Colección Derecho Laboral Práctico
Derecho a desconexión
Perspectivas y reflexiones para el caso chileno
Las nuevas tecnologías y cambios en la forma de relacionarse han hecho que la preocupación por el futuro del trabajo se haya visto intensificada en los últimos años, presentándose como una cuestión cada vez más cercana y multitemática, tanto en Chile como en el mundo. En el núcleo de esta preocupación se encuentra el llamado derecho a la desconexión del trabajo. Constatando la falta de un análisis exhaustivo sobre el tema y la dispersión de los estudios que se han publicado sobre el derecho a la desconexión, esta obra colectiva busca presentar, a través de un análisis colaborativo, coherente y sistemático, los elementos centrales de este derecho a desconexión, aportando perspectivas y reflexiones para el caso chileno. Es así como se presentan las bases, características y fundamentos que permiten su configuración, así como la influencia y el impacto que en este tema han tenido las nuevas tecnologías y formas de comunicación en las relaciones laborales, las experiencias extranjeras vinculadas al derecho a la desconexión, y el aporte que ha realizado —y está realizando— la Organización Internacional del Trabajo en torno al tema. A un nivel más específico, esta investigación considera que el análisis del derecho a desconexión debe abarcar el impacto en los derechos fundamentales en el trabajo, los riesgos psicosociales y el deber de seguridad del empleador y, por supuesto, la perspectiva de género. Asimismo, los autores buscan discurrir en las problemáticas que tiene la limitación de la jornada laboral, el derecho al descanso y las “zonas grises” que puedan existir, y la regulación existente que, en el caso chileno, destaca en el trabajo a través de plataformas y en el trabajo a distancia y teletrabajo, cuya evolución se vio acrecentada a raíz de la pandemia provocada por el Covid-19.
Derecho a desconexión Perspectivas y reflexiones para el caso chileno
Rodrigo Azócar Simonet Director
978-84-1147-238-8
Colección Derecho Laboral Práctico
DERECHO A DESCONEXIÓN Perspectivas y reflexiones para el caso chileno
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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DERECHO A DESCONEXIÓN Perspectivas y reflexiones para el caso chileno
RODRIGO AZÓCAR SIMONET
Rodrigo Azócar Simonet Oscar Eduardo Benítez José Francisco Castro Hugo Cifuentes Lillo Álvaro Cruz González Andrea Isabel Franconi Francisco Neira Reyes Rodrigo Monteiro Pessoa María José Rojas Frost Federico Rosenbaum Carli Marco Vásquez Bermejo Humberto Villasmil Prieto
tirant lo blanch Valencia, 2022
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© Rodrigo Azócar Simonet
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email: tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: https://editorial.tirant.com/cl ISBN: 978-84-1147-239-5 Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
ÍNDICE Prólogo.....................................................................................................
13
Francisco J. Tapia Guerrero
Introducción..............................................................................................
19
Capítulo 1 Bases para la configuración de un derecho a la desconexión en Chile Rodrigo Azócar Simonet
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
23
II. EL DERECHO A DESCANSO......................................................
24
III. EL IMPACTO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y FORMAS DE COMUNICACIÓN SOBRE EL DERECHO A DESCANSO....
28
IV. HACIA LA CONFIGURACIÓN DEL DERECHO A DESCONEXIÓN O A DESCONECTARSE DEL TRABAJO PARA EL CASO CHILENO.......................................................................... a. Concepto y características........................................................ b. Derechos de los trabajadores: dimensiones y contenido............ c. Limitaciones y restricciones...................................................... d. Obligaciones del empleador..................................................... e. Mecanismos de protección.......................................................
32 33 35 37 39 40
V. REFLEXIONES FINALES.............................................................
41
Capítulo 2 Nuevas tecnologías y formas de comunicación y derecho a la desconexión Federico Rosenbaum Carli
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
47
II. EL CONTEXTO TECNOLÓGICO PARA EL SURGIMIENTO DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN......................................
49
III. LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN: HIPER-CONEXIÓN LABORAL E HIPERCONTROL LABORAL.................................................................
53
IV. LA PÉRDIDA DE EFICACIA DE LOS DERECHOS ESPECÍFICAMENTE LABORALES ASOCIADOS AL TIEMPO DE TRABAJO Y LA SALUD Y SEGURIDAD LABORAL.....................................
57
V. EL MECANISMO DE DEFENSA PARA DOTAR DE EFICACIA A LOS DERECHOS LABORALES: LA CREACIÓN DE UNA
8
Índice
CATEGORÍA AUTÓNOMA DE DERECHO A LA DESCONEXIÓN.......................................................................................
59
VI. REFLEXIONES FINALES.............................................................
64
Capítulo 3 Trazabilidad del derecho a la desconexión digital Oscar Eduardo Benítez
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
71
II. EL ORIGEN DE LA DESCONEXIÓN DIGITAL..........................
73
III. HISTORIA DE LOS PROCESOS APLICADOS.............................
75
IV. EL CASO ESPAÑOL.....................................................................
76
V. DESCONEXIÓN DIGITAL: ¿DERECHO O PROHIBICIÓN?.....
81
VI. DISTRIBUCIÓN: LA LLEGADA DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN A LATINOAMÉRICA...................................................
84
VII. CONSIDERACIONES SOBRE LOS PROCESOS APLICADOS.....
90
VIII. LA HIPERCONECTIVIDAD COMO SUPUESTO DE VIOLENCIA ORGANIZACIONAL............................................................
91
IX. LOS APORTES DEL CONVENIO 190 DE LA OIT A LA DESCONEXIÓN DIGITAL.................................................................
95
X. REFLEXIONES FINALES.............................................................
97
Capítulo 4 Derecho a la desconexión y el teletrabajo: reflexiones desde la organización internacional del trabajo Humberto Villasmil Prieto
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
101
II. EL CAMBIO TECNOLÓGICO Y SUS IMPACTOS EN LA RELACIÓN DE TRABAJO: DESCONEXIÓN Y TELETRABAJO..........
102
III. TELETRABAJO, TRABAJO A DISTANCIA, TRABAJO A DOMICILIO, TRABAJO EN CASA Y TRABAJO REMOTO EXCEPCIONAL Y OBLIGATORIO. ALGUNAS CONSIDERACIONES CONCEPTUALES DEL TODO NECESARIAS..............................
111
IV. EL CONTEXTO DEL SURGIMIENTO DEL DERECHO A LA DESCONEXIÓN...........................................................................
114
V. EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN EN LOS ESTUDIOS GENERALES DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y RECOMENDACIONES (CEACR).....
121
9
Índice
VI. EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN EN LA LEGISLACIÓN LABORAL LATINOAMERICANA, UNA PANORÁMICA...........
123
VII. LA DESCONEXIÓN COMO “DERECHO” Y COMO “DEBER”.............................................................................................
125
VIII. REFLEXIONES FINALES.............................................................
126
Capítulo 5 Derechos fundamentales y desconexión: hacia una construcción robusta Francisco Neira Reyes
I. INTRODUCCIÓN........................................................................ II. EL DERECHO A DESCONEXIÓN Y EL ACTUAL CONTEXTO................................................................................................. a. Lo privado como quimera y la indeseada desconexión............. b. La desconexión como límite al control..................................... c. La ciudadanía en la empresa como límite al control en un contexto de hiperconectividad.......................................................
129 132 132 136 138
III. DERECHO A DESCONEXIÓN Y EL POTENCIAL IMPACTO EN LOS DERECHOS FUNDAMENTALES INESPECÍFICOS DEL TRABAJADOR..................................................................... a. El derecho al disfrute del tiempo libre...................................... b. La intimidad y la protección de datos del trabajador................ c. La integridad física y psíquica del trabajador...........................
142 142 145 155
IV. REFLEXIONES FINALES.............................................................
156
Capítulo 6 Derecho a la desconexión, riesgos psicosociales y deber de seguridad del empleador Hugo Cifuentes Lillo Marco Vásquez Bermejo
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
161
II. SEGURIDAD SOCIAL Y EL DEBER DE SEGURIDAD DEL EMPLEADOR.....................................................................................
163
III. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y RIESGOS PSICOSOCIALES.....................................................................................
166
IV. RIESGOS PSICOSOCIALES Y PANDEMIA POR EL Covid-19....
173
V. REFLEXIONES FINALES.............................................................
175
10
Índice
Capítulo 7 Perspectiva de género en el derecho a la desconexión Andrea Isabel Franconi
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
179
II. DERECHO A LA DESCONEXIÓN Y NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO.................................................................
182
III. DERECHO A LA DESCONEXIÓN IMPLÍCITO..........................
183
IV. DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL..............................
186
V. PROBLEMÁTICA DE GÉNERO Y MUNDO DEL TRABAJO......
189
VI. CONCILIACIÓN ENTRE LA VIDA PERSONAL Y LABORAL...
196
VII. CONSECUENCIAS ADVERSAS DE LA INEQUITATIVA DISTRIBUCIÓN DE LAS TAREAS DE CUIDADOS “NO REMUNERADAS”........................................................................................
198
VIII. CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL-PRIVADA, FORMAS DE TRABAJO FLEXIBLE y TELETRABAJO DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO................................................................
200
IX. PROBLEMÁTICA DE GÉNERO Y PANDEMIA...........................
202
X. NECESARIA MIRADA DE GENERO EN EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN...........................................................................
206
XI. REFLEXIONES FINALES.............................................................
211
Capítulo 8 Derecho a la desconexión y las problemáticas de la limitación de la jornada laboral Rodrigo Monteiro Pessoa
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
219
II. ANTECEDENTES DE LA LIMITACIÓN DE JORNADA.............
220
III. LA LIMITACIÓN DE LA JORNADA EN CHILE.........................
223
IV. LA LIMITACIÓN DE LA JORNADA EN EL TRABAJO A DISTANCIA Y EL TELETRABAJO.....................................................
229
V. LAS JORNADAS EXTENDIDAS POR EL USO DE TIC Y LAS CONSECUENCIAS PARA LA SALUD DE LOS(AS) TRABAJADORES(AS)...................................................................
231
VI. LAS TIC Y LAS POSIBILIDADES DE TRABAJO REMOTO: LAS NUEVAS JORNADAS EXTRAORDINARIAS..............................
237
VII. REFLEXIONES FINALES.............................................................
241
11
Índice
Capítulo 9 Derecho a la desconexión, descanso y “zonas grises” José Francisco Castro
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
245
II. LOS TIEMPOS DE ESPERA EN EL TRANSPORTE TERRESTRE INTERURBANO DE PASAJEROS Y DE CARGA Y EN EL TRANSPORTE RURAL COLECTIVO DE PASAJEROS...............
247
III. LOS TURNOS DE ESPERA O DE LLAMADO DE LOS TRABAJADORES QUE SE DESEMPEÑEN COMO PARTE DE LA TRIPULACIÓN A BORDO DE FERROCARRILES......................
249
IV. LOS TURNOS DE LLAMADA O PERÍODO DE RETÉN DE LOS TRIPULANTES DE VUELO Y DE CABINA.........................
251
V. LOS BONOS DE DISPONIBILIDAD O DE UBICABILIDAD EN LA DOCTRINA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO.....................................................................................
256
VI. REFLEXIONES FINALES.............................................................
259
Capítulo 10 Derecho a la desconexión en la modalidad de trabajo a distancia y teletrabajo Álvaro Cruz González
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
263
II. EL DERECHO AL DESCANSO EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL....................................................................
266
III. EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN.........................................
271
IV. JORNADA DE TRABAJO TRABAJADORES A DISTANCIA Y TELETRABAJADORES.................................................................
273
V. EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN EN LA LEY Nº 21.220... a. Desconexión entre jornadas..................................................... b. Desconexión durante los días de descanso y feriado anual....... c. Obligación del empleador de garantizar el derecho a la desconexión......................................................................................
275 275 277
VI. REFLEXIONES FINALES.............................................................
279
278
12
Índice
Capítulo 11 Reflexiones finales sobre el derecho a la desconexión María José Rojas Frost Rodrigo Azócar Simonet
I. INTRODUCCIÓN........................................................................
283
II. REFLEXIONES SOBRE EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN..
284
PRÓLOGO FRANCISCO J. TAPIA GUERRERO1
Una característica que presentan las disciplinas del derecho del trabajo y seguridad social en estos tiempos es la creciente complejidad para la aplicación de sus normas y también de sus principios ordenadores, como en el efectivo ejercicio de los derechos que reconocen, expuestas constantemente a desafíos que la contingencia les plantea por diversas causas, unas ideológicas, otras políticas o incluso aquellas que provienen de políticas públicas o de procesos dominados por la lógica de la economía, como ha sido el caso de la reorganización empresarial desde hace algunas décadas, que desplazan, reducen o al menos amenazan, su contenido esencial de tutela. Se trata de disciplinas jurídicas sometidas a constante tensión, como probablemente pocas otras pueden tenerla. También es posible advertir de qué modo los procesos democratizadores contribuyen al diálogo interdisciplinario, de modo que las instituciones jurídicas emanadas de unas y otras confluyen, normalmente en procesos de apertura de los derechos, concediéndoles un marco de aplicación que contribuye al reconocimiento de nuevos derechos o al menos, a nuevas dimensiones en la aplicación de aquellos ya instalados en el ordenamiento jurídico, lo que les coloca en una perspectiva más amplia de aplicación y en consecuencia de protección. Es posible afirmar que en línea de tendencia que mientras el hecho social desafía a las instituciones jurídicas del derecho del trabajo y seguridad social remeciendo su inercia y exigiendo reacción desde sus definiciones esenciales, se produce a la vez una convergencia disciplinaria que lleva a nuevos derechos o a un enfoque superior de aquellos vigentes.
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Profesor de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Miembro de Número de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y Seguridad Social.
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Francisco J. Tapia Guerrero
Se trata de una dinámica de realidad que exige al jurista. Ello es particularmente así en el asombroso proceso de desarrollo tecnológico, por cierto inacabado y sin que podamos reconocer sus límites, de una parte, y la constitucionalización del derecho del trabajo y seguridad social. En la medida en que la tecnología irrumpe disruptivamente modificando los parámetros con que las instituciones jurídicas del derecho del trabajo y seguridad social establecen los límites al modo productivo, la respuesta desde una concepción tutelar encuentra sus fundamentos en las bases mismas de un humanismo centrado en la dignidad de la persona, aunque probablemente, no alcanzamos en esta etapa a dimensionar la profundidad del cambio en toda su extensión, ni conocemos la respuesta del derecho en toda su magnitud y sentido. Es lo que ha ocurrido con el derecho a la desconexión. ¿Por qué sino, ha sido exigido desde la doctrina, desde las propias partes sociales o desde el legislador? ¿Por qué, entonces, ha debido consagrarse en circunstancias que pareciera situarse extramuros del contenido de obligaciones a que se somete en virtud de un contrato y que se extiende más allá de la temporalidad natural de la prestación del trabajo? Es posible entender que el derecho a la desconexión es una primera respuesta a un desarrollo tecnológico que incursiona ya no sólo sobre la prestación del trabajo sino sobre el trabajo mismo, con una profundidad que hace más intenso, como bien se señala en esta obra, la dependencia y subordinación del trabajador. Estas variables diferencian el proceso en curso, de la tutela consagrada en el modo productivo que se modifica. Ciertamente, la protección del descanso no es nueva, nuevas son las formas en que se puede ver afectado, atendida su fuerza transformadora que llega hasta el centro del contrato de trabajo, en sus elementos constitutivos. Es posible constatar que la introducción de la tecnología supera el modelo clásico del trabajo contratado por cuenta ajena y dependiente, desde que su ejecución no se sitúa en un contexto de temporalidad ni de territorialidad o de espacio físico, sino que su diseño hace posible que la ejecución de los servicios no tenga otro límite posible que la mediación de la tecnología. Con ello, el diseño tecnológico reordena el modo productivo y también las relaciones del trabajo, excediendo los límites que desde el
Prólogo
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objeto del contrato se establecían, al pasar de la obligación del trabajador a prestar su actividad en la forma pactada, a la persona misma del trabajador, disponiendo con ello de sus derechos de personalidad, comprometiendo de paso otros bienes jurídicos protegidos por la ley del trabajo. Con ello, se acentúa la asimetría entre las partes, pasándose a una relación de poder cuyo eje determinante es previo al contrato y cuya fuente se encuentra en el diseño de la tecnología que determinará las formas en las que el modo productivo y, en consecuencia, el contrato de trabajo, deberá operar. Ciertamente, el derecho a la desconexión opera como un mecanismo de freno a esa invasión al derecho de personalidad del trabajador, aunque no alcanza a la fuente del desequilibrio o de su mayor intensidad. No obstante, es posible advertir en línea de tendencia, algunas manifestaciones de incursión de la ley o de la autonomía colectiva, en las limitaciones o al menos, en la regulación de la fuente determinante del modo productivo, en perspectiva de los derechos, cuando el diseño de las nuevas tecnologías debe someterse a ciertas limitaciones legalmente establecidas o convencionalmente pactadas. Es probable entonces que las manifestaciones ya conocidas del derecho a la desconexión, den paso entonces a mayores regulaciones ordenadas a fortalecer su contenido de protección, no solo imponiendo conductas, sino que provengan desde el propio diseño de las nuevas tecnologías. Esta obra presenta un extenso cuadro del significado de la desconexión del trabajador en el marco del derecho del trabajo y de la seguridad social. Los autores proponen bajo el sello del contenido tutelar del trabajo, una relectura del derecho al descanso, tanto en su contenido como de los criterios para su aplicación, considerando las nuevas condiciones del modo productivo, considerando además, la complejidad que en el nuevo marco de relación entre trabajo y tecnología se plantea. Se observa además, que la fuente de protección no se limita a la sola regulación heterónoma, sino que se reconoce un campo para la actuación del dialogo social, desde que ésta se encuentra en una mejor posición para bajar el contenido protector a las situaciones de hecho concretas.
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Francisco J. Tapia Guerrero
No cabe duda de que el cambio tecnológico llama a la autonomía colectiva, como medio de afirmación del contenido protector del derecho a desconexión. Ello sin embargo requiere, bien del impulso legislativo como de la convicción de las partes sociales para provocar una reconversión del desarrollo tecnológico como una mera aplicación de instrumentos orientados a una mejor o mayor productividad, esto es, con una clara definición hacia el trabajo decente. Bien se sostiene que las nuevas tecnologías aumentan la intensidad del control posible a la actividad del trabajador y al trabajador mismo, lo que justifica la necesidad de limitar los poderes directivos y la forma de ejecución del trabajo misma, alcanzando nuevos parámetros en el modo productivo. Se destacan además, ciertas experiencias de autonomía colectiva como de prácticas empresariales que unas y a otras se anticiparían a la regulación legal, con lo que en esos casos, sería posible reconocer los antecedentes del derecho a la desconexión en la autonomía privada antes que en la intervención heterónoma. Con ello, sería posible desprender que como ha ocurrido con otros derechos, la actuación de las partes sociales puede ser determinante en su configuración. Ello porque los desafíos que se imponen con las nuevas tecnologías, en la vigencia de los derechos, no se limitan a las dificultades que se provocan en el ejercicio de los derechos, sino que además, exceden del ámbito de la persona, toca a la sociedad, y también se sitúa en el marco de los riegos sociales, lo que constituye a la vez, exigencias desde la seguridad social y por cierto, en una perspectiva más amplia, desde la legislación internacional del trabajo. Bien se sostiene que los avances producidos en la limitación de los poderes empresariales requieren de nuevos impulsos en una sociedad de control digital por su carácter invasivo de los derechos y por cierto con las variables de precarización que ya ha sido posible advertir. Se hace necesario entonces, el esfuerzo de la comunidad internacional y en perspectiva de tripartismo, asumir los nuevos desafíos que invitan a una actualización de las líneas que ya anticiparan las Recomendaciones 198 y 204 de la Conferencia Internacional del Trabajo.
Prólogo
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Sin duda que el aporte que desde esta obra se hace por los autores, caminan en el sentido de una protección al trabajo en los nuevos escenarios que se plantean para el trabajo de las personas, en perspectiva de profundo humanismo y en consecuencia, en línea con las definiciones esenciales de las disciplinas jurídicas del derecho del trabajo y seguridad social. Santiago, junio de 2022.
INTRODUCCIÓN La preocupación por el futuro del trabajo y su regulación se ha intensificado en los últimos años, especialmente a propósito de los cambios sociales y culturales, por el impacto que ha provocado la pandemia, así como por la incorporación masiva e intensa de la tecnología y las nuevas formas de información y comunicación a las relaciones laborales. Todo lo anterior, en el contexto de la denominada “Cuarta Revolución Industrial” y de la “Economía Digital”, cuyos efectos se espera sean importantes en cuanto a los trabajos existentes y a la forma de prestar servicios. De esta manera, y dentro de estas nuevas formas de trabajo, es que aparecen nuevas interrogantes, entre las que se encuentran la real eficacia de los derechos laborales tradicionales y la necesidad de crear nuevos espacios de tutela para la parte más débil de la relación laboral. En este debate, y vinculado con la tensión existente entre el trabajo y la vida personal, es posible identificar un foco de preocupación respecto al grado de desconexión que tienen los trabajadores en sus períodos de descanso respecto a asuntos laborales o frente a requerimientos asociados a sus funciones, especialmente a través de medios digitales o electrónicos. Desde esta perspectiva, es importante que se discutan los alcances que tiene este derecho a la desconexión o derecho a desconectarse del trabajo, así como los elementos asociados a su configuración y sus principales aspectos y efectos jurídicos. Este debate debe nutrirse no sólo de opiniones jurídicas, sino también de un análisis exhaustivo de distintos enfoques o realidades que afectan a esta temática. Constatando la falta de un análisis exhaustivo sobre el tema y la dispersión de los estudios que se han publicado sobre el derecho a la desconexión, se convocó a abogados especialistas del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, que previamente habían estudiado e investigado dicho tema, para conformar un grupo de discusión y análisis en torno a esta importante temática, con el fin de impulsar una publicación colaborativa, coherente y que sistematizara los elementos
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Introducción
centrales de este derecho a desconexión, aportando perspectivas y reflexiones para el caso chileno. Este trabajo en equipo constó con una coordinación dirigida por el profesor Rodrigo Azócar Simonet, que inicialmente entregó una propuesta base con los aspectos introductorios y centrales para la profundización en capítulos siguientes (capítulo 1 de esta obra). Lo anterior permitió realizar una mejor distribución de tareas y encargos específicos por temáticas o dimensiones a desarrollar, así como coordinar las sesiones de retroalimentación de sus integrantes. Todo este trabajo colaborativo contó con la activa participación de sus miembros, y siempre resguardando los espacios de libertad académica y de disentir. Teniendo como base esta metodología de trabajo, en este estudio se discute, entre las distintas voces que lo conforman, aquellos escenarios que se consideran más importantes en el análisis de la desconexión del trabajo, partiendo desde una premisa: el derecho al descanso y a la desconexión no es algo nuevo o una preocupación que surge sólo a partir de la incorporación de las nuevas tecnologías y formas de comunicación a las relaciones laborales, sino que su contenido tutelar ha formado parte del debate laboral desde los orígenes de esta disciplina jurídica. Con todo, lo novedoso en esta materia son las formas en que puede verse afectado el derecho al descanso y a la desconexión, razón por la cual se requiere un estudio de esta envergadura. Esta publicación colectiva consta de 11 capítulos de una obra que busca convertirse en un trabajo que profundice en el análisis de los distintos aspectos vinculados al derecho a la desconexión para el caso chileno. Es así como, en primer lugar, Rodrigo Azócar Simonet entrega las bases para la configuración de un derecho a la desconexión en Chile (capítulo 1). Luego, Federico Rosenbaum Carli presenta el contexto en el cual se encuentra este derecho a la desconexión, analizándose las nuevas tecnologías y formas de comunicación (capítulo 2). A continuación, Óscar Eduardo Benítez enseña una mirada histórica de este fenómeno y realiza una trazabilidad del derecho a la desconexión digital (capítulo 3), y Humberto Villasmil Prieto realiza un análisis pormenorizado desde las normas internacionales del trabajo (capítulo 4).