Lea en el BOE decreto que endurece las medidas de confinamiento

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BOLET脥N OFICIAL DEL ESTADO N煤m. 87

Domingo 29 de marzo de 2020

Sec. I. P谩g. 27629

I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO 4166

Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la poblaci贸n en el contexto de la lucha contra el COVID-19. I

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gesti贸n de la situaci贸n de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, adopt贸 una serie de medidas en relaci贸n con la limitaci贸n de la movilidad de las personas, as铆 como de las actividades sociales y econ贸micas de nuestro pa铆s, que han contribuido a contener el avance del COVID-19. Desde entonces se ha procedido a acordar desde el Gobierno, a trav茅s de diversos instrumentos normativos, distintas iniciativas dirigidas a ordenar la aplicaci贸n de las medidas que se han entendido como necesarias para proteger a las personas del riesgo de contagio, para atender a las que son especialmente vulnerables, para garantizar la prestaci贸n de servicios sanitarios y sociales esenciales, as铆 como para velar por las empresas y las personas trabajadoras que se vean afectadas en el aspecto econ贸mico y productivo, de modo que puedan recuperar la normalidad tan pronto como sean removidas las circunstancias excepcionales que a d铆a de hoy tienen paralizado ya a gran parte del tejido productivo, asistencial y de servicios en nuestro pa铆s. Todas estas medidas, particularmente las que han incidido en la limitaci贸n de la movilidad de las personas, han contribuido a contener el avance del COVID-19. El teletrabajo, las medidas de flexibilidad empresarial y el resto de medidas econ贸micas y sociales adoptadas en las 煤ltimas semanas, est谩n permitiendo al mismo tiempo minimizar el impacto negativo sobre el tejido empresarial y el empleo. Sin embargo, a pesar del impacto que estas medidas de distanciamiento social est谩n teniendo para favorecer el control de la epidemia, la cifra total de personas contagiadas y de v铆ctimas del COVID-19 que son ingresadas en las Unidades de Cuidados Intensivos, en ocasiones durante periodos relativamente largos, con un efecto de ac煤mulo de pacientes, ha continuado creciendo, provocando una presi贸n creciente sobre el Sistema Nacional de Salud y, en particular, sobre los servicios asistenciales. Por ello, atendiendo a las recomendaciones de los expertos en el 谩mbito epidemiol贸gico, resulta necesario adoptar nuevas medidas que profundicen en el control de la propagaci贸n del virus y evitar que el ac煤mulo de pacientes en las Unidades de Cuidados Intensivos lleve a su saturaci贸n.

Teniendo en cuenta que la actividad laboral y profesional es la causa que explica la mayor铆a de los desplazamientos que se producen actualmente en nuestro pa铆s, se ha puesto de manifiesto la necesidad de adoptar una medida en el 谩mbito laboral, que permita articular la referida limitaci贸n de movimientos y reducirla hasta los niveles que permitir谩n conseguir el efecto deseado. La prioridad de la regulaci贸n contenida en esta norma es, por tanto, limitar al m谩ximo la movilidad. Y los sectores de actividad a cuyas personas trabajadoras se excluye del disfrute obligatorio del permiso se justifican por estrictas razones de necesidad.

cve: BOE-A-2020-4166 Verificable en https://www.boe.es

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