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LA REFUNDACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA Y LA NUEVA CENTRALIDAD ESTATAL


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH MARÍA JOSÉ AÑÓN ROIG

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

ANA CAÑIZARES LASO

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

JORGE A. CERDIO HERRÁN

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

EDUARDO FERRER MAC-GREGOR POISOT

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

OWEN FISS

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

JOSÉ ANTONIO GARCÍA-CRUCES GONZÁLEZ

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

LUIS LÓPEZ GUERRA

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

ÁNGEL M. LÓPEZ Y LÓPEZ

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

MARTA LORENTE SARIÑENA

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

JAVIER DE LUCAS MARTÍN

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

VÍCTOR MORENO CATENA

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

FRANCISCO MUÑOZ CONDE

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

ANGELIKA NUSSBERGER

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia

HÉCTOR OLASOLO ALONSO

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

LUCIANO PAREJO ALFONSO

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

TOMÁS SALA FRANCO

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

IGNACIO SANCHO GARGALLO

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

TOMÁS S. VIVES ANTÓN

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

RUTH ZIMMERLING

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


LA REFUNDACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA Y LA NUEVA CENTRALIDAD ESTATAL

AINHOA LASA LÓPEZ MIGUEL ÁNGEL GARCÍA HERRERA GONZALO MAESTRO BUELGA Coordinadores

tirant lo blanch Valencia, 2022


Copyright ® 2022 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

© Ainhoa Lasa López Miguel Ángel García Herrera Gonzalo Maestro Buelga

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es DEPÓSITO LEGAL: V-3844-2021 ISBN: 978-84-1397-978-6 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


La presente monografía se enmarca dentro del proyecto de investigación, “Estado económico, capitalismo financiarizado, Constitución, Gobernanza (DER-2017-84562-P)”, financiado por: FEDER/Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades-Agencia Estatal de Investigación. IP: Miguel Ángel García Herrera.


Índice La reforma radical de los tratados como exigencia del constitucionalismo social AINHOA LASA LÓPEZ

I. INTRODUCCIÓN.................................................................................

14

II. REVISANDO LOS RELATOS DE LA DIALÉCTICA ECONOMÍA DE MERCADO-JUSTICIA SOCIAL DURANTE LA GESTIÓN DE LA INTEGRACIÓN A TRAVÉS DE LA CRISIS.......................................

21

III. LA EUROIZACIÓN COMO PROCESO DE CUALIFICACIÓN DEL PROYECTO DE LA CENTRALIDAD DEL MERCADO....................

45

IV. LAS FUERZAS POLÍTICAS EN EL PROCESO DE EUROIZACIÓN..

64

V. COVID-19 Y ORDEN JURÍDICO EUROPEO: LA GESTIÓN SUPRANACIONAL DE LA PANDEMIA EN EL MARCO DE LA CONSTITUCIÓN MATERIAL DE LA UNIÓN...............................................

77

VI. LAS DIFICULTADES PARA LA MATERIALIZACIÓN DE UNA REFORMA RADICAL DEL ACTUAL PROYECTO................................

99

VII. LA IDENTIFICACIÓN DE UN MARCO TEÓRICO-CONSTITUCIONAL COMO DECISIÓN ORGANIZATIVA DEL NUEVO SISTEMA.................................................................................................

117

VIII. BIBLIOGRAFÍA................................................................................

129

Un’Europa senza Carta. Brevi considerazioni sullo smarrimento costituzionale dell’UE CLAUDIO DE FIORES

1. PREMESSA...........................................................................................

137

2. LIMITI E CONTRADDIZIONI DELL’INTERPRETAZIONE HABERMASIANA SULLA COSTITUZIONE EUROPEA........................

138

3. IL PRIMATO TECNOCRATICO E LE ILLUSIONI DI UNA COSTITUZIONE SENZA POPOLO..............................................................

139

4. IL LIBERISMO QUALE MATRICE ECONOMICA DEL PROCESSO DI INTEGRAZIONE UE....................................................................

143

5. DAL FISCAL COMPACT ALLA REVISIONE DELL’ART. 81 COST....

147

6. RIFERIMENTI BIBLIOGRAFICI..........................................................

151


10

Índice

La Ragione Totalitaria. Neoliberalismo e legittimazione dell’Unione ANTONIO CANTARO

1. LEGITTIMAZIONE PER RISULTATI E MISTICA DELLA PERFORMANCE..............................................................................................

153

2. L’UOMO NEOLIBERALE....................................................................

155

3. TEORIA DEL CAPITALE UMANO.....................................................

157

4. ANTROPOLOGIA DELL’IMPRENDITORE DI SÉ..............................

160

5. DEONTOLOGIA DELLA COMPETITIVITÀ.......................................

162

6. L’ISTITUZIONALIZZAZIONE DELLA LEGITTIMAZIONE PER RISULTATI..............................................................................................

164

7. GOVERNANCE BY EXPERTISE, BY LAW, BY NUMBERS.................

166

8. CHE FARE? CERCHIAMO, CERCHIAMO ANCORA........................

169

9. RIFERIMENTI BIBLIOGRAFICI..........................................................

170

Las precondiciones para la recuperación del espacio constitucional estatal GONZALO MAESTRO BUELGA

1.INTRODUCCIÓN.................................................................................

173

2. LA FORMA GLOBAL DE MERCADO COMO CRISIS DE LA CONSTITUCIÓN DEMOCRÁTICO SOCIAL..............................................

176

3. VÍNCULO EXTERNO Y CRISIS CONSTITUCIONAL.......................

178

4. EL FIN DEL PARADIGMA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO SOCIAL...................................................................................................

182

5. SOBERANISMO Y RECUPERACIÓN DEL CONSTITUCIONALISMO ESTATAL.....................................................................................

185

6. CAPITALISMO FINANCIERO GLOBAL Y CONSTITUCIÓN MATERIAL DE LA FORMA GLOBAL DE MERCADO..........................

188

7. LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES, GLOBALIZACIÓN FINACIERA Y DISCIPLINA DE LOS ESTADOS........................................

189

8. LA UNIÓN EUROPEA COMO ESPACIO NORMATIVO DE DESCONSTITUCIONALIZACIÓN DEL ESTADO...................................

193

9. SOBERANISMO VERSUS RUPTURA DE LA FORMA GLOBAL DE MERCADO.........................................................................................

197

10. LA REFUNDACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA...............................

199


11

Índice

Italexit. Trasformazione del vincolo europeo e sovranità condizionata FEDERICO LOSURDO

1. L’EQUILIBRIO ORIGINARIO TRA VINCOLO EUROPEO E SOVRANITÀ NAZIONALE....................................................................

205

2. TORSIONE NEOLIBERISTA E SOVRANITÀ CONDIZIONATA........

207

3. LO STATO COMMERCIALE EUROPEO ALLA PROVA DELLA BREXIT..............................................................................................

211

4. L’ITALEXIT NELLA DIMENSIONE COMUNITARIA........................

216

5. L’ITALEXIT NELLA DIMENSIONE COSTITUZIONALE..................

219

6. LE VIRTÙ DIMENTICATE E ANCORA ATTUALI DEL “DOPPIO VINCOLO”.........................................................................................

222

Estado y soberanía en la nueva fase de acumulación: entre crisis de la integración europea y la reconstrucción del espacio global MIGUEL ANGEL GARCÍA HERRERA

1. INTRODUCCIÓN................................................................................

225

2. NORMALIZAR LA SOBERANÍA........................................................

229

3. EUROPA Y LA UNIÓN EUROPEA......................................................

244

4. SOBERANÍA DEL ESTADO Y “SOBERANÍA” DE LA UNIÓN EUROPEA................................................................................................

258

5. CONCLUSIONES.................................................................................

270


La reforma radical de los tratados como exigencia del constitucionalismo social AINHOA LASA LÓPEZ

Profesora de Derecho Constitucional. Universidad del País Vasco (UPV/ EHU), ainhoa.lasa@ehu.eus.

“El esquema de Fourier de transformar, mediante un sistema de falansterios [comunidades autosuficientes], el agua de todos los mares en sabrosa limonada fue una idea fantástica, por cierto. Pero cuando Bernstein propone transformar el mar de la amargura capitalista en un mar de dulzura socialista volcando progresivamente en él botellas de limonada social reformista, nos presenta una idea más insípida, pero no menos fantástica”. Rosa Luxemburgo. Reforma o Revolución.

Sumario: I. Introducción. II. Revisando los relatos de la dialéctica economía de mercadojusticia social durante la gestión de la integración a través de la crisis. 1. La crisis de racionalidad del Eurosistema y su corrección. 1.1. El blindaje del proyecto político neoliberal. 1.2. La solidaridad condicionada. 2. La crisis estructural del proyecto de integración. III. La euroización como proceso de cualificación del proyecto de la centralidad del mercado. 1. Génesis de la constitución material del poder supranacional de mercado. 2. Evolución cualitativa de la constitución material del poder supranacional de mercado: del proceso europeizador al proceso euroizador. IV. Las fuerzas políticas en el proceso de euroización. 1. Los condicionantes del sistema político supranacional a la supervisión macrosocial. 2. La Conferencia sobre el Futuro de Europa y los déficits sintónicos de la deliberación articulada en torno a la legitimidad económica. V. Covid-19 y orden jurídico europeo: la gestión supranacional de la pandemia en el marco de la constitución material de la Unión. 1. El acomodo centrípeto de las medidas de gasto deficitario nacionales: el recurso al endeudamiento (paquete de préstamos) y la relajación monetaria temporal. VI. Las dificultades para la materialización de una reforma radical del actual proyecto. 1. La hegemonía supranacional del neoliberalismo. 2. La adhesión de las élites políticas a la ortodoxia macroeconómica y macrofinanciera en la integración a través de la emergencia sanitaria. VII. La identificación de un marco teórico-constitucional alternativo como decisión organizativa del nuevo sistema. VIII. Bibliografía.


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Ainhoa Lasa López

I. INTRODUCCIÓN El 16 de julio de 2019, la entonces candidata a presidir la Comisión Europea, Ursula Von der Leyden, esbozaba, entre las orientaciones de su agenda política, el objetivo de fortalecer y promover la democracia en la Unión1. Ya en 2017, la otrora Comisión Juncker había señalado, en el Libro Blanco sobre el Futuro de Europa2, la necesidad de restablecer la confianza, promoviendo la adhesión colectiva a la legitimidad del proyecto europeo, mermada por las acciones normativas ejecutadas para salvaguardar la hegemonía del vínculo económico. Los ajustes estructurales de la disciplina del mercado, en su configuración «troikanómica3», han generado toda imposibilidad de activación de mecanismos de recomposición de la desigualdad estructural sustituidos por la lógica monoclase de la disciplina de los acreedores de la deuda soberana. Alcanzada la presidencia, el objetivo se concretó, el 22 de enero de 2020, en la convocatoria de una Conferencia sobre el

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Concretamente, en el punto 6 de su Agenda, Un nuevo impulso a la democracia europea, aspiraba a dar más peso a la ciudadanía de la Unión en los procesos de tomas de decisiones, si bien circunscribe esta legitimidad intencionada a la técnica participativa-deliberativa a implementar en la futura Conferencia. Von der Leyden, U. Mi agenda para Europa. Una Unión que se esfuerza por lograr más resultados, p. 21. Documento disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa. eu/commission/sites/beta-political/files/political-guidelines-next-commission_ es.pdf Reflexiones y escenarios para la Europa de los veintisiete en 2025. COM (2017) 2025 de 1 de marzo de 2017, pp. 12-13. Documento disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/libro_blanco_ sobre_el_futuro_de_europa_es.pdf Expresión empleada por Kinsella, R., Kinsella, M., para significar en qué medida las características estructurales y operativas de la troika eran una ley “en sí misma”. An inflection point in the European Union. En: R. Kinsella, M. Kinsella (eds.). Troikanomics. Austerity, autonomy and existencial crisis in the European Union. Palgrave Macmillan, London, 2018, pp. 1-4. En todo caso, conviene advertir que no compartimos el sentido del término que los autores atribuyen a la forma de gobierno de la crisis institucionalizada en la troika como punto de inflexión de la Eurozona. Desde nuestra perspectiva, lo relevante del concepto es que resulta ilustrativo del tipo de democracia generada por la decisión de sistema de la Unión, la constitución macroeconómica, alejada de la democracia pluriclase del Estado social. En todo caso, retomaremos esta cuestión más adelante.


La reforma radical de los tratados como exigencia del constitucionalismo social

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Futuro de la Unión Europea (UE) que se iniciaría el 9 de mayo de ese mismo año, coincidiendo con la celebración del día Europa4. Sin embargo, la crisis biológica iniciada en la ciudad china de Wuhan y transformada en pandemia global en el mes de marzo de 2020, desplazó la atención de la relegitimación del proyecto europeo a la contención de la propagación del virus y la protección de las economías de la Unión cuyos PIB retrocedieron a mínimos históricos. Concretamente, según la estimación provisional publicada por Eurostat, el 30 de abril de 2020 el PIB de la UE registró en el primer trimestre del año una caída del 3,5% (3,8% en la Eurozona) respecto de los tres meses anteriores, como consecuencia del impacto de las medidas nacionales de aislamiento social y parálisis económica implementadas a partir de marzo para frenar la pandemia de Covid-195. En la misma dirección apuntaban las previsiones del Fondo Monetario Internacional (FMI) que preveían una brusca contracción de la economía mundial del -3% en 2020, particularmente grave en los países del sur de la zona del euro: -10,0% en Grecia, -9,1% en Italia, y -8,0 en España y Portugal6. En este contexto, el objetivo a corto plazo de las instituciones de la Unión fue el de mitigar los efectos de la desaceleración económica. En particular, el 20 de marzo de 2020, la Comisión proponía la activación de la cláusula de salvaguarda del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC), que facilita la coordinación de las políticas presupuestarias en momentos de grave recesión económica, «para responder de forma rápida, enérgica y coordinada a la pandemia del coronavirus»7. Por primera vez, los países del euro, previa aprobación del Consejo, estarían facultados, temporalmente, para relajar el grado de cumplimiento de las reglas fiscales, aumentando su margen de maniobra, en 4

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Dando forma a la Conferencia sobre el futuro de Europa. Comunicado disponible en el siguiente enlace: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ ip_20_89 https://ec.europa.eu/eurostat/documents/2995521/10294708/2-30042020-BPEN.pdf/526405c5-289c-30f5-068a-d907b7d663e6 World Economic Outlook, April 2020: The Great Lockdown, April 2020: https:// www.imf.org/en/Publications/WEO/Issues/2020/04/14/weo-april-2020 Communication from the Commission to the Council on the activation of the general scape clause of the Stability and Growth Pact. Brussels, 20.3.2020 COM (2020) 123 final, pp. 1-3.


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Ainhoa Lasa López

aras a hacer frente al ingente gasto público que conllevaba la ejecución de las medidas de aislamiento social adoptadas. Junto con la relajación del marco presupuestario y las políticas monetarias del Banco Central Europeo (BCE), centradas en programas de adquisiciones masivas de activos, que analizaremos con detenimiento en el quinto apartado, también los Estados miembros (EEMM) han movilizado numerosos recursos para apoyar una demanda colapsada ante el bloqueo económico generado por la pérdida inmediata de producción. Estas acciones, que parecen alejarse de la ortodoxia macroeconómica, han contado con el beneplácito de las autoridades europeas. Sin embargo, lo que aún no se explicitado por parte de estas es si, más allá del paquete de préstamos coyunturales y subvenciones a fondo perdido del instrumento de recuperación8, y de las inyecciones de liquidez del BCE al sector bancario para revitalizar las economías de las empresas y familias, se acabará imponiendo a largo plazo una condicionalidad restrictiva, a través del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) renovado9, siguiendo los dictados, al igual que ocurriera en la crisis sistémica de 2008, de la «razónmundo neoliberal»10. Esto es, si la pandemia servirá de coartada para perpetuar el proceso de euroización del proyecto europeo iniciado en el periodo 2010-2014. A su vez, esta circunstancia ha reavivado el 8

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Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. DOUE núm. 433, de 22 de diciembre de 2020, páginas 23 a 27. Acuerdo por el que se modifica el Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad entre el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República de Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República Italiana, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República Eslovaca y la República de Finlandia. Disponible en: https://www.esm.europa.eu/sites/default/files/esmtreaty-amending-agreement-21_es.pdf Empleamos aquí el significado otorgado por Laval y Dardot al término neoliberalismo, esto es, como un proyecto jurídico político que transciende el mero cambio de paradigma económico de una política económica keynesiana a una política económica neoclásica o neoliberal. Laval, Chr. Dardot, P. La pesadilla que no acaba nunca. El neoliberalismo contra la democracia. Gedisa, Barcelona, 2017, p. 11.


La reforma radical de los tratados como exigencia del constitucionalismo social

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debate existente desde los inicios de la Unión Económica y Monetaria (UEM), y agravado tras su reforma, en torno a la necesidad de una política fiscal común para los países miembros de la Eurozona. Se argumenta, a tal efecto, que las trasferencias directas para garantizar la liquidez requerirán de una política fiscal expansiva a largo plazo que solo será posible si desde el Eurosistema se dispone de un estímulo fiscal de coordinación como mecanismo de gestión de la demanda de los países miembros11. Desde esta óptica, y aunque ambas cuestiones, la Conferencia y la pandemia global del coronavirus, puedan parecer tangenciales, lo cierto es que las dos tienen como nexo de unión las carencias estructurales de una decisión de sistema que, instalada desde los años 80 en los marcos de relaciones políticas, sociales, económicas y culturales de las potencias mundiales, y aunque lleva más de una década exhibiendo síntomas de agotamiento, no tiene, por ahora, siguiendo el imaginario del thatcherismo, una alternativa jurídico política viable. Comencemos por los síntomas para luego descender a las evidencias de la ausencia de una opción contrahegemónica. Los primeros, aunque serán objeto de especial atención en el segundo y tercero de los capítulos son, grosso modo: la pérdida de vigencia del relato de la autonomía del mercado frente a la política. Polanyi ya advirtió del artificio teórico del mercado como locus naturalis contraargumentando que, el mercado es una institución política y, como tal, establece relaciones de dependencia con respecto al Estado12. No obstante, en las últimas décadas se han impuesto como dominantes aquellas interpretaciones que 11

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Entre otros: Reichliu, L. «Covid-19 is an opportunity for Europe», Social Europe, 17th March 2020. Disponible en el siguiente enlace: https://www.socialeurope.eu/covid-19-is-an-opportunity-for-europe. Pianta, M., Lucchese, M. «Here we go again: Europe’s inability to face the coronavirus crisis», Social Europe, 20th March 2020. Disponible en el siguiente enlace: https://www.socialeurope. eu/here-we-go-again-europes-inability-to-face-the-coronavirus-crisis. Watt, A. «Welcome but inadequate: European measures to counter the corona crisis», Social Europe, 20th March. Disponible en el siguiente enlace: https://www.socialeurope.eu/welcome-but-inadequate-european-measures-to-counter-the-coronacrisis. Schmidt, V. «The EU responds to the coronavirus: déjà vu all over again?», Social Europe, 23rd March 2020. Disponible en el siguiente enlace: https://www. socialeurope.eu/the-eu-responds-to-the-coronavirus-deja-vu-all-over-again Polanyi, K. La gran transformación. Crítica del liberalismo económico. La Piqueta. Madrid. 1989, pp 228-32 y 321-33.


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sacralizan al mercado autorregulado otorgándole el mérito no solo de no socavar la protección social, sino de favorecer una particular organización de esta protección que la protege de las lógicas de las economías corporativas caracterizadas por la fragmentación y creación de estados dentro de estados13. Sin embargo, incluso en estas lecturas se concibe la esterilidad de los argumentos cuando se identifica a los protagonistas del rescate del colapso de los mercados, los Estados. La interpretación de la crisis del poder global del mercado y de la pandemia del Covid-19 como experiencias que ponen de relieve la centralidad de los Estados que recuperan su autonomía frente a las fuerzas del mercado, obvia el elemento sustancial del neoliberalismo, la necesaria dependencia entre política y mercado en una relación de subordinación de la primera para con el segundo. Al respecto, basta con analizar la normativa europea e internacional adoptada durante la gestión de los denominados shocks asimétricos de la zona del euro a los que se identifica como causantes de la disrupción de las reglas fiscales, omitiendo valorar los componentes endógenos a la zona del euro. Idéntica conclusión se extrae de las medidas de relajación fiscal para la contención de las perturbaciones consideradas, en este caso, como simétricas en las economías del Eurosistema generadas por el coronavirus. El segundo de los síntomas sería el incremento de las desigualdades sociales entre países de la zona del euro y, dentro de estos, entre sus distintos territorios, esto es, la divergencia social intracomunitaria e interterritorial. Las causas, de nuevo, no estarían en el propio diseño

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Paradigmáticas, en este sentido, son las reflexiones de Kjaer sobre los programas de rescate aplicados por la troika. Observa el autor cómo estos tienen como objeto elaborar soluciones generalizadas y generales a cuestiones sociales (pensiones, mercados de trabajo…) que permitan restablecer formal y materialmente un poder público autónomo de las economías corporativas. Autonomía que, precisamente, posibilita una mejora de lo social. No obstante, lo que obvia el autor es que no se reconstruye un poder político autónomo, sino subordinado a la centralidad del mercado que incorpora su propia lógica de funcionamiento y de legitimidad a las estructuras del Estado social destruyéndolas. La legitimidad del mercado desplaza la legitimidad política que solo puede rehacerse dentro de los márgenes del sistema neoliberal. Kjaer, P. «The transnational constitution of Europe’s social market economies: a question of constitutional imbalances?», Journal of Common Market Studies, Vol. 57, núm. 1, 2019, pp. 153-154.


La reforma radical de los tratados como exigencia del constitucionalismo social

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estructural de la UEM, sino en las acciones estatales que no se adecuan a la lógica de la condicionalidad. Por el contrario, partiendo de la premisa de déficit sistemático del Eurosistema, la supranacionalidad que acompaña a la política monetaria, combinada con la intergubernamentabilidad de la política económica, se adecúa a las coordenadas de la constitución material del constitucionalismo de mercado europeo. Esta última se caracteriza por su oposición y contraste con la constitución material del Estado social. De hecho, busca su ruptura. Para ello se dota de mecanismos que garantizan la disciplina de las reformas del mercado, encontrando en la Gobernanza Económica Europea (GEE) su ámbito especial de materialización. De esta manera, la supranacionalidad monetaria y la estatalidad económica pueden leerse como las respuestas política, económica y financiera de la UE a la globalización del neoliberalismo como nuevo constitucionalismo disruptivo del constitucionalismo social. La gobernanza económica y monetaria como principio estructural legitimador del orden de mercado europeo que elimina cualquier opción de intervención, que no de regulación, social y pública en el mercado. Con relación a la falta de respuesta a la ideología del TINA, esta conclusión se alcanza del análisis tanto de la propia configuración de la democracia en el espacio supranacional europeo, como de los programas de las formaciones políticas presentes en el Parlamento Europeo (PE). Respecto a la primera de las causas, se señala como el papel deliberativo que asume el PE en la arquitectura institucional de la UEM, junto con las especificidades que acompañan a la gobernanza financiera de la zona del euro, serían argumentos suficientes para justificar la creación ad hoc de un parlamento para la Eurozona, aunque ello genere un proceso de parlamentarización de geometría variable14. Ciertamente, las técnicas reguladoras desplazan el momento de la redistribución inversa a los parlamentos nacionales que actúan como fedatarios públicos del orden de mercado europeo. No obstante, aunque se trate de una propuesta no exenta de creatividad, para romper con esta lógica institucional no es suficiente con introducir un órgano

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Lionello, L. Does the Eurozone need its own Parliament? Legal necessity and feasibility of a Eurozone parliamentary scrutiny. En: L. Daniele, P. Simone, R. Cisotta (eds.). Democracy in the EMU in the aftermath of the crisis. Springer & Giapichelli, 2017, DOI 10.1007/978-3-319-53895-2, pp. 186-193.


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Ainhoa Lasa López

cuyas funciones no podrán alcanzar las propias del control y conflicto de los parlamentos pluriclase, principalmente, porque el centro del sistema impone la representación monoclase de los intereses del mercado. De ahí que se imponga la necesaria reforma radical de los Tratados apuntada en el título de la presente reflexión. En segundo lugar, la inacción se sitúa en la propia inexistencia de partidos políticos supranacionales, lo que reproduce el momento del gobierno débil del mercado. La lógica tradicional de la alternancia de los polos se ve desplazada por la de los europartidos, definidos como endebles plataformas de carácter instrumental e indirecto que únicamente sirven para coordinar partidos nacionales más o menos afines ideológicamente y recibir financiación, a pesar de su nominal estructura federal15. Pero, sobre todo, es en la estructuración del espacio público de las políticas económica y social de la UE donde las posiciones de los grupos existentes en el PE reproducen las propias dinámicas de la decisión de sistema sin cuestionar su vigencia y viabilidad. La adhesión mayoritaria al actual proyecto de integración es incontestable, como veremos en el sexto de los apartados, a pesar de las aparentes divisiones materializadas en líneas de conflicto de naturaleza funcional, normativa y territorial centradas, principalmente, en cuestiones soberano-identitarias y de solidaridad macroeconómica16 que, sin embargo, se articulan desde la lógica de la centralidad del mercado. El grueso de las observaciones realizadas hasta el momento materializa, a grandes rasgos, la tesis central que trataremos de desarrollar a lo largo del presente trabajo: por qué se impone una reforma radical de los Tratados como exigencia del constitucionalismo social cuando el proyecto europeo surgió, precisamente, como reacción al vínculo social del gobierno de la economía de este tipo de constitucionalismo. El correspondiente hilo argumental se articulará en torno a los siguientes contenidos: la atribución de la responsabilidad de la crisis 15

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Rodríguez-Aguilera de Prat, C. Los partidos políticos a escala europea. En: C.A. Castro-Conde, L. Bouza García (eds.). Política de la Unión Europea. Crisis y continuidad. Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), Madrid, 2019, p. 118. Vesan, P., Corti, F. «New tensions over Social Europe? The European Pillar of Social Rights and the Debate within the European Parliament», Journal of Common Market Studies, Vol. 57, núm. 5, 2019, p. 980.


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