Skip to main content

1_9788411303736

Page 1

GUÍA PRÁCTICA DE LOS PRINCIPALES PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE RIGEN LOS ACTOS DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Incluye Formularios Adaptados a la Ley Nº 19.880 de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Marta Lorente Sariñena

Ana Cañizares Laso

Javier de Lucas Martín

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania) Fueron miembros de este Comité: Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


GUÍA PRÁCTICA DE LOS PRINCIPALES PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE RIGEN LOS ACTOS DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Incluye Formularios Adaptados a la Ley Nº 19.880 de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado CAROLINA HELFMANN MARTINI Directora Abogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile y LLM por la Universidad de Cambridge. Profesora de Derecho Administrativo. Doctoranda de la Universidad de los Andes, Chile.

PAULINA CAFENA JOTTAR Autora Abogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Diplomada en Contratación Administrativa y Compras Públicas por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Ayudante de los cursos Derecho Administrativo y Derecho Municipal en la misma casa de estudios.

VANIA GONZÁLEZ CAMPOS Autora Abogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile y Magíster en Derecho Administrativo por la Universidad de los Andes, Chile. Ayudante de los cursos de Derecho Administrativo y Derecho Constitucional en la misma casa de estudios.

tirant lo blanch Valencia, 2023


Copyright ® 2023 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

© Carolina Helfmann Martini

© TIRANT LO BLANCH EDITA: TIRANT LO BLANCH C/ Artes Gráficas, 14 - 46010 - Valencia TELFS.: 96/361 00 48 - 50 FAX: 96/369 41 51 Email:tlb@tirant.com www.tirant.com Librería virtual: editorial.tirant.com/cl ISBN: 978-84-1130-373-6 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


ÍNDICE PRESENTACIÓN................................................................................................

11

I. RELACIONES DE LOS CIUDADANOS CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO....................................................................................................................

17

1. Fundamento..........................................................................................

17

2. Resumen de las relaciones entre los ciudadanos y las administraciones públicas...............................................................................................

17

3. Formularios............................................................................................

20

1. Escrito para conocer el estado de tramitación de un procedimiento...................................................................................

20

2. Escrito para identificar a autoridades y funcionarios responsables........................................................................................

21

3. Escrito para acceder a copias de documentos.............................

23

4. Escrito para omitir presentar documentos que no correspondan al procedimiento.....................................................................

24

5. Escrito para omitir presentar documentos solicitados por estar en poder de la administración.................................................

26

6. Escrito de solicitud de pronunciamiento de mera certeza administrativa................................................................................

27

II. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.............................................................

31

1. Fundamento..........................................................................................

31

2. Resumen del procedimiento administrativo............................................

31

3. Formularios............................................................................................

36

1. Escrito DE solicitud de inicio del procedimiento administrativo....

36

2. Escrito que solicita se practique notificación por medios electrónicos......................................................................................

38


8

Índice

3. Escrito de subsanación................................................................

39

4. Escrito de solicitud de abstención...............................................

40

5. Escrito de solicitud de aplicación de procedimiento de urgencia....

42

6. Escrito de solicitud de medida provisional previo al inicio del procedimiento........................................................................

43

7. Escrito de solicitud de medida provisional dentro del procedimiento...................................................................................

45

8. Escrito de aportación de nuevos antecedentes o elementos........

47

9. Escrito de aportación de documentos.........................................

48

10. Escrito de propuesta de pruebas...............................................

49

11. Escrito de entrega de pruebas...................................................

51

12. Escrito para acreditar la calidad de interesado...........................

52

13. Escrito de solicitud de informe..................................................

54

14. Escrito de renuncia...................................................................

55

15. Escrito de desistimiento............................................................

56

16. Escrito de solicitud de abandono del procedimiento..................

58

17. Escrito de solicitud de acumulación de procedimientos.............

59

18. Escrito de solicitud de desacumulación de procedimientos........

61

19. Escrito de apoderado................................................................

62

20. Escrito de solicitud de denuncia de vencimiento del plazo del silencio positivo......................................................................

64

21. Escrito de solicitud de certificación del silencio positivo.............

65

22. Escrito de solicitud de certificación del silencio negativo............

67

III. REVISIÓN DE LOS ACTOS VÍA ADMINISTRATIVA.........................................

69

1. Fundamento..........................................................................................

69

2. Resumen de la revisión de los actos POR vía administrativa.....................

69

3. Formularios............................................................................................

71

1. Solicitud de ejercicio de la potestad de revocación......................

71

2. Solicitud de ejercicio de la potestad de invalidación....................

74


9

Índice

3. Escrito de descargos en procedimiento de invalidación..................

76

4. Escrito de interposición de recurso de reposición con recurso jerárquico en subsidio.............................................................

78

5. Escrito de interposición de recurso jerárquico..............................

81

6. Recurso extraordinario de revisión...............................................

83

7. Solicitud de ejercicio de la facultad de aclaración, rectificación o enmienda............................................................................

85

8. Solicitud de suspensión de los efectos del acto...........................

87

9. Solicitud de inhibición por existencia de causa judicial pendiente.

89

IV. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR...............................................................

91

1. Fundamento..........................................................................................

91

2. Resumen de los procedimientos sancionatorios......................................

91

3. Formularios............................................................................................

92

1. Escrito de denuncia....................................................................

92

2. Escrito de descargos...................................................................

93

3. Escrito de solicitud de decaimiento.............................................

95

4. Escrito de solicitud de terminación del procedimiento por imposibilidad sobreviniente de continuarlo.....................................

97

V. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.........................................................

101

1. Fundamento..........................................................................................

101

2. Resumen del derecho de acceso a la información pública.......................

102

1. Escrito de oposición en sede administrativa.................................

102

2. Reclamo por incumplimiento de deberes de transparencia activa.

104

3. Amparo ante el consejo para la transparencia por denegación de la información por causal improcedente o ausencia de justificación............................................................................

106

4. Amparo ante el consejo para la transparencia por vencimiento del plazo................................................................................

110


10

Índice

5. Amparo ante el consejo para la transparencia por entrega parcial de la información.............................................................

112

6. Solicitud de audiencia de prueba................................................

115

VI. PRESENTACIONES ANTE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA...

117

1. Fundamento..........................................................................................

117

2. Resumen de las actuaciones ante la Contraloría General de República....

117

1. Presentación en procedimiento de toma de razón de particulares que tienen un interés legítimo...........................................

118

2. Solicitud de pronunciamiento ante la contraloría general de la república................................................................................

120


Presentación

Dictada hace casi veinte años –en mayo de 2003– la Ley Nº 19.880 tuvo por propósito constituirse en una regulación de bases y supletoria sobre procedimiento administrativo en nuestro medio. Se trató, sin dudas, de una norma revolucionaria en la modelación del vínculo jurídico entre las personas y la Administración del Estado. A pesar del largo período transcurrido desde su dictación, esta ley ha sido objeto de acotadas modificaciones en sólo tres instancias. La última de ellas, y de mayor relevancia, tuvo lugar en el año 2019 con motivo de la dictación de la Ley de Transformación Digital del Estado (Ley N° 21.180). En virtud de su estabilidad normativa, la Ley N° 19.880 debiese contar con un alto nivel de conocimiento y aplicación por parte de los operadores jurídicos. Este aserto queda reforzado de considerarse su acotada extensión y simplicidad estructural. En efecto, cuenta solo con 66 artículos, divididos en cinco capítulos. Sobre el elemento de la supletoriedad, de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº 19.880, sus disposiciones deben ser aplicadas para salvar las omisiones regulatorias en los procedimientos administrativos especiales. Así, y frente a la dispersión normativa existente en materia de procedimiento administrativo, la Ley Nº 19.880 cumple un rol uniformador. La aplicación supletoria de la Ley N° 19.880 supone y exige compatibilizar estas reglas con las contenidas en los procedimientos administrativos especiales. Por consiguiente, debe realizarse evitando el entorpecimiento de las etapas y de los mecanismos contenidos en éstos. Asimismo, posibilitando el cumplimiento de las finalidades previstas en cada procedimiento especial, a fin de no afectar su propósito.


12

Carolina Helfmann Martini

La Ley Nº 19.880 consagra también importantes conceptos como son el de “acto administrativo” y el de “interesado”. En cuanto al primero, existe un tratamiento disperso e incluso confuso. El artículo 3° define los actos administrativos como “las decisiones formales que emitan los órganos de la Administración del Estado, en las cuales se contienen las declaraciones de voluntad, realizadas en el ejercicio de una potestad pública”, y añade más adelante que “constituyen, también, actos administrativos, los dictámenes o declaraciones de juicio, constancia o conocimiento que realicen los órganos de la Administración en el ejercicio de sus competencias”. Puede apreciarse que la Ley Nº 19.880 opta por referirse a aspectos formales para definir al acto administrativo. Sin embargo, la jurisprudencia judicial se ha inclinado por restar formalidad al concepto y atender a su contenido. Así, ha reconocido el carácter de tal, por ejemplo, a una carta enviada a un ciudadano por parte de un órgano administrativo, si en ésta se contiene una decisión. Pues bien, la determinacion de la naturaleza jurídica de acto administrativo es esencial, no solo en cuanto requisito de impugnabilidad, sino también en virtud de los efectos que se derivan de los mismos, como son la presunción de legalidad, imperio y exigibilidad En este sentido, los formularios que se presentan en este libro están dirigidos a obtener la dictación de un determinado acto administrativo, a impugnarlo, o bien, a hacer efectivo el derecho a conocer el contenido de los actos y resoluciones administrativas. En cuanto al concepto de interesado, la Ley Nº 19.880 consagra un artículo especialmente dedicado a él, sin perjuicio de que esta nomenclatura sea empleada en múltiples disposiciones de la misma. Particularmente, el artículo 21 considera tres supuestos de interesados en los procedimientos administrativos. En primer lugar, quienes promuevan el procedimiento como titulares de derechos o intereses individuales o colectivos. En segundo lugar, aquellos que tengan derechos que puedan resultar afectados por el procedimiento. Y, por último, aquellos cuyos intereses individuales o colectivos puedan resultar afectados y se apersonen en el


Presentación

13

procedimiento. En definitiva, el concepto de interesado fue concebido de manera amplia, y aunque no comprende a terceros en el procedimiento, si deja importantes espacios de interpretación. Esta calificación resulta esencial para determinar la legitimación activa en la impugnación de decisiones administrativas. Asimismo, en cuanto presupuesto para el ejercicio de ciertos derechos previstos por la Ley N° 19.880, como son, conocer el estado de la tramitación de un procedimiento u obtener copias del expediente. Como fue mencionado al comienzo, la última reforma a la Ley Nº 19.880 sobre transformación digital es la más importante desde su dictación. Si bien la Ley Nº 19.880 ya contenía disposiciones que hacían expresa referencia al uso de medios electrónicos, y por consiguiente no existía un obstáculo normativo en cuanto a avanzar hacia la digitalización, es un hecho que nuestra Administración jamás ha tenido una cultura de procedimiento administrativo electrónico. Pues bien, en virtud de la Ley de Transformación Digital del Estado se buscó impulsar y promover la actuación estatal a través de medios digitales como regla general. Para estos efectos, dicha ley impone como una obligación que pesa sobre los órganos de la Administración la sustanciación de los procedimientos por medio de plataformas electrónicas. Con ello, se viene a acelerar una realidad que posiblemente se podría haber alcanzado sin una modificación legal. En virtud de lo anterior, la Administración y quienes interactúan con la misma se enfrentan a un desafío que recién comienza y que posiblemente se extenderá por muchos años más hasta lograr una completa digitalización, que simplificará las relaciones entre las personas y la Administración del Estado. Siendo así, es una expectativa razonable que se ahonde en la práctica de proveer formularios para las diversas actuaciones, facultad prevista en el artículo 30 de la Ley N° 19.880 y que algunos órganos de la Administración ya han incorporado en su actividad. Este libro pretende ser un aporte en ese proceso, presentando propuestas de los escritos más comunes e ideas sobre la forma de interactuar con la Administración, ya sea en relación con distintas etapas del procedimiento, en la presentación de


14

Carolina Helfmann Martini

una denuncia, en la oposición a una solicitud de acceso a la información pública, entre otros. Es de esperar que sirva como un complemento a la incipiente labor que ya realizan algunas Administraciones al poner a disposición de las personas formularios para sus solicitudes. Si bien los procedimientos, por mandato de la misma Ley Nº 19.880 no deben ser formales, es un factor común a todos ellos que los ciudadanos deban presentar escritos de solicitud ante la Administración a fin de que ésta provea de una respuesta dotada de eficacia jurídica. Confiamos en que esta recopilación de formularios pueda servir para estrechar la relación de las personas con la Administración del Estado, facilitando a los ciudadanos un acercamiento directo y en términos claros frente a la Administración. En cuanto a la vinculación entre el elemento tiempo y los procedimientos, cabe destacar que la jurisprudencia de la Contraloría General de la República ha señalado de manera constante que los plazos no son fatales para la Administración. Bajo ese entendido actúan los órganos administrativos, por lo que sus actuaciones pueden tender a una dilación temporal excesiva. Esta tesis de la no fatalidad de los plazos debe ser puesta en duda a partir de regulación expresa de la Ley Nº 19.880 y de una serie de principios aplicables a las actuaciones de la Administración del Estado. En efecto, múltiples disposiciones de la norma en comento se refieren a plazos, por ejemplo, el artículo 27 al señalar que, salvo caso fortuito o fuerza mayor, el procedimiento no debe exceder de seis meses. Por lo demás, también ha sido afirmado por la Corte Suprema, tanto de manera expresa en votos de disidencia (Corte Suprema Rol Nº 23.056-2018), como a través del desarrollo de teorías tales como el decaimiento del procedimiento y la imposibilidad material de continuar con el procedimiento como hipótesis de término. Por todo lo anterior, agradecemos a la Editorial Tirant lo Blanch por la invitación a preparar esta recopilación de formularios más comunes que pueden utilizar los ciudadanos en sus


Presentación

15

relaciones con la Administración y, en especial, al equipo que trabajó en su elaboración1. En cuanto a su estructura, este libro vincula los formularios con las diversas instituciones y disposiciones de la Ley Nº 19.880, además del acceso a la información pública, los procedimientos administrativos sancionadores y las presentaciones ante la Contraloría General de la República, pues cada capítulo comienza con un apartado sobre sus fundamentos y luego un resumen sobre la materia. Por lo mismo, este libro es útil tanto para quienes se relacionan constantemente con la Administración o se inician en ello, como también, para quienes lo hacen de forma esporádica y requieren de cierta orientación. Aquí encontrarán un esquema general tanto teórico como práctico. En definitiva, este trabajo tiene una finalidad de uso práctico para sus destinatarios, que es, orientarlos en sus relaciones con la Administración del Estado y permitirles ejercer sus derechos con relativa sencillez. Por supuesto esta guía puede, y debe, ser adoptada según las necesidades de cada procedimiento y de de las condiciones particulares de los interesados en los mismos. Por ello, los formularios de este libro encaminarán en esta labor a quienes serán los conductores de cada procedimiento. Santiago, enero de 2022 Carolina Helfmann Martini

1

Agradecemos especialmente a Diego Ojeda Soto por su importante contribución en la edición de los formularios.


I. Relaciones de los ciudadanos con la Administración del Estado

1. FUNDAMENTO El artículo 17 de la Ley N° 19.880 consagra entre sus literales a) al i) un conjunto de derechos de las personas en sus relaciones con la Administración del Estado. La mayoría de ellos, se ejercen dentro del procedimiento administrartivo. Su importancia resulta evidente de considerarse que la Administración se encuentra al servicio de la persona humana. Por ello, es esta relación la de mayor significancia para el Derecho Administrativo. Es allí donde la Administración debe desplegarse en su totalidad y buscar el cumplimiento de sus objetivos o finalidades. Así, lo establecido por el artículo 17 de la Ley N° 19.880 es de vital importancia, en tanto consagración expresa de los derechos de los ciudadanos.

2. RESUMEN DE LAS RELACIONES ENTRE LOS CIUDADANOS Y LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS De acuerdo con el artículo 17 de la Ley N° 19.880, las personas tienen derecho a: “a) Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y obtener copia autorizada de los documentos que rolan en el expediente y la devolución de los originales, salvo que por mandato legal o reglamentario éstos deban ser acompañados a los autos, a su costa;


18

Carolina Helfmann Martini

b) Identificar a las autoridades y al personal al servicio de la Administración, bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos; c) Eximirse de presentar documentos que no correspondan al procedimiento, o que ya se encuentren en poder de la Administración; d) Acceder a los actos administrativos y sus documentos, en los términos previstos en la Ley; e) Ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Los actos de instrucción que requieran la intervención de los interesados habrán de practicarse en la forma que resulte más cómoda para ellos y sea compatible, en la medida de lo posible, con sus obligaciones laborales o profesionales; f) Formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución; g) Exigir las responsabilidades de la Administración Pública y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente; h) Obtener información acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar, e i) Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las Leyes”.

Gran parte de estas disposiciones han sido objeto de interesantes pronunciamientos jurisprudenciales. Así, el derecho previsto en la letra a), relativo a la obtención de copia de documentos, ha sido identificado por la Contraloría General de la República como un derecho autónomo al de acceso a la información previsto en el ordenamiento constitucional y legal. Por lo mismo, la jurisprudencia administrativa ha concluido que quienes ostenten la condición de interesado pueden acceder a copia de los documentos sin necesidad de invocar el derecho de acceso a la información pública y sin necesidad de recurrir al procedimiento previsto en la


Relaciones de los ciudadanos con la administración del estado

19

Ley Nº 20.285 (Dictamen Nº E15.367-2021 y 3.055-2020). Pese a que esta interpretación sea concebida como un beneficio para los ciudadanos, en la práctica y dada la inexistencia de un plazo asociado al ejercicio del derecho contenido en la letra a) del artículo 17 de la Ley N° 19.880, podría resultar de mayor utilidad recurrir al mecanismo disponible en la Ley N° 20.285, Sobre Acceso a la Información Pública. También resultan de relevancia los derechos consagrados en las letras c), f) y h). En consonancia con el proceso de transformación digital de la Administración, el derecho previsto en la letra c) es de especial interés, desde que permite a las personas eximirse de presentar aquellos documentos que ya se encuentren en poder de la Administración, lo que necesariamente supone la comunicación e interoperabilidad de los sistemas electrónicos de los diversos entes administrativos y una simplificación del procedimiento para los interesados. Por su parte, la letra f) consagra la posibilidad de formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, debiendo tales antecedentes ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución. Dado que en el ordenamiento chileno no existe el trámite de audiencia, este derecho tiene aplicación durante todo el procedimiento y hasta antes de la terminación del mismo. Por otra parte, al consignar que deben formar parte del razonamiento que realice el órgano administrativo se realiza un mandato expreso relativo a uno de los elementos de mayor relevancia de los actos administrativos consistente en su motivación. Además, este derecho es una manifestación del principio de la desformalización del procedimiento administrativo y tiende a restar importancia a la etapa probatoria. En efecto, los antecedentes presentados fuera de este período igualmente deberán ser considerados por la Administración al dictar el acto terminal. Finalmente, la letra h) del articulo 17 de la Ley N° 19.880 consagra lo que podría denominarse “acción de mera certeza administrativa”, como correlato de la acción de mera certeza de naturaleza judicial. En virtud de la misma, se reconoce a


20

Carolina Helfmann Martini

las personas el derecho a recurrir ante los organismos de la Administración, de manera previa a un procedimiento administrativo, para obtener información acerca de los requisitos jurídicos o técnicos de una determinada materia. Esto permite conocer ex ante cómo una determinada normativa es entendida o interpretada por el respectivo órgano administrativo. Se trata por tanto de una interpretación que posteriormente debiese ser respetada por la Administración en virtud del principio de confianza legítima y por aplicación de la teoría de los actos propios. Por lo mismo, constituye un derecho de gran utilidad y conveniente ejercicio en cuanto acota posibles espacios de incerteza normativa.

3. FORMULARIOS 1. ESCRITO PARA CONOCER EL ESTADO DE TRAMITACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO. Ref.: Solicitud ingresada el día … correspondiente a … / Expediente Nº … Mat.: Solicita conocer estado de tramitación. Sr… Cargo Institución Dirección Presente ………………………. (nombre completo), …………………… (cédula nacional de identidad), .....….......………………………. (nacionalidad), ......................……………………. (estado civil), ………………………................…. (profesión u oficio), domiciliado para estos efectos en …………………………, ciudad de


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
1_9788411303736 by Editorial Tirant Lo Blanch - Issuu