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¿Tus gastos se mantienen o crecen, mientras que tus ingresos disminuyen o se acaban? ¿Conoces el cambio de paradigma en el tratamiento a la insolvencia? ¿Quieres saber qué mecanismos podrían implementarse en forma exitosa para ayudar a las personas a superar sus dificultades económicas y financieras? Este libro expone varias de las soluciones y recomendaciones que se han implementado en diversos países para ayudar a las personas físicas, como tú o como yo, a superar las dificultades financieras y los problemas de insolvencia. El carecer en un momento determinado de los recursos suficientes para hacer frente a las obligaciones asumidas ha sido una constante en la historia de la humanidad. Sin embargo, el tratamiento a ese problema ha cambiado radicalmente. En la actualidad, en lugar de culpar o de sancionar a quien tiene esas dificultades, se le dan incentivos para que salga adelante y siga siendo productivo. Esto beneficia no sólo al deudor y a sus acreedores, sino a la sociedad en su conjunto porque evita la exclusión social e incentiva el crecimiento económico. Este libro explora varios de esos incentivos, analiza algunos de los problemas jurídicos que han evitado el tratamiento eficaz a los problemas de insolvencia de las personas físicas en México y diseña herramientas para solucionarlos.

Rosa M. Rojas Vértiz

¿Estás teniendo dificultades para hacer los pagos a los que estás obligado?

La insolvencia de las personas físicas en México

COLECCIÓN MERCANTIL

COLECCIÓN MERCANTIL

La insolvencia de las personas físicas en México Rosa M. Rojas Vértiz


LA INSOLVENCIA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN MÉXICO


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Javier de Lucas Martín

Ana Cañizares Laso

Víctor Moreno Catena

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Héctor Olasolo Alonso

Owen Fiss

Luciano Parejo Alfonso

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda) Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


LA INSOLVENCIA DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN MÉXICO

ROSA M. ROJAS VÉRTIZ

tirant lo blanch

Ciudad de México, 2021


Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/

Director:

Luis Manuel C. Méjan

© Rosa M. Rojas Vértiz

© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, 06100 Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1397-152-0 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


A Michell Nader S. Un excelente formador de abogados que despertó mi interés por el Derecho de la Insolvencia


Índice Agradecimientos.................................................................................................................

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Lista de Acrónimos y de Términos Definidos...............................................................

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Prólogo..................................................................................................................................

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Introducción........................................................................................................................

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Capítulo primero La insolvencia y los procesos para remediarla I. CONCEPTO DE INSOLVENCIA...................................................................... II. EL CAMBIO DEL TRATAMIENTO DE LA INSOLVENCIA EN LA HISTORIA..................................................................................................................... III. LOS ANTECEDENTES DE LA REGULACIÓN DE LA INSOLVENCIA EN MÉXICO.......................................................................................................... IV. LOS MEDIOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS................................ V. LOS PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA............................................... 1. Los procesos judiciales de insolvencia.......................................................... 2. Los procedimientos alternos de insolvencia................................................ VI. EL OLVIDO DE LOS PROCESOS DE INSOLVENCIA PARA PERSONAS FÍSICAS................................................................................................................... VII. EL CRÉDITO AL CONSUMO............................................................................ VIII. LAS VENTAJAS EN LA REHABILITACIÓN DEL DEUDOR......................

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Capítulo segundo La insolvencia de personas físicas no comerciantes en México I. EL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (PJ CDMX)........... 1. Los juzgados de lo civil de la Ciudad de México......................................... 2. El Centro de Justicia Alternativa del PJ CDMX.......................................... II. REGULACIÓN VIGENTE DE LOS PROCESOS CONCURSALES CIVILES........................................................................................................................... III. LOS JUICIOS CONCURSALES CIVILES EN EL PJ CDMX......................... 1. Información estadística sobre juicios concursales civiles........................... 2. Metodología para la selección de los juicios de concurso civil.................. 3. Resultado de la revisión de los expedientes................................................. A. Frecuencia de los procesos de concurso civil........................................ B. Características de los procesos de concurso civil................................. C. Admisión de los procesos de concurso civil..........................................

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Índice

D. Duración de los procesos de concurso civil........................................... 4. Conclusiones de la revisión de expedientes................................................. IV. ENTREVISTAS A ACTORES EN EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO Y LA COBRANZA EN MÉXICO........................................................................... 1. Metodología...................................................................................................... A. Entrevistas a entidades financieras......................................................... a. Banca Múltiple y Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades Reguladas.......................................................................... b. Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAPs) y Sociedades Financieras Populares (SOFIPOs)................................ c. Entrevistas a Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas...................................................................................... B. Entrevistas a Despachos de Cobranza.................................................... C. Entrevista a reparadora de créditos........................................................ D. Entrevistas a funcionarios públicos........................................................ 2. Resultados......................................................................................................... A. Perfil de los clientes y tipos de cartera.................................................... B. Requisitos de créditos al consumo para personas físicas..................... a. Las sociedades de información crediticia. ¿Qué son y cómo funcionan?................................................................................................. b. Requisitos para el otorgamiento de crédito al consumo................ C. Cartera vencida y estrategias de cobro................................................... a. Estrategias de cobro............................................................................ b. Porcentaje de contactabilidad o localización.................................. c. Reestructuración o liquidación de créditos..................................... d. Las acciones legales............................................................................ e. Concurso civil..................................................................................... f. Fuente de pago.................................................................................... 3. Conclusiones de las entrevistas......................................................................

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Capítulo tercero Elementos del procedimiento de insolvencia de personas físicas en el Derecho comparado y su análisis para el caso mexicano I. TIPO DE PROCEDIMIENTO............................................................................ 1. Los procedimientos de insolvencia de personas físicas en los Estados Unidos de América.......................................................................................... 2. Los procedimientos de insolvencia de personas físicas en Alemania y en Francia............................................................................................................... 3. La experiencia de Colombia y de Chile........................................................ 4. Medios alternativos de solución de controversias vs. procesos legales para resolver los problemas de insolvencia de personas físicas en México...... A. Los límites de los medios alternativos de solución de controversias en México...................................................................................................

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Índice

II.

III.

IV.

V.

B. Proporcionar una salida a los deudores que no tienen recursos suficientes para negociar con sus acreedores............................................... C. Propuesta.................................................................................................... 5. Consecuencias de distinguir entre personas físicas comerciantes y no comerciantes..................................................................................................... COSTO DEL PROCEDIMIENTO...................................................................... 1. El costo del procedimiento en los Estados Unidos de América................ 2. El costo del procedimiento en Alemania...................................................... 3. El costo del procedimiento en Colombia..................................................... 4. El costo del procedimiento en Chile............................................................. 5. Conclusiones aplicables al costo del procedimiento mexicano................. REQUISITOS DE ACCESO Y EFECTOS DE LA ADMISIÓN..................... 1. Requisitos de acceso y efectos de la admisión de la solicitud en el derecho comparado........................................................................................................ A. Colombia y Chile....................................................................................... B. Los Estados Unidos de América.............................................................. C. Alemania.................................................................................................... 2. Tratamiento del patrimonio de los cónyuges en derecho comparado...... 3. Propuesta de requisitos de acceso y de efectos de admisión de la solicitud para el procedimiento mexicano................................................................... A. Requisitos de acceso de la solicitud. Inicio del procedimiento........... B. Notificaciones a los acreedores................................................................ C. Bienes a listarse en la solicitud................................................................ D. Propuesta para el tratamiento del patrimonio de los cónyuges.......... PARTICIPACIÓN DE ACREEDORES.............................................................. 1. Participación de los acreedores en el procedimiento colombiano............ 2. Participación de los acreedores en el procedimiento chileno.................... 3. Participación de los acreedores en los procedimientos de Alemania y de los Estados Unidos de América..................................................................... 4. Propuesta de participación de los acreedores en el procedimiento mexicano................................................................................................................... EL PAGO A LOS ACREEDORES Y EL DESCARGO (DISCHARGE) DE LAS OBLIGACIONES DEL DEUDOR.............................................................. 1. El Procedimiento de Insolvencia de la Persona Natural no Comerciante en Colombia..................................................................................................... 2. Los Procedimientos Concursales de la Persona Deudora en Chile.......... 3. El Procedimiento de Insolvencia de las Personas Físicas en Alemania.... 4. Los Procedimientos de Insolvencia para Personas Físicas en los Estados Unidos de América.......................................................................................... 5. Propuesta para el procedimiento de insolvencia de personas físicas no comerciantes en México.................................................................................. A. Objetivo del Plan de Pagos....................................................................... B. Características esenciales del procedimiento........................................

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Índice

Capítulo cuarto Propuesta de procedimiento de insolvencia para personas físicas no comerciantes en México I. ESQUEMA DE PROCEDIMIENTO DE INSOLVENCIA PARA DEUDORES PERSONAS FÍSICAS NO COMERCIANTES.................................................. II. SUGERENCIAS PARA LA MEJOR IMPLEMENTACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO DE INSOLVENCIA PARA PERSONAS FÍSICAS............... 1. Fondo para procedimientos de insolvencia................................................. 2. Régimen fiscal sencillo.................................................................................... 3. Mala reputación o “stigma”............................................................................ 4. Educación financiera....................................................................................... 5. Educación en materia de insolvencia y capacitación de conciliadores..... 6. Notificaciones a entidades financieras.......................................................... 7. Embargo del salario......................................................................................... 8. Los reportes de las sociedades de información crediticia.......................... 9. Las reparadoras de crédito.............................................................................. 10. Una base nacional de datos............................................................................ 11. Procedimientos de insolvencia para comerciantes personas físicas......... 12. El efecto COVID-19 y el concurso civil........................................................

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Conclusiones........................................................................................................................

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Bibliografía..........................................................................................................................

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Anexos...................................................................................................................................

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Agradecimientos A mis padres, Rosa María Contreras Peña y Carlos Rojas Vértiz Maldonado, quienes siempre me han impulsado a prepararme y trabajar muy duro para salir adelante. A mi esposo, Efrén Elías Galavíz, que ha sido un apoyo constante y ha tenido una paciencia infinita para ayudarme a alcanzar mis metas. A mi hijo, Efrén, quien ha cedido parte de su tiempo de convivencia para permitirme terminar este proyecto. A Luis Manuel C. Méjan, quien ha sido un guía fundamental en este trabajo de investigación, su desarrollo y su publicación. A Fabián Alberto Mondragón Pedrero y Susana Dávalos Torres, quienes me hicieron comentarios valiosos y me dieron parte de su tiempo en este proyecto. Al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien dedicó una parte de su preciado tiempo a leer este trabajo, a participar en mi examen de grado y a escribir el prólogo. A todas las personas que me hicieron comentarios, que me proporcionaron información de sus respectivas jurisdicciones, que me compartieron sus experiencias, que me permitieron entrevistarlos, o que de una u otra forma contribuyeron con un granito de arena a la elaboración de este trabajo. Agradezco especialmente a: Jason Kilborn, Edgar Borrego, Diana Lucía Talero, José Guillermo Cobos, Juan Luis Goldenberg, Juez Eberhard Nietzer, David Ehmke, Carlos Elías Galavíz, Angelica Aguayo, Thiago Braga Junqueira, Anthony Lizárraga, Adolfo Rouillon, Horacio Heredia, Juan Carlos Martínez, Esteban Salinas, Andrés Ruiz Leyva, Griselda Nieblas, Laura Soberanes, Elisa Herrejón, Víctor Guzmán, Eduardo Preciado, a todos los jueces y funcionarios que me compartieron sus experiencias, y a los estudiantes que me ayudaron en la investigación: Juan Carlos Pérez, Fernanda Patricia Ruano y Roberto Cuchi. A todos ustedes les agradezco infinitamente su tiempo y ayuda.


Lista de Acrónimos y de Términos Definidos A continuación se enumeran los acrónimos utilizados en el trabajo de investigación, así como, algunos términos que se utilizan constantemente y a los que en este trabajo se les atribuye el significado que aquí se proporciona: Bienes susceptibles de comercializarse fácilmente: Son aquellos bienes muebles que pueden colocarse fácilmente en el mercado y cuyo costo de custodia, administración y comercialización es muy inferior al precio obtenido por su venta. CCIF: Clasificación del Consumo Individual por Finalidades de la Organización de las Naciones Unidas. CJA: Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. CNBV: Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Código de Quiebras: El Título 11 del Código de los Estados Unidos de América (Title 11 of the U.S. Code), también conocido como U.S. Bankruptcy Code. CONDUSEF: Comisión Nacional de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. CUB: Circular Única de Bancos. Nombre abreviado de las Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. CURP: Clave Única de Registro de Población. Descargo: El descargo de adeudos se refiere a lo que se conoce en inglés como discharge. Ocasiona la extinción del derecho de los acreedores a cobrar el saldo no pagado de sus créditos. En algunas jurisdicciones se traduce en una conversión de las obligaciones del deudor a obligaciones naturales. Los términos descargo, discharge, exoneración y liberación se usan indistintamente. Disposiciones Generales aplicables a las SOCAPs: Disposiciones de carácter general aplicables a las actividades de las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo emitidas por la CNBV. Disposiciones Generales aplicables a las SOFIPOs: Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.


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EACP: Entidades de Ahorro y Crédito Popular. Este concepto engloba a las SOCAPs y a las SOFIPOs. FONACOT: Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. IBM: Institución de Banca Múltiple. IFECOM: Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles. INAI: Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. INDECOPI: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual con sede en Perú. INE: Instituto Nacional Electoral. INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía. INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores. INPC: Índice Nacional de Precios al Consumidor. Ministerio de Justicia: Ministerio de Justicia y del Derecho de Colombia. Personas Relacionadas: Se consideran personas relacionadas con el deudor quienes tengan alguna relación de parentesco o alguna relación o vínculo estrecho por amistad, trabajo, o alguna otra razón con el deudor, su cónyuge, concubina, concubinario. PJ CDMX: Poder Judicial de la Ciudad de México. Procedimiento eficaz: Para efectos de este trabajo de investigación es eficaz un sistema de insolvencia que es utilizado y que logra los objetivos perseguidos: ayudar al deudor a superar el sobre endeudamiento, darle una nueva oportunidad, mantenerlo siendo productivo y, en la medida posible, pagar a los acreedores el máximo posible después de descontar los montos requeridos para satisfacer las necesidades del deudor y de su familia. Los términos eficaz y eficiente se usan indistintamente. PROFECO: Procuraduría Federal del Consumidor. RECO: Registro de Comisiones Vigentes que lleva la CONDUSEF. REDECO: Registro de Despachos de Cobranza que lleva la CONDUSEF. RFC: Registro Federal de Contribuyentes. SAT: Servicio de Administración Tributaria. SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público. SIPRES: Registro de Prestadores de Servicios Financieros que lleva la CONDUSEF.


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SOCAP: Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo. SOFIPO: Sociedad Financiera Popular. SOFOM: Sociedad Financiera de Objeto Múltiple. SOFOM, ENR: Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas. SOFOMER: Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada. TSJCDMX: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Superintendencia de Insolvencia: La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento de Chile. UDIS: Unidades de Inversión. UMAs: Unidad de Medida y Actualización. UNCITRAL: Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (por sus siglas en inglés). Usuaria del Buró: Entidades financieras, empresas comerciales y sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas para los efectos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.


Prólogo Todas las personas realizamos cotidianamente diversas transacciones comerciales, con el fin de satisfacer nuestras necesidades. Por ende, a fin de conseguir bienes y servicios, accedemos a figuras como el crédito al consumo que, dada la dinámica actual en la inclusión financiera, ha logrado expandirse de manera importante sobre el territorio nacional. Sin embargo, este instrumento, de indudable beneficio para el desarrollo económico, lamentablemente ha venido acompañado por un creciente problema de impago. A la tendencia del consumo irreflexivo, sumemos las diversas crisis financieras contemporáneas, verbigracia la acontecida en el año 2009 con el colapso inmobiliario en los Estados Unidos, o la más reciente generada por el virus SARS-COV-2, que, sin duda, han traído graves consecuencias económicas no sólo a nivel doméstico, sino internacional; y cuyas repercusiones han aumentado exponencialmente el número de incidencias en materia de insolvencia, particularmente, por la inestabilidad familiar derivada de los fallecimientos por enfermedad y el alza en las tasas de desempleo. Ante este escenario, es importante tomar en cuenta que los efectos no se limitan meramente al entorno personal y familiar de quien incumple con sus obligaciones, sino que este tiene repercusiones para la sociedad en su conjunto, por más que no sean fácilmente perceptibles. Así, la problemática en comento adquiere una incidencia realmente social cuando el fenómeno se generaliza, esto es, cuando la falta de pago común lesiona a los acreedores los cuales, ante la falta de liquidez, podrían verse involucrados en el incumplimiento de sus respectivas obligaciones; de modo que, un incumplimiento tiene al menos el potencial de liberar una cadena de consecuencias desfavorables. Es por ello que, a fin de regularizar su situación y cumplir con las deudas a las que se obligaron, resulta por demás deseable que las personas físicas no comerciantes que caen en insolvencia, cuenten con mecanismos adecuados para hacer frente a esa situación. En nuestro país, para nadie es un secreto que la atención jurídica de la insolvencia ha estado históricamente enfocada en el establecimiento de los procedimientos a partir de los cuales las personas morales puedan hacer frente a sus obligaciones con sus acreedores. No obstante, poco se ha estudiado en relación con el mismo fenómeno respecto a las personas físicas y, mucho me-


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nos, se han propuesto mecanismos que permitan una reintegración económica satisfactoria de estos individuos. Es un hecho conocido que la información que llega a la sociedad respecto de los procedimientos de bancarrota, se refieren —prácticamente en su totalidad— a los concursos mercantiles en que grandes sociedades se ven en la necesidad de finalizar sus operaciones y establecer un mecanismo eficaz que permita el cumplimiento de sus obligaciones frente a sus acreedores. Estos procedimientos, una vez iniciados, se vuelven parte del conocimiento general y, probablemente, debido a su frecuencia, se asocian en el ideario común al ciclo económico fomentado por la competencia entre los agentes económicos en donde el libre mercado provoca que empresas menos eficientes vayan dejando su lugar a otras que logran aprovechar determinadas ventajas para ofrecer mejores productos o servicios. Entonces, ya sea por su frecuencia o por su asociación a una dinámica de mercado, los procedimientos de insolvencia de las sociedades mercantiles gozan de una notoria publicidad y aceptación. En contraste, es bien sabida la existencia, cada vez más frecuente, de personas físicas que son incapaces de hacer frente a sus deudas adquiridas, pero poco se habla al respecto. Este fenómeno, que en algunos casos no es motivada por una irresponsabilidad de quien cae en esta situación, es condenado socialmente y objeto de estigma que, en el peor escenario, puede conducir a un ostracismo económico y social de estos individuos. Tal vez por la secrecía en que las personas físicas no comerciantes enfrentan estas situaciones, o quizá por la poca utilización del mecanismo de concurso civil, que la insolvencia de personas físicas ha sido del desconocimiento general, incluso para los propios juristas. El problema no radica, entonces, en el incumplimiento mismo, siendo que legalmente se encuentran previstos medios judiciales por los cuales se puede exigir el cumplimiento de una obligación contractual de pago, y en muchas ocasiones ello conduce a la obtención material de lo adeudado; sin embargo, donde radica la problemática a que se hace referencia, es aquélla en la cual todo derecho así determinado judicialmente se vuelva imposible de cobrar, dada la insuficiencia de bienes o imposibilidad de localizar al deudor. En estas circunstancias, no se puede hablar que alguien resulte beneficiado, pues, por un lado, una entidad dejará de recibir un pago que legalmente le correspondía; y por otro, el deudor quedará privado de acceder a futuros mecanismos de financiamiento.


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