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delitos

Josefa Muñoz Ruiz

RESPUESTA JURÍDICO-PENAL AL CRIMEN ORGANIZADO delitos

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RESPUESTA JURÍDICO-PENAL AL CRIMEN ORGANIZADO


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


RESPUESTA JURÍDICO-PENAL AL CRIMEN ORGANIZADO

JOSEFA MUÑOZ RUIZ

tirant lo blanch Valencia, 2021


Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de la autora y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Director de la Colección: JOSÉ LUIS GONZÁLEZ CUSSAC Catedrático de Derecho Penal Universitat de València

© Josefa Muñoz Ruiz

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: www.tirant.es ISBN: 978-84-1336-539-8 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/ empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


A mis padres, Antonio y Trini, por confiar en mí, por su apoyo incondicional, por su ternura infinita. A toda una vida de entrega y amor a la familia.


ÍNDICE Índice de abreviaturas...................................................................................... 13 Prólogo............................................................................................................ 15

I. APROXIMACIÓN AL CONTEXTO INTERNACIONAL DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y SUS PRINCIPALES MANIFESTACIONES EN ESPAÑA............................................................................ 19 1. La dimensión transnacional de la delincuencia organizada: el crimen que supera las barreras de los territorios nacionales.................. 19 2. La transversalidad del crimen organizado en España y sus expresiones más significativas........................................................................ 29

II. MARCO JURÍDICO EN LA LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO................................................................................................ 41 1. Instrumentos internacionales de aproximación de las legislaciones nacionales en materia de delincuencia organizada............................ 44 1.1. La lucha de Naciones Unidas contra el crimen organizado: la Con­vención de Palermo contra la Delincuencia Organizada Transnacional, como marco de referencia................................. 44 1.2. Respuestas en el ámbito regional europeo: en especial la Decisión Marco 2008/841/JAI, de 24 de octubre, sobre la Lucha contra la Delincuencia Organizada........................................... 50 2. El alcance conceptual de la transposición: los delitos de pertenencia a organización y grupo criminal como repuesta específica................ 59 III. CONTRADICCIONES LEGISLATIVAS EN EL SISTEMA DE CONTROL PROPUESTO CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO............ 69 1. Cuestión previa: ¿la hipertrofia punitiva como respuesta al crimen organizado?...................................................................................... 69 2. La discutida pervivencia de la asociación ilícita como solución tradicional: delimitación conceptual y criterios de distinción de la organización criminal.......................................................................... 72 3. La ampliación de las agravantes específicas en relación a determinadas áreas delictivas........................................................................... 82 IV. TRATAMIENTO JURÍDICO-PENAL DE LA ORGANIZACIÓN Y GRUPO CRIMINAL.............................................................................. 87 1. Controversia sobre el bien jurídico protegido: ¿“el orden público” frente a los bienes tutelados en los delitos-fin?.................................. 87


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Índice

2. 3.

4.

5.

6.

1.1. Cuestiones previas: la globalización y la inclusión en las leyes penales de nuevos intereses de orientación supraindividual...... 87 1.2. Posiciones doctrinales sobre el bien jurídico protegido............. 91 1.2.1. El orden público como bien jurídico de contorno difuso.................................................................................. 92 1.2.2. El bien jurídico coincidente con el tutelado en los delitos-fin............................................................................ 97 1.3. Toma de Posición..................................................................... 101 Naturaleza jurídica: entre los delitos de peligro y los delitos de emprendimiento.................................................................................... 104 Dos niveles de peligro: criterios interpretativos................................. 111 3.1. La organización criminal como estructura compleja................. 112 3.2. El grupo criminal como estructura básica de carácter residual. 121 3.3. Convergencias y divergencias................................................... 127 Categorías dogmáticas ajenas a supuestos de iter criminis o codelincuencia............................................................................................. 132 4.1. Organización y grupo criminal: ¿una forma ampliada de conspiración?.................................................................................. 133 4.2. Figuras cualitativamente diferentes a los supuestos de coparticipación delictiva: la difícil frontera con el grupo criminal....... 141 4.3. ¿Un supuesto de coautoría anticipada? ¿Viabilidad de la coautoría o autoría aditiva o por adhesión?..................................... 145 Adaptación de los esquemas tradicionales de la autoría y participación.................................................................................................. 151 5.1. ¿Crisis del concepto y estructura de las categorías de autoría y participación en relación al delito de integración?.................... 153 5.2. Títulos de imputación penal de los miembros o colaboradores de organizaciones y grupos criminales...................................... 157 5.2.1. Organización criminal: dos formas de intervención, la de los dirigentes y los meros integrantes........................ 159 5.2.1.1. Identidad de la conducta típica y el concepto de autor: aproximación a la autoría desde las acciones promover, constituir, organizar, coordinar o dirigir una organización criminal......... 160 5.2.1.2. Tipificación de la mera pertenencia y complicidad a través de las conductas de participación activa, formar parte, o cooperación.................. 164 5.2.2. Grupo criminal: una única modalidad de pertenencia descrita en las conductas de constituir, financiar o integrar............................................................................... 172 Tipos cualificados por la mayor peligrosidad de la organización o grupo criminal.................................................................................. 175 6.1. Organización o grupo formado por un número elevado (e indeterminado) de personas......................................................... 176 6.2. Disponibilidad de armas o instrumentos peligrosos.................. 179 6.3. Disponibilidad de medios tecnológicos avanzados de comunicación o transporte................................................................... 183


Índice

11 6.4. Organizaciones criminales que atenten contra la vida o la integridad de las personas, la libertad e indemnidad sexuales......... 187 7. La cláusula atenuatoria para el caso de abandono y colaboración activa en la desactivación de la estructura criminal........................... 189 7.1. Discusión sobre la naturaleza jurídica de este incentivo penológico....................................................................................... 189 7.2. Presupuestos para su aplicación............................................... 195 7.3. Su relación con las atenuantes genéricas y muy cualificadas de confesión y de reparación del daño, y su interpretación jurisprudencial................................................................................ 199 7.4. Oportunidad o inconveniencia de potenciar esta fórmula premial: el difícil encaje procesal de la declaración del delator...... 202 8. Soluciones a las posibles relaciones concursales................................ 205 8.1. Concurso aparente de normas con el delito de asociación ilícita: aplicación directa de la regla 4ª del artículo 8 del Código Penal........................................................................................ 207 8.2. La cuestionada aplicación del principio de alternatividad frente a los de consunción o especialidad, en caso de solapamiento con las agravantes específicas de pertenencia............................ 211 8.3. Naturaleza y régimen jurídico del concurso de delitos entre el de organización o grupo criminal y los que constituyen el objeto del programa criminal................................................... 217

V. EL DELITO DE PERTENENCIA: PENETRACIÓN EN UN DERECHO DE IDEOLOGÍA SECURITARIA Y DE DEFENSA PREVENTIVISTA..................................................................................................... 221 1. La punición de la pertenencia a organización o grupo criminal: una manifestación más de la creciente expansión del Derecho Penal de peligro.............................................................................................. 221 2. ¿Un instrumento de represión proactiva de eventuales peligros sociales o una manifestación de Derecho Penal del enemigo?............... 225

VI. EL DIFERENTE TRATAMIENTO PUNITIVO DE LA ORGANIZACIÓN Y GRUPO CRIMINAL Y ORGANIZACIÓN Y GRUPO TERRORISTA............................................................................................. 233 1. Organización y grupo terrorista: una manifestación sui generis de crimen organizado............................................................................ 234 2. Tratamiento punitivo diverso........................................................... 240 VII. BREVE REFERENCIA A LAS PERSONAS JURÍDICAS EN RELACIÓN A LOS DELITOS DE PERTENECIA A ORGANIZACIÓN Y GRUPO CRIMINAL.............................................................................. 243


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Índice

VIII. LA EXPANSIÓN DEL DECOMISO EN RELACIÓN CON LOS DELITOS COMETIDOS EN EL MARCO DE UNA ORGANIZACIÓN O GRUPO CRIMINAL.............................................................................. 249 1. Papel del decomiso en la lucha contra la delincuencia organizada en las normas mínimas europeas y en el Derecho positivo español: su eficacia disuasoria y preventiva......................................................... 249 2. Efectos genéricos del decomiso ampliado y sustitución de la prueba del origen delictivo de los efectos patrimoniales por una presunción contra reo: ¿dudosa constitucionalidad?........................................... 257 Índice cronológico de sentencias citadas........................................................... 269 Bibliografía...................................................................................................... 273


ÍNDICE DE ABREVIATURAS ACP Anterior Código Penal AJCI Auto del Juzgado Central de Instrucción AAP Auto de Audiencia Provincial AAN Auto de la Audiencia Nacional Art. Artículo ATS Auto del Tribunal Supremo CE Constitución española coord. Coordinador dir. Director ELJS Espacio de Libertad, Justicia y Seguridad ETA Euskadi Ta Askatasuna EUROJUST Agencia Europea para el Refuerzo de la Cooperación Judicial EUROPOL Oficina Europea de Policía FGE Fiscalía General del Estado FCSE Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado IVA Impuesto sobre el Valor Añadido LEcrim. Ley de Enjuiciamiento Criminal LO Ley Orgánica LODA Ley Orgánica del Derecho de Asociación NPP Nota a pie de página OCGs Grupos de Criminalidad Organizada ONU Organización de Naciones Unidas p. Página RDLeg Real Decreto Legislativo ss. Siguientes SAP Sentencia de Audiencia Provincial SAN Sentencia de Audiencia Nacional SOCTA Sistema de Evaluación del Crimen Organizado STC Sentencia del Tribunal Constitucional STEDH Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos STS Sentencia del Tribunal Supremo TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos


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Josefa Muñoz Ruiz

TFUE Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea TIC Tecnologías de la Información y Comunicación TOL Repertorio Jurisprudencial Tirant lo Blanch TS Tribunal Supremo UE Unión Europea Vid. Véase Vol. Volumen


PRÓLOGO Querido lector: créeme que has acertado eligiendo la lectura y estudio de esta obra. La misma tiene tras de sí una investigación técnico-jurídica muy completa y profunda acerca de los delitos de organización y grupo criminal. En un contexto en el que, al menos académicamente, ya no importa tanto el contenido de lo que se publica sino la frecuencia o cantidad con la que se hace, a veces, pero últimamente muy pocas, te encuentras con trabajos de esta naturaleza y alcance que sobrepasan, con mucho, la calidad y exhaustividad de estudios similares. Esta es, por cierto, una de las características de los impecables y siempre rigurosos trabajos jurídicos y criminológicos de su autora, la Profª Dra. Dª Josefa Muñoz Ruiz. Mucho se ha escrito y divagado acerca de la criminalidad organizada y, en verdad, auténticos ríos de tinta, pero era completamente necesario un análisis jurídico-penal de las figuras delictivas específicamente creadas por el legislador más moderno para dar una respuesta específica a estas formas de agrupación criminal. No voy a hacer el tradicional repaso detallado de las cuestiones que se tratan en el estudio sistemático de las figuras delictivas de la parte especial, pero créame apreciado lector, que en este trabajo encontrará respuesta a muchos interrogantes que suscitan los delitos tipificados en los artículos 570 bis a 570 quáter CP, introducidos por la LO 5/2010, de 22 de junio. Cuestiones como el bien jurídico protegido por estas figuras, su naturaleza jurídica, el análisis de los tipos de imputación penal de los miembros o colaboradores de la organización y grupo criminal, son objeto de un examen muy pormenorizado. El trabajo asume, naturalmente, el estudio de los elementos nucleares y constitutivos del concepto de organización y grupo criminal y la, a veces, difícil diferenciación entre tales formas de intervención delictiva y otras formas especiales de aparición del delito, como la conspiración para realizar los hechos delictivos objeto de la agrupación. Las posibilidades de diferenciación se vuelven especialmente críticas entre el grupo criminal y ciertas formas de coparticipación delictiva. No se trata, además, de un estudio meramente descriptivo, sino que su autora a la vez que desgrana los distintos elementos de los delitos objeto de examen, realiza un juicio crítico muy original de la más que discutible decisión legislativa de hacer pervivir estos delitos con los de asociación ilícita, estos últimos de mucha más raigambre y tradición legislativa en nuestro sistema jurídico (para solucionar la cuestión, se recurre frecuentemente al criterio de la mayor gravedad de la pena prevista para estos


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Miguel Olmedo Cardenete

comportamientos de acuerdo con el art. 8.4ª CP). La política criminal seguida por el legislador se agudiza —al menos en su planteamiento general— todavía más con la también cuestionable inclusión en diferentes delitos de subtipos agravados por haberse llevado a efecto en el marco de una organización criminal. Se trata de un auténtico laberinto legal en el que cualquier intérprete y aplicador de la Ley tiene que hacer un voluntarioso esfuerzo de exégesis que no llega a ser coherente en todos sus extremos por el difícil entramado legislativo existente. La obra se completa con el análisis de los tipos cualificados por la mayor peligrosidad de estas agrupaciones: el elevado número de personas que la integran, la disponibilidad de armas o instrumentos peligrosos, de medios tecnológicos de comunicación o transporte, así como la exasperación punitiva prevista si se trata de organizaciones criminales que atenten contra la vida o la integridad de las personas, su libertad o indemnidad sexual. No se dejan fuera tampoco, por supuesto, aspectos concursales de relevancia, con especial referencia a un tema esencial en este ámbito: el de cómo tratar la responsabilidad por estos delitos y su concurrencia con los ejecutados que son propios del programa criminal de la organización o grupo. La Dra. Muñoz Ruiz no obvia, como proyección de su propia personalidad en este libro, debates tan sugestivos que plantean estas figuras como la expansión del Derecho Penal a través de los delitos de peligro o el Derecho Penal del enemigo. Sin duda son delitos cuyo protagonismo en estos ámbitos está fuera de toda duda. El estudio se cierra con el examen de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en estos delitos, los elementos distintivos entre estas agrupaciones criminales y las de finalidad terrorista tipificadas de forma análoga (no idéntica) por el legislador, para terminar con la aplicación del decomiso (en su nueva regulación tras la reforma de 2015) a actividades desarrolladas por la organización o grupo criminal. Termino con referencias personales a la autora de esta monografía. La conocí a través de sus intervenciones en un curso de doctorado que impartí allá por el año 2005 en el Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Granada. Ya entonces me llamaron poderosamente la atención sus exposiciones, siembre brillantes y fundadas, que reflejaban una sólida formación jurídica integral, nada frecuente en ámbitos en los que la sectorialización y especialización del conocimiento resulta ser la regla general. El destino le permitió incorporarse como profesora del área de Derecho Penal de la Universidad de Murcia y desarrollar allí sus inagotables esfuerzos investigadores y docentes en el marco del Derecho Penal


Prólogo

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y la Criminología. Tampoco deja de lado sus lazos académicos internacionales, especialmente con universidades italianas y latinoamericanas ni, tampoco, su incursión en la praxis jurídica (es Magistrada suplente de la Audiencia Provincial de Murcia). Pero quizá el “defecto” que la hace más digna de halago es su permanente afán de perfeccionismo. Este libro es buena muestra de ello. Incansable al desaliento, a veces incluso a costa de su propia salud física, cuando se propone llevar a cabo un estudio lo hace hasta sus últimas consecuencias. Y si para ello tiene que robar tiempo al ocio o al sueño lo hace sin dudarlo. Hasta que el resultado no le satisface, no ceja en su empeño de mejorar el trabajo que tiene entre manos y presentarlo siempre lo más completo posible. El destino me ha premiado a mí, y al lector de esta obra parcialmente también a través de la misma, conocer a una persona que refleja su personalidad y carácter en sus publicaciones. Ella y sus obras son muy claras, extremadamente fundadas, coherentes, contundentes en los argumentos y persuasivas en sus conclusiones. Es una simbiosis que, al menos el que escribe estas letras, nunca ha conseguido alcanzar. Ni por asomo. Ojalá que el destino premie a la autora con el reconocimiento que merece su trabajo que es, sin duda, también su proyecto vital. Yo estoy seguro que así será, por muchos obstáculos que surjan, pues una jurista de estas dimensiones se crece y se hace más grande frente a las dificultades. Granada, en una calurosa tarde del mes de julio de 2020 Miguel Olmedo Cardenete Catedrático de Derecho Penal


I. APROXIMACIÓN AL CONTEXTO INTERNACIONAL DE LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y SUS PRINCIPALES MANIFESTACIONES EN ESPAÑA 1. La dimensión transnacional de la delincuencia organizada: el crimen que supera las barreras de los territorios nacionales A nadie escapa que el fenómeno de la delincuencia organizada constituye el elemento vertebrador de la criminalidad grave del nuevo milenio, y su erradicación un auténtico desafío para los Estados Modernos1. Ya en el año 2005, el entonces Secretario General de la ONU, Koffi Anan, anunciaba que entre las amenazas a la paz y la seguridad en el siglo XXI se cuentan no sólo la guerra y los conflictos internacionales, sino los disturbios civiles, el terrorismo y la delincuencia organizada2. En ello tiene mucho que decir la globalización económica primero, y la social y cultural después, en cuanto han supuesto una radical transformación de las sociedades modernas, y también como no, del crimen como una de las posibles manifestaciones de la conducta humana. La escalada del crimen organizado ha ido pareja a la de los diferentes fenómenos que, superando el marco tradicional de los Estados, se han lanzado a la mundialización de espacios esenciales del desarrollo humano3. En esta nueva dimensión no es de extrañar que uno de los paradigmas de la criminalidad contem-

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Al respecto señalan JAIME-JIMÉNEZ, O. y CASTRO MORAL, L.: “La criminalidad organizada en la Unión Europea”, en Revista CIDIB d’ Afers Internacionals, núm. 91, 2011, p. 174, que el monopolio de la violencia, la ordenación económica de los medios productivos y la ingeniería organizativa e ideológica de las sociedades han conformado tradicionalmente asuntos exclusivos y excluyentes de dichos estados. Informe del Secretario General de la ONU “Un concepto más amplio de libertad: desarrollo, seguridad y derechos humanos para todos”, de 21 de marzo de 2005, p. 27, donde Koffi Anan señalaba que termina la Guerra Fría y cuando parecía haberse iniciado una era de paz, las preocupaciones en torno a la seguridad vuelven a dominar la agenda internacional, esta vez de manos de grupos criminales diversos que se interconectan fácilmente y aumentan su potencia criminal. RUIZ RODRÍGUEZ, L. R./GONZÁLEZ AGUDELO, G.: “El factor tecnológico en la expansión del crimen organizado. Menores en riesgo”, en Puente Aba, L. ª. (Dirª.), Zarpico Barbeito, M., y Rodríguez Moro, L. (Coords.), Criminalidad organizada, terrorismos e inmigración. Retos contemporáneos de la política criminal, Granada, 2008, p. 7.


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Josefa Muñoz Ruiz

poránea, ya no excepcional, sino cotidiano, lo constituya la delincuencia organizada transnacional4. La revolución tecnológica del siglo XX abre paso a una nueva etapa de poder mundial, la globalización, en la que el poder económico tiende a detentar la exclusividad de la criminalidad del mercado transnacional5. El fenómeno globalización6 y el crecimiento exponencial de los mercados mundiales han multiplicado las oportunidades delictivas, al tiempo que internet coadyuva a la inclusión de una ciberdelincuencia que “se aprovecha de la dificultad que tiene la persecución de los delitos en este medio y del anonimato que ofrece”7. Además, en ese inédito y dinámico espacio, la geopolítica de la criminalidad se desplaza y desenvuelve, según Gayraud, de modo discreto a la vez que expansivo, “el fenómeno mafia —en sentido amplio— implica una interesante paradoja que se puede formular en los siguientes términos: crimen de muy alta intensidad y muy baja visibilidad”8. Pero el crimen organizado no es un problema nuevo, ha existido siempre. Admitir un salto cualitativo en la evolución de la delincuencia, no 4

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VILLACAMPA ESTIARTE, C.: “Presentación”, en Villacampa Estiarte, C. (Coordª.), La delincuencia organizada. Un reto de la política criminal actual, Navarra, 2013, p. 17. ZAFARONI, E. R.: En torno de la cuestión penal, Montevideo, 2005, p. 35. Sobre el origen del proceso y consolidación del fenómeno denominado globalización, ARANGUREN, L. A., GONZÁLEZ LUCINI, F., ARCADI OLIVERES, I. R.: El proceso de la globalización mundial, Barcelona, 1999; ESTEFANÍA, J.: La nueva economía: La globalización, Madrid, 2000, pp. 11 y ss.; BERMEJO MARCOS, FERNANDO: “La globalización del crimen organizado”, en Eguzkilore, nº 23, diciembre, 2009, pp. 104 y ss. MELLADA FERNÁNDEZ, C.: “El uso de las nuevas tecnologías como método del blanqueo de capitales”, en Revista Penal Nº 31. 2013, p. 162. En este sentido, RESA NESTARES, C.: “Crimen organizado transnacional: definición, causas y consecuencias”, p. 1. Recurso electrónico disponible en: http://www.uam.es.personal_pdi/ económicas/cresa/textll.html, señala que el crimen organizado no ha dejado pasar la oportunidad de aprovechar sus ventajas, habiéndole proporcionado capacidad para abarcar más mercados, para reducir costes, para encubrir otros delitos y para eludir los sistemas de control estatales. GAYRAUD, J. F.: El G9 de las Mafias en el Mundo. Geopolítica del Crimen Organizado. Tendencias Editores. Barcelona. 2007, p. 27. Al respecto, SANSÓ-RUBERT PASCUAL, D.: “Estrategias geopolíticas de la criminalidad organizada: Desafíos de la inteligencia criminal”, en Zúñiga Rodríguez, L. (Dir.), Ballesteros Sánchez, J. (Coord.), Criminalidad organizada trasnacional: una amenaza a la seguridad de los Estados Democrácticos, Valencia, 2017, p. 107, pone de manifiesto que la criminalidad transnacional organizada se distribuye geográficamente de manera muy desigual por todo el mundo dependiendo tanto de condiciones regionales o locales, como del tipo de actividad criminal desempeñada.


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