Skip to main content

Glosario de Terminos

Page 1

Oficina de Coordinación Legislativa

GLOSARIO DE TERMINOS 1. Consejo Directivo.- Se encuentra integrado por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los Grupos Parlamentarios que se denominarán Directivos Portavoces elegidos por su respectivo grupo. A cada Directivo Portavoz titular corresponderá un suplente elegido por cada Grupo Parlamentario. En la conformación del Consejo Directivo se cuidará procurando guardar similar proporcionalidad a la que exista entre los Grupos Parlamentarios en la distribución de escaños en el Pleno del Congreso. Entre sus funciones y atribuciones esta la de aprobar la agenda de cada sesión del Pleno. 2. Comisión Permanente del Congreso.- Está presidida por el Presidente del Congreso y está formada por no menos de veinte Congresistas elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los representantes de cada grupo parlamentario. La Comisión Permanente se instala a más tardar dentro de los quince días útiles posteriores a la instalación del primer período ordinario de sesiones; Ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso, durante su receso e inclusive en el interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso. 3. Comisiones.- Las Comisiones son grupos de trabajo especializados de Congresistas, cuya función principal es el seguimiento y fiscalización del funcionamiento de los órganos estatales y, en particular de los sectores que componen la Administración Pública. Asimismo, le compete el estudio y dictamen de los proyectos de ley y la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento de acuerdo con su especialidad o materia. El Pleno del Congreso aprueba el cuadro de conformación de Comisiones dentro de los cinco días hábiles posteriores a la instalación del período anual de sesiones en el mes de Julio; el cuadro es propuesto por el Presidente, previo acuerdo del Consejo Directivo. 4. Clases de Comisiones.- Existen 4 clases: •

•

•

•

Comisiones Ordinarias.- Encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la Agenda del Congreso, con prioridad en la función legislativa y fiscalización. En la actualidad existen en el Congreso 22 Comisiones Ordinarias. Comisiones de Investigación.- Encargadas del estudio, la investigación y el dictamen de los asuntos puestos en su conocimiento en aplicación del artículo 97 de la Constitución. Gozan de las prerrogativas y las limitaciones señaladas en dicha norma constitucional y el reglamento del Congreso. Comisiones Especiales.- Constituidas con fines protocolares o ceremoniales o para la realización de cualquier estudio especial o trabajo conjunto con comisiones del Gobierno, según acuerde el Pleno a propuesta del Presidente del Congreso. Comisión de Ética Parlamentaria.- Encargada de promover la Ética Parlamentaria, prevenir actos contrarios a la misma, absolver las consultas que se le formulen y resolver en primera instancia las denuncias que se formulen de acuerdo con el Código de Ética.

Fuente: Reglamento del Congreso de la República

1


Oficina de Coordinación Legislativa

5. Clases de Votación: a) Por tablero.- Cuando cada congresista acciona el Sistema de Votación Electrónica, registrándose en acta su nombre y sentido de su voto. Si por algún motivo no pudiera utilizarse el tablero electrónico, el Presidente, tratándose de leyes y resoluciones legislativas, dispondrá votación nominal, en cuyo caso el relator llama a cada uno de los Congresistas por su nombre y éstos responden SI. NO o ABSTENCION. b) A mano alzada.- Siempre que no se trate de leyes y resoluciones legislativas. Todas las votaciones son públicas, salvo que dos tercios de los miembros hábiles del Pleno acuerden que sean secretas. Las votaciones secretas se realizan recibiendo cada Congresista una cédula; su voto en ella y depositándola en el ánfora. 6. Cuestiones de Orden.- En cualquier momento del debate, con excepción de aquel en el que se desarrolla la votación, los Congresistas pueden plantear una cuestión de orden, a efecto de llamar la atención sobre la correcta interpretación y aplicación del Reglamento del Congreso. Deben citar el artículo o los artículos materia de la cuestión. Las cuestiones del Pleno en materia de cuestiones de orden serán registradas por la oficialía mayor del Congreso. Pueden ser invocadas en casos análogos que se planteen en el futuro. 7. Cuestiones Previas.-Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento del debate y antes de las votaciones, a efecto de llamar la atención sobre requisito de procedibilidad del debate o de la votación basado en hechos o solicitar el regreso de un asunto a Comisiones por no encontrarse suficientemente estudiado. 8. Dictámenes.-Los dictámenes son los documentos que contiene una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las Comisiones sobre las proposiciones de ley y resolución legislativa que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dicho estudio. Deben incluir una sumilla de las opiniones que sobre el proyecto de ley hubiesen hecho llegar las organizaciones ciudadanas. Los autores de los proyectos son invitados a las sesiones cuando se traten sus proyectos. Los dictámenes pueden ser en mayoría, minoría y por unanimidad. Los dictámenes pueden concluir: • • •

En la recomendación de aprobación de la proposición en sus términos. En la recomendación de aprobación de la proposición con modificaciones. Para este efecto se acompaña el respectivo proyecto Sustitutorio. En la recomendación de no aprobación y su envió al archivo o en la inhibición de la Comisión por no tener competencia en la materia de la

Fuente: Reglamento del Congreso de la República

2


Oficina de Coordinación Legislativa

•

•

proposición. Las proposiciones rechazadas de plano no requieren dictamen y sólo se archivan mediante decreto. En la recomendación de conformación de una Comisión Especial de estudio del asunto materia de dictamen, a efecto de que se realice un estudio técnico más profundo y proponga una fórmula normativa adecuada. Solicitando un plazo para expedir dictamen.

9. Dirección General Parlamentaria. – La Dirección General Parlamentaria es un órgano dependiente. Tiene como responsabilidades el trámite de las proposiciones parlamentarias, la organización de la agenda del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo, la organización y trámite de los asuntos del despacho parlamentario, la supervisión del Diario debates y la redacción del Acta del Pleno y de la Comisión Permanente, de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento. Está a cargo de un Director Parlamentario, nombrado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor. El Director General Parlamentario reemplaza al Oficial Mayor en caso de ausencia o impedimento. 10. Gerencia General del Congreso.- Es un órgano dependiente de la Oficialía Mayor del Congreso. Tiene como responsabilidades la administración de los recursos físicos, humanos y tecnológicos, los servicios, el control patrimonial, la contabilidad y la ejecución presupuestal del Congreso, así como la organización y el desarrollo de las licitaciones y los concursos públicos de precios y de méritos. Está a cargo de un Gerente General del Congreso, nombrado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor. 11. Grupos Parlamentarios.- Los Grupos Parlamentarios son conjuntos de Congresistas que comparten ideas o intereses comunes o afines. Se constituyen con un mínimo de seis Congresistas y se registra en la Oficialía Mayor. niciativa legislativa.- Por el derecho de iniciativa legislativa, los ciudadanos y las 12. In instituciones señaladas por la Constitución Política tienen capacidad para presentar proposiciones de ley ante el Congreso. 13. Informes.- Los informes son los instrumentos que contienen la exposición detallada del estudio realizado, de lo actuado y las conclusiones y recomendaciones de las Comisiones de Investigación, de trabajo coordinado con el Gobierno y de aquellas que se conformen con una finalidad específica y deban presentar informe dentro de un plazo prefijado. Las Comisiones Ordinarias también presentan informes para absolver consultas especializadas 14. Pleno del Congreso.- Es la máxima asamblea deliberativa del Congreso, se encuentra integrado por todos los Congresistas incorporados y funciona de acuerdo con las reglas de quórum y procedimiento que establecen la Constitución y el Reglamento del Congreso. En él se debaten y se votan todos los asuntos y se realizan los actos que prevén las normas constitucionales, legales y reglamentarias.

Fuente: Reglamento del Congreso de la República

3


Oficina de Coordinación Legislativa

15. Sesiones del Consejo Directivo del Congreso.- El Consejo Directivo del Congreso se reúne siempre antes de la realización de un nuevo Pleno Ordinario y además en todas aquellas oportunidades que lo acuerde o cuando lo convoque el Presidente del Congreso o a solicitud de un tercio del número legal de sus miembros. 16. Junta de Portavoces.- Está compuesta por la Mesa Directiva y un Portavoz por cada Grupo Parlamentario, quienes tienen un voto proporcional al número de miembros que componen su bancada. Entre otros, le corresponde la exoneración de los trámites de envío a comisiones y prepublicación, la ampliación de la agenda de las sesión del Pleno. 17. Presidente del Congreso.- Es la máxima autoridad política y administrativa del Congreso, preside la Mesa Directiva. 18. Mesa Directiva del Congreso.-La Mesa Directiva esta compuesta por el Presidente del Congreso y tres Vicepresidentes; tiene a su cargo la Dirección administrativa del Congreso y de los debates que se realizan en el Pleno del mismo, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo, así como la representación oficial del Congreso en los actos protocolares. 19. Oficialía Mayor del Congreso.- La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del Congreso, nombrado por acuerdo del Consejo Directivo; responde ante el Presidente por la marcha y resultado de las dependencias y personal del servicio parlamentario; tiene la representación legal de la administración, es jefe de todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria. 20. Período parlamentario.- El período parlamentario comprende desde la instalación de un nuevo Congreso elegido por sufragio popular, hasta la instalación del elegido en el siguiente proceso electoral, tiene una duración ordinaria de 5 años, salvo excepciones. . 21. Período anual de sesiones.- Comprende desde el 27 de Julio de un año hasta el 26 de Julio del siguiente año. 22. Períodos ordinarios de sesiones.- Dentro del período anual de sesiones, habrá períodos ordinarios de sesiones o legislaturas: a) El primero se inicia el 27 de julio y termina el 15 de diciembre. b) El segundo se inicia el 01 de marzo y termina el 15 de junio. En cualquiera de los dos casos, tanto el Presidente del Congreso o a solicitud de por lo menos el cincuenta por ciento más uno de los congresistas, se puede ampliar la convocatoria con agenda previa. 23. Períodos de sesiones extraordinarias.Los períodos de sesiones extraordinarias se convocan conforme al inciso 6) del artículo 118 de la Constitución “Art. 118. - Corresponde al Presidente de la República: Inc. 6) Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria, y firmar, en ese caso, el decreto de convocatoria” y al artículo 130 de la Constitución “Art. 130. - Dentro de los Fuente: Reglamento del Congreso de la República

4


Oficina de Coordinación Legislativa

treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso en compañía de los demás ministros....... Si el Congreso no está reunido, el Presidente de la República convoca a legislatura extraordinaria.”. Publicado el decreto, el Presidente del Congreso ordena que de inmediato se proceda a citar a los Congresistas. Asimismo, se convoca a períodos de sesiones extraordinarias cuando lo soliciten por escrito las tres quintas partes del número legal de Congresistas. Durante el periodo de sesiones extraordinarias sólo se podrán tratar los temas materia de la convocatoria. 24. Sesiones.- El Pleno del Congreso, la Comisión Permanente y las Comisiones se reúnen en sesiones, donde se debate y adopta los acuerdos sobre asuntos y las proposiciones que se someten a consideración en aplicación de las normas procésales. 25. Quórum y mayorías.- Para efecto del cómputo del quórum y la verificación del resultado de las votaciones en los casos en que se exigen mayorías especiales, se tendrá en cuenta los siguientes conceptos: a) Número Legal de Congresistas: Ciento Veinte b) Número Hábil de Congresistas: el número legal de Congresistas, menos el número de Congresistas que se encuentren de licencia acordado por el Consejo Directivo, los que se encuentren suspendidos y los no incorporados. El quórum para la realización de las sesiones del Pleno es la mitad más uno del número hábil de Congresistas. No se incluye en el número hábil a los Congresistas autorizados a asistir a una Comisión en las oficinas del congreso. El quórum para la realización de las sesiones de la comisión Permanente y de las distintas Comisiones del Congreso de la República es de la mitad más uno del número hábil de sus miembros. Los acuerdos se toman con el voto de la mayoría simple de todos los miembros presentes al momento de la votación, incluido el voto del Presidente. En caso de producirse empate en la votación el Presidente tendrá un voto dirimente. 26. Proposiciones Parlamentarias.- Son instrumentos destinados a promover el desarrollo de los procedimientos parlamentarios. Pueden ser: a)

Proposiciones de ley o de Resolución Legislativa.- Las propuestas o proyectos de ley o de resolución legislativa son instrumentos mediante los cuales se ejerce el derecho de iniciativa legislativa y se promueve el procedimiento legislativo, con la finalidad de alcanzar la aprobación de una ley o resolución legislativa por el Congreso.

b) Mociones de orden del día.- Las mociones de orden del día son propuestas mediante las cuales los congresistas ejercen su derecho a pedir al Congreso que adopte acuerdos sobre Fuente: Reglamento del Congreso de la República

5


Oficina de Coordinación Legislativa

asuntos importantes para los intereses del país y las relaciones con el Gobierno. c) Pedidos de información.- Los pedidos son propuestas mediante las cuales los Congresistas ejercen su derecho de pedir la información que consideren necesaria a los Ministros y otras autoridades y órganos de la administración, a fin de lograr el esclarecimiento de hechos o tener elementos de juicio para tomar decisiones en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, los pedidos escritos se pueden efectuar para hacer sugerencias sobre la atención de los servicios públicos.

Fuente: Reglamento del Congreso de la República

6


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Glosario de Terminos by Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía - Issuu