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DIARIO VOCES PERIODISMO PROFESIONAL A SU SERVICIO 17-09-21

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DIARIO JUDICIAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN

Año XV - Nro 4674// Viernes, 17 de setiembre 2021 //Directora: Rosali Quevedo Bardález // Región San Martín Diario Voces es una publicación de Voces Servicios Generales de Comunicaciones EIRL// diariovoces@yahoo.es

Golpe al narcotráfico: Policía decomisa cuatro toneladas de droga en las últimas 3 semanas

PREOCUPA AUSENTISMO

EN VACUNATORIOS

ESSALUD confirma que existen jóvenes de 30 años y de menor edad contagiados con el COVID 19

Municipalidad de Bellavista ejecuta Proyecto del Boulevard Turístico

En Tarapoto Exigen a personal de EMAPA San Martín que reparen calle que dejaron en mal estado


REGIONALES

2 // Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

AYER CERCA DEL MEDIODÍA

Joven moyobambina es intervenida por intentar ingresar marihuana a centro de reclusión

Ayer cerca del mediodía una joven fue intervenida en el establecimiento penitenciario San Cristóbal de Moyobamba, cuando pretendía ingresar siete envoltorios con marihuana camuflada en el interior de listones que supuestamente era para un interno sentenciado a 15 años por el delito de violación sexual y dos por tenencia ilegal de teléfono celular en el interior del centro de reclusión. Roxana Gladis Muñoz Burga de 34 años de edad, fue intervenida en la puerta principal del centro de reclusión, en todo mo-

mento manifestó que solo era la encargada de entregar los listones al interno Eyner Félix Oblitas Dávila. De inmediato los agentes del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) solicitaron la presencia del fiscal de turno y de personal especializado en drogas de la Policía Nacional para que continúen con las diligencias de ley. La marihuana fue encontrada en momentos que un agente del INPE golpeó uno de los listones, sin embargo, al partirse en dos descubrió que en el interior había un envoltorio

cubierto de bolsa plástica y al revisar todos los palos descubrió que cada uno estaban con bolsitas con cannabis sativa. Roxana Gladis Muñoz Burga quedó en calidad de detenida, en su rostro se notaba sorprendida, al ser interrogada indicando que desconocía que los listones tenían escondido envoltorios de marihuana. Fuentes policiales indicaron que tratar de ingresar a un establecimiento penitenciario sustancias prohibidas como drogas, estupefacientes o celulares está penado con 12 años de cárcel. (Karina Roncal)

 VOX POPULI EL MÁS BUSCADO. En este tiempo preelectoral, una de las personas con quien más conversan los partidos y movimientos políticos es con el alcalde de Chazuta, Fernando Díaz Vela, para que este sea el candidato a la alcaldía provincial de San Martín. TODO SE SABE. Al alcalde de Chazuta, lo quisieron agarrar del corazón para ser candidato en la provincial, incluso lo buscan de A hasta la Z; aunque el alcalde viene descartando opciones, pero cuidado le van a hacer animar porque por el problema existente en Acción Popular en el tema electoral, donde varias personas fueron retiradas del padrón y hasta ahora no pueden inscribirse como militantes, al parecer Fernando Díaz es uno de ellos. 1 DE OCTUBRE. Mientras invitaciones van, invitaciones

vienen, para el 1 de octubre, el alcalde de Chazuta, está programando para el 1 de octubre, la inauguración del asfaltado de 20 cuadras en su distrito, que prácticamente cambiará la forma de vida del poblador chazutino. GORESAM CON NUEVA IMAGEN. En el Gobierno Regional de San Martín, nuevos aires se respira en la Oficina de Imagen Institucional, donde fue designada Giannina Araujo, como nueva responsable del área que en el GORESAM le llaman Oficina de Relaciones Públicas y Comunicación Institucional. BOGARIN. La próxima semana el gobernador Pedro Bogarín tiene programado un viaje a Europa, invitado por una agencia internacional, donde estará realizando visitas a centros de producción, y estas puedan ser replicadas en San Martín.

EN LA CUADRA NUEVE DE RICARDO PALMA

Exigen a personal de EMAPA San Martín que reparen calle que dejaron en mal estado Desde hace más de cuatro meses, los moradores de la cuadra nueve del jirón Ricardo Palma del barrio Huayco de Tarapoto se encuentran indignados, porque personal de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Martín (EMAPA) no reparan la pista que dejaron en mal estado cuando hicieron trabajos en un pasaje de la zona.

FERNANDO DÍAZ VELA

Debido a las torrenciales lluvias, la parte afectada comenzó a hundirse y cuando hace fuerte sol emana olores fétidos, debido a que colapsa el sistema de desagüe de esa calle y los vecinos de la zona señalan que están cansados de llamar a la empresa prestadora de servicio, ya que nadie les hace caso.

ta que nos está afectando. Queremos ser escuchados y atiendan nuestro reclamo, porque no podemos vivir así” manifestó Amalia Flores Pinedo, una de las vecinas de esa calle.

“Esta situación es desesperante, no sabemos a dónde acudir para que nuestros reclamos sean escuchados. Necesitamos que nos digan cuando van reparar la pis-

También existe la preocupación de otras familias que señalan que algunas viviendas podrían colapsar en cualquier momento, porque las bases se están minando, razón por

diario VOCES DIRECTORA: Rosali Quevedo Bardález DIRECTOR FUNDADOR : Julio Quevedo Chávez REDACTORES Y COLABORADORES: Julio Quevedo Bardález, Hugo Anteparra, Karina Roncal, Franclin Lavan, Róger Torres, Roldán Macedo, entre otros. COLUMNISTAS: Christian Marquina Alván, Willian Gallegos, Luis Ordóñez, Karina Roncal, Ricardo Quevedo, Dr. Héctor Pereda,

el cual necesitan con urgencia que alguien haga algo al respecto, ya que los vecinos no descartan ir a protestar contra EMAPA San Martín.

GIANNINA ARAUJO BARTRA

JR. PEDRO CANGA 398 - MOYOBAMBA

Cada día que pasa la preocupación de los moradores se incrementa y pesar de ello nadie les da información de cuándo podrían reparar esa calle que con la torrencial lluvia que viene cayendo agrava la situación. (Karina Roncal) Oswaldo Díaz ESPECIALISTAS: Wilson N. Quevedo Chávez, José Luis Rodríguez, Miuler Vásquez. CORRESPONSALES: En toda la región San Martín DISEÑO PUBLICITARIO Y DIAGRAMACIÓN: Rosali Quevedo Bardález DIAGRAMACIÓN: Aaron Daniel Cahuana Mendoza TECNICOS: Luis M. Chuquilín R., Lalo Chuquilin R. ASESOR LEGAL: Gonzalo Gonzales Gonzáles

HECHO EL DEPOSITO LEGAL N° 2008-08062 RAZON SOCIAL: VOCES SERVICIOS GENERALES DE COMUNICACIONES EIRL. RUC 20606084391

DOMICILIO: Jr. Pedro de Urzúa 410 Tarapoto // Teléfono: 503843 E-mail:diariovoces@yahoo.es

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REGIONAL

3 // Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

PREOCUPA AUSENTISMO EN VACUNATORIOS ESSALUD confirma que existen jóvenes de 30 años y de menor edad contagiados con el COVID 19 Ayer jueves se reinició el proceso de vacunación contra la Covid19 en Tarapoto, nuevamente fue notoria la ausencia de pobladores mayores de 30 años en vacunatorios de nuestra ciudad.

que serian vulnerables a una reinfección. El médico Beltrán Lozano, manifestó que buscarán nuevas estrategias para evitar que la tercera ola tenga menor impacto en nuestra región, pero hizo un llamado las personas que aún no están vacunadas para que asisten a los vacunatorios porque podrían ser presa fácil de la Covid 19 añadió el director de la Red Asistencial de EsSalud Tarapoto

Este hecho preocupa a las autoridades del sector salud puesto que la ausencia de la población no solo genera gastos, sino podría provocar muchas muertes con la llegada de la tercera ola.

EL OTRO LADO

Katherine Saavedra, responsable de vacunamovil de la ciudad universitaria, señaló que hoy es la inoculación de dosis más baja que han tenido desde el inicio de la vacunación.

Personas de la tercera edad y con discapacidad acuden con responsabilidad a vacunarse A diferencia del grupo etario de 30 años, con mucha responsabilidad con su vida y con la vida de las demás, personas de la tercera edad, otras con discapacidad, acuden a los centros de vacunación para recibir la dosis contrala Covid 19.

Asimismo, responsable de vacunamovil, dijo que a estas alturas el 80% del grupo etario de 30 años a 39 deberían estar vacunados, sin embargo, no es así.

Una abnegada hija, trajo a sus padres desde San Miguel del Rio Mayo hasta la institución educativa Juan Jiménez Pimentel para ser vacunados.

La licenciada Katherine Saavedra, invocó a la dirección regional de salud, bajar el grupo etario para evitar que seguir gastando innecesariamente propuestos, con el consiguiente agotamiento del personal de salud.

En la ciudad universitaria encontramos a dos personas de la tercera edad y una con discapacidad esperando su turno para ser inoculados.

JÓVENES MENORES DE 30 AÑOS INTERNADOS POR COVID 19 Por su parte, el director de la Red Asistencial de Essalud Tarapoto, Dr. Beltrán Lozano Gonzales, aseguró que existen jóvenes mayores de 30 años internados en hospital con problemas de neumonía provocados por el virus de la covid19.

María Asenjo Lozano, señaló que, en semanas anteriores, no acudió a los centros de vacunación debido que su hermana y su papá estaban delicados de salud. Este hecho causa gran preocupación debido que la tercera ola está cerca y hay poca gente vacunada de dicha edad.

Asimismo, el funcionario indicó que continúan atendiendo a muchos pacientes que quedaron con secuelas pos Covid, los mis-

mos se encuentran en el grupo de población que aún no recibe la vacuna. Esta situación podría ocasionar más problemas por-

Finalmente, invocó a los jóvenes de 30 años a más, vacunarse para salvar su vida y las de sus seres queridos.


REGIONALES

04 // Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

Sentencian a 27 años de prisión a joven que violó a menor de 13 años de edad Ocurrió en Tarapoto en el pueblo joven Dos de Mayo el 2020. La Segunda fiscalía provincial Penal Corporativa de Tarapoto, a través del Tercer Despacho de Investigación, sustento que se condene a 27 años de prisión efectiva más la suma de S/ 5000.00 soles como reparación civil, a un joven que, en setiembre del año 2020, violó a su vecino de 13 años de edad, en su vivienda del jirón Edgar Portocarrero, en el pueblo joven Dos de Mayo, Tarapoto. Alberto Janes Arévalo Pérez (20), fue sentenciado por el

delito de violación sexual de menor de edad, por decisión del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de San Martín. La fiscal titular de este despacho, Gloria Nátali Torres Díaz, fundamentó su acusación en base a medios probatorios como pruebas documentales, como el certificado médico legal, a pericia psicológica, la entrevista única en Cámara Gesell y declaraciones testimoniales. Alberto Janes Arévalo Pérez, quien antes permanecía bajo prisión preventiva, continuará recluido en el Establecimiento Penitenciario de Tarapoto hasta cumplir su condena.

ALBERTO JANES ARÉVALO PÉREZ

MPSM viene capacitando a trabajadores de empresas privadas en temas medioambientales Los llamados educadores ambientales de la Municipalidad Provincial de San Martín, en coordinación con la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín - Tarapoto siguen desplazándose por diferentes empresas privadas, capacitando a su personal en temas de reciclaje y valorización de residuos sólidos. En esta oportunidad se contó con la presencia de trabajadores del Hotel Suisui, Hotel

Casa De Palos,Hostal Sol De La Selva en Tarapoto y Hospedaje JP quienes se unen a la campaña del reciclaje segregado. La Unidad de Residuos Sólidos de la MPSM, invita a las empre-

sas públicas y privadas, comité de barrio, y asociaciones sean parte de este cambio, puedan comunicarse con la Municipalidad, para iniciar las capacitaciones.

El 19 de setiembre inician rodaje de película Transformers 7 en Tarapoto Las cataratas del Ahuashiyacu será una de las locaciones utilizadas para rodar la película Transformers 7, es por ello que ese día el acceso a las cataratas estará restringida al público en general, además se utilizará la zona del alto Polish, donde el ingreso estará clausurado por espacio de una semana. Los actores y personal técnico de Transformers El Despertar de Las Bestias, ya se encuentran en Tarapoto desde el pasado miércoles y ayer cuando estuvieron en los lugares del rodaje, fueron recibidos por una torrencial lluvia. Los actores principales de la cinta son las superestrellas Anthony Ramos y Dominique Fishback, mientras que el productor de la cinta Lorenzo di Bonaventura, y el director, Steven Caple Jr., manifestaron estar muy satisfechos con la elección de la locación, agregando que le parece

“inspirador sumergir nuestra película en la cultura peruana”. La ejecución del proyecto Esta será la primera vez que un proyecto de esta magnitud será filmado en Machu Picchu. Recordemos que la franquicia de Transformers es una de las más exitosas de estos los últimos años. El título de la nueva película es “Transformers: El despertar de las bestias”, y tiene programado su estreno el 24 de junio del 2022. La historia se desarrollará en Nueva York y en los territorios peruanos mencionados. Para ello, Paramount Pictu-

res está trabajando conjuntamente con la productora peruana “Apu Productions”Transformers: rise of the beasts - sinopsis oficial Volviendo a la acción y el espectáculo que capturó por primera vez a los espectadores de todo el mundo hace 14 años con los Transformers originales, Rise of the beasts llevará al público a una aventura por los años 90 e introducirá a los Maximals, Predacons y Terrorcons a la batalla existente entre Autobots y Decepticons en la Tierra.

Voces de la Cultura Christian Marquina Alvan DIRECTOR DE LA CASA DE LA CULTURA - SEDE TARAPOTO

LAS CANARIAS, ATLÁNTIDA Y EL HUNDIMIENTO DE EUROPA Las últimas noticias de gran alerta sísmico-volcánica en la isla de “LA PALMA”, perteneciente al archipiélago español de “Las Islas Canarias” (ubicadas en el océano atlántico) según rezan las notas de prensa científica: “Actualizada la información sobre la actividad volcánica en el sur de la isla de La Palma. Hasta las 09:30 (UTC) del día de hoy [15 de setiembre] se han detectado 4530 terremotos en la zona sur de la isla de La Palma (…) La deformación vertical máxima acumulada se encuentra en torno a los 10 cm en la zona cercana a la sismicidad y su distribución sigue siendo compatible con un centro de presión en esta área.” Nos recuerdan y actualizan algunos anuncios sobre grandes catástrofes geológicas pendientes aún, pero ¡ay! siempre latentes como una verdadera “espada de Damocles” en el destino inexorable del movimiento cíclico natural universal que ya habían sido previstas el Dr. Serge Raynaud de la Ferrière (@magnafraternitasuniversalis) en sus notables artículos. En ellos nos advierte sobre la próxima desaparición de Europa relacionada con el resurgimiento del continente de la Atlántida (del cual las Islas Canarias son sus restos visibles en la actualidad). Leemos: “La historia de la Atlántida no es tal vez un mito, y la teoría de un Continente desaparecido, parece con más y más poder repetirse. Numerosos especialistas desde hace mucho tiempo se han encargado de tan apasionante problema y una muchedumbre de pruebas han sido acumuladas, para dar una luz sobre lo que podrían haber sido estas tierras existieron en el sitio donde ahora se extiende el gran Océano que divide a Europa de América.” “La prensa mundial actualmente se ha hecho eco de un artículo publicado en Moscú, el 2 de enero de 1959 (AFP). La Atlántida existió donde hoy se levantan las Islas Azores y fue tragada por las aguas hace doce mil años, según afirma el sabio soviético E. F. Hagemeister, cuyas hipótesis son publicadas por el diario “Komsolskaya Pravda”. “El científico ruso señala en su artículo que el hundimiento del Continente de los Atlantes, permitió a la corriente del Golfo, penetrar en el Océano Glacial Ártico y provocar así, el deshielo en el hemisferio Norte, terminando con ello el periodo glacial. Los doce mil años calculados por el Profesor Hagemeister, estarán confirmados por los trabajos del hidrogeólogo soviético, Ermolaev, quien, estudiando la radioactividad de los fondos marinos del Océano Glacial Ártico, descubrió que la penetración de las aguas del Atlántico en ese Océano ocurrió hace doce mil años.” “El citado científico recuerda igualmente que el año 11542, antes de nuestra Era, señala el principio de los calendarios de pueblos muy diferentes, tales como los egipcios, asirios y mayas lo cual parece revelar la existencia de importantes acontecimientos en la historia de

tales pueblos.” “Pasaríamos por desagradecidos en no declararnos muy satisfechos en lo que a nosotros concierne personalmente, ya que por nuestro lado habíamos insistido en 1947 y en 1948, sobre semejante teoría, hecha pública, por otra parte, en numerosos artículos de la prensa americana, europea y del Oriente. Además de cuadros de similitudes entre los alfabetos antiguos y signos concordantes con los mismos símbolos encontrados en diversas razas; habíamos dado también explicaciones sobre la cadena que forman las Islas Azores, Madera, las Canarias y Cabo Verde, las cuales reposan todas sobre una base sedimentaria, probando así que estas constituyen los vestigios de un continente sumergido. La comparación de su flora y de su fauna con la de América es sorprendente en similitud.” “En un pequeño folleto (intitulado “La Atlántida”), así como también en mi Obra “Los Grandes Mensajes”, hemos explicado también los rumores que circulan en la India, donde se habla seriamente de la próxima desaparición de Europa, que deberá ser invadida por los mares, 60 años después de que sobrevengan los cambios en el lecho del Atlántico oriental. Todo el este del atlántico es una región particularmente volcánica y la zona extrema oriental donde encuentran las islas Azores, Madera, Las Canarias, Cabo Verde, están siempre en “movimiento”. Mediante estudios microscópicos se han realizado asombrosas comparaciones de similitud entre los trozos de las rocas elevadas y los picos submarinos en forma de cuchillas, porque las erupciones que origina el vómito de lava lo mismo que se produce arriba de la superficie del océano como en el fondo de las aguas (…)” “Numerosos hechos geológicos pueden ser enumerados. YA EN 1950. SE NOTÓ QUE EL LECHO DEL ATLÁNTICO ESTÁ EN MOVIMIENTO Y SE PUEDE TEMER QUE SE TRATE, PUES, EL COMIENZO DE ESTE CAMBIO QUE VA A MARCAR 60 AÑOS FATÍDICOS ANTES DEL FIN DEL CONTINENTE EUROPEO.” “Sin embargo, hay que tener en cuenta que este “movimiento” puede ser contrarrestado por otras convulsiones de la tierra además de la variación del eje terrestre (como consecuencia de la Nueva Era indicada por la precesión equinoccial que ha dado otra inclinación a nuestro planeta partir de 1948) que podría también mitigar la catástrofe prevista. Por otra parte, los experimentos atómicos (numerosas bombas estalladas dentro del agua) con sus radiaciones interoceánicas también contrarrestarían está emersión de picos submarinos.” “Ignoramos si el artículo de este hombre de ciencia soviético, menciona estos últimos puntos de vista, pero hay que reconocer que todas las teorías están de acuerdo al fijar los acontecimientos que se sucedieron hace más o menos 13 000 años y hacen pensar en un retorno de las cosas…”


REGIONALES

05 // Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

En las últimas tres semanas, policía decomisa cuatro toneladas de droga En el distrito Huimbayoc, se intervino a cuatro personas con más de 295 kilos de droga. Valor de la droga proveniente del Vraem, Piura y San Martín, asciende a más de US$/ 3.2 millones

Presidente de Corte de San Martín realiza visita inopinada a órganos jurisdiccionales de Lamas

Cerca de cuatro toneladas de droga decomisó la Policía Nacional del Perú en las últimas tres semanas, informó el Ministerio del Interior al hacer un balance de los operativos ejecutados contra este flagelo en diversas zonas del país. Precisó que los decomisos de esta importante cantidad de droga, valorizada en 3.2 millones de dólares, fueron realizados en las regiones de Piura y San Martín, así como en distintas localidades pertenecientes al Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem). Entre los casos más relevantes de estas acciones policiales figura una operación de interdicción helitransportada en inmediaciones del distrito de Huimbayoc, región San Martín, donde se intervino a cuatro personas con más de 295 kilos de droga. Asimismo, se intervino una organización criminal dedicada al tráfico ilícito de drogas en el Vraem, donde se halló un cargamento de 375 kilos de droga, enterrados en una chacra del centro poblado Gloria Sol Naciente, en Ayacucho. En tanto, en el distrito ayacucha-

HERIBERTO GÁLVEZ HERRERA VISITA ORGANOS JURISDICCIONALES

no de Huamanga, personal policial intervino una camioneta que se desplazaba por la vía Huanta-Huancayo, encontrando en su interior 472 paquetes tipo de ladrillo con alcaloide de cocaína. Otra de las intervenciones se efectuó en el distrito cusqueño de Megantoni, donde la PNP encontró una caleta subterránea con 411 kilos de alcaloide de cocaína, acondicionados en paquetes rectangulares tipo ladrillo, dentro de sacos de polietileno. La carretera Olmos, en la región Piura, también fue escenario de una intervención policial contra el tráfico ilícito de drogas, tras el hallazgo de un camión tráiler que transportaba 368 kilos de mari-

huana escondidos en cuatro de sus llantas de repuesto. Todo lo incautado, compuesto en su mayoría por marihuana y drogas cocaínicas, fue presentado hoy en la sede de la Dirección Antidrogas (Dirandro) de la PNP, con presencia del comandante general de la institución, General de Policía Javier Gallardo. “Estos resultados han sido posibles gracias al trabajo profesional y técnico de la Policía Nacional. Es una política del sector Interior y de nuestro comando institucional la ejecución constate de operativos antidrogas y contra otros ilícitos penales”, resaltó.

“Conductores deberán respetar calles céntricas donde está prohibido estacionar vehículos” Hace algunos años, una ordenanza municipal convirtió en zona rígidas las calles céntricas de Tarapoto donde los conductores solo pueden estacionarse de 7 de la noche hasta las 6 de la mañana, se trata de los jirones, Martínez de compañón, Augusto B. Leguía, Gregorio Delgado, Jiménez Pimentel, J Maynas, Moyobamba, Miguel Grau y Alegría Arias de Morey. En la mayoría de estas vías, los conductores siguen estacionando sus vehículos, sin respetar la ordenanza. Es el caso de la cuadra 1 del Jr. San Pablo de la Cruz. Esta mañana, el Subgerente de Transporte y Tránsito de la Municipalidad Provincial, Eliseo Vásquez Rojas, señaló que como parte del ordenamiento de tránsito en Tarapoto y la implementación de la Ciclovía, realizan la señalización de las líneas amarillas en las veredas, con la finalidad de hacer cumplir las normas de tránsito y evitar que los conductores de vehículos se estacionen en dichas cuadras por donde pasa la ruta de la ciclovía. El funcionario refirió que los

conductores deberían respetar el horario de estacionamiento porque son zonas restringidas de acuerdo a la ordenanza municipal que aún sigue vigente. Vásquez Rojas indicó que retomarán el trabajo de controlar y vigilar de cerca el orden en calles céntrica de la ciudad. Alcalde Tedy Del Águila: Tramos de la ciclovía que ocasionen dificultades serán retirados Alcalde Tedy Del Águila aseguró que tramos de la Ciclovía que provoquen dificultades a la población y conductores, serán retirados y continuarán la implementación

Con la finalidad de verificar la labor que realizan los jueces y servidores judiciales de la subsede judicial de Lamas, el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, Heriberto Gálvez Herrera, realizó visita inopinada a los órganos jurisdiccionales de esta provincia. El Presidente de este Distrito judicial visitó la sede de Lamas acompañado por la gerente de administración distrital, economista Justa Nohemí Vargas Herencia, y el coordina-

dor de Infraestructura, Carlos Aníbal Campos Corcuera. En dicha sede, el Presidente de la Corte de San Martín se constituyó a las dependencias antes mencionadas dónde se entrevistó con los magistrados y responsables del área verificando el cumplimiento de sus labores y detectando las carencias para su inmediata medida correctiva; asimismo exhortó a mantener un buen nivel de producción coadyuvando al cumplimiento de sus metas.

Irresponsables convierten en botadero a calle muy cerca de la Institución Educativa Virgen Dolorosa

donde existe inconvenientes. La autoridad dijo era mejor dejar de lado los enfrentamientos y seguir trabajando por el desarrollo de la provincia, actualmente están a la espera de que salga el presupuesto del asfaltado del Jr. Martínez de Compagñon. VIAJE A COLOMBIA Finalmente, la autoridad edil, habló del costo de su viaje a Colombia junto al regidor Álvaro Ramírez Fasanando, aseguró que es un trámite que tiene su curso y que solo le interesa seguir su gestión que ahora se encuentra más fortalecido.

ACUMULACIÓN DE BASURA CERCA A COLEGIO

Irresponsables, han hecho de prolongación Cuzco, salida hacia la Institución Educativa Virgen Dolorosa en el distrito de la Banda de Shilcayo en un botadero de basura. En una especie de pozo, arrojan sus desperdicios a cualquier hora del día. Fiorella Sánchez, responsable de educación ambiental de la Municipalidad La Banda de Shilcayo señaló que, a pesar

de las intervenciones, la gente sigue utilizando espacios públicos para arrojar sus desperdicios. La profesional dijo que acabó la campaña de sensibilización y ahora actuarán con las multas porque saben que no está bien hacer de las calles botaderos de basura, así como sacar los desperdicios cuando el carro basurero haya pasado.


REGIONALES

6 // Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

Municipalidad de Bellavista ejecuta Proyecto del Boulevard Turístico La municipalidad de Bellavista ejecuta el proyecto turístico Boulevard Turístico Bellavista 2021 en el jr. Malecón Rio Huallaga con la finalidad de promocionar el turismo y el mejoramiento del ornato público. La sostenibilidad del proyecto estará sujeta a las acciones que en su favor se puedan desarrollar desde la inversión su operación y mantenimiento que permita alcanzar los beneficios en la población, como esparcimiento y recreación, así como adecuado equipamiento y mobiliario urbano. Los componentes del Boulevard han sido diseñados considerando aspectos como seguridad, presentación y conservación, la obra considera la construcción de pisos, accesos, sardineles, berma central de forma lineal y semi curva, módulos de venta en forma circular , restaurantes de dos pisos con techo de estructura de ace-

ALCALDE EDUAR GUEVARA GALLARDO EN CEREMONIA

ro, bancas, áreas verdes, rampas para minusválidos, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas y mecánicas, entre otras construcciones que forman parte de esta mega construcción, el costo del presupuesto de obra asciende a la suma de S/ 3,349,526.64. La empresa responsable de ejecutar este proyecto es el Consorcio Ejecutor Bellavista

integrados por las empresas (Multiservicios la Marginal y la empresa Thradex & Telecom S.A.C.) cuyo plazo de ejecución es de 144 días calendarios En la colocación de la primera piedra el alcalde Eduar Guevara Gallardo manifestó que este proyecto mejorará el ornato público, así como promoverá el turismo en Bellavista.

Gerente General del SAT Carlos Chira explica los resultados al 31 de agosto del 2021 META PREDIAL La meta predial mínima para el 2021 es de S/. 6´810,352, y meta ideal de S/. 7´052,326. Al 31 de agosto se recaudó

Detenido por secuestro en Bellavista: “Secuestradores son de Campanilla”

6’380,021 soles que representa ser mayor en 93.68% de la meta mínima y en 90.47% de la meta ideal. Al 31 de agosto del 2021

la recaudación del impuesto predial alcanzo el 94.36% de lo recaudado en el año 2020 que fue de 6’761,565 soles.

ALICIA CASTILLO PÉREZ

Luego de más 48 horas de su desaparición, este miércoles por la tarde se conoció que Alicia Castillo Pérez fue liberada en Fausa Lamista, jurisdicción de Bellavista. Hasta su domicilio, llegaron amistades para expresar su solidaridad. La familia de la joven, salieron al frontis de su vivienda para explicar que se encontraba afectada emocionalmente y agradecerles por su preocupación. Indicaron que, con la liberación de Alicia, las investigaciones continúan señalaron.

Psicológicamente la joven se encontraba afectada. El miércoles por la noche se conoció que fue puesto en libertad Elan Medina del Águila, dueño del auto que usaron los secuestradores de Alicia

Castillo, mientras que Tobías Ruiz, supuesto implicado, se mantenía detenido. El abogado de Tobías Ruiz, indicó que su patrocinado está colaborando con las investigaciones, aseguró que los secuestradores le contrataron no para cometer el acto delictivo, sino para pasearles por Tarapoto, advirtió que se trata de 4 sujetos de la localidad Campanilla. El asesor legal del detenido, dijo que los delincuentes llevaron a su patrocinado hasta cierto lugar y luego los secuestradores y la joven plagiada se subieron a otro vehículo. Finalmente, el abogado relató que su patrocinado fue coaccionado, sin embargo, los secuestradores también le dijeron que le iban a pagar 40 mil soles por su servicio.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA OFICINA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO

METAS RECAUDACIÓN 2021 Al 31 de agosto 2021, la recaudación total ha sido de 14’508,535 soles, superior en 65.10% al mismo mes del año 2020 que se recaudó 8’787,537 soles, es decir, se recaudó 5’720,998 soles más, y superior en 17.11% al mismo mes del año 2019

donde la recaudación fue de 12’388,423 soles, es decir, se recaudó 2’120,112 soles más. Asimismo, esta recaudación total al 31 de agosto 2021 representa el 71.84% de la meta anual aprobada en el Convenio

con la MPSM que asciende a 20’196,728 soles, y la ejecución recaudada respecto al PIA (16’589,132) aprobado por la Municipalidad Provincial de San Martin representa el 87.46% de avance en estos ocho meses del año 2021.

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC, de fecha 09 de agosto de 2017; que aprueba con eficacia anticipada la Directiva DI-415-GRC/032, “Procedimientos Registrales para la Inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil ante Oficinas Autorizadas”, Primera Versión; la cual entra en vigencia a partir del 03 de agosto de 2017. Ante la Oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, se presentó el señor MAURO ROLDAN VASQUEZ ROJAS , identificado con DNI Nº 01028212, con domicilio en Av. Rioja N° 836 , Distrito de Yuracyacu, Provincia de Rioja, Departamento de San Martín, a solicitar la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrita bajo el Nº 200 , del 25 de julio de 1953, ya que al momento del registro se incurrió en error en el cuerpo de la misma, ya que se omitió el segundo nombre y el apellido materno de la madre del titular del acta, donde dice “ZOILA ROJAS”, siendo lo correcto “ZOILA ROSA ROJAS CHÁVEZ” , motivo por el cual solicitó la rectificación correspondiente. Moyobamba, setiembre del 2021. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA, REGIÓN SAN MARTÍN. Eyla Chamaya Tarrillo, Registradora Civil de la Oficina de Registro y Estado Civil, DNI Nº 75046456. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA OFICINA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC, de fecha 09 de agosto de 2017; que aprueba con eficacia anticipada la Directiva DI-415-GRC/032, “Procedimientos Registrales para la Inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil ante Oficinas Autorizadas”, Primera Versión; la cual entra en vigencia a partir del 03 de agosto de 2017. Ante la Oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, se presentó el señor CESAR GLENN MEDINA GÁRATE , identificado con DNI Nº 06801047, con domicilio en Av. Grau N°397 , Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, a solicitar la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrita bajo el Nº 104 , del 12 de abril de 1962, ya que al momento del registro se incurrió en error en el cuerpo de la misma, ya que se omitió el segundo nombre de la madre del titular del acta, donde dice “BLANCA”, siendo lo correcto “BLANCA LILÍ ” , motivo por el cual solicitó la rectificación correspondiente. Moyobamba, setiembre del 2021. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA, REGIÓN SAN MARTÍN. Eyla Chamaya Tarrillo, Registradora Civil de la Oficina de Registro y Estado Civil, DNI Nº 75046456.


DEPORTES

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Viernes, 17 de setiembre de 2021

*** Como ya es costumbre, aquí estamos nuevamente para deleitar a nuestra fanaticada con la mejor información deportivo nacional e internacional, saludando a nuestros lectores y también a todos aquellos amigos que desde nuestras provincias nos siguen llamando preguntándonos como están las cosas en nuestra ciudad ya que al igual que nosotros, ellos también esperan que el fútbol amateur reaparezca el próximo año, así debe ser. *** Bueno la situación de la FPF de verdad está bastante movida, luego de que el TAS, envío otra disposición a petición de otros clubes que ´pedían también su intervención para evitar las elecciones que deberían realizarse este lunes 20, para evitar la serie de problemas que siempre han existido, es tiempo para que los dirigentes de los clubes y fundamentalmente los de las Ligas Departamentales, abran sus ojos y trabajen por el fútbol peruano, eso de verdad esperamos ya que estamos cansados de ver las prepotencias que siempre se dan desde la FPF, que ordenan pero nunca apoyan al fútbol amateur. *** La gran “novedad” que informan los medios de comunicación a nivel nacional es la nueva ubicación que tiene nuestra Selección en el ranking FIFA, luego del triplete de octubre el combinado peruano ahora está ubicado en la ubicación 21, superando por primera vez a Chile que está en el puesto 23, y esto para nosotros también novedad ya que nunca pasamos a Chile en los años pasados, Bélgica sigue ocupando el primer lugar seguido por Brasil que está segundo, ojala que luego de los tres partidos de nuestra Selección jugará el próximo mes de octubre sigamos subiendo en el ranking FIFA. *** El juvenil futbolista Alejandro Lecaros dejó de pertenecer al Botafogo donde venía jugando desde el 2020 cuando súbitamente los dirigentes del Cusco FC anunciaron su contratación por parte del equipo brasileño, Lecaros tiene deseos de seguir en el extranjero, sin embargo, también hay la posibilidad de regresar a su patria, esperamos que futuro tendrá este juvenil futbolista peruano. *** Hoy se inicia la fecha 11 de la Fase 2 – Liga 2 con los siguientes encuentros: ALIANZA ATLÉTICO SULLANA Vs. CIENCIANO, UTC Vs. SPORTING CRISTAL, CUSCO FC Vs. ALIANZA LIMA y FBC MELGAR Vs. AYACUCHO FC, el complemento de esta fe-

TODO ESTÁ LISTO PARA QUE EL SÁBADO 2 DE OCTUBRE SE INICIE EL CAMPEONATO DE FÚTBOL “MANUEL COBA RAMÍREZ EN JUAN GUERRA. cha se jugarán mañana sábado y pasado domingo que lógicamente lo daremos a conocer oportunamente. *** Ya se dieron a conocer los horarios de los partidos que se jugarán el próximo mes por las Eliminatorias que lamentablemente no se podrán apreciar por la TV, debido a que los horarios se cruzan, en los que concierne a nuestra Selección ante Chile jugaremos a las 8.00 p.m., ante Bolivia de visitante jugaremos a las 3.00 p.m. y ante Argentina a las 6.30 p.m., esperamos que los nueve puntos en disputa sean nuestros. *** Alfonso Dulanto padre de Gustavo Dulanto, no es para menos está feliz por lo que viene haciendo en la Champions League su hijo que luego de sufrir consecuencias en su carrera deportiva y ser recordado por el resbalón que tuvo cuando jugaba en la sudamericana, tuvo que emigrar para con constancia y trabajo llegar a un equipo desconocido llamado Sheriff que viene participando en la Champions League y haber sido considerado en el ranking de la primera fecha, Gustavo es un jugador para la Selección, pero la “argolla” de Gareca seguramente no le considerará, la preocupación ahora del futbolista peruano es marcar a Benzemá en la segunda fecha de la Liga de Campeone. *** El partido por las Eliminatorias entre Brasil y Uruguay que

se jugará el jueves 14 de octubre, de acuerdo a informaciones que manejan los encargados de salud, tendrá público reducido, este encuentro se escenificará en el Estadio Arena Manaos con un aforo del 30% de su capacidad, esto quiere decir de que podrán estar en las tribunas, cumpliendo los protocolos de salud unos 13000 aficionados. *** Con verdaderas sorpresas se completó ayer la jornada nueve de la Liga 2 ya que cayeron los que en el papel eran favoritos, aquí los resultados: UNIÓN COMERCIO 2 – 1 DEPORTIVO COOPSOL, DEPORTIVO LLACUABAMBA 0 – 2 SANTOS FC y CHANKAS CYC 3 – 1 ATLÉTICO GRAU. Faltando jugar al Aurich dos partidos así quedó la tabla de colocaciones: 1.- UNIÓN COMERCIO 17 2.- UNIÓN HUARAL 16 3.- CARLOS STEIN 16 4.- LLACUABAMBA 16 5.- A. GRAU 15 6.- CHANKAS CYC 14 7.- S. CHAVELINES 12 8.- JUAN AURICH 10 9.- SANTOS FC 08 10.- EL PIRATA 08 11.- D. COOPSOL 07 12.- C. UNIDOS 05 El lunes 20 y martes 21 se debe estar jugando la décima fecha cuya programación ya está dada y que lo daremos a conocer en nuestra próxima edición. *** Hasta aquí mi KARICIA, volvemos mañana, chao.


El Refugio del Puma Por: José Luis Rodriguez Rivera

Y como jugando y casi sin sentirlo estamos iniciando un nuevo VSD con una esta entrega «refugiana» y nos alegra saber que siempre nos esperan para que se ganen de fácil con todas las «notichis» que les reservamos y preparamos con mucho aprecio, es nuestra sana costumbre de acompañarlos cada fin de semana y eso sin ninguna duda sí que nos llena de mucha alegría, nosotros empezamos al «toquepala» contándoles las últimas movidas registradas como siempre en nuestra «Ciudad de la Furia» Tarapoto, se acomodan que comenzamos este encuentro con ustedes allí va la primera de nuestra, sale:

Para comenzar les contamos que todo está listo para lo que será la II FERIA DE LA AGRO-BIODIVERSIDAD DEL BICENTENARIO SAN MARTÍN 2021, la misma se llevará en el campo del Sport Boys del Barrio Huayco, mañana sábado 18 y el domingo 19 de septiembre, desde las 6 de la mañana hasta las 2 de la tarde, indicándoles también que gracias a esta feria se beneficiarán tanto los productores del campo como los consumidores, con precios para todos los bolsillos, y lo mejor de todo, es apostar por los nuestros, apostar por la agricultura y estos MERCADOS ITINERANTES que son una apuesta que realiza el gobierno central para el beneficio de todos, esperamos que la población se acerque al querido campo del Shuta Boys a realizar sus compras, pensamos que se deben fomentar estos espacios para que la población adquiera sus productos de la CHACRA A LA

OLLA, en buena cuenta es una actividad que vamos a poner mucho empeño y estamos seguros que los productores estarán satisfechos. Los agricultores participantes expenden productos de primera necesidad totalmente orgánicos que cosechan en sus chacras y ofrecerán reiteramos hasta el domingo 19, LÁCTEOS, PLÁTANO, PIÑA, CARNE DE CHANCHO Y CUY, GALLINA DE CHACRA, VERDURAS, DIVERSAS FRUTAS, CAFÉS, CHOCOLATES, LICORES REGIONALES, ARTESANÍAS y otros productos de primera necesidad los que son procesados y fabricados por los propios agricultores con el apoyo de FONCODES, a fin de fortalecer y legalizar sus emprendimientos, ya lo saben todos estamos invitados a la II FERIA DE LA AGRO-BIODIVERSIDAD DEL BICENTENARIO SAN MARTÍN 2021, para que más. Palabra de Puma.

08 // Voces

Viernes, 17 de setiembre del 2021

email: pumatarapoto@yahoo.es

MALA RODRIGUEZ, espectacular... para que más!

Se aplaude a rabiar, el esfuerzo que despliega mi buen amigo el Profesor WILLIAN PEZO GONZÁLES, con 34 años en la docencia en la IE SANTA ROSA, es uno de los “heroicos” defensores de lo nuestro tanto a nivel musical como también del esfuerzo de rescatar nuestros valores culturales en sus diversas modalidades, entre las que mencionamos su serie de trabajos literarios entre los que destacamos DIDÁCTICA PARA LA EDUCACIÓN ARTÍSTICA, al que suma su obra R E S C AT E M O S LO NUESTRO… Vivencias de los pueblos de la selva peruana, le sigue AYAUMA RELATOS DEL CHULLACHAQUI y lo más reciente TORMENTA DEL DESIERTO y CANTO AMAExitos a la gente del Diario de IMAGEN 102.3 FM vemos a ZÓNICO, con Riki Bandera, Gilmer García, César Villacorta además de Belén Rios y Joshelin Sánchez, bien! compendios

de cuentos, mitos y leyendas de esta parte de “Perulandía” sin duda un gran esfuerzo que merece todo nuestro reconocimiento, a ello le sumamos su pasión por la música y su faceta como tal cumpliendo 41 años como cultor siempre amando lo nuestro, empezó en LOS CUMBAS, paso por PAJATEN y ahora con su propia agrupación MARKAKUNA, la que acaba de cumplir 15 años, tampoco nos olvidamos de su afán por difundir la música latinoamericana con su inacabable programa primero radial ahora televisivo, nos referimos a RESCATEMOS LO NUESTRO, con 22 años de mantenerse inalterable en tiempo ahora con 9 años en la televisión actualmente en la señal de ESTELAR TV CANAL 5 de TVSAM, va los días sábados de 9 a 11 de la mañana en vivo, como pueden apreciar es por eso y por muchas cosas más, que mi buen amigo el profe. WILLIAN PEZO GONZÁLES, ya tiene un lugar de privilegio en la historia de la cultura

Contactos: Móvil 972951883

popular en Tarapoto y San Martín por el trabajo que desarrolla en las diversas facetas culturales en las que inmerso, yo me quedo con mi canción favorita WARMISITA, que es una de sus creaciones musicales de su autoría la que rompió fronteras y que conste antes de la facilidad de las plataformas musicales, es por eso que le decimos felicitaciones y que sigan los éxitos profe. WILLIAN, claro que sí. Palabra de Puma.

que los espacios noticiosos cuentan con el aporte importante de BELEN RIOS y JHOSELIN SÁNCHEZ, es solo el comienzo porque nos pasan el “datichi” que se vienen más novedades entonces estaremos atentos, claro que sí. Palabra de Puma. Les contamos que mañana sábado 18 de setiembre la Asociación de Periodistas de San Martín – ASPESAM cumplirá su décimo séptimo aniversario de fundación, han transcurrido 17 años desde que un día como aquel pero del año 2004, cuando un grupo de periodistas y comunicadores sociales decidieron dar vida a una nueva institución periodística, la que sin distinción alguna agrupará a todos aquellos que de una u otra manera desarrollen actividad periodística en todas sus modalidades, a lo largo de estos años, como toda institución que busca consolidarse en el tiempo ha tenido sus altas y bajas sin embargo las mismas han servido para seguir haciéndola más sólida y fuerte que nunca. Son 17 años de vigencia, tiempo en el que se acogió a muchos colegas de todo el ámbito regional, la Asociación de Periodistas de San Martín – ASPESAM logró su inscripción en los Registros Públicos con la partida Nº 11033056 – Asiento A001; además, es respetuosa de los demás gremios periodísticos y buscando siempre la unidad de los hombres de prensa en esta parte del país, “la pandemia nos arrebató a queridos colegas, y solo queda cumplir con lo que quedó pendiente”, nos dice su presidente NEMIO MORI RIOS y estamos seguros que así será, nada más. Chaufa.

Una de medios radiales tarapotino, contarles que vienen trabajando en silencio, pero ya están al aire con sus bloques informativos diarios la gente amiga de RADIO & TELEVISIÓN IMAGEN 102.3 FM y Canal 16 de Cable Mundo, ahora con tres bloques informativos que van de lunes a viernes, arrancan con EL DIARIO DE IMAGEN Primera Edición que va de 6 a 8 de la mañana, EL DIARIO DE IMAGEN Segunda Edición que va de 12 a 2 de la tarde, ambas secuencias informativas bajo la responsabilidad de la dupla conformada por GILMER GARCÍA MENDOZA y CÉSAR VILLACORTA DÁVILA, una importante cuota de experiencia que se suman a los espacios que nos brinda la radio en Tarapoto, mientras que ESTHER CHÁVEZ GARCÍA, tendrá bajo su responsabilidad la EDICIÓN CENTRAL DE IMAGEN NOTICIAS que va de 6 a 8 de la noche de lunes a viernes, con análisis, entrevistas y comentarios de actualidad, como siempre nosotros les deseamos siempre lo mejor y que sea el respetable el que finalmente de su voto de aprobación por sus espacios favoritos, Dupla de ASPESAM saludos PEPE MUCHA y NEMIO MORI felices 17 años, salud por ello! hay que agregar


Clasificados

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Viernes, 17 de setiembre del 2021

avisos clasificados

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN. AREA DE REGISTRO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL SE HACE SABER QUE: DON: JORGE MOISES TAVERA TELLO, DNI: 09850194, EDAD: 48 AÑOS, ESTADO CIVIL: SOLTERO, OCUPACIÓN: TRANSPORTISTA, NATURAL: PUENTE PIEDRA-LIMA, NACIONALIDAD: PERUANO, DOMICILIADO: JR. TAHUANTINSUYO N° 382-TARAPOTO. DOÑA: IBET ANALY VENTURA GARCIA, D.N.L N°: 32981932, EDAD: 44 AÑOS, ESTADO CIVIL: SOLTERA, OCUPACIÓN: AMA DE CASA, NATURAL: CHIMBOTE, NACIONALIDAD: PERUANA, DOMICILIADO: JR. TAHUANTINSUYO N° 382-TARAPOTO. VAN A CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EN ESTA MUNICIPALIDAD, LAS PERSONAS QUE CONOZCAN CAUSALES DE IMPEDIMENTO PODRÁN DENUNCIARLAS CONFORME A LEY, ARTICULO N° 253 DEL CÓDIGO CIVIL. FECHA: JUEVES 28/10/2021, HORA: 11:00 AM, LUGAR: Jr. GREGORIO DELGADO N° 260 -TARAPOTO. Tarapoto, 16 de setiembre del 2021. Norita Pinchi Cabrera REGISTRADORA CIVIL.

MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE MACEDA DISTRITO DE RUMISAPA PROVINCIA DE LAMAS - DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN OFICINA DE REGISTROS DEL ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 250 del Código Civil, hago saber que ante el señor alcalde de la Municipalidad Distrital de Rumisapa, se ha presentado don: ELI DEIVIS VASQUEZ HERNANDEZ, natural del Distrito de Bagua Grande, Provincia de Lamas, Departamento de Amazonas, de nacionalidad peruano, de 26 años de edad, de ocupación operador de maquinaria pesada, de estado civil soltero, identificado con DNI N.º 73316310, con domicilio en el Jr. La Libertad S/N, del Centro Poblado de Maceda, Distrito de Rumisapa, Provincia de Lamas, Departamento de San Martín. Y doña, ARLETH LLOANA MOZOMBITE OJANAMA, natural de la Localidad de Yurimaguas, Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, Departamento de Loreto, de nacionalidad peruana, de 26 años de edad, de ocupación ama de casa, de estado civil soltera, identificada con DNI N° 76692134, con domicilio en el Jr. Jr. La Libertad S/N, del Centro Poblado de Maceda, Distrito de Rumisapa, Provincia de Lamas, Departamento de San Martín. Solicitando que se los declare expeditos para contraer MATRIMONIO CIVIL ante esta Municipalidad el día Sábado 25 de Setiembre del 2021 a horas 8:00 a.m. La ceremonia se llevará a cabo en la Municipalidad del Centro Poblado de Maceda, Distrito de Rumisapa, Provincia de San Lamas, Departamento de San Martin. Las personas que conozcan los causales de impedimento podrán denunciarlos dentro del término de 08 días y en forma prescrita en el Artículo No 2530 del Código Civil. Maceda, 13 de Setiembre del 2021. Nilda Isabel Pashanasi Isuiza REGISTRADORA CIVIL

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN ÁREA DE REGISTRO CIVIL RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Ante la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial de San Martin, se presentó doña; YDERLIT FRANCIA PIÑA con DNI N° 18100283 con domicilio en Jr. Alegría Arias de Morey N° 273-Tarapoto Departamento y Provincia de San Martin , solicitando que, de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 415-GRC/032, PROCEDIMIENTOS REGISTRALES PARA LA INSCRIPCION DE HECHOS VITALES Y ACTOS MODIFICATORIOS DEL ESTADO CIVIL ANTE OFICINAS AUTORIZADAS, aprobada con resolución Secretarial N° 049-2017SGEN/ RENIEC del 09 de agosto 2017, se efectué la rectificación administrativa del acta de Nacimiento Libro Nº 125 Folio N° 349 que corresponde a YDERLIT FRANCIA PIÑA, por error en el nombre de la madre en el cuerpo del acta dice “Susana” siendo lo correcto “Suzana”; tal como se puede apreciar de la documentación presentada como medio probatorio, la misma que debe ser publicada en el diario de mayor circulación local por una sola vez, para que las personas que se consideren perjudicados por la rectificación solicitada, formulen oposición por escrito mediante solicitud dirigida al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial. Tarapoto, 16 de setiembre del 2021. Lorena Pezo Díaz REGISTRADORA CIVIL

OFICINA REGISTRAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICOTA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Ante la Oficina Registral de la Municipalidad Distrital de Shamboyacu, Provincia de Picota, departamento de San Martin, se ha presentado Doña ROSINA ESMILA BAUTISTA ABANTO, identificada con DNI N° 48256572, generándose el expediente Nº 002-2021 del día 15 de Setiembre del 2021, solicitando la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento N° 65638429, año 2007, perteneciente al titular ANDERSHON JIBAJA BAUTISTA, en el sentido que el segundo prenombre de la madre está escrita “SMILA” siendo lo correcto ESMILA. y no como se encuentra consignado. Se efectúa la siguiente publicación de conformidad con el artículo 73° del Decreto Supremo 015-98-PCM. Shamboyacu, 16 de Setiembre del 2021.

SE VENDE

UNA CHACRA DE 4 HECTÁRIAS CON ACCESO A UNA QUEBRADA CON PLANTACIONES DE CACAO, ÁRBOLES FRUTALES Y MADERABLES; CON GALPÓN DE POLLOS Y DOS TAMBOS. TELF. 942041288

OFICINA REGISTRAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICOTA RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO Ante la Oficina Registral de la Municipalidad Distrital de Shamboyacu, Provincia de Picota, departamento de San Martin, se ha presentado Doña ROSINA ESMILA BAUTISTA ABANTO, identificada con DNI N° 48256572, generándose el expediente N° 003-2021 del día 15 de Setiembre del 2021, solicitando la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento N°67222943, año 2009, perteneciente a la titular ROCIO DEL PILAR JIBAJA BAUTISTA, en el sentido que el segundo prenombre de la madre está escrita “SMILA” siendo lo correcto ESMILA, y no como se encuentra consignado. Se efectúa la siguiente publicación de conformidad con el artículo 73° del Decreto Supremo 01598-PCM. Shamboyacu, 16 de Setiembre del 2021

DIARIO VOCES JUANJUI Responsable: SR. ROBERTO DAVID TAVARA Celular: 928913063

DIARIO VOCES RIOJA Responsable: SRA. BEATRIZ MAS Celular: 964696327

DIARIO VOCES LAMAS Responsable:

TOMAS COTRINA

TRIGOZO Celular: 942 402010

www.diariovoces.com.pe

DIARIO VOCES 999340421

Fecha: 13 - 17 setiembre

MUNICIPALDAD DISTRITAL DE MORALES. OFICINA DE REGISTROS DE ESTADO CIVIL EDICTO MATRIMONIAL DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 250 DEL CODIGO CIVIL, HAGO SABER QUE ANTE EL SEÑOR ALCALDE SE HA PRESENTADO. DON: LLEGNER CHUJUTALLI ZUMBA DE 30 AÑOS CON DNI Nº 47302995 NATURAL DE AGUANO MUYUNA DE NACIONALIDAD PERUANO, ESTADO CIVIL SOLTERO, CON DOMICILIO JIRON. CAR. LAGUNA VENECIA Y DOÑA MAYRA MILITA CABALLERO MACEDO DE 28 AÑOS, IDENTIFICADO CON DNI Nº74163003 NATURAL DE TRUJILLO DE NACIONALIDAD PERUANA, ESTADO CIVIL. SOLTERA, CON DOMICILIO EN: CAR: Laguna Venecia 195. SOLICITANDO SE LES DECLARE EXPEDITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO CIVIL EL DIA 5 Octubre DEL 2021 A HORAS 5:00 PM LUGAR: JR. RECREO 20.5 PERSONAS QUE CONOZCAN CASUALES DE IMPEDIMENTO PODRAN DENUNCIARLO DENTRO DEL TERMINO DE 8 DE DIAS Y EN LA FORMA PRESCRITA EN EL ARTICULO 253 DEL INDICADO CODIGO. Morales, 16 de Setiembre del 2021. CELIA SOfia PINEDO TORRES JEFE DE REGISTRO CIVIL Zapatero, 14 de Setiembre del 2021

Fecha: 14- 17 setiembre

ABOGADO Estudio Jurídico requiere contar con los servicios de un Abogado especializado en Derecho Penal, Procesal Penal y litigación oral. Requisitos: 1. Colegiado y habilitado. (obligatorio) Deseable: 2. Prácticas de pregrado en Juzgados, Fiscalías o Defensorías Públicas Penales. 3. Haber obtenido el título con tesis en la especialidad penal. 4. Tener cursos, diplomados y/o seminarios en la especialidad penal. Remuneración: Precios de mercado. Enviar CV documentado en pdf a: rsaavedraf85@hotmail.com


Entretenimiento

FELIZ CUMPLEAÑOS CHABELITA LOPEZ RUIZ, QUE LO PASES DE LA MEJOR MANERA, QUE EL SEÑOR TE CUIDE SIEMPRE.

CRUCIVOCES Nº 93

10 // Voces

Viernes, 17 de setiembre del 2021

FELIZ CUMPLEAÑOS WILIER JUZGA ZEA, QUE TU DÍA LO PASES FELIZ CON TUS FAMILIARES Y AMIGOS. DIVIÉRTETE MUCHO.

FELIZ CUMPLEAÑOS CHRISTIAN ALEX’I, LOS MEJORES DESEOS DE SALUD Y BIENESTAR EN TU CUMPLEAÑOS.


INSTITUCIONAL 11// Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”

ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2021-MPSM Tarapoto, 11 de agosto del 2021 ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN; POR CUANTO El Concejo Provincial de San Martín, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de agosto del año 2021, visto el Dictamen N° 023-2021-COAAL-MPSM, emitido por la Comisión Ordinaria de Administración y Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 033-2011-MPSM, de fecha 28 de junio del 2011, el Concejo Municipal Provincial de San Martín aprobó la Adecuación de la Municipalidad de Centro Poblado Achinamiza, ubicado en el distrito de Chazuta, provincia y región San Martín, a la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en un comienzo la Ley N° 27972, en su artículo 131 y 133 respectivamente, regulaba la designación de las autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados así como sus recursos; estableciendo en este último caso que, las municipalidades provinciales y distritales estaban obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, un porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el gobierno nacional, en proporción a su población y los servicios públicos delegados para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados. Sin embargo, los citados artículos fueron modificadas por la Ley N° 30937, el cual en sus artículos 131 y 133 señalaba que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, puede acordar la asignación de una dieta al alcalde de la municipalidad de centro poblado, cuyo monto es fijado teniendo como referencia la dieta que perciben los regidores, y, según corresponda (provincial o distrital), acuerdan la entrega de recursos presupuestales, propios y de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, con arreglo a la normativa presupuestal vigente. Siendo que, la precita Ley, a su vez, también fue objeto de modificación por la Ley N° 31079, la misma que en sus artículos 131 y 133 respectivamente prescribe que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, asigna una dieta mensual al alcalde de municipalidad de centro poblado ascendente a la fijada para los regidores distritales”, y; la municipalidad provincial y distrital, según corresponda, hacen entrega de recursos presupuestales, propios y transferidos por el gobierno nacional de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, para el cumplimiento de las funciones delegadas, con arreglo a la normativa presupuestal vigente; Que, respecto a las Municipalidades de Centros Poblados, los artículos 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y 135 de Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, fueron modificadas por la Ley N° 30937 y Ley N° 31079. Siendo que, ésta última norma, en su Primera Disposición Complementaria Transitoria, expresamente señala que las municipalidades provinciales, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, emiten la ordenanza de adecuación de las municipalidades de centros poblados en funcionamiento. En ese sentido, teniendo en cuenta el artículo 128 de la Ley Orgánica de Municipalidades modificada por la Ley N° 30937 y 31079, la Ordenanza de adecuación deberá precisar: 1. El centro poblado de referencia y su ámbito geográfico de responsabilidad, 2. El régimen de organización interna, 3. Las funciones y la prestación de servicios públicos locales que se le delegan, 4. Los recursos que se le asignan para el cumplimiento de las funciones y de la prestación de servicios públicos locales delegados y 5. Sus atribuciones administrativas y económico-tributarias. Siendo que, además, la ordenanza de creación o de adecuación, según sea el caso, podrá contemplar otros ingresos; Que, mediante documento con registro de ingreso n° 14290, de fecha 17 de diciembre del 2020, el Alcalde de la Municipalidad de Centro Poblado Achinamiza solicita adecuación a la Ley N° 31079;

el Concejo Provincial de San Martín aprobó por unanimidad lo siguiente: ORDENANZA DE ADECUACIÓN DEL CENTRO POBLADO “ACHINAMIZA” A LA LEY N° 31079 ARTÍCULO PRIMERO. - ADECUAR el funcionamiento de la Municipalidad de Centro Poblado “ACHINAMIZA” a la Ley N° 31079 “Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las municipalidades de centros poblados, modificada por la Ley 30937, y la Ley 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados”. ARTÍCULO SEGUNDO. - DELIMITACIÓN TERRITORIAL El Centro Poblado cuenta una población de 900 habitantes aproximadamente, y está ubicado en la jurisdicción del Distrito de CHAZUTA, provincia de San Martin, con un área de 1,736.05 hectáreas, con la siguiente delimitación territorial: NORTE: Distrito de Barranquita (Provincia de Lamas) y el Distrito de Chipurana (Provincia de San Martin). SUR: Área de Conservación Cordillera Escalera ESTE: Rio Huallaga OESTE: Área de Conservación Cordillera Escalera ARTÍCULO TERCERO. - La Organización y funcionamiento de los órganos de gobierno de la Municipalidad del Centro Poblado serán regulados de la siguiente forma: a)Al Concejo Municipal, para el ejercicio de las atribuciones establecidas en los numerales 3, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 34 y 35 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, N° 27972. b)A la Alcaldía, para el ejercicio de las funciones delegadas por la presente ordenanza. c)Otros órganos, para el ejercicio de las funciones delegadas por la presente ordenanza. Es así que, la organización interna de la Municipalidad de Centro Poblado, para el ejercicio de las funciones delegadas, quedará determinado de la siguiente manera: 1.Concejo Municipal 2.Alcaldía 3.Administración Municipal 4.Área Técnica de Servicios Municipales 4.1.Registro Civil 4.2.Autorizaciones y Permisos 4.3.Servicios públicos y sociales 5.Área Técnica de Infraestructura ARTÍCULO CUARTO. - La Municipalidad del Centro Poblado asume las siguientes competencias: 1.Prestación de los servicios públicos de: a)Recojo de residuos sólidos. b)Barrido de calles c)Mantenimiento de áreas verdes d)Seguridad Ciudadana-Serenazgo La prestación de tales servicios podrá efectuarse gradualmente, de acuerdo a las decisiones que la Municipalidad del Centro Poblado considere al respecto.

Que, conforme al artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, cuya aprobación, según el artículo 9 numeral 8 de la misma ley, corresponde al Concejo Municipal;

2.Prestación de servicios administrativos de: a)Otorgamiento de Licencias de funcionamiento tipo básica. b)Otorgamiento de licencias de anuncios c)Otorgamiento de autorizaciones de publicidad exterior (con excepción de aquellas que pretendan el uso del derecho de vida establecido por la Municipalidad Provincial de San Martin). d)Inscripción de hechos vitales en el Registro Civil, en merito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación Estado Civil, conforme a Ley.

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”,

3.Prestación de los servicios sociales de:


INSTITUCIONAL 12// Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”

ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2021-MPSM

ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2021-MPSM

Tarapoto, 11 de agosto del 2021

Tarapoto, 11 de agosto del 2021

a)Atención a menores –Defensoría Municipal del Niño y Adolescente. b)Atención al adulto mayor-Centro Integral del Adulto Mayor. c)Atención a personas con discapacidad. d)Atención para la prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo.

ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN;

4.Ejecución de obras de infraestructura que impliquen el uso intensivo de la mano de obra comunal, de acuerdo a los proyectos de inversión que anualmente aprueban la Municipalidad Provincial de San Martin y/o la Municipalidad Distrital pertinente. ARTÍCULO QUINTO. - La Municipalidad del Centro Poblado contará con los recursos que a continuación se indica, para el adecuado cumplimiento de las funciones que se le delega por medio de la presente Ordenanza: a)Los asignados por la Municipalidad Provincial y la respectiva Municipalidad distrital, de conformidad a los acuerdos establecidos; correspondiendo a la Provincial una transferencia mensual que representa el 60% del 50% del UIT vigente, para el cumplimiento de sus funciones y la prestación de servicios públicos locales delegados. b)Para el sostenimiento de la prestación de los servicios públicos delegados, se le faculta a cobrar directamente a la población los arbitrios correspondientes, teniendo en cuenta las tasas aprobadas en la respectiva municipalidad distrital, hasta que cuenten con la capacidad administrativa, presupuestal y financiera para poder asumir sus propios gastos, como el de elaborar su propuesta de creación de tasas así como de los montos a ser cobrados mensualmente, la misma que deberá ser remitida al Concejo Municipal Provincial de San Martín para su aprobación, teniendo en cuenta los plazos establecidos en la normativa vigente. c)Los ingresos que resulten por la prestación de los servicios administrativos delegados en la presente ordenanza, conforme a las tasas aprobadas y fijadas en el TUPA de la respectiva municipalidad distrital, hasta que cuenten con la capacidad administrativa, presupuestal y financiera para poder asumir sus propios gastos, como el de formular su propio Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a fin de que sea evaluado y aprobado por el Concejo Municipal Provincial de San Martín. d)Los recursos que sean cobrados para el sostenimiento de los

servicios públicos y servicios administrativos a favor de la Municipalidad del Centro Poblado deberán ser rendidos mensualmente por dicho concepto. ARTÍCULO SEXTO. - Las autoridades del Centro Poblado ejercerán las siguientes atribuciones:

a)Los Regidores, las establecidas en el artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades. b)El Alcalde, las establecidas en los numerales 1, 2, 3, 6, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 28, 31, 32, 33, 34 y 35 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. ARTÍCULO SÉPTIMO. - La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a Ley. ARTÍCULO OCTAVO. – DEROGAR la Ordenanza Municipal 033-2011-MPSM, y toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente Ordenanza. REGISTRASE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE TDG-A/MPSM c.c. GM Imag. Inst. Archivo

POR CUANTO El Concejo Provincial de San Martín, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de agosto del año 2021, visto el Dictamen N° 023-2021-COAAL-MPSM, emitido por la Comisión Ordinaria de Administración y Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 032-2011-MPSM, de fecha 28 de junio del 2011, el Concejo Municipal Provincial de San Martín aprobó la Adecuación de la Municipalidad de Centro Poblado Tununtunamba, ubicado en el distrito de Chazuta, provincia y región San Martín, a la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en un comienzo la Ley N° 27972, en su artículo 131 y 133 respectivamente, regulaba la designación de las autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados así como sus recursos; estableciendo en este último caso que, las municipalidades provinciales y distritales estaban obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, un porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el gobierno nacional, en proporción a su población y los servicios públicos delegados para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados. Sin embargo, los citados artículos fueron modificadas por la Ley N° 30937, el cual en sus artículos 131 y 133 señalaba que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, puede acordar la asignación de una dieta al alcalde de la municipalidad de centro poblado, cuyo monto es fijado teniendo como referencia la dieta que perciben los regidores, y, según corresponda (provincial o distrital), acuerdan la entrega de recursos presupuestales, propios y de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, con arreglo a la normativa presupuestal vigente. Siendo que, la precita Ley, a su vez, también fue objeto de modificación por la Ley N° 31079, la misma que en sus artículos 131 y 133 respectivamente prescribe que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, asigna una dieta mensual al alcalde de municipalidad de centro poblado ascendente a la fijada para los regidores distritales”, y; la municipalidad provincial y distrital, según corresponda, hacen entrega de recursos presupuestales, propios y transferidos por el gobierno nacional de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, para el cumplimiento de las funciones delegadas, con arreglo a la normativa presupuestal vigente; Que, respecto a las Municipalidades de Centros Poblados, los artículos 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y 135 de Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, fueron modificadas por la Ley N° 30937 y Ley N° 31079. Siendo que, ésta última norma, en su Primera Disposición Complementaria Transitoria, expresamente señala que las municipalidades provinciales, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, emiten la ordenanza de adecuación de las municipalidades de centros poblados en funcionamiento. En ese sentido, teniendo en cuenta el artículo 128 de la Ley Orgánica de Municipalidades modificada por la Ley N° 30937 y 31079, la Ordenanza de adecuación deberá precisar: 1. El centro poblado de referencia y su ámbito geográfico de responsabilidad, 2. El régimen de organización interna, 3. Las funciones y la prestación de servicios públicos locales que se le delegan, 4. Los recursos que se le asignan para el cumplimiento de las funciones y de la prestación de servicios públicos locales delegados y 5. Sus atribuciones administrativas y económico-tributarias. Siendo que, además, la ordenanza de creación o de adecuación, según sea el caso, podrá contemplar otros ingresos; Que, mediante documento con registro de ingreso n° 14273, de fecha 17 de diciembre del 2020, el Alcalde de la Municipalidad de Centro Poblado Tununtunumba solicita adecuación a la Ley N° 31079;


INSTITUCIONAL 13// Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”

ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2021-MPSM Tarapoto, 11 de agosto del 2021 Que, conforme al artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, cuya aprobación, según el artículo 9 numeral 8 de la misma ley, corresponde al Concejo Municipal;

c)Atención a personas con discapacidad. d)Atención para la prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo.

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Provincial de San Martín aprobó por unanimidad lo siguiente:

ARTÍCULO QUINTO. - La Municipalidad del Centro Poblado contará con los recursos que a continuación se indica, para el adecuado cumplimiento de las funciones que se le delega por medio de la presente Ordenanza:

ORDENANZA DE ADECUACIÓN DEL CENTRO POBLADO “TUNUNTUNUMBA” A LA LEY N° 31079 ARTÍCULO PRIMERO. - ADECUAR el funcionamiento de la Municipalidad de Centro Poblado “TUNUNTUNAMBA” a la Ley N° 31079 “Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las municipalidades de centros poblados, modificada por la Ley 30937, y la Ley 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados”. ARTÍCULO SEGUNDO. - DELIMITACIÓN TERRITORIAL El Centro Poblado cuenta una población de 600 habitantes aproximadamente, y está ubicado en la jurisdicción del Distrito de CHAZUTA, provincia de San Martin, con un área de 1,293.84 hectáreas, con la siguiente delimitación territorial: NORTE : Área de Conservación Regional Cordillera Escalera SUR : Rio Huallaga ESTE: Quebrada Cumbacillo OESTE: Rio Tununtunumba ARTÍCULO TERCERO. - La Organización y funcionamiento de los órganos de gobierno de la Municipalidad del Centro Poblado serán regulados de la siguiente forma: a)Al Concejo Municipal, para el ejercicio de las atribuciones establecidas en los numerales 3, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 34 y 35 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. b)A la Alcaldía, para el ejercicio de las funciones delegadas por la presente ordenanza. c)Otros órganos, para el ejercicio de las funciones delegadas por la presente ordenanza. Es así que, la organización interna de la Municipalidad de Centro Poblado, para el ejercicio de las funciones delegadas, quedará determinado de la siguiente manera: 1.Concejo Municipal 2.Alcaldía 3.Administración Municipal 4.Área Técnica de Servicios Municipales 4.1.Registro Civil 4.2.Autorizaciones y Permisos 4.3.Servicios públicos y sociales 5.Área Técnica de Infraestructura ARTÍCULO CUARTO. - La Municipalidad del Centro Poblado asume las siguientes competencias: 1.Prestación de los servicios públicos de: a)Recojo de residuos sólidos. b)Barrido de calles c)Mantenimiento de áreas verdes d)Seguridad Ciudadana-Serenazgo La prestación de tales servicios podrá efectuarse gradualmente, de acuerdo a las decisiones que la Municipalidad del Centro Poblado considere al respecto. 2.Prestación de servicios administrativos de: a)Otorgamiento de Licencias de funcionamiento tipo básica. b)Otorgamiento de licencias de anuncios c)Otorgamiento de autorizaciones de publicidad exterior (con excepción de aquellas que pretendan el uso del derecho de vida establecido por la Municipalidad Provincial de San Martin). d)Inscripción de hechos vitales en el Registro Civil, en merito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación Estado Civil, conforme a Ley. 3.Prestación de los servicios sociales de:

4.Ejecución de obras de infraestructura que impliquen el uso intensivo de la mano de obra comunal, de acuerdo a los proyectos de inversión que anualmente aprueban la Municipalidad Provincial de San Martin y/o la Municipalidad Distrital pertinente.

a)Los asignados por la Municipalidad Provincial y la respectiva Municipalidad distrital, de conformidad a los acuerdos establecidos; correspondiendo a la Provincial una transferencia mensual que representa el 60% del 50% del UIT vigente, para el cumplimiento de sus funciones y la prestación de servicios públicos locales delegados. b)Para el sostenimiento de la prestación de los servicios públicos delegados, se le faculta a cobrar directamente a la población los arbitrios correspondientes, teniendo en cuenta las tasas aprobadas en la respectiva municipalidad distrital, hasta que cuente con la capacidad administrativa, presupuestal y financiera para poder asumir sus propios gastos, como el de elaborar su propuesta de creación de tasas así como de los montos a ser cobrados mensualmente, la misma que deberá ser remitida al Concejo Municipal Provincial de San Martín para su aprobación, teniendo en cuenta los plazos establecidos en la normativa vigente. c)Los ingresos que resulten por la prestación de los servicios administrativos delegados en la presente ordenanza, conforme a las tasas aprobadas y fijadas en el TUPA de la respectiva municipalidad distrital, hasta que cuente con la capacidad administrativa, presupuestal y financiera para poder asumir sus propios gastos, como el de formular su propio Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a fin de que sea evaluado y aprobado por el Concejo Municipal Provincial de San Martín. d)Los recursos que sean cobrados para el sostenimiento de los servicios públicos y servicios administrativos a favor de la Municipalidad del Centro Poblado deberán ser rendidos mensualmente por dicho concepto. ARTÍCULO SEXTO. - Las autoridades del Centro Poblado ejercerán las siguientes atribuciones: a)Los Regidores, las señaladas en el artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. b)El Alcalde, las establecidas en los numerales 1, 2, 3, 6, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 28, 31, 32, 33, 34 y 35 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. ARTÍCULO SÉPTIMO. - La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a Ley. ARTÍCULO OCTAVO. – DEROGAR la Ordenanza Municipal 0322011-MPSM, y toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente Ordenanza. REGÍSTRASE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE TDG-A/MPSM c.c. GM Imag. Inst. Archivo


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Viernes, 17 de setiembre de 2021

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”

ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2021-MPSM Tarapoto, 11 de agosto del 2021 ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTIN; POR CUANTO

ORDENANZA DE ADECUACIÓN DEL CENTRO POBLADO “LECHE” A LA LEY N° 31079

CONSIDERANDO:

ARTÍCULO PRIMERO. - ADECUAR el funcionamiento de la Municipalidad de Centro Poblado “LECHE” a la Ley N° 31079 “Ley que modifica la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto de las municipalidades de centros poblados, modificada por la Ley 30937, y la Ley 28440, Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados”.

Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú de 1993 en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

ARTÍCULO SEGUNDO. - DELIMITACIÓN TERRITORIAL El Centro Poblado cuenta una población de 1,010 habitantes aproximadamente, y está ubicado en la jurisdicción del Distrito de HUIMBAYOC, provincia de San Martin, con un área de 5,499.66 hectáreas, con la siguiente delimitación territorial:

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 038-2011-MPSM, de fecha 28 de junio del 2011, el Concejo Municipal Provincial de San Martín aprobó la Adecuación de la Municipalidad de Centro Poblado “Leche”, ubicado en el distrito de Huimbayoc, provincia y región San Martín, a la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades;

NORTE Y ESTE : Centro Poblado Santa Martha y el Rio Chipurana SUR ESTE: Rio Chipurana SUR OESTE: Rio Chipurana NOR OESTE: Zona de amortiguamiento del Parque Nacional Cordillera Azul y el Centro Poblado la Unión.

Que, en un comienzo la Ley N° 27972, en su artículo 131 y 133 respectivamente, regulaba la designación de las autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados así como sus recursos; estableciendo en este último caso que, las municipalidades provinciales y distritales estaban obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, un porcentaje de sus recursos propios y los transferidos por el gobierno nacional, en proporción a su población y los servicios públicos delegados para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados. Sin embargo, los citados artículos fueron modificadas por la Ley N° 30937, el cual en sus artículos 131 y 133 señalaba que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, puede acordar la asignación de una dieta al alcalde de la municipalidad de centro poblado, cuyo monto es fijado teniendo como referencia la dieta que perciben los regidores, y, según corresponda (provincial o distrital), acuerdan la entrega de recursos presupuestales, propios y de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, con arreglo a la normativa presupuestal vigente. Siendo que, la precita Ley, a su vez, también fue objeto de modificación por la Ley N° 31079, la misma que en sus artículos 131 y 133 respectivamente prescribe que la municipalidad provincial o distrital, según corresponda, asigna una dieta mensual al alcalde de municipalidad de centro poblado ascendente a la fijada para los regidores distritales”, y; la municipalidad provincial y distrital, según corresponda, hacen entrega de recursos presupuestales, propios y transferidos por el gobierno nacional de su libre disponibilidad, a la municipalidad de centro poblado, para el cumplimiento de las funciones delegadas, con arreglo a la normativa presupuestal vigente;

ARTÍCULO TERCERO. - La Organización y funcionamiento de los órganos de gobierno de la Municipalidad del Centro Poblado serán regulados de la siguiente forma:

El Concejo Provincial de San Martín, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de agosto del año 2021, visto el Dictamen N° 023-2021-COAAL-MPSM, emitido por la Comisión Ordinaria de Administración y Asuntos Legales;

Que, respecto a las Municipalidades de Centros Poblados, los artículos 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134 y 135 de Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, fueron modificadas por la Ley N° 30937 y Ley N° 31079. Siendo que, ésta última norma, en su Primera Disposición Complementaria Transitoria, expresamente señala que las municipalidades provinciales, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, emiten la ordenanza de adecuación de las municipalidades de centros poblados en funcionamiento. En ese sentido, teniendo en cuenta el artículo 128 de la Ley Orgánica de Municipalidades modificada por la Ley N° 30937 y 31079, la Ordenanza de adecuación deberá precisar: 1. El centro poblado de referencia y su ámbito geográfico de responsabilidad, 2. El régimen de organización interna, 3. Las funciones y la prestación de servicios públicos locales que se le delegan, 4. Los recursos que se le asignan para el cumplimiento de las funciones y de la prestación de servicios públicos locales delegados y 5. Sus atribuciones administrativas y económico-tributarias. Siendo que, además, la ordenanza de creación o de adecuación, según sea el caso, podrá contemplar otros ingresos; Que, mediante documento con registro de ingreso n° 14264, de fecha 17 de diciembre del 2020, el Alcalde de la Municipalidad de Centro Poblado “Leche” solicita adecuación a la Ley N° 31079; Que, conforme al artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa, cuya aprobación, según el artículo 9 numeral 8 de la misma ley, corresponde al Concejo Municipal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Provincial de San Martín aprobó por unanimidad lo siguiente:

a)Al Concejo Municipal, para el ejercicio de las atribuciones establecidas en los numerales 3, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 32, 33, 34 y 35 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades. b)A la Alcaldía, para el ejercicio de las funciones delegadas por la presente ordenanza. c)Otros órganos, para el ejercicio de las funciones delegadas por la presente ordenanza. Es así que, la organización interna de la Municipalidad de Centro Poblado, para el ejercicio de las funciones delegadas, quedará determinado de la siguiente manera: 1.Concejo Municipal 2.Alcaldía 3.Administración Municipal 4.Área Técnica de Servicios Municipales 4.1.Registro Civil 4.2.Autorizaciones y Permisos 4.3.Servicios públicos y sociales 5.Área Técnica de Infraestructura ARTÍCULO CUARTO. - La Municipalidad del Centro Poblado asume las siguientes competencias: 1.Prestación de los servicios públicos de: a)Recojo de residuos sólidos. b)Barrido de calles c)Mantenimiento de áreas verdes d)Seguridad Ciudadana-Serenazgo La prestación de tales servicios podrá efectuarse gradualmente, de acuerdo a las decisiones que la Municipalidad del Centro Poblado considere al respecto. 2.Prestación de servicios administrativos de: a)Otorgamiento de Licencias de funcionamiento tipo básica. b)Otorgamiento de licencias de anuncios c)Otorgamiento de autorizaciones de publicidad exterior (con excepción de aquellas que pretendan el uso del derecho de vida establecido por la Municipalidad Provincial de San Martin). d)Inscripción de hechos vitales en el Registro Civil, en merito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación Estado Civil, conforme a Ley. 3.Prestación de los servicios sociales de: a)Atención a menores –Defensoría Municipal del Niño y Adolescente. b)Atención al adulto mayor-Centro Integral del Adulto Mayor. c)Atención a personas con discapacidad.


INSTITUCIONAL 15// Voces

Viernes, 17 de setiembre de 2021

“Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia”

ORDENANZA MUNICIPAL N° 012-2021-MPSM Tarapoto, 11 de agosto del 2021 d)Atención para la prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo. 4.Ejecución de obras de infraestructura que impliquen el uso intensivo de la mano de obra comunal, de acuerdo a los proyectos de inversión que anualmente aprueban la Municipalidad Provincial de San Martin y/o la Municipalidad Distrital pertinente. ARTÍCULO QUINTO - La Municipalidad del Centro Poblado contará con los recursos que a continuación se indica, para el adecuado cumplimiento de las funciones que se le delega por medio de la presente Ordenanza: a)Los asignados por la Municipalidad Provincial y la respectiva Municipalidad distrital, de conformidad a los acuerdos establecidos; correspondiendo a la Provincial una transferencia mensual que representa el 75% del 50% del UIT vigente, para el cumplimiento de sus funciones y la prestación de servicios públicos locales delegados. b)Para el sostenimiento de la prestación de los servicios públicos delegados, se le faculta a cobrar directamente a la población los arbitrios correspondientes, teniendo en cuenta las tasas aprobadas en la respectiva municipalidad distrital, hasta que cuenten con la capacidad administrativa, presupuestal y financiera para poder asumir sus propios gastos, como el de elaborar su propuesta de creación de tasas así como de los montos a ser cobrados mensualmente, la misma que deberá ser remitida al Concejo Municipal Provincial de San Martín para su aprobación, teniendo en cuenta los plazos establecidos en la normativa vigente. c)Los ingresos que resulten por la prestación de los servicios administrativos delegados en la presente ordenanza, conforme a las tasas aprobadas y fijadas en el TUPA de la respectiva municipalidad distrital, hasta que cuenten con la capacidad administrativa, presupuestal y financiera para poder asumir sus propios gastos, como el de formular su propio Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a fin de que sea evaluado y aprobado por el Concejo Municipal Provincial de San Martín d)Los recursos que sean cobrados para el sostenimiento de los servicios públicos y servicios administrativos a favor de la Municipalidad del Centro Poblado deberán ser rendidos mensualmente por dicho concepto. ARTÍCULO SEXTO. - Las autoridades del Centro Poblado ejercerán las siguientes atribuciones: a)Los Regidores, las establecidas en el artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. b)El Alcalde, las señaladas en los numerales 1, 2, 3, 6, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 25, 28, 31,32,33,34y 35 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972. ARTÍCULO SÉPTIMO. - La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a Ley. ARTÍCULO OCTAVO. – DEROGAR la Ordenanza Municipal 038-2011-MPSM, y toda disposición de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente Ordenanza. REGÍSTRASE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

TRABAJOS DE EXPANSIÓN DE REDES DE MEDIA TENSIÓN POR CONEXIÓN DE SISTEMA EÉCTRICO RURAL CON RESTRICCIÓN DEL SERVICIO ELÉCTRICO – SAN MARTÍN Electro Oriente S.A. conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, artículo 87 de la Ley de Concesiones Eléctricas, se dirige a sus clientes, autoridades y público en general de la provincia de Lamas, región San Martin para informar que, ha programado realizar trabajos de expansión de redes de media tensión por conexión del sistema eléctrico rural Pucallpillo – Shanao, del alimentador TA-S02 (Seccionado en PDS 2S008) con restricción del servicio eléctrico, en la fecha y lugares indicados a continuación: Día interrupción: sábado, 18 de setiembre de 2021 Hora de Inicio: 06:00 Horas a 08:00 Horas Alimentador: TA-S02 (Seccionado PDS 2S008) Lugares Afectados: Sector La Planicie, Sector Oasis, Cactachi, Lamas, Tabalosos, Pinto Recodo, Cuñumbuque, San Juan de Tallaquihui, San Roque de Cumbaza, San Antonio de Cumbaza, Zapatero, Shanao, Las Bambas, Andivieda, Shupíshina. Clientes mayores: Universidad César Vallejo, Don Pollo, Tropical S.A.C., América Móvil del Perú S.A.C. Industrias Molinera Amazonas S.A.C., Torres Arévalo Yorlith, Molino San Clara, Centro Automotriz Perú S.A.C., Universidad Peruana Unión, Molinera Tarapoto S.R.L., Gloria S.A., Piladora Rey León S.A.C., Cooperativa Oro Verde, Agropecuaria La Campiña, Municipalidad Pinto Recodo, Anaconda. Electro Oriente agradece su comprensión por las molestias causadas por estas interrupciones programadas y comunicadas con anticipación. Reiterando su compromiso de continuar trabajando por el desarrollo de la Amazonía peruana. Oficina Imagen Institucional 16 de setiembre de 2021

#CUIDÉMONOSTODOS

TRABAJAMOS POR TU BIENESTAR Y SEGURIDAD: : EL ROBO DE CABLES Y ENERGÍA ELÉCTRICA ESTA PENADO POR LEY. EVITA SER CÓMPLICE Y DENUNCIA ESTOS CASOS.

FONOSERVICIO SAN MARTÍN (LÍNEA DE EMERGENCIA) (01) 3506289

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA OFICINA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC, de fecha 09 de agosto de 2017; que aprueba con eficacia anticipada la Directiva DI-415-GRC/032, “Procedimientos Registrales para la Inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil ante Oficinas Autorizadas”, Primera Versión; la cual entra en vigencia a partir del 03 de agosto de 2017. Ante la Oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, se presentó el señor ROBERTO PIZANGO HIDALGO, identificado con DNI Nº 00825626, con domicilio en Jr. Miguel Grau s/n , Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, a solicitar la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrita bajo el Nº 317 , del 12 de diciembre de 1952, ya que al momento del registro se incurrió en error en el cuerpo de la misma, en el nombre de la madre del titular del acta, donde dice “MARIA BELEN”, siendo lo correcto “BELÉN ” , motivo por el cual solicitó la rectificación correspondiente. Moyobamba, setiembre del 2021. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA, REGIÓN SAN MARTÍN. Eyla Chamaya Tarrillo, Registradora Civil de la Oficina de Registro y Estado Civil, DNI Nº 75046456.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA OFICINA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC, de fecha 09 de agosto de 2017; que aprueba con eficacia anticipada la Directiva DI-415-GRC/032, “Procedimientos Registrales para la Inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil ante Oficinas Autorizadas”, Primera Versión; la cual entra en vigencia a partir del 03 de agosto de 2017. Ante la Oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, se presentó la señora LESLIE JACKELINE MEDINA GÁRATE , identificada con DNI Nº 06797576, con domicilio en Av. Grau s/n , Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, a solicitar la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrita bajo el Nº 296 , del 10 de setiembre de 1963, ya que al momento del registro se incurrió en error en el cuerpo de la misma, ya que se omitió el segundo nombre de la madre del titular del acta, donde dice “BLANCA”, siendo lo correcto “BLANCA LILÍ ” , motivo por el cual solicitó la rectificación correspondiente. Moyobamba, setiembre del 2021. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA, REGIÓN SAN MARTÍN. Eyla Chamaya Tarrillo, Registradora Civil de la Oficina de Registro y Estado Civil, DNI Nº 75046456.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA OFICINA DE REGISTRO Y ESTADO CIVIL RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE ACTA DE NACIMIENTO

TDG-A/MPSM c.c. GM Imag. Inst. Archivo

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Secretarial N° 049-2017-SGEN/RENIEC, de fecha 09 de agosto de 2017; que aprueba con eficacia anticipada la Directiva DI-415-GRC/032, “Procedimientos Registrales para la Inscripción de Hechos Vitales y Actos Modificatorios del Estado Civil ante Oficinas Autorizadas”, Primera Versión; la cual entra en vigencia a partir del 03 de agosto de 2017. Ante la Oficina de Registro y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, se presentó la señora ESTHER IMELDA MEDINA GÁRATE , identificada con DNI Nº 00816484, con domicilio en Av. Grau s/n , Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, a solicitar la Rectificación Administrativa de su Acta de Nacimiento, inscrita bajo el Nº 255 , del 16 de setiembre de 1960, ya que al momento del registro se incurrió en error en el cuerpo de la misma, ya que se omitió el segundo nombre de la madre del titular del acta, donde dice “BLANCA”, siendo lo correcto “BLANCA LILÍ ” , motivo por el cual solicitó la rectificación correspondiente. Moyobamba, setiembre del 2021. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA, REGIÓN SAN MARTÍN. Eyla Chamaya Tarrillo, Registradora Civil de la Oficina de Registro y Estado Civil, DNI Nº 75046456.


AVISOS Viernes, 17 de setiembre 2021


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DIARIO VOCES PERIODISMO PROFESIONAL A SU SERVICIO 17-09-21 by rosaliq - Issuu