DIARIO JUDICIAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN
Año XVI - Nro 4733/ Sábado, 27 de noviembre 2021 //Directora: Rosali Quevedo Bardález // Región San Martín Diario Voces es una publicación de Voces Servicios Generales de Comunicaciones EIRL// diariovoces@yahoo.es
Tala de árboles dejó sin energía a Yurimaguas
San Martín: lanza el plan de intervención
“Vamos a tu encuentro con la comunidad”
Funcionarios de la Diresa informaron que buscan proteger la vida y la salud, además de prevenir el dengue y vacunar contra la COVID-19
En el barrio Punta del Este en Tarapoto Caseta en abandono es utilizada para el consumo de drogas
Sismo de magnitud 5.1 sacudió Tarapoto ayer por la tarde
REGIONALES
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Sábado, 27 de noviembre de 2021
Tala de árboles dejó sin energía a Yurimaguas Se dañaron postes y sistemas de protección de sub Estación del Pongo de Caynarachi y de la ex central térmica que abastece de energía a Yurimaguas ciudad. Talan árbol para hacer chacra y cae sobre Línea de Transmisión dejan sin servicio eléctrico a Yurimaguas y varias localidades de Alto Amazonas y San Martín.
dos desde Yurimaguas y Tarapoto al cierre del presente reporte trabajan en la zona para reestablecer el servicio informaron desde la empresa.
El hecho se produjo a la altura del Centro Poblado de Santo Tomas en horas de la mañana, al caer el pesado árbol sobre la línea afecto las estructuras (postes) a la vez los sistemas de protección en la Sub Estación del Pongo y Yurimaguas se vieron averiadas.
“La gente del campo, para hacer sus chacras derriban los árboles y caen sobre la línea de conducción sin medir la magnitud del problema, paralizando la actividad en toda una ciudad, esto nos demanda a nuestro personal realizar trabajos de riesgo y multiplicar esfuerzos”, dijo el Gerente Regional de Electro Oriente Ingeniero, Bobnet Manrique García.
“Estas malas acciones perjudican a los usuarios y el sistema eléctrico. Por ello recomendamos a los pobladores que en caso de talar árboles tengan mucho cuidado, y se comuniquen inmediatamente más aún si este ha caído sobre líneas eléctricas”, señalaron representantes de Electro Oriente. Brigadas de técnicos desplega-
Mas adelante el Gerente Regional señalo que realiza trabajos de limpieza de la franja de servidumbre en la Línea 33 kV Pongo de Caynarachi – Yurimaguas, con la finalidad de mantener la operatividad del servicio eléctrico en vista que nos acercamos a la
temporada de invierno. Sobre los avances de Línea de Transmisión 60 Kw indico que el expediente de servidumbre se ingresó al Ministerio de Energía y Minas para la imposición de la faja de servidumbre. Así mismo, el expediente técnico de saldo de obra esta culminado en su fase de aprobación, se aprobó la adquisición del transformador de potencia y próximamente se va ha convocado para el proceso de topografía para los trabajos de campo. Las acciones que desarrolla la empresa eléctrica dentro del cronograma establecido indicó Manrique García. Finalmente se supo que personal encargado del trabajo de reposición, a pesar de las dificultades generadas, el servicio se ha restablecido paulatinamente.
Técnicos trabajan para restablecer el servicio
EN EL BARRIO PUNTA DEL ESTE EN TARAPOTO
Sismo de magnitud 5.1 Caseta de seguridad ciudadana en abandono sacudió Tarapoto ayer por es utilizada para el consumo de drogas la tarde Vecinos del jirón Vista Alegre del barrio Punta del Este de Tarapoto, están mostrando su preocupación, porque desde hace varios meses un grupo de jóvenes se viene posesionando de una caseta de seguridad en abandono para consumir sustancias tóxicas. Ante esta situación los moradores del lugar exigen mayor presencia policial para que les devuelvan la tranquilidad que tanto necesitan. Una madre de familia del jirón Vista Alegre que prefiere mantener su nombre en reserva, manifestó que a cualquier hora del día esa caseta es utilizada para el consumo de drogas y ellos tiene temor hasta de salir de sus casas, es por ello que exigen mayor presencia policial. Ante esta situación, el mayor en situación de retiro, Edson Espinoza Céspedes, gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial de San
Martín, confirmó que detectaron que en varios lugares de la ciudad se viene incrementando la presencia de jóvenes drogadictos y ellos prácticamente nada pueden hacer ya que el consumo de drogas no es un delito en nuestra legislación. “Hay sectores como Bernabé Guridi, la intersección de los jirones Colón y Sinchi Roca, 10 de Agosto, Punta del Este, entre otros lugares donde se incrementó el consumo de drogas. Por ahora lo único que podemos hacer persuadirle y orientarles, ya que cuando
la policía los interviene, solo tienen sustancia en poca cantidad que solo es para consumo”, señaló Espinoza Céspedes. El gerente de Seguridad Ciudadana manifestó que vienen tomando acciones para contrarrestar el incremento de la drogadicción en la ciudad, es por ello que están pasando toda la información a la Policía Nacional para que realicen seguimiento a los microcomercializadores de droga y de esa manera puedan intervenirlos, ya que algunos de ellos ya fueron identificados. (Hugo Anteparra)
Las autoridades locales del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) no han reportado daños personales ni materiales a causa del movimiento Un sismo de magnitud 5,1 se registró ayer viernes 26 de noviembre a las 4:48 de la tarde en la ciudad de Ta-
Según el reporte, el movimiento telúrico ocurrió a 50 kilómetros al este de Tarapoto y tuvo una profundidad de 117 kilómetros.
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Un paciente de 76 años de edad fue atendido en el hospital deLuis Ordóñez, Karina Roncal, Ricardo Quevedo, Dr. Héctor Pereda, Tarapoto por un equipo de neu-Oswaldo Díaz, Eduardo Paredes. DIRECTORA - GERENTE: Rosali Quevedo Bardález. mología, el cual realizó con éxi-ESPECIALISTAS: Wilson N. Quevedo Chávez, José Luis Rodríguez, Miuler Vásquez. DIRECTOR FUNDADOR : Julio Quevedo Chávez. to un nuevo procedimiento méCORRESPONSALES: En toda la región San Martín REDACTORES Y COLABORADORES: Julio Quevedo Bardález, dico denominado: colocación DIAGRAMACIÓN: Aaron D. Cahuana Mendoza Hugo Anteparra, Karina Roncal, Yur Lee Abanto Tapullima, de drenaje torácico con válvula Róger Torres, Antolin Pinedo Gáloc, Bianca Villacorta. COLUMNISTAS: Christian Marquina Alván, Willian Gallegos,
rapoto, región San Martín, informó el Instituto Geofísico del Perú (IGP) en sus redes sociales.
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REGIONAL
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Sábado, 27 de noviembre de 2021
San Martín: lanza el plan de intervención
“Vamos a tu encuentro con la comunidad” “La provincia de Moyobamba presentó 7.983 casos confirmados de la COVID-19 durante toda la pandemia” Con la finalidad de detectar casos de dengue y determinar el número de ciudadanos que cuenta con la primera y segunda dosis de la vacuna contra la COVID-19, la Dirección Regional de Salud (Diresa), realizó el lanzamiento del plan de intervención “Vamos a tu encuentro con la comunidad”.
La titular de la Diresa, Leslie Zevallos Quinteros, en diálogo con la prensa, informó que el ámbito de intervención será el Barrio de Calvario en la ciudad de Moyobamba, lo que beneficiará a 12.400 personas que habitan en sus 176 manzanas, donde — después de realizar un censo domiciliario— se iniciará la vacunación contra el coronavirus con un barrido casa por casa, de acuerdo a la información recopilada. Zevallos Quinteros indicó que, a diferencia de otras provincias de la región San Martin, en el Alto Mayo se resisten mucho a la vacunación a pesar del enorme esfuerzo que realiza el sector Salud. “De acuerdo a nuestros análisis, las provincias con baja cobertura de inmunización contra la COVID-19 son Rioja y Moyobamba”, precisó. Indicó que, dentro de los cuadros estadísticos, la provincia de Moyobamba presentó 7.983 casos confirmados de la COVID-19 durante toda la pandemia, con una positividad acumulada del 39,41% y una tasa de ataque del 9,19%.
Funcionarios de la Diresa informaron que buscan proteger la vida y la salud, además de prevenir el dengue y vacunar contra la COVID-19. “En cuanto a la situación del dengue, dentro de la Unidad de Gestión Territorial (Unget) Moyobamba se ha presentado 904 tamizajes durante el 2020-2021, teniendo 277 casos confirmados, siendo el distrito de Moyobamba el que concentra una mayor
cantidad de casos con una positividad acumulada 58,92%”, expresó. Manifestó que, por ambas enfermedades, durante los últimos dos años, la mayor concentración de casos ha sido en los barrios de Lluyllucucha, Zaragoza, Calva-
rio y Belén en el distrito de Moyobamba; sin embargo, desde la semana epidemiológica 42 se han presentado una frecuencia de casos en el Barrio Calvario con una mayor pronunciación en la visión del mapa de calor, es por ello que ha sido considerado el barrio piloto a intervenir.
MAS. El plan de intervención cuenta con la participación de la Policía Nacional del Perú y miembros del Comando Dengue de Moyobamba, quienes —junto al personal de salud que integran las brigadas de intervención— serán pieza clave para el cumplimiento de objetivos de estas acciones.
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Sábado, 27 de noviembre de 2021
AYER ATENDIERON EN CIUDAD SATÉLITE
Descentralizan en La Banda de Shilcayo centros de vacunaciones contra el Covid Ayer por la mañana más de 500 personas, en su gran mayoría adolescentes fueron vacunados en la asociación de vivienda Ciudad Satélite del distrito de La Banda de Shilcayo, lugar donde se realizó una feria de Salud, donde además atendieron a pacientes en diversas especialidades médicas. La campaña médica se realizó en el local comunal de Ciudad Satélite, el personal de Salud a cargo del proceso de vacunación informó que tenían vacunas de Pfizer para los grupos etarios de 12 a 19 años, de 30 a 34 y de 50 a más. Las vacunas de astrazeneca para 20 y 29 años y de 30 a
49 años. De sinopharm solo para segunda dosis. En esa campaña también atendieron en diferentes especialidades e incluso captaron a pacientes para el descarte de cáncer al cuello uterino, ante ello la población respondió favorablemente en esta actividad y la próxima feria de salud lo realizarán este 30 de
noviembre en la asociación de vivienda Nueva Amistad. El personal de Salud destacó la participación de la población y sobre todo de los jóvenes quienes acudieron a inocularse en esa campaña para que tengan sus dosis para el reinicio de las clases presenciales que anunció el gobierno para marzo del próximo año. (Hugo Anteparra)
Lanzan campaña para la lucha contra la violencia hacia las mujeres en San Martín Bajo el lema “Haz la Diferencia, Frena la Violencia” en articulación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. En el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con el Gobierno Regional de San Martín (Goresam), mediante la Gerencia de Desarrollo Social y su órgano de línea la Dirección Regional de Inclusión, lanzaron la campaña de “Haz la Diferencia, Frena la Violencia”, con el fin de sensibilizar a la población respecto a este flagelo que en el 2020 afectó casi al 55% de las mujeres del país. Se busca impulsar espacios de diálogo y de compromiso para que las instituciones, organizaciones, la sociedad civil y otros sectores se sumen a esta causa. “Es necesario incorporarnos a este trabajo para terminar con esta problemática que afecta a la sociedad, sobre todo a nuestra niñez”, afirmó la vicegobernadora regional, Nohemí Aguilar Puerta, durante el lanzamiento de la campaña. “Somos una sociedad que tolera la violencia y eso es algo que tene-
mos que cambiar, pues cada acto de intimidación es una vida que se frustra y no podrá desarrollarse como hubiera querido”, declaró la autoridad regional en la actividad que se desarrolló ayer en la plaza Mayor de la ciudad de Moyobamba. Asimismo, agregó que desde el Gobierno Regional San Martín, reafirmamos nuestro compromiso de seguir trabajando para erradicar toda forma de violencia, así como brindar el apoyo sostenible y sustentable a las mujeres artesanas de las comunidades nativas, quienes viven dentro de una cultura machista. “Mediante las acciones que estamos realizando, a través de la Dirección de Inclusión, desarrollamos labores de apoyo para que generen sus propios ingresos, algo fundamental para empoderarlas”, refirió Aguilar Puerta. La actividad congregó a un importante número de asistentes, entre autoridades y representantes de diferentes instituciones que conforman la Instancia Regional de Concentremos para Erradicar la Violencia contra las Mujeres e
integrantes del grupo familiar. El objetivo es que todos se sumen en la lucha articulada por la eliminación de la violencia de género. El acto protocolar contó con la participación de la gerente de Desarrollo Social, Leslie Zevallos y la titular de la Dirección Regional de Inclusión, Milagros Sánchez. Cabe indicar que este lanzamiento concluyó con la firma de compromisos de las autoridades presentes en esta jornada, donde también se realizaron campañas de salud sexual y reproductiva, orientación en temas legales, así como una feria de emprendimiento de mujeres artesanas de la Comunidad Nativa Awajún, shows artísticos, entre otros.
DEVIDA entrega 37 mil litros de biofertilizante orgánico a 46 comunidades Con la finalidad de incrementar la producción de cacao y cuidar el medio ambiente, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (Devida), hizo entrega de 37 mil litros de biofertilizantes “abonos orgánicos” a 1289 agricultores de 46 comunidades del distrito de Campanilla y Pólvora, en la región San Martín. Con un total de 41 módulos comunales y 25 módulos individuales,
Devida promueve el uso de biofertilizantes a base de abonos orgánicos (Biol), elaborado con estiércol de ganado, melaza de caña, agua, leche, panela, naranja, guayaba, platanillo, ortiga, hoja de guaba, entre otros productos que se combinan en un tanque de fermentación (timbo) instalado en un lugar cubierto, seguro y ventilado, con el fin de asegurar la producción del cacao. Dato: La distribución de los insumos
se realiza a través de los técnicos, extensionistas y promotores de campo de la Oficina Zonal de Tarapoto.
ESTE DOMINGO A LAS 9 P.M. EN EL BULEVAR DE LA PAZ
Escuela de música TARAPOTO-ELIC presenta gran concierto de talentos
Tarapoto. “Lo trágico en la interpretación de la música del pasado radica en el hecho de que es confinada a las salas de concierto, a los congresos de musicología o a las clases del Conservatorio. Saquémosla de estos respetables y obtusos lugares, démosle aire, sacudamos prejuicios y reavivemos la letra muerta de antiguos tratados. La música requiere aire, luz del día y libertad para estar viviente. Sólo entonces ella impartirá sorprendentes secretos.” “La función social del arte y la necesidad vital del color; la luz y su valor psicológico y de liberación para el artista, para el trabajador, para el enfermo, aboca a una práctica experimental colectiva.” Estas sabias frases de la famosa clavecinista Wanda Landowska y del genial compositor Maestre David Juan Ferriz Olivares introducen bien el carácter del próximo CONCIERTO DE TALENTOS organizado por la ESCUELA de MÚSICA TARAPOTO-ELIC en coordinación con la Municipalidad Provincial de San Martín. En efecto, este evento forma parte de las noches musicales de la XIV Feria del Libro y Expresiones Culturales de la Amazonía “Edición Bicentenario” organizada por la Municipalidad Provincial de San
Martín y tendrá lugar en el Boulevard de la Paz este domingo 28 de noviembre a partir de las nueve de la noche. Así, contaremos con la participación de destacados niños y jóvenes músicos como Jorge y Sophie Torres Bartra, Kiara y Kiabeth Llontop Jara, Ariana y Antonio Rodríguez Llontop, Leonardo Rengifo Casas, Joshua Nemi Vecco, entre otros. Es bueno saber que algunos de ellos ya han mostrado su talento en países como Colombia, Italia y Alemania dejando muy en alto el prestigio cultural y musical de San Martín. Como sabemos, la ESCUELA de MÚSICA TARAPOTO-ELIC es la institución de formación musical con más tiempo en San Martín (16 años) pionera y líder en formar el talento de sus estudiantes con la superioridad del método quienes por ello han conquistado grandes logros y reconocimientos hasta ahora inalcanzados, en certámenes y eventos no solo en el Perú, también en Ecuador, Chile, Colombia, Bolivia, Italia y Alemania. Desde el 19 de febrero del año 2005 esta noble Institución trabaja en unión con la “CASA DE LA CULTURA Dr. David Juan Ferriz Olivares” sede Tarapoto, Institución Cultural Mundial con sedes en todo el Perú, América, Europa y Australia.
JR. PEDRO CANGA 398 - MOYOBAMBA
SALUD
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Sábado, 27 de noviembre de 2021
Aumento de casos por Covid-19 en todo el país genera alarma en el sistema de salud En general, las hospitalizaciones han aumentado en 30%, y la ocupación de camas UCI en 60%. En las últimas tres semanas se viene registrando un incremento de casos de la covid-19 en el país según el Ministerio de salud. Aunque los indicadores aún no llegan a considerarse como una tercera ola, este incremento de casos de covid-19 genera alarma en el sistema de salud. Según el ministro del sector, Hernando Cevallos, el aumento de contagios de covid -19 ha desembocado a su vez en el incremento de pacientes hospitalizados y en camas UCI. En general, las hospitalizaciones han aumentado en 30%, y la ocupación de camas UCI en 60%. Además, las regiones que se han visto más afectadas son Piura, Lambayeque, Tacna, Lima y Callao. Este peligroso incremento, pone en duda el inicio de clases del próximo año. Aunque según Cevallos el aumento de casos por covid aún no significa la llegada de una tercera ola, la situación podría salirse de control. “Estamos tomando todas las previsiones que podamos para
Ministro de Salud, Hernando Cevallos, afirma que aún no puede hablarse de una tercera ola, pero llama a aumentar la vacunación de manera urgente. tratar de implementar cercos epidemiológicos, vacunación masiva y pruebas moleculares. Lo estamos haciendo en todo el país, en especial en los lugares con incrementos de casos”. Igualmente, el ministro demostró preocupación ante el inicio de las fiestas ya que podría ser
el detonante de un aumento significativo de casos. Por ello, recordó que se va a exigir, a partir del 15 de diciembre, el carné de vacunación para ingresar a espacios cerrados. Además, anunció una campaña para impulsar la vacunación en los grupos poblacionales que tienen resistencia a la inmunización.
AVISO DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL
LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LAMAS, PONE EN CONOCIMIENTO EL SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL QUE VIENE EFECTUANDO EN EL MARCO DE LOS ARTÍCULOS 21, 22 Y 23 DEL TUO DE LA LEY N.º 29151 Y SU REGLAMENTO, A FIN QUE LAS PERSONAS QUE PUDIERAN SER AFECTADAS EN SU DERECHO REAL PUEDAN FORMULAR OPOSICIÓN EN EL PLAZO DE 30 DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN: INSTITUCION EDUCATIVA INTEGRADA / PARTIDA USO ACTO DE 10,006.27M2/ PROVINCIA DE LAMAS, DISTRITO DE RESGISTRAL SANEAMIENTO LAMAS, DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN NO INSCRITO EDUCATIVO INMATRICULACION
UNIDAD EJECUTORA 305 LAMAS – KARINA VIOLETA PAREDES LOZANO – DIRECTORA UGEL LAMAS LAMAS 23 DE NOVIEMBRE DEL 2021
"Año del Bicentenario del Peru: 200 años de independencia"
UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL –TOCACHE La Unidad de Gestión Educativa Local – Tocache, en cumplimiento del Art. 3º de la ley Nº 31318, Ley que regula el saneamiento Físico Legal de los bienes inmuebles del sector educación destinada a instituciones educativas públicas, hace de conocimiento a la opinión pública el inicio de las acciones de Saneamiento Físico Legal del área de terreno de las Instituciones Educativas, del Distrito de Uchiza, Provincia de Tocache, departamento de San Martín, con el objeto de que los interesados hagan uso de su derecho de oposición en el tiempo que autoriza la ley. N° Orden 1 2 3 4
INSTITUCION EDUCATIVA 0705 0465 0465 0714
AREA DE TERRENO m2 10,000.00 2,501.60 4697.31 10,000.00
LOCALIDAD TINGO DE UCHIZA SAN FRANCISCO SAN FRANCISCO PAMPA HERMOSA
UBICACION DISTRITO UCHIZA UCHIZA UCHIZA UCHIZA
PROVINCIA TOCACHE TOCACHE TOCACHE TOCACHE
Tocache, 23 de noviembre del 2021
QUÉ SABEMOS DE LA NUEVA VARIANTE DE COVID DETECTADA EN SUDÁFRICA
Científicos describen a la variante ómicron, como la peor variante desde el inicio de la pandemia La nueva variante presenta una atípica y preocupante combinación de mutaciones que, según los científicos, podría hacer más contagioso al virus y ayudarle a evadir la respuesta inmunitaria del organismo.
¿Qué es la nueva variante y por qué es preocupante? Los científicos han detectado una nueva variante de la COVID-19 llamada B.1.1.529 y están trabajando para comprender sus posibles implicaciones. Hay unos 50 casos confirmados en Sudáfrica, Hong Kong y Botsuana. La Organización Mundial de la Salud ha decidido identificar la variante como “ómicron”. La variante B.1.1.529 presenta una atípica y preocupante combinación de mutaciones que, según los científicos, podría hacer más contagioso el virus y ayudarle a evadir la respuesta inmunitaria del organismo. Cualquier nueva variante capaz de eludir la protección de las vacunas o de propagarse más rápidamente que la variante Delta, predominante en este momento, podría amenazar gravemente la salida mundial de la pandemia. La Organización Mundial de la Salud se reunió ayer viernes para evaluar esta nueva variante y anunció que se trata de “una variante preocupante” (en contraste con la variante “de interés”, un grado anterior de alerta). La Unión Europea considera que ómicron tiene un riesgo “alto o muy alto”. El Centro de Prevención de Enfermedades de la UE sostiene en su informe que “la variante ómicron es la variante más divergente que se ha detectado en cantidades significati-
vas durante la pandemia hasta el momento, lo que genera preocupaciones de que pueda estar asociada con una mayor transmisibilidad, una reducción significativa en la efectividad de la vacuna y un mayor riesgo de reinfecciones”. ¿Cómo se compara con otras variantes? Científicos describen a omicron como la peor variante desde el inicio de la pandemia. Presenta 32 mutaciones en la proteína de la espícula, que a su vez es la parte del virus usada por la mayoría de las vacunas para entrenar al sistema inmunitario contra la COVID-19. Este número de mutaciones es aproximadamente el doble de las asociadas a la variante delta. Las mutaciones en esta proteína pueden afectar a la capacidad del virus para infectar células y propagarse, pero también dificultan que las células inmunitarias ataquen al patógeno. De hecho, la OMS ha reconocido que esta nueva variante puede suponer un mayor riesgo de infección y la ha clasificado como “variante de preocupación”. ¿Hay algo que hacer para protegerse? Sí. Si aún no lo ha hecho, el consejo sigue siendo vacunarse. El Centro Europeo de Prevención y Control de Enfermedades (ECDE) ha recomendado tercera dosis para toda la población adulta, con especial atención a las personas a partir de 40 años, seis meses después de la segunda inyección. Fuente: elDiario.es
El Refugio del Puma Por: José Luis Rodriguez Rivera
Saludos a todos, estamos de vuelta con ustedes y listos para contarles las «notichis» registradas en Tarapoto «La Ciudad de la Furia», se ponen cómodos que arrancamos al «toquepala», yes: A propósito mañana 28 de noviembre el distrito de LA BANDA DE SHILCAYO, celebra su aniversario número 60 de la elevación a la categoría de distrito justamente por dación de ley del 28 de Noviembre del 1961, es promoción de la RADIO TROPICAL ambos tienen la misma cantidad de años, eso nos permite compartir algunos “datichis” sobre esta fecha y celebración, lo primero la denominación de LA BANDA DE SHILCAYO, se deriva (muchos coinciden en ello) que cuando era solo un barrio de Tarapoto lo separaba el rio Shilcayo y para llegar se tenía que cruzar el rio y la gente decía: “VAMOS A LA BANDA DE SHILCAYO”, además recordarles que LA BANDA DE SHILCAYO que es la denominación correcta y exacta por ley y no como suelen decir y escribir muchos como BANDA DE SHILCAYO, aun si quisiéramos usar el nombre de la capital del distrito que es LA BANDA, las cosas siempre con propiedad, lo otro recuerdo haber ido a la casa de mi gran amigo y compañero de labores radiales AUGUSTO GARCIA SAAVEDRA, eso fue hace más de 24 años atrás, su residencia queda en pleno corazón del sector MAUKALLACTA, y era complicado llegar y como son las cosas hoy se inaugura el asfaltado de un total de 14 cuadras, una situación similar a manera de reflexión cuando se colocó la primera piedra de dicho proyecto, me refiero a amigos profesionales ligados al TECNOLÓGICO NOR
ORIENTAL DE LA SELVA, hablamos del CPC JUAN MAGUIÑA CAMPOS y el Ing. ELMER RUIZ TRIGOZO, nos decían han tenido que pasar más de 42 años para el asfaltado del frontis de la institución tecnológica educativa, eso fue cuando se colocó la primera y seguramente deben sentir satisfacción ver todo asfaltado, lo otro siempre digo “una gestión municipal con resultados positivos tienen finales felices para todos”, nada de que el alcalde lo hizo, un momentito, “su plata acaso es”, pero reitero lo que si se aplaude es su gestión antes los organismos correspondientes para conseguir el “bigote” allí sí que le hacemos una aspa de felicitación al alcalde JOSÉ DEL ÁGUILA GARCÍA, al margen de nuestras saludables discrepancias, así que hoy a toque de 11 de la mañana antesala del cumpleaños del distrito, inauguran esta obra, felicitaciones… claro que sí. Palabra de Puma.
Cambiamos de tema y les digo que llegó la fecha esperada pues mañana domingo 28 es la gran FIESTA DE ANIVERSARIO celebrando los 32 años de presencia ininterrumpida en la televisión tarapotina de A TODO RITMO el programa tropical bailable y pionero en su estilo y siempre con el original MARIO VASQUEZ GARCIA, lo volvemos a repetir una vez llegar a esta cantidad de años si que representa todo un récord en televisión local tarapotina y eso lo convierte en un caso especial además de siempre difundir la música tropical y con preferencia a los artistas, agrupaciones y bandas locales las cuales por cierto vienen retomando su ritmo habitual tras haberse paralizado todo con motivo de la pandemia, A TODO RITMO con más de tres décadas al aire ahora el programa comparte la exclusiEsa gente! mi sobrino WILMER VASQUEZ, junto a CARvidad de perteLITOS MANGUERA y BILLY HIDALGO nada de chelas necer a CABLE full ceviche, bien alli!
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Sábado, 27 de noviembre del 2021
email: pumatarapoto@yahoo.es
SCARLET TELLO, SIEMPRE CON EL REFUGIO... PARA QUE MÁS, YES!
MUNDO Canal 22 con SOLAR TV y siempre con el Original MARIO VASQUEZ GARCIA, ya lo saben mañana domingo 28 de noviembre es la FIESTA DE ANIVERSARIO será en los ambientes del EL SHAPAJAL Restaurant Campestre, en Morales Beach así que pasen la voz y nos encontramos para disfrutar de un gran momento en familia y también con los amigos, celebrando el TRIGÉSIMO SEGUNDO ANIVERSARIO del ahora ya creemos legendario programa de música tropical A TODO RITMO, en esta oportunidad llegarán con toda su música tropical bailable LOS INVASORES DE PROGRESO con SHANTY JR. compartirán escenario con REIMER SAAVEDRA la voz original del Sonido 2000 y EVELYN TIHUAY, la auténtica voz de la frase archiconocida “De Tarapoto Perú” y también dirá presente REYSER VASQUEZ, del programa La Voz Senior de Latina, la cosa sí que promete, por eso le decimos FELICES 32 AÑOS AMIGOS DEL PROGRAMA A TODO RITMO CON EL ORIGINAL MARIO VÁSQUEZ, salud por ello… y que se repitan más aniversarios … claro que sí. Palabra de Puma.
Contactos: Móvil 972951883
¿Nos quedaremos una vez más con las ganas?, ¿con los crespos hechos? (y eso que no tenemos pelos voy a decir ya) pero parece que nos será imposible una vez más estar presentes el sábado 1 de diciembre en nuestra ciudad natal Trujillo en lo que será el gran reencuentro de la PROMOCIÓN 1975 del Glorioso COLEGIO NACIONAL SAN JUAN DE TRUJILLO, son apenas 46 años desde que dejamos sus claustros sagrados al culminar nuestras labores estudiantiles, sin embargo la amistad se ha fortalecido con el paso de los años y este tipo de reuniones justamente nos permiten evocar grandes momentos en nuestra vida estudiantil, por lo que se hace de necesidad imperiosa este reencuentro reitero de los integrantes de la PROMOCIÓN 1975 JAVIER HERAUD, no nos queda otra (por el momento) que enviarles un afectuoso y caluroso abrazo de hermano canario adelantado (o damos la sorpresa y aparecemos) a los integrantes de la Sección H en especial de la que formamos parte PROMOCIÓN LUIS DE LA PUENTE UCEDA que bacán ya nos entró la onda nostálgica, ¡Peruanos de nacimiento... sanjuanistas por la gracia de Dios! a 46 años de haber egresado de las aulas de nuestro glorioso y emblemático COLEGIO NACIONAL SAN JUAN DE TRUJILLO, un salud por ello. Palabra de Puma.
lebrar las tradicionales fiestas navideñas en Diciembre (que ya está a la vuelta de la esquina) así que todos los integrantes de ASPESAM Asociación de Periodistas de San Martín están cordialmente invitados a participar de esta ASAMBLEA ORDINARIA la cual empezará a las 10 de la mañana, será en su local institucional ubicado en el jirón Raimondi cruce con el jirón Shapaja, local de SOLAR TV como es habitual la invitación la está haciendo extensiva reitero los integrantes de la junta directiva en pleno, siempre que hablamos de las navidades en la institución como cada año es una fecha que nos permitirá confraternizar entre todos los miembros agremiados, claro que nosotros nos estamos adelantando esperemos los acuerdos finales serán todos los asociados presentes, así que allí mañana domingo 28 estaremos participando de la ASAMBLEA ORDINARIA DEL MES DE NOVIEMBRE de la Asociación de Periodistas de San Martin – ASPESAM, mi “pata” NEMIO MORI RIOS en calidad de Presidente los espera, claro que sí. Palabra de Puma. Nada más, nos vamos punto final para nosotros medio que asustó el temblor ayer, esperar que mi hermana bella y querida MARITZA RODRIGUEZ RIVERA, salga bien de la operación que esperamos ya se haya realizado, todos nos preocupamos por ella, hoy estamos con ustedes en ACTUALIDADES DEL MEDIODIA – EDICIÓN DE LOS SÁBADOS, en la señal de TROPICAL Radio & Televisión y redes sociales, como siempre con excelentes invitados, los esperamos, retornamos en el mes de la navidades para despedir el año y recibir el nuevo año, chaufa.
Y mañana domingo 28 se estará llevando a cabo la ASAMBLEA ORDINARIA de cada fin de mes convocada por la junta directiva de la Asociación de Periodistas de San Martín – ASPESAM esto como un preámbulo y tomar acuerdos para lo que será el día esperado con mucha alegría y emoción por todos pues Pronta recuperación hermana MARITZA RODRIGUEZ como sabemos nos RIVERA, estamos contigo. preparamos a ce-
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Sábado, 27 de noviembre de 2021
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2021-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN POR CUANTO: El consejo Regional de la Gobierno Regional de San Martin, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú señala que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. (…)”. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: Son atribuciones del Consejo Regional, “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 10 sobre Competencias exclusivas y compartidas establece: “(...) 2. Competencias Compartidas: Son competencias compartidas, de acuerdo al artículo 36 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, las siguientes: “(...) i) Seguridad Ciudadana”. Asimismo, el artículo 61 del mismo cuerpo legal sobre funciones en materia de defensa civil y seguridad ciudadana, prescribe: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas regionales en materia de defensa civil y seguridad ciudadana (...). e) Promover y apoyar la educación en seguridad vial y ciudadana (...)”. Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), en su artículo 3º se crea el SINASEC para coordinar eficazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana, para garantizar una situación de paz social, siendo el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) una de las instancias integrantes que componen este sistema de acuerdo a lo precisado en el artículo 4º de la precitada norma. Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1316, en su artículo 13 sobre los Comités Regionales, Provinciales y Distritales señala: “Los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular y evaluar los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, y ejecutarlos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por el CONASEC. (...)”. Que, mediante Acta de Instalación y Juramentación del Comité Regional de Seguridad Ciudadana 2021-San Martín, de fecha 04 de mayo de 2021, el Gobernador Regional de San Martin, en calidad de Presidente del Comité de Seguridad Ciudadana designó a los nuevos integrantes del Comité Regional de Seguridad Ciudadana San Martín. Que, seguidamente, mediante Acta de Validación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021, de fecha 04 de mayo de 2021, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana validó por Unanimidad el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región San Martín. Que, a través del Informe N° 000212-2021/IN/VSP/DGSC/DEJ, de fecha 23 de junio de 2021, el Director de Ejecución de Políticas de Seguridad Ciudadana -DGSC del Ministerio del Interior, remite el Informe N° 000036-2021/IN/DGSC/DEPSC/ETPP/ MEF, de fecha 17 de junio de 2021, emitido por el Sectorista Marco Froilán Enríquez Flores, del Equipo de Trabajo de Planes y Programas -DGSC del Ministerio del Interior, que concluye: El Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional San Martín, se encuentra en correspondencia con el PNSC 2019-2023, a la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC y a los lineamientos emitidos por la DGSC. Conforme a lo establecido en la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, el presente Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 del Gobierno Regional de San Martín se considera “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN”.(…). Asimismo, recomienda que el Gobierno Regional de San Martín gestione la aprobación del PARSC-2021 mediante Ordenanza Regional. Que, según Oficio N° 0030-2021-GRSM/CORESEC, el Responsable de la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana, a nombre del Gobernador Regional y Presidente del CORESEC solicita al Presidente del Consejo Regional San Martín, la aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021. Que, sobre el particular, el artículo 2 de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su modificatoria, establece que se entiende por Seguridad Ciudadana, la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Que, por su parte, el artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2014-IN, y su modificatoria, en adelante el Reglamento, señala que el Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnico normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los lineamientos y procedimientos relacionados con el diseño, la implementación y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable del funcionamiento estructurado, articulado y descentralizado de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Que, así, el literal a) del artículo 19 del Reglamento, establece que el Comité Regional de Seguridad Ciudadana cuenta con una Secretaría Técnica como el órgano técnico, ejecutivo y de coordinación del Comité, la cual contará con profesionales, personal técnico y especialistas en temas de seguridad ciudadana, en base a los perfiles que apruebe cada Gobierno Regional. Cada Gobierno Regional determina el órgano o área que asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CORESEC. Dicho órgano o área debe ejercer funciones relacionadas a la seguridad ciudadana. La Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad
y evaluación. El sub numeral 7.5.2 establece que la Secretaría Técnica del CONASEC-DGSC tiene como plazo para su evaluación del PPRASC hasta los diez (10) días hábiles de recibido la PPRASC y comunica el resultado de la evaluación, a través de un informe técnico, en caso de existir observaciones, le otorga un plazo de siete (07) días hábiles a la Secretaría Técnica para el levantamiento de observaciones. Una vez levantadas las observaciones el Presidente del CORESEC remite nuevamente la propuesta de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. Que, además, los sub numerales 7.6.1 y 7.6.2 del numeral 7.6, de la Directiva respecto a la Aprobación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana por el Consejo Regional establecen lo siguiente: 7.6.1. Habiendo sido declarada la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana “APTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN” por parte de la Secretaría Técnica del CONASEC, el Presidente del CORESEC propone al Consejo Regional la aprobación del mismo. 7.6.2. El Consejo Regional aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana (PARSC) mediante Ordenanza Regional incorporando el PARSC al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional, conforme al anexo 07 en lo que corresponde al gobierno regional. Que, el artículo 38 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, en ese orden de ideas, mediante Acta de Validación del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021, de fecha 04 de mayo de 2021, el Comité Regional de Seguridad Ciudadana validó por Unanimidad el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la Región San Martín. Así también, con Informe N° 000036-2021/IN/DGSC/DEPSC/ETPP/MEF, de fecha 17 de junio de 2021, el Sectorista Marco Froilán Enríquez Flores, del Equipo de Trabajo de Planes y Programas -DGSC del Ministerio del Interior, ha concluido que el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana del Gobierno Regional San Martín, se encuentra en correspondencia con el PNSC 2019-2023 y se considera “Apto para su implementación”. Siendo ello así, corresponde emitir opinión favorable para su aprobación mediante Ordenanza Regional, de conformidad a lo dispuesto en los sub numerales 7.4.1, 7.5.1, 7.5.2, 7.6.1 y 7.6.2 de la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, denominada “Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el Diseño, Formulación, Aprobación, Implementación, Seguimiento y Evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”, aprobada por Resolución Ministerial N° 2056-2019-IN. Que, mediante Informe Legal N° 481-2021-GRSM/ORAL, de fecha 08 de Julio del 2021, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, opina que es favorablemente por la emisión de una Ordenanza Regional que apruebe el “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021”, debiendo proseguirse con el trámite correspondiente y remitirse al Consejo Regional de San Martín. Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. Que, el artículo 38º Regionales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco resulta necesario que el Consejo Regional de acuerdo a sus atribuciones dicte una ordenanza regional que declare de interés regional la recuperación y conservación de las cabeceras de cuencas priorizadas por la región según su estado situacional, para generar iniciativas, mecanismos y condiciones que contribuyen a su implementación. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Regional de Agricultura, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 23 de Septiembre de 2021, aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021”, del Gobierno Regional de San Martin, validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. ARTÍCULO SEGUNDO: AUTORIZAR al Jefe de la Oficina Seguridad y Defensa Nacional, realice las acciones administrativas pertinentes para la implementación de la presente ordenanza y una vez promulgada notificar a la Dirección General de Ejecución de Políticas de Seguridad Ciudadana -DGSC del Ministerio del Interior, conforme a Ley. ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. ARTÍCULO CUARTO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuniquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. Moyobamba, 23 de septiembre del año 2021
Ciudadana tiene las siguientes funciones: a) Presentar ante el Comité Regional de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. (…). Que, asimismo, el artículo 46 del Reglamento, señala que los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género. Que, a su vez, el sub numeral 7.4.1 del numeral 7.4 de la Directiva N° 009-2019-IN-DGSC, denominada “ Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el Diseño, Formulación, Aprobación, Implementación, Seguimiento y Evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana”, aprobada por Resolución Ministerial N° 2056-2019-IN, en adelante la Directiva señala que la Secretaria Técnica remite la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana a los miembros del CORESEC en los diez (10) primeros días del mes de mayo para su validación a través de un Acta conforme al anexo 07, otorgando un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para el mismo. Que, así también, el sub numeral 7.5.1 de la Directiva señala que el Presidente del CORESEC remite el Acta de validación y la PPRASC a la Secretaría Técnica del CONASEC-DGSC hasta la primera semana de junio de cada año para su revisión
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los trece días del mes de Octubre del dos mil Veintiuno. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla
INSTITUCIONAL 8// Voces
Sábado, 27 de noviembre de 2021
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2021-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN POR CUANTO: El consejo Regional de la Gobierno Regional de San Martin, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú señala que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. (…)”. Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: Son atribuciones del Consejo Regional, “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, mediante Nota Informativa N° 244-2021-GRSM/GRPyP, se remite a esta oficina el sustento técnico para el inicio de la actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026 y conformación del equipo técnico para la emisión de la opinión legal correspondiente. Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; en el literal a) del artículo 56° establece que son funciones de los Gobiernos Regional en materia de transportes, el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la región, de conformidad con las políticas nacionales y los planes sectoriales, seguidamente en el literal b) indica que también le corresponde planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en el Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado con Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, en su artículo 4° establece: “De las autoridades competentes. (…) 4.2. las autoridades competentes para la aplicación del presente Reglamento, de conformidad con los niveles de gobierno que corresponde a la organización del Estado, son las siguientes: (…) b) Los Gobiernos Regionales, a cargo de la gestión de la Infraestructura de la Red Vial Departamental Regional. (…)”, más adelante el literal b) del numeral 11.2 del artículo 11° respecto al planeamiento, indica que, los Gobiernos Regionales elaboran los planes viales de la Red Vial Departamental o Regional en concordancia con el Plan Vial Nacional. Que, la Matriz de Delimitación de Competencias y Distribución de Funciones de los Sectores Transporte y Comunicaciones en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, establece que los Gobiernos Regionales tienen competencia, entre otros, el formular y aprobar la política regional de Infraestructura vial, de conformidad con la política nacional y sectorial, así como también, el formular y aprobar planes de infraestructura vial de nivel regional, en concordancia con los planes sectoriales de alcance nacional. Que, mediante Resolución Ministerial N° 555-2021-MTC/01, se aprobó la “Guía Metodológica para la Elaboración de Planes Viales Departamentales y Participativos –PVDP”, el cual tiene por objetivo general, mejorar la calidad de las intervenciones en la red vial de alcance regional en concordancia con los objetivos nacionales de mejora de la competitividad, de la logística del transporte e inclusión social y las necesidades de desarrollo territorial de las regiones. Que, el Plan Vial Departamental Participativo 2012-2021 de la Región San Martín, aprobado con Ordenanza Regional N° 002-2013-GRSM/CR, es un instrumentos de gestión que permite planificar acciones vinculadas a la Red Vial Departamental, orientando las inversiones regionales en infraestructura vial hacia el uso racional de los recursos disponibles y de soporte básico para la satisfacción de las demandas de las actividades productivas y sociales de la población, articulando e integrando los espacios productivos de la región con los mercados nacionales e internacionales. Que, el Plan de Competitividad y Productividad de San Martín al 2030, aprobado con Ordenanza Regional N° 007-2021GRSM/CR, contempla un conjunto articulado de políticas de implementación, que busca elevar la capacidad de crecimiento y competitividad de la región a mediano plazo, en función a nueve objetivos prioritarios, en donde encontramos acciones vinculadas a la red vial. Que, mediante Informe Técnico N° 048-2021-GRSM/GRPyP/SGPEyER, la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística Regional, presenta el sustento técnico para el inicio de la actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026, cuyo objetivo principal es lograr una adecuada articulación económica y territorial del departamento con la complementación de los distintos espacios y procesos económicos y sociales, articulando e integrando los espacios productivos de la región con los mercados nacionales e internacionales y evitando el riesgo de deforestación asociado a su implementación; en razón a ello concluye: “1. El Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 20222026, propone ser un documento que constituye una herramienta de gestión que permita al Gobierno Regional anticipar de manera organizada las acciones que deberá desplegar para asegurar el desarrollo de la Red Vial Departamental; y generando mecanismos descentralizados y participativos de gestión de viabilidad. Cuyo. (…). 2. El Equipo Técnico para la actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026; tendrá la responsabilidad de participar activamente en el proceso de actualización del PVDP con la convocatoria de actores como organizaciones de la sociedad civil, usuarios viales y proveedores de servicio de transporte, instituciones públicas o privadas que indicen en la planificación y gestión de infraestructura vial a nivel regional”; en ese sentido, recomienda la aprobación del inicio del proceso de actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026 y conformación del equipo técnico, mediante ordenanza regional, para lo cual adjunta la propuesta de conformación del equipo técnico. Que, luego de efectuar la revisión de la normativa glosada en el presente informe, se verifica que es necesario iniciar el proceso de actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026, toda vez que el horizonte de vigencia PVDP con el que contamos a la actualidad, solo es hasta el presente año 2021; en ese sentido, le corresponde a esta oficina emitir un informe legal aprobatorio. Que, mediante Informe Legal N° 481-2021-GRSM/ORAL, de fecha 09 de Agosto del 2021, la Oficina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, opina que es viable aprobar el inicio del proceso de actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026, recomendándose tener en cuenta la propuesta de conformación del Equipo Técnico Regional para el proceso de actualización del PVDP, San Martín 2022-2026, que se adjunta en el Informe Técnico N° 048-2021-GRSM/GRPyP/SGPEyER; en ese sentido, se deberá remitir el presente informe a la Secretaría del Consejo Regional; a fin de continuar con el trámite que corresponde. Que, mediante Memorando Nº 796-2021-GRSM/GGR, la Gerencia General Regional remite el expediente administrativo para el inicio de la actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026 y conformación del
Equipo Técnico Regional para el proceso de actualización Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026, para su aprobación mediante Ordenanza Regional, conforme a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe Legal N° 546 -2021-GRSM/ ORAL de la Oficina de Asesoría Legal y el Informe Técnico Nº 048-2021-GRSM/GRPyP/ SGPEyER de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento y presupuesto del Gobierno Regional San Martín. Se precisa que, esta Gerencia General Regional otorga su conformidad al inicio de la actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026 y equipo técnico, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. Que, el artículo 38º Regionales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco resulta necesario que el Consejo Regional de acuerdo a sus atribuciones dicte una ordenanza regional que declare de interés regional la recuperación y conservación de las cabeceras de cuencas priorizadas por la región según su estado situacional, para generar iniciativas, mecanismos y condiciones que contribuyen a su implementación. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “… Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Regional de Agricultura, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 23 de Septiembre de 2021, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el inicio del proceso de actualización del Plan Vial Departamental Participativo, San Martín 2022-2026, conforme lo detallado en la parte considerativa de la presente ordenanza regional. ARTÍCULO SEGUNDO: CONFORMAR, el Equipo Técnico de carácter multigerencial, el mismo que tiene la responsabilidad de participar activamente en el proceso de actualización del PVDP en concordancia con el Plan Vial Nacional y en coordinación con las entidades sectoriales vinculadas conforme se detalla a continuación: MIEMBRO Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto Gerencia Regional de Infraestructura Gerencia Regional de Desarrollo Social Gerencia Regional de Desarrollo Económico Dirección Regional de Agricultura Dirección Regional de Turismo Autoridad Regional Ambiental Proyecto Huallaga Central y Bajo Mayo Proyecto Especial Alto Mayo Gerencia Territorial Gerencia Territorial Bajo Mayo – Tarapoto Gerencia Territorial Alto Huallaga – Tocache Gerencia Territorial Huallaga Central - Juanjui
FUNCIÓN EN EL PROCESO Coordinador del proceso Secretaría técnica Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico Asesor técnico
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR a la Gerencia General Regional para que a través de la Gerencia Regional de Planeamiento y presupuesto del Gobierno Regional San Martín y la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística, realicen las acciones administrativas pertinentes para implementar la presente ordenanza. ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. ARTÍCULO QUINTO: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuniquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. Moyobamba, 23 de septiembre del año 2021
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los trece días del mes de Octubre del dos mil Veintiuno. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla
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Sábado, 27 de noviembre del 2021
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Atentamente, Moshe Benzaquen Vargas.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN AREA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL SE HACE SABER QUE: DON: MARCO ANTONIO GARCIA GONZALEZ, DNI: 42738670, EDAD: 37 AÑOS, ESTADO CIVIL: SOLTERO, OCUPACIÓN: OBSTETRA, NATURAL: TARAPOTO, NACIONALIDAD: PERUANA, DOMICILIADO: Jr. CIRCUNVALACION N° 2135— TARAPOTO. DOÑA: ROSA MARIA CISNEROS PINEDO, D.N.I N°: 44653344, EDAD: 34 AÑOS, ESTADO CIVIL: SOLTERA, OCUPACIÓN: ENFERMERA, NATURAL: TRUJILLO-LA LIBERTAD, NACIONALIDAD: PERUANA, DOMICILIADO: Jr. AV. CIRCUNVALACION N°2135 -TARAPOTO. VAN A CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO PODRÁN DENUNCIARLAS CONFORME A LEY, ARTICULO N° 253 DEL CÓDIGO CIVIL. FECHA: SABADO 22/01/2022, HORA: 12.00 M., LUGAR: HACIENDA HALAJA CARRETERA FERNANDO BELAUNDE KM 6.5, MORALES. Tarapoto, 26 de Noviembre del 2021. Asencio Pinedo Pezo REGISTRADOR CIVIL
Municipalidad Distrital de Yantaló AVISO DE RECTIFICACION ADMINISTRAIVA DE ACTA DE MATRIMONIO DI-415-GRC/032- RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 049-2017-SGEN/RENIEC Ante la Oficina de Registro del Estado Civil de la municipalidad distrital de Yantaló, se presentó la señora EVELIN SAMANTA HUAMAN ROMAN, identificada con DNI N° 43147982. generándose el expediente N° 010, del día 25 de Noviembre del 2021. solicitando la rectificación administrativa del acta de matrimonio N° 00735146, del año 2004, en el sentido que existe error, en el prenombre de la contrayente titular, debe decir: “EVELIN SAMANTA” y no como se encuentra consignado. Se efectúa la presente publicación de conformidad con el Artículo 73°, del D.S. 015-98-PCM, Ley N° 26497 - RENIEC. Yantaló, 26 de Noviembre del 2021. Maximino Villacorta Labajos Jefe de Registro de Estado Civil.
Municipalidad Distrital de Yantaló EDICTO MATRIMONIAL De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 250 del Código Civil. HAGO SABER: Que don: JANER WILDER VASQUEZ PAICIG, de 36 años de edad, de nacionalidad peruana, de estado civil Soltero, identificado con DNI N°43087968, domiciliado en Jr. Amargura s/n., Distrito de Yantaló, Provincia de Moyobamba, natural del distrito de Yantaló, provincia de Moyobamba, Departamento de San Martin. Y doña: PIEDAD JESUS VILLA DURAZNO, de 32 años de edad, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil Soltera, identificada con C.E.N° 002210691, domiciliada en el Jr. Los Pozos s/n. , Distrito de Yantaló, Provincia de Moyobamba, natural de Cantón Cuenca, Provincia de Azuay, pais Ecuador. Se presentaron ante el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de Yantaló, solicitando se les declare expeditos para contraer Matrimonio Civil, el día 10 de Noviembre del 2021, a horas 16:00p.m., en la Municipalidad Distrital de Yantaló, Provincia de Moyobamba. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de OCHO DIAS y en forma prescrita en el Artículo 253 del Código Civil. Yantaló, 26 de Noviembre del 2021. Prof. Victor Monteza Dávila ALCALDE
COMPRAMOS
AUTOS, C A M I O N E TA S , 4 X 4 , PAGAMOS, +/QUE, CONCESIONARIA, A / C O N TA D O , $CASH$ 949308730 RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN Ante mi oficio notarial, del Jirón Antonio Raymondi numero: 372 - Tarapoto-San Martín; Don: Roldan Rios Davila, quien interviene en calidad de apoderado de Don: Juan Carlos Bartra Mori, mediante poder inscrito en la Partida Electrónica N° 14780146, de la Oficina Registral de Lima, solicita la Rectificación de la Partida de Defunción de su madre del poderdante, registrado el 9 de Enero del año 2019, ante la Reniec, en la que por error se ha consignado: Aydee Mori Flores De Bartra, debe decir: Aidee Angelica Mori Flores, lo que notifico en cumplimiento del artículo 18° de la Ley 26662. Tarapoto, 24 de Noviembre del año 2021. JOHN ARENAS ACOSTA ABOGADO-NOTARIO PÚBLICO
Municipalidad Distrital Yantaló EDICTO MATRIMONIAL De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 250 del Código Civil. HAGO SABER: Que don: DICK MARTIN NORIEGA CELIZ, de 27 años de edad, de nacionalidad peruana, de estado civil Soltero, identificado con DNI N° 76834678, domiciliado en Jr. Miguel Grau C-5, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, natural del distrito de Moyobamba, provincia de Moyobamba, Departamento de San Martin. Y doña: JACKELINE ROSSY NAYR RODRIGUEZ PINEDO, de 19 años de edad, de nacionalidad peruana, de estado civil Soltera, identificada con DNI N°72520691, domiciliada en el Jr. El Mayo s/n., Distrito de Yantaló, Provincia de Moyobamba, natural del Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. Se presentaron ante el Despacho de Alcaldia de la Municipalidad Distrital de Yantaló, solicitando se les declare expeditos para contraer Matrimonio Civil, el día 08 de Diciembre del 2021, a horas 11:00 a.m., en la Municipalidad Distrital de Yantaló, Provincia de Moyobamba. Las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas dentro del término de OCHO DIAS y en forma prescrita en el Artículo 253 del Código Civil. Yantaló, 27 de Noviembre del 2021. Prof. Victor Monteza Dávila ALCALDE
DIARIO VOCES RIOJA Responsable: SRA. BEATRIZ MAS Celular: 964696327
DIARIO VOCES LAMAS Responsable:
TOMAS COTRINA
TRIGOZO Celular: 942 402010
Fecha: 27 nov -18 dic
IMPORTANTE
Por el presente aviso, se notifica a quienes tengan la posesión de los vehículos con placa S20659 (marca Yamaha) y placa MX51607 (marca TVS), vehículos en circulación, de los cuales en este acto el titular registral don Moshe Benzaquen Vargas deja constancia que desconoce la ubicación y estados de dichos vehículos, requiriéndoles que en el plazo de 15 días calendarios sus poseedores se apersonen a la dirección Jr. Augusto B. Leguía 425, distrito de Tarapoto, provincia de San Martín, a fin de realizar la formalidad pertinente mediante acta de transferencia vehicular o legalización de firmas en documento privado.
INSTITUCIONAL 10 // Voces
Sábado, 27 de noviemrbe del 2021
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
ACUERDO REGIONAL Nº 028-2021-GRSM/CR Moyobamba, 23 de Septiembre de 2021 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Martín para la emisión del Acuerdo Regional de ser el caso.
POR CUANTO
Que, mediante Memorando Nº 807-2021-GRSM/GGR, la gerencia General Regional remite el Informe Legal Nº 573-2021- GRSM/ORAL, mediante el cual la Oficina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la petición de la afectación en uso de un área de 6.9436 ha (ZoCRE); para los componentes y paso de servidumbre a favor del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO DE JUNINGUE DEL DISTRITO DE MOYOBAMBA – PROVINCIA DE MOYOBAMBA – DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN”, es cuanto se informa para su conocimiento y trámites correspondientes.
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín,, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto. Que, mediante Nota Informativa N°113-2021-GRSM/ARA de fecha 11 de agosto de 2021, el Gerente de la Autoridad Regional Ambiental, señala que es viable la aprobación de la petición de afectación en uso de un predio Estatal con área evaluada de (6.9436 ha), equivalente al 100%, el cual se encuentra dentro del predio estatal denominado Zona de Conservación y Recuperación de Ecosistemas-Zocre “Juninguillo Yanayacu”, para la ejecución del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO DE JUNINGUE DEL DISTRITO DE MOYOBAMBA – PROVINCIA DE MOYOBAMBA – DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN”, en cumplimiento de las disposiciones específicas previstas en la Directiva N° 005- 2011-SBN y sus modificatorias. Asimismo, solicita se deje sin efecto, el Acuerdo regional N° 015-2021-GRSM/CR de fecha 02 de junio de 2021, por haberse consignado un área de 7.7640 has, que difiere con lo establecido en el numeral 4.4 del Informe Técnico N° 0013-2021- GRSM/ARADGTE-AAyATE. Que, mediante Informe Técnico N° 0013-2021-GRSM/ARA/DEGT-AAyATE de fecha 15 de marzo de 2021, el Área de Administración y Adjudicación de Terrenos del Estado, ha señalado que de la superposición parcial con el predio Estatal denominado ZoCRE “Juninguillo Yanayacu”, se indica que sólo el 6.9436 ha., se encuentra facultado para la aplicación de un acto administrativo para otorgar el derecho en la modalidad de Afectación en Uso. Que, mediante Informe Técnico N° 0038-2021-GRSM/GRI/SGEyO-CAAG de fecha 15 de julio de 2021, el Ing. Cesar Augusto Álvarez Guzmán, recomienda derivar a la Gerencia General Regional el presente informe, a fin de que continúe con el trámite administrativo correspondiente, dando inicio al procedimiento de afectación en uso, según lo establecido en el ítem 3.3 del numeral 3 de la Resolución N° 047-2016/SBN, en concordancia con el literal b) del ítem 3.1 del numeral 3 de la Directiva N° 005-2011/SBN. Que, mediante Resolución N° 047-2016/SBN de fecha 28 de junio de 2016, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales modifico los numerales 2.5, 2.6, 2.11, 2.12, 2.16, 2.18, 2.20, 2.21, 3.1 (literales d, g y h), 3.2, 3.3, 3.4, 3.5, 3.7, 3.9 y 3.15, así como la Tercera Disposición Transitoria, Complementaria y Final del numeral 4 de la Directiva N° 005-2011-SBN, denominada: “Procedimientos para el Otorgamiento y Extinción de la Afectación en Uso de predios de dominio privada estatal, así como para la Regularización de Afectaciones en Uso de predios de dominio público”, aprobada mediante Resolución N° 050-2011-SBN. Que, el numeral 3.3 de la Directiva establece que las solicitudes de afectación en uso formuladas por los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales, deberán contar con el Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal respectivamente, en el que se apruebe la petición, salvo que se trate de una regularización de afectación en uso, en cuyo caso no será necesario tal requisito. Que, de lo expuesto y de los documentos anexos remitidos por la Gerencia Regional de Infraestructura se colige que resulta necesario la expedición del Acuerdo de Consejo Regional que apruebe la petición de la afectación en uso de un área de 6.9436 ha (ZoCRE); para los componentes y paso de servidumbre a favor del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO DE JUNINGUE DEL DISTRITO DE MOYOBAMBA – PROVINCIA DE MOYOBAMBA – DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN”, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3.3 de la Directiva N° 005-2011-SBN, modificada mediante Resolución N° 047- 2016/SBN y se deje sin efecto, el Acuerdo Regional N° 015-2021-GRSM/CR de fecha 02 de junio de 2021, por haberse consignado un área de 7.7640 ha, que difiere con lo establecido en el numeral 4.4 del Informe Técnico N° 0013-2021-GRSM/ARA/DGTE-AAyATE. Que, mediante Informe Legal N° 573-2021-GRSM/ORAL, de fecha 13 de Agosto del 2021 la Oficina Regional de Asesoría Legal, opina favorablemente por la emisión de un Acuerdo Regional que apruebe la petición de la afectación en uso de un área de 6.9436 ha (ZoCRE); para los componentes y paso de servidumbre a favor del proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL CENTRO POBLADO DE JUNINGUE DEL DISTRITO DE MOYOBAMBA – PROVINCIA DE MOYOBAMBA – DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN”, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3.3 de la Directiva N° 005-2011- SBN, modificada mediante Resolución N° 047-2016/SBN y se deje sin efecto, el Acuerdo Regional N° 015-2021-GRSM/ CR de fecha 02 de junio de 2021, por haberse consignado un área de 7.7640 ha, que difiere con lo establecido en el numeral 4.4 del Informe Técnico N° 0013- 2021-GRSM/ARA/DGTE-AAyATE. Debiendo proseguirse con el trámite correspondiente, remitiéndose al Consejo Regional de San
Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24° del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada vía presencial y virtual en las instalaciones del Auditorio de la Dirección Regional de Agricultura, utilizando las tecnologías de la información, llevado a cabo el día 23 de Septiembre de 2021, aprobó por MAYORIA la siguiente: ACUERDO REGIONAL: ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO, el Acuerdo Regional N° 0152021-GRSM/CR de fecha 02 de junio de 2021, por las consideraciones expuestas en el presente acuerdo regional. ARTÍCULO SEGUNDO: APROBAR la petición de la afectación en uso de un área de 6.9436 ha (ZoCRE); para los componentes y paso de servidumbre a favor del proyecto: “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable y Saneamiento del Centro Poblado de Juningue del Distrito de Moyobamba – Provincia de Moyobamba – Departamento De San Martín”. ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR a la Gerencia Genera Regional para que a través de la Gerencia Regional de Infraestructura y la Autoridad Regional Ambiental disponga las acciones administrativas para la implementación del presente Acuerdo Regional, derivándosele el expediente administrativo correspondiente. ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración, realizar los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en el distrito judicial de San Martín, conforme a Ley. ARTÍCULO QUINTO: REALIZAR los trámites administrativos correspondientes para la publicación del presente Acuerdo Regional en el portal Web del Gobierno Regional de San Martín. ARTÍCULO SEXTO: DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.
DEPORTES
11 // Voces
Sábado, 27 de noviembre de 2021
*** Cerrando nuestro trabajo de este último sábado del presente mes de noviembre, aquí estamos amigos para darles a conocer lo que deportivamente viene sucediendo en el Perú y el mundo, siendo la noticia impactante de este fin de semana la forma como jugarán el repechaje para el Mundial del próximo año los diversos equipos que lógicamente serán protagonistas de esta recta final en un solo partido que determinará a los que deben lograr su ansiada clasificación. *** En lo que concierne a la CONMEBOL, el equipo que luego de jugada la última fecha de las Eliminatorias queda en el quinto lugar (donde actualmente está el Perú), se estará midiendo con el representante de la Confederación Asiático de Fútbol que podrían ser Australia o Eniratos Arabes Unidos que al igual que en nuestro Continente todavía no se conoce a la posible Selección, como dijimos Perú de haberse terminado las Eliminatorias sería ya el clasificado para el repechaje, lamentablemente faltan todavía cuatro partidos para saber si mantendremos hasta el momento esta quinta ubicación que también lo persiguen Colombia, Uruguay Chile y el mismo Bolivia, dependerá entonces de que ganemos los 16 puntos en disputa para merecer el repechaje, mientras tanto seguimos manteniendo la fe. *** Luego de haberse jugado ayer las semifinales de la Copa Generación Sub-18, donde el Sporting Cristal le ganó 2 a 1 al Comerciantes Unidos y Alianza Lima 1 a 0 al Deportivo Cantolao, los íntimos y “cerveceros” misma definición del título nacional, estarán estos “chibolos” el título de este campeonato cuyo ganador debe estar el próximo año jugando en la Copa Libertadores Sub-20, la definición se jugará el martes 30 de los corrientes. *** Mientras que mañana domingo, como ya sabemos estarán disputando el título de nuestro profesional peruano también los equipos del Alianza Lima y Sporting Cristal, donde en definitiva sabremos cuál de los dos será el campeón de este año, mientras llega la hora cero, hay diversos comentarios que lógicamente son respetados ya que cualquier cosa puede suceder en definiciones de esta naturaleza, si bien es cierto que Alianza tiene ligera ventaje al haber ganado por la mínima diferencia el primer partidos, Cristal tiene
EL ING. VARGAS CONTRERAS CIRO GRANADOS, JUNTO A EL DESAPARECIDO EX ÁRBITRO DE FÚTBOL CÉSAR OROSCO CUANDO VENÍA PARA EVALUAR A NUESTROS ÁRBITROS DE SAN MARTÍN. DON CIRO DEBE SER HOMENAJEADO PRONTO POR EX JUGADORES DEL TUMI
AUTOS SAN MARTIN UBICANOS EN:
los suyo y nada sería que ganado 2 a 0 logre el bicampeonato, como aliancista estamos preparados para cualquier resultado que se dé, al final eso del título es solo para cumplir los protocolos de quien se va como campeón y quien como subcampeón en la Libertadores del próximo año. *** La delegación peruana compuesta por 160 deportistas, de acuerdo a las disciplinas que participan vienen dando ya lauros al deporte nacional, por ejemplo Kiara Arango obtuvo la medalla de oro así como Angelo Caro la medalla de plata en los Juegos Panamericanos Juniors Cali-Valle 2021, esperamos que más deportistas sigan logrando medallas para orgullo de nuestro Perú, olvidándonos de esta manera de la caótica situación que sigue sucediendo entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo, manteniendo a todos los peruanos con una tremenda incertidumbre. *** Entre hoy y mañana deben estar jugándose otra fecha más del campeonato de fútbol menores “Segundo Santiago Tananta Macedo” organizado por el Nuevo Unión Tarapoto FC, importante certamen que congrega a buena cantidad de público que fundamentalmente asisten al campo del Chacari-
ta Versalles para alentar a sus hijos, lamentablemente nos hicieron llegar la programación respectiva. *** Hoy a eso de las 3.00 p.m. en el Estadio Centenario de Uruguay se estará jugando la final de la Copa Libertadores entre los equipos brasileños de Palmeiras Vs. Flamengo, si bien es cierto de que ambos equipos se enfrentaron en 154 oportunidades, la gran final lo disputarán por primera vez, sin embargo, debemos informar que los dos finalistas ya lograron el título de la Copa Libertadores en dos oportunidades cada uno, el “Fla” lo hizo en las temporadas 1989 y 2019 en tanto que el “Verdao” en 1999 y 2020 es decir el año pasado. Estaremos a la expectativa de esta final entre equipos de Brasil. *** Vamos con los 10 equipos que tienen más participación en la Champions League: FC Barcelona 27 temporadas, Real Madrid 26, Bayer Munich 25, Mancherter United 25, Porto 25, Juventus 22, Olympiacos 20, Arsenal 19, Dynamo Kiev 19 y AC Milán 18. *** Hasta aquí mi KARICIA, hay que seguir cuidándonos, el COVID-19 está todavía con nosotros, me despido hasta el próximo lunes, chao.
MOYOBAMBA TARAPOTO RIOJA NVA. CAJAMARCA YURIMAGUAS JUANJUI TOCACHE SORITOR HABANA BAGUA GRANDE PEDRO RUIZ
F I J O
(042) (042) (042) (042) (065) (042)
562716 526327 599627 592377 351438 594670
C E L
942959655 942959656 942048979 949689698 942959654 966548976 945912064 996123197 901617116 925307670 930935712
RUC: 20531409478 PUNTUALIDAD, SEGURIDAD Y RESPONSABILIDAD
S.A
SERVICIO DE RECOJO TRANSPORTES DE ENCOMIENDAS
AVISOS Sábado, 27 de noviembre 2021