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TEMAS Y TENDENCIAS JURÍDICAS EN IBEROAMÉRICA


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José añón roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge a. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México

José raMón Cossío díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

eduardo Ferrer MaC-gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José antonio garCía-CruCes gonzáLez

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

Luis LóPez guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

ángeL M. LóPez y LóPez

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de LuCas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

víCtor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

FranCisCo Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

angeLika nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Valencia

HéCtor oLasoLo aLonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

LuCiano PareJo aLFonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

toMás saLa FranCo

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

ignaCio sanCHo gargaLLo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

toMás s. vives antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

rutH ziMMerLing

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


TEMAS Y TENDENCIAS JURÍDICAS EN IBEROAMÉRICA

MARIO HOUED VEGA Liber ad Honorem

MANUEL VIDAURRI ARÉCHIGA GUSTAVO A. AROCENA SERGIO J. CUAREZMA TERÁN ALFREDO CHIRINO LUIS REYNA ALFARO ALFREDO RENÉ URIBE MANRÍQUEZ Coordinadores

tirant lo blanch Ciudad de México, 2022


Copyright ® 2022 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/ Este libro será publicado y distribuido internacionalmente en todos los países donde la Editorial Tirant lo Blanch esté presente.

© Manuel Vidaurri Aréchiga Gustavo A. Arocena Sergio J. Cuarezma Terán Alfredo Chirino Luis Reyna Alfaro Alfredo René Uribe Manríquez

© EDITA: TIRANT LO BLANCH DISTRIBUYE: TIRANT LO BLANCH MÉXICO Av. Tamaulipas 150, Oficina 502 Hipódromo, Cuauhtémoc, CP 06100, Ciudad de México Telf: +52 1 55 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-1113-030-1 MAQUETA: Disset Ediciones Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/ politicas-de-empresa nuestro procedimiento de quejas. Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf


Índice PRESENTACIÓN....................................................................................13 DR. GUSTAVO A. AROCENA

ARGENTINA

SOBRE LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA Y LA TOMA DE LA DECISIÓN QUE PONE TÉRMINO AL PROCESO PENAL......................21 GUSTAVO A. AROCENA METODOLOGÍA DE LA PARTE ESPECIAL DEL DERECHO PENAL.41 FABIÁN I. BALCARCE COMUNIDAD DE QUERELLANTES Y ACUSADORES PÚBLICOS. LITISCONSORCIO Y DERECHO A UNA ÚNICA ACUSACIÓN.............49 ALBERTO M. BINDER ENFERMOS MENTALES EN PRISIÓN: UN ESTUDIO DE CRIMINOLOGÍA COMPARADA..............................................................71 JOSÉ DANIEL CESANO LOS DESAFÍOS DEL DERECHO PENAL LATINOAMERICANO.........85 E. RAÚL ZAFFARONI

BRASIL

JURISPRUDÊNCIA, PRECEDENTE E SÚMULA NO DIREITO BRASILEIRO............................................................................................117 CLAYTON MARANHÃO


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Índice

COSTA RICA

EL PROCESO CAUTELAR EN EL DERECHO PENAL ECONÓMICO. ALGUNAS OBSERVACIONES DE LEGE FERENDA EN EL PROCESO PENAL COSTARRICENSE......................................................................141 ALFREDO CHIRINO SÁNCHEZ SOBRE LA DIFERENCIA ENTRE LA DESESTIMACIÓN Y EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR ATIPICIDAD DE LOS HECHOS.... 177 ERICK GATGENS GÓMEZ EL PRINCIPIO DE INOCENCIA..........................................................199 EDWIN DUARTES DELGADO

ECUADOR

REFLEXIONES SOBRE LA PENA........................................................219 ALFONSO ZAMBRANO PASQUEL

ESPAÑA

LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA EN LOS FALLOS JURISPRUDENCIALES: ¿FUENTES O REMEDOS?................................245 JUAN CARLOS FERRÉ OLIVÉ ISABEL MORÓN PENDÁS EL DERECHO PENAL EN TIEMPOS DE CÓLERA............................263 FRANCISCO MUÑOZ CONDE

EL SALVADOR, C.A.

TRÁFICO ILEGAL DE PERSONAS Y CRIMEN ORGANIZADO EN LAS REGULACIONES PENALES CENTROAMERICANAS...........................297 MARTÍN ALEXANDER MARTÍNEZ OSORIO.


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Índice

ITALIA

LOS NUEVOS MODELOS DE IMPUTACIÓN PARA LAS ORGANIZACIONES CRIMINALES AL INTERIOR DE LA UNIÓN EUROPEA................................................................................................337 VINCENZO MILITELLO

MÉXICO

LIBERTAD DESDE LA PERSPECTIVA FILOSÓFICA, DEMOCRÁTICA Y CONSTITUCIONAL................................................................................365 PAMELA LILI FERNÁNDEZ REYES EL RAZONAMIENTO PROBATORIO EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO MEXICANO Y SU IMPACTO ANTE EL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS................................................383 CHRISTIAN NORBERTO HERNÁNDEZ AGUIRRE CYNTHIA ESTELA HERNÁNDEZ SOLÍS. EL DERECHO AL HONOR..................................................................397 LINDA MARTÍN HERNÁNDEZ DÍAZ LAS TRANSICIONES DEMOCRÁTICAS EN MÉXICO Y ARGENTINA: CONCORDANCIAS, DIFERENCIAS Y RIESGOS..................................425 SILVIA DEL CARMEN MARTÍNEZ MÉNDEZ LA TITULARIDAD Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL CON BASE EN EL PENSAMIENTO DE LUIGI FERRAJOLI...................................................................................441 FERNANDO MÁRQUEZ RIVAS TUTELA DE DERECHOS EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO MEXICANO.............................................................................................475 JOSÉ LUIS ELOY MORALES BRAND ELEMENTOS HISTÓRICOS Y JURÍDICOS PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN CONTEMPORÁNEA DE LOS DERECHOS HUMANOS..............................................................................................491 JESÚS SORIANO FLORES


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Índice

LA TEORÍA DE LA ACCIÓN HUMANA DE CARLOS S. NINO Y SU APORTACIÓN AL ÁMBITO PENAL.......................................................513 ILSSE CAROLINA TORRES ORTEGA LA DESAPARICIÓN FORZADA DE 43 ESTUDIANTES DE AYOTZINAPA: ¿UN CASO DE AUTORÍA MEDIATA POR DOMINIO DE LA VOLUNTAD EN APARATOS ORGANIZADOS DE PODER? (APUNTES PARA UN DEBATE).................................................................................539 MIGUEL ONTIVEROS ALONSO SOBRE LA COMPLICIDAD EN EL DELITO POR MEDIO DE ACCIONES NEUTRALES O COTIDIANAS............................................565 ALFREDO RENE URIBE MANRÍQUEZ CRIMINOLOGÍA Y CRIMINAL COMPLIANCE PROGRAM............575 MANUEL VIDAURRI ARÉCHIGA

NICARAGUA

LA LEGALIDAD Y LA ETICA COMO LÍMITE DE ACTUACIÓN DEL DEFENSOR PÚBLICO.............................................................................599 SILVIO GRIJALVA SILVA LA REFORMA DE LA JUSTICIA PENAL, 30 AÑOS DESPUÉS...........613 SERGIO J. CUAREZMA TERÁN DIEGO CUAREZMA ZAPATA

PANAMÁ

TEORÍA DEL DELITO Y SU RELACIÓN CON LA ACCIONES Y RECURSOS..............................................................................................635 DIGNA M. ATENCIO BONILLA


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Índice

PERÚ

CONSIDERACIONES DOGMÁTICAS SOBRE LA IMPOSICIÓN DE DEBERES PREVENTIVOS CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO AL ABOGADO Y OTROS PROFESIONALES INDEPENDIENTES A LA LUZ DE LA LEGISLACIÓN PERUANA. ¿LAVADO DE ACTIVOS COMO DELITO DE INFRACCIÓN DE DEBER?..............................................................................................647 ALFREDO ENRIQUE PÉREZ BEJARANO ¿QUÉ QUEDA DE LOS PRINCIPIOS POLÍTICO-CRIMINALES DEL CÓDIGO PENAL PERUANO DE 1991? A SU VEZ, UNA CRÍTICA AL RETORNO DEL DERECHO PENAL DE AUTOR EN EL ESTADO LIBERAL..................................................................................................663 LUIS MIGUEL REYNA ALFARO


PRESENTACIÓN En una entrevista dada al periódico español La Vanguardia1, el neurocientífico estadounidense Howard Gardner ha tenido la oportunidad de aseverar que “…las malas personas no puedan ser profesionales excelentes. No llegan a serlo nunca. Tal vez tengan pericia técnica, pero no son excelentes”. Y es que, según el profesor de la Universidad de Harvard, “no alcanzas la excelencia si no vas más allá de satisfacer tu ego, tu ambición o tu avaricia. Si no te comprometes, por tanto, con objetivos que van más allá de tus necesidades para servir las de todos. Y eso exige ética”. En lo personal, pienso que no se equivoca el intelectual norteamericano. La casualidad ha querido que hoy encontremos un buen ejemplo de esto. Déjenme explicarme. Mario Houed Vega, nuestro homenajeado, se ha convertido en el brillante profesor de Derecho Penal que es, incluso referente en la materia en Centroamérica y América Latina, no sólo en virtud de una persistencia, contracción al estudio y capacidad de trabajo envidiables –que derivaron en su vastísima y consistente formación intelectual- sino también por imperio de una hombría de bien y una generosidad intelectual que no son frecuentes en los terrenos académicos. “Dios te libre, lector, de prólogos largos”, afirma Borges, en el prólogo a su magnífico El informe de Brodie2. Yo diría, parafraseando al escritor argentino: “Dios le libre, lector, de los textos autorreferenciales”. ¿Hay, acaso, algo más vacuamente vanidoso, que la constante autorreferencia que encontramos en la enorme mayoría de los textos “científicos” que se publican incesantemente en los últimos tiempos? En lo personal, pienso que no. Sentado esto, y aunque se encuentre aquí –fundadamente- alguna contradicción con la sentencia precedente, me permitiré traer a colación una brevísima anécdota personal, que bien servirá, creo, para motejar una primera aproximación a la personalidad de Houed Vega. Conocí a nuestro homenajeado hace ya un importante número de años cuando, habiendo sido yo incorporado al plantel docente del Instituto de Estudio e Investigación Jurídica (I.N.E.J.) de Nicaragua –del que Mario es rector-, dictábamos una serie de conferencias en la ciudad de Panamá, en el marco de un evento académico internacional. Por supuesto, durante esos días hubo tiempo para la distensión y la camaradería afectuosa entre los expositores. En ese 1

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Cfr. Gardner, Howard, diario La Vanguardia, 11/04/2016, disponible en World Wide Web: https://www.lavanguardia.com/lacontra/20160411/401021583313/una-mala-persona-nollega-nunca-a-ser-buen-profesional.html (recuperado el 28 de enero de 2021). V. Borges, Jorge Luis, El informe de Brodie, en Borges, Jorge Luis, Cuentos completos, 2ª edición, Sudamericana, Buenos Aires, 2016, p. 295.


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contexto, Mario –reitero, máxima autoridad de la institución que organizaba la actividad- me trató con afecto de amigo, con calidez de hermano y con la generosidad intelectual de pares –que, ciertamente, no éramos: él, rector del prestigiosísimo I.N.E.J.; yo, un jurista que me había sumado a sus huestes, con la modesta, aunque incondicional, vocación de brindar mi mejor contribución a un proyecto académico de excelencia-. Pero no sólo hizo eso Mario durante esos encuentros, sino que, incluso, con la misma humildad, sencillez y llaneza, supo demostrar su acabadísimo conocimiento de la Escuela Procesal Penal de Córdoba, en la República Argentina, que fundó una trascendente usina de pensamiento a partir de las primeras décadas del siglo pasado, en el terreno del Derecho penal adjetivo: Mario conversaba con solvencia sobre las obras de los queridos Alfredo Vélez Mariconde y Jorge Andrés Clariá Olmedo, poniendo en evidencia una enorme erudición sobre la concepción de ambos procesalistas cordobeses; pero también se pronunciaba sobre los desarrollos de Raúl Eduardo Torres Bas, Fernando de la Rúa, José I. Cafferata Nores y Manuel N. Ayán, por no citar sino sólo a algunos de los muchos juristas sobre los que platicamos en ese hermoso encuentro. También “nos pusimos al día” sobre el pensamiento penal de la doctrina jurídica argentina vinculada con el Derecho sustantivo: Ricardo C. Núñez, Sebastián Soler, Jorge Frías Caballero, Carlos Fontán Balestra, Eugenio Raúl Zaffaroni y muchos más ocuparon buena parte de nuestro hermoso intercambio de ideas. Ese primer contacto con Mario preanunciaría lo que luego, en los muchísimos encuentros posteriores, pude corroborar escuchándolo disertar en los encuentros científicos que se concretarían con posterioridad: Houed Vega posee una formación extensa y sólida, que le permite abordar con aplomo tópicos que involucran tanto al Derecho penal sustantivo y procesal, como a la política criminal y la criminología. He asistido a conferencias suyas que abarcaban un abanico tan amplio de temas, que he podido aprender de Mario sobre temas tan variopintos como, por ejemplo, el Derecho penal del enemigo, la valoración de la prueba en el proceso penal, los mecanismos alternativos para la solución de conflictos y las derivas de la política criminal en su expansionismo alarmante en el ocaso del siglo anterior y el amanecer del corriente. Y todos los casos las ponencias apoyaban la erudición y la sapiencia jurídica en un lenguaje claro, preciso, llano y, desde luego, profundo, a la vez que se veían coronadas por una palmaria sensibilidad del jurista en orden a los delicados conflictos sociales que se ventilan en el proceso penal. Esto no es –todo debe ser dicho- azaroso: Mario tuvo contacto académico y personal con la más destacada doctrina jurídico penal, tanto de nuestras queridas América Central y del Sur, sino también de Europa, al punto que alcanzó el máximo grado académico de Doctor en Derecho, en la prestigiosísima Universidad Complutense de Madrid, España. Y, aun, a esta “consagración” académica –sit venia verbis- le seguiría otra, cuando el Instituto Universitario Puebla,


PRESENTACIÓN

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Campus Tabasco, de México, le confirió el título de Doctor Honoris Causa, o sea, el título de doctor “por causa de honor”, del cual sólo son justificadamente merecedores los hombres de la reputación, fineza y compromiso académico y social del jurista a quien homenajeamos. Pero Houed Vega no es –solo- un enorme jurista de trascendencia en todo el mundo hispanoparlante. Su formación teórica fue acompañada de una trayectoria como jurista práctico ciertamente envidiable, desde que fue Magistrado de la Sala Tercera (Penal) de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, Juez Superior Penal (Tribunales Primero, Sección Segunda; y Segundo, Sección Segunda, tygambos de San José) y Fiscal Primero de Juicio del Ministerio Público. Mario no necesita, pues, que nadie le explique los pormenores y las vicisitudes que, en todo el ámbito del Derecho continental europeo, y principalmente en nuestra idiosincráticas América Central y del Sur, debe transitar quien ejerce la magistratura desde diferentes roles. Ahora bien, todo cuanto acabo de anotar no mostraría en su cabal dimensión la relevancia jurídica de Mario Houed Vega para la dogmática de esta parte del globo, si no subrayara que, a esta concepción integral y, principalmente, de marcado contenido humanístico –que por qué no, “humano”- de las ciencias penales, Mario ha añadido una imprescindible “mirada latinoamericana”. No es, a mi ver, un valor “menor”, si se tiene en cuenta que la corrección política jurídica de hoy impone la afirmación de la necesidad imperiosa de “construir una dogmática penal con identidad latinoamericana”, pero las prácticas académicas se encuentran muy lejos de emprender decidida y seriamente la elaboración de un pensamiento penal que repare definitoriamente en la particular idiosincrasia del ciudadano de nuestra América Latina. Como he adelantado, Houed Vega ha obtenido “de los dichos, hechos”: su prédica a favor de una dogmática penal latinoamericana se ha materializado en una labor incansable y ciclópea, que culminó en años de reflexión, investigación, enseñanza y difusión de las bases de un pensamiento penal propio para nuestro ámbito geográfico de incumbencias. Lo hizo, primero, en el marco del prestigiosísimo Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (I.L.A.N.U.D.), donde, por ejemplo, se ocupó de uno de los problemas más acuciante de los procesos penales sur y centroamericanos, a saber: el de las personas privadas de su libertad sin sentencia definitiva firme. Sus investigaciones se vieron concretadas en una obra indispensable, escrita junto con Eugenio Raúl Zaffaroni, Elías Carranza y Luis Paulino Mora, e intitulada, certeramente, El preso sin condena en América Latina y el Caribe (I.L.A.N.U.D., 1ª edición, San José, Costa Rica, 1983; 2ª edición, San José, Costa Rica, 1991). Una brevísima, aunque indispensable digresión, es pertinente en esta instancia: El preso sin condena es la obra que –sin exageraciones- virtualmente abrió las puertas


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de la reforma de las administraciones de justicia penal en América Latina, pues constituyó un importantísimo estudio empírico que, de modo categórico, fundamentó la necesidad de aggiornar nuestras anquilosados sistemas penales. Pero prosiguió, luego, con la maravillosa tarea desarrollada en su Instituto de Estudios Jurídicos e Investigación Jurídica, de ya 25 años de historia, donde forjó una de los principales think tanks destinados a la investigación, la enseñanza y la difusión de la dogmática penal con identidad latina, al punto que, hoy, la gran mayoría de los magistrados y funcionarios de los poderes judiciales de los países del Caribe han sido formados –de modo consistente, serio y profundo- por aquélla institución tan bien dirigida por Mario. Desde luego, la tarea de Houed Vega en este último contexto no podría haber sido llevada adelante con tamaña eficiencia e hidalguía –esto también debe ser expresado- sin el aporte invaluable de otro jurista latinoamericano cuyo homenaje se encuentra ya exigido a gritos por la “naturaleza de las cosas”, es decir, su inconmensurable aporte al desarrollo del pensamiento penal de esta parte del mundo: Sergio Javier Cuarezma Terán. Su apuntalamiento de la labor de Mario, a la manera de un Sancho (aunque absolutamente más talentoso, sesudo, inteligente y sabio que el cómico ladero del noble caballero manchego prohijado por la pluma de Cervantes) que incondicionalmente acompaña los hermosos emprendimientos de su fraterno Quijote, han logrado, sin lugar a duda, que todos los méritos que justifican el homenaje que hoy hacemos a Houed Vega, se vean potenciados hasta el límite de conducir a los logros que –tan solo en parte- he procurado destacar en estas líneas. Únicamente la generosidad de un intelectual y jurista de la enorme talla de Cuarezma Terán pueden explicar que sea yo quien redacte la presentación de este libro. En su clásico libro Política criminal y sistema del derecho penal, Roxin afirma: “El Derecho penal es… la forma en que las finalidades política-criminales se transforman en módulos de vigencia jurídica”3. No desconozco que la sentencia del profesor de Múnich se relaciona con la teoría del delito, pero estimo que no existen objeciones dogmáticas que impidan extenderla a la ciencia global del Derecho penal, entendiendo por tal a aquélla que abarca al Derecho penal sustantivo, al Derecho penal procesal, al Derecho penitenciario y a la Criminología. Pues bien, los aportes de una disciplina empírica como la Criminología indudablemente se erigen en criterios idóneos para sustentar principios político-criminales que conducen a la elaboración de una ciencia global del Derecho penal que, teniendo en cuenta justamente la idiosincrasia de la sociedad donde pretende garantizar la convivencia pacífica, muestre su perfil propio. En pocas palabras: el Derecho penal –lato sensu- no puede pretender dirigir y

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Vid. Roxin, Claus, Política criminal y sistema del derecho penal, 2ª edición, traducción e introducción de Francisco Muñoz Conde, Hammurabi, Buenos Aires, 2000, p. 101.


PRESENTACIÓN

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juzgar conductas, sin reparar en la particular idiosincrasia de los pueblos a los que ha de aplicarse. Mario Houed Vega lo ha entendido así, y ha trabajado incansablemente para la construcción de una dogmática penal latinoamericana más racional, razonable y humana. “Las malas personas no puedan ser profesionales excelentes”, asegura Gardner en la cita que hice al comienzo de estas reflexiones. Mario es un hombre de bien, y ello –junto con su prolífica producción científica, a través de innumerables conferencias, ponencias y textos, entre los cuales se me ocurre mencionar aquí el estupendo libro intitulado La prueba y su valoración en el proceso penal (I.N.E.J., Nicaragua, 2007)- lo ha convertido en el referente de la dogmática penal hispanoparlante que hoy es. Pero para que la afirmación no importe sólo la manifestación del enorme afecto que siento por él, he de añadir que todos cuanto hemos participado en la coordinación de este libro hemos recibido igual respuesta de quienes invitamos para homenajear a Houed Vega: la inmediata, certera, emocionada y convencida aceptación. Como lo sugiere el título de aquella ocurrente película de Woody Allen –de 2002- en la que un director de cine queda ciego al comenzar el rodaje de su nuevo filme, recurro a la mirada de los otros para refrendar lo que digo: Sergio Cuarezma Terán, Alfredo Chirino Sánchez, Luis Reyna Alfaro, Manuel Vidaurri Aréchiga, Alfredo René Uribe Manriquez y Juan Carlos Ferré Olivé, impecables en la gestión y ordenación de las contribuciones obtenidas en sus respectivos ámbitos territoriales, certificarán lo que acabo de expresar. Ello son los otros cuya mirada ha sabido apreciar, no sólo los sobradísimos méritos de Mario Houed Vega, sino también el cabal reconocimiento de ellos por parte de la más relevante doctrina jurídica penal de estos tiempos. Nuestro homenajeado, pues, es una persona magnífica, que ha alcanzado la jerarquía de un destacadísimo experto del Derecho penal. Gardner tiene razón.

DR. GUSTAVO A. AROCENA Córdoba (República Argentina), en la culminación de un enero de 2021 todavía signado por la peste.


ARGENTINA


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