Skip to main content

10 09 2018 m i

Page 1

LUNES • 10 DE SETIEMBRE DEL 2018

DIARIO DE CIRCULACIÓN REGIONAL

ADA PÉREZ: “Vamos a dar trabajo a los mollendinos”

www.prensaregional.pe

►Candidata por Somos Perú a la Municipalidad Provincial de Islay hizo diversos anuncios en mitin de apertura.

■ PÁG.02

LOS RÍOS MÁS PROFUNDOS SON SIEMPRE LOS MÁS SILENCIOSOS — CURCIO

► PR N° 3184 AÑO 9 | PRI N° 1974 AÑO 5 - DIRECTOR: P. ROGGER BAYLÓN DELGADO

OTRO ESCÁNDALO EN MOQUEGUA: PRENDAS VIEJAS, DETERIORADAS Y CON MANCHAS DE SANGRE

Mal servicio de lavado en Hospital de EsSalud

DESDE MAÑANA

■ PÁG.04

Llega Hospital Perú a Mollendo

■ PÁG.16

►Servicio está tercerizado. Ropa hospitalaria mal lavadas y en mal estado y contaminante ►En el Manuel de Torres Muñoz perjudica a asegurados. Pacientes y familiares denuncian mala atención. ASOCIACIÓN DE POETAS, ESCRITORES Y ARTISTAS

ESPECIAL DERECHO PENAL Y CRIMINALIDAD EN MOQUEGUA 20172018 (JUNIO) Una selección de 23 artículos que describen la realidad y problemática en Mariscal Nieto e Ilo, a raíz del I Congreso Internacional de Criminología y Derecho Penal.

APEA Islay cumplió 14 años ■ PÁG.04

►Al servicio del arte y la cultura


02

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

CANDIDATA POR SOMOS PERÚ A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ISLAY HIZO DIVERSOS ANUNCIOS EN MITIN DE APERTURA

| Foto / Diario Prensa Regional |

| Ing. Ada Pérez, candidata a la alcaldía provincial de Islay, por Somos Perú. |

Ada Pérez: “Vamos a dar trabajo a los mollendinos” MOLLENDO DIARIO PRENSA REGIONAL

Como parte de su campaña proselitista rumbo a la alcaldía provincial de Islay, la candidata por Somos Perú, Ada Pérez Vásquez, participó el último sábado por la noche, de una caravana y posterior mitin de apertura que se llevó a cabo en la plaza Bolognesi de Mollendo ante la concurrencia de sus simpatizantes y ciudadanía en general. En la actividad además se presentó a la plancha completa de regidores que la acompañan al Concejo Provincial de Islay, así como de los representantes al Consejo Regional de Arequipa, encabezados por el ingeniero Javier Miranda Córdova. De igual modo se presentó a los candidatos y regidores de diversos distritos en los cuales participa el partido en la provincia de Islay. TRABAJO PARA MOLLENDINOS La ingeniera Ada Pérez durante su discurso destacó una serie de acciones, entre las que mencionó que su gestión impulsará que los trabajadores de la municipalidad no vengan de otros

lugares “Vamos a dar trabajo a los mollendinos” enfatizó al tiempo de indicar que cuenta con el compromiso de varios profesionales locales comprometidos en participar de su gestión edil, de ser elegida el próximo 7 de octubre. SALUD, EDUCACIÓN Y DEPORTE Resaltó la implementación

de un tomógrafo y un equipo de hemodiálisis para los no asegurados, iniciativa en la cual ha avanzado con gestiones. Así también dijo que trabajará en capacitación para el sector educación, como al deporte, en donde impulsará la creación del Centro de Deporte Recreativo Municipal, así como de dar mayor empuje al deporte competitivo.

TURISMO: EJE COSTERO CATARINDO - SEÑOR DEL RÍMAC El tema del turismo, fue uno de los ejes principales que también mencionó, comprometiéndose a crear el eje costero Catarindo - Señor del Rímac, un circuito que permitirá unir ambos sectores del litoral de Mollendo para crear espacios turísticos. En

Ada Pérez destacó también compromisos en temas de salud, educación, turismo, infraestructura vial y urbana, entre otros.

medio de este proyecto, también anunció la reubicación del camal en donde construirá un hotel habilitando la playa Salaverry con accesos apropiados, aseguró. En cuanto al turismo en playas, indicó que buscará crear zonas especiales en la

quinta playa para que allí se ubiquen los buses que provienen de otros lugares, generando ingresos a la comuna, sin descuidar el terminal terrestre. De igual modo dijo que el ex Hotel de Turistas, en actual estado de inhabitabilidad, será demolido y trabajado bajo la modalidad de Asociación Publico Privada para que se construya una nueva edificación, la cual, luego de un tiempo, pasará a administración de la municipalidad. CONEXIÓN ALTO LAS CRUCES – CLUB DE TIRO Entre los planteamientos a nivel de infraestructura vial urbana, además de un reasfaltado en las calles de la ciudad, destacó el impulso de una conexión vial en el sector de Alto Las Cruces con el Club de Tiro, proyecto olvidado en el tiempo y anhelado por los pobladores del primer sector desde hace años y que acortaría sustancialmente las distancias entre la periferia de Mollendo y el centro urbano.


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

AGENCIAS DIARIO PRENSA REGIONAL

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

03

SE LES ACUSABA DE PARTICIPAR EN PROTESTAS CONTRA PROYECTO MINERO EN 2015

Tía María: Absuelven a doce dirigentes y pobladores

Doce de las 23 personas que participaron en las protestas contra el proyecto minero Tía María en el año 2015 quedaron absueltas de cargos. La orden fue dispuesta este viernes por la jueza Danitza Sánchez, tras iniciar el control de acusación del caso, una etapa previa al las grabaciones o “pepeaudios”, donde el dirigente juicio. P epe Julio Gutiérrez El alcalde de negociaba con Jesús Cocachacra, Helar Gómez (asesor externo de Valencia Juárez, se la mina) la paralización de encuentra en la lista de los las protestas del 2015, 12 absueltos. Inicialmente, la fiscalía le imputó el delito episodio conocido también de extorsión al Estado, como el caso de “Las pero no pudo comprobar lentejas” Según la Fiscalía, no que cometió el ilícito. había pruebas suficientes También quedaron para demostrar que los dos eximidos, Jesús Cornejo imputados se pusieron de Reynoso y Jaime Trinidad acuerdo para solicitar de la Cruz Gallegos. A ambos se les investigó por dinero a la minera. intentar extorsionar a la ABSUELVEN A minera Southern Peru. Esto ALCALDE Y fue luego de la difusión de DIRIGENTES

| Audiencia en Arequipa. Foto: CSJA |

Durante la investigación tampoco se pudo probar que los imputados formaban parte de una organización criminal conocida como el Frente de Defensa del Valle de Tambo. Es así que fueron absueltos de este cargo, Helar Valencia Juárez, Mary Luzmila Marroquín León, Catalina Hilda Torocahua Muñoz y Eulogio Quispe Quispe. También se excluyó a Jorge del Carpio Lazo, Ricardo Quispe Aguilar y José Luis Chapa Díaz.

| Exdirigente Pepe Julio Gutierrez. Foto elbuho.pe |

Por otra parte, se descartó que Percy Paco Jaramillo, Helbert Gaspar Samalvides y Juan Miguel Choquehuanca Mamani, hayan sido los financistas de la asociación. En tanto, Mary Marroquín León, Catalina Torocahua Muñoz y Eulogio Quispe Quispe se liberaron del delito de conspiración para motín. AUDIENCIAS HASTA EL SIGUIENTE AÑO Debido a la gran

cantidad de pruebas, la Fiscalía presume que el control de acusación se prolongará hasta el siguiente año. Esto por la gran cantidad de evidencias acumuladas en el proceso. Mientras tanto, la siguiente sesión se realizará el 21 y 27 de setiembre. El próximo 3 de octubre seguirá el análisis de las denuncias contra Pepe Julio Gutiérrez y otros 15 dirigentes, cuya acusación sí prosperó.

CON EL COMPROMISO Y UNIDAD DE LAS AUTORIDADES

Candidato Javier Miranda impulsará ley para conseguir obras por 150 aniversario de Mollendo MOLLENDO DIARIO PRENSA REGIONAL

En la presentación de candidatos del partido Somos Perú en el mitin del sábado en la noche en Mollendo, hizo uso de la palabra, el candidato a consejero regional por Islay, ingeniero Javier Miranda Córdova, enfatizó entre otras

propuestas, que buscará el compromiso en la unidad de las autoridades, con el fin de trabajar en proyectos que permitan generar una ley a nivel nacional que entregue a Mollendo y la provincia de Islay, una serie de obras de infraestructura con motivo de la celebración del 150 aniversario de creación de

Mollendo como punto de inicio del ferrocarril del sur en 1871. CONEXIÓN ISLAYAREQUIPA Asimismo, dijo que trabajará en concretar las gestiones para que se viabilice una autopista de cuatro carriles entre Matarani (Islay)

y Arequipa, ello en el marco del crecimiento de la provincia de Islay, por la zona norte. Este proyecto tendría como punto intermedio el sector de La Joya, la cual podría convertirse en una ciudad intermedia que conecte tanto la provincia de Islay y la de Arequipa. | Ing. Javier Miranda, candidato a consejero regional por Islay. |


04

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

EN LAS INSTALACIONES DEL HOSPITAL MANUEL DE TORRES MUÑOZ

Desde mañana llega Hospital Perú a Mollendo MOLLENDO DIARIO PRENSA REGIONAL

Con el fin de brindar una atención con especialidades y evitando referencias a la ciudad de Arequipa, la Gerencia de la Red Asistencial de EsSalud en coordinación con la dirección del Hospital Manuel de Torres Muñoz de Mollendo, han concretado la visita de especialistas del denominado Hospital Perú. Los especialistas iniciarán

Gastroenterología, deberán pasar previa evaluación por consultorio de Medicina General y/o Medicina Interna hasta hoy para su atención posterior con los especialistas del Hospital Perú.

sus atenciones desde el martes 11 al sábado 16 de setiembre, en las instalaciones del hospital mollendino, laborando en los horarios de: 8 am. a 2 pm y de 3 pm. a 7 pm. ESPECIALIDADES En esta visita que realizan a la provincia de Islay llegan con las especialidades de Medicina Interna, Neurología, Gastroenterología, Medicina física y Rehabilitación, Oftalmología, Traumatología,

|

| Foto referencial. |

|

Ecografía. Se informó que los pacientes que requieran atención por las especialidades de Neurología y

MEJORAR ATENCIÓN EN ASEGURADOS La Dra. Rosemarie Ocola Murillo, directora del Hospital II Mollendo, manifestó que con la visita de estos profesionales se ofrecerá atenciones con calidad

| Foto referencial. | y oportunidad, evitando que los asegurados se trasladen hasta Arequipa con el consiguiente malestar, cumpliendo de esta forma con los objetivos trazados por la Gerencia de Red, de acuerdo a lo dispuesto por el Dr. Edilberto Salazar Zender. Finalmente, la Dra. Ocola indicó que los asegurados que requieran cita deben solicitarla desde hoy a través de EsSalud en línea o en los propios módulos que tiene instalado el hospital.

ASOCIACIÓN BUSCA PROMOVER Y DESCUBRIR TALENTOS QUE SE IDENTIFIQUEN CON SU COMUNIDAD

APEA Islay cumplió 14 años al servicio del arte y la cultura Flores y Eduardo Miranda Medina como asesor cultural, los mismos que vienen trabajando en favor de las diversas manifestaciones culturales sin fines de lucro; presentando todas sus actividades en la Estación Cultural de Mollendo, preferentemente.

MOLLENDO DIARIO PRENSA REGIONAL

La Asociación de Poetas, Escritores y Artistas (APEA) de Islay, cumplió el 3 de setiembre 14 años de vigencia difundiendo a nivel provincial, el arte y la cultura como una forma de elevar el espíritu y el conocimiento de la ciudadanía, especialmente de los jóvenes. ACTIVIDADES PRINCIPALES Durante este tiempo, APEA Islay, ha organizado con el apoyo de municipalidades, instituciones y personas comprometidas con la cultura de la ciudad, diversas presentaciones de grupos artísticos tales como: Orquesta Sinfónica de

| Reciente presentación cultual promovida por APEA. | Arequipa, Orquesta Filarmónica de Arequipa, Orquesta de Música de Cámara, recitales, un poemario con 27 autores locales y provinciales, exposiciones, encuentros de música y declamación, narradores y otros.

LA DIRECTIVA La actual directiva está presidida por la profesora Francisca Rivera de Caballero e integrada por Verónica Torreblanca Abarca, Adriana Miranda de Pastor, Gerardina

OBJETIVOS DE APEA Uno de los objetivos de APEA Islay, es promover y descubrir talentos en la provincia y lograr la identificación de las características propias de ella, incentivando la participación en los eventos programados. SE REQUIERE UN AUDITORIO Directivos de APEA

| Directiva de APEA. | manifestaron en ese sentido, que es propicia la oportunidad para solicitar a las autoridades municipales la construcción de un auditorio, que facilite el desarrollo de todas las actividades y para agradecer a todos los que han contribuido con la vigencia de esta institución. INSCRIBIRSE EN APEA Finalmente, formularon un llamado a todos los jóvenes y cultores de las diferentes manifestaciones artísticas para que se inscriban en APEA.

RED DE SALUD ISLAY CENTRALIZARÁ LAS JORNADAS LOS DÍAS SÁBADO 15 Y DOMINGO 16

Ponen en marcha campaña de vacunación contra la rabia MOLLENDO DIARIO PRENSA REGIONAL

La Dirección Ejecutiva de la Red de Salud islay, inició la Campaña de Vacunación Antirrábica Canina Gratuita 2018, bajo el lema “Haz un gol para el Perú, vacuna a tu perro contra la rabia” la cual tiene como meta vacunar a ocho mil canes en la provincia de Islay. MASCOTA CON MÁS DE TRES MESES DE NACIDA

La Dra. Olinda Huertas Acosta, directora ejecutiva de la Red de Salud Islay, exhortó a las personas que tienen mascotas en casa a vacunarlos para evitar la rabia, indicando que las mascotas para recibir la vacuna deben tener más de tres meses de nacida. LAS JORNADAS Las fechas centrales de vacunación serán los días sábado 15 y domingo 16 de setiembre, en todos los distritos

de la provincia de Islay. ATENTOS A LOS HORARIOS La caravana móvil de vacunación de la Red de Salud Islay, llegará cerca a su domicilio y deben estar atentos en los días señalados desde las 8 am. 4 pm. GRATUITA La vacunación es gratuita y se dará certificado vacunación y collarín a las mascotas.

| Foto referencial. |

DATO La rabia es una enfermedad mortal que se trasmite cuando un animal que tiene el virus ataca a una persona, con mayor frecuencia son los perros quienes contraen el virus en la calle al relacionarse con animales infectados.


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

05

/

SUPLEMENTO ESPECIAL DE LOS LUNES

POST GRADO DIARIO PRENSA REGIONAL ►MOQUEGUA - ISLAY AREQUIPA

► DIRECTOR: P. ROGGER BAYLÓN DELGADO

► EDITOR GENERAL: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA

► SI USTED TIENE ESPÍRITU DE INVESTIGADOR, ESCRÍBANOS AL MAIL: doctorjavierflores@hotmail.com

ESPECIAL DERECHO PENAL Y CRIMINALIDAD EN MOQUEGUA 2017-2018 (JUNIO) AUTORES

Dr. Delfín Bermejo Peralta, Dr. Javier Flores Arocutipa, Dr. Benito Valverde Cedano, Mgr. Carlos Ponce Arpasi, Abg. Dante Sagua Anchapuri - Docentes de la Escuela Profesional de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UJCM.

En el año 2017 y en los primeros seis meses del año 2018, hemos escrito 75 artículos de Derecho Penal y Criminalidad en Moquegua en el Diario Prensa Regional y hoy hemos coleccionado 23 de ellos y los presentamos para la descripción de la realidad problemática en Mariscal Nieto e ILO, a raíz del I Congreso Internacional de Criminología y Derecho Penal.

Exposición del Dr. Javier Flores a la comisión de Economía del Congreso sobre canon y corrupción 2007-2017 Pr DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA DIARIO PRENSA REGIONAL columnistas@prensaregional.pe

PRIMERO Se ha demostrado que existe relación directa y poco significativa entre los recursos del canon otorgados a Moquegua y el desarrollo regional (IDH) en el periodo 2007-2015 como producto de la corrupción evidenciada en el periodo, obteniendo un R=0.03 lo que representa una relación muy baja entre las variables. Significa que a mayor canon el crecimiento del IDH es mínimo. Si se trata de impacto podemos observar que si el canon decrece en 10% entonces el IDH crece en relación inversa de 0.13%. Este fenómeno como se puede entender es por los niveles de corrupción que se ha ubicado en la región y se deja notar cuando las obras demoran el doble de tiempo y su costo en muchos casos se duplican. Y que cuando por parte de la contraloría nos señala que, de 13000 casos de denuncias penales, solo 600 son sentenciados firme y de ellos solo 60 tienen pena efectiva, quiere decir que van presos. Desde nuestra perspectiva hay mucha flexibilidad con los que presuntamente comenten actos de corrupción. La defensoría del pueblo señala que en Moquegua se denunciaron 2353 casos por

corrupción, de ellos solo 33 casos llegaron a juicio oral. Y de esos 33 casos 23 fueron condenados y 10 fueron absueltos. SEGUNDO Se ha demostrado que existe relación inversa y significativa entre los recursos del canon otorgados a Moquegua y el desarrollo regional (PBI) en el periodo 2007-2015. Podemos suponer, como producto de la corrupción evidenciada en el periodo, obteniendo un R= -0.64 lo que representa una relación inversa entre las variables. Significa que a menor canon existe crecimiento económico y cuando crece el canon minero la recesión de la economía regional es una realidad medida por el PBI Si se trata de impacto podemos observar que si el canon crece en 10% entonces el PBI decrece notándose una relación inversa de 0.69%. TERCERO Los recursos del canon minero han sido bastante considerables en la región Moquegua en los años 2007 al 2017. Estas suman los 3000 millones de soles. Todo indica que no han generado el impacto en el PBI y en el IDH.

Análisis de 41 casos de peculado en Moquegua POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA &

Pr DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA DIARIO PRENSA REGIONAL

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 09 04 18

El impacto de la fuente de financiamiento, canon minero, como parte del proceso de inversión pública no ha generado un mejor Índice de desarrollo humano (IDH) y un mayor crecimiento económico (PBI) en la región Moquegua en el periodo 2005-2015 en un marco de casi impunidad de aquellos que cometen delitos contra la administración pública (Corrupción) según la percepción de la población de Mariscal Nieto 2016.

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 04 0618

soles, Arequipa que en el periodo recibió 4149 millones de soles. Tacna recibió 3534 millones de soles en el periodo. 2.- Una de las cosas que debemos aceptar es cuando el sector administración pública solo representa el 2.65% en el PBI regional. Aun cuando duplique o triplique su participación este no superaría el 10%. Entonces el impacto de las inversiones en este sector por ahora no supera el 3%. Por ende, este sería el impacto y peso específico en la economía regional. Ello incluye la fuente de financiamiento, canon minero. Podemos colegir que el impacto de este sector incluido en canon no supera el 3%. 3.- La contradicción entre crecimiento del PBI y el crecimiento del canon minero es notoria. Para el año 2008 el PBI crece y el canon decrece. En el año 2009 el PBI decrece El canon crece. En el año 2010 el PBI crece el canon decrece. En el año 2011 el PBI crece y el canon minero decrece. En el año 2013 el PBI crece y el canon minero decrece. En el año 2015 el PBI crece y el canon minero decrece. Contradicción que nos permite decir que si el canon minero crece no incide en el crecimiento del PBI

regional. Y cuando el canon minero decrece este no hace que el PBI decrezca sino todo el contrario. Señalándonos que son otros los sectores que explican el crecimiento o decrecimiento del PBI. 3.- El canon minero independiente que no tienen incidencia sobre la economía regional, debemos decir que este se prorratea de tal manera que pierde en los gobiernos locales. Así podemos observar que en el año 2017 hay gobiernos regionales que reciben 300 mil soles hasta 21 millones de soles que es lo que reciben el gobierno local de mariscal Nieto y el gobierno regional de Moquegua. Parcelación del canon minero fue otra de las debilidades que no permitió su optimización. 4.- Cuando hablamos de parcelación, estamos diciendo que el 80% de los recursos del canon se invierten en proyectos con menos de medio millón de soles. De los 100 proyectos promedio que se financian con el canon minero unos 90 proyectos no superan los 100 mil soles. Esto nos indica que hay una diseminación o parcelación de los recursos lo cual no permite optimización y mejor impacto.

En la exposición de ILO AL BICENTENARIO organizado por el Congresista Vicente Antonio Zeballos Salinas por el 48 aniversario de Ilo, pudimos conocer al Dr. Antonio Zapata historiador ilustre que nos narró la corrupción en la república del Perú. Tal vez en esa época los delitos peculado y otros todavía no estaban tipificados, pero esta vez sí. Queda un agradecimiento a don Antonio Zapata nos refirió el Dr. Javier Flores y un agradecimiento a don Antonio Zeballos por invitar a personajes tan ilustrados e ilustrativos. Hablemos ahora del peculado en Moquegua De 41 casos que se analizan en la UJCM (Universidad José Carlos Mariátegui), Escuela Profesional de Derecho, debemos decir que 18 casos fueron materia de proceso penal hasta la etapa de juicio oral esto representa el 44% del total de casos que se analizan. Le sigue el gobierno regional con 12 casos que representa casi el 30%, los gobiernos locales provinciales tienen 7 casos que es el 17%, luego sigue un Centro Poblado Menor (CPM), UNAM (Universidad Nacional de Moquegua) el Ejército Peruano

DELITO DE PECULADO POR PLIEGO EN MOQUEGUA GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMEGUA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ILO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TORATA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOJATA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUQUINA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL AGARROBAL

MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE LOS ANGELES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARUMAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CUCHUMBAYA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ICHUÑA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA CAPILLA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLOQUE POLICIA NACIONAL DEL PERU

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA EJÉRCITO PERUANO TOTAL

CUARTO El PBI regional ha tenido un crecimiento moderada baja en el periodo 2007-2015. Estamos hablando de 1.41% anual, que está por debajo de los 5 o 6% anual que debería crecer una economía regional. CONCLUSIÓN 1.- En el periodo 2007-2017 Moquegua recibió 3000 millones de soles de Canon minero. Ancash recibió casi 9000 millones de

(EP), y la PNP con un caso cada uno de estos últimos. De la misma manera podemos decir que en la institución gobierno regional se han denunciado 12 casos si queremos hablar de instituciones de manera individual. Le sigue la Municipalidad distrital de Samegua con 4 casos. De la misma manera la Municipalidad provincial de Mariscal Nieto con 4 casos, la de Ilo y Torata con tres casos, Chojata, Puquina, Algarrobal con dos casos cada una, el CPM Los Ángeles, Carumas, Cuchumbaya, Ichuña, La Capilla, Lloque, PNP, UNAM, EP, estos últimos tienen al menos un caso de peculado. Podemos colegir que no hay institución al menos del Estado que no se involucre en estos actos lesivos. Para este análisis estamos hablando de casos que han requerido una sentencia firme o de segunda instancia. Otra cosa son los resultados. Por lo pronto es importante señalar que los delitos de peculado parecieran que, así como el dinero, que camina todas las instancias. Nos referimos que no hay gobierno local que no tenga al menos la denuncia de delito de peculado. Aunque al 2017-2018 la metodología para apropiarse de los dineros de estado seria a través de los aludos arbitrales. # 12 4 4 3 3 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 41

CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS CASOS

Fuente: CSJM- Elaboración propia

5.- Entre los años 2007 al 2016 se ubicaron 2353 denuncias que como se observa en el grafico esto se incrementa de año en año. En el 2007 se ubicaron 18 casos. Este creció en el año 2013 donde se ubicaron 354 casos, y en el año 2016 fue de 420 casos. De tal manera que como se incrementaba el canon minero las denuncias

crecían. 6.- En el Perú de 32925 casos de denuncias por corrupción 17 mil casos corresponden a peculado y colusión. Y en el caso de qué instituciones están comprometidos con estas denuncias, son los gobiernos locales distritales y provinciales fundamentalmente.


06

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 14 05 18)

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 14 05 18

Las reparaciones civiles no se pagan y no guarda relación con el perjuicio en los delitos de peculado en Moquegua Pr

POR; DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & DANTE SAGUA ANCHAPURI DIARIO PRENSA REGIONAL

En el delito de peculado en la región Moquegua, se lesiona el bien jurídico, patrimonio del estado. El daño causado es todo detrimento o menoscabo que a consecuencia de un acontecimiento o evento sufre una persona ya sea en sus bienes o en su patrimonio, constituye la afectación o lesión a intereses configurativos de bienes jurídicos; es decir, se trata de la afectación de un bien jurídico tutelado por una norma penal (Tomas Aladino Gálvez Villegas. La Reparación Civil en el Proceso Penal, 2da edición 2005. Pág. 126) De conformidad con lo normado por el artículo 92° y 93° del Código Penal, la reparación civil se fija conjuntamente con la pena, y comprende la restitución del bien o, si no es posible el pago de su valor; y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Siendo estos los parámetros rectores de la fijación de la reparación civil, y teniendo en cuenta que la reparación civil cumple una función resarcitoria, es pertinente señalar también, que el monto de esta debe de estar signado por el principio de proporcionalidad, existente entre el daño causado por el delito y la indemnización del daño. EL AGRAVIADO COMO ACTOR CIVIL EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL CONSTITUCIÓN Y DERECHOS. La acción reparatoria en el proceso penal sólo podrá ser ejercitada por quien resulte perjudicado por el delito, es decir, por quien según la Ley civil esté legitimado para reclamar la reparación y, en su caso, los daños y perjuicios producidos por el

delito.8Art. 98 CPP) OPORTUNIDAD DE LA CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL. La constitución en actor civil deberá efectuarse antes de la culminación de la Investigación Preparatoria. (Art. 101 CPP) FACULTADES DEL ACTOR CIVIL. El actor civil, sin perjuicio de los derechos que se le reconocen al agraviado, está facultado para deducir nulidad de actuados, ofrecer medios de investigación y de prueba, participar en los actos de investigación y de prueba, intervenir en el juicio oral, interponer los recursos impugnatorios que la Ley prevé, intervenir -cuando correspondaen el procedimiento para la imposición de medidas limitativas de derechos, y formular solicitudes en salvaguarda de su derecho. (Art. 104 CPP) ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL ANTIJURICIDAD. Verifica la violación de una norma jurídica, transgresión de normas prohibitivas. DAÑO CAUSADO. Es la lesión a un interés jurídicamente protegido. Por ejemplo, no lesionar intereses de la Administración Publica, relacionado con los deberes de lealtad y probidad. RELACIÓN DE CAUSALIDAD. Es el nexo entre el hecho y el daño. FACTOR DE ATRIBUCIÓN. Que puede ser el dolo o la culpa con lo que por ejemplo se apropia de los caudales del estado. CASO 1 En 13 expedientes de exclusivamente peculado hemos encontrado en 8 que no pagaron ninguna reparación civil, podría decirse que es responsabilidad de la procuraduría y de la parte agraviada pero lo cierto es que la

Nro. HEC HO 01 | 02 03

Funcionaria de l MTC se apropi ó de S/960.00 Al calde se pagó e n e xce so S/ 1066.77 Guardián pe rmiti ó e l hurto de un PC

04

Funcionaria se apropió de di ne ro

05

Re sponsable de al macé n sustrajo bie ne s

06

Se rvidor públ ico de la UGEL (Pl anill as) de svió a su cue nta S/ 14,872.46

07

Al calde y te sore ro muni cipal... Pe rjuicio e conómico S/ 411,939.18

08

Al calde y Funcionarios Munici pale s Pago inde bi do de S/ 2, 769,965.36. Al calde y funcionarios

09 10 11

Dos mi e mbros de la PNP solici tan S/ 2,000.00 Funcionari o de l Gobie rno Re gi onal sol icita S/8,000.00 Guardián de MPT pe rmite hurto de bie ne s de obra

REP. C IVIL 500

reparación no cumplió su objetivo. De los trece casos en tres casos solo hizo el pago parcial y de hecho el imputado se rehabilita y ya nunca pago la diferencia. Hay que decir que en dos casos si cumplieron con la reparación civil, Podríamos concluir que en un 62% no cumple con pagar la reparación un 23 % solo con parte y 16% llega a pagar a reparación civil. CASO 2 (EN LA TABLA QUE SIGUE) En 16 expedientes de análisis hemos encontrado que el monto de reparación civil es de 241611 soles por pagar, de ellos solo se abonado a la fecha 49114 soles falta por pagar 192 497 soles, pero de hecho y estamos casi seguros que los imputados y sentenciados ya se rehabilitaron y la deuda será impagable. Aquí por ejemplo solo se ha pagado el 20% de reparación civil, dado que 49114 soles representan 20% del monto total a pagar. Hay casos por ejemplo donde debe pagarse 10 mil soles de reparación civil solo se adelanta 3334 y deja como deuda 6666 soles, otro donde debe pagar de RC 3000 soles y solo se paga 1500 soles. Así mismo RC de 123 mil soles y no se ha pagado nada. Al respecto no hay procurador que haga cumplir el fallo o la parte agraviada sabiendo que se va a distribuir a medias (50% para cada uno). Podemos colegir entonces que, si bien las consecuencias del delito es la reparación civil, señalamos que esta no se hace cumplir por parte de los interesados y deja un ambiente de impunidad. Que algún individuo se pueda apropiar de bienes del estado y no se le castiga como debe, peor no paga la reparación civil.

C UMPLIMIENTO DE PENA Y REPARAC IO N C IVIL

¿Son las sentencias condenatorias en casos de peculado en Moquegua efectivas en pena y reparación civil? Pr

Tenemos una población para el presente trabajo de 42 sentencias firmes, de vista y al respecto hemos ubicado de ellas 17 con sentencia condenatoria, seis (6) que fueron declaradas nulas y otras 19 con sentencia absolutoria. En esta primera etapa vamos analizar las sentencias condenatorias en lo que se refiere a las consecuencias del delito de peculado, como es obvio debemos relacionar como consecuencia inmediata la pena y dentro de ella la pena efectiva y la pena suspendida. De la misma manera observar la reparación civil y la inhabilitación. Es verdad que debemos también acotar la multa, pero en este análisis no lo hemos considerado dado que no fue relevante para el Aquo y el Aquem. Perjuicio: en lo que se refiere al perjuicio este tiene una media de 116779 soles, una mediana de 9000 soles. Además, el perjuicio máximo en los 17 expedientes es de 948 276 soles y el perjuicio mínimo alcanza la cifra de 200 soles. Es

perentorio señalar que la sumatoria de todos los perjuicios alcanza la cifra de un millón 985 mil 254 soles. Reparación: se entiende que es el resarcimiento del perjuicio más el daño emergente y porque no el daño moral y daño a la persona. Este alcanza una media de 74623 soles, menor al perjuicio medio. Una mediana de 8000 soles que resulta menor que la mediana del perjuicio. El máximo de reparación civil es de 708 304 soles y un mínimo de cero cuando la pena ha sido efectiva. Debemos señalar que las reparaciones de los 17 expedientes suman el millón 268 mil 605 soles que es menor que el sumatorio total del perjuicio. Pena efectiva: de la misma manera aquí tenemos una media de 3.41 años con lo cual podemos colegir que todas o casi todas terminaran en suspendida. Que los casos se ven por un magistrado (unipersonal), que el máximo de pena en los 17 casos es de 7 años y el mínimo de 1 año. La sumatoria de penas de los 17 casos es de 58 años. Pena Suspendida: en este caso debemos señalar que la

| Expedientes judiciales |

media es de 2.61 años que el máximo aplicado alcanza los 7 años y la mínima PPLS es de 0.5 años. La sumatoria de las penas suspendidas alcanzan el valor de 44.5 años que resulta mucho menor que la sumatoria de la PPLE. Inhabilitación: se entiende que la razón de la inhabilitación es corregir al individuo para una mejor administración pública, en este caso debería al menos ser de la magnitud de la pena suspendida. Veamos si ocurre ello. En este caso podemos ver que la media es de 1.7 años, que la máxima inhabilitación es de 4 años y la mínima es de 0. Que la sumatoria de las inhabilitaciones llega a los 29 años. CONCLUSIÓN Podemos colegir que si bien el perjuicio conlleva a consecuencias jurídicas mayores en los extremos de la reparación civil esta resulta menor, no solo debería ser el resarcimiento del perjuicio sino la indemnización de lo perdido por la afectación al estado. Esto conlleva a pensar que debería ser mucho mayor que el perjuicio la reparación civil. Esta vez ha contradicción. Que si la pena suspendida debería tener correlato con la pena efectiva no es así. La PPLS es menor en todos los extremos. De la misma manera ocurre con la Pena efectiva y la pena suspendida. Es de notar que la suspendida resulta menor que la efectiva. Como que la sanción se relaja. Y esto ocurre en todos los extremos del análisis. La inhabilitación resulta menor que la PPLE y LA PPLS, quiere decir que da la impresión que al final el objetivo de la pena no se cumple, sea en su extremos efectiva o suspendida. Que el objetivo de la reparación civil tampoco y menos de la inhabilitación

17 expedientes con sentencia condenatoria

Re habil itada. Re s. N° 08. 19-05-2014. Pagó S/300 por re paración civil

Re habil itado R N° 36 12-08- 2016. No pagó re paración ci vil Re habil itado RN° 09 31-01-2014. 500 Pagó re paración civil . Re habil itado R N° 09 23-01-2014. No 876.00 pagó re paración civi l Re habil itado RN° 11 28-05- 2013 No 1,500.00 pago re paración civi l. 200.00 y 14,872.46 e n Re habil itado R N° 21 10-07-2014. No me nsual idade pagó re paración civi l. s de 369.22 3,000.00 y Re habil itado R N° 23 06-01-2014 de de vol .e n la inhabili tación y si n cuotas pronunciamie nto sobre pe na me nsual e s de privati va. No pagó re paración civil. S/ 2860.70 Re habil itado R N° 08 30-10-2014. Pagó parte de la re paración civil. 5,000.00 Solo se conde nó a 2.Absue l tos RN° 09 (se nte ncia de vista) 14-10-2010. C on RN° 09 19-03-2014. Pago parcial 2,000.00 de la re paraci ón civi l Re habil itado RN° 11 29-01-2014 NO 1,000.00 pagó re paración civi l. Extinguido e l Ré gi me n de prue ba | 2,000.00 RN° 01 24-05-2012. No pagó re paración civil.

POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & BENITO VALVERDE CEDANO DIARIO PRENSA REGIONAL

Expediente

1863.23

perjuicio (soles)

Inhabilit acion (años) 43000 4 1000 1 300 0

PPLE PPLS Reglas de R. Civil (años) (años) conducta (soles)

Sentencia

1 009-2015. 2 71-2009. 3 144-2011.

300000 537 2200

4 4 2

3 2 1

Si Si Si

4 150-2013.

10000

5

5

Si

0

0

Confirma

200 63500 370631 7000 221000 10000 5236 22435 4000 6546 948276 9000 4693

1 4 2 4 3.5 3 3.6 4 4 1 7 2 4

1 3 2 2 0.5 3 3 3 3 1 7 2 3

si Si Si Si Si Si Si Si Si SI Si Si Si

1000 65643 380631 6000 19000 8000 0 8000 3000 8727 708304 10000 6000

1 3 2 2 0 3 3 1 3 1 0 2 3

Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma Confirma

5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17

173-2011. 190-2012. 215-2012 216-2009. 317-2010 373-2011 412-2012 58-2014 509-2013 580-2008 686-2008 99-2011 360-2010 Fuente: CSJM

Confirma Confirma Confirma


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

07

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 26 02 18

15 juzgados de la Corte Superior de Moquegua “no ayudan” a los justiciables a lograr justicia rápida y eficiente PRODUCCIÓN PROCESAL DE EXPEDIENTES PRINCIPALES EN TRAMITE

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 14 05 18

En Moquegua a febrero del 2018 hay 232 presos en el penal de Samegua, de ellos 54 con prisión preventiva Pr

POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA DIARIO PRENSA REGIONAL

En Arequipa hay 541 presos procesados quiere decir que están en prisión preventiva, la pregunta es cuántos de los magistrados que la otorgaron son aquellos que han sido émulos del magistrado Carchuancho al enviarles a prisión sin considerar en serio el “peligro” del cual nos habla el Nuevo Código Procesal Penal. En Moquegua, hemos dicho, hay 54 en prisión preventiva, en Tacna el total es de 249 individuos a los cuales no se les ha demostrado culpabilidad y están en prisión preventiva. Ahora bien, de ellos en Arequipa

504 son hombres y 37 son mujeres. En Moquegua 50 son varones y 4 son mujeres mientras que en Tacna los 249 son varones. Por eso nuestra preocupación que hay 949 personas en prisión preventiva. ¿Ellos recurrirán al habeas corpus para lograr su libertad debido a que injustamente están en cárcel? Todo es posible después de leer la sentencia del Tribunal constitucional. Ahora bien, a nivel nacional a febrero del 2018 hay 34483 presos en proceso judicial. No han sido sentenciados. ¿Quiere decir que ellos también recurrirán al habeas Corpus? Todo es posible con este antecedente que preocupa.

FEB 2018: EN MOQUEGUA HAY 54 PRESOS PROCESADOS= PRISION PREVENTIVA TOTAL

Arequipa E.P. Arequipa E.P.Mujeres Arequipa E.P.Camana Moquegua Tacna E.P. Tacna E.P.Mujeres de Tacna E.P.Challapalca TOTAL FUENTE: INPE

Procesados

Sentenciados

Total general

H

M

Total

H

M

Total

H

M

2628 2125 161 342 232 1214 894 121 199 4074

2463 2125 0 338 223 1093 894 0 199 3779

165 0 161 4 9 121 0 121 0 295

541 366 33 142 54 354 249 35 70 949

504 366 0 138 50 319 249 0 70 873

37 0 33 4 4 35 0 35 0 76

2087 1759 128 200 178 860 645 86 129 3125

1959 1759 0 200 173 774 645 0 129 2906

128 0 128 0 5 86 0 86 0 219

Pr

DR. BENITO VALVERDE CEDANO & DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA DIARIO PRENSA REGIONAL

PRODUCCIÓN PROCESAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA SE INCREMENTA EN EL 2017. Claro hay una diferencia entre los resultados de enero a octubre DEL 2017 con los resultados de enero a diciembre del 2017. El presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua (CSJM)nos dirigió una carta en donde aclaraba que los datos de memoria del Poder Judicial no correspondían a los datos comparativos de enero a octubre de ambos años (2016, 2017), sino que se había comparado el cierre del año 2016 (enero a diciembre) y al costado se había colocado el avance de los 10 primeros meses del año 2017. En primer lugar, debe indicarse que eso se realiza, la comparación, con datos del periodo. Siempre debe hacerse ello. LA PRODUCCIÓN PROCESAL Lo bueno es que el presidente de la Corte Superior de justicia de Moquegua nos alcanza la data de enero a diciembre del 2016 y 2017. Ahora si podemos comparar los números y ver resultados. Lo positivo es que en general existe mayor producción que el año 2016. Estamos hablando de 305 casos más. El 2017 se cerró con 16 160 casos superior al del año 2016 que cerró con 15855 casos. El incremento relativo fue del 1.92% no llega a 2%, no está mal, pero debería ser mejor. Producción procesal por año, 2016 y 2017 en la Corte Superior de Jus cia de Moquegua.

EN CASOS Y PORCENTAJE

| Establecimiento penal San Ramón de Samegua |

20000 15855

16160

2016

2017

15000 10000 5000 305

1.92

incre

inc %

0

4 SEGMENTOS PARA EXPLICAR LA PRODUCCIÓN PROCESAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MQOUEGUA. A.- En esta ocasión hemos dividido la producción en 4 segmentos una que se constituye en el crecimiento razonable donde la producción es superior a 100 casos en el año. Así en ella se inscribe la Sala Mixta, con 333 casos más que en el 2016, El Juzgado Mixto de Moquegua con 278 casos resueltos más, en este segmento destacamos 7 juzgados y de ellos 5 son de la sede Moquegua y dos son de ILO. Una primera pregunta es ¿Qué está pasando en ILO que la producción no es tan buena como en años pasados? B.- Un segundo segmento agrupa a seis juzgados pero que su producción se incrementado en menos de 70 casos. Así el Juzgado mixto de ILO supero la producción del 2016 en 67 casos más. El Juzgado de trabajo también supero su producción en 60 casos los otros juzgados en la práctica se han estancado dado que la producción solo ha crecido en 5 casos más que en el 2016. En buena cuenta aquí sería importante comparar con el ingreso de expedientes a los juzgados en el año 2017 para de esa manera saber cuánto se ha quedado pendiente para el 2018 más allá de los que se acumulara en el año 2018. C.- El tercer segmento es la que empieza a preocupar, por que empieza en el descenso de la producción menor, en menos de 100 casos por juzgado. Aquí de los 10 juzgados que tienen problemas de mayor producción cinco son de ILO, tres son de Moquegua y uno es de OMATE el otro juzgado corresponde al juzgado de paz letrado laboral. Aquí se deja notar la menor producción respecto del año 2016. Preocupante.

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 23 07 18

10 casos de violación sexual donde el PJ señala que el MP de Moquegua trabaja mal Pr

POR MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI & BENITO VALVERDE CEDANO DIARIO PRENSA REGIONAL

Que es lo que pasa con el Ministerio Público que, de las más de 800 denuncias que llegan a su despacho solo 33 llegan a juicio oral y de ellas 10 son declaradas absolutorias y 23 condenatorias en segunda instancia. Así lo revela un documento de Defensoría del Pueblo, donde podemos señalar que la efectividad es del 2%. Quiere decir que de cada 100 casos solo 2 terminan en condena. ¿Y la economía procesal? Entonces la pregunta es ¿porque ocurre ello? ¿A qué se debe? En las indagaciones que estamos realizando con otros colegas y estudiantes hemos encontrado que, es la Sala del Poder Judicial de Moquegua la que señala hasta donde algunos fiscales no aciertan en la presentación de prueba, no tipifican en base a la dogmática jurídica establecida. Y en esa escasa doctrina jurídica, los fiscales, hacen prevalecer sus paradigmas o sus pasiones sesgadas

que dañan las honorabilidades de ciudadanos que pasan una vía crucis simplemente por “su interpretación” y que nos quieren hacer creer que es “la interpretación”. Hemos reunido diez casos donde es la Sala del Poder Judicial que concluye la nulidad del proceso o la absolución del imputado, pese a que el fiscal de acusación se encolerice, maniate sus brazos, o se tire al suelo para su reclamo que de hecho esta fuera del derecho. En ese sentido la Sala ha rechazado la acusación fiscal por estos motivos. Incumple el debido proceso, la prueba valorada no es la adecuada. En estos 10 casos son 16 elementos de convicción que fueron cuestionados que se presentaron con deficiencias. Debemos afirmar que en el delito de violación sexual el 32% de los casos fueron declarados nulos y absolvieron a los imputados ¿Y por dónde van los defectos? Los defectos frecuentes que se cometen van por la mala presentación de peritajes (3), Documentos (6), Indicios (1), Testimonios (6). En ese sentido hemos

ORGANO JURISDICCONAL

2016

2017

Sala Mixta - MOQ

749 309 205 181 1223 1096 466

1082 587 411 382 1392 1220 587

333 278 206 201 169 124 121

420 520 833 171 125 99

487 580 852 176 130 104

67 60 19 5 5 5

737 80 101 833 115 112 88 677 353 240

734 71 91 822 102 91 50 612 277 163

-3 -9 -10 -11 -13 -21 -38 -65 -76 -77

Juzgado Mixto - MOQ (E * 2 Juzgado Mixto) (2) 1 Juzgado Inves gacion Preparatoria MOQ 1 Juzgado Inves gacion Preparatoria ILO Juzgado de Trabajo - MOQ Juzgado de Paz Letrado Familia Cvil - MOQ Sala Mixta Descentralizada - ILO

Juzgado Mixto - ILO Juzgado de Trabajo - ILO 2 Juzgado de Paz Letrado - ILO Juzgado de Paz Letrado e Inves gación Preparatoria - Omate 2 Juzgado Penal Unipersonal MOQ 2016 3 Juzgado Inves gación Preparatoria - MOQ Juzgado de Paz Letrado Laboral - ILO 3 Juzagdo Penal Unipersonal - MOQ 2 Juzgado Penal Unipersonal - ILO 1 Juzgado de Paz Letrado - ILO Sala Penal de Apelaciones - MOQ 1 Juzgado Penal Unipersonal MOQ 1 Juzgado Penal Unipersonal Proc ILO Juzgado Paz Letrado Laboral Juzgado Mixto Unipersonal - Omate 2 Juzgado de Inves gacion Preparatoria - ILO

2 Juzgado Inves gación Preparatoria - MOQ Juzgado de Familia - ILO 2 Juzgado Mixto MOQ (4) 1 Juzgado Familia Moquegua (E x Juzgado de Familia - MOQ) (3) Juzgado de Paz Letrado Penal

D.- EL CUARTO SEGMENTO el de mayor preocupación nos señala que la producción es menor en 100 casos y valgan verdades la de menor producción es la del juzgado de Paz Letrado Penal con -265 casos. De 1404 ha decaído a 1139 en el 2017. Cerca está el 1 juzgado familia de Moquegua con -207 casos en el año 2017. El 2 juzgado mixto de Moquegua también ingresa a ese terreno con -188 casos. El Juzgado de Familia de ILO esta con -163 casos como el 2 juzgado de investigación

preparatoria Moquegua con -142 casos. CONCLUSIÓN De 28 juzgados que trabajan en la Corte Superior de Justicia de Moquegua en 15 de ellas hay menor producción respecto del año 2016 que representa el 54%. El resto ha logrado superar la producción del año 2016. Aunque valgan verdades en el total de producción la Corte ha superado la producción del año 2016 en 305 casos. Que como repetimos no supera el 2% más.

MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA SUPERIOR PENAL DE MARISCAL NIETO. IMPUTADO: C. G., EMANUEL DELITO: VIOLACION A PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTIR AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES ALTC

Se vulneró su derecho de defensa del imputado y Afectación al debido proceso. El ministerio público no puso en conocimiento la mencionada desvinculación establecida en R.N.N° 1254-2004- Cañete, a fin de que imputado ejerza su derecho.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio MINISTERIO PÚBLICO: FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE ILO. IMPUTADO: M. C., NÉSTOR HEMETERIO DELITO: VIOLACIóN SEXUAL A MENOR DE EDAD Y OTRO AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES CARH

El menor indicó que el dio un avión y carritos. Nada más. Pero en casa se encuentran seis soldados, , cuatro aviones de guerra, una caja de Ben Diez con veinticinco carritos; lo que lleva al menor a dar la versión justificativa de la presencia de las juguetes en su domicilio, esto incide en la parcialidad de la versión del menor; por lo que la versión del menor existe incredibilidad subjetiva. El colegiado además de pronunciarse con suficiencia respecto del certificado médico legal practicado al menor, debía también valorar íntegramente la pericia psicológica N° 002685-2013-PSC de fecha 21 de junio del 2013 practicado al menor.

RELACIÓN DE 10 SENTENCIAS ABSOLUTORIAS Y NULAS EN DELITO DE VIOLACIÓN SEXUAL: CUANDO LAS PRUEBAS SON CUESTIONADAS. Y MINISTERIO PUBLICO ACUSA POR ACUSAR NO CUMPLE CON EL DEBIDO PROCESO Y TIPICIDAD EXPEDIENTE

281 139 -142 1744 1581 -163 286 98 -188 2407 2200 -207 1404 1139 -265

PRUEBA CUESTIONADA

SALA PENAL DE APELACIONES – Sede Nuevo Palacio MINISTERIO PUBLICO: FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE MARISCAL NIETO IMPUTADO: M. C., JUAN IRENEO DELITO : VIOLACIóN DE LA LIBERTAD SEXUAL AGRAVIADO: CAPACATI DE NINA, MARÍA NATIVIDAD

El tiempo trascurrido entre hechos y la denuncia policial. Las declaraciones de los testigos, permite no descartar la posibilidad de que las lesiones en la agraviada hayan sido propinadas por el empujón y la caída sufrida o por el propio esposo, lo que genera una duda rozable de que el acto sexual practicado a la agraviada haya sido realizado con violencia.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio EXPEDIENTE: 00226-201 0- 1 7-2801 -J R- PE-0 1 ESPECIALISTA: VICTOR CUELLAR SALAS IMPUTADO: CH. G., ELVIS y OTROS DELITO: DE VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD. AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES HCMG

La existencia de tres certificados médicos legales, el nro. 715-G practicado a la menor en chachito-Juli-Puno de fecha 27 de agosto del 2009, el Nro. 3060-IS realizado en Ilo –Moquegua el 03 de sep2009 y el Nro. 7350-G practicado en puno en 01Dic2009 si bien los dos últimos reconocimientos médicos coinciden en la existencia de signo de desfloración himeneal antigua, ambos difieren en cuanto a la cantidad de desgarros himeniales, en cambio el tercero llevado en Puno señala membrana himeneal con desgarros parciales anillo horario de 03, 04, 07,09 y dehiscente a02 dedos, de lo que se puede inferir que en el lapso entre ambos certificados la menor habría sufrido otro u otros ultrajes sexuales. La denuncia de la menor fue realizada luego de ocho meses y cuando la menor vivía ya con su padre en Puno y se encontraba libre de toda amenaza o presión.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio MINISTERIO PÚBLICO: PRIMERA FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE MOQUEGUA IMPUTADO: O. C., EDWIN DELITO: VIOLACIóN A PERSONA EN ESTADO DE INCONCIENCIA AGRAVIADO: O. Q., BUENAVENTURA

Las declaraciones de los testigos no son homogéneas, pues unos hacen referencia a una desnudez de la cintura para arriba, en tanto otros en sentido contrario.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio IMPUTADO: L. G., ARTEMIO DELITO : VIOLACIóN SEXUAL DE MENOR DE CATORCE AÑOS. AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES RVLC.

Existe insuficiencia probatoria respecto a la responsabilidad atribuida al imputado, ya que no se ha enervado el principio de inocencia que le reconoce al imputado en inciso 24, acápite e) del artículo 2 de la constitución política del estado.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio MINISTERIO PÚBLICO: FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE MARISCAL NIETO IMPUTADO: M. I., CESAR FRANCISCO DELITO : VIOLACIóN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES LCVR

Las declaraciones de los testigos Julia Rosado y Emilia Mamani no son fiables por no tener mínima coherencia que el acto violento denunciado pudiera haberse presentado sin conocimiento de Julia Rosado.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio IMPUTADOS: Z. C, GASTELU RUIZ C. JHONY S. DELITO : VIOLACIóN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES RLSC

Existen contradicciones en cuanto a las declaraciones de la madre de víctima y ella en el juicio oral respecto a si estuvo o no una

relación de enamorados con el imputado Canahuiri, así también no se ha valorado tao la prueba documental cuanto al personal actuada en juicio oral, referida precisamente con las corroboraciones necesarias a fin de desvirtuar la declaración de la menor agraviada. MINISTERIO PÚBLICO: FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE MARISCAL NIETO. IMPUTADO: A.C., MERECIó DELITO : VIOLACIóN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD) AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES EMAP

No ha sido materia de análisis el tiempo trascurrido entre la comisión del hecho y la formulación de la noticia criminal como un elemento de vital importancia engarzado con la enemistad entre imputado y familia directa de la víctima.

SALA PENAL DE APELACIONES - Sede Nuevo Palacio IMPUTADO: M. R. SEGUNDO DELITO: VIOLACIóN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES MIQA

El colegiado de primera instancia no se pronunció respecto a lo que el perito psicólogo refirió que la víctima presenta una sensación de culpa sobre los hechos. No se ha valorado íntegramente el protocolo psicológico practicado a la menor agraviada que tiene como una de sus conclusiones que la menor presenta alteración en su desarrollo psicosexual. El acta de constatación tampoco fue materia de valoración de cara a los demás medios de prueba.

No es posible concluir de manera categórica que el fármaco que sumió en sueño profundo a la víctima, pretendía ponerlo en estado de indefensión para abusar sexualmente de la víctima, por lo que se trata de una conducta que puede constituir un injusto penal.

Que al mes de suscitados los hechos la menor recién se haya quejado de dolores en su vagina y no antes, y que durante ese periodo de tiempo no hubiera sangrado ni rastros verificables por su madre Que después de trascurridos dos meses del hecho recién se haya interpuesto la denuncia.

En el juicio oral se actuó una serie de testimoniales, así como se dispuso a dar lectura a declaraciones previas de testigos, que no han sido objeto de valoración en la apelada. La víctima no habría señalado en su declaración que haya sangrado como consecuencia de las relaciones sexuales.

encontrado 16 elementos de convicción cuestionados. Debemos señalar que, desde las diligencias preliminares, el fiscal, la policía nacional, recolectan las pruebas que hacen se formalice la investigación preparatoria, y en ese proceso, la fiscalía, el juez de

investigación preparatoria, la defensa técnica, “consienten” que los elementos de convicción cuestionados continúen hacia el juicio oral de la primera instancia. Y en ese proceso es la sala la que aclara en base muchas veces a la apelación planteada por la defensa técnica.


08

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 26 02 18

¿Trabajan o no los juzgados de la Corte Superior de Moquegua? Pr

se demuestra que la producción procesal ha disminuido en 15 juzgados de la CSJM. Lo que queremos asentir es que hay juzgados que tienen una producción menor a 10 casos mensuales, como es el 3 juzgado de investigación preparatoria con 9 casos mensuales. La sala penal de apelaciones aquella que tiene tres magistrados y donde cada uno resuelve tres casos mensuales, aunque es distinto a los juzgados unipersonales, pero aun así 5,6 o 9 casos son bastante poco en relaciona la demanda de justicia por parte de los justiciables.

POR: DR. BENITO VALVERDE CEDANO & DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA DIARIO PRENSA REGIONAL

Hemos logrado sintetizar cual es la producción mensual (dado que la producción por juzgado lo hemos dividido por 11 meses, que son los que trabajan los jueces y plana administrativa en el año) por juzgado y observamos que hay juzgados que han producido menos cada mes del año 2017 respecto al año 2016. Hay el caso del 1 juzgado de familia Moquegua, en el juzgado de familia de ILO, Juzgado de paz letrado penal, 1 juzgado de paz letrado de ILO, entre otros donde

PRODUCCION MENSUAL POR JUZGADO 2017 1 Juzgado Familia Moquegua (E x Juzgado de Familia - MOQ) (3) Juzgado de Familia - ILO Juzgado de Trabajo - MOQ Juzgado de Paz Letrado Familia Cvil - MOQ Juzgado de Paz Letrado Penal Sala Mixta - MOQ 2 Juzgado de Paz Letrado - ILO 1 Juzgado de Paz Letrado - ILO Juzgado de Paz Letrado Laboral - ILO Juzgado Paz Letrado Laboral Juzgado Mixto - MOQ (E * 2 Juzgado Mixto) (2) Sala Mixta Descentralizada - ILO Juzgado de Trabajo - ILO Juzgado Mixto - ILO 1 Juzgado Inves gacion Preparatoria MOQ 1 Juzgado Inves gacion Preparatoria ILO Juzgado Mixto Unipersonal - Omate Juzgado de Paz Letrado e Inves gación Preparatoria - Omate 2 Juzgado de Inves gacion Preparatoria - ILO 2 Juzgado Inves gación Preparatoria - MOQ 2 Juzgado Penal Unipersonal MOQ 2016 3 Juzgado Inves gación Preparatoria - MOQ Sala Penal de Apelaciones - MOQ 2 Juzgado Mixto MOQ (4) 2 Juzgado Penal Unipersonal - ILO 1 Juzgado Penal Unipersonal MOQ 3 Juzagdo Penal Unipersonal - MOQ 1 Juzgado Penal Unipersonal Proc ILO

Pr

POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA DIARIO PRENSA REGIONAL

Los datos de reparación civil nos señalan que en 18 casos de violación sexual contra menor es de en promedio de 3500 soles. Los facticos de hecho señalan que el daño causado a la personalidad de la víctima o agraviada tienen connotaciones mucho mayores, que el daño causado es muchas veces letal para el desarrollo personal, profesional e institucional (como parte del equipo) ¿Es la pena aplicada la más adecuada por los delitos de violación sexual contra menor? ¿3500 soles es la cifra más adecuada por reparación a las víctimas o agraviadas de este tipo de delito? ¿La defensa técnica hace realmente notar el daño moral y el daño contra la persona causado por el imputado? ¿La defensa técnica reúne los elementos de convicción adecuados y son presentados para que sean valorados por el colegiado? Hay varias preguntas que se tienen que replantear debido a que “los errores” son de ambas partes para hacer justicia con la victima de marras. A continuación, damos a conocer siete casos de cómo se narran los hechos o los facticos del ataque a la víctima. FACTICO 1 “Que el imputado ha sostenido relaciones sexuales con la menor agraviada de iniciales RCMQ (13 años) en varias oportunidades siendo la primera el 24-02-2009, primera y

2016 2017 219 159 111 100 128 68 76 76 67 62 28 42 47 38 19 16 32 16 22 26 11 9 10 26 9 10 7 8

200 144 127 111 104 98 77 75 67 56 53 53 53 44 37 35 25 16 15 13 12 9 9 9 8 8 6 5

-19 -15 15 11 -24 30 2 -1 0 -6 25 11 5 6 19 18 -7 0 -7 -13 0 0 -1 -17 -1 -2 -1 -3

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL EL 11 09 17

Trata de personas en Moquegua ¿negocio redondo? POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA &

Pr DELFÍN BERMEJO PERALTA

DIARIO PRENSA REGIONAL

En la actualidad en pleno siglo XXI, la nueva forma de esclavitud es la explotación sexual teniendo como víctimas inmediatas y directas las mujeres. Nuestra ciudad, Moquegua, no es ajena a dichas situaciones ilegales y de explotación sexual, bajo las argucias engañosas de traer mujeres jóvenes y lo que es peor, menores de edad, que bajo “el cuento” de darles un puesto de trabajo son engañadas. Son traídas desde Huánuco y Tingo María en su gran mayoría para que presten sus servicios sexuales en los ya conocidos Night Clubs de la quebrada del cementerio, donde pulula la inmundicia, delincuencia, excesos

en el consumo de bebidas alcohólicas y la distribución de drogas. Analizando los resultados obtenidos en la presente investigación sobre el delito de trata de personas el 25% ha sido denunciados en Lima, el 18% en Loreto, el 16% en Madre de Dios, el 12% en el Cusco, el 8% en Piura, el 7% en Puno, el 5% en Arequipa, y los distritos de Moquegua, Huánuco y Tacna con 3%. Ante la imperiosa necesidad de atender el problema de trata de personas que durante mucho tiempo ha existido y aumentado en forma alarmante a lo largo y ancho del mundo, algunas naciones, organismos internaciones y asociaciones de sociedades civiles decidieron buscar el camino para analizar su problemática y ofrecer soluciones

de diferente índole que permitan reconocer y atender a las víctimas de la trata de personas. La explotación sexual está ligada a la pobreza y expresa una serie de violaciones de derechos humanos fundamentales que sufren las niñas y adolescentes por un Estado ausente en forma reiterativa, que no ha cubierto sus más elementales necesidades (salud, educación, alimentación) y tampoco los protege de abusos sexuales al interior de su familia (incesto y violaciones) y en el ámbito público. He aquí de cinco casos que llegaron a sentencia firme pero donde los imputados de tres casos fueron absueltos de responsabilidad por el Poder Judicial. Se ha efectuado un resumen de cinco casos a nivel de la región

| Trata de personas – referencial | Moquegua los cuales han llegado a segunda instancia en el Poder Judicial de Moquegua, en la cual la tendencia del modo de captación de mujeres tanto mayores de edad y menores de edad es el engaño y promesas de un buen puesto de trabajo, pero que en la realidad son centros nocturnos. Lo que preocupa es cuando de estos cincos casos solo en dos se confirma la sentencia condenatoria y los otros tres casos son revocados teniendo como consecuencia la absolución de las personas que han sido incriminados por dicho delito de trata de persona, lo que evidencia una deficiente investigación fiscal y defectuosa acusación, por lo que el Poder Judicial de Moquegua los absuelve.

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 25 06 18

¿Son las cooperativas fuente del lavado de activos? Pr

POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA DIARIO PRENSA REGIONAL

En primer lugar, Moquegua tiene tres cooperativas que están inscritas en la FENACREP, que garantiza supervisión y cuidado de los ahorros de los socios. Sin embargo, en el país solo 163 cooperativas están inscritas en la FENACREP, pero se han detectado 550 cooperativas en el país. ¿Quién las controla? ¿Quién las supervisa? ¿Quién garantiza que estas cooperativas si respeten el ahorro de los socios? Realmente la inseguridad es un hecho. La confianza desaparece. Por algunas mejor dicho por la mayoría de cooperativas

informales son afectadas las digamos “transparentes”. Es preocupante. Según la Superintendencia de banca y Seguros 387 cooperativas no son supervisadas por nadie. Y de esas 374 cooperativas informales 22 9 dicen que estan en liquidación. ¿y porque? ¿Se formaron solo para la infromalidad y otras cosas? Según la SBS el 71% de las cooperativas en el peru no son supervisadas. Y de ellas 97 estan inscritas en la FENCREP y 453 no estan afiliadas ala FENACREP que son el 82% de las entiodades, la infromacion es all 30 de setiembre del 2016. COOPERATIVAS SUPERVISADAS Y NO

CAC CAC NO SUPERV SUPERV TOTAL AMAZONAS ANCASH APURIMAC AREQUIPA AYACUCHO CAJAMARCA CALLAO CUSCO HUANCAVELICA HUANUCO ICA JUNIN LA LIBERTAD LAMBAYEQUE LIMA LORETO MOQUEGUA PASCO PIURA PUNO SAN MARTIN TACNA TUMBES UCAYALI MNO PRECISA UBICACIóN

1 3 3 9 7 8 4 6 1 2 1 6 7 6 79 1 3 4 4 3 4 1 0 0 0 163

2 4 13 22 39 5 13 9 3 3 4 11 12 10 180 2 1 0 8 14 4 6 1 1 20 387

3 7 16 31 46 13 17 15 4 5 5 17 19 16 259 3 4 4 12 17 8 7 1 1 20 550

SUPERVISADAS EN EL PERÚ En Arequipa hay 9 supervisadas y 22 cooperativas que no son supervisadas. En Moquegua hay tres cooperativas supervisadas y una no supervisadas. Se entiende que las cooperativas supervisadas son Santa Catalina, Ilo, y Cuajone. En Tacna solo hay una supervisada y 6 que no son supervisadas. De las cooperativas FUENTE:FENACREP afiliadas a la FENACREP podemos decir que en Arequipa tres cooperativas y en Tacna solo solo hay una cooperativa afiliada a hay una cooperativa afiliada a la la FENACREP, en Moquegua hay FENACREP.

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 09 07 18

¿La indemnidad sexual “es valorada” en 3500 soles en la Corte de Justicia de Moquegua?

FACTICO DOS Haber violado sexualmente via anal y vaginal a la menor de iniciales MPH (16), En el interior del Kiosko ubicado en el Mercado del AA.HH “Dos de Mayo” del AA.HH Vista Azul – Pampa Inalambrica; aprovechando que esta se encontraba embriagada; hecho que habria ocurrido el 3 de Mayo del 2013 entre las 5:30 a 8:30 de la mañana.

vehículo de placa TK-2313 de propiedad de uno de los imputados participo con sus co-acusados obligando a beber a la menor agraviada de iniciales E-K-A-T y cuando ya se encontraba mareada, apoyo a trasladar a la menor a la parte posterior del vehículo, apoyar en la suspensión de la ropa de la menor para besar y hacerle sugilaciones en los senos y facilito que WJ la violara sexualmente sin impedir tales hechos. Pero en relación al acusado OCA señala que el día 20 de febrero del 2011 a las 8:30 horas aproximadamente a conducido a la menor en el vehículo ya citado, asegurando las puertas, de modo que no se abrieran con facilidad obligando con sus acusados a beber licor a la menor agraviada para inclusive mojarle la ropa a la menor agraviada, luego la beso en la boca y manoseo sus pechos y no impidió que se produjera la violación sexual

FACTICO TRES Que el Ministerio Publico imputa a los procesados WMAM, OCA y RJGB que el día 20 de febrero del 2011 a las 11:00 horas aproximadamente el

FACTICO CUATRO El imputado OCE, acusado por violación sexual a persona en estado de inconsciencia, fue absuelto de la acusación fiscal con resolución

segunda semana de marzo de 2009 en el domicilio del acusado, cito en el anexo de Huatagua distrito de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua, las que fueron consentidas por la menor. Los hechos han sido calificados como delito de violación sexual de menor de edad contenido en el artículo 173.2 del Código Penal (vigente a la fecha en que ocurrieron los hechos).”

número 14 de fecha 17 de diciembre 2013 FACTICO CINCO “Que, el veinte de junio del dos mil trece, a las 20:00 horas aproximadamente llevó al menor agraviado y sus amiguitos Bryan, Sebas, Antonio y Fernando que estaban jugando en un parque, al interior de su librería- bazar ubicada en el Asentamiento Humano 24 de Octubre manzana veintisiete lote nueve de la Pampa Inalámbrica y luego cerró la puerta, impidiendo salieran pisándoles los pies, les exigió que se bajaran los pantalones y él también se bajó el pantalón, cogió al menor agraviado e intentó penetrarlo por el ano, no lo consiguió por el dolor y el llanto del menor, entonces procedió a sobarle con su pene el ano y le agarró sus genitales y nalgas, lo mismo hizo con los amiguitos del menor, ante la insistencia de los menores por salir de la librería, el acusado para calmarlos les regaló juguetes, regalándole al menor agraviado seis soldados de plástico, cuatro tanques de guerra de plástico, cuatro aviones de guerra color verde, además una caja de cartón

color verde con el logo o figura de ben diez que contenía veinticinco carritos de diferentes colores, luego les abrió la puertas". FACTICO SEIS “Se atribuye el imputado que, a partir del mes de diciembre del año 2001, sometió a trato sexual a su menor hija S.S.O.H. cuando esta contaba con 13 años de edad, violaciones que se repetían en forma interdiaria o cada tres días y se suscitaban en el domicilio donde vivían en la Urb. Las Tejas C-5 del distrito de Paucarpata-Arequipa, por las violaciones la agraviada resultó embarazada. Posteriormente el año 2003, cuando ya la agraviada tenía 14 años y 3 meses de edad, el imputado y sus demás hijos se trasladan a Moquegua, donde continúan las violaciones sexuales en los inmuebles que vivieron, primero en el Comité 9 y después en el Comité 14 del distrito de Samegua, siendo que debido a una caída la agraviada perdió su gestación, sin embargo al continuar las violaciones sexuales resultó nuevamente embarazada en octubre

del año 2003, habiendo procreado un menor de sexo masculino.” FACTICO SIETE El Ministerio Público imputa al procesado MAC, haber abusado sexualmente de la menor de iniciales E.M.A.P. desde que tenía nueve años hasta que tuvo los trece años, siendo la primera vez en el mes de junio del año dos mil dos. CONCLUSIÓN La victimas tiene entre 6 años y 13 años, y la condición en torno a la familia es hija, sobrina, prima y/o amiga. El imputado tiene la condición de padre, padrastro, tío, primo, amigo, enamorado. Este delito siempre se comete con alevosía, y por el cálculo de obtener placer sexual. En ese sentido el violador tiene usualmente perturbaciones psicológicas, padece de esquizofrenia, paranoide y a esto le agrega el estado de ebriedad. En todos los casos de violación sexual contra menor, la acción que ejerció el imputado es de violencia e intimidación.


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL EL 11 09 17

La carretera Charijón, “una ilusión” donde no hay condena a la corrupción, hay impunidad Pr

POR: MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI DIARIO PRENSA REGIONAL

Es conocido que solo fue una “ilusión” pensar que el Gobernador Regional de Moquegua podría ser condenado por los ilícitos denunciados debido que el Poder Judicial de Moquegua en segunda instancia lo absolvió de todos los cargos imputados por parte del Ministerio Publico de Moquegua, y como ya parece una costumbre es que la cuerda siempre se rompe por el lado más débil, porque siempre son condenados los residentes o supervisores de las obras. Y uno se pregunta ¿Porque la sentencia de la sala de la Corte Superior de Justicia de Moquegua fue absolutoria?, ¿será porque no existió dicho ilícito delincuencial? Pero, esa tesis no podría ser aceptada debido que, si

hubieron condenados por aquellos hechos, entonces ¿la fiscalía no investiga correctamente en dichos actos delictuosos?, o ¿se hace un trabajo defectuoso para generar impunidad? o ¿simplemente le dan la responsabilidad al Poder Judicial, pero sin argumentos sólidos para no condenar a los realmente involucrados? Recordemos el caso. La correcto es efectuar una correcta investigación responsable y con miembros del Ministerio Público especialista y conocedor del tema de Gestión Pública y así se pueda desterrar la impunidad y la lacra de la corrupción que está casi arraigada en casi todo el Sector Público de la Región de Moquegua, y de esta manera el Poder Judicial pueda condenarlos a todos los corruptos y sean enviados a cárcel de una vez por todas.

FICHA DEL PROCESO PENAL 1

Número de expediente:

00457-2010-88-2801-JR-PE-01

2

Juzgado:

SALA PENAL DE APELACIONES

3

Corte Superior

SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA 1. Jaime Alberto Rodríguez Villanueva 2. Julio Cesar Caminada Bonnet

Imputado (s)

Hombre 3. Carlos Montenegro Chavesta

4 4. Bratson Holfer Meléndez Álvarez 1. Presidente del gobierno regional de Moquegua. 2. Gerente de infraestructura del gobierno regional de Moquegua. 7

Cargo que ocupaba al momento de la acusación

3. Director de supervisión del gobierno regional de Moquegua. 4. Residente de obra “mejoramiento y construcción de la carretera de empalme RV-505CHARIJóN -HUATALAQUE-YOJO del distrito de Cuchumbaya, provincia de Mariscal Nieto, Región Moquegua.”

8

Hechos imputados

De la ejecución de la obra “Mejoramiento y Construcción de la carretera Empalme RV505-Charijón-Huatalaque-Yojo del distrito de Cuchumbaya, provincia de Mariscal Nieto, Región Moquegua”, en donde a los imputados se les atribuyo: 1. COMISIóN POR OMISIóN, teniendo el deber de dirigir y supervisar, no lo hizo, permitiendo que se apropiara indebidamente de los caudales de Estado por la suma de S/363,610.90 soles, no obstante tener conocimiento de estas indebidas apropiaciones. 2. COMISIóN POR OMISIóN, teniendo el deber de aprobar, ejecutar, controlar; no lo hizo, permitiendo que se apropiara indebidamente de los caudales de Estado por la suma de S/363,610.90 soles, no obstante tener conocimiento de estas indebidas apropiaciones. 3. COMISIóN POR OMISIóN, teniendo el deber de dirigir y controlar, no lo hizo, permitiendo que se apropiara indebidamente de los caudales de Estado por la suma de S/363,610.90 soles, no obstante tener conocimiento de estas indebidas apropiaciones. 4. PECULADO POR APROPIACIóN, teniendo la condición de residente se apropió en la ejecución de la obra, para sí o para otros por la suma de S/363,610.90 soles, no cumpliéndose el mejoramiento de la carretera.

9

Delito imputado

Delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Peculado - Artículo 387 del Código Penal.

10

Tipo de proceso

Proceso común

Proceso penal común

11

Fiscal que denuncio

Hombre

Fiscal provincial de la Fiscalía Anticorrupción

13

Pena impuesta al imputado en primera instancia

Condena a Jaime Alberto Rodríguez Villanueva, Julio Cesar Caminada Bonnet, Carlos Montenegro Chavesta, por comisión por omisión y reparación civil. Condena a BRATSON HOLFER MELENDEZ ÁLVAREZ a cuatro años, inhabilitación y reparación civil.

14

Reparación civil

SI

S/250,000.00 nuevos soles.

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 020717

Juez revoca, luego sentencia y ordena prisión para exfuncionario del gobernador Jaime rodríguez Pr

POR: DR. BENITO VALVERDE CEDANO DIARIO PRENSA REGIONAL

¿Funcionario debía pagar 250 mil soles por reparación civil? ¿Y lo abandonaron? ¿No le ayudaron a pagar la deuda? El mensaje es sálvense como puedan. Pero ¿Quién se llevó los dineros del Estado? La noticia fue pan del día el juez penal de Mariscal Nieto, Jorge García, revocó la sentencia de pena suspendida en contra de Bratson Holfer Meléndez Álvarez.

Y de pena privativa de libertad con carácter de suspendido paso a efectiva porque no cumplió con pagar una reparación civil de 250 mil soles. Fue en abril del 2015 cuando el imputado fue condenado a tres años de prisión suspendida por el delito de peculado doloso. Se había demostrado irregularidades como residente y que había suficientes elementos de convicción respecto de la obra Charijon- Huatalaque Según las noticias en los dos

años después de la sentencia de vista logro abonar 230 soles. Nadie le ayudó a pagar la reparación civil. ¿Dónde estaban sus amigos?, lo cierto es que nadie se acordó de él. Los funcionarios de más alto rango lo dejaron solo. No hay otra respuesta frente a este caso. Por eso los jóvenes funcionarios no deben firmar en absoluto sino se cumple el principio de legalidad aun cuando vengan órdenes del jefe de pliego. Porque, de hecho, ellos no dejan huella.

15

Defensa técnica del imputado y sustento de apelación

2. JULIO CESAR CAMINADA BONNET: La modificación de la imputación; valorización inadecuada de la actividad probatoria. 4. BRATSON HOLFER MELENDEZ ÁLVAREZ: El juzgado se aparta de la imputación oral, haciendo cálculos errados; no coherencia en las valorizaciones de las construcciones; no probanza de desviación de los caudales; omiten documentos de gastos; no se aprecia un juicio de tipicidad. DEFENSA PÚBLICA No se realizó defensa pública (MINJUS)

16

17

Sustento de apelación de la fiscalía

Resumen de fundamentos expedida por sala

El Fiscal Provincial, respecto de la absolución de Carlos Montenegro Chavesta y respecto de la pena impuesta. 1. JAIME ALBERTO RODRÍGUEZ VILLANUEVA: No encuentran una relación directa entre la supuesta y descartada omisión de disponer y la presunta apropiación de caudales; no se acredita que hubiera omitido algún deber jurídico especial en contacto con el residente. 2. JULIO CESAR CAMINADA BONNET: Se determina de los memorandos que no tuvo contacto con las irregularidades que se estarían cometiendo en la ejecución de obras; no se acredita que hubiera omitido algún deber jurídico especial en contacto con el residente. 3. BRATSON HOLFER MELENDEZ ÁLVAREZ: Es compartida lo esgrimido por la sentencia a quo, y las añadidas que acreditan la culpabilidad y sometimiento del residente como autor del delito. Confirma

18

Sentido de la sentencia o auto de 2da instancia.

Condena a BRATSON HOLFER MELENDEZ ÁLVAREZ, 3 años de PPL, y reparación civil de S/250,000.00 soles Absuelve a Jaime Alberto Rodríguez Villanueva,

Revoca Julio Cesar Caminada Bonnet 19

Fecha de conclusión

22 de abril del 2015

| Bratson Holfer Meléndez Álvarez |

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 06 08 17

68 magistrados y 104 auxiliares fueron sancionados en la CSJM, en el periodo 2013-2017 (junio) POR: MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI &

Pr DANTE SAGUA ANCHAPURI DIARIO PRENSA REGIONAL

Aunque a la fecha no se destituido a ningún miembro del Poder Judicial, mejor dicho, a un magistrado o auxiliar, lo cierto es que si se los ha amonestado y se los ha multado. En los años que van del 2013 al 2017, debiendo inferir que es por la falta de celeridad, deficientes trámites administrativos internos, mala atención al público usuario. ¿Habrá indicios de corrupción? Eso no nos dice la estadística publicada en el portal de la Oficina de Control de la Magistratura OCMA. En el primer cuadro de Moquegua observamos que las amonestaciones han ido incrementándose de 8 en el 2013 a 11 en el 2016, a junio del 2017 ya se tiene 5 amonestados. De la misma manera en el caso de los magistrados multados. Fueron de 4 en el año 2013 y ya son de 11 en el año 2016. En el acumulado de magistrados sancionados por la OCMA estos se incrementan anualmente de tal manera que en el periodo 20132017 son 68 magistrados sancionados con amonestación y

MOQUEGUA

MOQUEGUA

MAGISTRADOS Concepto AMONESTACION MULTA Total

AUXILIARES 2013 2014 2015 2016 2017 TOTAL 8

11

Concepto

11

5

41

AMONESTACION

4

DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA

Es un hecho que la violación sexual es un flagelo en nuestra sociedad y en Moquegua no podía ser menos. Es por ello que se ha reunido 18 expedientes de violación que nos permite diagnosticar que es lo que ocurre con este flagelo. Por ejemplo, que el colegiado de segunda instancia ha otorgado penas privativas de libertad efectiva que van de 5 años a 31 años con 4 meses, reparaciones civiles que van desde 1500 hasta 10 mil soles. Los rangos generados son la

23

24

12

76

4

3

8

11

1

27

MULTA

0

2

8

14

4

28

14

14

22

6

68

Total

4

15

31

38

16

104

multa. En auxiliares la situación es más preocupante porque son 104 los sancionados. En este caso son 76 amonestados y 28 los auxiliares multados. Y este número sube de año en año. ¿Tan mal se portan los auxiliares de la Corte Superior de Justicia de Moquegua? Esto refleja que los señores magistrados y auxiliares jurisdiccionales por la cantidad de multas no siquiera reciben en integridad su remuneración mensual, lo que conllevan un perjuicio en su economía personal y familiar. O de repente están

pensando en costo –beneficio, seguiremos investigando. EN AREQUIPA: 147 MAGISTRADOS Y 603 AUXILIARES FUERON SANCIONADOS EN EL PERIODO 2013-2017 (JUNIO) De la misma manera en Arequipa tenemos en el acumulado del 2013 al 2017, 4 magistrados suspendidos, pero al final 147 magistrados sancionados de ellos 106 amonestados, 37 multados, y por supuesto 4 magistrados suspendidos. Las destituciones ocurrieron en el año 2017.

AREQUIPA MAGISTRADOS SANCIONADOS Concepto 2013 2014 2015 2016 2017 TOTAL AMONESTACION 20 17 14 26 29 106 MULTA 5 16 8 2 6 37 PROP. DESTITUCION 0 0 0 0 SUSPENSION 0 0 4 4 Total 25 33 22 28 39 147 FUENTE: OCMA

diferencia entre el valor menor y mayor, en ese sentido el rango de PPLE es de 26 años y el rango de reparación civil es de 8500 soles. Ahora si quisiéramos saber cuál es promedio de pea y de promedio de reparación civil, les diremos que este es de 16.4 años en pena privativa de libertad y una media de 3533 soles de reparación civil. También podemos decir que la variabilidad es mayor de lo normal, quiere decir que hay impredictibilidad en lo que corresponde a la PPLE y en torno a la RC. En ese sentido la desviación estándar de pena es de 9.3 años y en el caso de reparación civil es d 2259 soles.

Estadísticos descriptivos PENA REPARACION CIVIL N

18.0

18

Rango

26.3

8500

Mínimo

5.0

1500

Máximo

31.3

10000

Media

16.4

3533

9.3

2259

Varianza

86.1

5102353

Asimetría

0.2

1.92

Curtosis

-1.4

3.50

Desviación estándar

Para los auxiliares la data nos dice que son 633 auxiliares sancionados de ellos 2 han sido suspendidos, que hay dos propuestas de destitucion, 160 multados y 469 amonestados. Pero es importante de precisar que los miembros del OCMA son los propios magistrados que cambian de cargo cada dos años, la pregunta planteada seria ¿otorongo como a otorongo? ¿lo mejor no sería que un externo imparcial efectúe dichas investigaciones admistrativas y de ser el caso la imposicion de sanciones?

AREQUIPA AUXILIARES SANCIONADOS Concepto 2013 2014 2015 2016 2017 TOTAL AMONESTACION 73 105 79 125 87 469 MULTA 20 24 31 42 43 160 PROP. DESTITUCION 1 1 2 SUSPENSION 2 0 2 Total 93 129 110 170 131 633 FUENTE: OCMA

Violación sexual contra menor generan penas de 16 años de cárcel y reparaciones civiles por 3533 soles DIARIO PRENSA REGIONAL

13

12

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 9 07 18

Pr

2013 2014 2015 2016 2017 TOTAL

6

Defensa privada 1. JAIME ALBERTO RODRÍGUEZ VILLANUEVA: La sentencia se ha desvinculado de la imputación, procedimiento de desvinculación; deber de garante inexistente; no se probó la relación de causalidad; abstracta imputación; error en concurrencia del peligro previsto por el gobernador; no se imputa dolo de omisión impropia; no se ha valorado prueba directa.

09

FUENTE: Elaboración propia

DATOS VIOLACION SEXUAL SENTENCIA CONDENATORIA N° PENA REP. CIVIL 1 30 8000 2 25 2500 3 20 2000 4 25 10000 5 20 3000 6 5 3000 7 6 3600 8 10 2000 9 6 2000 10 7 3000 11 17 2000 12 7 1500 13 18 4000 14 30 5000 15 31.3 5000 16 12 2000 17 6.5 2000 18 20 3000 FUENTE: CSJM


10

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 24 07 17

Tres de quince violadores fueron condenados a cadena perpetua en Moquegua POR: MAGISTER MARCELO PONCE ARPASI &

Pr ABOGADO DANTE SAGUA ANCHAPURI DIARIO PRENSA REGIONAL

Son 21 casos de delitos de violación sexual, de los cuales 15 recibieron sentencia condenatoria y 6 sentencia absolutoria. Tres de los condenados a cadena perpetua y siempre las víctimas son menores de edad. El análisis del periodo 2013 al 2015 en el distrito judicial de Moquegua de las sentencias emitidas por la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua, existe una alta incidencia en las condenas por dicho delito de violación sexual. En la mayoría de los casos contra menores de edad, teniendo una alta incidencia que los autores de las violaciones han sido familiares directos de la víctima, padres, tíos, primos amigos

cercanos es decir el porcentaje de sentencias condenatorias es de un 70 % y un 30 % han sido revocadas, declaradas nulas, y absueltos. En este extremo se podría saludar el trabajo del ministerio público y poder judicial. Es importante resaltar que las sentencias condenatorias incluyen Pena de cadena perpetua, 30 años de pena privativa de libertad efectiva, 20 años de pena privativa de libertad efectiva, 18 de pena privativa de libertad efectiva, 12 de pena privativa de libertad efectiva y las mínimas de 7 de pena privativa de libertad efectiva y 6 de pena privativa de libertad efectiva, lo que sí es preocupante es lo respecto a las reparaciones civiles a las víctimas por los daños ocasionados por el delito de violación sexual es de 3 mil soles, 5 mil soles llegando a un máximo

de 10 mil soles, haciéndose la interrogante tan poco es valorizado el resarcimiento del daño ocasionado por un delito tan grave como es el de violación sexual y teniendo como situación de agravación de menor de edad, el grado de parentesco y hasta la incongruencia que se les condenen a cadena perpetua pero una reparación civil ínfima. ¿CÓMO EVITAR QUE MENORES DE EDAD SEAN VICTIMAS DE ESTOS VIOLADORES? Este análisis y con sus respectivos resultados nos conllevan a proponer algunas formas de quizás poder evitar los delitos de violación sexual y en cierta manera reducir la incidencia en dichos delitos, las cuales serían:

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 10 07 17

Evitar el consumo de drogas y alcohol. Desconfiar siempre de las amistades, no confiarnos en que nos cuidaran regreso a casa. Conocer bien las actitudes y muestras de cariño que tiene alguna persona para con ello, así al ver alguna anomalía saber identificarla y consultarla, evitando ir a casas de desconocidos puede que no sean lo que aparentan. Por más que sea la persona que más amemos y esta sufre de alguna enfermedad mental, estar pendientes de su desarrollo, comportamiento y al más mínimo índice de alteración acudir a los especialistas, al ser personas de alto nivel de cuidado. No dejar solos a nuestros niños con personas que sean incluso de la familia, por más

| Cadena perpetua para violadores | confianza que les tengamos, siempre utilizar medidas de protección. Dejar de perpetuar el mito de que la mayor parte de las violaciones las cometen desconocidos. Realizar charlas a la juventud sobre el consumo de bebidas alcohólicas y el riesgo al que se someten. Realizar charlas para padres de familia, con atención Psicológica continúa para las víctimas y testigos de agresiones sexuales para su restablecimien-

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 09 01 17

Escasa efectividad del Ministerio Público Las obras de Odebrecht en de Moquegua en las acusaciones por el Arequipa y Moquegua delito de robo agravado Pr

Pr

COMPILADO POR: DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA & MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI

POR: DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA DIARIO PRENSA REGIONAL

La pregunta es ¿Qué autoridades eran del ejecutivo en el periodo donde Odebrecht ejecutaba obras en Arequipa y Moquegua?

DIARIO PRENSA REGIONAL

¿Efectividad o no de los señores fiscales de Moquegua en los delitos de robo agravado? Luego de haber analizado Once (11) sentencias de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Moquegua en los expedientes: 0049-2015, 01002014, 0013 -2013, 0108-2014, 0135-2014, 0289-2013, 02022013, 0176-2013, 0097-2013, 0090-2013 y 0330-2012, delito de Robo agravado imputados y acusados por la Fiscalía de Moquegua, se ha evidenciado y podido demostrar que: El Ministerio Público de Moquegua a través de sus Fiscales en las investigaciones, efectúa acusaciones ante el Poder Judicial, estos emiten sentencias que, en su mayoría, se declaran NULAS por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Moquegua debido a la escasa motivación y deficiente valoración de pruebas que son ofrecidos por los señores Fiscales de Moquegua. Entre menos motivación de las sentencias emitidas de robo agravado en primera instancia, mayor disposición de nulidad de las mismas en Segunda Instancia. Ha quedado demostrado según los fallos judiciales de la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Moquegua que, a mayor deficiencia en la valoración de pruebas en primera instancia, mayor la disposición de nulidad por el superior de las sentencias emitidas, esto conlleva a que la población perciba EL “FRACASO” de las acusaciones en el delito de robo agravado y a su vez un mensaje de IMPUNIDAD y falta de justicia en contra de las personas que cometen dichos delitos.

EXPLICACIÓN DE LOS RESULTADOS Luego del análisis realizado a las sentencias de vista de robo agravado durante el año 2014 y 2015, podemos apreciar que de los 11 casos analizados,(que son el total de casos) nueve de ellos se realizaron durante la noche, lo que demuestra que el delincuente busca la noche para realizar su accionar de sustracción ilegítima de bienes, pues sabe que la protección de los bienes por parte de la víctima se ha relajado y que tendrá mayores posibilidades de consumar su hecho al sorprender a su víctima. Asimismo, el fundamento criminal de esta agravante radica en que la noche es un espacio de tiempo propicio para cometer el robo, al presuponer la concurrencia de los elementos: oscuridad, mínimo riesgo para el agente y facilidad mayor para el apoderamiento al relajarse las defensas por parte de la víctima y presuponer condiciones de mejor ocultamiento para el sujeto activo del delito y evitar de ese modo ser identificado por la víctima. De los 11 casos expuestos, el 100 % se han realizado haciendo uso de la fuerza, por lo que este

to personal. No abandonar a los menores ya sea por trabajo u otras razones y estar al pendiente de las actitudes de nuestros niños, procurando no enviar a nuestros niños a lugares desconocidos, saber con quienes andan en su círculo de amistades. La atención que requieren a temprana edad es sumamente importante ya que ello forma la base en el cual se forjaran como futuros ciudadanos de bien. (Se agradece el apoyo a estudiantes de Derecho de ILO)

agravante se configura cuando el agente o agentes por actos propios del uso de la fuerza o amenaza para sustraer ilícitamente los bienes de su víctima. De igual forma podemos apreciar, que los imputados de los casos de robo agravado en la Región de Moquegua, solo un imputado hizo uso de armas para cometer el robo agravado, es decir, este imputado que cometió el robo a mano armada se configura cuando el agente porta o hace uso de un arma al momento de apoderarse ilegítimamente de un bien mueble de su víctima. Finalmente, se puede apreciar que del 100% de las sentencias de vista expuestas como muestra para el presente análisis, el 55% por ciento fueron anuladas en segunda instancia; mientras que el 36% han sido confirmadas (dentro de este porcentaje hay que resaltar que una de ellas fue absolutoria desde primera instancia) y un 9% fue revocado. Situación que llama la atención, por el mayor índice de sentencias de vistas anuladas que el de confirmadas, lo que hace notar la deficiencia del órgano jurisdiccional competente de primera instancia.

RECUPERACIÓN DE LA PLANTA TERMOELÉCTRICA ILO 2 (2001-2002), MOQUEGUA Comprendió el estudio de alternativas, revisión de cálculos estructurales y detalle de la solución gerencial los trabajos de reparación, recuperación y construcción, supervisión y suministro de mano de obra, materiales permanentes, equipos y servicios, seguridad industrial, control de calidad para la reparación de los daños causados durante el terremoto del 23 de junio de 2001. CENTRAL HIDROELÉCTRICA SAN GABÁN II, DE 110 MW (1996-1999), PUNO Las obras se ubican entre los 2.055 y 1.402 m.s.n.m. La Central Hidroeléctrica aprovecha los recursos hídricos del Río San Gabán y la diferencia de nivel natural de las estribaciones de la ceja de selva en el Sur del Perú. La caída bruta de la Hidroeléctrica es de 678 m; el caudal estimado es de 19 m3/s. Las obras comprenden: Casa de Máquinas para dos turbinas de eje vertical, tipo Pelton, de 55MW cada una; Túneles de Acceso, carga, descarga y de cables, conducto forzado en subterráneo de 848m y 02 S.E. Las obras preliminares ejecutadas fueron: Rehabilitación de la Carretera de Acceso, con una extensión de 14 Km.; construcción del Puente Tabinapampa (tipo Bayle), con longitud de 60 m y construcción de la Villa Residencial para Operadores de la Central, de 4.200 m2 de área techada. En esta obra se consideran 5 proyectos independientes por las obras preliminares. PRESA PUENTE CINCEL, RÍO CHILI (1996-1997), AREQUIPA

El Segundo Embalse de Regulación que se forma con la obra Presa Puente Cincel está concebido para permitir que la Central Hidroeléctrica Charcani V pueda satisfacer la energía demandada por Arequipa en las horas punta. Las aguas turbinadas en tales horas se almacenan en el embalse para darles un empleo racional en la agricultura. La presa, con una altura de 24 m, está construida en un abra natural sobre el Río Chili, a 2.843,50 m.s.n.m. y está diseñada para una avenida de 600 m3/s. La capacidad del embalse es de 173.000 m3.

CENTRAL HIDROELÉCTRICA CHARCANI V (1979-1988), AREQUIPA La Central Hidroeléctrica Charcani V aprovecha los recursos hídricos del río Chili y la diferencia de nivel entre la represa de Aguada Blanca y las estribaciones del Volcán Misti. Esta obra se encuentra ubicada entre los 2.900 y 3.700 m.s.n.m. e incluye los trabajos de: construcción de una bocatoma, túnel de conducción a presión de 10.08 km, túneles de acceso, de descarga y de cables, cámaras de carga y de válvulas, chimenea de equilibrio, tubería forzada en caverna, casa de máquinas en subterráneo que aloja tres juegos de turbinas y generadores, patio de llaves, carreteras de acceso y un teleférico con desnivel de 600 m para transporte de materiales y personal. Hasta el año 2000, Charcani V abasteció de electricidad a Arequipa, Tacna y Moquegua. Hoy se produce aquí el 70% de la energía que necesita la región. IIRSA SUR; TRAMOS 2 Y 3 (2005-2010) CONIRSA, consorcio integrado por Odebrecht, Graña y Montero, ICCGSA y JJC Contratistas Generales estuvo a cargo de la construcción de 656 km de la carretera Interoceánica Sur, en sus tramos 2 y 3, que une Urcos en

| Odebrecht - ANDINA | Cusco con Iñapari en Puerto Maldonado, en frontera con Brasil. Actualmente la Concesionaria IIRSA Sur, conformada por Odebrecht, JJC Contratistas Generales e ICCGSA, está a cargo de la construcción, rehabilitación, mejoramiento y operación por concesión de los tramos 2 y 3 durante un periodo de 25 años. Tramo 2: Cusco - Puente Inambari Tramo 3: Puente Inambari – Iñapari, hasta la frontera con Brasil El Puente Guillermo Billinghurst, antes Puente Continental, que conecta Perú con Brasil, se encuentra en el Tramo 3. Empezó con 800 millones de dólares término con 2000 millones de dólares. CARRETERA ILODESAGUADERO 121 KM, TRAMOS VI, VII, VIII (19992000), PUNO Se realizaron obras de Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera ubicada entre los 3800 y 4500 m.s.n.m. consistieron en trabajos de movimiento de tierras, pavimentación asfáltica en caliente (e=0.05m), obras de arte y drenaje, señalización horizontal y vertical. Gracias a esta obra, lo que antes tomaba 17 horas de viaje, hoy se hace en 5 y 2,6 millones de pobladores de Arequipa, Moquegua, Tacna y Puno han mejorado sus vidas con esta carretera. 14 SILOS METÁLICOS EN PUERTO MATARANI (19971998), ALMACENAMIENTO DE GRANOS, AREQUIPA Diseño y Construcción de obras civiles y suministro, montaje y puesta en operación de 14 silos (D=14,85m, H=23,7m) para almacenamiento de 30.000t de granos, incluyendo sistemas de transporte por fajas y elevadores, de barrido, de control de temperatura, básculas electrónicas de recepción y despacho, sistemas de aire comprimido y eléctrico.


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 09 01 17

11

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 20 08 18

Hacinamiento en penales del sur 2016: hay más Reelección de congresistas de dos mil presos en pésimas condiciones de vida ¿medida populista o efectiva Pr

POR: DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & DR. BENITO VALVERDE CEDANO DIARIO PRENSA REGIONAL

Retrocediendo en la historia de los penales en Moquegua debemos decir que el hacinamiento de los penales siempre ha sido un problema. Esto no es novedad. Según el último reporte del INPE2016 encontramos que los penales de Arequipa tienen una sobre población de más de 2000 presos. Así el penal de Arequipa tiene una sobrepoblación de 1336 presos, el penal de Mujeres de Arequipa una sobrepoblación de 81 presos, el penal de Camaná tiene una sobrepoblación de 200 presos.

Nº Oficina Regional Sur Arequipa Distrito

1 E.P. de Arequipa 2 E.P. de Mujeres de Arequipa 3 E.P. de Camaná 4 E.P. de Moquegua 5 E.P. de Tacna 6 E.P de Mujeres de Tacna TOTAL FUENTE: INPE 2016

Socabaya Socabaya Camaná Samegua Pocollay Pocollay

reforma política?

POBLACIÓN PENAL SEGÚN SITUACIÓN JURÍDICA Y GÉNERO

HACINAMIENTO EN PENALES DEL SUR EXCEPTO MOQUEGUA % Capacidad Sobre Hacinamien Población SobrePo de Población to (%S > Penal blación Albergue (S) 20%) (%S) 667 2003 1336 2 SI 67 148 81 1.21 SI 78 278 200 2.56 SI 178 157 -21 -0.12 NO 222 883 661 2.98 SI 40 113 73 1.83 SI 1252 3582 2330 186 SI

DEP ARTAMENTO S ES TAB. P ENITENCIARIO S

TOTAL GRAL

PROCE SADO

TOTAL H o mbres M ujeres

Moquegua

157

153

T o tal

4

57

SENTEN CIADO H o mbres M ujeres

53

4

T o tal

100

100

0

157

153

4

57

53

4

100

100

0

Arequipa

2429

2275

154

472

443

23

1957

1832

125

E.P. de Arequipa

2003

2003

0

365

365

0

1638

1638

0

E.P. Mujeres de Arequipa

148

0

148

26

0

26

122

0

122

E.P. Camana

278

272

6

81

78

3

197

194

3

tarda no es justicia. En los penales de Arequipa hay 2429 presos. De ellos 472 están procesados y 1957 están sentenciados. En resumen, se puede decir que unos 520 presos están siendo procesados y 2057 presos están en calidad de sentenciados.

lo cual demanda que se necesitan penales en casi dos veces la capacidad actual. De otro lado en el penal de Moquegua hay 157 presos de los cuales 153 son varones y 4 son mujeres, pero de esos 157 presos, 57 son procesados y 100 son sentenciados, ese es otro de los problemas que enfrenta la justicia, debido a que justicia que

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 20 08 18

Perú debe tener 124 diputados y 37 senadores en la reforma constitucional POR: DR. DELFÍN BERMEJO PERALTA &

NÚMERO DE DIPUTADOS POR PAÍS 600

102

513

500

100

400

80

81

257

300

166

200

130

120

80

100

0

BRASIL

ARGENTINA COLOMBIA

BOLIVIA

acuerdo a la población con cuantos diputados y senadores debe contar el Perú. Nuestra patria tiene 33 millones de habitantes y por ello debe contar en promedio con 124 diputados y 37 senadores, sin embargo, el presidente ha considerado en su proyecto que no debe pasar de 130 personas, cuando lo racional (población/representantes) exige 161 personas. De hecho, que aquí habrá una fuerte discusión.

CHILE

72

60

36

38

BOLIVIA

CHILE

40

45

20 0

PARAGUAY

BRASIL

ARGENTINA COLOMBIA

PARAGUAY

MILLONES DE POBLADORES POR PAIS 250

MILLONES DE POBLADORES

En el proyecto de ley 3185 -2018 se propone la bicameralidad se deja notar que si Brasil tiene una población de 207 millones de cuenta con 513 diputados y 81 senadores. De la misma manera Argentina tiene 257 diputados y 72 senadores, y cuenta con 44 millones de ciudadanos. De otro lado un país como Bolivia cuenta con una población de 11 millones de soles y tiene 130 diputados ms 367 senadores. De la misma manera Chile que tiene una población de 18 millones de habitantes cuenta con 120 diputados y 38 senadores el caso de Paraguay presenta a 80 diputados y 45 senadores y solo cuenta con siete millones de habitantes. Entonces la pregunta es de

DIPUTADOS

DIARIO PRENSA REGIONAL

NÚMERO DE SENADORES POR PAIS 120

SENADORES

Pr DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA

207.7 200 150 100

43.8

50

48.6 10.89

17.91

BOLIVIA

CHILE

6.75

0 BRASIL

ARGENTINA COLOMBIA

Pr MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI DIARIO PRENSA REGIONAL

E.P. de Moquegua

FUENTE: INP E 2 0 16

Pero ocurre que en Moquegua el penal de Samegua tiene menos presos que su capacidad por ello el valor negativo de -21. El penal de Pocollay de Tacna tiene una sobrepoblación de 661 presos y el penal de mujeres de Tacna tiene una sobrepoblación de 73 presos. Al final la capacidad de los penales es de 1252 presos, pero hay una población de 3582 presos

cumplido veinticinco años y gozar de derecho de sufragio. Los congresistas no pueden ser reelegidos de manera inmediata para un nuevo periodo." El documento de marras se basa en un trabajo de campo de DATUM INTERNACIONAL en donde la encuesta de mayo de 2018, el 76% de peruanos manifestaba su desacuerdo con la reelección de congresistas. Similares porcentajes se vienen manteniendo en los últimos años, conforme se expresa en el gráfico que se consigna a continuación: Ÿ (La ficha técnica: Encuestadora: Datum Internacional S. A. Financiamiento de estudio: Empresa Editora El Comercio (Perú 21 y Gestión). Población objetivo: Hombres y mujeres de 18 a 70 años de todos los niveles socioeconómicos (zonas urbana y rural). Ámbito: Nivel nacional. Tamaño de la muestra: 1,200 encuestas efectivas. Margen de error: +/- 2.8%. Nivel de confianza: 95%. Fecha de realización: Del 5 al 9 de mayo de 2018.)

DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA &

H o mbres M ujeres

Después del anuncio hecho por el presidente de la republica respecto a la reforma política, los comentaristas nacionales y regionales acusaban que como el 79% de la población no quiere a los congresistas entonces el presidente apoya esa propuesta populista, de la mayoría popular y por ello le ha generado al presidente Vizcarra un incremento de 10 puntos en la última semana. Sin embargo, el anuncio –también señalan los comentaristas- que será de coyuntura y más pronto que lejos la población se concentrará en el empleo, la pobreza y el crecimiento económico, las ventas para los empresarios y el consumo para la población. Y si luego de la coyuntura del referéndum de la reelección no se ha mejorado en el bienestar de la población entonces la “pelota” volverá al ejecutivo y se enfrentará con un legislativo fiscalizador y un pueblo descontento. Entre tanto el tiempo ganado es importante por supuesto ante un legislativo que se ha tumbado al presidente Pedro pablo Kuczynski y a varios ministros. Al respecto a la modificación que se propone es hacia el artículo 90 que quedaría de la siguiente manera: "Artículo 90.- El Poder Legislativo reside en el Congreso de la República, el cual consta de cámara única. El número de congresistas es de ciento treinta. El Congreso de la República se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley. Los candidatos a la Presidencia de la República no pueden integrar la lista de candidatos a congresistas. Los candidatos a vicepresidentes pueden ser simultáneamente candidatos a una representación en el Congreso. Para ser elegido congresista, se requiere ser peruano de nacimiento, haber

LA REELECCIÓN ES DEL 28%. (2016-2021) Por otro lado, el proyecto de ley, nos alcanza una serie histórica que delata que la reelección en los últimos Periodos legislativos ha disminuido. Hay que reconocer que en el periodo 2000-2001 el 50% de los congresistas fueron reelectos. Estamos hablando de 60 de 120 congresistas. Ya en el periodo 2001-2006 el 42% fueron reelectos, en el siguiente periodo disminuyó al 38.33% para luego en el periodo del presidente Alan García se reeligieron el 38% y en el periodo del presidente Ollanta Humala fue el 28% para en el periodo 2016-2021 del presidente PPK es del 27%. En conclusión, es el 27% que a la fecha se han reelegido que representa a 35 congresistas. Quiere decir que 95 congresistas del actual parlamento son nuevos y asumen casi todos los errores del poder del estado.

PARAGUAY

¿ESTA DE ACUERDO O EN DESACUERDO CON LA REELECCIóN DE LOS CONGRESISTAS?

600 mujeres en el Perú fueron víctimas de feminicidio, en Moquegua se presentaron 3 casos Pr

DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI DIARIO PRENSA REGIONAL

El presidente Martin Vizcarra, cito y dijo Elsa Salas De La Cruz, Gaby Vásquez Gómez, Micaela Laman Acho, Gloria Pacheco Yucra, Mary Huayllapuma Lima, Yudith Solis Leandro, Lucinda Vásquez Sánchez, Eyvi Agreda Marchena, Olga Aponte Mariño, Juanita Mendoza Alva, Mayra Pérez Gilberti, Dilma Suarez Jiménez, Estefany Taboada Mendoza y todas aquellas víctimas anónimas de feminicidio. No podemos permanecer en silencio un minuto más ante la grave realidad de la violencia hacia las mujeres. Este no es un minuto de silencio, sino ¡un minuto para recordarlas y exigir justicia para ellas y sus familias! Él dijo “Vamos a dar una respuesta inmediata, enfocada en:

prevenir, proteger y atender. Tenemos que corregir esta cultura machista y erradicarla de nuestras familias, proteger a las víctimas y sancionar con firmeza a los criminales”. Reconoció que las ciudades de mayor violencia contra las mujeres son Lima, Arequipa, Moquegua y Cusco donde se han instalado ya seis nuevos Centros de Emergencia Mujer en Comisarías, los que funcionan los 7 días de la semana las 24 horas del día. Anuncio que antes de culminar el 2018 duplicara los Centros de Atención en Comisarías a nivel nacional. De igual modo, al 2021 habrá implementado la Estrategia rural contra la violencia en 85 zonas adicionales. Para darle a esta temática la máxima importancia y proveer de respuestas estratégicas y urgentes, creamos la “Comisión

de emergencia encargada de proponer acciones para la protección, prevención y atención de casos de violencia contra la mujer”. En primer lugar, desde la “Comisión de Emergencia”, aprobamos el “Protocolo contra el feminicidio y violencia de pareja”, aprobamos el “Plan Operativo para la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”, que ya viene siendo aplicado por el sector educación. Señoras y señores, les pido con humildad que cada uno de ustedes, en sus trabajos y en sus hogares asuma el compromiso de terminar con el machismo, denunciar la violencia contra las mujeres y erradicar el feminicidio. Pero muchos casos de feminicidio en el Perú hoy están impunes y resulta preocupante.

PERÚ: 600 VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO, SEGÚN DISTRITO FISCAL, 2011-2016 (Ene-Set) 52 37 37 35 33 30

20

30

40

76

72

70

28

25

21

16 5

3

2 Abr-15

DE ACUERDO

PERIODO PARLAMENTARIO

9 9 7 7 7 6 5 5 3 2 10

79

3

May-17

EN DESACUERDO

May-18

NS NO

REELECCION CONGRESISTAS POR PERIODO

25 24 22 21 21 20 20 18 16 16 14 12 11 11

0

90 80 70 60 50 40 30 20 10 0

nov--14 62

Lima Junín Lima Norte Arequipa Lima Sur Lima Este Puno Lambayeque Ayacucho La Libertad Huánuco Áncash Tacna Cusco Cajamarca Ica Callao Piura Huaura Santa San Mar n Apurímac Amazonas Madre de Dios Loreto Cañete Huancavelica Tumbes Pasco Moquegua Sullana

PORCENTAJE

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 30 07 18

50

Número de vic mas

60

70

CONGRESIS CONGRESIS TAS TAS PORCENTAJE ELEGIDOS REELEGIDOS

1990-1992 240 1992-1995 80 1995-2000 120 2000-2001 120 2001-2006 120 2006-2011 120 2011-2016 130 2016-2021 130 FUENTE: PROYECTO DE LEY 3187-2018

19 24 41 60 51 46 36 35

7.92 30.00 34.17 50.00 42.50 38.33 27.69 26.92


12

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

PUBLICADO EN PRENSA REGIONAL 30 07 18

¿El feminicidio impune en la región Moquegua? 3 casos de homicidio calificado contra mujer DR. JAVIER FLORES AROCUTIPA & MAGISTER CARLOS PONCE ARPASI

DIARIO PRENSA REGIONAL

Según el INEI hay tres casos de feminicidio ocurrido en la región Moquegua y a la fecha nadie paga culpa, no hay reos en cárcel por este delito. CALIFICACIÓN LEGAL A lo largo del tiempo se ha venido dando distintos casos que atentan contra la vida de la mujer, casos que han puesto en alerta a nuestra población ya que no han sido resueltos hasta la fecha no hay una sentencia favorable a favor de la familia de la parte agraviada. Antes nuestra legislación no lo penaba como tal ya que no teníamos el delito de feminicidio solo teníamos el homicidio calificado. El legislador penal aprueba la tipificación del delito de feminicidio en un artículo independiente, mediante la Ley Nº 30068 del 18 de julio del 2013 y por la cual se incorpora el artículo 108-B el cual textualmente señala “Artículo 108-B.- Feminicidio Será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de quince años el que a una mujer por su condición de tal, en cualquiera de los siguientes contextos: 1. Violencia familiar. 2. Coacción, hostigamiento o acoso sexual. 3. Abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al agente. 4. Cualquier forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con el agente. La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias agravantes: 1. Si la víctima era menor de edad. 2. Si la víctima se encontraba en estado de gestación. ¿Qué es lo que está pasando en nuestro órgano jurisdiccional? ¿Por qué, hasta la fecha no hay sentencia favorable? ¿Cuáles son las razones por las cuales cometen este tipo de delitos? ¿Quiénes son los principales agentes? Pues tenemos los siguientes casos que narraremos a continuación. CASO 1: MIRIAM AUCATINCO LÓPEZ Expediente N.º 00293-20110-2801-JR-PE-02: este caso ha sido el más sonado en la región Moquegua, hasta el día de hoy ya que es uno de los casos más antiguos de feminicidio, cuya víctima fue MIRIAM AUCATINCO LÓPEZ, este hecho trata sobre: Se imputa al investigado Marco Antonio Gutiérrez

Mamani que: i) Entre las veintiún horas del dieciséis de septiembre de dos mil once y las dos horas con veintinueve minutos del diecisiete del mismo mes y año, encontrándose la agraviada al interior de un lugar cerrado y privado, desnuda, confiada en el agresor, a quien le dio la espalda, es tomada por sorpresa por atrás, no dándole tiempo a defenderse y estando premunido el agresor de un instrumento punzo cortante, compatible con un cuchillo, procedió a seccionarle la arteria externa, vena yugular externa y vena tiroidea superior, desgarrando parcialmente la yugular interna. Cortes que fueron ejecutados con gran fuerza que lograron la sección completa a nivel de cartílago tiroideo, hasta generar una luxo fractura en la columna cervical y fragmentación a nivel del cuerpo vertebral izquierdo, generándose un shock hipovolémico, a consecuencia de la hemorragia masiva por la lesión de vasos de gran calibre. ii) Después, el victimario procedió a lavar completamente el cadáver, lo vistió y una vez colocado el cuerpo en posición de cúbito dorsal, se colocó al lado izquierdo y premunido de un instrumento procedió a inferirle las heridas punzo penetrantes que presenta el cadáver en el tórax y abdomen. iii) Finalmente, procedió a abandonar el cadáver en el fundo de propiedad de Lidia Colque Calizaya –extensión agrícola–, ubicado en la avenida Paisajista s/n del sector El Rayo del Centro Poblado Los Ángeles, del cercado de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua (a doscientos metros del Puente El Rayo). Antes de abandonar el lugar procedió a deslizar el pantalón y ropa interior de la agraviada hasta la altura del muslo. El agresor dejó la silueta de dedos de mano reflejados en el cuerpo de la agraviada con el objeto de simular una supuesta violación, llevándose consigo su celular. iv) Los hechos son atribuidos al investigado, pues en su condición de ex enamorado de la agraviada –siendo ella quien habría terminado la relación sentimental el día catorce de septiembre de dos mil once, por haber iniciado otra relación sentimental con Julio André Alva Flores–; se negaba a terminar la relación bajo amenazas de “quitarse la vida” y de “contar a los padres de la agraviada de las relaciones sexuales sostenidas con Julio André Alva Flores” y la propia presión de seguir frecuentándolo como amigos. CASO 2: ELIZABETH CONDORI MARCE Expediente Nº 00293-20140-2802-JR-PE-01 este caso ha sido otro sonado caso en

| Feminicidio - referencial | nuestra región es uno de los casos más antiguos de feminicidio este hecho trata cuando Marco Antonio Palomino Cadillo el 27 de enero del 2014 a las 19:00 horas se presentó al trabajo de la agraviada ELIZABETH DE MILAGROS CONDORI MARCE, donde preguntó por ella. Al no encontrarla se dirigió a su domicilio ubicado en AA.HH. Villa Costa Verde Mz. 183, Lote 8, Pampa Inalámbrica, esperándola en las afueras de dicho domicilio, así al retornar la agraviada la abordó para llevarla a otro lugar, golpeándola en la cabeza, causándole así la muerte y posteriormente procedió a calcinarla en el lado Oeste del Hospital de Ilo, a la altura del Malecón de la Urbanización Daniel Alcides Carrión. Marco Antonio Palomino Cadillo, ha sido conviviente de Elizabeth de Milagros Condori Marce, quienes convivieron en el domicilio de los abuelos de la línea materna de la agraviada desde el mes de agosto del 2013 al 26 de enero del 2014, fecha en el que el imputado abandonó el hogar convivencial por problemas y discusiones que tenía con la occisa a quien había agredido físicamente en varias oportunidades. Luego, el 27 de enero del 2014 a las 10:00 horas, aproximadamente, la agraviada se dirigió a su centro de trabajo, un salón de belleza ubicado en el interior del mercadillo El Progreso del Óvalo de Nuevo Ilo, Pampa Inalámbrica, donde laboraba como cosmetóloga. Así a las 10:30 horas, aproximadamente, el imputado se presentó en dicho local donde conversó en la parte externa con la agraviada, quien retornó a su trabajo después de treinta minutos y de ahí se dirigió a su domicilio para almorzar para luego dirigirse al domicilio de Ursula Bebsy Layme para hacerle un trabajo de manicure y retornar a su centro de trabajo a las 18:00 a 18:30 horas, aproximadamente, en donde estuvo por breve lapso de tiempo diciéndole a Yeni Rodríguez Zapana (propietaria del salón de belleza) que salía nuevamente para ver un trabajo ya no retornando al mismo. Siendo que a eso de las 19:00 horas, aproximadamente, el imputado se hizo presente al centro de trabajo de la

agraviada preguntando por ella y encontrarla se dirigió a su domicilio ubicado en AA.HH. Villa Costa Verde Mz. 183, Lote 8, Pampa Inalámbrica. La esperó en las afueras del mismo en una esquina en donde el imputado la abordó, llevándola a otro lugar para victimarla golpeándola fuertemente en la cabeza causándole un traumatismo encéfalo craneano grave lo cual le causó la muerte a la agraviada Elizabeth de Milagros Condori Maree y luego a fin de evitar cualquier vestigio del cuerpo que permita su identificación procedió calcinarlo. Posteriormente, el 30 de enero del 2014 se encontraron los restos humanos calcinados en el lado oeste del Hospital de No a la altura del malecón de la Urbanización Daniel Alcides Carrión, en un descampado y sobre un desmonte de piedras correspondiente a la agraviada Elizabeth de Milagros Condori Marce. CASO 3: CARLA CARCASI QUEGUE Expediente N.º 00169-201390-2801-JR-PE-02. Este caso ha sido el más sonado en nuestra región hasta el día de hoy ya que es uno de los casos más antiguos de feminicidio este hecho trata que el día 04 de enero del 2012. Aproximadamente a las 7:30 a 8:00 de la mañana, el imputado Veliz Cojoma Fernando Sub Oficial de la PNP según el rol de servicio debería encontrarse en la sede policial, sin embargo, como obra del cuaderno de asistencia no aparece firma alguna que haya cumplido su servicio. Veliz Cojoma, se encontraba con la agraviada CARLA JOANA CARCASI QUEGUE en su domicilio en la calle Cuzco 369 quienes luego de discutir y pelearse, Veliz Cojoma le disparó con su pistola Browming causándole la muerte. En dicho domicilio, la pareja tenía sus reuniones para lo cual la occisa contaba con llave de ingreso, la pareja tenía constantes problemas por cuanto habían decidido terminar la relación sentimental, además el imputado pretendía estar con su amiga Denny Zea Capa, lo que ocasionaba que discutían se separaban y luego decidían

continuar la relación; adicionalmente los depósitos de dinero que le enviaba su madre de la occisa eran a la cuenta del banco del acusado Veliz Cojoma. A horas 7:46 a 7:50 del día 4 de enero del 2012 Vladimir Gregorio Infantes Silva PNP recibe una llamada del imputado quien le dice que su enamorada había sufrido un accidente, cuando llegaron a la casa, el acusado se encontraba en la calle y le dice “jefe mi enamorada” dirigiéndose este al cuarto encontrando a la agraviada aun con signos de vida y con un armamento, quitándole el armamento, le sacó la cacerina y rastrilló el arma para evitar otro accidente y luego trasladarla al hospital diciéndole al acusado para trasladarla en una manta polar, sacándola del inmueble y estando en el callejón, llegaron los miembros de Radio Patrulla y uno de ellos los ayudó a sacar trasladándola al hospital. El acusado llegó al hospital aproximadamente a las 08:15 de la mañana, cargando a la agraviada, indicando que se había disparado con un arma, llegando el médico Máximo Crispín Mercado quien al ver que había masa encefálica expuesta, vendó sus heridas, siendo su estado muy grave. Estuvo con respiración por unos treinta minutos, al momento de ser examinada por el médico ella tenía un hematoma en el ojo derecho. Llegando luego el padre de la agraviada, señalando este que, el acusado (Veliz Cojoma) al verlo lo agarró de la cintura y se arrodilló y llorando le dice, perdóneme, perdón señor Juan, no sabía de qué, le pregunto qué había pasado y le dijo, yo no sé, he estado de viaje y he llegado de Arequipa y se agachó y empezó a golpear el piso con las manos y decía, ella no quería salir del cuarto y un compañero de él lo agarró y lo arrinconó contra la pared, y siendo las 8.20 am, la agraviada ya no presentaba signos vitales siendo trasladada a la morgue para realizar la necropsia. CONCLUSIONES De los tres casos de feminicidio que se han dado en nuestra región Moquegua podemos determinar que todas las personas que han atentado contra la vida de la mujer sus ex parejas sentimentales y que es por producto de discusiones problemas de pareja que cometen este hecho con una frialdad única. Sólo tenemos una sentencia favorable relativamente que es del caso de esta joven CARLA JOANA CARCASI QUEGUE, en la SENTENCIAN°82-2015-2 J P U de fecha Moquegua, cinco de octubre Del año dos mil quince.- el juez HERNANI NEYRA ZEVALLOS VÍCTOR MAURICIO dicta sentencia

declarando a: FERNANDO JAVIER VÉLEZ COJOMA, como autor el cual le impone una pena de OCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD con el carácter de EFECTIVA, lo INHABILITA a FERNANDO JAVIER VÉLEZ COJOMA por el plazo de dos años y le fija por concepto de REPARACIÓN CIVIL la suma de CIEN MIL NUEVOS SOLES, a favor de los representantes de la agraviada CARLA JOANA CARCASI QUEGUE. Pero, ¿qué es lo que sucede? ¿Por qué decimos que es favorable relativamente a favor de la familia? porque este hombre hasta el día de hoy se encuentra no habido y ha sido declarado reo contumaz. En el caso de la joven CONDORI MARCE, ELIZABETH DE MILAGROS el colegiado de la corte superior de justicia de Moquegua absuelve a MARCO ANTONIO PALOMINO CADILLO con dos votos a favor de este un voto en contra que es del juez VÍCTOR MAURICIO HERNANI NEYRA, librándolo de toda culpa todo delito cometido quedando impune este penoso hecho. En el caso de la joven MIRIAN AUCATINCO hasta el día de hoy sigue abierto el proceso que viene desde el año 2011. ¿Por qué ha demorado tanto este caso? Por qué se presentaron demasiados elementos de convicción por el Ministerio Público, los cuales algunos fueron inadmitidos. Este caso es el único que tiene una casación que es la CASACIÓN N° 626-2013/ MOQUEGUA en la cual para la prisión preventiva como bien sabemos solo tiene tres supuestos establecidos en el Código Procesal Penal: Eelementos de convicción graves y fundados. Pena probable a imponerse. Peligro procesal. La Corte Suprema en esta casación Nº 626 – 2013 Moquegua agrega dos adicionales: proporcionalidad de la medida. Duración de la medida. Este caso hasta el día de hoy sigue abierto sin ninguna sentencia favorable a favor de la familia de la agraviada, dándose recién que se estará formando un nuevo colegiado para que pueda realizar las investigaciones correctas y esperando así que se haga justicia. ¿Qué es lo que pasa en la Corte Superior de Justicia de Moquegua? ¿Por qué se alargan tanto estos procesos? ¿Por qué no hay sentencias favorables a favor de las familias de las agraviadas? ¿Por qué no tenemos ningún reo en prisión en el centro penitenciario de Moquegua? Al parecer la justicia es ciega para este tipo de delitos que atentan contra la vida de la mujer y es por esa razón que cada vez van aumentando más víctimas y no se hace justicia.


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

13

MAS DE 5 METROS DE ALTURA

Ilo: venezolano cae de escenario y salva de morir ILO DIARIO PRENSA REGIONAL

Un joven de 40 años de edad salvó de morir luego de haber caído desde 5 metros de altura cuando realizaba trabajos de armado de un escenario para un matrimonio en el sector de Nueva Victoria en la Pampa

Inalámbrica. El hecho ocurrió aproximadamente a las 16:30 horas del último sábado, cuando el joven Carlos Hernández (40) de nacionalidad venezolana, colocaba los tubos de torres para para el escenario sin contar con la línea de vida y ningún tipo de seguridad para quedar

colgado. Efectivos de la compañía de bomberos 76 del puerto de Ilo auxiliaron al joven y lo trasladaron al Hospital del Ministerio de Salud de la Pampa inalámbrica donde fue diagnosticado con politraumatismo por descartar fracturas siendo internado en la Unidad de Emergencias.

Ayer domingo en horas de la mañana, Carlos Hernández fue dado de alta, y fue el contrayente del matrimonio que se hizo cargo de los pagos Personal de la Policía Nacional de la Pampa Inalámbrica y representantes del Ministerio Público realizan las investigaciones.

| Venezolano cae de escenario |

GERENTE REGIONAL DE VIVIENDA FUE CITADA AL CONSEJO REGIONAL

Absuelven observaciones sobre el Programa Municipal de Vivienda Regional ILO DIARIO PRENSA REGIONAL

Vivienda Regional (PROMUVIRE), fue citada la gerente regional de Vivienda del Gobierno Regional Moquegua (GRM) a sesión de Consejo Regional para que a conocer los avances que tiene el proyecto. La consejera regional Yesnani Quilco, dijo que con

fecha 26 de julio del 2018 se aprobó la Ordenanza Regional para la creación del PROMUVIRE con voto de 5 consejeros. “La mejor forma de demostrar que están de acuerdo con los proyectos los consejeros, es que asistan a las sesiones y emitir su voto. En esta oportunidad, la gerente regional de Vivienda ha resuelto

todas las observaciones y se está a la espera que se publique el reglamento en el Diario Oficial El Peruano”, aseveró. Una vez publicado, se conformará la comisión especial para que puedan elaborar su plan de trabajo y presentarlo al pleno del Consejo Regional, además se instalará la oficina en la provincia de Ilo para la venta de carpetas y los

interesados puedan presentar los documentos cumpliendo con cada uno de los requisitos. En relación a la habilitación urbana, sostuvo que se viene haciendo las gestiones en paralelo, lo cual está avanzando y así lo confirmó la gerente regional de Vivienda, lo que significa que si se concretará el PROMUVIRE.

OBRA DE MIRAMAR NUEVAMENTE ESTÁ PARALIZADA

Culpan a alcalde por retraso en construcción de muro de contención ILO DIARIO PRENSA REGIONAL

Como una “vergüenza” calificó el aún secretario general de la UPIS Miramar Arturo Cárdenas en referencia a lo que viene sucediendo con la obra del muro de contención de Circunvalación Cuajone. Dijo que no era justo que hasta ahora el alcalde provincial

no tome acciones al respecto, culpándolo de todos los problemas que se vienen suscitando al avalar al Consorcio Miramar responsable de ejecutar el proyecto. Asimismo, cuestionó al comité de gestión que no está cumpliendo bien su trabajo, ya que la obra recién se encuentra en un 10% y prácticamente ha sido abandonada perjudicando

Municipalidad Provincial de Ilo no sabe a quién le dan las obras cuando realizan una licitación. Piden que se ejecuten por administración directa para evitar problemas que se viene suscitando. a los trabajadores, quienes vienen reclamando respeto a sus derechos laborales. “Es lamentable que la

empresa esté pidiendo una ampliación de plazo y que se les dé un adelanto de presupuesto. Como les van a dar, si no están

| Arturo Cárdenas | cumpliendo con su trabajo, ni siquiera están pagando a sus trabajadores y tampoco les brindan sus implementos de seguridad”, expresó. Cárdenas, consideró que la obra debió ejecutase por administración directa, porque

al hacer una licitación no saben a quién le dan el proyecto. “No se sabe cuándo se va a culminar la obra, que actualmente se ha convertido un riesgo por las zanjas profundas que han quedado expuestas”, concluyó.

GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO

Supervisión de la obra circunvalación Cuajone es constante, aseguran ILO DIARIO PRENSA REGIONAL

El Ing. Fabio Salas Valdez, gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Ilo (MPI), refirió que la comuna provincial a través del área de supervisión, viene monitoreando las acciones de ejecución de la obra “Mejoramiento del Servicio de Protección, en la Av.

Circunvalación Cuajone Mz S y T de la Upis Miramar, Provincia de Ilo”, el cual mantiene un 8.97% de avance acorde al cronograma de trabajo aprobado. “La contratista tiene que llegar a una valorización no menor al 80% y al finalizar el mes de setiembre el objetivo es el 20% del total acumulado, caso contrario se procederá a

ejecutar las intervenciones económicas”, remarcó el funcionario. Sobre el personal obrero según el contratista, Salas Valdez, menciono que la obra se encuentra en la etapa de vaciado masivo de concreto con maquinaria, que limita los frentes de trabajo, por ende, el cese de personal. Habrá la necesidad de mano de obra

especializada, para ello señalo que se viene preparando el requerimiento necesario, “La permanencia del obrero es de acuerdo a la necesidad de la obra”, subrayó. Indicó que, el municipio, no tiene injerencia en contratar empresas para que se hagan cargo de la obra, se ciñe a un proceso de selección. El Consorcio Miramar está

| Fabio Salas Valdez | conformado por Nicoll y Cesar Constructora ambos con RUC vigente, “Si el Consorcio

Miramar acumula un total del 20% de penalidades se resuelve el contrato”, aseveró.


14

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

COMANDO ELITE Preparación al 100% – Admisión ETS-PNP-2019 – alumnos que cursan el 5º de secundaria días sábados solo postulantes Policía Nacional Informe MEYLAN - 39 (frente a plaza vea) 957 444576 - 953818982

Presenta capacitación para empresarios y personal que labora en las ventas de productos y servicios COMERCIALIZACIÓN Y MARKETING – para empresarios PROMOCIÓN DE VENTAS – para personal de ventas INFORMES: MEYLAN – 39 / 2do piso (frente a plaza vea) 957444576 – 953818982 - WEB: internacionalbusiness.com

ALQUILER SE NECESITA EJECUTIVOS DE VENTA PARA IMPORTANTE EMPRESA. SI ESTAS INTERESADO (A) PUEDES COMUNICARTE AL TELF: 987887429, O ENVIE CV: g.lopez.c22@gmail.com O ACERCARTE A JR. ABTAO 665 - 667 OFICINA 303 07D/09-15/SET CONCESIONARIA DE ALIMENTOS EMMA NECESITA. 2 CONDUCTORES QUE CUENTEN CON LICENCIA CATEGORÍA A2B - 1 AUXILIAR DE REPARTO ACERARSE A, AV. ANDRÉS AVELINO CÁCERES MZ. H LT.09 SAMEGUA 07D/04-08/SET SE REQUIERE AGENTES DE SEGURIDAD LICENCIADOS DEL EJERCITO Y R E T I R A D O S D E L AS F U E R Z AS A R M A DAS TA L L A M Í N I M A 1 .6 0 PRESENTAR C.V. DOCUMENTADO A LAS GARDENIAS T-03 PAMPA INALÁMBRICA FIJO. 053-505888. 09D/28-06/SET SE NECESITA SEÑORITA AYUDANTE DE COCINA PARA PEQUEÑO LOCAL DE COMIDA, CHICA ÁGIL Y CARISMÁTICA HORARIO DE TRABAJO: DE 6:30 AM A 3:00PM LLAMAR AL CEL: 998867458 974096237 07D/01-07/SET

SE ALQUILA EDIFICIO DE 4 PISOS PARA EMPRESAS O INSTITUCIONES DEL ESTADO HOSTAL DE 20 HABITACIONES EN AV. BALTA #638 CEL: 993725088 /980863730 10D/05-15/SET SE ALQUILA CASA DE 2 PISOS E 198 M2 PARA EMPRESAS O INSTITUCIONES DEL ESTADO CALLE CUSCO #440-442 CEL: 993725088/980863730 10D/05-15/SET SE ALQUILA CASA DE 3 PISOS DE 92 M2 PARA VIVIENDA, EMPRESAS U OTROS C O N STA C O N C O C H E R A , 3 HABITACIONES, 3 BAÑOS COCINA, LAVANDERÍA, SALA EN CALLE JOSÉ O L AYA # 2 3 9 - C E R CA D O C E L : 993725088 / 980863730 10D/05-15/SET SE ALQUILA CASA A EMPRESA 10 HABITACIONES GARAGE, TERRAZA, AZOTEA Y 4 BAÑOS URB. ILO K - 27 CEL: 954113490 TEL: 053-540149 07D/02-08/SET

ANUNCIE AQUÍ

ANUNCIE AQUÍ PROVINCIA DE ILO CALLE MOQUEGUA 820

(053) 48 22 68

VENDO MUEBLES E IMPLEMENTOS PARA SNACK OCASIÓN VENDO MESAS, SILLAS, BARRA EN INOX, COCINA TAMBIÉN EN INOX, PLANCHA CON FREIDORAS, MICROONDAS, FRIGIDER, REFRESQUERA, EXTINTOR DE ACETATO DE POTASIO, VAJILLA, DISPENSADOR. LLAMAR AL CELULAR 996-612-200 O AL 958-823-779 MOQUEGUA 07D/ 28-03/SET

SE VENDE TERRENO EN NUEVO ILO 172 M2. MZ. 14 LT.23 DOCUMENTOS EN REGLA LLAMAR AL: 953905799 995152747. INDEFINIDO VENDO TERRENO EN CIUDAD JARDÍN CALLE LAS BEGONIAS MZ. E LOTE 6 SEGUNDA ETAPA. INTERESADOS LLAMAR AL CELULAR 930 900 064 Y CELULAR 929 142 268 - ILO INDEFINIDO VENDO CASA EN AMPLIACION BELLO HORIZONTE I-4 DE 160 M2 ÁREA CONSTRUIDA 1ER PISO. Y 01 MOTO M A R CA Z O N G S H E N D E L 2 0 1 7. INTERESADOS LLAMAR AL CEL. 975396090 14D/ 25-07/SET SE VENDE CASONA COMO TERRENO UBICADO EN ALTO ILO ARENAL FRENTE I.E. JORGE BASADRE G. LAMAR AL CEL: 949085616 07D/ 01,02,03,08,09/SET SE VENDE CASA SEMICONSTRUIDA EN NUEVA VICTORIA PAMPA INALÁMBRICA C O STO $ 3 8 ,0 0 0 L L A M A R A L 999887891 - 932626041 SE VENDE CASA EN URB. ILO CON COCHERA FRENTE AL PARQUE DE LA AMISTAD DE 160 M2 LLAMAR AL CEL: 999887891932626041. INDEFINIDO SE VENDE 2 GALERÍAS EN ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES LUIS E. VALCARCEL MZ. 6 LOTES 66 Y 67 TRATAR AL CEL: 953927251. 07D/ 04-19/SET

www.prensaregional.pe

ANUNCIE AQUÍ MOQUEGUA

(053) 48 22 68

CALLE AYACUCHO 615 - A

(053) 46 29 00 (053) 48 22 68

(053) 48 22 68


www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

|

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

COMPRAS / VENTAS

EDICTOS

TRABAJO

CONVOCATORIAS

ALQUILERES

COMUNICADOS

Teléfono 053- 482268

LAY - ISLAY - ISLAY ALQUILER

|

Email anuncios@prensaregional.pe

ISLAY - ISLAY COMPRA

A L Q U I L O H A B I TA C I O N E S A M O B L A DAS, P O R S E M A N A , QUINCENA O MES. ESTAMOS EN PLENO CENTRO. HOSPEDAJE FAMILIAR EL EMBRUJO. CALLE ARICA 328 - CEL. 958-847-596. MOLLENDO. 7D/19/2 SE ALQUILAN HABITACIONES PARA SEÑORITAS, CON BAÑO PRIVADO. EN AV. ESPINAR 114 ALTO LAS CRUCES. C O N TAC TA R L L A M A N D O A L TELÉFONO 69-4016 O AL CELULAR 957-934-938. 7D 20/14

VENTA Inmuebles AT E N C I Ó N M O L L E N D O URBANIZACIÓN MIRASOL, VENDO LOTES 160M2 C/U (8MX20M) COSTADO URBANIZACIÓN LOS OLIVOS, FRENTE URBANIZACIÓN CESAR VALLEJO A 5 MINUTOS P L A Y A L A S R O C A S DOCUMENTACIÓN SUNARP OK. PRECIO PRE VENTA CELULAR 992693-406 hasta nuevo aviso

LLANTAS RAÚL DE: RAÚL BLANCO VERA

VENTA DE LLANTAS, BATERÍAS, SOAT Y SEGUROS VEHICULARES Av. Mariscal Castilla 399 - Teléfono: 53-2401 Movistar 958-853-615 / Claro 959-172-684 E-mail: llantasrauleirl@gmail.com MOLLENDO-PERÚ

ANUNCIE AQUÍ

CASA DE CAMBIO FREDDY - OFRECE EL MEJOR CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA. SERIEDAD Y GARANTÍA. BILLETES SELECIONADOS. CALLE AREQUIPA 316 (COSTADO DEL BANCO DE CRÉDITOS) CELULAR: 956- 614484. MOLLENDO V E N TA D E C O M P U TA D O R AS IMPRESORAS, SUMINISTROS. A D E M A S S E R V I O T É C N I C O, I N T E R N E T I N A L Á M B R I CO, PROYECTORES MULTIMEDIA. CALLE COMERCIO 478- TELÉFONO 53-4147 MOLLENDO PANAMERICANA HD INVERSIONES - VENDO ARTÍCULOS DE FERRETERÍA, REPUESTOS PARA AUTOS HYUNDAI IO, SUZUKI, DAEWOO MODELO TICO Y OTRAS MARCAS, SE HACEN PEDIDOS. ATENCIÓN LAS 24 HORAS. TELEF. 764467 CEL. 969-914-099 CALLE ZARUMILLA U-3, URB. MIRAMAR. MOLLENDO CALZATURA CARLY - TE BRINDA SU PROMOCIÓN POR FIN DE T E M P O R A D A , O F E R TA S D E SANDALIAS Y RECUERDA, CONTINÚAN LOS BUENOS PRECIOS EN CALZATURA ESCOLAR. GARANTÍA Y CALIDAD. CALLE JUAN B. ARENAS 100 TELÉFONO: 532473. MOLLENDO

Buenas Nuevas POR: OTONIEL FONT

Pídele a Dios Éxito y Gracia

- ISLAY - ISLAY - ISLAY - ISLAY - ISLAY - ISLAY - IS GASTRONÓMICA

Inmuebles ALQUILO DEPARTAMENTO $600 Y PENTHOUSE A $800 AMOBLADAS, B LO N D E L L # 1 0 0, I N C LU Y E COCHERA. TELEFONOS: 959 219 465 #959 993 394

E M PA N A DAS F R I TAS. . . DELICIOSAS...!!!, EMPANADAS DE QUESO. EMPANADAS AL HORNO. CONFECCIONAMOS BOCADITOS, GRAN VARIEDAD. BOCADITOS CHARITO - AV. PANAMERICANA 506 ALTO INCLÁN TELÉFONO 79-6510. MOLLENDO E XQ U I S I TA S S A LT E Ñ A S Y EMPANADAS. NO SE VAYA DE MOLLENDO SIN PROBARLAS. CALLE DEÁN VALDIVIA 449 CELULAR 978-299-488. MOLLENDO B O CA D I TOS G L A DYS - S E PREPARAN BOCADITOS PARA COMPROMISOS. HOJARASCAS DE PRIMERA CALIDAD, CROCANTES, Y NO DE REMOJAN. CALIDAD Y SATISFACCIÓN GARANTIZADAS. COMUNÍCATE AL TELÉFONO 519279. MOLLENDO NANDO'S PARRILLADAS Y EVENTOS - ADEMAS DE OFRECERLES SUS DELICIOSOS PLATOS, CUENTA CON LO CA L PA R A R E A L I Z A R ALMUERZOS, REUNIONES INSTITUCIONALES, TODO TIPO DE EVENTOS CON CAPACIDAD PARA 120 PERSONAS. CALLE COMERCIO 16 0 CO N TACTO A L 5 3 - 24 6 8. MOLLENDO

Ante un problema, ante una dificultad, ante la situación difícil que vivía el pueblo de Israel, Nehemías no oró para que Dios resolviera el problema, sino que le presenta el problema a Dios, le recuerda a Dios las palabras que él había declarado, y le dice: Dame éxito a mí. Si tú tienes éxito, tu familia tiene éxito, y tu ciudad completa puede cambiar. Mucha gente está orando para que Dios resuelva. Pero Dios no va a resolver de otra manera que no sea dándote éxito a ti, y dándote gracia a ti. Hace falta personas que no solo le pidan a Dios que haga algo, sino que le digan a Dios: Envíame a mí. Muchas veces nos reunimos a orar para pedirle a Dios que haga las cosas. Nuestra oración debería ser: Señor, así está nuestro pueblo, está disperso, pero tú has prometido que si nosotros nos volvemos a ti, tú nos recogerás. No hace falta que toda la nación se vuelva a Dios, lo que hace falta es alguien que le pida a Dios: Dame éxito, y dame gracia. Y que con ese éxito, y con esa gracia que Dios le dé, resuelva el problema. Ahora bien, tampoco nos podemos ir al otro extremo, y pedirle éxito y gracia a Dios, pero no orar. Es necesario el arrepentimiento de pecados, es necesario clamar, es necesario conocer su palabra, conocer lo que Dios ha dicho para poder reclamar como hizo Nehemías. Nehemías le citó a Dios su palabra. ¿Le puedes citar tú a Dios sus palabras? Entre el capítulo 1 y el capítulo 2 de Nehemías pasaron cuatro meses. Nehemías pasó cuatro meses orando y ayunando, antes de comenzar la reconstrucción del muro. Lo que necesita tu familia es que tú te encierres a orar y a ayunar, que tú le recuerdes a Dios sus palabras acerca de tu familia, y en vez de estar esperando que venga un libertador de afuera, le pidas a Dios te haga a ti el restaurador de las murallas de tu familia. Es fácil irse a un lugar a orar para que el Señor sea quien haga algo, pero ¿qué tu vas

PROVINCIA DE ISLAY CALLE AREQUIPA 563 - MOLLENDO

(054) 53 48 32 www.prensaregional.pe

SALVAVIDAS ISAÍAS 26:4 (RVES) Confiad en Jehová perpetuamente: porque en el Señor Jehová está la fortaleza de los siglos.

ANUNCIE AQUÍ PROVINCIA DE ISLAY CALLE AREQUIPA 563 - MOLLENDO

(054) 53 48 32 www.prensaregional.pe

ANUNCIE AQUÍ

15

/ www.prensaregional.pe

Nuestra gente, nuestra ciudad, nuestro diario.

Nehemías fue parte del grupo de personas que vivió el cautiverio babilónico. Cuando el rey Ciro les permite que fueran a reconstruir, Nehemías se encarga de la reconstrucción de las murallas. a hacer? Pídele a Dios que te dé éxito a ti. Tú puedes creer en que Dios te puede dar éxito, pero no te olvides de la primera parte. Porque el éxito con Dios no viene sin la primera parte, el éxito con Dios no viene sin oración. Y la oración de éxito de Nehemías no era para que Dios lo salvara a él, sino para salvar a otros. Tiene que haber un propósito, tiene que haber algo que te apasione lo suficiente para que Dios te dé éxito. ¿Qué te apasiona a ti? Hay personas a las que nada les apasiona. Nehemías lloró porque le apasionaba Jerusalem, y quería hacer algo por restaurar aquel muro. Pero, probablemente, lo que hoy te hace llorar no es tu pasión, sino tu condición. Y tu condición es resultado de la condición de tu nación. Por eso la oración de Nehemías era por su nación. Nehemías no estaba en la cautividad. Nehemías estaba en el palacio del rey. Tú estás en el palacio del rey. Quizás como copero, pero estás en el palacio del rey. Desde el día que le entregaste tu vida al Señor, tú estás en el palacio del rey, donde hay vino, que representa revelación. Nehemías tenía acceso a revelación. Estás donde se mueve el vino del Espíritu Santo, estás donde está la revelación. La pregunta es: ¿Qué has aprendido? ¿Qué has recibido? Tú piensas que tu posición es de crisis, pero no. En crisis están los que están fuera del palacio del rey. Tú estás en el palacio del rey. Has recibido palabra que ha sido declarada sobre tu vida. Créele a Dios por un milagro que cambie tu condición.


16

www.DIARIOPRENSAREGIONAL.com k director@prensaregional.pe

DIARIO PRENSA REGIONAL Lunes 10 de setiembre del 2018

TERCERIZARON SERVICIO DE LAVANDERÍA A EMPRESA RVC SAC DE ICA

Otro escándalo: prendas de hospital de EsSalud Moquegua sucias, viejas, rotas y con manchas de sangre Ropa hospitalaria mal lavadas y en mal estado en Ilo perjudica a asegurados. Pacientes y familiares denuncian mala atención.

Pr JULIO FARFÁN VALVERDE

habían realizado el mismo servicio a la Red de EsSalud Moquegua.

DIARIO PRENSA REGIONAL

Son constantes las diferentes irregularidades que vienen sucediendo en los hospitales de Ilo y Moquegua de EsSalud, esta vez en Ilo, el mes de agosto y los primeros días del presente mes, los mismos pacientes que se encuentran internados y sus familiares han sido testigos y víctimas del mal servicio que reciben, al tener que utilizar obligados las prendas y ropa hospitalaria que se encuentra en pésimo estado, con sábanas mal lavadas y con manchas de sangre. Estos hechos lo han puesto de conocimiento los familiares de los pacientes a las técnicas, enfermeras y a los propios médicos, pero pese a constatar está denuncia no hay soluciones efectivas a este reclamo. Así se continúa entregando las prendas y ropa hospitalaria, Usuarios tomaron fotografías con sus celulares para utilizarlos como medios probatorios y denunciar públicamente este hecho que causa un malestar y atenta contra la salud de los pacientes en Ilo SE DEBE GARANTIZAR UN BUEN SERVICIO DE LAVADO Los sistemas de traslado e higiene de la ropa de cama, atuendos del personal, quirófanos, etc. deben realizarse cumpliendo con

| Pacientes se quejaron por el mal estado de las prendas |

| Algunas de las prendas hospitalarias sucias y deterioradas |

pautas y normas de bioseguridad que deben tener un control estricto siguiendo los procedimientos regulados por el Instituto Nacional de Epidemiología y Control de Infecciones Hospitalarias, es por ello que, lo más recomen-

dable es que los propios Hospitales cuenten con su área de lavandería que garantice un buen servicio, en este caso a los usuarios de EsSalud. PRENSA REGIONAL

ENTREVISTÓ A PROPIETARIO DE RVC SERVICIOS SAC El servicio de lavado de la ropa hospitalaria para Ilo y Moquegua de EsSalud fue tercerizado en favor de la empresa RVC Servicios SAC con RUC 20494972531, cuyo gerente general es el señor Jimmy Velásquez Cerón y el propietario su señor padre Raúl Velásquez Cárdenas, ambos de la ciudad de Ica. Velásquez Cárdenas, en entrevistas con este diario, indicó que efectivamente habían ganado un concurso de licitación del servicio de lavado de EsSalud de la región Moquegua y manifestó que ellos tienen mucha experiencia en ese rubro, teniendo a la actualidad varios servicios que realiza a hospitales de EsSalud a nivel nacional e inclusive hace 4 años aproximadamente también

PROVEEDOR SUGIRIÓ RENOVAR LA ROPA VIEJA DE HOSPITALES De la misma manera dijo que los funcionarios de EsSalud, le comunicaron hace 15 días, las observaciones de prendas con manchas, otras descocidas y rotas en los servicios que realiza de lavado a la ropa hospitalaria. No obstante, él como proveedor les había recomendado y sugerido provisionarse y renovar las prendas y ropa hospitalaria actual, porque las que tiene EsSalud son “viejas” con demasiado uso y no eran las adecuadas, porque para que el servicio de lavado tenga mejor circulación y más fluidez se necesitaba ropa no muy deteriorada, porque se rompían en pleno movimiento en sus máquinas industriales. PROVEEDOR IMPLEMENTÓ EN MOQUEGUA UNA PLANTA DE LAVANDERÍA Indicó también que implementó una nueva planta de lavandería en la ciudad de Moquegua, especialmente para cumplir con este contrato ganado, que fueron inspeccionadas y tienen el visto bueno por la institución contratante, pese a que en las cláusulas del mismo contrato se establecía que EsSalud Moquegua no requería ningún equipo, es decir pondrían sus propias máquinas y equipos correspondientes en el área de lavandería que RVC SAC

utilizaría. Así mismo manifestó que, los colores que aparentan sangre en las sabanas y otras prendas se deben a las reacciones por los productos de uso diario de los hospitales, como es el insumo que se utiliza en el lavado de manos el personal, como yodo o povidona, los mismos que al manipular las prendas y ropa quedan impregnados y al contacto con los detergentes y químicos industriales necesarios para el lavado producen una reacción que muchas veces toman un color aparente a sangre. ASEGURADOS NO SE EXPLICAN EL POR QUE TERCERIZARON LA LAVANDERÍA Lo cierto es que los usuarios de EsSalud no encuentran una justificación lógica, él por qué tercerizar los servicios de lavandería cuando la institución cuenta con los equipos y máquinas de lavado de ropa hospitalaria que ellos mismos estuvieron prestando el servicio óptimamente y nunca se habían presentado este tipo de incidentes. Además, se preguntan quién fue el funcionario de Moquegua o de Lima que sugirió y ordenó que se realice está convocatoria de licitación de este servicio de lavado y que habría detrás de ello, porque lo que debería primar es realizar un mejor servicio en beneficios de los pacientes y asegurados de EsSalud, o quien se estaría beneficiando con este contrato y si el mismo se llevó de manera transparente y sin ningún indicio de corrupción.

ESSALUD CUENTA CON ÁREA DE LAVANDERÍA

| Pese a que el hospital de EsSalud de Ilo tiene equipos de lavandería, prefirieron contratar a una empresa de Ica para este servicio |

| Raúl Velásquez Cárdenas y su hijo Jimmy Velásquez Cerón. El primero, dijo a Prensa Regional que las prendas de EsSalud tienen mucho uso, por eso se rompen en el proceso de lavado. |

Lo extraño y preocupante es que en el Hospital de Ilo se cuenta con un área de lavandería totalmente operativa con máquinas especiales de lavado, los mismos que cumplen los requerimientos técnicos, normas de salud y seguridad hospitalaria, es por eso que ellos mismos hasta finales del mes de julio venían realizando de manera adecuada y sin problemas su propio servicio de lavado a las prendas de los hospitales de Ilo y Moquegua, ya que el lavado de ropa hospitalaria debe ser considerado como un aspecto de importancia crítica, que tiene un rol importante y fundamental en la prevención de infecciones.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
10 09 2018 m i by Diario La Prensa Regional - Issuu