Se advertirá que el Derecho de la Seguridad Social en México en materia pensionaria se ha conservado en un paradigma que no corresponde ni al mundo globalizado ni a los recientes cambios acelerados del mundo de las comunicaciones y nuevas tecnologías, cambios que han incidido en nuevas formas de trabajo y en un incremento migratorio orientadas a la libertad de prestación de servicios, bienes e incluso capitales y que a estas alturas al comienzo de la tercera década del siglo XXI, ha dejado ya a cientos de miles de asegurados y derechohabientes sin pensión alguna debido a la sentida ausencia de un sistema de portabilidad prácticamente inexistente en el país.
Derecho del trabajo y de la seguridad social
Derecho del trabajo y de la seguridad social
La portabilidad de derechos pensionarios
La autora de este libro se percata de la enorme injusticia social que provoca la notoria ausencia de la portabilidad de los derechos pensionarios, tema que investiga, desarrolla y propone implementar en su obra con razonamientos lógicos y sistemáticos; llevando de la mano al lector a recorrer la problemática estructural pensionaria de que adolece nuestro peculiar sistema de seguridad social mexicano, y nos da a conocer la normativa internacional de primera mano que rige en Europa y América.
Stephanie Calvillo Barragán
La presente obra invita al lector a introducirse en uno de los grandes temas pendientes del país, como lo es el tema pensional, que ciertamente deberá ser transformado de manera radical tras el desastre pandémico que nos dejó la trágica experiencia del COVID-19.
LA PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS Desafíos y propuestas para la Seguridad Social mexicana
Stephanie Calvillo Barragán
Derecho del trabajo y de la seguridad social
LA PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS Desafíos y propuestas para la Seguridad Social mexicana
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
LA PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS Desafíos y propuestas para la Seguridad Social mexicana
STEPHANIE CALVILLO BARRAGÁN
tirant lo blanch Ciudad de México, 2020
Copyright ® 2020 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/
© Stephanie Calvillo Barragán
© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Río Tiber 66, Piso 4 Colonia Cuauhtémoc Alcaldía Cuauhtémoc CP 06500 Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1355-778-6 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA COLECCIÓN Rafael Coello Cetina Luis M. Díaz Mirón Ma del Rosario Jiménez Moles Carlos Ferran Martínez Carrillo Héctor Mercado López Ángel Ruiz Moreno
A mi amado esposo, por su solidaridad y auténtico amor en nuestro proyecto de vida A mi maravillosa familia, por ser el motor permanente de mi andar A mi querido Dr. Ángel Guillermo Ruiz Moreno, por mostrarme la esencia de lo trascendental y de la Seguridad Social
ÍNDICE PRÓLOGO................................................................................... 11 INTRODUCCIÓN....................................................................... 17 Capítulo I ¿POR QUÉ LA SEGURIDAD SOCIAL ES UN DERECHO FUNDAMENTAL?............................................................................... 21 1.1. Naturaleza de los Derechos Humanos y de los Derechos Fundamentales.............................................................................. 21 1.2. Ámbito moral de los Derechos Fundamentales (justificación).................................................................................... 25 1.3. Principios de los Derechos Fundamentales (fundamentación).................................................................................... 29 1.4. La Seguridad Social como Derecho Fundamental.................... 33 1.5. Ámbito moral del Derecho de la Seguridad Social (justificación)........................................................................................ 35 1.6. Principios del Derecho de la Seguridad Social (fundamentación).......................................................................................... 38 1.6.1. Fundamentación nacional de la Seguridad Social.......... 43 1.6.2. Fundamentación internacional de la Seguridad Social... 54 Capítulo II LA GARANTÍA DE PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS....................................................................................... 65 2.1. El Estado Constitucional y las garantías de los Derechos Fundamentales.............................................................................. 65 2.2. La migración interna y los procesos regionales en México que inciden en la generación de derechos pensionarios en materia de Seguridad Social................................................................. 72 2.3. Problemática derivada por la ausencia de garantías de portabilidad de derechos pensionarios de Seguridad Social.............. 78
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Índice
Capítulo III PRINCIPALES MODELOS INTERNACIONALES DE PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS............................... 89 3.1. Estudio de portabilidad de derechos pensionarios en la Unión Europea.................................................................................. 89 3.1.1. Prestaciones de Seguridad Social reconocidas por la Reglamentación de la Unión Europa............................. 93 3.1.2. Principios fundamentales de la garantía de portabilidad de derechos pensionarios, de acuerdo con el Reglamento número 1408/71 y 883/2004 de la Unión Europea......... 94 3.2. Estudio de portabilidad de derechos pensionarios en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social........... 98 3.2.1. Prestaciones de Seguridad Social reconocidas por el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social... 102 3.2.2. Principios fundamentales de la garantía de portabilidad de derechos pensionarios, de acuerdo al Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.......... 103 Capítulo IV MODELO MEXICANO DE PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS.......................................................................... 113 4.1. Estudio de portabilidad de derechos pensionarios en los regímenes de Seguridad Social mexicanos..................................... 113 4.1.1. Análisis de las leyes estatales y federales vigentes que reconocen la portabilidad parcial de derechos pensionarios en México.......................................................... 123 4.2. Hacia la construcción de la garantía de portabilidad de derechos pensionarios de Seguridad Social en México................... 144 4.3. Principios fundamentales propuestos para la garantía de portabilidad de derechos pensionarios aplicados a México........... 152 Capítulo V PROPUESTA PARA UNA PORTABILIDAD DE DERECHOS PENSIONARIOS EN MÉXICO.................................................... 157 ANEXOS...................................................................................... 167 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS UTILIZADAS...................... 175
PRÓLOGO Me complace mucho elaborar el prólogo del libro de la Dra. Stephanie Calvillo Barragán, una distinguida alumna que formara parte de la Segunda Generación del Doctorado en Derecho de la Benemérita Universidad de Guadalajara (UdeG) que me honro en coordinar desde su inicio en 2012, posgrado que se cursa en 8 semestres y que por cierto está incorporado al Programa Nacional de Posgrados de Calidad, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología de México. Tuve el gusto de ser profesor de la Dra. Calvillo Barragán en la Maestría en Derecho de la UdeG, hace ya más de una década, y no olvido que de esa cohorte ya dos alumnos se han doctorado y una más está elaborando su tesis de grado, con la particularidad de que los tres han trabajado el complicado tema relativo a una de las disciplinas jurídicas menos cultivadas en México, como lo es el Derecho de la Seguridad Social; el punto es que una de ellas, claro, es la autora de este libro que ahora prologo, y que siendo tan proactiva, ha formado parte de mi equipo de trabajo colaborando en labores académicas e investigativas, incluso como coautora de un artículo en un libro colectivo internacional sobre la Industria 4.0, publicado en 2019 por el Institutuo de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Me permito referir un dato anecdótico que me parece importante. Cada vez que comienzo un curso sobre el Derecho de la Seguridad Social —en cualquier nivel: licenciatura, maestría o doctorado—, siempre le digo a los alumnos del grupo dos cosas: la primera, es que la temática de la seguridad social es compleja, evolutiva, poco estudiada e incomprendida, por lo que representa todo un desafío cultivarla… empero, es un nicho de oportunidad profesional poco explorado para hacer carrera; y la segunda, les digo que si del grupo rescato a algún alumno para que se especialice en esta hermosa disciplina, que de verdad le guste, la disfrute, difunda e investigue para apoyar a quienes más la necesitan para conseguir justicia social efectiva, me daré por satisfecho del tiempo invertido en el curso y habrá valido la pena el tiempo y esfuerzo invertido por ambos.
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Ángel Guillermo Ruiz Moreno
Dicho todo en breve, mi único propósito es intentar que los alumnos se interesen por esta hermosa disciplina jurídica, para que comprendan su importancia y trascendencia en la vida; la publicación de este libro que el lector tiene ahora en sus manos, es una buena evidencia documental de la suficiencia, el manejo jurídico e investigativo, así como la audacia de la Dra. Calvillo Barragán, propuesta que pienso hacía mucha falta en el Derecho de la Seguridad Social contemporáneo: la portabilidad de derechos pensionarios, todo un desafío académico que requería de una investigación profunda a fin de poder culminar con propuestas viables y factibles para mejorar la actual seguridad social mexicana, la que ha quedado totalmente rebasada por la dura realidad tal y como pueden dar testimonio propios y extraños. Debido a la notoria ausencia previsional de los latinoamericanos, la mayoría de las veces se nos olvida que un seguro es mejor tenerlo y no ocuparlo, que ocuparlo y no tenerlo; que la seguridad social no es un gasto, sino una inversión en lo mejor que tiene un país que es su gente; que no son los países ricos los que hacen un buen sistema de seguridad social, sino justo lo contrario: son los buenos sistemas de seguridad social los que vuelven a los países ricos; que por caro que parezca el Seguro Social, resulta menos costoso que los riesgos de una revolución —como bien lo afirmaba el Canciller Otto Von Bismarck, su creador—; y que en materia de pensiones, si el Estado no puede entonces nadie puede. El título mismo de este libro, describe con gran acierto su contenido e invita al lector a introducirse en uno de los grandes temas pendientes del país, como lo es el tema pensional, que ciertamente deberá ser transformado de manera radical tras el desastre pandémico que nos dejó la trágica experiencia de la pandemia del COVID-19, misma que se convertirá sin duda en un parteaguas histórico. Ciertamente, en materia sanitaria, económica y social, nos guste o no, habrá un antes y un después, porque el mundo entero debe aprender la lección, y hoy más que nunca, se revalorizará el servicio público especializado de la seguridad social en el planeta entero, porque es un derecho fundamental, un derecho humano irrenunciable e inalienable, y además un derecho social exigible al Estado mexicano.
Prólogo
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Tras haber exhibido todas sus carencias en materia de salud nuestros Seguros Sociales, en buena medida por el notorio abandono en que los ha tenido el Estado desde hace ya un cuarto de siglo, en materia de pensiones México está contra la pared. Sin temor a exagerar, lo peor está todavía por llegar para el pueblo mexicano, porque de no efectuarse en breve reformas estructurales profundas, las pensiones que recibirán las generaciones que se pensionen a partir de mediados de 2021 —salvo algunas excepciones que confirmarán la regla—, serán equivalentes a uno o dos salarios mínimos mensuales máximo equivalentes a una pensión mínima garantizada por el Estado. Claro, siempre y cuando se tengan cubiertas al menos 1,250 semanas de cotización efectiva ante el IMSS —esto es, poco más de 24 años—. Y en el ISSSTE, 25 años de cotizaciones acumuladas. Lo peor de todo es que tras culminar el plazo de transición de modelo pensionario, las personas afiliadas ya no podrán optar por el modelo de reparto o fondo común de prima media, sino que sólo podrán pensionarse mediante el actual modelo previsional de capitalización individual —popularmente conocido como “modelo de AFORE’s”—, un peculiar modelo importado de Chile que por cierto jamás ha pagado mejores pensiones, y que nos obligará a comprar nuestra propia pensión con los recursos acumulados de nuestro fondo de ahorro para el retiro, adquirido en una aseguradora privada que el Estado autorizará, tanto para nosotros como para nuestros beneficiarios. Así las cosas, tras más de cuatro décadas de cultivar el Derecho de la Seguridad Social tanto a nivel nacional como internacional, estoy convencido de que los problemas de la seguridad social atraviesan en buena medida por las dificultades de formar verdaderos segurólogos sociales en el país. En esta tarea, el docente es pieza clave, porque quienes ejercemos las labores de docencia e investigación jurídica del Derecho Social de alguna manera tocamos el futuro, al formar al alumno e influir a que el profesional de la ciencia jurídica decida su destino. La diferencia la hace el cautivar y coadyuvar a formar al educando, pues no basta con enrollarle e informarle datos. En mi generación aprendíamos la ciencia jurídica con la “ley en la mano”; hoy día, la ley nacional está rebasada en un mundo globalizado en todos los órdenes, porque nuestro marco jurídico nacional es insuficiente para atender las exigencias que nos imponen las socie-
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Ángel Guillermo Ruiz Moreno
dades actuales y las normativas emanadas del Derecho Internacional Público y Privado vigente y aplicable en el país. Si no comprendemos esto, entonces estamos perdidos porque no hemos comprendido nada. Por eso celebro tanto que la autora de este libro se percatara de la enorme injusticia social que provoca la notoria ausencia en nuestro vigente Derecho Positivo de la figura jurídica de la portabilidad de los derechos pensionarios, tema que investiga, desarrolla y propone implementar en su obra con razonamientos lógicos y sistemáticos. En una breve introducción y 5 potentes e ilustrativos capítulos, la autora del libro nos lleva de la mano a recorrer la problemática estructural pensionaria de que adolece nuestro peculiar sistema de seguridad social mexicano, y nos da a conocer la normativa internacional de primera mano que rige en Europa y América, para tener idea de volver efectivo el acceso a la seguridad social. Ya era hora que algún jurista mexicano se ocupara de este delicado tema de la portabilidad de derechos pensionarios, ocasionada por la incomprensible dispersión en los 55 regímenes de seguridad social federales y estatales del país que, a estas alturas, al comienzo de la tercera década del siglo XXI, ha dejado ya a cientos de miles de asegurados y derechohabientes sin pensión alguna debido a la sentida ausencia de un sistema de portabilidad prácticamente inexistente en el país. Eso es no sólo injusto, sino además deleznable, porque ellos cotizaron durante años a la seguridad social y no alcanzaron a obtener pensión. ¡Viejos y pobres! Pienso que lo que hace falta en nuestra amada patria es comprender las cosas para educar con conciencia de clase y clase en la conciencia a las actuales y nuevas generaciones; entender que el mundo ha cambiado y que el marco jurídico de un país debe evolucionar al mismo ritmo; que no estamos solos en el planeta, y que lo que ocurre en algún lado impacta en el otro; que si no hay empleo el dinero no circulará porque el mercado requiere de compradores, y para gastar hay que trabajar para ganar el dinero; que la enorme desigualdad social en Latinoamérica es el mayor factor de pobreza, improductividad y delincuencia; y que es necesario que tengamos un sistema de salud y pensiones digno, solidario, unificado y universal —esto es, de todos y para todos—, del que todos nos sintamos orgullosos para que lo cuidemos al sentirlo nuestro, que sea dirigido por expertos calificados y
Prólogo
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no por políticos improvisados, seres humanos capaces de resolver los enormes problemas estructurales de que caracterizan a nuestra seguridad social. ¡Urge hacerlo si de verdad se busca trasformar a México! Felicito entonces a la Dra. Stephanie Calvillo Barragán, por este libro repleto de ideas frescas y novedosas, a quien le auguro una vida académica brillante como investigadora, porque desde un inicio ella ha querido serlo y, conociéndole bien, sé que lo logrará, ya que ha sido adecuadamente formada para ello en el programa doctoral ya referido de inicio. Confío en tres cosas: que el lector lea con atención este libro imperdible; que este esfuerzo intelectual inédito sea todo un éxito en librería; y que quienes lo lean tomen debida nota de las sugerencias y propuestas, especialmente nuestra clase política porque serán ellos quienes podrán materializar la efectiva portabilidad de derechos pensionarios que propone la autora y que México requiere ahora mismo con urgencia. A nombre del Doctorado en Derecho de la Benemérita Universidad de Guadalajara, ¡nuestra más sincera enhorabuena, Dra. Stephanie Calvillo Barragán! Guadalajara, Jalisco, 15 de mayo de 2020 Dr. Ángel Guillermo Ruiz Moreno Maestro Emérito y Coordinador del Doctorado en Derecho de la UdeG
INTRODUCCIÓN Todo derecho que se manifieste como natural e irrenunciable de la persona corre el riesgo de no garantizarse permanente y adecuadamente en las normativas de un Estado, debido a que el tiempo y la evolución de la humanidad dejan ver controversias e insuficiencias jurídicas y terminológicas cuya reparación corresponde a la investigación en Derecho. El presente libro presenta la problemática en México alrededor de cómo el Estado garantiza actualmente la portabilidad de derechos pensionarios en sus distintas normativas. Se observará que el Derecho de la Seguridad Social en México en materia pensionaria se ha conservado en un paradigma que no corresponde ni al mundo globalizado ni a los recientes cambios acelerados del mundo de las comunicaciones y nuevas tecnologías, cambios que han incidido en nuevas formas de trabajo y en un incremento migratorio orientadas a la libertad de prestación de servicios, bienes e incluso capitales, que necesariamente deben ir acompañados de garantías sociales a efecto de no perder derechos, tanto para las y los trabajadores como para sus familias. Aunado a lo anterior, el cambio en el paradigma jurídico mexicano fundamenta el reconocimiento a la portabilidad de derechos pensionarios como una garantía para el acceso efectivo al Derecho Fundamental de la Seguridad Social, considerando que sin esta garantía estaríamos frente a un derecho ineficaz, dado que de nada nos sirve el reconocimiento del Estado de los derechos fundamentales si estos no se encuentran debidamente garantizados para volver eficaz y efectivo su cumplimento en todo tiempo y lugar, en modo tal que los derechos sigan al individuo a donde quiera que vaya o cualesquiera que fuese el régimen de seguridad social que proceda a servirle de manto protector. Consecuentemente resulta irónico que en el país no se encuentre reconocida la garantía de portabilidad de derechos en materia de seguridad social, considerando que actualmente las condiciones de vida y trabajo han evolucionado a grado tal que resulta absurdo pensar
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Stephanie Calvillo Barragán
que un individuo permanecerá prestando su servicio personal subordinado en un solo trabajo, en una sola entidad federativa o en un solo sector público o privado durante toda su vida laboral. Por estas y más razones, es necesario, primeramente, reconocer que la Seguridad Social es un derecho fundamental, para posteriormente abordar cómo resarcir el hecho de que la portabilidad de derechos pensionarios es insuficiente en las acciones y disposiciones que a la fecha ha tomado el Estado mexicano. Por ello en nuestro primer capítulo, a partir del desarrollo de este libro se analizará la naturaleza de los derechos fundamentales y sus diferencias con los derechos humanos desde una perspectiva crítica e integral, desentrañando cada uno de los aspectos y valores que integran los derechos fundamentales, así como los principios que guían su positivización. Bajo esta lógica, pretendemos validar el Derecho de la Seguridad Social como un derecho fundamental, derivado de la ponderación de los valores que se reconocen positivamente en nuestra Constitución, en los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por el Senado de la Republica, atento a lo previsto por los artículos 1º y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y del análisis de los valores jurídicos reales que lo justifican y de los principios que guían su positivización, incluyendo la normativa nacional e internacional que regulan su ámbito legalmente fundamentado, derivado del denominado bloque de constitucionalidad y del principio de convencionalidad, en razón de la reforma de junio de 2011 efectuada en el artículo 1º de la CPEUM. Igualmente, hacia nuestro segundo capítulo se analizará la problemática generada por la ausencia de garantías de portabilidad de derechos pensionarios en el país, argumentando que el establecimiento de garantías es un deber del propio Poder Público, porque los derechos no son eficaces por su sola existencia, sino que es necesario establecer instrumentos jurídicos para prevenir, sancionar y reparar su inobservancia. Asimismo, se justificará cuantitativamente la necesidad de reconocer la garantía de portabilidad de derechos pensionarios, toda vez que, si bien pueden existir diversos motivos para ejercer el derecho a
La portabilidad de derechos pensionarios
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la libertad, esto no justifica la imposibilidad material para acceder al Derecho de la Seguridad Social. Consecuentemente, se comprobará en este libro que el Derecho Fundamental de la Seguridad Social, así como el Derecho Fundamental de la Libertad, son indivisibles e interdependientes, aun cuando uno atiende a derechos sociales y el otro a derechos civiles. En el tercer capítulo, elaboramos un estudio de portabilidad de derechos pensionarios, donde se analizarán dos modelos internacionales: el de la Unión Europea y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, por ser ambos referentes relevantes en la materia, donde las personas portan su derecho en cualquier país miembro donde laboren (ya sea por cuenta ajena o propia), y donde se encuentran adquiridos y/o latentes sus derechos pensionarios en los diversos seguros sociales donde cotizan, derivado de la totalización de los períodos laborados, el pago proporcional de prestaciones económicas, y de la conservación de estos derechos. En el cuarto capítulo, presentamos los resultados de una investigación pormenorizada de los seguros sociales nacionales y estatales de México, donde damos cuenta de sus disposiciones en materia de pensiones, analizando si estos contemplan o no la portabilidad de derechos pensionarios. Una vez efectuado lo anterior, concluimos si para respetar dicha portabilidad de derechos en las leyes se desprenden garantías eficaces para los y las aseguradas. Finalmente, junto a nuestras conclusiones presentamos propuestas para efecto de construir la citada garantía de portabilidad de derechos pensionarios en México por lo que ve a las prestaciones económicas de las contingencias de invalidez, vida, cesantía en edad avanzada y vejez. Proponemos principios jurídicos que instituyan la portabilidad en su correcto reconocimiento normativo como una garantía primaria en México, porque, a fin de cuentas, los Derechos de la Seguridad Social Mexicana, cualquiera que sea el Seguro Social al que se cotice, deben ser un sistema integral inalienable, irrenunciable e inextinguible, pues es un derecho humano y un derecho fundamental, por lo que ahora más que nunca es imprescindible el reconocimiento de este derecho, en específico de sus garantías que permitan su acceso efectivo como lo es la portabilidad de derechos pensionarios.