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Una relectura del pensamiento jurídico internacional de Schmitt permite superar tanto las interpretaciones condescendientes como las impugnadoras de su producción intelectual, a la par que amplía nuestra comprensión de la mutación conceptual, institucional y social que se generó en la primera mitad del siglo XX en el orden mundial. Aunque atravesada por la nostalgia de un pasado que no puede volver, su obra ofrece herramientas conceptuales para pensar el origen de parte de los problemas y crisis actuales.

GERARDO TRIPOLONE

humanidades Kratos. Política, ética y humanismo

Kratos. Política, ética y humanismo

El pensamiento de Carl Schmitt ha sido abordado desde la filosofía, la política, el derecho, la historia, la teología y la literatura. Sin embargo, faltaba una lectura en profundidad de su obra que vincule los aspectos filosófico-jurídicos y teológicos con sus ideas sobre el derecho internacional. La nostalgia por el orden aborda este vínculo a través de la categoría espacio.

LA NOSTALGIA POR EL ORDEN

Carl Schmitt y el Derecho Internacional GERARDO TRIPOLONE

Ha publicado artículos sobre el pensamiento de Carl Schmitt y temas de derecho público, filosofía política y jurídica y defensa nacional.

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LA NOSTALGIA POR EL ORDEN

Gerardo Tripolone (San Juan, Argentina) estudió Derecho en la Universidad Nacional de San Juan y es Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad Nacional de Córdoba. Ha sido investigador visitante en el Instituto Ibero Americano de Berlín y en The New School en Nueva York. Actualmente es investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de Argentina.

Carl Schmitt y el Derecho Internacional

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humanidades Kratos. Política, ética y humanismo

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La colección Kratos. Política, ética y humanismo es una iniciativa académica y editorial con dos objetivos: por un lado, pensar las cuestiones centrales y siempre presentes de la realidad política y del gobierno bajo una mirada contemporánea; y a la par de lo anterior, asomarse a los retos actuales a los que se enfrenta la legitimidad de las instituciones públicas y los actos de gobierno, recuperando la perspectiva que se basa en las categorías clásicas a partir de las cuales se entiende al ser humano, así como el carácter racional de la política. Al ofrecer esta colección, la Universidad Panamericana y Tirant lo Blanch esperan que los títulos en ella publicados sean catalizadores de la reflexión, constructores de ágoras y en definitiva insumos para pensar juntos sobre aquello que dota de sentido a la colaboración y al compromiso en el espacio público.


LA NOSTALGIA POR EL ORDEN

Carl Schmitt y el Derecho Internacional


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT HUMANIDADES Manuel Asensi Pérez

Catedrático de Teoría de la Literatura y de la Literatura Comparada Universitat de València

Ramón Cotarelo

Catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

Mª Teresa Echenique Elizondo Catedrática de Lengua Española Universitat de València

Juan Manuel Fernández Soria

Catedrático de Teoría e Historia de la Educación Universitat de València

Pablo Oñate Rubalcaba

Catedrático de Ciencia Política y de la Administración Universitat de València

Joan Romero

Catedrático de Geografía Humana Universitat de València

Juan José Tamayo

Director de la Cátedra de Teología y Ciencias de las Religiones Universidad Carlos III de Madrid

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


LA NOSTALGIA POR EL ORDEN

Carl Schmitt y el Derecho Internacional

GERARDO TRIPOLONE

tirant humanidades Ciudad de México, 2021


Copyright ® 2021 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant Humanidades México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/

Director

José Antonio Lozano Díez

© Gerardo Tripolone

© EDITA: TIRANT HUMANIDADES DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Río Tiber 66, Piso 4 Colonia Cuauhtémoc Alcaldía Cuauhtémoc CP 06500 Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-18329-11-1 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Índice Introducción 1. ¿CÓMO LEER A CARL SCHMITT?................................................................... 20 2. EL “PROBLEMA” CARL SCHMITT................................................................... 24

I. Espacio 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 29 2. POR UNA NUEVA TEORÍA DEL ESPACIO.................................................... 30 2.1. Espacio y territorio........................................................................................ 30 2.2. Lo que el espacio no es.................................................................................. 32 2.3. Espacio, lugar y localización......................................................................... 34 3. FENOMENOLOGÍA DEL ESPACIO.................................................................. 35 3.1. El espacio y el hombre................................................................................... 35 3.2. El espacio, una cuestión de tiempo............................................................. 38 3.3. La imagen del espacio................................................................................... 41 3.4. ¿Un cambio enorme?..................................................................................... 45 4. LA FONÉTICA DEL ESPACIO............................................................................ 47

II. Orden Concreto 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 51 2. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE CARL SCHMITT................................. 52 2.1. Teoría del orden concreto I: otra visión de lo jurídico............................. 52 2.2. Teoría del orden concreto II: ¿una justificación jurídica del nazismo?.. 58 2.3. La primacía del Derecho sobre el Estado................................................... 64 3. UNIVERSALISMO, ORDEN CONCRETO Y DERECHO INTERNACIONAL........................................................................................................................... 68

III. Las Historias del Derecho Internacional 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 73 2. CUATRO HISTORIAS DEL DERECHO INTERNACIONAL........................ 73 2.1. Según estructuras espaciales........................................................................ 73 2.2. A través de los distintos «nomos de la tierra»............................................ 92 2.3. En líneas globales........................................................................................... 95 2.4. A través del concepto de guerra (resumen y remisión)............................ 101


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Índice

2.5. Resumen de las visiones de la historia del derecho internacional........... 102 3. EL MANEJO DE LA HISTORIA.......................................................................... 104

IV. Filosofía del Derecho Internacional 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 111 2. DIVIDIR ESPACIOS.............................................................................................. 111 2.1. Divide y ordenarás......................................................................................... 111 2.2. El derecho internacional como ordenación de la tierra........................... 114 3. JERARQUIZAR ESPACIOS.................................................................................. 128 3.1. Separados pero no iguales............................................................................ 128 3.2. Pueblos inferiores, espacios inferiores........................................................ 133 4. UN CANTO DE SIRENA...................................................................................... 137

V. Gran Espacio 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 141 2. GRAN ESPACIO VS. UNIVERSALISMO.......................................................... 141 3. GROβRAUM Y NAZISMO................................................................................... 143 3.1. Schmitt, ¿ideólogo de la expansión alemana?............................................ 143 3.2. Groβraum y Lebensraum.............................................................................. 149 4. ¿UNA DOCTRINA MONROE ALEMANA?.................................................... 157 5. GROβRAUM COMO ALTERNATIVA AL ORDEN MUNDIAL................... 164 5.1. La última propuesta de espacialización...................................................... 164 5.2. El Groβraum y El nomos de la tierra.......................................................... 171 6. ENTRE UNIVERSALISMO, DISCRIMINACIÓN Y NOSTALGIA.............. 174

VI. Enemistad 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 179 2. SILETE, THEOLOGI!............................................................................................ 181 3. LA CASA Y EL BARCO........................................................................................ 185 3.1. La añoranza del terruño................................................................................ 185 3.2. Electrificar la tierra........................................................................................ 189 4. GEOPOLÍTICA DE LA ENEMISTAD................................................................ 193 4.1. Espacio y enemigo......................................................................................... 193 4.2. El enemigo schmittiano y la edad global.................................................... 198

VII. Historia de la Guerra 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 201 2. LA GUERRA PREMODERNA............................................................................. 201 3. LA GUERRA DEL IUS PUBLICUM EUROPAEUM COMO MODELO....... 204


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Índice

3.1. Enemigos teológicos, ¿guerras limitadas?.................................................. 214 4. LA GUERRA TOTAL Y DISCRIMINATORIA................................................. 216 5. LA GUERRA CIVIL MUNDIAL......................................................................... 220 6. OTRO CANTO DE SIRENA................................................................................ 224

VIII. Filosofía de la Guerra 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 227 2. LA GUERRA COMO NÚCLEO DEL DERECHO INTERNACIONAL....... 227 2.1. ¿Primacía de la guerra?................................................................................. 227 2.2. El espacio de la guerra................................................................................... 229 2.3. La justicia de la guerra.................................................................................. 234 2.4. El fundamento filosófico del rechazo a la guerra justa............................. 242 2.5. La neutralidad en la guerra........................................................................... 247 3. LA LIMITACIÓN DE LA GUERRA COMO FINALIDAD DEL DERECHO INTERNACIONAL...................................................................................... 259 3.1. El sostenimiento del ius in bello a través de la política............................. 259 3.2. El fracaso del derecho internacional........................................................... 264 4. GUERRA Y LUCHA DE CLASES....................................................................... 265

IX. En Busca del Katechon 1. INTRODUCCIÓN................................................................................................. 273 2. TÉCNICA Y GUERRA.......................................................................................... 274 2.1. La Iglesia popular del siglo XX.................................................................... 274 2.2. El katechon de la historia y la técnica moderna......................................... 276 2.3. Financistas y comunistas, ¡uníos!................................................................ 283 3. EL IUS PUBLICUM EUROPAEUM COMO KATECHON DEL MUNDO MODERNO............................................................................................................. 285 4. ENTRE REALISMO Y NOSTALGIA.................................................................. 287 CONCLUSIONES......................................................................................................... 291 BIBLIOGRAFÍA........................................................................................................... 297


Agradecimientos En primer lugar, agradezco a la editorial Tirant lo Blanch, la Universidad Panamericana y a los editores de la colección Kratos por la publicación de esta obra. El libro es el fruto de mi tesis de doctorado en Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad Nacional de Córdoba. El trabajo lo realicé en el Instituto de Filosofía de la Universidad Nacional de San Juan con el apoyo de una beca doctoral del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Siempre estaré muy agradecido a estas tres instituciones científicas públicas de mi país. Una beca del DAAD me permitió realizar una estadía de investigación en el Instituto Iberoamericano de Berlín. Las horas que pasé allí y en la Biblioteca Estatal de esa ciudad fueron determinantes para este trabajo. Conocí gente maravillosa y dispuesta a ayudarme en todo, como el profesor Peter Birle quien fue mi tutor durante la estancia. Para la redacción final del libro, me beneficié de una estadía de investigación en The New School financiada con una beca FulbrightCONICET. Nunca olvidaré el ambiente que se respira en esa institución hermosa y la predisposición de Andreas Kalyvas, quien me recibió como tutor. Muy especial es mi agradecimiento a Héctor Ghiretti, director de mi tesis y de la beca doctoral y posdoctoral, devenido en amigo y consejero no exclusivamente profesional. Gracias a su generosidad inagotable no he dejado de aprender desde nuestro primer encuentro. Cada conversación vale más que muchas horas de trabajo solitario. Tengo otra deuda enorme con Daniel Inojosa, quien me mostró las posibilidades de la investigación jurídica en vinculación con el pensamiento político. Mientras cursaba el grado, gracias a Daniel di los primeros pasos en el trabajo intelectual y fue él quien me orientó en mis indagaciones iniciales sobre Carl Schmitt. Ha sido mi modelo de docente e investigador desde entonces.


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Agradecimientos

Beatriz Podestá, mi codirectora durante la beca doctoral, estuvo siempre presente para conversar, leer mis avances y ayudarme a vincular mi trabajo con la filosofía contemporánea. Agradezco, aprecio y deseo que no se acaben los diálogos con estudiantes, colegas y amigos del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional de San Juan.


Advertencias Las citas de las fuentes, literatura crítica y bibliografía secundaria se realiza al píe de página. Sólo se consigna la primera parte del título de la obra, en cursiva si es un libro y entrecomillado si es un artículo o un capítulo de libro. En la bibliografía se detallan los datos de la publicación. Para las obras de Carl Schmitt, se cita por una abreviatura de cada obra de su autoría. Las referencias completas se hallan ordenadas cronológicamente en la bibliografía. Para los textos traducidos, se ha optado por utilizar las ediciones en español, salvo en los casos en que se consideró variar la traducción y se cita por la edición en alemán. En el cuerpo del texto hemos utilizado siempre el idioma español, por lo que en todos los casos en que se citen obras en otro idioma, la traducción nos pertenece. Esta aclaración vale para todas las citas que se hagan en este trabajo.


Introducción Entre el Tratado de Versalles de 1919 y el fin de la Segunda Guerra Mundial en 1945, el derecho internacional mutó de forma radical. El cambio producido condicionó la actualidad del orden político y jurídico mundial. Un punto fundamental fue la transformación en la espacialidad política. La incidencia de los límites territoriales de los Estados que definían el antiguo orden cambió, a la par que éstos dejaban de ser los sujetos exclusivos del derecho y la política mundial. La economía globalizada se impuso y, al menos desde la teoría y la filosofía jurídica, la humanidad como sujeto del derecho internacional desplazó a los diferentes pueblos separados por el espacio. Desde entonces, los Estados no dejaron de perder potestades soberanas y de subsumir sus decisiones a organismos internacionales. El cambio generó un debate jurídico y político que todavía no está resuelto. La postura en la que cabe situar al jurista alemán Carl Schmitt (1888-1985) resultó vencida, tanto en el plano de la realización política como en su relevancia dentro de los estudios sobre el derecho internacional. Schmitt, quien aspiraba a una política que conserve su fundamento espacial, fue derrotado por el universalismo —principalmente liberal, pero también socialista— que mediante el primado de la economía y los ideales abstractos, diluye los bordes espaciales de la política. Estos ideales quedaron plasmados en instituciones jurídicas como la Sociedad de las Naciones y la Organización de Naciones Unidas (ONU), así como en los nuevos conceptos de guerra, de enemigo, de criminal y, por supuesto, de espacio. La derrota intelectual, para Schmitt, fue también una derrota vital. La espacialidad política de un orden terrestre es diluida por el buque a vapor, ejemplo de la técnica moderna sin espacios definidos. Con el avión y las ondas sonoras atravesando las soberanías estatales, el proyecto schmittiano de reespacialización política es imposible. Por eso la obra posterior a la Segunda Guerra Mundial está marcada por la nostalgia de un orden perimido.


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Es precisamente en razón de que Schmitt fue vencido en el debate de principios del siglo XX que su pensamiento es interesante. Es porque las ideas de Schmitt no prosperaron que permiten apreciar ciertos déficits, contradicciones y problemas que el nuevo orden liberal generó. El derrotado se ve forzado a desarrollar nuevas preguntas y métodos. Como sostiene Reinhart Koselleck, «la necesidad de explicar, la presión de clarificar es mayor [para el derrotado] que para los victoriosos. Para ellos, el éxito habla por sí sólo».1 Las reflexiones de Schmitt sobre el derecho internacional constituyen uno de los últimos intentos serios en la historia del pensamiento jurídico por sostener la espacialidad de la política y del derecho. El jurista busca la diferenciación y división de espacios en el mundo como base fundamental para un orden estable y previsible. Frente al humanismo liberal y universalista, Schmitt aspira un orden mundial que no liquide la política ni la disuelva en la economía. Ese orden precisaba de divisiones espaciales entre los distintos pueblos. Para poder extraer de la obra del jurista alemán consideraciones sobre esta mutación del derecho internacional, primero debe entenderse qué quiso decir. La pluralidad de visiones sobre su pensamiento amerita una interpretación que despeje los malos entendidos y equívocos sobre su producción jurídico-internacional. Este es el principal objetivo del libro. Como afirma Carlo Galli, Schmitt es a veces demonizado, a veces «rehabilitado como el último heredero del pensamiento político de la modernidad»; es señalado como un moderno y «el Hobbes del siglo XX» o identificado como «un antimoderno que debe ser interpretado como el teórico que ve en la política la insuperable maldición del pecado original»; se asume que su pensamiento posee una «máxima coherencia y univocidad» o que constituye un pensamiento «ocasionalista»; se ha dicho que es un «antihegeliano que utiliza una estrategia hegeliana»; se lo clasifica «ora jurista, ora politólogo, ora filósofo, 1

Koselleck, Reinhart, «Linguistic Change and History of Events», p. 662.


La Nostalgia por el Orden. Carl Schmitt y el Derecho Internacional

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ora ideólogo, ora sofista; se lo considera ora reputado, ora superado e inservible, ora de absoluta actualidad».2 Esta pléyade contradictoria de interpretaciones en ámbitos propios de la filosofía política amerita una revisión en los términos de Koselleck.3 No obstante, cabe aclarar que poco se ha dicho sobre el derecho internacional en Schmitt. Martti Koskenniemi, un importante investigador en historia del derecho internacional y sus ideas, reconoce en un texto de 2016 que «el boom de estudios sobre la obra de Schmitt en las dos décadas pasadas no se ha expandido hacia el derecho internacional como podría haberse esperado».4 En The Gentle Civilizer of Nations, Koskenniemi parece buscar llenar este vacío. Sin embargo, su análisis se realiza casi exclusivamente a la luz del nazismo, una de las falencias de gran parte de la literatura crítica.5 En el campo del derecho los autores se han concentrado en los debates constitucionales de la República de Weimar, dejando de lado las cuestiones internacionales.6 Todavía en 1999 Felix Blindow podía decir que, incluso en la literatura alemana, conceptos iusinternacionales schmittianos como el de Reich habían permanecido más bien ocultos.7 Minca y Vaughan-Williams en 2012 reconocían la falta de estudios sobre el problema espacial en la obra de Schmitt, algo que contrasta con la intensidad en abordajes acerca de sus ideas sobre la excepción, la relación amigo/enemigo, el defensor de la constitución, entre otros.8 4 2 3

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Galli, Carlo, Genealogia della politica, pp. V-VI. Koselleck, Reinhart, «Linguistic Change and History of Events», pp. 664-666. Koskenniemi, Martti, «Carl Schmitt and international law», p. 293. The Oxford Handbook of the History of International Law le otorga un espacio pequeño a una biografía elemental de Schmitt (Fassbender, Bardo, «Carl Schmitt (18881985)», pp. 1173-1178). En la gran obra de Stephen Neff ni siquiera se lo trata como un partícipe más dentro del debate de primera mitad del siglo XX (Neff, Stephen C., Justice among nations, pp. 364-390). Koskenniemi, Martti, The Gentle Civilizer of Nations, pp. 413 y ss. Fernández Pardo, Carlos, Carl Schmitt en la teoría política internacional, p. 11. Blindow, Felix, Carl Schmitts Reichsordnung, p. 8. Minca, Claudio y Vaughan-Williams, Nick, «Carl Schmitt and the concept of the border», p. 757.


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La razón de esta poca atención quizás se deba a la menor influencia que Schmitt tuvo a partir de 1945, al menos en proporción a la que gozó en las décadas de 1920 y 1930. Sus publicaciones estuvieron prohibidas hasta 1949. Schmitt no volvió a ocupar ningún puesto académico oficial ni político, quedando excluido de los círculos universitarios.9 Este periodo de aislamiento coincide casi totalmente con los momentos en que el autor se concentra en temas políticos y jurídicos internacionales, es decir, desde 1939 y hasta su muerte.10 Las tesis y abordajes producidos sobre este tramo del pensamiento schmittiano no satisfacen por diversas razones. Parte de la producción al respecto suelen ser tratamientos impugnadores, es decir, que aspiran simplemente a denostar al jurista, principalmente, por su biografía personal.11 Otras no son adecuadas por demasiado condescendientes, lo que en este libro implica una búsqueda de defenderlo de sus propias contradicciones y justificar sus posiciones políticas que resultan (y resultaron en su momento) insostenibles.12 Las tesis que podemos llamar intermedias —por no incurrir en ninguno de los dos extremos— tampoco llenan los objetivos propuestos.13 En este caso el problema se debe a la falta de atención 9

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Mehring, Reinhard, Kriegstechniker des Begriffs, p. 173. Aunque es cierto que Schmitt se dedica a partir de 1939 con mucha mayor rigurosidad a temas internacionales, pueden hallarse importantes textos sobre estas problemáticas durante los años de la República de Weimar. Entre otras pueden nombrarse: Teschke, Benno, «Carl Schmitt’s concept of war», pp. 367-400; Kleinschmidt, Harald, Carl Schmitt als Theoretiker der internationalen Beziehungen; Jiménez Sesgado, Carmelo, «Carl Schmitt y el derecho internacional del Reich», pp. 323-336; Campderrich Bravo, Ramón, Derecho, política y orden internacional en la obra de Carl Schmitt (1919-1945) y, en menor medida, Hooker, William, Carl Schmitt’s international thought. Por ejemplo, Serrano, Enrique, «Derecho y orden social»; Campi, Alessandro, «Carl Schmitt y el estudio de las relaciones internacionales» y «Gran espacio y unidad política del mundo»; Páramo Valero, Víctor, «Crímenes en la ordenación moderna de la tierra». Entre otros, Moulton, Jon David, Carl Schmitt’s theory of international law and relations; Bulloch Douglas, Carl Schmitt; Fernández Pardo, Carlos, Carl Sch-


La Nostalgia por el Orden. Carl Schmitt y el Derecho Internacional

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o al déficit en los análisis de ciertos puntos que son vitales para entender al jurista alemán. El más importante es su pensamiento teológico que, como veremos, es inescindible de sus tesis sobre el derecho internacional. De ahí que sea posible aportar una nueva interpretación del pensamiento jurídico-internacional de Schmitt con especial atención a su noción de espacio, pero que no se deje llevar por el discurso anti-schmittiano ni por los apologetas del jurista. En general, el concepto de espacio no es tratado en la literatura jurídica. Como afirma Carlo Galli14 para la política e Immanuel Wallerstein15 para las ciencias sociales, la espacialidad de los fenómenos políticos y sociales está todavía por investigarse, a diferencia de los aspectos temporales, que han sido indagados profundamente. Si esto sucede en la filosofía política, mayor es la ausencia en la literatura sobre el derecho internacional. Autores relevantes del siglo XX, como Hans Kelsen y Charles Rousseau, llamaron a abandonar el concepto. Ellos vieron en el factor espacial un tema anticuado, de escasa relevancia teórica e incluso peligroso.16 A pesar de que el concepto Geojurisprudenz fue acuñado ya en 1932 por Manfred Langhans-Ratzeburg,17 no es una temática asentada en las indagaciones jurídicas. En medios de habla hispana es muy difícil encontrar elaboraciones profundas sobre la relación entre geografía y derecho, es decir, sobre los condicionantes y las influencias que el espacio tiene sobre el orden jurídico.18 Sí pueden encontrar-

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mitt en la teoría política internacional; Monereo Pérez, José Luis, Espacio de lo político y orden internacional; Köster, Claudius, Auβenpolitik und Politikbegriff bei Carl Schmitt. Galli, Carlo, Espacios políticos, p. 9 Wallerstein, Immanuel, Abrir las ciencias sociales, pp. 29-30. Rousseau, Charles, Derecho internacional público, pp. 88-93. Schmoeckel, Mathias, Die Groβraumtheorie, p. 86. Véase Díaz Cruz, Julio Antonio, «Hacia una geografía jurídica en América Latina», pp. 1-26 y Beltramino, Juan Carlos M. (coord.), Jornada sobre Derecho y Geografía.


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se textos sobre este vínculo en publicaciones de habla inglesa, aun cuando la producción no sea considerable.19 Es por esto que el abordaje que proponemos adquiere relevancia también desde un plano general del pensamiento jurídico y no sólo como interpretación de las ideas de Carl Schmitt. Su obra, además de ser fundamental en la historia del pensamiento, puede dar pie a una línea de investigación a más largo plazo que preste atención a los vínculos entre espacio y derecho.

1. ¿CÓMO LEER A CARL SCHMITT? La discusión sobre cómo deben abordarse los textos (jurídicos, políticos, filosóficos, literarios o de cualquier índole) en la historia intelectual está lejos de zanjarse. Para una posición, el estudioso de la historia de, por ejemplo, la filosofía política debe buscar las «cuestiones perennes» de los textos que analiza. Esto se funda en que «las preguntas planteadas por los filósofos políticos del pasado siguen vigentes en nuestra propia sociedad».20 Aplicados a las ideas jurídicas, el historiador del pensamiento sobre el derecho debería buscar aquellas ideas que no pierdan actualidad y que todavía están vigentes porque son parte de un debate que atraviesa la historia intelectual. Esta idea es la que Derek Parfit concibe como «profanadores de tumbas» de la historia intelectual, quienes se oponen a los «arqueólogos» del pensamiento.21 Los arqueólogos estudian el objeto (en este caso un texto) para entender qué rol desempeñó en su momento. Asumen que todo texto político es político (como veremos hace Schmitt) y, por tanto, inentendible hasta sus últimas consecuencias fuera

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Una vision general sobre la problemática puede encontrarse en Braverman, Irus; Blomley, Nicholas; Delaney David y Kedar, Alexandre, «The Expanding Spaces of Law» y Raustila, Kal, «The Geography Of Justice» presenta un resumen sobre el estado de la cuestión. Strauss, Leo y Cropsey, Joseph (comp.), Historia de la filosofía política, p. 11. Citado por Rosler, Andrés, Razones públicas, pp. 13-15.


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