06 de Abril 2020
La minería formal agremiada en el Perú se ha caracterizado desde siempre por sus altos estándares de salud y seguridad en el trabajo. En este sector, los requisitos para ingresar a una operación incluyen estrictos exámenes médicos, varias horas de charlas de capacitación y el uso de Equipamientos de Protección Personal (EPP). Además, los campamentos mineros cuentan con personal y equipamiento médico, y un espacio preparado para atender pacientes, en caso fuera necesario. Por esto, la creación de un protocolo sanitario que brinde directrices para enfrentar el COVID-19 se integra adecuadamente con los demás protocolos y estándares en salud y seguridad ocupacional del sector minero. Este protocolo ha sido elaborado con detenimiento y previsión por los expertos en salud de las principales empresas mineras, teniendo en cuenta los protocolos contra el COVID19 de sus casas matrices y los países más avanzados, y ha sido revisado por los médicos y expertos del Comité de Salud y Seguridad de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE). Finalmente, el modo de trabajo del sector minero, generalmente en zonas aisladas, con campamentos internos y regímenes laborales, facilitan el aislamiento social, factor que disminuye la posibilidad de contagio del COVID-19. Existen unidades mineras que tienen características singulares como son la altitud, vías de acceso, entre otros; por lo cuál las empresas deberán complementar este protocolo con propios estándares, cuando los hechos lo ameriten.
¿Qué medidas usaremos en el sector minero para operar enfrentando el COVID-19?
El presente protocolo sanitario propone una serie de medidas de prevención de contagio que comprende acciones con los trabajadores directos, contratistas y proveedores. Además, establece acciones antes de iniciar la subida a la operación, durante el trayecto y ya en la actividad misma.
Medidas para trabajadores en planilla y contratistas
1
Pre-movilización
2
Ingreso a unidades mineras
Medidas para proveedores
3
Estadía en unidades mineras
4
Aislamiento temporal
I.- Para trabajadores en planilla y contratistas En unidades mineras con campamento 1.- Pre-movilización hacia las unidades mineras Definición de grupo de riesgo COVID 19: Toda empresa (titular o contratista) deberá tener un registro de grupo de riesgo COVID-19 que contemple al personal mayor a 60 años o que padezcan asma, problemas coronarios, obesidad, diabetes, entre otras patologías crónicas, o que hayan padecido cáncer. Este registro será actualizado según los lineamientos del MINSA. Declaración Jurada del personal en planilla o contratistas (en adelante, el trabajador): Todo personal antes de embarcarse al vehículo de transporte para su traslado a la Unidad Minera, debe presentar una declaración jurada de no padecer o tener síntomas comunes al COVID-19, según formato que será proporcionado por la empresa. • La declaración jurada contiene la información siguiente: i. Síntomas: no tener los síntomas de fiebre, malestar general, congestión nasal, estornudos, debilidad corporal, tos, dolor de garganta, nauseas, vómito, dificultad respiratoria; y de tenerlos, identificarlos. ii. Contacto: no haber tenido contacto con un paciente sospechoso o declarado con COVID-19; y de haberlo tenido, se especifica la fecha; iii. Viajes al exterior: no haber realizado o haber estado en contacto con alguien que haya viajado al exterior y, de haberlo hecho o tenido contacto, acreditar la cuarentena de 14 días posterior al retorno al país. iv. No pertenecer al grupo de riesgo COVID-19 Evaluación Física: Se evaluará a todo el personal con una evaluación física antes de embarcarse al vehículo de transporte para su traslado a la Unidad Minera. En caso de verificar alguno de estos supuestos, la persona no podrá iniciar el viaje: i. Toma de Temperatura: Personal con fiebre o temperatura que exceda los 37.5 ºC. ii. Síntomas: Fiebre, debilidad corporal, tos, malestar general, congestión nasal, estornudos, dolor de garganta, nauseas, vómito, dificultad respiratoria, faringe congestiva y alteraciones en la auscultación de los pulmones. iii. Grupo de riesgo: Ver definición.
iv. Contacto con un paciente sospechoso o declarado con COVID-19 y viajes al exterior: declarado en la sección anterior (DJ) y que no haya cumplido la cuarentena de 14 días. Para cuarentenas cumplidas, el médico evalúa a su consideración si inicia el viaje. Condiciones de los Vehículos de Transporte para el personal: • Aforo máximo: 50% de capacidad. • Adecuada separación entre los pasajeros. • Breve charla informativa sobre medidas de prevención respecto del COVID 19. • Uso de mascarillas durante todo el viaje por parte del personal, incluido chofer • Proporcionar alcohol en gel al subir y al bajar del vehículo, ya sea en frascos personales o contando con dispensador en el vehículo mismo. • Desinfección previa y posterior de medios de transporte utilizado. • Los choferes deberán permanecer en sus unidades o dentro de la zona establecida por la empresa cuando lleguen/salgan de la Unidad Minera.
2.- Ingreso a Unidades Mineras Evaluación de entrada: • Recepción de personal de manera escalonada y control. Se sugiere en un lugar aislado dentro de la Unidad Minera. • Se tomará una nueva muestra de temperatura, se hará una breve entrevista en base a la información de la Declaración Jurada, y se realizará una evaluación física si se considera necesario. Se sugiere que esta evaluación se haga con presencia de personal médico.
3.- Estadía en Unidades Mineras Control diario de la temperatura del personal: • Por lo menos 2 veces al día, de manera escalonada, en la manera que cada empresa defina el lugar y momento más factible. Se sugiere como oportunidad de toma de temperatura el inicio de labores, al ingerir alimentos en el comedor o al finalizar la jornada de trabajo. • De contar con más de 37.5 ºC se procederá a realizar un examen médico y el test respectivo, una vez el mercado nacional lo pueda proveer. De ser preciso, se aislará al paciente en una zona especialmente acondicionada. Medidas de Convivencia y Distanciamiento Social: • Mantenimiento de la distancia social al interior de la Unidad Minera. Se sugiere que la distancia social sea de por lo menos un metro y medio. • Horarios escalonados para uso de áreas comunes como comedor o áreas de esparcimiento. Se sugiere que el tiempo de esparcimiento sea 75% confinado en su dormitorio y 25% en las zonas de esparcimiento • Dormitorios con distanciamiento social necesario • Se sugiere limitar el transporte interno al mínimo necesario, así como reducir el personal en cabina sin comprometer aspectos de seguridad. • Limitar el contacto con proveedores (Ver punto II Proveedores) • Limitar al máximo el contacto con personas del área de influencia. En caso excepcional, definir funcionario específico que realizará el contacto previas medidas de desinfección, con el distanciamiento social correspondiente, y las medidas de desinfección anterior y posterior.
Medidas de higiene continua: • Servicios higiénicos implementados con jabón líquido, papel toalla, alcohol en gel. • Comunicación permanente sobre la importancia de lavarse las manos de manera correcta y frecuente al menos por 40 segundos, y de cubrirse la boca con el antebrazo al toser y estornudar. (Evitar tocarse la cara).
• Desinfección y ventilación de unidades de transporte interno y comedores antes y después de su uso. Desinfección periódica de oficinas, habitaciones, zonas de descanso y baños. • Lavado adecuado de uniformes. Limpieza y desinfección de superficies de zonas comunes de contacto (barandas, mesas, sillas, manijas). • Proveer adecuados EPPs a personal medico, de cocina y limpieza. Modelo de trabajo enfocado a dar sostenimiento adecuado al distanciamiento social: • Minimizar reuniones presenciales mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) Asesoramiento enfocado a brindar información y tranquilidad emocional al trabajador: • Asistencia psicológica para manejo de la ansiedad. • Proveer a los trabajadores información general sobre los cuidados que se debe tomar sobre el COVID 19. • Continúas campañas preventivas de comunicación.
4.- Medidas de Aislamiento Temporal Zonas de aislamiento temporal: • Espacios temporales diferenciados : Uno para el personal que ingresa a la Unidad Minera en relevo para que se realice la evaluación de entrada, y otro para el aislamiento del sospechoso con síntomas o positivo. • Se dará limpieza y ventilación diaria del área por personal capacitado y con los adecuados EPPs. Evaluación de casos sospechosos: • Una vez realizada la evaluación médica al paciente y en caso de mostrar los síntomas comunes del COVID 19 y/o dar como positivo el test respectivo (una vez el mercado nacional lo pueda proveer), se recibirá al paciente en la zona aislada . • Se evaluará el personal que estuvo en contacto con el paciente sospechoso (trazabilidad) aplicándole el test respectivo una vez el mercado nacional lo pueda proveer. Se los destinará para cuarentena en sus dormitorios y se les hará el seguimiento correspondiente Medidas de Evacuación: • El personal médico procederá con: a) la notificación del caso al MINSA y/o ESSALUD, y b) se preparará la derivación fuera de la Unidad Minera para la investigación epidemiológica y diagnóstico definitivo. • La derivación del paciente fuera de la Unidad Minera a los hospitales designados por el Estado se efectuará a la brevedad teniendo en cuenta las medidas preventivas respiratorias adecuadas, así como las medidas de seguridad y EPPs para el personal de salud, incluido el chofer. En dicho traslado no se tendrá otro tipo de pasajeros. • Mientras se realice el traslado del paciente se sugiere establecer contacto con el hospital o posta médica de destino para indicar hora de salida de la unidad minera, condiciones del paciente y probable hora de llegada. • Luego de la derivación se hará seguimiento para saber el resultado del diagnóstico médico y de laboratorio para definir si se trató de un caso de COVID-19.
Para unidades mineras sin campamento Pre embarque provisto por la empresa: • Seguir todos los aspectos del Numeral 1 Pre embarque particular: Proceder a una evaluación física rigurosa de entrada. • Se sugiere hacer la evaluación con personal medico presente que tome: i. una muestra de temperatura ii. una entrevista en base a Declaración Jurada y realizará una evaluación física. Entrada y estadía en mina: • Seguir todos los aspectos del Numeral 2, 3 y 4 • De presentarse síntomas durante la jornada, proceder con lo indicado en el Numeral 4.
II.- Para proveedores Entrega de la Declaración Jurada de encontrarse sin síntomas y toma de temperatura previo al ingreso: • Declaración Jurada debe estar alineada con los protocolos del titular minero. • Proveedor que tenga temperatura que exceda los 37.5 ºC no podrá ingresar a la unidad minera. Deberá seguir las indicaciones de su contratista para el retorno. Confinamiento y uso de EPPs: • El titular minero proveerá de un espacio independiente para la descarga de proveedores. Este deberá contar con servicios higiénicos (portátiles), para evitar el contacto con las áreas de la unidad minera, entre otras instalaciones temporales que definirá el titular minero. • Toda unidad de recojo de residuos seguirá las mismas disposiciones que los proveedores. • Los proveedores mantendrán en todo momento las distancias sociales y uso se mascarillas, así como acatar todos los protocolos de higiene indicados por el titular minero.