Y el coronel reconoció los errores de la entidad
Jhonny Aguilera es comandante interino de la Policía Boliviana
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Diego Valero
Y El Jefe de Estado exhortó a la institución del orden a recuperar la confianza de la población boliviana y no ser un instrumento de persecución. P. 21
17 MARTES
DE NOVIEMBRE de 2020 Periódico del Estado Plurinacional de Bolivia
Y elecciones 2021
Nuevo Alto Mando Militar asume el reto de restituir la institucionalidad a las FFAA
P. 6
Y tensión
Agreden a diputados del MAS en Santa Cruz
Unidad y respeto
APG
El presidente Luis Arce posesionó a las autoridades de las Fuerzas Armadas.
Creemos impidió con golpes y palos el ingreso de los legisladores oficialistas al edificio de la Brigada Parlamentaria.
P. 22
Diego Valero
Y por bs 1.284 millones
P. 11
Bs 3
El general Jaime Alberto Zabala juró como comandante en jefe
TSE presupuesta menos de Bs 200 millones para subnacionales
Montaño revela adjudicación irregular en AEVivienda
Circulación nacional
Año 1 N° 146 2 cuerpos 32 páginas
ó El acto protocolar
realizado en La Casa Grande del Pueblo.
Y El Mandatario pidió a los uniformados defender la democracia, la paz social y la estabilidad del Gobierno, elegido por voluntad soberana del pueblo en el marco de la Constitución. P. 4
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OPINIÓN
martes 17 de noviembre de 2020
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Un señor lector y embajador Panamá, en la antesala de otro potencial desastre natural María Esther Mercado Huerta Antropóloga cochabambina
E
s un privilegio poder escribir sobre nuestro grande amigo Gustavo Rodríguez Ostria. El Keynes, como cariñosamente y con mucho respeto se lo llamaba, un ilustre personaje cochabambino que deja un gran vacío en nosotros los que tuvimos la complacencia de conocerlo. En Cochabamba, ya de gran historiador y persona notable, a Gus siempre se lo veía caminando parsimonioso con su ch’uspa tejida colgada en su hombro, que le servía para llevar sus escritos y seguramente su ch’uspillu tostado. Era una excelente persona. Cuando soltero vivía en la plazuela Barba de Padilla. Estudió en el colegio La Salle, posteriormente se fue al Don Bosco, de donde salió bachiller. Su prima Rocío Luque Ostria recuerda con inmenso cariño pasajes de la niñez que compartió con él. “Fuimos compañeros de infancia, era un niño al que le encantaba leer y nunca dejaba de interesarse por la historia de Bolivia”. Gustavo viene de una familia de literatos, historiadores y personas cuyo universo giraba en torno a descubrir la historia. Según la prima, uno de los libros que escribió fue “La historia del tenis” como homenaje a su abuelo Carlos Ostria, quien fue campeón de esta disciplina en sus años mozos. Siendo gerente del Canal Universitario de San Simón realizó muchos mini documentales. Todos, sobre hechos históricos que alimentaron nuestra identidad como cochabambinos y bolivianos. Al ser Oficial Mayor de Cultura de la Alcaldía de Cochabamba, por su tenaz y consecuente trabajo
logró que un predio del excolegio Irlandés o Mejillones en la plazuela del Granado, sea destinado para un Centro Artístico y Cultural Municipal; finalmente, después de catorce años llegó a su fin el soñado proyecto inaugurándose en septiembre pasado. Gustavo dejó infinidad de investigaciones, una de ellas “Las compañeras del mineral”, muy importante contextualmente, donde intenta desmasculinizar la historia de las mujeres mineras bolivianas, haciendo énfasis en la división sexual del trabajo y discriminación en el proceso inmediato de producción. El “Gustavo Keynes” era economista de profesión e historiador de vocación innata. Con un pensamiento complejo por la capacidad de interconectar distintas dimensiones de lo real para unir, contextualizar, y al mismo tiempo reconocer lo singular, individual y concreto. Gustavo analizaba los hechos históricos meticulosamente, enmarcando e interpretándolos desde una mirada sui géneris, donde aproximaba dos perspectivas epistemológicas, las ciencias exactas y las sociales, lo cual nos permitió no solamente leer lo acontecido, sino develar los verdaderos motivos por los cuales nuestra historia se escribe con sangre y mucho metal y también en otras tantas, redescubrirnos y valorar lo que somos. En una ocasión me dijo: “Sabías q el 2004 se quemaron, según FAN, más de cuatro millones de Has. No va a pasar tu empute... pero quizá te ayude a mirar esto en una perspectiva más larga”. Para mí fue una gran lección. Imagino a sus estudiantes encandilados después de una cátedra de un gran investigador comprometido con las luchas sociales. Gustavo, nos inclinamos ante tu partida.
Osvaldo Rodríguez Martínez Prensa Latina
L
a muy compleja situación meteorológica del área mantiene en ascuas a Panamá, donde apenas intentan resarcirse de un reciente desastre natural, cuando la tormenta Iota amenaza con lanzar más lluvias sobre zonas inundables. Resultó de alarma el pronóstico meteorológico de que la actual incidencia del huracán sobre el litoral Caribe y el oriente del país impactará también al centro y occidente, donde aún buscan a 12 desaparecidos y apenas pudieron reparar parte de la red vial, en medio de constantes deslaves. Imbuidos del peligro que se cierne sobre la nación centroamericana, las máximas autoridades, encabezadas por el presidente Laurentino Cortizo, pidieron a la población mantenerse informada sobre el avance de Iota. Los expertos afirmaron que octubre fue altamente lluvioso con récord en cinco lugares de la provincia de Chiriquí, particularmente en Tierras Altas, zona rural montañosa con extensas áreas de cultivo, donde la saturación de los suelos incrementa el riesgo de inundaciones y deslizamientos de tierra. El Centro Nacional de Huracanes (NHC) de Estados Unidos, por cuyos avisos se guía el servicio hidrológico oficial panameño, predijo este domingo que Iota se convertirá rápidamente en un ‘gran huracán’, con ‘vientos potencialmente catastróficos’, marejadas y lluvias extremas en América Central.
El nuevo comandante interino de la Policía Boliviana, coronel Jhonny Aguilera, recibe el afecto de la ciudadanía que asistió ayer al acto de posesión de la autoridad en instalaciones de La Casa Grande del Pueblo.
Foto: Diego Valero
FOTO DEL DÍA
Un escenario de total destrucción muestran en Panamá las zonas siniestradas por el anterior evento climático como consecuencia del ciclón Eta, donde yacen restos de viviendas totalmente arrasadas y otras con daños irreparables, mientras carreteras y caminos están bloqueados por precipicios. Incluso en lugares montañosos aparecieron largas grietas en la tierra y en un área de la occidental Comarca Ngabe Buglé las zanjas se desplomaron y crearon una suerte de cráter por el hundimiento de las capas, que obligó a la inmediata evacuación de familias de un pequeño caserío cercano hasta donde podrían llegar los derrumbes. El drama humano impacta particularmente, en principio por los 19 fallecidos y 12 desaparecidos, cuya posibilidad de sobrevivencia se aleja cada vez más; pero también por los miles de personas que lograron salvar su vida y perdieron todo lo material e incluso hasta sus medios de subsistencia en muchos casos. Tierras Altas es el granero del país, donde la fertilidad del suelo de origen volcánico, la altura y el clima favorecen todo el año cultivos como papa, hortalizas y otros. Pero también la capa vegetal y otras más profundas son susceptibles a la erosión de las aguas. Los daños a las plantaciones por inundaciones y las interrupciones parciales de las cadenas de suministros por la destrucción de caminos y carreteras no parecen de momento que pudieran generar un desabastecimiento, aunque algunos productores advirtieron que pérdidas de siembras y semilleros tendrían consecuencias en el venidero 2021. Ante este panorama, pobladores y autoridades sienten el temor a que el nuevo embate de la naturaleza cambie totalmente la geografía, comunicaciones terrestres, costumbres y hábitat de estas zonas rurales del occidente panameño, donde muchas comunidades tendrán que reubicarse. Algunos que pudieron acercarse a sus hogares semidestruidos se aferran a mantenerse en el terruño, o al menos volver a crear los medios de subsistencia arrancados por las fuertes corrientes o sepultados por grandes deslaves. Las autoridades, en cambio, lanzan alertas y advertencias, mientras se defienden de las múltiples críticas de especialistas y actores de la sociedad por la supuesta falta de previsión en el evento que comenzó a principios de noviembre y niegan, o al menos no reconocen, responsabilidad en que fuera posible adelantarse a lo ocurrido.
martes 17 de noviembre de 2020
Tweet Francisco Vargas Camacho @cineintercultur Vocal del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia Se rechaza cualquier acción violenta contra mujeres asambleístas y se exhorta a que el clima de tranquilidad que caracterizó el proceso electoral se mantenga en la etapa de conformación de brigadas, comisiones y elección de directivas de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
BOLIVIA DATA
Queremos una Policía institucionalizada, no podemos nunca más tener policías que quemen los símbolos patrios, que asuman acciones para ir en contra de un gobierno democrático y legalmente constituido”
1.284 millones
de bolivianos adjudicó de forma irregular la AEVivienda a una sola empresa para una obra habitacional en Santa Cruz, monto que representa el 90% de su presupuesto.
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SUBEDITORIAL
FRASE DEL DÍA
Luis Arce Catacora Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia
EDITORIAL
Recuperar la confianza del pueblo
E
l presidente Luis Arce renovó todo el Alto Mando castrense y señaló que las Fuerzas Armadas tienen la tarea de recuperar la confianza del pueblo, a tiempo de citar como ejemplo a exgobernantes militares nacionalistas. El Mandatario no dio más precisiones, pero aparentemente se refería a la participación de los militares en el golpe contra el gobierno de su antecesor, Evo Morales, y en la represión de las protestas golpistas. En una ceremonia realizada en La Casa Grande del Pueblo, tomó juramento al nuevo comandante en Jefe Accidental de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia, general Jaime Zabala, y su jefe de Estado Mayor, general Miguel Contreras. Arce llamó a las Fuerzas Armadas a estar cohesionadas con el pueblo, trabajar para lograr la unidad de los bolivianos, defender la democracia, la paz social y garantizar la estabilidad del Gobierno, elegido por la voluntad soberana del pueblo. Destacó que los uniformados, en una coyuntura política compleja y atípica, coadyuvaron al retorno de la democracia y del estado de derecho y “viabilizaron la transición y posesión de nuestro Gobierno”. En días previos al inicio del nuevo gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS), elementos de extrema derecha pidieron abiertamente que los militares den un golpe para impedirlo, lo que no tuvo acogida. Arce citó como ejemplo para los jefes militares a los exgobernantes militares David Toro (1934-1937), quien nacionalizó a la petrolera transnacional Standar Oil y fundó la empresa estatal de hidrocarburos, Germán Bush y Gualberto Villarroel. (Prensa Latina)
EDITORIAL
Jueces y justicia
¿
Se debe reformar la justicia? Esta es una pregunta que tiene una respuesta unánime, pues el asunto no tiene que ver con el posicionamiento político. La administración de justicia va de la mano de los valores ciudadanos y democráticos más profundos. La justicia es garantía de la paz social y esa es una de las premisas del presidente Luis Arce. El ministro de Justicia, Iván Lima, ha tomado la responsabilidad de promover la normativa necesaria para que el Órgano Judicial active una reforma que es urgente. Ante este desafío, Lima tiene una gran ventaja. El ministro es juez y no solo por haber ejercido esa responsabilidad; Lima es juez de vocación, una condición que está demostrada en la cantidad de reformas que promovió con anterioridad desde distintos espacios de responsabilidad.
EDITORES Política: Karem Mendoza Gutierrez Eliana Uchani Alaca Economía: Franz Acarapi Sullca Seguridad: Roberto Medina Buezo Sociedad: Angela Marquez Aguilar País: Veiska Soto Morales WEB Juan Pablo Garcia Montero Ghilka Sanabria Pradel
La importancia del juez es clave. Es un servidor que no debe sufrir presión alguna y sus decisiones deben estar apegadas a la ley y a los intereses de la sociedad. “Que los jueces estén tranquilos, que su independencia está protegida, que no habrá más llamadas, tuits o interferencias del Órgano Ejecutivo hacia el trabajo del Poder Judicial”, afirmó el nuevo ministro durante este fin de semana. Ahora bien. El camino es largo pues se trata de promover la institucionalización del Órgano Judicial. El juez debe estar formado para serlo y su cargo debe depender de una carrera profesional vinculada con la experiencia, pero también con la constante actualización que, en el ámbito del derecho, es la jurisprudencia nacional y la que generan tribunales multilaterales de derechos humanos. Asimismo, asegura Lima, el juez debe ser evaluado de manera cons-
tante. Su labor se medirá por sus decisiones ligadas a la justicia, independientemente de la condición social de patrocinantes, litigantes o denunciados. Es tiempo de borrar la frase que “la justicia es para ricos”, pues esta debe llegar a todos, sin distinción ni discriminación. Lima debe ser uno de los profesionales vinculados con la justicia que más ha reclamado por la formación de los jueces. La escuela de jueces y los institutos de formación especializados deben constituirse en pilares del nuevo tejido institucional de la justicia. No se puede ser juez de manera improvisada; hay que cuidar a los jueces. La calidad de la democracia está relacionada con los jueces y estos con la sociedad. Su constante formación y nombramientos institucionalizados alejados de los variopintos intereses del poder —sean estos políticos, econó-
CORRECCIÓN Rodrigo Villegas Rodríguez FOTOGRAFÍA Diego Valero Laura Carlos Barrios Guerra
Maria Loza Choque Cel. 72087362 - Telf: 2902587 Int. 122 ATENCIÓN AL CLIENTE Y CLASIFICADOS Elizabeth Hurtado Herrera Cel. 70596077
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La Paz-Bolivia Calle Potosí, esquina Ayacucho NO 1220 Zona Central, La Paz Telfs.: 2902587
micos y sociales— se constituyen en una política pública que se comenzó a construir. “La justicia debe ser imparcial e independiente, por ningún motivo los órganos estatales ni persona natural ni jurídica interferirán en la sustanciación de un proceso concreto. Ese es el principio que debe regir el accionar de este Gobierno y es la línea de pensamiento que tiene el Ejecutivo”, afirmó el pasado domingo el ministro Lima. Jueces y justicia. La resolución de esta ecuación está en manos de los propios operadores del Poder Judicial, que tendrán el respaldo del Gobierno para coordinar y transformarse. La persecución judicial ya no puede ser un instrumento de persecución penal. Las prisiones en Bolivia están atiborradas de presos preventivos. No se hace justicia cuando alguien va a prisión preventivamente.
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martes 17 de noviembre de 2020
Seguridad
Nuevo Alto Mando Militar asume reto de devolver la institucionalidad a las FFAA La institución castrense fortalecerá la unidad, estabilidad nacional, interés colectivo y la integración de los bolivianos; dejando de lado el odio y la intolerancia, en favor de la patria.
Carlos Barrios
En alusión a las palabras del presidente Luis Arce cuando fue posesionado, dijo: “Reactivar lo que estuvo mal y profundizar lo que estuvo bien”. El general Zabala demandó que esta iniciativa sea aplicada a las relaciones con las FFAA para mantener la jerarquía, disciplina, unidad y estabilidad nacional; el interés colectivo y la integración, dejando de lado el odio y la intolerancia, que la patria necesita. Aún está pendiente posibilitar que todas las capacidades militares serán empleadas para ejecutar proyectos y programas de desarrollo en lo científico, tecnológico, económico e industrial.
las nuevas autoridades Las nuevas autoridades castrenses.
La labor militar ó Arce ponderó la labor
militar para el retorno a la democracia y al estado de derecho, viabilizando la transición y la posesión del nuevo Gobierno.
ó La institución militar formó
parte, junto al pueblo, del reencausamiento a la democracia, como dice la Constitución.
en situaciones de emergencia y desastres; así como la lucha contra el comercio ilegal y el crimen organizado.
compromiso castrense El general de Brigada Jaime Alberto Zabala Saldías, comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, a nombre de su Alto Mando, comprometió el trabajo para lograr el desarrollo y reforma institucional de la se-
guridad y defensa del Estado, la interoperabilidad para la lucha contra el contrabando, narcotráfico y seguridad de las fronteras, entre otras tareas. A fin de lograr el éxito trazado, solicitó, además, que el efectivo militar sea incrementado progresivamente para las nuevas tareas, y remarcó la importancia de trabajar a fin de recuperar la institucionalidad e incrementar la capacidad operativa.
Junto a la autoridad castrense fueron posesionados el general de Brigada, Miguel Ángel Contreras, como jefe de Estado Mayor; general de Brigada Genaro Ramos Espinoza, comandante general del Ejército; general de Brigada César Moisés Vallejos, comandante general de la Fuerza Aérea Boliviana; y el contra Almirante, Javier Torrico Vega, comandante general de la Armada Boliviana. Las nuevas autoridades castrenses aseguraron que iniciarán sus labores de inmediato.
ó en ningún punto migratorio hay reportes de que el uniformado y su esposa hayan dejado el país
Redacción central / bolivia
Migración no tiene registro de posible salida de Rojas
Archivo
La Dirección General de Migración (Digemig) no tiene reportada hasta la fecha una salida del país del coronel de la Policía Iván Rojas ni de su esposa, Carla Rocío de la Torre Campuzano, ambos investigados por legitimación de ganancias ilícitas. “Hay una alerta migratoria a fin de que no puedan salir y por ahora no se ha reportado ninguna salida de ellos por un puesto fronterizo”, aseguró el fiscal Alexis Vilela. El Ministerio Público ya presentó la imputación contra los esposos y se espera el señalamiento de su audiencia cautelar,
militares es recuperar la confianza de la ciudadanía en las labores que realizan.
ó fue posesionado ayer en la casa grande del pueblo
Redacción central / bolivia
Ayer fue posesionado el nuevo Alto Mando Militar y sus autoridades asumieron el reto de trabajar para devolverle a las Fuerzas Armadas la institucionalidad, y el desafío para que los bolivianos vuelvan a confiar en la institución castrense. En el acto desarrollado en La Casa Grande del Pueblo, el presidente Luis Arce les pidió a los comandantes, “con mucho respeto y compromiso”, que de manera cohesionada con el pueblo y todas las instancias del Gobierno trabajen para lograr la unidad de todos los bolivianos. “Trabajemos para defender la democracia, la paz social, así como garantizar la estabilidad de nuestro Gobierno elegido por voluntad soberana del pueblo, en el marco de la Constitución Política del Estado”, dijo. El Mandatario remarcó que entre las principales tareas que deberán encarar está la contribución para salir adelante y superar a la brevedad las enormes dificultades como la crisis económica, sanitaria y educativa. “Hoy tenemos el gran desafío de que el pueblo boliviano vuelva a confiar en las Fuerzas Armadas, que respetarán los procesos democráticos; queda, por lo tanto, mucha tarea por realizar, pero estamos seguros que trabajando juntos vamos a lograr el objetivo y avanzaremos hacia adelante para salir de las crisis y devolverle al pueblo boliviano esa esperanza que ha cifrado ahora, no solamente en nuestro Gobierno, sino también ahora transmitimos la misma necesidad a las FFAA”, apuntó. Arce también pidió trabajar con eficiencia en el área de Defensa Civil, como brazo social y operativo para la atención
ó Uno de los grandes retos que tienen los
Iván Rojas, exdirector nacional de la fuerza anticrimen.
en la que deberán declarar la obtención de todos los recursos económicos que poseen. Según la denuncia de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), Rojas y su esposa realizaron movimientos económicos inusuales porque hubo un “sospechoso” crecimiento progresivo de su patrimonio no acorde con sus actividades laborales. Se habla de un patrimonio de más de 6 millones de bolivianos;
sin embargo, las actividades y empresas del matrimonio no generan esa cantidad de dinero. “Los informes de la UIF han sido contrastados con la documentación requerida sobre las cuentas bancarias de ambos y los bienes registrados en Derechos Reales y Tránsito, entonces vemos que no coincide la información que nos aportan en sus declaraciones con los elementos sobre bienes y patrimonios”, dijo.
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martes 17 de noviembre de 2020
seguridad
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ó en calidad de sindicado por el caso ypfb
Fiscalía citará a exministro Zamora para que declare El extitular de Hidrocarburos estaría involucrado en la adquisición de bienes y servicios que hizo YPFB durante la cuarentena por el coronavirus.
El jurista fue aprehendido en la ciudad de Santa Cruz.
ó continuará con detención domiciliaria
Tribunal de Sentencia niega tutela en favor de Jorge Valda Redacción central / bolivia
A la conclusión de la audiencia de acción de libertad, realizada ayer por la mañana, el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Cruz negó la tutela al abogado Jorge Valda, por lo que el asesor legal del Comité Cívico Pro Santa Cruz tendrá que cumplir con su detención domiciliaria, cancelar una fianza de Bs 100 mil y presentarse una vez a la semana en la Fiscalía. “Valda se estrelló contra el fiscal aduciendo vulneración de derechos, que se le habría privado de su libertad, que sufría una persecución ilegal y que su procesamiento era indebido, pero todos estos aspectos han sido dilucidados y el Ministerio Público demostró que su accionar estaba enmarcado con base en principios constitucionales y legales”, afirmó el fiscal César Choquehuanca. El jurista es investigado por el delito de legitimación de
ganancias ilícitas puesto que, según datos de la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF), cursada hasta 2017, se determinan movimientos financieros sospechosos que no están acordes a su trabajo. “Son varias las propiedades que tiene a su nombre, se investiga ingresos, egresos, cheques, compras y otros aspectos de fuertes movimientos económicos, pero ninguno tiene justificativos, por lo tanto, hay varios elementos para procesarlos”, remarcó el fiscal. El Ministerio Público también ha fundamentado riesgos procesales de fuga y obstaculización a la investigación, por lo que se dispuso su arraigo. Valda reiteró que su detención es política, por lo que los cívicos cruceños denuncian que el Gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) inició una persecución judicial contra quienes defienden la democracia y el estado de derecho.
aprehenden a mayor de la policía El fin de semana fue aprehendido un mayor de la Policía acusado de los delitos de feminicidio e infanticidio en grado de tentativa. El coronel Juan Carlos Alarcón, director nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV), informó que el uniformado fue denunciado en oficinas policiales de Cotahuma luego de una intervención en un caso de violencia familiar. “El agresor amenazó con su arma de fuego a su esposa y a sus dos hijos, por lo que se investiga las circunstancias en las que se produjo ese hecho, que por fortuna fue controlado a tiempo sin que
hay víctimas fatales”, detalló la autoridad policial. Según declaró la esposa, el uniformado llegó a su casa en estado de ebriedad y empezó a discutir y a agredirla verbalmente, al igual que a sus hijos. En un momento de ofuscación, sacó su arma reglamentaria y les dijo que los mataría a los tres y que luego se quitaría la vida. A la fecha, ya suman 47 los infanticidios a nivel nacional, con mayor incidencia en el departamento de La Paz (15), mientras que, en el caso de los feminicidios, son 102, 40 de ellos también se cometieron en dicha región.
En el marco de las investigaciones por las adjudicaciones directas de bienes y servicios realizadas por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) durante la emergencia por el coronavirus, el Ministerio Público citará en calidad de sindicado al exministro de Hidrocarburos Víctor Hugo Zamora por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes. “Corresponde citarlo a la ciudad de La Paz para que se presente y asuma defensa, entonces veremos la fecha exacta para que venga. También se analizará la alerta migratoria con base en los antecedentes y el informe del investigador”, manifestó el fiscal Alexis Vilela. De igual manera, se citará a otras seis personas involucradas con esos hechos, puesto que tendrían relación con las adjudicaciones que se realizaron. El Ministerio Público amplió las investigaciones contra Zamora por los dos delitos ya que, en los antecedentes que están registrados en el cuaderno de investigaciones, hay declaraciones de varios testigos que aseguran que el extitular de Hidrocarburos habría tenido reuniones con funcionarios de YPFB vinculados en la contratación de bienes y servicios de la estatal petrolera durante la etapa de la cuarentena.
Ministerio de Hidrocarburos
Opinión
Redacción central / bolivia
La exautoridad en conferencia de prensa.
Otros datos ó El 5 de mayo, mediante la
Unidad de Transparencia de YPFB, se instruyó tres investigaciones por presuntos hechos de corrupción de funcionarios del área de seguros.
ó El 12 de noviembre hubo
inspecciones en la petrolera.
acusaciones De acuerdo a declaraciones de los seis funcionarios involucrados en la elaboración de la Resolución Administrativa 78/2020, se coordinó con el Ministerio de Hidrocarburos la redacción del documento que permitió realizar contrataciones directas de bienes y servicios durante la emergencia sanitaria.
Fiscales se capacitan en actuaciones procesales Redacción central / bolivia
La Escuela de Fiscales del Estado, en coordinación con la Dirección de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación, desarrolló el Programa Nacional de Capacitación denominado “Actuaciones Procesales, Investigativas y Estratégicas en el Ejercicio de la Titularidad en la Acción Penal Pública” modalidad virtual, que benefició a 530 fiscales de Materia de capital y provincia a nivel nacional. “La capacitación cualificó a fiscales de Materia sobre la titularidad que ejerce el Ministerio Público en la acción penal pública, es decir la investigación
que es ejercida de forma exclusiva, absoluta y de oficio por el Ministerio Público en la persecución de un delito, asumiendo el Estado, a través de la Fiscalía, el rol de defensa de la sociedad en casos de feminicidio, infanticidio, abusos sexuales, narcotráfico, corrupción, entre otros ilícitos”, dijo el director de Gestión Fiscal, Supervisión y Evaluación, Roberto Almendras. Los fiscales se capacitaron en el empleo de técnicas, herramientas e instrumentos enfocados al perfeccionamiento de habilidades, con un enfoque estratégico en la dirección funcional de la investigación
para que desempeñen sus funciones en las diferentes etapas del proceso penal de manera idónea y eficiente. El director de la Escuela de Fiscales del Estado, Eduardo Serrano, explicó que el proceso de capacitación se desarrolló durante 23 días a través de sesiones virtuales en vivo por la plataforma Zoom y contó con las ponencias de profesionales de amplia experiencia. Los participantes destacaron la inducción recibida puesto que las nuevas herramientas les permitirán realizar sus funciones en mejores condiciones para beneficio de las víctimas.
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martes 17 de noviembre de 2020
Política
ó Las organizaciones políticas deben entregar
las listas de candidatos desde el 10 de noviembre hasta el 5 de diciembre.
ó el órgano electoral continúa con la lógica de austeridad para desarrollar los procesos electorales
Presupuesto para subnacionales será menor a Bs 200 millones El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aún no tomó una determinación sobre la implementación del sistema de Difusión de Resultados Preliminares (Direpre) o un programa alterno para el conteo rápido de actas electorales. En las próximas semanas asumirán una postura. Las elecciones subnacionales, previstas para el 7 de marzo de 2021, costarán menos de Bs 200 millones al Estado. El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Salvador Romero, manifestó que estos recursos son inferiores a los que se usaron en las elecciones generales del 18 de octubre, en las que se gastaron Bs 215 millones. La autoridad electoral explicó que, si bien este proceso electoral es más complejo y requiere la impresión de una mayor cantidad de papeletas y otro tipo de material electoral, estará enmarcado en la lógica de austeridad. Además, afirmó que seguirán recibiendo la cooperación de países vecinos. “Vamos a presentar un presupuesto inferior al de la elección de 2020, será un presupuesto por debajo de los 200 millones de bolivianos. Hay que recordar que en la elección del 18 de octubre se ejecutó con una lógica de austeridad y al final el presupuesto fue de 215 millones”, precisó Romero. Las elecciones subnacionales de 2015 tuvieron un costo aproximado de Bs 140 millones, el presupuesto inicial era de Bs 177 millones, pero el gobierno de aquel entonces consideró que era un monto exagerado e injustificado. En las elecciones del 7 de marzo se elegirán a nueve gobernadores y asambleístas departamentales, 337 alcaldes, además de otros cinco con normas de pueblos indígenas, y más de 2.000 concejales en todo el territorio nacional. En ese contexto, el vocal del TSE, Francisco Vargas, explicó que la elección de gobernadores es similar en todo el país, pero existe una particularidad en Santa Cruz, Tarija y Pando, que cuentan con un estatuto autonómico, donde se elegirán subgobernadores. Mientras que en Beni se añadirá la elección de corregidores.
Foto: TSE
eliana uchani alaca
Los vocales del TSE y de los tribunales departamentales, tras concluir el encuentro de evaluación de las elecciones del 18 de octubre.
presupuesto El presidente del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Cochabamba, Humberto Valenzuela, informó que requerirán un presupuesto aproximado de Bs 23 millones para organizar y administrar las elecciones. Valenzuela explicó que el incremento del presupuesto, entre otros detalles, se debe al pago de la impresión de las papeletas de sufragio, que correrán por cuenta de cada TED.
Mientras que el presidente del TED de Oruro, Iver Pereira, adelantó que esa institución aprobó un presupuesto de Bs 7.758.546 para los gastos de las elecciones subnacionales en esa región. La autoridad indicó que el dinero estará destinado para el pago de la impresión de la papeleta electoral, la contratación de transporte para la logística, contratación de notarios electorales, capacitadores y otro tipo
Otras fechas ó Hasta el 5 de diciembre
el TSE debe entregar la resolución para reconocer a las nuevas agrupaciones políticas.
ó La difusión de propaganda
electoral en actos públicos de campaña será desde el 7 de diciembre hasta el 3 de marzo de 2021.
ó El 9 de diciembre los
nuevos partidos y alianzas deben entregar sus estados financieros. ó El 18 de diciembre deben
entregar los planes de gobierno a los tribunales departamentales.
ó Del 19 al 23 de diciembre
se iniciará la revisión de los requisitos de los candidatos.
de actividades propias del proceso electoral.
conteo rápido Por otra parte, Romero manifestó que se recibieron diversas opiniones sobre la aplicación o no del mecanismo de Difusión de Resultados Preliminares (Direpre) en la votación del 7 de marzo, por lo que aún queda pendiente asumir una determinación al respecto. El informe de la Misión de Observadores Electorales de la Organización de Estados Americanos (OEA) develó que el Direpre fue descartado debido a que los notarios electorales no contaban con tecnología adecuada en sus teléfonos celulares para transmitir información el día de las elecciones. Además, la jornada del simulacro hubo ausentismo de los notarios. En ese contexto, la misión recomendó al ente electoral garantizar la implementación de un sistema de resultados preli-
minares que permita al electorado y a los partidos conocer la tendencia de la votación la misma noche de los comicios Además, planteó incorporar la herramienta de conteo rápido en la legislación electoral, con el objeto de recortar los márgenes de discrecionalidad en su aplicación.
calendario El Órgano Electoral publicó el calendario electoral que contiene 88 actividades, que incluye una posible segunda vuelta en la elección de gobernadores. Del 3 al 17 de diciembre se realizará el empadronamiento masivo para nuevos votantes y para quienes hayan cambiado de domicilio. La segunda actividad es desde el 10 de noviembre hasta el 5 de diciembre, con el registro de las alianzas políticas. Mientras que el 18 y 19 de diciembre las organizaciones y agrupaciones políticas deben entregar las listas de los candidatos.
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martes 17 de noviembre de 2020
política
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ó EL JEFE DE ESTADO CONTINÚA IMPARTIENDO CLASES A ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS
Cinco tareas marcaron la primera semana de mandato de Luis Arce El viceministro de Coordinación Gubernamental, Freddy Bobaryn, informó que hasta el momento no recibieron ninguna información por parte de la anterior administración gubernamental sobre el estado del Ministerio de la Presidencia. La aprobación del Bono Contra el Hambre, restablecer relaciones diplomáticas con dos países, posesión del Gabinete, cambio del Alto Mando Militar y Policial, además de instruir una evaluación técnica sobre la situación de los 17 ministerios, son las acciones que marcaron la primera semana de mandato del presidente Luis Arce. A cuatro días de asumir la dirección del país, el Jefe de Estado promulgó la Ley 1345 y 1346 que permiten el financiamiento y pago del Bono Contra el Hambre de Bs 1.000 en diciembre. Con esa primera tarea busca mostrar su eficiencia y trabajo para enfrentar la crisis dejada por la pandemia del coronavirus. “El Bono Contra el Hambre busca reforzar, busca iniciar la reconstrucción de la demanda interna en el país. Esta demanda interna es el primer elemento que va a generar ese crecimiento económico que todos los bolivianos estamos esperando”, afirmó Arce en esa ocasión. En ese contexto, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Andrés Flores consideró que la aprobación del pago de ese beneficio ayudará a las familias que se vieron afectadas por la pandemia. Señaló que esa fue la tarea más importante que encaró el Mandatario. “Ese fue el primer compromiso que cumplió nuestro hermano Presidente, hizo la propuesta cuando era candidato y ahora se está realizando. El pago será en diciembre y eso ayudará a la gente que más lo necesita”, dijo el legislador.
gabinete Un día después de que asumió el mando, Arce posesionó a su gabinete de ministros, marcado por la presencia de profesionales y algunos de sus colaboradores en el Ministerio de Economía. El analista político Carlos Cordero señaló que eso muestra que se rodea con técnicos para enfrentar la crisis que atraviesa el país.
Foto: APG
eliana uchani alaca
Acto de posesión del presidente Luis Arce y el vicepresidente David Choquehuanca.
relaciones bilaterales Tres días después de su asunción como jefe de Estado, Arce restableció formalmente relaciones diplomáticas con la República Islámica de Irán y con Venezuela, al recibir las cartas credenciales de sus embajadores Morteza Tafres-
“quiero pedirle a las Fuerzas Armadas que trabajemos para defender la democracia Luis Arce Catacora Presidente del Estado
hi y Alexander Gabriel Yáñez, respectivamente.
FFAA Y POLICÍA Este lunes, el Mandatario cambió al Alto Mando de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana: en horas de la mañana, posesionó a Jaime Zabala Saldías como el nuevo Comandante de la institución castrense. Pidió a los uniformados estar cohesionados con el pueblo, trabajar para lograr la unidad de todos los bolivianos, defender la democracia, la paz social y garantizar la estabilidad del Gobierno, elegido por la voluntad soberana. Mientras que en la noche posesionó al coronel Jhonny Aguilera Montecinos como comandante general interino de la Policía Boliviana. La máxima autoridad ejecutiva solicitó institucionalizar la Policía, “que no sea objeto de persecuciones políticas y que recupere la confianza de la población”.
EVALUACIÓN El viceministro de Coordinación Gubernamental, Freddy Bobaryn, informó que hasta el
momento no recibieron ninguna información por parte de la anterior administración gubernamental sobre el estado del Ministerio de la Presidencia. “Hemos preparado un banco de preguntas, que hemos trabajado con anterioridad, y esa batería de preguntas la entregamos a las exautoridades, ellos se comprometieron a hacernos llegar esa información. Lamentablemente hasta hoy no nos ha sido relevada ninguna información”, dijo Bobaryn a Unitel. El exviceministro Israel Alanoca señaló que se entregó la información que la comisión de transición requirió en su mo-
Otras características ó El Primer Mandatario
mandó a confeccionar una banda presidencial para su posesión, que mantiene todos los símbolos.
ó Arce decidió continuar dan-
do clases en la universidad.
ó El Mandatario anunció que
restituirá el Ministerio de Culturas.
mento, cada uno de los ministerios se encargó de realizar un informe ejecutivo, además de los datos adicionales que solicitaron. El ministro de Justicia, Iván Lima, indicó que la situación de esa institución es deplorable. No brindó más detalles al respecto, pero anunció que en los próximos días dará un informe pormenorizado. Tras la posesión del nuevo gabinete, Arce encomendó a los ministros que realicen una evaluación de sus carteras para determinar la situación en la que dejó el anterior gobierno, ya que el informe de la Comisión de Transición identificó al menos cinco irregularidades. La Comisión de Transición, en un informe preliminar, señaló que se identificaron cinco irregularidades: robo de documentos del Ministerio de Salud, interrupción de la entrega del subsidio de lactancia, titulación irregular de tierras en favor de la familia Marinkovic, un pago millonario irregular hecho por el Viceministerio de Vivienda y la falta de asignación de recursos para la subvención del diésel.
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política
ó LOS FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS SOLICITARON UNA AUDIENCIA CON LA COMITIVA DE INVESTIGADORES
KAREM MENDOZA GUTIÉRREZ
RECOMENDACIONES DEL INFORME El informe de la CIDH puede dividirse en al menos tres bloques. El primero relacionado con el acceso a la justicia, que contempla la identificación a los autores intelectuales, materiales y cómplices de las vulneraciones a los derechos humanos.
APDH de El Alto espera que CIDH ratifique informe sobre masacres El documento preliminar realizado por la Comisión Interamericana califica los conflictos postelectorales de Sacaba y Senkata como “masacres” y emite 16 recomendaciones. “EN CASO DE QUE SE RATIFIQUE EL INFORME, EL MINISTERIO PÚBLICO DEBERÁ INICIAR LOS JUICIOS PENALES CONTRA LOS EXMINISTROS QUE FIRMARON EL ds 4078
APG
Luego de confirmarse la llegada de una comitiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que investigará los conflictos postelectorales de Sacaba y Senkata, ocurridas en noviembre de 2019, la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (APDH) de El Alto espera que los especialistas ratifiquen el informe preliminar de 16 recomendaciones que calificó de “masacres” a las represiones en ambas localidades. “Lo que más nos interesa del grupo especial es la confirmación y ratificación de los 16 puntos. Eso a nosotros nos ayuda para que a futuro no se repita lo mismo con otros gobiernos y dejar antecedentes. Eso es lo que más quieren las personas afectadas, además de justicia”, afirmó el representante de la APDH, David Inca, al periódico Bolivia. El informe preliminar de la CIDH del 10 de diciembre de 2019 —según Inca— da las bases de trabajo que realizarán los expertos de investigación. En caso de que los especialistas ratifiquen el informe preliminar, el Ministerio Público deberá iniciar los juicios penales contra los exministros de Estado que firmaron el Decreto Supremo 4078, que eximía a los militares de cualquier responsabilidad penal, además de los comandantes del Ejército y la Policía. Respecto a la expresidenta transitoria Jeanine Añez, se requiere de los dos tercios de la Asamblea Legislativa para dar curso al juicio de responsabilidades. La Asociación de Víctimas de Senkata y la APDH harán seguimiento al tema.
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martes 17 de noviembre de 2020
Los familiares de las víctimas de Senkata, El Alto, en una protesta en la que exigen justicia por los fallecidos.
El segundo aspecto del documento se refiere a la identificación de los heridos, la atención médica y determinación del grado de dolencia y tratamiento. “Ese informe tendría que haberlo realizado el Ministerio de Salud, pero no lo hizo. Cabe averiguar cuántas personas heridas hay”, explicó Inca.
23 de noviembre Una comitiva de cinco expertos de la CIDH llegará al país para investigar los conflictos de Senkata y Sacaba.
El último punto está relacionado con los delitos que se cometieron contra terceras personas, por ejemplo, la quema de casas particulares, entidades gubernamentales como los Tribunales Departamentales Electorales (TED) y atentados a los bienes de periodistas.
REUNIÓN EN SENKATA El grupo de expertos de la CIDH, especializados en psicología forense, balística y criminología, llegará al país el 23 de noviembre y previamente alistará un cronograma de
actividades con la Cancillería del Estado. La Asamblea Permanente de Derechos Humanos del El Alto solicitó que una de las audiencias se efectúe en Senkata, en la iglesia San Francisco de Asís, para conversar con los abogados de los fallecidos, heridos y detenidos en los conflictos. El representante de la APDH adelantó que realizarán un trabajo de coordinación al igual que lo hicieron con el exsecretario ejecutivo de la Comisión, Paulo Abrão, cuando visitó territorio nacional en diciembre de 2019.
David Inca Representante de la APDH de El Alto
Apuntes ó El informe de la CIDH tiene
16 recomendaciones y califica las represiones en Senkata y Sacaba de masacres.
ó El equipo de cinco expertos
del organismo internacional llegará al país para iniciar las investigaciones correspondientes.
ó Los familiares de las vícti-
mas y la APDH de El Alto solicitaron una reunión con los especialistas.
ó En caso de que se ratifique el
informe, iniciarán los juicios.
APG
Inca: Confiamos en el trabajo de la Comisión
La Asociación de Víctimas, Fallecidos y Heridos de la Masacre de Senkata.
El representante de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos (APDH) de El Alto, David Inca, aseguró que tanto la institución a su cargo como la Asociación de Víctimas de Senkata confían en el trabajo realizado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y respaldan a la comitiva de expertos que llegará al país para investigar las masacres ocurridas en 2019.
“Nosotros confiamos en el informe de la CIDH y también en el trabajo que hará el grupo de investigación especial. Haremos un seguimiento de fiscalización. Como víctimas tenemos esa facilidad de pedir informes y también de solicitar ciertas investigaciones pendientes”, afirmó Inca al periódico Bolivia. El representante afirmó que el documento con las 16 recomendaciones preliminares está “completo” y reprochó que
el gobierno transitorio lo apuntara como “sesgado”. Aclaró que el organismo internacional también emitió informes sobre las muertes en Montero, Oruro, Potosí, además de las emboscadas y ataques a periodistas. Las autoridades del gobierno transitorio en varias oportunidades denunciaron un doble estándar o trato diferenciado de la CIDH con el tratamiento de casos de agresión.
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Gobierno reactivará trabajo con el Legislativo para priorizar leyes En el marco de sus competencias, el Viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental tiene prevista una reunión con los presidentes de las cámaras de Senadores y Diputados. Apuntes ó El viceministro Freddy
Bobaryn organiza una agenda de reuniones con las brigadas parlamentarias del Legislativo para coordinar el tratamiento de leyes beneficiosas para el país.
ó En el gobierno de Añez,
al menos tres normas fueron enviadas al Tribunal Constitucional Plurinacional y retrasaron su promulgación.
ó Las normas promulgadas
por la expresidenta del Senado Eva Copa no se publicaron en la Gaceta Oficial.
ó Los ministros de Estado Senado
ultiman detalles de los informes de diagnóstico de las entidades para presentarlos al presidente Luis Arce.
Una de las sesiones de los parlamentarios del Senado, encabezado por el presidente Andrónico Rodríguez.
AUSTERIDAD Dentro de otras tareas iniciales para consolidar la transición, los ministros de Estado ultiman los detalles de los informes de diagnóstico del estado de situación administrativa y financiera de las instituciones públicas.
Asimismo, el Gobierno evalúa los ajustes al Presupuesto General del Estado (PGE) 2021, el que responderá a las necesidades y prioridades de cada cartera. Además, ratificó una reducción del gasto público y la revisión de la inversión para asegurar una distribución adecuada.
TRANSICIÓN CON RESPETO Sobre el cambio de personal en las instituciones del Estado, el viceministro Bobaryn afirmó que será precautelando los derechos laborales de los servidores públicos y respetando la institucionalidad en el marco de la normativa.
Llamó a los militantes del Movimiento Al Socialismo (MAS) y a las nuevas autoridades a asumir sus cargos según la legalidad, para dar las garantías constitucionales a los aún funcionarios. “No ganamos nada vulnerando derechos, se debe dar el trato de respeto de consideración”, aseveró.
ó eL gobierno EXPRESÓ SU PREOCUPACIÓN POR LA CRISIS POLÍTICA QUE ATRAVIESA EL VECINO PAÍS
K. M. G.
Bolivia llama a restablecer el diálogo y paz en Perú
EFE
El Gobierno de Bolivia expresó su preocupación por la crisis política que atraviesa Perú, abogando para que la democracia y los derechos humanos sean respetados y protegidos. Asimismo, llamó al restablecimiento del diálogo y la paz para encontrar “soluciones oportunas”, con el objetivo de resolver la situación actual. “El pueblo y el Gobierno de Bolivia alientan al restablecimiento del diálogo y la paz, para que, en este marco, se encuentren soluciones oportunas para resolver la crisis actual, sobre todo en este tiempo de adversidad y nuevos desafíos que tiene el pueblo peruano”, señala parte del comunicado institucional, emitido por la Cancillería del Estado. El pronunciamiento boliviano se emitió luego de que el Congreso peruano realizara una sesión para intentar elegir a un nuevo mandatario interino, tras la renuncia del presidente también transitorio,
política
ó DURANTE LA ANTERIOR GESTIÓN SE EVITARON PROMULGAR LEYES Y ALGUNAS NO SE PUBLICARON EN LA GACETA
KAREM MENDOZA GUTIÉRREZ
El Gobierno, a través del Viceministerio de Coordinación y Gestión Gubernamental, planea restablecer el trabajo con la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para privilegiar el tratamiento de normativas y leyes en beneficio de la población, encaminadas a solventar las necesidades del Estado. “Estamos viendo justamente la necesidad de reactivar el trabajo con las comisiones de las brigadas parlamentarias para priorizar algunas leyes que son urgentes para el país”, explicó el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Freddy Bobaryn. Asimismo, adelantó que desde su cartera prepara una agenda de trabajo y reuniones con los presidentes del Senado, Andrónico Rodríguez, y de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, para tratar temas de coordinación de poderes. Durante el gobierno de Jeanine Añez, al menos tres leyes fueron remitidas al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y retrasaron su promulgación. Al respecto, la entonces presidenta del Senado, Eva Copa, promulgó la ley de reducción del 50% de alquileres, la ley de atención en clínicas privadas y la de donación del plasma hiperinmune. Sin embargo, no fueron publicadas en la Gaceta Oficial. Bobaryn explicó que —en el marco de sus competencias— el Viceministerio de Gestión Gubernamental tiene el objetivo de coordinar con todos los Órganos del Estado, ya que se constituye en nexo con el Tribunal Supremo Electoral (TSE), Legislativo, Vicepresidencia y Entidades Territoriales Autónomas (ETA).
martes 17 de noviembre de 2020
Protestas en la capital peruana antes de la renuncia de Merino.
Manuel Merino, quien permaneció en el cargo solo seis días. La dimisión de Merino se debe a las protestas de ciudadanos en contra de la destitución de Martín Vizcarra, en diferentes regiones del vecino país, además de la muerte de dos ciudadanos, un centenar de heridos y varias denuncias de personas desaparecidas. Al respecto, la Fiscalía peruana abrió ayer una investigación preliminar contra el expresidente interino; el exprimer ministro, Ántero Flórez Aráoz; y el titular del Interior, Gastón Rodríguez Limo, por los presuntos delitos de abuso de autoridad y homicidio doloso en agravio. En ese sentido, la Cancillería ratificó que las relaciones en-
tre Bolivia y Perú son “sólidas” y comparten, entre otros, los principios democráticos, la defensa de los derechos humanos y el respeto a la vida. Por su parte, el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Antonio Guterres, está “profundamente perturbado” por la represión policial de manifestantes. Ayer el Congreso de Perú eligió a Francisco Sagasti como nuevo líder de la Mesa Directiva que dirigirá la instancia parlamentaria, por lo que se convierte automáticamente en el nuevo sucesor de Merino en la presidencia de ese país. La votación resultó con 97 votos a favor, 26 en contra y 0 abstenciones.
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martes 17 de noviembre de 2020
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 102000000032
Línea gratuita 800-10-5001
R-0011-01
MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102000000025
EDICTO
La Paz, 16 de noviembre de 2020
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas reglamentarias administrativas de carácter general a efectos de la aplicación de las normas tributarias. Que el Artículo 19 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente) crea el Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) estableciendo los conceptos que constituyen ingresos gravados a efectos del citado impuesto. Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 21531 de 27 de febrero de 1987, Reglamento del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) establece los procedimientos, plazos y formas para el pago del impuesto. Que la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020 reglamenta el uso del aplicativo MIS FACTURAS para sujetos pasivos del RC-IVA dependientes (F-110 V.4) y para Agentes de Retención, el envío de la Planilla Tributaria V.3 y presentación de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado RC-IVA Formulario 608 V.4. Que ante la necesidad de ampliar el periodo de socialización del aplicativo MIS FACTURAS y facilitar la presentación del F-110 V.4, es preciso habilitar el uso opcional del aplicativo FACILITO. Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio. POR TANTO: El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas, RESUELVE: Artículo 1. (Objeto).- Realizar modificaciones a las Disposiciones Transitorias de la RND Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, Reglamentación del aplicativo MIS FACTURAS y Planilla Tributaria. Artículo 2. (Modificaciones).- I. Se modifica la Disposición Transitoria Primera de la RND Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:
“Primera.- Los sujetos pasivos del RC-IVA dependientes, excepcionalmente podrán utilizar el F-110 V.3 para los periodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020 a través del aplicativo FACILITO para la presentación del detalle de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes, a su Agente de Retención, en tanto no cuenten con facturas por compras a contribuyentes del SIETE-RG y por compras de productos hechos en Bolivia sujetas al incentivo tributario a la Producción Nacional dispuestas en el Decreto Supremo N° 4298 de fecha 24 de julio de 2020, en cuyo caso deberán utilizar el aplicativo MIS FACTURAS (F-110 V.4) para el registro de todas sus facturas.” II. Se modifica la Disposición Transitoria Segunda de la RND Nº 102000000025 de 18 de septiembre de 2020, con el siguiente texto:
“Segunda.- Los Agentes de Retención que por efecto de la Disposición Transitoria Primera, recepcionen el F-110 V.3, deberán enviar al SIN a través de la opción “Envío de la Información RC-IVA” de la Oficina Virtual del Portal Web del Servicio de Impuestos Nacionales www.impuestos. gob.bo el archivo consolidado (con extensión .dec), utilizando el módulo Agente de Retención FACILITO y la Planilla Tributaria V.3., hasta la fecha de vencimiento del RC-IVA para el periodo diciembre de 2020, de acuerdo al último dígito del NIT.” DISPOSICIÓN ADICIONAL Única.- Se consideran válidos el envío o corrección de información de la Planilla Tributaria, realizados en el mes de septiembre de 2020 utilizando la Planilla Tributaria V.2 Regístrese, comuníquese y cúmplase.
El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza a la Sra. BERNARDINA LAMPA CHOQUE con C.I. Nº 5751616 OR., para que tome conocimiento de la ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000081 de fecha 09/06/2020 – DETALLE DE TRAMITES A FISCALIZAR, debiendo apersonarse dentro del plazo de 3 días calendario a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en Ciudad Satélite – El Alto, Av. Del Policía N° 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero, para la presentación de descargos previstos por norma.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000081 de fecha 09/06/2020. En aplicación del artículo 104º parágrafo I. de la Ley No.2492 y el Procedimiento Sancionatorio y de Determinación, aprobado mediante Resolución Administrativa No. RA-PE-01-029-16, la Aduana Nacional ha dispuesto la verificación del cumplimiento de la normativa legal aplicable y las formalidades aduaneras del Operador. I. INFORMACIÓN DEL OPERADOR Número del CI: 5751616, Nombre o Razón Social: BERNARDINA LAMPA CHOQUE, Dirección: RESD. LUPICUNA AVAROA, Nº S/N, ZONA CENTRAL ORURO, Actividad Principal: IMPORTADOR, II. TRIBUTOS A FISCALIZAR Gravamen Arancelario de las Importaciones (GA) Impuesto al Valor Agregado de la Importaciones (IVA), III. ALCANCE Y PERIODO DEL CONTROL DIFERIDO Trámite(s) detallados en Anexo adjunto correspondientes a la Gestión(es) 2017, IV. EQUIPO DE TRABAJO ASIGNADO No. Cargo del Funcionario - Nombres y Apellidos – C.I. 1 FISCALIZADOR-CONSULTOR OLIVA PALACIOS RAQUEL ANDREA 6197150 LP., 2 JEFE VACAFLOR TORRICO MARIO CARLOS 4806121 LP., V°B° Jefe DFO/DIA/UFR Gerencia Regional La Paz V°B° Mario C. Vacaflor Torrico A.N.B. Firma y Sello GERENTE Luis Rodrigo Avila Peñaloza - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -----------DETALLE DE TRÁMITES A FISCALIZAR Tramite 2017/211/C-42190 DUI de fecha 22/09/2017 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTOS de fecha 21 de Septiembre de 2020, ----------------------------------------------------------(…) procédase a su Notificación mediante Edictos con la ORDEN DE CONTROL DIFERIDO No. 2020CDGRL0000081 de fecha 09 de Junio de 2020, emitida por la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional. -----------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ---------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Erick Asthenio Miranda Roncal-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------EAMR
Lic. V. Mario Cazón Morales Presidente Ejecutivo a.i. Servicio de Impuestos Nacionales
RAGS/WYLV/wgchp HR.: UFILR2020-373
LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800 10 34 44
Línea gratuita 800-10-5001
EDICTO EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL ABG. ERICK ASTHENIO MIRANDA RONCAL EN MÉRITO AL ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO Nº. 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2004 NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN, DENTRO DE LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS A INSTANCIA DE ESTA GERENCIA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: -----------------------------------------------Nº
Nº DE PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA
SUJETO PASIVO
NIT / C.I.
ORIGEN DEL PIET
MONTO ADEUDADO EN BOLIVIANOS
MONTO ADEUDADO EN UFV’S
1
AN-GRLGR-SETPIET-227/2020 DE FECHA 09/06/2020
JHONY CALLIZAYA
57711417 LP
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA LAPLISPCC-RC-0444/2018 DE 26 DE MARZO DE 2019
1,869.-
796.-
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA AN-GRLPZ-LAPLISPCC/141/2015 DE 06 DE MARZO DE 2015
449,981.-
191,343.-
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ANGRLPZ-LAPLI-SPCC 028-2017 DE 24 DE JULIO DE 2017
169,334.-
72,005.-
2
AN-GRLGR-SETPIET-317/2020 DE FECHA 27/07/2020
ABEL MENDOZA
NO CONSIGNA
BLANCA OROSCO
N/C..
CLEMENTE CONDORI
N/C
MARIA LUISA QUISPE
N/C
EMPRESA DE TRANSPORTES ZACARIAS GILBERTO MONTEALEGRE VELIZ
900011815
JESUS COLQUE
NO CONSIGNA
EMP. DE TRANS. JORGE GABRIEL LIZAMA VEGA
900017489
3
AN-GRLGR-SETPIET-318/2020 DE FECHA 27/07/2020
VICTOR LIZAMA
7.627.896.2
4
AN-GRLGR-SETPIET-158/2020 DE FECHA 12/03/2020
JOSE ALBERTO BRICEÑO CASO
1657245 TJ
DECLARACIÓN JURADA DUI 2012/921/C-26 DE 08 DE FEBRERO DE 2012
10,370.-
4,433.-
5
AN-GRLGR-SETPIET-157/2020 DE FECHA 12/03/2020
JOSE ALBERTO BRICEÑO CASO
1657245 TJ
DECLARACIÓN JURADA DUI 2012/921/C-27 DE 08 DE FEBRERO DE 2012
25,330.-
10,828.-
AN-GRLGR-SETPIET-473/2020 DE FECHA 17/09/2020
FERNANDO ORTEGA
N/C
6
HILARION COCARICO
N-C
102,550.-
43,520.-
INGRID ANGELICA LAZARO CALLE
N/C
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA AN-GRLPZ-LAPLISPCC/121/2015 DE 03 DE MARZO DE 2015
(…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la Ley 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, conforme lo señala el Art. 47 de la Ley 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo que se les comunica que deberán apersonarse a la Supervisoría de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la
Aduana Nacional, ubicada en la Av. del Policía Nº 637 entre Calle Diego de Portugal y Ballivian Otero Zona Ciudad Satélite. -------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.----------------------------Firma y Sella: Luis Rodrigo Avila Peñaloza, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.--------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (1) PARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 28 de Octubre de 2020. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Señor: JHONY CALLIZAYA con C.I. 57711417, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-227/2020 de fecha 09 de Junio de 2020, emitido por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario Bolivianos Ley N° 2492. --------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 24 de Septiembre de 2020. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) procédase a la notificación por Edictos a ABEL MENDOZA con C.I. N/C, BLANCA OROSCO con C.I. N/C CLEMENTE CONDORI con C.I. N/C, MARIA LUISA QUISPE con C.I. N/C, EMPRESA DE TRANSPORTES ZACARIAS GILBERTO MONTEALEGRE VELIZ con NIT 900011815, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SETPIET-317/2020 de fecha 27 de Julio de 2020, emitido por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional. ------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (3) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 24 de Septiembre de 2020. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) procédase a la notificación por Edictos a JESUS COLQUE con C.I. N/C, EMPRESA DE TRANSPORTES JORGE GABRIEL LIZAMA VEGA con NIT 900017489, VICTOR LIZAMA con C.I. 7.627.896.2, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-318/2020 de fecha 27 de Julio de 2020, emitido por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ---------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (4 - 5) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 05 de Noviembre de 2020. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a JOSE ALBERTO BRICEÑO CASO con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-158/2020 de fecha 12 de Marzo de 2020 y el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-157/2020 de fecha 12 de Marzo de 2020 emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492. --------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (6) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 04 de Noviembre de 2020. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a FERNANDO ORTEGA, HILARION COCARICO, INGRID ANGELICA LAZARO CALLE con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-473/2020 de fecha 17 de Septiembre de 2020, emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario Ley N° 2492. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -------------------EAMR RAGS/WYLV/wgchp
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Economía
martes 17 de noviembre de 2020
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ó “Obviamente quieren seguir enriqueciéndose (...), han hecho circular en
las redes sociales que yo sería más bien el que estoy contratando personal y que se estaría cobrando”, indicó el ministro Montaño.
ó también informó que las direcciones de santa cruz y sucre no hicieron caso a un instructivo
ó alianza
Montaño denuncia irregular adjudicación en AEVivienda
CAF promueve inclusión financiera con BancoSol
La autoridad dijo que 16 días antes de las elecciones, los ejecutivos de la entidad estatal, en la gestión de Jeanine Añez, confirieron a una sola empresa Bs 1.284 millones, el 90% de su presupuesto. El ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Edgar Montaño, denunció ayer que la Agencia Estatal de Vivienda (AEVivienda), en la gestión de Jeanine Añez y 16 días antes de las elecciones presidenciales, adjudicó de manera irregular un proyecto por Bs 1.284 millones en una sola obra y empresa, en el departamento de Santa Cruz. La autoridad señaló que esos recursos representan aproximadamente el 90% del presupuesto de la AEVivienda, que alcanza a unos Bs 1.400 millones y que debía ser distribuido entre todas las regiones del país para atender las necesidades habitacionales. “Este proyecto ha sido adjudicado (a una empresa) a (el programa) Comunidades Urbanas Ciudad Esperanza en Santa Cruz y estamos hablando de más de 1.283 millones de bolivianos comprometidos en una sola obra. Esta contratación la hicieron 16 días antes de retirarse, es decir, el gabinete de la señora Jeanine Añez no se ha querido ir sin los bolsillos llenos”, aseveró Montaño, quien
Diego Valero
bolivia
La conferencia de prensa del ministro de Obras Públicas, Edgar Montaño.
Apuntes ó En la gestión de Jeanine
Añez, 16 días antes de las elecciones, ejecutivos de la AEVivienda adjudicaron un proyecto habitacional por Bs 1.284 millones a una sola empresa en el departamento de Santa Cruz.
“Obviamente quieren seguir enriqueciéndose (...), han hecho circular en las redes sociales que yo sería más bien el que estoy contratando personal y que se estaría cobrando”, indicó. Montaño agregó que este hecho también será investigado. Sostuvo que por el momento no mencionará nombres de los posibles responsables.
La CAF —Banco de Desarrollo de América Latina— organiza, por segundo año consecutivo, el Laboratorio de Inclusión Financiera, un fondo concursable destinado a financiar iniciativas tecnológicas que ayuden a resolver las necesidades de los sectores público y privado, derivadas de la crisis por la pandemia del COVID-19. Este año BancoSol fue elegido como uno de los aliados locales del concurso. “Estamos muy orgullosos de ser socios locales de la CAF en esta importante iniciativa. Este año, más que nunca, el Laboratorio de Inclusión Financiera tiene una importancia vital para el desarrollo del subcontinente, que se enfrenta a las consecuencias económicas de la pandemia”, explicó Kurt Koenigsfest, gerente general de BancoSol. El Laboratorio de Inclusión Financiera apoyará este año a proyectos e iniciativas empresariales que tengan un alto grado de innovación e incorporen elementos tecnológicos para dar respuesta a la necesidad de reducir la brecha entre quienes no cuentan con acceso a servicios financieros.
ó fomentarán el desarrollo de la agricultura familiar
bolivia
CAO y Cioec acuerdan impulsar la producción
Cioec
La Coordinadora de Integración de Organizaciones Económicas Campesinas (Cioec) Bolivia y la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) firmaron un convenio de cooperación con el objetivo de promover el desarrollo del sector agropecuario. Es la primera vez que se unen los grandes productores representados por la CAO con los productores de la Agricultura Familiar representados por la Cioec Bolivia, que lidera la Red de Organizaciones de Productores Agrícolas Forestales (Ropaf), el cual permitirá impulsar políticas públicas como un sector único. Las áreas de cooperación son las siguientes: a) Innova-
agregó que se inició el proceso de investigación. El ministro Montaño también denunció que las direcciones departamentales de la AEVivienda de Santa Cruz y de Sucre no hicieron caso al instructivo emitido de su despacho, que instruye la paralización de las contrataciones de personal y licitaciones de obras.
bolivia
El acuerdo suscrito entre la Cioec y la CAO.
ción y desarrollo tecnológico; b) Información y gestión del conocimiento; c) Implementación, administración y seguimiento de Proyectos y Programas por medio de Convenios Específicos de Cooperación o Cartas de Entendimiento específicos, señala un comunicado de prensa. Actualmente, la CAO y la Cioec Bolivia impulsan el Plan Agropecuario Nacional 2020-2050, juntamente con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Instituto In-
teramericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), con el objetivo de: 1) Aumentar las contribuciones del sector agropecuario al crecimiento económico y al desarrollo sostenible; 2) Contribuir al bienestar de todos los habitantes del país; 3) Mejorar el comercio internacional y regional; y 4) Aumentar la resiliencia del sector agropecuario y los sistemas agroalimentarios a los eventos extremos.
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martes 17 de noviembre de 2020
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EDICTO La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar a ERIKA SILVIA FARFÁN MARIACA, con la RESOLUCION FINAL DE PROCESO NºCP-STJPA 23/2020 DE 13 DE OCTUBRE DE 2020, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 011/2017 “NO ENTREGAR DOCUMENTOS Y/O BIENES BAJO SU CARGO” cual se transcribe en su integridad a continuación.---------------------------------------------------------RESOLUCION FINAL DE PROCESO NºCP-STJPA 23/2020 DE 13 DE OCTUBRE DE 2020--VISTOS:-----La Nota Interna GM-DGAJ-UGJNi-353/2017, de 18 de abril de 2017, la Sra. Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, presenta denuncia a la Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal sobre indicios de responsabilidad administrativa en contra de la Sra. Erika Silva Farfán Mariaca, ex Servidora Pública de la Santa Sede – Vaticano; El Auto de Admisión de 23 de agosto de 2017 dictado por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos, Auto Inicial de Proceso de 13 de noviembre de 2017; y los demás antecedentes que cursan en obrados.----CONSIDERANDO:----Que, mediante Nota Interna GM-DGAJ-UGJNi-353/2017, la señora Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, presenta denuncia ante la Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal sobre indicios de Responsabilidad Administrativa en contra de la Sra. Erika Silva Farfán Mariaca, ex servidora pública, ante la Santa Sede – Vaticano, señalando lo siguiente: -----“Cursa en esta Dirección General, la Nota SC CITE:EB.VA-NSC-21/2017de 20 de febrero, mediante la cual, el Embajador del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede reporta la posible contravención al inciso z), Artículo 9 del Reglamento Interno de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, atribuible a la señora Erika Silva Farfán Mariaca, ex servidora pública (Primer Secretario).-----Que, mediante Nota CITE: EB.VA-NSC-21/2017, de 20 de febrero de 201, el Sr. Julio Cesar Caballero Moreno Embajador del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, soberana militar Orden de Malta y Grecia, refiere “Devolución de documentación - Erika Farfán Mariaca”, dirigido al Director General de Asuntos Jurídicos:-----Al respecto, cumplo con informar que la Sra. Erika Silvia Farfán Mariaca hasta la fecha no ha cumplido con su DEBER, previsto en el Artículo 9 (deberes) inciso z), de entregar toda la documentación bajo su responsabilidad, debidamente foliada, asimismo, el material, acreditaciones, credenciales, sellos y activos asignados a su persona, a mi autoridad o a cualquier autoridad del país receptor, corno tampoco ha hecho de nuestro conocimiento ningún tipo de imposibilidad, dificultad o causa de fuerza mayor que le impida de comunicar (vía teléfono, email, correo certificado, Portal de la Cancillería, etc.) o apersonarse a esta representación, pese, las reiteradas comunicaciones y avisos realizados como jefe de esta representación diplomática en razón a cuanto dispuesto por el articulo 3 (Responsabilidad de su Aplicación) inciso d) del Reglamento Interno de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores «Los jefes de Misión, Embajadores, Cónsules Generales, Cónsules y Vicecónsules que tengan a su cargo personal dependiente, se hallan obligados a cumplir y hacer cumplir el Presente Reglamento» y dando continuidad a cuanto instruido con Notas del Servicio Exterior CITE: GM-DGAA- URH-NSE-018/2017, GM-DGAA-URH-NSE-235/2016,GMDGAJ-UGJ-NSE-499/2016yotras.----En este sentido, cumplo con enviar informe sobre las irregularidades, incumplimientos e inobservancias que la Sra. Erika Silvia Farfán Mariaca ha perpetrado no solo en relación a cuanto comunicado por mi persona como inmediato superior, sino también a cuanto instruido por la Cancillería y más aún contemplado por el procedimiento del país receptor.-----CONSIDERANDO:-----Que, el 13 de noviembre de 2017, la Comisión de Procesos de la Junta de Procesos Administrativos dicto Auto Inicial de Proceso en contra de la señora Erika Silvia Farfán Mariaca, por la posible contravención del Artículo 235 numeral 2 y 4 de la Constitución Política del Estado; Articulo 44 numeral 1, 2 y 14 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 Ley del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia; y el Artículo 9 incisos a), b), c), x) y z) del Reglamento de Interno de Personal, aprobado por Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013, por presumiblemente no entregar la documentación y/o bienes bajo su cargo.-----Que, durante la tramitación de la presente causa, a través de Decreto de fecha 08 de Diciembre de 2017 a fs. 25, establece que la procesada: Erika Silvia Farfán Mariaca, fue desvinculada del Ministerio de Relaciones Exteriores, de manera que a través de Decreto de fecha 26 de enero de 2018 se dispone la notificación de la involucrada mediante Edicto en aplicación del parágrafo VI del Artículo 33 de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo. A fs. 43 de obrados consta la publicación de Edicto de 12 de marzo de 2018 en el periódico de circulación nacional Cambio.-----Que, durante la tramitación de la presente causa, se desarrollaron las siguientes actuaciones procesales:---A fs. 44 de obrados consta Decreto de 02 de abril de 2018,dispone la recepción de la Declaración informativa de la señora Erika Silvia Farfán Mariaca, para jueves 12 de abril de 2018, en dependencias de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores.-----A fs. 45 de obrados consta notificación de fecha 03 de abril de 2018, con el Decreto de 02 de abril de 2018 y por obrados de fs. 46 se evidencia el Decreto de 17 de abril de 2018, en cumplimiento del Numeral 3 del Artículo 46 del Reglamento de la Junta de Proceso Administrativos, se abre el término de prueba de diez (10) días hábiles ----A fs. 47 de obrados consta notificación de fecha 18 de abril de 2018 con el decreto de 17 de abril de 2018 en la Secretaria técnica de la Junta de Procesos Administrativos.-----A fs. 48 de obrados consta el Decreto de 10mayo de 2018, dispone la clausura del Término de Prueba y Decreta Autos para Resolución Final, debidamente notificado a través de actuación de fecha 11 de mayo de 2018, como consta a fs. 49 de obrados.----Que, a fs. 51y 53 respectivamente a través de Nota S.E. VGIC-DGEGP-USTJPANSE-28/2019 con Hoja de Ruta Nº 24246.19y Nota Interna VGIC-DGEGPUSTJPA-Ni 144/2019 Hoja de Ruta 24241.19, ambos de fecha 25 de abril de 2019,emitido por el Jefe de la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, solicita al Embajador del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, Soberana Militar Orden de Malta y Grecia, igualmente al Director General de Asuntos Administrativos información de la involucrada, si hizo entrega de toda la documentación que se encontraba bajo su cargo o en su caso si debe algún documento a esta cartera de Estado.----Que a fs. 55 de obrados, por Nota SC Cite: EB.VA. NSC 45/2019 con Hoja de Ruta 24246.19 y 25768.19 de fecha 02 de mayo de 2019, el Emb. Julio Cesar caballero Moreno Embajador del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, soberana Militar Orden de Malta y Grecia informa sobre la entrega de Documentos en base a los siguientes:----“La señora Erika Silvia Farfán Marica ex servidora pública de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, después de reiteradas solicitudes y de una denuncia de parte de la Embajada, hizo entrega a la oficina de la Policía Italiana en fecha 09 de Julio de 2017 la siguiente documentación:----Dos (2)placas del cuerpo diplomático CD 075 UE (anterior y posterior)-Una (1) carta de identidad diplomática Nº 261737/137442 otorgado por el M.AA.EE en fecha 10/06/2014.----Una Carta de Servicio Diplomático Nº 091919,otorgada por el cuerpo de Gendarmería Vaticana. ----Esta documentación fue respectivamente enviada por la misma policía italiana a las autoridades e instituciones involucradas.----Por lo que respecta a la entrega de credenciales otorgadas por el país receptor que la acreditaban como
funcionario público del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede entregó cuanto correspondía. Se adjunta copia de la denuncia realizado para poder obtener la entrega de la documentación arriba detallada.----Sin embargo, no procedió a la entrega de las llaves que tenía en su custodia. Así mismo, estamos en conocimiento que la mencionada mantuvo la posesión del pasaporte diplomático otorgado por el Estado Plurinacional”. (Las negrillas y subrayado corresponde al presente documento)----Que, a Fs. 57 de obrados la Nota SC Cite EB.VA-NSC-75/2017, Hoja de Ruta 32395.17 y 37534.17 de fecha 12 de junio del Emb. Julio Cesar Caballero informa restitución de los documentos personales y placas del país receptor y el consiguiente retiro de denuncia, que entre las partes más sobresalientes señala lo siguiente.----“Es mi deber informarle que la ex funcionaria Farfán Mariaca procedió a la entrega de las credenciales de la Santa Sede y ante el Estado Italiano a las autoridades policiales ante el cual fue presentada la denuncia. Por lo tanto, habiendo recuperado cuanto denunciado, se decidióno continuar con el procedimiento penal y proceder solo a la notificación inmediata a las instituciones solicitantes”-----Que a fs. 78 de obrados la Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni 224/2019 emitido por la Jefe de Unidad de Recursos Humanos y Escalafón que informa a la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, que se remite a la información proporciona por la Misión Diplomática.----SC Cite EB. VA.NSC-45/2019 HR:24246.19 y 25768.19 remitido por el Emb. Julio Cesar Caballero Moreno a la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, informa sobre la entrega de documentos señalando lo siguiente:-----“La Sra. Erika Silvia Farfán Mariaca ex servidora pública de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, después de reiteradas solicitaciones y de una denuncia de parte de la Embajada, hizo entrega a la oficina de la policía italiana en fecha 09 de junio de 2017 la siguiente documentación:----Dos (2) placas del cuerpo diplomático CD 075 UE (anterior y posterior)---Una (1) carta de Identidad Diplomática Nº 261737/137442 otorgado por el M.AA.EE. EN FECHA 10/06/2014----Una carta de servicio diplomático Nº 091919, otorgada por el cuerpo de gendarmería Vaticana.-----Esta documentación fue respectivamente enviada por la misma policía Italiana a las autoridades e instituciones involucradas.----Por lo que respecta a la entrega de credenciales otorgadas por el país receptor que la acreditaban como funcionario público del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede entregó cuanto correspondía.----Sin embargo, no procedió a la entrega de las llaves que tenía en su custodia. Asimismo, estamos en conocimiento que la mencionada mantuvo posesión del pasaporte diplomático otorgado por el Estado Plurinacional de Bolivia.”-----Que, a fs. 87 consta Nota Interna Cite: VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-211/2019, Hoja Ruta: 36356.19 de fecha 18 de Junio de 2019, el Jefe de Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos solicita a la Dirección General de Ceremonial del Estado, la información siguiente:----1. Si la señora Erika Silvia Farfán Mariaca ex Primer Secretario de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, ha remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores, el Pasaporte Diplomático al Cese de sus Funciones, de conformidad con el Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 0734.----2.Emita una copia del correspondiente certificado de devolución y destrucción del pasaporte diplomático, si corresponde.---Que, de la Nota Interna VRE-DGCE-UPI-Ni 99/2019, Hoja de Ruta: 36356.19 de fecha 15 de Julio de 2019 informa que la “señora Erika Silvia Farfán Mariaca, no hizo la devolución de su pasaporte diplomático, motivo por el cual hasta la fecha no se generó ninguna Certificación de Devolución”.----Que, de la Nota Interna VRE-DGCE-UPI-Ni 99/2019, Hoja de Ruta: 36356.19 de fecha 15 de Julio de 2019 informa que la «señora Erika Silvia Farfán Mariaca, no hizo la devolución de su pasaporte diplomático, motivo por el cual hasta la fecha no se generó ninguna Certificación de Devolución».----Que, a fs. 90 consta Nota Interna Cite: VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-88/2020, Hoja Ruta: 36356.19 de fecha 11 de agosto de 2020, el Jefe de Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos solicita a la Dirección General de Ceremonial del Estado, la información siguiente:-----»- Si la señora Erika Silvia Farfán Mariaca ex Primer Secretario de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede, ha remitido al Ministerio de Relaciones Exteriores, el Pasaporte Diplomático al Cese de sus Funciones, de conformidad con el Artículo 17 del Decreto Supremo N° 0734, de 8 de diciembre de 2010 de ser así emita una copia del correspondiente certificado de devolución y destrucción de pasaporte diplomático, si corresponde.»----Que, a través de la Nota Interna VRE-DGCE-UPI-Ni 135/2020, Hoja de Ruta: 36356.19 de fecha 28 de septiembre de 2020 informa lo siguiente:-----»(...) que según los registros de la Unidad de Privilegios e Inmunidades, se procedió a la emisión del Pasaporte Diplomático N° D000903 en fecha 10 de marzo de 2014, perteneciente a la Sra. Erika Silvia Farfán Mariaca, Primer Secretario de la Embajada de Bolivia ante la Santa Sede - Vaticano, mismo que a la fecha no ha devuelto a esta cartera de Estado.»------CONSIDERANDO: -----Que, de acuerdo al Artículo 232 de la Constitución Política de Estado en lo referente a la Administración Pública, se dispone que esta se rige por los principios de: “…legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”. Asimismo los numerales 2 y 4 del Artículo 235 del mismo cuerpo legal señalan las obligaciones de “Cumplir con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública” y la de “Rendir cuentas sobre las responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas en el ejercicio de la función pública”.-----Que dentro los deberes que todo servidor público del Ministerio de Relaciones Exteriores que establece el Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 Ley del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, dispone, se tiene:-----“1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras normas del Estado Plurinacional de Bolivia, que regulen las actividades del Servicio de Relaciones Exteriores, sus reglamentos y procedimientos; así como, respetar las normas del Estado receptor, cuando corresponda.----2. Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y con pleno sometimiento a la normativa interna que regula el ejercicio de sus funciones.----14. Rendir cuenta documentada por dineros, recursos y/o bienes recibidos.”----Que el Artículo 48 de la Ley Nº 465 señala: “Toda servidora o servidor público, ex servidor o ex servidora pública del Ministerio de Relaciones Exteriores, asume plena responsabilidad por sus acciones u omisiones, debiendo, conforme a disposición legal aplicable, rendir cuentas ante la autoridad o instancia correspondiente, por la forma de su desempeño y los resultados obtenidos del mismo. Asimismo, debe regir su conducta conforme a los principios que rigen la función pública y rendir cuentas sobre las responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas dentro el ejercicio de la función pública.”-----Que dentro lo deberes que debe cumplir el servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores conforme dispone los incisos a), b), c), x) y z) del Artículo 9 del Reglamento de Interno de Personal, aprobado por Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013, son:-----“a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras normas del Estado Plurinacional de Bolivia, que regulen las actividades del Ministerio, sus reglamentos y procedimientos, así como el presente Reglamento; así también, cuando corresponda, respetar las normas del Estado Receptor.---b) Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y en sujeción a los documentos orgánicos de la entidad que regulan el ejercicio de sus funciones.----c) Respetar el orden jerárquico del servicio y
cumplir los Reglamentos, Circulares, Instrucciones y demás disposiciones vigentes.-----x) Responder y rendir cuenta documentada por dineros, recursos y/o bienes recibidos.----z) Entregar en caso de renuncia o desvinculación, toda la documentación bajo su responsabilidad debidamente foliada, asimismo, el material, acreditaciones (si es el caso), credencial, sellos y activos que se le hubieran otorgado, a través del Formulario de Solvencia Institucional.”-----Que dentro las causales para el inicio de Proceso Interno o Sumario Administrativo Interno, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que eventualmente podría concurrir en su acción u omisión, el Artículo 42 del Reglamento de Interno de Personal, se tiene los siguientes incisos: -----“a) Incumplimiento al ordenamiento jurídico legal vigente, sea por interés personal o por dádivas o gratificaciones, en perjuicio de los intereses de la entidad.”-----Que conforme los antecedentes y la normativa señalada, se tiene indicios de responsabilidad administrativa de la ex servidora pública Sra. Erika Farfán Mariaca.----Que el Decreto Supremo Nº 0734 señala en el Artículo 17 la obligación de devolución de los pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio, lo siguiente:---I. La devolución de los pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio al Ministerio de Relaciones Exteriores es obligatoria, y procede cuando el titular de un pasaporte diplomático, oficial o de servicio, ha cesado en las funciones que motivaron la emisión del documento.----II. Los titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio, deberán remitir obligatoriamente al Ministerio de Relaciones Exteriores o al Consulado donde tuvieran su residencia, el pasaporte que le fue asignado en el plazo máximo de dos (2) meses a partir del cese de funciones.----III.El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Unidad de Privilegios e Inmunidades, deberá emitir el correspondiente certificado de devolución y destrucción del pasaporte diplomático, oficial o de servicio, al interesado en el plazo máximo de cinco (5) días. ----IV.Si el pasaporte es devuelto a la Misión Diplomática o Consular donde el titular tuviere su residencia, la autoridad respectiva deberá emitir el correspondiente certificado de devolución del pasaporte al interesado y remitir el documento, con el sello de anulado en todas las hojas, al Ministerio de Relaciones Exteriores - Unidad de Privilegios e Inmunidades, a efectos de su destrucción, anexando una copia de la certificación emitida.----CONSIDERANDO:----Que, el Articulo 28 incisos a) y b) de la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al Artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Articulo 13 del Anexo del DS. 23318 de 3 de noviembre de 1992.---Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465 señala que la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos de las y los funcionarios diplomáticos y administrativos, como de aquellos hubieran quedado desvinculados por la transgresión de las normas que regulan su conducta funcionaria.----POR TANTO: ----LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, CON LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ART. 48, DEL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS APROBADO MEDIANTE RESOLUCION MINISTERIAL Nº260-2016 DE 03 DE OCTUBRE DE 2016.----DETERMINA: ----PRIMERO.- Declarar la Existencia de la Responsabilidad por la Función Pública en contra de la señora Erika Silvia Farfán Mariaca, ex Primer Secretario de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia ante la Santa Sede- Vaticano. Al evidenciarse que la procesada habría incumplido con la entrega de devolución del pasaporte que acreditaba un permiso o autorización legal para que salga o ingrese en el país receptor, de acuerdo con esto la parte procesada habría omitido con el cumplimiento total certificado de solvencia institucional que acredita que el servidor público a momento de desvincularse debe apersonarse a las respectivas dependencias. Para el particular caso la procesada no se habría apersonado a la dependencia de la Unidad de Privilegios e Inmunidades, para proceder con la devolución del Pasaporte - Credencial respectivo, significando que la misma no habría contado con la respectiva certificación con el proporcionado sello y firma que otorgue conformidad, de modo que la existencia de responsabilidad por la función pública es aplicable por no haber efectuado la entrega de un pasaporte bajo su cargo, como parte del material de acreditaciones que le fueron otorgado, contraviniendo con la omisión el Artículo 235 numeral 2 y 4 de la Constitución Política del Estado; Articulo 44 numerales 1, 2 y 14 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 Ley del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia; el parágrafo I, II, III del Artículo 17 del Decreto Supremo Nº 0734;Y el Artículo 9 incisos a), b), c), x), y z) del Reglamento de Interno de Personal, aprobado por Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013.----SEGUNDO.- Habiéndose determinado la responsabilidad administrativa de la señora Erika Silvia Farfán Mariaca, al encontrarse desvinculada del Ministerio de Relaciones Exteriores, no es posible aplicar en su contra una de las sanciones disciplinarias contenidas en el Artículo 61 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos por lo que se dispone la remisión de una copia legalizada de la presente Resolución Final a las oficinas de la Contraloría General del Estado para los fines de registro en cumplimiento al Artículo 66 del Decreto Supremo N° 23318-A.----TERCERO.- Procédase a la notificación de la presente Resolución Final a la procesada Erika Silvia Farfán Mariaca, a quien conforme los datos existentes en el proceso deberá ser mediante edicto publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional en aplicación supletoria del Artículo 33 parágrafo VI de la Ley N° 2341 de 23 de julio de 2003 Ley de Procedimiento Administrativo.-----CUARTO.- Por Secretaría remítase una copia legalizada de la presente Resolución a conocimiento de la señora Ministra de Relaciones Exteriores, Viceministerio de Gestión Institucional y Consular, Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal y a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón para los fines consiguientes---------------------------------------------------------------------Notifíquese, regístrese y archívese. ------------------------------------------------Firma y Sello de Elizabeth Sarmiento Teran PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Sylvia Gabriela Palmero Pantoja VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;---Firma y Sello de Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Elisheba Carolina Auza Saunero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores---ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores. -----------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 26 de octubre de 2020---------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello: Abog. Yolanda Silveth Quiroga Rojas – JEFA DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS- Ministerio de Relaciones Exteriores. ----------------------------------
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martes 17 de noviembre de 2020
Sociedad
en descenso, pero las autoridades piden no bajar la guardia.
Rebrote del COVID-19 depende de la conducta de la población El Sedes recomendó que cada familia debería contar con una habitación de aislamiento con ventilación, tener un botiquín para el tratamiento del coronavirus y un oxímetro de pulso.
Carlos Barrios
Comité prevé reunirse desde este martes
Personas que retoman sus actividades en la etapa del posconfinamiento en La Paz.
contagios podrían disminuir de manera considerable. “La vida y la salud dependen de cada uno de nosotros. Debemos mantener el uso obligatorio de barbijos bien colocados al salir de nuestras casas, el distanciamiento físico, evitar las zonas de aglomeración, sitios cerrados, el lavado de manos, todos estos aspectos que hemos estado reiterando deben ser
parte de nuestra nueva normalidad y es el camino que debemos seguir”, agregó la autoridad. Narváez recomendó a la población que cada familia tome las medidas de bioseguridad, que tenga previsto un dormitorio de aislamiento con ventilación y en lo posible con baño privado, contar con un botiquín COVID-19, un oxímetro de pulso y si tie-
ne dudas acuda al centro de salud más cercano. Indicó, también, que la provisión de medicamentos estarían garantizados por el Comité Departamental de Farmacovigilancia, donde la Agemed y SEAS son las instancias responsables del control de medicamentos y oxígeno, mientras que el Sedes La Paz está en el control permanente de las farmacias.
El Comité de Operaciones de Emergencia Departamental de (COED) La Paz prevé desde hoy retomar las reuniones regulares para analizar la situación de la pandemia del coronavirus en el municipio. “Espero que nos podamos reunir, estamos conversando con las autoridades para coordinar agendas”, mencionó el alcalde paceño, Luis Revilla. La autoridad espera que el Gobierno defina si delegará ministros o representantes a esta instancia de coordinación departamental. Durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, el COED, conformado por autoridades nacionales, departamentales, municipales de La Paz y El Alto, del Servicio Departamental de Salud de La Paz y otras, se constituyó en una instancia de coordinación para las diversas etapas de la emergencia sanitaria, también para el Megarrastrillaje y atención al sistema de salud.
ó Las coordinaciones serán más rápidas y dinámicas
Redacción central / Bolivia
Salud destaca labor de los Sedes y COED
APG
El ministro de Salud, Edgar Pozo, destacó el rol de los Servicios Departamentales de Salud (Sedes) y de los Centros de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) para combatir la pandemia del COVID-19 y un posible rebrote de los contagios en el país. “Es importante mantener esa coordinación, solamente que la haremos más dinámica. (Hasta ahora) era muy aparatosa y muy lenta. Queremos (que esta coordinación) pueda ser más simple y más rápida para tomar acciones y así no estar dando vueltas para tomar alguna determinación”, dijo.
ó Los casos de coronavirus están
ó Las personas deben continuar con el cumplimiento de las medidas de bioseguridad
Angela Marquez / Bolivia
Por el momento, un rebrote de casos de COVID-19 no se desató en el país, aunque se espera que para los primeros meses de 2021 se inicie la nueva ola de personas contagiadas. Para evitar aquello, las personas deben tener un comportamiento en el que primen las medidas de bioseguridad. Bolivia por el momento se encuentra en una desescalada, pero en la última semana se evidenció un creciente número de casos de coronavirus, que llegó hasta 180; además, los departamentos que durante la meseta de la pandemia presentaron mayores contagios, ahora comienzan a reportar una elevación de personas con el virus. “Las proyecciones pueden acercarse a la realidad. El comportamiento del virus es muy particular, como el que se dio en Europa: luego de una fase de recuperación sostenida, como la que nosotros tenemos, al final del verano y al inicio de otoño se dieron los rebrotes y la segunda ola”, dijo el director del Servicio Departamental de Salud (Sedes) La Paz, Ramiro Narváez. La autoridad indicó que Bolivia debe estar preparada para la segunda ola de casos de COVID-19. Uno de los puntos que resaltó es que el sistema de salud tiene que haber aprendido las lecciones de la primera ola. “Debe trabajar de manera orgánica, de manera unida y prever todos los aspectos relacionados con la pandemia”, dijo el Director del Sedes. Además de eso, indicó que el comportamiento de la población es esencial en la lucha contra la pandemia: si se cumple con las medidas de bioseguridad los casos de
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Una de las reuniones del COED.
Pozo ratificó que una de las prioridades es establecer las líneas de acción interinstitucionales e intersectoriales, para afrontar la pandemia de manera conjunta en las diferentes regiones del país. Además, dijo que formará un equipo de profesionales en salud para responder a las necesidades del sistema sanitario boliviano y monitorear la evolución epidemiológica del coronavirus.
“Debe ser un equipo importante de cinco o seis epidemiólogos de alta trayectoria. Se sabe que dos o tres cabezas piensan mejor que una. Ese equipo para mí es fundamental y estamos en plan de conformar este grupo especializado”, agregó. Destacó la necesidad de reforzar la difusión de información y recomendaciones a la población sobre el autocuidado y las medidas preventivas.
sociedad
martes 17 de noviembre de 2020
Salud capacita en prematuridad El Ministerio de Salud, la Sociedad Boliviana de Neonatología y expertos de distintas organizaciones sanitarias participan del 16 al 20 de noviembre en el ciclo de webinars en la Semana del Prematuro 2020, para intercambiar experiencias y analizar el trabajo dirigido a solucionar el problema de la prematuridad en el país. “El Ministerio de Salud está lanzando este tipo de capacitaciones con los programas de reanimación neonatal conjuntamente con nuestra sociedad. El fin es que toda la gente esté capacitada”, dijo el presidente de la Sociedad Boliviana de Neonatología, Nelson Patiño, al inaugurar la actividad. La prematuridad representó el 16% de todos los nacimientos en Bolivia durante 2019 y junto a los recién nacidos con un bajo peso se constituyen en una preocupación para la salud pública, según datos oficiales. “Los niños prematuros, que nacen con 27 a 30 semanas de gestación, requieren un cuidado
Principales requisitos para preinscripciones escolares Angela MArquez / Bolivia
especializado. Atender a estos infantes es un gran aprendizaje para nosotros y la atención que se les dedica es para darles una mejor calidad de vida para el futuro”, agregó el especialista. La mayoría de los niños que nacen prematuros tienen como determinante la salud de la madre y sus cuidados durante el embarazo y parto, por lo que las acciones tempranas y oportunas que acompañen al cuidado materno son muy importantes para reducir el impacto negativo de la prematuridad y el bajo peso al nacer.
En fin de año se acostumbra instalar la Feria Navideña en el Parque Urbano Central (PUC) y otros espacios públicos. Se prevé que la actividad comience el 1 de diciembre. “Estamos trabajando en eso, con nuestra Dirección de Mercados, de tal manera que no se perjudique la economía, pero que tampoco estas ferias impliquen el crecimiento o un rebrote de la enfermedad (de coronavirus)”, dijo el alcalde Revilla al ser consultado sobre el tema.
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EDICTO El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. VICENTE LEON FLORES con C.I. Nº 8575712, para que tome conocimiento de la ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000082 de fecha 09/06/2020 – DETALLE DE TRAMITES A FISCALIZAR, debiendo apersonarse dentro del plazo de 3 días calendario a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en Ciudad Satélite – El Alto, Av. Del Policía N° 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero, para la presentación de descargos previstos por norma. ------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000082 de fecha 09/06/2020. En aplicación del artículo 104º parágrafo I. de la Ley No. 2492 y el Procedimiento Sancionatorio y de Determinación, aprobado mediante Resolución Administrativa No. RA-PE-01-029-16, la Aduana Nacional ha dispuesto la verificación del cumplimiento de la normativa legal aplicable y las formalidades aduaneras del Operador. I. INFORMACIÓN DEL OPERADOR Número del CI: 8575712, Nombre o Razón Social: VICENTE LEON FLORES, Dirección: SANTA CRUZ DE LA SIERRA, N° S/N ZONA CENTRAL, POTOSI, Actividad Principal: IMPORTADOR, II. TRIBUTOS A FISCALIZAR Gravamen Arancelario de las Importaciones (GA) Impuesto al Valor Agregado de la Importaciones (IVA) III. ALCANCE Y PERIODO DEL CONTROL DIFERIDO Trámite(s) detallados en Anexo adjunto correspondientes a la Gestión(es) 2017, IV. EQUIPO DE TRABAJO ASIGNADO N° Cargo del Funcionario - Nombres y Apellidos – C.I. 1 FISCALIZADOR-CONSULTOR OLIVA PALACIOS RAQUEL ANDREA 6197150 LP., 2 JEFE VACAFLOR TORRICO MARIO CARLOS 4806121 LP., V°B° Jefe DFO/DIA/UFR GERENCIA REGIONAL LA PAZ V°B° Mario C. Vacaflor Torrico A.N.B. Firma y Sello GERENTE Luis Rodrigo Avila Peñaloza - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DETALLE DE TRÁMITES A FISCALIZAR Tramite 2017/211/C-45961 DUI de fecha 13/10/2017 ---&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTOS de fecha 06 de Noviembre de 2020, -------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. VICENTE LEON FLORES con C.I. Nº 8575712, con lo siguiente: ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000082 de fecha 09/06/2020, emitido por Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario Ley N° 2492. -----------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS NUEVE DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ----------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Erick Asthenio Miranda Roncal-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL.EAMR RAGS/WYLV/wgchp
ó En Sucre se estableció el procedimiento virtual
Los documentos requeridos varían dependiendo de la unidad educativa a la que los padres quieran inscribir a sus hijos.
ferias de fin de año estarán permitidas El alcalde de La Paz, Luis Revilla, aseguró que las ferias de fin de año, como las de Navidad, serán autorizadas, pero los clientes y comerciantes tendrán que asumir las respectivas medidas de bioseguridad. “Entendemos lo importante que es el comercio en estas épocas de fin de año. No se van a prohibir las ferias”, afirmó el burgomaestre. Dijo que la Dirección de Mercados definirá un protocolo sanitario que será similar al vigente en los centros de abasto.
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Al dar inicio a las preinscripciones escolares, los padres de familia comenzaron a realizar filas en busca de un cupo para sus hijos, sobre todo para el nivel inicial y primario. Los principales requisitos que la mayoría de las unidades educativas piden son: certificado de nacimiento, cédula de identidad de los padres de familia, carnet de vacunas, todos originales y con sus respectivas fotocopias. En otras unidades educativas también solicitan factura de luz o agua que certifiquen que viven en la zona del colegio o un certificado de trabajo que indique que trabaja por el lugar. Así también, todos los documentos deben estar dentro de una respectiva funda. Muchos de los padres comenzaron a hacer fila desde tempranas horas para poder inscribir a sus hijos. Esta semana inicia la preinscripción de los menores que tengan hermanos en los diferentes colegios. “La dirección de la U.E. Carlos Beltrán Morales de educación inicial, turno de la mañana, comunica a los padres y madres de familia que las preinscripciones correspondientes a la gestión 2021 se iniciará el lunes 16 de noviembre (ayer) desde las 08.30”, señala un comunicado. Así como la Unidad Educativa Carlos Beltrán Morales, muchos otros colegios emitieron sus comunicados en las puertas.
Carlos Barrios
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Una madre de familia observa los requisitos para la preinscripción.
El Ministerio de Educación emitió hace unas semanas una propuesta para el cronograma de preinscripciones en unidades educativas, fiscales privadas y de convenio para la siguiente gestión. En dicho documento indica que las preinscripciones inician desde el 16 de noviembre hasta el 4 de diciembre, y que el sorteo de los cupos se realizará del 7 al 11 de diciembre. Esa cartera de Estado recomendó que el proceso debe ser realizado tomando en cuenta el protocolo de bioseguridad.
Inscripciones virtuales En el caso de Sucre, las inscripciones se realizarán de manera virtual, es decir, los padres de fa-
milia deberán realizar el llenado de un formulario en el que elegirán el colegio al que postularán y todos los requisitos que se les pide. “Este sistema de admisión estará vigente para unos 25 establecimientos escolares de la capital que son los más requeridos para el ingreso de alumnos en los niveles inicial, básico e intermedio”, afirmó el director departamental de Educación, Julio Galeán. Ayer por la mañana se registró una saturación en la página web, pero a las 11.00 verificaron que 550 personas pudieron ingresar. Cualquier consulta se recibe en la línea gratuita 800101078; además, los padres pueden acudir a la Dirección Departamental de Educación.
Entregan seguros de vida para 3.500 artistas a.m. / Bolivia
Como parte del Programa de Fortalecimiento al Sector Cultural de La Paz “Tiempo de querernos y ayudarnos” - Munasiña Pacha, la Secretaría Municipal de Culturas (SMC) gestionó, mediante la Fundación Profin, de la Cooperación Suiza, la habilitación de 3.500 seguros de vida para artistas. La adscripción al seguro es gratuita durante el primer año, y a partir del segundo significará un aporte de Bs 20 anuales. “Presentamos este acuerdo con la Fundación Profin, con el apoyo de la Cooperación Suiza, que es la entrega de 3.500 pólizas de seguros para nuestros ar-
tistas. Ciertamente la actividad artística, el trabajo de nuestros gestores y actores culturales es de las menos protegidas por el Estado y por eso nos ha parecido que esta iniciativa es fundamental para los artistas y sus familias. Es un beneficio importante”, dijo el alcalde de La Paz, Luis Revilla. Recibieron la póliza los representantes de las siguientes organizaciones: Consejo Departamental de Culturas, “Todos Somos Cultura”, Asociación de Artistas en Música Folklórica, Asociación de Artistas de la Danza, Sindicato Boliviano de Artistas en Variedades, Asocia-
ción Boliviana de Artistas Plásticos y la Sindicato Bolivianos de Músicos Profesionales. “Queremos garantizar las condiciones de salud de nuestros artistas, actores y gestores culturales. En ese sentido, se trabajó en alianza con una aseguradora para lograr un seguro de vida. Ha sido un proceso para el cual hemos recibido la colaboración de más de 60 instituciones del sector cultural, que tienen que ver con las artes plásticas, música, teatro, danza, audiovisuales, artesanía, folklore y otros”, explicó el secretario municipal de Culturas, Andrés Zaratti, en el acto.
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EL GERENTE REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional Abg. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. GUILLERMO ESCARZA ANTONIO con NIT 6939464016, para que tome conocimiento de la presente VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-31-2020 de fecha 03/02/2020, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en un plazo perentorio de treinta (30) días para formular y presentar descargos que estime conveniente. ----&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DE LA VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-31-2020------------------El Alto – La Paz, 03 de Febrero de 2020 ---------------------------------------------------------------------------------I. GERENCIA NACIONAL, REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN. -------------GERENCIA REGIONAL LA PAZ -------------------------------------------------------------------------------------------II. GIRADA CONTRA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------a) GUILLERMO ESCARZA ANTONIO -----------------------------------------------------------------------------------b) AGENCIA DE SERVICIOS EN COMERCIO EXTERIOR ASERCOMEX S.R.L.----------------------------II) NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA:-------------------------------------------------------------------a) NIT: 6939464016 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------b) NIT: 1010065024 ------------------------------------------------------------------------------------------------------------X. CONSIDERANDO. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------10.1. Acto u Omisión que se Atribuye al Presunto Autor. -------------------------------------------------------10.1.1. Se establece indicios de la presunta comisión de Contravención Tributaria por Omisión de Pago de los tributos correspondientes a la DUI (IM-4) 2016/231/C-8235 de 30/08/2016, contra el Operador GUILLERMO ESCARZA ANTONIO con NIT 6939464016 y la Agencia de Servicios en Comercio Exterior “ASERCOMEX S.R.L.” con NIT 1010065024, tipificado en el Articulo 160 numeral 3 “Omisión de Pago” y sancionado en el Artículo 165 de la Ley N° 2492 del Código Tributario Boliviano de 02/08/2003; situación que incide directamente en el tributo aduanero correspondiente al Gravamen Arancelario (GA), Impuesto al Valor Agregado (IVA), al haberse determinado un valor FOB de sustitución al valor declarado en aplicación al Método del Último Recurso de USD 18,176.40 (Dieciocho mil ciento setenta y seis 40/100 Dólares Americanos); consiguientemente se determina un Valor FOB No Declarado de USD. 2,163.65 (Dos mil ciento sesenta y tres 65/100 Dólares Americanos) y un valor CIF No Declarado de USD 2,206.92 (Dos mil doscientos seis 92/100 Dólares Americanos), estableciendo que este hecho generó una Deuda Tributaria (DT) actualizada al 03/02/2020 por Bs. 11,539.00 (Once mil quinientos treinta y nueve 00/100 Bolivianos) equivalente a UFV’s 4,939.30 (Cuatro mil novecientos treinta y nueve 30/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), por concepto de diferencia de valor, diferencia en seguro, afectando al Tributo Aduanero GA, IVA e intereses. --------------------------------------------------------10.1.2. Se establece una multa por omisión de pago a la fecha de vencimiento de la DUI, por UFV’s 4,299.22 (Cuatro mil doscientos noventa y nueve 22/100 Unidades de Fomento a la Vivienda); sujeta a lo previsto en los Artículos 156 (Reducción de Sanciones) y 157 (Arrepentimiento Eficaz) de la Ley N° 2492 (CTB), modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016. --------------------------------------------------------Los importes determinados por tributo omitido e intereses de la Declaración Única de Importación observada deberán ser actualizados al momento de su pago de acuerdo a lo establecido en Articulo 2 de la Ley No 812 que modifica el Artículo 47 del Código Tributario Boliviano. ---------------------------------XI. CONSIDERANDO. --------------------------------------------------------------------------------------------------------11.1 Pago.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El sujeto pasivo GUILLERMO ESCARZA ANTONIO con NIT 6939464016 y la Agencia de Servicios en Comercio Exterior “ASERCOMEX S.R.L.” con NIT 1010065024, deberán pagar el monto de la Liquidación Previa de la Deuda Tributaria y la Multa por Omisión de Pago conforme establece el Artículo 47 del Código Tributario Boliviano (modificado Ley N° 812 de 30/06/2016), pudiendo beneficiarse del arrepentimiento eficaz y la reducción de sanciones. ------------------------------------------------------------------11.2. Arrepentimiento Eficaz o Reducción de Sanciones. ------------------------------------------------------Las sanciones pecuniarias establecidas en la presente Vista de Cargo, pueden beneficiarse del arrepentimiento eficaz y la reducción de sanciones, establecida en los Artículos 156 (Reducción de Sanciones) y 157 (Arrepentimiento Eficaz) de la Ley N° 2492 (CTB), modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016, de acuerdo a lo siguiente: -----------------------------------------------------------------------------------1. Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria por contravención de omisión de pago, cuando el sujeto pasivo o tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el décimo día de notificada la Vista de Cargo o Auto Inicial. ------------------------------------------------------------------------------2. El pago de la deuda tributaria después del décimo día de la notificación con la Vista de Cargo o Auto Inicial y hasta antes de la notificación con la Resolución Determinativa o Sancionatoria, determinara la reducción de la sanción aplicable en el 80% y pagara solo el 20% de dicha sanción. -----------------------3. El pago de la deuda tributaria efectuado después de notificada la Resolución Determinativa o Sancionatoria hasta antes de la presentación del recurso de alzada ante la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria, determinara la reducción, de la sanción en el 60% y pagará el 40% de dicha sanción. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------4. El pago de la deuda tributaria efectuada después de la interposición del recurso de alzada y antes de la presentación del recurso jerárquico ante la Autoridad General de Impugnación Tributaria, determinara la reducción de la sanción en el 40% y pagará el 60% de dicha sanción. ---------------------------------------Firma y Sella: Paula Jimena Troche Garcia-GERENTE REGIONAL LA PAZ-ADUANA NACIONAL -----Firma y Sella: Luis Gaston Lora Guarachi-Jefe Unidad de Fiscalización-GERENCIA REGIONAL LA PAZ- ADUANA NACIONAL --------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 23 de junio de 2020: (…) procédase a la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS a GUILLERMO ESCARZA ANTONIO con N.I.T. 6939464016 con la VISTA DE CARGO N° AN-GRLGR-UFILRVISCAR-31-2020 de fecha 03 de febrero de 2020, emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, publicada en dos (2) oportunidades con un intervalo de por lo menos (3) días corridos entre la primera y la segunda publicación, en un órganos de prensa de circulación nacional --Firma y Sella: Luis Rodrigo Avila Peñaloza-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i - ADUANA NACIONAL.&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.---------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL EAMR RAGS/WYLV/wgchp c.c. Expediente HR: UFILR2020-82
EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL ABG. ERICK ASTHENIO MIRANDA RONCAL EN MÉRITO AL ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO Nº. 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2004 NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN, DENTRO DE LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS A INSTANCIA DE ESTA GERENCIA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: ----------------------------------------------------------------------------------------MONTO Nº DE PROVEÍDO DE MONTO SUJETO ADEUDADO Nº INICIO DE EJECUCIÓN NIT / C.I. ORIGEN DEL PIET ADEUDADO PASIVO EN TRIBUTARIA EN UFV’S BOLIVIANOS 1
AN-GRLGR -SETPIET-449/2020 DE FECHA 17/09/2020
CARLOS IVAN CHURA GUTIERREZ
8326492 LP
RESOLUCION DETERMINATIVA ANGRLGR-ULELR-RESDET-675-2019 DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2019
135,242.-
57,394.-
2
AN-GRLGR -SETPIET-495/2020 DE FECHA 18/09/2020
VICTOR ALFONSO CASTILLO GARCIA
15.947.8726
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA EN CONTRABANDO AN-GRLPZ-LAPLISPCC-653/2014 DE 21 DE AGOSTO DE 2014
51,595.-
21,895.-
3
AN-GRLGR -SETPIET-398/2020 DE FECHA 31/08/2020
VICTOR HUGO ESCOBAR ESCOBAR
NO CONSIGNA
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ANGRLPZ-LAPLI-SPCC-77-2016 DE 31 DE MAYO DE 2016
1,252,681.-
531,958.-
4
AN-GRLGR -SETPIET-448/2020 DE FECHA 17/09/2020
ANA FERNANDEZ QUISPE MAXIMO QUISPE VICTOR SORIA
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ANGRLGR-LAPLI-RESSAN-23-2020 DE 11 DE FEBRERO DE 2020
2,099,938.-
891,171.-
5
AN-GRLGR-SETPIET-397/2020 DE FECHA 31/08/2020
EDUARDO HUGO CATALAN TAMAYO
12.513725.3
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ANGRLPZ-LAPLI-SPCC/245/2015 DE 23 DE MARZO DE 2015
586,379.-
249,009.-
6
AN-GRLGR -SETPIET-431/2020 DE FECHA 17/09/2020
ALFREDO MEJILLONES MANUEL VIZA MIRIAN SALAZAR GONZALES
, NO CONSIGNA NO CONSIGNA
RESOLUCION SANCIONATORIA EN CONTRABANDO AN-GRLPZ-LAPLISPCC/146/2015 DE 09 DE MARZO DE 2015
07721047-4 NO CONSIGNA 12422258-9
390,820.-
165,856.-
(…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la Ley 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, conforme lo señala el Art. 47 de la Ley 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo que se les comunica que deberán apersonarse a la Supervisoría de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. del Policía Nº 637 entre Calle Diego de Portugal y Ballivian Otero Zona Ciudad Satélite.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Luis Rodrigo Avila Peñaloza - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (1) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 24 de Septiembre de 2020. --------------------------(…) procédase a su Notificación por Edictos de acuerdo al artículo 86 de la Ley 2492 Código Tributario Boliviano, publicados en dos (2) oportunidades con un intervalo de por lo menos tres (3) días corridos entre la primera y segunda publicación, en un órgano de prensa de circulación nacional, y sea con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-449/2020 de fecha 17/09/2020, emitida la Supervisoria de Ejecución Tributaria - Gerencia Regional La Paz. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 28 de Septiembre de 2020. ---------------------------(…) procédase a la Notificación por Edictos; en aplicación del Art. 86 del Código Tributario Boliviano Ley 2492, y sea con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-495-2020 de fecha 18/09/2020; emitida la Supervisoria de Ejecución Tributaria - Gerencia Regional La Paz. Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (3) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 28 de Septiembre de 2020. --------------------------(…) procédase a la Notificación por Edictos; en aplicación del Art. 86 del Código Tributario Ley 2492, y sea con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-398-2020 de fecha 31/08/2020; emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria - Gerencia Regional La Paz. ---------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (4) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 24 de Septiembre de 2020. --------------------------(…) procédase a la Notificación por Edictos; en aplicación del Art. 86 del Código Tributario Ley 2492, y sea con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-448-2020 de fecha 17/09/2020; emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria - Gerencia Regional La Paz. ----------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (5) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 24 de Septiembre de 2020.----------------------------(…) procédase a la Notificación por Edictos; en aplicación del Art. 86 del Código Tributario Ley 2492, y sea con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-397-2020 de fecha 31/08/2020; emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria - Gerencia Regional La Paz. --------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (6) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 24 de Septiembre de 2020.---------------------------(…) procédase a la Notificación por Edictos; en aplicación del Art. 86 del Código Tributario Ley 2492, y sea con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-431-2020 de fecha 17/09/2020; emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria - Gerencia Regional La Paz. ----------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ----Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------EAMR RAGS/WYLV/wgchp
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País
ó Seis incendios forestales continúan activos
en los municipios de Concepción, San Ignacio, Pailón, Vallegrande y Mairana en Santa Cruz.
ó santa cruz
ó para emergencia
Refuerzan con 160 bomberos las brigadas contra incendios
Medio Ambiente entrega equipo en Pando
Ayer se controló el fuego en el parque Kaa-Iya, pero el personal permanece en la zona para que las quemas no se reactiven. Aún existen seis incendios activos en el departamento cruceño. El comandante departamental de la Policía cruceña, José Enrique Terán, informó ayer que se reforzaron las brigadas contra incendios con 160 bomberos, que se desplazarán a las áreas donde se mantienen ocho puntos de quemas activos. El personal policial proveniente de los departamentos de La Paz, Oruro, Potosí, Sucre, Tarija y Santa Cruz partió ayer rumbo a los municipios de Florida, Cabezas y Mairana, donde permanecerán por 15 días al mando del inspector departamental, coronel Hernán Romero Segovia. De acuerdo con la secretaria de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, Cinthia Asín, el lunes se logró controlar el incendio del Parque Nacional y Área Protegida Kaa-Iya, quedando activos seis incendios forestales en Concepción, San Ignacio, Pailón, Vallegrande y Mairana. Asín afirmó que en el área del Kaa-Iya el personal sigue realizando los trabajos de liquidación y la línea de defensa, para que no se reactive el fuego.
Foto: Policia Dptal.
veiska soto morales / bolivia
Durante 15 días, los bomberos combatirán el fuego en los municipios de la Florida, Cabezas y Mairana.
Por su parte, el director de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), Víctor Hugo Añez, indicó que entre el 9 y el 15 de noviembre el promedio diario de focos de calor fue de 364, mayor que el promedio de 2019, cuando se registraron 342 por día. La mayor cantidad de focos de calor detectados fueron en
El resto de los focos están distribuidos en áreas en las que la ABT no ha emitido ninguna autorización; por lo tanto, son ilegales o se encuentran en otra jurisdicción institucional como ser: un 16,1% está situado en Territorio Comunitario de Origen (TCO), un 11,1% en Áreas Protegidas (AP) y en áreas sin autorización, un 59,1%.
El ministro de Medio Ambiente y Agua, Juan Santos Cruz, entregó ayer 30 equipos e indumentaria para bomberos del Comité de Operaciones de Emergencia Departamental de Pando. La entrega se realizó en el Comando de la Policía de Cobija. Los bomberos de este municipio recibieron 30 equipos completos que incluyen: casco, cubreboca, botines, overol, machete, pala, rastrillo y guantes. La autoridad resaltó que trabajará en la prevención y control de incendios forestales con la implementación de un Plan Nacional de Lucha Contra Incendios. Además, se prepara un plan nacional por macroregión para enfrentar los desastres naturales que afectan a la Madre Tierra. “El compromiso de nuestro Gobierno (de Luis Arce Catacora) y de sus ministros es devolver la confianza y la esperanza al pueblo boliviano. De manera coordinada, trabajando entre autoridades y organizaciones sociales, estamos seguros de que pronto vamos a devolver la confianza al pueblo boliviano”, dijo el ministro Santos Cruz.
ó piden tomar previsiones
veiska soito / bolivia
Alerta naranja por fuertes vientos en Potosí y Oruro
Foto: RR.SS.
El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi) emitió ayer una alerta de nivel naranja por fuertes vientos para los departamentos de Oruro y Potosí. Según el comunicado de esa institución, se pronostica vientos moderados atemporalmente fuertes con velocidades entre 40 y 70 kilómetros por hora. Comenzará desde este lunes 16 hasta el miércoles 18 de noviembre. En tanto que las precipitaciones en Oruro estarán sobre lo normal, en las provincias Sabaya y Mejillones; en gran parte de las provincias Litoral, Sur Carangas y Ladislao Cabrera; al Norte y Oeste de la Provincia Sajama; al Noreste de la Provincia
los municipios de San Ignacio y San Miguel, del departamento de Santa Cruz. Mientras que en el departamento de La Paz los focos de calor se han concentrado en el municipio de Ixiamas. De los focos detectados, cerca de 349 (13,7%) están en áreas donde existe algún instrumento de gestión autorizado por la ABT para la producción de alimentos.
v.s.m. / bolivia
La intensidad del viento podría generar ruptura de cables y caída de postes.
San Pedro de Totora; al Sur de las provincias: Carangas, Cercado y Saucari; al Noroeste de la Provincia Nor Carangas y al Este de las provincias Sebastián Pagador y Abaroa. Desde Potosí, el responsable de la Unidad de Gestión de Riesgos de la Gobernación, Fernando Elías, dijo que los 40 municipios están en alerta para que puedan tomar las previsiones. “Por la intensidad del viento, es posible que haya ruptura de cables, caída de postes, casas destechadas, entre otros”, explicó Elías al pedir a la población no
sacar a las crías de ganado y madres gestantes para evitar daños. La visibilidad, indicó, podrá verse afectada, por lo que recomendó cuidados al transporte. Las precipitaciones hasta finales de noviembre en la Villa Imperial estarán por encima de lo normal en las provincias: Daniel Campos, Nor Lípez, Sur Lípez, Enrique Baldivieso, José María Linares y Cornelio Saavedra; en gran parte de las provincias Nor Chichas, Sur Chichas y Tomas Frías; al Sur de las provincia Modesto Omiste y Chayanta.
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ó con más de 7 millones de metros cúbicos
veiska soto / bolivia
Epsas garantiza suministro de agua potable a La Paz y El Alto
Foto: EPSAS
Luego de una evaluación técnica, la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento S.A. Intervenida (Epsas) garantizó ayer el suministro de agua potable a La Paz, El Alto y alrededores. Mediante un comunicado, la empresa aseguró que los sistemas de Chuquiaguillo y Pampahasi disponen en la actualidad de un volumen de agua almacenada de 7.310.388 metros cúbicos, tomando en cuenta que la demanda de agua en las plantas es de 77.500 metros cúbicos día.
Represa de Incachaca, ubicada a menos de un kilómetro de la tranca de Urujara.
ó vallegrande
Niño de 11 años pierde la vida por fuerte granizada
Foto: Todo Diario
Redacción central / bolivia
Producto de la fuerte granizada del viernes 13, Lexander Llanos Aly, de 11 años, perdió la vida en Vallegrande. El menor se encontraba desaparecido, hasta que su pequeño cuerpo fue encontrado el domingo en Yaguarí. Su padre, Lexander Llanos, al igual que la Defensoría del Pueblo regional, pedían a la población de Vallegrande brindar datos del paradero del niño, que desde el viernes no había regresado a su domicilio. Medios locales reportaron que se desconocen las causas que provocaron el deceso del menor, cuyo cuerpo fue encontrado en el río Yaguarí, pasando una zanja en el barrio Villa Esperanza. El domingo, el cuerpo del menor había sido encontrado, en apariencia, ahogado. El lugar donde fue hallado se ubica
a 10 cuadras del lugar donde se aguardaba durante la tormenta. Lexander era el segundo hijo de una familia compuesta por seis menores y sus progenitores. Su padre trabajaba en Santa Cruz y los niños estaban bajo el cuidado de su madre, reportó el diario El Deber. Los vecinos se organizaron para aportar y ayudar a la familia con los gastos funerarios.
que los datos indican que se aproxima una segunda ola (de COVID-19)”, informó. El rector recordó que en los meses pico de la pandemia, entre junio y agosto, la universidad no tenía ese servicio para socorrer a tantas personas que perdieron la vida. Esa lamentable circunstancia habría sido la que impulsó el proyecto y la inversión. Adelantó que el siguiente paso será ampliar el servicio de terapia intensiva neonatal. “Que este sea un lugar donde podamos salvar muchas vidas”, concluyó el rector.
“Considerando un escenario hipotético de cero lluvia, disponemos de agua para 94 días, escenario que no es real, puesto que estamos ingresando a la época de lluvias”, señala el documento. Asimismo, se explicó que a partir de la presencia de lluvias de diciembre a marzo, los niveles de las represas empezarán a subir y se iniciará el periodo de almacenamiento.
De igual manera, los sistemas de Achachicala, El Alto y Tilata se encuentran con volúmenes apropiados para el suministro correspondiente. “Epsas S.A. Intervenida, en el cumplimiento de sus funciones y obligaciones, viene realizando las operaciones necesarias que garantizan el suministro de agua potable a la población en su conjunto”, subraya el tenor del comunicado.
Línea gratuita 800-10-5001
EDICTO EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL ABG. ERICK ASTHENIO MIRANDA RONCAL EN MÉRITO AL ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO Nº. 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2004 NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN, DENTRO DE LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS A INSTANCIA DE ESTA GERENCIA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL. ------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: ---------------------------------------------------------------
Nº
Nº DE PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA
1
AN-GRLGR-SETPIET-459/2020 DE FECHA 17/09/2020
2
AN-GRLGR-SETPIET-490/2020 DE FECHA 18/09/2020
3
AN-GRLGR-SETPIET-512/2020 DE FECHA 23/09/2020
Granizada caída en Vallegrande.
inauguran unidad de terapia intensiva en hospital universitario El rector de la Universidad San Francisco Xavier (USFX), Sergio Padilla, inauguró ayer el servicio de terapia intensiva en el Hospital Universitario (Uni), que cuenta con cuatro camas que se pondrán al servicio de los estudiantes. “Es un día muy importante para todo el sistema de salud universitario porque hemos concluido uno de los sueños anhelados que teníamos, que es poder tener nuestra unidad de terapia intensiva, con cuatro camas bien instaladas en el Hospital Universitario, sobre todo ahora
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país
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AN-GRLGR-SETPIET-2671/2019 DE FECHA 27/12/2019
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AN-GRLGR-SETPIET-559/2020 DE FECHA 28/09/2020
NIT / C.I.
ORIGEN DEL PIET
MONTO ADEUDADO EN BOLIVIANOS
MONTO ADEUDADO EN UFV’S
6175023 LP
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ANGRLPZ-LAPLI-SPCC/679/2014 DE 04 DE SEPTIEMBRE DE 2014
146,220.-
62,053.-
RUFINO MAMANI GOMEZ
2038716 LP
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA EN CONTRABANDO LAPLI-SPCCRC-1789/2019 DE 08 DE OCTUBRE DE 2019
26,788.-
11,368.-
CAROLA ANDREA RETAMAL VALENZUELA
09935680-4
2,265,109.-
961,046.-
JUAN CARLOS MAMANI
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ANGRLPZ-LAPLI-SPCC-700/2014 DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2020
N/C
JUAN ROBERT QUISPE ACARAPI
3394085 LP
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA LAPLI-SPCC-RC-0893/2019 DE 04 DE JUNIO DE 2019
3,837.-
1,646.-
EDGAR QUINTEROS
3165275
JUAN RODRIGO LAURA SANGA
NO CONSIGNA
308,071.-
130,684.-
OSVALDO BOLADOS GARCIA
RESOLUCIÓN SANCIONATORIA EN CONTRABANDO AN-GRLGR-LAPLIRESSAN-496-2019 DE 07 DE AGOSTO DE 2019
8.847.309-4
SUJETO PASIVO
ERICK ALVARO JARRO QUELALI
(…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la Ley 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, conforme lo señala el Art. 47 de la Ley 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo que se les comunica que deberán apersonarse a la Supervisoría de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. del Policía Nº 637 entre Calle Diego de Portugal y Ballivian Otero Zona Ciudad Satélite. -----------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -------------------------------------------Firma y Sella: Paula Jimena Troche Garcia, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ---------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (1) PARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 10 de Noviembre de 2020. (…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. ERICK ALVARO LARRO QUELALI con C.I. 6175023 L. P., con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-459/2020 de fecha 17 de Septiembre de 2020, emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario Bolivianos Ley N° 2492. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 04 de Noviembre de 2020. ----(…) procédase a la Notificación por Edictos a RUFINO MAMANI GOMEZ con C.I. 2038716 L.P. con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-490/2020 de fecha 18 de Septiembre de 2020, emitido por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (3) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 04 de Noviembre de 2020. ----(…) procédase a la Notificación por Edictos a CAROLA ANDREA RETAMAL VELENZUELA con C.I. 09935680-4 y JUAN CARLOS MAMANI N/C con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-512/2020 de fecha 23 de Septiembre de 2020, emitida por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional. -----------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (4) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 04 de Noviembre de 2020. ----(…) procédase a su Notificación por Edictos a JUAN ROBERT QUISPE ACARAPI con C.I. 3394085 L.P. con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-2671/2019 de fecha 27 de Diciembre de 2019, emitida por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. -------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (5) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 09 de Noviembre de 2020.----(…) notifíquese mediante EDICTO a OSVALDO BOLADOS GARCIA, EDGAR QUINTEROS y JUAN RODRIGO LAURA SANGA con el: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-559/2020 de fecha 28 de Septiembre de 2020, emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario Ley N° 2492. ------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL. ---------------------------------EAMR RAGS/WYLV/wgchp
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La Paz - Bolivia / martes 17 de noviembre de 2020
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL Nº 25/2020 El Consejo de la Magistratura, con la facultad conferida por el art.195 numeral 9, de la Constitución Política del Estado; art. 183 parágrafo I numeral 3, art. 191 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial; Reglamento Específico del Proceso de Preselección, Selección y Designación de Jueces Disciplinarios, convoca públicamente a todas y todos los profesionales abogados que cumplan con los requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico, al concurso de méritos y examen de competencia para desempeñar las funciones de. JUEZA JUEZA JUEZA JUEZA
Y Y Y Y
JUEZ JUEZ JUEZ JUEZ
DISCIPLINARIO DISCIPLINARIO DISCIPLINARIO DISCIPLINARIO
DISTRITO DISTRITO DISTRITO DISTRITO
DE DE DE DE
LA PAZ (1 ítems) COCHABAMBA (1 ítems) SANTA CRUZ (3 ítems) TARIJA (1 ítems)
REQUISITOS: Los postulantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el art. 234 de la Constitución Política del Estado y la Ley del Órgano Judicial; que se resume en los siguientes documentos: DOCUMENTACION MÍNIMA HABILITANTE REQUERIDA: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18.
I. II.
Carta de postulación señalando el cargo al que postula. Certificado de nacimiento (fotocopia). Cédula de identidad (fotocopia). Libreta de Servicio Militar, Premilitar o de Exención Militar imprescindible para varones (fotocopia). Certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y Certificado de No violencia contra la Mujer (CENVI) emitido por el Consejo de la Magistratura (original). Certificado actualizado de no tener pliego de cargo ejecutoriado expedido por la Contraloría General del Estado (original). Certificado actualizado de estar inscrito en el Padrón Nacional Electoral expedido por el Servicio de Registro Cívico SERECI - Tribunal Electoral Departamental (original). Título de Abogada o Abogado en Provisión Nacional, con un mínimo de 6 años de antigüedad. (fotocopia). Estar inscrito en el Registro Público de Abogados del Ministerio de Justicia (Certificación o fotocopia de credencial). Certificado actualizado de no tener militancia política, ni pertenecer a ninguna agrupación ciudadana, emitida por el Tribunal Departamental Electoral (original). Certificado actualizado de antecedentes disciplinarios expedido por el Encargado de Recursos Humanos de la representación Distrital del Consejo de Magistratura, para funcionarios y ex funcionarios del Órgano Judicial. (original). Certificado de antecedentes disciplinarios, para funcionarios y ex funcionarios del Ministerio Público, expedido por la Inspectoría del Ministerio Público. (original). Declaración Jurada notariada actualizada, de no estar comprendido en las prohibiciones e incompatibilidades señaladas por ley (original). Declaración jurada notariada actualizada, de haber desempeñado el ejercicio profesional con honestidad y ética, en entidades públicas y/o privadas (original). Declaración jurada notarial de tener o no tener sanciones disciplinarias impuestas por el Ministerio de Justicia y Colegio de Abogados en el ejercicio libre de la profesión. Certificado o declaración jurada notariada de tener conocimiento de un idioma originario del país. (certificado fotocopia o declaración notariada Original) Impresión del formulario electrónico debidamente llenado en el sitio web: magistratura.organojudicial.gob.bo que deberá obligatoriamente estar firmado. La documentación de respaldo de la hoja de vida, deberá estar debidamente foliada y guardar relación con el llenado de la hoja de vida electrónica en el Sistema Integrado de Procesos de Preselección, Evaluación y Designación (SIPEP); dejando constancia que se disminuirá el puntaje establecido por el sistema al postulante que no acredite un documento de respaldo que registro en el sistema SIPEP, así mismo no se tomará en cuenta la documentación no citada en el formulario. El postulante deberá presentar toda la documentación descrita en la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura donde postula no se aceptará la presentación de postulación en otro Distrito Judicial. El postulante deberá rendir el examen de competencia en el Distrito Judicial al que se postuló no se aceptará que el postulante rinda el examen en otro Distrito Judicial.
LLENADO DE FORMULARIO ELECTRÓNICO. I. II. III. IV.
El registro de postulación se realizará llenando el formulario electrónico del Sistema Integral de Postulación y Evaluación de Personal (SIPEP) disponible en el sitio web del Consejo de la Magistratura, durante las fechas establecidas en la convocatoria. El formulario electrónico será llenado conforme a los documentos solicitados en la convocatoria. La no presentación de algún requisito mínimo habilitante, dará lugar a la inhabilitación del postulante. Llenado los datos en el orden requerido y concluido el registro, el formulario deberá ser impreso y firmado por la o el postulante. No se tomará en cuenta la documentación no consignada en el formulario electrónico del (SIPEP). Dentro del término previsto en la convocatoria, la o el postulante deberá presentar el formulario electrónico impreso y firmado, adjuntando la documentación mínima habilitante y documentación de respaldo de la hoja de vida foliada en las
secretarías de las representaciones distritales del Consejo de la Magistratura, indicando el cargo al que postula. Solo se aceptará la postulación a un Distrito Judicial. Aspectos a ser considerados por las y los postulantes: a) b)
c) d) e) f) g) h) i) j)
El Cronograma, el eje temático del examen de competencia esta publicada conjuntamente la convocatoria. El sistema después del examen de competencia publicara las nóminas con los postulantes que obtuvieron una calificación igual o mayor a 60 puntos en la sumatoria obtenida del examen de competencia y la calificación que le otorgo el sistema al momento de postularse, con estos postulantes se procederá a la Verificación de la documentación mínima habilitante y verificación de la documentación de respaldo que acredita la calificación de méritos En caso de identificarse que la o el postulante no acreditó algún documento registrado en el SIPEP, se disminuirá la calificación que el sistema califico. Las declaraciones juradas ante Notario de Fe Pública, podrán ser realizadas en un solo documento. Los documentos de respaldos de la experiencia laboral en instituciones públicas y privadas deberán indicar el comienzo y el final de dicha función, también el ejercicio de la profesión libre podrá ser declarada y acreditar con una declaración jurada. En el distrito correspondiente se devolverá la documentación a los postulantes no habilitados o no aprobados, debiendo apersonarse en el plazo máximo de 1 mes de concluido el proceso de preselección, caso contrario la documentación será destruida bajo constancia. Se consideran certificaciones actualizadas, las emitidas 90 días calendario antes del cierre de las convocatorias. Concluida la verificación de la documentación mínima habilitante, el resultado será puesto a conocimiento de las y los postulantes mediante la página web del Consejo de la Magistratura y tablero de la institución y podrá ser impugnado ante las mismas autoridades sin recurso ulterior en el plazo de 24 horas y ser resuelta en el mismo plazo. En caso de detectarse documentación falsa o alterada, el Consejo de la Magistratura, se reserva el derecho de remitir al Ministerio Público para su investigación. Los aspirantes a Juez Disciplinario podrán postularse a un solo cargo y distrito.
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN. Dentro del término previsto la o el postulante deberá presentar el formulario electrónico impreso, la documentación mínima habilitante y documentación de respaldo del Concurso de Méritos en la Secretaría de las Representaciones Distrital del Consejo de la Magistratura donde se postula, indicando el cargo al que se postula a partir del lunes 16 de noviembre hasta 18:30 del viernes 11 de diciembre de 2020. Sistema de Calificación:
EVALUACION
DURACION EN DIAS HABILES
Examen de Competencia
60 puntos
Calificación de Méritos
40 puntos
Total
100 puntos
Entrevista
Referencial
Los postulantes que se presentaron a la Convocatoria Pública Nacional N° 08/2020 podrán postularse con la misma documentación presentada a dicha Convocatoria, actualizando los siguientes documentos Certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) Certificado de No Violencia Contra la Mujer (CENVI). Los sobres de postulación deberán ser consignados con el siguiente rótulo. Señores: CONSEJO DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS …………............................. — BOLIVIA CONVOCATORIA N°………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… POSTUL ACIO N AL CARGO DE (p ostulac i ón a un s ol o Distrito) N O M B R E D E L P O S T U L A N T E …………………………………………………………………………………………………………………………………….. C.I. N º ……………….....................………………………………………………………………………………………………............................................. DIRECCIÓN …………………………….......………………………………………………………………………………………………………................... TELEFONO..........................…………………………………………………………………………………………………………................................. CORREO ELECTRONICO ……........…………………………………………………………………………………………………………………………….. 15 de noviembre del 2020
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ORGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL N° 24/2020 (CARGOS A CONTRATO) El Consejo de la Magistratura, con la facultad conferida por los Art.193 parágrafo I, de la Constitución Política del Estado, Disposición Transitoria Séptima de la Ley 025 del Órgano Judicial y el Reglamento de Preselección de Registradores y Sub Registradores de Derechos Reales, convoca públicamente a las y los profesionales abogados que cumplan con los requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico, al concurso de méritos y examen de competencia para desempeñar cargos a contrato por un periodo y con ítems como: SUB REGISTRADOR DE DERECHOS REALES DE CAPITAL Y PROVINCIA CARGOS A CONTRATO POR UN PERIODO
SUB REGISTRADOR
ACHOCALLA
LA PAZ
CONTRATO
SUB REGISTRADOR
ZONA SUR
LA PAZ
CONTRATO
SUB REGISTRADOR
SAN JULIAN
SANTA CRUZ
CONTRATO
SUB REGISTRADOR
PADILLA
CHUQUISACA
CONTRATO
SUB REGISTRADOR
VILLAMONTES
TARIJA
CONTRATO
Nota; La convocatoria se emite para cubrir cargos de nueva creación a contrato por un periodo fiscal (1 año) en los distintos distritos del país. REQUISITOS: Los postulantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el Art. 234 de la Constitución Política del Estado y ley del Órgano Judicial; que se resume en los siguientes documentos: DOCUMENTACIÓN MÍNIMA HABILITANTE. - Los documentos que deberán presentar las y los postulantes al cargo, son los siguientes: 1. Carta dirigida al Consejo de la Magistratura, señalando el cargo al que se postula. 2. Certificado de nacimiento (fotocopia simple). 3. Cédula de identidad vigente (fotocopia simple). 4. Libreta de Servicio Militar (fotocopia simple) 5. Certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP), emitido por el Consejo de la Magistratura (Original). 6. Certificado del Tribunal Electoral Departamental o Certificado de Sufragio (original). 7. Título en Provisión Nacional de abogada o abogado con una antigüedad de al menos seis (6) años al día de la publicación Convocatoria (fotocopia legalizada). 8. Certificado de antecedentes disciplinarios emitido por el Consejo de Magistratura y/o Ministerio de Publico donde ejerció funciones (Original). 9. Certificado de no contar con sanción o resolución ejecutoriada por faltas graves o gravísimas en el ejercicio de la abogacía del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, al que corresponda o del Registro Público de la abogacía del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. 10. Declaración Voluntaria ante notario de Fe Publica, de no estar comprendido en las prohibiciones e incompatibilidades señaladas por ley (Original). 11. Certificado del Registro Público de la Abogacía (Original). 12. Certificado de no tener militancia política, ni pertenecer a ninguna agrupación ciudadana, emitida por el Tribunal Electoral Departamental (Original). 13. Formulario electrónico (SIPEP) debidamente llenado en el sitio web: magistratura.organojudicial.gob.bo, que deberá estar obligatoriamente impreso y firmado por la o el postulante. 14. La documentación de respaldo de la hoja de vida, deberá estar debidamente foliada, guardando relación con el llenado de la hoja de vida electrónica. Nota.- La Solvencia fiscal de la Contraloría del Estado y SIPASSE se requerirá en caso de ser designado. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE POSTULACIONES Dentro del término previsto la o el postulante deberá presentar el formulario electrónico impreso, la documentación mínima habilitante y documentación de respaldo en sobre cerrado, en la Secretaría de la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura donde se postula, a partir del lunes 16 de noviembre, hasta horas 18:30 de 04 de diciembre de 2020. Sistema de Calificación:
EVALUACION
PUNTAJE
Calificación de Méritos
40 puntos
Examen de Competencia
60 puntos
Total
100 puntos
Los postulantes podrán postularse a un solo cargo y distrito. Otras especificaciones de la convocatoria deberán ser consultadas en el Reglamento de Preselección de Registradores y Sub Registradores, publicada en el sitio web magistratura.organojudicial.gob.bo Los sobres de postulación deberán ser consignados con el siguiente rótulo: Señor: ENCARGADO DISTRITAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA NOMBRE Y APELLIDOS……………………………………………………………… (Letra Imprenta y legible)…………………………………………………….....…. CARGO AL QUE POSTULA ……………………………….……………………………………………………………………………………..………………………………… TRIBUNAL DEPARTAMENTAL AL QUE POSTULA………………………………………………………………………………………………………………………………. CONVOCATORIA PUBLICA N°……………………………………………………………………………………………………………………………………..………………. C.I………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Dirección…………………………………………………………………………………………………………………………..……………………………………………………. Teléfono………….....……………………………………………………………………………………………………………………………………….……….………………….
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ORGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL N° 23/2020 El Consejo de la Magistratura, con la facultad conferida por el Art.193 parágrafo I, de la Constitución Política del Estado, Disposición Transitoria Séptima de la Ley 025 del Órgano Judicial, convoca públicamente a las y los profesionales abogados que cumplan con los requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico, al concurso de méritos y examen de competencia para desempeñar las funciones de: REGISTRADOR Y SUBREGISTRADOR DE CAPITAL Y PROVINCIA Nota. - Se publicará en la página web Consejo de la Magistratura la lista de acefalias por renuncia, destitución, fallecimiento y por cumplimiento de periodo al 31 de diciembre de 2020. REQUISITOS GENERALES. 1. Carta de Postulación. 2. Contar con nacionalidad boliviana. 3. Verificación de identidad. 4. Haber cumplido los deberes militares (varones). 5. No tener sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal pendiente de cumplimiento. 6. No tener pliego de cargo ejecutoriado. 7. Estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral. 8. Tener título en Provisión Nacional de abogada o abogado con una antigüedad de seis (6) años al día de la publicación Convocatoria. 9. No haber sido destituido por proceso disciplinario por el Consejo de la Magistratura y/o por el Ministerio Público. 10. No haber sido sancionado con resolución ejecutoriada por faltas graves o gravísimas en el ejercicio de la abogacía. 11. No estar comprendido en los casos de prohibición o incompatibilidad establecidos en la Constitución Política del Estado y la Ley del Órgano Judicial. 12. Estar registrada o registrado en el Registro Público de la Abogacía. 13. No tener militancia política ni pertenecer a ninguna organización política o agrupación ciudadana al momento de postularse. DOCUMENTACIÓN MÍNIMA HABILITANTE. - Los documentos que deberán presentar las y los postulantes al cargo, son los siguientes: 1. Carta dirigida a la Presidente del Consejo de la Magistratura, señalando el cargo al que se postula. 2. Certificado de nacimiento (fotocopia simple). 3. Cédula de identidad vigente (fotocopia simple) 4. Libreta de Servicio Militar solo varones (fotocopia simple) 5. Certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y Certificado de no Violencia (CENVI), emitidos por el Consejo de la Magistratura (Originales). 6. Certificado de Solvencia Fiscal emitido por la Contraloría General del Estado (original). 7. Certificado del Tribunal Electoral Departamental o Certificado de Sufragio (original). 8. Título en Provisión Nacional de abogado con seis (6) años de antigüedad (Fotocopia Legalizada) 9. Certificado de antecedentes disciplinarios emitido por el Consejo de Magistratura y/o Ministerio de Publico donde ejerció funciones (Original) 10. Certificado de no contar con sanción o resolución ejecutoriada por faltas graves o gravísimas en el ejercicio de la abogacía del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados, al que corresponda o del Registro Público de la abogacía del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional 11. Declaración Voluntaria ante Notario de Fe Publica, de no estar comprendido en las prohibiciones e incompatibilidades señaladas por ley (Original). 12. Certificado del Registro Público de la Abogacía (Original). 13. Certificado de no tener militancia política, ni pertenecer a ninguna agrupación ciudadana, emitida por el Tribunal Electoral Departamental (Original). 14. Formulario electrónico (SIPEP) debidamente llenado en el sitio web: magistratura.organojudicial.gob.bo, que deberá estar obligatoriamente impreso y firmado por la o el postulante. (documento que servirá para efecto de calificación) 15. La documentación de respaldo de la hoja de vida, deberá estar debidamente llenada en el formulario, foliada, guardando relación con el llenado de la hoja de vida electrónica. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE POSTULACIONES. Dentro del término previsto la o el postulante deberá presentar el formulario electrónico impreso, la documentación mínima habilitante y documentación de respaldo en la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura donde se postula tomando en cuenta las medidas de bioseguridad, a partir del lunes 16 de noviembre, hasta horas 18:30 de 04 de diciembre de 2020. Sistema de Calificación:
EVALUACION
DURACION EN DIAS HABILES
Calificación de Méritos
40 puntos
Examen de Competencia
60 puntos
Total
100 puntos
Los postulantes podrán postularse a un solo cargo y distrito. Otras especificaciones de la convocatoria deberán ser consultadas en el Reglamento de Preselección de Registradores y Sub Registradores, publicada en el sitio web magistratura.organojudicial.gob.bo. Los sobres de postulación deberán ser consignados con el siguiente rótulo: Señor: ENCARGADO DISTRITAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA NOMBRE Y APELLIDOS……………………………………………………………… (Letra Imprenta y legible) ……………............................................. CARGO AL QUE POSTULA ……………………………….……………………………………………………………………………………..………………...…… TRIBUNAL DEPARTAMENTAL AL QUE POSTULA………………………………………………………………………………………………………………. CONVOCATORIA PUBLICA N°……………………………………………………………………………………………………………………………………..…... C.I ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………...... Dirección …………………………………………………………………………………………………………………………..……………………………………… Teléfono ………….....……………………………………………………………………………………………………………………………………….……….…… Correo electrónico .……………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Sucre, 15 de noviembre 2020
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martes 17 de noviembre de 2020
Últimas
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ó El acto se desarrolló en La Casa Grande del
Pueblo y contó con la participación de varias autoridades de Estado.
ó el coronel Jhonny aguilera juró como nuevo comandante interino de la institución del orden
ó fiscalía
Arce pide a la Policía no ser instrumento de persecución
Emiten orden de aprehensión contra exministros Murillo y López
El Mandatario expresó su anhelo de que se concrete la institucionalización policial y censuró al personal que quemó símbolos patrios o asumió acciones en contra de un gobierno establecido. Redacción central / bolivia
Diego Valero
El presidente Luis Arce posesionó la noche de este lunes al coronel Jhonny Aguilera como comandante interino de la Policía Boliviana y, al valorar el trabajo de los uniformados al servicio de su pueblo, expresó su anhelo de contar con una institución que no esté politizada ni sea instrumento de persecuciones al que piensa y opina diferente. Agregó que con la posesión de Aguilera comienza un nuevo ciclo en la Policía, de reinstitucionalización bajo tres ejes esenciales: disciplina, dignidad e institucionalidad. “Queremos una Policía institucionalizada, no podemos nunca más tener policías que quemen los símbolos patrios, que asuman acciones para ir en contra de un gobierno democrático y legalmente constituido”, dijo. Remarcó la tarea de los uniformados de recuperar la confianza del pueblo, de lograr una institución transparente y eficiente, puesto que son parte vital de la reconstrucción de la patria. Exhortó a los policías a enmarcarse en la normativa, regirse bajo los principios constitucionales y servir al pueblo.
El coronel Jhonny Aguilera es felicitado por el presidente Luis Arce, tras su juramento.
“Queda la gran tarea de la Policía y del Gobierno de generar confianza en el pueblo y construir la institucionalidad que se requiere”, manifestó.
una institución integral Por su parte, el coronel Aguilera reconoció que anteriormente los policías tuvieron errores que se traducen en una falta de doctrina, convicción y desentendidos; y dichas acciones las atribuyó a actos vincula-
dos con la corrupción, motivada por unos pocos que desconocieron el orden establecido. “Nos toca establecer el orden público y restablecerlo, respetando derechos constitucionales, por lo tanto, nos comprometemos a tener una Policía integral, cuya fortaleza es el mando único e indivisibilidad de funciones”, apuntó. Aseguró que los uniformados emplearán una investigación proactiva mediante el em-
pleo de inteligencia para buscar información, lo que generará políticas preventivas. “Así la población se sentirá segura y orgullosa de su Policía. Nuestro compromiso y visión, tener una institución con credibilidad y confianza, apoyando a la democracia y respeto a las autoridades”, afirmó. Aseveró que los policías tendrán una educación de calidad para formar buenos profesionales.
ó el total acumulado alcanza a 143.371 contagios confirmados
Bolivia registra 125 nuevos casos de COVID-19 y 10 decesos DATOS OFICIALES DEL CORONAVIRUS EN BOLIVIA PANDO 2.392
BENI 7.318
Confirmados
Actualizado: 16/11/20 - 21:15 Fuente: Ministerio de Salud
Confirmados
LA PAZ 35.271
SANTA CRUZ 44.478
Confirmados
Confirmados
COCHABAMBA 14.109
CHUQUISACA 7.933
Confirmados
Confirmados
ORURO 6.100
Confirmados
TARIJA 16.498
POTOSÍ 9.272
143.371
125
DECESOS HOY
10
SANTA CRUZ
42
LA PAZ
3
LA PAZ
34
POTOSÍ
3
COCHABAMBA
22
COCHABAMBA
2
POTOSÍ
13
TARIJA
TARIJA
7
ORURO
1 1
ORURO
4
SANTA CRUZ
-
CHUQUISACA
3
CHUQUISACA
-
PANDO
-
BENI
-
BENI
-
PANDO
-
Confirmados
Confirmados
CONFIRMADOS
CASOS HOY
SOSPECHOSOS
1.296
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DESCARTADOS
202.316
ACTIVOS
17.058
RECUPERADOS
117.454
DECESOS
8.859
Redacción central / bolivia
El Ministerio de Salud reportó ayer 125 contagios nuevos de COVID-19, con un total acumulado de 143.371 casos. El número de fallecidos subió a 8.859 con los 10 decesos registrados ayer. De acuerdo con el reporte, Santa Cruz registró 42 casos, La Paz 34, Cochabamba 22, Potosí 13, Tarija 7, Oruro 4, Chuquisaca 3. Las cifras acumuladas por departamento mantienen a Santa Cruz como la región
con más casos: 44.478, le sigue La Paz con 35.271, Tarija 16.498, Cochabamba 14.109, Potosí 9.272, Beni 7.318, Chuquisaca 7.933, Oruro 6.100 y Pando 2.392. Los casos activos son 17.058; 117.454 pacientes recuperados, 202.316 pruebas negativas y 1.296 casos sospechosos. Los fallecidos fueron reportados de la siguiente manera; 3 de La Paz, 3 Potosí, 2 Cochabamba, 1 Tarija y 1 Oruro.
Redacción central / bolivia
Desde el 5 de noviembre cursan dos órdenes de aprehensión en contra de los exministros Arturo Murillo y Luis Fernando López, de Gobierno y Defensa, respectivamente, por los delitos de uso indebido de inf luencias y otros. La Fiscalía Especializada Anticorrupción, Legitimación de Ganancias Ilícitas y Delitos Aduaneros y Tributarios de La Paz ordenó la aprehensión de ambos por existir en su contra elementos de convicción suficientes de que son partícipes o autores de las acusaciones. “Al existir indicios de que el sindicado pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del país y obstaculizar la averiguación de la verdad”, señala parte de las órdenes firmadas por los fiscales marcos Villa y Luis Atanacio. A pesar de que hay una alerta migratoria contra las exautoridades, se supo extraoficialmente que Murillo se encontraría en Panamá, mientras que no hay rastros del paradero de López. La Fiscalía espera un informe oficial de parte de la Dirección de Migración al respecto.
presunto sobreprecio López y Murillo son investigados por una presunta compra con sobreprecio de gases lacrimógenos para la Policía. Según la denuncia de Gigavisión, la adquisición del material no letal se hizo en 2019 mediante un intermediario, a quien se le habría pagado un monto extra que causó un daño económico mayor a 2 millones de dólares. Los gases fueron comprados, como en años anteriores, a una empresa brasileña, pero en esa ocasión, en lugar de realizar la adquisición de manera directa, se apeló a un intermediario.
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últimas
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martes 17 de noviembre de 2020
Redacción central / bolivia
Seguidores de la alianza Creemos y del MAS se enfrentaron durante varios minutos, los primeros acusaban a los militantes oficialistas de ser cómplices del supuesto fraude electoral en las elecciones generales del 18 de octubre. “Me robaron hasta mi reloj”, dijo Cuéllar, que también pretendía la titularidad de la brigada cruceña. Junto con él, su colega Patricia Mendoza también recibió chicotazos. Pasada la primera gresca, poco después del mediodía
Empujones, golpes con palos, tubos de banderas y puñetazos se vieron ayer, previo a la elección del diputado José Carlos Gutiérrez, de Creemos, como nuevo presidente de la Brigada Parlamentaria Cruceña. La tensión surgió a las 10.00 cuando ciudadanos opositores al partido de Gobierno intentaron impedir el ingreso del diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Rolando Cuéllar, al edificio de la Brigada Parlamentaria.
se instaló la sesión, dando como resultado la elección de José Carlos Gutiérrez, de Creemos, como presidente; mientras que Rolando Cuéllar, del MAS, quedó como vicepresidente. La pelea no paró en un primer enfrentamiento, ya que después se dieron sucesivas agresiones. La Policía tuvo que evacuar a Cuéllar, Deysi Choque y otros masistas para evitar que la turba afín a la alianza Creemos los vuelva a golpear.
Foto: APG
Golpes y palos en elección de brigada cruceña
Empujones, golpes con palos y puñetazos se registraron en la puerta.
Línea gratuita 800-10-5001
EDICTO EL GERENTE REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional Abog. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en ARMINDA estricta aplicación al artículo 86 TEODORA FLORES CONDORI con C.I. 13340172 LP.; con la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELRRESDET-71-2020 de fecha 02/10/2020, en la ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en un plazo perentorio pone.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELR-RESDET-71-2020. ----------------------El Alto, 02 de octubre de 2020. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Orden de Control Diferido 2016CDGRLP0429 y 2016CDGRLP0429-1 de fecha 06/05/2016, Vista de Cargo AN-GRLGRy las pruebas de cargo y descargo y todos los antecedentes cursantes en el expediente. --------------------------------------------POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley; -------------------------------RESUELVE: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERO.- DETERMINAR Flores Condori Arminda Teodora con CI. 13340172 LP., y la Agencia Despachante de Aduana “INO LTDA.” con NIT 1006259028, por concepto de diferencia de valor, diferencia en seguro, afectando al Tributo Aduanero GA, IVA, ICE e intereses, en la tramitación de la Declaración Única de Importación DUI 2016/201/C-6286 de 02/03/2016, por el monto que asciende a Bs 14.811,00 (Catorce mil ochocientos once 00/100 Bolivianos) equivalente a UFV’s 6.362,44 (Seis mil trescientos sesenta y dos 44/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), por concepto de Tributo Omitido, Mantenimiento de Valor e Intereses, conforme lo siguiente: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Resumen Liquidación Previa de la Deuda Tributaria al 12/12/2019
N° Corr
1
DOCUMENTO ADUANERO (DUI)
Fecha DUI
2016/201/C-6286
02/03/2016
Valor FOB no declarado
Valor CIF no declarado
Bs
Bs
27,283.00
36,077.00
Tipo de Tributo Aduanero
Tributo Omitido a la Fecha de Vto.
Intereses del Tributo Omitido actualizado al
07/03/2016 Bs.
Deuda Tributaria (TO + I) actualizada al
12/12/2019
UFV’s
Bs
12/12/2019
UFV’s
BS
UFV’s
GA
3,608.00
1,710.27
1,030.00
442.46
4,638.00
1,992.37
IVA
5,929.00
2,810.47
1,693.00
727.27
7,622.00
3,274.22
ICE
1,984.00
940.46
566.00
243.14
2,551.00
1,095.85
11,521.00
5,461.20
3,289.00
1,412.87
14,811.00
6,362.44
TOTAL DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Nota: UFV a la Fecha de Vto. Bs2.10961, UFV a la fecha de la Deuda Tributaria Actualizada de Bs2.32788, con tasa de interes del 4% conforme establece el Art. 47 del Codigo Tributario Boliviano por la Ley N° 812 de 30/06/2016--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- CALIFICAR la conducta de la operadora Flores Condori Arminda Teodora con CI. 13340172 LP., y la Agencia Despachante de Aduana “INO LTDA.” con NIT 1006259028 como “OMISIÓN DE PAGO”, por adecuarse su conducta a lo establecido por el Art. 165 de la Ley N° 2492 – CTB., correspondiendo SANCIONAR a la misma con una multa igual al 100% del tributo omitido establecida en UFV’s 5.461,20 (Cinco mil cuatrocientos sesenta y uno 20/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), monto calculado a la fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias que fueron sujetas a control, por concepto de GA, IVA e ICE, por la Declaración Única de Importación DUI 2016/201/C-6286 de 02/03/2016. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERO.- INTIMAR a la operadora Flores Condori Arminda Teodora con CI. 13340172 LP., y la Agencia Despachante de Aduana “INO LTDA.” con NIT 1006259028, al pago de los importes determinados en las disposiciones primera y segunda de la presente Resolución Determinativa, importes que serán calculados conforme lo previsto en el Artículo 47 de la Ley N° 2492 (CTB) 23/11/2016 Reglamento a la Ley 812 de 30/06/2016. -------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO.- COMUNICAR a la operadora Flores Condori Arminda Teodora con CI. 13340172 LP., y la Agencia Despachante de Aduana “INO LTDA.” con NIT 1006259028, lo establecido en los numerales 2 y 3 del Art. 156° de la precitada Ley correspondiente a la Multa por Omisión de Pago, antes de la ejecutoria de la presente resolución. --------------------------------------------------------------------------------------------------SEXTO.- En caso de no estar de acuerdo con la presente determinación, la operadora podrá impugnar el presente acto administrativo dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del Art. 174 de la Ley N° 1340 de 28/08/1992 o, dentro el plazo de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido en el Art. 143 de la Ley N° 2492 Ejecución Tributaria, conforme prevé el Art. 108 de la Ley N° 2492 – CTB. ---------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese y cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL - Firma y Sella: Rodney A. Goitia Sanchez – JEFE UNIDAD LEGAL a.i. – GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional.--------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 07/10/2020: (…) notifíquese mediante EDICTO a ARMINDA TEODORA FLORES CONDORI con C.I. 13340172 L.P. con la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELR-RESDET-71-2020 de fecha 02 de Octubre de 2020, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional sea conforme establece el artículo 86º del Código Tributario – Ley Nº 2492. ---------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL. ----------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EAMR RAGS/WYLV/wgchp c.c. Expediente HR. UFILR2019-580
Línea gratuita 800-10-5001
EDICTO
EL GERENTE REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional Abog. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. JOSÉ BERNABÉ QUISBERT CHÁVEZ con NIT 4926713012; con la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELR-RESDET-85-2020 de fecha 21/10/2020, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en un plazo perentorio de 20 días calendario a partir de su legal notificación o alternativamente, interponer los recursos en los plazos que la ley dispone.-----------------------------------------------------------------------------------------------------PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCION DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELR-RESDET-85-2020. -----------------------------------El Alto, 21 de octubre de 2020. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Orden de Control Diferido 2016CDGRLP0510 de 16/06/2016, Vista de Cargo AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-16-2020 de 21/01/2020, Informe AN-GRLGR-UFILR-I-1013-2020 de 07/10/2020, todos los antecedentes cursantes en el expediente, y ; ----------------------------POR TANTO: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley; --------------------------------------------RESUELVE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERO.- DETERMINAR de oficio las obligaciones aduaneras del operador JOSE BERNABE QUISBERT CHAVEZ con NIT 4936713012 y Agencia Despachante de Aduana «AYACUCHO S.R.L.» con NIT 1001043022, por concepto de diferencia de valor afectando los Tributos Aduaneros del Gravamen Arancelario (GA), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e intereses en la tramitación de la Declaración Única de Importación 2016/221/C-52 de 06/05/2016 por el monto que asciende a UFV´s. 480,438.64 (Cuatrocientos ochenta mil cuatrocientos treinta y ocho 64/100 Unidades de Fomento de Vivienda) equivalente a Bs.1,121,805.00 (Un millón ciento veintiún mil ochocientos cinco 00/100 Bolivianos), por concepto de Tributo Omitido, Mantenimiento de Valor e Intereses, calculados al 21/01/2020, conforme al siguiente detalle: Resumen Liquidación Previa de la Deuda Tributaria al 10/12/2019 DOCUMEN N°
1
TO ADUANERO (DUI) 2016/221/C52
Fecha DUI
06/05/2016
TOTAL DE LA DEUDA TRIBUTARIA
Valor FOB no declarado
Valor CIF no declarado
Bs
Bs
1.411,215.00
1,439,431.00
Tipo de Tributo Aduanero GA IVA
Tributo Omitido a la Fecha de Vto.
Intereses del Tributo Omitido actualizado al
11/05/2016
21/01/2020
Bs.
UFV’s
Bs
575,776.00
271,530.97
160,837.00
UFV’s 68,882.12
301,087.00
141,990.2
84,105.00
36,019.89
876,863.00
413,520.99
244,942.00
104,902.01
Deuda Tributaria (TO + I) actualizada al 21/01/2020 BS
UFV’s
736,613,00
315,471.36
385,192,00
164,967.28
1,121,805.00
480,438.64
Nota: UFV a la Fecha de Vto. Bs2.12048, UFV a la fecha de la Deuda Tributaria Actualizada de Bs2,33496, con tasa de interés del 4% y 6% conforme establece el Art. 47 del Código Tributario Boliviano por la Ley No. 812 de 30/06/2016. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.- CALIFICAR la conducta del operador JOSE BERNABE QUISBERT CHAVEZ con NIT 4936713012 y Agencia Despachante de Aduana «AYACUCHO S.R.L.» con NIT 1001043022, como “OMISIÓN DE PAGO”, por adecuarse su conducta a lo establecido por el Art. 165 de la Ley N° 2492 – CTB., correspondiendo SANCIONAR al mismo con una multa igual al 100% del tributo
omitido establecida en UFV´s 413,520.99 (Cuatrocientos trece mil quinientos veinte 99/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), monto calculado a la fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias que fueron sujetas a control, por concepto de GA e IVA, por la Declaración Única de Importación 2016/221/C-52 de 06/05/2016. -------------------------------------------------------------------------------TERCERO.- INTIMAR al operador JOSE BERNABE QUISBERT CHAVEZ con NIT 4936713012 y Agencia Despachante de Aduana «AYACUCHO S.R.L.» con NIT 1001043022, al pago de los importes determinados en las disposiciones primera y segunda de la presente Resolución Determinativa, importes que serán re liquidados conforme lo previsto en el Artículo 47 de la Ley N° 2492 (CTB) modificado por la Ley 812, Artículo 42 del D.S. 27310 – RCTB modificado por el D.S. 2993 de 23/11/2016 Reglamento a la Ley 812 de 30/06/2016. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO.- COMUNICAR al operador JOSE BERNABE QUISBERT CHAVEZ con NIT 4936713012 y Agencia Despachante de Aduana «AYACUCHO S.R.L.» con NIT 1001043022, que acuerdo a la Ley N° 812 de 30/06/2016 que modifica la Ley N° 2492 de 02/08/2003 – Código Tributario Boliviano, podrá acogerse al beneficio de reducción de sanciones conforme lo establecido en los numerales 2 y 3 del Art. 156° de la precitada Ley correspondiente a la Multa por Omisión de Pago, antes de la ejecutoria de la presente resolución. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO.- En caso de no estar de acuerdo con la presente determinación, el operador, sujeto pasivo o tercero responsable podrá impugnar el presente acto administrativo dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del Art. 174 de la Ley N° 1340 de 28/08/1992 o, dentro el plazo de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido en el Art. 143 de la Ley N° 2492 de 02/08/2003, computables a partir de su legal notificación con la presente Resolución, bajo alternativa de iniciarse la Ejecución Tributaria, conforme prevé el Art. 108 de la Ley N° 2492 – CTB. --------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese y cúmplase.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.-ADUANA NACIONAL Firma y Sella: Rodney A. Goitia Sanchez – JEFE UNIDAD LEGAL a.i. – GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional. ------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 26/10/2020: (…) notifíquese mediante EDICTO a JOSE BERNABE QUISBERT CHAVEZ con NIT 4926713012 con la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA ANGRLGR-ULELR-RESDET-85-2020 de fecha 21/10/2020, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional sea conforme establece el artículo 86º del Código Tributario – Ley Nº 2492.---------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL. -----------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EAMR RAGS/WYLV/wgchp c.c. Expediente HR. GRLGR2018-5284
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martes 17 de noviembre de 2020
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EDICTO
Línea gratuita 800-10-5001
EDICTO El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. JUAN CARLOS ORDOÑEZ ALEJANDRO con C.I. Nº 5743917 OR., para que tome conocimiento de la ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000098 de fecha 09/06/2020 – DETALLE DE TRAMITES A FISCALIZAR, debiendo apersonarse dentro del plazo de 3 días calendario a partir de su legal notificación en las oficinas de la Gerencia Regional La Paz ubicada en Ciudad Satélite – El Alto, Av. Del Policía N° 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero, para la presentación de descargos previstos por norma. --------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ORDEN DE CONTROL DIFERIDO Nº 2020CDGRL0000098 de fecha 09/06/2020. En aplicación del artículo 104º parágrafo I. de la Ley No. 2492 y el Procedimiento Sancionatorio y de Determinación, aprobado mediante Resolución Administrativa No. RA-PE-01-029-16, la Aduana Nacional ha dispuesto la verificación del cumplimiento de la normativa legal aplicable y las formalidades aduaneras del Operador. I. INFORMACIÓN DEL OPERADOR Número del CI: 5743917, Nombre o Razón Social: JUAN CARLOS ORDOÑEZ ALEJANDRO, Dirección: CALLE 16 DE JULIO, Nº 776, ZONA CENTRAL, BENI, Actividad Principal: IMPORTADOR, II. TRIBUTOS A FISCALIZAR Gravamen Arancelario de las Importaciones (GA) Impuesto al Valor Agregado de la Importaciones (IVA) Impuesto a los Consumos Específicos Importaciones (ICE). III. ALCANCE Y PERIODO DEL CONTROL DIFERIDO Trámite(s) detallados en Anexo adjunto correspondientes a la Gestión(es) 2017, IV. EQUIPO DE, TRABAJO ASIGNADO N° Cargo del Funcionario - Nombres y Apellidos – C.I. 1 FISCALIZADOR- CONSULTOR QUENALLATA MAMANI VICTORIA 8324331 LP., 2 JEFE VACAFLOR TORRICO MARIO CARLOS 4806121 LP., V°B° Jefe DFO/DIA/UFR GERENCIA REGIONAL LA PAZ V°B° Mario C. Vacaflor Torrico A.N.B. Firma y Sello GERENTE Luis Rodrigo Avila Peñaloza - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------------------------DETALLE DE TRÁMITES A FISCALIZAR Tramite 2017/201/C-45932 DUI de fecha 12/12/2017 ------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTOS de fecha 21 de Septiembre de 2020, -----------------------------------------------------(…) procédase a su Notificación mediante Edictos con la ORDEN DE CONTROL DIFERIDO No. 2020CDGRL0000098 de fecha 09 de Junio de 2020, emitida por la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional. ----------------------------------------------Firma y Sella: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Erick Asthenio Miranda Roncal-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.ADUANA NACIONAL.EAMR RAGS/WYLV/wgchp HR.: ULELR2020-225
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AUTO ATT-DJ-A TL LP 226/2020
La Paz, 06 de Noviembre de 2020
REF.: FORMULACIÓN DE CARGOS EN CONTRA DE RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN: “REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y/O PRESTACIÓN Y/U OFRECIMIENTO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y/O UTILIZACIÓN INDEBIDA DEL ESPECTRO ELECTROMAGNÉTICO SIN SER TITULARES O CONTAR CON LA CORRESPONDIENTE CONCESIÓN, LICENCIA, REGISTRO U OTRAS AUTORIZACIONES”. VISTOS: La denuncia presentada por la Asociación de Radio Móviles Cochabamba ARAMCO mediante nota de 18 de septiembre de 2019; el Informe Técnico ATT-OFR CB-INF TEC CB 647/2019 de 09 de octubre de 2019 (INFORME TÉCNICO), emitido por la Dirección de Fiscalización y Control de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT); los antecedentes del caso, la normativa vigente aplicable y todo lo que se convino ver y se tuvo presente, y CONSIDERANDO 1: ÁMBITO DE COMPETENCIA.Que conforme a lo señalado en la Disposición Transitoria Novena de la Ley N° 164, de 8 de agosto de 2011, Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (LEY 164), la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes cambia de denominación a Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, asumiendo las atribuciones, competencias, derechos y obligaciones en materia de telecomunicaciones, tecnologías de la información y comunicación, transportes y servicio postal, bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda (MOPSV). CONSIDERANDO 2: RELACIÓN DE HECHOS.Que mediante DENUNCIA ingresada a la ATT el 18 de septiembre de 2019, la Asociación de Radio Móviles Cochabamba ARAMCO, refirió que sus asociados se encuentran experimentando interferencias que perjudican sus transmisiones, por cuanto solicita se verifique la legalidad de las mismas. Que mediante INFORME TÉCNICO a razón de la inspección técnica administrativa llevada a cabo por personal técnico de la ATT el 23 de septiembre de 2019, en la Calle Todos Santos N° 1272, entre calles Guerrileros y Mamore de la Zona Sud de la ciudad de Cochabamba, plasmada en el Acta de Inspección técnica administrativa ATT-DFC-RLP-AMCE CBBA-ORU N° 318/2019, se estableció que el RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO se encontraba haciendo uso de las frecuencias 449,850 MHz y 449,874 MHz, del espectro radioeléctrico de la ciudad de Cochabamba, sin contar con autorización del Ente Regulador, a cuyo efecto en la misma fecha mediante Formulario de Intimación CBBA-ORU N° 32/2019 se instruyó a RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO el cese inmediato de operaciones en esas frecuencias. No obstante, de acuerdo a la inspección administrativa de verificación realizada por personal técnico de la ATT el 04 de octubre de 2019, plasmada en el Acta ATT-DFC-RLP-AMCE CBBA –ORU N° 332/2019 se verificó que continuaba haciendo uso del espectro radioeléctrico de la ciudad de Cochabamba sin contar con autorización del Ente Regulador, adjuntando en calidad de prueba las gráficas espectrales del monitoreo realizado a las frecuencias 449,850 MHz y 449,874 MHz, del espectro radioeléctrico de la ciudad de Cochabamba y el muestrario fotográfico de las oficinas comerciales del señalado Radio Móvil cursantes respectivamente a fojas 7 y 8 del expediente. Que en ese sentido, se establece que RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO de acuerdo a las verificaciones técnicas realizadas el 23 de septiembre y 04 de octubre de 2019, se encontraba utilizando las frecuencias 449,850 MHz y 449,874 MHz del espectro radioeléctrico de la ciudad de Cochabamba sin previa autorización de la ATT, por lo que presuntamente habría incurrido en la infracción tipificada en el parágrafo I del artículo 9 del REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE D.S. 25950 que señala “Constituyen infracciones la realización de actividades y/o prestación y/u ofrecimiento de servicios de telecomunicaciones y/o utilización indebida del espectro electromagnético sin ser titulares o contar con la correspondiente concesión, licencia, registro u otras autorizaciones”, correspondiendo a la ATT formular cargos, en el marco de lo dispuesto en el parágrafo I del artículo 77 del REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE D.S. 27172. CONSIDERANDO 3: MARCO NORMATIVO.Que el parágrafo II del artículo 8 de la LEY 164 señala que la administración, asignación, autorización, control, fiscalización y supervisión del uso de las frecuencias electromagnéticas en redes de telecomunicaciones, radiodifusión y otras en el territorio nacional, corresponde al nivel central del Estado a través de la ATT, de acuerdo al Plan Nacional de Frecuencias. Que el parágrafo II del artículo 9 de la LEY 164 establece que para hacer uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, se requiere de una licencia, por lo que en virtud a lo dispuesto por el parágrafo I y II del artículo 13 del mismo cuerpo legal, se considerarán ilegales las emisiones o transmisiones de ondas electromagnéticas que no hayan sido debidamente autorizadas o que se realicen fuera de los parámetros técnicos fijados en la otorgación de licencia. Que de acuerdo al artículo 92 de la LEY 164 constituyen infracciones al marco jurídico regulatorio, las transgresiones a las disposiciones contenidas en la referida Ley y sus reglamentos, contratos y otras normas aplicables al sector de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación. Que el artículo 81 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo (LEY 2341), dispone que en forma previa al inicio de los procedimientos sancionadores los funcionarios determinados expresamente para el efecto por la autoridad administrativa competente, organizarán y reunirán todas las actuaciones preliminares necesarias, donde se identificarán a las personas individuales o colectivas presuntamente responsables de los hechos susceptibles de iniciación del procedimiento, las normas o previsiones expresamente vulneradas y otras circunstancias relevantes para el caso. Que el artículo 76 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIRESE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172, de 15 de septiembre de 2003 (REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE D.S. 27172) dispone que el Superintendente, ahora Director Ejecutivo de la ATT, podrá iniciar de oficio una investigación cuando considere que pueda existir infracción a las normas legales, reglamentarias o contractuales vigentes. Que el parágrafo I del artículo 77 del citado Reglamento, determina que una vez concluida la investigación, en caso de existir indicios de contravención al orden jurídico regulatorio, el Superintendente, formulará cargos contra el presunto responsable. Que mediante Decreto Supremo N° 4326 de 07 de septiembre de 2020, se aprobó el nuevo “Reglamento de Infracciones y Sanciones para el sector de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación”, misma que en su Disposición Transitoria Primera establece que “Los procesos sancionadores y los recursos de revocatoria y/o jerárquico, en los que se impugnen resoluciones emergentes de procesos sancionadores y que se hallen en trámite al momento de la publicación del presente Decreto Supremo, continuarán rigiéndose por la normativa aplicable al momento de la comisión de la infracción”. Que el parágrafo I del artículo 9 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25950 de 20 de octubre de 2000 (REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 25950) señala que se constituye en infracción la realización de actividades y/o prestación y/u ofrecimiento de servicios de telecomunicaciones y/o utilización indebida del espectro electromagnético sin ser titulares o contar con la correspondiente concesión, licencia, registro u otras autorizaciones.
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POR TANTO:
EDICTO El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Erick Asthenio Miranda Roncal, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492, notifica a la Sra. MELVA JESUS MEDRANO VALDIVIA con NIT. 3372149016, para que tome conocimiento de la presente RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AN-GRLGR-ELALA-RESADM -2409-2019 de fecha 30 de Diciembre de 2019, emitida por la Administración de Aduana Aeropuerto El Alto de la Aduana Nacional.--------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DE LARESOLUCIÓNADMINISTRATIVAAN-GRLGR-ELALA-RESADM -2409-2019 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------El Alto, 30 de Diciembre de 2019 ------------------------------------------------------------------------------VISTOS Y CONSIDERANDO: ---------------------------------------------------------------------------------Que, se emite el Auto Inicial de Sumario AN-GRLGR-ELALA-AISUM-828-2018 de fecha 20/12/2018, que instruye el proceso de Sumario Tributario contra la Agencia Despachante de Aduana GULARH SRL con NIT 1004567023 y el Consignatario MELVA JESUS MEDRANO VALDIVIA con NIT 3372149016, por la presunta comisión de contravención aduanera por multa por omisión de pago de la DUI (IM4) 2008/211/C-12555 de fecha 26/03/2008, conforme a lo establecido en el Art. 165 de la Ley No. 2492 de 02/08/2003, Código Tributario Boliviano (CTB), con la sanción del 100% del tributo omitido, importe que asciende a UFV 5776 (Cinco Mil Setecientos Setenta y Seis 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda ). ---------------------POR TANTO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------El administrador de Aduana Aeropuerto el Alto, en el marco de las facultades que le confiere la Aduana Nacional. -------------------------------------------------------------------------------------------------RESUELVE: --------------------------------------------------------------------------------------------------------PRIMERO.- ANULAR el Auto Inicial de Sumario AN-GRLGR-ELALA-AISUM- 828/2018 de fecha 20/12/2018, debido a que la DUI internada bajo la modalidad de Despacho Importación al Consumo (IM4) 2008/211/C-12555 de fecha 26/03/2008, se encuentra en proceso conclusión de acuerdo al sistema informático de la Aduana Nacional PIET y cuenta con la Resolución 2112018R003364, (Destrucción). -------------------------------------------------------------SEGUNGO.- Notificar la presente Resolución Administrativa a la Agencia Despachante de Aduana GULARH SRL con NIT 1004567023 y el Consignatario MELVA JESUS MEDRANO VALDIVIA con NIT 3372149016. -------------------------------------------------------------------------------Regístrese, comuníquese y cúmplase. ----------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Marcelo Conalde Tejerina -ADMINISTRADOR a.i.- GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional de Bolivia. ----------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACION POR EDICTO DE FECHA 25 de agosto de 2020, ----------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a MELVA JESUS MEDRANO VALDIVIA con NIT 3372149016, con la Resolución Administrativa AN-GRLGR-ELALA-RESADM-2409-2019 de fecha 30/12/2020, sea conforme establece el artículo 86° del código Tributario - Ley N° 2492. ---Firma y Sella: Juan Carlos Amatller Camacho – ADMINISTRADOR - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional. --------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. ------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Erick Asthenio Miranda Roncal - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------EAMR RAGS/WYLV/wgchp
El Director Jurídico Interino de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, conforme a la delegación otorgada por la Máxima Autoridad Ejecutiva a través de Resolución Administrativa Interna ATT-DJ-RAI LP 70/2020 de 25 de septiembre de 2020, debidamente publicada en el Periódico “La Razón” el día 27 de igual mes y año, emite el presente acto administrativo en ejercicio de las atribuciones delegadas por el Director Ejecutivo. DISPONE: PRIMERO.- FORMULAR CARGOS en contra del RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO por la presunta comisión de la infracción “… realización de actividades y/o prestación y/u ofrecimiento de servicios de telecomunicaciones y/o utilización indebida del espectro electromagnético sin ser titulares o contar con la correspondiente concesión, licencia, registro u otras autorizaciones”; tipificada en el parágrafo I del artículo 9 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25950, de 20 de octubre de 2000, por el uso de las frecuencias 449,850 MHz y 449,874 MHz, del espectro radioeléctrico de la ciudad de Cochabamba, sin contar con la autorización de la ATT, conforme las verificaciones realizadas por personal técnico de esta Entidad Reguladora. SEGUNDO.- Correr en traslado los cargos imputados al RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO para que en el plazo de diez (10) días hábiles administrativos, computables a partir del día siguiente a la notificación con el presente Auto, conteste a la formulación de cargos y acompañe la prueba de que intentare valerse de acuerdo a las previsiones del parágrafo II del artículo 77 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIRESE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172, de 15 de septiembre de 2003. TERCERO.- RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO deberá fijar domicilio procesal en la primera actuación con la que intervenga dentro el presente proceso administrativo, debiendo constituirlo dentro del radio urbano de la oficina central de la ATT u oficina Regional que corresponda, bajo apercibimiento de tenerse por domicilio el último identificado por la ATT. CUARTO.- RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO a tiempo de presentar documentación y/o cualquier tipo de actuación relacionada con la presente Formulación de Cargos ante la ATT, deberá solicitar que se adjunte a la Hoja de Ruta I-LP-6405/2020, acreditando su representación legal. Notifíquese a la empresa autodenominada RADIO MOVIL ELEMENTAL MAGNETO en su domicilio ubicado en la Calle Todos Santos N° 1272, entre calles Guerrileros y Mamore de la Zona Sud de la ciudad de Cochabamba, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 27172 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIRESE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172, de 15 de septiembre de 2003. Regístrese y archívese.
Fdo. Abg. Carlos Eduardo Rocabado Cornejo DIRECTOR JURÍDICO INTERINO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes
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juan pablo garcia /bolivia
Según expertos, las deformaciones rocosas del Valle de las Ánimas, como si de un bosque petrificado se tratara, son producto del deshielo de un glaciar, hace unos 18 millones de años. En el sector se pueden realizar caminatas, escalada, fotografía y observación de la ciudad, por su altura —que oscila por los 3900 msnm—, desde la que se obtiene una vista panorámica. Por la tranquilidad que se respira en el lugar, el Valle de las Ánimas también es apto para relajarse o meditar. Muchos turistas, e incluso propios paceños, se reúnen en el lugar para acampar. Este mágico lugar se encuentra a 15 minutos de la urbe paceña y se puede llegar caminando o acercarse en un minibús, que solo cobra Bs 3.
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ó El lugar se encuentra a 15 minutos de la ciudad
El Valle de las Ánimas: un bosque petrificado 1.- Las deformaciones rocosas del valle datan desde hace 18 millones de años. 2.- Es un lugar apto para caminar o escalar. 3.- Es de fácil acceso. 4 y 5.- Desde cierta distancia se puede obtener un amplio panorama. Fotos: Maby Diana Cordero
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