

NUEVAS TECNOLOGÍAS, DERECHOS HUMANOS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA
I Encuentro de Estudiantes de Doctorado en Derecho del Trabajo de la Universidad de Salamanca
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.
Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)
Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional
Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité:
Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
Procedimiento de selección de originales, ver página web:
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NUEVAS TECNOLOGÍAS, DERECHOS HUMANOS Y NEGOCIACIÓN
COLECTIVA
I Encuentro de Estudiantes de Doctorado en Derecho del Trabajo de la Universidad de Salamanca
WILFREDO SANGUINETI RAYMOND
Director
KATTY CABALLERO SEGA
ALEJANDRA PIREZ LEDESMA
LUCAS ISAAC SOARES MESQUITA
Coordinadores
tirant lo blanch
Valencia, 2023
Copyright ® 2023
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Colectivo de autoresII.
PALABRAS INICIALES
Este libro es el resultado de una iniciativa singular, puesta en marcha por los alumnos de la línea de investigación en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social del Doctorado en Administración, Hacienda y Justicia en el Estado Social de la Universidad de Salamanca con el propósito de intercambiar ideas, compartir experiencias en torno a sus temas de investigación doctoral, superando las limitaciones impuestas por la crisis sanitaria y el carácter individualizado, además de no presencial y discontinuo, que caracteriza esta clase de estudios en España.
La propuesta, en cuya base se encuentra la inestimable labor animadora del profesor Lorenzo Lujosa Vadell, coordinador del referido Doctorado, consistió en la celebración de dos sesiones de trabajo en las que los participantes presentasen y debatiesen con sus compañeros, así como con quien escribe estas líneas, en torno a las materias sobre las cuales venían investigando y su posible desarrollo en las siguientes etapas, hasta concluir con la presentación de sus tesis doctorales. El I Encuentro de Doctorandos en Derecho del Trabajo de la Universidad de Salamanca se celebró, así pues, los días 1 y 2 de marzo de 2021, de manera virtual, no solo debido a la singularidad del momento que vivíamos entonces, sino a la gran diversidad de las localizaciones geográficas de su participantes, situados nada menos que en siete países distintos, en especial de América Latina, como es habitual tratándose de una actividad tan internacionalizada como los estudios de doctorado en nuestra universidad.
La celebración de este encuentro permitió, antes que nada, confirmar la utilidad de esta clase de actividades, de un claro carácter inno-
“La única alegría en el mundo es comenzar”
Cesare Pavese, El oficio de vivir (1957)Wilfredo Sanguineti Raymond
vador, basadas en la construcción de un espacio formativo transversal, centrado en la puesta en común de conocimientos y perspectivas sobre el aprendizaje de la difícil tarea de investigar. A la vez, sirvió para poner de manifiesto aquello que, más allá de los distintos argumentos que fueron presentados por los participantes, tiene en común la línea de investigación en la que participan, que se alimenta de la singular aproximación al Derecho del Trabajo que identifica a la escuela laboralista del estudio salmantino. Una aproximación que se caracteriza, como he tenido la ocasión de destacar en más de una oportunidad, por trascender del mero análisis exegético de las instituciones según aparecen plasmadas en el ordenamiento positivo, para tomar en consideración igualmente los factores históricos, económicos, sociales, políticos, tecnológicos y productivos que influyen en su configuración, así como el impacto del sistema de valores y principios recogido por las normas constitucionales. Lo cual supone, por cierto, trascender la concepción del jurista, y en particular del jurista académico, como un técnico neutro, cuyo rol se limita a explicar lo que las normas dicen, para asumir el papel de un sujeto crítico, al que corresponde también el análisis de la legitimidad de los intereses protegidos por las normas, la valoración de la efectividad de sus soluciones y la formulación de propuestas de nuevos esquemas y modelos reguladores.
El entusiasmo generado por esta inédita puesta en común determinaría que, lo que inicialmente iban a ser solamente dos reuniones de intercambio y debate, se transformase en un cohesionado grupo de trabajo que, bajo la coordinación de Katty Caballero Sega, Alejandra Pirez Ledesma y Lucas Isaac Soares Mesquita, avanzaría en la transformación de las que originalmente fueron ponencias del seminario en los seis artículos reunidos en esta obra, a través de los cuales otros tantos participantes en nuestro Doctorado presentan a la comunidad científica sus avances de investigación.
Los temas elegidos, articulados en torno a tres ejes, representados por el impacto de las nuevas tecnologías y la revolución 4.0 en los derechos laborales individuales y colectivos, los derechos humanos y el trabajo decente y la negociación colectiva como derecho y como instrumento regulador, así como su enfoque, permitirán a quienes se aproximen a la lectura de este libro advertir hasta qué punto la aproximación realista y crítica que caracteriza nuestra visión del Derecho del Trabajo se encuentra presente y tiene continuidad en los estudios
incluidos en él, todos los cuales tratan de ir del problema al sistema y de la realidad a la norma, y no a la inversa, como es nuestro sello intelectual, para proponer respuestas a problemas reales de las sociedades en las que viven. Anticipándonos así las claves de los que, en un futuro que esperamos no sea muy lejano, constituirán sus definitivos trabajos de doctorado.
De allí que me llene de satisfacción presentar esta obra, fruto del genio y el entusiasmo de nuestros doctorandos de las dos orillas de ese océano que nos une, con la confianza de que en ellos está representado el porvenir de nuestra escuela laboralista. Y de que representará el punto de partida de carreras universitarias muy fructíferas, que continuarán y proyectarán hacia el futuro la vocación humanista y la preocupación social que han caracterizado a la Universidad de Salamanca y sus académicos de Derecho del Trabajo.
PRESENTACIÓN
Celebrado virtualmente los días 1 y 2 de marzo de 2021, el I Encuentro de Doctorandos de Derecho del Trabajo de la Universidad de Salamanca reunió a investigadores de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, España, Perú y Uruguay con el objetivo de presentar el estado de sus trabajos y promover un intercambio de ideas entre ponentes y asistentes, bajo la dirección académica del profesor Wilfredo Sanguineti Raymond, Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Salamanca, a quien expresamos nuestro reconocimiento. Asimismo, agradecemos al profesor Lorenzo Bujosa Vadell, coordinador del Programa de Doctorado en Administración, Hacienda y Justicia en el Estado Social el impulso y el apoyo para la realización de esta publicación colectiva.
Este libro representa una muestra de los avances de investigación de la línea de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. En ella se abordan tres ejes de estudio, dentro de los cuales se encuentran repartidos seis artículos. La obra concluye con un artículo ofrecido por el profesor Sanguineti, titulado “El test de laboralidad y la dialéctica de los indicios de subordinación y autonomía”, en el que reflexiona sobre la actualidad y el futuro de esta importante herramienta metodológica de nuestra disciplina.
La obra cuenta con tres secciones, llevando la primera por título “Nuevas tecnologías y revolución 4.0”. En ella, Gastón López Argonz analiza en el artículo “Reconversión de empresas y recualificación laboral en la Revolución 4.0” los impactos de la fragmentación y la automatización, consideradas como las principales características del nuevo modelo productivo que emerge de la Revolución 4.0, en las relaciones de trabajo. En este marco, el autor destaca el rol fundamental que deben ocupar el Derecho del Trabajo y los actores sociales en este proceso integral de transformación global. A continuación, Ana García García, en el artículo “La introducción de las nuevas tecnologías en la organización de
la empresa: apuntes sobre la relación entre inteligencia artificial y acción colectiva”, pone de relieve cómo la introducción de la inteligencia artificial en la organización de la empresa está teniendo un impacto innegable en la supervivencia de instituciones básicas del Derecho del Trabajo. Especialmente, en el derecho de libertad sindical, cuya dimensión funcional se está enfrentando a los retos derivados de la automatización, la digitalización y la gestión laboral a través de las distintas manifestaciones de la inteligencia artificial, que individualizan las relaciones laborales y dificultan el ejercicio de los derechos colectivos.
En la segunda sección, denominada “Derechos humanos y trabajo decente”, tenemos el artículo “Trabajo esclavo contemporáneo de migrantes en Brasil: un análisis del papel de la gobernanza internacional”, en el cual Lucas Isaac Soares Mesquita explora, a partir de la exposición del concepto de esclavitud contemporánea, cómo esta se manifiesta en Brasil, que fue el último Estado americano en abolir esta lacra en el siglo XIX y el que más importó trabajadores esclavizados entre los siglos XVI y XIX. El foco principal del texto es la esclavización de los trabajadores migrantes nacionales y extranjeros en el país. Para ello observa las medidas de gobernanza internacional consideradas fundamentales para la erradicación de la esclavitud contemporánea, reflexionando sobre el papel de los agentes del Derecho interno e internacional en ese proceso. Víctor Malpartida Castillo presenta inmediatamente después el artículo “El desarrollo de la justiciabilidad directa de los derechos humanos laborales: un desafío para el sistema interamericano de los derechos humanos”, que gira en torno al problema crucial de la protección directa –y no indirecta– de los derechos humanos laborales dentro del marco de actuación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto implica plantearse su justiciabilidad directa y su efectivización.
Por último, en la tercera sección, denominada “El espacio de la negociación colectiva”, Katty Caballero Sega presenta el artículo “El deber estatal de fomento de la negociación colectiva en el Perú”, donde analiza los alcances del deber del Estado de fomento de la negociación colectiva en este país. Para ello desarrollados ejes, que no agotan el contenido de este deber establecido en la Constitución Política del Perú, pero que son manifestaciones fundamentales de él: el deber de negociar colectivamente y el deber de delimitar y fortalecer los sujetos
Presentación
negociales. Finalmente, Alejandra Pirez Ledesma, en su artículo “El rol de la negociación colectiva y los representantes de los trabajadores en la regulación del consumo de alcohol y drogas en la empresa”, aborda la negociación colectiva sobre la materia, realizando un repaso de los convenios suscritos en Uruguay en el ámbito de los Consejos de Salarios, con el fin de sintetizar las distintas soluciones y cláusulas adoptadas. Asimismo, se refiere al rol de los representantes de los trabajadores en la regulación de esta temática.
Esperamos que la publicación de esta obra colectiva sirva de impulso para la realización de nuevas investigaciones en la línea del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social dentro de nuestra Universidad.
Salamanca, 20 de mayo de 2022.
KATTY CABALLERO SEGA
ALEJANDRA PIREZ LEDESMA
LUCAS ISAAC SOARES MESQUITA (Coordinadores)
I. NUEVAS TECNOLOGÍAS Y REVOLUCIÓN 4.0
RECONVERSIÓN DE EMPRESAS Y RECUALIFICACIÓN LABORAL EN LA REVOLUCIÓN
4.0
Sumario: 1. Introducción. 2. La revolución 4.0 como contexto mundial. 2.1. La fragmentación del proceso. 2.2. La automatización de tareas. 3. El Derecho del Trabajo y su función social. 3.1. El derecho nacional y los límites internos. 3.2. El derecho internacional como marco regulador. 4. La responsabilidad de los actores sociales. 4.1. El Estado como principal obligado. 4.2. La responsabilidad compartida de las personas empleadoras y trabajadoras. 4.3. Los sujetos colectivos y su participación necesaria. 5. Conclusiones. Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN
Para bien, o para mal, los seres humanos tenemos una gran capacidad de adaptación. En términos sociológicos, o psicológicos, la adaptación es el proceso por el cual un individuo, o un grupo colectivo de personas, modifica sus patrones de comportamiento para ajustarse a las normas imperantes en el medio social en que se mueve. Así, a lo largo de la historia, el ser humano ha evolucionado en todos los aspectos de la vida; entre ellos, claro, su modo de producir bienes y servicios.
Claro que estas transformaciones no impactaron de igual forma en todo el mundo; sino que, por el contrario, las diferencias son alarmantes. Tal es así que, para distinguir unos y otros, las diferentes ramas de la
* Abogado y especialista en Derecho del Trabajo por la Universidad de Buenos Aires. Magister en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales por la Universidad de Salamanca (España). Doctorando en Administración, hacienda y justicia en el Estado Social por la Universidad de Salamanca (España). Empleado ante la Justicia Nacional del Trabajo (Argentina).
GASTÓN LÓPEZ ARGONZ* Gastón López Argonzciencia han aceptado diferenciarlos entre países desarrollados y subdesarrollados; para luego, para morigerar la carga negativa de la palabra “subdesarrollados”, pasaron a llamarlos “en vías de desarrollo”. Independientemente del nombre que utilicemos, no hay dudas que las diferencias a nivel internacional son manifiestas.
En lo que hace al mercado productivo, podemos decir que, fruto de la globalización y de las diferentes innovaciones tecnológicas, dos han sido los fenómenos que han marcado el camino hacia el actual modelo de producción mundial. Por un lado, la fragmentación del proceso productivo; y, por el otro, la irrupción de medios digitales y la automatización de tareas por máquinas, robots e inteligencia artificial. A grandes rasgos, y a criterio de quien suscribe, son estos dos fenómenos los que caracterizan el actual modelo de producción a nivel mundial.
Por ello, en las próximas líneas me encargaré de desarrollar diferentes aspectos que merecen una importante consideración al hablar del futuro del trabajo. Para comenzar, haré una breve descripción del estado actual, desarrollando estas dos importantes características, primero la fragmentación del proceso productivo, y luego la irrupción de las nuevas tecnologías y la automatización de tareas. Luego, me centraré en analizar por qué el derecho del trabajo cobra un importante rol en este proceso de transformación, la llamada Revolución 4.0; y qué herramientas cuenta el ordenamiento jurídico para hacer frente a estos cambios. En un cuarto apartado, ya de forma más específica, pondré la lupa sobre la responsabilidad que le cabe a cada uno de los sujetos sociales en esta etapa de transición, como es el Estado, las empresas, trabajadoras y trabajadores individualmente considerados, y los sindicatos. Para terminar, como es habitual, haré algunas conclusiones.
2. LA REVOLUCIÓN 4.0 COMO CONTEXTO MUNDIAL
2.1. La fragmentación del proceso
Cuando hacemos referencia al “modelo clásico de relaciones laborales”, pareciera que estamos hablando de historia, de algo que ha pasado hace muchos años, y de lo que ya no queda nada. Es que, aquel derecho del trabajo clásico, pensado para institucionalizar un conflicto social entre el empresario industrial y sus dependientes, to-