LUNES • 24 DE SETIEMBRE DEL 2018
DIARIO DE CIRCULACIÓN REGIONAL
Reformar la justicia y la política
La confianza no mató al gato ■ PÁG.06
El "fiel Quijote", don Guido Cuzquén
POR: LILIANA LA ROSA HUERTAS ■ PÁG.04
POR: JORGE ACOSTA ZEVALLOS
POR: NICOLÁS VALDEZ C.
■ PÁG.07
Absueltos ■ PÁG.10-11 ¿impunidad o justicia? POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA
RICHARD ALE: “Este cholo tiene la firmeza de seguir trabajando por ustedes” ■ PÁG.05
www.prensaregional.pe ► PR N° 3197 AÑO 10 | PRI N° 1987 AÑO 5 - DIRECTOR: P. ROGGER BAYLÓN DELGADO
►Candidato a la alcaldía de Deán Valdivia por “Juntos por el Sur” realizó mitin en El Boquerón
LO QUE ME PREOCUPA NO QUE ME HAYAS MENTIDO, SINO QUE, DE AHORA EN ADELANTE, YA NO PODRÉ CREER EN TI - FRIEDRICH NIETZSCHE.
ANÁLISIS DE CASOS DE PECULADOS
MORGUE DE CHEN CHEN FUNCIONABA SIN BUENA PRO Y SIN CONTRATO
Todo estaba arreglado
La mayor corrupción en Moquegua ocurre en la gestión de Jaime Rodríguez ■ PÁG.05
■ PÁG.8-9
►Local de Chen Chen, funcionó desde junio del 2017 y recién el 20 diciembre de ese año se firmó contrato por 356,400 soles de alquiler.
►Jefe de Medicina Legal y administrador estarían involucrados en presuntos actos de colusión y omisión de funciones.
►Valeriana Gaby Salazar Medina, suegra del hermano del jefe de Medicina Legal firmó el contrato de un cuestionado local.
►¿Siendo el Ministerio Público el órgano persecutor de quienes han infringido la ley, algún fiscal asumirá una investigación seria que estos hechos ameritan? ►Peculado en el gobierno regional y municipalidades
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SE LLEVÓ A CABO EN SIMULTÁNEO EN DOS COLEGIOS QUE SERÁN LOCALES DE VOTACIÓN
POSTULA A CONSEJERO REGIONAL POR ISLAY POR ALIANZA PARA EL PROGRESO
Candidato Danty Damián priorizará la gestión de movimiento económico para Islay
| Capacitación en el colegio Centro. |
Realizan jornada de capacitación a miembros de mesa en Mollendo MOLLENDO DIARIO PRENSA REGIONAL
Este domingo se realizó la primera jornada de capacitación a los miembros de mesa titulares y suplentes, en particular de los que participarán en el distrito de Mollendo. La actividad se dio en simultáneo en dos locales de votación, colegio Carlos M. Febres y colegio José Carlos Mariátegui de Mollendo. La capacitación se desarrolló desde las 8 a. m. y se prolongó por un poco más de dos horas. Se contó con la presencia de la gran mayoría de miembros de mesa. Las charlas de preparación fueron impartidas por el personal de la ONPE en Mollendo, a cargo de la coordinadora distrital Haydee Ticona Rodríguez y con la veeduría de personal del JNE. GUÍA PARA LA MESA DE SUFRAGIO Durante la jornada de capacitación se explicó a los miembros de mesa, las diversas etapas que se deben tener en cuenta para el desarrollo correcto del proceso electoral del próximo 7 de octubre. La coordinadora detalló que, como parte de la capacitación, los miembros de mesa, conocen ahora las consideraciones para instalar la mesa de votación, luego proceder al sufragio propia-
La coordinadora detalló que, como parte de la capacitación, los miembros de mesa, conocen ahora las consideraciones para instalar la mesa de votación, luego proceder al sufragio propiamente dicho y finalizar con el escrutinio. mente dicho y finalizar con el escrutinio. El personal de la ONPE explicó didácticamente y con dinámicas grupales los pasos a seguir, contando con material real de capacitación para que los miembros de mesa simulen un escenario
como el que se presentará el día de las elecciones. Los asistentes formularon diversas interrogantes las cuales fueron absueltas y recibieron una cartilla de instrucciones. NUEVA JORNADA DE
| Haydee Ticona Rodríguez, coordinadora distrital ONPE. |
CAPACITACIÓN La coordinadora sostuvo que el próximo domingo, 30 de setiembre será la última jornada de capacitación para los miembros de mesa, por lo que exhortó a quienes no hayan asistido, lo hagan y reciban la preparación del caso. Cabe indicar que la asistencia de todos los miembros de mesa para el 7 de octubre, es obligatoria. La falta a la instalación de la mesa, ocasionará una multa de 207.50 soles y un adicional si además, el miembro de mesa, no vota.
| Danty Damián, candidato a consejero regional por Islay. |
MOLLENDO
ayudaste!”.
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El candidato al Consejo Regional de Arequipa por la provincia de Islay, por el partido Alianza Para el Progreso, Danty Damián Moroco, destacó que el principal problema por el que atraviesa la provincia es la falta de movimiento económico, para lo cual buscará gestionar desde la consejería, en el eventual caso de ser elegido, proyectos y obras que permitan dinamizar la economía y el empleo, conectando estas iniciativas con el desarrollo de actividades turísticas, principalmente.
CONTAMINACIÓN EN ISLAY-MATARANI Asimismo, señaló que como consejero presionará ante el GRA para que se realice un verdadero estudio y con resultados a la vista de la población, en relación al tema de la contaminación en el distrito de Islay-Matarani. Ahondó en especial a la contaminación de plomo en la sangre en la población de esa localidad. Subrayó que hay estudios, pero no son integrales y más aún, no muestran el origen, de dónde proviene esta contaminación. Aseguró que trabajará en ello.
DIVORCIO ENTRE EL GRA Y LOS ALCALDES Dijo que para ello tendrá que gestionar el acercamiento con las autoridades locales de la provincia, pues, indicó que ha habido un divorcio entre el Gobierno Regional de Arequipa (GRA) y los alcaldes distritales de la provincia de Islay, a pesar de que muchas autoridades locales sí promovieron diversos proyectos para que el consejero regional gestione y se viabilice. Lamentó, que ello no se haya concretado en el periodo actual, del consejero Mauricio Chang, quien ahora postula al gobierno regional. Expresó su molestia: “Mauricio ¡qué pasó, por qué no nos
EL TIEMPO Y LA EXPERIENCIA Cabe indicar que Danty Damián es actualmente regidor del Concejo Provincial de Islay y cuenta con licencia para participar de las elecciones. En años pasados se le conoció como un dirigente joven, muy apasionado y confrontacional, no obstante señaló que esa actitud y el paso del tiempo le ha enseñado a tomar las cosas con más calma y respeto, sin descuidar la defensa de los intereses de la población, concluyó. Estas declaraciones la dieron a través del programa radial “Pulso Regional” de Radio Platinum el último fin de semana.
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CANDIDATO A LA ALCALDÍA DE DEÁN VALDIVIA POR "JUNTOS POR EL SUR" REALIZÓ MITIN EN EL BOQUERÓN
Richard Ale: "Este cholo tiene la firmeza de seguir trabajando por ustedes" que puedan cultivar sus productos.
DEÁN VALDIVIA DIARIO PRENSA REGIONAL
El candidato a la alcaldía distrital de Deán Valdivia, Richard Ale Cruz, por el movimiento regional Juntos por el Sur, llevó a cabo un mitin en la población de El Boquerón la noche del último viernes. Ale Cruz aseguró que seguirá trabajando por el bienestar de la comunidad del distrito, como lo hizo durante sus dos gestiones anteriores. En su peculiar modo de expresarse dijo sentirse agradecido por la preferencia de los pobladores. "Nos conocemos con muchos de ustedes y ahora estamos aquí otra vez. Porque este cholo tiene la firmeza de seguir trabajando por ustedes". ESPACIOS DE TRABAJO Entre otros planteamientos sostuvo que impulsará la búsqueda de otros espacios de trabajo para los agricultores y hombres de campo, que de algún modo se ven perjudicados con la mano de obra, que muchas veces es reemplazada por el empleo de tecnología en el agro. "La tecnología crea un vacío en el aspecto social, dejando sin trabajo a agricultores. Tenemos que buscar otros espacios de trabajo para que la actividad económica sea fluida, por ello impulsaremos el turismo verde y el turismo en nuestras playas del distrito" En ese sentido expresó que retomará los accesos a las playas de la localidad para beneficio de la población. Dijo que se cuenta con logística vehicular de maquinaria pesada. Con todo, se pueden generar áreas en donde se propicie la necesidad de servicios en las playas, pescar artesanal, gastronomía, artesanías, entre otras. CONTRA LA ANEMIA
| Richard Ale, candidato a alcalde de Deán Valdivia, en su mitin en El Boquerón. |
Entre otros planteamientos sostuvo que impulsará la búsqueda de otros espacios de trabajo para los agricultores y hombres de campo, que de algún modo se ven perjudicados con la mano de obra, que muchas veces es reemplazada por el empleo de tecnología en el agro. De otro lado, sostuvo que, ante el flagelo de la anemia, su eventual gestión, contratará dos nutricionistas para establecer estudios y acciones que determinen los niveles de hierro en los niños menores de cinco años y reforzar, de ser necesario, un convenio con el Ministerio de Salud, la entrega de complementos con hierro (chispitas) para una mejor alimentación y nutrición. "En nuestra población no solo necesitamos pistas y veredas, necesitamos que nuestros niños estén bien alimentados y nutridos para tener mejores cuidadnos. La anemia es un mal que perjudica la salud física y
mental, para siempre". A ello agregó que el tema de la nutrición será igualmente promovido en los colegios los cuales también reforzará con tecnología multimedia como lo hizo en Mollendo, enfatizó. SEGURIDAD CIUDADANA En cuanto a seguridad ciudadana, aseveró que comprará dos camionetas más, para reforzar el trabajo del cuerpo de serenazgo, inclusive anunció la instalación de cámaras de vigilancia en algunos sectores. No obstante, y ante el cuestionamiento de la instalación de estos dispositivos de seguridad en el valle de
Tambo, dijo que éstas cámaras serán controladas directamente por el municipio en un centro de monitoreo y no por la policía como en otros lugares. AGRICULTURA En el aspecto de la agricultura, señaló que luego, que en su gestión promoviera la colocación de pontones, ahora será necesario, sostuvo, trabajar en fortalecer los campos con la construcción de canales. Y, dado el crecimiento de la población agrícola y la falta de empleo y campos de cultivo, presionará a n t e e l
gobierno regional para que una parte del proyecto Majes Siguas II, se sortee entre los agricultores de Tambo, para
HOSPITAL EN LA CURVA Finalmente sostuvo que retomará las gestiones ante Foniprel, fondo del cual, en su gestión, indicó, obtuvo un presupuesto de 120 mil soles, para la elaboración de un expediente para un hospital en La Curva. Si bien el presupuesto anual del municipio bordea solo los dos millones de soles, remarcó con la experiencia adquirida en la alcaldía provincial de Islay, gestionará ante las instancias de gobierno "tocando puertas" la manera de conseguir la viabilidad de un nosocomio que atienda las 24 horas en el distrito de Deán Valdivia. En el mitin del candidato Ale Cruz, participaron vecinos de zonas cercanas a El Boquerón, como La Ensenada, Alto Boquerón, El Arenal, La Curva, Los Ángeles, 25 de Junio, entre otros. QUIERE NUEVAMENTE DEÁN VALDIVIA Cabe recordar que Richard Ale Cruz, fue alcalde de Deán Valdivia por dos periodos entre el 2007 y 2014, ahora pretende nuevamente dicho municipio. En la actualidad es a l c a l d e d e l a Municipalidad Provincial de Islay y se encuentra con licencia por el proceso electoral.
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Pr Análisis & Opinión LILIANA LA ROSA HUERTAS MINISTRA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DIARIO PRENSA REGIONAL
Nuestro gobierno busca consolidar la democracia y el derecho al desarrollo de todos los peruanos y peruanas, en un país enorme, desafiante, rico, hermoso y diverso. Y esa diversidad exige que la justicia, la representación y la participación política sean equitativas para todos y todas, de todas las generaciones y culturas. Por eso son necesarias las reformas constitucionales que deben someterse a referéndum en diciembre. En 1979, a través de un consenso político amplio, se logró con la Constitución, incorporar a millones de ciudadanas y ciudadanos, a quienes se había negado el voto por más de 150 años sólo por ser campesinos pobres y analfabetos. Hoy, casi 40 años después, el Perú moderno requiere una nueva ronda de reformas políticas que consoliden una representación paritaria y equitativa. El Desarrollo y la Inclusión Social no consideran solamente aspectos económicos o de acceso a servicios, también requieren del pleno ejercicio de nuestros derechos civiles y políticos. Es decir, derecho a la participación, a ser reconocidos como ciudadanos de esta sociedad y como preocupación central de su Estado. Los ciudadanos deben ser protagonistas del desarrollo, no objetivos ni “beneficiarios” pasivos. Para estar a la altura del lema del Perú, "firme y feliz por la unión", que con mirada de gigantes en la historia proyectaron nuestros próceres, hoy día debemos dar grandes pasos en la inclusión de amplios sectores de la ciudadanía, en todos los aspectos de sus vidas. Las reformas políticas, que esperamos atentos que el Congreso de la República apruebe antes del 4 de octubre, deben permitir esa amplia participación de mujeres y hombres, jóvenes y adultos, urbanos y rurales, de todas las sangres, micro empresarios emergentes y sectores empresariales consolidados. Las reformas deben contribuir a que todos puedan mirar, concertar y construir juntos esta patria que queremos. Además de mejorar la representación política y la transparencia de la procedencia y uso de los recursos
Reformar la justicia y la política, también es avanzar en el desarrollo y la inclusión que la sostienen, las reformas tienen que garantizar que la justicia sea limpia y transparente, rescatarla del secuestro de bandas criminales como los "cuellos blancos del puerto", impedir que se instaure un Estado al servicio de intereses delictivos de traficantes de tierras, usurpadores de propiedad, autoridades corruptas y narcotraficantes alrededor del país. Una justicia verdaderamente justa debe estar al alcance de todas y todos, asegurando la integridad de las personas y garantizando la inversión pública y privada. La corrupción que ha salido a la luz recientemente constituye un vergonzoso robo a todos, pero especialmente a los más pobres del Perú.
Las reformas políticas, que esperamos atentos que el Congreso de la República apruebe antes del 4 de octubre, deben permitir esa amplia participación de mujeres y hombres, jóvenes y adultos, urbanos y rurales, de todas las sangres, micro empresarios emergentes y sectores empresariales consolidados.
El congresista de una región debe representar a los ciudadanos de esa región con amor y compromiso por su tierra y su gente. Necesitamos que rinda cuentas e interactúe con su electorado, quien le ha delegado poder para servir y no para servirse. contratos, por cancelaciones, superan largamente los 3 mil millones de dólares" (Rosa Bartra, 21 set 2018) ¿Se imaginan lo que se puede hacer con 3,000 millones de dólares, (como
y riqueza? ¿Cuántas mujeres y hombres generando ingresos autónomos y saliendo de condiciones de pobreza y marginación? Es contradictorio que nuestro Estado por un lado
| Presidente Vizcarra entrega proyectos de ley de reforma política al Congreso de la República el 09 08 2018. |
Esas reformas deben impedir la reedición de monstruosos esquemas de corrupción. No se puede permitir que intereses corruptos transnacionales direccionen la política nacional, impongan autoridades locales, se coludan con altas autoridades, y así perpetúen esquemas de enriquecimiento, que terminan pagando, desde los más pobres, hasta los más ricos del Perú; desde el IGV hasta el impuesto a la venta de un refresco. La propia Comisión investigadora del Congreso ha reportado recientemente que "los sobrecostos por parte de las empresas que han ejecutado las obras, ya sea por adendas, por incrementos, por nuevos
10,000 millones de soles, considere que el MIDIS tiene poco más de 4,000 millones de soles por año)? ¿Cuántos hospitales equipados asegurando el derecho a la salud, avanzando hacia nuestras metas de TBC cero y anemia cero? ¿Cuántas escuelas con maestros y alimentos para los niños y niñas de todas las regiones del país? ¿ C u á n t o s a l im e n t o s podría distribuir QaliWarma y avanzar hacia la erradicación de la desnutrición crónica infantil, creando capacidades y oportunidades de desarrollo para todos? ¿Cuántas carreteras y puentes, cuántos empleos a través de la promoción de micro empresas y emprendedores que generen empleo
invierta todo lo que pueda en el desarrollo e inclusión social, y por el otro, autoridades delictivas se apropien de esos recursos que finalmente son de todos nosotros. Esa contradicción nos impide cerrar las brechas entre regiones y dentro de ellas, para que los niños de Huamanguilla, de Sicuani, de Cajatambo, de Urarinas, ejerzan su pleno derecho a ser peruanos felices, emergentes, productivos, saludables, que construyen su nación, que labran su futuro con creatividad, innovación y fe. Por su parte, la no reelección inmediata de congresistas es un pedido de la ciudadanía coherente con la no reelección consecutiva de Presidentes de la
República, Gobernadores regionales, alcaldes provinciales y distritales. En el proceso de consolidación de nuestra democracia, busca garantizar pluralidad y renovación política en cada poder y nivel de gobierno, busca la no perpetuación de actores políticos. El congresista de una región debe representar a los ciudadanos de esa región con amor y compromiso por su tierra y su gente. Necesitamos que rinda cuentas e interactúe con su electorado, quien le ha delegado poder para servir y no para servirse. Finalmente, con la reforma del Artículo 90 de la Constitución, la bicameralidad permitirá tener un mejor Congreso. Un mejor poder legislativo ya no producirá leyes apresuradas que nos sorprendan, sino que reflejen procesos de debate y diálogo informado y responsable orientado al interés nacional. Un Senado, o cámara superior, de legisladores experimentados y capacitados revisará los proyectos de la Cámara de Diputados y ayudará a minimizar la confrontación política. Entendemos que algunos peruanos vean con escepticismo la propuesta de tener un parlamento más grande, pero los beneficios son mucho mayores que los potenciales bemoles. Lejos de generar un mayor gasto público, la bicameralidad significará más eficiencia en la labor congresal al permitir un mejor control y promover que se legisle con visión de país y de largo plazo. Para que estos cambios que consolidan el desarrollo y la democracia tengan la debida legitimidad, el Referéndum es fundamental. Una reforma constitucional de esta magnitud debe ser refrendada por el conjunto de la sociedad, para que sea producto del consenso social y tenga estabilidad en el tiempo. No puede ser el acuerdo de algunos grupos de interés sin consulta al pueblo peruano, sino logrado de la mano con todos. Por eso esperamos del Congreso de la República que muestre su compromiso con el pueblo peruano, con su historia y su infalible mañana.
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SUPLEMENTO ESPECIAL DE LOS LUNES
POST GRADO DIARIO PRENSA REGIONAL ►MOQUEGUA - ISLAY AREQUIPA
► DIRECTOR: P. ROGGER BAYLÓN DELGADO
► EDITOR GENERAL: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA
► SI USTED TIENE ESPÍRITU DE INVESTIGADOR, ESCRÍBANOS AL MAIL: doctorjavierflores@hotmail.com
ANÁLISIS DE CASOS DE PECULADOS EN EL GOBIERNO REGIONAL Y MUNICIPALIDADES
La mayor corrupción en Moquegua ocurre en la gestión de Jaime Rodríguez Villanueva Pr POR: MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI DIARIO PRENSA REGIONAL columnistas@prensaregional.pe
De 41 casos de peculado (El peculado es la malversación de los fondos públicos) detectados en expedientes de sentencia firme, el lugar donde más se comete este delito es en el Gobierno Regional de Moquegua que dirige el
gobernador Jaime Rodríguez Villanueva (Jamocho). Son doce casos de 41 que representan casi el 30%. Esto nos dice a las claras, que es Gobierno Regional de Moquegua el más asediado por los corruptos donde pretenden
sacar ventaja aprovechándose de los recursos para sí o para terceros. Entonces no nos queda duda de la problemática que planteamos. De otro lado si observamos la data, ocurre que no hay municipio distrital o provincial donde no hayan cometido este tipo de delito. Es más, aquí se incluye inclusive los centros poblados menores, la Universidad Nacional de Moquegua, el Ejército Peruano y la Policía Nacional del Perú. Si realizamos la sumatoria nos damos cuenta que el lugar
El peculado es la malversación de los fondos públicos. De acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico, el delito de peculado sanciona al funcionario o servidor público que se apropia o usa, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le están confiados por razón de su cargo. donde más se cometen este tipo de delitos son los gobiernos locales distritales, son dieciocho casos que representa
el 44% de los casos. Los gobiernos locales provinciales tienen 7 casos que han llegado a juicio oral por este delito.
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La confianza no mató al gato Pr Análisis & Opinión POR: JORGE ACOSTA ZEVALLOS ECONOMISTA DEL CEOP ILO DIARIO PRENSA REGIONAL
Es lógico que la población peruana haya perdido la confianza en las instituciones del país al percibir que estas están corroídas por la corrupción. Los audios de los “lava jueces” hacen constatar que el poder político estaba aliado con el Poder Judicial para inmunizar a los corruptos, mafiosos y delincuentes. La desconfianza de los peruanos ha crecido enormemente, así tenemos que ya el IEP (Instituto de Estudios Peruanos) en el 2016 en su documento “Pensando el Perú” señalaba que aquella estaba muy ligada a la justicia, seguridad y representación política. El informe señalaba que la confianza en el sistema de justicia llegaba solo llegaba a 34 de cien personas, cifra muy por debajo el promedio sudamericano que llegaba a 44 personas. La confianza en el Congreso es una de las más baja en el subcontinente, lo mismo sucedía con los partidos políticos donde solo le ganábamos a Brasil por el tema de los “lava jato”. No quedan atrás los gobiernos locales y regionales que solo tenían 36 personas que confiaban en ellas. La desconfianza no solo es una actitud, un malestar, un descredito o un comportamiento pasajero. Una sociedad si pierde la confianza en sus instituciones no funcionara, no permitirá las buenas relaciones entre las personas, ahuyentara los buenos negocios, la modernidad y nos postrara en el atraso. El diario El País de España en uno de sus artículos cita al economista principal del Banco Mundial Steve Knack que ha demostrado que la enorme diferencia entre la renta de los EEUU y Somalia esta explicada, casi en su totalidad, por el enorme contraste entre sus niveles de confianza. En este último país señala que la ausencia de confianza institucional y de normas e instituciones confiables hace que sea un Estado fallido incapaz de generar iniciativas, inversión y
empresas. El Perú y todo el resto de departamentos muestran altos índices de desconfianza y esto se está reflejando en la alta abstención, indecisos y preferencia por el voto en blanco de más del 50% del electorado a las urnas locales y regionales. Uno de los objetivos de política nacional al 2030 es la elevar la confianza en todos los niveles institucionales, que estas sean eficaces y transparentes, sin embargo, todo indica que hay mucho pan todavía por rebanar. Así tenemos por ejemplo que Moquegua, su proporción de satisfacción con los servicios públicos es más baja que el promedio nacional. En los Municipios provinciales solo están satisfechos con su servicio 15 personas de 100, en la Policía Nacional 20 personas
Los mayores logros de la mente humana generalmente se reciben con desconfianza Arthur Schopenhauer. Así tenemos por ejemplo que Moquegua, su proporción de satisfacción con los servicios públicos es más baja que el promedio nacional. En los Municipios provinciales solo están satisfechos con su servicio 15 personas de 100, en la Policía Nacional 20 personas de 100, en el Gobierno Regional solo 14 personas de 100, en el Poder Judicial también 14 personas de 100. Comencemos entonces por votar bien, leamos la hoja de vida de nuestros candidatos, apostemos por el Plebiscito y organicemos espacios colectivos de desarrollo, transparencia y buena conducta. de 100, en el Gobierno Regional solo 14 personas de 100, en el Poder Judicial también 14 personas de 100. La cifra más baja la tiene el Congreso con solo 10 personas de 100, la P r o c u r a d u r í a Anticorrupción confían solo 12 personas de 100, en el Ministerio Publico lo hacen 16 personas de 100, en la Contraloría de la Republica 16 personas de 100 y la más alta en la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria con 21 personas de un total de 100 personas. Si bien estas últimas tienen cifras más altas no dejan de preocupar que en general la desconfianza es transversal a todas ellas. Del cuadro que acompa-
ña este artículo, deducimos que el nivel de satisfacción de la población departamental con estas instituciones es más bajo con respecto al promedio nacional lo que es ya grave de por sí, pero explicable si anotamos que hay alcaldes en la cárcel y otros con graves denuncias, fiscales y jueces sospechosos de encubrimiento del delito del dinero público, la apatía e indiferencia policial, fiscal, procuradores y ni hablar de algunos congresistas que nos dan vergüenza. Y a pesar de alto nivel de desconfianza tenemos que construir la confianza, es el dilema del ser o perecer. Todo esfuerzo por recuperarla valdrá la pena. Y volvemos al diario El País que afirma que “la confianza
es una creencia que forma parte de un conjunto más amplio de elementos psicológicos que Keynes denominó animal spirits, es decir, creencias, impulsos y emociones espontáneas inherentes a la condición humana que hacen que una gran proporción de nuestras actividades y decisiones
dependan más de estas creencias y motivaciones que crean estados de pesimismo u optimismo que de las expectativas o probabilidades matemáticas”. Comencemos entonces por votar bien, leamos la hoja de vida de nuestros candidatos, apostemos por
el Plebiscito y organicemos espacios colectivos de desarrollo, transparencia y buena conducta. Desde botar la basura a un tacho hasta el respeto del dinero público. En este lio, como lo dicen los españoles, o lo arreglamos todos o todos nos vamos al despeñadero.
CUADRO N°01
Meta 16.6: Crear a todos los niveles ins tucionales eficaces y transparentes que rindan cuentas 16.6.2 Proporción de la población que se siente sa sfecha con su úl ma experiencia de los servicios públicos (Porcentaje)
Ámbito Geográfico / Ins tuciones Nacional Municipalidad Provincial Policía Nacional del Perú Gobierno Regional Poder Judicial Congreso de la República La Procuraduría An corrupción Ministerio Público - Fiscalía de la Nación Contraloría General de la República Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria Moquegua La Municipalidad Provincial Policía Nacional del Perú Gobierno Regional Poder Judicial Congreso de la República La Procuraduría An corrupción Ministerio Público - Fiscalía de la Nación Contraloría General de la República Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria
2015
2016
20.9 19.3 15.3 14.3 9.7 13.4 15.3 15.4
18.9 18.0 13.5 13.9 9.2 12.8 15.4 14.1
23.4
22.1
14.2 20.4 14.1 13.8 9.7 12.1 15.6 15.6
14.5 19.6 12.2 16.0 10.3 13.7 16.8 13.9
20.5
19.3
Fuente: Ins tuto Nacional de Estadís ca e Informá ca - Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO).
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AL PRIMER SEMESTRE DEL 2018 GANAN MAS QUE EL 2017
El "fiel Quijote", Las AFP se hacen más millonarias: don Guido utilidades llegan a los 244 millones Cuzquén Cabrejos de soles Análisis & Opinión
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POR MAGISTER HUMBERTO BRIAN TOVAR CHAMBILLA
POR: NICOLÁS VALDEZ C. DIARIO PRENSA REGIONAL
DIARIO PRENSA REGIONAL
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De los que entran a la pugna para alcalde o gobernación, muy pocos son los que se están en esta carrera por verdaderos principios políticos, la mayoría se involucran por diferentes intereses que finalmente es una raya más al tigre de todo
Nada que hacer que en el Perú hay fabulosos negocios que permiten sin hacer mucho, pero con bastante capital mejorar sus utilidades y capitalizar en favor de los accionistas y probablemente en desmedro de los “asistidos”. La realidad es las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) al mes de junio del año 2018 han ganado en utilidades netas la cifra de 244 millones de soles muy superior a los 235 millones de soles que ganaron en el primer semestre del año 2017. Entonces esta dicho que las AFP siempre ganan aun cuando los afiliaos no son asistidos como debiera ser. También hay que señalar que hay cuatro AFP en el país que declaran en Bolsa de Valores
"Quijote soñador", hombre de principios que desempolva los postulados, los dogmas de su partido que claramente rubrica luchar y gobernar para los más pobres y mediante la renovación tecnológica y social, desarrollar a los pueblos; toda una histórica filosofía del partido más antiguo del Perú y Sudamérica. Por otro lado; en esta titánica lucha, él es uno de los candidatos más informados de la realidad de su pueblo, creo que haría una
| Guido Cuzquén Cabrejos |
Veo a Guido Cuzquén luchar solo contra el mundo, contra aquellos que creen que el aprismo es un "mal social"; pero ahí está éste "Quijote soñador"
UTILIDAD NETA Ahora bien, la AFP que ha logrado a la fecha tener más utilidad neta ha sido la APF Integra que en lo que va del primer semestre ha conseguido 91.6 millones de soles muy superior a lo conseguido en el primer semestre del año 2017 que llego a 81 millones de soles. Todo hace prever que la AFP integra logra superar los 180 millones de soles de utilidad neta este año 2018. El segundo puesto lo ocupa la AFP pro futuro con 74 millones de soles de utilidad neta al primer semestre del año 2018 muy similar al del primer semestre del año 'asado. En tercer lugar, está la AFP prima con 66 millones de soles de utilidad neta al primer semestre del año 2018 y en cuarto lugar no encontramos con la AFP hábitat con 12 millones de soles de utilidad neta al primer semestre del año 2018. INGRESOS TOTALES De la misma manera los ingresos por descuentos a los afiliados realmente son cifras espectaculares. Así la AFP integra tiene
ingreso por 230 millones de soles al primer semestre del año 2018, lo mismo la AFP PRIMA con 191 millones de soles y la AFP PROFUTURO con 175 millones de soles y la AFP HABITAT con 50 millones de soles.
este descredito que tiene la política en general, pero a la vez es la oportunidad para vivir una fiesta democrática y resaltar algunas figuras, a muy pocos días de las elecciones municipales y regionales. En este contexto, me llama mucho la atención la presencia de don Guido Cuzquén Cabrejos como candidato en el distrito de Pacocha; un hombre de prensa, trabajador minero que ya aseguró su futuro económico y los que lo conocemos sabemos que no necesita ser alcalde para poder vivir. Es que Guido se presenta hoy con su rostro político de siempre; el APRA, partido que muchos pueden señalar que está en descalabro y desaparición, pero que Guido sueña aun con el ideal de Haya de La Torre; que hoy en día pareciera una ficción, un pensamiento romántico dormido en los libros más antiguos de la historia. Veo a Guido Cuzquén luchar solo contra el mundo, contra aquellos que creen que el aprismo es un "mal social"; pero ahí está éste
acertada gestión en el distrito de Pacocha porque mediante sus años de periodista ha analizado una y mil veces la necesidad de su distrito y es la pieza más clara para encontrar una simbiosis entre una población que recibe un irrisorio Canon y una empresa minera que tiene el reto de impulsar con más énfasis la responsabilidad social en esta jurisdicción totalmente metalúrgico. No me cabe duda; si hubiera un debate entre los candidatos; por sus conocimientos y su perfil, él tendría que ser el ganador. En esta lid política cualquier cosa puede suceder; pero resalto la valentía de este hombre de fiel doctrina, que no se cambió de camiseta ni color político; algo que muy poco se ve en estos días y eso se llama "Lealtad, Principios Políticos y de Pensamiento". Más allá que no votaré en Pacocha, me alegra ver este tipo de candidatos en esta fiesta electoral y democrática, realmente le dan brillantez y esperanza al mismo... Es mi opinión.
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SE PRESUME QUE MÉDICO Y ADMINISTRADOR ESTARÍAN INVOLUCRADOS EN ACTOS DE COLUSIÓN Y OMISIÓN DE FUNCIONES
Morgue de Moquegua: Todo estaba arreglado y funcionaba sin buena pro y sin contrato Pr JULIO FARFÁN VALVERDE DIARIO PRENSA REGIONAL
Los documentos alcanzados por el mismo fiscal de la Nación Pedro Chávarry y que publica el Diario Prensa Regional, revelan más de una irregularidad cometidas presuntamente por los responsables de la comisión encargada de poner en marcha la morgue de Chen Chen en Moquegua. La justificación de este servicio en Moquegua para que los usuarios afectados ante una eventualidad no tengan que viajar a Ilo, es positiva, pero parece, y todo apunta a ello, que más de un funcionario de la sede del Ministerio Público y Medicina Legal, quisieron sacar provecho y ventaja de esto, al saber que se pagaría un alquiler de 9,900 soles mensuales. ESCANDALOSO PROCEDIMIENTO Pero el procedimiento que ha seguido el Ministerio Público para alquilar el inmueble donde funciona la morgue de Chen Chen, es todo un escándalo. Todo indicaría que, desde el inicio esto estaría arreglado desde Moquegua, para presuntamente beneficiar a la suegra del hermano del médico Luis Erick Valencia Avalos quien en ese momento se encontraba como Jefe de la División de Medicina Legal del Ministerio Público, INFORMACIÓN ENTREGADA POR FISCAL DE LA NACIÓN ES VALIOSA La documentación oficial alcanzada al Diario Prensa Regional, por el despacho del congresista Vicente Zeballos Salinas, tras solicitar al Fiscal de la Nación el contrato y otros documentos referentes al alquiler del inmueble donde funciona la morgue de Chen Chen, revela irregularidades. Al evaluar, analizar y contrastar los informes y otros medios probatorios que nuestra Unidad de Investigación tiene, se pueden corroborar las denuncia sobre los hechos irregulares e ilegales acontecidos por favorecer al “propietario” del inmueble de la morgue lo que, involucraría a más de dos funcionarios del Ministerio Público de Moquegua. MORGUE FUNCIONÓ MEDIO AÑO ANTES DE FIRMA DE CONTRATO El Ministerio Público de Lima da el consentimiento de la buena pro para el “Servicio de
arrendamiento de inmueble para el funcionamiento de la sala de necropsia - morgue de Chen Chen del distrito fiscal de Moquegua”, recién del 30 de noviembre del 2017, mediante un acta de adjudicación del procedimiento de contratación directa N° 0022-2017-MPFN, firmado por la economista María Ynes Pérez Veliz quien es Gerente Central de LogísticaOEC Lima y el licenciado Jorge Luis Palomino Quesada quien es Gerente de Servicios Generales- OEC. De la misma manera el Contrato N°091-2017-MP-FNGG recién se firma el 20 de diciembre del 2017, entre la señora Valeriana Gaby Salazar Medina como representante de la propietaria del inmueble de la morgue (Se trata de la señora Edica Rosana Flores Espinoza y su esposo Diego Aladino Mamani Laura) y por el señor Mariano Augusto Cucho Espinoza, como Gerente General y representante del Ministerio Público- Fiscalía de la Nación. DESDE EL 13 DE JUNIO DEL 2017 COMUNICARON AL PERSONAL TRASLADARSE A LA MORGUE Lo que causa sorpresa y evidenciaría que existen hechos irregulares e ilegales en el alquiler de la morgue de Chen Chen, es que dicho inmueble viene funcionando desde el 13 de junio del 2017 y la primera necropsia se realizó fue el 29 de julio del 2017. Este hecho motivó malestar en el personal que labora en la morgue, por ello emitieron reiterados informes dirigidos por el personal administrativo, auxiliares, técnicos y médicos, quienes manifestaron a sus jefes inmediatos, como es al médico Luis Erick Valencia Avalos, al administrador Juan Quevedo Paz y al mismo presidente de la Junta de Fiscales Juan José Machicao Tejada que ese local no tenía la infraestructura adecuada y tenía gran parte del techo de calamina. Evidentemente era un peligro latente a su salud, no solo por los olores contaminantes que afectaba hasta los vecinos que realizaron sus denuncias públicas, sino también por el riesgo que afrontan los trabajadores de la morgue al no contar con los medios y condiciones adecuadas para la manipulación y conservación de los cadáveres y los desechos y fluíos orgánicos. Recordemos que los vecinos expresaron su malestar por la situación peligrosa a la que estaban expuestos y alcanzaron memoriales el mes de agosto
| Oficio del Fiscal de la Nación al despacho del congresista Vicente Zeballos entregando la documentación referida a la morgue de Moquegua |
| El Ministerio Público otorgó la buena pro recién el 30 de noviembre del 2017. La morgue funcionaba seis meses antes. |
Local de Chen Chen, funcionó desde junio del 2017 y recién el 20 diciembre del 2017 se firmó contrato por 356,400 soles por 3 años de alquiler. El local recientemente acondicionado para la morgue figura a nombre de Edica Rosana Flores Espinoza y su esposo Diego Aladino Mamani Laura, quienes dieron poder a la señora Valeriana Gaby Salazar Medina, para que firme el contrato. La señora Valeriana Gaby Salazar Medina, es suegra del hermano del jefe de Medicina Legal de ese entonces Luis Erick Valencia Ávalos, quien a su vez con el administrador Juan José Quevedo Paz formaron parte de la Comisión de Arrendamiento del inmueble. del 2017 al Ministerio Público de Moquegua y otras instituciones para que se clausure la morgue de Chen Chen, todo ello antes de la firma del contrato de alquiler, que fue recién, reiteramos, el 20 de diciembre del 2017. ¿FUNCIONARIOS COLUDIDOS PARA FAVORECER A SUEGRA DE HERMANO DE VALENCIA AVALOS? Todo este interés de poner en funcionamiento una morgue en ese local de Chen
Chen, a como dé lugar, apunta al médico Luis Erick Valencia Avalos, jefe de la División de Medicina Legal de ese entonces y el administrador Juan José Quevedo Paz del Ministerio Público de Moquegua quienes formaban parte de la Comisión de Arrendamiento del inmueble para la morgue del Distrito Fiscal de Moquegua. Es necesario que se investigue formalmente si estos funcionarios favorecieron de manera irresponsable y estuvieron coludidos con la
| El contrato de alquiler se firmó recién el 20 de diciembre del 2017 |
suegra del hermano de Valencia Avalos para forzar y aparentar que el procedimiento cumpla con la figura legal, e incluso los funcionarios del nivel central de Lima del Ministerio Público habría sido sorprendidos. Estos dos funcionarios en lugar de salvaguardar los
intereses de la institución en la cual trabajan, muy por el contrario, emitieron informes y recomendaciones favorables de que esa infraestructura de Chen Chen, era el local más adecuado y recomendable para que funcione la morgue. Asimismo, se presentaron informes con la firma de una
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INFORMES QUE DEMUESTRAN QUE LA MORGUE FUNCIONABA DESDE JUNIO DEL 2017 DONDE LOS RECLAMOS SOBRE LAS PÉSIMAS CONDICIONES DE LA MORGUE FUERON PUESTOS EN CONOCIMIENTO DEL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE FISCALES Y JEFE DE MEDICINA LEGAL TRAS LA PRIMERA NECROPSIA EL 29 DE JULIO DEL 2017.
arquitecta que argumentan que el local cumple con todos los requisitos exigidos en los términos de referencia para la contratación, los mismos que fueron refrendados y avalados por el mismo Presidente de la Junta de Fiscales de Moquegua. Todo ello motivó que Lima de la conformidad y formalidad mediante un procedimiento que aparenta ser legal, otorgándole la buena pro recién el 30 de noviembre del 2017 y el contrato del alquiler correspondiente se firmó recién el 20 de diciembre del 2017, por la suma total de 356,400 soles por 36 meses de alquiler, debiendo pagar el Ministerio Público 9,900 soles mensuales a la señora Valeriana Gaby Salazar Medina, suegra del hermano de Valencia Avalos, por un local con infraestructura inadecuada y sobrevalorada. EXTRAÑO PROCEDIMIENTO Causa extrañeza la actitud del Presidente de la Junta de Fiscales Juan José Machicao Tejada, quien conociendo de hechos irregulares denunciados por los trabajadores y sabiendo que ese inmueble no contaba todavía con el consentimiento de buena pro, menos existía la firma del contrato de alquiler, permitió que el personal de medicina legal se traslade a la morgue desde el 13 de junio del 2017 y que el 29 de julio del 2017 se realice la primera necropsia. Peor aún no habría tomado acciones desde el 14 de agosto del 2017 que se le comunicó de
parte del personal técnico y médicos de los hechos, que le daban cuenta que la infraestructura de ese inmueble no era el adecuado y carecía de los requisitos técnicos y básicos para funcionar como morgue, que los exponía a un peligro a su salud por el ambiente contaminante y toxico, accionar oportuno que habría evitado que se dé el consentimiento de la buena pro el 30 de noviembre del 2017 y no se firme el contrato del alquiler que fue recién el 20 de diciembre del 2017. ¿QUIÉN INVESTIGARÁ LOS PRESUNTOS DELITOS COMETIDOS POR LOS ENCARGADOS DE PERSEGUIR LOS DELITOS? P o r m a n d a t o Constitucional, el Ministerio Público es el titular de la acción procesal penal, el responsable de la investigación, es el titular de la acción penal. (Art. 159º de la Constitución), y como tal le corresponde ejercer este mandato de una manera objetiva. Es decir que los fiscales deben sujetarse a los mandatos de la Constitución y la ley, ello quiere decir que están obligados a promover la acción procesal penal y motivar al Poder Judicial para que administre Justicia. Este caso, lamentablemente involucra a servidores del propio Ministerio Público, donde analizando toda la documentación y los hechos referente al proceso de alquiler del local de la morgue de Chen Chen, además de los informes
CÓMO ES ESTO POSIBLE, SI NO EXISTÍA LA APROBACIÓN DEL ALQUILER, TAMPOCO SE DIO LA BUENA PRO Y MENOS AÚN EXISTÍA UN CONTRATO FIRMADO LEGALMENTE. OFICIALMENTE SEIS MESES DESPUÉS RECIÉN LIMA AUTORIZÓ EL ALQUILER PARA LA MORGUE DE CHEN CHEN
del personal que labora en medicina legal de Moquegua, se evidencia que habría responsabilidades por omisión de funciones y colusión para favorecer a la suegra del
hermano del médico Valencia Avalos con el contrato de alquiler de 356,400 soles por 3 años, recibiendo de manera mensual 9,900 soles. Siendo el Ministerio Público
el órgano persecutor de quienes han infringido la ley y en este caso, han puesto en peligro los bienes jurídicos protegidos por la Ley y la salud de los trabajadores y vecinos
de la zona, algún fiscal valiente, cumplirá con su función constitucional y asumirá una investigación seria que los hechos ameritan. Esperaremos pacientemente.
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ESPECIAL ¿LAS SENTENCIAS ABSOLUTORIAS SON SINÓNIMO DE IMPUNIDAD DEL DELITO? ¿CUÁNDO PIERDE EL MINISTERIO PUBLICO?
Moquegua: Análisis de 14 expedientes donde los imputados fueron absueltos ¿impunidad o justicia? Pr
POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI DIARIO PRENSA REGIONAL
Se entiende que la teoría del caso del fiscal del Ministerio Público, es la persecución del delito, así lo señala el nuevo Código Procesal Penal. Pero como cuando uno no quiere, las cosas ocurren en contrario, y en más del 50% de los casos que llegan a juicio oral. Se ha ubicado 46 expedientes de delito de peculado (El peculado es la malversación de los fondos públicos) tipificado en el Código Penal y de ellos solo 15 casos llegaron a juicio oral y hubo sentencia condenatoria. Dado que los otros 31 casos tuvieron sentencia absolutoria o el proceso fue declarado nulo. Entonces estamos hablando que el 32.6% fueron condenados y el 67.4% fueron absueltos o declarado nulos. Aquí vale la pregunta acerca de la efectividad del Ministerio Público. A nosotros no gustaría que la efectividad sea del 99% lo cual interpretaría que desde que se fórmula la disposición de diligencias preliminares empieza un proceso que cuenta con tipicidad, que se tiene un tipo penal, los imputados y de hecho los elementos de convicción necesarios para garantizar llegar a juicio oral y vencer a la corrupción. Sin embargo, las cosas no salen de esa manera y la efectividad de sus postulados caen y ensombrecen la labor de los fiscales. ¿PORQUE SE “CAEN” LAS ACUSACIONES DE LOS FISCALES? En un informe anterior sobre casos de sentencia absolutoria dimos a conocer sobre los elementos de convicción cuestionados. Lo que nos dice que los casos de peculado terminan con sentencias absolutorias, por cuestionamientos de los documentos con un 52.6% seguido de pésimos testimonios con un 26% y luego por el cuestionamiento de las pericias con un 15.79%. Podemos decir que si “fallan” los documentos y los testimonios entonces de hecho el proceso se declara nula o los imputados terminan absueltos. Al respecto veamos 14 casos cuando los imputados se ¿“ríen”? de la justicia. He aquí las causas del por qué la sentencia es absolutoria: PRIMER EXPEDIENTE: PLANILLAS En el expediente 34-2010 - la prueba cuestionada las planillas, donde supuestamente se encontraba la firma y el cobro que habría realizado el imputado para la comisión del delito; toda vez que, al ser presentadas y no encontrarse la firma del imputado no fue posible acreditar con prueba suficiente que concurrían con los elementos materiales del delito y bajo el principio de presunción de inocencia quedo absuelto. SEGUNDO EXPEDIENTE El expediente 303-2011-90-JRPE-01 donde el imputado es ZUFV el agraviado es el Estado Peruano – Gobierno Regional y el delito es peculado doloso agravado. El presente caso es sobre peculado doloso agravado en contra del estado peruano, siendo la imputada ZUFV, quien se desempeñaba en un cargo público
| Corte Superior de Justicia de Moquegua | directamente para la dirección de Salud Moquegua a cargo del Gobierno Regional de Moquegua, En ejercicio de sus funciones la imputada realizó la compra de varios materiales de construcción para la remodelación del Centro de Salud Moquegua, poniéndose en discusión que durante su gestión se habían empleado acciones que incurren en causales de peculado doloso agravado. Como primer punto de descartó la idea del Ministerio Publico con referente que los trabajos de remodelación no se habían realizado y que los bienes fueron comprados a posterior de los hechos, por la razón de que la imputada desconocía del procedimiento de logística pero sin embargo, por recomendación del control interno, al efectuar la compra de los bienes estos fueron resguardados en el almacén del establecimiento, determinándose de tal modo por parte del juzgado que se le había condenado sin prueba suficiente. Asimismo, con respecto a la emisión de las boletas de venta de termino a través de pruebas grafo técnicas que no fueron llenadas por la imputada, acto que no se relaciona con la declaración de la dueña de la ferretería que menciona “No acostumbran a que el cliente proceda a llenar las boletas de venta”, pero no se concluye que hubo en las boletas de venta adulteración, este hecho de por si el juzgado no lo constituye adulteración, por lo tanto, no existe un perjuicio económico al Estado. Por otro lado, las razones por las cuales la imputada salió absuelta fueron porque después de las declaraciones y pericias realizadas se determinó que, efectivamente si se habían ejecutado los trabajos de remodelación en el centro de salud y los bienes nuevos no utilizados, así como los usados fueron conservados en el almacén. TERCER EXPEDIENTE: AUMENTOS DE HABERES El expediente 234-2012 Nos señala que la Resolución 08 de fecha 21 de enero del 2015, emite un auto sobreseimiento de fecha 24 de enero del 2014 emitido por el juez entonces Guillermo Kuong Cornejo del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, el cual declaró fundado el sobreseimiento de la causa por el delito de abuso de autoridad, peticionado por los acusados Pablo Tomas Tala Torres y Guido Antonio Fonttis Quispe en agravio de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, siendo extensibles sus efectos jurídicos a todos los acusados. Aumentos de haberes, para el alcalde, subgerente, subgerente de planificación y presupuesto diferida de la municipalidad y se trata de funcionarios públicos. Agravio ocasionado a partir de marzo del 2011 a febrero del 2012 fecha que se
| Sede del Ministerio Público de Moquegua – Cerrillos |
había emitido la resolución N°41 2011 del 28 de febrero del 2011 Base legal prohíbe el aumento de remuneraciones, haberes. Bonificaciones entre otros En esos extremos se declaró, fundada el recurso de apelación por parte del Ministerio Publico debido que el Juez a cargo no diferenció el delito de abuso de autoridad con el delito de peculado y a la vez adolece por motivación y precisión por lo actuado y a la vez produce una grave vulneración de las garantías constitucionales y por ende genera un proceso irregular e ilegal por lo tanto se revocó a la etapa intermedia en contra de todos los imputado CUARTO EXPEDIENTE: PRÉSTAMO En el expediente 015- 2013 cuya sentencia fue absolutoria por el delito de peculado doloso cuyos imputados son Filinich RJ, BMM, HHJ donde la agraviada es la Municipalidad Distrital de Torata Esta sentencia es absolutoria parcialmente, puesto que solo salieron absueltos 2 de los 3 imputados, quedando sujeto a proceso Juan HH. Las valoraciones probatorias fueron insuficientes, ya que el encargado de la custodia del dinero informó que al mes siguiente de ocurrido el préstamo, este se encontraba completo en caja. Lo que justificó la defensa material indicando que solo firmó por el monto de 10 (diez soles) por cuanto el perito confirmo señalando que hubo alteración en el recibo de recepción de dinero con respecto al vocablo adicionado de ¨mil¨ además de aglutinamiento y grafías comprimidas, entonces se deja en claro que no se puede corroborar testimonios indirectos, se omitió cualquier tipo de actividad probatoria corroborante Se invocó el método de supresión hipotética, amparado en el principio trascendencia de nulidad. QUINTO EXPEDIENTE: CASO CANASTAS NAVIDEÑAS El expediente N° 062-2011 detectó que hay prueba cuestionada letal hacia el Ministerio público. Aquí las conclusiones: Por parte del Ministerio Público existe una errónea tipificación del delito de peculado doloso, en la modalidad de apropiación. El Ministerio Público no investigó y procesó a otros funcionarios del Gobierno Regional de Moquegua (tesorería, administración y presupuesto) y sólo investigó al ingeniero residente de obra quien compró las canastas, mismo que firmó cinco comprobantes de pago de los seis existentes; con los cuales se canceló la suma de S/. 28,000.00 soles aproximadamente, por las canastas navideñas. No existe relación funcional del
procesado (ingeniero residente) con la administración, percepción o custodia del dinero del Gobierno Regional de Moquegua. Las canastas navideñas fueron entregadas a trabajadores de ese entonces que laboraban en obras u otras áreas y no a terceros indeterminados; por lo que la tesis de la Fiscalía en segunda instancia era “si las canastas hubieran sido entregadas a personal del Gobierno Regional de Moquegua, no se habría cometido el delito”. Por lo que se valoró las cartas y testimoniales de ex trabajadores, quienes recibieron las canastas navideñas. El acto de comprar canastas navideñas tuvo por finalidad, repartirlas a los trabajadores del Gobierno Regional de Moquegua. Y esto se cumplió, por lo tanto, no existe los elementos del tipo penal peculado “apropiación” o “destinatario: para otro”. Los bienes fueron entregados a quienes correspondía. No habiendo desviación de los bienes fuera de la esfera de la administración pública, no se puede atribuir el delito de peculado. CONCLUSIONES Se le absuelve al procesado porque no existió relación funcional con el dinero con el que se pagó el costo de las canastas, ya que él como ingeniero no le correspondía administrar el dinero del Gobierno Regional de Moquegua. Aunado a ello el Ministerio Público no procesó a las personas que ocuparon cargos de tesorero, administración, logística y presupuesto, quienes si tenían relación funcional con el dinero. Las canastas navideñas fueron entregadas a trabajadores del Gobierno Regional de Moquegua, para lo cual se les entregó primeramente tiques, los cuales fueron cambiados por las mencionadas canastas. Por lo tanto, no hubo apropiación ni tampoco fueron destinadas para terceros, ya que la finalidad era comprarlas para los trabajadores y se cumplió tal finalidad. Entonces hubo una errónea tipificación de los hechos por parte del representante del Ministerio Público, ya que se utilizó dinero en compra de canastas navideñas; pero que éste estuvo destinado para otros fines como es “refrigerios en obras”. SEXTO EXPEDIENTE: SERVICIOS FANTASMAS El expediente Nro. 26- 2013De peculado doloso se declaró nulidad de la misma. El Hecho imputado: Rurush BlacidoAcusado- en su condición de Administrador de la Municipalidad del Centro Poblado de los Ángeles se apropió para sí de ocho mil soles, que para ello simuló la realización de servicio a nombre de JFZ, ERA y RJHS, nombres a quienes se giraron
tres mil, dos mil quinientos y dos mil quinientos. La decisión de la Sala Superior: El juez a quo, no ha realizado una debida y adecuada motivación en la compulsa de la prueba actuada, no ha dado respuesta a las argumentaciones relevantes de las partes procesales, existiendo incongruencia en sus conclusiones ya sea para condenar o absolver. Es declarada nula porque el juez de primera instancia, no hizo una correcta valorización en los siguientes hechos: Que, al ser el imputado Administrador, no tiene vinculación funcional directa con los caudales, no tiene función específica en dicho extremo; y como no tenía vinculación no ha podido “simular” los servicios. Se ha otorgado valor probatorio a una pericia de parte en el que indica que los servicios si se ha realizado; sin embargo, no ha ponderado las declaraciones de JFZ, ERA y RJHS, quienes incluso reconocieron en primera y segunda instancia que ellos no realizaron servicio alguno, pero que si cobraron las cantidades antes indicadas, y que al momento de su cobro en el Banco de la Nación el dinero fue entregado al acusado, tampoco se valoró el cuaderno de obra en el que no existía anotación alguna respecto a los servicios que realizaron las personas antes indicadas, y pese además a que existe un pericia grafo técnica en la que indica que es el acusado el autor de las falsificaciones realizadas en los expedientes de contratación directa. El juez de primera instancia indico también que no existía pericia contable, y por ende no se ha determinado un perjuicio patrimonial CONCLUSIONES La falencia elemental es el concepto del tipo penal de peculado por parte del Juez de Primera Instancia, pues no es necesario la concurrencia de un perjuicio patrimonial porque no es éste el bien jurídico que protege el peculado, sino la correcta administración pública. Luego indica que es necesaria una pericia, al respecto si bien en determinadas circunstancias es necesario contar con un conocimiento técnico experto, y para ello es necesario recurrir a peritos. En este caso consideró que no era necesario contar con dicha pericia, pues era factible que el juzgado por sí mismo pueda llegar al conocimiento que el monto que se apropiaron era de ocho mil, y que cada uno de tres, dos mil quinientos y dos mil quinientos montos apropiados individualmente. Arribar a ese conocimiento no es complicado, como si lo sería por ejemplo cuando se imputa peculado porque en una obra existe sobrevaloración qué duda cabe que en este caso por la cantidad de información a procesar es necesario contar con la opinión de un profesional experto pues para determinar el monto de los apropiado será necesario un perito en ingeniería civil y un contable, pero este no es el caso. SÉPTIMO EXPEDIENTE: OBRAS INCONCLUSAS Expediente N° 0091-2014-02801-SP-PE- ocurrencia de los hechos - materia peculado culposo de la Municipalidad de Puquina los funcionarios que fueron investiga-
dos por el delito peculado doloso y culposo en agravio del Estado, el alcalde otros funcionarios y servidores públicos, responsable de consejo del Puquina. Las ejecuciones de obras públicas materia de investigación quedaron inconclusas y que tuvieron graves deficiencias técnicas y fueron: Mejoramiento del riego principal de Chilata en la comunidad de Chilata. Mejoramiento del riego principal de Subin. Fortalecimiento de la capacidad productiva de la sal de Salinas Moche. Mejoramiento del riego principal de Chucullusca. Sustracción de piezas de volquete El Ministerio Público no aportó con pruebas documentales, que demostraría fehacientemente la desviación de dinero a las arcas del alcalde, tampoco la sobrevaloración de los bienes utilizados en dichas obras de ejecución. No se indicó que algún proveedor haiga entregado dinero al imputado. La fiscalía no probó que el alcalde tenía en custodia el volquete y que haya permitido dicha sustracción de piezas de la maquinaria quedando como chatarra. La fiscalía no hizo peritaje contable OCTAVO EXPEDIENTE: CASO ALGAS MARINAS EN ILO Sentencia de vista expediente N° 98-2014 - Respecto al delito de malversación de fondos, que se considera una modalidad del delito de peculado doloso. En cuanto a los fundamentos expresados por el Colegiado, en el peritaje contable si bien se determinó el importe total de gastos indebidos e injustificados realizados en el marco del proyecto “Proyecto de Fortalecimiento de la Pesquería del Recurso Micro Algas Marinas en la Provincia de Ilo Región Moquegua”. No se determinó e individualizó quienes realizaron el requerimiento de estos servicios, tampoco las conformidades de los mismos; puesto que en los documentos objeto de la pericia no aparecen las firmas de los imputados recurrentes ni de coordinadores o supervisores, asimismo no aparecen los documentos de conformidad de servicios y en las órdenes de servicio no aparecen los nombres y apellidos de los recurrentes. No puede asumirse que por el solo hecho del ejercicio del cargo se pueda atribuir responsabilidad penal. No se ha demostrado que los recurrentes hayan sido quienes dieron un cambio de destino del dinero o bienes del proyecto, pues no tenían a su disposición la administración del dinero. No se han configurado todos los elementos del tipo objetivo. NOVENO EXPEDIENTE: CASO EQUIPO TOPOGRÁFICO Caso 229-2011 Peculado doloso y otro absolutoria. imputado el Sr. Q M Roger, en agravio de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, Su abogado apela porque le imponen 20 meses de pena privativa de libertad, convertido a 85 días de servicio a la comunidad, inhabilitación y reparación civil de 53 mil nuevos soles. Imputación penal: El imputado fue el encargado del área de topografía de la subgerencia de estudios e inversión de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, debió custodiar en su oficina un equipo topográfico,
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Se ha ubicado 46 expedientes de delito de peculado (El peculado es la malversación de los fondos públicos) tipificado en el Código Penal y de ellos solo 15 casos llegaron a juicio oral y hubo sentencia condenatoria. Dado que los otros 31 casos tuvieron sentencia absolutoria o el proceso fue declarado nulo. A nosotros no gustaría que la efectividad sea del 99% lo cual interpretaría que desde que se fórmula la disposición de diligencias preliminares empieza un proceso que cuenta con tipicidad, que se tiene un tipo penal, los imputados y de hecho los elementos de convicción necesarios para garantizar llegar a juicio oral y vencer a la corrupción. “permitiendo su sustracción” el 29, 30 de nov. Del 2010, por no tomar precauciones de resguardo del bien. Ante tales acusaciones fue calificado como delito de peculado culposo (art. 387 del código Penal). Conclusión de la apelada: El juez concluyó que no había condiciones seguras, había una puerta contra placada, que se abría fácil, una chapa de perilla (se utilizaban tarjetas y pedazos de botellas de plástica). No tuvieron mecanismos de seguridad por “negligencia inexcusable”, no ejecutó acciones preventivas “permitiendo que otros se apoderen del bien custodiado”, si hubiera actuado con diligencia se hubiese reducido el riesgo. Audiencia de apelación: El hurto ocurrió entre las 6:00 p.m. a 7: a.m. del día 29, 30 de noviembre del 2010. El abogado defensor manifiesta que el hecho ocurrió entre las 6:00 p.m. a 7: a.m. del día 29, 30 de noviembre del 2010. Más el horario de trabajo del imputado sería de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. por lo que “no era su obligación cuidar dentro de su horario de trabajo”. Cuestiona las conclusiones del Juez, porque la puerta no se abría fácil, se abría con la llave que tenía el vigilante. Sobre que no se ejecutó acciones preventivas, “no se le podía exigir al imputado que duerma en la oficina o que llevara el equipo a su casa”, ya que fue dejado dentro de un gabinete en la oficina. En la imputación no dice “qué incumplió”, ya que el bien se encontraba guardado por el vigilante, y el hecho ocurrió fuera del horario de trabajo del imputado y el objeto sustraído debió de ser custodiado por el vigilante. El fiscal Superior, consideró que el autor del hecho delictivo pudo haber sido “cualquier persona, el vigilante, personal de limpiezas, personas de afuera, no se sabe”. La puerta se abría con facilidad (DNI, tarjetas), tenía que cursar oficio a su jefe para informar de la inseguridad. Defensa material: El imputado acepto ser interrogado en audiencia de apelación, en su derecho a la última palabra, agregó que “no sabía que la puerta se abría con tarjeta”. La responsabilidad recaería en el guardia de seguridad. Audiencia de apelación: Delimitación del ámbito recursivo: Su abogado impugnaba en la ausencia de responsabilidad de su patrocinado, sin embargo, el fiscal afirma culpabilidad. Precisión de los actos omitidos: El imputado no tomó las precauciones de seguridad para resguardar el bien. El fiscal sustenta alegato de cierre, donde menciona que el imputado incumplió su obligación de custodiar los bienes. El abogado defensor menciono que el fiscal no precisó “que fue lo que incumplió” su defendido, durante el juicio oral el fiscal delimita “haber permitido la sustracción”, al hecho como supra. Aspectos controvertidos y
hechos probatorios: Al dejarse el bien y luego ser sustraído en una oficina insegura, su tipicidad debe ser reexaminada, con respecto a las condiciones en que se quedó el equipo no hay debate entra partes. Alega la defensa que, si bien el imputado debía cuidar el objeto dentro de su horario de trabajo, dicho equipo fue llevado al personal de vigilancia, que labora en la noche y se produce la sustracción. Teoría de la imputación objetiva: se da para determinar cuándo una conducta es atribuible como delito a una persona, “una conducta solo puede ser imputada cuando ha creado un riesgo jurídicamente desaprobado que se concreta en la producción del resultado”. Imposibilidad del juicio de subsunción: Es verdad que el imputado cumplía su jornada de trabajo de 7:00 am a 4:30 pm., pero dicha responsabilidad no podía ser extendida a tiempos ajenos a esa jornada laboral, resultando ser inobjetable que el bien referido debía quedarse en la oficina. El bien sustraído se quedó en el interior de la oficina y otros bienes más, que se encontraban formalmente vigilados por el personal contratado, Estando a dichas razones no puede atribuirse incumplimiento al deber de ciudadano en el accionar del procesado. Las condiciones del lugar del trabajo las impone el empleador y no el subordinado. Conforme a la teoría de la imputación objetiva, así una conducta solo puede ser imputada como delictiva cuando se ha creado un riesgo jurídicamente desaprobado, entonces nos preguntamos ¿Cuán fue el riesgo creado por Roger Q M, jurídicamente desaprobado?, Pues ninguno. Puesto que se limitó a utilizar los bienes y ambiente para resguardar el equipo, no teniendo la obligación de gestionar mayores seguridades dada la naturaleza a su cargo. El imputado no incrementó el riesgo tolerable y al no hacerlo no creo un riesgo jurídicamente desaprobado, por ende, el delito de peculado culposo no es atribuible. A falta de normas específicas (jurídicas o técnicas) que obligan al imputado a desarrollar otras acciones para la custodia del bien, no se verifica el incumplimiento de alguna regla de prudencia. El principio de confianza que se debieron dar los vigilantes a las cosas estatales, fuera del horario de trabajo mientras no estuviera presente, lo libera de cualquier responsabilidad penal. No hay muchas pruebas que determinen su responsabilidad penal. No se le atribuye el delito de peculado culposo por verificarse el procede culposo en su conducta. DÉCIMO EXPEDIENTE: VIÁTICOS Expediente: 168 – 2012, Imputado: Jemmeli Roció M A, Agraviado: Municipalidad Distrital de Samegua, Delito: Peculado HECHOS. La imputada Jemmeli
RMA como arquitecta y residente de la obra de mejoramiento del templo de Samegua, el veintisiete de julio del dos mil diez se apropia de cincuenta soles provenientes de caja chica, suma los gastos como alimento que consumió en el restaurante Krismar de la ciudad de Ilo, según costa boleta Nro. 005345. CONCLUSIONES DE LA APELADA El juez a quo, concluyó que los hechos imputados no constituyen delito, por no haberse demostrado que el gasto de alimentos rendidos por la acusada sea irregular. Por no haberse comprobarse que no haya configurado imprevisto de obra. La imputada invoca normas que justifican dicho gasto que indica que no estaba sujeto a autorización administrativa. ALEGACIONES DE LAS PARTES: El fiscal sostiene que el viaje a la ciudad de Ilo no estaba autorizado que fue irregular, que debía estar por escrito. La defensa alega que la imputada no niega que su patrocinada haya viajado a la ciudad de Ilo, tampoco que haya consumido alimentos en el Restaurante Krismar, gastando S/. 50 soles, tampoco que el gasto fue declarado como gasto de caja chica. Indica la defensa que el viaje a la ciudad de Ilo se debió a verificar trabajos de restauración y la movilidad fue hecha con su propio dinero. La defensa invoca la Resolución de Alcaldía Nro. 184-2010 por la que se autoriza el gasto de caja de chica y que puede servir para cubrir cualquier imprevisto. También invoca directivas de tesorería que su patrocinada hizo lo que le permitía la rendición de cuentas. La rendición de cuentas que hizo la imputada como gasto de caja chica no le fue observada. La imputada presente en la apelación no fue interrogada y no ejerció su derecho a la palabra. MATERIA CONTROVERTIDA La fiscalía no puede descartar que la imputada y el testigo Rospigliosi Flor se hayan trasladado (viaje) a la ciudad de Ilo a fin de realizar un trabajo de verificación de obra. Que la imputada corrobora que no existió voluntad de ocultar el gasto y no se asumió como un egreso irregular, sino como viáticos. Que el viaje que genero la alimentación y por ende el gasto, fue repentino y decidido por los propios residentes de la obra. El colegiado, estima que, para un traslado inmediato y urgente, no puede exigirse el requisito de un trámite burocrático previo que haya de concluir en expedición de resolución. CONCLUSIONES La Fiscal solo afirma que la imputada de apropio de cincuenta soles. Sostiene que la imputada hizo un viaje irregular sin autorización por escrito por el municipio. La imputada afirma que por viajes imprevistos puede hacer uso de caja chica según invoca la Resolución de Alcaldía Nro. 1842010. (presenta prueba) Existe boleta de gasto de viatico por alimento, boleta Nro. 0053. La imputada declara el gasto generado por viáticos (gasto de alimentación) en tesorería de manera normal. La imputada no es interrogada y no declara durante la apelación. La fiscalía le falto presentar más pruebas que acrediten el delito. La fiscalía no presenta buena acusación, investigación deficiente UNDÉCIMO EXPEDIENTE: INCUMPLIMIENTO DE SERVICIO Expediente 00247-2013, Delito: Peculado doloso, Imputado: SR CARLOS ANDRÉS. Nulidad de Sentencia. La sentencia no es absolutoria sino de nulidad de la sentencia
apelada, la sala considera que el juez de primera instancia ha incurrido en incongruencia debido a que no se pronunció sobre los términos de la imputación concreta en contra de Carlo Andrés SR, y supone que el incumplimiento del servicio no constituye acción típica limitándose a señalar que la conducta de no cumplir con la comisión encomendada, apropiándose luego del dinero que le fue entregado, no puede enmarcarse como un elemento típico del delito de peculado; sino que dicha conducta ha podido ser pasible de un proceso administrativo, disciplinario sancionador. Tampoco se ha realizado la valoración de los medios probatorios incorporados válidamente al proceso para determinar la fecha de la comisión de servicio y si se realizó. Según la casación N° 19-2010 La Libertad precisa que “para que la sentencia no vulnere el principio de razón suficiente debe cumplir dos requisitos: a) consignar el material probatorio en el que se fundan las conclusiones a las que arriba, describiendo el contenido de cada elemento de prueba –requisito descriptivo-; y b) valorarla debidamente, de suerte que evidencia su ligazón racional con las afirmaciones o negaciones que se incorporen en el fallo –requisito intelectivo-.” El juez a quo, no ha cumplido con estos requisitos ya que de manera abstracta y sin valoración probatoria, ha concluido que los hechos imputados no constituyen delito partiendo de una premisa falaz que lo conduce a una conclusión absolutoria, errónea por la falacia del razonamiento. Tampoco ha señalado las razones o motivos que justifiquen su decisión tan sólo señala que estaríamos frente a un ilícito administrativo. El caso no sólo cuestiona la falta de rendición de cuentas en relación a la comisión de servicio y a la entrega de una cantidad de dinero por concepto de viáticos, sino ante la presunta no realización de la comisión de servicio pese a que se entregó viáticos para realizarla. Es sobre ello que debe pronunciarse el juez motivando debidamente su resolución. Al haberse transgredido en artículo 139.5 de la Constitución, se ha incurrido en causal de nulidad en la sentencia apelada tal como se establece en el artículo 150.d del Código Procesal Penal. DUODÉCIMO EXPEDIENTE: NULIDAD DE SENTENCIA Caso: 368-2012 Peculado de Uso - Nulidad de Sentencia. Imputados: Miriam Gutiérrez Mamani y Daniel Palmer. Fallo 1ra Instancia Sentencia Absolutoria Fallo 2da Instancia – Nulidad de Sentencia por motivación aparente Concluyen que el juez a quo, realizó una motivación aparente, ya que carece de un relato coherente y un análisis crítico de los hechos y prueba actuada en juicio, limitándose a dar una respuesta aparente al caso planteado, al realizar afirmaciones sin que se indique qué medios de prueba sustentan ello. Motivo por el cual se declaró absuelto a los acusados: Que la sentencia de primera instancia determinó que absolvía a los acusados ya que las proposiciones fácticas no han sido acreditadas, ya que la declaración del coacusado no constituye prueba, que no existe denuncia respecto al hecho de la orden de que el vehículo policial regrese a recogerlos, que fue voluntad de la acusada Miriam Gutiérrez, al no estar ello investigado los hechos de la acusación deberían cambiar, las declaraciones testimoniales no son categóricas y no existe reporte de llamada telefónica. La sentencia de segunda instancia indica que el a quo, al señalar que no se contó con corroboraciones periféricas no es correcto ya que en juicio se ha
incorporado prueba material considerable (FJ 09) y que solo ha indicado que NO se han probado las proposiciones fácticas, pero no se ha indica en qué medios de prueba se basa tal afirmación, por lo que vulneró el derecho a la debida motivación, y declaran nula la sentencia de primera instancia. DECIMOTERCER EXPEDIENTE: SERVICIO INSTALACIÓN E xpediente 00380-2011. Imputados Coayla Gómez y Jorge Pedro Gomes y Otros. Agraviado: Municipalidad distrital de Torata. Delito: Peculado Doloso ¿Por qué los absolvieron a los imputados Luis Enrique Flores Mayta y Marcelo Juan Bermejo Velásquez? Es absuelto Luis Enrique Flores Mayta porque el peculado no se consumó, dado que él envió una carta a la agraviada, poniendo en alerta al sistema administrativo originando la paralización del trámite y por consiguiente la anulación del pago. El abogado defensor de Flores Mayta, sostiene que, al no efectuarse el pago del servicio de instalación de cultivo de orégano, no existe perjuicio y por lo tanto no existe delito. Seguidamente invoca la atipicidad de la acción. El perjuicio es un elemento del tipo, por lo tanto, no se hizo un perjuicio es decir es un daño moral o material que una persona o una cosa causa en el valor de algo o en la salud o el bienestar de alguien. El tipo penal de peculado: El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza en cualquier forma para sí u otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo. El imputado Marcelo Bermejo se le atribuye complicidad primaria en el delito peculado por haber suscrito las fotografías que forman parte del informe, asimismo haber considerado en el requerimiento de materiales, en el servicio de instalación de cultivo de orégano en parcelas en riego tecnificado en el sector de Otora y Mollebaya. En su defensa no ha negado que la firma y el sello sean suyos, explicando que se trata de documentos que pertenecen a otro informe, por lo que habrían sido introducidos inconsultamente por el imputado Coayla G. en el segundo documento que este era un trámite regular. Y por lo tanto también lo absuelven a Bermejo V. por no haber firmado el informe sino del imputado Flores M. Sentencia. En la presente sentencia se resuelve condenar a Pedro Gómez Coayla como autor del delito contra la administración publica en la modalidad de peculado doloso en grado de tentativa en concurso ideal de falsedad ideológica y le impone cuatro años de pena privativa de libertad y una multa de mil doscientos cincuenta nuevos soles y una reparación civil de tres mil nuevos soles y absolvieron a imputados Luis Enrique Flores Mayta y Marcelo Juan Bermejo Velásquez mandaron a la anulación de los antecedentes penales y policiales que se haya generado en su contra. CONCLUSIÓN En la presente sentencia se ha actuado de acuerdo a lo que establece el código penal El peculado por utilización (Art. 387 CP) "se configura cunado el agente usa, emplea, aprovecha, disfruta o se beneficia de los caudales o efectos públicos, sin el propósito de apoderarse del bien", es decir, su finalidad es "servirse del bien público en su propio beneficio o en beneficio de tercero". En cambio, el peculado de uso (Art. 388 CP) se configura cuando el agente usa, emplea, aprovecha, disfruta o se beneficia de vehículos, máquinas o cualquier otro instrumento de trabajo del Estado, sin propósito de apropiárselo, es decir su finalidad, también está
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dirigida a servirse del bien público en su propio beneficio. Es decir, el residente del proyecto que se le atribuye responsabilidad al ingeniero Jorge C G por ser residente del Proyecto “Fortalecimiento de las capacidades de los productores de Torata para la reconvención al cultivo orgánico en cómplice del señor Luis F M como proveedor de dicho producto emitiendo documentos con declaraciones falsas luego presentarlos a la municipalidad de Torata. Y se le absuelve a los imputados Luis Enrique Flores Mayta y Marcelo Juan Bermejo Velásquez por las razones ya explicadas anteriormente DECIMOCUARTO EXPEDIENTE: REQUERIMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS Expediente: Nro. 239-2011, Delito: Peculado Doloso Art. 387 Primer Párrafo del Código Penal. Hecho imputado: Roger Aragón, en su condición de Gerente de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Moquegua (GRM) omitió dolosamente sus funciones, pues ante la presentación del requerimiento de bienes y servicios del mes de octubre del 2010 permitió la apropiación de S/ 10,309.84 Soles. Alexander Bellano, en su condición de Director de Administración del GRM omitió dolosamente las conductas a las que está obligado permitiendo la apropiación de caudales. Elvis Chirinos, como Director de Recursos Humanos no controló el procedimiento del sistema de personar ya que no revisó la documenta Decisión de la Sala Superior: La sala declara la Nulidad de la sentencia elevada en apelación y que condena a los imputados mencionados, ya que en el presente se ha vulnerado el Principio de Congruencia Procesal, ya que en la acusación se les imputa omitir sus funciones, es decir, por un no hacer, en tanto que en la sentencia se les condena por conductas comisivas a Roger Aragón por realizar un requerimiento falso para el pago de remuneraciones o darle trámite a dicho documento, a Alexander Bellano, por visar las remuneraciones y hasta autorizar transferencias bancarias para cinco trabajadores y Elvis Chirinos dar el trámite al requerimiento o hasta concertar con Rolando Lázaro para que justificará la elaboración de la planilla. El Juez hace una subsunción errónea pues dar por probados los hechos de la acusación que son omisivos para llegar a la conclusión de conductas comisivas. Se ha vulnerado el Principio de Congruencia, ya que se ha condenado por hechos que fueron materia de acusación, con lo que se vulnera el Debido Proceso y la Razonabilidad. CONCLUSIONES En el presente caso la falencia radica, en que el Juzgado no se ha circunscrito a lo que se mencionaba en la acusación formulada por el Ministerio Público, o en todo caso no se ha guiado adecuadamente el desarrollo del juicio, y que el Ministerio Público no planteó adecuadamente los hechos. Incluso en el decurso del juicio oral debió de haber planteado una acusación complementaria, para tener una posición sólida, para esto debió de haberse introducido los medios probatorios y así poder señalar circunstancias no mencionadas anteriormente, más aun que en el presente caso hubo inicialmente un imputado que conformó sentencia, más aún hay un condenado por hechos comisivos que ha quedado firme, incluso la Sala señala en la página 7 de la sentencia, que es una potestad del Ministerio Público que se plantee una acusación complementaria.
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DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 24 de setiembre del 2018
MINAGRI REALIZÓ SEGUNDO CENSO NACIONAL DE ARROZ
Arequipa es la tercera región con mayor volumen de arroz almacenado AGENCIAS DIARIO PRENSA REGIONAL
Luego de Lambayeque (55.6 %) y La Libertad (12.1 %), Arequipa (10.2 %) es la tercera región con mayor volumen de arroz almacenado, conglomerando con las dos primeras regiones hasta el 80 % de la producción nacional. Esta cifra se desprende del II Censo Nacional de arroz en molinos, almacenes y
comercios mayoristas realizado entre el 3 al 7 de setiembre pasado y que forma parte de los compromisos que asumió el Minagri en las mesas de diálogo con los productores de este cereal para conocer el stock actual y definir las políticas al respecto. Se informó además que, los molinos, los mayoristas y los almacenes a nivel nacional tienen un stock de 451,175 toneladas de arroz
pilado, indicó el Ministerio de Agricultura y Riego. El censo comprendió la visita de un total de 572 molinos y 524 almacenes y comercios mayoristas a nivel nacional. Los resultados de la encuesta también muestran otros departamentos con concentración de este cereal almacenado, en orden de importancia: San Martín (7.2 %), Lima (5.8%), Piura (4.4 %) y otros departamentos
| En cuanto al valor del precio del arroz cáscara, el molinero paga al productor un sol por kilo en promedio. |
| La encuesta se realizó entre el 3 y 7 de setiembre pasado |
(4.7%). “Si se toma en cuenta que cada mes se consume 160,800 toneladas aproximadamente, el nivel de arroz almacenado permite abastecer los meses de setiembre, octubre y noviembre de 2018”, subrayó el Minagri Asimismo, el estudio también reveló que los molinos cuentan con 477,899 toneladas de arroz en cáscara, pero que este
volumen se reduce a 314,887 toneladas cuando es convertido a pilado. PRECIO POR ARROZ CÁSCARA En cuanto al valor del precio del arroz cáscara, la encuesta reveló que el molinero paga al productor en promedio de un sol por kilo. Este precio, sin embargo, fluctúa de acuerdo a cada región, mientras que el
agricultor de Loreto obtiene 0.60 soles por kilo, los de La Libertad y Arequipa logran cobrar 1.20 soles por kilo. Finalmente, el Minagri subrayó que este estudio servirá para definir próximas políticas, destacando que la información será actualizada a fines de año para mantener informado a los productores a fin de que planifiquen sus siembras.
LA NORMA FUE APROBADA EN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, Y PROMULGADA POR EL PODER EJECUTIVO
Recursos del canon podrán usarse para financiar programas de vivienda social NACIONAL DIARIO PRENSA REGIONAL
Los recursos del canon podrán ser usados por los gobiernos regionales y locales para financiar los bonos que otorga el Estado a través de programas de vivienda social, según la Ley Nº 30848 publicada en el Diario Oficial El Peruano.
| Construcción de programas de vivienda social |
VIVIENDA SOCIAL "Los recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon serán utilizados para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local, respectiva-
La norma modifica la Ley de canon, con el fin de promover el financiamiento de proyectos del Programa Techo Propio y el Programa Nacional de Vivienda Rural. mente”, indica la presente ley. También señala que podrán ser utilizados para el financiamiento de Bonos Familiares Habitacionales (BFH) destinados a proyectos de vivienda del Programa Techo Propio y para el financiamiento del Programa Nacional de Vivienda Rural. PARA EDUCACIÓN La norma añade que los gobiernos regionales
entregarán el 20% del total percibido por canon a las universidades públicas y el 10% del total percibido por canon a los institutos y escuelas de educación superior de su circunscripción. Este presupuesto debe ser destinado exclusivamente a la inversión en investigación científica y tecnológica y de su respectiva infraestructura, que potencien su desarrollo.
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DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 24 de setiembre del 2018
SUDOKU ¡JUÉGALO! ¿CÓMO HACERLO? La estrategia para resolver este rompecabezas se puede considerar como la combinación de tres procesos: escaneo, marcado y análisis.
NIVEL DE DIFICULTAD:
El Vaticano y China firmaron un acuerdo histórico para nombrar obispos
El Vaticano y China firmaron un acuerdo provisional sobre el nombramiento de obispos, principal motivo de conflicto entre ambas partes, un paso histórico entre dos Estados que no tienen relaciones diplomáticas desde 1951. Como parte del acuerdo, el papa Francisco ha reconocido a siete obispos vivos y uno fallecido nombrados por China que hasta ahora no eran admitidos "de forma oficial" por la Santa Sede. Tanto el Vaticano como China confirmaron este acuerdo, que fue firmado en una reunión en Pekín por el subsecretario de Relaciones de la Santa Sede con los Estados, Antoine Camilleri, y el viceministro de Relaciones Exteriores de la República Popular de China, Wang Chao, como jefes de las delegaciones vaticana y china, respectivamente.
SOLUCIÓN SUDOKU ANTERIOR
confirmadas por la Santa Sede, que se limitó a indicar que el entendimiento al que han llegado se refiere al "nombramiento de obispos, un asunto de gran importancia para la vida de la Iglesia (católica), y crea las condiciones para una colaboración más amplia a nivel bilateral". El secretario de Estado vaticano, el cardenal Pietro Parolin, celebró este avance y dijo que los obispos en China ahora están "en comunión con el Santo Padre". Los lazos diplomáticos entre China y el Vaticano son oficialmente inexistentes desde 1951 por la excomunión por parte de Pío XII de dos obispos designados por Pekín, a lo que las autoridades chinas respondieron con la expulsión del nuncio apostólico, que se asentó en la isla de Taiwán. China, por su parte, no reconoce al papa y tiene su propia Iglesia Patriótica Católica desde 1957. (Con información de EFE)
I Papa Francisco I
el Gobierno comunista seguiría teniendo la potestad de designar a los obispos, pero reconocería la autoridad del papa para pronunciarse sobre estos nombramientos.
les. Los detalles no fueron comunicados, aunque Burke explicó que los fieles en China podrán "tener obispos que estén en comunión con Roma" y "al mismo tiempo reconocidos por las autoridades chinas". En los últimos días, algunos medios habían avanzado que el Vaticano y China podrían estar trabajando en un acuerdo provisional por el que
NOMBRAMIENTO DE OBISPOS Se trata de un acuerdo muy significativo porque, tal y como destacó el director de la oficina de prensa de la Santa Sede, Greg Burke, "no es el final del proceso", pero sí "el inicio" de un camino hacia la futura normalización de las delicadas relaciones bilatera-
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ACUERDO HISTÓRICO En el caso de que el pontífice rechazara a alguno de los nombres elegidos por Pekín, ambas partes iniciarían un proceso de diálogo. Estas informaciones no fueron
N° 1851
SOPA DE LETRAS
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Antisana Antitupa Anto Anyarin
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Apacclla Apaclla Apaestegui De Rojas Apagueño
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Apagüeño Apana Aparco Apare
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Apau Apelo Apeña Apestegui
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DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 24 de setiembre del 2018
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SE VENDE UNA PROPIEDAD LISTA PARA NEGOCIO EN EL CENTRO DEL PUERTO EN LA CIUDAD DE ILO PARA MAYOR INFORMACIÓN LLAMAR AL : 975988801. 07D/22-28/SET
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CONVOCATORIA JJC Contra stas Generales S.A. se encuentra en la búsqueda de personal de la región Moquegua, para el proyecto Quellaveco. En JJC tenemos un compromiso con el desarrollo del país. Sé parte de un equipo humano que trasciende y contribuye en beneficio de nuestra sociedad.
VACANTES
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PUESTO DE TRABAJO
Supervisor de SSOMA
Supervisor de Control de Calidad - Movimiento de Tierras
Supervisor Montajista
REQUISITOS - Ingeniero Titulado, Colegiado y Habilitado, de preferencia en Ingeniería Civil, Industrial. - Conocimiento sobre análisis de riesgo laborales y ges ón integrada de SSOMA. - 05 años de experiencia en el puesto. - Ingeniero Titulado, Colegiado y Habilitado, de preferencia en Ingeniería Civil, Industrial. - Conocimiento sobre análisis de riesgo laborales y ges ón integrada de Calidad. - 05 años de experiencia en el puesto. - Deseable carrera técnica y/o superior incompleta. - Conocimiento de lectura de planos y análisis de riesgos laborales - 05 años de experiencia en el puesto.
Asistentes de SSOMA
- Bachiller de preferencia en Ingeniería Civil o Industrial. - Deseable experiencia mínima de 1 año en SSOMA.
Cadista - Proyec sta
- Técnico egresado. - Conocimiento de diseño y lectura de planos. - Dominio del programa Civil 3D, Autocad y Diseño Geotécnico - Experiencia de 4 años en el puesto
Asistentes de Control de Calidad
- Bachiller de preferencia en Ingeniería Civil o Industrial. - Deseable experiencia en Control de Calidad de Movimiento de Tierras - Educación Secundaria Completa. - Conocimiento de lectura de planos y análisis de riesgos laborales - 05 años de experiencia en el puesto - Educación técnica y/o secundaria completa. - Conocimiento de lectura de planos de tubería y análisis de riesgos laborales - 05 años de experiencia en el puesto - Deseable educación técnica y/o secundaria completa. - Conocimiento de control de combus ble - 02 años de experiencia en el puesto
2
Capataz de Movimiento de Tierras
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Capataces Tuberos electromecánicos
2
Controlador de Combus ble
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Operario Electricista Automotriz
- Técnico Superior - 03 años de experiencia.
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Operarios Tuberos Electromecánicos
- Técnico Superior - 04 años de experiencia en tubería.
2
Operadores de Excavadora
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Operadores de Volquete
- 04 años de experiencia en movimiento de erras, excavaciones , cortes en pendiente y altura, carguío de material. - Licencia de Conducir A1 - Copia Record de Conductor sin observaciones. - 04 años de experiencia en el puesto. - Licencia de Conducir AIIIC. - Copia Record de Conductor sin observaciones
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ALQUILO MINI DEPARTAMENTO EN ALTO ILO ARENAL K-32 SEGUNDO NIVEL LLAMAR AL 952239476. 03D/ 21-23/SET ALQUILO MINIDEPARTAMENTO EN URB. GARIBALDI, CALLE CHILE, ILO, PARA CABALLERO SOLO. LLAMAR AL CEL. 945368213 07D/ 23-29/SET ALQUILO MINIDEPARTAMENTO EN ILO, PA M PA I N A L A M B R I CA , LU I S E . VALCÁRCEL, EN LA AV. PEDRO HUILCA, PARA PERSONA SOLA O PAREJA, LLAMAR AL CEL: 945368213 07D/ 23-29/SET
COMANDO ELITE Preparación al 100% – Admisión ETS-PNP-2019 – alumnos que cursan el 5º de secundaria días sábados solo postulantes Policía Nacional Informe MEYLAN - 39 (frente a plaza vea) 957 444576 - 953818982 - Copia Record de Conductor sin observaciones - 04 años de experiencia en el puesto. - Licencia de Conducir AIIIC - Copia Record de Conductor sin observaciones - 04 años de experiencia en el puesto. - Licencia de Conducir AIIIC - Copia Record de Conductor sin observaciones - 03 años de experiencia en el puesto. - Licencia de Conducir AIIIA. - Copia Record de Conductor sin observaciones
2
Operadores de Camión Remolcador
2
Operador de Cisterna de Agua
6
Conductor de Mini bus
2
Técnico Mecánico especializado
- Egresado carrera técnica mecánica - 03 años de experiencia en Línea Amarilla
2
Oficial Mecánico Automotriz
- Técnico Superior - 02 años de experiencia en línea amarilla
1
Oficial Mecánico Electricista
- Técnico Superior - 02 años de experiencia en línea amarilla
6
Oficiales Tuberos Electromecánicos
- Técnico Superior - 02 años de experiencia en trabajos de montaje de tuberías
1
Operario Mecánico Automotriz
- Técnico Superior - 04 años de experiencia en línea amarilla.
1
Oficial Soldador
- Técnico Superior - 02 años de experiencia en línea amarilla
1
Operador de Camión Lubricador
3
Operario Topogra a
3
Oficial Topógrafo
6
Conductor de Camioneta
2
Conductor de Camión Baranda
2
Operario Maniobrista Rigger
2
2
·
- 04 años de experiencia en el puesto a desempeñar. - Licencia de Conducir AIIIC – AIV (Matpel I / Matpel II) - Copia Record de Conductor sin observaciones - 03 años de experiencia. - Conocimientos en manejo de estación total, replanteos, nivelación de terrenos, mediciones de construcciones y levantamientos topográficos. - 02 años de experiencia mínima. - Conocimientos básicos en Topogra a y apoyo en Replanteo, nivelaciones y medición de terrenos - 03 años de experiencia mínima en el puesto a desempeñar. - Licencia de Conducir AIIB - Copia Record de Conductor sin observaciones - 03 años de experiencia mínima en el puesto a desempeñar. - Licencia de Conducir AIII A (Mínimo 2 años de emisión) - Copia Record de Conductor sin observaciones - 03 años de experiencia en el puesto - Cer ficación de Rigger
- 03 años de experiencia en movimiento de erras. Operador de Mini Cargador - Licencia de Conducir A1 - Copia Record de Conductor sin observaciones. - 04 años de experiencia en el puesto Operador de Camión Grúa - Licencia de Conducir AIIIC - Copia Record de Conductor sin observaciones / Cer ficaciones Vigentes
Buscamos personal de preferencia de la Región Moquegua
DOCUMENTOS A PRESENTAR: · CV documentado en las oficinas de JJC CONTRATISTAS GENERALES S. A. ubicada en Asociación Los Olivos MZ B Lote 9 – (Referencia frente al Terminal terrestre) - Moquegua Correo Electrónico: convocatoriaquellaveco@jjc.com.pe FECHA DE RECEPCIÓN: 20 de sep embre 2018 al 24 de Se embre del 2018 HORARIO DE RECEPCIÓN: De 10:00 am a 12:00 m y de 3:00 pm a 5:00 pm
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Buenas Nuevas POR: PASTOR OTONIEL FONT
Alejados de Dios, nada podemos hacer
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CONDUCTOR DE CISTERNA Requisitos:
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Secundaria completa Experiencia comprobada en el manejo de tráiler cisterna, como mínimo 03 años. Indispensable contar con Licencia de conducir AIIIC y A4 (Especial) Buen historial de conducción en el MTC No tener papeletas pendientes por pagar. Conocimiento de manejo operativo de despacho de petróleo en cisternas De preferencia haber aprobado Cursos Matpel I y II Sin antecedentes policiales, penales ni judiciales. Residir en Moquegua o Arequipa Disponibilidad para laborar en régimen de 14x7
Uno de los peores errores que comete el ser humano es creer que puede conseguir la paz por sí mismo. Puede ser que sientas que te va bien en el caminar, aparentemente sabe a miel, pero es momentáneo y, sin darte cuenta, sigues alejándote de Dios. Entras en relaciones con gente necia que no quiere vivir de una manera correcta, que está buscando cómo sacarte del lugar donde tú consigues la paz. Por ejemplo, el adulterio no es otra cosa que unirte con esa persona que te dice: Ven acá, únete a mí, porque es aquí que encontrarás la paz. Satisfaces una necesidad física, pero no vas y enfrentas el problema. No le eches la culpa a la gente y al dolor, enfrenta el problema, corta la raíz de amargura y procura la paz de tu matrimonio, de tus hijos, de tu familia. Dios nos da la libertad de tomar decisiones. La pregunta es: Ante las ofensas que te han provocado, ante las heridas que te han causado, ¿qué decisiones has tomado? ¿Qué has decidido hacer? ¿Echarle la culpa a otros? ¿Seguir caminando toda la vida, sin tomar responsabilidades? Hay muchas decisiones que has tomado en el pasado que no podrás darle marcha atrás, pero ¿qué decisiones vas a tomar hoy? ¿Vas a seguir vendiendo tu herencia? ¿Vas a seguir vendiendo el
derecho que tienes en el día de hoy? ¿Vas a seguir tomando decisiones, que Dios perdona por su gracia, pero teniendo difíciles consecuencias? Reflexiona y mira bien las decisiones que vas a tomar en el día de hoy, en esta semana. Mira bien qué decisiones vas a tomar ante la presión que sientes, ante el cansancio, por el dolor. Cuidado, no sigas contaminando a los que te rodean, a tus hijos, tus familiares. No sigas estorbando la gracia que Dios tiene para ti y estorbando a donde Dios te quiere llevar a ti y tu familia. Aunque pienses que nadie entiende tu dolor, hay uno que sí entiende, que sufrió por nosotros, y se llama Jesús de Nazaret. ¿Qué haces ante ese dolor? ¿Te hechas a perder? ¿Te hechas a morir? ¿Vives con coraje, con angustia? Lejos de Dios, no lo puedes hacer; no puedes vivir mejor separado de Dios. Por eso, cuidado con la raíz de amargura y con aquella gente que te hace creer que puedes lograr la paz sin Dios. Si estás cansado, cargado, frustrado por las malas decisiones, hoy es un buen día para que tomes autoridad sobre todo pensamiento del pasado y te declares libre. Ataca los pensamientos con la palabra de Dios. Son esas acciones de creer y esas palabras de confesión las que te impulsan a llegar a un nuevo nivel.
SALVAVIDAS
Funciones:
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Conducir la cisterna asignada respetando y cumpliendo las reglas de manejo de la zona de trabajo. Llenar los formatos de abastecimiento por unidad atendida. Verificar y reportar las condiciones operativas y de seguridad en las que se encuentra el vehículo a su cargo. Coordinar y cumplir con el programa de abastecimiento (ruta, horarios, etc.) Llevar el control de Stock de combustible asignado para despacho y enviar el formato diario a la Base principal. Reportar cualquier imprevisto que pueda suscitarse en la operación. Cumplir con los procedimientos operativos y de seguridad correspondientes. Actuar en forma responsable conociendo, comprendiendo y controlando los riesgos asociados y sus consecuencias, tomando conciencia de la importancia de cumplir con la Política Ambiental, Seguridad y Salud.
De cumplir con los requisitos contactarse al 951862226 o enviar CV a
wilsonluis76@gmail.com
San Mateo 6:1 (TLA) »Cuando ustedes hagan una buena acción, no lo anuncien por todos lados; de lo contrario, Dios su Padre no les dará ningún premio.
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Nuestra gente, nuestra ciudad, nuestro diario.
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