manuales
TIRANT LO BLANCH MANUALES
CURSO DE POLÍTICA CRIMINAL 2ª EDICIÓN
manuales
especialidades de Derecho, Criminología, Economía y Sociología. Una colección clásica en la literatura universitaria española.
Todos los títulos de la colección manuales los encontrará en la página web de Tirant lo Blanch. www.tirant.es
manuales
Libros de texto para todas las
CURSO DE POLÍTICA CRIMINAL
Emiliano Borja Jiménez
curso de política criminal 2ª Edición
Emiliano Borja Jiménez Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
tirant lo b anch Valencia, 2011
Copyright ® 2011 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant. com).
© emiliano borja jiménez
© tirant lo blanch edita: tirant lo blanch C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia telfs.: 96/361 00 48 - 50 fax: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es i.s.b.n.: 978-84-9004-329-5 maqueta: pmc Media Si tiene alguna queja o sugerencia envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia por favor lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.
A Belén Pascual de la Parte, A su amor a la vida… A su vida de amor. A nuestra eterna amistad… A nuestra amistad eterna.
Índice Otra breve indicación del autor..........................................................................................
13
I. PARTE GENERAL Lección 1ª Política, Política Criminal y Derecho Penal 1. Concepto de Política Criminal...................................................................................... 2. Política general y política criminal............................................................................... 3. Derecho Penal: Dogmática y Política Criminal...........................................................
19 22 27
Lección 2ª Evolución del Estado y evolución de la Política Criminal 1. Evolución de la legislación penal y Política Criminal................................................. 2. Ilustración y Codificación: El nacimiento del Estado liberal de Derecho................... 3. Intervencionismo y Derecho Penal: El Estado social de Derecho............................... 4. Derecho Penal y garantías individuales: El Estado democrático de Derecho............ 5. La concepción político-criminal de la Constitución Española.....................................
33 42 48 52 56
Lección 3ª Política Criminal, Criminología y sistema penal 1. Criminología y Política Criminal.................................................................................. 2. Victimología y Política Criminal.................................................................................. 3. Sistema punitivo y Política Criminal: Especial referencia a las penas de muerte, de prisión y a sus alternativas. Breve referencia a la mediación penal.......................... 4. Sistema penitenciario y Política Criminal................................................................... 5. Sistema de enjuiciamiento penal y Política Criminal................................................. 6. Sistema de responsabilidad penal del menor de edad y Política Criminal................
61 65 69 79 85 95
Lección 4ª Modernas tendencias y proyecciones de la Política Criminal en un mundo globalizado 1. Globalización y Política Criminal................................................................................. 2. Política Criminal y Derecho Penal funcionalista......................................................... 3. Política Criminal y Derecho Penal simbólico............................................................... 4. Política Criminal y Derecho Penal del enemigo..........................................................
105 107 109 111
10
Índice
II. PARTE ESPECIAL Lección 5ª Tutela penal de la vida 1. Protección jurídico-penal de la vida humana............................................................... 2. La distinción entre homicidio y asesinato.................................................................... 3. El suicidio y el debate social sobre la eutanasia.......................................................... 4. Legalidad e ilegalidad del aborto consentido por la mujer embarazada....................
119 121 123 128
Lección 6ª Tutela penal de la libertad 1. La libertad como objeto de protección penal................................................................ 2. Libertad de movimientos: Detención y secuestro........................................................
138 141
Lección 7ª Tutela penal de la autodeterminación e indemnidad sexual 1. La libertad e indemnidad sexual en el Estado de Derecho......................................... 2. Libertad sexual, prostitución y dignidad humana...................................................... 3. Protección penal de la indemnidad sexual de los menores de edad e incapaces........
147 152 154
Lección 8ª Límites penales de la libertad de expresión 1. Honor, intimidad y libertad de expresión.................................................................... 2. Medios de información y conflicto de derechos constitucionales.................................
157 162
Lección 9ª Tutela penal de la familia 1. Conflictos intrafamiliares en sentido amplio, respeto a la vida privada e intervención de los poderes públicos.................................................................................................. 2. Violencia doméstica y de género: la respuesta del Derecho Penal.............................
172 175
Lección 10ª Tutela penal de los intereses colectivos 1. Protección penal de los bienes jurídicos supraindividuales........................................ 2. Política penal en materia de tráfico de drogas............................................................. 3. Ordenación del territorio, medio ambiente e incendios forestales: Deterioro, política y reacción penal............................................................................................................. 4. Política penal en materia de seguridad del tráfico rodado..........................................
186 189 201 213
Índice
5. Los delitos socio-económicos y la denominada delincuencia de “cuello blanco”. La respuesta penal frente a la corrupción económica y política......................................
11 219
Lección 11ª Derecho Penal político 1. Tutela penal de la comunidad internacional............................................................... 2. Tutela penal de la Constitución y del orden público: Terrorismo............................... 3. Política criminal y diversidad cultural. Los retos del Derecho Penal de las sociedades heterogéneas..................................................................................................................
230 239 254
Lección 12ª Política Criminal y modernas tecnologías 1. Revolución tecnológica y de las comunicaciones, evolución de la sociedad y transformación del Estado..................................................................................................... 2. Las nuevas formas de criminalidad y los retos del Derecho Penal de la Tercera Revolución Industrial....................................................................................................
274 278
Otra breve indicación del autor La asignatura Política Criminal se impartía por primera vez en la Universidad de Valencia en el curso académico 1999/2000, dentro de la Titulación de Graduado en Criminología, título propio que dependía institucionalmente de la Facultad de Derecho. Meses antes del inicio de este módulo, nos reuníamos, de una parte, el Prof. Dr. D. Juan Carlos Carbonell Matéu, Catedrático de Derecho Penal de esta Universidad (quien me concedió el gran honor de prologar la primera edición de esta obra), y de otra parte, el autor de la misma, con la finalidad de elaborar el programa marco de esta disciplina. Recuerdo perfectamente que nuestras ideas sobre su contenido y desarrollo coincidieron desde el primer momento, y en una sola tarde elaboramos el esquema que sería utilizado como programa docente del módulo Política Criminal. Ambos teníamos la intención de impartir conjuntamente las clases, pues la tarea de conformar día a día “la materia base” nos parecía realmente sugestiva. Sin embargo, las obligaciones derivadas del cargo de Decano de la Facultad de Derecho de mi compañero, impidieron que se pudiese llevar a cabo nuestra idea de la docencia compartida de la asignatura, de tal modo que decidí tomar yo la responsabilidad de impartirla de forma exclusiva, siguiendo el programa que ambos habíamos elaborado, y que había sido aprobado oficialmente por las correspondientes instancias académicas. Curso tras curso, hasta que feneció, fui el profesor que se ocupó y preocupó de explicar en las aulas la disciplina en la Titulación de Graduado de Criminología, siguiendo siempre ese esquema diseñado en 1999, con algunas ligeras modificaciones (introduje los aspectos político-criminales del sistema penal juvenil, añadí un epígrafe relativo al racismo y la xenofobia dentro del tema dedicado al Derecho Penal político e incorporé una última lección sobre la criminalidad dentro de las modernas tecnologías). Desde el primer momento me enfrenté con el grave problema de no encontrar ninguna obra en la literatura universitaria que se adaptase mínimamente a la propuesta docente que habíamos llevado a cabo. Pese a los esfuerzos realizados por ofrecer una recomendación bibliográfica que abarcaba varias monografías en el programa de la asignatura, la realidad y los comentarios de los alumnos me llevaron a la idea de que existía una absoluta carencia de materiales adecuados para responder a los correspondientes contenidos del programa. Era evidente que los estudiantes se regían casi exclusivamente por los apuntes que se vertían en mis clases. Y eso me incomodaba, pues siempre he sido de la opinión de que el peor de los manuales es preferible al mejor de los apuntes. Esta situación me indujo a elaborar cada uno de los temas, pensando siempre en que sus receptores iban a ser mis alumnos del módulo Política Criminal.
14
emiliano borja jiménez
La primera edición de esta obra, Curso de Política Criminal, era, fundamentalmente, un libro dirigido a los estudiantes de Criminología. Al mismo tiempo, aproveché la ocasión para hacer un ensayo sobre algunos planteamientos personales que se me presentaron en la elaboración de los correspondientes temas. Pero en todo caso, preferí, por tanto, que este libro fuera el reflejo de la obra de un profesor universitario que escribe pensando en sus alumnos. La ausencia de notas a pie de página, la utilización de un lenguaje directo y sencillo, la apretada y breve indicación bibliográfica en cada una de las lecciones, todo ello perseguía una lectura fácil y amena del estudiante que se enfrenta a los problemas y contenidos que le habían sido presentados en clase. Y, de igual forma, siendo un trabajo de un investigador, quise siempre, después de analizar las distintas opciones, exponer mi personal planteamiento de la cuestión estudiada. Pues nunca me gustaron las medias tintas. En el curso académico 2006/2007, merced a la extinción del título propio de Graduado de Criminología, y a la implantación de la Licenciatura de Criminología en la Universidad de Valencia, tuve que modificar de nuevo el programa de la asignatura. Introduje un tema en la parte general relativo a las modernas concepciones político-criminales del Derecho Penal, y, en la parte especial, desglosé el tema de los ataques a la libertad e indemnidad sexual de los atentados a la libertad. El temario cambió de este modo, y de las diez lecciones se pasó a las doce actuales. Pero estas modificaciones no estaban recogidas en la primera edición de la obra, que databa del año 2003. En el curso académico 2010/2011 añadí, dentro del sistema punitivo y sus alternativas, una referencia a la relevante materia de la mediación penal. El curso académico 2011/2012 entra en la Universidad de Valencia con otra modificación, y en el Grado de Criminología se imparte en su segundo curso, y por primera vez, la asignatura de Política Criminal. Todos estos cambios, además de la evolución de la realidad social, de la crimninalidad, y de las medidas político-criminales que la enfrentan en estos últimos años, dejaba maltrecha la primera edición de este Curso de Política Criminal, y su contenido, en muchos casos, desfasado. Se justifica de esta forma la elaboración y puesta al día de esta segunda edición. Continúo con una breve exposición de los objetivos que persigue este manual y con una somera explicación del contenido del mismo. Ese contenido responde a las exigencias de un módulo de carácter eminentemente formativo y cultural, frente a otros en los que pueda primar el aspecto técnico. No se trata de volver al análisis de la legislación penal (tarea que es propia de los módulos Derecho Penal I —Derecho Penal, Parte General— y II —Derecho Penal, Parte Especial—, fundamentalmente), sino que se pretende explicar cómo los movimientos culturales y políticos influyen en las respuestas que los poderes públicos adoptan para prevenir y reprimir la criminalidad, estudiando así, entre otros, el resultado de la elaboración de los textos punitivos y de sus correspondientes reformas.
otra breve indicación del autor
15
Los medios de comunicación de masas utilizan con frecuencia el análisis de hechos en los que aparece el crimen como elemento de información, y de esta forma, la ciudadanía va adquiriendo cierta conciencia (más o menos veraz o deformada) respecto de los problemas más graves en materia de criminalidad, y las posibles soluciones a los mismos. La opinión ciudadana en este ámbito, a su vez, influye en el poder público a la hora de establecer las medidas necesarias para garantizar un mínimo de seguridad ciudadana o responder a los conflictos que necesitan de una respuesta. El estudio de estos debates que determinan la forma de actuación del Estado ante el fenómeno criminal, constituye, por tanto, uno de los objetivos de la asignatura, como se desprende del presente programa que constituye el índice de este compendio. Se divide en dos partes, la general y la especial. En la Parte General se pretende aportar una información básica que permita comprender el análisis de cada uno de los problemas político-criminales que se explican en la Parte Especial. De ahí que se aporte el concepto de Política y Política Criminal, se compare con otras disciplinas (Derecho Penal, Criminología, Victimología o Derecho Penitenciario, entre otras) y se realice una evolución histórica de su influencia en la legislación y en el Estado, hasta llegar al momento actual, la era de la globalización. En la Parte Especial se estudian de forma específica los debates, conflictos y corrientes de pensamiento que intervienen en la actual política penal del Estado. Se examinan temas como el derecho a una muerte digna o el deber del Estado a conservar la vida, incluso contra el consentimiento de su titular. Se analiza el conflicto del libre desarrollo de la personalidad de la mujer frente al derecho a la vida del nasciturus en materia de aborto. Se exponen, con la correspondiente toma de posición, debates como la legalización/ilegalización del tráfico de drogas, independentismo y terrorismo, derecho a la diferencia y racismo, etc. Esta obra pretende, en definitiva, aportar al estudiante y al estudioso una mínima información sobre los aspectos sustanciales de la Política Criminal, y acercarle a los distintos planteamientos que, tanto desde el plano teórico como ideológico, se han aportado por unos y por otros para prevenir, reaccionar o eliminar el hecho criminal. Finalizo con unas breves locuciones de agradecimiento. Son muchas las personas que me han alentado a preparar esta segunda edición. Pero mi compañera de promoción de la Facultad de Derecho, y amiga del alma, Lola Gómez Víllora, Licenciada en Derecho y Criminología, estuvo insistiendo en las muchas conversaciones amistosas que hemos tenido en estos últimos años, de forma constante, reiterada y fundamentada, en la necesidad de que llevase a cabo este trabajo de puesta al día del Curso de Política Criminal. Reconozco que yo siempre me escudaba en la necesidad de terminar otras investigaciones o emprender nuevos escritos. Esta tarea de revisar toda la obra me producía cierto respeto y la rehuía con excusas. Hoy tengo que decir que la actitud de mi amiga ha sido la principal responsable de que esta segunda edición vea la luz pública.
16
emiliano borja jiménez
Otra amiga y compañera, la Dra. en Derecho y Licenciada en Criminología, Clara Viana Ballester, ha tenido la amabilidad, aprovechando una profunda lectura de este manual, de señalarme todas las erratas que observó y ponerme sobre aviso en relación con todas las modificaciones legislativas que habían acontecido. Sin duda alguna, este trabajo y prueba de amistad me ha facilitado en gran medida la labor de puesta al día de la presente obra.
I. PARTE GENERAL
Lección 1ª
Política, Política Criminal y Derecho Penal 1. Concepto de Política Criminal. 2. Política general y política criminal. 3. Derecho Penal: Dogmática y Política Criminal.
Esta primera lección, introductoria, se dedica al concepto de Política Criminal. Y en la medida en que esta disciplina transcurre entre dos polos, lo político y lo criminal, se presentan dos apartados relativos a esos dos ámbitos. De este modo se expresa de forma más completa el significado de los términos que van a ser empleados a lo largo de este Curso de Política Criminal. Por eso, tras un análisis de las distintas definiciones propuestas, se presentan las líneas básicas de la política general en materia criminal. Finaliza el tema con el estudio de los aspectos conceptuales que vinculan la Política Criminal al Derecho Penal, y viceversa, a través de la Criminología.
1. Concepto de Política Criminal La política, que hace referencia a la forma de gobierno del Estado, y que está relacionada con la gestión, desde una determinada esfera de poder, de los asuntos públicos, se presenta a través de muy diversas manifestaciones atendiendo a la parcela de la actividad objeto de su administración. Así, hablamos de política sanitaria para reflejar la forma de organización del sistema de salud en la comunidad, de política educativa cuando se quiere expresar la concepción en materia de distribución racional de los diferentes estadios de la estructura académica en el ámbito de la educación (infantil, primaria, secundaria, formación profesional, universitaria) o de política económica cuando se trata de ofrecer una perspectiva de la gestión de los diferentes recursos económicos que compete al poder público (modo de entender la intervención del Estado, la libertad de empresa, las relaciones laborales y el sistema de seguridad social, sistema impositivo o de subvenciones, etc.). Una de esas formas de exteriorización de la política es la denominada política criminal. Desde este entendimiento, la política criminal designa al planteamiento que desde el ámbito público, desde el propio Estado, se establece para tratar y hacer frente al fenómeno criminal. La seguridad ciudadana, los derechos de los sospechosos, procesados o condenados, el sistema de justicia o la delincuencia juvenil, entre muchos otros, son algunos ámbitos de la vida social que necesitan una respuesta por parte de los poderes públicos. La presentación de
20
emiliano borja jiménez
estas problemáticas, la argumentación utilizada en las propuestas de solución, la base ideológica que explica las respuestas que se aportan, constituyen un marco de decisión que se halla dentro de lo político. Y así, desde este punto de vista político, la política criminal ha sido entendida como un sector de la política que está relacionado con la forma de tratar la delincuencia. Es decir, se trata de un ámbito de decisiones, de criterios, de argumentaciones que se postulan en el plano teórico o práctico para dar respuesta al fenómeno de la criminalidad. Atendiendo a este sentido político, por tanto, definimos la política criminal como aquel conjunto de medidas y criterios de carácter jurídico, social, educativo, económico y de índole similar, establecidos por los poderes públicos para prevenir y reaccionar frente al fenómeno criminal, con el fin de mantener bajo límites tolerables los índices de criminalidad en una determinada sociedad. En el siguiente apartado, cuando se estudie la política general en relación con la política criminal, profundizaremos en este aspecto. Pero cuando se habla de Política Criminal con mayúsculas, se está haciendo referencia a una disciplina, a una rama del saber, a un sector del conocimiento. Aquí la Política Criminal estudia la orientación y los valores que sigue o protege, o que debiera seguir o proteger, la legislación penal entendida de forma amplia (material y procesal). A título de ejemplo, se analiza el respeto al principio de intervención mínima en el vigente Código penal de 1995, o la orientación preventivo-especial y educadora de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor 5/2000, de 12 de enero. Se plantean cuestiones como la eficacia de las penas cortas privativas de libertad para los delitos de poca envergadura o las razones de la ampliación de la suspensión de la ejecución de la condena a drogodependientes sancionados con hasta tres años de privación de libertad. Se examina cómo ha resuelto el legislador el conflicto existente entre la libertad de conciencia y el derecho a la vida en el delito de eutanasia o el criterio seguido en la lucha contra el tráfico de drogas en la tipificación de los correspondientes ilícitos contra la salud pública. Evidentemente, desde esta perspectiva, no interesa sólo el examen de las orientaciones político-criminales seguidas por el legislador, sino también su adecuación a los valores y al concreto modelo social y político que se defienda. Entendida bajo esta dimensión, la Política Criminal constituye un conjunto de conocimientos, de argumentos y de experiencias que se relacionan con el Derecho Penal desde una doble vertiente. Por un lado, como se acaba de señalar, estudia las orientaciones políticas, sociológicas, éticas o de cualquier otra índole que se encuentran en cada institución del vigente Derecho Penal. Y, por otro lado, aporta criterios teóricos, de justicia, de eficacia o de utilidad que van dirigidos al legislador para que lleve a cabo las correspondientes reformas de las leyes penales de forma racional, satisfaciendo los objetivos de hacer frente al fenómeno criminal salvaguardando al máximo las libertades y garantías de los ciudadanos. Desde este prisma, la Política Criminal se contempla como una
curso de política criminal
21
forma de concepción del Derecho Penal complementaria a la visión que de éste proporciona la Dogmática Penal o la Criminología. Aquí hablamos de Política Criminal en este segundo sentido (pero empleando un concepto más extenso), como disciplina académica, como sector del conocimiento cuyo objeto es el fenómeno criminal y la legislación que lo contempla, si bien su estudio se plantea desde parámetros diferentes al jurídico (Derecho Penal) o al empírico (Criminología). El método de análisis, por el contrario, está más cercano a la Sociología, o, incluso, a las Ciencias Políticas. Por esta razón, no se va a rechazar aquí, ni mucho menos, el enfoque propiamente político que pueda desprenderse del tratamiento de los diferentes temas que van a ser planteados a lo largo del presente estudio. Así pues, como disciplina, la Política Criminal puede definirse como aquel sector del conocimiento que tiene como objeto el estudio del conjunto de medidas, criterios y argumentos que emplean los poderes públicos para prevenir y reaccionar frente al fenómeno criminal. Aunque en el último apartado de esta primera lección se profundizará sobre esta dimensión de la Política Criminal, se estima ahora oportuno llevar a cabo unas breves precisiones en relación con este concepto. Así, en primer lugar, cabe señalar que el objeto de estudio de la Política Criminal viene integrado no sólo por la legislación penal, sino también por otro tipo de instituciones que tengan como fin inmediato, desde el ámbito político, la prevención o la reacción frente al hecho delictivo. Ciertamente el Derecho Penal, sustantivo y adjetivo, va a ocupar un lugar preeminente porque constituye la base de la definición de aquello que se considera delito frente a la conducta lícita. Pero afortunadamente el Derecho Penal no es la única forma de prevenir y de hacer frente al crimen. Medidas de carácter económico, educativo, social o incluso cultural, para ciertos sectores de la criminalidad (violencia doméstica o criminalidad racista y xenófoba, por ejemplo) pueden ser tan relevantes y eficaces como el mismo sistema legal. De ahí que también integre su objeto estos mecanismos utilizados por el poder público en esa tarea de disminuir hasta lo tolerable la estadística criminal. En segundo lugar, se hace referencia al aspecto de la intervención de los poderes públicos, que designan al Estado, a las Comunidades Autónomas, a la Provincia, al Municipio y a las Entidades Locales menores. En las últimas décadas, sin embargo, los especialistas en esta disciplina ponen el acento en la relevancia de los esquemas del control social que impone la comunidad fuera del Estado como forma de prevención y represión del crimen. Sin que se rechace la importancia del control social informal como mecanismo que explica la inhibición de la conducta desviada, no podemos olvidar que la Política Criminal es ante todo política, y los criterios de decisión y de orientación para cumplir determinados objetivos corresponden generalmente a los poderes públicos, y de ahí que se insista en este aspecto.
22
emiliano borja jiménez
En tercer lugar, la función de la Política Criminal ha variado sensiblemente desde sus inicios a principios del Siglo XIX. Así FEUERBACH la definía como “el conjunto de métodos represivos con los que el Estado reacciona contra el crimen”, situando como objetivo fundamental ese aspecto meramente reactivo en la lucha contra el crimen. En la actualidad, sin embargo, la Política Criminal continúa manteniendo como fin último disminuir las cifras de criminalidad hasta un nivel razonable, pero ello se puede conseguir no sólo reaccionando frente al hecho delictivo ya perpetrado, sino, sobre todo, estableciendo mecanismos de prevención. Por eso DELMAS-MARTY, siguiendo a M. ANCEL, propone un cambio en el concepto de Política Criminal, atendiendo tanto al sujeto como al fin, en el sentido de considerar a ésta como “conjunto de métodos con los que el cuerpo social organiza las respuestas al fenómeno criminal”. Y, en cuarto lugar, aunque esta disciplina pretende aportar un conjunto de conocimientos que, de forma racional, intentan mejorar la legislación penal y utilizar otros mecanismos para hacer frente a determinados comportamientos socialmente indeseables (delitos), no se puede olvidar su carácter histórico, coyuntural, impregnado de componentes ideológicos y políticos, incluso de índole utilitario. Es ese aspecto político que nos cuesta recordar, especialmente a los penalistas. Por esta razón, aunque conforma un sector del conocimiento, ese conocimiento no puede ser calificado como “científico”. Evidentemente, una disciplina que no sea caracterizada como “científica” no debe ser menospreciada por ello. Simplemente hay que ser consciente de que la forma en que nos aporta su análisis de la realidad que examina es, sencillamente, diferente.
2. Política general y política criminal En el apartado anterior se ha hecho referencia a la política criminal como una forma, como un aspecto, de la política general. Y en efecto, cada forma de Estado, cada forma de gobierno, contempla de modo distinto el tratamiento del problema de la criminalidad en el ámbito espacial, temporal y personal en el que se desarrolla su actividad de gestión de los asuntos públicos. De este modo, en un análisis global, podemos decir que el fenómeno criminal se aprecia de manera distinta en los Estados totalitarios que en los democráticos. En los primeros, cualquiera que sea su color (nacionalsocialista, fascista, fundamentalista, comunista, etc.), el delito es concebido como un acto subversivo, como expresión de desobediencia a las directrices incontestables del poder. El crimen representa una célula enferma que pone en peligro a todo el cuerpo social por su facilidad de contagio, por su facilidad de transmisión de la infección, y con ella, de la enfermedad. El hecho punible, por tanto, constituye la imagen más peyorativa de atentar a la unidad y estabilidad del Estado, y en consecuen-
curso de política criminal
23
cia, no cabe otra política que su exterminio, que su extirpación, como si del peor de los tumores malignos se tratase. Por otro lado, en el Estado totalitario el individuo no tiene sentido sino como ser que se integra en el tejido social. Sus derechos y libertades se diluyen en el sometimiento al aparato del poder. El ciudadano es contemplado como súbdito, como menor de edad, pues su destino no está en sus manos, sino que depende del todopoderoso Führer, o del Duce, o del Ayatolah, del Comisario político, del Caudillo, etc. Su proyecto de vida está dirigido a someterse y confiar en el buen hacer de los superiores, en el progreso del propio Estado, dado que la existencia de aquél esta absolutamente unida a la de éste. Por eso el delincuente es un traidor al Estado, y en la medida en que representa la violación de las reglas, imperativos y directrices del poder, refleja la máxima expresión de peligro de ruptura con el estado de cosas, con el orden interno, con la paz social (similar a la paz de los cementerios) que persiguen los gobiernos de esta naturaleza. La política criminal del Estado totalitario es clara. Su misión es erradicar hasta el último vestigio del crimen, sin tener presente derechos y garantías individuales, pues constituirían un freno a la labor de “limpieza” del entorno más indeseado de la comunidad. La política interior es una política de seguridad nacional. Las fuerzas armadas y policiales tienen licencia, expresa o tácita, para utilizar todos los medios, incluidos la tortura y otras formas de represión formalmente ilegítimas, de combate contra el crimen. No existe división de poderes, no existe el juez natural, ni el principio de presunción de inocencia, ni el derecho del sospechoso a un trato digno y humano… Todo ello es considerado como un obstáculo que impide castigar a los ya declarados culpables, aun sin sentencia que los condene. En la política criminal del Estado totalitario, predomina la prevención general (se busca la intimidación de los subversivos), y la prevención especial se alcanza mediante el escarmiento y la anulación de la voluntad rebelde. La resocialización es entendida como absoluta sumisión a los valores e imperativos que proceden del poder. Los crímenes de Estado, como la tortura, las desapariciones, la expropiación de propiedades por razones políticas, ni son perseguidos ni castigados… Se consigue eliminar casi toda huella de criminalidad, pero en el fondo, esa criminalidad no se destruye, sino que, como la energía, se transforma. Aparece un sólo delincuente y una sola forma de criminalidad, la más terrible, la más temida, pues el Estado es ahora el gran criminal, un gigantesco delincuente. En los Estados democráticos, el planteamiento es diametralmente opuesto. Entiendo por Estado democrático aquél en el que prima el principio de soberanía popular, en el que rige efectivamente el pluralismo político, en el que existen opciones reales de alternancia en el poder y en el que se encuentran formal y materialmente vigentes los derechos fundamentales y las libertades públicas. El punto de partida se enfrenta ante una hipótesis que no era aceptada en los