problema del derecho del derecho...................................... VI. La tutela jurídica de los datos personales. El derecho a la protección de datos en sentido amplio y en sentido estricto..................................
97 100 108 110 112 112 119 123 126 126 128 131 131 134 138 140 142 143
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Índice
1. 2.
Las finalidades como factor delimitador y definidor de la naturaleza del derecho a la protección de datos..................... El derecho fundamental a la protección de datos en su configuración europea................................................................. 2.1. Un contenido dual...................................................... 2.2. La unidad de lo dual...................................................
VII. El derecho fundamental a la protección de datos en su configuración europea...............................................................................................
143 146 146 150 158
Capítulo Tercero LA IDIOSINCRASIA DEL MODELO EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS: PROACTIVIDAD Y PREVENCIÓN DE RIESGOS I. La “europeización” del derecho a la protección de datos..................... 1. Primeros pasos: La construcción del mercado interior como impulso.................................................................................. 2. La armonización como herramienta: La Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995...................................................................................... II. El Reglamento General de Protección de Datos: la plasmación normativa de la cultura jurídica europea....................................................... 1. El RGPD, el buque insignia del modelo europeo de protección de datos.......................................................................... 1.1. El necesario complemento estatal y la idiosincrasia del modelo.................................................................. 2. Los dos pilares del RGPD: La protección de los derechos y la libre circulación de la información..................................... 3. Un ámbito de aplicación con aspiración de influencia global. La fuerza condicionante del RGPD................................. 4. Un modelo de resolución de conflictos................................... 5. Los principios como elemento vertebrador del modelo de protección.............................................................................. III. El alma del Reglamento General de Protección de Datos: proactividad y riesgo................................................................................................ 1. El responsable del tratamiento............................................... 2. La proactividad. Elemento central del modelo....................... 3. El riesgo como factor modulador y condicionante del sistema. 3.1. Medidas específicas de prevención de riesgos.............. 3.1.1. Protección desde el diseño y por defecto...... 3.1.2. Notificación de violaciones de seguridad...... 3.1.3. Las evaluaciones de impacto........................
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Índice
3.2. 4.
Medidas no exclusivamente vinculadas a la reducción del riesgo............................................................. Un modelo complejo e híbrido...............................................
IV. Reflejos de la idiosincrasia del modelo europeo en el ecosistema normativo europeo de tratamiento de la información............................... 1. Más allá del RGPD................................................................ 2. Adecuación normativa a las finalidades y contextos del tratamiento................................................................................ 3. ¿Toda opción regulatoria debe ser proactiva?........................ 4. Una mirada al futuro. La regulación de la Inteligencia Artificial. V. Un modelo eminentemente preventivo y proactivo..............................
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Capítulo Cuarto TRATAMIENTO FRENTE A DATO. O CUANDO EL CÓMO Y EL PARA QUÉ IMPORTAN TANTO COMO EL QUÉ I. Dato personal y tratamiento como objeto primario de estudio............
251
II. El concepto de dato personal............................................................... 1. Elementos clave..................................................................... 2. Información........................................................................... 3. Persona física......................................................................... 3.1. La “individualidad” de los datos................................. 3.2. Sobre la “propiedad” de los datos............................... 3.3. Los datos de las personas fallecidas............................ 4. Identificada o identificable..................................................... 4.1. Los dos extremos: identificado y anónimo (o dato no personal)................................................................ 4.2. Problemas en torno a la anonimidad de la información.. 4.3. La identificabilidad..................................................... 5. ¿Una ampliación del concepto?.............................................. 5.1. El contenido, la finalidad y los efectos como variables identificativas....................................................... 5.2. La interpretación restrictiva en el asunto YS............... 5.3. Nowak: las opciones se amplían................................. 5.4. Consecuencias de la ampliación del concepto dato personal...................................................................... 5.4.1. El proceso de ampliación conceptual. Primeros pasos................................................. 5.4.2. El RGPD. Un modelo más acorde con una interpretación amplia del concepto..............
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III. El tratamiento y la protección frente a los riesgos................................
286
267 273 275 277 277 278 279 282 282 284
13
Índice
1. 2. 3.
El tratamiento como elemento configurador del sistema de protección.............................................................................. La definición de tratamiento.................................................. La confirmación del riesgo como criterio determinante en la aplicación del derecho de protección frente al tratamiento de la información personal..................................................... 3.1. El ámbito de aplicación del RGPD como punto de partida........................................................................ 3.2. Tratamiento no automatizado de los datos personales. 3.3. La exención doméstica................................................
IV. Un concepto de dato personal para la era digital................................. 1. El tratamiento como eje vertebral del derecho fundamental... 2. El concepto de dato personal ante el espejo de su realidad..... 3. ¿Hacia una ampliación del concepto de dato personal?......... 4. La deseable ampliación del concepto de dato personal. El contexto como factor a considerar......................................... 5. Una propuesta en consonancia con la idiosincrasia del modelo europeo de protección de datos...................................... 6. Compatibilidad de la propuesta con el derecho fundamental a la protección de datos.........................................................
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Capítulo Quinto LAS CATEGORÍAS ESPECIALES. EL RECONOCIMIENTO JURÍDICO DE LO SENSIBLE Y EL MODELO DE PROTECCIÓN EUROPEO I. Las categorías especiales de datos........................................................
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II. El fundamento de las categorías especiales.......................................... 1. No todos los datos son iguales............................................... 2. El difícil consenso sobre lo sensible........................................ 2.1. Los datos sobre condenas e infracciones penales. La particular regulación europea..................................... 3. ¿Qué subyace a las categorías especiales?............................... 3.1. Representación de los elementos más identificativos y sensibles de la persona............................................. 3.2. Las bases de lo sensible: intimidad, alto riesgo y discriminación................................................................. 3.2.1. Cuanto más privado, más sensible............... 3.2.2. Categorías sospechosas y derecho antidiscriminatorio................................................. 3.2.3. El alto riesgo: el factor con mayor alcance...
312 312 314
III. El reconocimiento jurídico de lo sensible. Modelos de protección........
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316 319 319 322 322 323 326
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Índice
1. 2. 3.
El contenido y las categorías de datos predefinidas. La seguridad aplicativa como valor................................................... La realidad del tratamiento determina la naturaleza del dato. El contexto como identificador......................................... La protección jurídica de los supuestos dudosos y la importancia del contexto................................................................. 3.1. El contexto como identificador de lo sensible.............
329 333 336 339
IV. El modelo europeo de protección de los datos especiales..................... 1. El régimen jurídico de los datos especiales en el RGPD. La prohibición como premisa..................................................... 2. Dos modos de afrontar la habilitación del RGPD. El modelo español y el alemán................................................................ 2.1. España........................................................................ 2.2. Alemania....................................................................
341
V. La dificultad ¿insuperable?: la identificación de lo sensible en el rgpd.. 1. El contexto y las características del tratamiento como factor condicionante........................................................................ 2. Lo que el modelo actual de protección de lo sensible no termina de responder.............................................................
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341 349 349 352
358 361
Capítulo Sexto DOS MODELOS ALTERNATIVOS DE PROTECCIÓN DE LO SENSIBLE I. Una propuesta moderada. Ajustar el modelo sin alterarlo en exceso.... 1. De los datos especiales a los tratamientos especiales.............. 2. Carencias de la propuesta......................................................
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II. Una propuesta más rupturista: El fin de las categorías especiales......... 1. La sustitución de las categorías especiales por un modelo de protección riesgos racionalizado............................................ 2. Viabilidad de la propuesta..................................................... 2.1. Una propuesta acorde con el modelo europeo de proactividad y riesgo.................................................. 2.2. Compatibilidad con el derecho fundamental a la protección de datos..................................................... 2.3. No entraña un menor nivel de protección...................
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.........................................................
377
369 372 372 374 375
PRÓLOGO Desde que en 2018 se aprobase la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, no han sido pocos los volúmenes que le han prestado atención al desarrollo en España del Reglamento (UE) 2016/679 y, ya antes, al propio texto aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo. Pero las páginas que siguen a estas del prólogo que, con mucho orgullo y una pizca de emoción, tengo el privilegio que escribir no constituyen un libro más sobre protección de datos. El trabajo de Daniel Jove, que no es la simple edición venal de su Tesis Doctoral, sino una obra original surgida a partir de aquella y, claro está, del estudio previo, coetáneo y posterior a la misma, es una pieza esencial en este momento para avanzar en el análisis del sistema europeo de protección de datos personales. Ese avance, además, se hace a partir de un enfoque, si no inédito, prácticamente ausente en la mayor parte de las aproximaciones a la realidad de la protección de datos personales: el de la finalidad del tratamiento, que propone sea el verdadero núcleo del sistema, sustituyendo al construido a partir de las categorías de datos. No creo que mi misión de prologuista sea anticipar a las y los potenciales lectores las conclusiones de la obra, pero sí me parece justo destacar la audacia y validez de esta aproximación al que quizá sea el núcleo del modelo de protección de datos. Aunque la formulación no esté exenta de sus propios problemas, no es menos cierto que resuelve muy eficazmente otros que el modelo actual plantea. El autor es plenamente consciente de esto, así que desciende al menudo con ejemplos claros, tanto fruto de la abstracción intelectual -que maneja con una destreza impropia de su juventud- como de la concreción de la casuística que reflejan dictámenes y sentencias que trae a colación en cada caso. La solidez de trabajos como este procede, más allá de la brillantez de sus autorías, de la consulta de las fuentes más solventes y actuales. Esto es algo en lo que Daniel Jove destaca en todas sus aportaciones, incluso cuando eso suele suponerle una pendencia casi enfermiza con respecto a lo último de lo último que se sabe “está al caer” de alguno de los órganos de decisión relevantes en el asunto. Así que este no es “otro libro sobre protección de datos”, sino que me atrevo a decir que
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Daniel Jove Villares
está llamado a convertirse en el referente de otros muchos, no menos necesarios, que habrán de escribirse a partir de él, para desmenuzar los argumentos de éste, para contradecirlos si se puede, para avanzar a parir de las conclusiones que aquí quedan expuestas. Y este es, probablemente, el mayor valor de la obra de Daniel Jove, que ha abierto un camino, que él mismo seguirá abonando, pero que contará con aportaciones de investigadoras e investigadores que lo utilizarán con el interés de esas obras que marcan un cambio de tendencia. Plantearse el problema de la protección de datos con “proactividad”, como dice el autor, exige estar dispuestos a una reflexión que va mucho más allá de la pura exégesis normativa y que nos invita a adentrarnos en las necesidades de regulación de realidades solamente desarrolladas de forma incipiente en este momento, como la de la inteligencia artificial, pero que van a requerir que nos hayamos planteado estos asuntos con cierta profundidad y solvencia. Jove adelanta parte de ese trabajo y pone los mimbres para avanzar en su desarrollo posterior a partir de un paradigma distinto al habitual. La dificultad de ofrecer herramientas jurídicas para realidades en constante evolución conduce a cierta flexibilidad en algunas soluciones, pero fundamentadas en principios sólidos, que es lo que ofrecen trabajos como el que ahora prologo. El orgullo que decía al principio que acompañaba a la redacción de estas líneas tiene que ver con mi relación con el autor. Desde que, hace unos años, su expediente académico le hizo acreedor a una beca de colaboración en el departamento del que yo era entonces director, Daniel Jove comenzó a vincularse con el Área de Derecho Constitucional y a plantearse, en un contexto en el que ese planteamiento era más heroico que otra cosa, iniciar estudios de postgrado con vistas a la realización de una Tesis Doctoral. Decidió Daniel que, a pesar de mi renuencia a vincularme con el espinoso tema de la protección de datos, ejerciese como su director, por lo que pedí auxilio al Dr. Agudo Zamora, Catedrático de la Universidad de Córdoba, a quien públicamente agradezco ahora que estuviera conforme. Estoy seguro de que su anuencia con el proyecto se debió entonces a la identidad de quien le pedía su implicación en el mismo. Tanto como lo estoy de que ahora, ya con este libro en sus manos, él también siente orgullo legítimo por la obra; su generosidad de siempre le ha sido devuelta con la calidad del trabajo de Daniel, que
PRÓLOGO
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lo hubiera tenido mucho más difícil sin sus consejos, prudentes por la experiencia que atesora, audaces por la pasión con la que, hace ya muchos trienios, Miguel Agudo encara la tarea de hacer y enseñar el Derecho de la Democracia y de la Libertad. Las azarosas circunstancias de mi vida académica y paraacadémica y una pandemia, determinaron que la labor de dirección fuera menos intensa de lo deseable para mí, aunque ello claro está, no haya influido en demérito del trabajo. Antes al contrario, tengo por seguro que, de haber podido influir más sobre la Tesis del Dr. Jove, hubiera dificultado, incluso sin querer, la evolución audaz que tomó y la que hoy es visible en este libro. Por fortuna, mucho más cerca que yo estuvo el Dr. Caamaño Domínguez, Catedrático de la Universidad de A Coruña, a quien debo agradecer que se ocupase de discutir algunos enfoques y de confrontar su visión con la del autor y de sus directores. Francisco Caamaño aporta la más espectacular mezcla de erudición académica y conocimiento del mundo jurídico en acto, un cóctel del que resulta una clarividencia inasequible para ciertas miopías universitarias, que ven política donde solo hay ciencia, aunque les sobre cuajo para vender luego como ciencia sus burdos intentos de salir siempre en auxilio del vencedor. Administrar datos de terceros no tiene nada de novedoso. Con un poco de cuidado y observación podríamos hacer un perfil perfecto de cualquiera con un mínimo de interacción social: cómo nos gusta el café; nuestra marca de perfume; nuestra entidad bancaria…hasta la Biblia refleja un proceso de elaboración de un censo. Pero nunca como hasta ahora el conjunto de datos ha sido tan numeroso, se ha podido manejar con tanta rapidez y versatilidad y ha servido a motivaciones tan poco honestas, hasta moldear al propietario de los mismos datos. No se trata de preocuparnos por las cookies que provocan molestos banners de publicidad, sino del uso de herramientas de perfilado político que ya han logrado alterar el resultado de algunas decisiones de gran calado sometidas a ratificación refrendataria. Ya no es una ensoñación de un guionista de una serie rompedora de la BBC. De un planteamiento sobre la protección de la vida privada se ha trascendido a un cuestionamiento del funcionamiento institucional. La reclamación sobre el conocimiento y propiedad públicas de determinados algoritmos y de transparencia en su finalidad o el diseño de algoritmos “verdes” lo han situado en el centro del debate actual. Son algo más que datos, son sus usos. Y esa visión, que es la que mejor
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Daniel Jove Villares
nos sitúa para enfrentar los problemas actuales de esta materia, es la que se defiende en el libro de Daniel Jove. Al autor solo me resta agradecerle su confianza, su tesón y su esperanza en enseñarme algo. Parabéns polo traballo ben feito; forza para o que ha de facerse.
Madrid/A Coruña, diciembre de 2022.
AGRADECIMIENTOS Confío que, quien tenga la predisposición y presencia de ánimo necesarios para leer esta monografía sabrá disculpar este breve ejercicio de introspección. Con él pretendo, sabiendo que es imposible, hacer justicia a aquellos que, de algún modo, han contribuido a la materialización de este trabajo. Si toda obra humana requiere de tiempo, esfuerzo y recursos para su culminación, este libro es, en cierto sentido, un producto colectivo. Como lo fue, en su momento, la tesis doctoral que opera como núcleo de esta obra. En efecto, este libro es el producto último de los cinco años dedicados a la elaboración de la tesis: Tratamiento frente a dato. El problema de las categorías especiales. De ese trabajo bebe este libro, conservando sus elementos centrales, acentuándolos, aclarándolos y perfilándolos. Sin embargo, no oculto que de aquella tesis a esta monografía hay sustanciales diferencias de contenido y estructura, motivadas por la voluntad de ofrecer un trabajo centrado en la necesidad y viabilidad de revisar el modo en que se articula la protección de lo sensible en el tratamiento de la información personal. Espero haberlo logrado, y que los resultados que aquí se exponen estén a la altura de la importante deuda que he contraído con muchas personas durante este tiempo. En el proceso de actualización y adecuación de este trabajo se han tomado en consideración algunas de las sugerencias que, con inteligencia y atino, realizaron los profesores Antonio Troncoso Reigada, Manuel Medina Guerrero y Diana Sancho Villa durante el acto de defensa de la tesis. Quisiera, además, dejar constancia de mi agradecimiento por la minuciosidad, profesionalidad y generosidad con la que evaluaron mi trabajo. La realización de aquella tesis, y de este libro, no habría sido posible sin la tranquilidad y estabilidad que me proporcionaron las diversas ayudas y contratos de los que he disfrutado durante este tiempo, como el contrato predoctoral de la Xunta primero, y el de Formación del Profesorado Universitario del Ministerio después, o las ayudas para estancias de Idintex y del Ministerio. Y si de tranquilidad y facilitar el trabajo diario hablamos, no puedo dejar de mencionar a la Universidade da Coruña. Tanto por los medios materiales y técnicos
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Daniel Jove Villares
que ha puesto a mi disposición como, sobre todo, por las personas que la hacen funcionar. A pesar de la enorme precariedad de la carrera universitaria, y del elevado grado de incertidumbre que la rodea, especialmente en sus etapas iniciales, creo que he sido un afortunado. A esa sensación contribuyen, en gran medida, las personas que me acompañaron durante esa etapa, tanto las que estaban desde el principio como las que se han ido incorporando por el camino. En este sentido, quisiera hacer dos menciones particularizadas. La primera referida a los profesores del área de Derecho Constitucional de la Universidade de A Coruña, quienes constituyen una referencia de trabajo y buen hacer; con su ejemplo marcan el camino a seguir. La segunda es para mis amigos y amigas, los que estaban cuando empecé, los que he encontrado en la facultad, con quienes comparto el día a día desde que iniciamos la etapa predoctoral en la misma época (Noelia, David, Silvia o Marián representan a un grupo más amplio de amigos y compañeros que contribuyen a hacer más llevadero el trabajo diario) y, finalmente, los que el mundo del Derecho Constitucional ha ido proporcionándome desde que realicé el máster de Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y conocí a Andrés y Lara. Ellos son los primeros integrantes de un grupo más amplio de amigos y amigas constitucionalistas que, confío, seguirá creciendo con los años. Con todo, quienes más han contribuido a que este libro sea una realidad son los tres maestros que me han guiado en esta etapa: Miguel Agudo Zamora, Santiago Roura Gómez y Francisco Caamaño Domínguez. El profesor Agudo es la demostración fáctica de que la tecnología también puede servir a fines nobles y de que la distancia que separa Córdoba y A Coruña no es tanta como los mapas indican. Al profesor Caamaño le agradezco el mucho tiempo y ayuda que generosamente me ha dedicado y dedica, las muchas lecciones y críticas que me brinda y lo mucho que de él he aprendido y aprendo cada día. Si el agradecimiento supone reconocer una deuda, esta es de las impagables. El profesor Roura tuvo el valor de confiar en mi capacidad para dedicarme al Derecho Constitucional. La libertad, confianza y enseñanzas que me ha brindado palidecen al lado del aprecio y preocupación que siempre me ha mostrado, el prólogo que precede a estas líneas da testimonio de ello.