25 NOVIEMBRE I - 2005
PLAN DE CIERRE DE MINAS La legislación peruana cuenta desde la década del noventa con un marco normativo ambiental que busca garantizar un adecuado cuidado del ecosistema al momento de realizar cualquier actividad minera. Dentro de los componentes de esta legislación se encuentra los planes de cierre de minas. Al respecto, el presente Informe Quincenal busca explicar los planes de cierre, tanto los progresivos como los definitivos, señalando la importancia y necesidad de cada uno de ellos. El ciclo de vida de una mina El aprovechamiento de los recursos mineros pasa por las etapas de exploración, construcción,
operación
y
cierre. No se avanza a una siguiente
etapa
hasta
no
haber culminado la anterior, siendo la última de éstas el cierre definitivo de la mina (ver diagrama). Una mina, además, puede tener varias zonas productivas y diversas actividades dentro de toda su área geográfica. Cuando una de éstas deja de operar se procede a su cierre, considerándose dicha acción como un “cierre progresivo”. Así, se puede observar del diagrama que en paralelo a las etapas del ciclo de vida de la mina se desarrolla programas progresivos de cierre de la misma. ¿Qué es un plan de cierre? El plan de cierre es un instrumento de gestión ambiental donde se establecen pautas a ser efectuadas por el titular de la actividad minera (empresa), a fin de rehabilitar las áreas utilizadas por éste. Se busca que la rehabilitación alcance características compatibles con un ambiente saludable, seguro y adecuado para el desarrollo de la vida. La rehabilitación se llevará a cabo mediante la ejecución del plan, el cual se establece de acuerdo a las características particulares de la mina. La presentación de un plan de cierre es obligatoria para toda empresa minera que se encuentre en operación, inicie operaciones o las reinicie. También es obligatoria para las
empresas que se encuentran en la etapa de exploración, tal como se puede observar en el diagrama. Principales características El plan de cierre de minas es complementario al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA). Estos planes tienen la estructura que se detalla en el cuadro adjunto, la cual es discutida en audiencias públicas y con diversas autoridades del Estado, como la DIGESA o el INRENA. En el caso del cierre temporal, progresivo y final se debe contemplar el desmantelamiento de equipos e instalaciones,
estabilización
de
los
residuos
y
revegetación de la zona. La idea es asegurar que no quede ningún rastro de la actividad minera que cause impactos negativos posteriores al cierre y así proteger la vida humana y hacer un uso beneficioso de esas tierras. El plan incluye, además, el presupuesto del cierre, el cronograma de su ejecución y las garantías respectivas. Las garantías están constituidas por el costo del cierre y todos los gastos directos e indirectos que se deriven de ejecutarla. La ejecución se da por incumplimiento del plan, por parte de la empresa minera, y es la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MEM) el ente encargado de fiscalizar el cumplimiento, así como ejecutar las sanciones correspondientes. En el caso de venderse la operación minera, el comprador deberá continuar con la ejecución progresiva del plan, así como el cierre definitivo y su posterior monitoreo. El monitoreo post cierre permite verificar el plan de cierre ejecutado. Primer e importante paso: la elaboración del plan de cierre Antiguamente
no
se
contaba
con
legislación ambiental en el sector minero, por lo que las minas no concebían el cierre
y
científicos
no
tenían
para
conocimientos
mitigar
impactos
ambientales. En la actualidad, las normas ambientales indican que todas las empresas mineras deben contar con un plan de cierre aprobado por el MEM a través de la Dirección
General
Ambientales
Mineros
de
Asuntos
(DGAAM).
Cabe
señalar que dichos planes se volverán
más detallados a medida que avance el ciclo de vida de la mina y que se cuente con una mayor cantidad de información. Con el cierre de una mina se busca que no quede ningún vestigio de la actividad en la zona donde se trabajo inicialmente. En síntesis, los planes de cierre son una manera de evitar el problema de pasivos ambientales mineros, ya que impide la creación de éstos. Así, un correcto cierre se convierte en una herramienta de gestión responsable, oportuna y segura con el medio ambiente.