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Medidas a nivel federal adoptadas en MĂŠxico frente al coronavirus ActualizaciĂłn diaria

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Últimas medidas de mayor impacto •

La Comisión Nacional de Hidrocarburos suspendió plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados ante la misma Comisión, los cuales se reanudarán el 31 de mayo del presente.

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En el mismo sentido, el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, suspendió los plazos y términos legales de los procedimientos llevados ante el mismo.

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Este dossier se actualiza diariamente y se envía sin coste alguno a todo aquel que lo solicite.

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Ante la alerta sanitaria por el coronavirus (COVID-19), el estado mexicano en sus distintos órdenes de gobierno, han establecido diversas medidas tanto preventivas como de contención del mismo. ÍNDICE 1. MEDIDAS MÁS RELEVANTES A NIVEL FEDERAL 2. CRONOLOGÍA DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS A NIVEL FEDERAL DESDE EL INICIO DE LA PANDEMIA 1. MEDIDAS MÁS RELEVANTES A NIVEL FEDERAL

Medidas destacadas a nivel federal Fecha

Medida

27 de abril

El Consejo de la Judicatura Federal, publicó el Acuerdo General 8/2020, del Pleno del Consejo, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus COVID-19, (última actualización 27/04/20), mediante el cual se establece un esquema de contingencia, con el objetivo de dar continuidad a las medidas tendientes a evitar la concentración de personas y la propagación del virus, así como reanudar las actividades jurisdiccionales en mayor escala del Poder Judicial de la Federación, en el periodo comprendido del 6 al 31 de mayo, únicamente se dará trámite y resolución a casos urgentes, ya sea que se promuevan de forma física o mediante juicio en línea. Se dará resolución de casos tramitados físicamente en los que únicamente quede pendiente la emisión de sentencia o resolución final. Se reanudará el trámite y resolución de los asuntos que se hayan tramitado mediante el juicio en línea, con anterioridad al periodo de contingencia, con excepción de aquellos que se encuentren pendientes la celebración de audiencias o desahogo de diligencias judiciales. La suspensión de plazos y términos para casos restantes seguirá vigente para solicitudes, demandas, recursos, juicios y procedimientos en general, distintos a los mencionados, así como la interposición de recursos en contra de las sentencias y resoluciones dictadas. Por otro lado, se establece que sólo se dará trámite a las solicitudes, demandas, incidentes y recursos nuevos, cuando se trate de casos urgentes, con independencia de que se promuevan física o electrónicamente. Los cuales son aquellos competencia del centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones; aquellos en materia penal, ejecución penal, amparo civil, medidas cautelares en concursos mercantiles, declaración de inexistencia de huelga, incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea Nacionales.

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Asimismo, el acuerdo, establece reglas para la resolución de casos tramitados físicamente, y para la tramitación y resolución mediante el juicio en línea y reglas específicas para los órganos jurisdiccionales que conozcan de asuntos penales. Por otro lado, el Pleno del Consejo de la Judicatura, Federal, a su vez, emitió el Acuerdo General 9/2020, que reforma el similar 5/2020, relativo a las medidas de contingencia en las áreas administrativas del propio Consejo por el fenómeno de salud pública, , mediante el cual, se amplía el periodo de suspensión hasta el 31 de mayo. 21 de abril

Se publicó en la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020, mediante el cual se amplía la suspensión de las actividades no esenciales hasta el 30 de mayo, para mitigar la dispersión y transmisión del virus. Asimismo, se establece que las acciones extraordinarias dejarán de implementarse el 18 de mayo, en aquellos municipios que presenten baja o nula transmisión, lo cual será evaluado por la Secretaría de Salud Federal. (TMX1.625.666) La Secretaría de Salud, establecerá los Lineamientos para reducir la movilidad entre los municipios con distinto grado de propagación y realizará las adecuaciones que considere necesarias al sistema de vigilancia epidemiólogica para lograr una vigilancia especial de los pacientes que se encuentren graves o críticos a causa del COVID-19, así como de la demanda y disponibilidad de servicios hospitalarios. Se exhorta a los gobiernos de los estados a mantener actualizado el reporte diario de ocupación, disponibilidad y atención, a instrumentar las medidas de prevención y control pertinentes, a establecer y ejecutar los mecanismos conducentes a la reducción de la movilidad de los habitantes entre municipios y a garantizar la implementación adecuada y oportuna de las medidas e informar a la autoridad federal sobre las mismas. Por último, se exhorta a su vez a los estados, a prestar servicios de salud en cada entidad, ejecutar y supervisar los planes de reconversión y expansión hospitalaria para garantizar la atención adecuada y oportuna de la población.

6 de abril

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En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 6 de abril, se publicó el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos técnicos relacionados con las actividades descritas en los incisos c) y e) de la fracción II del Artículo Primero del Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo, mediante el cual, se entenderán por “actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación”, a las empresas de producción de acero, cemento y vidrio, así como los


servicios de tecnología de la información que garanticen la continuidad de los sistemas informáticos de los sectores público, privado y social; Las empresas con este giro, deberán de notificar a la Secretaría de Economía, el número de trabajadores que laborarán. Las empresas con este giro que tengan contratos vigentes con el gobierno federal, solo buscarán cumplir con los objetivos a corto plazo exclusivamente para los proyectos de Dos Bocas, Tren Maya, Aeropuerto Felipe Ángeles, Corredor Transístmico, y contratos con PEMEX y CFE. Por otro lado se establece que también podrán continuar con labores, las empresas de mensajería; asimismo, hace mención a las empresas necesarias para la conservación, mantenimiento y reparación de la infraestructura crítica que asegura la producción y distribución de servicios indispensables, tales como la energía eléctrica, y en especifico las minas de carbón continuarán en labores para satisfacer la demanda de la CFE. 31 de marzo

En la Edición Vespertina del 31 de marzo del Diario Oficial de la Federación, se publicó el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, de la Secretaría de Salud; el mismo establece como acción extraordinaria para atender la emergencia sanitaria, diversas acciones que deberán tomar los sectores público, privado y social, las cuales integran -entre otras-, la suspensión del 30 de marzo, al 30 de abril de aquellas actividades no esenciales, con el fin de mitigar la dispersión y transmisión del virus COVID-19 (TMX1.622.637). Asimismo, establece que las actividades esenciales, son aquellas que son directamente necesarias para atender la emergencia sanitaria, como actividades médicas, paramédicas, administrativas y de apoyo en el Sistema Nacional de Salud, así como el abasto y servicio de medicamentos, manufacturación de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud, y los involucrados en la disposición adecuada de recursos peligrosos biológicos-infecciosos. Así como actividades de la seguridad pública y protección ciudadana, la procuración e impartición de justicia y actividad legislativa en los niveles federal y estatal. De igual forma se establecen como actividades esenciales aquellas de los sectores fundamentales de la economía (recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, agua potable, alimentos, trasporte, producción agrícola, pesquera y pecuaria, agroindustria, industria química, productos de limpieza, ferreterías, servicios de mensajería, seguridad privada, guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias de adultos mayores, refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, telecomunicaciones y medios de información, servicios funerarios de inhumación, entre otros). Así como aquellas relacionadas con programas sociales de gobierno y las necesarias para el mantenimiento y reparación de la infraestructura

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que aseguran la distribución de servicios indispensables. Se establecen a su vez, prácticas en los lugares previamente mencionados, tales como la prohibición de congregaciones de más de 50 personas, lavarse las manos, estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria, saludo a distancia, y todas aquellas que a su vez ha emitido la misma Secretaría. Por medio del mismo se exhorta a la población a cumplir con el resguardo domiciliario del 30 de marzo al 30 de abril, el cual se aplica de manera estricta a todas aquellas personas que pudieren resultar vulnerables ante la enfermedad ocasionada por el virus COVID-19. Por último establece que una vez terminado el periodo mencionado, la Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Economía y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, emitirán los lineamientos correspondientes a fin de un regreso a las actividades laborales, económicas y sociales de toda la población y se establece que todas las medidas previamente mencionadas deberán aplicarse con estricto respeto a los derechos humanos. 30 de marzo

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación del 30 de marzo, se publicó el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), del Consejo de Salubridad General (TMX1.622.119), mediante el cual se establece que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia sanitaria.

2. CRONOLOGÍA DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS A NIVEL FEDERAL DESDE EL INICIO DE LA PANDEMIA 6 de mayo Acuerdo modificatorio al Acuerdo por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la Comisión Nacional de Hidrocarburos, para quedar comprendido el período de suspensión del 23 de marzo al 31 de mayo del presente, el cual se podrá extender por determinación de las autoridades sanitarias correspondientes. (TMX1.627.488) Acuerdo por el que se suspenden los plazos y términos legales en la practica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y sus unidades administrativas, con las excepciones que en el mismo se indican, del 6 al 30 de mayo del presente, siendo estas, la recepción de documentos e informes, trámites, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y resolución de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, medios de

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impugnación, así como cualquier otro acto administrativo que sea solicitado a sus servidores públicos adscritos. (TMX1.627.487) 4 de mayo La Secretaría de Hacienda publicó el Acuerdo por el que se suspenden plazos para la atención de las institucionales y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a causa del coronavirus; mediante el cual se suspenden los plazos respecto de los trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante esa Comisión con excepción de los relativos a los Planes de regularización, programas de autocorrección , atención a notificaciones y requerimientos relativos a visitas de inspección, hasta el 30 de mayo. (TMX1.627.363) La Procuraduría Federal del Consumidor, publicó el Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos para la operación de casas de empeño durante la contingencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2, establecida como actividad esencial, las cuales podrán seguir funcionando exclusivamente para la atención de empeño, refrendo y desempeño de las prendas evitando la enajenación de las mismas y se establecen las medidas de seguridad e higiene que deberán aplicar en sus establecimientos. (TMX1.627.365) El Instituto Mexicano del Seguro Social, publicó el Acuerdo dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria por el que se autoriza la expedición de un permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto, a disposición de los asegurados y patrones, basados en definiciones operacionales vigentes. Este permiso o certificado será homologable a la incapacidad temporal para el trabajo, por lo que deberá mantener el soporte legal para cubrir la ausencia del trabajador en su centro laboral, determinar el descuento de las cuotas obrero patronales y permitir el pago del subsidio en el ramo de enfermedad general para todos los casos. (TMX1.624.367) Asimismo, el IMSS publicó el Acuerdo por el que se autoriza la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, siempre que las aseguradas hayan acudido a los servicios médicos para control prenatal. (TMX1.627.361) Por último, se publicó el Aviso mediante el cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones cancela, por causa de fuerza mayor y con motivo de las medidas de contingencia del coronavirus COVID-19, el procedimiento para obtener la Acreditación de Perito en materia de telecomunicaciones y/o radiodifusión y, en su caso, la revalidación correspondiente, establecido en la Convocatoria publicada el 24 de abril de 2020. 30 de abril Edición Vespertina En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación se publicaron diversos acuerdos relativos a suspensiones de plazos, siendo estos lo siguientes:

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Acuerdo por el cual se amplía la suspensión y términos legales en la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a que se refiere el diverso Acuerdo publicado el 7 de abril de 2020, debido a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor ocasionada por el coronavirus COVID-19, hasta el 30 de mayo. Acuerdo por el que se amplía el periodo de suspensión de los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete debido al impedimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de facultades de comprobación, así como los plazos y términos de procedimientos distintos a los anteriores, sustanciados por la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización en los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua, por causas de caso fortuito o fuerza mayor originadas por las pandemia de enfermedad por el coronavirus COVID-19, hasta el 30 de mayo del presente. Acuerdo que modifica el Acuerdo que reforma y adiciona el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo de 2020, hasta el 30 de mayo del año en curso. Acuerdo de la Secretaría de Salud por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, publicado el 26 de marzo, mediante el cual se amplía la suspensión hasta el 30 de mayo del presente. Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se señalan días inhábiles para efectos de la realización de trámites administrativos a cargo del Consejo de Salubridad General, publicado el 21 de abril de 2020, los del periodo comprendido del 20 de abril al 30 de mayo del 2020. Segundo Acuerdo por el que se modifica el Artículo Primero, del Acuerdo por el que se declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados ante las Unidades Administrativas del Centro Nacional de Control de Energía del 26 de marzo al 19 de abril, por el cual se extiende la suspensión, al 30 de mayo del año en curso. Edición matutina Se publicaron en la versión matutina del Diario Oficial de la Federación, un gran número de Acuerdos relativos a la contingencia sanitaria, siendo estos los siguientes: Acuerdo por el cual se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en la Auditoría Superior de la Federación a que se refiere el diverso acuerdo publicado el 16 de abril de 2020, debido a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor ocasionada por el virus SARS-CoV2, y con motivo de la extensión de la jornada nacional de sana distancia para mitigar la dispersión y transmisión del mismo, hasta el 17 de mayo del presente. (TMX1.626.456) 7


Acuerdo por el que se amplía la suspensión de los plazos, términos y actividades en la Secretaría de Gobernación hasta el 30 de mayo de 2020, con las exclusiones que en el mismo se indican, siendo estas las realizadas por el Diario Oficial de la Federación, lo que respecta a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, las relacionadas con el Instituto Nacional de Migración, las que realiza la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y la Dirección General de Radio Televisión y Cinematrografía. (TMX1.626.454) Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, mediante el cual se amplía la suspensión hasta el 30 de mayo. (TMX1.626.468) Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efecto de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican; se considerarán inhábiles los días 4, 6, 7, 8, 11, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de mayo. (TMX1.626.450) Acuerdo que modifica al diverso por el que se suspenden términos en la Secretaría de Economía y se establecen medidas administrativas para contener la propagación del coronavirus COVID-19; la suspensión de términos será hasta el 30 de mayo. (TMX1.626.464) Acuerdo por el que se reforma, por segunda ocasión el diverso por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus, los cuales serán los días 4, 6 al 8, 11 al 15, 18 al 22 y 25 al 29 de mayo. (TMX1.626.464) Acuerdo por el que se amplía el periodo suspensivo del 23 de marzo al 30 de mayo del año en curso y se modifica el diverso por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio y superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública. (TMX1.626.444) Segundo Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, mediante el cual se establece que los plazos y términos legales de los actos y procedimientos administrativos seguidos ante la Secretaría, se extenderán hasta el 30 de mayo, y se declaran como inhábiles los días comprendidos en ese periodo. Acuerdo por el que se modifican los diversos por los que se establece la suspensión y términos legales en la Comisión Reguladora de Energía, como medida de prevención 8


y combate de la propagación del coronavirus COVID-19; la mencionada suspensión se ampliará hasta el 30 de mayo del año en curso. (TMX1.626.466) Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo por el que el Consejo Nacional para prevenir la Discriminación establece acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2, las cuales versan sobre la suspensión de plazos y términos durante el periodo comprendido del 1 de abril al 30 de mayo. (TMX1.626.448) Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, suspende términos y plazos, así como la atención personal en las Unidades de Atención a Usuarios y en las Oficinas de Atención al Público, por el cual extienden la suspensión al 30 de mayo del presente. (TMX1.626.447) Acuerdo por el que se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en el Archivo General de la Nación, relacionado con las medidas preventivas frente al coronavirus, hasta el 29 de mayo del presente; y se habilita la dirección del correo electrónico correspondencia@agn.gob.mx para la recepción de documentación en la Unidad de correspondencia del Archivo. (TMX1.626.453) Acuerdo mediante el cual el Pleno resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la Comisión Federal de Competencia Económica, hasta el 29 de mayo del presente. (TMX1.626.459) 29 de abril Se publicó el Acuerdo General 7/2020 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se prorroga la suspensión de actividades jurisdiccionales y, por ende, se declaran inhábiles los días del periodo comprendido del 6 al 31 de mayo de 2020, y se habilitan los días que resulten necesarios para las actuaciones jurisdiccionales que se precisan; se habilitan los días y horas que resulten necesarios durante el periodo referido con el objeto de que el Ministro Presidente y los Ministros Instructores provean, en el ámbito de su competencia, sobre las controversias constitucionales urgentes en las que se solicite la suspensión, y se ejecuten las actuaciones judiciales que resulten necesarias, así como para que el Pleno y las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación celebren sus sesiones a distancia mediante el uso de herramientas informáticas, en los términos de la normativa aplicable y se firmen los engroses de las resoluciones emitidas en esas sesiones mediante el uso de la firma electrónica certificada del Poder Judicial de la Federación o del certificado de e.firma; se reciban por vía electrónica mediante el uso de las firmas mencionadas únicamente las promociones relacionadas con los asuntos que se listen para esas sesiones; se provea de lo conducente respecto de éstos por vía electrónica, y se notifiquen por lista o por rotulón electrónicos las resoluciones respectivas. (TMX1.626.330) Asimismo, se publicó el Acuerdo por el que se determina suspender el cómputo de plazos y términos legales, en las actuaciones, diligencias, acuerdos, inicio, substanciación, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos y medios de impugnación que se desarrollan en los procedimientos de responsabilidad administrativa, de remoción, de inconformidades y de sanción a 9


proveedores en el Órgano Interno de Control de la Fiscalía General de la República, hasta el 30 de abril del año en curso, quedando excluidos los demás trámites, actividades, procesos y procedimientos en los que interviene y realiza el Órgano Interno de Control con las Unidades Administrativas y servidores públicos de la Fiscalía. (TMX1.626.332) Así como el acuerdo por el que se implementa el medio electrónico denominado DeclaraFGR para la regulación de la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses de los servidores públicos de la Fiscalía General de la República, ante el Órgano Interno de Control, así como el seguimiento de la evolución patrimonial de los mismos, el cual se encuentra ubicado en la dirección electrónica http://declarafgr.pgr.gob.mx. (TMX1.626.331) De igual forma, se publicó el Acuerdo modificatorio al Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia por la pandemia de coronavirus y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2, mediante el cual se adiciona una fracción, la cual establece que en diversos trámites, inscritos en el Registro de Trámites y Servicios del Instituto, continuarán siendo observables los plazos y términos establecidos en la normatividad, y se seguirá dándose trámite a las solicitudes que realicen los concesionarios que prestan servicios mayoristas de telecomunicaciones en relación con la inscripción ante el Registro Público de Concesiones de aquellas modificaciones alas tarifas o promociones derivadas de las ofertas. (TMX1.626.328) A su vez, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, emitió el Acuerdo mediante el cual, por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19, determina el acceso a la multiprogramación de ciertos concesionarios de radiodifusión de manera temporal para un canal de programación cuyo contenido audiovisual incluya las sesiones escolares de la Secretaría de Educación Pública; por el cual se establece que aquellos concesionarios que cuenten con títulos de concesión vigentes para la prestación del servicio de televisión radiodifundida, interesados en acceder a la multiprogramación para transmitir un canal de programación cuyo contenido incluya sesiones escolares de la SEP, por virtud del presente, quedan exentos del cumplimiento y aplicación de los requisitos establecidos en los Lineamientos Generales para el Acceso a la Multiprogramación. Por último, se publicó el Acuerdo por el que se da a conocer la modificación de los Lineamientos para las guardias temporales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, por medio de la cual se indica que la guardia de cada región será cubierta por un Magistrado, un secretario de acuerdos y un oficial jurisdiccional de la sala regional y en caso que resulte necesario, la junta de gobierno podrá determinar que otros magistrados participen en la guardia, con el fin de cumplir la función jurisdiccional en tiempo y forma. (TMX1.626.326) 28 de abril

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Se publicó el Acuerdo por el que se amplía el término del periodo en el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los efectos de las demás previsiones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a causa del coronavirus denominado COVID19; mediante el cual se amplía el término hasta el 30 de mayo. (TMX1.626.179) Asimismo, se publicaron Modificaciones al Acuerdo por el que se establecen medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro a causa del COVID-19; a través de las cuales se establece que hasta que la Secretaría de Salud o el Consejo de Salubridad General ordenen el regreso ordenado y escalonado de las actividades no esenciales, se suspenderán las actividades ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. (TMX1.626.233) Acuerdo por el que se modifica por segunda ocasión el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus órganos administrativos desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, por el cual se amplía la suspensión de plazos y términos hasta el 30 de mayo del año en curso. (TMX1.626.208) Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden las actividades del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial por causa de fuerza mayor; a través del cual se amplía la suspensión de las actividades hasta el 30 de mayo. Asimismo, se publicó otro acuerdo del mismo Instituto, por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales en el Instituto, en el periodo que se indica; ampliando la suspensión del mismo, hasta el 30 de mayo. (TMX1.626.209) (TMX1.626.210) La Procuraduría Federal del Consumidor, publicó el Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo que establece los medios de atención de quejas y procedimientos en la Procuraduría y suspende los plazos y términos que se indican; mediante el cual amplía la suspensión de plazos y términos procesales hasta el 30 de abril. (TMX1.626.207) A su vez, se publicó el Acuerdo por el que se establece la ampliación de suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y sus unidades administrativas, que abarca el 20 de abril de 2020, y hasta la fecha en que el Consejo de Salubridad y la Secretaría de Salud determina que ha cesado la contingencia, y se implementan diversas medidas en relación con el funcionamiento y operación de sus áreas sustantivas, con motivo de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19. (TMX1.626.177) Por último, se publicó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establecen los criterios a los que deberán sujetarse los partidos políticos nacionales que soliciten renunciar a su financiamiento público, en virtud de la

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contingencia sanitaria derivada de la pandemia del virus SARS-CoV2, las cuales serán resueltas por la Secretaría Ejecutiva del Instituto. (TMX1.626.181) 27 de abril Edición Vespertina En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el Acuerdo por el que se modifican los Lineamientos para la operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, de la Secretaría de Economía, mediante el cual se adicionan las empresas solidarias del sector formal; se establece a su vez, que se busca contribuir la permanencia de los micronegocios y empresas ante la crisis económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2, tanto para salvaguardar su actividad económica como para mantener los empleos que se generan, así como atender la necesidad de financiamiento de las empresas con registro patronal en el IMSS que con el corte al 15 de abril, conservaron el promedio de su plantilla laboral del primer trimestre del 2020. Edición matutina Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la solicitud de MORENA de renunciar al cincuenta por ciento del financiamiento público federal para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes del ejercicio 2020, a fin de que sea canalizado al Sistema Público de Salud; a través del mismo, el Consejo General considera factible llevar a cabo la retención del 50% del monto, el cual asciende a $103,371,549.00. (TMX1.626.080) 24 de abril Edición vespertina En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación se publicaron los Lineamientos para la Operación del Programa de Apoyo Financiero a Microempresas Familiares, los cuales tienen por objeto regir la operación y funcionamiento del Programa de Apoyo Financiero los cuales tienen por objetivos contribuir a la permanencia de los Micronegocios ante la crisis económica derivada de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2, tanto para salvaguardar su actividad económica como para mantener los empleos que se generen, atender la necesidad de financiamiento de los mircronegocios, tanto en el sector formal como en el informal y atender la necesidad de financiamiento de las empresas con registro patronal en el IMSS que se han preservado su plantilla laboral en el 2020. Edición matutina Se publicó el Acuerdo de la Secretaría de Salud por el que se establecen especificaciones que las Secretarías de Salud, de la Defensa Nacional y de Marina; así como el Instituto de Salud para el Bienestar, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en su carácter de unidades facultadas, deberán observar para la contratación del personal que en el mismo se menciona; en el mismo se establece que las unidades mencionadas 12


podrán contratar a profesionales de la salud exclusivamente por el tiempo que dure la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-Cov2. (TMX1.625.867) Acuerdo General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se prorroga la suspensión de los plazos y términos legales y normativos en los procedimientos a cargo de esa instancia de fiscalización, con las excepciones que se señalan, durante el periodo del 20 de abril, hasta que la autoridad sanitaria determine la reanudación de actividades no esenciales del sector público, con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, provocada por la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS- CoV2., estableciéndose como excepción a la suspensión los trámites relacionados con los procedimientos de auditoría e investigación de responsabilidades administrativas, los actos de entrega de recepción y el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración patrimonial y de intereses de las personas servidoras públicas del Instituto. (TMX1.625.868) Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, por el que se modifica el diverso, por el que se determinaron medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia del COVID-19, a efecto de ampliar la suspensión de plazos, a efecto de ampliar la suspensión de los plazos procesales en la tramitación y sustanciación de los procedimientos administrativos competencia de los diversos órganos del Instituto. 23 de abril Edición vespertina En la Edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el Decreto por el que se establecen medidas de austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los criterios que en el mismo se indican, mediante el cual se establecen las medidas consistentes en la prohibición de despido de trabajadores, así como de nuevas contrataciones de personal; asimismo se establece que de forma voluntaria se reducirá el salario de los altos funcionarios públicos hasta un 25% de manera progresiva, y no habrán aguinaldos este año, ni ninguna otra prestación. Asimismo, establece que no se ejercerá el 75% del presupuesto disponible en las partidas de servicios generales, materiales y suministro, y se cancelan diez subsecretarías, así como la obligación de que la mitad de las oficinas permanezcan cerradas, con excepción de aquellas que atiendan de manera directa al público. Por otro lado, se establece que se posponen las acciones y gastos del gobierno, con excepción de ciertos programas prioritarios. Asimismo, se establece la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dispondrá de los recursos para cumplir con la entrega de participaciones federales a los estados, pagos de nóminas, pensiones y amortización y servicios de la deuda pública. Edición matutina Se publicó el Acuerdo el Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica emite las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales por 13


correo electrónico, las cuales deberán hacerse a la dirección de correo electrónico de la persona sujeta al procedimiento, sus representantes o autorizados; el destinatario deberá confirmar la recepción del correo y del acuerdo de resolución dentro de los dos días siguientes a que se envíe el mismo. 22 de abril Edición vespertina En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación, se publicó el Acuerdo General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación No. 4/2020, por lo que se emiten los lineamientos aplicables para la resolución de los medios de impugnación a través del sistema de videoconferencias, mediante el cual se establecen los Lineamientos para el uso de las videoconferencias durante la celebración de las sesiones no presenciales; se establece a través del mismo que el Magistrado Presidente convocará a sesiones no presenciales, a las y los magistrados electorales, a través del titular de la Secretaría General de Acuerdos, y se publicará el aviso correspondiente en los estrados electrónicos de la página de ese Tribunal. (TMX1.625.801) Edición matutina Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se amplían los plazos previstos en el artículo 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses en el año 2020, con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2, hasta el 31 de julio del año en curso. (TMX1.625.675) Asimismo, se publicó el Acuerdo mediante el cual se modifica y adiciona el diverso, de fecha 20 de marzo de 2020, mediante el cual se suspende el cómputo de plazos para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante el órgano de control del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, del lunes 23 de marzo al 19 de abril de 2020, en el sentido de ampliar sus efectos al 30 de abril del año en curso. (TMX1.625.665) Por último se publicó el Acuerdo mediante el cual se modifican y adicionan Acuerdos previos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en el sentido de ampliar sus efectos al 30 de abril del año en curso inclusive, con motivo del Acuerdo emitido por la Secretaría de Salud, por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en la edición vespertina de 31 de marzo. (TMX1.625.676) 21 de abril Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se señalan días inhábiles para efectos de la realización de trámites administrativos a cargo del Consejo de Salubridad General, los días comprendidos del 20 al 30 de abril, por lo que no 14


correrán plazos o términos legales. El Consejo deberá mantener labores de personal necesario, para la atención de asuntos urgentes, así como para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con el virus SARS-CoV12. (TMX1.625.496) 17 de abril Edición vespertina En la Edición Vespertina del Diario Oficial de la Federación se publicaron diversos Acuerdos de distintas dependencias, siendo estos los siguientes: Acuerdo por el que se determina el mecanismo de fijación de tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico a usuarios domésticos, por el periodo que se indica, con motivo de la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor derivada de la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2, mediante el cual se establece que durante el periodo comprendido del 30 de marzo, y hasta los 7 días naturales posteriores a que concluya la vigencia de la emergencia sanitaria, no serán considerados los consumos de energía eléctrica realizados por los usuarios domésticos; asimismo, se establece que no se podrán realizar reclasificaciones a la tarifa de los usuarios de servicio de energía eléctrica. Acuerdo por el que se amplía el periodo de suspensión de los plazos para continuar las visitas domiciliarias o las revisiones de gabinete debido al impedimento de la autoridad para proseguir el ejercicio de facultades de comprobación, así como los plazos y términos de procedimientos distintos a los anteriores, sustanciados por la Coordinación General de Recaudación y Fiscalización y las Direcciones de Recaudación y Fiscalización en los Organismos de Cuenca de la Comisión Nacional del Agua, por causas de efecto fortuito o fuerza mayor originadas por la pandemia de enfermedad por el coronavirus COVID-19, se prorroga la suspensión, hasta el 4 de mayo. Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales y administrativos en la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural y sus Órganos Administrativos Desconcentrados, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, por medio del cual se extiende la mencionada suspensión, al 30 de abril. Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se hace del conocimiento del público, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes con motivo de la contingencia coronavirus COVID-19, a través del cual se determina que se considerarán inhábiles los días 20 al 24 y 27 al 30 de abril, del año en curso, sin implicar suspensión de labores. Acuerdo por el que se suspenden plazos y términos legales, así como actividades en la Secretaría de la Función Pública, con las exclusiones que en el mismo se indican, como medida de prevención y combate de la propagación de la enfermedad generada por el coronavirus SARS-CoV2, hasta el 30 de mayo del presente; quedan exceptuados de la suspensión, la presentación de denuncias por conductas probablemente constitutivas de faltas administrativas, atención de las peticiones ciudadanas que no reúnan los requisitos 15


de una denuncia, diligencias de trámite o actos contenidos en el artículo tercero de las Disposiciones Generales para la Realización de Auditorías, Revisiones y Visitas de Inspección, la atención de los requerimientos del Ministerio Público, de los órganos jurisdiccionales y otros entes públicos, así como las actuaciones, informes, diligencias, promociones, requerimientos, notificaciones y en general cualquier acto que resulte urgente, a juicio de los Titulares de las unidades administrativas de la Secretaría. Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos a que hace referencia la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal con motivo de las medidas de prevención y contención de la propagación del coronavirus, hasta el 30 de abril del año en curso. Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el intercambio de información oficial a través de correo electrónico institucional como medida complementaria de las acciones para el combate de la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2, de la Secretaría de la Función Pública, los cuales tienen por objeto establecer medidas que permitan la continuidad de las actividades y operación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Acuerdo por el que se prohíbe la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 y se sugieren medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria, a través del cual se prohíbe expresamente a todas las autoridades e instituciones públicas o privadas, la incineración de los cuerpos no identificados e identificados no reclamados, así como la inhumación de los cadáveres. Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Secretaría de Salud, sus unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, por el que se amplía el plazo de suspensión, al 30 de abril del presente. Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por el que se modifican y amplían hasta el 30 de abril. Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos competencia de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada tanto en oficinas centrales, como en sus oficinas de representación en las entidades federativas o regiones, así como los trámites y servicios que brinda su órgano desconcentrado, Registro Agrario Nacional, en los Centros de Atención en oficinas centrales, y en todas las delegaciones, así como el Archivo General Agrario, su Archivo Registral, su Biblioteca Especializada y en las 32 unidades de Control Documental, para prevenir la propagación y transmisión del virus COVID-19, hasta el 30 de abril, del año en curso. Acuerdo por el que se comunican las actividades esenciales de la Comisión Nacional Forestal, se declaran días inhábiles los que se precisan y se habilitan días y horas para recibir los trámites y realizar los actos que se detallan, por el que se declaran inhábiles los 16


días comprendidos del 20 de marzo al 4 de mayo. Quedan exceptuados de la suspensión, los actos y procedimientos relacionados con la asignación de apoyos de los programas forestales a cargo de la Comisión. Acuerdo por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en el Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa, como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus, hasta el día 30 de abril. Acuerdo por el que se adicionan los Lineamientos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la función para el ejercicio fiscal 2020, con motivo de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus COVID-19, mediante el cual se determina que las solicitudes de adecuación para la adquisición de los bienes incorporados para la protección personal de los elementos policiales deberá presentarse en la Dirección General de Vinculación y Seguimiento. Edición matutina Se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Modificaciones al Acuerdo por el que se establecen medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro a causa del COVID-19, mediante el cual se extiende la suspensión de los plazos de los actos y procedimientos que estén en curso ante la Comisión, hasta el 30 de abril. (TMX1.624.935) Asimismo, se publicó el Acuerdo por el que se amplía el término del periodo en el que se suspenden los plazos respecto de las audiencias, trámites y procedimientos que estén en curso, se realicen o deban realizarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como los efectos de las demás previsiones contenidas en el Acuerdo por el que se establecen las medidas temporales y extraordinarias y se suspenden algunos plazos para la atención de las entidades financieras y personas sujetas a supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, a causa del coronavirus denominado COVID19, hasta el 30 de abril del año en curso. (TMX1624.941) Por otro lado, se publicó el acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general, los días que serán considerados como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos substanciados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados, con excepción de los trámites y procedimientos que se indican, mediante el cual se suspenden las labores de la Secretaría hasta el 30 de abril, por lo que no se computarán plazos y términos legales. No obstante lo anterior, quedan exceptuados de la suspensión los trámites en materia forestal, trámites en materia de sustancias químicas y residuos peligrosos sujetos a tratados internacionales, trámites en materia de emisiones a la atmósfera, trámites en materia de áreas naturales protegidas, trámites en materia de procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios y en materia de obra pública y servicios relacionados con las mismas. (TMX1.624.943) En el mismo sentido, se publicó el Acuerdo que reforma y adiciona el diverso por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, 17


como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19, publicado el 25 de marzo de 2020, por el que se amplía la suspensión al 30 de marzo del presente. (TMX1.624.916) De igual forma se publicó el Acuerdo 07/04/20 por el que se modifica el diverso número 03/03/20 por el que se suspenden los plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos que se llevan a cabo ante la Secretaría de Educación Pública, para establecer la suspensión de plazos y términos relacionados con los trámites y procedimientos administrativos hasta el 18 de mayo. (TMX1.624.944) El Instituto Nacional del Derecho de Autor, publicó el Acuerdo por el que continúa con la suspensión de los plazos y términos legales en el Instituto por causa de fuerza mayor, suspendiendo hasta el 30 de marzo los plazos, términos, celebración de audiencias y juntas de avenencia, práctica de notificaciones, requerimientos y desahogos. (TMX1.624.940) Asimismo, se publico el Acuerdo por el que se modifica el diverso que declara la suspensión de plazos y términos en los actos y procedimientos sustanciados en la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y se declara la suspensión de plazos y procedimientos hasta el 30 de abril del año en curso. (TMX1.624.917) La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, emitió el Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público en general que la Comisión, suspende términos y plazos, así como la atención personas en las unidades de atención a usuarios y en las oficinas de atención al público, publicado el 31 de marzo del 2020, hasta el 30 de abril del año en curso; asimismo se establece que durante el periodo de suspensión, los usuarios de servicios financieros podrán iniciar trámites y dar seguimiento a los procedimientos que se llevan a cabo ante la CONDUSEF, así como solicitar asesoría por vía remota, a través de los medios establecidos en https:www.condusef.gob.mx_ (TMX1.624.914) El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario prorroga el diverso por el que se suspende plazos e instrumenta medidas preventivas en contra de la enfermedad por el virus SARS-CoV2, hasta el 30 de abril, respecto de los recursos administrativos de revisión y de los procedimientos administrativos de sanción que se encuentren en curso ante el Instituto. (TMX1.624.942) Por otro lado, se publicó el Acuerdo del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, por el que se modifica el diverso, por el que se suspenden las actividades del Instituto hasta el 30 de abril, con motivo de las medidas preventivas para la mitigación y control de los riesgos para la salud. Asimismo, el mismo Instituto publicó el Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se suspenden los plazos y no corren términos legales hasta el 30 de abril. (TMX1.624.918) (TMX1.624.919) En el mismo sentido, se publicó el Acuerdo mediante el cual el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica resuelve que no correrán los plazos de algunos procedimientos tramitados ante la misma Comisión; se establece que se exceptúa de la suspensión de plazos los relativos a procedimientos de los artículos 90, 92, 98 y 99 de la Ley Federal de Competencia Económica, 111, 112, 113, 113 Bis 1, 113 Bis 2, 113 Bis 3, 113 Bis 4, 113 Bis 5 y 113 Bis 6, de la mencionada Ley, así como de los procedimientos 18


de solicitudes de opinión formal, orientación general, consultas públicas, beneficios de reducción de sanciones, beneficios de dispensa o reducción del importa de multas y procedimientos de opiniones emitidas con fundamento en las XII. XIII, XIV, XV y XVIII del artículo 12 de la Ley Federal de Competencia Económica. (TMX1.624.945) Por último, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa publicó dos Acuerdos; el Acuerdo G/JGA/37/2020 por el que se dan a conocer los Lineamientos para las guardias temporales del Tribunal, por el que se establecen los criterios de guardias de personal del 20 de abril al 5 de mayo; así como el Acuerdo SS/11/2020 por el que se determina la suspensión de actividades jurisdiccionales del 20 de abril al 5 de mayo del año en curso. (TMX1.624.947) 16 de abril Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se amplía la suspensión de los plazos y términos legales en la Auditoría Superior de la Federación a que se refiere el diverso acuerdo publico el 20 de marzo de 2020, debido a la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor ocasionada por el coronavirus (COVID-19), del 20 al 30 de abril del año en curso, exceptuando de la misma a las actividades de la Dirección General de Responsabilidades y de la Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en estados y municipios, para la emisión de acuerdos de inicio de procedimientos resarcitorios, oficios citatorios y notificación, así como de trámites administrativos. (TMX1.624.805) Asimismo, se publicó el Acuerdo por el que se dan a conocer los días en que se suspenderán los plazos y términos aplicables en los trámites y procedimientos administrativos sustanciados ante la Secretaría de Relaciones Exteriores, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), en el período del 20 al 30 de abril. En el período mencionado previamente, se establece que las oficinas centrales de la Secretaría, relativo a los trámites de emergencia ante la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, se llevarán a cabo los mismos en un horario de 9:00 a 17:00 de lunes a viernes y se podrá plantear la asistencia en el correo electrónico gdpmexterior@sre.gob.mx. (TMX1.624.807) Relativo a los trámites llevados a cabo ante la Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos, se suspenden los trámites de certificación de firmas hasta el 30 de abril, así como los plazos y términos legales en los procedimientos disciplinarios previstos en la Ley del Servicio Exterior Mexicano y su Reglamento, por lo que no se practicarán notificaciones, actuaciones, promociones o solicitudes. La Dirección General de Asuntos Jurídicos, amplía la suspensión de atención y recepción de solicitudes y cualquier trámite relativo a procedimientos administrativos de nacionalidad, naturalización, hasta el 30 de abril; sin embargo, se reanudarán de forma electrónica los trámites relativos a las solicitudes de permiso para constituir fideicomiso en zona restringida, avisos de suscripción del convenio previsto en el artículo 27 de la Constitución, trámite de Convenio de renuncia para la adquisición de bienes inmuebles en zonas restringidas. En caso que exista una emergencia en materia de nacionalidad y naturalización, podrá plantearse en el correo electrónico dgajuridicos@sre.gob.mx. Por otro lado, se publicó el Acuerdo del Instituto Mexicano del Seguro Social dictado por el H. Consejo Técnico, por el que se autoriza suspender los trámites, procedimientos 19


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