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humanidades
El propósito de este libro es ayudar a repensar el tema de los derechos culturales subrayando el carácter paradójico de una forma institucionalizada de reconocimiento a la que, de manera aparentemente contradictoria, se apela para implementar medidas que reproducen formas de exclusión, invisibilización y reinterpretación de las prácticas y los agentes culturales no hegemónicos. Para lograrlo, buscamos definir la cultura, los bienes culturales, las prácticas culturales y aquellos rasgos mediante los cuales se manifiestan o se vincula a ellas, todo lo anterior desde una revisión histórico-filosófica de las relaciones culturales desde el siglo xv hasta nuestros días, con un énfasis especial en las políticas desarrolladas durante la construcción de los Estados modernos y su evolución en el llamado multiculturalismo y, más recientemente, en la apuesta por la interculturalidad. Nuestra tesis es que la herencia de la comprensión del desarrollo cultural que proviene de los siglos xix y xx sigue operando como obstáculo para la materialización práctica de un nuevo entendimiento de la diversidad cultural, fraguada desde los movimientos sociales y recuperada en documentos normativos.
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LA PARADOJA DE LOS DERECHOS CULTURALES Crítica a la mercantilización del patrimonio y de las prácticas culturales
JORGE VALTIERRA ZAMUDIO RICARDO BERNAL LUGO LORENA CÓRDOVA-HERNÁNDEZ
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humanidades
978-84-19376-68-8
LA PARADOJA DE LOS DERECHOS CULTURALES
prosopopeya
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LA PARADOJA DE LOS DERECHOS CULTURALES Crítica a la mercantilización del patrimonio y de las prácticas culturales
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT HUMANIDADES
Manuel Asensi Pérez
Catedrático de Teoría de la Literatura y de la Literatura Comparada Universitat de València
Ramón Cotarelo
Catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Mª Teresa Echenique Elizondo Catedrática de Lengua Española Universitat de València
Juan Manuel Fernández Soria
Catedrático de Teoría e Historia de la Educación Universitat de València
Pablo Oñate Rubalcaba
Catedrático de Ciencia Política y de la Administración Universitat de València
Joan Romero
Catedrático de Geografía Humana Universitat de València
Juan José Tamayo
Director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones Universidad Carlos III de Madrid
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
LA PARADOJA DE LOS DERECHOS CULTURALES Crítica a la mercantilización del patrimonio y de las prácticas culturales
JORGE VALTIERRA ZAMUDIO RICARDO BERNAL LUGO LORENA CÓRDOVA-HERNÁNDEZ
tirant humanidades Ciudad de México, 2022
Copyright ® 2022 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/ Este libro será publicado y distribuido internacionalmente en todos los países donde la Editorial Tirant lo Blanch esté presente. La elaboración de este libro se logró gracias al apoyo de la Vicerrectoría de Investigación de la Universidad La Salle, México, a través del proyecto con clave sad-19 “Emprendimiento artesanal para alcanzar el fin de la pobreza en una región marginada de Oaxaca desde la gobernanza, políticas públicas y ods”. Esta obra fue dictaminada positivamente por pares académicos ciegos externos a solicitud de la Editorial y la Universidad La Salle, México.
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Jorge Valtierra Zamudio Ricardo Bernal Lugo Lorena Córdova-Hernández
EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, 06100, Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1937-669-5 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
Índice INTRODUCCIÓN..........................................................................................
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Capítulo 1 LA PARADOJA DE LOS DERECHOS CULTURALES..........................
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1.1. El proyecto monocultural en la modernidad occidental...........................
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1.2. Del indigenismo a la interculturalidad.........................................................
27
1.3. La paradoja de los derechos culturales.........................................................
31
Capítulo 2 DECOLONIALIDAD, CULTURA Y TURISTIFICACIÓN..................
43
2.1. Festividad de Día de muertos: de patrimonio local a patrimonio global......................................................................................................................
48
2.2. De la costumbre al mercado: la turistificación............................................
59
Capítulo 3 FETICHIZACIÓN DE LOS BIENES CULTURALES.............................
67
3.1. El consumo y los bienes culturales...............................................................
78
3.2. Los bienes culturales.......................................................................................
83
3.3. El patrimonio y los espacios públicos. Fetichización de la cultura..........
89
Capítulo 4 IDEALIZACIÓN CULTURAL....................................................................
99
4.1. Actores sociales y etnomarketing...................................................................
103
4.2. Idealización y mitificación de la cultura......................................................
109
4.2.1. De la nostalgia a la idealización de los indígenas............................
116
4.2.2. De la idealización de los indígenas al folclor....................................
119
CONCLUSIONES............................................................................................
135
REFERENCIAS................................................................................................
143
SEMBLANZAS.................................................................................................
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Introducción Cuando se habla de cultura se abre al mismo tiempo una dimensión difusa, polisémica y por demás problemática debido, en gran medida, a una serie de patrones ideológicos entretejidos con una estructura social asimétrica y jerarquizada construida desde hace mucho tiempo. En la mayoría de las ocasiones, el concepto de cultura — cuyas primeras definiciones por lo general emanaron del continente europeo— se utiliza para determinar el estatus y el escalafón que se ocupa en una sociedad. A pesar de que en los últimos dos siglos se ha generalizado el ideal social de la igualdad, los rasgos culturales siguen siendo elementos a los que se apela para justificar la superioridad de unos grupos respecto de otros. Es verdad que cada vez se reconocen más las diferencias culturales que los grupos sociales tienen, por ejemplo, en América Latina. Sin embargo, muy frecuentemente estas se siguen evaluando desde un mismo parámetro, casi siempre europeo (Conti, 2021). En la idea de cultura más generalizada, los rasgos culturales se asocian frecuentemente a situaciones como el nivel de estudios, el poder adquisitivo y el estilo de vida, pero la cultura va más allá de esta perspectiva un tanto reduccionista. La explicación de esta visión limitada de la cultura se encuentra en parte en los efectos del proceso histórico de lo que entendemos como colonización. En contextos como el de América Latina y el Caribe, África y otras regiones continentales, el proceso de colonización desde el siglo xv se caracterizó por definir el nivel social de las personas a partir de elementos como la fisonomía y otras características racializadas, el género, el lugar de procedencia, la lengua y demás aspectos que entonces se asociaban a lo que hoy denominaríamos como lo cultural (Federici, 2010). En efecto, las creencias religiosas, la ritualidad, la alimentación, entre otros, se vinculaban a peculiaridades físicas, geográficas o climáticas que, supuestamente, explicaban la falta de desarrollo de unos grupos frente a otros.
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A pesar de que la colonización ha llegado a asumirse en la literatura, sobre todo histórica, como una etapa que quedó en el pasado y dejó de existir a raíz de los procesos de emancipación de las potencias imperialistas, predominantemente del occidente europeo, aún perduran sus efectos en el presente. Fue hasta la segunda mitad del siglo xx cuando se produjo una crítica al colonialismo, entendido como una etapa en la historia que heredó formas de poder con efectos políticos, económicos y simbólicos de largo aliento. Desde entonces, esta crítica se ha vertido en encuentros, publicaciones, declaraciones, etcétera, y en demandas encabezadas por activistas, científicos sociales, líderes y otros agentes sociales. Buena parte de las movilizaciones por la liberación de grupos sociales que viven en la adversidad registradas al menos desde los procesos de descolonización en África se han ido entrelazando con exigencias por el reconocimiento de la diversidad identitaria y cultural. En los casos más ambiciosos, esta búsqueda de reconocimiento implica también un cuestionamiento a prácticas y políticas que siguen reproduciendo la lógica monocultural y colonial heredada desde hace cientos de años. Ahora bien, la creciente importancia que ha cobrado el reconocimiento de la diversidad cultural ha dado lugar a una interpretación más amplia y compleja de lo que significa la cultura. Esta no se reduce al nivel educativo o a un cúmulo de conocimientos aceptados en un modelo social y político particular, sino que abarca todo aquello que puede entenderse como “una forma de vida”; es decir, el conjunto de actividades cotidianas a través de las que se expresan saberes, creencias, ideologías y costumbres. Dichas actividades pueden materializarse en prácticas, bienes e instituciones. En ese sentido, lo que se concibe como herencia o patrimonio cultural debe entenderse en relación con el ejercicio cultural expresado en formas de vida, dinámicas alimentadas por la experiencia y la acción de los miembros de ciertos grupos sociales. En el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Cámara de Diputados, 2021 [1917]), se establece que
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“Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales” (párr. 12). En consonancia con la idea de cultura planteada arriba, esta redacción parece sugerir que el derecho a la cultura no se identifica exclusivamente con el acceso al patrimonio cultural como resultado sedimentado del pasado, ni con una visión de la cultura como un conjunto de bienes de consumo. Por el contrario, los derechos culturales parecen ser pensados como una vía que asegura a los individuos acceder, desarrollar y manifestar sus creencias, prácticas, costumbres libremente, pero también como una obligación del Estado para respetar y fomentar la diversidad de formas de vida. En primera instancia, esta interpretación nos habla de una transformación importante en la perspectiva sobre la cultura que ha venido fraguándose desde la segunda mitad del siglo xx. Frente a las concepciones más tradicionales que asociaban a la cultura con la posesión de un cúmulo de conocimientos o los vestigios del pasado materializados en objetos, en esta idea se contempla a las personas dentro de contextos diversos y se evita jerarquizarlas en relación con sus formas de vida. Todavía más, se asume que el Estado no debe definir los cánones de lo que debe considerarse como cultura, sino reconocer y proteger sus distintas expresiones. Sin embargo, aun cuando los avances normativos a nivel nacional e internacional parecen abrir camino a una comprensión de la cultura más ajustada a la realidad plural de nuestro mundo, en los hechos esta retórica ha permitido implementar acciones que en aras de reconocer la diversidad cultural terminan produciendo una reinterpretación de las prácticas culturales orientada a fines de promoción estatal o a la obtención de beneficios económicos que no necesariamente favorecen a los grupos que buscan el reconocimiento de su identidad, la visibilización de sus prácticas o el cese del acoso y la violencia por parte del Estado o las empresas privadas. Un primer problema tiene que ver con el hecho de que las iniciativas y procesos a favor de los derechos culturales suelen ser imple-
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mentados por el Estado sin el consenso de los grupos involucrados, como en el caso de México, donde la participación de los sectores afectados es puesta en segundo plano (Cottom, 2010). Pero, además, ocurre que incluso cuando la legislación ofrece una comprensión de los derechos culturales, como el respeto irrestricto a la variedad de formas de vida, en el discurso y en la práctica se mantiene la idea de valorar las manifestaciones culturales únicamente a través de su materialización en bienes tangibles e intangibles. Los mayores esfuerzos se dedican a promoverlas y garantizar su protección y salvaguarda, pero en ese proceso destaca su reinterpretación, selección y difusión a partir de modelos económicos que obedecen a metas lucrativas que benefician a actores económicos y políticos, más que a los actores culturales, esto es, a aquellos que detentan, desarrollan y viven cotidianamente su cultura. En ese sentido, los derechos culturales se insertan en un escenario paradójico, pues si bien se hace hincapié en la valoración cultural, la apreciación de estas manifestaciones que conforman la riqueza de nuestra nación —por una parte, la selección de lo que se concibe como elementos culturales— se realiza desde un plano institucional, un modelo económico particular (Valencia, 2014) y una visión o cultura ajena a la manifestación o práctica cultural en cuestión1. Otro fenómeno recurrente consiste en agregar o atribuir a ciertas prácticas o bienes una reinterpretación que pretende volverlas más atractivas, ya por desconocimiento o por interponer una visión autorreferencial que no ha dialogado con el otro, por lo que termina recreando las manifestaciones culturales con el objetivo de satisfacer una estética exógena, logrando que éstas se materialicen en bienes de consumo llamativos redituables para muchas entidades, excepto para aquellas que detentan la cultura per se.
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En efecto, se suele sustituir la óptica de los grupos locales por una idea de cultura global (Castells, 2002).
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Frente a esta aparente contradicción en la que el reconocimiento de los derechos culturales amenaza la diversidad cultural —motivo por el que denominamos a esta problemática como paradoja de los derechos culturales— resulta importante analizar y comprender las implicaciones que deberían tener los avances normativos sobre el acceso a la cultura y el reconocimiento de la diversidad cultural; pero, sobre todo, dar seguimiento a la manera en la que se cumple con la normatividad en la práctica. Una comprensión laxa de la cultura puede dar lugar a formas de discriminación o exclusión2. El propósito de este libro es desarrollar el tema de los derechos culturales poniendo énfasis en su aspecto paradójico. Por lo mismo, se buscará definir y comprender qué es la cultura, los bienes culturales, las prácticas culturales y aquellos rasgos mediante los cuales se manifiestan o se vincula a ellas. Este objetivo nos obliga a hacer una revisión histórico-filosófica de las relaciones culturales desde el siglo xv hasta nuestros días, con un énfasis especial en las políticas desarrolladas durante la construcción de los Estados modernos y su evolución en el llamado multiculturalismo y, más recientemente, en la apuesta por la interculturalidad. Nuestra tesis es que la herencia de la comprensión del desarrollo cultural que proviene de los siglos xix y xx sigue operando como obstáculo para la materialización práctica de un nuevo entendimiento de la diversidad cultural, fraguada desde los movimientos sociales y recuperada en los documentos normativos en las cuatro décadas. A lo largo de esta obra se pretenden cuestionar algunos de los efectos de esta tensión, muy particularmente aquella visión de lo cultural que propicia la repetición o, mejor dicho, la prevalencia de fenómenos como la exaltación casi nostálgica del valor cultural de la sociedad o los grupos culturales del pasado, pero al mismo tiempo
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Por ejemplo, al no considerar una serie de elementos que, en apariencia, no cumplen con los patrones estéticos dominantes. Esto podría llevar a considerar ciertos bienes culturales como burdos utensilios o prácticas cotidianas sin mayor importancia.
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la negación e incluso el desprecio de los grupos culturales contemporáneos, lo que contraviene por completo el ideal de los derechos culturales. Para ello, hemos dispuesto en cuatro capítulos un desarrollo histórico conceptual sobre los derechos culturales, con la intención de proponerlos como paradójicos frente a la realidad. En el capítulo primero sobre la paradoja de los derechos culturales exponemos una síntesis histórica acerca de la perspectiva ideológica que se intentaba concretar en una política, en este caso latinoamericana, de comprender la diversidad cultural quizá con el fin de integrarla en una estructura nacional uniforme y monocultural que, de suyo, atentaba contra los derechos culturales o, por lo menos, el derecho al reconocimiento étnico que en muchos organismos internacionales, como en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (oit), se estipula. Aquí mismo se propone identificar algunas características o estrategias culturales que, más tendientes al beneficio o alimentación de un modelo económico global predominante, explican la naturaleza interpretativa y artificiosa de la cultura y sus manifestaciones a partir de integrar, agregar e incluso (re)inventar elementos exógenos con un fin más bien utilitario y en cierta medida elitista. En este orden, los capítulos dos, tres y cuatro se enfocan en los tres elementos principales que hemos identificado para el presente análisis, a saber: la turistificación como un fenómeno con propósito comercial que puede llegar a valerse de lo cultural para beneficio de consorcios, organismos y un nicho empresarial que, por lo general, beneficia poco o nada a los agentes culturales. En el tercer capítulo también se desarrolla la fetichización como una característica de la mercancía que puede proyectarse hacia las prácticas culturales y no de forma exclusiva a bienes materiales. Por último, en el capítulo cuatro se desarrolla el tema de la idealización, que es central para cerrar con las características de esta suerte de (re) invención de la cultura o de sus manifestaciones que inducen a una
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forma de folclorizar o incluso de exotizar la cultura, creando un tipo de mercancía que se suministra (Novelo, 2002). En estos tres últimos capítulos, además de afianzar y esclarecer el debate que se propone en el primer capítulo, se percibe una línea central que a la par de los derechos culturales o, en todo caso, de la paradoja de los derechos culturales, se va trazando y va incorporando los conceptos, prácticas, testimonios y características de la manifestación cultural; es decir, se dibuja una tendencia de corte económico que sustenta un discurso a favor del patrimonio cultural y de los bienes culturales, pero muy cercana a la difusión, promoción y venta de la cultura, tanto en el campo político como en el mercantil o comercial (turístico). Esperamos con esta obra, amén de tratar aspectos que escasamente encontramos en la literatura mexicana sobre el tema, plantear una problemática de la que definitivamente se debe desarrollar más, no con el fin de oponerse a la actividad económica y lucrativa que involucra la cultura, y de la que depende mucha gente para sobrevivir, sino para que dentro de esos mecanismos exista un reconocimiento de la diversidad cultural, pero con el que todos los actores culturales se vean favorecidos y no únicamente las entidades económicas y políticas nacionales e internacionales. Para lo anterior consideramos —según se desarrolla en la parte conclusiva de esta publicación— la necesidad de una mayor concienciación y participación de los agentes culturales en tanto una sociedad organizada que luche por la generación de arenas de diálogo con otros entes para propiciar la salvaguarda, disfrute y garantía de acceso a la cultura; es decir, los derechos culturales.
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La paradoja de los derechos culturales 1.1. EL PROYECTO MONOCULTURAL EN LA MODERNIDAD OCCIDENTAL En el famoso “Debate de Valladolid”, Juan Ginés de Sepúlveda argumentó que la “naturaleza bárbara de los pueblos de América” (Sepúlveda, 1951b, p. 19) justificaba la obediencia de los indios al imperio español, de conformidad con el Derecho Natural. En las dos principales obras en las que se concentran sus argumentos sobre la cuestión de América, Apología y Demócrates segundo o de las justas causas de la guerra, se complementa esta idea con la aseveración de que la guerra emprendida por la Corona española debía considerarse justa porque tenía una finalidad civilizatoria. Desde su perspectiva, la intervención bélica y la colonización resultaban tanto más legítimas cuanto terminarían promoviendo la erradicación de costumbres como la idolatría y los sacrificios humanos, allanando así el camino para la propagación del cristianismo (Sepúlveda, 1951a). Si bien el énfasis en el papel evangelizador de la colonización fue disminuyendo en favor de justificaciones con un enfoque más secular, la presuposición de una superioridad en las costumbres, los hábitos y las instituciones fue una constante al momento de sustentarla, al menos desde el siglo xvi. Así, en su famoso Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, John Locke —quien pasaría a la historia del pensamiento político anglosajón como el padre del liberalismo y uno de los principales defensores de la tolerancia religiosa— argumentaba que las tierras de América del norte no podían ser reivindicadas por los habitantes originarios de ese territorio, pues además de ser tan amplias y fructíferas como para ser habitadas por los colonos europeos sin perjuicio alguno para los “indios americanos”, las comunidades nativas no habían edificado aún algo parecido a un gobierno
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civil y, al permanecer en estado de naturaleza, no podían apelar al derecho de propiedad conforme a la ley civil (Renault, 2020)3. Para Locke era legítima la apropiación de las tierras americanas por parte de los colonos europeos, debido a que en ausencia de leyes civiles la única ley válida era la ley natural que ordenaba hacer prósperas las tierras donadas por Dios al género humano, y además consideraba que se trataba de un deber con la humanidad, de un acto necesario para el progreso de la industria y el comercio. De esta manera, la colonización de los ingleses no era resultado de la ambición, la violencia o la fuerza, sino del cabal cumplimiento del derecho natural vislumbrado por medio de la razón. Esta curiosa paradoja, según la cual la apelación a la universalidad del derecho parece ir en contra de los intereses de grupos particulares en desventaja, está lejos de ser un rasgo original de la obra de Locke, ya que ha formado parte de la larga historia de las sociedades humanas. La novedad de este gesto, sin embargo, radica en los elementos que articula para su justificación. En el fondo, Locke expresa una narrativa recurrente en el proceso de modernidad/colonialidad (Mignolo et al., 2014), que sostenía que en virtud de su superioridad epistémica y moral, la expansión de las formas de vida desarrolladas en Europa era una condición irrenunciable para el progreso de la razón y la civilización. La contracara de este relato fue, como se sabe, la caracterización de las experiencias humanas no europeas como objetivamente atrasadas, promoviendo por tanto su modificación desde el exterior. Así,
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En términos jurídicos el ejemplo anterior muestra un conflicto histórico derivado de los procesos de colonización en el continente americano, es decir, el derecho al territorio. Desde la lógica del derecho positivo, el territorio es nombrado, organizado, administrado y distribuido por el Estado, fortaleciendo la propiedad privada y su uso como un elemento homogéneo. Este proceso estatalista no nada más ha derivado en el despojo territorial a las comunidades indígenas, sino que ha generado un debilitamiento de los significados, símbolos, representaciones y prácticas socioculturales que estos grupos desarrollan en torno a ellos (Bravo, 2018).
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por ejemplo, mientras en el siglo xvii un pensador inglés como Locke calificaba a América como la “infancia de Europa” (Locke, 2014, p. 40) y sostenía que la apropiación colonial de su territorio favorecía la expansión comercial y, con ella, la ampliación del conocimiento a todos los rincones del planeta, en el siglo xviii, en su Historia Natural —en la que pretendía compendiar todo el conocimiento de la humanidad hasta ese momento— George Louis Leclerc, mejor conocido como el Conde de Buffon, aseveraba que América era un continente cuyas condiciones climáticas y fauna desnaturalizada hacían imposible el desarrollo de una civilización tan adelantada como la europea (Buffon, 1749). Los argumentos de Buffon fueron reforzados por el geógrafo y diplomático alemán Cornelius de Pauw, en sus Investigaciones sobre los americanos de 1768 y en la Historia de América de William Robertson, como parte de un largo debate intelectual entre las naciones europeas para justificar sus proyectos imperiales. De igual forma, en el siglo xix un personaje tan influyente en el mundo intelectual europeo como Hegel, cuya filosofía expresa la convicción de que el proceso de autoaprendizaje de la humanidad terminaría en la consolidación de las instituciones necesarias para la ampliación de la libertad, vio con buenos ojos la expansión colonial europea en la medida en que permitía resolver los desequilibrios económicos del naciente capitalismo industrial, mediante el envío de mano de obra a las colonias de América (Hegel, 1993). Además de las ventajas materiales de esta solución, en principio puramente económica, Hegel parecía valorar sus efectos civilizatorios, ya que indirectamente apuntalaba el avance espiritual de una región supuestamente atrasada como América (Hegel, 1993). Esta concepción será tan exitosa que formaría parte de los arquetipos de América discutidos durante el siglo xix por varios pensadores, incluyendo a algunos de América Latina. En su propuesta ideológica denominada arielismo, el escritor y político uruguayo José Enrique Rodó (1982), por ejemplo, utilizó elementos literarios para ilustrar esta visión, remitiendo a los personajes Próspero, Ariel
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y Calibán de la obra La Tempestad, de William Shakespeare, para contrastar la alta cultura y los altos valores frente a un materialismo mundano personificado en Calibán. Mientras que en su planteamiento Ariel representa la alta cultura, una especie de deber ser para la humanidad, Próspero es concebido como la cultura ilustrada europea destinada a someter al monstruoso Calibán que representa la visión mundana y atrasada de América, en particular de Estados Unidos4. Sin embargo, la versión más influyente de este tipo de relato en la segunda mitad del xix fue la desarrollada por Augusto Comte. Aunque el pensador francés se opuso explícitamente a la política de colonización por razones filosóficas, en su famoso Curso de filosofía positiva expuso su conocida teoría de los tres estados de la humanidad, según la cual los organismos sociales deben pasar por un proceso evolutivo que gradualmente lleva de la infancia a la adultez. De acuerdo con Comte, en las primeras etapas de la humanidad las sociedades se caracterizarían por explicaciones de carácter reli-
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Esta interpretación ha tenido eco en América Latina. En el siglo xx, Gonzalo Rojas Ortuste (2000) hizo una lectura de Rodó para explicar la elección de Ariel como la que representa a América Latina y a Calibán que personifica lo mundano, aludiendo a los Estados Unidos. Desde su interpretación recogida de Rodó e incluso de Roberto Fernández Retamar (1982), ya avanzado el siglo xx, dice que el “arielismo” es un deber ser y “los latinoamericanos debíamos desarrollar valores de alta cultura, amantes de la libertad, antes que de la comodidad propia del materialista Calibán, que corresponde a los valores intramundanos (es el ser) de los americanos anglosajones y protestantes” (Rojas, 2000, párr. 11). Este autor lo concibe como un arielismo que es subalterno, pero funcional, porque desea ser libre, mientras que Calibán es concebido como primitivo, imprescindible y subalterno, aunque rebelde. Desde esta perspectiva, Ariel trae a los débiles esfuerzos de racionalidad del ser mundano y sin valores, la implantación y desarrollo de la democracia, como un esfuerzo de educar, reformar continuamente y armonizar dos impulsos históricos, a saber: 1) el sentimiento de igualdad como una de las pocas referencias de una tradición cultural específica que vincula este sentimiento al ancestro cristiano no católico y 2) el sentido del orden.