Otras como el ciberacoso, el stalking o el escrache son más recientes pero todas ellas presentan numerosos problemas jurídicos. Los autores de esta obra, jueces, fiscales, profesores y abogados, muchos de ellos miembros del prestigioso Observatorio de Acoso Moral en el Trabajo abordan de manera práctica y rigurosa estos problemas a través de un exhaustivo examen de la jurisprudencia y doctrina existentes.
Luis Lafont Nicuesa (Coord.)
ALTA CALIDAD EN INVESTIGACIÓN JURÍDICA
LUIS LAFONT NICUESA (Coord.) PILAR BARÉS BONILLA ANA MARÍA MARTÍN MARTÍN DE LA ESCALERA GUADALUPE DOS PAZOS BENÍTEZ ANA I. PÉREZ MACHÍO
mobbing, acoso inmobiliario, bullying, stalking, escraches y ciberacoso
Algunas de ellas se producen en el centro de trabajo, en la vivienda, en las unidades militares o en los colegios y se conocen desde hace tiempo.
LOS DELITOS DE ACOSO MORAL:
La lacra del acoso moral presenta en el ámbito del derecho penal múltiples manifestaciones.
monografías
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ESTHER POMARES CINTAS ELVIRA TEJADA CAROLINA VILLACAMPA ESTIARTE JESÚS MANUEL VILLEGAS FERNÁNDEZ
LOS DELITOS DE ACOSO MORAL: mobbing, acoso inmobiliario, bullying, stalking, escraches y ciberacoso Adaptado a la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo
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LOS DELITOS DE ACOSO MORAL: “MOBBING”, “ACOSO INMOBILIARIO”, “BULLYING”, “STALKING”, “ESCRACHES” Y “CIBERACOSO” Adaptado a la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Belén Campuzano Laguillo
Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen M. Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
Luis López Guerra
Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania)
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
LOS DELITOS DE ACOSO MORAL: “MOBBING”, “ACOSO INMOBILIARIO”, “BULLYING”, “STALKING”, “ESCRACHES” Y “CIBERACOSO” Adaptado a la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo
LUIS LAFONT NICUESA Coordinador
PILAR BARÉS BONILLA ANA Mª MARTÍN MARTÍN DE LA ESCALERA GUADALUPE DOS PAZOS BENÍTEZ ANA I. PÉREZ MACHÍO ESTHER POMARES CINTAS ELVIRA TEJADA DE LA FUENTE CAROLINA VILLACAMPA ESTIARTE JESÚS MANUEL VILLEGAS FERNÁNDEZ
Valencia, 2017
Copyright ® 2017 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.
© Luis Lafont Nicuesa y otros
© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-9119-398-2 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.
Índice Abreviaturas.............................................................................................. 13 Presentación general de la obra................................................................. 15
Capítulo I EL BULLYING EN LOS CENTROS ESCOLARES I. INTRODUCCIÓN........................................................................... 19 II. DIFERENTES CLASES DE ACOSO ESCOLAR.............................. 21 III. CONSECUENCIAS DEL ACOSO ESCOLAR................................. 23 IV. PREVENCIÓN DEL ACOSO ESCOLAR........................................ 24 V. EL ACOSO ESCOLAR EN LA DOCTRINA JUDICIAL.................. 25 1. Aspectos sustantivos................................................................... 25 A. Concepto de “bullying”........................................................ 25 B. Bien jurídico protegido......................................................... 25 C. Manifestación de la acción típica: pluralidad de actos leves que en conjunto determinan la gravedad de la conducta....... 26 D. Elemento subjetivo: plan unitario......................................... 28 E. Tipologías............................................................................. 28 F. La presencia del grupo.......................................................... 29 G. Comisión por omisión: responsabilidad penal del director del colegio, tutores o docentes.............................................. 31 2. Aspectos procesales.................................................................... 34 A. Declaración del menor acosado............................................ 34 B. Elementos probatorios periféricos que confirman la versión de la victima......................................................................... 35 C. Otros aspectos procesales..................................................... 38 VI. LA RESPONSABILIDAD CIVIL...................................................... 40 1. Criterios generales...................................................................... 40 2. Responsabilidad civil de los padres............................................. 41 3. Responsabilidad civil del centro escolar...................................... 42 BIBLIOGRAFÍA............................................................................... 45
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Capítulo II PROBLEMÁTICA REGULACIÓN SEPARADA DE LAS MODALIDADES DE ACOSO LABORAL VERTICAL (DESCENDENTE) PREVISTAS EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL I. MODALIDADES DE ACOSO VERTICAL DESCENDENTE EN EL ÁMBITO DE LA RELACIÓN DE TRABAJO REGULADAS EN EL CÓDIGO PENAL....................................................................... 47 1. Consideraciones previas............................................................. 47 2. Elementos comunes de la tipificación de los delitos de acoso laboral vertical previstos en el Código penal (art. 184.2 y 173.1, 2º párr.)...................................................................................... 49 A. Una situación de hostigamiento derivada del ejercicio reiterado de comportamientos despreciativos u hostiles............... 50 B. La vinculación de los comportamientos de acoso a un marco laboral. El prevalimiento de una posición de superioridad laboral.................................................................................. 54 3. La integridad moral del trabajador como bien jurídico............... 55 II. ¿CABRÍA IDENTIFICAR LAS MODALIDADES DE ACOSO LABORAL VERTICAL REGULADAS EN EL CÓDIGO PENAL DENTRO DE LA CATEGORÍA DE TRATO DEGRADANTE........ 63 III. EL ACOSO LABORAL VERTICAL SUBSIGUIENTE AL ACOSO SEXUAL: IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA Y SU RESOLUCIÓN............................................................................................... 70 IV. CONCLUSIONES........................................................................... 73 BIBLIOGRAFÍA............................................................................... 76
Capítulo III EL DELITO DE ACOSO MORAL LABORAL EN LA DOCTRINA DE LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO I. INTRODUCCIÓN........................................................................... 81 II. ÓRGANO JUDICIAL COMPETENTE TERRITORIALMENTE.... 82 III. TIPOS APLICABLES........................................................................ 82 1. Vigencia del tipo general del art. 173.1 CP para castigar el delito de acoso moral........................................................................... 82 2. No aplicación del art. 175 CP al “mobbing” que un funcionario ejerce sobre otro......................................................................... 87 3. Consumición de las amenazas y coacciones en el delito contra la integridad moral......................................................................... 88 4. El acoso sexual y su interrelación con el acoso moral laboral..... 88 A. El acosador sexual transmitió a sus subordinadas que lealtad a la empresa equivalía a mantener relaciones sexuales.......... 89
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B. Reprocha a la víctima un bajo rendimiento laboral, la amenaza con perder derechos económicos, la presiona para que coja el alta aún no constando que está totalmente recuperada......................................................................................... 89 C. El acosado pone fin a una promoción profesional de la acosada o trata de impedirla...................................................... 90 D. Se presiona a la víctima con causarle un perjuicio profesional para un tercero al que la víctima está ligado por vínculos familiares.............................................................................. 91 IV. LA PARTICIPACIÓN: RESPONSABILIDAD POR COMISIÓN POR OMISIÓN............................................................................... 91 1. El acusado tenía una posición de garante que le imponía un deber cualificado de evitar la comisión del delito........................... 92 2. Conocía de manera fehaciente la comisión de hechos delictivos. 92 3. Ejercitando las potestades disciplinarias inherentes a su cargo el acosador podía poner fin a la conducta acosadora..................... 92 4. No desplegó conducta alguna para acabar con el delito............. 93 V. ALGUNOS ASPECTOS PROBATORIOS......................................... 93 1. Prueba testifical.......................................................................... 93 A. El hecho de que los trabajadores hayan sido despedidos no afecta a la credibilidad de su testimonio aún cuando perjudique a la empresa................................................................... 93 B. Los vínculos familiares del testigo con el acosador o el acosado reducen su eficacia probatoria...................................... 94 C. Los testigos deben declarar sobre hechos comprendidos en el periodo temporal en que según el relato del escrito de acusación se ha producido el acoso moral..................................... 94 D. Si se deniega la declaración de un testigo, la parte debe concretar en el acto del juicio las preguntas relevantes que hubiera formulado al testigo..................................................... 95 2. Pericial: Informes médicos.......................................................... 95 A. Una justificación médica suficiente puede determinar que la actual enfermedad psíquica que el acosado tiene diagnosticada obedece al acoso moral y no a otros hechos traumáticos que también se den......................................................... 95 B. Los informes médicos claros y contundentes prevalecen sobre los generales.................................................................... 96 VI. RESPONSABILIDAD CIVIL DIRECTA........................................... 97 1. Conceptos indemnizables........................................................... 97 A. Los perjuicios ocasionados en el ámbito de la relación laboral......................................................................................... 97 B. El daño moral....................................................................... 97 VII. RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA DE LA EMPRESA Y LA ADMINISTRACIÓN................................................................. 100
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1. De la Administración.................................................................. 100 2. De la empresa............................................................................. 101 A. Elementos exigibles:.............................................................. 101 B. Referencia a la culpa in vigilando......................................... 102 VIII. LA PRESCRIPCIÓN........................................................................ 104 1. El delito de acoso moral laboral como delito permanente empieza a contarse desde el último acto acosador................................ 104 2. En el delito de lesiones psíquicas causado como consecuencia del acoso laboral la prescripción comienza a contarse desde que se produzca resultado lesivo........................................................... 105 3. En el delito de acoso laboral en su modalidad de comisión por omisión desde que el sujeto activo cesa en su posición de garante................................................................................................ 106 IX. DEMANDA ANTE LA JURISDICCIÓN SOCIAL Y PRINCIPIO DE NE BIS IN IDEM....................................................................... 106 1. Doctrina general del principio del ne bis in idem........................ 106 2. No hay quiebra del ne bis in idem si la condena en la jurisdicción laboral es a la empresa y no a la persona física........................... 108
Capítulo IV EL DELITO DE ACOSO MORAL EN LAS FUERZAS ARMADAS I. INTRODUCCIÓN........................................................................... 109 II. CONCEPTO Y CLASES DE ACOSO MORAL............................... 110 III. REFERENCIA HISTÓRICA............................................................ 110 IV. REGULACIÓN NORMATIVA Y DELIMITACIÓN CON FIGURAS AFINES.................................................................................... 112 V. BIEN JURÍDICO PROTEGIDO EN EL ART. 106 CPM.................. 120 VI. ELEMENTOS DEL TIPO................................................................ 122 1. La existencia de una relación jerárquica entre el sujeto activo y la víctima.................................................................................... 122 2. Que la conducta del superior llegue a constituir trato degradante................................................................................................ 125 VII. POSIBILIDAD DE APRECIAR LA MODALIDAD DELICTIVA DE COMISIÓN POR OMISIÓN........................................................... 132 VIII. PARTICIPACIÓN DEL EXTRANEUS............................................. 135 IX. DELITO CONTINUADO................................................................ 136 X. DOLO............................................................................................. 138 XI. DAÑOS MORALES........................................................................ 140
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Capítulo V TENDENCIAS EVOLUTIVAS DEL ACOSO INMOBILIARIO I. INTRODUCCIÓN........................................................................... 143 II. CONCEPTO LEGAL....................................................................... 148 III. EL PRINCIPIO DE INTERVENCIÓN MÍNIMA............................ 151 IV. CONDUCTAS TÍPICAS................................................................... 155 1. La difícil relación entre el tipo “social” y “jurídico”................... 155 2. El delito de coacciones en el ámbito del acoso inmobiliario........ 157 3. El delito contra la integridad moral en el ámbito del acoso inmobiliario........................................................................................ 163 V. PERSPECTIVAS DE FUTURO: LA EVOLUCIÓN DEL ACOSO INMOBILIARIO............................................................................. 165 BIBLIOGRAFÍA............................................................................... 171
Capítulo VI LAS CONDUCTAS DE CIBERACOSO EN DERECHO PENAL I. INTRODUCCIÓN........................................................................... 173 II. EL CIBERACOSO: CONSIDERACIONES PREVIAS...................... 176 III. TRATAMIENTO PENAL DEL CIBERACOSO............................... 178 IV. ALGUNAS NOTAS DEFINITORIAS DEL CIBERACOSO.............. 180 V. EL CIBERACOSO EN EL CÓDIGO PENAL.................................. 183 1. El nuevo delito de acoso regulado en el artículo 172 ter del CP.. 183 2. El Sexting................................................................................... 188 3. La suplantación de identidad...................................................... 192 4. Ciberacoso escolar o ciberbullying............................................. 198 5. Acoso Sexual cibernético a menores: childgrooming................... 200
Capítulo VII EL DELITO DE STALKING I. RAZONES PARA LA INCLUSIÓN DEL DELITO DE STALKING EN EL CÓDIGO PENAL ESPAÑOL............................................... 205 II. El proceso de criminalización de este fenómeno delictivo................. 210 III. ¿En qué consiste el stalking?............................................................ 214 IV. CONSIDERACIONES SOBRE EL DELITO EN DERECHO PENAL ESPAÑOL............................................................................... 220 1. ¿Resulta necesaria su inclusión?................................................. 220 2. Cuestiones dudosas relacionadas con el tipo básico del delito.... 227 3. Configuración del tipo cualificado.............................................. 238 4. El nuevo delito y su contexto sistemático: su relación con otras figuras delictivas incriminadoras del género “acoso”.................. 243
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V. Conclusiones.................................................................................... 247
Capítulo VIII ESCRACHES. LA PRETENDIDA LESIÓN A BIENES JURÍDICOS PENALMENTE PROTEGIDOS. UN EJEMPLO DE ATIPICIDAD EN EL CAMINO HACIA LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL I. INTRODUCCIÓN........................................................................... 249 II. DERECHO DE REUNIÓN. APROXIMACIÓN A SU DEFINICIÓN Y LÍMITES............................................................................ 250 1. Breve apunte sobre su definición................................................. 250 2. Límites a su ejercicio.................................................................. 253 A. Límites generales................................................................... 254 B. Conflictos con otros derechos y bienes.................................. 257 C. Síntesis.................................................................................. 258 III. ESCRACHES Y DERECHO PENAL. HACIA LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL................................................. 259 1. Integridad moral, intimidad e inviolabilidad del domicilio.......... 260 A. ¿Posible sanción de los “escraches” vía delitos contra la integridad moral, contra la intimidad y contra la inviolabilidad del domicilio?....................................................................... 262 B. Escraches y derechos fundamentales: ¿colisión con el derecho a la integridad moral, a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio?....................................................................... 265 2. Delitos de amenazas y coacciones............................................... 270 3. Delitos de desórdenes públicos y la previsión del art. 559 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo........................................ 274 A. Delito de desórdenes públicos del art. 557 CP...................... 274 B. Criminalización de los escraches a través del artículo 559 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo.............................. 276 IV. INTERVENCIÓN DEL DERECHO PENAL FRENTE A LOS ESCRACHES. EL CAMINO HACIA LA CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL.................................................................. 280 BIBLIOGRAFÍA............................................................................... 282
ABREVIATURAS AAP: CE: CP: CPM: INCIBE: LCM: LEBEP: LORPM: TC: Tics: TEDH: TSJ.: SAP: SJP: STC: STS:
Auto de la Audiencia Provincial. Constitución Española. Código Penal. Código Penal Militar. Instituto Nacional de Ciberseguridad. Ley de la Carrera Militar. Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor. Tribunal Constitucional. Tecnologías de la Información y la Comunicación. Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Tribunal Superior de Justicia. Sentencia de la Audiencia Provincial. Sentencia del Juzgado de lo Penal Sentencia del Tribunal Constitucional. Sentencia del Tribunal Supremo.
PRESENTACIÓN GENERAL DE LA OBRA En la esfera criminal el acoso moral se ha atomizado en muy diversos frentes integrando una rama específica del Derecho Penal. Algunos de ellos están ya consolidados en el tratamiento jurídicopenal. El “bullying” o acoso escolar en que la brutalidad de los actos hostigadores y la vulnerabilidad de la víctima hizo pacífica desde un primer momento la necesaria intervención penal. Guadalupe Dos Pazos, actualmente abogada y que ha sido durante años Fiscal sustituta en la sección de menores de Fiscalía de Vizcaya lo analiza en su trabajo. En él vemos como desfilan, expuestos con detalle, todas las herramientas probatorias (la declaración de la víctima, de sus padres, de los tutores, el valor del informe médico) y un acabado análisis de aspectos tan importantes como de los supuestos en que los responsables del colegio responden penal y civilmente por los acosos escolares producidos en el centro docente, la responsabilidad civil y los criterios para fijar el importe de la indemnización. Otros acosos como el “mobbing” laboral o funcionarial, han superado una crisis de legitimidad sobre su transcendencia penal y cuentan ya con un creciente y consolidado tratamiento jurisprudencial y doctrinal. La profesora Esther Pomares, compañera del Observatorio Vasco de Acoso Moral en el Trabajo, realiza un exhaustivo análisis del “mobbing” laboral, delimitando con precisión los diferentes acosos morales laborales construyendo una útil guía para la compresión de unos conceptos que al estar redactados en ocasiones sobre términos vagos y generales, resultan de difícil concreción en la realidad. Por mi parte yo abordo mi trabajo exclusivamente en un análisis de la doctrina de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sobre acoso funcionarial y laboral que, a pesar de tener pocas resoluciones, aporta una doctrina de una gran importancia. Coexisten en esta jurisprudencia aspectos sustantivos que establecen la posibilidad de acudir al tipo general contra la integridad moral para castigar la hostigación laboral aun existiendo un tipo específico en la materia y delimita la aplicación del art. 175 CP al acoso funcionarial, establece de manera clara la comisión por omisión. Asimismo establece interesantes previsiones
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Luis Lafont Nicuesa
sobre la prueba, la prescripción o la responsabilidad civil subsidiaria fijando claramente dicha responsabilidad ante la permisividad por parte de la empresa de la existencia de esferas incontroladas de poder en su estructura organizativa. Una de las modalidades cualificadas de “mobbing” funcionarial es el que se produce en la esfera militar en que la relación de jerarquía se manifiesta con una especial intensidad. La magistrada Pilar Barés Bonilla, que ha sido analista del CENDOJ de la jurisprudencia militar de la Sala 5ª del TS, nos aporta una interesante reflexión sobre los tipos aplicables al acoso en las Fuerzas armadas y hace un completo repaso de la normativa y la doctrina científica y de la jurisdicción militar en la materia con un particular énfasis en esta última que puede considerarse como la pionera en la materia. No todo acoso moral es penal; depende de un plus de gravedad en el desvalor de la acción, de una desconexión total entre las potestades de mando y una cobertura jurídica normativa. Otro de los acosos que podemos considerar como clásicos es el del “mobbing” inmobiliario en que la presión intimidatoria es desplegada sobre los ocupantes de la vivienda, normalmente con el propósito de que la abandonen. Jesús Villegas, integrante del Observatorio, lo analiza en su trabajo, uniendo sus profundos conocimientos doctrinales como autor de diversas publicaciones de referencia en la materia y su conocimiento práctico ya que como que como magistrado fue pionero en la investigación penal de uno de los primeros casos que se instruyeron en España por acoso inmobiliario, el de la “casa Tangora”, que desembocó en una condena ante los Juzgados de Bilbao. En su trabajo, el autor, incide en la complicada relación entre lo social y jurídico y conceptos novedosos como el de violencia auditiva o la posición de garante del propietario y su posible responsabilidad por comisión por omisión que se va abriendo camino en la doctrina jurisprudencial. Otros grupos de conductas hostigadoras se han incorporado muy recientemente al ámbito penal. El acoso utilizando redes informática ha alcanzado una gran importancia siendo uno de los aspectos más relevantes de la reforma introducida en el CP por la LO 1/2015. Las Fiscales Elvira Tejada y Ana Martin abordan el “ciberacoso” uniendo precisión técnica y riqueza practica en una compleja materia que
Presentación general de la obra
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aborda conductas tan diversas como la suplantación de identidad, el “sexting” o el “grooming”como modalidades de presión intimidatoria y el acoso sexual a través de la red o el “ciberbullying”que trasciende el ámbito escolar y consiste en la difusión en Internet por parte de menores de mensajes humillante y difamatorios de otros menores. La profesora Villacampa Estiarte aborda una figura penal inédita hasta la reforma de la LO 1/2015 como es el “stalking” que tipifica el acecho o la aproximación asfixiante, en la vida cotidiana. Este delito que promete ser un instrumento importante en la lucha contra la violencia de género no está exento de problemas en su descripción típica. La autora con su habitual precisión analiza con detalle una figura que conocí leyendo una magnifica monografía que publicó sobre la materia mucho antes de que se planteara la tipificación autónoma de esta figura. Por último la profesora e integrante del Observatorio Ana Pérez Machío asume la difícil tarea de examinar la posible tipicidad penal del escrache, una conducta con evidentes tintes acosadores y de hostigación ejercido contra cargos públicos mediante protestas y concentraciones colectiva ante sus domicilios que algunos entienden que se ampara en el ejercicio del derecho de reunión o manifestación. La autora examina exhaustivamente los escasos referentes doctrinales y judiciales existentes, tanto en el ámbito penal y Contencioso-administrativo y llega a la conclusión de que actualmente dicha conducta no tiene encaje en ningún delito vigente. En Madrid LUIS LAFONT NICUESA
Capítulo I
EL BULLYING EN LOS CENTROS ESCOLARES GUADALUPE DOS PAZOS BENÍTEZ Abogada Ex Fiscal sustituta
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. DIFERENTES CLASES DE ACOSO ESCOLAR. III. CONSECUENCIAS DEL ACOSO ESCOLAR. IV. PREVENCIÓN DEL ACOSO ESCOLAR. V. EL ACOSO ESCOLAR EN LA DOCTRINA JUDICIAL PENAL. 1. Aspectos sustantivos. 2. Aspectos procesales. VI. LA RESPONSABILIDAD CIVIL. 1. Criterios generales. 2. Responsabilidad civil de los padres. 3. Responsabilidad civil del centro escolar. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN Con carácter previo al abordaje de las cuestiones jurídicas, que plantea el problema que nos ocupa, considero necesario, conocer a que nos referimos cuando hablamos de “bullying” o “acoso escolar”. El concepto, aunque no es el único, consiste en: “cualquier tipo de agresión psicológica o física, mantenida en el tiempo y con intención de hacer daño”. Así al menos lo manifiesta la psicóloga Alicia García de Pablo, perteneciente a la Fundación “Protégeles”, relativo al acoso escolar. Lo cierto es que es un tipo de violencia que se caracteriza por darse fundamentalmente, entre iguales, todo ello sin perjuicio, de la posible existencia de un desequilibrio de poder, entre el menor acosador y el acosado. Cualquier menor puede ser víctima de acoso, ya que se registran casos desde los tres años, hasta la adolescencia. Sin embargo no es posible, o cuando menos es difícil, hablar de perfiles de acosadores o acosados, ya que cualquier diferencia física o psíquica, puede servir