ISBN 978-84-1313-919-7
Hernán Corral Talciani Alejandro Romero Seguel
ALTA CALIDAD EN INVESTIGACIÓN JURÍDICA
HERNÁN CORRAL TALCIANI ALEJANDRO ROMERO SEGUEL
SOLIDARIDAD OBLIGACIONAL Diez estudios sobre sus aspectos civiles y procesales
SOLIDARIDAD OBLIGACIONAL
La solidaridad obligacional ha ganado una fuerte incidencia en la práctica jurídica, ya sea como garantía contractual o como modalidad de responsabilidad civil extracontractual, y por ello son frecuentes los litigios en los que se discuten algunas de sus peculiaridades tanto en el plano civil como en el procesal. Por ello en este libro se han reunido diez estudios que han elaborado dos prestigiosos profesores de Derecho Civil (Hernán Corral) y Derecho Procesal (Alejandro Romero). Problemas civiles como el contenido de la obligación solidaria y su incidencia en lo referido a las relaciones entre el acreedor y los deudores, y entre los deudores solidarios entre sí, la aplicación de la solidaridad como garantía (fianza solidaria) y la diferencia entre obligaciones solidarias y concurrentes, son examinados en conjunto con las dificultades procesales como el ius variandi del acreedor, la duplicidad de juicio y la litis pendencia, el litis consorcio pasivo, la cosa juzgada y el efecto prejudicial de las sentencias. Todos estos problemas son abordados sobre la base de la concepción moderna de la solidaridad pasiva, que rechaza la explicación tradicional del mandato tácito, y concibe esta obligación como una relación jurídica unitaria pero compleja por estar compuesta por una pluralidad de vínculos que se proyectan al contenido del derecho de defensa que es exigencia del debido proceso. No se eluden las consideraciones históricas que surge de las obligaciones solidarias, para someterlas a una revisión que permita conciliarlas con la garantía del debido proceso. El análisis de la jurisprudencia ocupa un lugar relevante en estas investigaciones, atendido que es allí donde han surgido los problemas que examinan los autores. Cada uno de estos estudios propone soluciones en un cúmulo de asuntos que surgen en los juicios en los que se discute una obligación solidaria de fuente contractual o de responsabilidad civil extracontractual.
monografías
monografías
monografías
SOLIDARIDAD OBLIGACIONAL Diez estudios sobre sus aspectos civiles y procesales
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Héctor Olasolo Alonso
Owen Fiss
Luciano Parejo Alfonso
Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda) Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
SOLIDARIDAD OBLIGACIONAL Diez estudios sobre sus aspectos civiles y procesales
Hernรกn Corral Talciani Alejandro Romero Seguel
tirant lo blanch Valencia, 2019
Copyright ® 2019 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.
© Hernán Corral Talciani Alejandro Romero Seguel
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1313-920-3 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Índice Presentación.............................................................................................. 15
§ 1. NUEVAS TENDENCIAS EN LA COMPRENSIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA I. INTRODUCCIÓN........................................................................ 21 II. LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA: UN POCO DE HISTORIA........ 22 1. Origen...................................................................................... 22 2. Desarrollo de la obligación solidaria en el Derecho privado de tradición romanista.................................................................. 24 III. LA SOLIDARIDAD PASIVA EN LOS INSTRUMENTOS DE ARMONIZACIÓN CONTRACTUAL. ASPECTOS GENERALES..... 28 1. Hacia una recomprensión del contrato y de la relación obligatoria......................................................................................... 28 2. Inserción de la solidaridad entre las obligaciones con pluralidad de sujetos........................................................................... 31 3. Primacía de la obligación solidaria (presunción de solidaridad).......................................................................................... 33 4. Solidaridad de fuente no contractual........................................ 34 IV. ESTRUCTURA Y FUNDAMENTOS DE LA SOLIDARIDAD PASIVA EN LOS INSTRUMENTOS DE ARMONIZACIÓN CONTRACTUAL.................................................................................. 35 1. ¿Unidad o pluralidad de obligaciones?..................................... 35 2. Abandono de la idea del mandato o representación recíprocos........................................................................................ 37 3. Distinción de la obligación solidaria en función de garantía: un retorno inesperado................................................................... 38 V. FUNCIONAMIENTO DE LA SOLIDARIDAD: OBLIGACIÓN A LA DEUDA.................................................................................... 41 1. Derechos del acreedor.............................................................. 41 2. La solidaridad en juicio: excepciones y cosa juzgada................ 42 3. Debilitamiento de la propagación de efectos secundarios......... 45 VI. FUNCIONAMIENTO DE LA SOLIDARIDAD: CONTRIBUCIÓN A LA DEUDA..................................................................... 47 1. Procedencia de la contribución y forma de división.................. 47 2. Acciones del solvens................................................................. 49 3. Efectos de la insolvencia........................................................... 50 4. Excepciones admisibles en contra del solvens........................... 51
8
Índice
VII. MODERNIZACIÓN DEL RÉGIMEN DE LA SOLIDARIDAD EN EL CÓDIGO CIVIL CHILENO A LA LUZ DE LOS INSTRUMENTOS DE ARMONIZACIÓN DEL DERECHO DE LOS CONTRATOS............................................................................... 53 1. Propuestas de lege ferenda........................................................ 53 2. Propuestas de lege lata............................................................. 54 VIII. CONCLUSIONES......................................................................... 58 BIBLIOGRAFÍA CITADA......................................................................... 60
§ 2. LA PRESUNCIÓN DE SOLIDARIDAD EN EL «MODERNO DERECHO DE LOS CONTRATOS»
I. LA REGLA DE QUE LA SOLIDARIDAD NO SE PRESUME....... 65 1. Origen y consagración legal..................................................... 65 2. Algunos quiebres en el acogimiento de la regla de la no presunción.......................................................................................... 67 II. LA PRESUNCIÓN DE SOLIDARIDAD EN LOS INSTRUMENTOS DEL «MODERNO DERECHO DE LOS CONTRATOS».... 70 1. La tardía regulación de las obligaciones con pluralidad de sujetos......................................................................................... 70 2. La presunción de solidaridad en el Proyecto de Código Europeo de Contratos (Academia de Pavía)..................................... 72 3. La presunción de solidaridad en los Principios de Derecho Contractual Europeo................................................................ 73 4. La presunción de solidaridad en los Principios UNIDROIT...... 76 5. La presunción de solidaridad en el DCFR................................ 77 6. La presunción de solidaridad en los Principios OHADAC........ 79 III. ALGUNAS REFLEXIONES CRÍTICAS......................................... 81 IV. NO PRESUNCIÓN DE SOLIDARIDAD EN LAS RECIENTES LEGISLACIONES.......................................................................... 83 V. A MODO DE CONCLUSIÓN...................................................... 86
§ 3. LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA Y SU PROYECCIÓN PROCESAL
I. PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA............................................. 89 II. CONCEPTO DE OBLIGACIÓN SOLIDARIA.............................. 90 III. NATURALEZA JURÍDICA DE LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA.. 91 1. La explicación romanista......................................................... 91 2. La tesis del mandato tácito y recíproco.................................... 98 3. La obligación solidaria como una pluralidad de vínculos jurídicos......................................................................................... 101
9
Índice
IV. LA UNIDAD DEL OBJETO O IDENTIDAD DE LA PRESTACIÓN............................................................................................ 102 V. CONCLUSIONES......................................................................... 105 BIBLIOGRAFÍA CITADA......................................................................... 105 JURISPRUDENCIA CITADA.................................................................... 107
§ 4. LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA PASIVA Y EL DEBIDO PROCESO I. LAS OBLIGACIONES SUBJETIVAMENTE COMPLEJAS............ 109 II. LAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS, SIMPLEMENTE CONJUNTAS, IN SOLIDUM O CONCURRENTES............................ 110 III. LA ESTRUCTURA DE LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA............... 114 IV. EL PROBLEMA DE LAS CAUSAS QUE LA ORIGINAN............. 118 V. IUS ELECTIONIS Y EL IUS VARIANDI..................................... 120 VI. EL CONCEPTO DE PARTE PROCESAL Y SU RELEVANCIA..... 121 VII. LOS EFECTOS PROCESALES DE LA LITISPENDENCIA IN GENERE...................................................................................... 123 VIII. LOS EFECTOS MATERIALES DE LA LITISPENDENCIA IN GENERE...................................................................................... 125 IX. LA LITISPENDENCIA IN SPECIE............................................... 127 X. EL PRINCIPIO DE LA BILATERALIDAD Y SU PROYECCIÓN.. 128 XI. LITISCONSORCIO, LEGITIMACIÓN Y OBLIGACIONES SOLIDARIAS..................................................................................... 131 XII. EL SISTEMA DE IMPUGNACIÓN............................................... 134 XIII. COSA JUZGADA Y CODEUDORES SOLIDARIOS.................... 135 XIV. EL CONTENIDO DEL DERECHO DE DEFENSA....................... 139 XV. CONCLUSIONES......................................................................... 141 BIBLIOGRAFÍA CITADA......................................................................... 141 NORMAS CITADAS................................................................................ 145
§ 5. OBLIGACIONES SOLIDARIAS Y COSA JUZGADA EN EL JUICIO EJECUTIVO
I. LA COSA JUZGADA EN LA SOLIDARIDAD PASIVA................. 149 II. CUESTIONES PREVIAS............................................................... 152 1. Efectos negativos, positivos y reflejos de la sentencia judicial... 152 2. Abandono de la tesis del mandato o representación................. 154 3. Presupuesto común: que se trate de codeudores solidarios....... 156 III. COSA JUZGADA DE LA SENTENCIA EN JUICIO EJECUTIVO DE DEUDA SOLIDARIA............................................................... 157 1. Efecto positivo......................................................................... 157 2. Efecto negativo......................................................................... 161
10
Índice
IV. ...¿Y EN LAS RELACIONES INTERNAS (ENTRE LOS CODEUDORES)?....................................................................................... 163 V. CONCLUSIONES......................................................................... 165 BIBLIOGRAFÍA CITADA......................................................................... 167 JURISPRUDENCIA CITADA.................................................................... 169
§ 6. «SE OBLIGA COMO FIADOR Y CODEUDOR SOLIDARIO»: REVISIÓN DEL ALCANCE DE UNA CLÁUSULA USUAL EN LA CONTRATACIÓN CHILENA
I. LA INTERPRETACIÓN TRADICIONAL Y SUS CONSECUENCIAS.............................................................................................. 171 II. LA CUESTIÓN EN LA JURISPRUDENCIA.................................. 173 III. CRÍTICA A LA INTERPRETACIÓN TRADICIONAL................. 176 IV. HACIA UNA NUEVA LECTURA DE LA CLÁUSULA.................. 178 1. El «fiador y codeudor solidario» es un fiador solidario............ 178 2. La fianza solidaria es más que una fianza sin beneficio de excusión.......................................................................................... 179 V. CONSECUENCIAS DE ESTA CONFIGURACIÓN DE LA FIANZA SOLIDARIA............................................................................ 181 1. Consecuencias en cuanto a la conformación de la fianza.......... 182 2. Contribución a la deuda (relaciones entre el fiador solidario y el deudor)................................................................................. 182 3. Obligación a la deuda (relaciones del fiador solidario con el acreedor).................................................................................. 183
§ 7. LA SOLIDARIDAD PASIVA DERIVADA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
I. LA RESPONSABILIDAD CIVIL COMO FUENTE DE LA SOLIDARIDAD..................................................................................... 187 1. Fuentes de la solidaridad.......................................................... 187 2. Modalidades de responsabilidad extracontractual solidaria..... 188 II. OBLIGACIÓN A LA DEUDA SOLIDARIA DERIVADA DE RESPONSABILIDAD........................................................................... 190 1. Formas de reparación: en naturaleza o en equivalente.............. 190 2. Demanda conjunta o individual............................................... 191 3. Excepciones o defensas de los responsables demandados......... 192 4. Efectos de la sentencia condenatoria........................................ 193 5. Interrupción de la prescripción................................................. 195 III. CONTRIBUCIÓN A LA DEUDA.................................................. 195 1. Diversas formas de contribución.............................................. 195 2. Prescripción de la acción de reembolso..................................... 197
11
Índice
3. Prejudicialidad de la sentencia condenatoria............................ 198 IV. REFLEXIÓN FINAL..................................................................... 199
§ 8. LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS COAUTORES DE UN ILÍCITO EXTRACONTRACTUAL I. EL ORIGEN ROMANO............................................................... 201 II. LA DIVERGENCIA EN EL PERÍODO DE LA CODIFICACIÓN. 204 III. SU CONSAGRACIÓN EN EL ART. 2317 DEL CÓDIGO CIVIL CHILENO..................................................................................... 206 IV. REQUISITOS DE LA SOLIDARIDAD........................................... 208 1. Unidad del hecho: «un delito o cuasidelito»............................. 208 a) Enunciación legal............................................................... 208 b) Casos en los que no se da la unidad de hecho..................... 209 2. Pluralidad de autores................................................................ 210 a) Enunciación legal............................................................... 210 b) Autores materiales concertados e inductores....................... 210 c) El caso de los cómplices...................................................... 211 d) El caso de los encubridores................................................. 211 e) Personas jurídicas............................................................... 214 3. Que la reparación sea de objeto único y divisible..................... 215 4. Que la ley no disponga lo contrario......................................... 216 V. OBLIGACIÓN A LA DEUDA DE LOS SOLIDARIAMENTE RESPONSABLES........................................................................... 218 1. Breve explicación..................................................................... 218 2. La responsabilidad solidaria antes de su declaración judicial.... 218 3. La responsabilidad solidaria declarada por sentencia judicial... 223 VI. CONTRIBUCIÓN A LA DEUDA ENTRE LOS SOLIDARIAMENTE RESPONSABLES............................................................. 223 1. Procedencia.............................................................................. 223 2. Posibilidad de división de la deuda........................................... 224 3. Formas de contribución............................................................ 225 VII. ALGUNOS SUPUESTOS ESPECIALES......................................... 226 1. Hecho ilícito complejo............................................................. 226 a) Caracterización.................................................................. 226 b) Requisitos del hecho ilícito complejo.................................. 227 c) Aplicación de las exigencias comunes a la responsabilidad civil, en especial el daño...................................................... 228 d) El hecho ilícito complejo en la jurisprudencia..................... 229 e) La administración fraudulenta o negligente como ejemplo de ilícito complejo.............................................................. 233 f) Solidaridad entre los partícipes de un hecho ilícito complejo........................................................................................ 235
12
Índice
2. Concurrencia de hechos ilícitos diversos en la causación de un daño......................................................................................... 236 3. Concurrencia de diversos regímenes de responsabilidad........... 238 4. Daños producidos por un integrante desconocido de un grupo............................................................................................. 239 5. Daños producidos por grupos de personas con responsable directo determinado.................................................................... 241
§ 9. OBLIGACIONES POR EL TOTAL NO SOLIDARIAS U OBLIGACIONES CONCURRENTES
I. PLANTEAMIENTO JURISPRUDENCIAL.................................... 243 II. ANTECEDENTES Y DESARROLLO DE LAS OBLIGACIONES CONCURRENTES........................................................................ 246 1. Los vestigios procedentes del Derecho romano......................... 246 2. El surgimiento de la idea en la doctrina y jurisprudencia francesa: de la solidaridad imperfecta a la obligación in solidum.... 247 3. Su recepción en otras legislaciones........................................... 248 4. Actitud negativa de la doctrina chilena..................................... 250 5. Hacia una aceptación de las obligaciones por el total no solidarias en el Derecho chileno......................................................... 252 III. SUPUESTOS DE OBLIGACIONES CONCURRENTES................ 254 1. Obligaciones concurrentes por participación en la causación de un mismo daño.................................................................... 254 2. Obligación de responder por el hecho ajeno............................. 255 3. Obligaciones surgidas de responsabilidad derivada de fuentes diversas.................................................................................... 255 4. Obligaciones por el daño a cosas cubiertas por seguros............ 257 5. Obligaciones surgidas por la consagración de una acción directa.............................................................................................. 257 6. ¿Obligación de alimentos de varios alimentantes?.................... 258 IV. SIMILITUDES Y DIFERENCIAS CON LAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS................................................................................. 258 V. ESTRUCTURA Y EFECTOS......................................................... 260
§ 10. LAS DEFENSAS CONTRADICTORIAS ENTRE LITISCONSORTES EN LAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS Y CONCURRENTES
I. LA DIVERSIDAD DE DEFENSAS ENTRE CODEMANDADOS.. 263 II. EL DERECHO A RENDIR PRUEBA CONTRA UN CODEMANDADO........................................................................................... 267
Índice
13
III. UN EXAMEN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA EN PARTICULAR............................................................................................... 269 1. La prueba documental.............................................................. 269 2. La exhibición de documentos................................................... 271 3. La prueba testimonial............................................................... 272 4. La confesión de parte o absolución de posiciones..................... 273 5. El informe de peritos................................................................ 275 IV. EL ABANDONO DE PROCEDIMIENTO Y COLITIGANTES.... 275 V. EQUIVALENTES JURISDICCIONALES Y COLITIGANTES....... 279 VI. PROBLEMAS EN LA DETERMINACIÓN DEL JUEZ NATURAL............................................................................................... 281 VII. LAS COSTAS Y LOS COLITIGANTES......................................... 284
Presentación La obligación solidaria, regulada en los arts. 1511 a 1523 del Código Civil chileno, tiene una gran importancia no solo dogmática, sino también práctica. Es manifiesta la gran cantidad de contratos y estipulaciones que la contemplan normalmente como una garantía o caución para el acreedor. Si bien, en sus líneas generales, esta forma de obligación está estudiada en los principales tratados y manuales de Derecho civil, no sucede lo mismo en lo referido a todos los problemas que plantea en el ámbito del Derecho Procesal, cuya solución resulta vital para un buen funcionamiento de la institución. En este sector hay un cúmulo de cuestiones que, desde una comprensión moderna de la solidaridad y desde las garantías del debido proceso, reclaman una respuesta doctrinal. Empero, no es posible examinar estos aspectos procesales sin investigar la evolución de la solidaridad pasiva desde el punto de vista del Derecho civil. La nueva mirada civil de la obligación solidaria se aparta de las teorías romana y francesa y de la discusión sobre la unidad o pluralidad de obligaciones y reconoce que estamos frente a una relación obligatoria que, como es usual, presenta diversos vínculos jurídicos que pueden revestir el carácter de deberes de prestación, deberes de protección y cargas de colaboración o de mitigación del daño. La tendencia moderna explica la obligación solidaria como una sola relación obligatoria (a diferencia de las llamadas obligaciones concurrentes o in solidum), pero esa obligación aúna y organiza una pluralidad de vínculos (si bien no con la autonomía y eficacia propias de las obligaciones propiamente tales). La base legal de esta explicación en el Derecho civil chileno puede encontrarse en la exégesis del art. 1512 del Código Civil, que contemplaría esta pluralidad de vínculos cuando dispone que «la cosa que se debe solidariamente por muchos o a muchos, ha de ser la misma, aunque se deba de diversos modos; por ejemplo, pura y simplemente respecto de unos, bajo condición respecto de otros». El cambio de paradigma para explicar la naturaleza de la obligación solidaria justifica la revisión crítica y el cuestionamiento de la pertinencia de las teorías romana y francesa del mandato tácito o
16
Hernán Corral Talciani - Alejandro Romero Seguel
recíproco, al menos para la solución de los problemas procesales. La necesidad de considerar este cambio se ve alentada por los estudios históricos que revelan la falta de correspondencia que se verifica entre los que nuestra doctrina explica como la tesis «romanista» con varios aspectos procesales presentes en la exigibilidad judicial de este tipo de obligaciones. Como se ha anticipado, es más coherente con las garantías procesales del debido proceso asumir la tesis del llamado «Moderno Derecho de los contratos», que ve en la obligación solidaria una relación obligatoria compleja compuesta por diversos tipos de vínculos jurídicos. El abandono de la explicación tradicional surge de constatar que la regulación legal está lejos de admitir los efectos extintivos o novatorios que en el Derecho romano clásico se atribuían al cobro judicial de esta relación jurídica, como ya fue tempranamente advertido por nuestra Corte Suprema. Tampoco resulta consistente con las garantías del debido proceso la tesis francesa del mandato tácito y recíproco. Esa solución resulta problemática a efectos procesales, atendido que no es fácil aceptar que alguien puede consentir que se ejecuten actos contrarios a sus intereses, más aun si ello proviene de una manifestación tácita de la voluntad con ribetes de presunción o ficción. El obligado solidario que no ha sido demandado desde el punto de vista procesal tiene la condición de tercero, aunque posea la calidad de titular de una relación jurídico-material respecto de la cual se podría cobrar o exigir la totalidad de la prestación. Cuestión diversa de la anterior, pero no menos importante, es qué efectos produce la sentencia respecto a ese tercero, materia que también ha sido objeto de esta investigación. La explicación de la solidaridad como una relación compuesta por una pluralidad de vínculos jurídicos se proyecta al contenido del derecho de defensa que es exigencia del debido proceso. Como se explica, a partir de esa realidad debe darse una lectura distinta a la forma como se comporta en las obligaciones solidarias la excepción de litispendencia, el efecto común o personal de los recursos, la prejudicialidad, la cosa juzgada, y la configuración del litisconsorcio voluntario o necesario que debe configurarse en la reclamación de estas obligaciones.
Presentación
17
Las obligaciones solidarias suscitan un cúmulo de interesantes problemas procesales, tanto en lo que los civilistas llaman «obligación a la deuda», esto es, las relaciones del acreedor con los deudores solidarios, como en la «contribución a la deuda», esto es, las relaciones de los deudores solidarios entre sí. En el plano de la «obligación a la deuda», los problemas que con mayor frecuencia se presentan en la práctica versan sobre la delimitación del tipo de la legitimación para ejercitar la acción (simple o conjunta), la forma de litisconsorcio que configura esa relación procesal (necesario o facultativo), la determinación del juez natural cuando los codeudores tienen diversos domicilios, la eficacia de los actos procesales —en especial, el valor de los equivalentes jurisdiccionales que puede convenir uno o más de los varios obligados en un proceso pendiente o extrajudicialmente—, la posibilidad de juicios paralelos contra distintos deudores y la procedencia de la excepción de litispendencia, la facultad de los codeudores de participar como terceros coadyuvantes en un juicio en el que se ha demandado a un deudor solidario y la posibilidad de reconocer una facultad del deudor demandado de citar en garantía a los demás codeudores. La lista se cierra con las dificultades relativas a la eficacia de la sentencia absolutoria o de condena respecto de otros codeudores solidarios que no han participado en el juicio. Entre los problemas que se generan en el ámbito de la «contribución a la deuda» figuran la legitimación activa y pasiva en la acción de subrogación o de reembolso que tiene el deudor que ha pagado contra sus coacreedores, la diferencia procesal en función de si el demandante es o no interesado en la deuda —y la asimilación a la fianza en el segundo caso—, las excepciones que pueden oponer los codeudores demandados y los efectos de la sentencia dictada en un proceso contra uno de ellos en el que los otros no han participado. Como se podrá apreciar, la mayor parte de los conflictos procesales asociados a las obligaciones solidarias se vinculan, por una parte, con el contenido de los principios de bilateralidad y del derecho a defensa y, por otra, con los efectos de la cosa juzgada cuando en la relación procesal trabada no han adquirido la calidad de parte todos los solidariamente obligados. El estudio y análisis de todos estos aspectos y problemas jurídicos requería un esfuerzo interdisciplinario en que conversaran los progre-
18
Hernán Corral Talciani - Alejandro Romero Seguel
sos del Derecho civil y del Derecho procesal, y ello nos motivó a postular al Concurso Regular Fondecyt del año 2016. El proyecto, afortunadamente, fue seleccionado para su financiamiento bajo el título «Obligación solidaria y debido proceso. Hacia una reformulación dogmática del tratamiento procesal de la solidaridad obligacional pasiva» (Nº 1161674, de 2016), fue dirigido por Alejandro Romero Seguel como investigador principal, y contó con la participación de Hernán Corral como coinvestigador. A lo largo de estos años, hemos abordado diversas cuestiones sobre el estado actual de las obligaciones solidarias en el Derecho chileno y los resultados de nuestras investigaciones han sido publicados en revistas y libros colectivos. Como dichos trabajos están dispersos y son de difícil ubicación, a sugerencia de la editorial Tirant lo Blanch hemos estimado conveniente reunirlos en una sola obra que permita consultarlos con facilidad. Los trabajos han sido preparados en el marco de dicho proyecto, de modo que se centran principalmente en las cuestiones derivadas de la solidaridad pasiva, tanto de fuente voluntaria como legal, atendido que existe un amplio consenso en la idea de que la solidaridad activa tiene escasa utilidad práctica por ser riesgosa y de que puede obtenerse el mismo resultado —y de forma más segura— a través del mandato. Hemos agregado un escrito sobre las llamadas obligaciones concurrentes, denominadas en la doctrina española obligaciones de solidaridad impropia y en la francesa obligaciones in solidum. Esta inclusión se explica porque esta propuesta doctrinal ya ha sido aceptada por nuestra jurisprudencia, distinguiéndola de la relación obligatoria solidaria por la pluralidad de obligaciones que se dan en ella, aunque aún hay resistencia a aceptar la categoría básicamente por desconocimiento y porque carece de un régimen legal. También se ha añadido, por su importancia práctica, un estudio sobre el art. 2317 del Código Civil, que impone la obligación solidaria de reparar el daño a los coautores de un delito o cuasidelito civil. Tal como consta en los distintos trabajos, no se eluden las consideraciones históricas que surgen en el estudio de las obligaciones solidarias para someterlas a una revisión que permita conciliarlas con la garantía procesal del debido proceso. Naturalmente, el análisis de la jurisprudencia ocupa un lugar relevante en estas investigaciones,
Presentación
19
atendido que es allí donde ha surgido varios de los problemas que aquí se tratan de explicar desde las dos disciplinas jurídicas, Derecho civil y Derecho procesal. En suma, este conjunto de trabajos pretende contribuir a una reformulación de los fundamentos y de la naturaleza de la obligación solidaria, incorporando los criterios dogmáticos del llamado «Moderno Derecho de los contratos». Al mismo tiempo, se ofrecen soluciones a los problemas procesales que plantea la solidaridad pasiva que respeten los principios del debido proceso civil chileno. Para facilitar la cita, se indica al comienzo de cada texto el nombre del autor y el lugar donde fue originalmente publicado, salvo el trabajo final, que es inédito. Las notas a pie de página y las referencias bibliográficas son propias de cada texto, de manera que las abreviaturas «ob. cit.» o «cit.» refieren a la obra que ha sido citada con anterioridad en ese mismo trabajo y no a lo largo del libro. De igual forma, hemos mantenido el sistema de cita usado en los originales, con la bibliografía y los datos de las sentencias al final, según las normas editoriales de la publicación en que se publicó por primera vez. Inevitablemente, al hacer la corrección de pruebas de imprenta se han introducido algunos cambios que mejoran la redacción respecto del texto anteriormente publicado, pero se trata de modificaciones estilísticas y meramente formales. Agradecemos muy especialmente a Fondecyt, que permitió que durante tres años los autores pudieran investigar en un tema que, siendo clásico, necesita un nuevo tratamiento doctrinal, dada su enorme importancia práctica. También debemos gratitud por la colaboración prestada en la estadía de investigación realizada por el investigador principal a Faustino Cordón Moreno y Julio Muerza Esparza, catedráticos de Derecho procesal en la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra; María Jesús Ariza Colmenarejo, profesora titular de Derecho procesal en la Universidad Autónoma de Madrid; Fernando Gascón Inchausti, catedrático de Derecho procesal en la Universidad Complutense de Madrid y Pablo Gutiérrez de Cabiedes H., catedrático de Derecho procesal en la Universidad San Pablo CEU, Madrid. No menos agradecidos estamos a nuestros ayudantes y colaboradores en el proyecto Fondecyt: los abogados Rosario Avaria Tarud y
20
HernĂĄn Corral Talciani - Alejandro Romero Seguel
Adolfo Romero Evans, ambos licenciados en Ciencias JurĂdicas por la Universidad de los Andes, y al alumno Pablo Recabarren Vial, ayudante del Departamento de Derecho procesal de dicha Universidad.
LOS AUTORES Santiago, 12 de septiembre de 2019