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> La Prensa

Viernes 7

de Septiembre de 2012

Cd. Reynosa, Tam.

Portafolio

nuevas oportunidades pag/2

Editor: Lic. Alberto González Karam

MODELO PARTENARIADO

Modelo avanzado en el Reino Unido • Relación directa entre responsabilidad social y asociaciones público-privadas Lic. Alberto González Káram Presidente de la Comisión Binacional de Asuntos Fronterizos del Colegio Nacional de Economistas, A.C.

L

os Proyectos Público-Privados (PPP) serán impulsado durante la Administración Pública Federal 2012-2018, debido a que están basados en programas de desarrollo de sectores sociales y en particular en el modelo partenariado, en donde es posible encontrar una relación directa con el concepto de responsabilidad social de la empresa y el concepto de asociaciones público-priva-

das.. Es posible agrupar una definición de Proyectos Público-Privados (PPP) como una tipología de relación público-privada materializada en un contrato entre un organización pública y una compañía privada, cuya sociedad tiene un propósito específico que es la provisión y compra de proyectos de infraestructura y de sus servicios relacionados en el largo plazo, específicamente 20 años en promedio, financiado principalmente a través de pagos diferidos en el tiempo por parte del Estado y de los usuarios. Este tipo de asociación se traduce en retención y transferencias de riesgos, en derechos y obligaciones para las partes, en mecanismos de pago relacionados con incentivos y deducciones, en el establecimiento de una regulación integral de los estándares de calidad

de los servicios contratados e indicadores claves de cumplimiento. A nivel de experiencia internacional el modelo más avanzado en materia de Proyectos Público-Privados (PPP) es el que se encuentra desarrollando el Reino Unido, y se denomina Private Finance Initiative (PFI). El Modelo del Reino Unido ha permitido en los últimos 2 años, la construcción de 39 hospitales públicos realizados bajo contratos de Proyectos Público-Privados (PPP) con el sector privado que representan inversiones por casi 5 mil millones de dólares, de un total de más de 100 mil millones de dólares en En América Latina, el modelo más desarrollado es el de Chile, iniciando en este país a principio de los años noventa, mediante una importante renovación

y ampliación de su infraestructura con participación del sector privado y con una fuerte presencia de fondos institucionales en calidad de financistas de largo plazo. En Chile fue aprobada por su Congreso una Ley de Concesiones que ha regulado la relación entre el sector público y privado para el desarrollo de infraestructura, encontrándose en concesión más 50 proyectos, que representan más de 10 mil millones de dólares que equivalen casi el 10 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), en sectores como carreteras, autopistas urbanas, aeropuertos, cárceles, edificación pública, puertos, ferrocarriles, obras de riego y terminales aduaneros, así como en el presente año la concesión de 2 hospitales con inversiones que superan los 300 millones de dólares.

CONTRATOS FLEXIBLES • Obliga a distribuir riesgos adquiridos a través de contratos flexibles de largo plazo • Inversiones en promedio superan los 50 millones de dólares Lic. Alberto González Káram Los aspectos que mejor definen a los Proyectos Público-Privados (PPP), se relacionan con la generación de una relación comercial entre entidades públicas y privadas que obliga a distribuir finamente los riesgos adquiridos que devienen de esa relación a través de contratos flexibles de largo plazo. Generalmente, se aplican a proyectos de infraestructuras públicas y la provisión de servicios sociales como la salud y educación con financiamiento deficitario. Típicamente se realizan bajo esquemas de Diseño, Construcción, Financiamiento, Operación y Transferencia (DBFOT) mediante un contrato de largo plazo. La mayoría de las ve-

ces el gobierno anfitrión es el principal cliente de los servicios, sea a nivel nacional o a niveles subnacionales. El financiamiento de los Proyectos Público-Privados (PPP), está ligado al potencial del proyecto en sí, más que a las posibilidades de los patrocinadores, lo que le hace complejo y delicado. Las inversiones involucradas son altas relativas al financiamiento tradicional de inversión pública que realiza el Estado de manera tradicional. Es importante destacar que las inversiones en promedio superan los 50 millones de dólares y por lo tanto tiene un impacto fuerte en la población beneficiada. Las distintas acepciones del concepto de Proyectos Público-Privados (PPP), surgen básicamente de la discusión acerca de si la presencia de eventuales soportes estatales genera distinciones entre modelos en los que la participación privada entra a tallar en la provisión de servicios públicos. En general, el concepto de Proyectos Público-Privados (PPP), es ampliamente utilizado y suele referirse tanto a proyectos que requieran subsidio estatal como a los que no lo precisan por su capacidad de autofinanciamiento directo por parte de tarifas pagadas por los usuarios.

CONCESIONES COFINANCIADAS • Asumir compromisos de pago al titular privado de un proyecto de inversión pública • Nueva forma de contratación a través de inversionistas proveedores en el largo plazo

Lic. Alberto González Káram Los proyectos de prestación de servicios públicos en los cuales no es posible o es muy complicado traspasar el riesgo de demanda, el Estado puede asumir dicho riesgo y por lo tanto asumir compromisos de pago directo al titular privado de un proyecto de inversión pública. Este tipo de esquema se viene utilizado en proyectos de implementación de escuelas y hospitales, en los cuales, además de tratar de paliar demandas sociales, también se buscan nuevas oportunidades de generar

ingresos adicionales desde el propio activo. Mientras que en proyectos de transporte, como carreteras, puertos, puentes internacionales y aeropuertos, dónde es posible cobrar una tarifa o peaje, y el riesgo de demanda es transferible, es directamente el sector privado quien es el comprador directo del servicio. En Latinoamérica hasta hace un par de años se ha utilizado ampliamente el término concesión, sea que involucre o no aportes estatales, por tanto no existe una homogeneización en cuanto al término Proyectos Público-Privados (PPP) o concesión. Los primeros intentos

de separar el término se han realizado en Brasil y en México, y algunos países de Centroamérica como Guatemala y Panamá. Recientemente, se está comenzando a regular el concepto Proyectos PúblicoPrivados (PPP) y concesión en Perú, a través de lo que se denomina Concesiones Cofinanciadas (CCF). En México, a partir del año 2003 se ha instaurado el término de Proyectos de Prestación de Servicios (PPS) para referirse a nueva forma de contratación a través de inversionistas proveedores en el largo plazo. Este enfoque acepta que podrían gestarse dife-

rentes acuerdos de Proyectos Público-Privados (PPP), en donde también existiría oportunidad para la recaudación de ingresos adicionales, pero en los que, sin embargo, la esencia del sostenimiento financiero es que el gobierno se comprometa a realizar un pago por el uso o por la entrega a tiempo y en calidad de un servicio determinado. Es importante destacar que la falta de definición precisa del concepto en algunas oportunidades puede llamar a confusión si no se aclara el requerimiento del aporte estatal para el proyecto, por lo que conviene discutir brevemente la naturaleza de la misma.


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