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Revista de prensa Dieciocho de marzo de 2013
1. Mayor control en los subsidios por desempleo para los mayores de 55 años 2. Los funcionarios también podrán compatibilizar pensión y empleo como el resto de trabajadores 3. El Gobierno exigirá 35 años cotizados para jubilarse anticipadamente 4. España, en cabeza de la desigualdad social en Europa 5. Aumenta el número de estudiantes que se queda sin beca. Un 11% de alumnos 6. Chipre acepta un 'corralito' a cambio de un rescate de 10.000 millones de euros
7. LA Junta habilita el 012 para atender a las familias que demandan alimentos 8. Los salarios caen el 5,4% en la región y los trabajadores pierden 2,5 puntos de poder adquisitivo
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Mayor control en los subsidios por desempleo para los mayores de 55 años
Se tendrán en cuenta los ingresos familiares, no sólo los del beneficiario, para evitar que en una misma vivienda haya dos sueldos o más sin que ninguno de sus habitantes esté trabajando
La norma aprobada este viernes por el Consejo de Ministros homogeneiza la regulación del subsidio para mayores de 55 años en relación con el resto de prestaciones del sistema, y se refuerzan las políticas activas de empleo destinadas a este colectivo. En la actualidad, un parado de más de 55 años que quiera acceder al subsidio por desempleo debe percibir unas rentas de cualquier naturaleza inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional (es decir, menos de 484 euros mensuales). Sin embargo, el real decreto establece que a la hora de analizar este requisito se tendrán en cuenta las rentas de toda la unidad familiar. También se modifican las aportaciones económicas que tienen que efectuar las empresas o grupos de empresas que ocupen a más de cien trabajadores con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a personas de cincuenta o más años. De esta forma, se compensa el impacto que generan estos procesos sobre el sistema de protección por desempleo y de pensiones, con el objeto de desincentivar en mayor medida los ajustes de plantilla que perjudican a trabajadores de mayor edad de forma discriminatoria. Esta situación genera un acortamiento de la vida laboral (más del 40% de las jubilaciones era anticipada) y enormes cargas al sistema (la mayor parte de las jubilaciones anticipadas accedía desde prestaciones y subsidios). Por ello, se modifica la compensación que deben pagar las empresas de mayor tamaño por la inclusión de trabajadores de más edad en despidos colectivos. Así, se exige la compensación no sólo a las empresas que estuvieran en situación de beneficios, sino también a aquellas en pérdidas que en cinco años obtengan resultados positivos. El objetivo es desincentivar la inclusión de trabajadores mayores en despidos colectivos, mucho más difíciles de reinsertar en el mercado laboral.
Para evitar que se utilice la edad como criterio preferente de selección de los trabajadores objeto de despido, la obligación se exigirá en el caso en que el porcentaje de trabajadores despedidos de cincuenta o más años sobre el total de despidos sea superior al porcentaje que los trabajadores de esa edad representan sobre el total de la plantilla de la empresa.
Los funcionarios también podrán compatibilizar pensión y empleo como el resto de trabajadores Los funcionarios también podrán compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con el ejercicio de una actividad en el sector privado, por cuenta propia o ajena, tal y como ha aclarado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas este sábado.
De este modo, el Real Decreto Ley de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo, aprobado ayer por el Consejo de Ministros y publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado para adecuar el régimen de los funcionarios. Así, se establece que el cobro de las pensiones de jubilación o retiro "será compatible con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social". Asimismo, explica que se podrá cobrar, como en el sector privado, el 50% de la pensión. El régimen de compatibilidades de la pensión de jubilación o retiro de clases pasivas regulado será de aplicación a las pensiones que se causen o hayan causado a partir de 1 de enero de 2009. La posibilidad de compatibilizar el trabajo por cuenta propia o ajena, ya sea a jornada completa o a tiempo parcial, con el cobro de una pensión de jubilación ordinaria o demorada es una de las novedades del Real Decreto Ley aprobado ayer por el Gobierno y que entra en vigor mañana. Hasta ahora, la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión sólo existía para los asalariados a tiempo parcial y para los autónomos con ingresos no superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para poder simultanear salario y pensión, se exigirá haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, aunque quedan excluidos aquellos que tengan derecho a la pensión completa. La persona que opte por esta modalidad cobrará del 50% de la pensión que le corresponda --importe de reconocimiento inicial y de las revalorizaciones sin incluir complementos a mínimos--. Una vez que el contrato acabe y el trabajador decida jubilarse de modo definitivo percibirá el 100% de la pensión más el complemento a mínimo al que tuviera derecho. JUBILACIÓN ANTICIPADA CON 35 AÑOS COTIZADOS El decreto ley establece además la necesidad de sumar 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la jubilación anticipada forzosa y también en la jubilación parcial. También elevado la edad para acceder a estas modalidades, en consonancia con la última reforma de pensiones. Además, la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria se establece en dos años antes de la edad legal, es decir, 63 años y un mes para 2013, que se irá incrementándose manera progresiva, hasta alcanzar los 65 años en 2027, año en el que la edad legal de retiro alcanzará los 67 años en virtud de la última reforma de pensiones, en vigor desde el pasado 1 de enero. Fuentes del Ministerio de Empleo precisaron que cuando todas estas medidas estén en pleno funcionamiento supondrán un ahorro de más de 5.000 millones de euros para el sistema al año. Además, concretaron que sólo las medidas referidas a la jubilación parcial supondrán un ahorro del 70% del coste al sistema, que actualmente es de unos 2.400 millones anuales. En el caso de la compatibilización de pensión y salario, este impacto superará los 2.000 millones adicionales al año. En el caso de la jubilación anticipada forzosa, la norma la establece cuatro años antes de la edad legal, de tal forma
que, una vez que entre en vigor, la edad de acceso será en 2013 de 61 años y un mes, y subirá gradualmente año tras año hasta alcanzar los 63 años en 2027. Asimismo, con esta nueva reforma el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación parcial pasará de 30 a 33 años y para poder acogerse a esta modalidad se exigirá ser demandante de empleo al menos seis meses de la solicitud, tras un despido colectivo o un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; una resolución judicial conforme a la Ley concursal; fuerza mayor; muerte o jubilación del empresario, y violencia de género. MENOS DESPIDOS DE MAYORES DE 50 AÑOS Por otro lado, el decreto introduce cambios en el capítulo de las aportaciones al Tesoro que tienen que realizar las empresas o grupos de más de 100 trabajadores que incluyan a mayores de 50 años en despidos colectivos. El cambio consiste en que ahora las aportaciones deberán realizarse exclusivamente cuando exista "discriminación por razón de la edad en los despidos", es decir, en la medida en que "el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa". Asimismo, a partir de ahora, además de las empresas que hayan obtenido beneficios en los dos ejercicios anteriores al despido colectivo, quedarán incluidas aquellas que obtengan beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos, dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al despido colectivo y los cuatro ejercicios económicos posteriores a esa fecha.
El Gobierno exigirá 35 años cotizados para jubilarse anticipadamente Pedirá seis años de antigüedad en la empresa a los jubilados parciales y permitirá compatibilizar trabajo y pensión. El Gobierno exigirá una carrera mínima de 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la jubilación anticipada forzosa y también en la jubilación parcial. También ha elevado la edad para acceder a estas modalidades, en consonancia con la última reforma de pensiones. Éstas son algunas de las medidas aprobadas este viernes por el Gobierno a través de un Real Decreto-ley con el que, en general, endurece las condiciones de acceso a la jubilación anticipada y parcial, rebaja los costes de las empresas en los despidos colectivos que incluyan pocos trabajadores de 50 años, y permite combinar salario y pensión, con independencia de la jornada laboral, a todos los trabajadores, excepto a los funcionarios. El Real Decreto-ley, que lleva por título 'Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo', pretende 'poner cerco' a las jubilaciones anticipadas actuando sobre la edad de acceso, los años de cotización exigidos y los coeficientes reductores que se aplicarán a la pensión por cada año de adelanto a la edad legal de jubilación. En concreto, y en lo que respecta a la jubilación anticipada de carácter voluntario, se eleva a 35 años el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a esta figura, a la que podrán acogerse los trabajadores de todos los regímenes, siempre que la pensión resultante supere la pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años. Además, la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria se establece en dos años antes de la edad legal, es decir, 63 años y un mes para 2013, que se irá incrementándose manera progresiva, hasta alcanzar los 65 años en 2027, año en el que la edad legal de retiro alcanzará los 67 años en virtud de la última reforma de pensiones, en vigor desde el pasado 1 de enero. Los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que, cumpliendo los requisitos anteriores, se jubilen anticipadamente de manera voluntaria serán del 8% con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses. Jubilación anticipada forzosa En el caso de la jubilación anticipada forzosa, la norma la establece cuatro años antes de la edad legal, de tal forma que, una vez que entre en vigor, la edad de acceso será en 2013 de 61 años y un mes, y subirá gradualmente año tras año hasta alcanzar los 63 años en 2027. El periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación parcial pasará de 30 a 33 años y para poder acogerse a esta modalidad se exigirá ser demandante de empleo al menos seis meses de la solicitud, tras un despido colectivo o un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; una resolución judicial conforme a la Ley concursal; fuerza mayor; muerte o jubilación del empresario, y violencia de género. Los coeficientes reductores que se aplicarán sobre la pensión serán, por cada año de adelanto respecto a la edad legal, del 6% para los que hayan cotizado más de 44,6 años; del 6,5% para entre 41,6 y 44,5 años cotizados; del 7% para entre 38,6 y 41,5 años cotizados, y del 7,5% para 38,5 años cotizados o menos. Jubilación parcial En el caso de la jubilación parcial, la edad de acceso se sitúa en dos años con respecto a la edad legal, es decir, 63,1 meses en 2013 y 65 años en 2027. Los años de cotización mínimos necesarios para acogerse a esta modalidad serán 33 (en caso de personas con discapacidad serán 25 años) y se exigirá también al interesado una antigüedad de seis años en la empresa.
Los jubilados parciales verán reducida su jornada entre un 25% y un 50% o incluso hasta un 75% si el trabajador relevista está contratado a tiempo completo y de manera indefinida. El relevista tendrá que estar en el paro, o ser trabajador de la misma empresa con un contrato limitado, o socio trabajador de una cooperativa o de trabajo asimilados en el caso de trabajadores por cuenta ajena. Entre la base de cotización del jubilado parcial y el trabajador que le releva deberá existir una equivalencia del 65% y el contrato del relevista tendrá que durar hasta el jubilado parcial alcance la edad legal de jubilación vigente en cada momento. Si el relevista tiene contrato indefinido, la norma dice que se añadirán dos años más. Ambos trabajadores cotizarán por el 100% de la jornada (50% en 2013, con subidas anuales del 5%). El 'pensionista activo' pagará una 'cuota de solidaridad' Una de las novedades del decreto es la posibilidad de compatibilizar el trabajo por cuenta propia o ajena, ya sea a jornada completa o a tiempo parcial, con el cobro de una pensión de jubilación ordinaria o demorada. Esta opción, que el Gobierno denomina 'pensionista activo', no será posible en el caso de jubilaciones anticipadas o bonificadas por trabajos penosos o tóxicos. Hasta ahora, la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión sólo existía para los asalariados a tiempo parcial y para los autónomos con ingresos no superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para poder simultanear salario y pensión, se exigirá haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, aunque quedan excluidos aquellos que tengan derecho a la pensión completa. La persona que opte por esta modalidad cobrará del 50% de la pensión que le corresponda --importe de reconocimiento inicial y de las revalorizaciones sin incluir complementos a mínimos--. Una vez que el contrato acabe y el trabajador decida jubilarse de modo definitivo percibirá el 100% de la pensión más el complemento a mínimo al que tuviera derecho. En el caso de la cotización, empresa y trabajador-pensionista cotizarán sólo por Incapacidad Temporal (IT) y contingencias profesionales, si bien aportarán una 'cuota de solidaridad' al sistema, no computable para prestaciones, del 8%, de la que el 6% correrá a cargo de la empresa y el 2%, del 'pensionista activo'. Menos despidos de mayores de 50 años Por otro lado, el decreto introduce cambios en el capítulo de las aportaciones al Tesoro que tienen que realizar las empresas o grupos de más de 100 trabajadores que incluyan a mayores de 50 años en despidos colectivos, la llamada 'Enmienda Telefónica', a los que tiene que costear el desempleo y las cotizaciones. El cambio consiste en que ahora las aportaciones deberán realizarse exclusivamente cuando exista "discriminación por razón de la edad en los despidos", es decir, en la medida en que "el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa". Asimismo, a partir de ahora, además de las empresas que hayan obtenido beneficios en los dos ejercicios anteriores al despido colectivo, quedarán incluidas aquellas que obtengan beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos, dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al despido colectivo y los cuatro ejercicios económicos posteriores a esa fecha.
España, en cabeza de la desigualdad social en Europa Ningún país de nuestro entorno ha sufrido un retroceso tan acusado del sistema de bienestar, según el informe realizado por la Fundación Alternativas MIGUEL SALVATIERRA | MADRID
Una mujer busca en un contenedor de basura en Bilbao. / Reuters La desigualdad social crece más en España que en otros países de nuestro entorno con especial incidencia en jóvenes, mujeres e inmigrantes por el tipo de empleo que tienen: más vulnerable, más temporal y peor pagado. Las distancias entre ricos y pobres y la diferencia de ingresos nunca habían sido tan amplias en los últimos años. Esta son algunas de las principales conclusiones del primer Informe sobre la Desigualdad en España 2013 realizado por la Fundación Alternativas y dirigido por el catedrático Jesús Ruiz- Huerta. Lectura política Una de las lecturas de los datos señala a la falta de equidad en la base de la mala relación de la ciudadanía con la clase política y de su creciente desafección, tal como reflejan las encuestas del CIS. Tras Lituania y Bulgaria, España sería el país menos igualitario. En el repaso que se realiza en el informe sobre algunos países, una de las conclusiones de mayor relevancia es la que se refiere a la gran acumulación de ingresos que se produce entre los sectores con mayor capacidad económica. Según datos de la OCDE, el 1% más rico de Estados Unidos pasó de controlar el 8% de los ingresos totales, antes de impuestos y trasferencias, al 18% entre 1980 y 2008. En el Reino Unido, el mismo indicador entre los años setenta y 2005, implicó un aumento desde el 7,1% al 14,3%. En otros países, como Francia, la evolución no fue tan acentuada aunque los porcentajes de ingresos fueran elevados. En el país vecino el indicador se mantuvo en el entorno del 8% entre los años ochenta y dos mil. En este marco, España presenta un caso singular, ya que mientras en los años ochenta en buena parte de los países de la OCDE aumentaron las diferencias de renta entre hogares, la desigualdad disminuyó en nuestro país. Por el contrario, la etapa de bonanza económica, que se prolongó desde mediados de los noventa hasta el inicio de la crisis, apenas albergó avances en la distribución de renta en España, aunque hubo mayor extensión del empleo de bajos salarios y se redujeron las diferencias salariales, fruto sobre todo de la burbuja inmobiliaria. Caída de las rentas más bajas Como ha señalado uno de los autores de la investigación, Luis Ayala: "El crecimiento de la renta media no sirvió ni para estrechar las diferencias de renta entre los hogares ni para aliviar el riesgo de pobreza de una proporción considerable de la población". Según el informe, la crisis ha provocado en nuestro país un hundimiento en términos reales de las rentas más bajas mientras que las medias se han sostenido y las altas han seguido creciendo. Este perfil tan regresivo no se habría producido en ningún otro país europeo.
Los recortes con especial efecto en sanidad, educación y prestaciones sociales habrían acentuado las carencias de esos sectores más vulnerables. Con vista al futuro, los autores del informe no son nada optimistas al señalar que niveles mejores de empleo no significan que recuperemos los índices de equidad social. También se hace hincapié en que las sociedades más igualitarias son además más eficaces económicamente y menos corruptas.
Aumenta el número de estudiantes que se queda sin beca Un 11% de alumnos se queda sin beca tras endurecerse los requisitos académicos Estudiantes en el campus Miguel de Unamuno. FOTO: ARCHIVO
El Ministerio de Educación ha endurecido los criterios académicos para que los alumnos puedan obtener una beca. Por este motivo, ha subido en un 11% el porcetaje de estudiantes que se queda sin beca pese a cumplir todos los requisitos. R.D.L.
De las 12.809 peticiones que los estudiantes han registrado eligiendo como destino la Universidad de Salamanca, el Ministerio de Educación ha concedido 6.367 becas y ha denegado 5.731. El número de solicitudes ha subido apenas un 1% con respecto al año anterior, mientras que las becas concedidas se han reducido en 651 y las denegadas han aumentado en 1.200. Este curso, por primera vez, los estudiantes de primer año, es decir, los alumnos que pasaron del Bachillerato a la Universidad, han tenido que sacar una nota mínima de 5,50 en la Prueba de Acceso a la Universidad (Selectividad). Hasta ahora no se exigía ninguna puntuación mínima.
Chipre acepta un 'corralito' a cambio de un rescate de 10.000 millones de euros La UE impone una quita a los depósitos por debajo de 100.000 euros La cantidad acordada por la eurozona y el FMI es notablemente inferior a la solicitada por el país
El presidente chipriota, Nikos Anastasiadis. / Orestis Panagiotou (Efe) | Atlas Los ministros de Economía de la eurozona han cerrado esta madrugada un acuerdo para ofrecer a Chipre una ayuda financiera "de hasta 10.000 millones de euros", para contribuir a solventar sus problemas de deuda, según ha confirmado el presidente del Eurogrupo y ministro de Finanzas holandés, Jeroen Dijsselbloem. Los ministros han logrado el acuerdo tras algo más de diez horas de negociaciones en la sede del Consejo de la UE en Bruselas, en donde ha permanecido el presidente de Chipre, Nicos Anastasiades, quien ha optado por continuar en la capital europea tras la cumbre de jefes de Estado y de Gobierno del viernes para poder seguir de cerca las discusiones, según han explicado fuentes de su delegación. Dijsselbloem ha confirmado que el coste del rescate se estima en un máximo de 10.000 millones y que entre las condiciones acordadas figura introducir una tasa del 6,75 por ciento sobre los depósitos de hasta 100.000 euros y del 9,9 por ciento en los depósitos por encima de ese monto, una medida con la que Nicosia espera recaudar 5.800 millones de euros. Además, se aumentará del 10 al 12,5 por ciento el impuesto de sociedades. Con la quita a los depósitos por debajo de 100.000 euros se rompe la garantía que la UE acordó para ese tipo de cuentas, pero Dijsselbloem ha justificado la necesidad de un programa específico para afrontar una "situación especial". Sobre la participación del Fondo Monetario Internacional (FMI) en la operación, Dijsselbloem ha dicho que sería deseable y la directora gerente de la institución internacional, Christine Lagarde, ha confirmado que va a "recomendar" la participación del FMI en el rescate, aunque ha dicho que la cifra de su contribución está por "aclarar" aún. "Medidas ambiciosas" El programa se basa en un conjunto de "medidas ambiciosas" para "garantizar la estabilidad del sector financiero" y "determina las acciones para cumplir el ajuste fiscal requerido y reformas estructurales para apoyar la competitividad y el crecimiento equilibrado y sostenible", según el comunicado difundido por el Eurogrupo. "La asistencia financiera para Chipre está garantizada para salvaguardar la estabilidad financiera de la isla y de la zona euro en su conjunto", ha añadido Dijsselbloem en la rueda de prensa. Por su parte, el miembro del comité ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE) Jörg Asmussen ha adelantado que las medidas exigidas a Nicosia se empezarán a tramitar este fin de semana para que la tasa pueda entrar en vigor desde este martes -el lunes es día festivo en Chipre-. También ha dicho Asmussen que el Banco Central Chipriota cuenta con "un plan de contingencia" para evitar la fuga de capitales y que está previsto que el valor de la quita de cada depósito quede "congelado". El ministro chipriota, Michalis Sarris, ha matizado en una comparecencia ante la prensa al término del encuentro que los depositantes recibirían acciones equivalentes a la tasa que se les reste.
Finalmente, la cifra de 10.000 millones de euros supone una revisión a la baja del rescate inicial de 17.000 millones de euros que solicitó Nicosia y se espera que con esta ayuda se logre reducir la deuda del país desde alrededor del 150 por ciento al 100 por ciento en 2020, tal y como pedía el Fondo Monetario Internacional. El Eurogrupo espera que se apruebe formalmente el rescate "en la segunda mitad de abril de 2013" y se someta a la ratificación de los procedimientos nacionales, algo que el comisario de Asuntos Económicos y Monetarios, Olli Rehn, ha pedido que ocurra "en un tiempo razonable, para evitar mayores retrasos" en su activación. En su comunicado final, el Eurogrupo dice también que espera un acuerdo de Chipre con Rusia, sobre una "contribución financiera" de este país a Nicosia
LA Junta habilita el 012 para atender a las familias que demandan alimentos La marca Tierra de Sabor participará en el proyecto La red de alimentos para familias con necesidades da un paso más, el de atender el acceso a la comida de forma tan urgente que se atenderá, o de forma inmediata, o sin que supere las 24 horas. El teléfono 012 canalizará la demanda a través de Cruz Roja, y con el Banco de Alimentos, no solamente para analizar esa necesidad urgente de alimentos sino para ‘aprovechar’ esa demanda para atender otras necesidades sociales desde higiénicas a Renta Garantizada o entrar en el programa deshaucios. La consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Milagros Marcos, ha explicado el nuevo programa junto a la responsable de Agricultura y Ganadería, Silvia Clemente, dada la participación de la marca Tierra de Sabor en este proyecto. El programa busca en definitiva atender casos muy serios de necesidad de productos alimenticios pero también favorecer la integración social o que no se pierdan estos vínculos. El teléfono, y la atyuda, están hábiles desde ya mismo. El Banco de Alimentos, Cruz Roja, Cáritas y la Consejería de Agricultura y Ganadería, además de implicar a las direcciones generales de Función Pública y de Transporte, a través de la red de logística CYLOG, han apostado por un programa de alimentos que se nutrirá del Banco de Alimentos que llena sus almacenes de los excedentes de empresas y donaciones. Milagros Marcos repasó las fases que harán posible la llegada de alimentos básicos a estos hogares en esta experiencia pionera en España. En primer lugar, la detección de la urgencia que puede llegar desde los propios servicios sociales de las corporaciones locales –en los pueblos es especialmente fácil conocer las situaciones familiares–; desde el tercer sector y los casos que ya atiende o conoce o desde la voz de cualquier ciudadano. El 012 recoge la demanda y deriva la urgencia para una atención inmediata o con un máximo de tiempo de las citadas 24 horas. Una vez canalizada la llamada, Cruz Roja llama al interesado, valora la situación global para ir más allá de la ayuda puntual y elabora un plan individual de provisión que dependerá de las características de ese núcleo familiar, de la existencia o no de menores, de algún tipo de ingreso económico.... Después le asigna la frecuencia, composición y una forma de acceso, Así podrá o bien acudir a un punto de reparto o, incluso, en determinadas ocasiones, la comida podrá llevarse hasta el domicilio de los interesados...
Los salarios caen el 5,4% en la región y los trabajadores pierden 2,5 puntos de poder adquisitivo El coste salarial mensual por trabajador se situó en Castilla y León 176 euros por debajo de la media en el cuarto trimestre de 2012 15Los trabajadores de Castilla y León perdieron otros dos puntos y medio de poder adquisitivo en el cierre de 2012, la diferencia entre lo que bajaron los salarios en el cuarto trimestre (el 5,4%, hasta situarse 1.770,54 euros) y la subida que marcaron los precios (2,9%) en diciembre. El Índice de Costes Laborales del Instituto Nacional de Estadística revela también que estos cayeron en la región el 2,3% el pasado año hasta los 2.428 euros, 170 euros por debajo de la media nacional. En el conjunto de España, los costes salariales (que comprenden todas las remuneraciones, tanto en metálico como en especie) subieron el 3,6% y los laborales (que incluyen las cotizaciones sociales), el 3,2%. El País Vasco y Madrid fueron las autonomías con los costes laborales más elevados, al superar en la media (2.598,69), con 3.085 y 2.984 euros, respectivamente. En el polo opuesto se encontraron Canarias, con 2.127 euros, Extremadura (2.147) y Galicia (2.256). El coste salarial por trabajador y mes en España fue de 1.946 euros, de nuevo con el País Vasco, con 2.340 euros, y Madrid, con 2.254, a la cabeza y Canarias (1.584 euros), Extremadura (1.588) y Galicia (1.672) en la cola. En cuanto a otros costes por trabajador y mes, en Castilla y León se cerró 2012 con 657 euros, tras una subida del 7,5% debido a las indemnizaciones por despidos, mientras que de la media del país, que cayó un 1,8%, fue de 651 euros. Por sectores de actividad y a nivel nacional, la industria fue el único sector que presentó en el cuarto trimestre un repunte interanual del coste laboral total, con un avance del 0,7%, hasta los 3.115,18 euros. La construcción, por su parte, mantuvo el coste laboral en 2.836,06 euros, y los servicios lo recortaron un 4,2%, hasta los 2.477,32 euros. Por su lado, la construcción fue el único sector donde aumentó el coste salarial, un 0,4%, hasta los 2.026,13 euros, pero este incremento fue compensado por el descenso de los otros costes en un 0,9%. El sector servicios registró retrocesos en todos los componentes del coste laboral y fue el sector donde más se redujo el coste salarial total, un 4,7%, hasta los 1.865,84 euros. En el cuarto trimestre del año pasado, el salario más elevado correspondió a la industria (2.325,22 euros por trabajador y mes), aunque bajó un 0,2% respecto al mismo periodo de 2011. La industria también fue el sector donde más aumentaron los otros costes, un 3,7%, por el repunte de las indemnizaciones por despido. Por actividades económicas, la de suministro de energía eléctrica y gas y actividades financieras y de seguros son las que presentan los costes laborales más elevados, con 6.127,7 y 4.740,3 euros por trabajador y mes, respectivamente, mientras que los menores corresponden a las actividades administrativas y de servicios (1.810,1 euros) y hostelería (1.561,3 euros). Los crecimientos interanuales más significativos de los costes laborales en el cuarto trimestre de 2012 se los anotaron las actividades de suministro de energía eléctrica y las industrias extractivas, con avances superiores al 7%, mientras que las mayores caídas fueron para las actividades sanitarias (-9,3%) y la administración pública (-14,4%). Según los datos de Estadística, la jornada semanal media pactada (considerando conjuntamente tiempo completo y parcial) alcanzó las 34,6 horas en el cuarto trimestre de 2012, perdiéndose una media de 5,1 horas por semana, de las que más del 70% se perdieron por vacaciones y fiestas disfrutadas, informa Europa Press. Si se añaden las horas extras y se restan las horas perdidas, la jornada se reduce a 29,6 horas efectivas de trabajo.