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Junta Central Electoral (JCE)
La Junta Central Electoral (JCE) constituye una entidad de derecho p煤blico, dotada de personer铆a jur铆dica, autonom铆a econ贸mica y presupuestaria, patrimonio propio e inembargable, capacidad para realizar todos los actos jur铆dicos que fueren 煤tiles para el logro de sus fines, en la forma y condiciones que la Constituci贸n, las leyes y sus reglamentos determinen. Desde 12 de abril de 1923, la Rep煤blica Dominicana cuenta con una instituci贸n especializada en materia comicial. La Junta Central Electoral (JCE), es el organismo que por mandato constitucional (Art. 92) est谩 encargado de organizar y dirigir las elecciones, garantizando el real ejercicio de la ciudadan铆a en nuestra naci贸n. Otra importante atribuci贸n es la de administrar y normar los actos del Estado Civil de los dominicanos y dominicanas.