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EL ESTATUTO JURÍDICOCONSTITUCIONAL DEL EXTRANJERO EN ESPAÑA

SONIA GARCÍA VÁZQUEZ

tirant lo b anch Valencia, 2007


Copyright ® 2007 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com (http://www.tirant.com).

© SONIA GARCÍA VÁZQUEZ

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com http://www.tirant.com Librería virtual: http://www.tirant.es DEPOSITO LEGAL: I.S.B.N.: 978 - 84 - 8456 - 894 - 0


A mis padres, fuente inagotable de cariĂąo A mi Maestro, el Prof. JosĂŠ Antonio Portero Molina


SUMARIO PRÓLOGO .........................................................................................................

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NOTA PRELIMINAR ........................................................................................

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ABREVIATURAS UTILIZADAS ......................................................................

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Capítulo Primero LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL ESTATUTO JURÍDICO DEL EXTRANJERO I. EL DERECHO DE EXTRANJERÍA Y SU ÁMBITO DE APLICACIÓN II. LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DE LA EXTRANJERÍA .................

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Capítulo Segundo EL IMPACTO DE LOS DERECHOS SOCIALES O CON PROYECCIÓN SOCIAL PARTE PRIMERA EL DERECHO A LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR I. EL CONCEPTO DE FAMILIA ............................................................... II. LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL DE LA FAMILIA INTERPRETADA CONFORME AL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS .................................................................................................... III. EL DERECHO A LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR EN ESPAÑA ..... III.A) Sentido y alcance del derecho a la reagrupación familiar en la actual legislación nacional de extranjería .................................. III.B) Familiares reagrupables .............................................................. III.B.1) El cónyuge del reagrupante .......................................... III.B.1.a) El matrimonio como instrumento de control migratorio por parte de los poderes públicos. Los matrimonios de conveniencia .............. III.B.1.b) Las relaciones afectivas de convivencia estable. El supuesto de las parejas de hecho .... III.B.1.c) La exclusión de formas de matrimonio ajenas a la concepción del Código Civil español. Los matrimonios poligámicos como práctica contraria al orden público español ............. III.B.2) Los hijos menores del reagrupante .............................. III.B.3) La posibilidad de reagrupación de los ascendientes ... III.B.4) ¿Supuestos de reagrupación por motivos humanitarios? III.C) Procedimiento para la reagrupación familiar .............................

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SUMARIO

III.D) Los efectos de la reagrupación familiar en circunstancias especiales. Posibilidad de reagrupación en cadena ................................

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PARTE SEGUNDA EL DERECHO A LA EDUCACIÓN COMO DERECHO DE IGUALDAD LOS DESAFÍOS DEL MULTICULTURALISMO I. LOS DERECHOS SOCIALES COMO DERECHOS EXIGIBLES ........ II. EL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN EL PLURALISMO ................ II.A) Las reivindicaciones de las minorías: el desafío al Estado liberal clásico ............................................................................................ III. LA REGULACIÓN DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN LOS TEXTOS INTERNACIONALES ............................................................. IV. EL PANORAMA DEL SISTEMA EDUCATIVO EN ESPAÑA EN RELACIÓN A LOS INMIGRANTES ........................................................... IV. A) La regulación constitucional del derecho a la educación ........... IV. B) La regulación del derecho a la educación en las leyes de extranjería ............................................................................................... V. LA POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REGULACIÓN DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN EN LA LEY ORGÁNICA 14/2003 VI. DISFUNCIONALIDADES EN LA PRESTACIÓN A LOS EXTRANJEROS DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN ............................................ VII. LA CONCEPCIÓN COMUNITARIA DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DEL ISLAMISMO ......................... VIII. LA POSICIÓN DEL ESTADO ESPAÑOL EN RELACIÓN AL FENÓMENO RELIGIOSO ................................................................................ IX. LOS DERECHOS DE LOS MENORES COMO LÍMITE AL EJERCICIO DE LA LIBERTAD RELIGIOSA POR PARTE DE LOS PROGENITORES O TUTORES LEGALES .................................................................

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PARTE TERCERA EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD I. INTRODUCCIÓN .................................................................................... II. LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA SANITARIA: LA NECESIDAD DE COOPERACIÓN ......................................... III. CONTENIDO Y TITULARIDAD DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD EN EL ÁMBITO DEL DERECHO DE EXTRANJERÍA III. A) Un breve apunte sobre el contenido del derecho ........................ III. B) Titularidad del derecho a la protección de la salud ................... III.B.1) Los extranjeros en situación administrativa regular . III.B.2.) La peculiar situación de los extranjeros irregulares inscritos en el Padrón municipal .................................. III.B.3.) La incidencia del estatuto de ciudadano de la Unión Europea a efectos del disfrute efectivo del derecho a la protección de la salud ...................................................

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SUMARIO

III.B.4.) Supuesto especiales: extranjeros en situación administrativa irregular que no necesitan estar empadronados para disfrutar del derecho a la protección de la salud III. B.4.a) Supuestos de urgencia, accidente o enfermedad grave ..................................................... III.B.4.b) Menores de edad .......................................... III.B.4.c) Mujeres embarazadas ................................. IV. EL PANORAMA LEGISLATIVO EN EL ÁMBITO DEL DERECHO COMPARADO ......................................................................................... IV.A) La situación en Francia ............................................................... IV.B) Italia ............................................................................................. IV.C) Alemania, Países Bajos, Bélgica y Portugal ............................... IV.D) Estados Unidos de América ......................................................... V. LAS PATOLOGÍAS MÉDICAS DE LA INMIGRACIÓN: EL SÍNDROME DE ULISES Y EL SÍNDROME “PTSD” .......................................... V.A) La situación sanitaria de los refugiados y solicitantes de asilo . V.A.1) Introducción: El derecho de asilo en el ámbito internacional después del Convenio de Ginebra de 1951 y del Protocolo de Nueva York de 1967 ................................ V.A.2) La angustia del recuerdo: la especial vulnerabilidad de los refugiados ................................................................

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Capítulo tercero LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS EXTRANJEROS PARTE PRIMERA LAS FRONTERAS DE LA CONCEPCIÓN CLÁSICA DE LA CIUDADANÍA: EL DERECHO DE SUFRAGIO I. INTRODUCCIÓN .................................................................................... II. UNA VISIÓN GENERAL DE LA EXTENSIÓN METANACIONAL DEL DERECHO DE VOTO: LA LUCHA POR LA DEMOCRACIA .............. III. EL DEBATE JURÍDICO-POLÍTICO SOBRE LA EXTENSIÓN DEL DERECHO DE SUFRAGIO A LOS EXTRANJEROS ........................... III.A) Soberanía nacional Vs. Soberanía popular. La apuesta por una reformulación teórica del concepto de “pueblo” en el marco de la dialéctica entre ciudadanía y nacionalidad ................................ III.B) La superación del principio de exclusión política de los extranjeros .................................................................................................. III.C) La participación política en la constitución española de 1978 .. III.C.1) Introducción .................................................................. III.C.2) El debate constituyente ................................................ III.C.3) La reforma del artículo 13.2 CE ................................... III.C.4) La participación de los extranjeros en los asuntos públicos municipales .............................................................

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SUMARIO

III.C.5) El derecho de sufragio oscurecido por la exigencia constitucional del principio de reciprocidad: una solución de Derecho Internacional para un problema de Derecho Constitucional ............................................................... III.C.6) El ejercicio del derecho de sufragio de los extranjeros en los procesos electorales democráticos del país de origen III.C.7) El derecho al sufragio de los emigrantes. El artículo 68.5. de la Constitución española ................................. IV. LOS DERECHOS POLÍTICOS EN EL MARCO DE LA CIUDADANÍA DE LA UNIÓN ........................................................................................ IV.A) Los extranjeros nacionales de países terceros. El estatuto jurídico de los residentes de larga duración .............................................

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PARTE SEGUNDA LA CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE REUNIÓN, ASOCIACIÓN, SINDICACIÓN Y HUELGA LA LÍNEA INVISIBLE ENTRE LA TITULARIDAD Y EL EJERCICIO DE UN DERECHO FUNDAMENTAL I. INTRODUCCIÓN .................................................................................... II. LA REGULACIÓN DEL DERECHO DE REUNIÓN Y MANIFESTACIÓN ........................................................................................................ III. EL DERECHO DE ASOCIACIÓN ......................................................... III.A) El impulso de los poderes públicos al movimiento asociativo de los extranjeros .................................................................................... IV. LA LIBERTAD SINDICAL Y SUS LIMITACIONES PARA LOS EXTRANJEROS EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR .... V. EL DERECHO DE HUELGA COMO ELEMENTO DE PROTECCIÓN DE LOS INTERESES LEGÍTIMOS DE LOS TRABAJADORES ........ VI. LAS SOMBRAS DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA REGULACIÓN OPERADA POR LA LEGISLACIÓN DE EXTRANJERÍA ........ VI.A) El contenido finalista de la garantía de la dignidad de la persona VI.B) El artículo 10.2 CE: “Cláusula de simpatía” con los derechos humanos y canon interpretativo ineludible ................................ VI.C) La vulneración de la garantía del contenido esencial del derecho

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Capítulo cuarto LA EROSIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES EN EL RÉGIMEN SANCIONADOR DE EXTRANJERÍA I. INTRODUCCIÓN: EL EXTRANJERO BAJO SOSPECHA ................. II. LA OPERATIVIDAD DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA EN EL ÁMBITO DE LA EXTRANJERÍA ....................................

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SUMARIO

III. EL DERECHO AL RECURSO CONTRA ACTOS O RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS .............................................................................. IV. EL DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA COMO PARTE INTEGRANTE DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA .... V. EL DERECHO A LA ASISTENCIA GRATUITA DE INTÉRPRETE ..

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Capítulo quinto LA COORDINACIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS EN MATERIA DE INMIGRACIÓN I. ASPECTOS CONSTITUCIONALES DE LA DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA: LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN EL MODELO AUTONÓMICO ESPAÑOL .............................................................. II. DISTRIBUCIÓN COMPETENCIAL ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS ................................................................ III. LOS PRINCIPIOS DE COOPERACIÓN Y COORDINACIÓN EN EL ESTADO AUTONÓMICO ....................................................................... III.A) La regulación de la cesión de datos personales como método de colaboración entre administraciones públicas: el acceso a los datos de los extranjeros inscritos en el Padrón municipal ........ IV. LA EFERVESCENCIA DE LA ACTUAL CONFIGURACIÓN DEL RÉGIMEN COMPETENCIAL EN MATERIA DE INMIGRACIÓN .... IV.A) Los órganos de extranjería .......................................................... IV.B) El Consejo Superior de política de inmigración .......................... IV.C) Foro para la integración social de los inmigrantes .................... IV.D) Observatorio permanente de la inmigración .............................. V. LA RELEVANCIA DE LAS POLÍTICAS AUTONÓMICAS DE INTEGRACIÓN SOCIAL: LOS PLANES DE INTEGRACIÓN ..................... V.A) El ambicioso plan de la administración andaluza ...................... V. B) Las actuaciones de las administraciones públicas en Cataluña y la Comunidad de Madrid en materia de integración social ....... V.B.1) Una iniciativa pionera en España: el primer Plan Interdepartamental de Inmigración de la Generalitat de Cataluña ................................................................... V.B.2) La política de protección social de la Comunidad de Madrid ........................................................................... VI. LA INSUFICIENTE PARTICIPACIÓN AUTONÓMICA Y MUNICIPAL EN LA POLÍTICA DE INMIGRACIÓN ESPAÑOLA ................... VI.A) La intervención de las Comunidades autónomas ....................... VI.B) Los convidados de piedra en el proceso de descentralización política: la necesidad de implementar políticas locales que superen la concepción centralista de poder ........................................ VII. LAS INCIPIENTES REIVINDICACIONES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS: BREVE ANÁLISIS SOBRE LA POSIBILIDAD DE ASUNCIÓN EXTRAESTATUTARIA DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE INMIGRACIÓN ....................................................................

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SUMARIO

Capítulo sexto EL FENÓMENO DE LA INMIGRACIÓN INFANTIL EL RÉGIMEN JURÍDICO DEL MENOR INMIGRANTE: LA PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA DE LOS MENORES INMIGRANTES NO ACOMPAÑADOS I. LA PROTECCIÓN DE LA INFANCIA .................................................. II. UN PECULIAR FENÓMENO DENTRO DEL MARCO GENERAL DE LAS MIGRACIONES: LA INMIGRACIÓN INFANTIL ....................... III. EL RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE A LOS MENORES EXTRANJEROS ...................................................................................................... III.A.) Introducción .................................................................................. III.B) El papel protagonista del Ministerio Fiscal en los procesos relativos a menores ............................................................................. III.C) La prioridad del trámite de determinación de la edad .............. III.D) La regulación del estatuto jurídico del menor inmigrante no acompañado en la legislación de extranjería .............................. III.D.1) ¿Reagrupamiento familiar o simple repatriación? ...... III.D.2) La puesta a disposición de los servicios de protección de menores del país de origen ........................................... II.D.3) La permanencia del menor inmigrante en territorio español bajo la tutela de la Administración Pública ... IV. LA INFLUENCIA DEL DERECHO COMUNITARIO EN LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS ... V. LUCES Y SOMBRAS EN LA PROTECCIÓN DEL PRINCIPIO GENERAL DE PREVALENCIA DEL INTERÉS DEL MENOR PREVISTO EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA Y ACUERDOS INTERNACIONALES QUE VELAN POR SUS DERECHOS .................................................... V.A) La penumbra: la Instrucción 3/2003 de la Fiscalía General del Estado y la quiebra del principio de legalidad. El desamparo de los desamparados ......................................................................... V.B) El amanecer: la Instrucción 6/2004 de la Fiscalía General del Estado. El regreso a la coherencia ..............................................

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PRÓLOGO En menos de tres décadas la cifra, parece que oficial en 1975, de 165.289 extranjeros residentes en España, la mayor parte de ellos jubilados europeos disfrutando del Mediterráneo, se ha multiplicado por treinta, aproximándose a los cinco millones de personas que, procedentes de cualquier parte del mundo, trabajan, se reproducen, rezan o enferman entre nosotros. La diferencia fundamental no es sólo cuantitativa, sino cualitativa porque, ahora, la mayoría son extranjeros pobres que vienen para mejorar sus condiciones de vida: son los inmigrantes. En los setenta, y no digamos antes, la inmigración no alcanzaba siquiera la dimensión sociológica mínima para atraer la atención de los poderes públicos ni la de una población, familiarizada, por el contrario, con la emigración de los suyos a Europa. Para millones de españoles un extranjero pobre hubiera sido entonces, más que una rareza, un absurdo en un país sin recursos. Ausentes, por innecesarias, las reflexiones cultas o los análisis jurídicos sobre la inmigración, nuestro lenguaje habitual abundaba en referencias agresivas, jocosas, piadosas o asombradas sobre moros, negros, latinoamericanos o chinos, expresiones, probablemente, del orgullo y del despecho de una sociedad cerrada y tradicional, todavía embaucada por la retórica grandilocuente del poder. Casi cuarenta años después, aquellos sentimientos, porque comportamientos no podía haberlos, son sólo retazos de la memoria colectiva de una sociedad que se ha transformado, de arriba abajo, en una sociedad satisfecha, plural, libre e igualitaria que dice estar preocupada por la inmigración. Pero con una preocupación que si, colectivamente, parece tender hacia el dramatismo y el trazo grueso, cuando se individualiza se vuelve más madura y realista, menos grave en el gesto y de consecuencias, por fortuna, nada amenazadoras para la convivencia, a salvo de pequeños episodios. Con más de cinco millones de inmigrantes, los españoles responden en las encuestas diciendo que sí, que la inmigración es un problema, uno de los primeros problemas. No podemos deducir si quien así contesta ha tenido algún conflicto concreto con un emigrante, si teme perder su trabajo a manos de uno de ellos, si es que presta oídos a algún suceso en el que un inmigrante se ha visto implicado, si es que opina que su fe o su cultura, como patrimonio colectivo, están amenazadas por las de los inmigrantes o si, en fin, sólo responde dejándose llevar por ese instinto defensivo que aconseja no desviarse mucho de lo que, al fin y al cabo, es la opinión común: que la inmigración es un problema.


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Esa masiva respuesta afirmativa en las encuestas se explicará, individualmente, por cualquiera de esos motivos pero, acaso, no pueda descartarse que el anonimato también contribuya un tanto a sobredimensionar la intensidad dramática de la preocupación por la inmigración. Cuando el anonimato no disculpa nuestras opiniones, solemos, individualmente, atender mejor a las explicaciones razonadas de las cosas; en este caso, a las explicaciones razonadas de las causas de la inmigración, de las verdaderas consecuencias que la inmigración tiene sobre nuestra felicidad, nuestra prosperidad, nuestra tranquilidad, nuestra fe o nuestra cultura, o de la relación real, no imaginada, que la conducta individual de cada inmigrante guarda con nuestro infortunio particular. Da la impresión de que, sin perjuicio de las inevitables y escasas reservas de cazurrería nacional que confirman la regla, se ha entendido que el inmigrante viene por necesidad, como se fueron en tiempos de pobreza muchos españoles, y que, en cuanto pueda, volverá con los suyos, como lo hicieron nuestros compatriotas cuando en España, por fin, encontraron lo que fueron a buscar en el exterior. Y también se ha entendido, porque los datos no mienten, que la inmigración es un factor de riqueza, máxime si, como sucede, buena parte de los inmigrantes tienen una preparación contrastada, lo que no ocurría con los nuestros, salvo con parte de los que fueron forzados a salir por las recurrentes persecuciones políticas de los dos últimos siglos y las de siglos anteriores también. Parece, asimismo, que la cultura constitucional de los derechos y las libertades nos ha enseñado, más allá de consentir o tolerar, a convivir con los diferentes en cultura por la sencilla pero rotunda razón de que son iguales en derechos y obligaciones. Incluso vamos aceptando que la libertad para delinquir tampoco es patrimonio exclusivo de los compatriotas. Más aún, pocos son los que niegan que algunos españoles explotan miserablemente a los inmigrantes acreditando así, que la condición de nacional o extranjero no sería criterio válido para separar, en el Juicio final, a los malditos de las gentes decentes. Sin pecar de ingenuo creo que la sociedad española no tiene pretensiones asimilistas, pero a fuer de realista tampoco está por los multiculturalismos que puedan terminar con la igualdad de derechos y deberes, ese rasero constitucional que tanto ha costado consolidar y que se concilia mejor con la convivencia entre ciudadanos libres e iguales. La inmigración es un problema sí, pero lo es, sobre todo, para el inmigrante. Porque el inmigrante, así en singular, es, en principio, un extraño en la sociedad receptora. No tanto porque una concreta sociedad


PRÓLOGO

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se empeñe en ser hostil, sino porque el mundo ancho y ajeno, lo es siempre más para los pobres condenados de la tierra. Que deje de serlo para cada inmigrante es lo que depende, en gran medida, del sistema jurídico, político y económico de cada sociedad receptora concreta. Y también, claro, de la cultura cívica de sus gentes. Sonia García Vázquez ha analizado en este libro el marco jurídico con el que se encuentra el extranjero en España. Y lo ha hecho con rigor y exhaustividad, cosa nada fácil habida cuenta de lo cambiante de nuestra normativa sobre la materia. De lo cambiante y de lo farragoso; y aún de lo contradictorio, que todo hay que decirlo. Más allá de las posiciones políticas de unos u otros gobiernos, antes y después de marzo de 2004, lo cierto es que la realidad de una inmigración masiva y súbitamente asentada entre nosotros no era fácil de digerir en términos jurídicos. Por eso, toda prudencia en el juicio es poca, porque una cosa es predicar y otra dar trigo. Con el paso del tiempo y por debajo de la retórica de los partidos, se tiene la impresión de que las cosas van mejorando; a veces gracias a la adaptación de la normativa, a veces por el buen sentido de las autoridades, judiciales y administrativas, que han de aplicarla, también gracias al trabajo de distintos agentes sociales como los sindicatos y las ONG dedicadas al problema y, en fin, también porque la sociedad española, socializada en la picaresca, inaplica frecuentemente, a riesgo y ventura de las partes, la normativa vigente en materia de contratación laboral y de servicios, contribuyendo así a que el extraño pueda irse, mal que bien, integrando y obteniendo algún provecho inmediato del nacional. Sonia García Vázquez se licenció en derecho en la Universidad de La Coruña y en ella se ha doctorado con una Tesis que está en el origen de este libro. Su inclinación por el estudio del encuadre jurídico de la inmigración, cultivada con seriedad, paciencia e inteligencia probadas, ha hecho posible esta monografía de utilidad segura para quienes tienen que habérselas, para solucionarlos, con los problemas del inmigrante. Dentro y fuera de España, la autora acredita su condición de experta participando activamente en Congresos e impartiendo Cursos especializados, y ha puesto en práctica, durante años, al modo amateur, sus conocimientos jurídicos, para resolver los supuestos que se le presentan aquí en La Coruña, donde todavía la inmigración no alcanza las cifras de otras partes de España. El libro que, muy satisfecho, termino de prologar es la obra de una especialista de primera fila en la materia, y los profesores Antonio Izquierdo Escribano y Eliseo Aja Fernández, que ya lo son desde hace


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J. A. PORTERO MOLINA

tiempo, así lo entendieron otorgándole la máxima calificación a su trabajo y haciéndola partícipe en sus investigaciones. Se lo agradezco por la pequeña parte que me toca porque, no hacía falta decirlo, todo el mérito del libro, como antes de la Tesis, es de Sonia.

J. A. PORTERO MOLINA La Coruña, junio 2006


NOTA PRELIMINAR La monografía que el lector tiene en sus manos es una versión de la Tesis Doctoral defendida el 27 de junio de 2005, en la Facultad de Derecho de la Universidad de A Coruña, ante un Tribunal compuesto por los Profesores Doctores D. Eliseo Aja Fernández, D. Roberto Blanco Valdés, D. Antonio Izquierdo Escribano, D. Javier Ruipérez Alamillo, y Dª. Camino Vidal Fueyo, que obtuvo la calificación de sobresaliente cum laude por unanimidad. A todos ellos quiero reiterar mi más sincero agradecimiento por las valiosas observaciones que me formularon y que, sin duda, han contribuido a enriquecer notablemente el trabajo que hoy ve la luz. Dicho lo anterior, mis primeras palabras, como no podía ser de otro modo, van dirigidas al Prof. Dr. José Antonio Portero Molina, mi Maestro, de cuyo magisterio nació mi vocación docente, en reconocimiento a su generosidad intelectual y personal durante todos estos años, y en agradecimiento por su apoyo constante. Además de la admiración y del afecto personal que le profeso, debo apostillar que he contraído con él una deuda impagable. Tampoco puedo dejar de hacer referencia al resto de los miembros del Área de Derecho Constitucional, que han contribuido, en mayor o menor medida, a mi formación. Al Prof. Dr. Javier Ruipérez Alamillo, por sus sabias y continuas recomendaciones; al Prof. Dr. Santiago Roura Gómez, por su apoyo incondicional en momentos de incertidumbre; a la Profª. Dra. Ana Aba Catoira, por la confianza que ha depositado en mí, tanto a nivel académico como personal; y a la investigadora Marta Núñez López, una buena compañera. Además de ello, quisiera dejar constancia de mi profunda gratitud a todas las instituciones y personas que han hecho posible la culminación de este trabajo. Debo mencionar a la Xunta de Galicia, por la concesión de una beca de investigación que me permitió iniciar y desarrollar mi Tesis Doctoral; al Prof. Dr. D. Eliseo Aja Fernández que me ha acogido con afecto en el grupo de investigación sobre los derechos de los extranjeros de la Universidad de Barcelona; y a todos los profesores que me han aportado su ayuda inestimable, a lo largo de esta larga y hermosa travesía, en la Universidad de Talca (Chile), en el Institut du Fédéralisme de la Universidad de Fribourg (Suiza), en la Universidad Libre de Bruselas, en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, y en la Universidad Autónoma de Lisboa. No puedo olvidar, tampoco, a mis viejos amigos, dentro y fuera del ámbito universitario, porque, sin duda, sus aportaciones han sido tras-


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NOTA PRELIMINAR

cendentales en mi vida; y a los nuevos, que he ido atesorando a lo largo de estos años, con quien comparto inquietudes sobre esta controvertida materia: mi compañera María José Otero, del CITE de Comisiones Obreras en A Coruña; Isabel González de la Fundación Galicia Emigración, mis amigos de la ONU, ACNUR, OIM, EUROPOL; y a todos los que, como ellos, siguen soñando con un mundo mejor y trabajando con entusiasmo para que, como decía un revolucionario francés, las utopías de hoy sean las realidades de mañana. Es de justicia dirigir mis últimas palabras, y las más sentidas, a mis generosos padres, fuente inagotable de cariño, que me han dado refugio durante todos estos años. A ellos les debo todo lo que soy. Sin su apoyo permanente, sin su aliento y ayuda constante jamás hubiese llegado a cumplir este sueño. Deseo hacer extensivo este reconocimiento a mi hermano, que siempre ha creído en mí; a mi cuñada y a mi sobrino Dani. Y también, mi profunda gratitud a alguien muy especial que me ha enseñado el verdadero significado de la generosidad y el cariño.


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