LA ACCIÓN ABSTRACTA DE INCONSTITUCIONALIDAD. ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE MÉXICO Y ESPAÑA
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania) Miembro de la Comisión de Venecia.
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia
Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Tomás S. Vives Antón
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
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LA ACCIÓN ABSTRACTA DE INCONSTITUCIONALIDAD. ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE MÉXICO Y ESPAÑA
JOSÉ EDUARDO ROSTRO HERNÁNDEZ
tirant lo blanch México, 2021
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© José Eduardo Rostro Hernández
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Índice ABREVIATURAS..................................................................................... 11 INTRODUCCIÓN................................................................................... 15 CAPÍTULO PRIMERO LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD COMO INSTITUTO PROCESAL PARA EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD......... 19 I. Concepto jurídico de la acción de inconstitucionalidad...................... 19 II. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad.................... 20 1. Una cuestión terminológica: ¿acción o recurso de inconstitucionalidad? ....................................................................... 20 2. La acción de inconstitucionalidad como proceso de contenido objetivo......................................................................... 23 III. Origen jurídico de la acción de inconstitucionalidad.......................... 26 1. Dos antecedentes previos a la jurisdicción constitucional concentrada.......................................................................... 26 1.1. España: el informe del Obispo Miguel Agustín Jarillo. 26 1.2. México: el voto particular del Diputado José Fernando Ramírez........................................................... 27 2. Los tres primeros modelos de jurisdicción constitucional concentrada.......................................................................... 28 2.1. El modelo colombo-venezolano de jurisdicción constitucional concentrada......................................... 28 2.2. El modelo checoslovaco de jurisdicción constitucional concentrada.......................................................... 33 2.3. El modelo austríaco-kelseniano de jurisdicción constitucional concentrada................................................ 34 2.3.1. El Tribunal Constitucional en la Constitución austríaca de 1920.................................. 34 2.3.2. El Tribunal Constitucional como garante de la Constitución......................................... 37 IV. Fundamento jurídico de la acción de inconstitucionalidad.................. 41 1. La acción de inconstitucionalidad en el ordenamiento jurídico español. ........................................................................ 42 2. La acción de inconstitucionalidad en el ordenamiento jurídico mexicano....................................................................... 46 2.1. El modelo federal de jurisdicción constitucional concentrada...................................................................... 46
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2.2. El modelo estadual de jurisdicción constitucional concentrada................................................................ 49 2.3. El modelo local de jurisdicción constitucional concentrada...................................................................... 54 V. Figuras procesales afines a la acción de inconstitucionalidad.............. 54 1. Los procesos de inconstitucionalidad en el ordenamiento jurídico mexicano................................................................. 55 1.1. Las controversias de inconstitucionalidad................... 55 1.2. El amparo contra leyes inconstitucionales................... 61 1.2.1. Amparo indirecto o biinstancial.................... 62 1.2.2. Amparo directo o uniinstancial..................... 67 2. Los procesos de inconstitucionalidad en el ordenamiento jurídico español.................................................................... 70 2.1. La cuestión de inconstitucionalidad............................ 70 2.2. La autocuestión de inconstitucionalidad. ................... 74 VI. Politicidad del control instado mediante la acción de inconstitucionalidad............................................................................................... 77 CAPÍTULO SEGUNDO LEGITIMACIÓN Y REPRESENTACIÓN EN LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD...................................................................... 83 I. Legitimación activa y pasiva............................................................... 83 1. Legitimación activa............................................................... 83 1.1. La legitimación activa en el ordenamiento jurídico español....................................................................... 84 1.1.1. La legitimación territorial............................. 85 1.1.2. La legitimación de la Defensoría del Pueblo.. 88 1.1.3. La legitimación de las minorías parlamentarias............................................................. 90 1.2. La legitimación activa en el ordenamiento jurídico mexicano.................................................................... 92 1.2.1. La legitimación de la Presidencia de la República.......................................................... 93 1.2.2. La legitimación de la Fiscalía General de la República. .................................................... 94 1.2.3. La legitimación de las Comisiones de Derechos Humanos.............................................. 95 1.2.4. La legitimación de los Institutos garantes de la transparencia........................................ 97 1.2.5. La legitimación de los partidos políticos....... 98 1.2.6. La legitimación de las minorías legislativas... 102 2. Legitimación pasiva.............................................................. 103
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II. Representación de las partes. ............................................................. 105 CAPÍTULO TERCERO OBJETO Y PARÁMETRO DEL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD...................................................................................................... 111 I. Objeto de la acción de inconstitucionalidad....................................... 111 1. Normas susceptibles de impugnación en el ordenamiento jurídico español. .................................................................. 112 1.1. Normas de ámbito estatal........................................... 113 1.2. Normas de ámbito autonómico.................................. 117 2. Normas susceptibles de impugnación en el ordenamiento jurídico mexicano................................................................. 120 2.1. Normas de ámbito federal. ........................................ 122 2.2. Normas de ámbito estadual. ...................................... 123 2.3. Normas de ámbito local. ........................................... 126 3. Exclusión de la impugnación por la vía de la acción de inconstitucionalidad................................................................. 129 3.1. Los tratados internacionales....................................... 129 3.2. Las reformas constitucionales..................................... 132 3.3. Las leyes preconstitucionales...................................... 134 3.4. Las leyes heteroaplicativas.......................................... 136 3.5. Las omisiones legislativas........................................... 137 3.6. Los reglamentos administrativos................................. 140 II. Parámetro del control de constitucionalidad....................................... 143 CAPÍTULO CUARTO EL PROCESO DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD......... 147 I. Etapas procedimentales del proceso. .................................................. 147 1. Presentación del escrito de demanda..................................... 147 1.1. Contenido formal del escrito de demanda. ................. 148 1.2. Plazo para la interposición de la demanda.................. 151 2. Trámite de admisión de la demanda...................................... 154 3. Sustanciación del proceso..................................................... 155 3.1. Personación pasiva..................................................... 155 3.2. Contestación de la demanda....................................... 157 3.3. Formulación de alegaciones........................................ 157 3.4. Ausencia de etapa probatoria..................................... 158 4. Posible acumulación de procesos.......................................... 160 II. Efectos de la admisión de la acción..................................................... 161
CAPÍTULO QUINTO LA RESOLUCIÓN DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. 165 I. La sentencia sobre el fondo como modo normal de terminar el proceso.. 165 1. Aspectos formales de la sentencia......................................... 165 1.1. Plazo para dictar sentencia......................................... 165 1.2. Estructura de la sentencia. ......................................... 166 1.3. Contenido de la sentencia........................................... 167 2. La declaración de inconstitucionalidad con nulidad.............. 168 2.1. La declaración de inconstitucionalidad....................... 168 2.1.1. Mayoría requerida........................................ 168 2.1.2. Votos particulares. ....................................... 171 2.2. La anulación de la ley inconstitucional....................... 173 2.3. Los efectos de la sentencia estimatoria. ...................... 174 2.3.1. Efectos en el tiempo...................................... 174 2.3.2. Efecto de cosa juzgada.................................. 176 2.3.3. Efecto de vinculación.................................... 179 2.3.4. Efectos frente a todos.................................... 181 3. La declaración de inconstitucionalidad sin nulidad. ............. 182 4. Las diferentes técnicas decisorias cuasi-legislativas. .............. 185 4.1. Las sentencias interpretativas...................................... 185 4.2. Las sentencias manipulativas. .................................... 186 5. La ejecución de la sentencia.................................................. 188 II. La terminación anormal del proceso................................................... 191 BIBLIOGRAFÍA....................................................................................... 195
ABREVIATURAS AATC
Autos del Tribunal Constitucional español
ATC
Auto del Tribunal Constitucional español
BayVerfGHE
Sentencia del Tribunal Constitucional del Estado ale-mán de Baviera
BVerfGE
Sentencia del Tribunal Constitucional Federal alemán
BVerfGG
Ley del Tribunal Constitucional Federal alemán
CBol
Constitución Política de la República de Bolivia
CChis
Constitución del Estado de Chiapas
CCoah
Constitución del Estado de Coahuila
CCol
Constitución Política de la República de Colombia
CDgo
Constitución del Estado de Durango
CE
Constitución española de 1978
CEcu
Constitución Política de la República del Ecuador
CEMex
Constitución del Estado de México
CFPC
Código Federal mexicano de Procedimientos Civiles
CGtm
Constitución Política de la República de Guatemala
CGto
Constitución del Estado de Guanajuato
CM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexica-nos de 1917
CME
Constitución de la Monarquía española de 1869
CNay
Constitución del Estado de Nayarit
CNL
Constitución del Estado de Nuevo León
COax
Constitución del Estado de Oaxaca
CPer
Constitución Política de la República del Perú
CQro
Constitución del Estado de Querétaro
CQRoo
Constitución del Estado de Quintana Roo
CRE
Constitución de la República española de 1931
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José Eduardo Rostro Hernández
CSon
Constitución del Estado de Sonora
CTab
Constitución del Estado de Tabasco
CTamps
Constitución del Estado de Tamaulipas
CTlax
Constitución del Estado de Tlaxcala
CVen
Constitución de la República Bolivariana de Venezue-la
CVer
Constitución del Estado de Veracruz
CYuc
Constitución del Estado de Yucatán
DTC
Declaración del Tribunal Constitucional español
EAnd
Estatuto de Autonomía de Andalucía
EAr
Estatuto de Autonomía de Aragón
EAst
Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias
EBal
Estatuto de Autonomía de Islas Baleares
ECan
Estatuto de Autonomía de Canarias
ECant
Estatuto de Autonomía de Cantabria
ECat
Estatuto de Autonomía de Cataluña
ECL
Estatuto de Autonomía de Catilla y León
ECLM
Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha
EExt
Estatuto de Autonomía de Extremadura
EGal
Estatuto de Autonomía de Galicia
ELR
Estatuto de Autonomía de La Rioja
EMad
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid
EMu
Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia
ENav
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Foral de Na-varra
EPV
Estatuto de Autonomía del País Vasco
Eva
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana
FFJJ
Fundamentos Jurídicos
FJ
Fundamento Jurídico
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Abreviaturas
GG
Ley Fundamental de Bonn
LA
Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
LEC
Ley de Enjuiciamiento Civil española
LJCA
Ley española reguladora de la Jurisdicción Contencio-so-Administrativa
LOAPF
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal mexicana
LOFGR
Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República mexicana
LOPJ
Ley Orgánica del Poder Judicial español
LOPJF
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación me-xicana
LOpPJ
Ley Orgánica provisional del Poder Judicial español
LOTC
Ley Orgánica del Tribunal Constitucional español
LOTGC
Ley Orgánica del Tribunal de Garantías Constituciona-les de la IIª República española
LR105
Ley Reglamentaria de las fracciones Iª y IIª del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
P.
Tesis aislada del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana
P./J.
Tesis jurisprudencial del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana
RAMad
Reglamento de la Asamblea de Madrid
RCsAr
Reglamento de las Cortes de Aragón
RCsCL
Reglamento de las Cortes de Castilla y León
RCsCLM
Reglamento de las Cortes de Catilla-La Mancha
RCsVas
Reglamento de las Cortes Valencianas
RISCJN
Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana
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José Eduardo Rostro Hernández
RJGPAst
Reglamento de la Junta General del Principado de As-turias
RPAnd
Reglamento del Parlamento de Andalucía
RPCan
Reglamento del Parlamento de Canarias
RPGal
Reglamento del Parlamento de Galicia
RPLR
Reglamento del Parlamento de La Rioja
SSTC
Sentencias del Tribunal Constitucional español
SSTEF SUP-JDC Sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mexicana, recaídas en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano STC
Sentencia del Tribunal Constitucional español
SUP-OP
Opinión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación mexicana
UNAM
Universidad Nacional Autónoma de México
INTRODUCCIÓN El presente trabajo de investigación tiene como propósito analizar la acción de inconstitucionalidad de índole abstracta, específicamente, la prevista en los ordenamientos jurídicos de México y España, sin que ello implique el desconocimiento sobre la regulación de esta institución en otros ordenamientos jurídicos de Europa Occidental y América Latina. Los estudios jurídicos comparativos, como el presente trabajo, son necesarios, puesto que, como afirma el ilustre procesalista y constitucionalista mexicano Héctor Fix-Zamudio, «no es posible conocer en todos sus matices una institución jurídica nacional si ésta no se examina bajo la luz del método comparativo»1. La investigación comparativa, afirma el comparatista italiano Paolo Biscaretti di Ruffìa, «conduce con frecuencia a una mejor interpretación y valoración de las instituciones jurídicas del ordenamiento nacional»2. El método comparativo empleado, en el presente trabajo de investigación, toma en cuenta las aportaciones de dos ramas del Derecho público, como son: el Derecho constitucional y el Derecho procesal. Es por ello que el presente trabajo es un «estudio de Derecho procesal constitucional comparado»3. El ilustre procesalista español Niceto Alcalá-Zamora y Castillo advierte que, la palabra «acción» —en la terminología austríaca, «Antrag» o, en la alemana, «Klage»—, se utiliza, únicamente, para expresar la actividad provocatoria de la jurisdicción4. La acción de
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Fix-Zamudio, Héctor. «Derecho comparado y Derecho de amparo», Ensayos sobre el Derecho de amparo, UNAM, México, 1993, p. 131. Biscaretti di Ruffìa, Paolo. Introducción al derecho constitucional comparado, trad. de Héctor Fix-Zamudio, Fondo de Cultura Económica, México, 1996, p. 80. Sobre la vinculación del Derecho comparado con el Derecho procesal constitucional, véase el trabajo de Ferrer Mac-Gregor, Eduardo. «El amparo Iberoamericano (Estudio de Derecho procesal constitucional comparado)», Panorámica del Derecho procesal constitucional y convencional, UNAM-Marcial Pons, Madrid, 2013, pp. 307-313. Cfr. Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto. Cuestiones de terminología procesal, UNAM, México, 1972, p. 43.
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inconstitucionalidad, precisamente, tiene por objeto la provocación de la jurisdicción constitucional. La acción de inconstitucionalidad y la jurisdicción constitucional están indisolublemente unidas. La Constitución española de 1978, tras el régimen del General Franco, crea un Tribunal Constitucional y restablece la acción de inconstitucionalidad que, por breve lapso, existió durante la vigencia de la Constitución republicana de 1931. En México, en cambio, la reforma constitucional de 1994, tardíamente, incorporó la acción de inconstitucionalidad en la vigente Constitución federal de 1917. A partir de esta reforma, la Suprema Corte mexicana se convierte, materialmente, en un Tribunal Constitucional. La Suprema Corte, sin embargo, ha ejercido el control constitucional a partir de la creación del «amparo» a mediados del siglo XIX. México, en comparación con España, cuenta con una larga tradición de defensa judicial de la Constitución. La acción de inconstitucionalidad, tanto en México como en España, ha sido escasamente abordada por procesalistas y constitucionalistas, por lo que, en ambos países, la bibliografía específica sobre el tema es muy reducida5. Los procesalistas, de ambos países, son quienes han mostrado menos interés sobre este proceso constitucional. Esto se debe a que, la acción de inconstitucionalidad, no se configura como un proceso similar a un proceso ordinario. Es por ello que, ante la escasez doctrinal referida, se ha hecho uso de la jurisprudencia constitucional de ambos países. De esta forma, mediante la disección jurisprudencial, se ha podido apreciar la actividad procesal de ambos órganos jurisdiccionales-constitucionales provocada, precisamente, por las acciones de inconstitucionalidad. El presente trabajo sigue una cierta sistemática, está dividido en cinco capítulos. En el primero de ellos: se establece una definición general de la acción de inconstitucionalidad; se analiza la compleja naturaleza procesal de la acción de inconstitucionalidad; se rastrea
5
Para la realización de este trabajo fue de gran ayuda una obra de alto registro jurídico como la del constitucionalista español Brage Camazano, Joaquín. La acción abstracta de inconstitucionalidad, prol. de Francisco Fernández Segado, UNAM, 1ª ed., México, 2005. El autor tiene una versión resumida de la misma, en La ciencia del Derecho procesal constitucional: Estudios en homenaje a Héctor Fix-Zamudio en sus cincuenta años como investigador del Derecho, T. VIII, UNAM, México, 2008, pp. 89-128.
Introducción
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el origen remoto de la acción de inconstitucionalidad; se específica el fundamento constitucional y legal de las acciones de inconstitucionalidad española y mexicana; se estudian los diferentes procesos de inconstitucionalidad en los ordenamientos jurídicos de ambos países; y se advierte de la politicidad del control abstracto de la constitucionalidad de las leyes. En cuanto a los restantes capítulos, se analizan: la legitimación activa y pasiva; la representación de las partes; el objeto de la acción; el parámetro del control; el desarrollo del proceso de inconstitucionalidad ante la respectiva jurisdicción constitucional; así como las sentencias recaídas en dicho proceso. Esta investigación fue realizada en la Biblioteca Central de la Universidad de Navarra, en el Campus Universitario de Pamplona; bajo la supervisión y dirección del Catedrático español Faustino Cordón Moreno. La información contenida en esta obra contempla hasta el año 2019.
Capítulo Primero
LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD COMO INSTITUTO PROCESAL PARA EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
I. CONCEPTO JURÍDICO DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. La acción o recurso de inconstitucionalidad —en la terminología alemana, «abstrakte Normenkontrolle»1— es —siguiendo a la doctrina más docta sobre el tema2— aquel mecanismo o instrumento procesal-constitucional mediante el cual determinados sujetos jurídico-públicos platean, directamente, una demanda ante el órgano jurisdiccional de la constitucionalidad para que, por medio de una operación lógico-silogística, determine, en abstracto, si una ley es o no compatible con la Constitución y, en el supuesto de que no lo fuere, declare la inconstitucionalidad de dicha ley y, por consiguiente, la anule; si bien existe la posibilidad de que, el órgano jurisdiccional de
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La concisa expresión de Normenkontrolle, probablemente, fue utilizada, por vez primera, por el constitucionalista alemán Ernst Friesenhahn, en 1932, aplicado, precisamente, al «control normativo» calificado como «abstracto» («Die Staatsgerichtsbarkeit», Handbuch des deutschen Staatsrechts, Vol. II, J. C. B. Mohr, Tubinga, 1932, p. 526). Esto lo presupone un sector de la doctrina europea. No obstante, el propio Friesenhahn reconoce ser él, posiblemente, el primero en emplear la locución «abstrakte Normenkontrolle». Al respecto, véase su trabajo «Staatsgewalt und Rechtskontrolle 1932 und 1982», Demokratie in Anfechtung und Bewährung: Festschrift für Johannes Broermann, Duncker & Humblot, Berlín, 1982, p. 531. Al respecto, véase a Brage Camazano, Joaquín. La acción abstracta de inconstitucionalidad, cit., p. 2; Ib. «La acción abstracta de inconstitucionalidad», La ciencia del Derecho procesal constitucional: Estudios en homenaje a Héctor FixZamudio en sus cincuenta años como investigador del Derecho, cit., pp. 90 y 91.
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la constitucionalidad, dicte alguna de las llamadas «sentencias intermedias» o modalidades atípicas de sentencias3.
II. NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. 1. Una cuestión terminológica: ¿acción o recurso de inconstitucionalidad? En México, «constitucionalmente», se consagra la llamada «acción de inconstitucionalidad»; y en España, en cambio, el llamado «recurso de inconstitucionalidad». Esta diferencia de expresiones, entre «acción» y «recurso» de inconstitucionalidad, no plantea ninguna consecuencia de orden práctico para ambos países, sino solo plantea una cuestión de carácter terminológico para el ámbito jurídico-procesal. El recurso de inconstitucionalidad español no es, propiamente dicho, un «recurso» sino una «acción». La doctrina española se ha mostrado crítica al respecto. El constitucionalista Joaquín Brage Camazano precisa que dicho instrumento procesal tiene por objeto el inicio de un nuevo proceso, la provocación de la jurisdicción, y no la impugnación de la resolución emitida con anterioridad por un órgano jurisdiccional en un proceso ya iniciado, como es propio de los recursos. Desde su perspectiva sería más correcta la terminología mexicana4.
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Las llamadas «sentencias intermedias» hacen referencia a aquellas decisiones que se apartan del «modelo típico» de «constitucionalidad-inconstitucionalidad con nulidad». La denominación, de sentencias intermedias, fue acogida en la «VIIème Conferénce des Cours Constitutionnelles Européennes», celebrada en Lisboa entre los días 26 y 30 de abril de 1987. Esta conferencia versó sobre el tema: «La jurisprudence constitutionnelle dans le cadre des pouvoirs de l’Etat, à la lumière du caractère, du contenu et des effets des décisions sur la constitutionnalité des normes juridiques». Sobre esta conferencia, véase el rapport général de Cardoso da Costa, José Manuel Moreira, en Annuaire International de Justice Constitutionnelle, Vol. III, París, 1987, pp. 15-36. Cfr. Brage Camazano, Joaquín. La acción abstracta de inconstitucionalidad, cit., pp. 99 y 100. Esta distinción procesal es seguida por Gutiérrez Zapata,