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seguridad
ó Los operadores de justicia consideran que la medida debe ser coherente y producto de un análisis detallado de la planilla presupuestaria.
ó DESAFÍA A LA AUTORIDAD DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, QUE SELLÓ UN ACUERDO CON EL EJECUTIVO Justicia paceña no acepta rebaja salarial ni recorte presupuestario
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Las autoridades judiciales anunciaron el inicio de acciones legales, en estricto apego a la ley, para rechazar la aplicación de ambas medidas consideradas como atentatorias al Órgano Judicial.
BOLIVIA
La Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) de La Paz y de la Asociación de Magistrados y Jueces de La Paz (Amalap) acordó rechazar categóricamente las medidas de recorte presupuestario y nueva escala salarial porque el Órgano Judicial tiene constantes requerimientos de presupuesto en relación con la carga procesal y el crecimiento poblacional.
“Si bien se hace necesaria la aplicación de medidas de reducción presupuestaria, éstas deben ser equitativamente aplicadas a la generalidad de las instituciones que componen el Estado. Existe una profunda necesidad de crear nuevos juzgados para afrontar con mayor celeridad los requerimientos del público litigante, aspecto que se verá seriamente afectado y será un perjuicio que pone en riesgo el normal funcionamiento de la institución”, señaló el presidente del TDJ paceño, Jorge Quino.
A finales de enero, el Órgano Judicial, en cumplimiento de la ley financial aceptó un recorte presupuestario, entre el 3% y 11%.
El presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Olvis Egüez, aseguró que a los magistrados se les redujo 8% (al menos
TDJ de La Paz
Las autoridades judiciales de La Paz en conferencia de prensa.
Bs 1.900), mientras que a los administrativos, vocales y jueces una menor proporción.
Entre tanto, el presidente del Consejo de la Magistratura, Omar Michel, señaló que el consenso se logró en el marco de las funciones y atribuciones constitucionales y legales.
A pesar de ese acuerdo, el decano Ramiro Campero remarcó este viernes que el tema del salario es un derecho humano, tiene un carácter de intangibilidad y que su concepto es la progresividad y nunca el retroceso.
“En el Órgano Judicial, el Estado y el mundo hay una recesión económica, pero el ajuste económico no puede tocar un derecho fundamental como lo es el salario”, manifestó.
La presidenta de la Amalap, Margoth Pérez, anunció que se interpondrán recursos constitucionales internos para hacer prevalecer sus derechos, y que en caso de no obtener una respuesta positiva a su planteamiento, se acudirá a diversas instancias internacionales.
“La reforma de la justicia requiere un incremento en sueldos y salarios de jueces. Hay que hablar de presupuesto, de la creación de ítems, juzgados, personal de apoyo e infraestructura que se aplicaría a la mora procesal”, dijo la autoridad.
ó HICIERON UN HUECO EN EL TUMBADO Y REMOVIERON CALAMINAS Dos reclusos fugan por el techo de Chonchocoro
BOLIVIA
El Comando General de la Policía activó un plan de emergencia para recapturar a dos reclusos que la madrugada de este viernes escaparon de la cárcel de máxima seguridad de Chonchocoro, ubicada en El Alto.
El reporte policial señala que el brasileño Ítalo Concepción Da Silva (21), acusado de robo agravado, y el boliviano Richard Flores Valencia (24), sindicado por asesinato, se fugaron por un hueco que hicieron en el tumbado.
“Aprovecharon la oscuridad de la noche y burlaron todos los niveles de seguridad para salir del recinto carcelario”, señaló el comandante de la Policía de El Alto, coronel Óscar Ruiz.
El subcomandante de la Policía, coronel Juan Luis Cuevas, manifestó que de inmediato se ordenó la activación de todas las medidas de seguridad con grupos especiales en trancas y en las fronteras del país para recapturarlos.
“Son personas que han trabajado de manera mancomunada para perforar el tumbado y salir por las calaminas del techo que da a la parte de atrás. Son personas muy peligrosas, por ello la necesidad de su pronta recaptura. Pedimos a la población que tenga mucho cuidado si es que los ve”, apuntó.
INVESTIGACIÓN
Los investigadores tomarán declaraciones a los guardias de seguridad debido a que, por una supuesta negligencia en sus funciones, se posibilitó el escape de los dos detenidos.
En 2020 ya había fugado otro recluso brasileño de la cárcel de Chonchocoro, lo que desvela que, a pesar de ser de máxima seguridad, la penitenciaría tiene muchas falencias.
ó LA VÍCTIMA TIENE 11 AÑOS Un padrastro violador es sentenciado a 30 años de cárcel
BOLIVIA
En audiencia de procedimiento abreviado, el Ministerio Público demostró con pruebas que Never Carnicer Guerrero (50), en calidad de padrastro, es el autor del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente cometido contra una niña de 11 años, por lo que el Tribunal de Sentencia Primero de Villa Montes (Tarija) lo sentenció a 30 años de prisión.
El 4 de julio de 2020, la niña fue visitada por su tía y abuelo en la comunidad donde se encontraba con su mamá.
Al percatarse de su malestar la llevaron donde el médico que les confirmó que estaba embarazada. La niña relató que las violaciones habían iniciado en 2019.
BOLIVIA
Mediante patrullajes preventivos, allanamientos y denuncias telefónicas, entre el 2 y el 4 de febrero, la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) de Cochabamba secuestró más de seis kilos de drogas y aprehendió a 10 personas.
Las intervenciones se realizaron en Colquiri Sur, Pampa San Miguel, Prado y avenida Aroma. Las seis personas (dos varones y cuatro mujeres) se dedicaban al negocio de microtráfico, por ello fueron remitidas a la Fiscalía de Sustancias Controladas.
También se incautó una vagoneta, dos balanzas grameras, seis proyectiles calibre 22 milímetros. Cinco de los seis kilos incautados son de marihuana.
ó EN COCHABAMBA
La FELCN secuestra seis kilos de drogas
RESOLUCION EJECUTIVA DE-EVG-0008-RES/2021 La Paz, 27 de enero de 2021
ASUNTO: DELEGACIÓN DE FIRMA DE LA MÁXIMA AUTORIDAD EJECUTIVA MAE – FNDR. VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002 del Procedimiento Administrativo establece las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo del sector público; hace efectivo el ejercicio del derecho de petición ante la administración pública; regula la impugnación de la actuaciones administrativas que afecten derechos subjetivos o intereses legítimos de los administrados; y regula procedimientos especiales dentro de su ámbito de aplicación que es la administración pública. Que, desde el ámbito jurídico administrativo a la delegación se la define como la concesión a otra persona de la autoridad necesaria para que actúe a nombre del que delega, quien asumirá decisiones específicas en la gestión, asimismo, de acuerdo a la doctrina también se la conceptúa como la transferencia de tareas, funciones, atribuciones y autoridad, que se realiza entre una persona que ocupa un cargo superior (autoridad) a uno inferior jerárquico para que opere en un campo limitado y acotado normalmente con un objetivo específico. Que, la delegación se circunscribe a la función de obtener resultados en base a la toma de decisiones correctas y basada fundamentalmente en tres aspectos; i) Refuerzo la influencia del delegado; ii) Proporciona el medio para que este delegado desarrolle el liderazgo a través de la experiencia; iii) Aumenta el sentido de la responsabilidad del delegado. Que, en ese contexto el Decreto Supremo en su Capítulo VI (Contratos) Art. 32 establece: la Máxima Autoridad de cada entidad pública es responsable de todos los procesos de contratación desde su inicio hasta su conclusión y sus principales funciones son: f) suscribir los contratos, pudiendo delegar esta función mediante resolución expresa, en el marco del Art. 7 de la Ley N° 2341 del Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002. Que, el Art. 7.- (Delegación) parágrafo I Titulo Primero, Capítulo I de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo prevé que: I. Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo. Que, de igual modo el parágrafo II del Art. 7 de la precitada Ley establece que: El delegante y el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley Nº 1178, de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias. Que, a la vez el parágrafo III del Art. 7 de la misma Ley indica que: En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a: a) Las facultades que la Constitución Política del Estado confiere a los poderes públicos; b) La potestad reglamentaria; c) La resolución de recursos jerárquicos, en el órgano administrativo que haya dictado el acto objeto del recurso; d) Las competencias que se ejercen por delegación; y, e) Las materias excluidas de delegación por la Constitución Política de Estado, o por una ley. Que, en virtud a las previsiones contenidas en los parágrafos IV, V, VI del Art. 7 y Art. 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo las resoluciones administrativas dictadas por delegación indicaran expresamente esta circunstancia y se consideraran dictadas por el Órgano Delegante. La Delegación es libremente revocable, en cualquier tiempo, por el órgano que la haya conferido son que ello afecte ni pueda afectar los actos dictados antes de la revocación. Por ultimo establece que la delegación de competencia y su revocación surtirá efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional. Que, mediante Resolución Suprema 27270 de fecha 23 de noviembre de 2020 se designa al Director General Ejecutivo, del Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FDNR, Edson Ross Valda Gómez, asumiendo la responsabilidad de la Dirección en la administración de la institución como Máxima Autoridad Ejecutiva – MAE en estricta observancia a las previsiones contenidas en la Ley N° 218 y demás normas conexas. Que el Informe GGS-RG-FMR-0023-INF/21 de 27 de enero de 2020 se tiene que, la Gerencia de Gestión y Sistemas a través del Departamento de Recursos Humanos señala que la Resolución Ejecutiva N°0015, establece delegar firmas para contratos, convenios, adendas y otros que estén relacionados con la Gerencia de Gestión y Sistemas. Asimismo, se establece delegar firmas para pagos de viáticos, consultorías de línea a las resoluciones administrativas y otros a las resoluciones administrativas de la Gerencia de Gestión y Sistemas y la Gerencia de Finanzas. Se delega firmas a la Gerencia de Gestión de Proyectos y Gerencia de Finanzas para Contratos de Financiamiento, de Préstamo, de Reprogramación, de Supervisión de Obras, así como delegar competencia para la aprobación de todas las modificaciones presupuestarias al Gerente de Finanzas y otras tareas de delegación de firmas contempladas en la mencionada Resolución Ejecutiva. En este sentido, existiendo nueva estructura y escala salarial presentada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y la aprobación para el FNDR mediante Resolución Ministerial N°028 del mencionado ministerio, es pertinente realizar una nueva delegación de firmas para la Gerencia Gestión de Proyectos y pueda ésta área operativizar sus actividades en el marco de lo señalado precedentemente debiendo remitir dicho informe al Departamento de Asesoría Legal para la emisión de una Resolución Ejecutiva y concluye señalando que: “… la delegación de firmas está establecida en la Resolución Ejecutiva N°0015, por lo tanto, es pertinente su implementación en la Gerencia de Gestión de Proyectos”. Que, el Departamento de Asesoría Legal emitió el Informe Legal CITE: DE-AL-YML0024-INF/21 de fecha 27 de enero de 2021, el mismo concluye que: “Por lo expuesto en el Análisis Jurídico se concluye que, en virtud a la Normativa descrita en el mismo, el Director General Ejecutivo, como MAE del Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR a través de resolución expresa, se halla facultado para delegar las siguientes actuaciones administrativas: Firma de los Contratos de Bienes y Servicios, Comodatos, Convenios, Adendas y Contratos Modificatorios a estos, al Gerente de Gestión y Sistemas. Firma de resoluciones administrativas expresas al Gerente de Gestión y Sistemas o al Gerente de Finanzas, indistintamente, para que autoricen el pago de viáticos a favor de los servidores públicos, Consultores de Línea y personal eventual del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), en aquellos casos en que sea procedente la gestión de viaje en días feriados, sábados y domingos. Firma Contratos de Préstamo, Contratos de Financiamiento, de Transferencia, de Ajuste Final, Contratos modificatorios, Contratos de reprogramación, adendas a contratos de Financiamiento o Préstamo, transferencia, Contratos de Obras, Supervisión de Obras, Contratos modificatorios y/o adendas a estos, la firma de protocolos y reconocimientos de firmas y rúbricas a los Gerentes de Gestión de Proyectos y de Finanzas, indistintamente. Aprobación y firma a la Gerencia de Finanzas mediante Resolución, de las modificaciones y traspasos presupuestarios intrainstitucionales e interinstitucionales de recursos provenientes de programas propios, fideicomisos o gasto corriente (funcionamiento). Aprobación y firma al Comité Ejecutivo, mediante Resolución de Comité Ejecutivo de las modificaciones y traspasos presupuestarios intrainstitucionales, interinstitucionales y adicionales y toda modificación que implique reducción y/o aumento en el techo presupuestario asignado para cada gestión, así como, la aprobación del Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Anual, Políticas de Desarrollo Operativo y Financiero, Anteproyecto del Presupuesto Institucional y las modificaciones al Presupuesto Institucional aprobado (reformulado)” y recomienda su consideración y aprobación mediante la respectiva Resolución Expresa, debiendo publicarse a efectos de su validez, conforme a lo previsto en los artículos 33 y 37 de la Ley N° 2341. Que, en ese contexto la gestión pública a los fines consiguientes de aplicación del principio de celeridad y eficiencia institucional, necesita asumir acciones de carácter inmediato que permitan la viabilización de tareas operativas, administrativas, legales y financieras conducentes al cumplimiento de objetivos y fines planteados al margen de los ya dispuestos mediante normas expresas.
POR TANTO: EL DIRECTOR GENERAL EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL (FNDR), EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY. RESUELVE:
PRIMERO.- Delegar la firma de los Contratos de Bienes y Servicios, Comodatos, Convenios, Adendas y Contratos Modificatorios a estos y otros actos relativos, al Gerente de Gestión y Sistemas. SEGUNDO.- Delegar la firma de las resoluciones administrativas expresas al Gerente de Gestión y Sistemas y al Gerente de Finanzas indistintamente, para que autoricen el pago de viáticos a favor de los servidores públicos, Consultores de Línea y personal eventual del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) en aquellos casos en que sea procedente la gestión de viaje en días feriados, sábados y domingos tramitado y autorizado por las unidades y gerencias solicitantes, operativizando todas las acciones que el caso así lo amerite para el correcto cumplimiento de obligaciones funcionales; o por el contrario denegar el pago si las justificaciones no se hallaren debidamente fundamentadas. TERCERO.- Delegar la firma de los Contratos de Financiamiento, Contratos de Préstamo, de Transferencia, de Ajuste Final, Contratos Modificatorios, Contratos de Reprogramación, Adendas a Contratos de Financiamiento o Préstamo, Transferencia, Contratos de Obras, Supervisión de Obras, Contratos modificatorios y/o adendas a éstos, firma de Protocolos y Reconocimiento de Firmas y Rúbricas, a los Gerentes de Gestión de Proyectos y de Finanzas. CUARTO.- Delegar competencia para la aprobación y firma de todas de las modificaciones y traspasos presupuestarios intrainstitucionales e interinstitucionales al Gerente de Finanzas en estricta observancia al Decreto Supremo N° 3607 de 27 de junio de 2018 que aprueba el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias. QUINTO.- Delegar la aprobación y firma al Comité Ejecutivo en el marco normativo vigente de toda modificación que implique reducción y/o aumento en el techo presupuestario asignado para cada gestión, así como, la aprobación del Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo Anual, Políticas de Desarrollo Operativo y Financiero, Anteproyecto del Presupuesto Institucional y las modificaciones al Presupuesto Institucional aprobado (reformulado). SEXTO.- Se instruye a los delegados para que de manera periódica y de acuerdo a las tareas concluidas eleven informe detallado a la Máxima Autoridad Ejecutiva en relación a los documentos suscritos. SÉPTIMO.- Se deja expresamente establecido que los delegados asumen plena responsabilidad por los actos en los cuales tuvieran participación en la generación, revisión y suscripción de documentos en el marco de la presente delegación. OCTAVO.- A partir de la publicación de la presente Resolución Ejecutiva, queda sin efecto la Resolución Ejecutiva DE-EVG-0015-RES/2020 de 2 de diciembre de 2020 y todas las resoluciones contrarias a la presente. NOVENO.- La Gerencia de Gestión y Sistemas queda encargada de la publicación de la presente Resolución Ejecutiva, en un órgano de prensa nacional.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ó “LAS PRESIONES, SANCIONES Y CASTIGOS SON MÉTODOS DEL PASADO COLONIALISTA”
UE convoca a EEUU a sacar a Cuba de la lista unilateral

“Es necesario resolver todos los problemas con cualquier socio internacional exclusivamente a través del diálogo”, manifestó el jefe de la diplomacia rusa, Serguéi Lavrov.
Telesur

Campaña internacional por la eliminación del bloqueo a Cuba.
TELESUR
El alto representante para la Política Exterior de la Unión Europea (UE), Josep Borrell, lamentó ayer que el expresidente de Estados Unidos Donald Trump incluyese a Cuba en la lista de países patrocinadores del terrorismo y llamó a la nueva administración de Joe Biden a revertir esta decisión.
Las declaraciones de Borrel llegaron a propósito de una visita oficial que realiza a Rusia, en la cual, al lado de su homólogo ruso, Serguéi Lavrov, dijo: “lamentamos mucho la decisión de Trump de incluir a Cuba en la lista de países que apoyan el terrorismo. Esta decisión fue tomada en las últimas horas de su mandato. Y esperamos que la nueva administración la revierta”.
Borrell no hizo, sin embargo, mención a la existencia misma de la lista, la cual es elaborada de manera unilateral y sin mandato internacional por parte de Estados Unidos. El jefe de la diplomacia rusa afirmó que Cuba es un ejemplo claro “de lo nocivo que resultan los enfoques unilaterales” y defendió “la necesidad de revisarlos”.
“La Unión Europea y nosotros tenemos al respecto un enfoque absolutamente idéntico. Es necesario resolver todos los problemas con cualquier socio internacional exclusivamente a través del diálogo”, dijo Lavrov, quien sostuvo además que “las presiones, ultimátums, sanciones, castigos, restricciones extraterritoriales son métodos y herramientas provenientes del pasado colonialista”.
Trump (2017-2021) reintegró el 11 de enero, nueve días antes de abandonar la Casa Blanca, a Cuba en la lista unilateral de Estados patrocinadores del terrorismo, de la que había sido retirada en 2015 por el gobierno de Barack Obama (2009-2017), durante el “deshielo” de la relación bilateral.
ó CAPTURAN AL OFICIAL DE SEGURIDAD DE LA ASAMBLEA NACIONAL CUANDO INTENTABA PONER EXPLOSIVOS AN venezolana devela trama terrorista
SPUTNIK / VENEZUELA
El presidente de la Asamblea Nacional (Parlamento) de Venezuela, Jorge Rodríguez, comunicó que descubieron una nueva trama terrorista para atacar al Parlamento venezolano.
Richard Grillet Álvarez, oficial de seguridad de la Asamblea Nacional, fue capturado el 26 de enero cuando se disponía a colocar los explosivos contra el Parlamento del país.
Según Jorge Rodríguez, el oficial fue reclutado por agentes de la CIA (Agencia Central de Inteligencia de EEUU) para realizar el atentado.
Rodríguez acusó al mandatario colombiano, Iván Duque, de estar detrás del ataque frustrado.
“Otra vez el Gobierno de Colombia, Iván Duque en su afán asesino, agresivo contra Venezuela (…) No es la primera vez que de Colombia viene el plan, lo hemos denunciado varias veces (…) No se detienen, es la colombianización de la oposición venezolana”, expresó Rodríguez durante una rueda de prensa desde la sede del parlamento venezolano.
Presentó un video en el que Richard Alberto Grillet Álvarez confesó los planes contra el edificio de ese organismo legislativo.
El titular del parlamento señaló que Grillet Álvarez fue reclutado por Mariano Ugarte, un agente de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) en Colombia.
“Reclutó a Grillet para que cometiera acciones de desestabilización, sabotaje, colocación de explosivos y neutralización de una base de radares”, sostuvo. En el video, Grillet reconoció que le pagarían $us 5.000 por colocar tres cajas de explosivos.
Últimas
ó Todos los actores son importantes en la construcción de una norma que permita allanar los obstáculos jurídicos.
ó EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL ESTÁ ABIERTO A ESCUCHAR TODAS LAS OPINIONES Modificación de la Ley 348 busca justicia para mujeres
El proyecto de reforma abre la posibilidad de que los casos de violencia doméstica que tienen una pena de cuatro años sean resueltos ante un juez de familia.
REDACCIÓN CENTRAL / BOLIVIA La modificación de la Ley 348 busca, como principal objetivo, proteger los derechos de las miles de mujeres que son víctimas de violencia, informó el ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima.
Bajo esa premisa se trabaja en base a las propuestas que las organizaciones sociales, instituciones defensoras de los derechos de las mujeres y personas particulares hicieron llegar al despacho del Ministro.
“Entre las quejas que recibimos está una muy sentida, que es el hecho de que la justicia penal en nuestro país es lamentablemente lenta, cara y poco efectiva. No hay derecho si una mujer víctima de violencia debe peregrinar años y pagar el dinero que no tiene para recibir, ojalá, justicia”, manifestó la autoridad.
Wendy Pérez, directora del Servicio Plurinacional de la Mujer y la Despatriarcalización, explicó que el proyecto de modificación abre la posibilidad de que únicamente los casos de violencia doméstica sean resueltos por la vía familiar.
“Solamente en casos de violencia doméstica, que tiene una pena máxima de cuatro años, planteamos abrir la vía fami-
Sputnik

Marcha en busca de justicia para las mujeres que fallecieron por abusos en sus casas.
liar, que puede ser más rápida y menos costosa, además que puede resolver con celeridad la cantidad de problemas prácticos que enfrenta una mujer violentada, y que necesita resolverlos para salir de la situación de violencia”, dijo Pérez.
La víctima de violencia podría resolver el divorcio, la asistencia familiar, la tenencia de los hijos, todo ello ante un juez de familia.
“Pero ésa es una decisión que cada mujer debe tomar de manera libre e informada, caso contrario cuando es víctima de agresiones que conlleven días de impedimento donde la justicia debe actuar con celeridad para sancionar al o los culpables”, aclaró Pérez.
Ambas autoridades subrayan que delitos como la violación o el feminicidio jamás serán llevados a la vía familiar, porque son delitos graves y públicos, que deben ser sancionados con todo el peso de la ley. “También estamos trabajando para que esos delitos graves e inadmisibles sean tratados con mayor celeridad y eficiencia en el sistema de justicia”, apuntó el Ministro.
Mediante un comunicado dio a conocer que está abierto a escuchar todas las opiniones y criterios en el marco de las modificaciones a la Ley 348.
ó DEFINE POLÍTICAS Consejo sesiona contra la legitimación de ganancias
REDACCIÓN CENTRAL / BOLIVIA El Consejo Nacional de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas desarrolló ayer su primera sesión de este año con el objetivo de definir políticas y lineamientos para fortalecer el Sistema de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento al Terrorismo.
Además analizó las actividades preparatorias para afrontar la Cuarta Ronda de Evaluación Mutua que se llevará adelante en esta gestión.
El Concejo está presidido por el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, y tiene como miembros a los ministros de Gobierno, Carlos Eduardo del Castillo; de Defensa, Edmundo Novillo Aguilar; de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima Magne, se detalla en un boletín de prensa institucional.
El Consejo Nacional de Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo fue creado mediante Ley Nº 262, de 31 de julio de 2012 y tiene como atribuciones proponer políticas públicas de prevención y represión de actos de legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento del terrorismo, además de formular directrices para el diseño de planes de prevención.
ALCÓN SE REUNIÓ CON LOS FABRILES
Con la finalidad de escuchar propuestas que enriquezcan la estrategia comunicacional estatal, la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, sostuvo ayer una reunión con representantes de la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz. “Hoy escuchamos propuestas de los hermanos de la Federación Departamental de Trabajadores Fabriles de La Paz. Estos espacios permiten fortalecer nuestra estrategia comunicacional”, señaló Alcón mediante su cuenta de Twitter @GabrielaAlconM. Radio Continental ‘La Voz de los fabriles’ tiene un legado histórico y enorme por su lucha social en favor de los trabajadores. Su carácter reivindicativo repercutió en que, durante la década de los años 60 hasta los años 80, sufriera represiones y amedrentamientos por parte de las fuerzas militares que buscaban acallar su labor, según nota de la ABI. “La radio fabril Continental es un ícono en la comunicación de #Bolivia”, añadió la Viceministra.
Dockweiler garantiza inclusión de los jóvenes
REDACCIÓN CENTRAL / BOLIVIA El presidente Luis Arce Catacora aseguró ayer que el único que garantiza el cambio e inclusión para los jóvenes en La Paz es César Dockweiler.
El Jefe de Estado participó en el Encuentro Juvenil Ciudad Humana y de Oportunidades, que se realizó en el Instituto Americano, acompañado de la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, dónde remarcó que los paceños quieren un cambio en la Alcaldía de La Paz y ese cambio es Dockweiler, porque piensa en los jóvenes y en sus necesidades.
“El pueblo paceño, la juventud paceña, quiere un cambio en la Alcaldía de La Paz, la única candidatura, el único que nos puede garantizar ese cambio en la gestión y la inclusión de los jóvenes en el municipio es el hermano César Dockweiler”, dijo el presidente citado en una nota de prensa.
Arce afirmó que garantizar que se cristalicen los proyectos de desarrollo para La Paz va de la mano de la candidatura del MAS-IPSP porque es la única que puede garantizar dos cosas: “que se trabaje para el pueblo paceño y se trabaje con el Gobierno nacional”.
El Primer Mandatario comprometió todo el apoyo de su gobierno para que el candidato del MAS pueda plasmar todos esos proyectos que están en el programa Ciudad Humana, si es que es elegido por el pueblo.
“Es importante mencionar que no solamente viene con la mentalidad de contribuir a los jóvenes, sino que estará rodeado de jóvenes en el Concejo”, añadió.
Ministerio de Salud y Deportes

VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 232 de la Constitución Política del Estado, determina que la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados. Que, los numerales 1 y 2 del Artículo 235 de la Constitución Política del Estado, señalan que son obligaciones de las servidoras y servidores públicos cumplir la Constitución y las leyes; y cumplir con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública. Que, los Parágrafos I y VI del Artículo 7 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, establecen que las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo; y que la delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional. Que, el párrafo vii) del numeral 2 del inciso b) del Parágrafo II del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 28223 de 27 de junio de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 28421 de 21 de octubre de 2005, complementado mediante el Decreto Supremo N° 29565 de 14 de mayo de 2008, determina que en casos en los cuales el Ministerio de Salud y Deportes, no pueda atender la demanda de ítems en los Municipios, determinado este extremo por un Informe Técnico que evalúe el déficit de los mismos y a solicitud de los Gobiernos Municipales, se les autoriza excepcionalmente, en coordinación permanente con el Ministerio de Salud y Deportes de acuerdo a las políticas nacionales, utilizar recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos – IDH, para financiar ítems en Salud, imputables únicamente a la Partida 25220 “Consultores Individuales en Línea”, para Médicos y Paramédicos por el lapso de un (1) año, exceptuándose la contratación de personal administrativo. El perfil académico del Medico deberá llevar el visto bueno del Ministerio de Salud y Deportes, sin perjuicio de los ítems asignados por dicho Ministerio. Que, el inciso f) del Artículo 32 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, señala que es función de la Máxima Autoridad Ejecutiva de cada entidad suscribir los contratos, pudiendo delegar esta función mediante Resolución expresa, en el marco del Articulo 7 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo. Que, el numeral 22 del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894 de 07 de febrero del 2009, establece como atribución de las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo, en el marco de las competencias asignadas al nivel central en la Constitución Política del Estado, emitir resoluciones ministeriales. Que, los incisos c) y d) de la Disposición Final Primera del Decreto Supremo N° 4393, de 13 de noviembre de 2020, establecen que se adecua en toda la normativa vigente, la denominación de “Ministerio de Salud” por “Ministerio de Salud y Deportes” y “Ministra(o) de Salud” por “Ministra(o) de Salud y Deportes”. Que, el Señor Ministro de Salud y Deportes, en el marco de sus atribuciones, solicitó se elabore la Resolución Ministerial correspondiente a objeto que se delegue a la Abg. Rocío Reina Guachalla Ortiz, Directora General de Asuntos Jurídicos, la función de suscripción, modificación y resolución de contratos de Consultores Individuales de Línea y la función de firmar respuestas de anuencia o de negativa a las peticiones efectuadas por los Gobiernos Autónomos Municipales en el marco del párrafo vii) del numeral 2 del inciso b) del Parágrafo II del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 28223 de 27 de junio de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 28421 de 21 de octubre de 2005, complementado mediante el Decreto Supremo N° 29565 de 14 de mayo de 2008. Que, el Informe Legal MSD/DGAJ/UAJ/IL/70/2021, de 19 de enero de 2021, concluye que es procedente la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Salud y Deportes delegue funciones, conforme a lo establecido en el Parágrafo I del Artículo 7 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, toda vez que no contraviene la normativa vigente. POR TANTO: EL MINISTRO DE SALUD Y DEPORTES, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Supremo Nº 29894 de 07 de febrero de 2009, Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado. R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR a la Abg. Rocío Reina Guachalla Ortiz, Directora General de Asuntos Jurídicos, la función de suscripción, modificación y resolución de contratos de Consultores Individuales de Línea del Ministerio de Salud y Deportes y sus dependencias. ARTÍCULO SEGUNDO.- DELEGAR a la Abg. Rocío Reina Guachalla Ortiz, Directora General de Asuntos Jurídicos, la función de firmar respuestas de anuencia o de negativa a las peticiones efectuadas por los Gobiernos Autónomos Municipales en el marco del párrafo vii) del numeral 2 del inciso b) del Parágrafo II del Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 28223 de 27 de junio de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 28421 de 21 de octubre de 2005, complementado mediante el Decreto Supremo N° 29565 de 14 de mayo de 2008. ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución Ministerial deberá ser publicada conforme establece el Parágrafo VI del Artículo 7 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo. ARTÍCULO CUARTO.- Dejar sin efecto las disposiciones contraria a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y archívese. ó LA MAYOR CANTIDAD SE DESTINÓ A LAS MUJERES
Se aplicaron 7.430 dosis de Sputnik V



El proceso de inmunización en La Paz.
ABI
Un total de 7.430 vacunas Sputnik V fueron aplicadas en todo el país hasta ayer, en el marco de las acciones que asume el Gobierno para luchar contra el Covid-19, según un reporte del Ministerio de Salud.
La mayor cantidad de personas inmunizadas son mujeres. La Paz es el departamento que registra hasta ahora el nivel más alto de suministros.
Según el detalle, La Paz lidera la lista de los departamentos con mayor cantidad de vacunados con 1.783 dosis aplicadas. Le siguen Santa Cruz con 1.638 y Cochabamba con 1.369.
En Tarija se aplicó 711 vacunas; en Pando, 550; en Chuquisaca, 529; en Potosí, 396; en Oruro, 300; y en Beni, 154.
En su informe, el Ministerio de Salud reveló que del total de personas vacunadas 4.787 corresponden al sexo femenino y 2.643 al sexo masculino.
Días atrás llegó a Bolivia el primer lote con las 20.000 dosis de la vacuna Sputnik V que comenzó a ser distribuido en todo el país. El Gobierno logró comprometer la llegada de más de 15 millones de vacunas para inmunizar al 100% de la población vacunable.
Los inmunizantes se suman a los 2,2 millones de pruebas de antígeno nasal que fueron adquiridas por el Ejecutivo para detectar de manera temprana, masiva y gratuita los casos de coronavirus.


Deportivo
ó Los ocho equipos bolivianos clasificados a copas internacionales comienzan a afinar detalles para el debut en torneos internacionales.
REDACCIÓN CENTRAL / DEPORTES La 62ª edición de la Copa Libertadores comenzó a rodar: la Conmebol sorteó ayer en Luque las fases iniciales del torneo más importante a nivel continental y dejó el tablero establecido para lo que será el sorteo del 16 de abril, que organizará la fase de grupos.
El primer equipo boliviano que ingresará en el ruedo será Royal Pari, que este 24 recibirá a Guaraní, de Paraguay, en el estadio ‘Tahuichi’ Aguilera, de Santa Cruz, en el partido de ida. La revancha se disputará una semana después.
Por su parte, Bolívar esperará hasta fin de mes para conocer al rival que enfrentará en la segunda fase. De acuerdo al sorteo, será un equipo uruguayo. Los principales candidatos a la plaza Uruguay 3 son: Montevideo City Torque, Peñarol y Cerro Largo.
El vicepresidente de la Academia, Dardo Gómez, sobre el rival en la Copa, dijo: “Estamos listos para enfrentar al equipo uruguayo que quede en el tercer lugar, que puede ser Montevideo Torque, Peñarol o Cerro Largo, para cualquiera de estos rivales estaremos listos para enfrentarlo en casa y cerrar la llave como visitantes”.
Mientras que la Fase 3, que ya definirá los clasificados a la fase de grupos, se desarrollará del 7 al 14 de abril. Dos días más tarde de esa última fecha se desarrollará el sorteo que esclarecerá cómo se disputará la instancia de zonas en el torneo con los 32 equipos clasificados.
Los equipos clasificados a esta instancia son: Palmeiras, Internacional y Flamengo (Brasil); Boca, River, Defensa y Justicia, Racing, Argentinos Juniors
APG ó LA CONMEBOL SORTEÓ LA PRIMERA Y LA SEGUNDA FASE DEL CERTAMEN COPERO
Comienza la pasión por la Copa Libertadores
Royal Pari será el primer equipo boliviano que ingresará al ruedo. El 24 recibirá a Guaraní, de Paraguay, en Santa Cruz. Bolívar esperará hasta fin de mes para conocer a su rival uruguayo.

Una instancia del sorteo de la Copa Libertadores, que se realizó en Luque.
y Vélez (Argentina); América de Cali e Independiente Santa Fe (Colombia); Universidad Católica y Unión La Calera (Chile); Always Ready y The Strongest (Bolivia); Barcelona y Liga de Quito (Ecuador); Cerro Porteño y Olimpia (Paraguay); Sporting Cristal y Universitario (Perú), y Deportivo La Guaira y Deportivo Táchira (Venezuela).
CALENDARIO
La Conmebol fijó el calendario. La primera fase se jugará entre el 24 de febrero y el 3 de marzo; la fase 2 del 10 al 17 de marzo; y la fase 3 del 7 al 14 de abril.
El sorteo de la fase de grupos se realizará el 16 de abril y su desarrollo está programado del 21 de abril al 26 de mayo.
Los octavos de final serán del 14 al 21 de julio; los cuartos de final del 11 al 18 de agosto; las semifinales del 22 al 29 de septiembre y la final única el 20 de noviembre.


ó WILSTERMANN DEFINIRÁ EL PASE A LA FASE DE GRUPOS CON MCEPAL VINTO PALMAFLOR Nacional-Guabirá abren la Sudamericana
REDACCIÓN CENTRAL / BOLIVIA Los emparejamientos de la primera fase de la Copa Sudamericana han quedado definidos después del sorteo que se realizó ayer en la sede de la Conmebol, en Luque, Asunción.
En la primera llave boliviana se enfrentarán Guabirá y Nacional Potosí y en la segunda jugará Wilstermann contra Mcepal Vinto Palmaflor. El partido de ida se disputará el 17 de marzo y el compromiso de vuelta una semana después. Los ganadores avanzarán a la fase de grupos.
El cuadro de la banda roja arrancará de local en el estadio Víctor Agustín Ugarte de la Villa Imperial y la revancha será en el estadio Gilberto Parada de Montero. En la otra serie, el equipo quillacolleño oficiará de local en el partido de ida y el Aviador en el de vuelta. Ambos cotejos se disputarán en el estadio Félix Capriles.
Conmebol

