

CORRUPTOS Y DELINCUENTES DE CUELLO BLANCO EN ESPAÑA
Un estudio criminológico de sus características, causas y vías de prevención
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.
Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo
Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)
Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y
Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional
Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité:
Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
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CORRUPTOS Y DELINCUENTES DE CUELLO BLANCO EN ESPAÑA
Un estudio criminológico de sus características, causas y vías de prevención
PATRICIA ESQUINAS VALVERDE Profesora Titular de Derecho Penal Universidad de Granada
tirant lo blanch
Valencia, 2023
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A mi madre, María Isabel2.4.
3. CARÁCTER CRIMINÓGENO DE LAS CORPORACIONES O INSTITUCIONES EN LAS QUE DICHOS AUTORES SUELEN OSTENTAR PUESTOS DE PODER Y RESPONSABILIDAD: EXISTENCIA DE UNA “SUBCULTURA EMPRESARIAL” (TEORÍA DE LA PRESIÓN)
3.1.
3.2. Características criminógenas de las empresas y organizaciones: ¿existencia de una “subcultura empresarial”? ................
2.
Resumen
En los últimos diez años, los escándalos de corrupción política y económica han sacudido a la opinión pública y a las instituciones de nuestro país, poniéndose de manifiesto numerosos casos de “delincuencia de cuello blanco” (la de las élites empresariales y sociales, de acuerdo con la definición original de E. Sutherland). No se trata de los primeros ejemplos, ni mucho menos, de este tipo de criminalidad en nuestra Historia reciente, ni tampoco de los únicos en el ámbito europeo e internacional en el que nos insertamos. En tal sentido, la doctrina criminológica se ha encargado desde hace casi un siglo de analizar y sistematizar con gran acierto las características específicas y explicaciones causales de dicha delincuencia. Este trabajo, apoyado en el “estudio de casos”, pretende examinar si dichas aproximaciones teóricas resultan adecuadas asimismo para encuadrar el perfil y el origen del “corrupto” español o si, por el contrario, habría que añadir a dicho análisis ciertas particularidades específicas de nuestro ámbito cultural, relacionadas con la Historia, la cultura y la idiosincrasia españolas.
Abreviaturas
AENOR Asociación Española de Normalización y Certificación (hasta 2017)
AN Audiencia Nacional
APA American Psychiatric Association (Asociación Americana de Psiquiatría)
art., arts. artículo/s
AVE Alta Velocidad Española (Red Ferroviaria)
BBVA Banco Bilbao Vizcaya
BFA Banco Financiero de Ahorros (Bankia)
CA, CCAA Comunidad Autónoma, Comunidades Autónomas
CE Constitución Española de 1978
CEDA Confederación Española de Derechas Autónomas
CEO Chief Executive Officer (director ejecutivo)
CIS Centro de Investigaciones Sociológicas
cit. citada/o
cfr. confróntese
CGPJ Consejo General del Poder Judicial
CNMC Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
CNMV Comisión Nacional del Mercado de Valores
coord., coords. coordinador/es
COVID-19 Coronavirus Disease 2019 (enfermedad del coronavirus, 2019)
CP Código Penal
DCB Delincuencia de Cuello Blanco
dir., dirs. director/es
DP Derecho penal
DSM-V Diagnostic and Statistical Manual of Mental Disorders (Manual diagnóstico y estadístico de trastornos mentales, 5ª ed.)
EBA European Banking Authority (Autoridad Bancaria Europea)
EBEP Estatuto Básico del Empleado Público ed. edición Edit. Editorial edit., edits. editor/es
EEUU Estados Unidos de América ej., p.ej. ejemplo, por ejemplo
ERE Expediente de Regulación de Empleo etc. etcétera
FGE Fiscalía General del Estado
FJ, FFJJ Fundamento/s Jurídico/s
FMI Fondo Monetario Internacional
FROB Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria
GRECO Grupo de Estados contra la Corrupción
IBEX Iberia Index (índice bursátil de referencia de la Bolsa española)
i.e. id est (esto es)
INE Instituto Nacional de Estadística
IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
ISO International Standarization Organization (Organización internacional de Estandarización)
IVA Impuesto sobre el Valor Añadido
JVP Juez de Vigilancia Penitenciaria
LECrim Ley de Enjuiciamiento Criminal
LO, LLOO Ley Orgánica, Leyes Orgánicas
LOPJ Ley Orgánica del Poder Judicial
MF Ministerio Fiscal
MIR Ministerio del Interior de España
nº número
OCDE Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
ONG Organización No Gubernamental
pág., págs. página, páginas
PCL-R Psychopathy Checklist –Revised (Test revisado para la Psicopatía, de Robert Hare)
PIDECO Programa de Intervención en Delitos Económicos
PP Partido Popular de España
PSOE Partido Socialista Obrero Español
p.t. por todos/as
PYMES Pequeñas y medianas empresas
RAE Real Academia Española de la Lengua
REIC Revista Española de Investigación Criminológica
RD Real Decreto
RD-Leg. Real Decreto Legislativo
RP Reglamento Penitenciario
RTVE Radio Televisión Española
s., ss. siguiente/s
SAN Sentencia de la Audiencia Nacional
SAP Sentencia de la Audiencia Provincial
StGB Strafgesetzbuch (Código Penal alemán)
STS Sentencia del Tribunal Supremo
STSJ Sentencia del Tribunal Superior de Justicia
TC Tribunal Constitucional
TOL Tirant On Line
TS Tribunal Supremo
UE Unión Europea
UNE Asociación Española de Normalización (desde 2017)
UNED Universidad Española de Educación a Distancia
UPyD Unión, Progreso y Democracia
v. gr. verbi gratia
vid. véase
Vol., vol. Volumen
I. Introducción
1. CONCEPTO DE DELINCUENCIA Y DELINCUENTE “DE CUELLO BLANCO”
El concepto de “delincuencia de cuello blanco” o “white-collar criminality”, en su idioma inglés de procedencia (en adelante, DCB) ha tenido un éxito y un seguimiento indiscutible en la ciencia de la Criminología desde que Edwin H. Sutherland, sociólogo norteamericano, lo acuñara por primera vez en torno a 1939-1940,1 desarrollándolo en los años siguientes. De hecho, puede encontrarse el término traducido a numerosos idiomas y también ha sido empleado en procedimientos judiciales en países de habla no inglesa, si bien la mayor parte de la literatura científica sobre dicha materia sigue siendo de origen estadounidense o británico.2 Tampoco ha sido la DCB uno de los temas predilectos en la investigación criminológica tradicional, habiéndose prestado mucha más atención a la delincuencia
1 Vid. Sutherland, E.H., “White-collar criminality”, en American SociologicalReview, Vol. 5, febrero 1940, págs. 1 a 12 (1 y 2), en cuya nota 1 se indica que el texto se corresponde con una conferencia pronunciada por el autor en diciembre de 1939, durante la reunión anual de la American EconomicSociety en Filadelfia.
2 Vid. Nelken, D., “White-collar and corporatecrime”, en The Oxford Handbook of Criminology (Maguire, M./Morgan, R./Reiner, R., edits.), Oxford UniversityPress, 2012, págs. 623 a 655 (625, 628 y 629). Acerca de la escasez de estudios en España sobre esta materia, vid. por todos Fernández Teruelo, J.G., Instituciones de Derecho penal económico y de la empresa, Thomson Reuters &Lex Nova, Valladolid, 2013, pág. 76; Morón Lerma, E., “Capítulo I. El perfil criminológico del delincuente económico”, en La delincuencia económica. Prevenir y sancionar (García Arán, M., dir.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2014, págs. 29 a 52 (30). También Geis, G., “El delito de cuello blanco como concepto analítico e ideológico”, en Derecho penal y criminología como fundamento de la política criminal: Estudios en homenaje al profesor Alfonso Serrano Gómez (Bueno Arús, F./Kury, H./ Rodríguez Ramos, L./Zaffaroni, E.R., dirs.), 2006, Dykinson, págs. 309 a 324 (310), señala que los estudios europeos, sudamericanos y asiáticos acerca del delito tienen una orientación académica más bien desde la Medicina o el Derecho, por lo que no se han referido habitualmente a los delincuentes de cuello blanco.
Patricia Esquinas Valverdecomún o callejera, a la delincuencia juvenil, etc.3 Sin duda, Sutherland fue el pionero en el estudio serio de esta modalidad de delincuencia económica y empresarial4 (por lo que se llegó a solicitar para él la concesión del Premio Nobel),5 aunque ya otros criminólogos clásicos, como Lombroso (1887) o Ross (1907) apuntaron el concepto de “criminaloides” o “cuasi-criminales”. Con él se referían a esos individuos con comportamiento ilegal pero rasgos demográficos y psicológicos muy diferentes a los de los delincuentes callejeros o violentos: a saber, personas con un gran poder, con una posición social alta que
3 Vid Punch, M.E., Dirty Business: ExploringCorporateMisconduct: Analysis and Cases, publicaciones SAGE, Londres, 1996 (descargable en: https://ebookcentral.proquest.com/lib/), pág.1: el tema de la delincuencia empresarial y de la desviación de las corporaciones u organizaciones ha sido tradicionalmente desatendido por los criminólogos en beneficio de otras áreas como la delincuencia callejera, la persecución policial de asuntos de poca importancia y el sistema de prisiones. Asimismo Geis, “El delito de cuello blanco…”, cit., pág. 310; y Simpson, S.S., “MakingSense of White-Collar Crime: Theory and Research”, Ohio StateJournal of Criminal Law, nº 8, 2011, págs. 481 a 502 (482), atribuyendo esta autora el atraso en la investigación criminológica sobre la DCB, entre otros factores, a la escasa financiación que se recibe para ello por parte de las instituciones oficiales y a las dificultades metodólogicas para su estudio (escasez de datos fiables, etc.). En el mismo sentido, todavía hoy, Pusch, N./Holtfreter, K., “Individual and organizationalpredictors of White-Collar Crime: A meta-analysis”, en Journal of White-Collar and Corporate Crime, Vol. 2(1), 2021, págs. 5 a 23 (5). En la doctrina española, ha afirmado por ejemplo Nieto Martín, A., “Tema
1. Introducción al Derecho penal económico y de la empresa”, en Derecho penal económico y de la empresa (De la Mata Barranco, N.J., dir.), Dykinson, Madrid, 2018, págs. 39 a 60 (41), que la Criminología no ha avanzado demasiado en la explicación de los comportamientos de cuello blanco, y que hasta ahora no se ha conseguido determinar ningún indicador que nos permita establecer perfiles de delincuentes económicos y patrones de riesgo. En este trabajo trataremos de poner remedio a dicho déficit.
4 En el presente estudio vamos a identificar, en efecto, la DCB con la delincuencia económica y empresarial, como conceptos en gran medida coincidentes. Sin embargo, algún autor, como Cámara Arroyo, S., “Estudios criminológicos contemporáneos (VIII). El perfil del delincuente de cuello blanco. Problemática conceptual y perspectivas de análisis para la Criminología”, en Derecho y Cambio Social, nº 59, enero-marzo 2020, págs. 446 a 500 (459), considera que la delincuencia económica es solo una especie de la DCB: aquella que se comete precisamente en una actividad profesional de índole mercantil.
5 Sobre ello, Nelken, “White-collar and corporate…”, cit., pág. 628.