Skip to main content

1_9788490044445

Page 1

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Y POR OPCIÓN —supuestos del artículo 20.1.a) del Código Civil—

CON ANEXOS RELACIONADOS

Modelos y formularios redactados de conformidad con la legislación vigente a 17 de septiembre de 2011 Prólogo de D. Antonio MONSERRAT QUINTANA Doctor en Derecho, Magistrado, Vocal del Consejo General del Poder Judicial. De la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Baleares

JOSÉ JUAN GALLEGO MIRÓ Funcionario Titular de la Administración de Justicia

Valencia, 2011


Copyright ® 2011 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

© JOSÉ JUAN GALLEGO MIRÓ

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es I.S.B.N.: 978-84-9004-445-2 MAQUETA: PMc Media Si tiene alguna queja o sugerencia envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia por favor lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


Más vale encender una bujía que maldecir la oscuridad (Confucio)


EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Por el autor se ha hecho un gran esfuerzo en realizar la redacción de este libro con la máxima atención a la normativa vigente, utilizando textos completos muy precisos en sus matices. El autor está exento de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del uso de todo o parte de este libro, incluyéndose especialmente la vulneración de cualquier derecho que pudiera afectar directa o indirectamente a personas físicas o jurídicas. El fin de esta publicación es orientar al lector sobre la materia tratada, facilitándole la identificación de la normativa, que es citada y en ocasiones transcrita de modo no oficial, debiéndose acudir a las fuentes oficiales de Derecho positivo a fin de acceder a las redacciones de aquélla, de carácter oficial. El comprador de este libro, mediante su obtención, no adquiere respecto del autor ningún derecho de asistencia, asesoramiento, o cualquier otro análogo, sobre su utilización o procedencia de uso, debiendo en caso de precisar tales servicios contratar la prestación de éstos por un profesional acreditado, especialista en la materia. PROPIEDAD INTELECTUAL Esta obra está registrada en Registro de la Propiedad Intelectual de España. Reservados todos los derechos de publicación en cualquier lengua. Este libro no puede ser, ni en todo ni en parte, reproducido, grabado en sistemas o dispositivos de almacenamiento, o transmitido en forma alguna por toda clase de procedimientos, ya sean electrónicos, mecánicos, magnéticos, reprográficos, o de cualquier otro tipo preexistente o que se invente en el futuro, sin autorización previa y por escrito del autor. El contenido del libro está protegido por la Ley; el Código Penal establece las penas de prisión y/o multas a quienes resproduzcan, plagien, distribuyan o comuniquen públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o procedan a su transformación, interpretación o ejecución artística, fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización del titular de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.


AGRADECIMIENTOS Las siguientes personas han contribuido a que esta obra sea una realidad. Mi más afectuoso y sincero agradecimiento a todos ellos, por sus aportaciones y apoyo. Por orden alfabético: Dª MARÍA ÁNGELES CUBELES VALLÉS D. JAVIER JESÚS FERNÁNDEZ GALLEGO Dª ISABEL GALLEGO MIRÓ D. MATEO GALLEGO SÁNCHEZ D. HÉCTOR LÓPEZ CAUSAPÉ D. JULIO LÓPEZ-BERMEJO MUÑOZ Dª GRACIA MIRÓ AGUILAR D. ANTONIO MONSERRAT QUINTANA D. JUAN ANTONIO SORIA RUIZ Dª AÍDA TULI D’ARET Todos los demás colaboradores y simpatizantes de www.cendoreg.es


PRÓLOGO

D. ANTONIO MONSERRAT QUINTANA Doctor en Derecho. Magistrado. Vocal del Consejo General del Poder Judicial. De la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Baleares

Entre las diversas tareas que vengo ejerciendo con mejor o peor fortuna en mi calidad de miembro del Consejo General del Poder Judicial, se encuentra la de Vocal Territorial de Aragón. En ese cometido, con ocasión de una visita al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Caspe, me llamó mucho la atención el trabajo que allí venía ejerciendo D. José Juan Gallego Miró, funcionario a cargo de las cuestiones relativas al Registro Civil. Contra el estereotipo corriente –caricatura- que muchas veces se pretende dar de la labor en los juzgados, me encontré ante una persona enamorada de su trabajo, que lo desempeñaba con extraordinaria eficacia, y que había desarrollado, por su cuenta y a su costa, una página web en la que exponía el fruto de sus esfuerzos, con la única pretensión de servir de ayuda en el intrincado mundo del Registro Civil y, más en concreto, en la materia, hoy de tanta actualidad, de adquisición de la nacionalidad española por residencia y opción. Nunca he entendido del todo la enorme diferencia que se aprecia entre la formación que se exige a los Registradores de la Propiedad y Mercantiles y la que se precisa para llevar a cabo las labores propias del Registro Civil. Sin desmerecer en absoluto aquélla, me parece obvio que en un asunto en que se ventilan cuestiones que afectan al núcleo más esencial de la persona: su identidad, su nacionalidad, su estado civil individual y familiar, etc., se debería dar solución eficaz a la grave necesidad de la formación específica en estas materias, sin que tenga que ser buscada y adquirida, aquí y allá, por quienes en definitiva van a tener que resolver los problemas de esta índole. Cualquiera que tenga experiencia en esta materia puede dar fe de que las situaciones que se plantean en el Registro Civil son variadísimas, muchas veces de gran complejidad, con escollos derivados de diferentes puntos de conexión, entrecruzamiento de legislaciones distintas, de elementos de prueba que habitualmente proceden del extranjero, y tantas otras. Y que encontrar la solución adecuada es difícil, ante la maraña de disposiciones, interpretaciones, jurisprudencia, circulares y muchos otros obstáculos. Pues bien, el libro que ahora prologo con sumo gusto, atendiendo a una amable invitación del autor, subviene a estas necesidades, desde un punto de vista práctico, que es el que más interesa, porque el administrado no puede recibir respuestas de sólo buenas palabras, o el infausto “Vuelva Ud. mañana”, sino que tiene derecho a la resolución jurídica que encauce el problema que tantas veces le angustia y acucia.


14

Antonio Monserrat Quintana

Realmente, impresiona el cúmulo de modelos de actas, acuerdos, comparecencias y toda clase de actos imaginables que recoge el libro. Junto a los que relaciona con exhaustividad un gran número de anexos de Derecho Positivo, una relación de nombres propios sobre los que se ha discutido su admisibilidad; un utilísimo “índice logístico”; y una rica bibliografía, entre otras muchas y útiles aportaciones. Deseo vivamente que esta importante obra tenga el éxito que merece su autor, a quien animo a proseguir en esta línea, ampliando las muy interesantes ideas que expone en su Introducción, cuya sola lectura basta para formarse cabal idea de la calidad humana y amplios conocimientos que le adornan. Madrid, Febrero de 2011.


INTRODUCCIÓN

¿POR QUÉ UN LIBRO DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA? Sencillamente, era necesario hacerlo, porque es muy práctico. Es un libro-herramienta muy útil. El desencadenante fue la comprobación por el autor de la compleja y profusa regulación existente en nuestro país relacionada con la adquisición de la nacionalidad española por los extranjeros, la cantidad de variables que en la práctica se presentan en el momento de la extensión del acta de adquisición, y la diversidad de acuerdos calificadores que pueden tener lugar previamente a la práctica de las inscripciones en el Registro Civil. La adquisición de la nacionalidad española por ciudadanos extranjeros ha pasado a tener, en la última década, una inusitada frecuencia en la práctica registral, debido básicamente a dos factores inherentes a nuestro tiempo. Por un lado, la llegada a España de millones de personas de nacionalidad extranjera a fin de trabajar y residir en nuestro país de manera permanente y adquirir la nacionalidad española, en fuerte contraste con la idea “extranjero=turista”, propia de tiempos francamente anteriores. Por otro, y en directa relación con lo anterior, la entrada en vigor de la Ley 24/2005 en fecha 20 de noviembre de 2005, que supuso la descentralización de la que fue hasta entonces competencia exclusiva del Registro Civil Central para la calificación e inscripciones de estas adquisiciones cuando el nacimiento del naturalizado tuvo lugar en el extranjero. Esta descentralización y la primera fase de informatización han supuesto los más profundos cambios en la práctica registral en la última década, y a su vez han generado unas precisas y técnicas Instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado, para su desarrollo. Las competencias descentralizadas alcanzan no sólo a la práctica de las inscripciones de nacimiento y marginales de adquisición de la nacionalidad española, sino obviamente también a la necesaria calificación previa a aquéllas por el Encargado del Registro Civil ante el que se efectúan las declaraciones, afectando tanto a las adquisiciones de la nacionalidad por residencia, como a las adquisiciones por opción derivadas de éstas, cuando el nacimiento de la persona adquirente tuvo lugar en el extranjero (y bajo determinadas circunstancias concretas). Esto ha supuesto que los Encargados de los Registros Civiles principales —que en la mayoría de los casos simultanean sus funciones en el Registro Civil con las propiamente jurisdiccionales que tienen atribuidas—, han de tener en cuenta ahora más que nunca una normativa muy prolija y específica para realizar un acertado acuerdo calificador previo a la extensión de las inscripciones. Son muy diversos aspectos los regulados, y de gran trascendencia para el administrado, como la normativa sobre nombre propio, apellidos, posibilidad de conservación de éstos en forma distinta a la legal, la obligación de optar por una vecindad civil y a cuáles puede optar…, sin olvidar otros como la preceptiva realización de notas de referencia en otras inscripciones, informaciones que obligatoriamente deben proporcionarse al nuevo español


16

Introducción

—como el derecho de adquisición de la nacionalidad española por opción que tienen sus descendientes sujetos a patria potestad—, y actuaciones complementarias diversas, como la expedición de certificaciones para la obtención del D.N.I., comunicaciones al Instituto Nacional de Estadística, remisión de duplicados al Registro Civil Central… por nombrarlas de un modo genérico. Podría pensarse ahora que este libro tan sólo será útil para los Encargados y funcionarios de los Registros Civiles, pero esto queda fuera de la realidad práctica. Será útil también a los profesionales del Derecho que en numerosas ocasiones asisten a los adquirentes —aunque no sea preceptivo—, por las garantías que les proporciona la asistencia letrada, y la inseguridad que les genera el desconocimiento del intrincado sistema legal y registral español. Tan es así que de no contar con dicha asistencia, el nuevo español en la práctica suele asentir a todo lo que el funcionario que le atiende en la oficina del Registro Civil le indica, propone, sugiere o incluso impone, sin saber exactamente el alcance de sus derechos y obligaciones. En potencia se puede crear una situación de efectos imprevisibles, especialmente si tenemos en cuenta que el personal funcionario, en su inmensa mayoría, no dispone de la preparación específica sobre Registro Civil, ni el respaldo necesario por parte de la Administración para la necesaria adquisición de conocimientos —dejadez de la que igualmente podrían ser responsables las organizaciones sindicales que actualmente gestionan, en parte, los cursos de formación—. Y ese desinterés de la Administración en el aspecto señalado, parece abarcar todos los niveles administrativos relacionados, comunidades autónomas y ejecutivo central. España es un verdadero Estado de Derecho, buena prueba de ello es nuestra Historia, y la impresionante y exhaustiva regulación legal de la que disponemos en nuestro ordenamiento jurídico para casi cualquier cosa, y de la que no escapa el Registro Civil. Son particularmente notorias las precisas y muchas veces sutiles matizaciones de las que hace gala en sus argumentaciones jurídicas la Dirección General de los Registros y del Notariado en sus conocidas Instrucciones y Resoluciones de recursos. En este punto —y al margen del ámbito especializado del Centro Directivo— se hace preciso reflexionar en que si la mayoría de los Encargados y resto del personal funcionario no han tenido oportunidad de obtener la necesaria formación específica, y no sólo no parece mostrarse interés, por quienes correspondieren, en proporcionar las aludidas e imprescindibles herramientas de formación y especialización, sino que ni siquiera a fecha actual —enero de 2011— se han dado señales de encaminar los primeros pasos hacia la concepción de una aplicación informática para la gestión y seguimiento telemático de expedientes de registro civil (por sorprendente que esto sea), ese Estado de Derecho, proclamado constitucionalmente, corre el gran riesgo —en materia de Registro Civil— de quedarse corto. De bien poco servirá la regulación vigente si es desconocida, debido a carencias formativas e informáticas, por quienes han de gestionarla finalmente con sus destinatarios, y cabe pensar en la grave situación de indefensión que podría provocarse en personas potencialmente desasistidas, que están pasando a ser nuevos españoles, compatriotas nuestros con igualdad de derechos y obligaciones. Lo expuesto son fenómenos que aunque puedan sorprender al neófito son bien conocidos y podrán ser contrastados por el lector con, prácticamente, cualquier persona relacionada con la actividad en los Registros Civiles españoles. Es tan grave la dejadez en el aspecto formativo, que ha provocado el surgimiento espontáneo en Internet de foros y sitios web espe-


Introducción

17

cializados, altruistamente construidos y mantenidos por Encargados o funcionarios de la Administración de Justicia —entre los que se encuentra el sitio web http://www.cendoreg.es “Centro de Documentación Registral (no oficial)”, cuyo creador y webmaster es el autor de este libro—, por la necesidad que han sentido a nivel personal de compartir información dificultosa de disponer, y así intentar satisfacer la necesidad que han sentido a nivel personal y profesional de dar al ciudadano un servicio plenamente ajustado a Derecho, evitando la proliferación de posteriores expedientes de rectificación de errores, con la carga que ello supone para el administrado, y el coste añadido para la Administración en sí, y que, recordemos, pagamos todos. Sería justo dejar aquí referencia al trabajo que han desarrollado diversos autores en notables estudios publicados bien en el Boletín de Información del Ministerio de Justicia, bien en ediciones del Consejo General del Poder Judicial, o en libros especializados publicados en editoriales no oficiales, y que versan parcialmente sobre la materia objeto de este libro. Así lo hacemos. Tales encomiables estudios, muy necesarios por sus profundos análisis y contrastación de la normativa, resultan ser puramente teóricos, por lo que la plasmación práctica de toda la teoría desarrollada en ellos en unas redacciones a modo de formularios es un trabajo, hasta hoy, inédito. Así, sin perder nunca de vista que el camino más sencillo puede llegar a ser el más útil, la creación de un juego de formularios, en los que se contemplan y plasman todas las combinaciones posibles de las variables que pueden presentarse en el momento de redactar las actas, haciendo alusión expresa a la normativa regulatoria específica en cada supuesto, para facilitar el contraste con el texto legal en caso de duda, fue concebida por el autor —y quizás como paso previo al posible desarrollo de una aplicación informática con este mismo propósito— como el método-herramienta más acertado que impide posibles errores, olvidos u omisiones que pudieran tener lugar durante las redacciones de dichas actas, y de este modo, lograr el objetivo de facilitar con suficientes garantías la correcta aplicación de la normativa vigente al extranjero que pasa a ser nacional, evitándose indeseadas consecuencias en caso de producirse aquéllos. Finalmente, señalar que en la redacción de los formularios se ha puesto una especial atención en evitar el lenguaje discriminatorio. José Juan Gallego Miró Enero de 2011


ÍNDICE PRÓLOGO, POR D. ANTONIO MONSERRAT QUINTANA …………………………

13

INTRODUCCIÓN …………………………………………………………………………

15

ABREVIATURAS …………………………………………………………………………

31

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Adquirente menor de catorce años (o incapacitado/a) cuyo nacimiento e inscripción tuvieron lugar en el extranjero Sin cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 001.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……… Modelo 002.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil Central ……………………

35

Sin cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 003.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……… Modelo 004.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil Central ……………………

43

39

47

Con cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 005.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ………

51

Con cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 006.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ………

55

Nótese que no han sido incluidos modelos para el supuesto “con cambio de nombre, a inscribir en el Registro Civil Central, porque la apreciación de la adecuación (o no) a las normas españolas del nombre que figura en la certificación de nacimiento de la persona adquirente, es materia objeto de calificación del/de la Encargado/a competente para la práctica de las inscripciones.


20

Índice Sistemático

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Adquirente menor de catorce años (o incapacitado/a) cuyo nacimiento ya consta inscrito en el Registro Civil español Sin cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 007.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 008.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Modelo 009.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Modelo 010.– Inscripción marginal a practicar en un Registro Civil delegado de un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Sin cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 011.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 012.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Modelo 013.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Modelo 014.– Inscripción marginal a practicar en un Registro Civil delegado de un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ………………

59 63 67 71

75 79 83 87

Con cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 015 .– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 016 .– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ………………………

91

Con cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 017.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 018.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ………………………

99

Nótese que no han sido incluidos modelos para el supuesto “con cambio de nombre, a inscribir en Registro Civil distinto del Registro Civil principal ante el que se efectúa la comparecencia (o a inscribir en Registro Civil delegado de éste)”, porque la apreciación de la adecuación a las normas españolas del nombre que figura en la certificación de nacimiento de la persona adquirente, es materia objeto de calificación del/de la Encargado/a competente para la práctica de las inscripciones

95

103


Índice Sistemático

21

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Adquirente mayor de catorce años y menor de dieciocho (o incapacitado/a que deba ser asistido/a) cuyo nacimiento e inscripción tuvieron lugar en el extranjero Sin cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 019.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……… Modelo 020.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil Central ……………………

109

Sin cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 021.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……… Modelo 022 .– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil Central ……………………

117

113

121

Con cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 023.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ………

125

Con cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 024.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ………

129

Nótese que no han sido incluidos modelos para el supuesto “con cambio de nombre, a inscribir en el Registro Civil Central, porque la apreciación de la adecuación (o no) a las normas españolas del nombre que figura en la certificación de nacimiento de la persona adquirente, es materia objeto de calificación del/de la Encargado/a competente para la práctica de las inscripciones.

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Adquirente mayor de catorce años y menor de dieciocho (o incapacitado/a que deba ser asistido/a) cuyo nacimiento ya consta inscrito en el Registro Civil español Sin cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 025.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 026.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Modelo 027.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Modelo 028.– Inscripción marginal a practicar en un Registro Civil delegado de un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ………………

135 139 143 147


22

Índice Sistemático

Sin cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 029.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 030.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Modelo 031.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Modelo 032.– Inscripción marginal a practicar en un Registro Civil delegado de un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ………………

151 155 159 163

Con cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 033.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 034.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ………………………

167

Con cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 035.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 036.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ………………………

175

171

179

Nótese que no han sido incluidos modelos para el supuesto “con cambio de nombre, a inscribir en Registro Civil distinto del Registro Civil principal ante el que se efectúa la comparecencia (o a inscribir en Registro Civil delegado de éste)”, porque la apreciación de la adecuación a las normas españolas del nombre que figura en la certificación de nacimiento de la persona adquirente, es materia objeto de calificación del/de la Encargado/a competente para la práctica de las inscripciones.

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Adquirente mayor de dieciocho años (o emancipado/a) cuyo nacimiento e inscripción tuvieron lugar en el extranjero Sin cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 037.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……… Modelo 038.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil Central ……………………

183

Sin cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 039.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……… Modelo 040.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil Central ……………………

191

187

195


Índice Sistemático

23

Con cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 041.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ………

199

Con cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 042.– Inscripciones principal de nacimiento y marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ………

203

Nótese que no han sido incluidos modelos para el supuesto “con cambio de nombre, a inscribir en el Registro Civil Central, porque la apreciación de la adecuación (o no) a las normas españolas del nombre que figura en la certificación de nacimiento de la persona adquirente, es materia objeto de calificación del/de la Encargado/a competente para la práctica de las inscripciones.

MODELOS DE ACTAS DE ADQUISICIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA Adquirente mayor de dieciocho años (o emancipado/a) cuyo nacimiento ya consta inscrito en el Registro Civil español Sin cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 043.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 044.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Modelo 045.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Modelo 046.– Inscripción marginal a practicar en un Registro Civil delegado de un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Sin cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 047.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 048.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Modelo 049.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Modelo 050.– Inscripción marginal a practicar en un Registro Civil delegado de un Registro Civil principal distinto del que extiende el acta ……………… Con cambio de nombre, sin conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 051.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta …………………………………… Modelo 052.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en un Registro Civil delegado del que extiende el acta ……………………… Con cambio de nombre, con conservación de apellidos en forma distinta a la legal Modelo 053.– Inscripción marginal de adquisición de nacionalidad a practicar en el Registro Civil que extiende el acta ……………………………………

209 213 217 221

225 229 233 237

241 245

249


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
1_9788490044445 by Editorial Tirant Lo Blanch - Issuu