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Sistema Oficial de Contratación Pública Lunes 5 de Febrero de 2018 | 14:44 RUC: 1103452627001 Inicio
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Descripción del Proceso de Contratación Entidad:
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
Objeto de Proceso :
ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RIO CHICHIPE CANTON CHINCHIPE PARROQUIA LA CHONTA SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1
Código:
LCC-GADPZCH-002-2017
Tipo Compra:
Consultoría
Presupuesto Referencial Total (Sin Iva):
USD 73,389.88
Tipo de Contratación:
Lista corta
Comisión Técnica:
Si
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Miembros Comisión Técnica
Cédula / Núm. Identificación
Apellidos y Nombres
Función en la Comisión Técnica
1103305049
JIMENEZ JARA JUAN EUGENIO
Profesional designado por la máxima autoridad, quien lo presidirá
1103452627
CISNEROS PEREZ PABLO HERNAN
Titular del área requirente Profesional afín al
1104706567
REINOSO SALINAS WILSON EDUARDO
1400846364
ANTUASH JIMBICTI MANUEL RAMIRO
Forma de Pago:
Anticipo: 30% Saldo: Pagos por Planilla 70.00%
Tipo de Adjudicación:
Total
Plazo de Entrega:
180 dias
Vigencia de Oferta:
60 dias
Funcionario encargado del proceso:
Estado del Proceso:
Descripción:
objeto de la contratación
designado por la máxima autoridad Secretario/a
crisbvv1991@gmail.com
Esperar Acuerdo ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RIO CHICHIPE CANTON
CHINCHIPE PARROQUIA LA CHONTA SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1
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Documentos Anexos
LCC-GADPZCH-002-2017
Resolución de Aprobación de Pliegos Descripción del Archivo
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RESOLUCION DE INICIO
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TDR ESTUDIOS Y DISENOS SISTEMA RIEGO LA CHONTA
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PLIEGOS
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PEDIDO
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CONVOCATORIA
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COMISION TECNICA
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CERTIFICACION PAC
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CERTIFICACION ECONOMICA
Archivo Pliego USHAY Descripción del Archivo
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contratacion_pli_conliscor.ushay
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ACTA DE APERTURA
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ACTA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS
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ACTA DE CALIFICACION LA CHONTA
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Fechas de Control del Proceso
LCC-GADPZCH-002-2017
Fecha de Publicación
2017-12-20 16:00:00
Indicar la fecha real en la cual desea publicar el Proceso.
Fecha Límite de Preguntas
2017-12-26 16:00:00
Fecha máxima para solicitar aclaraciones respecto al Proceso de Contratación.
Fecha Límite de Respuestas
2017-12-29 16:00:00
Fecha máxima para solventar cualquier inquietud relacionada al Proceso de Contratación.
Fecha Límite entrega Ofertas
2018-01-05 16:00:00
Fecha máxima de entrega Ofertas
Fecha Apertura de Ofertas
2018-01-05 16:15:00
Fecha para la apertura de los sobres de las ofertas.
Fecha Límite solicitar Convalidación
2018-01-10 16:05:25
Fecha máxima para que la Entidad notifique los errores de forma en las ofertas.
Fecha Límite respuesta Convalidación
2018-01-12 17:00:00
Fecha máxima para respuestas de Convalidación de Errores.
Fecha Inicio evaluación Oferta
2018-01-12 17:01:00
Fecha de inicio de evaluación de las ofertas.
Fecha Límite resultados Finales
2018-01-17 17:00:00
- Fecha máxima para que la entidad publique la evaluación final Oferta Técnica. - El sistema realiza evaluación Oferta Económica y Evaluación Total, y determina el orden de prelación (excepto en contratación directa). - Se inicia la etapa de negociación.
Fecha Estimada de Adjudicación
2018-01-18 17:00:00
Fecha estimada para la Adjudicación de la compra.
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GOBIERNO PROVINCIAL
Zamora Chinchipe
Gobierno Autenomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe
PREFECTURA
RESOLUCION No. 012-AP-GADPZCH-2017 ING. KARLA RE.A1EGUI ENCARNACION PREFECTA PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE (E) CONSIDERANDO: Que, mediante Suplemento del Registro Oficial No. 395, de fecha 4 de agosto de 2008, se publico la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica, que determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratacion para la adquisiciOn o arrendamiento de bienes, ejecucion de obras y prestacion de servicios, incluidos los de consultoria que realicen los organismos y dependencias de las funciones del Estado; Que, mediante Suplemento del Registro Oficial No. 588, de fecha 12 de mayo de 2009, se expide el Reglamento General de la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica; Que, el Institute Nacional de Contratacion Pliblica, de conformidad a lo estipulado en el artIculo 20 del Reglamento a la Ley - Organica del Sistema Nacional de Contratacion Ptiblica, ha elaborado los modelos obligatorios de los Pliegos, que estan disponibles para las entidades contratantes en el Portal www.compraspublicas.gob.ec; Que, tanto la Ley Organica del Sistema Nacional de.Cantr-a-tac$On su Reglamento General, determinan que los Pliegos para_ los_ diferentes_ procesos contractuales deben ser_aprobarlos porola_maxima_Autoridad de la institution. Que en el presente caso, es el Prefecto Provincial de Zamora Chinchipe, segim lo dispone el ordinal 16 del articulo 6 de la Ley Organica-del Sistema_Nacional de_Contratacion
Que, mediante Resolution No. 010-CCT-GADPZCH-2017, de fecha 22 de noviembre de 2017, el Prefecto Provincial de Zamora Chinchipe, conforma la Comision Tecnica integrada por los senores: Mg. Juan Jimenez Jara, Director de Obras Pdblicas de la Institution, quien la presidird; Ing. Pablo Cisneros Perez, kit ;IX Directorb de Rib y--.D y-Dre-rt-T a-e de-la Institution,, como titular del area requirente, e, Tug. ....„- LI.] Wilson Reinoso Salinas, Profesional afin al objeto de la contratacion, para el proceso w ,-, ;1(5 de Contratacion de la "ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD, ESTUDIOS Y DISE&OS i0 — DEFINITIVOS PARA OBRAS DE RIEGO EN EL CANTON CHINCHIPE, tt .---PARROQUI-A LA GHON-TA. ZONA 1"; 1-.,.. ."'.' ? ;cc Que, dentro del presupuesto General de I n ruses y Gastos del Gobicrno Provincial de Zamora Chinchipe, existe la partida presupuestaria niimero: 33.730605.000.9024, lIcAI "...1 denominada Estudio y Diseno para la Construction de Obras de Riego Agricola en i.w Terrenos Productivos en la cuenca del rio Chinchipe, Canton Chinchipe, como obra de la certificaciOn del Director Financiero de la Institucion, de fecha 08 de diciembre de 2017; Que, mediante oficio No. 008, de fecha 19 de diciembre de 2017, el ing. Juan Jimenez, Presidente de la Comision Tecnica designada para el efecto, remite a la
Gobierno Autonomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe PREFECTURA
Prefectura Provincial los Pliegos, los mismos que han sido elaborados observando los modeios elaborados por el Instituto Na_cional de Contratacion Pliblica, de conformidad con lo previsto en el articulo 20 del Reglamento a la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica, para el proceso de contrataciOn del ESTUDIO Y DISE&O PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN_LA_CUENCA_DEL Ri 0 CHINCHIPE, CANTON CHINCHIPE, PARROQUIA LA CHONTA, SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1; Que, el articulo 20 del Reglamento de la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Pubiica, estabiece que "...Los Pliegos seran aprobados por la maxima autoridad de la entidad contratante o su delegado..."; y, En ejercicio de sus facultades constitucionales y-legales: RESUELVE: Art. 1.- Aprobar y poner en vigencia los Pliegos y documentos que se anexan para el proceso precontractual y contractual aplicable al procedimiento de Consultoria mediante Lista Corta, emitidos por la Comision Te.c.nica para el proceso No. LCCGADPZCH-002-2017. Art. 2.- Autorizar el inicio del procedimiento de Consultoria mediante Lista Corta No. LCCIGADPTCH-002:2D17, para el proceso de Contratacion del ESTUDIO Y DISE&O PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRiCOLA EN TERRENOS_P_RODUCTfVOS_ EN LA_CUENCA DEL RIO CHINCHIPE, CANTON CHINCHIPE, PARROQUIA LA CHONTA, SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1, proceso que se lo realizard de conformidad con lo que determina la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Ptiblica y su Reglamento.
i;Jt
cc z 0-
Art. 3.- De la ejecucion y publicacion de esta Resolucion y encarguese a la Dirección de Compras Publicas y mas unidades administrativas del Gobierno Provincial de Zamora Chinchipe, que-tenga relaciOn-con-e-l-objeto-de-1 entrataeiom -Aftialo tinal.--La-pfe-sente Resolueion entrara en vigencia a-partir-de-la-fecha de su expedici6n, sin perjuicio de su publicacion en el Portal www.compraspublicas.cormec. Dada en el despacho de la Prefectura deLGohierno. Provincial de Zamora Chinchipe, a los diecinueve dlas del mes de diciembre de dos mil diecisiete.- NOTIFIQUESE Y COMPLASE......--... , -.---... -„-P53 oUlar-'A'''ChtiV/1;941., ••• ,14\ dx-t)',0 Ai t--- -. c•c‘ •• 4, \ ..t; 1 ,i- q
1 I
t
.-,.:: ... ,,ve.
i,,
..1„.1 tdiaggal =
4 c.9
PREFECTA PR
‘,‘:, 46, ea.tegui Encarnacion I L DE ZAMORA CHINCHIPE hAncrillar. v Pr.nrienr,
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE DIRECCION DE RIEGO Y DRENAJE
TERMINOS DE REFERENCIA ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RIO CHICHIPE CANTON CHINCHIPE PARROQUIA LA CHONTA SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1
Comprende estudios de factibilidad y estudios y diseños definitivos ZAMORA CHINCHIPE - ECUADOR Noviembre de 2017
1
ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RIO CHICHIPE CANTON CHINCHIPE PARROQUIA LA CHONTA SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1
1. ANTECEDENTES El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Zamora Chinchipe, tiene a su cargo la competencia de Riego y Drenaje a nivel provincial, la cual es transferida mediante Resolución 008-2011 del Consejo Nacional de Competencias. En el artículo 12 de dicha resolución se le asigna como actividad de gestión la construcción, operación y mantenimiento de obras de drenaje asociadas, incluyendo obras de protección de canales. El Plan de Riego y Drenaje Provincial, menciona que la provincia de Zamora Chinchipe se encuentra conformada por cuatro cuencas hidrográficas que son: la cuenca del río Zamora ocupa el 33,09% del área de la provincia, seguida de la cuenca del río Mayo con el 29,74%, y la cuenca del río Nangaritza con 22,86%, siendo la más pequeña la cuenca del río Yacuambi con el 14,31% de la superficie total del territorio provincial; así mismo indica que en el territorio provincial existen doscientos siete microcuencas, las cuales ofrecen servicios ambientales, siendo el más importante el agua para consumo humano a las poblaciones situadas en el territorio. La resolución 0010-CNC-2012 establece que para la asignación anual de los fondos de la competencia de riego y drenaje para estudios, diseños y obras, se necesita contar con el informe de concordancia por parte de SENAGUA. La experiencia de los años 2015 y 2016, donde aún no se efectúa las asignaciones de recursos para la realización de los estudios y diseños que permitan posteriormente presentar los proyectos para la construcción de obras, es determinante para que la Dirección de Riego y Drenaje del GADPZCH para los fondos que le corresponden por el año 2017, tome la decisión contratar los estudios y diseños definitivos con fondos de gasto corriente no ejecutado de años anteriores, y así disponer los estudios que permitan enviar directamente la solicitud para utilizar los recursos que le corresponden en la ejecución de obra. 1.1. Justificación Con la ejecución de la presente consultoría se dispondrá los estudios de factibilidad, así como los estudios y diseños definitivos y el proyecto en los formatos establecidos en la guía de SENAGUA, para la solicitud de los fondos que le corresponde al GAD Provincial de Zamora Chinchipe para los fondos por la competencia de riego y drenaje del año 2018. Con esto se evitará el inconveniente que se genera en las comunidades al elaborar el proyecto para solicitar los fondos para estudios, los cuales demoran en ser transferidos por parte del Ministerio de Finanzas; con lo cual al remitir directamente la solicitud para la ejecución de la obra, se acortará los plazos de espera en las comunidades que están interesadas con la realización de las obras hidráulicas. Los estudios hacen mención a la Zona 1 identificada en el plan de intervención para el Plan Provincial de Riego y Drenaje, que comprende el territorio de la parroquia La Chonta limítrofe con la parroquia Chito, en donde existe una superficie de 40 hectáreas para ser incorporadas al sistema productivo provincial con la infraestructura hidráulica para riego, lo cual pudiera ampliarse en función de los estudios que se efectúen y determinen la necesidad de incorporar otras superficies no consideradas originalmente en el Plan Provincial de Riego y Drenaje, pero que tienen déficit hídrico.
2
2. OBJETIVOS 2.1. OBJETIVO GENERAL Elaborar los estudios de factibilidad, estudios y diseños definitivos para obras de riego en el cantón Chinchipe, parroquia La Chonta, que permitan incorporar al sistema productivo agropecuario provincial al menos 40 hectáreas de suelos tradicionalmente afectados por severa sequía. 2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS Realizar el estudio de factibilidad para el sistema de riego en las unidades productivas agropecuarias de la parroquia la chonta. Realizar los estudios y diseños definitivos para el sistema de riego en las unidades productivas agropecuarias de la parroquia la chonta. Realizar el proyecto para la presentación a SENAGUA conforme a la guía metodológica para la presentación de proyectos para riego. 3. ALCANCE El alcance de la presente contratación abarca la parroquia la chonta, cantón chinchipe, provincia de Zamora Chinchipe.
Reunión de trabajo con el GADs cantonal y parroquial para fomentar el involucramiento y la cooperación en la co-ejecución del estudio integral de los sistemas de riego. Taller de socialización con los/as actores regantes sobre el alcance del estudio a realizar, así como establecer los compromisos que tienen que darse para la participación activa de los potenciales beneficiarios Realizar el levantamiento topográfico en el Cantón Chinchipe de 40 ha a regar y elaboración de los correspondientes planos en formatos CAD y SIG, georeferenciados en el sistema de coordenadas UTM: Zona 17Sur, DATUM (WGS 84). Recorridos conjuntos con los/as potenciales regantes y sus dirigentes, con la finalidad de analizar en el sitio las alternativas de conducción y potencial área de riego, aforo de las potenciales fuentes de agua Selección de la alternativa viable, sustentable desde el punto de vista técnico-social- económico y ambiental. Diagnóstico agro-socio-económico y elaboración de la línea base del proyecto. Estudio edafológico y agroecológico con mapas temáticos en forma de CAD y SIG de las áreas de riego, georeferenciados en el sistema de coordenadas UTM: Zona 17Sur, DATUM (WGS 84). Estudio de alternativas de conducciones principales, secundarios y terciarias Estudio climático-hidrológico de la zona de influencia del estudio. Análisis geológico, geotécnicos preliminar de la zona de influencia del estudio, basado en cartografía base. Análisis de agua con fines de riego de las potenciales fuentes existentes en la zona de intervención. Cálculo de requerimientos hídricos según patrón de cultivos, cálculo de balance hídrico del área de riego y análisis de oferta y demanda del recurso hídrico. Diseño hidráulico de la captación de agua para el sistema de riego Diseño hidráulico de conducción principal a nivel de diseño definitivo Diseño hidráulico de área de riego a nivel de diseño definitivo Evaluación económica- social y financiera del proyecto.
3.1. Areas de estudio o consultoría La consultoría se ejecutará en la provincia de Zamora Chinchipe, Cantón Chinchipe, Parroquia la chonta, Zona 1 de riego, que comprende los barrios Shingushe y Las Pampas.
3
3.2. Etapas del estudio o consultoría Nro
Nombre de la fase
1
Estudio de prefactibilidad
2
Estudio de factibilidad
3
Estudios y diseños definitivos
4
Proyecto en formatos SENAGUA
5
Aprobación de estudios y diseños por SENAGUA
4. METODOLOGÍA DE TRABAJO Nr o 1
Nombre de la fase Estudio de
Descripción de la fase Consiste en el informe donde se haya efectuado el análisis de alternativas, con los
prefactibilidad correspondientes indicadores. 2
Estudio de
Esta fase contempla la definición de los parámetros de diseño del proyecto: Período de
factibilidad
diseño del proyecto, bases de diseño de obras hidráulicas, oferta hídrica de las microcuencas consideradas en el proyecto, análisis de oferta – demanda del uso del recurso hídrico, áreas o sitios suceptibles de contaminación, series de precipitaciones, evaporación y temperatura, análisis de caudales (máximos, mínimos, medios y ecológico), serie de caudales medio mensuales, curvas de inetensidad, duración y frecuencia. Los estudios de Ingeniería que comprende son: Topografía, Hidrológico, Sedimentología, climatológico, geotécnicos, hidrogeológicos, edafología,
agrosocioeconómico, impacto
ambiental, evaluación económica, financiera y social. 3
Estudios y diseños definitivos
4
Proyecto en formatos SENAGUA
Se contempla esta fase luego de haber sido aprobada la Etapa de Factibilidad, para lo cual se cita a continuación los requerimientos mínimos a contemplarse: Climatología, hidrología, recarga, nijveles freáticos o piezómetros, geología o hidrología, salinidad, agrológico, agronómico, hidráulico, dinámicas productovas, topografía y cartografía, dioseños estructurales, presupuesto referenciasl planos aprobados y firmadfos, especificaciones tédcnicas, análisis de suelos, análisis de agua. Contempla la elaboración de la propuesta que debe ser presentada a SENAGUA para la aprobación para los fondos, en el formato establecido en la “Guia metodologica para la formulacion de proyectios de riego y drenaje” en el capítulo “Estructura para la presentación de proyectos de riego agrícola”, con los correspondientes anexos que justifiquen las actividades dentro de los componentes técnico, social y ambiental, que pimplica disponer los documentos habilitantes y documentos técnicos.
5
Aprobación Contempla la presentación de los estudios y diseños así como el proyecto a SENAGUA de estudios y (lo cual debe efectuarlo el GADPZCH) y responsabilidad del equipo consultor de solventar diseños por todas las correcciones hasta obtener el informe técnico de viabilidad por parte de la oficina SENAGUA de SENAGUA Zamora. 4
4.1. Cronograma de ejecución El cronograma de ejecución de la consultoría está expresado en meses. Nro Nombre de la fase 1 Estudio de prefactibilidad 2 Estudio de factibilidad 3 Estudios y diseños definitivos
1
2
xx xx
Xxx
3
Aprobación de estudios y diseños por SENAGUA
5
6
Xxxx Xxxx
4 Proyecto en formatos SENAGUA 5
4
Xxxx Xxxx xxxx
xxxx
Xxxx Xxxx
5. INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD El GADPZCH dispone la siguiente información que servirá de referentes para la implementación de la consultoría: Plan Nacional de Riego y Drenaje. Plan de desarrollo y ordenamiento territorial. Plan Provincial de Riego y Drenaje. Guía metodológica de SENAGUA para la formulación de Proyectos de riego y drenaje, disponible en la dirección web: https://issuu.com/proyectoszch/docs/guia_formulaci__n_proyectos_2017_fi. Informe de concordancia de los proyectos presentados por el GAD Provincial de Zamora Chinchipe, que se inscriben dentro del Plan Nacional de Riego y Drenaje 2012-2027 y el proyecto adjunto al informe. 6. PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS Producto Análisis de prefactibilidad Estudio de
Descripción Análisis de alternativas para el Proyecto, en los términos contenidos en la guía de SENAGUA para la presentación de proyectos de riego y drenaje. Comprende en forma preliminar los estudios de:
factibilidad1
a) Topografía: Todos los levantamientos topográficos que se realicen deberán estar georeferenciados y homogenizados, con coordenadas UTM WGS–84 zona 17 Sur, para lo cual se establecerá una red de triangulación de precisión. La precisión de esta red de triangulación se garantizará con la utilización del instrumental adecuado, tomando en cuenta, las condiciones climáticas, morfológicas y de vegetación. Levantamiento de la zona de implantación a escala 1:1000, con la ubicación de la diferente infraestructura hidráulica componente del sistema de riego. Levantamiento topográfico en las franjas donde se implementarán los canales o tuberías de conducción de las redes primarias, secundarias y terciarias, las cuales comprenderán los siguientes trabajos:
1
Según gúia de SENAGUA https://issuu.com/proyectoszch/docs/guia_formulaci__n_proyectos_2017_fi 5
Producto
Descripción • Control horizontal y vertical: Control plani – altimétrico general del trazo de las conducciones, con el apoyo de poligonales. • Determinación de la línea de gradiente y perfil longitudinal de las conducciones con una franja topográfica de un ancho mínimo de 40 m, a escala: 1: 1.000 y secciones transversales cada 20 m, a escala 1: 100, con curvas de nivel cada metro. Además los trabajos topográficos deberán incluir también la identificación de los sitios de las investigaciones geológicas. b) Hidrología: Comprende la recopilación, procesamiento y actualización de toda la información existente de las estaciones comprometidas en el área de estudio para la generación de caudales. Antes de iniciar la evaluación hidrológica de la fuente de agua seleccionada, se deberá considerar lo siguiente: • Recopilación de información secundaria, con especial énfasis en la geoinformación generada por instituciones oficiales del estado, con el propósito de no replicar la misma información; • Datos de las características físicas de las microcuencas que intervienen en el área de influencia; • Datos cartográficos; • Fotografías aéreas de la zona; • Datos de niveles y caudales; • Datos pluviométricos y • Datos Sedimentométricos La identificación realizada sobre mapas o fotos aéreas deberá ser complementada con visitas in situ al área de estudio, con el propósito de identificar las características topográficas de la misma, características geológicas generales, uso de suelo, cobertura vegetal, transporte de sólidos, identificación de infraestructura hidráulica y evaluar su incidencia sobre el régimen hidrológico y calidad del agua. Para la estimación de caudales disponibles en la captación para la zona de riego, se deberá considerar la ejecución de las siguientes actividades: • Análisis de eventos extremos para períodos de retorno de 20, 50, 100 años usando los criterios de referencia regionales. En base a precipitaciones diarias máximas y/o curvas de intensidad – duración y frecuencia, método racional, hidrogramas unitarios o métodos directos (relación precipitación – caudal). • Balance hídrico (oferta y demanda del recurso hídrico) • Estudio de caudales en función de las curvas de duración y variación estacional • Análisis de socavación del cauce en sitios requeridos para el proyecto, como por ejemplo pasos subfluviales, pasos elevados – profundidad de cimentación, entre otros. • Determinación de caudales y niveles máximos para diseños de obras especiales específicamente, como: sifones, acueductos, pasos elevados, entre otros a requerirse en el diseño del proyecto. El estudio de hidrología deberá contar con la descripción detallada del proceso del cálculo (Modelos Hidrológicos) con el empleo de su respectivo software. c) Sedimentología: Deberán estar encaminados en la obtención de datos relativos a volúmenes totales anuales de sedimentos, ocurrencia, variación en el tiempo, gradación de las partículas, contenido de materia orgánica, agentes químicos y biológicos contaminantes, identificación de zonas erosionables e inestables a la diferente infraestructura hidráulica. 6
Producto
Descripción Para la evaluación cuantitativa de la sedimentación se deberá considerar los siguientes aspectos técnicos: Datos Hidrológicos; Datos de las características físicas de las microcuencas que se encuentran en el área de influencia; Datos sobre transporte sólido y depósito de sedimentos; Datos sobre las zonas ocupadas por terrenos susceptibles a la erosión d) Climatología: Comprende a la recopilación de información climatológica disponible en estaciones metereológicas que se encuentran en la zona de estudio, considerándose parámetros como: precipitación, temperatura, humedad relativa, velocidad del viento, heliofanía y nubosidad. e) Geología: Se plantea en el presente componente la realización de un estudio de geología regional que permita identificar las principales formaciones geológicas presentes en el área de estudio, estratigrafía general, fenómenos tectónicos mayores en la zona del proyecto, con las diferentes observaciones de campo que permitan complementar los criterios de evaluación que se obtuvieron mediante trabajos de gabinete. Se deberá contemplar en la presente actividad la elaboración de mapas: geológicos regionales, geológicos de las obras hidráulicas. Los diferentes mapas generados en el presente documento deberán ser presentados en una escala 1:25.000 f) Sismología: Se contempla la información más actualizada sobre terremotos ocurridos en el área de influencia del proyecto, considerándose los siguientes aspectos: fallas geológicas, influencia de volcanes cercanos al proyecto, la información deberá ser presentada en escala 1: 25.000. g) Geotecnia: Contempla el análisis de la información que se encuentre disponible sobre exploración de ondas sísmicas y resultados de ensayo de laboratorio, que permitan identificar claramente la disposición de las diferentes capas geológicas y la infraestructura. Dentro del presente documento se tienen los siguientes objetivos: Determinar condiciones de susceptibilidad a deslizamientos de laderas en los sitios de implantación de las obras. Fuentes de materiales para la construcción, señalando: ubicación, accesibilidad, probables usos, explotación, volúmenes estimados con las respectivas observaciones y recomendaciones a ser contempladas en la etapa de diseños definitivos. Identificar claramente las posibles causas que generan la inestabilidad de las diferentes obras que componen el sistema de riego. h) Edafología Comprende la descripción general del área de estudio tomando en cuenta su localización, extensión, clima, geología, geomorfología y fisiografía en relación con los suelos, vegetación y usos del suelo, comprendiendo la realización de las siguientes actividades: 7
Producto
Descripción
Mapa Hipsométrico Pendientes y relieves Geomorfología Suelos Fertilidad de Suelos Clasificación agrícola de las tierras Capacidad de uso de las tierras Patrón de cultivos y cálculo de la demanda de agua
i) Agro – socioeconómico Se contempla establecer un modelo mediante indicadores que reflejen la caracterización socio económica vinculado al sector de la producción agrícola, como: población total, migración, población económicamente activa, análisis de estructura agraria, distribución y tenencia de la tierra, categorías de utilización del suelo, tecnología agrícola utilizada, niveles de productividad, entre otros; mediante el uso de encuestas que contemplen fichas de investigación de campo y consultas realizadas a productores, que deberán encontrarse debidamente georeferenciadas y contempladas dentro de un SIG. j) Producción Agrícola En el estudio de este componente se deberá permitir conocer la realidad actual respecto a la producción agrícola en la zona de influencia del proyecto en base a las potencialidades de la zona, permitiendo proyectar una propuesta de desarrollo basada en actividades de mejora de la producción agrícola de la zona, requiriéndose la siguiente información: uso potencial del suelo, análisis de encadenamientos productivos, planes de manejo agrícola entre otros. k) Comercialización El presente componente consiste en la elaboración de una propuesta de comercialización de productos en la zona bajo riego, que permitan asegurar una sostenibilidad de la producción y garantizar con ello una recuperación justa de las inversiones y esfuerzos realizados por los productores, siendo necesaria la utilización de información como: suelos, agricultura, pecuaria, producción, aspectos sociales y organizativos. Es de vital importancia se empleen mecanismos de coordinación directa con los gobiernos locales y otros actores sociales e institucionales. l) Catastro de las áreas destinadas para riego Se contempla el levantamiento de un catastro actualizado y detallado de todos los predios del área de riego y afectación del proyecto en su etapa definitiva, puesto que el diseño definitivo definirá las áreas susceptibles de riego. Se contemplan en términos generados las siguientes actividades: Determinación de las aptitudes del suelo Descripción de los tipos de uso de suelo con el propósito de establecer posteriormente el valor de los predios a ser afectados. Preparación de mapas temáticos de aptitudes y uso actual y cobertura de suelo de las áreas de influencia directa e indirecta del proyecto. Descripción de las zonas de manejo del suelo de los principales usos productivos de las áreas de influencia. Identificación y descripción de los programas, acciones de manejo y conservación de suelos Establecer el valor apropiado de los predios a ser afectados por las obras de infraestructura hidráulica a construirse. 8
Producto
Descripción Determinación de zonas cultivadas y tipos de cultivo existentes Identificación de áreas bajo riego en el proyecto m) Gestión de Integración En el presente componente se consideran los aspectos y procesos administrativo – legales del proyecto, que permitan administrar el proyecto y las características jurídicas; aspectos que facilitarán la ejecución posterior del proyecto de forma efectiva. n) Evaluación Económica, Financiera, Social y Sostenibilidad del proyecto Se contempla analizar la viabilidad financiera y económica de la alternativa seleccionada en la fase de Prefactibilidad de la preinversión. Las corridas financieras y económicas se actualizarán con los datos técnicos y costos obtenidos de la factibilidad. A continuación se describe de manera general los diferentes parámetros a considerarse en la evaluación económica, financiera, social y sostenibilidad del proyecto: I. Viabilidad Financiera: Se consideran las siguientes variables: inversión, costos de operación, mantenimiento, seguimiento y evaluación, gastos administrativos, gastos financieros, ingresos e indicadores financieros (TIR y VAN). II. Viabilidad Económica: Se consideran las siguientes variables: beneficios valorados e indicadores económicos (TIR y VAN social para un período de 30 años). o) Flujos económicos y financieros Tomando en consideración las variables descritas previamente, se elabora el flujo económico considerando el rubro de ingreso de beneficios valorados; y, el flujo financiero considerando sólo los ingresos. p) Viabilidad Social Consiste en determinar mediante un análisis minucioso de manera aproximada, los beneficios y utilidades del proyecto.
ESTUDIOS Y DISEÑOS DEFINITIVOS
q) Análisis de Sostenibilidad del Proyecto Con el propósito de garantizar la sostenibilidad del proyecto, se deberá elaborar un plan para su operación y mantenimiento en el que se disponga de: a) capacidad técnica y de gestión necesaria para mantener las actividades, bienes y servicios generados por el proyecto; y b) recursos suficientes para financiar la inversión (salario de personal, gastos de reparaciones) que generará dicho mantenimiento a mediano y largo plazo. Se contempla esta fase luego de haber sido aprobada la Etapa de Factibilidad por parte de SENAGUA, para lo cual se cita a continuación los requerimientos mínimos a contemplarse: a) Trabajos de Topografía: Se contempla trabajos específicos para sectores no contemplados y que formen parte de los diseños definitivos o de elementos que requieran un mayor detalle. A continuación se describe de manera general los requerimientos mínimos contemplados en el levantamiento topográfico de la infraestructura hidráulica del sistema de riego: I. Conducción Principal: Levantamiento de la franja topográfica de 40 m de ancho mediante un polígono abierto, estacada y nivelada cada 20 m y perfiles transversales con curvas de nivel cada metro. II. Vías: Levantamiento de la franja topográfica de 40 m de ancho, que permita el trazado de las vías necesarias para la construcción de obras hidráulicas del proyecto, mediante un polígono abierto, estacada y nivelada cada 20 m y perfiles transversales con curvas cada metro. 9
Producto
Descripción III. Obras especiales: Levantamientos topográficos de detalle en obras hidráulicas a implementarse como: obras de control de inundaciones, túneles, entre otros.
b) Estudio Geológico: Se tendrá el estudio de la geología regional, geología local e identificación de fuentes de materiales ya contemplados en la fase de factibilidad, para lo cual en la fase de diseño definitivo se verificará la disposición de toda la información geológica necesaria y de hacer falta alguna, se la complementará sin que esta signifique un costo adicional. c) Estudio Geotécnico Consiste en solventar cualquier información faltante o parámetros específicos a ser necesarios para la implantación de las estructuras, contemplándose identificar todas las fuentes de materiales a ser utilizadas en la fase constructiva, estado legal de las mismas, forma de explotación o de obtención de materiales pétreos, cantidad y calidad del material existente para la alternativa seleccionada en la factibilidad. d) Diseño de la Infraestructura: Una vez realizados los estudios hidrológicos, topográficos, de geología y geotecnia, se define la ubicación de la captación y conducción, para lo cual se elegirá la sección transversal que presente mayor seguridad, tanto para el cauce, como para los taludes y se analizará la disponibilidad del espacio físico a ser necesario para la construcción de estructuras (desripiadores, desarenadores, canales de limpieza o purga, en los casos de que se considere necesario. Aquí también se consideran los diseños de obras de protección para control de inundaciones que protejan al sistema de riego. Los diseños incorporarán los correspondientes planos, presupuestos y especificaciones técnicas. e) Manual de operación y mantenimiento El consultor deberá proponer un manual en el que se contemple la operación y mantenimiento de la diferente infraestructura que compone el Sistema de Riego, tomando en cuenta que deberá garantizar la sostenibilidad y funcionamiento del sistema de riego a mediano y largo plazo, en el cuál también se deberá contemplar un programa de acciones a ser implementado por parte del GAD Provincial conforme a los fondos distribuidos a los mismos a través de su gasto corriente.
PROYECTO EN FORMATOS SENAGUA
Cabe acotar que dicho componente será contemplado estrictamente en la elaboración de estudios de diseño definitivo. Comprende la elaboración del proyecto a ser presentado a SENAGUA, conforme a la “Guía metodológica para la formulación de Proyectos de riego y drenaje”, disponible en la dirección web: https://issuu.com/proyectoszch/docs/guia_formulaci__n_proyectos_2017_fi. Para proyectos de riego, con los correspondientes anexos: A. Documentos Habilitantes Acta de aprobación del proyecto por parte de la organización beneficiaria y los acuerdos y compromisos que asume la organización. Cronograma de desembolsos del proyecto Licencia Ambiental B. Documentos Técnicos (Estudios) de Respaldo a la Propuesta/Proyecto Componente Infraestructura/Equipamiento y Productivo o Climatología o Hidrología o Geotécnia o Geología o Agrológico o Mecánica de suelos o Dinámicas productivas o Agronómico 10
Producto
Aprobación de estudios y diseños
Descripción o Hidráulico o Topografía y cartografía o Diseños estructurales o Presupuesto referencial o Presupuesto detallado de obras o Planos aprobados y firmados o Especificaciones técnicas o Análisis de suelos o Análisis de agua Componente Social o Padrón de usuarios o Estatutos de la organización o Estudio socio-económico o Plan de Administración Operación y Mantenimiento Componente Ambiental o Estudio de impactos ambientales o Ficha ambiental Implica la obtención por parte de la oficina de SENAGUA de la ciudad de Zamora el correspondiente informe técnico de viabilidad, el cual servirá para el trámite por parte del GADPZCH del informe de concordancia.
por SENAGUA
7. PLAZO DE EJECUCION El plazo estimado para la ejecución del contrato es de 180 días, contado desde la fecha de notificación que el anticipo se encuentra disponible en las cuentas del ofertante. La recepción se realizará en el término de 30 DIAS UNA VEZ QUE EL CONSULTOR HA HECHO LLEGAR EL INFORME FINAL SOLICITANDO LA RECEPCION DE LOS TRABAJOS, SIEMPRE QUE NO EXISTAN TRABAJOS PENDIENTES. OBSERVANDO ESTRICTAMENTE LO CONTEMPLADO EN EL ART. 123 DEL RGLOSNCP. UNA VEZ QUE SE HAYAN TERMINADO TODOS LOS TRABAJOS PREVISTOS EN EL CONTRATO, SIEMPRE QUE NO EXISTAN OBSERVACIONES PENDIENTES EN RELACIÓN CON LOS TRABAJOS DE CONSULTORÍA. LA ENTIDAD CONTRATANTE DISPONDRÁ DEL TÉRMINO DE 15 DÍAS PARA LA EMISIÓN DE OBSERVACIONES Y EL CONSULTOR DE 15 DÍAS ADICIONALES PARA ABSOLVER DICHAS OBSERVACIONES Y PRESENTAR EL INFORME FINAL DEFINITIVO. 8. PERSONALTÉCNICO, EQUIPO DE TRABAJO Y RECURSOS 8.1. Personal Técnico clave -
Director del proyecto.
-
Asistente.
8.2. Equipo de trabajo
a) Consultor principal o Jefe de Proyecto. Título profesional: Ing. Civil, Agrícola, Agrónomo, Forestal, Arquitecto o áreas afines Con experiencia General acumulada mínima de ocho (8) años desde la fecha de graduación en proyectos de consultoría.
11
Experiencia Específica en la elaboración, fiscalización o administración de al menos dos (2) consultorías o proyectos relacionados con obras de infraestructura hidráulica, entendiéndose como tal a muros de protección hidráulica, canales para riego, sistemas de riego. b) Especialista en Climatología Título profesional: Ing. Civil, Forestal, Agrónomo o Agrícola Con experiencia General acumulada de al menos cinco (5) años desde la fecha de graduación. Experiencia Específica en la elaboración de proyectos en actividades similares (entendiéndose por similares los temas de climatología, análisis climático, análisis hidrológico) mínimo de tres proyectos. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten c) Especialista en Hidráulica e Hidrología Título profesional: Ing. Civil, o Agrícola Con experiencia General acumulada de al menos cinco (5) años desde la fecha de graduación. Experiencia Específica en la elaboración de proyectos en actividades similares (entendiéndose por similares los temas de análisis de diseño hidráulico, análisis hídrico, análisis hidrológico) mínimo de tres proyectos. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten d) Especialista en Geología y geomorfología Título profesional: lngeniero en Geología o Ing. Geógrafo. Fundamental experiencia en sistemas GIS. Con experiencia General acumulada de cinco (5) años desde la fecha de su graduación. Con experiencia específica de haber participado en proyectos de levantamiento de información geológica, geográfica y/o geomorfológica mínimo de tres proyectos. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten e) Especialista en Edafología y vocación productivas Título profesional: Ingeniero Agrónomo o Agrícola Con experiencia General acumulada de al menos cinco (5) años desde su graduación. Con experiencia específica de haber participado en proyectos de levantamiento de información edafológica y productiva mínimo de tres proyectos. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten. f) Especialista en Socio economía. Título profesional: Ing. Agrónomo, Agrícola, Forestal, Economista, Contador o Sociólogo. Con experiencia General acumulada de al menos (5) años desde su graduación. Con experiencia específica haber participado en proyectos de levantamiento de información socioeconómica. Se sustentará con constancias o certificaciones o Contratos. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten. g) Especialista en Diseños, Costos y Presupuestos. Título profesional: Ing. Agrícola, Civil, Agrónomo, Economista, Contador o áreas afines. Con experiencia General acumulada de al menos cinco (5) años desde la fecha de graduación 12
Experiencia específica comprobable de al menos 2 años en estudios y diseños de obras de infraestructura hidráulica. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten h) Topógrafo Título profesional: Mínimo tecnólogo en topografía o afines. Con experiencia General acumulada de al menos tres (3) años desde la fecha de graduación. Experiencia específica comprobable de al menos 2 años en levantamientos topográficos. Se comprobará la experiencia general y específica con copias simples de los documentos que la acrediten 8.3. Recursos -
-
Equipos o
Estación total.
o
GPS
o
Computadores
Instrumentos o
Vehículos
o
Maquinaria
o
Herramientas de mano.
9. PARÁMETROS DE EVALUACIÓN La metodología de evaluación de ofertas será por la metodología de cumple/no cumple, considerando las siguientes reglas: Experiencia general: no mayor a 10% del presupuesto referencial del presente contrato. Experiencia específica: no mayor a 5% del presupuesto referencial del presente contrato. Para valorar la experiencia del personal técnico clave, se tomará también en cuenta aquella experiencia obtenida por el personal en situación de dependencia laboral; tanto en el ámbito público como en el privado, para lo cual se adjuntará los documentos de sustento. El Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales,
locales
y
particulares
del
(Metodología y cronograma de ejecución).
13
proyecto
materia
de
la
consultoría
9.1. Personal técnico clave Cargo Director de proyecto
Nivel de estudio Tercer nivel
Descripción Ing. Civil, Ing. Agrícola o áreas afines
Cantidad 1
9.2. Experiencia general y específica Adquirida Monto Número Valor del en los Contratos mínimo Tipo Descripción de monto últimos permitidos por proyectos mínimo años contrato Presentar 1 copia de actas de entrega o certificaciones, 15 5 14.677,98 5 1467,80 que justifiquen el haber participado en la elaboración de estudios de obras civiles en general, en calidad de contratista o subcontratista, ya sea con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dentro de los últimos 15 años, contados desde la fecha de publicación del presente proceso en el portal del SERCOP y cuyo monto mínimo constituya el 20% del presupuesto referencial. Experiencia Para los profesionales que participan individualmente, general será acreditable la experiencia adquirida en relación de dependencia, ya sea en calidad de director de proyecto o consultor/sectorialista, de acuerdo con el porcentaje de participación del profesional en el contrato. En caso de presentar certificados, estos deben especificar el objeto y monto del contrato, porcentaje y tiempo de participación del profesional en el proyecto, así como la función desempeñada, estos certificados deberán ser emitidos por el empleador. Se deberá adjuntar copia del acta de entrega definitiva. Presentar 1 copia de actas de entrega o certificaciones, 10 5 7.338,99 5 733,90 que justifiquen el haber participado en la elaboración de estudios de obras para riego, en calidad de contratista o subcontratista, ya sea como personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dentro de los últimos 5 años, contados desde la fecha de publicación del presente proceso en el portal del SERCOP y cuyo monto mínimo constituya el 10% del presupuesto referencial. Experiencia Para los profesionales que participan individualmente, específica será acreditable la experiencia adquirida en relación de dependencia, ya sea en calidad de director de proyecto o consultor/sectorialista, de acuerdo con el porcentaje de participación del profesional en el contrato. En caso de presentar certificados, estos deben especificar el objeto y monto del contrato, porcentaje y tiempo de participación del profesional en el proyecto, así como la función desempeñada, estos certificados deberán ser emitidos por el empleador. Se deberá adjuntar copia del acta de entrega definitiva.
14
9.3. Experiencia del personal técnico Función
Director de proyecto
Cargo
Director de proyecto
Nivel de estudio
Titulación académica
Cantidad
Tercer nivel
Ing. Civil, Agrícola, Agrónomo, Forestal, Arquitecto o áreas afines
1
descripción de experiencia
tiempo mínimo
número de proyectos
monto de proyectos
Presentar formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida; 1 copia de acta de entrega o cerfificación, que justifiquen haber participado como técnico o consultor de estudios en temas de riego, dentro de los últimos 5 años y cuya participación de como resultado un monto mínimo de $ 2,901.79 con relación al contrato. En caso de presentar certificados, estos se deberán especificar el objeto y monto del contrato, porcentaje y tiempo de participación del profesional en el proyecto, asi como la función desempeñada. Los certificados deberán ser emitidos por el empleador y deberán demostrar la participación efectiva del personal técnico en la ejecución del o los proyectos. Si el certificado es emitido por una persona jurídica, este deberá ser emitido por el representante legal de la misma.
5
1
7.338,99
9.4. Metodología y cronograma de ejecución del proyecto El consultor deberá describir con suficiente detalle, las actividades que realizará como metodología de trabajo en lo referente a: desarrollo de objetivos, acticidades, acciones, productos y meta; Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría, mismo que es materia de contratación a través del servico de consultoría; Organigrama estructural del servicio propuesto; Programa o programas de actividades con la respectiva asignación de profesionales y tiempos; Ruta crítica de la Consultoría en aras de buscar la forma de disminuir el tiempo de ejecución establecido en los pliegos y con el menor costo posible; y, cuadro de participación de los profesionales dentro del proyecto con respecto al presupuesto. Todos los estudios se deberán elaborar de acuerdo a la guía de SENAGUA “GUIA METODOLOGICA PARA LA FORMULACION DE PROYECTOS DE RIEGO Y DRENAJE”, considerando la última versión que exista de este instructivo a la fecha de elaboración de los pliegos para el proceso de contratación de los servicios de consultoría.
15
9.5. Equipos e instrumentos disponibles El equipo que deberá contar el oferente para el desarrollo de la presente consultoría es el siguiente: Nro
Descripción
Cantidad
Características
1 2
Equipo topográfico GPS de precisión
1 1
Bueno Bueno
3
Equipo de computación
1
Bueno
9.6. Índices financieros Nro
Índice
Indicador solicitado
Observaciones
n.a. 9.7. Otros parámetros de evaluación Nro
Descripción
1
n.a.
Dimensión
9.8. PARÁMETROS DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE INTEGRIDAD Y REQUISITOS MINIMOS DE LA OFERTA Parámetro
cumple
Equipos e instrumentos disponibles
xxx
Metodología y cronograma de ejecución
xxx
Personal técnico mínimo
xxx
Experiencia general específica
xxx
Experiencia general mínima
xxx
Integridad de la oferta
xxx
no cumple
observaciones
9.9. COEFICIENTES DE PONDERACIÓN criterios
puntuación/100
c1= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
80
c2= Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
20
TOTAL
100
16
9.10. VALORACIÓN POR PUNTAJE Parámetro
Puntaje
Equipos e instrumentos disponibles
5
Experiencia específica
20
Experiencia general
30
Metodología y cronograma de ejecución
10
Personal técnico mínimo
35 TOTAL
100
10. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO 10.1. Forma de pago - Primer pago: Anticipo 30%, contra la presentación de garantías correspondientes. - Pagos parciales: Se contempla pagos parciales conforme a la entrega de los productos de las consultorías, previa la presentación de los informes y planillas, según el siguiente detalle:
10 % con la presentación del informe de pre-factibilidad.
30 % con la presentación del informe de factibilidad.
Pago final: Con la presentación de los estudios y diseños definitivos y los proyectos en formato SENAGUA se cancelará el saldo del 30% del monto total considerado, después de la aprobación del informe definitivo, por parte del fiscalizador y una vez suscrita el acta de entrega recepción única y definitiva de las consultorías. 10.2. Condiciones de pago El precio de la oferta presentada por el consultor deberá cubrir la totalidad de los trabajos y servicios requeridos para la ejecución completa de la consultoría a contratarse. Todo informe deberá ser aprobado por el Administrador del Contrato, designado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe para su correspondiente pago. En caso de incumplimiento, el Consultor aceptará atenerse a las consecuencias: esto es que se le reportará al Sistema Nacional de Contratación Pública como Contratista Incumplido y a la acción ejecutiva por el valor firmado. 11. VIGENCIA DE LA OFERTA Las ofertas se entenderán vigentes hasta 60 días calendario. En caso de que no se señale una fecha estará vigente hasta la celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. 12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Además de las condiciones establecidas anteriormente, el consultor se obliga a: Art. 100 de la LOSNCP.- Responsabilidad de los Consultores.- Los consultores nacionales y extranjeros son legal y económicamente responsables de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad, dentro de los términos contractuales, las condiciones de información básica disponible y el conocimiento científico y tecnológico existente a la época de su elaboración. Esta responsabilidad prescribe en el plazo de cinco años, contados a partir de la recepción definitiva de los estudios.
17
Si por causa de los estudios elaborados por los consultores, ocurrieren perjuicios técnicos o económicos en la ejecución de los contratos, establecidos por la vía judicial o arbitral, la máxima autoridad de la Entidad Contratante dispondrá que el consultor sea suspendido del RUP por el plazo de cinco (5) años, sin perjuicio de las demás sanciones aplicables. En el caso de ejecución de obra, asimismo serán suspendidos del RUP por el plazo de cinco (5) años, sin perjuicio de su responsabilidad civil, los consultores que elaboraron los estudios definitivos y actualizados si es que el precio de implementación de los mismos sufriere una variación sustancial a la prevista, por causas imputables a los estudios, siempre y cuando dicho perjuicio haya sido establecido por la vía judicial o arbitral. Para la comparación se considerará el presupuesto referencial y los rubros a ejecutar según el estudio, frente al precio final de la obra sin reajuste de precio. Art. 1 del Acuerdo 006 - CG – 2014 (Contraloría General del Estado).- A continuación de la norma 408-33 Evaluación ex-post, agregar la siguiente: 408-34 Consultoría […] Los consultores o empresas de consultoría son responsables de la calidad de los estudios y diseños preparados, por lo tanto, si se comprobare su inaplicabilidad o si como producto de la ejecución del proyecto con los diseños a responsabilidad de los consultores se produjeren perjuicios de cualquier orden serán responsables civil y penalmente. Así mismo deberán incorporarse las siguientes actividades: - La obligatoriedad del diseñador, sea un consultor individual, firmas consultoras u organismos que realicen estas labores, de brindar asesoría durante todo el tiempo que demande la ejecución del proyecto, hasta la recepción provisional y definitiva.- La asesoría incluirá inspecciones periódicas al lugar, reuniones informativas y de avance del proyecto según corresponda. - Elaboración de actos aclaratorios si fuere del caso. 12.1. OBLIGACIONES ADICIONALES. El consultor deberá dar asesoramiento técnico requerido, durante el periodo de consultoría del proyecto de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la LOSCNP, el Art. 1 del Acuerdo 006-CG-2014 de la Contraloría General del Estado. Cumplir con todas las obligaciones que se desprenda o emane del contrato suscrito entre las partes. Presentar las garantías respectivas para la ejecución del contrato, de ser necesarias. Hacer llegar cualquier recurso de petición. Documentar las entregas mediante petición al Señor Prefecto Provincial. 13. GARANTÍAS El tipo de garantía que presentará el consultor o contratista para la ejecución de la consultoría, corresponde a: 13.1 .GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO.- Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por las obligaciones que contrajeren a favor de terceros, relacionadas con el contrato, el adjudicatario, antes o al momento de la firma del contrato, rendirá garantías por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del valor de aquel. 13.2. GARANTÍA DE BUEN USO DEL ANTICIPO.- La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto. 13.3.GARANTÍA DE CALIDAD.- Con el fin de garantizar la calidad del servicio o de los trabajos efectuados, el consultor deberá garantizar que el servicio o la consultoría, será realizada con el personal técnico calificado, responsabilizándose legal y económicamente, por un plazo mínimo de cinco (5) años contados a partir de la suscripción del acta de entrega recepción definitiva de los estudios o servicios, por la validez científica y 18
técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad, dentro de los términos contractuales, las condiciones de información básica disponibles, y por el conocimiento científico y tecnológico existente en la época de su elaboración. 14. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO Para efecto de la verificación y seguimiento al cumplimiento de los términos de referencia establecidos para la contratación de la consultoría, el Administrador de Contrato designado es el Director de Riego y Drenaje. 14. PRECIO DE LA OFERTA RESUMEN DEL PRESUPUESTO COSTOS DIRECTOS REMUNERACIONES BENEFICIOS Y CARGAS SOCIALES VIAJES Y VIÁTICOS ARRENDAMIENTOS Y ALQUILERES EQUIPOS E INSTALACIONES SUMINISTROS Y MATERIALES REPRODUCCIONES EDICIONES Y PUBLICACIONES SUBCONTRATOS Y SERVICIOS VARIOS COSTOS INDIRECTOS O GASTOS GENERALES UTILIDAD SUBTOTAL COSTOS 12% IVA TOTAL
73,389.88 8,760.00 2,104.18 320.00 600.00 350.00 255.70 61,000.00 73,389.88 8,806.79 82,196.67
* Los honorarios o utilidad empresarial será reconocida solo para personas jurídicas, de conformidad con lo que establece el Art. 34 del RGLOSNCP. Los recursos requeridos para cubrir la presente consultoría están considerados en la partida presupuestaria: Partida Denominación:
33.730605.000.9024 Estudio y diseño para la construccion de obras de riego agricola en terrenos productivos en la Cuenca del Rio Chicnhipe Canton Chinchipe parroquia la Chonta sector Shincushe y las pampasZona 1 2016
Código CPC: Denominación CPC:
833420616
DISEÑO OBRA CIVIL Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA INSTALACIONES HIDRAULICAS, SANITARIA Y ELECTRICAS
Atentamente,
f........................................... Pablo Hernán Cisneros Pérez DIRECTOR DE RIEGO Y DRENAJE
19
18. ANEXOS REMUNERACIONES NUMERO DE PARTICIPACIÓN SUELDO PERSONAS (MESES) MENSUAL ($)
FUNCIÓN
ÍTEM
SUELDO TOTAL ($)
PERSONAL TECNICO 1 DIRECTOR PROYECTO SUBTOTAL
1
6
1086.00
6,516.00 6,516.00
PERSONAL AUXILIAR Y ADMINISTRATIVO 1 ASISTENTE SUBTOTAL
1
6
374.00
2,244.00 2,244.00
TOTAL
8,760.00
BENEFICIOS Y CARGAS SOCIALES ÍTE M
Función
NUMER O DE PERSO NAS
PARTICIPA CIÓN (MESES)
Sueldo
APORTE PAT ( 11.15% )
SETE C 0.50 0.50% % IECE
Décimo
Décimo
Fondos de
Tercero
Cuarto
Reserva 8,33%
543.00
187.50
-
Vacacio nes
Total de Cargas
PERSONAL TÉCNICO 1
DIRECTOR PROYECTO
1
6
1,086.00
726.53
-
-
1,457.03
SUBTOTAL
1,457.03
PERSONAL AUXILIAR Y ADMINISTRATIVO 1
ASISTENTE
1
6
374.00
250.21
11.22
11.22
187.00
187.50
0.00
0
647.15
SUBTOTAL
647.15 2,104.18
VIAJES Y VIATICOS
CONCEPTO
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
VALOR UNITARIO
VALOR TOTAL
1. Viajes Personal técnico Personal auxiliar
u u
4 4
20.00 20.00 Subtotal
80.00 80.00 160.00
2. Viaticos Personal técnico Personal auxiliar
u u
4 4
20.00 20.00 Subtotal TOTAL
80.00 80.00 160.00 320.00
20
SUBCONTRATOS RUBR DESCRIPCIÓN O 1 ESTUDIOS PARA FACTIBILIDAD Topografía, Hidrología, Sedimentología, Climatología, Geología, Sismología, Geotecnia, Edafología, Agro – socioeconómico, Producción Agrícola, Comercialización, Catastro de las áreas destinadas para 1.01 riego, Gestión de Integración, Evaluación Económica, Financiera, Social y Sostenibilidad del proyecto, Flujos económicos y financieros, Viabilidad Social, Análisis de Sostenibilidad del Proyecto. 2 ESTUDIOS PARA DISEÑOS DEFINITIVOS Trabajos de Topografía, Estudio Geológico, Estudio Geotécnico, Diseño de la Infraestructura, Manual de operación y mantenimiento. Documentos técnicos (estudios) de respaldo a la propuesta para SENAGUA: Climatología, hidrología, 2.01 geotecnia, geología, agrológico, mecánica de suelos, dinámicas productivas, agronómico, hidráulico, topografía y cartografía, diseños estructurales, presupuesto referencial, presupuesto detallado de obras, planos aprobados y firmados, especificaciones técnicas, análisis de suelos, análisis de agua.
UNIDAD
CANTIDA D
COSTO COSTO UNITARIO TOTAL
global
1
25000
global
1
30000
global
1
6000
25,000.00
30,000.00
3 SERVICIOS DE APOYO Levantamiento de información secundaria y primaria de 3.01 apoyo para la elaboración del proyecto en formato para SENAGUA.
6,000.00 -
TOTAL
61,000.00
ARRENDAMIENTOS Y ALQUILERES
CANTIDAD
TIEMPO (MESES)
ALQUILER Equipo de computación PC
1
6
50.00 Subtotal
300.00 300.00
ARRENDAMIENTOS 1. Oficinas
1
6
50.00
300.00
CONCEPTO
COSTO UNITARIO
Subtotal TOTAL
21
COSTO TOTAL
300.00 600.00
EQUIPOS E INSTALACIONES
CONCEPTO
CANTIDAD
TIEMPO ( ESTABLECER EN HORAS, DÍAS, MESES O AÑOS)
0
0
0 SUBTOTAL
-
0
0
0 SUBTOTAL
-
TARIFA
PRECIO TOTAL
EQUIPOS INSTALACIONES TOTAL SUMINISTROS Y MATERIALES
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
PRECIO TOTAL
CANTIDAD
UNIDAD
SUMINISTROS SUMINISTROS DE OFICINA SUMINISTROS DE COMPUTACION
1 1
GLOBAL GLOBAL
100.00 150.00 SUBTOTAL
100.00 150.00 250.00
MATERIALES MATERIAL DE APOYO
1
GLOBAL
100.00 SUBTOTAL
100.00 100.00 350.00
TOTAL REPRODUCCIONES, EDICIONES Y PUBLICACIONES
CONCEPTO
CANTIDAD
UNIDAD
1
GLOBAL
REPRODUCCIONES DE ESTUDIOS TOTAL
22
PRECIO UNITARIO 255.70
PRECIO TOTAL 255.70 255.70
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
LISTA CORTA DE CONSULTORIA LCC-GADPZCH-002-2017 I. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORIA
SECCION I CONVOCATORIA Para Lista Corta: Se invite a 3 consultores: Consultores Invitados No.
Ruc
Ravin Social
1
- CARLOS FAREZ BUENANO
1900495621001
2
JHANES ZOZORANGA
1900486406001
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HECTOR PEN- ARRETA
1900110527001
CONSULTORES INDIVIDUALES para ejercer la consultoria, que se encuentren habilitados en el Registro Onico de Proveedores — RUP, legalmente capaces para contratar, para que presenten sus ofertas tecnicas y economicas para la ejecucion de ESTUDIO Y DISERO PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RIO CHICHIPE CANTON CHINCHIPE PARROQUIA LA CHONTA SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS ZONA 1. El presupuesto referencia! es de 73.389,88000 (Setenta y Tres Mil Trescientos Ochenta y Nueve dolares 88000/100000 centavos ) Mares de Estados Unidos de America, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecuci6n del contrato es de 180 dias, contado DESDE LA FECHA DE NOTIFICACION QUE EL ANTICIPO SE ENCUENTRA DISPONIBLE Las condiciones de esta convocatoria son las siguientes:
1.- El pliego este disponible, sin ningim costo, en el portal institucional del SERCOP, Cinicamente el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificacion de Ia adjudicaciOn, pagara a la entidad el valor de 0,00000 Mares de Estados Unidos de America, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del articulo 31 de Ia Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publics —LOSNCP. 2.- Los interesados podran formular preguntas en el termino de (minimo de 3 dias y maxim° de 6 dias), contado desde la fecha de publicacion, de acuerdo a lo establecido por GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE. La ComisiOn Tecnica, o cuando fuere el caso la maxima autoridad o su delegado, absolvers obligatoriamente todas las preguntas y realizara las aclaraciones necesarias, en un termino (minimo de 3 dias y maxim° de 6 dies) subsiguientes a Ia conclusion del period° establecido para formular preguntas y aclaraciones. 3.- La oferta se presentara de forma fisica en GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE
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GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
ZAMORA CHINCHIPE o Secretaria de la Comisi6n Tecnica segOn corresponds, ubicada en GARCIA MORENO SN y FCO. DE ORELLANA, Referenda: FRENTE AL SINDICATO DE CHOFERES PROFESIONALES. DIRECCION DE COMPRAS PUBLICAS DEL GAD PROVINCIAL., o de forma electrOnica a traves del Portal Institucional del SERCOP, caso en el que para ser valida debera estar firmada electrOnicamente; hasta las 16:00 del dia 05 de enero del 2018, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion PUblica -RGLOSNCP-. En los dos casos, sea que Ia oferta se presente en forma fisica o en forma electrOnica, los formularios 1 y 2 de Ia oferta tecnica y, el precio de Ia misma, debera subirse a traves del Portal institucional del SERCOP, hasta Ia fecha en que se cierre el plazo para la presentaciOn de la oferta. La no publicaciOn de los formularios referidos o Ia falta de ingreso del precio de Ia propuesta en el portal institucional sera causa de descalificaciOn de Ia oferta. Los oferentes deberan tener en cuenta que Ia oferta econOmica registrada en el mencionado portal debera coincidir con Ia oferta econamica entregada en forma fisica. De existir diferencia en el monto que consta en la oferta fisica y el registrado electrOnicamente, la entidad contratante remitira al SERCOP Ia peticiOn de ajuste debidamente sustentada. La apertura de las ofertas se realizara una hora mรกs tarde de Ia hora prevista para la recepciOn de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas tecnicas sera pUblico y se efectuara en GARCIA MORENO SN y FCO DE ORELLANA Referencia FRENTE AL SINDICATO DE CHOFERES. SALA DE REUNIONES DE LA DIRECCION DE RIEGO Y DRENAJE. * Para los procedimientos por Lista Corta y Concurso PCiblico: Las ofertas, tecnica y econOmica, deberan ser entregadas simultaneamente de forma fisica, en dos sobres separados. La oferta economica sera completada en linea y una impresion de Ia misma se incluira en eI sobre respectivo que se entregara fisicamente. El portal permitira que Ia apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecuten en dias distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 dias termino. Para poder participar en el presente procedimiento, al momento de Ia presentacion de Ia propuesta, los oferentes interesados deberan encontrarse habilitados en el Registro Unica de Proveedores. 4.- La oferta debe presentarse por Ia totalidad de Ia contrataciOn. 5.- El procedimiento NO contempla reajuste de precios. 6.- La evaluaciOn de las ofertas se realizara aplicando los parametros de calificaciOn previstos en el pliego, conforme lo dispone el articulo 54 del Reglamento General de Ia LOSNCP y las resoluciones que el SERCOP dicte para el efecto. 7.- Los pagos del contrato se realizaran con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de Ia entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria:
Nomero de Partida 33.730605.000.9024
Descripcion Estudio y disello para Ia construccion de obras de riego agricola en terrenos productivos en Ia Cuenca del Rio Chicnhipe Canton Chinchipe parroquia Ia Chonta sector Shincushe y las pampasZona 1 2016
La partida presupuestaria debera certificarse por Ia totalidad de la contrataciOn incluyendose el IVA. Los pagos se realizaran: Anticipo: Se otorgara un anticipo de 30%. CON LA PRESENTACION DE GARANTIAS Forma de pago: Pago par planilla de 70%. 10 POR CIENTO CON INFORME DE PREFACTIBILIDAD. 30 POR CIENTO CON EL INFORME DE FACTIBILIDAD. 30 POR CIENTO CON EL INFORME FINAL 8.- El procedimiento se ceriira a las disposiciones de Ia LOSNCP, su Reglamento General, las resoluciones del SERCOP y el presente pliego.
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GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
9.- GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento de contratacion, situaciOn en la que no habra lugar a pago de indemnizaci6n alguna.
ZAMORA, 18 de diciembre del 2017
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ING KARLA I EAT GUI ENCARNACION PREFECT-A (E) GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA
MODELO DE PLIEGO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA Versión 2.1 (09 de junio de 2017) ÍNDICE II. CONDICIONES GENERALES DEL PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA SECCIÓN I
SECCIÓN II
SECCIÓN III
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica 1.2 Participantes 1.3 Presentación y apertura de ofertas 1.4 Inhabilidades 1.5 Obligaciones de los oferentes 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones 1.7 Modificación del pliego 1.8 Idioma y autenticidad de los documentos 1.9 Convalidación de errores de forma 1.10 Causas de rechazo de ofertas 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación 1.11.1 Apertura de la oferta en Contratación Directa 1.11.2 Apertura de la oferta en Concurso Público y Lista Corta 1.11.2.1 Criterios de evaluación 1.11.3 Negociación 1.12 Garantías 1.13 Cancelación del procedimiento 1.14 Declaratoria de procedimiento desierto 1.15 Adjudicatario Fallido 1.16 Suscripción del contrato 1.17 Precios unitarios y reajuste 1.18 Moneda de cotización y pago 1.19 Reclamos 1.20 Administración del contrato 1.21 Autoinvitación 1.22 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1 Metodología de evaluación de las ofertas 2.2 Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices Financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas FASE CONTRACTUAL 3.1 Ejecución del contrato 3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual 3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia 3.1.3 Personal del Consultor 3.1.4 Obligaciones del Consultor 3.1.5 Obligaciones de la contratante 3.1.6 Pagos 3.1.7 Administrador del Contrato
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA
Nota: Edición del modelo de pliego.- Las condiciones generales no son materia de ajuste y/o modificaciones por parte de las entidades contratantes. Las condiciones generales son principios básicos, estipulaciones o cláusulas establecidas, con el objeto de regular la relación con los partícipes en el presente procedimiento de contratación pública, en el marco de la legislación aplicable. La normativa y disposiciones administrativas expedidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública que se emitan durante el procedimiento, quedan incorporadas al Pliego de Condiciones Generales y se aplicarán de manera obligatoria. Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación general para los procedimientos de contratación de servicios de Consultoría, por Concurso Público, Lista Corta y Contratación Directa, salvo las excepciones que en lo pertinente se encuentran claramente especificadas. II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA Las condiciones generales contenidas en el presente documento son de aplicación general para los procedimientos de contratación de Consultoría, por Concurso Público, Lista Corta y Contratación Directa, salvo las excepciones que en lo pertinente se encuentran claramente especificadas. SECCIÓN I DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica: El presente procedimiento presupone la conformación obligatoria de una Comisión Técnica, integrada de acuerdo al artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, encargada del trámite del procedimiento en la fase precontractual. Esta comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en el pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto. Únicamente para los procedimientos de Contratación Directa, no existe la figura de Comisión Técnica; la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado será la responsable del procedimiento. 1.2
Participantes: La convocatoria estará dirigida a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras (cuando sea el caso de consultores extranjeros, se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 37 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública), asociaciones de éstas o consorcios, que se encuentren habilitadas en el Registro Único de Proveedores, y que cumplan con los siguientes requisitos: a) Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad. b) Las empresas consultoras contratarán y demostrarán que cuentan con consultores individuales que deberán cumplir con los requisitos previstos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. c) Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades determinadas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP al tiempo de presentar la oferta, y se designará un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. En caso de ser adjudicados, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio y lo inscribirán en el RUP, previa la firma del contrato, dentro del término previsto para la firma del mismo; en caso contrario, se declarará a los integrantes del compromiso de asociación o consorcio como
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA adjudicatarios fallidos.
1.3 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física en la entidad contratante; y, a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Tratándose de procedimientos por Contratación Directa, la Oferta técnico-económica se presentará en un término no mayor a (6) seis días contado a partir de la fecha en que el consultor invitado haya recibido la invitación. La máxima autoridad o su delegado, realizará la evaluación, negociación y adjudicación, sobre la base de los pliegos en un término no mayor a tres días. Tratándose de procedimientos por Concurso Público y Lista Corta, sea que la Oferta se presente en forma física y en forma electrónica, y, el precio de la misma, deberá subirse a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta. La no publicación o la falta de ingreso del precio de la propuesta en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública será causa de descalificación de la oferta. La apertura de las ofertas técnicas se realizará después de la fecha límite para la recepción de las ofertas. El acto de apertura de las ofertas técnicas será público. De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica y/o máxima autoridad o su delegado con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá al Portal Institucional Servicio Nacional de Contratación Pública: a) Nombre de los oferentes; b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente; c) Número de hojas de cada oferta Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física, en dos sobres separados. La oferta económica será completada en línea y una impresión de la misma se incluirá en el sobre respectivo que se entregará físicamente. El Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública permitirá que la apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecuten en días distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta 10 días término. 1.4 Inhabilidades: No podrán intervenir en el procedimiento precontractual, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. y, en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública. De verificarse con posterioridad que un oferente incurso en una inhabilidad general o especial hubiere suscrito el contrato, dará lugar a la terminación unilateral del contrato conforme el numeral 5 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 1.5 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta. 1.5.1 Obligaciones del adjudicatario en la aplicación de transferencia de tecnología:
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA En relación con los bienes que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, es obligación del proveedor adjudicado, previo a la suscripción del respectivo contrato, entregar a la entidad contratante, en calidad de documento habilitante, y dentro del término que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para el efecto, los requerimientos que se indican a continuación, según el nivel de transferencia de tecnología: Nivel de transferencia de tecnología TT 1: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica” que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos: • • • • •
Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital); CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción; Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen); Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso; o, Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
En caso que el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 1, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido. Así mismo, en caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 1, aplicará el procedimiento establecido en los artículo 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda. Nivel de transferencia de tecnología TT 2: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos:
Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto; o, CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA En caso que el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato, no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 2, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido.
Así mismo, en caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 2, aplicará el procedimiento establecido en los artículo 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda. Nivel de transferencia de tecnología TT 3: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos: •
Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través: de alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente;
•
Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente; o,
•
Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1 y TT2. En el caso que, el proveedor adjudicado, dentro del término para suscribir el respectivo contrato no presente los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 3, será causal para que la entidad contratante lo declare adjudicatario fallido. Así mismo, en el caso que, el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de la entrega de los requerimientos correspondientes a la Transferencia de Tecnología Nivel 3, aplicará el procedimiento establecido en los artículo 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haberse configurado la infracción establecida en el literal d) del artículo 106 de la referida Ley, y notificará a la entidad contratante para que proceda con la declaratoria de adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda. 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias a través del Portal Institucional, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria. 1.7 Modificación del pliego: La Comisión Técnica, o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado en los procedimientos de Contratación Directa de Consultoría, podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública hasta el término máximo para responder preguntas. La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá ajustar el cronograma de ejecución del procedimiento precontractual con la motivación respectiva. Todo cambio será publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y podrá realizarse hasta la fecha límite para contestar las preguntas formuladas y realizar aclaraciones. 1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en español. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen. Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia. Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla. 1.9 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la entidad contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes. La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados. Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del procedimiento, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados. 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica, o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado tratándose de los procedimientos de Contratación Directa, podrán rechazar una oferta por las siguientes causas: a)
Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
b)
Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello, o no se hubiera subido el valor de la propuesta al Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA c)
Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para el efecto.
d)
Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
e)
Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f)
No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
g)
Si al momento de la presentación de la propuesta, el oferente interesado no se encontrare habilitado en el Registro Único de Proveedores.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento. La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta. 1.11
Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
1.11.1 Apertura de la oferta en Contratación Directa: La entidad contratante, una hora después del término límite para la presentación de la oferta, iniciará la evaluación de la oferta presentada, para lo cual abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la oferta técnica como la económica, en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en el pliego. 1.11.2 Apertura de la oferta técnica en el Concurso Público y Lista Corta: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1, un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta. Dentro del término establecido en el artículo 39 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2, en los términos previstos en la normativa que el Servicio Nacional de Contratación Pública expida para el efecto. 1.11.2.1 Criterios de evaluación: La Comisión Técnica calificará el contenido de los Sobres Nos. 1 y 2, bajo los parámetros de evaluación determinados por la entidad contratante, tomando en cuenta los criterios de selección establecidos en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en lo que sean aplicables, así como los criterios y parámetros obligatorios establecidos según la normativa que el Servicio Nacional de Contratación Pública expida para el efecto 1.11.3 Negociación: La Comisión Técnica, o el delegado de la máxima autoridad en los procedimientos de Contratación Directa, negociará con el proponente de acuerdo a los términos del artículo 40 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y, no se volverá a llamar para nuevas negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA El acta de negociación será firmada por los miembros de la Comisión Técnica o el delegado de la máxima autoridad, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación. La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato en los términos del último inciso del artículo 40 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación, excepto en el caso del procedimiento de contratación directa en el que se declarará desierto por esta circunstancia, para iniciar una nueva negociación. En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones con ninguno de los oferentes, se declarará desierto el procedimiento de conformidad al artículo 33 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el portal del SERCOP. 1.12 Garantías: En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos establecidos en este pliego, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo a lo previsto en los artículos 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibídem. 1.12.1 La garantía de fiel cumplimiento del contrato se rendirá por un valor igual al cinco por ciento (5%) del monto total del mismo, en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP, la que deberá ser presentada previo a la suscripción del contrato. No se exigirá esta garantía en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. 1.12.2 La garantía de buen uso del anticipo se rendirá por un valor igual al determinado y previsto en el presente pliego, que respalde el 100% del monto a recibir por este concepto, la que deberá ser presentada previo la entrega del mismo. El valor máximo por concepto de anticipo en contratos de consultoría será del setenta por ciento (70%) del monto total del contrato. El valor será depositado en una cuenta que el contratista aperturará en un banco estatal o privado, en el que el Estado tenga participación accionaria o de capital superior al cincuenta por ciento. El contratista, en forma previa a la suscripción del contrato, deberá presentar, un certificado de la institución bancaria o financiera en la que tenga a su disposición una cuenta en la cual serán depositados los valores correspondientes al anticipo, de haber sido concedido. El contratista deberá autorizar expresamente en el contrato el levantamiento del sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo recibido. El administrador del contrato designado por la entidad contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente a la ejecución contractual. Las garantías se devolverán conforme lo previsto en los artículos 77 de la LOSNCP y 118 del RGLOSNCP.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 1.13 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
1.14 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP, según corresponda. Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la entidad contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura. 1.15 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al Servicio Nacional de Contratación Pública, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP. Así mismo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido. 1.16 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de quince (15) días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General. y lo publicará en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. La entidad contratante realizará la publicación de la Resolución de adjudicación en el mismo día en que ésta haya sido suscrita. 1.17 Precios unitarios y reajuste: Todo contrato cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios se sujetará al sistema de reajuste de precios, salvo que el contratista renuncie expresamente al reajuste de precios y así se haga constar en el contrato, tal como lo prevé el segundo inciso del artículo 131 del RGLOSNCP. Los análisis de precios unitarios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad. No hay opción ni lugar a reclamo alguno por los precios unitarios ofertados. Los precios unitarios podrán ser reajustados si durante la ejecución del contrato se produjeren variaciones de los costos de sus componentes. El reajuste se efectuará mediante la aplicación de fórmula(s) elaborada(s) con base a los precios unitarios de la oferta adjudicada y conforme lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y en su Reglamento General. 1.18 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda. 1.19 Reclamos: Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, el procedimiento correspondiente, y la normativa expedida por el Servicio Nacional para el efecto. 1.20 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 1.21 Autoinvitación: El proveedor que a la fecha de la convocatoria no se encuentra habilitado en el Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente al objeto del proceso de contratación, y tenga las condiciones legales para participar en él, podrá recategorizarse en la actividad respectiva, para lo cual deberá acudir a las oficinas del RUP y presentar los documentos respectivos. La autoinvitación es una opción del Portal Institucional que aparecerá una vez realizada la recategorización, y que podrá utilizarse hasta la fecha límite de entrega de ofertas, según el cronograma del proceso. La autoinvitación es una opción para los procedimientos de concurso público exclusivamente. 1.22 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. SECCIÓN II METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Tratándose de los procedimientos que se realizan por Concurso Público y Lista Corta, las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo. Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; así entre consultores individuales, entre firmas consultoras, o entre organismos que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría. La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los requisitos establecidos en las condiciones particulares del pliego los siguientes requisitos, procedimientos y criterios: 1.- Capacidad técnica y administrativa disponible; 2.- Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos anteriores; 3.- Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la ejecución del contrato; 4.- Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría; 5.- Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría; y, 6.- Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos. Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentran aptos para
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA esta calificación. Únicamente en los procedimientos de Contratación Directa no se cumplirá la etapa de evaluación valorada. 2.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación previstos por el Servicio Nacional de Contratación Pública, pudiendo escoger adicionalmente otros que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas. La entidad contratante, bajo su responsabilidad, deberá asegurar que los parámetros de evaluación publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública sean los que realmente se utilizarán en el procedimiento. 2.3.- De la evaluación:- Las capacidades requeridas a través de los parámetros de evaluación serán analizadas con cualquiera de estas opciones: a) Utilizando una única etapa de evaluación a través de la metodología “Cumple/No Cumple”, cuando se trate de un procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, Menor Cuantía de obras, bienes o servicios, y, Contratación Directa de consultoría; y, b) Utilizando las dos etapas de evaluación señaladas en el numeral 2.1, para todos los demás procedimientos de contratación de régimen común; la primera, bajo la metodología “Cumple / No Cumple” y posteriormente, solo con los oferentes calificados, la segunda que será “Por Puntaje” a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Se estará a la metodología “Cumple / No Cumple” cuando el objetivo sea la determinación de cumplimiento de una condición o capacidad mínima por parte del oferente y que sea exigida por la entidad contratante (Requisitos mínimos). Los índices financieros previstos en los pliegos elaborados por la entidad contratante, en caso de ser considerados, no constituirán un requisito mínimo de obligatorio cumplimiento y en consecuencia tendrán un carácter informativo. Se estará a la metodología “Por Puntaje” cuando el objetivo sea el establecimiento de mejores condiciones o capacidades de entre los oferentes que han acreditado previamente una condición o capacidad mínima requerida. a. Primera Etapa: Integridad de las ofertas y verificación de requisitos mínimos. “Cumple/ No Cumple”
Metodología
a.1. Integridad de las ofertas.Se revisará que las ofertas hayan incorporado todos los formularios definidos en el presente pliego, conforme el siguiente detalle: I.
Formulario Único de la Oferta;
II.
Formularios de Compromiso de Participación del Personal Técnico y Hoja de Vida;
III.
Formulario de Compromiso de Asociación o Consorcio (De ser el caso)
El Formulario de Oferta contendrá los siguientes documentos, claramente descritos en las condiciones particulares de los Pliegos para los Contratos de Consultoría. Aquellas ofertas que contengan el Formulario de la Oferta debidamente elaborado y suscrito, pasarán a la evaluación “cumple / no cumple”; caso contrario serán rechazadas.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA a.2. Verificación de requisitos mínimos: Evaluación de la oferta técnica (cumple / no cumple).- Los parámetros de calificación deberán estar dimensionados por la entidad contratante, no darán lugar a dudas, ni a interpretación o a la subjetividad del evaluador, se fijarán mínimos admisibles y de obligatorio cumplimiento. De acuerdo a la naturaleza del objeto de la contratación, la entidad podrá acoger y considerar varios parámetros de entre los establecidos en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Públicao los sugeridos a manera de ejemplo: equipo, personal técnico, experiencia general, experiencia específica, experiencia personal técnico, etc. El cumplimiento de los parámetros deberá ser absoluto, de manera afirmativa o negativa. Solamente aquellas ofertas que cumplieran con todos los parámetros establecidos podrán habilitarse para la siguiente etapa del procedimiento. En el caso que la entidad contratante considere necesario añadir un parámetro adicional éste deberá ser debidamente sustentado, relacionado con el objeto de la contratación y no contravenir la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su reglamento o la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública; deberá estar completamente definido, no será restrictivo ni discriminatorio y deberá establecer su indicador y el medio de comprobación. Aquellas ofertas que cumplan integralmente con los parámetros mínimos, pasarán a la etapa de evaluación de ofertas con puntaje, caso contrario serán descalificadas. b. Segunda Etapa: Evaluación por puntaje.En esta etapa (que no es aplicable en los procedimientos de Contratación Directa) se procederá a la ponderación valorada de las condiciones diferenciadoras de las ofertas para cada uno de los parámetros señalados en el pliego, a partir de la acreditación de mejores condiciones que las fijadas como mínimos o máximos. En las condiciones particulares del pliego se describen los parámetros para el procedimiento de contratación, los cuales estarán debidamente dimensionados, no serán restrictivos o discriminatorios y contarán con el medio de medición y comprobación. Podrá incorporarse otros siempre y cuando no contravengan la LOSNCP, su reglamento o la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública; igualmente, deberán estar completamente definidos, no serán restrictivos ni discriminatorios y deberá establecerse su indicador y el medio de comprobación. Dicha calificación permitirá la adecuada aplicación del criterio de mejor costo previsto en el numeral 19 del artículo 6 de la LOSNCP. Por regla general, se deberá adjudicar el contrato a la oferta que obtenga el mayor puntaje (excepto en los procedimientos de Contratación Directa) de acuerdo a la valoración de los parámetros y cuyos resultados combinen los aspectos técnicos, financieros, legales y económicos de las ofertas. Al evaluar las ofertas presentadas por una asociación, consorcio o compromiso de asociación o consorcio, las entidades contratantes deberán considerar los aportes de cada participante, con base en la información que deberá desglosarse a través del formulario de la oferta, que es parte del presente pliego e integrará en consecuencia la oferta y en observancia de la normativa que el Servicio Nacional de Contratación Públicaexpida para el efecto. En la metodología de evaluación por puntajes se observará el principio de la proporcionalidad o ponderación y en consecuencia la aplicación de puntajes de “cero” no es pertinente. Con el proponente que obtenga el mayor puntaje ponderado de la oferta técnica y económica, se procederá a la negociación de los términos técnicos y contractuales y a los ajustes económicos que se deriven de tal negociación. Si no se llegare a un acuerdo, las negociaciones se darán por terminadas y comenzarán con el consultor calificado en el siguiente lugar, continuándose con el mismo procedimiento descrito en los incisos anteriores.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 2.4 Índices financieros.- Corresponde a la entidad contratante señalar en los pliegos los índices financieros que va a utilizar en el procedimiento de contratación y cuál es el valor mínimo/máximo para cada uno de ellos, por lo que, los señalados en el modelo de pliegos expedidos por el Servicio Nacional de Contratación Pública, en la “Sección IV: Evaluación de las Ofertas”, de las “Condiciones Particulares”, son referenciales. El incumplimiento de los índices financieros no será causal de rechazo de la oferta. 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario Único de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego. El Formulario de Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las condiciones particulares del pliego SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL 3.1
Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios y entregará los productos dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación. Por razones no imputables al Consultor, la administración del contrato podrá reprogramar y actualizar el cronograma de ejecución contractual, por razones debidamente justificadas, de ser el caso. Igual actualización se efectuará cada vez que, por una de las causas establecidas en el contrato, se aceptase modificaciones al plazo contractual. Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor. 3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la entidad contratante. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva. En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto. 3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia. El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 3.1.4 Obligaciones del Consultor: El Consultor debe contar con o disponer de todos los permisos y autorizaciones que le habiliten para el ejercicio de su actividad, especialmente, pero sin limitarse a cumplimiento de legislación ambiental, seguridad industrial y salud ocupacional, legislación laboral, y aquellos términos o condiciones adicionales que se hayan establecidos en el contrato. Asimismo, y de ser necesario y lo disponga el administrador del contrato, deberá realizar y/o efectuar, colocar o dar todos los avisos y advertencias requeridos por el contrato o las leyes vigentes (señalética, letreros de peligro, precaución, etc.), para la debida protección del público y personal del Consultor, especialmente si las actividades afectan la vía pública o las instalaciones de servicios públicos. Los sueldos y salarios del Consultor con los trabajadores se estipularán libremente, pero no serán inferiores a los mínimos legales vigentes en el país. El Consultor deberá pagar los sueldos, salarios y remuneraciones a su personal, sin otros descuentos que aquellos autorizados por la ley, y en total conformidad con las leyes vigentes. Los contratos de trabajo deberán ceñirse estrictamente a las leyes laborales del Ecuador. Serán también de cuenta del Consultor y a su costo, todas las obligaciones a las que está sujeto según las leyes, normas y reglamentos relativos a la seguridad social. El Consultor se comprometerá a no contratar a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de aquella puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. El Consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito. 3.1.5 Obligaciones de la contratante:
Designar al administrador del contrato.
Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
Las demás, determinadas en el pliego precontractual.
3.1.5.1 Obligaciones del contratante en la aplicación de transferencia de tecnología: La entidad contratante, para los bienes que apliquen la transferencia de tecnología, mismos que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, exigirá previo a la firma del contrato, de manera obligatoria, la entrega de los requerimientos determinados para cada nivel de transferencia tecnológica, según corresponda. Para los bienes correspondientes a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de niveles 1 y 2, la entidad contratante exigirá, de manera obligatoria al proveedor, en calidad de documentación habilitante para la suscripción del respectivo contrato y dentro del término que dispuesto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, los requerimientos que se indican a continuación: Nivel de transferencia de tecnología TT 1:
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos: •
Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital).
•
CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción.
•
Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen).
•
Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso.
•
Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 1: -
Deberá, previo a la suscripción del contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, todos los requerimientos correspondientes.
-
En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpla con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 1 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión, dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las respectivas acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos. Nivel de transferencia de tecnología TT 2: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos: •
Requerimientos de Nivel TT1.
•
Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA •
CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 2: -
Deberá, previo a la firma de contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en su totalidad los requerimientos correspondientes, en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
-
En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpliere con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 2 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos. Nivel de transferencia de tecnología TT 3: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos •
Requerimientos Nivel TT1
•
Requerimientos Nivel TT2
•
Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente.
•
Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente.
•
Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Para cumplir con estos compromisos, la entidad contratante exigirá la presentación obligatoria del documento que permita verificar la formalización del acuerdo o alianza estratégica al que el proveedor ha llegado con una universidad, centro de transferencia y desarrollo tecnológico, instituto tecnológico, empresa pública o privada u otra organización ecuatoriana, que permitan garantizar el cumplimiento del mantenimiento preventivo, correctivo; y, capacitación y entrenamiento especializados, que se realicen dentro del territorio ecuatoriano.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA La ejecución de estos compromisos, capacitación y entrenamiento especializados, deberán cumplirse en un plazo no mayor a seis meses contados desde la suscripción del contrato con la entidad contratante. En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpla con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 3 para la suscripción del respectivo contrato, esta la declarará al proveedor como adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda. Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato o su ejecución, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia, presentación y cumplimiento de dichos requerimientos. 3.1.6 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato. En caso de retención indebida de los pagos al Consultor se cumplirá el artículo 101 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 3.1.6.1 Obligaciones del contratante en la aplicación de transferencia de tecnología: La entidad contratante, para los bienes que apliquen la transferencia de tecnología, mismos que se encuentran publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y que constan en el Anexo 20 de la Codificación de Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública, exigirá previo a la firma del contrato, de manera obligatoria, la entrega de los requerimientos determinados para cada nivel de transferencia tecnológica, según corresponda. Para los bienes correspondientes a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de niveles 1 y 2, la entidad contratante exigirá, de manera obligatoria al proveedor, en calidad de documentación habilitante para la suscripción del respectivo contrato y dentro del término que dispuesto por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, los requerimientos que se indican a continuación: Nivel de transferencia de tecnología TT 1: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 1 “bienes primarios, bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos: •
Manual de uso y manejo de producto, en formato digital y en físico (Para el repositorio del Servicio Nacional de Contratación Pública bastará en formato digital);
•
CD o información en línea donde se dé a conocer información del producto, procedencia de materias primas, fechas y registros de producción;
•
Certificados de calidad o normativa (escaneados) bajo los cual fuere desarrollado el producto (en caso que existiesen);
•
Certificados de calibración del producto, dependiendo del caso; o,
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Cualquier otra información sobre estándares industriales de medidas, pruebas y control de calidad.
La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 1: -
Deberá, previo a la suscripción del contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, los requerimientos correspondientes.
-
En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpla con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 1 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión, dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las respectivas acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos. Nivel de transferencia de tecnología TT 2: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 2 “bienes de baja intensidad tecnológica, y bienes de media-baja intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, los mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos: •
Cronograma del taller o curso de capacitación para conocer el correcto uso o manejo del producto; o,
•
CD donde se exponga el curso o taller de capacitación que fue dado a personal ecuatoriano.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1. La entidad contratante, en los bienes relacionados a los CPCs que corresponden a la entrega de transferencia de tecnología de nivel 2: -
Deberá, previo a la firma de contrato, exigir y verificar que el adjudicatario haya publicado en su totalidad los requerimientos correspondientes, en el Repositorio de Transferencia de Tecnología del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
-
En el caso que, la entidad contratante verifique que el adjudicatario no cumpliere con estas condiciones y requerimientos de transferencia tecnológica nivel 2 para la suscripción del respectivo contrato, esta declarará al proveedor como adjudicatario fallido.
Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia y presentación de dichos requerimientos.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA Nivel de transferencia de tecnología TT 3: Aplica a los CPCs correspondientes a la entrega de transferencia de tecnología nivel 3 “bienes de media-alta intensidad tecnológica, y bienes de alta intensidad tecnológica”, que consta como Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP, mismos que podrán ser actualizados o modificados según la metodología definida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para lo cual bastará su notificación y publicación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. Requerimientos •
Compromisos para alcanzar mantenimiento preventivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente;
•
Compromisos para alcanzar mantenimiento correctivo en el país, sea a través de: alianzas estratégicas para contar con centros autorizados nacionales, capacitación a empresas locales, o capacitación a la entidad requirente; o,
•
Cronograma para proveer de capacitación y entrenamiento especializado, en los talleres o centros autorizados conseguidos con el ítem anterior, para el personal universitario y de institutos técnicos. El objeto es involucrar tanto a la academia como a los técnicos institucionales con la tecnología adquirida, y así, difundir dicho conocimiento sin perjuicio de cumplir con los ítems anteriores.
Adicionalmente, el proveedor adjudicado deberá presentar los requerimientos nivel TT1 y TT2. Para cumplir con estos compromisos, la entidad contratante exigirá la presentación obligatoria del documento que permita verificar la formalización del acuerdo o alianza estratégica al que el proveedor ha llegado con una universidad, centro de transferencia y desarrollo tecnológico, instituto tecnológico, empresa pública o privada u otra organización ecuatoriana, que permitan garantizar el cumplimiento del mantenimiento preventivo, correctivo; y, capacitación y entrenamiento especializados, que se realicen dentro del territorio ecuatoriano. La ejecución de estos compromisos, capacitación y entrenamiento especializados, deberán cumplirse en un plazo no mayor a seis meses contados desde la suscripción del contrato con la entidad contratante. Es importante señalar que, de evidenciarse el incumplimiento de la exigencia de estos requerimientos por parte de la entidad contratante a la firma del contrato o su ejecución, el Servicio Nacional de Contratación Pública, en base a sus atribuciones de control y supervisión dispondrá la terminación unilateral y anticipada del contrato, además, notificará a la Contraloría General del Estado para que ejerza las acciones de control en el ámbito de sus competencias, y de ser el caso, determine las responsabilidades respectivas a los funcionarios de la entidad contratante que omitieron la exigencia, presentación y cumplimiento de dichos requerimientos. 3.1.7 Administrador del Contrato: El administrador será designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, siendo responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual. Tendrá a su cargo además, la administración de las garantías de modo tal que asegure que éstas se encuentren vigentes, durante todo el período de vigencia del contrato; ya sea hasta el devengamiento total del anticipo entregado (de ser el caso), como hasta la recepción definitiva del objeto del contrato. Sin perjuicio de que esta actividad sea coordinada con el área financiera (Tesorería) de la entidad contratante a la que le corresponde el control y custodia de las garantías. Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA ÍNDICE MODELO DE PLIEGO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA Versión SERCOP 2.1 (09 de junio de 2017) III. FORMULARIOS FORMULARIO ÚNICO DE LA OFERTA SECCIÓN I
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO 1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE 1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS, Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS NATURALES, OFERENTES. 1.4 SITUACIÓN FINANCIERA 1.5 OFERTA ECONÓMICA 1.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA 1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS 1.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO 1.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES 1.10 FORMULARIO PARA LA DECLARACIÓN DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA DE DESARROLLO DE SOFTWARE Y, ADQUISICIÓN DE SOFTWARE. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA.
SECCIÓN II
2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO 2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA
SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA NOMBRE DEL OFERENTE: ……………………………………………………….. 1.1
PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (descripción de la consultoría), luego de examinar el pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de ....... si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata de asociación o consorcio) declara que: 1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. 4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización. 5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes. 6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación,
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual. 7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en el presente formulario, la entidad contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado. 8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad contratante ejerza las acciones legales según la legislación ecuatoriana vigente. 9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información del pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el procedimiento, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas. 10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto. 11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios. 12. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor. 13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, la normativa que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública y demás normativa que le sea aplicable. 14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación proporcionada; así como de las declaraciones realizadas para el presente procedimiento de contratación, inclusive aquellas respecto de la calidad de productor nacional; contenidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos. De igual forma garantiza la veracidad y exactitud de la información que como proveedor consta en el Registro Único de Proveedores, al tiempo que autoriza al Servicio Nacional de Contratación Pública y a la entidad contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que la entidad contratante o el Servicio Nacional de Contratación Pública comprobaren administrativamente que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido, contratista incumplido y/o en su defecto se apliquen las sanciones previstas en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, según corresponda; sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar. 15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. 16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable. 17. Autoriza a la entidad contratante y/o al Servicio Nacional de Contratación Pública, el levantamiento del sigilo de las cuentas bancarias que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de las personas naturales o jurídicas a las que representa, durante cualquier etapa del procedimiento precontractual, contractual y de ejecución del cual participa con su oferta y mientras sea proveedor del Estado. 18. Declaro que, en caso de ser una persona que ejerza una dignidad de elección popular o ejerza un cargo en calidad de servidor público, no utilizaré para el presente procedimiento de contratación pública de forma directa o indirecta fondos o recursos provenientes de bienes o capitales de cualquier naturaleza que se encuentren domiciliados en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales. En caso de personas jurídicas o que la oferta se presente a través de un compromiso de asociación o consorcio o, de una asociación o consorcio constituido, declaro que si uno o más accionistas, partícipes mayoritarios o socios que conforman la misma, así como representantes legales o procuradores comunes, según corresponda, ejerzan una dignidad de elección popular o ejerzan un cargo de servidor público, no utilizarán para el presente procedimiento de contratación pública de forma directa o indirecta fondos o recursos provenientes de bienes o capitales de cualquier naturaleza que se encuentren domiciliados en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales. 19. Declaro libre y voluntariamente que la procedencia de los fondos y recursos utilizados para el presente procedimiento de contratación pública son de origen lícito, para lo cual, autorizo a la entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública o, a los órganos de control correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de mis cuentas, ya sean éstas en el país o en el extranjero, así como de las cuentas de los representantes legales, socios, accionistas o participes mayoritarios en caso de ser persona jurídica, así también a los miembros y procurador común de los compromisos de asociación o consorcio, o las asociaciones y consorcios constituidos, según corresponda, ya sean éstas en el país o en el extranjero; y, que se realice cualquier otra acción de control que permita verificar el origen de los fondos y recursos utilizados en el presente procedimiento. 20. Para la presentación de la oferta registraré en el Registro Único de Proveedores RUP todos los subcontratistas o subproveedores que emplearé para la ejecución del contrato en caso de resultar adjudicado. Adicionalmente me comprometo a realizar todas las gestiones necesarias a fin que estos subcontratistas o subproveedores obtengan su inscripción en el Registro Único de Proveedores RUP administrado por el Servicio Nacional de Contratación Pública. En caso de no presentar documentación comprobable de las gestiones realizadas, autorizo a la entidad contratante para que descalifique mi oferta. 21. El oferente, de resultar adjudicado, declara que cumplirá con las obligaciones de pago que se deriven del cumplimiento del contrato a sus subcontratistas o subproveedores. En caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de dichas obligaciones, aplicará el procedimiento de sanción establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haber incurrido en lo establecido en el literal c) del artículo 106 de la referida Ley, al considerarse una declaración errónea por parte del proveedor.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 22. En caso de que sea adjudicatario, conviene en: a) Firmar el contrato dentro del término de quince (15) días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días) b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP. c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato. d) Presentar, previo a la suscripción del contrato, los requerimientos correspondientes al nivel de transferencia de tecnología que corresponda, conforme al listado de CPCs publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, que constan en el Anexo 20 de la Codificación de las Resoluciones del SERCOP. (Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP). 1.2
DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
Ciudad: Calle (principal) No: Calle (intersección): Teléfono(s): Correo electrónico Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): R.U.C:
1.3 NÓMINA DE SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS, Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS NATURALES, OFERENTES. A. DECLARACIÓN En mi calidad de representante legal de …….. (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1. Libre y voluntariamente presento la nómina de socios, accionistas o partícipes mayoritarios que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos esté inhabilitado en el RUP para participar en los procedimientos de contratación pública; 2. Que la compañía a la que represento ……(el oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda a la realidad) está registrada en la BOLSA DE VALORES.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA (En caso de que la persona jurídica tenga registro en alguna bolsa de valores, deberá agregar un párrafo en el que conste la fecha de tal registro, y declarar que en tal virtud sus acciones se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores.) 3. Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la entidad contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.(Esta declaración del representante legal solo será obligatoria y generará efectos jurídicos si la compañía o persona jurídica NO cotiza en bolsa) 4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada se encuentre inhabilitado por alguna de las causales previstas en los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, 110 y 111 de su Reglamento General, la entidad contratante descalifique a mi representada. 5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. 6. En caso de que los socios, accionistas o partícipes mayoritarios de la persona jurídica a la que represento o sus representantes legales, tengan de forma directa o indirecta bienes o capitales de cualquier naturaleza en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales deberán describir a continuación los mismos: Bien, capital o cuenta financiera
Descripción y/o detalle de: 1) bienes; 2) acciones, participaciones o capitales; 3) cuenta/s financiera/s (Número de cuenta, nombre de la entidad financiera); o, 4) otros a describir
País del Paraíso Fiscal que se encuentra el bien, capital, acciones, participaciones o cuenta/s financiera/s.
7. En caso de que la persona jurídica tenga entre sus socios, accionistas, partícipes mayoritarios o sus representantes legales a alguien considerada como “Persona Expuesta Políticamente (PEP)” de conformidad a lo previsto en los artículos 42 y 45 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos deberá detallar a continuación los nombres, apellidos y números de identificación de los mismos. 8. En caso de personas jurídicas o que la oferta se presente a través de un compromiso de asociación o consorcio o, de una asociación o consorcio constituido, declaro que uno o más accionistas, partícipes, socios que conforman la misma, así como representantes legales o procuradores comunes, según corresponda, ejercen una dignidad de elección popular o un cargo en calidad de servidor público. (El oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda). En caso de que la declaración sea afirmativa, el oferente deberá completar la siguiente información: Nombres completos del servidor público/ dignatario
Cédula o RUC
Cargo o dignidad que ejerce
Entidad o Institución que ejerce el cargo o dignidad
9. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
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a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES: TIPO DE PERSONA JURÍDICA:
Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)
Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra Número de cédula de identidad, ruc o identificación similar emitida por país extranjero, de ser el caso
Porcentaje de participación en la estructura de propiedad de la persona jurídica
Domicilio Fiscal
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s) hasta persona natural, para lo que se usará el siguiente formato: Nombres completos del socio(s), accionista(s), partícipe(s)
Número de cédula de identidad, rucPorcentaje de participación en Domicilio o identificación similar emitida por la estructura de propiedad Fiscal país extranjero, de ser el caso de la persona jurídica
C. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS NATURALES. 1. En caso de contar de forma directa o indirecta con bienes o capitales de cualquier naturaleza en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales, describirá a continuación los mismos: Bien, capital o cuenta financiera
Descripción y/o detalle de: 1) bienes; 2) acciones, participaciones o capitales; 3) cuenta/s financiera/s (Número de cuenta, nombre de la entidad financiera); o, 4) otros a describir
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País del Paraíso Fiscal que se encuentra el bien, capital, acciones, participaciones o cuenta/s financiera/s.
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2. Declaro ser una “Persona Expuesta Políticamente (PEP)” de conformidad a lo previsto en los artículos 42 y 45 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos: SÍ ( ) 3. Declaro que ejerzo una dignidad de elección popular o un cargo en calidad de servidor público. (El oferente deberá agregar la palabra SI, o la palabra, NO, según corresponda). En caso de que la declaración sea afirmativa, el oferente deberá completar la siguiente información: Nombres completos
Cédula o RUC
Cargo o dignidad que ejerce
Entidad o Institución que ejerce el cargo o dignidad
Notas: 1. La presente Sección del Formulario de la oferta será llenado por personas jurídicas y personas naturales. (Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios que sean personas jurídicas o naturales, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.) 2. La falta de presentación de esta Sección por parte de la persona jurídica o persona natural, será causal de descalificación de la oferta. 1.4
SITUACIÓN FINANCIERA
La situación financiera del oferente se demostrará con la presentación del formulario de declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal inmediato anterior que fue entregada al Servicio de Rentas Internas SRI. El participante presentará la información requerida para la (entidad contratante) para los índices financieros por ella solicitada, conforme el siguiente cuadro: Índice
Indicador solicitado
Indicador declarado por el proveedor
Observaciones
Solvencia* Endeudamiento* Otro índice resuelto por la entidad contratante *
*Los índices son referenciales; la entidad contratante podrá escoger los señalados o aquel (aquellos) que considere pertinente(s).
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 1.5
OFERTA ECONÓMICA **
(SOBRE No. 2 – para Concurso Público y Lista Corta)
DESCRIPCIÓN
Valor USD $
COSTOS DIRECTOS Remuneraciones Beneficios y cargas sociales Viajes y viáticos Servicios Arrendamientos Equipos e instalaciones Suministros Reproducciones Subcontratos COSTOS INDIRECTOS Utilidad TOTAL
TOTAL: (detallar el total en números) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA. (Detallar costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP. No aplicable para consultores individuales)
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2 en Concurso Público y Lista Corta, debidamente cerrado.
1.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA Contendrá, entre otros lo siguiente: 1.
Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
2.
Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;
3.
Organigrama funcional del servicio propuesto; y,
4.
Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.
5.
Cronograma de participación del personal técnico;
6.
Cronograma de ejecución de la consultoría;
7.
Metodología para la ejecución de la consultoría;
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 8.
Determinación de subcontratación;
9.
Los servicios de apoyo a la consultoría; y,
10. Otros determinados por la entidad de acuerdo a la necesidad del proyecto. (Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato). 1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS
Nº
Nombre del proyecto
Entidad Contratante
Monto
Breve descripción
Período de ejecución Inicio
Final
1.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre completo
Título profesional
Nacionalidad
Cargo / Función
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Tiempo participación (meses)
Porcentaje participación sobre total
CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA
1.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES: La entidad contratante verificará la necesidad de incluir o no este formato en el procedimiento de contratación. No.
Descripción
Detalle
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
------------------------------------------------------FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso **)
(LUGAR Y FECHA) ** Nota: El formulario de la oferta que se compone por todos los documentos enumerados del 1.1. al 1.9 requiere una sola firma.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 1.10 FORMULARIO PARA LA DECLARACIÓN DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA DE DESARROLLO DE SOFTWARE Y, ADQUISICIÓN DE SOFTWARE. NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………….. Código del Procedimiento Señor (Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE) Presente De mi consideración: El que suscribe, (por mis propios derechos o en calidad de representante legal de la compañía..., o del consorcio...) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: •
Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente procedimiento de contratación;
•
Garantizo la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.
•
Autorizo a que esta información se transparente a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública; y, doy mi consentimiento para que se realicen las verificaciones que sean pertinentes en cualquier momento y sin previo aviso.
•
Como oferente me comprometo a tener, en el momento que el Servicio Nacional de Contratación Pública lo solicite, la documentación de respaldo necesaria para el cálculo del VAE, para la verificación correspondiente.
•
La falta de veracidad de la información presentada por el oferente será causa de descalificación de la oferta, declararlo adjudicatario fallido o de terminación unilateral del contrato, según corresponda; sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar.
El proveedor, como parte de la entrega de la oferta, presentará la siguiente información: Formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano de la Oferta 1.- ¿El producto desarrollado u ofertado, o el producto objeto del servicio de su oferta es software de código abierto? Si No
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 2.- Por favor llenar la siguiente tabla para los casos de consultorías para el desarrollo de software, o adquisición de software: PROCESO
PONDERACIÓN (a)
Análisis Diseño Codificación Prueba Implementación VAEP
20% 25% 45% 5% 5%
ECUATORIANOS (b)
EXTRANJEROS (c)
% ECUATORIANO (a x b/(b+c))
VAEP = ____ % a = Ponderación de cada proceso del desarrollo del software (fijo) b = Número de personas ecuatorianas contratadas que participan en cada proceso del desarrollo del software c = Número de personas extranjeras contratadas que participan en cada proceso del desarrollo del software VAEP = Resultado de la fórmula 3.- Por favor llenar la siguiente tabla para otros servicios prestados en los que no se considere el desarrollo de software (excepto consultoría para el desarrollo de software y, adquisición de software): SERVICIO
PONDERACIÓN* (a)
ECUATORIANOS (b)
EXTRANJEROS (c)
% ECUATORIANO (a x b/(b+c))
VAES * El número de servicios a calificar será variable y determinado por la entidad contratante conforme el alcance y objeto de contratación. Por tanto, la ponderación variará, de acuerdo a la fórmula 100/n. VAEP = ____ % VAES = ____ % SERVICIO = Tipo de servicio de software que se está ofertando. a = Ponderación de cada servicio de software (100/número de servicios). b = Número de personas contratadas nacionales que participan en la prestación de cada servicio de software de su oferta. c = Número de personas contratadas extranjeras que participan en la prestación de cada servicio de software de su oferta. VAEP = Resultado de la fórmula,
, según el numeral 2.
En caso que el software objeto del servicio es software de código abierto, el VAEP es 1, de lo contrario, el VAEP se calcula como en el numeral 2.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA VAES = Resultado de la fórmula, El oferente del Estado deberá tener siempre todos los documentos de respaldo de su formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano. Estos documentos serán usados en la verificación respectiva de su declaración de Valor Agregado Ecuatoriano. Las entidades contratantes, al momento de revisar la declaración del Valor Agregado Ecuatoriano de la oferta, deberán también comprobar la respuesta entregada por el oferente a la pregunta inicial del formulario, bajo los siguientes criterios:
La pregunta inicial debe ser respondida de forma obligatoria por el proveedor, en caso de que no se responda, deberá solicitarse dicha información en la etapa de convalidación de errores.
La respuesta entregada por el proveedor en la primera pregunta solo puede ser “Si” o “No”, nunca ambas al mismo tiempo.
Como documento de verificación del formulario de declaración del VAE, el oferente deberá presentar como anexo el registro de propiedad intelectual, conforme a la legislación del país de origen del software, donde conste la lista de programadores, desarrolladores o autores que intervinieron o que intervinieren en el desarrollo del software. En caso de no presentarse esta documentación, se asumirá que el software es 100% de origen extranjero y su VAE será igual a cero. En la consultoría para el desarrollo de software, el Servicio Nacional de Contratación Pública verificará que el personal declarado hubiere sido efectivamente contratado para el objeto de la contratación, y que su autoría se reconozca expresamente en los créditos del software resultante. En la adquisición de software y en los otros servicios en los que no se considere el desarrollo de software, el oferente presentará la lista de programadores, desarrolladores o autores que estuvieren efectivamente incluidos en los créditos del software, tal como conste en el registro de propiedad intelectual, conforme a la legislación del país de origen del software, así como el listado del personal técnico involucrado en la prestación del servicio contratado. En todos los casos el oferente deberá indicar quiénes de las personas que constaren en la lista son efectivamente ecuatorianos. Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
------------------------------------------------------FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN (según el caso) (LUGAR Y FECHA) a) Procedimiento de declaración electrónica transitorio Hasta que el módulo facilitador de la contratación pública (herramienta informática USHAY) u otras herramientas informáticas del Sistema Oficial de Contratación del Estado, se encuentren desarrolladas y actualizadas conforme a esta metodología, en la presentación de ofertas, en el “Formulario de Declaración de Valor Agregado Ecuatoriano de la oferta” vigente, en los procesos de contratación de bienes y servicios de software por régimen común, los proveedores calificados deberán responder “NO” a la pregunta “¿Es intermediario (importador directo, distribuidor o comerciante) de todos los productos que conforman su oferta?”, adicionalmente, deberán dejar en blanco los casilleros a y b del formulario en mención. No obstante, deberán adjuntar como anexo electrónico en el módulo facilitador de contratación pública y en la presentación de su oferta, los formularios correspondientes conforme a la metodología detallada en esta subsección.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA 2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 2.2 de este formulario. Lugar y Fecha
__________________________ (Firma, Nombre y Número CC) (Profesional Asignado al Proyecto)
Notas: 1. Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado en el proyecto, exclusivamente. 2. Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el numeral 2.2 de este formulario.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA
2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO 1.
Nombres completos:
__________________________________
2.
Lugar y fecha de nacimiento:
__________________________________
3.
Nacionalidad:
__________________________________
4.
Título profesional:
__________________________________
5.
Fecha de graduación:
__________________________________
6.
Título IV nivel:
7.
Fecha de obtención:
6.
Experiencia profesional:
__________________________________ __________________________________
Empresa / Institución: Contratante: Proyecto: Monto del proyecto: Papel desempeñado: Tiempo de participación: Actividades relevantes:
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA MODELO DE COMPROMISO DE ASOCIACIÓN O CONSORCIO PROCEDIMIENTO No. OBJETO DE CONTRATACIÓN: Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, ……………………….(persona natural o representante legal de persona jurídica), debidamente representada por …………… ………….; y, por otra parte, (personas natural o representante legal de persona jurídica), …..……… representada por…………… …………., todos debidamente registrados y habilitados en el RUP. Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso de Asociación o Consorcio para participar en el procedimiento de contratación No. ……., cuyo objeto es………………………. y por lo tanto expresamos lo siguiente: a) El Procurador Común de la Asociación o Consorcio será (indicar el nombre), con cédula de ciudadanía o pasaporte No. ______________ de (Nacionalidad), quien está expresamente facultado representar en la fase precontractual. b) El detalle valorado de los aportes de cada uno de los miembros es el siguiente: (incluir el detalle de los aportes sea en monetario o en especies, así como en aportes intangibles, de así acordarse). c) Los compromisos y obligaciones que asumirán las partes en la fase de ejecución contractual, de resultar adjudicada; son los siguientes: (detallar) d) En caso de resultar adjudicados, los oferentes comprometidos en la conformación de la asociación o consorcio, declaran bajo juramento que formalizarán el presente compromiso mediante la suscripción de la pertinente escritura pública y se habilitará al Consorcio constituido en el RUP, para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, aplicable a este caso. e) La asociación o consorcio está integrado por: Número Asociados o Consorciados
Porcentaje de participación
1 2 El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los miembros, debe ser igual al 100%. f) La responsabilidad de los integrantes de la asociación o consorcio es solidaria e indivisible para el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades y obligaciones emanadas del procedimiento precontractual, con renuncia a los beneficios de orden y excusión; g)
La constitución de la asociación o consorcio se la realizará dentro del plazo establecido en la normativa vigente o en el pliego, previo a la suscripción del contrato.
h) El plazo del compromiso de asociación o consorcio y plazo del acuerdo en caso de resultar adjudicatario, cubrirá la totalidad del plazo precontractual, hasta antes de suscribir el contrato de asociación o consorcio respectivo, y noventa días adicionales.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA Además, manifestamos que el consorcio cumplirá con todo lo determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General, así como con lo establecido en la normativa que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Atentamente,
Asociado o consorciado 1.-
Asociado o consorciado 2.-
Firma: Representante Legal o persona natural.
Firma: Representante Legal o persona natural
Nombre: Representante Legal o persona Nombre: Representante Legal o persona natural. natural. Domicilio:
Domicilio:
Lugar de recepción de notificaciones:
Lugar de recepción de notificaciones:
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA PROYECTO DE CONTRATO IV. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA Versión SERCOP 2.1 (09 de junio de 2017) Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte (nombre de la entidad contratante), representada por (nombre de la máxima autoridad o su delegado), en calidad de (cargo), a quien en adelante se le denominará contratante; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará contratista. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas: Cláusula Primera.- ANTECEDENTES 1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública , y 25 y 26 de su Reglamento General , el Plan Anual de Contratación de la contratante, contempla la ejecución de: (describir objeto de la contratación). 1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la contratante resolvió aprobar el pliego del procedimiento de (Concurso Público / Lista Corta / Contratación Directa) (No.) para (describir objeto de la contratación). 1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida por (funcionario competente y cargo), mediante documento (identificar certificación, fecha, número y valor). 1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año), a través del Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública. 1.5. Luego del procedimiento correspondiente, (nombre) en su calidad de máxima autoridad de la contratante (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la ejecución de la consultoría (establecer objeto del contrato) al oferente (nombre del adjudicatario). Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos: a) El pliego (Condiciones Particulares del Pliego CPP y Condiciones Generales del Pliego CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada. b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.. c) La oferta presentada por el contratista, con todos sus documentos que la conforman. d) Las garantías presentadas por el contratista. (De ser el caso) e) La resolución de adjudicación. f)
Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA g) En el caso que el bien a ser adquirido corresponda a uno de la lista de los CPCs publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, que constan en el Anexo 20 de la Codificación y Actualizaciones de las Resoluciones del SERCOP, se considerará como parte integrante del contrato los requerimientos correspondientes al nivel de Transferencia de Tecnología, según corresponda. (En caso de que corresponda proceder con la protocolización del contrato, conforme lo dispuesto en la normativa vigente, los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con las condiciones particulares del contrato. No es necesario protocolizar las condiciones generales del contrato, ni la información relevante del procedimiento que ha sido publicada en el portal institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.).1 Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO 3.1 El contratista se obliga para con la contratante a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción de la misma (describir detalladamente el objeto de la contratación). Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable. El contratista se obliga con la (contratante) a cumplir con todos los requerimientos y compromisos determinados según el nivel de transferencia de tecnología que se requiera para uno de los bienes que constan en el Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública. Cláusula Cuarta.- OBLIGACIONES DE LA CONSULTORA En virtud de la celebración del contrato, la Consultora se obliga para con (entidad contratante) a prestar los servicios de (definirá la entidad contratante) y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales. Cláusula Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (definirá la entidad). La Consultora se obliga por tanto a: (definir entidad contratante) Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO 6.1. El valor estimado del presente contrato, que la contratante pagará al contratista, es el de (cantidad exacta en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el contratista. 6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que 1
La Entidad Contratante no exigirá al contratista más de dos copias de la documentación que por las disposiciones de este pliego deba ser protocolizada.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato. Cláusula Séptima.- FORMA DE PAGO 7.1. La contratante entregará al contratista, en el plazo máximo de (días), contados desde la celebración del contrato en calidad de anticipo; el valor de (hasta un máximo del 70 % del valor del contrato), en dólares de los Estados Unidos de América. 7.2. El valor restante del contrato, esto es, (establecer el porcentaje en letras) por ciento (%), se lo hará mediante un solo pago o varios pagos contra entrega del o de los respectivos informes, final, parcial o por producto; o, cualquier otra forma permitida por la ley y determinada por la entidad contratante (establecer la forma aquí). En los contratos de fiscalización de obra, el pago se realizará en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza. No será posible establecer en el contrato de fiscalización de obra, formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo. El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra, obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje que será aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra, el valor resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalización de obra. Cláusula Octava.- GARANTÍAS 8.1.- En este contrato se rendirán las siguientes garantías: (establecer las garantías que apliquen de acuerdo con lo establecido en el Pliego para las contrataciones de consultoría que es parte integrante del presente contrato). 8.2.-Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 118 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la contratante. Cláusula Novena.- PLAZO 9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de (establecer periodo en letras – días), contado a partir de (establecer si desde la fecha de la firma del contrato, desde la fecha de notificación de que el anticipo se encuentra disponible, o desde cualquier otra condición, de acuerdo a la naturaleza del contrato), de conformidad con lo establecido en la oferta. Cláusula Décima.- MULTAS 10.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de (valor establecido por la contratante, de acuerdo a la naturaleza del contrato.). (El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la entidad en función del incumplimiento y del proyecto, por cada día de retraso, por retardo en el cumplimiento de las obligaciones contractuales según el cronograma valorado, o por el incumplimiento de otras obligaciones contractuales. El porcentaje para el cálculo de las multas se deberá determinar dentro de la legalidad y razonabilidad, que implica la comprobación del hecho y la correlativa sanción, y no podrá ser menor al 1 (uno) por (1000) mil del valor total del contrato, por día de retraso). Cláusula Undécima.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 11.1.-El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula general: Pr = Po (IPC1 / IPCo) Donde: Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta. IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance. La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios. En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po. El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor. En caso de mora o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente. En caso de mora de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses. La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de quince (15) días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste. Cláusula Duodécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO: 12.1 La contratante designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares del pliego que forma parte del presente contrato, y velará por el cabal cumplimiento del mismo en base a lo dispuesto en el artículo 121 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 12.2 La contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual. Cláusula Décima Tercera.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 13.1Terminación del contrato.-El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA 13.2Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales: a) Si el contratista no notificare a la contratante acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación; b) Si la contratante, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del contratista; c) Si el contratista incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de oferta Presentación y compromiso; d) En caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar. e) (La entidad contratante podrá incorporar causales adicionales de terminación unilateral, conforme lo previsto en el numeral 6 del artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.) 13.3.- Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 14.1.- Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento Contencioso Administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o la normativa que corresponda; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante. (En caso de que la entidad contratante sea de derecho privado, la cláusula 14.1.- “Solución de Controversias” dirá: “Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas recurrirán ante la justicia ordinaria del domicilio de la Entidad Contratante”). 14.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato. Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el administrador del contrato y el contratista se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos, cuya
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento. Cláusula Décima Sexta.- DOMICILIO 16.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer ciudad). 16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La contratante: (dirección y teléfonos, correo electrónico). El contratista:(dirección y teléfonos, correo electrónico). Cláusula Décima Séptima.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 17.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos Consultoría, publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que lo están suscribiendo. 17.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. Dado, en la ciudad de Zamora, a
___________________________ LA CONTRATANTE
_____________________________ EL CONTRATISTA
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA Versión SERCOP 2.1 (09 de junio de 2017) V. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA
Nota: Las Condiciones Generales de los Contratos de Consultoría son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes y los consultores que celebren contratos de Consultoría, provenientes de procedimientos sujetos a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, como “Concurso Publico”, “Lista Corta” y “Contratación Directa”.
Cláusula Primera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: a. Cuando los términos están definidos en la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal. b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”. 1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la entidad contratante le adjudica el contrato. b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General, la normativa expedidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública, el pliego aprobado, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables. c. “Consultor”, es el oferente adjudicatario. d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato. e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica. g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al procedimiento de contratación.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto. i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública. Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO Se estará a lo previsto en las Condiciones Particulares del contrato, y además: 2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el consultor aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El consultor autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual. El anticipo que la contratante haya otorgado al consultor para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación. 2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el artículo 139 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 2.3 Todos los pagos que se hagan al consultor por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la contratante, previa la aprobación del administrador del contrato. 2.4 De los pagos que deba hacer, la contratante retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato. 2.5 Pagos indebidos: La contratante se reserva el derecho de reclamar al consultor, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el consultor a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la contratante, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador. Cláusula Tercera.- GARANTÍAS 3.1 Lo contemplado en las Condiciones Particulares del Contrato y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la contratante en los siguientes casos: 3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato: a)
Cuando la contratante declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al consultor.
b)
Si el consultor no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
c)
Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el contrato de Consultoría, no satisfechas por el consultor.
3.2.2 La del anticipo: a)
Si el consultor no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA b)
En caso de terminación unilateral del contrato y que el consultor no pague a la contratante el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO 4.1 La contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el consultor así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta (días) siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud. a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el consultor está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato. b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la entidad contratante y que no se deban a causas imputables a la consultora. c) Si la contratante no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio. 4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la contratante, previo informe del administrador del contrato. Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR A más de las obligaciones señaladas en las condiciones particulares del pliego que son parte del presente contrato, las siguientes: 5.1 El consultor se compromete a prestar sus servicios derivados del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la entidad contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración. 5.2 El consultor se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el consultor se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual. 5.3 El consultor está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable. 5.4 El consultor se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE 6.1 Son obligaciones de la contratante las establecidas en el pliego que es parte del presente contrato. Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y en su Reglamento General. Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO 8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el consultor de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. 8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 8.3 Si la contratante no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del consultor notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del consultor o declarada por la contratante, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente. Las partes buscarán en el plazo de treinta (30) días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas. 8.5 Liquidación del contrato: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del RGLOSNCP. Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La contratante efectuará al consultor las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente. 9.2 Es de cuenta del consultor, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El consultor entregará a la contratante hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del consultor. Cláusula Décima: LABORAL 10.1 El consultor asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos
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CONCURSO PÚBLICO CONSULTORIA que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la entidad contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del consultor. Sin perjuicio de lo cual, la entidad contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del consultor. Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD 12.1 La entidad contratante y el consultor convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios. El consultor y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la entidad contratante. Cláusula Décimo Tercera: RESPONSABILIDAD 13.1 El consultor es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. (Hasta aquí el texto de las condiciones generales de los contratos de ejecución de obras). NOTA: Las Condiciones Generales de los contratos de Consultoría, no requieren de firma por parte de los representantes de la entidad contratante ni del contratista, puesto que están incorporadas como parte integrante del Contrato, conforme la cláusula segunda “DOCUMENTOS DEL CONTRATO” de las condiciones particulares del contrato.
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE COMISIÓN TÉCNICA ACTA DE CALIFICACION La Secretaria de la Comisión Técnica, cumpliendo con la disposición emitida, procede a dar lectura del referido documento para conocimiento de los presentes, concluyendo que el oferente A, presentado por el Ing. Carlos Antonio Farez Buenaño, contenía errores de naturaleza subsanables, por lo que se le envió a convalidar. Inmediatamente, el Señor Presidente de la Comisión Técnica dispone que se de lectura al memorando N° 0021 DCP-GADPZCH-2018, de fecha 12 de enero de 2018, suscrito por la Lcda. Zoila Chalán Q., Directora de Compras Públicas, para conocimiento de los presentes. El secretario cumpliendo con la disposición emitida procede a dar lectura del referido memorando, el mismo que en su parte pertinente manifiesta “ Para los fines pertinentes, adjunto al presente remito a usted, la convalidación de errores presentada por el Ing. Carlos Antonio Farez Buenaño, dentro del proceso de Lista Corta de Consultoría signado bajo el código No. LCC-GADPZCH-002-2017 denominado ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RÍO CHINCHIPE, CANTON CHINCHIPE, PARROQUIA LA CHONTA, SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS, ZONA 1” Acto seguido se procede al análisis de la documentación convalidada, obteniendo el siguiente resultado: OFERENTE
CONVALIDACIÓN SATISFACTORIA
OBSERVACIONES
A. Ing. Carlos Antonio Farez Buenaño
El oferente presenta la metodología con las correcciones, incorporando el cronograma de trabajos. El oferente presenta la lista y hojas de vida del equipo técnico.
SI
SEGUNDO.- Calificar las ofertas presentadas en el proceso No. LCC-GADPZCH-002-2017 denominado ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE RIEGO AGRICOLA EN TERRENOS PRODUCTIVOS EN LA CUENCA DEL RÍO CHINCHIPE, CANTON CHINCHIPE, PARROQUIA LA CHONTA, SECTOR SHINCUSHE Y LAS PAMPAS, ZONA 1” La Comisión Técnica con el fin de continuar con el segundo punto del orden del día, procede a la reapertura de la oferta presentada y a la correspondiente revisión y calificación de cada lineamiento exigido en los pliegos, derivando como resultado lo siguiente: Ing. Carlos Antonio Farez Buenaño PARÁMETROS
CUMPLE
FUNDAMENTO
Integridad de la Oferta
SI CUMPLE
Cumple con la integridad de la oferta.
Equipo mínimo
SI CUMPLE
Cumple con lo requerido en los pliegos
Personal técnico mínimo
SI CUMPLE
Cumple con lo requerido en los pliegos
Experiencia general mínima
SI CUMPLE
Cumple con lo requerido en los pliegos
Experiencia específica mínima Experiencia mínima del personal técnico
SI CUMPLE
Cumple con lo requerido en los pliegos
SI CUMPLE
Cumple con lo requerido en los pliegos
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