

LA EXPOSICIÓN DE DETENIDOS ANTE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Fundamentos y límites conforme al derecho de presunción de inocencia y el derecho a la información
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.
Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Manuel Díaz Martínez
Catedrático de Derecho Procesal de la UNED
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité:
Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
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LA EXPOSICIÓN DE DETENIDOS ANTE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Fundamentos y límites conforme al derecho de presunción de inocencia y el derecho a la información
Javier Alberto García GonzálezPrólogo de Dr. Arturo Villarreal Palos
tirant lo blanch
Ciudad de México, 2023
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A mis padres, por ser mi escudo en tormentas. A mi hijo, fuente eterna de inspiración. A mis maestros, porque perdurará siempre su huella en el camino enseñado
Prólogo
En la época de la dureza penal, los códigos penales del siglo XIX fueron una tabla salvadora para las personas acusadas de algún delito: nada mejor que un catálogo ordenado de conductas punibles, sancionadas con penas determinadas y ciertas. No en vano, Franz von Liszt, uno de los primeros sistematizadores de la teoría del delito y padre de la política criminal, en algún momento refirió que el Código Penal era la carta magna del delincuente.
Pero con el correr de los años, el Estado siempre encuentra la manera de desbordar los límites establecidos por el Derecho, por lo que, poco a poco, se hizo necesario construir nuevos diques para acotar la intervención estatal, como ocurrió, por ejemplo, con el antiguo sistema inquisitorio mixto -ahora acusatorio adversarial-, donde se buscó equilibrar los derechos y defensas para el inculpado, pero también otorgando y ampliando derechos para otros sectores olvidados del drama penal, como las víctimas, que hoy tienen un especial protagonismo.
La sociedad de la información, vertiginosamente desarrollada en el siglo XX y ahora existente en miles de medios digitales, planteó también nuevos desafíos en orden a los derechos de los acusados de la comisión de algún hecho delictivo: nadie imaginó, a mediados del siglo XX, que un aparato del tamaño de una mano, sería capaz de dejar constancia en tiempo real de lo sucedido en algún lugar y tiempo específico, que antes solo hubiera quedado capturado en una fotografía.
Sin embargo, el avance de las conquistas de la sociedad frente al poder, llevó pronto por otros caminos, entre otros, al derecho a informar y ser informado, lo que supuso un punto de colisión con la intimidad personal y la presunción de inocencia de las personas acusadas de algún ilícito. Y es aquí, justamente, en donde se inserta esta obra, que lleva por título: El derecho de presunción de
Dr. Arturo Villarreal Palosinocencia y el derecho a la información: Fundamentos y límites de la exposición de detenidos ante los medios de comunicación.
El autor, Javier Alberto García González, me consta –porque dirigí su tesis para obtener el grado de Doctor en Derecho–, no suele escatimar detalles y ofrece a sus potenciales lectores un muy interesante recorrido que parte de un análisis conceptual sobre el detenido, los medios de comunicación y el periodismo, para continuar con una reflexión sobre los derechos humanos y la exposición de personas detenidas en medios de comunicación, un apartado de evidencias y casos empíricos, para finalizar con el abordaje del punto central de su investigación que alude al punto de equilibrio entre el derecho de presunción de inocencia y el derecho a la información.
Seguro estoy de que esta obra será de consulta obligada para los estudiosos de la materia y servirá de guía para normar las actividades de las autoridades involucradas en las tareas de procuración e impartición de justicia, a fin de satisfacer las necesidades sociales de información, sin menoscabar el importante derecho a la presunción de inocencia de todos aquellos acusados de la comisión de un presunto hecho delictivo.
Septiembre de 2022
DR. ARTURO VILLARREAL PALOSProfesor Investigador Titular Universidad de Guadalajara Investigador Nacional Nivel II
Introducción
La etapa de consolidación del sistema acusatorio penal a catorce años de su inicio nos ha dado la oportunidad histórica de reflexionar sobre la legalidad con que se actúa cuando una persona que cometió un delito, estando detenida, es expuesta sin su consentimiento por las autoridades y ciudadanos en los medios de comunicación sin una resolución judicial que determine su culpabilidad.
Una de las problemáticas radica en que la exhibición de la persona detenida ya no solo se realiza en los medios de comunicación ordinarios como la televisión, el periódico y la radio, sino también por medio del internet en sus diversos portales y redes sociales como Facebook, Twitter, Tiktok, y otras aplicaciones como el WhatsApp, lo que genera una violación directa al derecho humano a la presunción de inocencia. En los medios masivos de comunicación, al día de hoy se exponen a las personas detenidas sin su consentimiento con una franja cubriéndoles los ojos, como una práctica cotidiana, escudándose los particulares y los periodistas en el derecho humano de informar a la sociedad. Esta forma de operar por parte de los medios de comunicación y autoridades lastima diversos derechos y provoca que la sociedad estigmatice y forme un juicio a priori.
Por tal razón, este libro aborda un tema muy conocido pero poco estudiado, tratando de esclarecer si el derecho humano a la presunción de inocencia debe prevalecer frente al derecho humano al acceso a la información cuando existe una persona detenida que es expuesta por cualquier medio y sin su consentimiento en medios de comunicación. Por ende, se analizaron las principales teorías jurídicas y sociales, así como los conceptos y resoluciones de casos en aras de verificar hasta dónde es viable la prevalencia de un derecho sobre otro.
Javier Alberto García GonzálezEn nuestro trabajo se estudiaron los modelos comunicativos y los efectos que se generan al utilizar el internet, para saber los motivos y las formas en que se desarrolla la práctica de tomar fotos y videos de personas detenidas sin su consentimiento y publicarlas por cualquier medio, sobre todo en T.V e internet, una actividad efectuada en muchas ocasiones por la sociedad y las autoridades.
Hecho lo anterior, se contrastó con investigación de campo por medio de estadísticas oficiales, análisis de redes sociales, casos nacionales e internacionales; entrevistas y solicitudes por transparencia a diversas instituciones de Procuración y Administración de Justicia Federales, Estatales y municipales; y análisis de guías y protocolos que guardan estrecha relación con el tema que investigamos, en especial el “Protocolo para la presentación ante los medios de comunicación de personas puestas a disposición del ministerio público”.
Por último, se indagaron las responsabilidades que existen cuando las autoridades no protegen a las personas detenidas y permiten que terceros o ellas mismas les tomen una fotografía contra su voluntad mientras se encuentran esa calidad, con el fin de llegar a generar una propuesta.
Si bien ya se han estudiado los alcances genéricos del derecho al acceso de información, no los del derecho a la presunción de inocencia cuando existe una persona detenida; por esta razón, creímos oportuno realizar nuestra investigación para verificar los fundamentos y limites cuando oscilan el derecho a la presunción de inocencia y derecho al acceso a la información. En ese orden de ideas, se buscó en el derecho a la presunción de inocencia, el derecho a la información, la exposición de detenidos, y los medios de comunicación, evidencia y argumentos suficientes para tener premisas con el carácter de conclusiones.
Se consideró en un primer momento que, de estudiarse el tema, se podrían generar nuevos criterios legales y/o políticas públicas al servicio de la sociedad, abogados y jueces; esta es la razón
del abordaje del derecho a la presunción de inocencia y el derecho al acceso a la información, sus límites y fundamentos. Más allá de solo comprobar y delimitarlos, generamos como propuesta la adhesión de un delito que limite y regule a la sociedad respecto al uso de la fotografía de personas detenidas.
Este resultado se reflejó al observar el capítulo segundo y cuarto, donde se aprecia que tanto el derecho humano a la presunción de inocencia como el derecho humano al acceso a la información, admiten limitaciones cuando ambas se tensionan o colisionan debido a que no son absolutas; ello permitió concluir los supuestos permisibles para exponer la imagen de una persona detenida sin consentimiento de esta. Por lo tanto, se generó, a manera de propuesta, un delito para que la “exposición de detenidos” sea debidamente protegida y garantizada.
Capítulo I
Evolución doctrinal: el detenido, los medios de comunicación y el periodismo
Es importante para este capítulo delimitar el concepto de detenido, ya que ciertamente podrán existir ocasiones en las cuales se confundan algunos términos, por ejemplo: inculpado, imputado, señalado, sentenciado o detenido; aunado a lo anterior, para este capítulo es importante comenzar a señalar la facilidad con la que a una persona en calidad de detenido puede vulnerársele su derecho a la presunción de inocencia, y también puede ser víctima de los medios de comunicación (mediática) política o social.
La etapa de consolidación del sistema acusatorio penal mexicano, a catorce años de su inicio, nos ha dado la oportunidad histórica de reflexionar sobre la legalidad con que se actúa cuando una persona que cometió un delito es detenida y al mismo tiempo expuesta por cualquier medio de comunicación.
El papel social de los medios de comunicación en la cobertura noticiosa ha abierto las puertas a una crítica mediática de espectáculo en la detención y procesamiento judicial de personas imputadas en delitos, lo que violenta sus derechos y los convierte en víctimas.
Admitimos que el proceso acusatorio penal ha tenido la ventaja de transparentar sus métodos gracias al principio de publicidad, y con el avance de las nuevas tecnologías se ha encontrado la manera de informar de manera pronta y oportuna a la sociedad lo que sucede cuando señalan a una persona por la presunta comisión de un delito, esto gracias al derecho de acceso a la información; sin embargo, se ha presentado un grave conflicto comunicativo cuando el derecho de acceso a la información y el principio de publicidad se encuentran con el derecho a la presunción de inocencia, pues en vez de prevalecer la información veraz, esta se ha
Javier Alberto García Gonzálezvenido a desvirtuar en esta convivencia democrática social con la opinión pública.
Existen muchos casos donde se analiza el trato que reciben las personas detenidas acusadas por la presunta comisión de un delito, como el de O.J. Simpson en California, Estados Unidos de América, quien fue acusado de asesinar a su esposa y absuelto por establecerse una violación en evidencias y una duda razonable; de igual modo el caso en México de Florence Marie Louise Cassez Crépin, procesada por los delitos de secuestro, delincuencia organizada y posesión ilegal de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, quien fue liberada luego de habérsele concedido el amparo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que verificó que todo había sido un montaje mediático.
Existe también el caso Shantal, donde se condenó por violación y homicidio de una adolescente, de nombre Shantal González, a un sacerdote salesiano cuya liberación ordenó tiempo después la Suprema Corte. Así mismo, el caso de la actriz Kate del Castillo y el Chapo Guzmán, donde a partir de un documental la actriz tuvo un linchamiento político y jurídico a raíz de que la Procuraduría General de la República (PGR) iniciara investigaciones en su contra por los delitos de encubrimiento, lavado de dinero, y por filtrar fotografías y conversaciones que sugirieron información a la sociedad sin antes verificar la certeza de la misma.
Existen muchos más casos muy similares que coincidían no solo en la mediatización social que despertaron, sino en que los medios de comunicación y la sociedad en general terminaron exponiendo la imagen del rostro sin el consentimiento de la persona implicada.
1.1.-TEORIA DE LOS DETENIDOS
Hoy en día, los medios de comunicación en el periodismo judicial o en los hechos noticiosos jurídicos cumplen un papel sumamente relevante para la sociedad, ya que además de transmitir