EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Su integridad y su gallardía nunca desmentidas. Deber de correspondencia a cargo de sus miembros
Notario 140 de la
tirant lo blanch
Ciudad de México, 2023
JORGE ALFREDO DOMÍNGUEZ MARTÍNEZ
Ciudad de México
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Índice 1. PRESENTACIÓN .................................................................. 9 2. MANIFESTACIONES DE INTEGRIDAD DEL NOTARIADO 11 A) Caso Woolrich ................................................................. 11 a) Planteamiento ........................................................... 11 b) Desarrollo y resultado del examen ............................ 12 c) Secuela ...................................................................... 13 B) El caso Guillermo López Portillo ..................................... 14 C) Salvedad y consideraciones complementarias ................... 15 3. A PROPÓSITO DE LOS EXÁMENES .................................. 15 4. NUESTRO COLEGIO ........................................................... 19 A) Mi actuación gremial ....................................................... 19 B) Aportaciones generales .................................................... 22 C) Gestión en la presidencia del Consejo (2000-2001) ......... 22 5. NUESTRO NOTARIADO ACTUAL Y SU DEVENIR PROBABLE ................................................................................... 27 6. CONSIDERACIONES FINALES. SUGERENCIAS ................ 31
EL COLEGIO DE NOTARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Su integridad y su gallardía nunca desmentidas. Deber de correspondencia a cargo de sus miembros
Jorge Alfredo Domínguez Martínez
Notario 140 de la Ciudad de México
SUMARIO: 1. PRESENTACIÓN. 2. MANIFESTACIONES DE INTEGRIDAD DEL NOTARIADO. 3. A PROPÓSITO DE LOS EXÁMENES. 4. NUESTRO COLEGIO. 5. NUESTRO NOTARIADO ACTUAL Y SU DEVENIR PROBABLE.
6. CONSIDERACIONES FINALES. SUGERENCIAS
1. PRESENTACIÓN
Señores colegas notarios; amigos todos; con lo contenido en estas líneas pretendo dejar constancia de lo que he observado en el desarrollo del notariado de nuestra ciudad, desde poco antes de yo haber alcanzado la titularidad de la notaría 140 de la entidad hasta la época actual, para reconocer la alta jerarquía de la institución notarial en lo jurídico y en lo social, especialmente cuando se finca en un sistema tal cual es el adoptado por la ley de la materia de mediados del siglo pasado, hasta nuestros días. Al efecto, advierto que si en algunas partes en tal
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presentación, aludo a mi desempeño profesional y gremial, lo hago tan solo por tratarse de mis experiencias en esos renglones, como uno de tantos notarios de nuestra entidad.
Para lo anterior, he de recordar con mis colegas de más o menos la misma edad notarial, como Tomás Lozano Molina, Francisco Fernández Cueto y Barrios, Carlos de Pablo Serna, Adrián Iturbide Galindo, Carlos Yfarraguerri y Villarreal, José Luis Franco Varela, Ignacio Morales Lechuga, Francisco Daniel Sánchez Domínguez y otros contemporáneos (unos ya con más de medio siglo de ejercicio profesional), algunas vivencias que en el devenir de los años, nuestro gremio ha experimentado, y por supuesto, que ello permitirá, a su vez, informar de tales acontecimientos a los colegas con menos tiempo de actividad notarial, a efecto de que los tengan a su alcance y aquilaten esos detalles, que forman parte de la historia de nuestro Colegio de Notarios, que, bueno, en el lapso señalado, lo mismo hemos tenido reconocimientos tanto oficiales como particulares, que agresiones hasta frontales, resueltas en su momento, respecto de las cuales el Notariado y el Colegio de Notarios han salido adelante, gracias a la unión y determinación de los notarios a quienes, según la época, les correspondió afrontar la situación.
Aunado a ello, también es mi intención hacer mención de sugerencias tendientes a enriquecer la armonía entre el desempeño de la función con el entorno social imperante.
Tengo ciertamente varias razones para expresar ahora, en estas líneas, reflexiones personales a propósito del notariado de la Ciudad de México. En primer término, porque el desempeño de nuestra función ha sido mi actividad profesional durante casi cincuenta años y ello me ha permitido servir a la comunidad, con el afán de apoyar a quien ha requerido de mis servicios, para que, en la medida de lo posible, disfrute y no sufra el proceso de su asunto. Además, es un hecho incontrovertible, al alcance del público especializado, que son dignas de reconocimiento permanente las grandes bondades de la institución, pues preserva la seguridad y tranquilidad de quienes, por ley o por convención, acuden al notario para la formalización de los asuntos inherentes
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a sus estatutos, tanto personal como patrimonial. Asimismo, se trata de una actividad especialmente útil, noble, creativa y de servicio. Cada asunto satisface de manera efectiva los intereses de quienes requieren de sus bondades. Por ello, resulta especialmente importante mantener y enriquecer la presencia del notario en la vida diaria de la comunidad a la que servimos.
La larga estadía en esta profesión me ha permitido estar cerca de mis colegas y amigos, los considerablemente más, de una gran categoría en lo profesional, en lo moral y en lo personal, con una conducción inquebrantable en su desempeño. Al efecto, cito a Francisco Lozano Noriega, Manuel Borja Martínez, Eugenio Ibarrola Santoyo, Alberto Pacheco Escobedo, Fausto Rico Álvarez y Carlos Prieto Aceves, simplemente por aludir a algunos.
Así pues, en el desarrollo de estos apuntamientos me referiré a algunas situaciones, muchas de las cuales, en mi concepto, han sumado al prestigio de lo notarial, sin dejar de reconocer lo contrario, cuyo señalamiento es menester para superar tales situaciones negativas. Nada impide que lo presentado a continuación no sea inédito, al haber sido ya expresado por otros colegas; pero es mi sentir, que en última instancia se suma a lo expresado con igual orientación.
2. MANIFESTACIONES DE INTEGRIDAD DEL NOTARIADO
A) Caso Woolrich
a) Planteamiento
Las fuentes del presente relato lo mismo son comentarios y referencias que en su momento se me hicieron, a los que se suman otros que me constan.
En las postrimerías del periodo presidencial de don Gustavo Díaz Ordaz, un amigo cercano suyo, el licenciado Jorge Rafael Woolrich, si no mal recuerdo entonces director de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Fe-
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deral, le pidió al presidente su ayuda para ser notario capitalino. Quiero pensar que por “la red”, el primer mandatario instruyó al general Alfonso Corona del Rosal, entonces jefe del Departamento del Distrito Federal, llevar a cabo las acciones necesarias para satisfacer las pretensiones del licenciado Woolrich.
A su vez, Corona del Rosal se comunicó con el licenciado Agustín Téllez Cruces, en la época director general de Servicios Legales, para notificarle las indicaciones —más bien las instrucciones o, mejor dicho, las órdenes— del presidente de la República. Como debió respetarse —y obviamente se respetó— la normativa aplicable en cuanto al sistema de acceso al notariado, el licenciado Woolrich presentó el examen de aspirante. Yo lo presencié.
b) Desarrollo y resultado del examen
Según recuerdo, el jurado para el examen de Woolrich se integró por Jorge Alejandro Hernández Ochoa como representante del jefe del Departamento (en aquel entonces esa representación la cubría un notario) Pedro del Paso Carrara, Francisco Vázquez Pérez, Manuel Borja Covarrubias y José Arce y Cervantes. El tema escrito para desarrollar por el sustentante fue lo que hoy está regulado como la escisión de una sociedad mercantil, sin haberlo estado cuando el examen.
La preparación de Woolrich para lo notarial era nula. No tenía idea de la posible solución. Sólo redactó unos estatutos de una sociedad anónima quizá del conocimiento de quien lo acompañó como mecanógrafo. Sus réplicas fueron fatales, ignoraba por completo lo mercantil y lo notarial. Cuando le preguntaron algo relacionado con el protocolo, se refirió al diplomático.
Tengo presente a quien todo indica se trataba de su hijo, que estaba sentado en el público, muy cerca del lugar del sustentante, con un ejemplar del Tratado de Derecho Mercantil de MANTILLA MOLINA, y con la intención de auxiliarlo. Al descubrirlo, el jurado se indignó. Evidentemente obtuvo una calificación reprobatoria.
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c) Secuela
La reacción oficial no se hizo esperar. Al asistir yo a la oficina de Téllez Cruces para trámites respecto de mi solicitud para examen de aspirante, pude observar, desde afuera de su privado con vidriera transparente, la mortificación, la preocupación y la cabeza gacha con la que Hernández Ochoa le explicaba los pormenores del examen al funcionario, lo que nuestro colega me confirmó al salir de la entrevista. Pero no quedó en ello; como reacción, el Departamento del Distrito Federal revocó una donación a favor del Colegio de Notarios, de un terreno para edificar sus instalaciones, lo que desencadenó, afortunadamente, en la adquisición de la casa de Río Tigris 63, gracias a la iniciativa y al entusiasmo, siempre manifiesto, de nuestro colega Eugenio Ibarrola Santoyo.
Pero las consecuencias no pararon en ello. Si bien el sexenio de Echeverría Álvarez pasó sin pena ni gloria para el notariado, el periodo presidencial siguiente (1976-1982) fue todo lo contrario; José López Portillo a la cabeza; Carlos Hank González como jefe del Departamento del Distrito Federal; y Guillermo Colín Sánchez como director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio y, según parece, cerebro jurídico del regente, se volcaron agresivamente contra nuestra institución.
Un asesor de don Octavio Hernández, entonces secretario de Gobierno del Departamento del D. F., me comentó haber escuchado al ingeniero Hank decirle al doctor Hernández: “Duro maestro contra este gremio (el de los notarios), porque es el único que se ha negado a cumplir una orden presidencial (al haber reprobado a Woolrich contra instrucciones precisas del primer mandatario)”.
A tal dureza se le sumó la Ley del Notariado de 1980, con dos modificaciones trascendentales. En primer lugar, las llamadas notarías de Delegación, de tal manera que la convocatoria para el examen de oposición por una notaría vacante, indicaba la ubicación en la cual debía instalarse la oficina en cuestión (Tláhuac, Iztapalapa, Milpa Alta, Xochimilco y demás periféri-
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cas; nunca las centrales); en segunda, la integración del jurado para exámenes de aspirante y de oposición, con sólo dos notarios y tres servidores públicos, quienes podían no tener relación alguna con las disciplinas jurídicas relacionadas con lo notarial, y, en cambio, llegaron a aplicar el mayoriteo en algunas calificaciones, con imposición del resultado. En estas dos cuestiones, cuando dieron vista del proyecto de ley al Colegio, la autoridad advirtió que no bajaría un peldaño en su postura, y así se mantuvo hasta la ley de 2000.
B) El caso Guillermo López Portillo
Primo o sobrino de don José López Portillo, presentó y reprobó el examen de aspirante, sin constarme aspecto alguno del evento de no ser ese resultado. Probablemente pensó que su situación familiar le allanaría el camino para acceder a la función; no fue así porque fue reprobado. Ahí nació su resentimiento. Acaso por tal reacción, después de haber desistido de sus aspiraciones, y como abogado litigante declaró en un juicio, como una defensa de lo más burda, que un notario había permitido la falsificación de la firma de su familiar, el expresidente, en particular, en el protocolo de la Notaría 10, entonces de la titularidad de don Francisco Lozano Noriega, y que, en consecuencia, era nulo el supuesto poder contenido en el instrumento impugnado.
Inclusive, Guillermo López Portillo publicó en el periódico Reforma del 22 de febrero de 2001 referencias a esa imaginaria suplantación. Entones yo era presidente del Consejo del Colegio de Notarios y respondí con otra publicación en el mismo medio; me fue censurada por algunos colegas. Ciertamente pude haber hecho mal, pero tuve la conciencia tranquila al tratarse de una causa justa, y no me hice eco de actitudes medrosas o timoratas, a veces observadas en el gremio. Según esos colegas, estaba enfrentando al notariado con una familia muy poderosa, pero en realidad, la acusación al notario no era sólo injusta, sino ridícula.
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Pasado el tiempo, en alguna etapa procesal, don José López Portillo rectificó la osadía de su familiar en el suceso; reconoció su firma y se disculpó con el notario víctima de la infamia. No veo cómo, desde cualquier ángulo, un notario va a darle cabida en el protocolo a su cargo a la falsificación de una firma, máxime si el otorgante es la persona más conocida.
C) Salvedad y consideraciones complementarias
Las referencias contenidas en el inciso anterior no son para aludir a mis acciones; sólo pretendo destacar la gallardía de nuestro notariado mostrada en esos trances, al defender la integridad de la institución. Ojalá así se respondiera siempre con propios y ajenos; que no haya cabida a favorecimientos por amistad, compadrazgos o imposiciones oficiales. Según recordamos, conforme al ordenamiento que nos rige, al notario le está prohibido “actuar con parcialidad en el ejercicio de sus funciones y en todas las demás actividades que esta ley le señala” (artículo 47-I).
3. A PROPÓSITO DE LOS EXÁMENES
La instauración del examen de oposición, como único medio de acceso al ejercicio de la función notarial en la Ciudad de México, dispuesto a partir de la ley de 1945, ha rendido grandes beneficios, especialmente en la prestación del servicio notarial, pues garantiza que los notarios tengan la preparación requerida para la prestación de un servicio que resulta de lo más solvente. El notariado de la entidad goza de una categoría y de una calidad reconocidas por la comunidad destinataria y requirente del servicio. Lo mismo ocurre con las autoridades, dado el apoyo prestado por los notarios en conocimientos y asesoría al sector oficial … cuando éste se deja; y en tercer término, favorece también a los propios notarios, por haber accedido al ejercicio de la función con el acervo de conocimientos necesarios para un buen desempeño de la misma.
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Es de recordar que dos de los afanes primordiales del notariado latino son la conservación y la perfección del documento notarial.
El primero de tales afanes trae consigo la perennidad de los instrumentos de un protocolo; su encuadernación, conservación en términos de ley bajo la respectiva custodia, el depósito definitivo en el Archivo General de Notarías y, además, los lineamientos legalmente dispuestos para su preservación, tal cual es, por ejemplo, el uso de procedimientos de escritura o impresión firmes e indelebles (artículo 86).
La perfección del documento, por su parte, atiende a todos los aspectos relacionados con el instrumento, y admite ser observado desde diversos ángulos, pero con independencia de cualquier otro, la perfección jurídica es fundamental y su logro corre a cargo y es de la responsabilidad del notario. Entre sus manifestaciones está que los otorgantes de la escritura sean quienes dicen ser y estén legitimados para ese otorgamiento; que las personas cuenten con el reconocimiento legal a sus posibilidades personales de actuación; que el bien objeto del acto hecho constar en la escritura sea inequívoca y satisfactoriamente identificado. En fin, que el acto hecho constar sea un acto sano, válido, eficaz y vigoroso; blindado contra los embates procesales y de fondo, esgrimidos por todos quienes, casi invariablemente, buscan no cumplir con sus compromisos generados por el acto materia del instrumento.
En tales condiciones, limitar en lo posible el acceso al ejercicio de la función notarial, a personas con la preparación profesional requerida, ha sido preocupación constante de la Unión Internacional del Notariado. Por una parte, para ejercer adecuadamente la función se necesitan tantos conocimientos e información legislativa que permitan calificar adecuadamente la procedencia o improcedencia de un asunto, con preparación vasta no sólo en lo notarial, sino en muchas otras disciplinas. Requiere igualmente una práctica bien estructurada. Ya me decía don Octavio Hernández que no se imaginaba al mejor abogado litigante, pero carente de experiencia en lo notarial, amanecer por primera vez, sentado en el sillón del escritorio de un notario.
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Precisamente, la herramienta más útil y efectiva para garantizar la perfección jurídica del instrumento notarial es el examen de oposición. Sobran razones para ello. Lo mismo la confianza generada por tener como orientador legal a una persona capaz, quien seguramente no improvisará. Además, se triunfa en el examen después de muchos sacrificios personales, familiares, horas de estudio, por mencionar algunos, lo cual razonablemente trae consigo que quien lo logra, cuida con esmero especial su patente y no la pone en riesgo por ignorancia profesional.
En la Ciudad de México los frutos son evidentes. El notariado local ha alcanzado posiciones de primer orden en los estándares internacionales, se ha codeado con los notariados de gran prestigio, como el español y el argentino; la ley del año 2000 fue reconocida por la Unión Internacional del Notariado como un documento de gran calidad y fue traducida a varios idiomas. Así, la categoría de nuestro notariado es evidente.
Sin embargo, convengamos en que todo es perfectible y el sistema de nuestros exámenes no está exento. Buscar toda la claridad posible en los planteamientos de los temas escritos; conocer la opinión y solución del colega que presenta un caso a la comisión competente; la reunión y la deliberación a conciencia de los miembros del jurado en busca del consenso respecto de la mejor solución al tema planteado; tomar en cuenta en la redacción de la solución escrita, no sólo la respuesta de fondo, sino también los términos usados en el texto, por poner éstos de manifiesto el uso adecuado de la terminología jurídica, tanto general como notarial en concreto. Nadie, en lo individual, puede sentirse dueño de la verdad, sólo si está delirando; precisamente por ello el jurado es conformado por cinco integrantes.
En cuanto al examen oral, especialmente el tenido lugar en una oposición, es de considerarse que de cada respuesta del sustentante a cualquier planteamiento que se le haga, se desprende no sólo que sabe o no acerca del tema de que se trate, sino más bien, debe colegirse de ello que su respuesta traerá consigo cómo es que será su solución en la redacción de un instrumento, es decir, que dicha redacción será con la aplicación de sus conocimientos vertidos en el examen oral.
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Todo lo anterior abona a no atribuir en todo caso un cincuenta por ciento al examen escrito y el otro cincuenta por ciento al oral. El porcentaje aplicable a uno y otro deberá decidirse por el jurado examinador, y no indiscriminadamente de antemano, por mitad como valor entendido.
Además, los examinadores siempre debemos tener presente nuestra pretensión de conocer el acervo de conocimientos del sustentante; no la medida de su ignorancia, pero parece que, en ocasiones, un sinodal exhibe lo que de un tema ignora el sustentante, al insistir en lo mismo a pesar de haber el examinando reconocido su ignorancia sobre la cuestión, y en realidad, lo que el examinador pretende es dejar marcado lo que aquél no sabe y sobre todo que él sí lo sabe.
En ocasión de un viaje a Europa en el año 2000, presencié tres o cuatro exámenes orales, en una oposición para notarías vacantes en España; ello me permitió adentrarme en la dinámica de las pruebas correspondientes, porque fui atendido con toda amabilidad por los directivos del Colegio de Notarios de Cataluña, con sede en Barcelona, organizadores entonces de la oposición en turno.
Adquirí dos o tres experiencias, muy interesantes en mi concepto, tanto respecto de los exámenes escritos como de los orales.
Como se sabe, en toda España existe un solo notariado, sin perjuicio de la instauración de un colegio por cada comunidad. A cualquier oposición suelen inscribirse decenas de participantes; en el caso, se me informó que los inscritos habían sido cerca de ochenta; no se requiere ser antes aspirante, pues al tratarse de una oposición abierta, cualquier abogado puede inscribirse. En la oposición hay cinco pruebas: dos o tres escritas y dos o tres orales. Presencié estas últimas. Según recuerdo, son cinco sinodales; dos notarios, un registrador y dos funcionarios de gobierno. El sustentante saca una ficha con temas salteados de todas las disciplinas aplicadas en el ejercicio de la función, y goza de cierto tiempo, el suficiente, para exponer lo que sepa de todos los temas contenidos en la ficha; en todo caso cronómetro en mano. Los
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sinodales no hablan; le dejan expresarse sin interrumpirlo y al final lo califican. A propósito, le comenté al presidente catalán cómo eran nuestras pruebas orales; respondió que así las hacía el notariado español en el siglo XIX, pero al quedar convencidos de la subjetividad de ese método, lo habían abolido.
En cuanto al examen escrito, nuestro colega barcelonés me explicó que ellos sí toman en cuenta aspectos como el uso de la terminología jurídica en general y particularmente notarial; la calidad de la redacción, en fin, no simplemente se limitan a la solución, a rajatabla, del planteamiento principal, opinable las más de las veces.
Me narró que las oposiciones solían ser por tres, cuatro o cinco notarías; las pruebas eran, si no me equivoco, la solución por escrito de un caso de consulta, el examen oral, no recuerdo como es una tercera, para concluir con la redacción de un instrumento, tal como lo hacemos nosotros, pero me aclaraba que si bien eran tantos sustentantes, los que iban punteando, según las notarías en oposición, salvo imponderables, antes de ese último examen escrito, ya podían considerarse notarios porque “para la redacción de una escritura puede haber varias soluciones igualmente válidas”.
Por lo tanto, no está de más afinar la dinámica de nuestros exámenes para así, además de conservar su gran riqueza ya probada, mejorar y pulir los resultados tanto como se considere necesario.
4. NUESTRO COLEGIO
A) Mi actuación gremial
Como saben, el Colegio de Notarios de la Ciudad de México cuenta con gran historia y abolengo. Se fundó hace más de doscientos años y siempre ha permanecido erguido, a la altura de la importancia que la institución del notariado ostenta, sea cual fuere el ángulo de observación.
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La finalidad de estas líneas es dejar constancia de mis experiencias como miembro del Colegio de Notarios; no pretendo detallar su devenir histórico.
Me hice notario en julio de 1973 al haber ganado la oposición para la notaría 140 e inicié funciones en noviembre del mismo año. Fui consejero en los bienios de Eugenio Ibarrola Santoyo, Manuel Borja Martínez, Alejandro Soberón Alonso y Adrián Iturbide; además, presidí su Consejo en el bienio 2000-2001.
Formar parte de la representación gremial siempre es enriquecedor. Se conoce más al notariado, a los colegas, a las autoridades y en general a cuanto aspecto se relaciona con nuestra función. Hace alcanzar una visión mayor de cuanto aspecto nos rodea, la que está fuera del alcance del notario que vive alejado del Colegio.
Además, es satisfactorio tener la oportunidad de servir al gremio y al Colegio con su representación y administración. Claro, servir a uno y a otro, no que te sirvan.
La presidencia del Consejo del Colegio es una actividad especial. Todo aquel que ostenta el cargo lo hace con la mejor intención. Bajo cualquier circunstancia, el presidente ve por los intereses gremiales, por defender la institución de los embates privados, informativos, del sector público; la defensa de los colegas en términos y por las razones establecidas en la Ley del Notariado.
Ciertamente la función de consejero, y en especial la de presidente del Consejo, dan condiciones de cercanía con las autoridades locales y federales. Probablemente la intención de otros colegas que ejercieron la presidencia, entre las razones para aceptar dicho cargo fuera la búsqueda de ese acercamiento, lo cual es válido, siempre y cuando su medida sea, con independencia a los beneficios personales, que prevalezcan los intereses del Colegio. Estoy seguro del apego inquebrantable de los consejeros en turno, que pretenden velar por nuestros intereses.
En cuanto a mi participación en los Consejos señalados, creo haber quedado a deber durante la presidencia de Adrián
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