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PERIÓDICO AHORA EL PUEBLO - EDICIÓN 74

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EDICIÓN DIGITAL

PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • MARTES 13 DE JULIO DE 2021 • AÑO 1 • NRO. 74 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • PUBLICACIÓN NACIONAL

Accidente en Chuquisaca causa al menos 34 muertes P.26

El país exporta madera por Hidrovía Ichilo-Mamoré P.8

Gobierno de Argentina denuncia a Macri por envío de armas a Bolivia La acusación, que incluye violación a los derechos humanos, fue presentada por los ministros de Seguridad, Sabina Frederic; Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria; y por la directora de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Mercedes Marcó del Pont. ESPECIAL

Latinoamérica expresa su respaldo al pueblo cubano

FFAA rompió cadena de mando el 10 de noviembre de 2019 P.2

RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY

P.23

Existen dosis para vacunar al 58% de la población El Ejecutivo reforzó la campaña masiva de inoculación gratuita contra el Covid-19 con más de 2 millones de inmunizantes de Rusia, China y EEUU.

P.15

// FOTO: CHICAGO TRIBUNE

// FOTO: RED UNO

EL EXPRESIDENTE PUEDE RECIBIR HASTA 12 AÑOS DE CÁRCEL


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MARTES / 13 / 07 / 2021

Nacional

• Luis Fernando Cruz

Un avión K-8 sobrevuela el municipio de Challapata para amedrentar a la población, en noviembre de 2019.

Quien era director de Comunicación Social de las FFAA Gary Yul Bleichner, en conferencia de prensa, informó que la decisión fue asumida por el Alto Mando Militar para hacer frente a grupos armados que estaban actuando en contra de la ley. “El Mando Militar ha ordenado la ejecución de operaciones militares aéreas y terrestres para neutralizar a grupos armados que se encuentran actuando fuera de la ley”, sostuvo entonces el director de Comunicación de la entidad castrense, con lo que se justificó el vuelo de aviones K-8 y de helicópteros para amedrentar a la población movilizada en el municipio de Challapata, Oruro. El expresidente Evo Morales, la pasada semana, develó que cuando le pidió un informe al entonces comandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FFAA) Gonzalo Terceros, quien ordenó el despegue de esas aeronaves, la respuesta que éste dio fue que el despliegue tuvo el fin de evitar el enfrentamiento entre bolivianos, un hecho que no responde a la verdad. CONFABULACIÓN El analista Gustavo Torrico sostuvo que ese comunicado se constituye en una prueba más de que las FFAA se sublevaron antes de que renuncie Morales, en cumplimiento de un plan diseñado en reuniones en las que participó el Alto Mando Militar y la Policía para hacer que dimita el Presidente constitucional. Recordó que la exautoridad de gobierno Teresa Morales develó que en reunión del 10 de noviembre en la Universidad Católica Boliviana (UCB), la expresidenta de la Cámara de Senadores Adriana Salvatierra dijo que no negociarían nada hasta que se permita salir el avión mexicano del país transportando el presidente Morales, al vicepresidente Álvaro Gar-

// FOTOS: RRSS

El Alto Mando de las Fuerzas Armadas (FFAA) quebró el orden constitucional el 10 de noviembre de 2019 con la ejecución de operaciones militares aéreas y terrestres sin autorización del entonces Capitán General de la entidad castrense, Evo Morales, para neutralizar movilizaciones sociales contra el golpe de Estado.

CUANDO EVO MORALES AÚN NO RENUNCIÓ A LA PRESIDENCIA

Las FFAA rompieron la cadena de mando el 10 de noviembre

La oposición está en crisis porque no puede sostener la narrativa de fraude electoral para justificar el golpe de Estado político, militar y policial del 10 de noviembre de 2019. cía Linera y otros, a lo que Jorge Tuto Quiroga dijo que no había problemas e instruyó a Terceros dejar salir la aeronave, sin ser autoridad pública. Además, el 11 de noviembre de 2019, el comandante de la Policía Bladimir Calderón le envió una carta a la senadora Jeanine Añez pidiendo que ordene a las FFAA salir a las calles porque los policías habían sido superados por los movilizados. “Los señores de las Fuerzas Armadas y de la Policía ya habían tomado una decisión porque estaban involucrados en el golpe de Estado antes de la renuncia del Presidente”, precisó el analista. Torrico adelantó que la oposición ingresó en una crisis interna porque ya no tiene argumento para sostener la narrativa de fraude electoral en su intento de justificar el golpe de Estado político, militar y policial el 10 de noviembre de 2019, con apoyo de la Unión Europea (UE), la Organización de Estados Americanos (OEA) y de gobiernos de derecha de la región.

El documento de prensa hecho público por el responsable de Comunicación de las FFAA Gary Yul Bleichner.

Los señores de las Fuerzas Armadas y de la Policía ya habían tomado una decisión porque estaban involucrados en el golpe de Estado antes de la renuncia del Presidente”. Gustavo Torrico Analista político


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MARTES / 13 / 07 / 2021

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Legislativo AVISO DE CORTES PROGRAMADOS

SERÁ INAUGURADO EL 2 DE AGOSTO

Asamblea dispone recursos para amoblar nuevo edificio Se aprobó una licitación pública para que pequeñas y grandes empresas bolivianas presenten propuestas. • Luis Fernando Cruz

La Asamblea Legislativa Plurinacional dispuso Bs 7 millones para la compra de muebles del nuevo edificio que cobijará a las cámaras de Senadores y de Diputados desde el 2 de agosto, confirmó ayer el presidente de la Cámara Baja, Freddy Mamani.

más de 13 millones para equipamiento tecnológico. ESTRUCTURA Se trata de una estructura inédita en la ingeniería de Bolivia, además contará con una tecnología que la pone a la vanguardia en la región respecto al trabajo parlamentario; también tiene un simbolismo que representa a 36 nacionalidades unidas en el país. Es una estructura sismoresistente que podrá soportar un movimiento telúrico fuerte que pueda registrarse en la ciudad de La Paz, porque su armazón, a diferencia de otros edificios en el país, es de metal, cuyas partes se unen con soldaduras y pernos en sus mayores articulaciones. También cuenta con 10 ascensores para el traslado interno. Para las personas con capacidades diferentes, el edificio tiene acceso especial, además de espacios adecuados en los baños de cada nivel.

// FOTO: RRSS

En conferencia de prensa, explicó que se ingresó a la última fase de equipamiento de muebles para el uso de la nueva infraestructura de 25 niveles. “Este 2 de agosto vamos a inaugurar esta gran infraestructura que representa a las 36 nacionalidades originarias. Con ese fin estamos trabajando de manera incansable en el equipamiento. Quiero aprovechar para invitar

a todo el pueblo boliviano para que sea testigo de este importante acto”, sostuvo la autoridad durante el contacto que sostuvo con la prensa. Mamani dijo que a pesar de que están amparados por la Ley 682, para la contratación directa del mobiliario, se decidió por una licitación pública para que los pequeños y grandes empresarios bolivianos presenten su propuesta y se adjudiquen. “Hemos pedido a la Unidad de Transparencia para que pueda hacer el seguimiento que corresponde paso a paso. Quien habla viene de la Bolivia profunda y sufrida; por eso hemos instruido que no haya absolutamente ninguna dificultad o que se obvien procedimientos que establece la normativa”, precisó. Por información oficial se conoció que el presupuesto para la compra de mobiliario y equipamiento tecnológico alcanza a un total de Bs 21.126.202,75, de los que más de siete millones son para la compra de muebles; más de un millón para infraestructura (patio histórico), y

El hemiciclo de la Cámara de Diputados.

DÍA: JUEVES 15 DE JULIO DE 2021 SISTEMA NORTE INSTALACION DE POSTE Desde horas 10:00 hasta horas 13:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades y zonas: Mayaya, Milliscuni, Zona 2, Brecha Z e Incahuara y zonas aledañas; radio base Entel Incahuara del municipio Teoponte, provincia Larecaja.

www.delapaz.bo POR NORMAS DE SEGURIDAD LAS INSTALACIONES DEBEN CONSIDARARSE ENERGIZADAS PERMANENTEMENTE. EL SUMINISTRO PODRÁ SER RESTABLECIDO SIN PREVIO AVISO.

Empresa supervisada y regulada por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN)

10.10 x 8.10 2x2 Relaciones Públicas y Comunicación La Paz, 12 de julio de 2021 MEDIO: AHORA EL PUEBLO SECCIÓN: CENTRAL DÍA DE PUBLICACIÓN: 13 de julio de 2021 TAMAÑO: 2X2 COLOR: B/N


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MARTES / 13 / 07 / 2021

Politica POBLADORES DE LA ISLA PROTESTAN CONTRA EL PAÍS DEL NORTE

Luis Arce manifiesta su respaldo a Cuba por la lucha contra la injerencia de EEUU El Presidente lamentó que mientras más avanza ese país en salud y ciencia, se enfrenta con la desinformación y el ataque extranjero. • Romina Montoya

// FOTO: MIN. PRESIDENCIA

Mediante su Twitter, el presidente del Estado Plurinacional, Luis Arce, expresa su pleno respaldo al pueblo cubano en su lucha contra las acciones desestabilizadoras e injerencia que generaron manifestaciones en el territorio cubano con el pedido de libertad.

El presidente Arce explica las políticas que reactivarán la economía.

“Expresamos nuestro pleno respaldo al pueblo cubano en su lucha contra las acciones desestabilizadoras. Cuanto más el gobierno de #Cuba avanza en la salud y la ciencia, más enfrenta la desinformación y el ataque extranjero (sic)”, escribió en una publicación en su cuenta de la red social Twitter. En otro de sus mensajes, el Primer Mandatario señaló que los problemas en Cuba deben ser resuel-

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar al señor Alex Cristhian Apaza Sanizo, con el AUTO INICIAL DE PROCESO A, 31 de julio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 084/2018 “POR LA POSIBLE CONTRAVENCION DEL Articulo 21 PARAGRAFO III DEL REGLAMENTO INTERNO DE PERSONAL APROBADO MEDIANTE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 400/2013 DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTO INICAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019.----VISTOS:----La Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-304/2018 de 11 de julio de 2018 de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Auto de Admisión de 25 de julio de 2019 emitido por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.----CONSIDERANDO:----Que, la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos, mediante Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-304/2018 de 11 de julio de 2018, remitió a la Dirección General de Escalafón y Gestión de Persona para su remisión a la Junta de Procesos Administrativos, los antecedentes referido al servidor público del Ministerio de Relaciones Exteriores que habría sobrepasado la cuarta omisión del registro de asistencia en el mismo mes, de acuerdo a la información generada del 21 de marzo al 20 de abril de 2018, bajo el siguiente detalle:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOMBRE Alex Cristhian Apaza Sanizo

NO MARCADO 6

PERIODO COMPUTABLE 21/03/2018 al 20/04/2018

Habiendo adjuntado el Reporte de Asistencia del involucrado, en la que contempla las fechas en las cuales habría acumulado los referidos no marcados.----CONSIDERANDO:---Que, la Constitución Política del Estado establece que las servidoras y los servidores públicos están obligados a cumplir con la Constitución y las leyes, así como con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública señalados en el Artículo 232 de este cuerpo normativo.----Que, el Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, en su numeral 2 señala que dentro de los deberes de las y los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra el de:----“Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y con pleno sometimiento a la normativa interna que regula el ejercicio de sus funciones”.----Que, las relaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores con todas las Servidoras y Servidores Públicos que prestan servicios en el Servicio Central y en el Servicio Exterior, se encuentran reglamentadas a través del Reglamento Interno de Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013 de 30 de septiembre de 2013.----Que, el Artículo 14 del Reglamento Interno de Personal, en relación al horario en el cual deben desarrollar sus funciones las y los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, precisa que:----“Las Servidoras y Servidores Públicos deberán cumplir con las (8) horas diarias correspondientes a la jornada de trabajo, que significa cuarenta (40) horas por semana de lunes a viernes, suspendiendo actividades a medio día, de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente.---Servicio Central - El horario para el inicio y finalización de la jornada diaria de trabajo:----MAÑANA HORARIO DE INGRESO 8:30 – SALIDA 12:30.----TARDE HORARIO DE INGRESO 14:30 – SALIDA 18:30.----Servicio Exterior - Se deberá cumplir con las (8) horas diarias de jornada de trabajo, debiendo adecuarse al uso de horario de cada país sede, comunicando a la Dirección General de Asuntos Administrativos oportunamente las modificaciones de horario”.----A su vez, en su Artículo 15 precisa que:----“I. El control de asistencia de personal será efectuado de manera diaria a través del registro biométrico u otro sistema de control verificable a cargo de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón en el Servicio Central.----En el caso excepcional de error u omisión en el registro de asistencia (ingreso o salida), la Servidora o Servidor Público podrá presentar, dentro de las 48 horas siguientes, una nota justificativa con Visto Bueno y firma de su jefe inmediato superior, para que éste lo remita a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón. Transcurrido el tiempo establecido y de no presentarse la justificación correspondiente, la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón procederá a sancionar conforme al presente Reglamento. La omisión en el registro de ingreso se considera como falta y la omisión en el registro de salida como abandono de funciones, penalizadas conforme se establece en el artículo 21 del presente Reglamento.---II. Para el Servicio Exterior, la responsabilidad del registro y control de la asistencia de personal, corresponde exclusivamente al Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular, quienes deberán enviar el informe de asistencia a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, hasta el último día hábil del mes respectivo al pago. El régimen sancionatorio tratándose de servidores públicos en el servicio exterior, se aplicará conforme al presente Reglamento en base al informe emitido por el Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular”.----En este sentido el parágrafo III del Artículo 21 del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores señala:----“Las Servidoras Publicas y Servidores Públicos que no registren su ingreso o salida de la jornada de trabajo en el

tos sin ninguna injerencia y mucho menos de quienes mantienen un criminal bloqueo, esto haciendo referencia a las declaraciones mediante un comunicado del senador estadounidense Bob Menéndez. “Miles de cubanos salieron a las calles de una docena de ciudades para reclamar libertad, medicinas y su queja contra las dictaduras. Lo han hecho a gritos y a plena luz del día, sin miedo a la represión, que llegó, como era de esperar, pero el mensaje ya estaba en las redes sociales (a pesar del corte de internet y bloqueo de Whatsapp)”, dijo el estadounidense. El presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, a tiempo de expresar su solidaridad con el mandatario de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel, y con el pueblo cubano, pidió que se levante el cerco económico a ese país, toda vez que pese a este cerco Cuba demostró su capacidad en temas de salud, educación, salud y deporte.

Los problemas deben ser resueltos por los cubanos, sin ninguna injerencia, mucho menos de quienes mantienen un criminal bloqueo”. Luis Arce Catacora Presidente Bolivia “No estamos de acuerdo con llamar a ninguna confrontación, más bien a la pacificación, pero sí vemos que existen movimientos por ahí que están generando confrontación, por eso instamos que puedan resolver internamente sus diferencias”, dijo. Para el diputado por Comunidad Ciudadana (CC) Alejandro Reyes es el principio del fin de una dictadura anquilosada en el tiempo, que no tiene norte político, que está haciendo vivir al pueblo cubano en una miseria completa sometiéndolo a la vulneración permanente de los derechos humanos. “Tengo entendido que la comunidad internacional está evaluando la forma de proceder, lo que no se puede permitir es la desaparición de la gente, la vulneración de los derechos humanos y por eso entregamos todo el respaldo al pueblo de cuba”, puntualizó.

sistema biométrico u otro sistema análogo debidamente autorizado, ni justifique dicha omisión dentro de las 48 horas posteriores, serán pasibles a la siguiente sanción.”------------------------------------------------------------------------------------------------------------

FALTAS Omisión del Registro por primera vez en el mes Omisión del Registro por segunda vez en el mes Omisión del Registro por tercera vez en el mes Omisión del Registro por cuarta vez en el me Omisión del Registro por quinta vez en el mes

SANCION Amonestación Verbal Descuento de dos día de haber. Descuento de tres día de haber. Descuento de cuatro día de haber. Remisión de Informe y antecedentes a la junta de procesos administrativos.

CONSIDERANDO:----Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su Artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al Artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----POR TANTO:----La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.----DETERMINA:----PRIMERO: Iniciar proceso administrativo interno en contra del señor Alex Cristhian Apaza Sanizo, por la posible contravención del Articulo 21 parágrafo III del Reglamento Interno de Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013 de 30 de septiembre de 2013, al haber presumiblemente sobrepasado la cuarta omisión del registro de asistencia en el mismo mes, de acuerdo al siguiente detalle:----Cristhian Apaza Sanizo: 6 (seis) omisiones en el registro de asistencia, imputable al mes de abril de 2018 (periodo de control administrativo del 21 de marzo al 20 de abril de 2018).----SEGUNDO.- Notifíquese al procesado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.----Notifíquese, regístrese y archívese.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;------Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores---ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.------AUTO.----A, 06 de noviembre de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 05 de noviembre de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Alex Cristhian Apaza Sanizo, con el Auto Inicial de Proceso de 31 de julio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.----Firma y Sello de Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores; -----ANTE MÍ: Abog. Yolanda Silverth Quiroga Rojas JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores----------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021--------------------------------------------------------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores--------------------------------------------------------------------------------------


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MARTES / 13 / 07 / 2021

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// FOTO: GONZALO JALLASI

Legislativo SE PLANTEÓ LA PROPUESTA EN UNA BANCADA

Una comisión investigará armamento de Argentina Esta delegación hará un seguimiento de la investigación sobre el envío de material y pertrechos policiales por parte del gobierno de Mauricio Macri. • Romina Montoya

En las siguientes horas días vamos a conformar esta comisión mixta desde a la Cámara Alta y Baja, es a sugerencia mía porque me duele todo lo que se vivió en 2019,

ENVÍO DE MATERIAL BÉLICO ARGENTINO

Mamani: Se gestó segundo Plan Cóndor en Bolivia • Romina Montoya

Juanito Angulo Diputado MAS en tratar temas como la designación del nuevo Defensor del Pueblo y la devolución de los aportes de la gente que se encuentra movilizada. El jueves, el Gobierno de Bolivia, mediante su Cancillería, denunció el envío de material y armamento represivo por parte del gobierno de Mauricio Macri a Bolivia para combatir las protestas sociales que respaldaban el gobierno constitucional de Evo Morales ante la insubordinación de la Policía y los militares.

// FOTO: JORGE MAMANI

El Diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Juanito Angulo planteó la conformación de una comisión especial mixta en el Legislativo para investigar el caso del envió de armamento militar de Argentina a Bolivia durante el golpe de Estado de noviembre de 2019.

El legislador informó que en los próximos días en reunión de bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) se planteará el tema para, juntamente con la participación activa de los parlamentarios, debatir el asunto porque no se puede permitir que un régimen de facto, como el de Jeanine Añez, haya entregado la soberanía del país a otros gobiernos. “En las siguientes horas, días, vamos a conformar esta comisión mixta desde la Cámara Alta y Baja. Es a sugerencia mía porque me duele como boliviano todo lo que se vivió en noviembre de 2019, esas acciones injustas que van en contra de la humanidad y la vulneración de los derechos humanos”, afirmó. Pidió a la oposición cumplir con su responsabilidad, toda vez que existen pruebas fehacientes sobre este envío de armamento que sirvió durante el régimen golpista para reprimir a un pueblo que defendía la democracia. El diputado por Comunidad Ciudadana (CC) Alberto Astorga aseveró que esta propuesta del MAS está fuera de lugar y es insulsa, cuando deberían estar preocupados

Sesión plenaria de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), retomando sus actividades parlamentarias después del receso que culminó este domingo, tiene en agenda encaminar peticiones de informes no sólo a la Cancillería, sino también al Ministerio de Defensa y a todas las instancias correspondientes para tener una información coherente sobre el tema del envío del armamento de Argentina hacia Bolivia durante el gobierno de facto de Jeanine Añez.

La información la dio a conocer el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, antes de señalar que la llegada de armamento desde Argentina demuestra fehacientemente que en Bolivia se intentó gestar un segundo Plan Cóndor a través de grupos de inteligencia especializados que llegaron al territorio boliviano en 2019. “No sólo es Ecuador, sino ahora Argentina, que envió dicho armamento para reprimir al pueblo boliviano en los conflictos de noviembre de 2019, por lo que esperamos que las investigaciones esclarezcan el tema”, expresó. La primera vicepresidenta de la Cámara de Senadores, Lindaura Rasguido, anunció que se harán las gestiones necesarias para que el canciller Rogelio Mayta se presente en el Legislativo para que explique en detalle la información sobre el armamento enviado de

Argentina e inclusive del Ecuador. “Vamos a hacer las gestiones para que venga el Canciller y esté presente en una interpelación para que explique sobre este envío de material militar que desde todo punto de vista es una injerencia a la soberanía de un Estado, cometida por el régimen golpista de Jeanine Añez”, aseguró. En el programa Las Siete en el Siete, que se difunde en Bolivia TV los domingos, el canciller Rogelio Mayta pidió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) que lo convoquen a una interpelación sobre la carta referida al envío de “material bélico” desde la Argentina hasta Bolivia, en medio de las movilizaciones de protesta de noviembre de 2019. “Por favor, llámenme, interpélenme, quiero ir a allá para explicarles con todos esos documentos que eventualmente necesiten ser conocidos por el Legislativo y vamos a explicarles por qué hay articulación internacional, y por qué no podemos dejar la impunidad de las masacres de Sacaba y Senkata”, declaró al canal estatal. La legisladora Rasguido volvió a ratificar que el gobierno de Mauricio Macri, de Argentina, Lenín Moreno, de Ecuador, e inclusive de Brasil coadyuvaron en el golpe de Estado en noviembre de 2019 y en las represiones generadas en las masacres de Senkata y Sacaba con la entrega de material bélico a las Fuerzas Armadas, las cuales están evidenciadas con la carta de agradecimiento del excomandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) general Jorge Gonzalo Terceros.


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MARTES / 13 / 07 / 2021

Investigación • Roberto Medina Buezo

Efectivos de la fuerza anticrimen paceña aprehendieron en pasadas horas a dos hermanos vinculados al crimen de una mujer en la comunidad Cucuta, provincia Los Andes. La Fiscalía pedirá la reclusión preventiva de ambos.

En conferencia de prensa, el comandante de la Policía, coronel Johnny Aguilera, informó ayer que el cadáver de Zulma Calcina Calle (32) fue encontrado dentro de un saquillo, a un lado de un camino de dicha comunidad, y con evidentes signos de violencia. Las investigaciones establecieron que William Luis Quispe Espejo (30), uno de los dos detenidos, tenía una relación extramatrimonial con Zulma, con quien convivía sólo los fines de semana,

OCURRIÓ EN LA COMUNIDAD CUCUTA

Policía aprehende a dos hermanos implicados en feminicidio en La Paz William Quispe mató a la mujer con la que tenía una relación extramarital, y su hermana le ayudó a sacar documentos personales de la casa de la víctima. y que incluso tenía intenciones de casarse, por lo que le entregó su cédula de identidad y certificado de nacimiento, a fin de que la mujer inicie los trámites. Al parecer, William decidió quitarle la vida a la mujer porque ella estaría embarazada. “El 6 de junio, Zulma recibió una llamada de parte de la esposa de William, quien le reclamó por mantener relaciones sentimentales con su pare-

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar al señor Landelino Rafael Bandeira Arze, con el AUTO INICIAL DE PROCESO ----A, 27 de junio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 68/2018 “NO PRESENTACION OPORTUNA DE SU DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUES DEL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.------------------------------------------------------------------------------AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 27 de junio de 2019.----VISTOS:----La Hoja de Ruta Nº 32541.18, del Jefe de Gabinete del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores: El Informe GM-DGAA-URH-ln-51/2018 de 30 de mayo de 2018 del Responsable de Seguimiento de la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Administrativos a.i.; El Auto de Admisión de 25 de marzo de 2019 dictada por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.----CONSIDERANDO:----Que, de la revisión de antecedentes cursantes en el EXP. Nº STJPA 068/2018, “NO PRESENTACIÓN OPORTUNA DE SU DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO” involucrado: Landelino Rafael Bandeira Arze. Se desprende los siguientes elementos:----Que, a través de la Hoja de Ruta Nº 32541.18 el Jefe de Gabinete del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, remitió a la Junta de Procesos Administrativos, el Informe GM-DGAA-URH-ln-51/2018 de 30 de mayo de 2018 correspondiente al Primer Trimestre 2018, sobre “CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DE LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES”.----Que, el mencionado Informe GM-DGAA-URH-ln-51/2018, comprende dentro de sus conclusiones, que el Sr. Landelino Rafael Bandeira Arze habría incumplido con la presentación oportuna de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas bajo el siguiente detalle:----Landelino Rafael Bandeira Arze. Mediante NOTA SE GMDGAA-URH-NSE-28/2018 de 26 de enero de 2018, se comunicó al ex servidor público el cese de sus funciones al 2 de marzo de 2018, siendo esta su ultimo día laboral, recordandole la obligación de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio de Cargo” en un plazo no mayor a 30 días siguientes a su desvinculación. Sin embargo el Sr. Landelino Rafael Bandeira Arze, presentó su Declaración Jurada de Bienes y Rentas emitida y rubricada por la Contraloría General del Estado el 05 de abril de 2018, es decir, fuera del plazo para el efecto.----A través de la Nora Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-111/2018 de 22 de junio de 2018 la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos solicitó a la Dirección General de Asuntos Administrativos:----Certificado de Declaración Jurada de Bienes y Rentas Después del Ejercicio del Cargo de la gestión 2018 y Cedula de Identidad del Sr. Landelino Rafael Bandeira Arze.----Mediante Nota Interna GM-DGAA-URHNi-300/2018 de 05 de julio de 2018, la Dirección General de Asuntos Administrativos remitió la siguiente documentación:----Copia simple del Certificado de Declaración Jurada de Bienes y Rentas Después del Ejercicio del Cargo, correspondiente al Sr. Landelino Rafael Bandeira Arze, con fecha de recepción por la Contraloría General del Estado de 5 de abril de 2018.----Copia simple de la NOTA SE GM-DGAA-URHNSE-28/2018 de 26 de enero de 2018, mediante la cual se comunicó al ex servidor publico el cese de sus funciones en la Embajada al 2 de marzo de 2018.----Fotocopia de la Cedula de Identidad del Sr. Landelino Rafael Bandeira Arze.----CONSIDERANDO:---Que, el Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, establece que son obligaciones de los servidores públicos:----3. Prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo (…)” (las negrillas no corresponden al texto original).----Que, el Artículo 53 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público en relación a la obligación de todo servidor público de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y a la conclusión de su relación laboral señala:----”Todos los servidores públicos, cualesquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría están obligados a prestar declaraciones expresa sobre los bienes y rentas que tuvieren al momento de iniciar su relación laboral con la administración. Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración y aún al final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de bienes

ja, lo que desencadenó en un problema entre los tres involucrados”, explicó la autoridad policial. El cuerpo de la mujer estaba en el trayecto que une el domicilio del imputado y el centro minero donde trabajaba y, a pesar de que el hombre negó en todo momento alguna relación con esa muerte, en su teléfono celular se encontraron mensajes de Zulma. Luego de quitarle la vida as-

y rentas de éstos, podrán ser, en cualquier momento, objeto de verificación. Al efecto, los servidores públicos, prestarán declaraciones periódicas conforme a reglamentación expresa.”----Que, el numeral 11 del Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 del Servicio de Relaciones Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia señala que las y los servidores públicos del Servicio de Relaciones Exteriores de nuestro Estado tiene como deber:----“Presentar a la instancia competente, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes de tomar posesión del cargo, por actualización y a la conclusión de su relación laboral.”.----Que, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013, norma que tiene por objeto regular las relaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, con todas las servidoras y servidores públicos que prestan servicios en el servicio central y en el servicio exterior, señalando sus derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades, régimen disciplinario y en general, todas las situaciones que emerjan de la vinculación de trabajo con la entidad, respecto a la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las y los servidores públicos dependientes de este Ministerio señala:----Artículo 9 inciso p): “Independientemente de su jerarquía, presentar oportunamente a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes o en el día de tomar posesión del cargo, por actualización durante el mes de su nacimiento o cuando fuera requerido y, a la conclusión de su relación laboral.”.----Así, el incumplimiento a dichas normativas se constituyen en una casual para el inicio de un proceso administrativo conforme el Artículo 42 inciso t) del referido Reglamento.----Que, el parágrafo II y III del Artículo 4, del Decreto Supremo Nº 1233 del 16 de mayo de 2012 menciona que:----“II. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública.----III. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad pública y que dentro de los siguientes treinta (30) días calendario ingresen a otra entidad pública o reingresen a la misma entidad, presentarán una sola Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del nuevo cargo, debiendo el declarante hacer constar en el formulario que la declaración corresponde tanto por asumir el ejercicio del nuevo cargo como por la conclusión del anterior cargo.”.----Que, el parágrafo I del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 1233 en relación al medio probatorio de la fecha de presentación de la Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de las y los servidores públicos indica:----“El único medio probatorio válido de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, es el certificado refrendado por la Contraloría General del Estado. La fecha del cumplimiento de la obligación será la fecha que señala el certificado por la recepción del formulario en la Contraloría General del Estado, y no la fecha señalada en el formulario.”----Que, el Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1 aprobado por la Contraloría General del Estado a través de la Resolución GE/072/2012 de 28 de junio de 2012, en su Artículo 4 inciso a) señala:----“a) Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas y rentas que tiene antes, durante y después del ejercicio del cargo”.---Que, el Artículo 15 del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, refiere lo siguiente:----“I. La Declaración Jurada de Bienes y Rentas debe ser presentada antes, durante y después del ejercicio del cargo, por lo que su incumplimiento tiene en cuenta lo siguiente:----a) Conforme al Artículo 149 del Código Penal modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, toda servidora o servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar sus bienes y rentas a tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será pasible de responsabilidad penal, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso respectivo conforme dicha norma.----b)Toda servidora o servidor público que contravenga lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1233 relativo al cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio de su cargo, será pasible de responsabilidad administrativa, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso sumario respectivo conforme Ley Nº 1178 de Control y Administración Gubernamentales.----II. Toda servidora o servidor público que incumpla lo establecido en el presente reglamento será sujeto de Responsabilidad por la Función Pública”.---Que, finalmente el Artículo 16 del citado Reglamento señala que:----“Los informes de cumplimiento emitidos por el Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas que tengan indicios de responsabilidad por la función pública, serán

fixiándola, fue a la casa de su hermana y le pidió que ingrese a la vivienda de la mujer y saque los documentos personales que le entregó. Su hermana, Lidia Quispe Espejo (26), quien también está detenida, ingresó a la casa de Zulma, se puso bolsas plásticas en las manos y pies para no dejar huellas y sacó toda la documentación de su hermano para que no sea involucrado con esa muerte.

trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad a efectos del inicio de las acciones legales que correspondan”.----CONSIDERANDO:----Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su Artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al Artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----POR TANTO:---La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.----DETERMINA:----PRIMERO.- Iniciar proceso administrativo interno en contra del Sr. Landelino Rafael Bandeira Arze, al no haber presumiblemente presentado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas después del ejercicio del cargo en el plazo de treinta (30) días computables a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública, en posible contravención a los Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, 44 numeral 11 de la Ley Nº 465, 4 parágrafo II del Decreto Supremo 1233, 15 parágrafo II del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, 9 inciso p) y 42 inciso t) del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.----SEGUNDO.- Notifíquese al procesado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.----Notifíquese, regístrese y archívese.--------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores----ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.------AUTO.----A, 22 de junio de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 18 de junio de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Landelino Rafael Bandeira Arze, con el Auto Inicial de Proceso de 27 de junio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.------------------------------------Firma y Sello de Sylvia Gabriela Palmero Pantoja VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores;-----ANTE MÍ: Abog.Franz Teddy Mamani Gomez–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores--------------------------------------------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021-----------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores-------------------------------------------------------------------------------------------


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MARTES / 13 / 07 / 2021

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Investigación FUERON DETENIDOS EL VIERNES

Militares que bebían en vehículo oficial permanecerán arraigados • Roberto Medina Buezo

// FOTO: RADIO ÉXITO

A la conclusión de una audiencia cautelar, los tres efectivos militares que fueron sorprendidos ebrios y a bordo de un vehículo oficial evitaron la detención preventiva y se beneficiaron con medidas cautelares personales.

Los uniformados durante su declaración en la Policía.

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar al señor NELSON GUTIERREZ RUEDA, con el AUTO INICIAL DE PROCESO---- A, 31 de julio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 108/2018 “NO PRESENTACION OPORTUNA DE SU DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUES DEL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.-------------------------------------------------------------------------------------AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019.----VISTOS:----La Hoja de Ruta Nº 53414.18 del Asesor de Despacho del Sr. Ministerio de Relaciones Exteriores; El Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018 de 31 de agosto de 2018 del Responsable de Seguimiento de la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Administrativos; El Auto de Admisión de 25 de julio de 2019 dictada por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.---CONSIDERANDO:----Que, de la revisión de antecedentes cursantes en el EXP. Nº STJPA 108/2018, “INCUMPLIMIENTO EN EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SU DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO” involucrado: Nelson Gutiérrez Rueda, ex Oficial de Cancillería 3 de la Unidad de Cultos y ONG. Se desprende los siguientes elementos:----Que, mediante Hoja de Ruta Nº 53414.18 el Asesor de Despacho del Sr. Ministerio de Relaciones Exteriores remitió a la Dirección General de Asuntos Administrativo para su envió a la Junta de Procesos Administrativos, el Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018 de 31 de agosto de 2018 correspondiente al (Segundo Trimestre 2018) y Seguimiento de Informe Tercer y Cuarto Trimestre 2017, Primer Trimestre 2018 sobre “CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DE LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES”.----Que, el mencionado Informe GM-DGAA-URHln-91/2018, comprende dentro de sus conclusiones, que el ex servidor público Nelson Gutiérrez Rueda habría incumplido con la presentación oportuna de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas bajo el siguiente detalle:----Nelson Gutiérrez Rueda, ex Oficial de Cancillería 3 de la Unidad de Cultos y ONG. De acuerdo al Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018 de 31 de agosto de 2018, emitido por el Responsable de Seguimiento de la DJBR, el señor Gutiérrez Rueda fue dado de baja del Ministerio de Relaciones Exteriores el 26 de junio de 2018, teniendo la obligación de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio del Cargo” en un plazo no mayor a 30 días computables a partir del día siguiente de su desvinculación. Sin embargo, el señor Nelson Gutiérrez Rueda hasta la fecha de elaboración del informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018, no presento dicho documento, incumpliendo con esta obligación conforme la norma establece para el efecto.----Que, mediante Nota VGIC-DGEGP-USTJPA-Cs-4/2019 de 11 de marzo de 2019, la Unidad de la Secretaría Técnica de la Junta de Procesos Administrativos a través de la Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal, solicitó a la Contraloría General del Estado la siguiente información:----Si el ex servidor público Nelson Gutiérrez Rueda con Cedula de Identidad Nº 6044349 Lp. presento ante la Contraloría General del Estado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas Después del Ejercicio del Cargo.----Que, a través de la Nota CGE/SCSL/DJBR – 016/2019 de 18 de marzo de 2019, dirigida a la Dirección General de Escalafón Gestión de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Contraloría General del Estado remitió el Informe CGE/SCSL/DJBR/ INF-054/2019 de 18 de marzo de 2019, mediante la cual señala:----“… de la revisión realizada en el Sistema de Reportes DJBR, se han identificado los siguientes registros respecto a las Declaraciones Jurada de Bienes y Rentas con el motivo de “Después del Ejercicio del Cargo” en el Ministerio de Relaciones Exteriores…------------------------------------------------------------------#

Nº Cert. Dep.

Nº de Documento

6

LPZ873655

6044349

Apellido

Nombre

GUTIERREZ RUEDA

NELSON

Motivo de la Declaración

Cargo

Entidad

Fecha Recepción

DESPUES DEL EJERCICIO DEL CARGO

PROFESIONAL VII

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

03/08/2018

CONSIDERANDO:----Que, el Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, establece que son obligaciones de los servidores públicos:----3. Prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo (…)” (las negrillas no corresponden al texto original).----Que, el Artículo 53 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público en relación a la obligación de todo servidor público de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y a la conclusión de su relación laboral señala:----”Todos los servidores públicos, cualesquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría están obligados a prestar declaraciones expresa sobre los bienes y rentas que tuvieren al momento de iniciar su relación laboral con la administración. Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración y aún al final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de bienes y rentas de éstos, podrán ser, en cualquier momento, objeto de verificación. Al efecto, los servidores públicos, prestarán declaraciones periódicas conforme a reglamentación expresa.”----Que, el numeral 11 del Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 del Servicio de Relaciones Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia señala que las y los servidores públicos del Servicio de Relaciones Exteriores de nuestro Estado tiene como deber:----“Presentar a la instancia competente, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes de tomar posesión del cargo, por actualización y a la conclusión de su relación laboral.”.----Que, el parágrafo II y III del Artículo 4, del Decreto Supremo Nº 1233 del 16 de mayo de 2012 menciona que:----“II. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública.----III. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad pública y que dentro de los siguientes treinta (30) días calendario ingresen a otra entidad pública o reingresen a la misma entidad, presentarán una sola Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del nuevo cargo, debiendo el declarante hacer constar en el formulario que la declaración corresponde tanto por asumir el ejercicio del nuevo cargo como por la conclusión del anterior cargo.”.----Que, el Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1 aprobado por la Contraloría General del Estado a través de la Resolución GE/072/2012 de 28 de junio de 2012, en su Artículo 4 inciso a) señala:----“a) Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas y rentas que tiene antes, du-

El coordinador de la Fiscalía de La Paz, Sergio Bustillos, dijo que los uniformados deberán presentar un garante personal, estarán arraigados y cada semana firmarán en el Ministerio Público. La madrugada del viernes, la Policía interceptó a los tres militares cuando circulaban en un motorizado oficial por la avenida Rafael Pabón de

Irpavi (zona Sur). Uno de ellos trató de escapar, pero fue detenido por los policías. Los tres tenían más de 1,5 grados de alcohol en su organismo. El conductor del vehículo fue imputado por los delitos de conducción peligrosa y uso indebido de bienes públicos, mientras que los otros dos, por uso indebido de bienes públicos. En el microaspirado al carro también se halló residuos de sustancias controladas. EL CASO también será abierto en el Tribunal Militar y no se descarta que los tres implicados sean sancionados disciplinariamente o dados de baja.

rante y después del ejercicio del cargo”.----Que, el Artículo 15 del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, refiere lo siguiente:----“I. La Declaración Jurada de Bienes y Rentas debe ser presentada antes, durante y después del ejercicio del cargo, por lo que su incumplimiento tiene en cuenta lo siguiente:----a) Conforme al Artículo 149 del Código Penal modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, toda servidora o servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar sus bienes y rentas a tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será pasible de responsabilidad penal, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso respectivo conforme dicha norma.----b)Toda servidora o servidor público que contravenga lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº1233 relativo al cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio de su cargo, será pasible de responsabilidad administrativa, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso sumario respectivo conforme Ley Nº 1178 de Control y Administración Gubernamentales.----II. Toda servidora o servidor público que incumpla lo establecido en el presente reglamento será sujeto de Responsabilidad por la Función Pública”.----Que, el Artículo 16 del citado Reglamento señala que:----“Los informes de cumplimiento emitidos por el Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas que tengan indicios de responsabilidad por la función pública, serán trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad a efectos del inicio de las acciones legales que correspondan”.----Que, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013, norma que tiene por objeto regular las relaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, con todas las servidoras y servidores públicos que prestan servicios en el servicio central y en el servicio exterior, señalando sus derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades, régimen disciplinario y en general, todas las situaciones que emerjan de la vinculación de trabajo con la entidad, respecto a la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las y los servidores públicos dependientes de este Ministerio señala:----Artículo 9 inciso p): “Independientemente de su jerarquía, presentar oportunamente a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes o en el día de tomar posesión del cargo, por actualización durante el mes de su nacimiento o cuando fuera requerido y, a la conclusión de su relación laboral.”.----Así, el incumplimiento a dichas normativas se constituyen en una casual para el inicio de un proceso administrativo conforme el artículo 42 inciso t) del referido Reglamento.----CONSIDERANDO:----Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su Artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al Artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----POR TANTO:----La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.----DETERMINA:----PRIMERO.- Iniciar proceso administrativo interno en contra del señor Nelson Gutiérrez Rueda, ex Oficial de Cancillería 3 de la Unidad de Cultos y ONG, al no haber presumiblemente presentado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio del Cargo” en el plazo de treinta (30) días compútales a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública, en posible contravención a los Artículos 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, 44 numeral 11 de la Ley Nº 465, 4 parágrafo II del Decreto Supremo Nº 1233, 15 parágrafo II del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, 9 inciso p) y 42 inciso t) del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 400-2013, de 30 de septiembre de 2013.----SEGUNDO.- Notifíquese al procesado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.----Notifíquese, regístrese y archívese.------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores----ANTE MI: Lic. Abog. Franz teddy Mamani Gomez–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.---------------------------------------------AUTO.----A, 08 de julio de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 07 de julio de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Nelson Gutierrez Rueda con el Auto Inicial de Proceso de 31 de julio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.----Firma y Sello de Sylvia Gabriela Palmero Pantoja VOCAL DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS Del Ministerio De Relaciones Exteriores----ANTE MÍ: Abog.Franz Teddy Mamani Gomez–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores-----------------------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021-------------------------------------------------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores---------------------------------------------------------------------


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MARTES / 13 / 07 / 2021

Comercio ESTUDIAN INVERSIÓN PARA FORTALECER LA NAVEGACIÓN FLUVIAL

Bolivia exporta madera a Francia y EEUU por hidrovía Ichilo-Mamoré

173 MIL DÓLARES es el valor de la exportación del cargamento de madera boliviana con destino a los mercados de Francia y Estados Unidos.

60 // FOTOGRAFÍA: PRESIDENCIA

TONELADAS es el volumen del cargamento de cemento despachado el 5 de julio en el acto de habilitación oficial de la Hidrovía Ichilo-Mamoré.

Barcaza con el primer cargamento de cemento enviado el 5 de julio por la Hidrovía Ichilo-Mamoré.

La Hidrovía Ichilo-Mamoré abarca puerto Villarroel (Cochabamba), pasa por puerto Siles, entre Yacuma y Mamoré (Beni), y concluye en puerto Sucre, en Guayaramerín, en la frontera con Brasil. El Gobierno enviará hoy un cargamento de madera por la Hidrovía Ichilo-Mamoré con destino a Francia, y el miércoles saldrá otro rumbo al mercado de Estados Unidos (EEUU), informó el lunes el ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Édgar Montaño.

La autoridad destaca este hecho, que se desarrollará desde el puerto de Guayaramerín, en el departamento de Beni, tomando en cuenta que el lunes 5 de julio el presidente Luis Arce Catacora habilitó de manera oficial la vía fluvial en un acto público con el transporte de un cargamento de 60 toneladas de cemento. La Hidrovía Ichilo-Mamoré comienza en puerto Villarroel (Cochabamba), pasa por puerto Siles, entre Yacuma y Mamoré (Beni); finalmente, concluye en puerto Sucre, en el municipio de Guayaramerín, en la frontera con Brasil.

“Dos barcazas van a salir, la primera el día de mañana martes (por hoy) a las 09.30, y otra segunda embarcación (el miércoles) también va a salir rumbo a Estados Unidos”, explicó el ministro Montaño. Agregó que la exportación del cargamento de madera alcanza a un valor de $us 173 mil. De acuerdo con la autoridad, la reactivación del flujo comercial por la Hidrovía Ichilo-Mamoré contribuye a la recuperación de la economía del país. “El gobierno de Lucho y David está trabajando sin descanso para la reactivación económica de nuestro país”, remarcó. La hidrovía tiene cerca de 1.400 kilómetros y garantiza el acceso al océano Atlántico, por lo que productos como la sal, cloruro de potasio, sal común para ganado, fósforo, urea, soya, entre otros, contarán con otra vía de salida al mundo. POTENCIAR PUERTOS El ministro Montaño también informó que el Ejecutivo trabaja en el potenciamiento de puertos alter-

Dos barcazas van a salir, la primera el día de mañana martes (por hoy) a las 09.30, y otra segunda embarcación (el miércoles) también va a salir rumbo a Estados Unidos”.

Édgar Montaño Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda

nativos en las hidrovías nacionales y el canal Tamengo que incluye a los puertos Busch, Jennefer, Aguirre, entre otros, para lo cual se creó en noviembre de 2020 la Unidad Técnica de Hidrovías (UTH) con la participación del empresariado privado, institución que estudia el monto de inversión y financiamiento que se destinará al desarrollo de la navegación fluvial. “Esto (la UTH) empezó a encaminarse en noviembre, a la fecha

El titular de Obras Públicas en conferencia de prensa.

tenemos estudios importantes y haber realizado algunos convenios con la CAF (Banco de Desarrollo de América Latina)”, apuntó. La pasada semana, el ministro Montaño indicó que en el acto de reactivación de la Hidrovía IchiloMamoré también se puso la piedra fundamental para la construcción de la Red Vial Fundamental de Hidrovías en Bolivia que incluye a los ríos Beni, Madre de Dios, Iténez y Guaporé.

// FOTO: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

• Franz Acarapi


MARTES / 13 / 07 / 2021

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Servicios BUSCA RECUPERAR BS 53 MIL

Delapaz detecta irregularidades en administración de exejecutivos Dos empresas prestaron servicios sin contratos. La auditoría revela pagos exagerados que no corresponden a la magnitud de los trabajos. • Redacción Central

// FOTO: DELAPAZ

Una auditoría interna detectó irregularidades en el manejo de la empresa distribuidora de electricidad Delapaz durante la administración a cargo de exejecutivos designados por el régimen de facto en 2020, denunció el lunes el gerente general de la compañía, Julio Aruquipa.

El gerente general de Delapaz, Julio Aruquipa.

“En la gestión 2020 se ha encontrado a través de las auditorías, como mencionaba, las irregularidades de acciones en el tema de contratación de servicios que eran para la refacción de varias oficinas comerciales”, manifestó. Estas contrataciones, de acuerdo con Aruquipa, no contaban con el contrato ni el proceso de contratación respectivo; sin

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar a la señora Aleymi Kiomi Chávez Sanjines, con el AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 085/2018 “AL HABER PRESUMIBLEMENTE SOBREPASADO LA CUARTA OMISION DEL REGISTRO DE ASISTENCIA EN EL MISMO MES” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTO INICAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019.----VISTOS:----La Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-304/2018 de 11 de julio de 2018 de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Auto de Admisión de 25 de julio de 2019 emitido por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.----CONSIDERANDO:----Que, la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos, mediante Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-304/2018 de 11 de julio de 2018, remitió a la Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal para su remisión a la Junta de Procesos Administrativos, los antecedentes referido a la servidora publica del Ministerio de Relaciones Exteriores que habría sobrepasado la cuarta omisión del registro de asistencia en el mismo mes, de acuerdo a la información generada del 21 de abril al 20 de mayo de 2018, bajo el siguiente detalle:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOMBRE Aleymi Kiomi Chávez Sanjines

NO MARCADO 10

PERIODO COMPUTABLE 21/04/2018 al 20/05/2018

Habiendo adjuntado el Reporte de Asistencia de la involucrada, en la que contempla las fechas en las cuales habría acumulado los referidos no marcados.----CONSIDERANDO:----Que, la Constitución Política del Estado establece que las servidoras y los servidores públicos están obligados a cumplir con la Constitución y las leyes, así como con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública señalados en el Artículo 232 de este cuerpo normativo.----Que, el Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, en su numeral 2 señala que dentro de los deberes de las y los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra el de:-----“Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y con pleno sometimiento a la normativa interna que regula el ejercicio de sus funciones”.----Que, las relaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores con todas las Servidoras y Servidores Públicos que prestan servicios en el Servicio Central y en el Servicio Exterior, se encuentran reglamentadas a través del Reglamento Interno de Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013 de 30 de septiembre de 2013.----Que, el Artículo 14 del Reglamento Interno de Personal, en relación al horario en el cual deben desarrollar sus funciones las y los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, precisa que:----“Las Servidoras y Servidores Públicos deberán cumplir con las (8) horas diarias correspondientes a la jornada de trabajo, que significa cuarenta (40) horas por semana de lunes a viernes, suspendiendo actividades a medio día, de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente.----Servicio Central - El horario para el inicio y finalización de la jornada diaria de----trabajo:----MAÑANA HORARIO DE INGRESO 8:30 – SALIDA 12:30.----TARDE HORARIO DE INGRESO 14:30 – SALIDA 18:30.----Servicio Exterior - Se deberá cumplir con las (8) horas diarias de jornada de trabajo, debiendo adecuarse al uso de horario de cada país sede, comunicando a la Dirección General de Asuntos Administrativos oportunamente las modificaciones de horario”.----A su vez, en su Artículo 15 precisa que:----“I. El control de asistencia de personal será efectuado de manera diaria a través del registro biométrico u otro sistema de control verificable a cargo de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón en el Servicio Central.----En el caso excepcional de error u omisión en el registro de asistencia (ingreso o salida), la Servidora o Servidor Público podrá presentar, dentro de las 48 horas siguientes, una nota justificativa con Visto Bueno y firma de su jefe inmediato superior, para que éste lo remita a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón. Transcurrido el tiempo establecido y de no presentarse la justificación correspondiente, la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón procederá a sancionar conforme al presente Reglamento. La omisión en el registro de ingreso se considera como falta y la omisión en el registro de salida como abandono de funciones, penalizadas conforme se establece en el artículo 21 del presente Reglamento.---II. Para el Servicio Exterior, la responsabilidad del registro y control de la asistencia de personal, corresponde exclusivamente al Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular, quienes deberán enviar el informe de asistencia a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, hasta el último día hábil del mes respectivo al pago. El régimen sancionatorio tratándose de servidores públicos en el servicio exterior, se aplicará conforme al presente Reglamento en base al informe emitido por el Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular”.----En este sentido el parágrafo III del Artículo 21 del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores señala:----“Las Servidoras Publicas y Servidores públicos que no registren su ingreso o salida de la jornada de trabajo en el sistema biométrico u otro sistema análogo debidamente autorizado, ni justifique dicha omisión dentro de las 48 horas posteriores, serán pasibles a la siguiente sanción.”-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

embargo, las dos empresas que refaccionaron los ambientes de Delapaz cobraron por ítems no ejecutados o por obras no realizadas. Al respecto, la jefa del Departamento Jurídico de Delapaz, Isabel Ortuño, mencionó que también se identificaron diferencias en los cómputos métricos, es decir que lo cobrado por las contratistas no corresponde a la magnitud del trabajo desarrollado. Se identificaron pagos en demasía a las empresas por los trabajos elaborados, “por lo tanto corresponde ejecutar la recuperación de esos montos porque son un daño económico a la empresa”, manifestó Ortuño. La actual administración de Delapaz tomó contacto con las empresas involucradas y llegaron a un acuerdo de reconocimiento de deuda y compromiso de pago, añadió. Al respecto, el gerente Aru-

DISTRIBUYE ENERGÍA A TODAS LAS PROVINCIAS Delapaz, filial de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), distribuye electricidad a las 20 provincias del departamento de La Paz. Desde su nacionalización, en 2012, tuvo un crecimiento vertiginoso en utilidades, inversiones y usuarios.

quipa señaló que en este momento está en curso un proceso de conciliación con las dos empresas contratistas para la recuperación de Bs 53 mil en favor de Delapaz. Ortuño sostuvo que adicionalmente la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción, designada por el ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina, encamina las investigaciones correspondientes para establecer la existencia o no de indicios de corrupción. Según Delapaz, la mala administración de los exejecutivos también hizo que la empresa disminuya sus utilidades anuales, tomando en cuenta que éstas alcanzaron en 2019 a Bs 135,5 millones, mientras que en 2020 llegaron a Bs 107,6 millones.

FALTAS

SANCION

Omisión del Registro por primera vez en el mes

Amonestación Verbal

Omisión del Registro por segunda vez en el mes Omisión del Registro por tercera vez en el mes Omisión del Registro por cuarta vez en el me Omisión del Registro por quinta vez en el mes

Descuento de dos día de haber. Descuento de tres día de haber. Descuento de cuatro día de haber. Remisión de Informe y antecedentes a la junta de procesos administrativos.

CONSIDERANDO:----Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su Artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al Artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----POR TANTO:----La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.----DETERMINA:----PRIMERO: Iniciar proceso administrativo interno en contra de la señora Aleymi Kiomi Chávez Sanjines, por la posible contravención del parágrafo III del Artículo 21 del Reglamento Interno de Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013 de 30 de septiembre de 2013, al haber presumiblemente sobrepasado la cuarta omisión del registro de asistencia en el mismo mes, de acuerdo al siguiente detalle:----Aleymi Kiomi Chávez Sanjines: 10 (diez) omisiones en el registro de asistencia, imputable al mes de mayo de 2018 (periodo de control administrativo del 21 de abril al 20 de mayo de 2018).----SEGUNDO.- Notifíquese a la procesada de acuerdo al procedimiento establecido en el reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.----Notifíquese, regístrese y archívese.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;------Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores---ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTO.----A, 08 de julio de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 07 de julio de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Aleymi Kiomi Chavez Sanjines, con el Auto Inicial de Proceso de 31 de julio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.--------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores; -----ANTE MÍ: Abog. Franz Teddy Mamani Gomez–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021----------------------------------------------------------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores---------------------------------------------------------------------------------------


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MARTES / 13 / 07 / 2021

// FOTO: ASP-B

Comercio EN SÓLO MEDIA JORNADA DEL 7 DE JULIO

ASP-B despacha en Ilo carga para Bolivia en 52 camiones Se trata de 1.454 toneladas métricas que consisten en tubos, bobinas y material de construcción. • Redacción Central

La Administración de Servicios Portuarios - Bolivia (ASP-B) encaminó en sólo media jornada del 7 de julio el despacho de 1.454 toneladas métricas de carga desde el puerto de Ilo, Perú, con destino a Bolivia, transportado en 52 camiones.

La entidad informó que este hecho se constituye en un récord histórico, como resultado de un trabajo logístico ágil desarrollado por el personal operador de la ASP-B desplazado en Ilo. El cargamento movilizado al territorio boliviano consiste en tubos, bobinas y una variedad de material de construcción, perteneciente al sector empresarial. “De esta manera, la ASPB está efectuando un trabajo

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar al señor IVAN FERNANDO MERIDA AGUILAR, con el AUTO INICIAL DE PROCESO A, 26 de junio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 119/2018 “INCUMPLIMIENTO EN EL PLAZO DE PRESENTACION DE SU DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUES DEL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.------------------------------------------------------------------------------------AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 26 de junio de 2019.----VISTOS:----La Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-403/2018 de 31 de agosto de 2018 del Responsable de Seguimiento de la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Administrativos a.i.; Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-148/2018 de 07 de septiembre de 2018 de la Jefatura de la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, vía Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal; Nota Interna GM-Ni-84/2018 de 21 de septiembre de 2018 del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores; Nota Interna de GM-DGAA-URH-In-425/2018 de 18 de septiembre de 2018 de la Dirección General de Asuntos Administrativos; El Informe GM-DGAA-URHIn-105/2018 de 18 de septiembre de 2018 de la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos; El Auto de Admisión de 25 de marzo de 2019 dictada por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.---CONSIDERANDO:----Que, de la revisión de antecedentes cursantes en el EXP. Nº STJPA 119/2018, “INCUMPLIMIENTO EN EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SU DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO” involucrado: Ivan Fernando Merida Aguilar. Se desprende los siguientes elementos:----Que, a través de la Nota Interna GM-DGAA-URHNi-403/2018 de 31 de agosto de 2018, el Responsable de Seguimiento de la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Administrativos solicito a la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos el Inicio de acciones por el incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en contra de los señores: Mérida, Díaz, Rodríguez y Zamora.----Que, mediante Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-148/2018, de 07 de septiembre de 2018, el Jefe de la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, solicitó a la Dirección General de Asuntos Administrativos el Informe correspondiente en relación a lo solicitado mediante Nota Interna GM-DGAAURH-Ni-403/2018, de 31 de agosto de 2018.----Que, en respuesta a la Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-148/2018, el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores a través de la Nota Interna GM-Ni-84/2018, de 21 de septiembre de 2018, remitió a la Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal para su remisión a la Junta de Procesos Administrativos, el Informe GM-DGAA-URH-ln-105/2018 de 18 de septiembre de 2018 correspondiente al Segundo Trimestre 2017, sobre “COMPLEMENTACIÓN DE INFORME GM-DGAA-URH-In-062/2017 DE CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DE LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES”.---Que, el Informe GM-DGAA-URH-ln-105/2018, comprende dentro de sus conclusiones, que el Sr. Ivan Fernando Merida Aguilar habría incumplido con la presentación oportuna de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas bajo el siguiente detalle:----Ivan Fernando Merida Aguilar. Mediante NOTA SE GM-DGAA-URHNSE-113/2017 de 18 de mayo de 2017, se comunicó al ex servidor público el cese de sus funciones en la Embajada al 24 de mayo de 2017, siendo esta su ultimo día laboral, recordándole la obligación de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio de Cargo” en un plazo no mayor a 30 días siguientes a su desvinculación. Sin embargo el Sr. Ivan Fernando Merida Aguilar, presentó su Declaración Jurada de Bienes y Rentas emitida y rubricada por la Contraloría General del Estado el 25 de julio de 2017, es decir, fuera del plazo para el efecto.----Se adjunto al presente Informe GM-DGAA-URH-ln-105/2018, la siguiente documentación:----Cedula de Identidad del Sr. Ivan Fernando Merida Aguilar. ----Certificado de Declaración Jurada de Bienes y Rentas Después del Ejercicio del Cargo correspondiente al Sr. Ivan Fernando Merida Aguilar, con fecha de recepción por la Contraloría General del Estado de 25 de julio de 2017.----Nota SE GM-DGAA-URH-NSE-113/2017 de 18 de mayo de 2017, emitida por la Emb. Guadalupe Jeanne Palomeque de la Cruz, Viceministra de Relaciones Exteriores, mediante la cual se comunico al Sr. Ivan Fernando Merida Aguilar el cese de sus funciones en la Embajada al 18 de mayo de 2017.----Informe GM-DGAA-URHIn-062-2017, de 31 de agosto de 2017, correspondiente al Cumplimiento o Incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las Ser-

arduo de manera colectiva, que permite fortalecer e integrar el comercio exterior en beneficio del importador y exportador, para así reactivar la economía boliviana”, indicó la institución en un comunicado. La ASP-B habilitó los números de WhatsApp para que las empresas que mueven su carga por Ilo realicen sus consultas: La Paz 69866888, Santa Cruz 74166699 y la línea gratuita 800-16-0303.

vidoras y Servidores Públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores (Segundo Trimestre 2017), remitida por el Responsable de Seguimiento de la DJBR al Sr. Ministro de Relaciones Exteriores.---- CONSIDERANDO:----Que, el Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, establece que son obligaciones de los servidores públicos:----3. Prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo (…)” (las negrillas no corresponden al texto original).---Que, el Artículo 53 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público en relación a la obligación de todo servidor público de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y a la conclusión de su relación laboral señala:----”Todos los servidores públicos, cualesquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría están obligados a prestar declaraciones expresa sobre los bienes y rentas que tuvieren al momento de iniciar su relación laboral con la administración. Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración y aún al final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de bienes y rentas de éstos, podrán ser, en cualquier momento, objeto de verificación. Al efecto, los servidores públicos, prestarán declaraciones periódicas conforme a reglamentación expresa.”----Que, el numeral 11 del Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 del Servicio de Relaciones Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia señala que las y los servidores públicos del Servicio de Relaciones Exteriores de nuestro Estado tiene como deber:----“Presentar a la instancia competente, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes de tomar posesión del cargo, por actualización y a la conclusión de su relación laboral.”.----Que, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013, norma que tiene por objeto regular las relaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, con todas las servidoras y servidores públicos que prestan servicios en el servicio central y en el servicio exterior, señalando sus derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades, régimen disciplinario y en general, todas las situaciones que emerjan de la vinculación de trabajo con la entidad, respecto a la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las y los servidores públicos dependientes de este Ministerio señala:----Artículo 9 inciso p): “Independientemente de su jerarquía, presentar oportunamente a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes o en el día de tomar posesión del cargo, por actualización durante el mes de su nacimiento o cuando fuera requerido y, a la conclusión de su relación laboral.”.----Así, el incumplimiento a dichas normativas se constituyen en una casual para el inicio de un proceso administrativo conforme el Artículo 42 inciso t) del referido Reglamento.----Que, el parágrafo II y III del Artículo 4, del Decreto Supremo Nº 1233 del 16 de mayo de 2012 menciona que:----“II. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública.---III. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad pública y que dentro de los siguientes treinta (30) días calendario ingresen a otra entidad pública o reingresen a la misma entidad, presentarán una sola Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del nuevo cargo, debiendo el declarante hacer constar en el formulario que la declaración corresponde tanto por asumir el ejercicio del nuevo cargo como por la conclusión del anterior cargo.”----Que, el parágrafo I del Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 1233 en relación al medio probatorio de la fecha de presentación de la Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de las y los servidores públicos indica:----“El único medio probatorio válido de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, es el certificado refrendado por la Contraloría General del Estado. La fecha del cumplimiento de la obligación será la fecha que señala el certificado por la recepción del formulario en la Contraloría General del Estado, y no la fecha señalada en el formulario.”.----Que, el Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1 aprobado por la Contraloría General del Estado a través de la Resolución GE/072/2012 de 28 de junio de 2012, en su Artículo 4 inciso a) señala:----“a) Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas y rentas que tiene antes, durante y después del ejercicio del cargo”.----Que, el Artículo 15 del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, refiere lo siguiente:---“I. La Declaración Jurada de Bienes y Rentas debe ser presentada antes, durante y después del ejercicio del cargo, por lo que su incumplimiento tiene en cuenta lo siguiente:----a) Conforme al Artículo 149 del Código Penal modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, toda servidora o servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar sus bienes y rentas a tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será pasible de responsabilidad penal, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso respectivo conforme dicha norma.----b) Toda servidora o servidor público que contravenga lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1233 relativo al cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el

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ejercicio de su cargo, será pasible de responsabilidad administrativa, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso sumario respectivo conforme Ley Nº 1178 de Control y Administración Gubernamentales.----II. Toda servidora o servidor público que incumpla lo establecido en el presente reglamento será sujeto de Responsabilidad por la Función Pública”.----Que, finalmente el Artículo 16 del citado Reglamento señala que:----“Los informes de cumplimiento emitidos por el Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas que tengan indicios de responsabilidad por la función pública, serán trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad a efectos del inicio de las acciones legales que correspondan”.----CONSIDERANDO:---Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.---Que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----POR TANTO:----La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.----DETERMINA:----PRIMERO.- Iniciar proceso administrativo interno en contra del Sr. Ivan Fernando Merida Aguilar, al no haber presumiblemente presentado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas después del ejercicio del cargo en el plazo de treinta (30) días computables a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública, en posible contravención a los Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, 44 numeral 11 de la Ley Nº 465, 4 parágrafo II del Decreto Supremo 1233, 15 parágrafo II del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, 9 inciso p) y 42 inciso t) del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.----SEGUNDO.- Notifíquese al procesado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.Notifíquese, regístrese y archívese.---Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores----ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.-------- AUTO.----A, 27 de octubre de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 26 de noviembre de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Ivan Fernando Merida Aguilar, con el Auto Inicial de Proceso de 31 de julio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.----Firma y Sello de Sylvia Gabriela Palmero Pantoja VOCAL DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS Del Ministerio De Relaciones Exteriores----ANTE MÍ: Abog.Yolanda Silveth Quiroga Rojas–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores--------------------------------------------------------------------------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021-------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de RelacionesExteriores-------------------------------------------------------------------------------


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La Comisión Comisión de de Proceso Proceso de de la la Junta Junta de de Procesos Procesos Administrativos Administrativos del del Ministerio Ministerio La deRelaciones RelacionesExteriores Exterioresdede acuerdo al artículo 17 del Reglamento la Junde acuerdo al artículo 17 del Reglamento de ladeJunta de ta de Procesos Administrativos, aprobado Resolución Nº Procesos Administrativos, aprobado mediantemediante Resolución MinisterialMinisterial Nº 260/2016 260/2016 de 03 de de 2016 y al conforme al VI parágrafo VI del 33 Nº de de 03 de octubre deoctubre 2016 y conforme parágrafo del artículo 33artículo de la Ley la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a biense notificar señor Mariaal Verónica Oblitas Ferrufino,APAZA con la del presente EDICTO tiene aalbien notificar señor ALEX CRISTHIAN RESOLUCION PROCESO---A, 14 de agosto de julio 2020, dentro SANIZO, con elFINAL AUTODE INICIAL DE PROCESO---A, 31 de dedictado 2019, dictado del proceso administrativo EXP N° EXP STJPA “POR LA“INCUMPLIMIENTO PRESUNTA CONdentro del proceso administrativo N° 035/2017 STJPA 107/2018 TRAVENCION DE ATRASOS EN EL HORARIO DE INGRESO, EN EL PLAZOADMINSTRATIVA DE PRESENTACIÓN DE SU DECLARACIÓN JURADA DE BIEHACER USO INDEBIDO DE BIENES Y DESACATO A ORDENES JERARQUICAS NES Y RENTAS DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe DEL MINISTEIO DE RELACIONES EXTERIORES” EI cual se transcribe en su inteen su integridad a continuación.----------------------------------------------------gridad a continuación.----------------------------------------------------------------------AUTO INICIAL DE PROCESO---- A, 31 de julio de 2019.----VISTOS: ----La Hoja RESOLUCIÓN FINAL DE CP-STJPA 14 Relaciones de agosto de Ruta Nº 53414.18 del PROCESO Asesor de Nº Despacho del 017/2020----A, Sr. Ministerio de de 2020.----VISTOS:----La Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-379/2017 H.R. Exteriores; El Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018 de 31 de agosto decon 2018 del 58136.17 de 27de deSeguimiento septiembre de Informe CITE: VGIC-DDSC-IN-41/2017 de Responsable de2017; la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Ad15 de septiembre de 2017; Auto de Admisión de fecha 24 de noviembre de 2017, ministrativos; El Auto de Admisión de 25 de julio de 2019 dictada por la Comisión Auto Inicial dede Proceso de abril 2018 así como todos los antecedentes remide Admisión la Juntadede30Procesos Administrativos; y demás antecedentes que tidos ante Junta de Procesos Administrativos;----CONSIDERANDO:----Que, cursan enesta obrados.----CONSIDERANDO: ----Que, de la revisión de antecedenmediante NotaenInterna la DirectoraENGeneral de tes cursantes el EXP.GM-DGAA-URH-Ni-379/2017, Nº STJPA 107/2018, “INCUMPLIMIENTO EL PLAZO Asuntos Administrativos, Patricia Arcani Acarapi, informeYsobre irreDE PRESENTACIÓN DEMartha SU DECLARACIÓN JURADAremite DE BIENES RENTAS gularidades en la Dirección Departamental de Santa Cruz a la Dirección General DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO” involucrado: Alex Cristhian en Apaza Sade Escalafón y Gestión de Personal, señalando lo siguiente:----“Cursa el área nizo, ex Servidor la Dirección de Asuntos Administrativos. Se organizacional a miPúblico cargo, de el informe CITE:General VGIC-DDSC-IN-41/2017, procedente desprende los siguientes elementos:----Que, mediante Hoja de Ruta Nº 53414.18 de la Directora Departamental de Santa Cruz (a. i.), por el cual, reportó diverel Asesor de Despacho del Sr.en Ministerio deDirección Relaciones Exteriores remitió la sas irregularidades observadas la referida General.----Que, sobrea el Direcciónde General de Asuntos Administrativos para su envió alas la Junta de Proceparticular la revisión del contenido del Informe presentado, irregularidades sos Administrativos, el Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018 de 31 dedeagosto de eventualmente advertidas, se adecuarían a las causales para apertura proceso 2018 correspondiente al (Segundo en Trimestre 2018) de Informe administrativo interno, establecidas el artículo 42y Seguimiento del Reglamento Interno Terde cer y Cuarto Primer al Trimestre O Personal. Sin Trimestre embargo, 2017, en sujeción artículo 2018 35 desobre la Ley“CUMPLIMIENTO N° 465 del Servicio INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DECLARAde Relaciones Exteriores, que establece las competencias de la Junta de Procesos CIÓN JURADAdependiente DE BIENESde Y la RENTAS DEGeneral LAS SERVIDORAS Y SERVIDOAdministrativos, Dirección a su cargo, corresponde a RES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES ----Que, la referida Unidad, analizar el contenido del informe a EXTERIORES”. efectos de determinar la el mencionado Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018, comprende dentro de sus procedencia o no del inicio de proceso administrativo interno.”.----Que, mediante conclusiones, que el ex servidor público Apaza Sanizo inInforme CITE: VGIC-DDSC-IN-41/2017 de Alex 15 deCristhian septiembre de 2017, la habría Directora cumplido con la presentación de suDomínguez DeclaraciónCasanova, Jurada deinforma Bienesaly Departamental Santa Cruz a.i., oportuna Mirian Fabiola Rentas bajo eldesiguiente detalle:---Alex Apaza Sanizo, ex Servidor señor Ministro Relaciones Exteriores, loCristhian siguiente:----“Antecedentes.Señalar Público Dirección General de Asuntos Administrativos. De acuerdo al que el 25de delaagosto del año en curso deja el cargo de Directora Departamental Santa Cruz la Dra. María Verónica Oblitas Informe GM-DGAA-URH-ln-91/2018 de 31 Ferrufino.----Irregularidades.-----1. de agosto de 2018, emitido por el Incumplimiento horarios.- Indicar que la el Dra. Oblitas incumplía horaResponsable dede Seguimiento de la DJBR, señor Apaza Sanizocon fuelos dado de rios siendo el ingreso Exteriores a horas 08:30 a.m. llegaba después de las bajaestablecidos, del Ministerio de Relaciones el 04 de ella mayo de 2018, teniendo la 09:15 a.m., de y en varias ocasiones se retrasaba más, los días viernes se ibadel a obligación presentar su Declaración Juradaaún de Bienes y Rentas “Después las 16:00 horas, dejando la oficina sinmayor Dirección, molestias en la del ciudaEjercicio del Cargo” en un plazo no a 30provocando días computables a partir día danía ya que habían personas esperando serelatendidas porCristhian la Directora enSaniese siguiente de su desvinculación. Sin embargo, señor Alex Apaza momento.----2. Bienes en beneficio propio.-GM-DGAA-URH-ln-91/2018, Los días viernes según nos indicaba zo hasta la fecha de elaboración del informe no prela Dra. dicho Oblitasdocumento, tenía que viajar por motivos personales al interior del país más consento incumpliendo con esta obligación conforme la norma cretamente a Cochabamba, pero lo que llamaba atención es que utilizaba para establece para el efecto.----Que, mediante laNota VGIC-DGEGP-USTJPAsu transportedehacia el aeropuerto, el vehículo Oficial TramitaCs-4/2019 11 de marzo de 2019, la Unidad dedel la Ministerio.----3. Secretaría Técnica de la dores.veces que la Dra. Oblitas no sedeencontraba enGeneral la oficina en Junta deLas Procesos Administrativos a través la Dirección de dejaba Escalafón remplazo la firma desolicitó documentos Públicos aGeneral la que en momento era la y Gestiónpara de Personal, a la Contraloría delese Estado la siguiente encargada administrativa Carla Barrón Valverde, la misma que hacía ingresar información:----Si el ex servidor público Alex Cristhian Apaza Sanizo con Cedula tramitadores; haciéndolos atender preferencialmente, estoGeneral lo efectuaban con su la de Identidad Nº 5962478 Lp. presento ante la Contraloría del Estado funcionaria contrato) Paola Guzmán Flores que atendíadel enCargo. la ventanilla 2, Declaración(aJurada de Ana Bienes y Rentas Después del Ejercicio ----Que, estos trámites eran procesados y firmados en menos de 10 minutos, esta situación a través deConocer la Nota CGE/SCSL/DJBR – 016/2019 marzoninguna de 2019,llamada dirigida se le hizo. a la Dra. Oblitas, sin embargode no18 sede efectuó a la Dirección General de Escalafón de Personal del de Ministerio de Relade atención ni verbalmente menos aúnGestión por escrito. Adjunte foto la ex funcionaria ciones Exteriores, la Contraloría General del Estado remitió el Informe CGE/ Carla Barrón con la Tramitadora en la ventanilla 2.----4. Animal Doméstico.SCSL/DJBR/INF-054/2019 18 de marzo de 2019, mediante la cual señaMencionar también que en lade oficina había un Gato que era de la Dra. Oblitas, al la:----“… de la revisión realizada en el Sistema de Reportes DJBR, no se ha cual le alimentaban dentro de las Instalaciones de trabajo, este animalito. Seidenentificado dentro ninguna Jurada demales Bienes y Rentas motivo demoles“Dessuciaba deDeclaración la oficina provocando olores y por con endeelcausando pués Ejercicio que delvenían Cargo” en el Ministerio de este Relaciones tias en del las personas a legalizar documentos, se le hizoExteriores, conocer a presentado Alex Cristhian Apaza Sanizo con Lp.….” la Dra. Oblitaspor..., respondiendo en tono no muy agradable que C.I. al que5962478 no le pareciere ----CONSIDERANDO:----Que, el Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Políque el gato esté en los ambientes de la oficina, estaría sujeto a desvinculación.----5. tica del Estado, estableceEn que son 04 obligaciones de los servidores públicos: ----3. Documento Extraviado.fecha de agosto ingresó un poder para su respecPrestar declaración jurada de extraviado bienes y rentas durante del tiva legalización el cual terminó porqueantes, en dicha fecha yladespués Dra. Oblitas ejercicio (las negrillas nocargo corresponden al texto original). ----Que, no asistió del a sucargo fuente(…)” laboral, dejando a de la legalización de documentos a elfuncionaria Artículo 53 de la Ley Nº 2027 del Estatuto Público en relación la Carla Barrón Valverde, mismadel queFuncionario se negó a legalizar dicho podera la obligación todo servidor público de presentar sureiteradas Declaración Jurada de Bieespecial, estodegeneró molestia al interesado que en oportunidades se nes y Rentas, antes, durante y apero la conclusión de su relación laboral apersonó a retirar su documento no recibió ninguna solución por la señala:---Dra. Obli”Todos los la servidores su condición, jerarquía,de calidad tas y hasta fecha no públicos, aparece, cualesquiera mi persona alsea tomar pleno conocimiento ésta situación en fecha 28-08-17 inmediatamente me comuniqué con el Consulado de Bolivia en Barcelona para coordinar posibles diligencias que se podrían efectuar, a lo que a la fecha ya estamos brindando una solución a la persona interesada.---Al respecto en fecha 28-08-2017 se apersonan nuevamente los interesados, los cuales fueren atendidos por mi persona, comentándome que días antes a la renuncia de la Dra. Oblitas los habría atendido para proponerles que si redactaban una carta (direccionada por ella de mala fe) se comprometía a hacer el aparecer el documento, dando datos de funcionarios con la intención de perjudicar a los mismos, deslindando responsabilidad de los verdaderos responsables de firmas de documentos en esa fecha.----6. Nuevas Funciones.- En fecha 15-08-2017 llegó una comisión de Recursos Humanos desde La Paz para evaluar las funciones de cada funcionario, dando como resultado una nueva redistribución de las tareas según Memorándums, pero sin embargo estas nuevas tareas no se aplicaron debido a que la Dra. Oblitas se resistió a efectuar los cambios ya que al parecer tenía preferencias por algunas funcionarias, es así que en ningún momento se pusieron en práctica las nuevas funciones durante el periodo de su gestión.----7. Renuncia masiva.- En fecha 25-08-17 Llego la Dra. Susana Aramayo desde La Paz para comunicar al personal la desvinculación de la Dra. Oblitas ya que la antes mencionada habría presentado su carta de renuncia irrevocable al cargo, siendo esta fecha su último día laboral, en ese mismo instante presentan renuncia verbal Silvia Andia Miranda y Ana Paola Guzmán Flores, al realizarse esta acción pudimos notar que era como que la Dra. Oblitas hubiera presionado días antes a estas personas para que renuncien, ya que se reunía misteriosamente con las funcionarias antes mencionada a puertas cerradas en su despacho, al parecer con el propósito de desestabilizar el funcionamiento normal de la Dirección Departamental. (Adjunto foto publicada en el Facebook por la ex funcionaria Carla Barrón el mismo día de la desvinculación de la Dra. Oblitas, en la que el titular dice: TRIUNFO!!! (Foto en la que aparecen 5 ex funcionarias de la Dirección Departamental Santa Cruz) confirmándose así las malas intenciones para con la Institución.”.---CONSIDERANDO:----Que, de la revisión de obrados se evidencia que a fs. 10 la Nota Interna GM-DGAJ-UGJ-Ni1349/2017 de 11 de octubre de 2017, establece que en aplicación del artículo 40 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, corresponde se inicien acciones pertinentes a determinar sanciones que correspondan, por lo que se remite documentación ante la Secretaria de la Junta de Procesos Administrativos.----Que a fs. 18 de obrados consta el Informe de 25 de agosto de 2017, emitido por la entonces Directora Departamental de Santa Cruz Dra. María Verónica Oblitas Ferrufino, ante la Viceministra de Gestión Institucional y Consular, por la que informa los siguientes:----La gestión fue un periodo de 8 meses en su calidad de Directora Departamental de Santa Cruz del Ministerio de Relaciones Exteriores, brindó apoyo institucional y coordino el protocolo de visitas de funcionarios de altos funcionarios, asimismo direccionó el área de legalizaciones y se efectuó coordinación interinstitucional.----Expone resultados de las áreas operativas como la de asuntos consulares, área de legalizaciones y área administrativa.----Que, a fs.38 de obrados, el Auto Inicial de Proceso de fecha 30 de Abril que determina iniciar el proceso administrativo interno en contra de la ex Servidora María Verónica Oblitas Ferrufino- ex Directora Departamental de Santa Cruz, por la posible contravención administrativa de atrasos en el horario de ingreso, asimismo uso indebido de bienes y desacato a ordenes jerárquicas del Ministerio de Relaciones Exteriores.---Que, a fs. 43 de obrados a través de Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni 92/2018 H.R. 27538.18 de 08 de mayo de 2018 emitida por el Jefe de Unidad de la Secretaria de la Junta de Procesos Administrativos, por el que solicita información de la ex funcionaria María Verónica Oblitas Ferrufino, en respuesta a la solicitud la Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni 213/2018 de 10 de mayo de 2018 señala domicilio en el departamento de Cochabamba, consiguientemente el informe de 05 de junio de 2018, emitido por el profesional Sr. Ismael Mollo funcionario de la Unidad de la Secretaria de la Junta de Procesos Administrativos, por el que informa que no se pudo practicar la notificación, debido a que la ubicación se encuentra en la ciudad de Cochabamba, por lo que recomienda proceder a la notificación de la Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino con el Auto Inicial de Proceso de 30 de abril de 2018 mediante edicto, publicado por una sola vez en prensa escrita de amplia circulación nacional.----Que, a fs. 49 de obrados funge el Auto de 19 de junio de 2018 por el que en atención del informe de 05 de junio de 2018, en aplicación del parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo y el Artículo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos por el que se dispone la notificación de la Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino, con el Auto Inicial de Proceso de 30 de abril de 2018 mediante edicto efectuado en el Periódico Cambio, publicado en fecha 19 de septiembre de 2018 como consta a fs. 54.----Que, conforme fs. 55 de obrados en aplicación al artículo 46 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, se dispone la recepción de la Declaración Informativa de la procesada Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino, para el 11 de octubre de 2018 a horas 09:00 en instalaciones de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, acto notificado en fecha 04 de octubre de 2018 en la oficina de la Secretaria de la Junta de Procesos de la Dirección de la Junta de Procesos del Ministerio de Relaciones Exteriores.----Que, a fs. 57 de obrados consta el Auto de 13 de noviembre de 2018 en aplicación al numeral 3 del artículo 46 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos se dispone apertura del término de prueba, en el plazo de 10 días hábiles computables a partir de la notificación practicada en fecha 14 de noviembre de 2018.---Que, a fs. 59 través de Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni 53/2019 de 15 de

o categoría están obligados prestar declaraciones sobre los bienes y marzo de 2019 emitido por la aSecretaria de la Junta deexpresa Procesos Administrativos, rentas que tuvieren al momento de Administrativos iniciar su relación con la administraante la Dirección General de Asuntos porlaboral el que se solicita información. Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración ción en aplicación del Artículo 46 del Reglamento de la Junta de Procesos Adminisy aún alse final de lainformar misma, cualquiera sea laDepartamental causa de terminación, declaraciotrativos solicita si la ex Directora de Santalas Cruz, gozaba nesexcepciones de bienes yprevista rentas en de eléstos, podrán en cualquier momento, objetoaside de artículo 16 delser, Reglamento Interno de Personal, verificación. Aldel efecto, los agosto servidores prestaránmemorándum declaracionesdeperiódimismo informe mes de de lapúblicos, gestión 2017sobre redistribución de funciones en la Dirección Departamental de Santa11Cruz. Que a fs. cas conforme a reglamentación expresa.”----Que, el numeral del Artículo 44 65 de de obrados consta Nota Internade GM-DGAA-URH-Ni 150/2019 de fecha 28 del de la Ley Nº 465, de 19lade diciembre 2013 del Servicio de Relaciones Exterior marzo 2019, emitido la Jefe de Unidad Humanos y Escalafón Estadode Plurinacional depor Bolivia señala que lasdey Recursos los servidores públicos del Serde la Dirección General de Asuntos Administrativos respuesta a la solicitud de invicio de Relaciones Exteriores de nuestro Estado tiene como deber: ----“Presenformación, estableciendo que la la Sra. Oblitas Ferrufino periodo tar a la instancia competente, Declaración Jurada en deelBienes y comprendido Rentas de la entre el 09 de enero y 25 de agosto de 2017 trabajo en el Ministerio de Relaciones Contraloría General del Estado, antes de tomar posesión del cargo, por actualizaExteriores el cargo de de su Directora Cruz,II en ción y a la en conclusión relaciónDepartamental laboral.”. -Que,deelSanta parágrafo y IIIese delsentido Artícuse encontraba exenta del marcado el 16 reloj en virtud de que el cargo lo 4, del Decreto Supremo Nº 1233en del debiométrico, mayo de 2012 menciona que:----“II. de Departamental equivalente Director General en jerarquía nivel LasDirectora servidoras y servidoresespúblicos quealconcluyan su relación laboral ycon la salarial, de la revisión de los files personales la y los servidores públientidad asimismo deberán presentar la Declaración Jurada de de Bienes y Rentas, dentro el cos dede la Dirección deaSanta entre el 01de delsu31desvinculación de agosto de plazo treinta (30)Departamental días calendario partirCruz del primer día 2017 encontró el memorándum VGIC- DDSC-MC-09/2017 de fecha 18 de agosde lase entidad pública.---III. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su to de 2017 sobrecon la designación como Directora Departamental de Santa Cruz(30) a.i. relación laboral la entidad pública y que dentro de los siguientes treinta adías la Sra. Mirian Fabiola Domínguez Casanova.----Que, a fs. 66 consta el memoráncalendario ingresen a otra entidad pública o reingresen a la misma entidad, dum GM-DGAA-URH-Me 362/2017Jurada mediante cual ley comunican a laelSra. Mirian presentarán una sola Declaración de el Bienes Rentas hasta primer día Fabiola Casanova la disposición de desempeñar funciones en comihábilcomo deDomínguez ejercicio del nuevo cargo, debiendo declarante hacer ende el sión Directora Departamental Santa Cruzela.i. dependiente del constar Ministerio formulario que la declaración corresponde tanto por asumir el ejercicio del nuevo Gestión Institucional y Consular a partir de 28 de agosto de 2017 hasta la designacargo porque la conclusión anterior cargo.”.----Que, el Reglamento de18 Conción delcomo titular, asimismo eldel memorándum CGIC-DDSC-MC 09/2017 de de trol de la de Bienesque y Rentas ende laslaEntidades RE/CI agosto deDeclaración 2017 por elJurada que comunica a partir fecha de Públicas asignación de - 010, Versión 1 aprobado la Contraloríatodos General del Estado a través de la nuevas funciones y bajo suspor responsabilidad los aspectos relativos al trataResolución GE/072/2012 28 demanda de junio de de información 2012, en supara Artículo 4 yinciso a) miento y atención al públicode sobre el inicio concluseñala:----“a) Declaración Jurada de Bienes Es laconsta obligación toda sión de trámites y legalizaciones.----Que, a fs. y61Rentas: de obrados Nota de Interna servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni 54/2019 de 18 de marzo de 2019 emitido por la Secre-y rentas que tiene y después del ejercicioante del cargo”. ----Que, el Artaria Técnica de laantes, Juntadurante de Procesos Administrativos, la Dirección Departatículo 15 Reglamento de Control de la Declaración de Bienes y Rentas mental dedel Santa Cruz solicitando información de copia Jurada simple del cuaderno de bien las diaria Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1,Departamental refiere lo siguiente: ----“I. La tácora del vehículo designado a la Dirección de Santa Cruz Declaración Jurada de enero Bienesal y27Rentas debedeser2017, presentada antes, durante durante las fechas 9 de de agosto asimismo el informe dely después del ejercicio del cargo, por lo que su incumplimiento tiene en cuenta lo servidor público que se encontraba a cargo de la conducción del vehículo de la siguiente:----a) Conformede al Santa Artículo 149desde del Código Penal modificado poragosto la Ley Dirección Departamental Cruz fecha 09 de enero al 26 de Nº2017.Que 004 de 31a de de 2010,consta toda servidora o servidor público que conforme de fs. marzo 63 de obrados la Nota Interna VGIC-DDSC-Ni86/2019 de a ladeLey estuviere obligado a declarar bienes y rentas a tiempo de tomar po19 marzo de 2019, por el que informasus que hechas las averiguaciones respectivas, se oindica que de no dejar existesu el cargo cuaderno bitácoraserá designado lo que se ve sesión a tiempo y no de lo hiciere, pasiblepor de responsabiliimposibilitada de sanción remitir lase información solicitada, informa que en la fecha dad penal, cuya encontrará sujeta al asimismo proceso respectivo conforme direferida se encontraban designados a la ex público Directora Verónica Oblitas cha norma.----b) Toda servidora o servidor que contravenga lo Ferrufino, dispuesto debido a que la Supremo oficina de Santa Cruz no cuenta con chofer, por informa que en el Decreto Nº 1233 relativo al cumplimiento de lo la que presentación de la Oblitas instruía forma verbal a cualquiera los funcionarios paraserá su la Sra. Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante elde ejercicio de su cargo, conducción, según la necesidad y los requerimientos.----Que, a fs. 68 de obrados pasible de responsabilidad administrativa, cuya sanción se encontrará sujeta al el auto desumario fecha 07respectivo de mayo de 2019, porLey el que se establece en el marco del artíproceso conforme Nº 1178 de Control y Administración culo 46 del Reglamento Toda de la servidora Junta de o Procesos se dispone la Gubernamentales.----II. servidor Administrativos público que incumpla lo estaclausura deleltérmino probatorio, decretándose para Resolución por Final, blecido en presente reglamento será sujetoAuto de Responsabilidad la disposiFunción ción que es practicada a través de notificación de fecha 14 de mayo de Pública”.-Que, el Artículo 16 del citado Reglamento señala que: ---“Los informes 2019.----CONSIDERANDO:----Que, los hechos de queseguimiento se califican dentro del presende cumplimiento emitidos por el Responsable de la Declaración te proceso es por presunta en horarios depor ingreso; uso Jurada de disciplinario Bienes y Rentas que tengan contravención indicios de responsabilidad la función indebido de bienes y desacato a ordenes jerárquicas del Ministerio de Relaciones pública, serán trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Exteriores.----Que, la inicio jornada laboral se constituye el período durante el cual el entidad a efectos del de las acciones legales que correspondan”.----Que, el servidor público permanece en el desarrollo de sus funciones alExteriores interior deaprobala EntiReglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones dad, al respecto la Reglamentación Interna de Personal del Ministerio establece do mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013, norma que tiene por objeto reque las funciones es de lunes a viernes, considerado como días hábiles de trabajo gularlalas relaciones del Ministerio Relaciones Exteriores, lasdiarias servipara Administración Pública, por de lo cual el horario de trabajocon sontodas 8 horas doras y servidores quetrabajo, prestannoservicios el servicio central y en el correspondiente a lapúblicos jornada de obstanteen la norma prevé excepciones servicio exterior, señalando sus derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilipara determinado grupo de personal del Ministerio, orientados a los Directores dades, régimen y en general, todas exentos las situaciones quede emerjan dede la Generales, entredisciplinario otros funcionarios que quedan del control registro vinculaciónlade trabajo la entidad, respecto a la presentación de la Declaraasistencia, misma se con justifica en el nivel de exigencia y responsabilidades que ción Jurada de Bienes Rentas adeencauzar las y los servidores públicos de ameritan el cargo en loyrelativo la organización de ladependientes administración este Ministerio señala:----Artículo 9 inciso p): “Independientemente su jerarpública y las necesidades internas de la organización lo que implica undetiempo diquía, presentar oportunamente a la Unidad de Recursos y Escalafón, la ferenciado que no es común a los demás funcionarios. AlHumanos respecto la denuncia se Declaración de Bienes y incumplía Rentas delos la horarios Contraloría General del Estado, funda en que Jurada la autoridad máxima establecidos y que el réantes odeenregulación el día de tomar posesión del cargo, ypor actualización el mes de gimen horaria eran incumplidas que las mismas durante generaba molessu nacimiento o cuando requerido y, a la conclusión de su relación tias en la ciudadanía en fuera espera a ser atendidas, para el análisis del casolaboral.”.nos en---Así, el incumplimiento a dichas normativas se constituyen en una para contramos frente a un régimen de especial flexibilización es decir que casual las normas el inicio deno unson proceso administrativo conforme artículo 42 inciso t)adel referido generales totalmente homogéneas para el todos, obedeciendo elementos Reglamento.----CONSIDERANDO:----Que, la Ley Nº 1178, de 20ade de 1990 de trato variante para los Directores Generales, quienes se rigen unjulio espacio de la burocracia estatal que implica un amplio abanico de responsabilidades que en ocasiones se extralimitan los horarios de la jornada de trabajo, por lo cual el mandato del que son responsables, amerita tolerancia en función a los elementos objetivos del trabajo funcional de la dirección, en tal sentido la Dirección General de Asuntos Administrativos emite un criterio a la precedente consulta de la Secretaria Unidad de la Junta de Procesos Administrativos respecto de que si las excepciones del registro de asistencia aplican a la ex Directora Departamental, la respuesta en se enmarca a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento Interno de Personal. Se determina que la exención se aplicaba a la ex servidora público, por lo cual no correspondía que se rija en la modalidad de control a través del marcado en el registro biométrico.----Que, otra de las características que establece la nota interna GMDGAA-URH-Ni 150/2019 de 28 marzo de 2019 de la Dirección Administrativa es la equivalencia del que gozan los directores departamentales con los Directores Generales respecto de la administración Central, por lo cual la relación de igualdad respecto los Directores Generales de la administración central se sustenta en la jerarquía y nivel salarial, significando un carácter de igualdad de tratamiento tolerante en el ingreso y salida a la entidad en las direcciones departamentales. Que dentro del proceso sumarial disciplinario la Junta de Procesos Administrativos infiere que no existe hecho por el que la ex servidora Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino deba responder por lo cual no es pasible por la responsabilidad por la función pública.----Que, en relación a lo relativo al desacato al uso indebido de bienes, la denuncia hace referencia que por viajes con motivos particulares se utilizó el vehículo institucional para transporte al aeropuerto, al respecto el Decreto Supremo Nº 27327de 31 de enero de 2004, establece que se constituyen en autoridades beneficiarias del uso de vehículos oficiales para el desenvolvimiento de sus funciones la máxima autoridad ejecutiva de la Administración Nacional y Departamental, la misma que es concordante con el Reglamento para el Uso, Control, Salvaguarda de Vehículos y Provisión de Combustible del Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado a través de Resolución Ministerial Nº 396-2014 de 22 de diciembre de 2014, el artículo 7 establece que son beneficiarios del uso de los vehículos pertenecientes al parque automotor del Ministerio de Relaciones Exteriores en forma permanente de uso operativo, la Directora Departamental en la ciudad de Santa Cruz; que la norma administrativa regula la asignación al personal jerárquico, así también se establece que los días habilitados para el uso de los vehículos es de lunes a viernes, fines de semana y feriados en cumplimiento a las funciones operativas oficiales que deban desarrollar.----Que, dentro de la presente causa se debe determinar si el uso efectuado por la Directora Departamental de Santa Cruz, fue en el marco del uso operativo oficial de las funciones de esta Cartera de Estado, o fue como refiere la denuncia, el uso para actividades de carácter privado. Al efecto se puede evidenciar en el desarrollo del Proceso Administrativo que durante la etapa de prueba, el Jefe de la Unidad de la Secretaria de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores a través de Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni 54/2019 de 18 de marzo de 2019, solicita ante la Directora Departamental de Santa Cruz información relativa al cuaderno de bitácora diaria del vehículo y el informe del servidor público que se encontraba a cargo de la conducción del vehículo de la Dirección Departamental de Santa Cruz, desde 09 de enero al 26 de agosto de 2017, que a través de nota interna de VGIC-DDSC-Ni 54/2019 de 18 de marzo de 2019 remite información refiriendo que no existe cuaderno de bitácora por lo cual se les imposibilita remitir copias, asimismo comunica que no existe funcionario chofer para la conducción del vehículo y durante el periodo de gestión de la procesada Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino ex Directora Departamental instruía a cualquier funcionario para la conducción según la necesidad y requerimiento. Habiendo solicitado elemento probatorio que nos permita dilucidar si existió uso de los bienes del Estado, tras no constituirse prueba que nos permita establecer la presunción de que la procesada haya incurrido en la contravención al ordenamiento jurídico administrativo relativo al mal uso de vehículos oficiales del Estado, asimismo al no existir un funcionario del área de transporte con el cargo de chofer o conductor a quien se le haya asignado el combustible y quienes puedan anotar el kilometraje en la bitácora del vehículo que permita efectivizar el control del combustible y el recorrido del vehículo ante Unidad Administrativa, y los auxiliares choferes en su momento no cumplieron con la normativa reglamentaria emitida para regular la conducción de vehículos, no se puede responsabilizar en base a presunciones que no acrediten la denuncia, por lo cual en aplicación del principio fundamental de presunción de inocencia, que por supuesto no requiere prueba al ser una presunción legal la mayor de todas, en este marco la ex servidora pública Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino no es sujeto a la responsabilidad por la función pública, considerando que no existe evidencia para responder por el hecho denunciado.----Que, en relación al desacato a ordenes jerárquicas del Ministerio de Relaciones Exteriores, en cuanto a no aplicar las disposiciones de la nueva redistribución de tareas de acuerdo a memorándums y las mismas sin aplicarse; al Respecto la Unidad de la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos por Nota Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni 53/2019 de 15 de marzo solicita información si durante el mes de agosto de la gestión 2017, se extendieron memorándum de reasignación de funciones en la Dirección de Departamental de Santa Cruz, en respuesta a la solicitud de información, la Jefe de Unidad de la Unidad de Recursos Humanos a través de Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni 150/2019 de 28 de marzo de 2019,establece que de la revisión de files personales de las y los servidores públicos de la Dirección Departamental de Santa Cruz, entre el periodo 1 y 31 de agosto de 2017, la Dirección de Asuntos Administrativos constató que se habrían emitido el memorándum cite:

MARTES / 13 / 07 / 2021

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en su Artículo 28 incisos y b) establece la responsabilidad deen losfavor servidores VGIC-DDSC-MC 09/2017a)de fecha 18 de que agosto de 2017 emitido del ex públicos público podrá ser ejecutiva, penal, la cual será servidor Sr.administrativa, Julio Ernesto García Reacivil ex yAdministrativo II en determinada Legalizaciode acuerdo loscual resultados de su acción omisión.----Que, deque acuerdo al Artícunes, a travésadel se le asigna nuevasufunciones, la misma es firmada por lo entonces 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de responsabilidad administrativa responla Directora Departamental de la Santa Cruz, al respecto esta disposición de a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamienes erigida dentro de la potestad de mando en su condición de autoridad administrativa, de modo administrativo que es incongruente la omisión de ejecución de una dispoto jurídico que pensar regulaensu conducta funcionaria, aspecto sición emanada la propia13 autoridad durante el periodo que fungía comodeDirecconcordante conpor el Artículo del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, 3 de tora Departamental.----Que, Nota 35 Interna GM-DGAA-URH-Ni noviembre de 1992.----Que, deasimismo acuerdo allaArtículo de la Ley Nº 465, del Ser150/2019 de la Unidad de Recursos Humanos informa delde Memorándum DGAAvicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional Bolivia, la Junta de URH-Me de 24 de de2017 favor decompetente la ex servidora Mirian Procesos362/2017 Administrativos seagosto constituye en elenTribunal paraSra. sustanciar Fabiola Domínguez Casanova, por ellas que se dispone nuevas funciones en comilos sumarios administrativos contra servidoras y los servidores dependientes sión como Directora Departamental de Santa Cruz a.i., que mes más publicas tarde se del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como paralalas exun servidoras constituye en la denunciante.----Que, de la revisión de obrados sea evidencia que el y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas la presente Ley, sistema de rotación y disposición del personal que entonces se dispuso a través sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria dede la los memorándums VGIC-DDSC-MC-09/2017 y DGAA-URH-Me 362/2017, 18 y servidora y servidor público. POR TANTO:----La Comisión de Proceso dede la Jun24 de agosto de Administrativos 2017 se implementó por la ex Directora Departamental de con Santa ta de Procesos del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Cruz Sra. María Verónica y por exyDirectora General de Asunatribución conferida en el Oblitas punto 2Ferrufino del Artículo 42,la45 siguientes del Reglamento tos Administrativos Sra. Martha Patricia Arcani Acarapi,de estableciéndose que amde la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio Relaciones Exteriores, bos actos administrativos causaron Ministerial estado, por Nº consiguiente no de constar evidenaprobado mediante Resolución 260, de al03 octubre de cia que se hayan emitido más memorándums promoción, rotación, transferencia 2016.----DETERMINA:--PRIMERO.Iniciardeproceso administrativo interno en ycontra retiro,del se infiere la procesada Sra. María Verónica Oblitas Ferrufino no ha incurriseñor Alex Cristhian Apaza Sanizo, ex Servidor Público de la Direcdo en la omisión de resistencia manifiesta o interesadas de dar cumplimiento a órción General de Asuntos Administrativos, al no haber la presumiblemente presentadenes de la Administración Central, desestimándose denuncia por desacato a do su Declaración de Bienes Rentas “Después del por Ejercicio del Cargo” ordenes jerárquicasJurada del Ministerio de yRelaciones Exteriores, consiguiente no en el responder plazo de treinta (30) díasu compútales a partir del primer de supública.---desvincudebe por acciones omisiones en el ejercicio de la día función lación de la entidad pública, el enartículo posible 232 contravención a los Artículos 235 CONSIDERANDO:----Que, de la Constitución Política denumeral Estado 3 de la Constitución Política del Estado, 11 de la Ley Nº 4 paráestablece que “la Administración Pública 44 se numeral rige por los principios de465, legitimidad, grafo II del Decreto Supremo 1233, 15 parágrafo II del Reglamento de Control de legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transpala Declaración de Bienes y Rentascalidad, en las Entidades Públicas RE/CI - 010, rencia, igualdad,Jurada competencia, eficiencia, calidez, honestidad, responsabiVersión 1, 9 inciso p) y 42 inciso t) del Reglamento Interno de Personal del Minislidad y resultados”.----Que, el numeral 2 del artículo 235 del mismo cuerpo legal, terio deque: Relaciones Exterioresde Nºlas 400-2013, de 30 deservidores septiembrepúblicos: de 2013.----SEseñala “Son obligaciones servidoras y los Cumplir GUNDO.Notifíquese al procesado de acuerdo procedimiento en el con sus responsabilidades, de acuerdo con losalprincipios de la establecido función pública”, Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.Una vez asimismo, el numeral 4 señala: “Rendir cuentas sobre responsabilidades económinotificado el presente Inicial de Proceso, el Vocal de Relator asignado por sorcas, políticas, técnicasAuto y administrativas en el ejercicio la función pública”.---teo quedará encargado de sustanciar el público procesodel administrativo Que, dentro los deberes que todo servidor Ministerio de conforme Relacionesa procedimiento.----Notifíquese, regístrese y archívese.----------------------------Exteriores debe observar, de acuerdo al artículo 44 de la Ley Nº 465 de 19 de diFirma y de Sello dedel Apolinar Edmundo AguilarExteriores Mercado del PRESIDENTE DE LA COciembre 2013, Servicio de Relaciones Estado Plurinacional de Bolivia, Cumplir hacer cumplir la Constitución Política del Estado, del las MISIONestán:----“1. DE PROCESO DE yLA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS leyes y otras del Estado Plurinacional dey Bolivia, que regulen Raúl las actividaMinisterio denormas Relaciones Exteriores;----Firma Sello de Ausberto Cortez des del VOCAL ServicioDE de Relaciones Exteriores, sus reglamentos procedimientos; así Rivero LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA yDE PROCESOS ADcomo, respetar las del normas del Estado receptor, cuando corresponda.----2. DesaMINISTRATIVOS Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de rrollar sus funciones, atribuciones deberes administrativos, con puntualidad, ceEloy Mendoza Huaylla VOCAL DEy LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA leridad, economía, eficiencia, eficacia, del oportunidad, y con Exteriores;---pleno sometiDE PROCESOS ADMINISTRATIVOS Ministerio probidad de Relaciones miento la normativa interna que Calderón regula elSalazar ejercicio de sus Firma yaSello de Gabriel Fernando VOCAL DEfunciones.----3. LA COMISIÓN Respetar el orden delDE Servicio de Relaciones Exteriores y del Ministerio DE PROCESO DEjerárquico LA JUNTA PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministede Relaciones Exteriores.----8. Cuidar y usar debidamente los materiales, y rio de Relaciones Exteriores----ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamanibienes Gómez activos entregados el desempeño TECNICA de sus funciones.”.----Que, artículo –JEFE fijos DE UNIDAD DEpara LA SECRETARIA DE LA JUNTA DEelPROCE48 de la Ley Nº 465 señala: “Toda servidora o servidor público, ex servidor o ex SOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.------AUTO.servidora pública del Ministerio de Relaciones Exteriores, asume plena responsa---A, 06 de noviembre de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 05 de bilidad por sus acciones u omisiones, a disposición aplinoviembre de 2020, presentado por ladebiendo, Secretariaconforme Técnica de la Junta de legal Procesos cable, rendir cuentas ante la autoridad o instancia correspondiente, por la de Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Leyforma Nº 2341 su y los resultados obtenidos del mismo. Asimismo, debe regir conde desempeño 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 delsu Regladucta conforme a los principios que rigen la función pública y rendir cuentas sobre mento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Extelas responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas dentro el riores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 cumplir de octubre ejercicio de la función pública.”----Que, dentro lo deberes que deben los de 2016, se DISPONE la notificación de Alex Cristhian Apaza Sanizo, con el servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores conforme dispone los Auto Inicial de del julioartículo de 2019, mediante Edicto cual debe ser publicado en incisos a), b),dec),31 y m) 9 del Reglamento deelInterno de Personal, aprobaun medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.-----do por Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013, son:---Firma y Sello de Elisheba Auza Saunero VOCAL DElas LAleyes COMISIÓN “a) Cumplir y hacer cumplir Carolina la Constitución Política del Estado, y otras DE PROCESO DEPlurinacional LA JUNTA DE ADMINISTRATIVOS Ministerio normas del Estado dePROCESOS Bolivia, que regulen las actividades- del Minisde Relaciones Exteriores; -----ANTE MÍ: Abog. Yolanda Silveth Reglamento; Quiroga Rojas terio, sus reglamentos y procedimientos, así como el presente así– JEFE DEcuando UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA JUNTA DE PROCESOS también, corresponda, respetar las normas DE del LA Estado Receptor.----b) DeADMINISTRATIVOS delatribuciones Ministerio - Relaciones Exteriores-------------------------sarrollar sus funciones, y deberes administrativos, con puntualidad, El presente Edicto es emitido eficacia, en la ciudad de la Paz, el día de julio de celeridad, economía, eficiencia, oportunidad, probidad y en06 sujeción a los 2021----------------Firma y entidad Sello: Ernesto Cesar HinojosadeLedezma - JEFE DE documentos orgánicos de la que regulan el ejercicio sus funciones.----c) UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA LA JUNTA PROCESOSADMINISRespetar el orden jerárquico del servicioDE y cumplir losDE Reglamentos, Circulares, TRATIVOS - Ministerio Relaciones Exteriores--------------------------------------Instrucciones y demás de disposiciones vigentes.----m) Cuidar y usar debidamente los materiales, bienes y activos fijos recibidos para el desempeño de sus funciones.---Que, el horario para el inicio y finalización de la jornada diaria de trabajo EN EL Servicio Central, según el artículo 14 del Reglamento de Interno de Personal, es:-DETALLE

HORARIO DE INGRESO

MAÑANA

8:30

HORARIO DE SALIDA 12:30

TARDE

14:30

18:30

Que, el artículo 16 del Reglamento de Interno de Personal, señala los servidores públicos que están excepto del registro del marcado, siendo los siguientes: El personal jerárquico del Ministerio, como el Ministro, Viceministros, Directores Generales, así como el Jefe de Gabinete, Coordinadores de Gabinete y los Asesores del Despacho del Ministro, Embajadores y Cónsules en el Servicio Exterior. Similar previsión se aplicará a Secretarias y Choferes del Despacho del Señor Ministro y choferes de Viceministros y personal que instruya expresamente la Máxima Autoridad Ejecutiva.-----Que, dentro las causales para el inicio de Proceso Interno o Sumario Administrativo Interno, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que eventualmente podría concurrir en su acción u omisión, el artículo 42 del Reglamento de Interno de Personal, se tiene el siguiente inciso:----“a) Incumplimiento al ordenamiento jurídico legal vigente, sea por interés personal o por dádivas o gratificaciones, en perjuicio de los intereses de la entidad”.----CONSIDERANDO:---Que, el artículo 28 incisos a) y b) de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley Nº 1178, referida ut supra, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del DS. 23318 de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465, la Junta de Procesos Administrativos constituye la instancia permanente y competente para la admisión, conocimiento, tramitación y resolución en doble instancia de sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores públicos dependientes del Ministerio de Relaciones exteriores, así como para las ex servidoras y los ex servidores públicos, por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----Que, la Comisión de Procesos de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Auto Inicial de Proceso de 30 de abril de 2018, ha determinado Iniciar Proceso Administrativo de responsabilidad administrativa en contra del ex servidora pública María Verónica Oblitas Ferrufino – Ex Directora Departamental Santa Cruz.----Que, conforme a los antecedentes de la presente causa y la normativa señalada líneas supra, se establece la inexistencia de Responsabilidad Administrativa por parte de la ex servidora pública María Verónica Oblitas Ferrufino ex Directora Departamental Santa Cruz.----POR TANTO:----LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, CON LA ATRIBUCIÓN CONFERIDA POR EL ARTÍCULO 48 DEL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES;---DETERMINA:----PRIMERO.- Declarar la Inexistencia de la Responsabilidad Administrativa de la señora María Verónica Oblitas Ferrufino ex Directora Departamental Santa Cruz, al no existir suficientes pruebas que permitan sustentar la responsabilidad administrativa de la procesada, por lo que la involucrada no ha incurrido en la contravención de atraso en el horario de ingreso, hacer uso indebido de bienes y desacato a ordenes jerárquicas del Ministerio de Relaciones Exteriores.----SEGUNDO.- Procédase a la notificación de la presente Resolución Final a la señora María Verónica Oblitas Ferrufino, a quien conforme los datos existentes en el proceso, deberá ser notificada mediante edicto publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional en aplicación supletoria del Artículo 33 Parágrafo VI de la Ley Nº 2341.----TERCERO.- Por Secretaría remítase una copia legalizada de la presente Resolución a conocimiento de la Señora Ministra de Relaciones Exteriores, Viceministerio de Gestión Institucional y Consular, Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal y a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, para los fines consiguientes. :-------------------Regístrese y archívese.------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Sonia Elizabeth Sarmiento Teran PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Elisheba Carolina Auza Saynero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;------Firma y Sello de Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de S VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores---ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021--------------------------------------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores-----------------------------------------------------------------------


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País TIENE 100 DEPARTAMENTOS NUEVOS

Montaño confirma entrega del condominio Pacha en La Paz La infraestructura será inaugurada esta semana. • Redacción Central

El ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Édgar Montaño, confirmó ayer la entrega del condominio Pacha, de 100 nuevos departamentos, en el sur de la ciudad de La Paz.

La inauguración de la infraestructura habitacional será una de las obras concluidas que entregará el Gobierno nacional en el marco del aniversario del primer grito libertario de América Latina (1809), celebrado en La Paz. “Nosotros lo hemos reactivado y ahora en esta semana también vamos a inaugurar el

La de Proceso Procesode delalaJunta Junta Procesos Administrativos del Ministerio de La Comisión Comisión de de de Procesos Administrativos del Ministerio de RelaRelaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento dede laProcesos Junta deAdmiProciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta nistrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 Nº de octubre de cesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial 260/2016 2016 conforme parágrafo del artículoal33parágrafo de la Ley VI Nº 2341 de 23 de33abril de 03y de octubreal de 2016 yVIconforme del artículo de de la 2002 Ley de 2341 Procedimiento través del presente Administrativo, EDICTO se tienea através bien notificar al Nº de 23 deAdministrativo, abril de 2002a de Procedimiento del preseñor EDICTO FABIANAse BENITA ROSSO, el AUTO INICIAL DE PROCESO/---A, sente tiene ZAMORA a bien notificar al con señor Walter Arancibia Alaca, con el 27 de junio de 2019, dentro delA,proceso EXP dictado N° STJPA 122/2018 AUTO INICIAL DE dictado PROCESO ---25 de administrativo marzo de 2019, dentro del “NO PRESENTACION DE SU DECLARACION DE FALTA BIENESDEY proceso administrativo OPORTUNA EXP N° STJPA 043/2018 “ACOSO JURADA LABORAL, RENTAS DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe en su DEL integridad RESPETO A COMPAÑERO DE TRABAJO Y HACER USO INDEBIDO VEa continuación.--------------------------------------------------------------------------------------HICULO DE LA MISIÓN DIPLOMÁTICA” EI cual se transcribe en su integridad a AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 27 de junio de 2019.----VISTOS:----La Nota Interna continuación.------------------------------------------------------------------------------GM-DGAA-URH-Ni-403/2018 de 31 de de 2018 del Responsable de Seguimiento AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 25agosto de marzo de 2019.----VISTOS:----Nota Interna de la DJBR, vía Dirección General Administrativos Interna GM-DGAJ-UGJ-Ni-385/2018, de 08de deAsuntos febrero de 2018 suscritaa.i.; por Nota la Dra. SadotVGICCasDGEGP-USTJPA-Ni-148/2018 de 07 de septiembre de 2018 de la a.i.; Unidad dede la Secretaria tañon Montes de Oca Directora General de Asuntos Jurídicos Nota 26 de diTécnica de de 2017 la Junta de“DENUNCIANTE Procesos Administrativos, Escalafón ciembre de la I” dirigidavía a laDirección Dra. LinaGeneral Lizbeth de Rodas Nuñezy Gestión Personal; Nota Interna GM-Ni-84/2018 21 de septiembre de 2018 del Sr. Jefe de lade Unidad de Transparencia mediante la cualdepresenta denuncia por discriminaMinistro de Relaciones Exteriores; Nota Interna de GM-DGAA-URH-In-425/2018 de 18 de ción, maltrato de poder e incumplimiento de deberes; Nota 20 deGMdiseptiembre delaboral, 2018 deabuso la Dirección General de Asuntos Administrativos; El de Informe ciembre de 2017 de “DENUNCIANTE II” dirigida la Dra. Lina LizbethdeRodas Nuñez DGAA-URH-In-105/2018 de 18 de septiembre de a2018 de la Jefatura la Unidad de Jefe de la Unidad de Transparencia mediante la cual presenta denuncia por discriminaRecursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos; El ción, laboral y abuso de poder; Auto de Admisión de fechade20Admisión de marzo Auto maltrato de Admisión de 25 de marzo de 2019 dictada por la Comisión dede la 2019; cuanto ver convino y yse tuvo antecedentes presente;----CONSIDERANDO:----Que, Junta y, detodo Procesos Administrativos; demás que cursan en obrados.---mediante Nota Interna GM-DGAJ-UGJ-Ni-385/2018, dirigidacursantes al Jefe deen Unidad de Nº la CONSIDERANDO:----Que, de la revisión de antecedentes el EXP. Secretaria Técnica“NO de PRESENTACIÓN la Junta de Procesos Administrativos, la Directora General de STJPA 122/2018, OPORTUNA DE SU DECLARACIÓN JURADA Asuntos Jurídicos remiteDURANTE nota de denuncia del “DENUNCIANTE I”,Involucrada: en la parte más soDE BIENES Y RENTAS EL EJERCICIO DEL CARGO”. Fabiana bresaliente señala:----“Finalmente, como advierte elementos:----Que, en el Art. 121 del Reglamento Benita Zamora Rosso. Se desprende los se siguientes a través dede la laNota Junta de Procesos Administrativos del Ministerio Relaciones Exteriores, aprobado Interna GM-DGAA-URH-Ni-403/2018 de 31 dedeagosto de 2018, el Responsable de mediante Resolución Ministerial No. 260-2016 de octubre del 2016, se Seguimiento de la DJBR, vía Dirección Generaldel de 03 Asuntos Administrativos a.i.evidencia solicito a que: “Son Sujetos de Sumario Administrativo de laAdministrativos Junta de Procesos Admila Unidad de la Secretaria Técnica de la Juntapor departe Procesos el Inicio de nistrativos delelMinisterio de Relaciones Exterioresoportuna las y los Servidores Públicos y lasde y acciones por incumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada los ex Servidores públicos Ministerio deMérida, Relaciones de la misma Bienes y Rentas en contra del de los señores: Díaz, Exteriores.......”; Rodríguez y Zamora.----Que, mediante Nota22, Interna deun07 de septiembre de manera el Art. refiere:VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-148/2018, “Son causales para la instauración de sumario administra2018, el Jefe de la Unidad de la Secretaria Técnica de la Juntayde Administratitivo la Contravención al ordenamiento jurídico administrativo lasProcesos normas que regulan solicitó a la Dirección de Servidores Asuntos Administrativos Informe correspondiente lavos, conducta funcionaría deGeneral las y los públicos del el Ministerio de Relaciones en relación así a locomo solicitado Nota GM-DGAA-URH-Ni-403/2018, de 31 de Exteriores, de exmediante servidores de Interna esta entidad, cuyo procesamiento se encuenagosto de dentro 2018.----Que, en respuesta a Por la Nota Interna de VGIC-DGEGP-USTJPAtra previsto del presente reglamento”. la aplicación la precedente normaNi-148/2018, Sr. Ministro deadministrativo Relaciones Exteriores a través de la Nota Interna tiva, se puedeeliniciar proceso interno, sujeto a procedimiento, bajoGMlas Ni-84/2018, de 21 de septiembre de 2018, remitió a la Dirección General de Escalafón y atribuciones contempladas en la referida normativa por la Junta de Procesos.----Es Gestión Personalprecedentemente, para su remisión a tengo la Junta de Procesos el Informe virtud a lodeexpuesto a bien remitir laAdministrativos, Denuncia por supuestos GM-DGAA-URH-ln-105/2018 18 dey septiembre de 2018 correspondiente al Segundo maltratos laborales, abuso dede poder discriminación contra el ciudadano Ruso “DETrimestre 2017, “COMPLEMENTACIÓN DE INFORME GM-DGAA-URHNUNCIANTE II” y sobre la Ciudadana Rusa – Boliviana “DENUNCIANTE I”, por parte del In-062/2017 DE CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN Consejero y Encargado de Negocios a.i. de la Embajada Plurinacional de Bolivia en la OPORTUNA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DE LAS SERVIEmbajada Rusa Walter Arancibia Alaca, para su respectiva atención.”----Que, medianDORAS Y de SERVIDORES PÚBLICOS MINISTERIO DE RELACIONES te Nota de 26 diciembre de 2017 la señoraDEL “DENUNCIANTE I” presenta a la Unidad EXTERIORES”.----Que, el mencionado Informe GM-DGAA-URH-ln-105/2018, comprende Transparencia “Denuncia por discriminación, maltrato laboral, abuso de poder e inde dentro de sus conclusiones, que la Sra. Benita Zamora Rosso habríaloincumplido con cumplimiento de deberes”, señalando en la parte más sobresaliente siguiente:---la presentación oportuna de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas bajo el siguiente “Asimismo, en amparo a la Constitución Política de Estado, Art 24. (Derechos y debedetalle:----Fabiana Benita Zamora Rosso. De acuerdo al Informe GM-DGAA-URHres), se puede evidenciar que otros colegas de trabajo, también reciben el maltrato ln-105/2018 de 18 de septiembre de 2018 emitido por la Jefa de la Unidad de Recursos laboral, discriminación abuso de poder de parte delExteriores, Sr. WALTER ALACA. Humanos y Escalafón ydel Ministerio de Relaciones suARANCIBIA persona debió haber Además de INFRINGIR la LEY N° 348 “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una presentado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Durante el Ejercicio del Cargo”, vida libre de Violencia, en su2017 Art 11, acción de que correspondiente a la gestión en señala el mes “Violencia de mayo, alLaboral, ser estaes el todo mes de su natalicio. se produce en cualquier ámbito de trabajo por parte de cualquier persona superior, Sin embargo la Sra. Fabiana Benita Zamora Rosso presentó su Declaración Jurada de Bienes igual o supedita acción alpor empleo, permanencia ascenso y el que y Rentas emitida su y rubricada la Contraloría Generalo del Estado 16vulnera de junioel deejercicio 2017, es de sus fuera derechos”.----En apego a la normativa, pongo su conocimiento a la unidad de decir, del plazo para el efecto.----Se adjunto al en presente Informe GM-DGAA-URHtransparencia Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), la Fabiana situaciónBenita que me ln-105/2018, la del siguiente documentación:----Cedula de Identidad de que la Sra. Zaaquejo es pleno uso de misdederechos y deberes como personal local la Embajada del mora Rosso.----Certificado Declaración Jurada de Bienes y Rentas por de Actualización DuranEstado Plurinacional Bolivia ante laaFederación de Rusia. estoy conmovite el Ejercicio del Cargodecorrespondiente la Sra. Fabiana Benita Asimismo, Zamora Rosso, con fecha de da y asombrada de la discriminación ser de “mujer”, que de sufrí muy frecuentemente, el recepción por la Contraloría General del por Estado 16 de junio 2017.----Informe GM-DGAAmaltrato laboral, yde el 31 abuso de poder de parte del señor Walter Arancibia, actual encarURH-In-062-2017, de agosto de 2017, correspondiente al Cumplimiento o Incumplimiento gado la Secciónoportuna Consular de la Embajada dedeBolivia Rusia.----El Aran-y de la de presentación dea.i. la Declaración Jurada Bienesen y Rentas de lasseñor Servidoras Servidores Públicos dellas Ministerio Relaciones Exteriores (Segundo Trimestre 2017), remitida cibia, contradice con normasde del servicio exterior, que expresa el Reglamento Interpordel el Responsable de Seguimiento la DJBR al- Sr. Ministro de Art Relaciones no Ministerio de Relaciones de Exteriores MRE, en el 9 inc. Exteriores.---v), Destaca CONSIDERANDO:----Que, el Artículo 235de numeral 3 de “Conducción la Constitucióncon Política del Estado, claramente indica las funciones del jefe la misión: cortesía en las establece que obligaciones de los públicos:----3. Prestar jurada de relaciones conson sus compañeros deservidores trabajo, usuarios y público en declaración general” y por estas bienes yquiero: rentas DENUNCIAR antes, duranteANTE y después ejercicio del cargo (…)” (las negrillas no corazones LAS del INSTANCIAS CORRESPONDIENTES POR rresponden al texto original).----Que, el Artículo 53ABUSO de la LeyDE Nº 2027 del Estatuto del Funcionario DISCRIMINACIÓN, MALTRATO LABORAL, PODER E INCUMPLIMIENPúblico en relación a la obligación de todo servidor público de presentar su Declaración Jurada de TO DE DEBERES.----En este sentido, no se me consideró en ningún momento lo que Bienes y Rentas, durante y a la conclusión su relación laboral señala:----”Todos los serviestablece en la antes, normativa laboral de ambosdepaíses, lo destaca “Al trabajo digno sin dores públicos, cualesquiera sea su condición, calidad oy categoría estánque obligados discriminación, con remuneración o salario jerarquía, justo, equitativo satisfactorio, le ase-a prestar declaraciones expresa sobre los bienes y rentas al momento de iniciar su gure para sí y su familia una existencia digna delque sertuvieren humano, acorde además conrelala ción laboral con ladel administración. Durante la vigencia la madre relaciónde laboral servidor conenorla adresponsabilidad puesto de trabajo”.----Yo soyde una tres del hijos con una ministración y aún al final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de me responsabilidad de mi familia (padre y madre), mis hijos estudian en la universidad, bienes y rentasque de percibía éstos, podrán ser, en cualquier momento, objeto de“sin verificación. los con el sueldo yo mantenía a mi familia, ahora estoy trabajo”Al enefecto, la calle, servidores públicos, prestarán declaraciones periódicas conforme a reglamentación expresa.”---además quiero hacer notar me despidió sin justificación ninguna e injusta. Yo he cumQue, el numeral 11 del Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 del Servicio de plido con mis deberes v obligaciones en mi fuente de trabajo y no tengo llamadas de Relaciones Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia señala que las y los servidores públicos del atención deRelaciones ninguna Exteriores índole.----Igualmente, lo ratifico anteriormente señalado, mi Servicio de de nuestro Estado tiene como deber:---- “Presentar a laque instanpersona es víctima de discriminación y humillación, maltrato abusoGeneral de poder cia competente, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas delaboral, la Contraloría del por el Señor Arancibia de Negocios a.i. de layEmbajada de Bolivia en Estado, antesWalter de tomar posesión Encargado del cargo, por actualización a la conclusión de su relaMoscú - Rusia y cito el como testigosInterno al personal de la Embajada.----Esta situación mereción laboral.”.----Que, Reglamento de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores ce y necesita urgente que se Ministerial tome acciones correctivas las autoridades aprobado mediante Resolución Nº 400/2013, de 30 por de septiembre de 2013competennorma que tes del Ministerio de Relaciones Exteriores delde Estado Plurinacional través tiene por objeto regular las relaciones del Ministerio Relaciones Exteriores de conBolivia, todas lasaservidode Unidad de Transparencia. puedetanto seguir nuestro país, este rasla y servidores públicos que prestanNo servicios en elrepresentando Servicio Central yaen el Servicio Exterior, señor Walter ante la Federación Rusia, y no cumple con disciplinario el Art. 4o (ETICA señalando susArancibia derechos, deberes, prohibiciones,deincompatibilidades, régimen y en gePÚBLICA, Y PRINCIPIOS).Élvinculación Ministeriode detrabajo Relaciones Exteriores, asume neral, todasVALORES las situaciones que emerjan de la con la entidad, respecto a la ypresentación promueve los y valores, y morales pluralpúblicos y los valores de laprincipios Declaración Jurada deética Bienes y Rentas de de la lassociedad y los servidores depenestablecidos MRE (Servicio9 Exterior), se rigen por los principios de: legitidientes de estepúblicos Ministeriodel señala:----Artículo inciso p): “Independientemente de su jerarquía, premidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, e interéslasocial, ética, Jurada transpasentar oportunamente a la Unidad de Recursos compromiso Humanos y Escalafón, Declaración de rencia, competencia, y resulBienes igualdad, y Rentas de la Contraloríaeficiencia, General delcalidad, Estado, honestidad, antes o en elresponsabilidad día de tomar posesión del cargo, por actualización durante el mes de su o cuando fuera requerido a laresidente conclusión tados (CPE - Art 232).----Además, el nacimiento señor Walter Arancibia Alaca,y,es de su relación laboral.”.----Así, el incumplimiento dichas normativas se constituyen casual boliviano en Rusia desde hace 22 años viveaen la ciudad de Moscú - Rusia, en enuna principio para elestudiante, inicio de un proceso conforme el Artículo 42 inciso yt) del como luego administrativo quedo por sus intereses personales dosreferido vecesReglamento.se casó y ---Que,también el puntose A) divorció, del Parágrafo del Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la como tieneIIImalos antecedentes, peleas, riñas, hasta que estuvo Declaración de de Bienes y Rentas Resolución Ministerial de Nº detenido por Jurada la policía Moscú, y comoaprobado también mediante fue expulsado de la embajada 135/2016 de mayo de de 2016, señala:----“Para el personal cumplenes funciones en Venezuela en31 la de Federación Rusia, por acoso sexual. ¿Peroque lo extraño que cómo

condominio Pacha, (son) 100 departamentos para todos aquellos jóvenes, aquellas familias que quieran contar con un departamento”, manifestó Montaño en conferencia de prensa. En marzo de este año, el Gobierno, a través del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, procedió al desembolso

de Bs 9,7 millones para la conclusión de obras del condominio Pacha, ubicado en el municipio de Mecapaca, zona de Huajchilla, del lado sur de la ciudad de La Paz. La obra, que en total demandó más de Bs 54 millones de inversión, tiene la finalidad de encarar la problemática del déficit habitacional de las familias bolivianas de escasos recursos. Según los datos de la cartera de Obras Públicas, el condominio Pacha, edificado en la urbanización Los Molles, consta de 100 departamentos y 22 parqueos vehiculares. Cada unidad habitacional tiene tres dormitorios, una cocina, dos baños, una salacomedor, lavandería, despensa y pasillos interiores.

fue nombrado este señor estoscumplir antecedentes?. Es más actualmente no atiende de el Servicio Exterior, éstos con deberán con esta obligación, ante la Máxima Autoridad buena fe a los compatriotas bolivianos, los odiscrimina, pero los bolivianos no loinmediadenunde la Misión Diplomática u Oficina Consular, ante la servidora o servidor público to inferior en jerarquía, según corresponda, debiendo elaborar un Acta de Recepción cian por medio a la represalia, asimismo comete faltas por su inexperiencia, por faltaque de consignara la fecha y lugar en la cualy se este documento, remitiendo toda esta conocimientos no puede desarrollar no presento es un profesional idóneo para este cargo. Por documentación original concretos al Responsable de Seguimiento a la DJBR su presentación eso no hay resultados y no logró ningún beneficio para para el Estado boliviano. ante la Contraloría General Hasta el último día en el cual debe El señor Walter solo dedicadel en Estado…. sus intereses personales de hábil creardel unames empresa “boliviapresentar actualización su DJBR.----En caso de presentar alguna observación, de no - ruso”, la (adjunto algunasdepruebas).----Para concluir con la denuncia, me ratifico con parte de la Contraloría General del Estado al momento de su presentación, la misma lo expuesto y solicito muy encarecidamente a su autoridad pueda interceder susdebebuerá ser comunicada a la servidora o servidor públicoademás por el Responsable de nos oficios a fin deinmediatamente esclarecer lo denunciado sobre este hecho, que no quede Seguimiento a lay DJBR el fin solicito de que corrija el mismo, otorgando para elyefecto plazo en lo en pugne como con también mantener en reserva mi nombre con elelobjetide de 15 resguardar días hábiles, partir de lafísica recepción la notificación, periodo trasNota el cual de de no vo miaintegridad de mi de persona.”----Que, mediante de 20 subsanarse observación dará por no presentada.”.----Que, el parágrafo I del Artículo diciembre dela2017 el señorse “DENUNCIANTE II” presento a la Unidad de Transparencia 5 del Decreto Nº 1233,maltrato de 16 delaboral mayo de 2012, de modificado por el Decreto Supre“Denuncia porSupremo discriminación, y abuso poder”, señalando en la parmo Nº 2528, de 23 de septiembre de 2015 señala que:----“I. Todas las servidoras y servite más sobresaliente lo siguiente:----“Interpongo una queja formal ante la unidad de dores públicos,deldeberán actualizar la información su Declaración Jurada de transparencia Ministerio de Relaciones Exteriores,dedenunciando qué diariamente Bienesely maltrato Rentas durante el ejercicio del cargo o funciones, presentando la misma recibo laboral, abuso de poder y hasta discriminación de parte del señor durante el mes de su nacimiento si reside en las capitales de departamento, y si Walter Alaca, Consejero y Encargado contarán de Negocios a.i. de la Embajada del reside Arancibia fuera de las capitales de departamento, adicionalmente con el mes Estado Plurinacional de Bolivia en la Federación de II, Rusia. Asimismo, solicito a las ausiguiente de su nacimiento”.----Que, el parágrafo inicios a) y b) del citado Artícutoridades como al señor Ministro, Viceministra y al Director General de Asuntos Admilo señala que la presentación se las DJBR deberá ser efectuada:----“a) Cada diez nistrativos Ministerio de Relaciones Exteriores, puedan con sus buenos (10) años del para las servidoras o servidores públicos queintervenir cumplan “Funciones oficios e d u c aat i fin v a sdeyesclarecer d e d o c e nesta c i a ”denuncia , “ F u n c i osobre n e s el d ehecho s a l u dy”que y “no F uquede n c i o n een s lo d eenapugne.poyo y ---El s e r v señor i c i o e Arancibia n l a a d m ino n i stiene t r a c i educación, ó n p ú b l i c a siempre ” , a p a r tme i r dagredió e s u ú lcon t i m apalabras D e c l a r abruscas c i ó n J uyburlándose r a d a d e Bde i e nmi e spersona, y R e n t acuando s ( n o yo v o solicito l u n t a r i ade ) manera t o m a n deducada o e n c u alguna e n t a l asituación f e c h a dreel lacionado con mi trabajo como Chofer Mensajero, constantemente he recibido f o r m u l a r i o y n o l a d e p r e s e n t a c i ó n . - - - - b ) A n u a l m e n t e p a r a e l r e s t o d eel lreas chazo, gritos s e r v i dmalos o r a s ygestos s e r v iyd o r e s p(maltrato ú b l i c o s laboral) n o c o mde p rparte e n d i ddel o s señor e n e Arancibia, l i n c i s o aindicando ), incluique d o séll oes s un m i“Técnico e m b r o s Mecánico d e l a s Fde u e Automotriz”, r z a s A r m a d“conozco a s y d e muy l a Pbien o l i cla í amecánica”, B o l i v i a n ahasta ”.---refiriéndose Yossoy Q u e , e l p aen r á gtérminos r a f o I I I vulgares d e l A r t íen c u“idioma l o 7 d eruso”, l D e c(burlarse r e t o S u pde r emi m opersona). Nº 1233 e ñ aun la humilde Embajada q u e : - - - -trabajador “ I I I . L a s en D ela cla r a c i o n e sde J uBolivia r a d a sen d eRusia, B i e n claro e s y yo R esoy n t a un s dciudadano e l a s s e r vruso, idono trato llevar r a sconozco y s e r vmuy i d o r bien e s plas ú b lcostumbres i c o s , s e r á ny tradiciones p r e s e n t a dbolivianas, a s p e r s o npero alme n t e de e nsobre las o ficilas siempre n a scosas d e l aa debido C o n t rtiempo, aloría G e n e r a lhe d ecumplido l E s t a d ocon a nmis i v e l deberes n a c i o n ayl ,obligaciones, o e n l a s r e pemres e n t a c i ocon n e sel dhorario i p l o m áde t i ctrabajo a s d e (salida B o l i v iyaentrada), e n e l e¡no x t etengo r i o r dllamadas e l p a í s de c uatención!.ando las pezando s e r v i dembargo, o r a s o elsseñor e r v i d Arancibia ores púb l i cdespidió o s c u minjustificadamente, p l a n f u n c i o n e s sin o ftener i c i a l econsideras en el ---Sin me e x t emi r i osituación r. ” . - - - - Q laboral, u e , e l A“de r t í csorpresa”, u l o 9 d e indicando la referid a nno orm a t i v apresupuesto , p r e c i s a : - para - - - “ I .ese La ción que existe s e r v i den o r la a oembajada s e r v i d o rpara p ú bel l i cpróximo o q u e caño, u m p “vamos l a f u n c iao n e s o fese i c i a cargo”, l e s e n solo e l e xcuando t e r i o r, cargo cerrar p r e s eel n t nuevo a r á s uEmbajador D e c l a r a ctal i ó nvez J use rad a d e B i eun n e snuevo y R eChofer n t a s a-nMensajero. t e l a m á x iMe m adesauvenga contratará t o r i des a dinjustificado d e l a r e p rhasta e s e n tinjusto, a c i ó n dinoportuno, i p l o m á t i c ainhumano, e n e l l u gme a r deja d e sen u rlae scalle i d e nsin c i aconsi; y la pido máxim a u t o ryi dmi a dsituación d e b e r ásocial p r e sque e n t ame r sencuentro. u D e c l a r aAsimismo, c i ó n J u r aquiero d a d edenunciar B i e n e s ely derar miafamilia R e n t aArancibia s a n t e l ame s eagredió r v i d o r a yome s e rgritó v i d oindicando r p ú b l i c o “no i n mentiende e d i a t o i usted”, n f e r i o r no e nhay jera rquía señor trabajo d e n tlos r o ciudadanos d e l o s p l a zrusos, o s e sesta t a b l ees c i la d oembajada s p a r a e lde s eBolivia r v i d o ry onos es e r vembajada i d o r a p ú bde l i cRusia. a.---para I I . entiendo, L a s d e c lél a rseñor a c i o nes e sun p r“representante e s e n t a d a s e ndiplomático” e l e x t e r i o(autoridad r d e b e r á ndec un o n tpaís), a r c o¡¡¡cómo n acta No d e r e c e p c i ó n , p o r p a r t e d e l a s e r v i d o r a o s e r v i d o r q u e r e c i b a l a D e c rapuede referirse de esa forma tan humillante¡¡¡.----El señor Arancibia, también hacel auso c i ó n J u r a d a de d e combustible Bienes y R t a s e n del e l eEstado, x t e r i o r.por - - - -ejemplo I I I . L a s los D edías c l a rsábado a c i o n eys indiscriminado ye elnvehículo J u r a d a ssaca d e Beli eauto n e s de y Rlae Embajada, n t a s p r e s ecomo n t a d atiene s e nuna e l ecopia x t e r i de o r llave, s e r á n(va e nat rdivertirse egadas a domingo l a Csus o n t amigas r a l o r í a yGamigos) e n e r a l desa el E s t a d o , solo a t r aconozco v é s d e yo l Mcomo i n i s t econductor r i o d e Rdel e l avehícuciones con situación E xlos t e r idías o r e sviernes . S e p rse e sdeja c i n dcon i r á gasolina d e l a c t alodsuficiente e r e c e p c para i ó n plaa rpróxima a los ca s o s e n sin que la lo, semana, emrepresentación diplomática cuente con una sola servidora o servidor públibargo regreso co, en c u y o el c adía s o lunes s e e nme v i afijo r á ya l a no D ehay c l a rcombustible, a c i ó n J u r a dentonces a d e B i elos n efines s y Rde e nsemana tas diel señor Walter saca el auto para usos personales, como testigos están los guardias de rectamente al Ministerio de Relaciones Exteriores.”.---Que, el parágrafo I seguridad, salida vehículo d e l A r t í c u lellos o 1 2 pueden d e l D e ccertificar r e t o S u pla rem o N º y1 2la3 3entrada e n r e l adel ción a l m e dlos i o pfines r o b a tde osemana.----Además, r i o d e l a f e c h a d e está p r e sestipulada e n t a c i ó nen d eel lReglamento a D e c l a r a c iInterno o n e s J udel r a dMinisterio a s d e B i ede n eRes y laciones (Prohibiciones) inciso “las R e n t a s dExteriores, e l a s y l o s Art. s e r v10 ido r e s p ú b l i c o s i nque d i c aen : - -su --“E l ú n i cn) o m e d iServidores o probatoPúblicos r i o v á l i d odedla e Entidad, l a p r e s e nquedan t a c i ó n expresamente d e l a D e c l a r a prohibido c i ó n J u r a dde a utilizar d e B i e nlos e s vehículos, y Rentas, equipos bienes e s e l c e rde t i f i coficina, a d o r e f rservicio e n d a d o telefónico p o r l a C o nu t r aotros loría G e n e r a lpara d e l Eparticulares s t a d o . L a f eopúblicos.----Más denuncias, Yo soy personal local contratado con un contrato c h a d e l c u m p l i m i e n t o d e l a o b l i g a c i ó n s e r á l a f e c h a q u e s e ñ a l a e l c e r tespeificacífico, Sin d o p o resl adecir r e c eno p c tengo i ó n d eque l f ocumplir r m u l a r ilas o e8n horas l a C olaborales n t r a l o r í adiarias. Genera l dembargo e l E s t a dtuve o, y que de horas n o ltrabajar a f e c h amás señ a l8a horas, d a e n no e l se f o reenumeran r m u l a r i o . ” . -las ---Q u e , extras, e l A r t í ctan u l opoco 1 5 hay d e l un D eincencreto tivo S u pde r e“premio”. m o N º 1 Las 2 3 3 normas , p r e c i slaborales: a q u e : - - -(La - “ L Ley o s iGeneral n f o r m e sdedTrabajo e c u m pde l i mBolivia, i e n t o eArts. m i t i 19°, dos 20°).p o r e“El l r ecálculo s p o n s de a b lla e indemnización d e s e g u i m i e nse t o hará d e ltomando a D e c l a ren a ccuenta i ó n J uel r a término d a d e Bmedio i e n e sdey los los deú b1999, R e sueldos n t a s q uoe salarios t e n g a n de ind i c itres o s dúltimos e rmeses, e s p o n sla a bLey i l i dN° a d 2027 p o r de l a 27 f u nde c i Oct ón p lica, el 2003 N°á x28448 s eD.S. r á n N° t r a 25749 s l a d a dde o s20 a de c o nAbr. ocim i e n tyo eld eD.S. la M i m a Ade u t o22 r i dde a dNov. E j e c2005”. u t i v a Como de la e n t i d a d respaldado a e f e c t o s en d e leli nCódigo i c i o d eLaboral l a s a c cde ion s l e g a l e s qde u e Rusia. c o r r e sLa p oEmbajada ndan”.--también lae Federación - Q u e , que e l Rpagarme e g l a m e nmis t o dbeneficios e C o n t r osociales, l d e l a Dincluido e c l a r a celi óaguinaldo, n J u r a d a como d e B iprueba e n e s yadjunRentendría t a el s eformulario n l a s E n tde i d aasistencia, d e s P ú b l idonde c a s R se E / Cmuestra I - 0 1 0 ,como Ve r smarco i ó n 1 ya pfirmo r o b alas d o 8phoras or la C onto labot r a l o rla í a gestión Genery a ladministración d e l E s t a d o adel t r aseñor v é s dWalter e l a RArancibia. e s o l u c i ó nAsimismo, G E / 0 7 2 /existen 2 0 1 2 dotros e 28 rales, d e j u n i o d een2la 0 1embajada, 2 , e n s u Alar tmayoría í c u l o 4 son i n c . de a ) nacionalidad s e ñ a l a : - - - - “boliviana, a ) D e c l a rpero a c i ópor n Ju rada personeros miedo d e no B iperder e n e s ylaRfuente e n t a slaboral, : E s l a ellos o b l i gno a cse i ó nmanifiestan d e t o d a syeno r v ilo d odenuncian.----Para r a y s e r v i d o r p ú bconlico de d e pcon r e sla t adenuncia, r d e c l a r ayc ime ó n ratifico s o b r e yl o s b i econ n e s lo , dexpuesto e u d a s yanteriormente r e n t a s q u e tyi esolicito n e a nmuy tes, cluir afirmo d u r a n t e y d e s pau ésu s autoridad d e l e j e r cpueda i c i o dinterceder e l c a r g o ”sus . - - -buenos - Q u e , eoficios n s u aA fin r t í cde ulo 8 del encarecidamente esclarec i t alo d odenunciado R e g l a m e nsobre t o p r eeste c i s ahecho, : - - - - “ L aademás E n t i d aque d P úno b l iquede c a s e en l i mlo i t aen r á pugne a l c o nyt r como ol incer t e r n o p rsolicito e v i o y mantener p o s t e r i o ren d ereserva l c u m p lmi i m inombre.”----CONSIDERANDO:----Que, e n t o o p o r t u n o d e l a s p r e s e n t a c i o n eels también de las D e c lde a r ala cio n e s J u r a d aPolítica s d e B ide e n Estado e s y R eestablece n t a s d e aque c u e“la r d oAdministración a los ingreArtículo 232 Constitución s o s , r ese t i r orige s y por cum p l eprincipios a ñ o s d e de l p elegitimidad, r s o n a l d e legalidad, l a e n t i d aimparcialidad, d , y e n e l c apublicidad, so de las Pública los F u e r z a s A re ma d a s ysocial, P o l i c íética, a B o ltransparencia, iviana cuando c o r r e s pcompetencia, o n d a p o s t u leficiencia, ar al ascompromiso interés igualdad, c e n s o c o r r e s p o n d i e n t e . L a r e s p o n s a b i l i d a d d e p r e s e n t a r D e c l a r a c i ó n J2u del racalidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”.----Que, el numeral da de Bienes y Rentas es de carácter personal y exclusivo de la servidora Artículo 235 del mismo cuerpo legal, señala que: “son obligaciones de las servidoras o s e r v i d o r p ú b l i c o y n o d e l a e n t i d a d p ú b l i c a e n l a q u e p r e s t a s e r v i c i o s . ” -ylos - - Qservidores u e , e l p a públicos: r á g r a f o ICumplir d e l A rcon t í c usus l o 9responsabilidades, d e r e s p e c t i v o Rde e gacuerdo l a m e n t ocon s elos ñ a princila:---pios laefunción “ E l pde rim r d í a hpública”.----Que, á b i l d e c a d a mdentro e s l a los U n ideberes d a d d e que R e ctodo u r s oservidor s H u m apúblico n o s d edel la Ministerio de dev éacuerdo Entidad P ú bRelaciones l i c a e m i t i rExteriores á u n r e c odebe r d a t oobservar, rio, a tra s d e u nala Artículo c i r c u l a 44 r, ade n ula n cLey io, Nº c o r465 r e odee l19 e c de t r ódiciembre n i c o u o de t r o 2013, m e d del i o , Servicio s e a é s de t e Relaciones p e r s o n a l i zExteriores a d o o m del a s i vEstado o, de Plurinacional Política a c u e r d o a l tde a mBolivia, a ñ o , r eestán:----“1. c u r s o s y cCumplir o m p l e j iyd ahacer d d e cumplir l a E n t ila d aConstitución d Pública, e l cual del Estado, com u n i c a rlas á sleyes o b r ey lotras a o b normas l i g a t o r i del e d aEstado d d e pPlurinacional r e s e n t a r l a de D JBolivia, B R d uque r a n tregulen e e l e j las eractividades Relaciones c i c i o e n e ldel m eServicio s d e n ade cim i e n t o y e nExteriores, s u c a s o sus e n ereglamentos l a ñ o q u e lye sprocedimientos; corresponda así receptor, p o scomo, t u l a r respetar a l a s c elas n s onormas p a r a del l a s Estado Fuerza s A r m a cuando d a s y Pcorresponda.----2. o l i c í a B o l i v i a n a Desarro. La aullar s e nsus c i a funciones, d e e s t e ratribuciones e c o r d a t o r i oy ndeberes o d e s l i administrativos, n d a n i c o n t r a vcon i e n epuntualidad, l a r e s p o n sceleridad, abilidad economía, p e r s o n a l deficiencia, e l a s e r veficacia, i d o r a o soportunidad, e r v i d o r p ú bprobidad l i c o p o r yl acon n o pleno p r e s esometimiento n t a c i ó n o p oar la la normativa interna que regula el ejercicio de sus funciones.----(…)13. p r e s e n t a c i ó n i n o p o r t u n a d e l a D e c l a r a c i ó n J u r a d a d e B i e nMantener e s y R e nuna t a scon.”--ducta - Q u e decorosa, , e l A r t í c udigna l o 1 5y conducirse d e l R e g l acon m e ncortesía t o d e Cen o nlas t r orelaciones l d e l a D con e c l asus r a ccompañeros ión Jurada de d e trabajo, B i e n e susuarios, y R e n t acontrol s e n l asocial s E n tyi dpúblico a d e s Pen ú bgeneral.”----Que, l i c a s R E / C I - 0el 1 0Parágrafo , Ve r s i ó nI del 1 , sAreñ a l a 45 q ude e : -la - - -Ley “ I . Nº L a 465 D e cseñala: l a r a c i ó“Las n Ju r a d a dde e las B i eservidoras n e s y R eyn tlos a s servidores d e b e s e rpúblipretículo labores s e ndel t a dEstado a a n t ePlurinacional s , d u r a n t e ydedBolivia e s p u é en s materia d e l e j ede r c iPolítica c i o d e lExterior, c a r g o , deben p o r l osujetarse que su cos i n clos u mprincipios p l i m i e n t omorales t i e n e eynvalores c u e n t acomo l o s ila g ulegitimidad, i e n t e : - - - - alegalidad, ) C o n f o r mimparcialidad, e a l A r t í c u l ocom149 en d e l C ó dei ginterés o P e n social, a l m o dética, i f i c a dtransparencia, o p o r l a L e y igualdad, N º 0 0 4 competencia, d e 3 1 d e m aeficiencia, r z o d e 2 0cali10, promiso t o d acalidez, s e r v i d ohonestidad, r a o s e r v i dresponsabilidad o r p ú b l i c o q u ey cresultados o n f o r m e aque la L e y e s t u v iun e r eadecuado obligadad, garanticen d o a d eacla l asociedad rar sus y b ial e nEstado.”----Que, e s y r e n t a s a el t i eArtículo mpo de o mla a rLey p oNº s e 465 s i ó nseñala: o a tie mpo servicio 48t de “Toda

3 DORMITORIOS, una cocina, dos baños, una sala comedor, lavandería, despensa y pasillos interiores tiene cada departamento.

servidora exhservidor del d e d e j a ro sservidor u c a r g opúblico, y no lo iciere, o s eex r áservidora p a s i b l e pública de resp o nMinisterio s a b i l i d a ddep eRelanal, ciones c u y a sExteriores, a n c i ó n s easume e n c oplena n t r a rresponsabilidad á s u j e t a a l p r opor c e ssus o racciones e s p e c t i vuoomisiones, c o n f o r m edebiendicha n o rconforme m a . - - - - b )aTo d a s e r v i d legal o r a oaplicable, s e r v i d o rrendir p ú b l icuentas c o q u e ante c o n tla r aautoridad v e n g a l oodinstancia ispuesdo, disposición to en el Decreto Su r e m o de N su º 1desempeño 2 3 3 r e l a t i vyolos a lresultados c u m p l i m i obtenidos ento de la esencorrespondiente, por lapforma delp rmismo. t a c i ó n d e debe l a D eregir c l a rsu a cconducta ión Jurad a d e B i eanlos e s principios y R e n t a sque d u rrigen a n t elaefunción l e j e r c ipública cio de Asimismo, conforme c a r gcuentas o , s e r ásobre p a s ilas b l eresponsabilidades d e r e s p o n s a b i l ieconómicas, d a d a d m i n i spolíticas, t r a t i v a , técnicas c u y a s aynadminisción se ys urendir e n c o n t rdentro a r á s uelj eejercicio t a a l p r ode c ela s ofunción s u m a rpública.”----Que i o r e s p e c t i v o cdentro o n f o r mlos e Ldeberes e y N º que 11 7debe 8 de trativas C o n t r o el l yservidores A d m i n i s t públicos r a c i ó n Gdel u bMinisterio e r n a m e n tde a l eRelaciones s . - - - - I I . ToExteriores d a s e r v i dconforme o r a o s e rdispovidor cumplir p ú blos l i cincisos o q u e ia), n cb) u mypm) l a del l o eArtículo s t a b l e c9i ddel o eReglamento n e l p r e s e nInterno t e r e gde l a mPersonal, e n t o s e raprobado á sujeto ne d e Resolución R e s p o n s a bMinisterial i l i d a d p oNº r l a400/2013, F u n c i ó nde P ú30 b lde i c aseptiembre ” . - - - - Q u e , de e l 2013, Artícu l o 2 1 d e Cuml Repor son:----“a) glam n t o dcumplir e l a J ula n tConstitución a d e P r o c e sPolítica o s A d mdel i n i Estado, s t r a t i v olas s dleyes e l M i ny i sotras t e r i onormas d e R e del laplir y ehacer c i o n e s E x t e r i o r e s a p r o b a d o m e d i a n t e R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 2 6 0 d e 03 Estado Plurinacional de Bolivia, que regulen las actividades del Ministerio, sus reglad e o c t uybprocedimientos, r e d e 2 0 1 6 s e ñasí a l acomo q u e : el - - -presente - “ S o n s uReglamento; j e t o s d e sumario administrativo por mentos así también, cuando coparte de larespetar Junta de las Procesos del Ministerio de R e l a c i osus n e funciones, s Exteriorresponda, normasAdministrativos del Estado Receptor.----b) Desarrollar e r v i d o radministrativos, e s públicos y con l a s puntualidad, y l o s ex s eceleridad, r v i d o r e s economía, públicos del Mires las y losy sdeberes atribuciones eficienn i s t eficacia, e r i o d eoportunidad, Relacionesprobidad Exteriores G e n eorgánicos r a l e s , de Abocia, y enincluidos sujeción aDirectores los documentos la gados y Auditores c o n e x c e p c i ó n d e l a s o l o s M i n i s t r o s , ex M i n i s t r o s , entidad m) R Cuidar debidamente V i c e m que i n i sregulan t r o s y ele xejercicio Vi c e m ide n i ssus t r o funciones.----(…) s del M i n i s t e r i o de e l a c i oy nusar e s Exteriores, los los materiales, y activos fijos para cuales deberánbienes ser procesados, si recibidos corresp o n dele desempeño , p o r la Ade u t sus o r i dfunciones.”-ad Legal --Que dentro d las el inicio Interno Competente e lcausales M i n i s t epara r i o de l a P rde e s iProceso dencia… ” . C O NoSSumario I D E R A NAdministrativo DO:----Que, Interno, l a L e y sin N º perjuicio 1 1 7 8 , d de e 2la0 responsabilidad d e j u l i o d e 1 9civil 9 0 oepenal n s u que A r t íeventualmente c u l o 2 8 i n c i s podría o s a ) cony b) currir en su acción u omisión, el Artículo 42 del Reglamento de Interno e s t a b l e c e q u e l a r e s p o n s a b i l i d a d d e l o s s e r v i d o r e s p ú b l i c de o s Personal, p o d r á sse er tiene incisos:----“l) a d m i los n i s tsiguientes rativa, eje c u t i v a , c i v i Faltar l y p e nela respeto l , l a c u aal las s e rAutoridades á d e t e r m i n aSuperiores, d a d e a c u earlos do compañeros trabajo a l o s r e s u l tde ado s d e so,u ala cpúblico c i ó n uusuario o m i s i óen n . -general.----(…) - - - Q u e , d e a cq) u eMal r d ouso a l de A r tlas í c uherralo 29 mientas de trabajo como internet, teléfono, equipos, vehículos y otros. (…) r) El acoso de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa sexual delc oArtículo r e s p o nydel e hostigamiento”.----Que a u n a a c c i ó n u o m i s i la ó nsegunda d e u n sparte e r v i d del o r pnumeral ú b l i c o q5.u e n t r a v i e41 n edel el Reglamento Resolución o r d e n a m i e nde t o laj uJunta r í d i c odea dProcesos m i n i s t r a Administrativos t i v o q u e r e g u laprobada a s u c o nmediante ducta fun cionaria, Ministerial a s p e c t o cN° o n260-2016 c o r d a n t ede c o03 n de e l octubre A r t í c u l ode12016, 3 d e l señala A n e x oque d eal solitud D e c r e tdel o Sdenunciante, upremo Nº su a objeto 2 3 identidad 3 1 8 , d e podrá 3 d e nser o v imantenida e m b r e d e en 1 9reserva, 9 2 . - - - - Qlau cual e , d esolo a c upodrá e r d o levantarse al Artículo 3 5 d e de la establecer o rtemeraria.----Que, L e y N º 4 6su 5 , responsabilidad d e l S e r v i c i o d epor R edenuncia l a c i o n e sfalsa Exte i o r e s d e l E s t a d o laP Organización lurinacional del d e Trabajo B o l i v i a (OIT) , l a define J u n t a eld eAcoso P r o cLaboral e s o s Acomo d m i n i“Cualquier s t r a t i v o s incidente s e c o n sen t i t uely ecual e nuna el T r i b u n a es l c abusada, o m p e t e n maltratada t e p a r a s uen sta n c i a r l o s s urelacionadas m a r i o s a d mcon i n i s su t r atrabajo. t i v o s c oEstas ntra persona circunstancias l a s s e r v i d opueden r a s y lser o s originadas s e r v i d o r epor s djefes, e p e n dcompañeros i e n t e s d e l de M itrabajo n i s t e r iyo en d ecualquier R e l a c i onivel nes situaciones E x torganización”.----Que e r i o r e s , a s í c o m o pmediante ara las e x s e rde v i ddenuncias o r a s p u b lde i c a20 s yy l26 o s de e xdiciembre servidore s de notas de p ú b l i cse o sacusa p o r al tseñor r a n s gWalter r e s i o nArancibia e s a d m iAlaca n i s t r aMinistro t i v a s aConcejero l a p r e sen e nlat eEmbajada Ley, su s 2017, de r e g l a men e nRusia, tos y o t r asupuesta s d i s p o sacoso i c i o n elaboral s q u e yr emaltrato g u l a n l a compañeros c o n d u c t a f ude n ctrabajo i o n a r i a que de Bolivia por l a hubiera s e r v i d odado r a y sen e rdicha v i d o r Misión p ú b l i cDiplomática o . - - - - P O R Tdurante A N T O :la- -gestión - - L a C o2017, m i s i ótodo n d eesto P r oen c eraso se d e al l a cargo J u n tque a docupa e P r oel c eseñor sos A d m i n i s t rAlaca. a t i v o sAsimismo d e l M i nse i s tdenuncia e r i o d e elRuso e l a carbitraiones zón Arancibia E x tdel erio r e s , c oasignado n l a a t r i baula ció n c o naf elar i d a e n Diplomática.----Que, e l p u n t o 2 d e l A r t í clauComisión l o 4 2 , 4 5de y rio vehículo Misión Misión s i g u i e n t e s d e l R e g l a m e n t o d e l a J u n t a d e P r o c e s o s A d m i n i s t r a t i v o s del Admisión de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones ExterioM i n imediante s t e r i o dAuto e Rde ela c i o n e s de E x20 t e de r i o marzo r e s , ade p r2019, o b a d oha determinado mediante R solución res, Admisión laeexistencia M i nsuficientes isterial N º 2 6 0de , responsabilidad d e 0 3 d e oadministrativa c t u b r e d e en 2 0 contra 1 6 . - - - -del D Eservidor T E R M I Npúblico A:---de indicios P R I M EArancibia R O . - I n iAlaca, c i a r phabiendo r o c e s o admitido a d m i n i s tlar acausa t i v o iyndispuesto t e r n o e nlacremisión o n t r a dde e obrados la Sra. Walter iana Bde e n Proceso.----POR i t a Z a m o r a R oTANTO:----La s s o , p o r l aComisión p o s i b l e de c oProceso n t r a v e n cde i ó nla aJunta los aF alabComisión A r tProcesos í c u l o s 2 3 Administrativos 5 n u m e r a l 3 d e ldel a CMinisterio o n s t i t u c i óde n PRelaciones o l í t i c a d e l Exteriores, E s t a d o , 5 3con d e la l a atriLey de Nº 2027 , 4 4 n u mpor e r a el l 1Artículo 1 d e l a 45 L e del y N Reglamento º 4 6 5 , 5 p ade r á gla r aJunta f o I y de I I Procesos i n c i s o b ) Addel bución conferida Decreto Supremo Nº 1233, modificado por el Decreto Supremo Nº 2528, de ministrativos del 23 de septiem b r e Ministerio d e 2 0 1 5 , de 7 yRelaciones 9 d e l D e c Exteriores;----DETERMINA:---reto Supremo Nº 1233, 15 PRIMERO.p a r á g r a f o IIniciar i n c i sproceso o b ) y administrativo I I d e l R e g l a interno m e n t o en d econtra C o n t rWalter o l d e Arancibia l a D e c l a r Alaca ación Ministro J u r a d a dConcejero e B i e n e s yen R elan tEmbajada a s e n l a s de E n tBolivia i d a d e s en P úRusia, b l i c a s por R E /laC posible I - 0 1 0 , vcontravenersión 1, ción a lo dispuesto en el Artículo 235 numeral 2 de la Constitución Política 9 i n c i s o p ) y 4 2 i n c i s o t ) d e l R e g l a m e n t o I n t e r n o d e P e r s o n a l d e l del M i nEstado; isterio Articulo Nºe d465, 19e sde diciembre d e R e l a44 c i onumerales n e s E x t e r1,i o2, r eys 13 a pde r o blaa Ley do m i a n tde e R olu c i ó n M i nde i s t2013 e r i a l Ley d e del 30 Servicio Yoele Artículo 9 d e s e p t ide e mRelaciones b r e d e 2 0 1Exteriores 3 , a l n o hdel a b eEstado r p r e s uPlurinacional m i b l e m e n t ede p rBolivia; esentad n tiempo incisos b) yA m) r)edels uArtículo Interno d e b i d oa), , la c t uya llos i z aincisos c i ó n Al), n uq)a ly d D e c l a42 r a cdel i ó nReglamento J u r a d a d de e B i e n e s de y Personal, aprobado por Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de Rentas correspondiente a la gestión 2017 durante el mes de su natalicio.2013, laDpresunta a - - - S E por GUN O . - N o tcontravención i f í q u e s e a l aadministrativa p r o c e s a d a de d eacoso a c u elaboral, r d o a l falta p r o de c e drespeto imiento compañero deetrabajo indebido del lasmisión establecido n e l R eyghacer l a m e nuso to d e la Jun t a vehículo d e P r o cde eso A d m i nDiplomática.---istrativos.---SEGUNDO.T E R C E R O . -SeUdispone n a v e z lanreserva o t i f i c a dde o identidad e l p r e s ede n t elosAdenunciantes u t o I n i c i a l dy edePlos r o cactuados eso, el correspondientes a nlos V o c a l R e l a t o r aaslos i g ndenunciantes, a d o p o r s o rde t e oconformidad quedará e c anumerales r g a d o d e 2syu5s del t a nArtículo ciar el 41 Junta p r odel c e sReglamento o a d m i n i s tde r a tla ivo c o nde f o rProcesos m e a p r oAdministrativos c e d i m i e n t o . N odel t i f íMinisterio q u e s e , rde e g Relacioístrese nes y a rExteriores.----TERCERO.c h í v e s e . - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Notifíquese - - - - - - - - - - - - -al- -procesado - - - - - - - - - - - - de - - - -acuerdo - - - - - - - - - al - - -procedimiento --------------Firma y S l oReglamento d e A p o l i de n a rla E d m u de n d oProcesos A g u i l a Administrativos.----CUARTA.r Mercado PRESIDENTE establecido ene lel Junta D E vez L A notificado C O M I S Iel ON D E Auto PROC E S OdeDProceso, E L A el J UVocal N T A Relator D E Pasignado ROCESO S Una presente Inicial por A D M I Nquedará ISTRAT I V O S d ede l sustanciar M i n i s t e r i oel proceso d e R e ladministrativo a c i o n e s E x tconforme e r i o r e s ; -a- -procedi-Firma sorteo encargado y S e l l oNotifíquese, d e A u s b e rregístrese t o R a ú l Cyoarchívese.--r t e z R i v e r o Firma V O C AyLSello D E de L AApolinar C O M I SEdmundo IÓN DE miento. P R O C EMercado SO JUN T A D E P RDE O C LA ESO S A D M I NDE I S TPROCESO R A T I V O S DE d eLA l M i n i s t eDE rio Aguilar PRESIDENTE COMISIÓN JUNTA d e R e l a c i o nADMINISTRATIVOS e s E x t e r i o r e s ; - - - - del Firm a y S e lde l o Relaciones d e E l o y Exteriores;----Firma Mendoza Huaylla PROCESOS Ministerio C A L de DE L A C ORaúl M I S ICortez Ó N D ERivero P R O VOCAL CESO D E LA L A COMISIÓN J U N T A D EDEP RPROCESO OCESOS yV O Sello Ausberto DE A D M I NDE I S TPROCESOS R A T I V O S dADMINISTRATIVOS e l M i n i s t e r i o d e del R e lMinisterio a c i o n e s de E xRelaciones t e r i o r e s ; - -Exteriores;--Firma y JUNTA S e l l o d ey Sello G a b r i de e l Eloy F e r n Mendoza a n d o C a Huaylla l d e r ó n VOCAL S a l a z a rDE V OLA C ACOMISIÓN L D E L A DE C O PROCEMISIÓN ---Firma D E P R O C E S O D E L A J U N T A D E P R O C E S O S A D M I N I S T R A T IVOS del SO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones M i n i s t e r i o d e R e l ayc iSello o n e s de E x Gabriel t e r i o r e sFernando - - - - A N T ECalderón M I : L i c .Salazar A b o g . VOCAL Franz T e dLA dy Exteriores;----Firma DE M a m a n i G óDE m ePROCESO z – J E F E DDE E ULA NID AD DE S E C R E T AADMINISTRATIVOS R I A T E C N I C A D E del LA COMISIÓN JUNTA DEL A PROCESOS J U N T A Dde E Relaciones P R O C E S OExteriores----ANTE S A D M I N I S T R A T IMI: V O Lic. S d Abog. e l M i nFranz i s t e r iTeddy o de R elacion es Ministerio Mamani GóE x t e–JEFE r i o r e s .DE - - - -UNIDAD - - A U T O .DE - - - -LA A, 2 2 d e j u n i o d eTECNICA 2 0 2 0 - - - -DE V I SLA T OJUNTA S : - - - - EDE n APROCEtención mez SECRETARIA al Informe de 18 de junio de 2020, presentado por la Secretaria Técnica SOS d e l aADMINISTRATIVOS J u n t a d e P r o c e s odel s AMinisterio d m i n i s t r ade t i vRelaciones o s , e n a p l Exteriores.-----i c a c i ó n d e l P a rAUTO.----A, ágrafo VI, 27 Atención d e de l Aoctubre r t i c u l o de 3 3 2020----VISTOS:----En de la Ley Nº 2341 de 2 3 d e al a bInforme r i l d e 2de 0 026 2 dde e octubre P r o c e dde i m 2020, iento presentado A d m i n i s t r apor t i v ola ySecretaria e l A r t i c Técnica u l o 6 dde e l laRJunta e g l a mde e nProcesos t o d e l aAdministrativos, J u n t a d e P r oen c eaplisos cación Parágrafo VI, Articulo A d m i n idel stra tivos de l del Min i s t e r i o 33dde e laRLey e l a cNº i o n2341 e s de E x23 t e rde i o r abril e s , de a p2002 r o b a dde a Procedimiento m e d i a n t e R e sAdministrativo o l u c i ó n M i n i syt eelr iArticulo a l N º 2 660 -del 2 0 1Reglamento 6 , d e 0 3 d edeo la c t uJunta b r e dde e 2Procesos 016, se Administrativos D I S P O N E l a ndel o t i fMinisterio i c a c i ó n dde e FRelaciones a b i a n a B Exteriores, e n i t a Z a maprobada o r a R o s smediante o , c o n eResolul Auto ción I n i c iMinisterial a l d e P r oNº260-2016, c e s o d e 2 7 de d e03j ude n i ooctubre d e 2 0de 1 92016, , m e dse i a nDISPONE t e E d i c t la o notificación e l c u a l d e bde e Walter con s e r p uArancibia b l i c a d o e Alaca, n un m e d iel o Auto d e aInicial m p l i a de c i rProceso c u l a c i ó nden25 a c ide o nmarzo a l y sde e a2019, c o n melas diante f o r m aEdicto l i d a d eel s cual d e rdebe i g o r -ser - - - Fpublicado i r m a y Sen e lun l o medio d e S yde l v iamplia a G a bcirculación r i e l a P a l mnacional e r o P a nytsea oja con rigor.-----------------------------------------------------------------V O Clas A Lformalidades D E L A C Ode MIS ION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS Firma Sello DE A D M I Ny I S T R Ade T I VElisheba O S D e l Carolina M i n i s t e r Auza i o D eSaunero R e l a c i oVOCAL n e s E x tDE e r i oLA r e sCOMISIÓN ----ANTE M Í: PROCESO DE LA JUNTA PROCESOS de ReA b o g . F r a n z T e d d y M a m aDE ni G o m e z – J E FADMINISTRATIVOS E D E U N I D A D D E L- AMinisterio SECRET AR IA laciones Quiroga Rojas –JEFE T E C N I C Exteriores;-----ANTE A D E L A J U N T A D EMÍ: P RAbog. O C E SYolanda O S A D MSilveth INISTR ATIVOS del M i n i s t eDE rio UNIDAD - R e l a c i oDE n e sLAE SECRETARIA x t e r i o r e s - - - - - -TÉCNICA - - - - - - - - - - - DE - - - - -LA - - - JUNTA - - - - - - - - -DE - - - -PROCESOS - - - - - - - - - - - - - - -ADMINIS---------E l p r e s e n t del e E Ministerio d i c t o e s ede m iRelaciones t i d o e n l a Exteriores---------------------------------------ciudad de la Paz, el día 07 de julio de TRATIVOS 2 0presente 2 1 - - - - - - -Edicto - - - - - - - -es - - -emitido - - - - - - - - en - - - -la- -ciudad - - - - - - - -de - - - La - - - -Paz, - - - - -el - - -día - - - -07 - - -de - - - julio - - - - - de - - - -2021.------------------El F i r m ay y S e l lErnesto o : E r n eCesar s t o CHinojosa e s a r H i nLedezma o j o s a L -eJEFE d e z mDE a -UNIDAD J E F E DDE E LA U NSECRETARIA IDAD DE LA Firma Sello: SECRETA R ILA A JUNTA T E C N IDE C APROCESOS D E L A J U NADMINISTRATIVOS T A D E P R O C E S O -SMinisterio A D M I N I de S TRelaciones RATIVOS TECNICA DE - Ministerio de Relaciones Exteriores----------------------------------------------Exteriores---------------------------------------------------------------------------------------


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Niñez DEPENDERÁ DE LOS REPORTES DE SALUD

Estudiantes volverán a clases presenciales gradualmente Unicef ponderó la estrategia para recuperar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes.

Bolivia y Francia suscribieron un acuerdo bilateral en beneficio de los niños.

SE AGILIZARÁN LOS TRÁMITES

Bolivia y Francia firman acuerdo para adopciones • Redacción Central

El canciller Rogelio Mayta agradeció al embajador de Francia, Denis Gaillard, quien, en representación de ese gobierno, posibilitó la firma del convenio que permitirá que ambas naciones avancen en la protección de los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes.

“Por un lado, tratar de que nuestras burocracias de los Estados no sean tan inclementes que nos permitan las adopciones; por otro lado, que nuestros dos Estados puedan resguardar en todo momento que el adoptado realmente tenga una nueva familia, que sus derechos sean respetados y preservados bajo cualquier circunstancia”, indicó el Ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia. Bolivia y Francia firmaron ayer un acuerdo bilateral en materia de adopción internacional con el objetivo de dar cumplimiento al derecho de niños, niñas y adolescentes institucionalizados a vivir bajo el amor y protección de una familia mediante procesos seguros y rápidos. El ministro de Justicia y Transparencia Internacional, Iván Lima Magne, quien participó del acto, remarcó que la política del presidente

Luis Arce es la de “preservar en todas sus formas el derecho que tienen los niños y niñas a una familia”. El embajador Denis Gaillard aseguró sentirse orgulloso por la firma realizada a pocos días de culminar su misión diplomática en el país. “Vamos a concretar un hermoso gesto de fraternidad, la jornada de hoy es particularmente conmovedora, vamos a firmar un acuerdo para promover la adopción internacional que permite crear lazos humanos entre nuestros países”, aseveró. Bolivia y Francia también suscribieron de manera conjunta el Convenio de La Haya relativo a la protección integral del niño en materia de adopción internacional.

Que nuestros dos Estados puedan resguardar en todo momento que el adoptado realmente tenga una nueva familia, que sus derechos sean respetados”. Rogelio Mayta Canciller de Bolivia

El ministro de Educación, Adrián Quelca, informó que los estudiantes volverán a las aulas de manera progresiva y dependiendo de los informes que presente el Ministerio de Salud y Deportes sobre los casos de Covid-19 en el país.

“Queremos dejar claramente establecido que a este aspecto es al que se refirió nuestro Presidente al señalar que vamos a retornar a las clases semipresenciales y presenciales, y reiteramos que será gradual en el marco de los estudios que realice la comisión mixta”, indicó. La autoridad agregó que la decisión, sobre la modalidad de las clases, debe ser tomada por las Direcciones Distritales de Educación en coordinación con

la Dirección Departamental de Educación y los Servicios Departamentales de Salud (Sedes), en el marco del riesgo sanitario para ver si optan por las clases a distancia, semipresenciales o presenciales. El ministro explicó que en el primer trimestre se aplicaron las tres modalidades de educación y ante la presencia de la tercera ola se decidió anticipar el descanso pedagógico y su ampliación, el cual sirvió para proteger y preservar la salud de los estudiantes, maestros y maestras. Las clases retornaron con la flexibilidad del horario de invierno ampliado porque se presentó un frente frío en el país. “En ese sentido es que debo aclarar que la posibilidad de asumir las clases presenciales y semipresenciales está en el marco de la protección de la salud de nuestros estudiantes”, recalcó la autoridad. Lamentó que asambleístas comenzaron a generar opiniones que

no corresponden y cuestionó porque en 2020 no se pronunciaron al conocer la promoción automática y la clausura del año escolar que dañó a toda una generación de estudiantes. Quelca anunció que la Unicef, entidad dependiente de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y que vela por la infancia en todo el mundo, manifestó su preocupación por el cierre de las unidades educativas en muchos países, pero no observó a Bolivia por la estrategia que se diseñó para recuperar el derecho a la educación. “Hay entidades internacionales que ponderan este hecho, por supuesto que tenemos algunas dificultades, lo reconocemos, pero estamos trabajando para garantizarles a nuestros estudiantes el retorno a la educación, a sus clases, pero también el resguardo de su salud y la vida que es lo más importante”, finalizó el ministro.

IMPLEMENTARON TRES MODALIDADES DE EDUCACIÓN Las clases a distancia, semipresenciales y presenciales. Tienen el apoyo de los textos educativos, las teleclases y radioclases. // FOTO: RRSS

// FOTO: JORGE MAMANI

• Redacción Central

Estudiantes de las áreas rurales retornaron a clases en la modalidad presencial.


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Covid-19 INFORME DEL VICEMINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

El país cuenta con dosis para vacunar al 58% de la población Los Sedes deben destinar el 50% de las vacunas unidosis de Johnson & Johnson del mecanismo Covax a las áreas rurales. • Redacción Central

“Con lo que hemos recibido desde el viernes, Sputnik V, 500 mil primeras dosis y 27 mil segundas dosis, tenemos dosis para el 58% de toda la población vacunable de nuestro país”, aseguró la autoridad en entrevista con ATB. El fin de semana llegaron 1.008.000 unidosis Johnson & Johnson, lo que significa una sola dosis, que es el esquema de vacunación completa. En las últimas 72 horas, el Gobierno reforzó la campaña masiva de vacunación con 2.035.000 Vacunas. Uno de los objetivos es prevenir una nueva ola de contagios del virus. Luego de recibir el millón de dosis Janssen, el Ministerio de Salud instruyó a los servicios departamentales de salud (Sedes) que se destine el 50% de las vacunas de Johnson & Johnson

Avances en el proceso de vacunación En este momento se llegó a cerca del 30% de personas vacunadas. Bolivia recibió el domingo un lote de 1.008.000 dosis de vacunas Janssen de Johnson & Johnson para fortalecer la campaña de inmunización contra la pandemia del Covid-19. Horas después, un avión de Boliviana de Aviación (BoA) llegó a Cochabamba con un lote de 500 mil vacunas chinas Sinopharm. Ambos lotes recibidos el domingo se sumaron a las 527 mil vacunas rusas Sputnik V que llegaron el viernes 9 de julio por la mañana. Del total de inmunizantes, 500 mil son primeras dosis y 27 mil corresponden a segundas dosis de la vacuna rusa.

// INFOGRAFÍA: YURI ROJAS

El viceministro de Comercio Exterior e Integración, Benjamín Blanco, informó ayer que Bolivia cuenta con la cantidad de vacunas para inmunizar al 58% de la población vacunable.

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del mecanismo Covax a las áreas rurales. Desde el Programa Ampliado de Inmunización informaron que la vacuna tiene una cadena de frío que puede estar entre 2 y 8 grados bajos cero, lo que hace fácil su traslado. “Se está recomendando que en la distribución vayan considerando esos aspectos, si bien

es una conservación estable de 2 a 8 grados bajo cero lo que queremos es que el área rural sea beneficiada”, informó Max Enríquez, director del PAI. La autoridad indicó que lo que se busca en realidad es que los pobladores de Estas zonas reciban esta dosis debido a que tan solo requiere de una aplicación, por lo que facilita la in-

munización de estos sectores con los que se complica la logística de enviar una segunda vacuna. Al iniciar la inmunización a jóvenes de 18 años de edad se batió los récords, logrando aplicar más de 86 mil dosis en un solo día (6 de julio). Según el reporte de vacunación del Ministerio de Sa-

lud y Deportes, el 25 de junio reportaba 58.053 vacunas, el 2 de julio se logró inmunizar a 73.405 personas y el martes 6 de julio se vacunó a 86.106 en todo el país entre las primeras y segundas dosis, mientras que el miércoles 7 de julio la cifra de vacunados en ambas dosis fue de 80.018 en todo el territorio nacional.


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Covid-19 EL MINISTERIO DE SALUD FIRMÓ ACUERDOS

Un trabajador de La Paz Limpia recibe la dosis de la esperanza.

Folkloristas y barrenderos recibirán la inoculación El Gobierno consolida acuerdos con diferentes sectores para inmunizar a la mayor cantidad de bolivianos. • Redacción Central

Los ministerios de Salud y Deportes, de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización promueven la vacunación de folkloristas, músicos, danzarines, bordadores y artesanos de Oruro, además de firmar una alianza estratégica público privada para inmunizar contra el Covid-19 a más de 800 trabajadores de la empresa de aseo urbano Trebol SA de El Alto.

La alianza con folkloristas se realizó con el objetivo de reactivar la economía y actividades culturales de manera segura en la capital del carnaval, declarado como Patrimonio Oral Intangible de la Humanidad por la Unesco.

“Nosotros tenemos en este momento un camino para poder volver a esa nueva normalidad que extrañamos, un camino para volver a abrazar a nuestras familias y amigos, para volver a movernos económicamente y bailar en nuestro Carnaval de Oruro, ese camino es vacunarnos”, reflexionó la viceministra de Promoción, Vigilancia Epidemiológica y Medicina Tradicional, María Renée Castro, en la conferencia de lanzamiento de la campaña para ese sector. Por su parte, la ministra de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, Sabina Orellana, enfatizó que los esfuerzos que el Gobierno nacional realiza para garantizar las vacunas tienen que ser respondidos con la responsabilidad de la población que debe acudir a inmunizarse. De la misma forma, la vi-

ceministra de Seguros de Salud y Gestión del Sistema Único de Salud, Alejandra Hidalgo, explicó que las alianzas estratégicas con diferentes sectores, empresas, instituciones público privadas y organizaciones sociales tienen el objetivo de agilizar la vacunación masiva en todo el territorio nacional tras garantizar las dosis para toda la población vacunable.

CAMPAÑA YO ME VACUNO La actividad de vacunación de folkloristas denominada “Con esperanza y con devoción por mi cultura yo me vacuno” se realizará el 15 de julio en la Casa Municipal de Culturas.

EN EL HOSPITAL DEL NORTE EN EL ALTO

Los pacientes que llegaron a UTI no recibieron ninguna vacuna • Redacción Central

// FOTO: GONZALO JALLASI

El jefe de la Unidad de Terapia Intensiva (UTI) del Hospital del Norte, José Antonio Viruez, advirtió en una entrevista por Unitel que los pacientes que ingresaron a la UTI de su hospital no habrían sido vacunados, por lo que llamó a la población a recibir la dosis.

El Hospital del Norte atiende a pacientes infectados por coronavirus.

Indicó que en el Hospital del Norte se tiene la intención de realizar una investigación en médicos intensivistas que ya fueron inocula-

dos para ver la eficacia de las vacunas que llegaron al país, ya que es importante comenzar a evaluar la parte técnica y clínica de éstas para ver cuántos de ellos se enfermaron a pesar de haber recibido las dosis y si se midieron anticuerpos neutralizantes para ser objetivos y ver el porcentaje que tienen de los mismos. La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, pidió ayer a las gobernaciones y municipios cumplir con sus responsabilidades asignadas en el marco de la estrategia de lucha contra el Covid-19. Recordó que un informe de la Contraloría General del Estado obser-

vó que los Servicios Departamentales de Salud (Sedes) llevan adelante la vacunación sin una adecuada planificación. A ello se suma la falta de personal médico, la no existencia de campañas de información, entre otros. “Instó a los gobiernos subnacionales a cumplir con esta parte del trabajo que les corresponde, porque este es nuestro segundo pilar. Tenemos responsabilidades como Gobierno nacional y existen otras como gobernaciones y municipios, y así vamos a tener éxito en este proceso de vacunación masiva”, dijo en una entrevista en radio Vanguardia, del Sistema Nacional de Radios de los Pueblos Originarios (RPO).


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Covid-19

Armijo recomienda la disciplina para cumplir con las medidas de bioseguridad La autoridad recordó que la única garantía de seguridad que pueden tener las personas que asisten a restaurantes es que el personal esté vacunado. • Redacción Central

// FOTO: JORGE MAMANI

El director general de Epidemiología del Ministerio de Salud, Freddy Armijo, recomendó cumplir a cabalidad el uso constante del barbijo, el lavado de manos y sobre todo mantener el distanciamiento físico para evitar la propagación del coronavirus en el país.

Las población debe mantener las medidas de bioseguridad.

“La única forma de enfrentar a todas las variantes (del Covid-19) y a esta pandemia es la disciplina personal con el cumplimiento de las medidas de bioseguridad y eso no podemos descuidar”, indicó la autoridad. Recalcó que es importante que la población siga las recomendaciones que desde el principio de

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO PRESENTÓ SU PROPUESTA

Proyectan ley para proteger a niños que quedaron huérfanos en pandemia • Redacción Central

La defensora del pueblo Nadia Cruz presentó ayer una propuesta para garantizar un amparo integral mediante la dotación de un subsidio alimenticio, becas, empleo y vivienda social para niñas, niños y adolescentes que quedaron en orfandad por la muerte de su padre o madre o de ambos por Covid-19.

“En el caso de los huérfanos y huérfanas, víctimas del Covid-19, se está solicitando que se puedan hacer asistencias legales, sociales, bonos y canastas alimenticias en la edad de 0 a 2 años”, explicó la autoridad.

Cruz agregó que la iniciativa fue presentada a la Asamblea Legislativa Plurinacional y consiste en la entrega de un subsidio alimenticio a menores de dos años, además de becas escolares y universitarias. También se propone acceso a empleo, estabilidad laboral y una vivienda social para quienes tengan la tutela del huérfano. El proyecto responde a la preocupación que existe frente a los efectos inmediatos que está dejando la pandemia, que además del número de contagios y muertes por el virus, está el aumento de la violencia en los hogares, la desventajosa situación económica, la falta de empleo y otros que repercuten en la niñez y adolescencia. Manifestó que es importante y necesario que el Estado interven-

ga con medidas reforzadas para garantizar y asegurar el bienestar y el cuidado de esta población, más aún cuando se encuentran en un estado de desprotección y mayor vulnerabilidad por la pérdida de sus padres. La propuesta normativa considera que es necesario contar con un bono económico que debe ser analizado en términos de monto, beneficiarios y sostenibilidad por el Órgano Ejecutivo, considerando el interés superior del niño y la situación económica del país. La normativa pone a consideración otros aspectos que pueden ser revisados a detalle en el siguiente enlace: https:// drive.google.com/file//1zWme Jxci4b4G7L54b0Bu2qWZVIU_ x5Rf/view.

la pandemia dio la Organización Mundial de la Salud (OMS) para evitar los contagios masivos del Covid-19 en el mundo. “No estar en ambientes cerrados poco ventilados, se recomienda estar en donde haya menos de 20 personas. El transporte público debe abrir sus ventanas cuando están circulando”, dijo Armijo. Agregó que en los restaurantes, gimnasios y lugares donde asiste con frecuencia la población se debe pedir que quienes trabajan allí estén vacunados, ya que es la única garantía de dar seguridad a los que asisten a esos sitios. Todo lugar de recreación también debe cumplir con las medidas de bioseguridad que fueron establecidas por las autoridades municipales, departamentales y el Gobierno nacional para garantizar la seguridad de sus asistentes.

La única forma de enfrentar a todas las variantes (del Covid-19) y a esta pandemia es la disciplina personal con el cumplimiento de las medidas de bioseguridad y eso no podemos descuidar”. Freddy Armijo Director General de Epidemiología del Ministerio de Salud

Otra de las recomendaciones que dio el Director General de Epidemiología fue que la población cuide su salud mental y evite las noticias malas que sólo aumentan el estrés que ocasiona la pandemia. Armijo agregó que otra forma de prevenir el Covid-19 es la vacunación, por lo que invitó a la población asistir a los puntos masivos de inmunización cumpliendo las medias de bioseguridad.

// FOTO: GONZALO JALLASI

MANIFIESTA EL DIRECTOR DE EPIDEMIOLOGÍA


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Cultura & espectáculos El municipio de Quime y el Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización lanzaron ayer la primera versión del torneo nacional de parapente. El evento se desarrollará entre el 24 y 25 de julio.

El alcalde del municipio de Quime, Rubén Laura, manifestó que la iniciativa pretende retomar la actividad turística en la región. “Nuestro municipio fue bendecido, tenemos hermosos paisajes, muchos atractivos turísticos y exquisita gastronomía”, dijo el Alcalde Los hermanos Hugo y Richard Soto son apasionados de los deportes extremos. Practican el parapente desde hace diez años. En sus vuelos observaron que su municipio tiene potencial para esa actividad. Eso los motivó a que propusieran a las autoridades la organización del Primer Torneo Nacional de Parapente. “Mi hermano y yo vimos que venían parapentistas y ahí nos nació la inquietud de surcar los cielos, puedes elevarte hasta 4.000 mil metros. Es un vuelo tranquilo, seguro. Volamos con dos equipos, el pasajero lo disfruta”, contó Hugo Soto, piloto.

PARA REACTIVAR EL TURISMO

Quime organiza el primer campeonato de parapente

FIESTA PATRONAL La actividad se celebrará el mismo día de la festividad del Apóstol Santiago (patrono de Quime), 25 de julio, para atraer al sector turístico.

El torneo organizado por el municipio contará con la participación de más de 30 pilotos del país. La directora de Turismo y Cultura del municipio de Quime, Marlene Mamani, explicó que la región cuenta con cuatro pisos ecológicos; altiplano, valle, puna y yungas. “Estas características hacen que podamos desarrollar varias actividades relacionadas al turismo”, agregó. La modalidad bajo la cual se organizará el evento es de precisión y aterrizaje. “Tiene un costo de Bs 100 para todos los pilotos que quieran inscribirse en la competición”, agregó. El municipio de Quime se encuentra en la segunda sección de la provincia Inquisivi, al sur del departamento de La Paz y a una distancia de 233 km. También se llevarán a cabo vuelos dirigidos para todo aquel que quiera aventurarse a surcar los cielos.

Demostración de las herramientas que se usan en el parapente.

EL MUNICIPIO AUTORIZÓ LA ACTIVIDAD

El Alto celebrará una mini-entrada folklórica por el 16 de julio • Redacción Central

// FOTO: ARCHIVO

El director de Culturas de la ciudad de El Alto, Claudio Mamani, informó que la mini-entrada folklórica se desarrollará el día viernes 15 de julio y contará con la participación de 10 conjuntos.

En la tradicional festividad en devoción a la Virgen del Carmen, en la zona 16 de Julio de la ciudad de El Alto, solían participar más de 50 fraternidades. Este año, por la pandemia y la crisis sanitaria, se celebrará sólo con 10 conjun-

tos folklóricos. El recorrido será alrededor de nueve cuadras, iniciará en la avenida Chacaltaya y concluirá en la iglesia Santa María de los Ángeles. “Cada agrupación tendrá alrededor de 30 a 50 participantes, la medida pretende de alguna manera reactivar y oxigenar a este sector que ha sido muy afectado”, precisó el director de Culturas del municipio. La autoridad explicó que se prevé que el evento culmine alrededor de las cuatro de la tarde. La alcaldesa de la ciudad de El Alto, Eva Copa, autorizó la anterior semana la organización de una mini-festividad folklórica.

“A los participantes de la entrada se les exigirá el certificado de vacuna contra el Covid y una prueba PCR, debemos reactivar la economía y generar empleo”, dijo la Alcaldesa a los medios de comunicación.

BIOSEGURIDAD

Mamani mencionó que el protocolo de bioseguridad, que se seguirá durante la entrada, se conversó con todos los dirigentes de la Asociación de Conjuntos Folklóricos de la 16 de Julio. “Se está enviando también una propuesta al Concejo, la Ley Seca, para evitar la proliferación de la enfermedad”, indicó.

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• Redacción Central


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Cultura & espectáculos REVIVEN LA CRISIS DE LOS REFUGIADOS

Cannes exhibe versión animada de Ana Frank • Agencias

El escritor paceño fue Premio Nacional de Novela 2019.

PROMESA LITERARIA

Gabriel Mamani presenta su novela El rehén • Redacción Central

El joven escritor paceño Gabriel Mamani Magne presentará hoy a las 19.00, a través de la página de Facebook de Dum Dum Editora, su segunda novela titulada El rehén.

Mamani, quien obtuvo el Premio Nacional de Novela 2019, con su libro Seúl, São Paulo, confiesa que el libro surgió a raíz de su interés por temas humanos y complejos, como la mentira y la falsedad. “En el libro se cuenta sobre un falso secuestro, mentira colosal. El engaño es un tema que siempre estuvo presente en mí y lo trabajé dos años”, contó Mamani. La presentación estará a cargo de Sebastián Antezana, autor de libros como La toma del manuscrito e Iluminación. El rehén cuenta la historia de unos niños que son encerrados por su padre, un minibusero llamado Chuño Yupanqui, en una casa de La Paz, con el propósito de fingir un secuestro y extorsionar a su exesposa. Durante el encierro, los hermanos entran en contacto con los niños del barrio y conocen la amistad, pero también la violencia. Sobre la novela, Antezana escribe: “Esta es una historia breve y potente sobre la familia, la pobreza

y el transporte público que se narra, ocurrente e incisiva, desde la mirada de los hijos. Es decir, es una historia sobre cumbia, miedo y deseo que se atornilla en la niñez y la adolescencia como en el territorio pródigo y frágil que nos contiene y muchas veces nos define”. Mamani ganó varios premios literarios, entre ellos el Franz Tamayo de Literatura (2018), el Eduardo Abaroa de Periodismo Cultural (2015) y el Premio Nacional de Literatura Infantil (2011) por su novela Tan cerca de la luna. Escribió el guión de un cortometraje y se encuentra elaborando otro para una película.

Los personajes de mi novela son niños que están en ese trance que une la niñez y adolescencia, me centro en esos descubrimientos que se hacen en esa etapa de la vida”. Gabriel Mamani Escritor

El israelí Ari Folman afirmó a medios internacionales que el filme recupera la historia de Ana Frank y aborda también el tema de los refugiados en el mundo. La cinta animada fue calificada de “preciosa, pero peca de idealista“, por los críticos de cine.

El año 2009, la Fundación Ana Frank le encargó al director de cine israelí Ari Folman una película que reactivara la popularidad de la joven heroína para las generaciones venideras, y que funcionara como un recordatorio de la persecución nazi, que podía tener ecos de amenaza en los refugiados.

Con ese fin, después de más de diez años, se presentó la película animada Where is Anne Frank, (¿Dónde está Ana Frank?) en Cannes, fuera de concurso. La película articula las relaciones entre las heridas del pasado y las enfermedades del presente a través del personaje de Kitty, la amiga imaginaria a la que Frank dedicó su diario, escrito en un confinamiento que tuvo final infeliz. “El resultado es puramente didáctico, su mensaje, obvio y directo, puede calar en el público infantil”, explican los críticos de cine. “Queríamos hacer durar la herencia de Ana Frank y aplicarla a lo que ocurre en el mundo de hoy, las guerras, los refugiados, los desplazados”, explicó en rueda de prensa Ari Folman luego de la proyección de la película en el festival. El filme propone resucitar la

memoria de Frank, denunciando que, por mucho que se haya utilizado su nombre (para bautizar hospitales, museos, calles), los europeos parecen haberse olvidado de que fue una figura simbólica de resistencia para niños y adolescentes de todo el mundo, relata el crítico de cine Sergio Sánchez. “La decisión de hacer de Kitty la auténtica protagonista del relato es interesante, permite acceder a la imaginación de su alter ego”, añadió. Sánchez agregó que el filme saca a flote la auténtica coraza que mantuvo a salvo a Ana, durante dos años, en el ático de la oficina de su padre, Kitty. Lo que le permite, de algún modo, una segunda vida en la actualidad, una manera de continuar sus aventuras en el exterior.

// FOTO: RRSS

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El director de cine Ari Folman presentó la cinta que recupera a la joven como un símbolo de la resistencia.

Una de las viñetas que diseñó Ari Folman para la producción de la película animada.


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Tribuna La mentira del “vacío de poder” Armando Aquino Huerta

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os golpistas que con la autoproclamación de Jeanine Añez constituyeron el gobierno de facto entre noviembre de 2019 y noviembre de 2020, pretendieron justificarse alegando una “sucesión constitucional”, pero fracasaron por la violación de los Arts. 169, 170 y 171 de la Constitución Política del Estado (CPE) y los Reglamentos de la Cámara de Senadores y de Diputados, que claramente anulan e imposibilitan el nombramiento de la autoproclamada, porque no hay Ley, Decreto Ley, Decreto Supremo, Resolución Ministerial, Ley Departamental, Ley Municipal ni versículo de la Biblia que justifique el nombramiento, elección y autoproclamación de la nombrada expresidenta. Ante tal verdad legal, esgrimieron la mentira del “vacío de poder” pretendiendo justificar lo injustificable, falacia que, en honor a la verdad, merece el análisis y conclusiones siguientes: Vacío de poder en el Derecho Político quiere decir que no hay manera, procedimiento, ni forma legal de llenar el vacío ocasionado por la renuncia de un dignatario de Estado. Situación que no se dio, pese a la sublevación de los “pititas”, la insubordinación de las FFAA de la Nación y la Policía Nacional, y las decisiones políticas adoptadas en las reuniones convocadas por la Iglesia Católica, en la Universidad Católica Boliviana entre el 10 y 12 de noviembre de 2019, que pedían y exigían renuncias con plazo perentorio del presidente constitucional, Evo Morales Ayma; vicepresidente, Álvaro García Linera; presidenta de la Cámara de Senadores, Adriana Salvatierra, y presidente de la Cámara de Diputados, Víctor Borja. Renuncias -anunciadas-

que no fueron admitidas ni negadas —rechazadas— en ninguna sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional, incumpliéndose así el Art. 161. 3. de la CPE, y los Reglamentos de dichas Cámaras, violándose a su vez los Arts. 169 y 170 de la misma CPE, que con claridad meridiana establecen la forma, el procedimiento y manera legal de proceder y realizar la sucesión presidencial. Consiguientemente, con ninguna Ley, Decreto Supremo ni versículo de la Biblia se podría justificar la mentira del “vacío de poder”, menos hablando, creyendo y repitiendo —como loros— sin respaldo de leyes; por ello, resulta absurdo tratar de justificar la elección de Jeanine Añez por el supuesto “vacío de poder”. Además, el Reglamento de Debates de la Cámara de Senadores también prevé el procedimiento, forma y manera de elegir al presidente de dicha Cámara, para que en su caso pueda ser elegido presidente el Estado Plurinacional de Bolivia por sucesión presidencial; cuyo Reglamento no fue utilizado en ninguna sesión, para admitir -aceptar- o negar -rechazar- la renuncia -anunciada- de su presidente, ni para elegir a su nuevo presidente, el mismo que también podía renunciar, al igual que el resto de los 36 senadores que componen dicha Cámara. Es decir, solo en el caso de que todos los presidentes elegidos de la Cámara de Senadores renuncien, podría hablarse de un “vacío de poder”. Pero ni aún así, porque ante tal situación, el presidente de la Cámara de Diputados podría ser elegido presidente de Bolivia por sucesión constitucional, conforme prevé el Art. 169. I. de la CPE. Ante la eventualidad referida, el procedimiento y trámite precedentemente expuesto, habría que realizar en la Cámara de Diputados, aplicando su Reglamento, y habría que esperar que sus 136 diputados elegidos —por separado— presidentes de su Cámara conforme a su Re-

glamento en sesiones respectivas, también renuncien, por uno u otro motivo. Situación que tampoco se dio, antes del 12 de noviembre de 2019, en que se autoproclamó Jeanine Añez, con el apoyo de los golpistas. Sólo en el caso de que todos los presidentes elegidos de la Cámara de Senadores renuncien y los presidentes de la Cámara de Diputados también renuncien, recién podría hablarse y argüirse un “vacío de poder”, porque no existiría o no habría el -o la- presidente de la Cámara de Senadores ni de la Cámara de Diputados para suceder constitucionalmente al presidente Constitucional de Bolivia Evo Morales Ayma. No habiéndose dado esa situación es ocioso, vano e insulso hablar de “vacío de poder” para justificar al gobierno de facto referido; y siendo esa la realidad legal, lo demás es mentira llena de hipocresía y cinismo, que no resiste el menor debate jurídico ni político. Ni qué decir si no hay sesiones convocadas, sesiones realizadas, actas elaboradas, ni resoluciones adoptadas en dichas sesiones que hayan nombrado a X senador como reemplazante de Adriana Salvatierra en la Cámara de Senadores, ni como reemplazante de Víctor Borda en la Cámara de Diputados, ni de dichos reemplazantes denunciantes. Y, así, no deja de ser una mentira maliciosamente elucubrada, el mentado “vacío de poder”, esgrimido por los golpistas para desinformar y engañar al pueblo boliviano; al respecto surgen las preguntas: ¿Por qué mienten los golpistas? ¿Para qué mienten?, ¿Qué o quién les hace mentir? Las respuestas hacen ver que hay intereses privados nacionales e internacionales contrarios al pueblo boliviano, que defienden el golpe de Estado de 2019 y al parecer propician otro golpe. Dios salve a Bolivia de los mentirosos y sus enemigos, de más muertes y masacres. (Armando Aquino Huerta es abogado penalista) .

Estados Unidos censura su propia historia Jorge Majfud

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a revisión de la historia desde una perspectiva crítica del racismo (“critical race theory”), el esclavismo en nombre de la libertad y la civilización y el imperialismo (también, en nombre de la libertad y la civilización) ha levantado polvo, gritos y lágrimas en este país. De repente, en cuestión de semanas, ha comenzado un duro debate nacional (más bien, una guerra cultural) sobre la revisión de la historia por sus pecados raciales y hasta se han aprobado leyes urgentes en estados como Florida, por las cuales queda terminantemente prohibida la revisión de la historia en los centros de enseñanza, algo muy primitivo y fascista, pero que está instalado en “la

gran democracia y líder del mundo libre”. En Florida, el gobernador pro-Trump y muy probable precandidato a la presidencia en 2024, Ron DeSantis (¿por qué los más obtusos nacionalistas son siempre descendientes de aquellos que fueron perseguidos, como irlandeses, italianos, judíos o hispanos? ¿por qué esa necesidad pornográfica de sentirse integrados y aceptados?) no sólo ha firmado leyes contradiciendo otras leyes, aprobando que los estudiantes graben a sus profesores con el propósito de detectar alguna tendencia ideológica (la tendencia de los otros, no la de ellos), sino que, además, se ha prohibido por ley la enseñanza de cualquier revisión de la historia que ponga en evidencia el racismo, la ideología y la práctica esclavista de este país. Es fascismo con esteroides, pero también con una máscara democrática, la misma máscara de siempre. La negativa de dis-

cutir algo no es otra cosa que una burda confesión. Hasta algunos generales del ejército de EEUU, como el general Mark Milley, han tomado partido por aceptar la revisión, cosa que ha puesto furiosos a los fanáticos “patriotas y nacionalistas” que lo discuten por las redes sociales, estimulados por años de frustraciones personales y por galones de cerveza. De esta forma tan elegante, patriótica, heredera de la Confederación esclavista del siglo XIX y de los más sofisticados complots del siglo XX, “La frontera salvaje. 200 años de fanatismo anglosajón en América Latina” queda de facto prohibida en las instituciones de enseñanza (directamente en aquellas de educación bilingüe y por referencia a todas las demás), aunque no se la nombre. Mejor no nombrarla. (Página 12)


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Editorial

Pieza a pieza se va demostrando que en 2019 hubo un golpe planificado

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n varias ocasiones, el expresidente Evo Morales advirtió que la derecha no duerme y que trataba de retomar el poder a la fuerza, mediante golpes o incluso con planes de asesinarlo. Fueron muchos los opositores, opinólogos e incluso periodistas opositores al gobierno que manifestaron ante los medios que se trataba de paranoias y simples intentos de desviar la atención de la población. Con los últimos hechos revelados ahora por el presidente de Argentina, Alberto Fernández, se demostró una vez más que hubo un golpe de Estado planificado en Bolivia, y lo peor es que se trata de una estrategia orquestada incluso desde el exterior, con la ayuda de otros mandatarios como Mauricio Macri (expresidente de ese país), que estaban en contra del progreso de los gobiernos de izquierda, que demostraban al mundo que es posible una perspectiva diferente para impulsar el desarrollo económico, político y social de un Estado. Incluso se habla de la gestación de un nuevo Plan Cóndor, que fue un sistema formal de coordinación represiva entre los países del cono sur, que funcionó desde mediados de la década del 70 hasta iniciados los años 80, para perseguir y eliminar a militantes políticos, sociales, sindicales y estudiantiles de nacionalidad argentina, uruguaya, chilena, paraguaya, boliviana y brasileña, pudiendo replicarse nuevamente esta iniciativa ahora. El diputado supraestatal Adolfo Mendoza explicó al respecto que existe un nuevo movimiento general de la época, en el que no está en juego un cambio de gobierno, sino un cambio circunstancial de democracia que no sólo se remite a que Estados Unidos recupere su patio trasero, generando un movimiento global más grande, un reacomodo de posición de poder que da paso al multipolarismo, donde se sitúa China, Rusia y América Latina, que debe luchar en conjunto para ser tomada en cuenta formando la Patria Grande. Esta política se puede observar luego de que se descubrió que en 2019 países como Ecuador y Argentina colaboraron con el gobierno de facto de Jeanine Añez, enviando material bélico utilizado para reprimir al pueblo boliviano que salió a las calles a defender su voto, que daba como ganador a Morales para que prosiga con una política de 14 años de gestión en la que se redistribuyeron las

riquezas, se crearon políticas sociales para beneficiar a la población más necesitada y se logró, por varios años seguidos, el crecimiento económico de Bolivia frente a los demás países de la región. No es extraño pensar que se articuló un plan desde el exterior, siendo que la propia Organización de Estados Americanos (OEA), bajo la nefasta dirección de Luis Almagro, quien claramente utilizó el organismo para tratar de desprestigiar el desarrollo en países como Venezuela y Cuba, generó un informe preliminar para incendiar el país y ser el pilar del golpe de Estado contra un gobierno elegido constitucionalmente en las urnas. Se sumaron a estos hechos otras injerencias externas como la del exmandatario de Ecuador Lenín Moreno, quien apoyó golpe de Estado contra el entonces Presidente de Bolivia y prestó armamento de guerra al régimen de facto que encabezó Añez, otorgándole a ese gobierno 5.500 granadas y 2.949 proyectiles en noviembre de 2019. Otro organismo que se sumó a este respaldo, calificando las elecciones de fraudulentas cuando no existían indicios para esta afirmación, fue la Unión Europea. "Lamento mucho lo que está pasando en la Unión Europea, y quiero decirlo de frente, cómo el embajador de la Unión Europea (en ese entonces León de la Torre Krais) participó en el golpe de Estado en 2019 junto a los jerarcas de la Iglesia Católica, ahora los van a defender pues, porque son cómplices del golpe de Estado, y su Parlamento tiene que defenderlos", denunció en su momento Evo Morales. Poco a poco se va armando este rompecabezas, involucrando a personajes, países y organismos que dieron su aval y apoyo para que en Bolivia se rompa la democracia establecida por mandato popular, y ahora buscan lavarse las manos y hacerse de la vista gorda, cuando queda mucho por investigar aún. La derecha trata de rearticularse, sin duda alguna, pero el peso de la democracia y el respaldo de la población a una gestión que ha demostrado ser capaz de llevar adelante a un Estado en plena crisis económica mundial y salubre es tan contundente como para permitir que algunos grupillos de poder quieran volver a tratar al país como el patio trasero de otro, algo que sin duda los bolivianos no lo van a permitir.

Poco a poco se va armando este rompecabezas, involucrando a personajes, países y organismos que dieron su aval y apoyo.

DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria EDITOR GENERAL Oscar Alarcón Ticona JEFE DE REDACCIÓN Clayton Benavides Arteaga

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Tribuna Cuba en el guion fabricado de las redes sociales Elizabeth Borrego Rodríguez

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aboratorios mediáticos, noticias fabricadas y publicaciones que incitan al caos desde el exterior inundan hoy el entorno sobre Cuba en redes sociales para la promoción de una ‘intervención humanitaria’ con el manual de golpes blandos. En una comparecencia especial, el presidente Miguel Díaz-Canel llamó a enfrentar las provocaciones, al tiempo que calificó la presión en esos espacios como oportunista en el contexto de crisis económica y el repunte de casos de Covid-19. En tanto, el canciller Bruno Rodríguez denunció la implicación de la guerra de información desde Estados Unidos contra el país para la promoción de una supuesta intervención humanitaria. Al respecto emplazó a Washington a desmentir los vínculos de una compañía establecida en la Florida con la campaña SOS Cuba, que promueve el llamado a una acción con el uso de fuerza extranjera. Dicha entidad, denunció el ministro, recibió hace pocos días un certificado del gobierno de la Florida para actuar con fondos estaduales. Rodríguez exigió además una explicación de la red social Twitter por la multiplicación masiva de mensajes como parte de esta cruzada, recurso que viola las políticas de la plataforma para inundar la red.

“Twitter no aplicó sus propias regulaciones aun cuando habían llamados al magnicidio y a la violencia”, añadió. Entre otros hechos fabricados, las redes sirvieron para asegurar que la Base Naval de Guantánamo, territorio usurpado a Cuba, recibió flotillas de embarcaciones de combate a la espera de una orden de intervención. Los mismos espacios divulgaron sin pudor en las últimas jornadas escenarios falsos de protestas en Cuba, desmentidos por medios locales y las propias autoridades. El portal Cubadebate desestimó el uso de imágenes que intentaban mostrar una masiva respuesta contra la Revolución cuando en realidad se trataban de instantáneas de una celebración en Buenos Aires por el reciente triunfo en la Copa América y de las protestas en Egipto años atrás. Al mismo tiempo, desde Twitter y Facebook se lanzaron llamados a un paro nacional sin respuesta en un país que inició su semana en normalidad. Anuncios falsos de salidas ilegales con lanchas procedentes de Estados Unidos para buscar a cubanos interesados en abandonar el país e invasiones que esperan en los límites de las aguas territoriales también se sumaron al guion virtual para generar caos. Sin embargo, las publicaciones esquivan el saqueo de instalaciones de comercio o los actos vandálicos contra carros patrullas de la Policía, la víspera, como resultado de la convocatoria para incitar una revuelta, denunciada por el propio mandatario Díaz-Canel. Asimismo evitan señalar al bloqueo de Estados

Unidos como principal obstáculo para el desarrollo económico en la isla y el enfrentamiento a la pandemia, o el incumplimiento de los tratados migratorios vigentes con Cuba por parte de la nación norteña, como denunció el Jefe de Estado. Frente a estos intentos, gobiernos, organizaciones sociales, políticos y activistas reconocieron el impacto del cerco estadounidense, al tiempo que rechazaron cualquier tipo de interferencia en la nación caribeña. Entre otros actores internacionales, la Cancillería de Rusia, los presidentes de Bolivia, Luis Arce, y de México, Andrés Manuel López, así como el Gobierno de Nicaragua manifestaron su apoyo a La Habana. “Consideramos inaceptable la injerencia externa en los asuntos internos de un Estado soberano y cualquier otra acción destructiva que fomente la desestabilización de la situación en la isla”, advirtió la portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de Rusia, María Zajárova. En tanto, el mandatario mexicano ofreció apoyo a La Habana y coincidió en que la mayor ayuda es levantar el bloqueo económico de Estados Unidos. “Quiero expresar mi solidaridad con el pueblo cubano, debe buscarse una salida mediante el diálogo sin el uso de la fuerza, sin la confrontación, sin la violencia y tienen que ser los cubanos los que decidan”, aseguró. Cuba es un país libre independiente y soberano, no debe haber intervencionismo ni utilizarse la situación de salud del pueblo con fines políticos, subrayó. (Prensa Latina)

El trasfondo de los mercenarios en Haití Luis Alfonso Mena S.

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a patética escena de un grupo grande de exmilitares colombianos con el rictus de la derrota en suelo haitiano evidenciado en sus rostros refleja el desplome de la escuela militar de sello neonazi en la que han sido formados (deformados) por la cartilla gringa, la misma que han aplicado sin pudor contra el pueblo a lo largo de la historia. Ese es el trasfondo de esta vergonzosa trama protagonizada por 26 “comandos” recién salidos de batallones nacionales, pensionados a temprana edad, como privilegiados del Estado, luego de aplicar en campos y ciudades las tácticas de guerra aprendidas en los cuarteles de las Fuerzas Armadas de Colombia contra campesinos, líderes populares y demás actores sociales a los que consideran sus enemigos. Desde hace años, militares y policías, retirados y/o pensionados a los 40 años de edad y hasta menos, cuando los demás connacionales solo pueden acceder a ese derecho a los 62 años, son enrolados en ejércitos mercenarios contratados para aplicar todo lo aprendido en los laboratorios de contrainsurgencia en Colombia, laboratorios pagados con los dineros de los impuestos sacados de los bolsillos de los contribuyentes.

Otros fundan “empresas de seguridad” y por eso pululan las ofertas de estos “servicios”, en un lucrativo negocio que se retroalimenta con las escuelas de formación del estamento militar y aportan progresivamente a la privatización de la vigilancia y a la creciente paramilitarización de la vida social, como ha quedado demostrado con la violencia de civiles armados protegidos por la Policía contra los participantes en el Paro Nacional. La captura de 18 colombianos y el abatimiento de otros dos, de un total de 26, luego del asesinato del presidente de Haití, Jovenel Moïse, deja en evidencia el oscuro negocio de la exportación de exmilitares —e incluso de militares activos, como se ha denunciado recientemente—, allende las fronteras de la nación. Por eso, resulta sintomática la rapidez con la que altos mandos del Ejército y de la Policía, así como el ministro de Defensa y otros funcionarios del régimen de Iván Duque, salieron a reconocer la vinculación hasta hace poco de los mercenarios en Haití a las FFAA colombianas, en un afán por desmarcarse de ellos a sabiendas de las graves repercusiones internacionales de lo ocurrido. Es más, el consejero para la Seguridad Nacional del gobierno colombiano también se apresuró a confesar que uno de los exmilitares capturados en Haití es familiar suyo… La experiencia acumulada en la guerra contrainsurgente y la asimilación de las formas de represión

más extremas enseñadas y practicadas en las escuelas y cuarteles de la Policía y de las Fuerzas Militares se ha vuelto la carta de presentación para la contratación de estos “comandos” por parte de regímenes de otros países o de conspiradores de ultraderecha, identificados con la política interna de defensa a ultranza de las peores lacras del sistema capitalista desarrollada por sucesivos gobiernos colombianos. De ese comportamiento hacen parte la larga estela de violaciones de derechos humanos ocurrida con los “falsos positivos”, estrategia de crímenes de Estado que costó la vida a 6.402 inocentes, o la política sistemática de coerción practicada contra las protestas sociales en diversas etapas de la vida nacional, como ha sucedido contra el Paro Nacional, que ha dejado más de 75 personas asesinadas por fuerzas policiales y parapoliciales. Entre los contratantes se encuentran gobiernos como los de las ultraconservadoras monarquías árabes, lo mismo que empresas particulares de Estados Unidos, para ejecutar actos subrepticios en países invadidos, como Irak. En el mundo, los mercenarios actúan al servicio del mejor postor, para participar en operaciones encubiertas que, por lo general, se enmarcan en la guerra sucia, en acciones en las que se pretende evitar la visibilización de las fuerzas oficiales regulares para evitar su desprestigio o deslegitimación. Y en ese actuar se convierten en asesinos por la paga. (Telesur)


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Orbe ORGANISMOS DE LA REGIÓN BRINDAN SU SOLIDARIDAD

Latinoamérica expresa su respaldo al pueblo de Cuba y a su Gobierno Exigen que termine el bloqueo impuesto por Estados Unidos en contra del país, además que cese su campaña de desprestigio. • Telesur

Gobiernos, movimientos sociales, políticos y organizaciones latinoamericanas expresan su respaldo al pueblo y Gobierno cubanos ante la campaña de desprestigio promovida por Estados Unidos (EEUU) luego de los hechos de violencia del domingo en varias poblaciones del país.

Durante una alocución, el presidente cubano, Miguel Díaz-Canel, rechazó el cerco mediático que se ha generado contra la gestión del Gobierno y las matrices que promueven la desunión en el país caribeño, que ha enfrentado por seis décadas las consecuencias del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto ilegalmente por EEUU. El mandatario de Venezuela, Nicolás Maduro, reiteró este lunes el respaldo incondicional de la nación sudamericana a la isla caribeña, enfatizando que la mejor ayuda para ese pueblo noble es que EEUU levante el bloqueo.

El jefe de Estado de Argentina, Alberto Fernández, también expresó su respaldo al pueblo de Cuba, asegura que “no hay nada más inhumano en pandemia que bloquear económicamente a un país”. “En las dos reuniones del G20 pedí que se terminen los bloqueos en el mundo, porque cuando a un país lo bloquean, lo que hacen es bloquear a una sociedad. Quien padece es la sociedad”, dijo Fernández. El presidente boliviano, Luis Arce, también expresó su “pleno respaldo al pueblo cubano en su lucha contra las acciones desestabilizadoras”, al tiempo que resaltó que “cuanto más el Gobierno de Cuba avanza en la salud y la ciencia, más enfrenta la desinformación y el ataque extranjero”. Añadió que “los problemas en Cuba deben ser resueltos por los cubanos, sin ninguna injerencia, mucho menos de quienes mantienen un criminal bloqueo desde hace 60 años”, en referencia a EEUU.

Los países miembros del @ALBATCP expresan su total respaldo y solidaridad al pueblo y Gobierno de Cuba frente a continuas campañas de descrédito e intentos de provocar un estallido social para justificar una intervención externa, organizados y financiados por EEUU. Sacha Llorenti Secretario Ejecutivo del ALBA-TCP

En ese punto, la Cancillería boliviana publicó: “El Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia manifiesta su solidaridad con la hermana República de Cuba, en relación a los hechos acontecidos este fin de semana en su territorio. Situación que afecta la estabilidad política y social de este país, perturbando la convivencia pacífica de ese pueblo valeroso”. Desde Argentina, la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires (UTPBA) condenó las acciones promovidas por EEUU para desestabilizar a Cuba. Además, académicos, políticos y activistas sociales colombianos manifestaron su solidaridad con el pueblo y el Gobierno de Cuba, ante las maniobras para intentar desestabilizar el país. También se manifestaron el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN); el Movimiento de Amistad y Solidaridad Mutua Venezuela-Cuba; El grupo de solidaridad, el Movimiento de Integración y Emancipación de Derechos Humanos

// FOTO: ACN

Miles de cubanos en las calles protestan frente a las medidas asumidas por Estados Unidos en contra de su país.

Pronunciamiento del ALBA-TCP en respaldo a la Isla La Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América – Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP) expresa su total respaldo y solidaridad al pueblo y al Gobierno de la República de Cuba “frente a las continuas campañas de descrédito contra el Gobierno cubano y los intentos de provocar un estallido social para justificar una intervención externa, organizados y financiados por el gobierno de los Estados Unidos de América, que en la actual pandemia de COVID-19 ha recrudecido la política criminal e inhumana de bloqueo económico, comercial y financiero”. “Denunciamos, en los términos más enérgicos, los actos violentos promovidos y ejecutados por elementos delincuenciales, incluidos ataques al pueblo y las fuerzas del orden público”, indica el pronunciamiento. El ALBA-TCP reiteró su “reconocimiento por la contribución de la República de Cuba a la respuesta a la pandemia y saludó la cooperación médica internacional que Cuba ofrece en decenas de países y que ha beneficiado a millones de personas”.

del Sur; la Asociación Civil Víctimas del Caracazo y del Terrorismo de Estado Cuarto República; la Coordinadora Guatemalteca de Solidaridad con Cuba; la Red de Intelectuales y Artistas en Defensa de la Humanidad; el Movimiento Nacional Amistad y Solidaridad Mutua Venezuela-Cuba y el Partido de los Trabajadores de Brasil, entre otras organizaciones regionales.

RESPALDO PLENO DE LOS PAÍSES MIEMBROS DE LA ONU La resolución ‘Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos contra Cuba’ recibió el apoyo de casi todos los miembros de la ONU. La resolución fue aprobada con 184 votos a favor y sólo dos en contra (Estados Unidos e Israel).


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Orbe El Gobierno de Venezuela denunció que la mayoría de las armas incautadas en Caracas durante un operativo de seguridad contra el grupo criminal del ‘Koki’ entraron al país provenientes de EEUU y Colombia.

La titular de la cartera de Relaciones Interiores, Carmen Meléndez, recalcó ayer que los efectivos de seguridad venezolanos lograron incautar “un verdadero arsenal de guerra” en la Cota 905, una zona popular ubicada en el oeste de Caracas. Para la ministra, el objetivo era “generar violencia y desencadenar una guerra civil”. “Gran parte del armamento incautado en Caracas proviene de EEUU y Colombia. Claramente, un grupo de paramilitares estaba armando, financiando y preparando a las bandas delincuenciales para

LAS DECOMISARON A BANDAS CRIMINALES EN CARACAS

Venezuela denuncia que las armas incautadas vienen de EEUU y Colombia La Ministra de Interior asegura que un grupo de paramilitares colombianos estaban “armando, financiando y preparando una guerra civil”. acciones terroristas contra la población civil”, aseveró Meléndez, quien recalcó que las labores de seguridad en esas zonas se mantendrán mientras sean necesarias. “No descansaremos hasta encontrar a todos los terroristas que atemorizaban a nuestro pueblo”, señaló la ministra Meléndez sobre el operativo que se desarrolla en cinco parroquias de la capital venezolana, conocidas como El Valle, El Cementerio, El Paraíso, La Vega y Santa Rosalía. La vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, anunció el

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar al señor Salim Nabil Ale Nemer, con el AUTO INICIAL DE PROCESO ---- A, 31 de julio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 026/2019 “NO PRESENTACION OPORTUNA DE SU DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUES DEL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.--AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019.----VISTOS:----La Hoja de Ruta Nº 11807.19 del Jefe de Gabinete del Sr. Ministro de Relaciones Exteriores; El Informe GM-DGAA-URH-ln-16/2019 de 27 de febrero de 2019 del Responsable de Seguimiento de la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Administrativos; El Auto de Admisión de 25 de julio de 2019 dictada por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.----CONSIDERANDO:----Que, de la revisión de antecedentes cursantes en el EXP. Nº STJPA 026/2019, “INCUMPLIMIENTO EN EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SU DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DESPUÉS DEL EJERCICIO DEL CARGO” involucrado: Salim Nabil Ale Nemer, ex Oficial Administrativo 2 de la Unidad de Coordinación para la Diplomacia de los Pueblos Indígenas. Se desprende los siguientes elementos:----Que, mediante Hoja de Ruta Nº 11807.19 el Jefe de Gabinete del Sr. Ministerio de Relaciones Exteriores remitió a la Junta de Procesos Administrativos, el Informe GM-DGAAURH-ln-16/2019 de 27 de febrero de 2019 correspondiente al (Cuarto Trimestre 2018) y Seguimiento de Informe (Tercer Trimestre 2018) sobre “CUMPLIMIENTO O INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN OPORTUNA DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS DE LAS SERVIDORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES”.----Que, el mencionado Informe GM-DGAA-URH-ln-16/2019, comprende dentro de sus conclusiones, que el ex servidor público Salim Nabil Ale Nemer habría incumplido con la presentación oportuna de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas bajo el siguiente detalle:----Salim Nabil Ale Nemer, ex Oficial Administrativo 2 de la Unidad de Coordinación para la Diplomacia de los Pueblos Indígenas. En fecha 24 de agosto de 2018 mediante MEMORANDUM GM-DGAA-URH-MeMo-347/2018, se comunico al ex servidor público el cese de sus funciones al 24 de agosto de 2018, siendo esta su ultimo día laboral, recordándole la obligación de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio del Cargo” en un plazo no mayor a 30 días computables a partir del día siguiente de su desvinculación. Sin embargo, el señor Salim Nabil Ale Nemer, presentó su Declaración Jurada de Bienes y Rentas emitida y rubricada por la Contraloría General del Estado el 24 de septiembre de 2018, es decir, fuera de plazo, incumpliendo con esta obligación conforme la norma establece para el efecto.----Habiendo adjuntado al presente informe la siguiente documentación:----Copia del Certificado de Declaración Jurada de Bienes y Rentas Después del Ejercicio del Cargo” correspondiente al señor Salim Nabil Ale Nemer, recepcionada por la Contraloría General del Estado en fecha 24 de septiembre de 2018.----Copia del MEMORANDUM GM-DGAA-URH-Me- Mo-347/2018 de 24 de agosto de 2018, mediante la cual se comunicó al señor Salim Nabil Ale Nemer el cese de sus funciones al 24 de agosto de 2018, recordándole a su vez, la obligación de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio del Cargo” en un plazo no mayor a 30 días computables a partir del día siguiente de su desvinculación.----CONSIDERANDO:----Que, el Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, establece que son obligaciones de los servidores públicos:----3. Prestar declaración jurada de bienes y rentas antes, durante y después del ejercicio del cargo (…)” (las negrillas no corresponden al texto original).----Que, el Artículo 53 de la Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público en relación a la obligación de todo servidor público de presentar su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, antes, durante y a la conclusión de su relación laboral señala:----”Todos los servidores públicos, cualesquiera sea su condición, jerarquía, calidad o categoría están obligados a prestar declaraciones expresa sobre los bienes y rentas que tuvieren al momento de iniciar su relación laboral con la administración. Durante la vigencia de la relación laboral del servidor con la administración y aún al final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de bienes y rentas de éstos, podrán ser, en cual-

fin de semana la captura de tres paramilitares colombianos vinculados al grupo criminal del ‘Koki’ y aseguró que sus acciones guardan vinculación con el “extremismo de la derecha”, en alusión a la facción opositora vinculada con el exdiputado Juan Guaidó y el prófugo de la justicia venezolana, Leopoldo López. Rodríguez también hizo referencia al gobierno de Iván Duque en Colombia, tras asegurar que el operativo y las detenciones en Caracas han generado “angustia en la Casa de Nariño”.

quier momento, objeto de verificación. Al efecto, los servidores públicos, prestarán declaraciones periódicas conforme a reglamentación expresa.”----Que, el numeral 11 del Artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013 del Servicio de Relaciones Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia señala que las y los servidores públicos del Servicio de Relaciones Exteriores de nuestro Estado tiene como deber:----“Presentar a la instancia competente, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes de tomar posesión del cargo, por actualización y a la conclusión de su relación laboral.”.----Que, el parágrafo II y III del Artículo 4, del Decreto Supremo Nº 1233 del 16 de mayo de 2012 menciona que:----“II. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad deberán presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, dentro el plazo de treinta (30) días calendario a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública.----III. Las servidoras y servidores públicos que concluyan su relación laboral con la entidad pública y que dentro de los siguientes treinta (30) días calendario ingresen a otra entidad pública o reingresen a la misma entidad, presentarán una sola Declaración Jurada de Bienes y Rentas hasta el primer día hábil de ejercicio del nuevo cargo, debiendo el declarante hacer constar en el formulario que la declaración corresponde tanto por asumir el ejercicio del nuevo cargo como por la conclusión del anterior cargo.”.---Que, el Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1 aprobado por la Contraloría General del Estado a través de la Resolución GE/072/2012 de 28 de junio de 2012, en su Artículo 4 inciso a) señala:----“a) Declaración Jurada de Bienes y Rentas: Es la obligación de toda servidora y servidor público de prestar declaración sobre los bienes, deudas y rentas que tiene antes, durante y después del ejercicio del cargo”.----Que, el Artículo 15 del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, refiere lo siguiente: “I. La Declaración Jurada de Bienes y Rentas debe ser presentada antes, durante y después del ejercicio del cargo, por lo que su incumplimiento tiene en cuenta lo siguiente:----a) Conforme al Artículo 149 del Código Penal modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, toda servidora o servidor público que conforme a la Ley estuviere obligado a declarar sus bienes y rentas a tiempo de tomar posesión o a tiempo de dejar su cargo y no lo hiciere, será pasible de responsabilidad penal, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso respectivo conforme dicha norma.----b) Toda servidora o servidor público que contravenga lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 1233 relativo al cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas durante el ejercicio de su cargo, será pasible de responsabilidad administrativa, cuya sanción se encontrará sujeta al proceso sumario respectivo conforme Ley Nº 1178 de Control y Administración Gubernamentales.----II. Toda servidora o servidor público que incumpla lo establecido en el presente reglamento será sujeto de Responsabilidad por la Función Pública”.----Que, el Artículo 16 del citado Reglamento señala que:----“Los informes de cumplimiento emitidos por el Responsable de seguimiento de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas que tengan indicios de responsabilidad por la función pública, serán trasladados a conocimiento de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad a efectos del inicio de las acciones legales que correspondan”.----Que, el Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013, norma que tiene por objeto regular las relaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, con todas las servidoras y servidores públicos que prestan servicios en el servicio central y en el servicio exterior, señalando sus derechos, deberes, prohibiciones, incompatibilidades, régimen disciplinario y en general, todas las situaciones que emerjan de la vinculación de trabajo con la entidad, respecto a la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de las y los servidores públicos dependientes de este Ministerio señala:----Artículo 9 inciso p): “Independientemente de su jerarquía, presentar oportunamente a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, la Declaración Jurada de Bienes y Rentas de la Contraloría General del Estado, antes o en el día de tomar posesión del cargo, por actualización durante el mes de su nacimiento o cuando fuera requerido y, a la conclusión de su relación laboral.”.----Así, el incumplimiento a dichas normativas se constituyen en una casual para el inicio de un proceso administrativo conforme el artículo 42 inciso t) del referido Reglamento.----CONSIDERANDO:---Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su Artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados

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• Caracas / RT

de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al Artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al Artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.---POR TANTO:----La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.DETERMINA:----PRIMERO.- Iniciar proceso administrativo interno en contra del señor Salim Nabil Ale Nemer, ex Oficial Administrativo 2 de la Unidad de Coordinación para la Diplomacia de los Pueblos Indígenas, al no haber presumiblemente presentado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Después del Ejercicio del Cargo” en el plazo de treinta (30) días compútales a partir del primer día de su desvinculación de la entidad pública, en posible contravención a los Artículos 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, 44 numeral 11 de la Ley Nº 465, 4 parágrafo II del Decreto Supremo Nº 1233, 15 parágrafo II del Reglamento de Control de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas en las Entidades Públicas RE/CI - 010, Versión 1, 9 inciso p) y 42 inciso t) del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 400-2013, de 30 de septiembre de 2013.----SEGUNDO.- Notifíquese al procesado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.--------------------------------------------------------------------------------------Notifíquese, regístrese y archívese.-------------------------------------------------Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;----Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;---Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores----ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.-----AUTO.---A, 08 de julio de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 07 de julio 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Salim Nabil Ale Nemer, con el Auto Inicial de Proceso de 31 de julio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.--------------------Firma y Sello de Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores; -----ANTE MÍ: Abog. Franz Teddy Mamani Gomez–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores-------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 06 de julio de 2021----Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores---------------------------------------------------------------------


MARTES / 13 / 07 / 2021

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Orbe SE TRATA DE DUVÁN FELIPE BARROS Y ALQUIMEDEZ SANTANA

Hallan sin vida a desaparecidos durante protestas en Colombia Exigen explicación sobre la causa de las muertes. • Telesur

Los cuerpos sin vida de dos jóvenes que participaron en las movilizaciones en el marco del Paro Nacional en Colombia fueron hallados e identificados luego de transcurrir más de un mes desde que fueran reportados como desaparecidos.

La Fundación Nydia Erika Bautista para los Derechos Humanos dio a conocer este domingo que fueron encontrados en el sur de Bogotá los restos de Duván Felipe Barros Gómez, de 17 años, quien fue visto por última vez el 5 de junio. De acuerdo con el testimonio de su madre, Dolores Cecília

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Rela-

Barros, en esa fecha salió para participar en la protestas en Portal Resistencia, punto ubicado en la localidad de Kennedy (suroccidente de Bogotá), donde se reiteraron las denuncias de violencia y abuso policial contra manifestantes. Además de referir que su hijo no formaba parte de la primera lí-

nea y no había cometido actos de vandalismo, la madre denunció que las autoridades tardaron en iniciar la investigación sobre la suerte que corrió el joven. Precisó que ella denunció el hecho el 7 de junio y la pesquisa no comenzó hasta el 14 de junio. El comandante de la Policía de Bogotá, brigadier general Jorge Eliécer Camacho, informó a los medios que su fallecimiento no tendría nada que ver con las protestas y que Duván Felipe habría perdido la vida en un accidente. Mientras tanto, familiares e integrantes de la comunidad exigen a Medicina Legal, la Fiscalía General y la Alcaldía de Bogotá una respuesta sobre las causas de la muerte del joven.

el Servicio Exterior, éstos deberán cumplir con esta obligación, ante la Máxima Autoridad

27 DE MAYO fue reportado como desaparecido Alquimedez Santana, manifestante activo del punto conocido como Puente de Mil Luchas.

de dejar su cargo y no lo hiciere, será pasible de responsabilidad penal,

La Comisión de Proceso de la de17Procesos Administrativos MinisterioAdmide Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo general. Cumplir”.----CONSIDERANDO:----Que, ciones Exteriores de acuerdo al Junta artículo del Reglamento de la Juntadel de Procesos de la Misión Diplomática u Oficina Consular, o ante la servidora o servidor público inmediac u y a s aeln cArtículo i ó n s e 28 e n cincisos o n t r a r áa) syu jb) e t adea llap Ley r o c eNº s o 1178 r e s p ede c t i 20 v o de c o njulio f o r mde e d1990 icha 17 del Reglamento la JuntaResolución de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de debiendo establece que un la Acta responsabilidad nistrativos, aprobadodemediante Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de to inferior en jerarquía, según corresponda, elaborar de Recepciónde quelos servidores n o r m a . - - -públicos - b ) To d a podrá s e r v i d ser o r a administrativa, o s e r v i d o r p ú bejecutiva, l i c o q u e ccivil o n t rya vpenal, e n g a la l o cual d i s p userá esoctubre de 2016 yalconforme VI33 delde artículo 33 2341 de la de Ley23 Nºde 2341 de abrilconsignara de 2002 delaProcedimiento Administradeterminada de acuerdo a lostoda resultados de su 2016 y conforme parágrafoal VIparágrafo del artículo la Ley Nº abrilde de23 2002 fecha y lugar en la cual se presento este documento, remitiendo esta to e n acción e l D e c rue tomisión.----Que, o S u p r e m o N º de 1 2 acuerdo 3 3 r e l a t i al v o Artículo a l c u m p29 l i mde i e nlat oLey d e Nº l a p1178, r e s e nlativo, a través del presente EDICTO se tiene bien notificar al señor Elizabeth CarlaalLedezma Garcia, con el AUTO INICIAL DE naturaleza deDJBR la responsabilidad administrativa de Procedimiento Administrativo, a través del a presente EDICTO se tiene a bien notificar documentación original al Responsable de Seguimiento a la para su presentación t a c i ó responde n d e l a D eacuna l a r a acción c i ó n J uur aomisión d a d e Bde i e nun e sservidor y R e n t apúblico s d u r a nque t e econtraviene l e j e r c i c i o del e señor FABIANA con el AUTO INICIAL DE PROCESO/---ante la Contraloría General del CONTRAEstado…. Hastaordenamiento el último día hábil del mes en el cual debe s u c asu r g oconducta , s e r á p afuncionaria, s i b l e d e r e aspecto s p o n s a bconcordante i l i d a d a d m i ncon i s t r aelt iArtículo v a , c u y a13s adel n c iAnexo ón se PROCESO A, 31BENITA de julioZAMORA de 2019, ROSSO, dictado dentro del proceso administrativo EXP A, N° STJPA 091/2018 “PRESUNTA jurídico administrativo que regula 27 de junio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 122/2018 presentar la actualización de su DJBR.----En caso de presentar alguna observación, de e n c o n t r a r á s u j e t a a l p r o c e s o s u m a r i o r e s p e c t i v o c o n f o r m e L e y N º 11 7 8 d e VENCIÓN ADMINISTRATIVA DE ACOSO LABORAL Y FALTA DE RESPETO A COMPAÑERA DE TRABAJO” EI cual se transdel Decreto Supremo Nº 23318-A, de 3 de noviembre de 1992.----Que conforme los antecedentes expuestos, se tiene la Nota “NO PRESENTACION DE SU DECLARACION JURADA DE BIENES Y parte de la Contraloría General del Estado al momento de junio su presentación, la misma debeo n t r o l yClara A d mVictoria i n i s t r a c Ramos i ó n G u bAillon, e r n a mpone e n t a len e s .conocimiento - - - - I I . To d a s ealr vseñor i d o r a Ministro o s e r v i dde or cribe en su integridad aOPORTUNA continuación.----------------------------------------------------------------------------------------------------de 29 de de 2018, mediante la cual laCseñora RENTAS DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO” EI cual se transcribe en su integridad rá ser comunicada inmediatamente a la servidora o servidor público por el Responsable de p ú b l i c o q u e i n c u m p l a l o e s t a b l e c i d o e n e l p r e s e n t e r e g l a m e n t o s e r á s u j e t o AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019.----VISTOS:----CONSIDERANDO:----Que, por Nota de 29 de junio Relaciones Exteriores que sufre “-…DISCRIMINACIÓN, ACOSO LABORAL Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA de parte del a continuación.--------------------------------------------------------------------------------------Seguimiento a la DJBR con el fin de que corrija el mismo, otorgando para el efecto el plazo de Responsabilidad por la Función Pública”.----Que, el Artículo 21 del Rede 2018 de la DE servidora pública 27 Clara Victoria Ramos Aillon comunica al señor Ministro dehábiles, Relaciones lo deViceministro deperiodo Gestión Institucional y Consular AUTO INICIAL PROCESO----A, de junio de 2019.----VISTOS:----La Nota Interna de 15 días a partirExteriores, de la recepción la notificación, tras el cual de no g l a m eSr. n t oRaúl d e lCastro a J u n tCuellar a d e P ryo la c eCoordinadora s o s A d m i n i s t rGeneral a t i v o s dde e l este M i n iViceministerio s t e r i o d e R e l alasiguiente:----“Amparado en lade Constitución la Leyde045 “Contra el Racismo y toda de Discriminación Sra. Carla Ledezma García”, al respecto GM-DGAA-URH-Ni-403/2018 31 de agostoPolítica de 2018del delEstado, Responsable Seguimiento subsanarse la Forma observación se dará por no presentada.”.----Que, el parágrafo I del Artículo dec iforma o n e s genérica E x t e r i o r eseñala s a p r oalgunos b a d o m ehechos d i a n t e verbales R e s o l u cque i ó n estuvieron M i n i s t e r i a lmenoscabando Nº 260 de 03 y,delalaLey 348 vía queDirección Garantiza a la mujer una vida Libre de violencia y elInterna Reglamento Personal del Ministerio de “mujer comoadministrativo “toda forma por de DJBR, General de Asuntos Administrativos a.i.; Nota VGIC- Interno 5 del de Decreto Supremo Nº 1233, dede 16Rede mayosu dedignidad 2012, modificado porindígena el Decretooriginaria Supre- campesina d e o c t u b rye profesional”.----Que d e 2 0 1 6 s e ñ a l a q u ela: -discriminación - - - “ S o n s u j e t oentendida s d e sumario laciones Exteriores. Pongo adesu y declaro sufrodeDISCRIMINACIÓN, LABORAL Y VIOLENCIA distinción, restriccióny servio preferencia ende razón de sexo, color, edad, orientación de DGEGP-USTJPA-Ni-148/2018 07conocimiento de septiembre de 2018 de que la Unidad la Secretaria mo ACOSO Nº 2528, de 23 de septiembre de 2015 señala que:----“I. exclusión, Todas las servidoras partefundada de la Junta Procesos Administrativos del Ministerio de sexual Relace i o identidad n e s ExterioTécnica de la Junta de Procesos Administrativos, vía Dirección Generaly de Escalafón actualizarGela información su Declaración Jurada de ciudadanía, res las y los s e r vcredo i d o r e sreligioso, públicosideología, y l a s y l ofiliación s ex s e política r v i d o r eos filosófica, públicos del MiPSICOLÓGICA de parte del Viceministro de Gestión Institucional Consular Sr. yRaúl dores Castropúblicos, Cuellar ydeberán la Coordinadora géneros, de origen, cultura, nacionalidad, idioma, estado Gestión Personal; Nota Interna GM-Ni-84/2018 de García.----En 21 de septiembre de 2018 del Sr.diarioBienes Rentas durante el ejercicio del cargo funciones,económica, presentando la misma n i sprofesión, t e r i o d e ocupación Relaciones Exteriores Directores G e n e rdiferentes a l e s , Aboneral de de este Viceministerio la Sra. Carla Ledezma el cumplimiento de misy funciones sufro los siguientes civil,ocondición social o de salud, u oficio, gradoincluidos de instrucción, capacidades y/o Ministroverbales de Relaciones Exteriores; Nota Interna de GM-DGAA-URH-In-425/2018 de 18 de y durante el mes de su nacimiento si reside discapacidad en las capitales de departamento, y si gados Auditores c o procedencia, n e x c e p c i ó napariencia d e l a s o física, l o s Mvestimenta, i n i s t r o s , ex M i n i su totras ros, hechos que mellan mi dignidad como mujer indígena originaria campesina profesional:----Que hablo chacharas, física, intelectual o sensorial, estadoyde embarazo, apellido septiembre de 2018 de la Dirección General de Asuntos Administrativos; El Informe GMreside fuera de las capitales de departamento, contarán adicionalmente con el mes V i c e m i n i s t r o s y e x Vi c e m i n i s t r o s del M i n i s t e r i o de R e l a c i o n e s Exteriores, (abundancia de palabras inútiles como los que me han puesto a ese cargo.......----Que no tengo años de experiencia y que que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, los de DGAA-URH-In-105/2018 de 18 de septiembre de 2018 de la Jefatura de la Unidad de siguiente de su nacimiento”.----Que, el parágrafo II, inicios a) y b) del citado Artícucuales deberán ser procesados, si c o r r e s p o n d e , p o r la A u t o r i d a d Legal necesitan un funcionario con muchos años de experiencia en ese cargo y que sea el título que tengo y libertades fundamentales reconocidos y NelSderecho Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos; El máquina.----Sobre lo señala que la presentación se las de DJBR derechos deberá serhumanos efectuada:----“a) Cada diez Competente d e l por M i nlai sConstitución t e r i o de l a Política P r e s i d edel n c iEstado a…”.CO I D E R A Ninternacional. DO:----Que, Licenciatura y Maestría, semarzo expresan indicando no sabede cómo lo obtuve esos títulos nolas sirven, si no los años Nopúblicos se considerará discriminación a las medidas 5l de Auto de Admisión de 25 de de 2019 dictada¡que por uno la Comisión Admisión de lay que (10) años para servidoras o servidores que cumplan “Funciones l a L e ydeNacción º 1 1 7 8afirmativa”, , d e 2 0 d e según j u l i o dele inciso 1 9 9 0 a edel n sArtículo u Artícu o 2la 8 Ley i n c i sN° o s045 a ) de y b8) de experiencia!----La coordinacióny ydemás comunicación conque el Viceministro es imposible;e ddebido Junta de Procesos Administrativos; antecedentes cursan en obrados.---u c a t i va a sque y dme e d señalo o c e n c i ay” ,que “ F usi n ces i o n e s de d eoctubre s a l u d ” de y “2010 F u n c–i oLey n e sContra d e a pel o yRacismo o y ey s ttoda a b l e forma c e q ude e ldiscriminación. a r e s p o n s a b i l Al i d arespecto d d e l ode s slae relación r v i d o r e sdep los ú b l ihechos c o s p overbales drá ser urgente me atiende, sino no, tengo que pedir, insistir, suplicar y mandarle que lal tseñora CONSIDERANDO:----Que, de que la revisión de llamarle, antecedentes cursantes en el EXP. Nº s emensaje r v i c i o e nwhasap, l a a d m ipara nistra c i ó él n ppueda ú b l i c a ” , aseñalados p a r t i r d e por su ú i m a D eClara c l a r a cVictoria i ó n J u - Ramos a d mno i n ise s t radvierte a t i v a , e j alguna e c u t i v aforma , c i v i l de y pdistinción, e n a l , l a c uexclusión, a l s e r á d erestricción t e r m i n a d ao dpreferencia e acuerdo STJPA 122/2018, “NO PRESENTACIÓN OPORTUNA DE SU DECLARACIÓN r a d a d e B idemore e n e s y para R e n tel a svisto ( n obueno v o l u n t a r ide a ) parte t o m a nde d olaeseñora n c u e nElizabeth ta la fech a d eLedezma l a l o sen r e contra s u l t a d ode s d s u a c cClara i ó n u Victoria o m i s i ó nRamos . - - - - Q uque e , dtengan e a c u e rpor d o objeto a l A r t íanular c u l o 2o 9 considerar la documentación concerniente al Viceministerio, originando asíJURADA que la documentación Carla laeseñora BIENES Y RENTAS DURANTE EL EJERCICIO DEL CARGO”. Involucrada: Fabiana fme o r mseñala u l a r i o que y nestá o l a muy d e pocupado, r e s e n t a cque ión.----b ) A n u a l m e n el t e reconocimiento, p a r a e l r e s t o d egoce l a s o ejercicio, d e l a L een y N º 1 1 7 8 , l a de n aigualdad, t u r a l e z a de d e sus l a rderechos e s p o n s a b humanos ilidad adm nistrativa yDE consideración del Viceministro.----Cuando me presento a su oficina inmediatamente menoscabar condiciones y i libertades Benita Zamora Rosso. Se desprende los otros siguientes elementos:----Que, a travésinmediatamente de la servido a s mucha y s e r v i insistencia.----Las d o r e s p ú b l i c o s n o c ofundamentales.----Que m p r e n d i d o s e n e l i n cmediante i s o a ) , i nNota c l u i - de Interna r e s p o nVGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-147/2019 d e a u n a a c c i ó n u o m i s i ó n d e u n sde e r v10 i d ode r pmayo ú b l i c odeq 2019, ue con a v i e n e de el está con llamada telefónica,.. Pero los funcionarios si son atendidos y rsin lat rUnidad Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-403/2018 de agostocon de 2018, Responsable de d o sFuncionarios los miembro s d e l a s F u eetc. r z aes s A r m la a d Secretaria a s y d e l aTécnica P o l i c í a de B ola l i vJunta i a n a ” .de - - - -Procesos o r d e nAdministrativos, amiento jurídico m i n i s t r a t i v o de q u ela r Comisión e g u l a s u de c o nAdmisión d u c t a f u nsolicita c i o n a r ise a, consultas y coordinación que realizo por de vía31telefónico otras elUnidades, Direcciones, Diplomáticos, pora dinstrucciones Seguimiento de la DJBR, vía Dirección General de Asuntos Administrativos a.i. solicito a Que, el parágrafo III del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 1233 señala aspecto concordante con el Artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº observada, y reprochada.----En la revisión y consideración de la la nSra. eleMinisterio la Unidad decriticada la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos el documentación Inicio de q u econjuntamente : - - - - “ I I I . L a s D con e c l ael r aViceministro c i o n e s J u r a d a sinforme d e B i e nloe ssiguiente:-----Cuando y R e n t a s d e l a s s e rav idesempeñar do2 3 3 1funciones 8, de 3 de o v i eClara m b r e Victoria d e 1 9 9 2Ramos . - - - - Q uAillon e , d e en acu r d o a l A r t íde c u Relaciones lo 35 de la siempre a mí despectivamente, con reproche, amedrentamiento, etc.----Esta accionesse pordirige el incumplimiento de la presentación oportuna de la Declaración Jurada de r a srelación y s e r v laboral i d o r e s llego p ú b l i calo sextremo , s e r á n de p r e s eExteriores; n t a d a s p e rqué s o n acargo l m e n tocupo e e n l ya seno fque i c i - Unidades L e y N º Organizacionales.-----Cuando 4 6 5 , d e l S e r v i c i o d e R e l a c i oa n edesempeñar s E x t e r i o r e sfunciones d e l E s t a dlao Sra. P l u r iElizabeth nacional que por ylaRentas prepotencia, la exigencia del Viceministro la observación de la Sra. Carla nLedezma Carla en Bienes en contra de los señores: Mérida, Díaz,y Rodríguez y Zamora.----Que, a s d e l a García C o n t raaun l o r documento í a G e n e r a l que del Esta d o a Ledezma n i v e l n a cGarcía i o n a l , oene el n lMinisterio a s r e p r e - de Relaciones d e B o l i v i aExteriores; , l a J u n t aqué d ecargo P r o cocupo e s o s yA d m que i n i s tUnidades r a t i v o s sOrganizacionales.---e constituye en el ya estaba Nota firmada por el Viceministro y, en proceso en la Dirección de de la Autoridad de lad m Unidad mediante Interna VGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-148/2018, de 07 de General septiembre s e n t a cAdministrativa, i o n e s d i p l o m áme t i c aseñalan s d e Bque o l i v i a eQue n e l mediante e x t e r i o r Nota d e l pInterna a í s c u aGM-DGAA-URH-Ni-223/2019 ndo las T r i b u n a l c o m p e t ede n t e20p ade r a mayo s u s t ade n c i a2019, r l o s las uJefe mario s a i n i s t r ade t i v oRecursos s contra tengo recoger ese documento si o siTécnica de cualquier forma, ese documento nos edebe de 2018, que el Jefe de la Unidad de la Secretaria de la Junta de porque Procesos Administratir v i d oser r a sprocesada o s e r v i dpor o r eels momento. p ú b l i c o s c uHumanos, m p l a n f u informa n c i o n e s a olaf i cUnidad iales e n lae lSecretaria l a s s e rTécnica v i d o r a s de y l la o s Junta s e r v i dde o r eProcesos s d e p e n dAdministrativos, i e n t e s d e l M i n i sen t e rla i o parte d e R pertinente elaciones vos, el solicitó Dirección General de Asuntos Administrativos el presente Informe correspondiente e x t e r i o r. ”a. -horas - - - Q u e9:00 , e l a.m. A r t í ccaí u l opor 9 dlas e l a r eseñala:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ferida normativa, precisa:----“I. La Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores Con fin dea la recoger dicho documento el 12 de junio de la gestión aproximadamente en relación a lo solicitado mediante Nota una Interna GM-DGAA-URH-Ni-403/2018, de 31 de amerito s e r vuna i d o rsutura a o s ede r v i d5opuntos r p ú b l iyc ouna q u baja e c u m p l a f u n c i o n e s o f i c i a l e s e n e l e x t e r i o r, públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus gradas del Ministerio ocasionándome herida profunda en mi pie derecho que agosto de en respuestahasta a la laNota Interna presentará su D e cesta l a r a lesión c i ó n J tanto u r a d aeld e B iN° e n e s y R e NOMBRE n t a s a n t e l a m á x i m a a u -FECHA r e g l a m e n t o s y o t r aPUESTO s d i s p o s i c i o n e s q u e CARGO r e g u l a n l a c o n d u cUNIDAD t a f u n c iORG. onaria de médica de 22018.----Que, días, con consecuencias fecha porqueVGIC-DGEGP-USTJPAno puedo caminar bien.----Conocedores de Ni-148/2018, el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores a través de la Nota Interna GMt o r i d a d d e l a r e p r e s e n t a c i ó n d i p l o m á t i c a e n e l l u g a r d e s u r e s i d e n c i a ; y l a laalas efecha r v i d o r aCoordinadora y s e r v i d o r p del ú b l iVGIC c o . - - - - PMinistro O R T A Consejero N T O : - - - - L a C o m i s i óVGIC n de Proceso 1 Elizabeth Carla Ledezma 01/02/2018 Sr. Viceministro y la Sra. Carla Ledezma, me observan y me critican señalando que estoy sentada en mí escritorio sin ayudar Ni-84/2018, de 21 de septiembre de 2018, remitió a la Dirección General de Escalafón y m á x i m a a u t o r i d a d d e b e r á p r e s e n t a r s u D e c l a r a c i ó n J u r a d a d e B i e n e s(20/05/2019) y de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones yGestión que necesitan personas que trabajen y que no estén sentadas y lentas.----A partir del día 27 de junio de la presente gestión de Personal para su remisión a la Junta de Procesos Administrativos, el Informe Rentas ante la servidora o servidor público inmediato inferior en jerarquía Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del Artículo 42, 45 y elGM-DGAA-URH-ln-105/2018 Viceministro instruyo a lade Sra. Carla Ledezma, que la coordinación alesSegundo con ella directamente, 18 de septiembre de 2018 correspondiente d e n t r o d e l ocortándome s p l a z o s e sasí t a bcualquier l e c i d o s p a r a e2l s e rClara v i d o r Victoria o s e r v iRamos d o r a p ú b 03/05/2018-09/10/2018 lica.---s i g u i e n t e s dProfesional e l R e g l a m III e nen t o GIC d e l a JPrimer u n t a Secretario d e P r o c e s o s A d m i nVGIC istrativos del comunicación y coordinación con el Viceministro.----;y por temor a que preparen Ialguna Trimestre 2017, sobre “COMPLEMENTACIÓN DE INFORME GM-DGAA-URHI . L a s dsituación e c l a r a c i oque n e s me p r e perjudique s e n t a d a s e n eQue, l e x tla e rOrganización i o r d e b e r á n del c o nTrabajo t a r c o n(OIT) a c t adefine M i el n i sAcoso t e r i o Laboral d e R ecomo l a c i o n“Cualquier e s E x t e rincidente i o r e s , aen p r oelb a d o una m epersona d i a n t e es R eabusada, solución cual profesionalmente.----Por todos estos que vengo soportando diariamente le pedí In-062/2017 DE CUMPLIMIENTO O hechos INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTACIÓN d e alr eSr. c e Viceministro p c i ó n , p o r pRaúl a r t e Castro, d e l a s con ervidora o s e r v i d o r q u e r e c i b a l a D e c l a r a M i n i s t e r i a l N º 2 6 0 , d e 0 3 d e o c t u b r e d e 2 0 1 6 . D E T RMINA:---maltratada en circunstancias relacionadas Pcon su trabajo. Estas situaciones pueden ser originadas por jefes,Ecompañeros OPORTUNA DECLARACIÓN JURADA Y RENTAS LAS SERVI- al Viceministerio.”----Que, c i ó n J u r a d a d e B i e n e sconforme y R e n t a slose n e l e x t e r i o r. - - - - I I I . L a s D e c l a r a c i o n e s RIMERO.- Iniciar proceso administrativo interno en contra de la Sra. lágrimas en DE los LA ojos que por favor soliciteDE miBIENES cambio, si vengoDE perjudicando de trabajo y en cualquier nivel de organización.”. Al respecto conforme la información remitida por la Jefe de la Unidad DORAS Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL MINISTERIOpúblicos DE RELACIONES J u r aCuellar d a s d e Viceministerio B i e n e s y R e n tde a s Gestión presentadas en el exterior serán entregadas a Fabiana B e n i t a Z a m o r a R o s s o , p o r l a p o s i b l e c o n t r a v e n c i ó n a l de os antecedentes se tiene como involucrados a los servidores Raúl Alberto Castro Recursos se enl aparte EXTERIORES”.----Que, Informe GM-DGAA-URH-ln-105/2018, la Coy n tDesertificación, r a l o r í a G e n e r a laldrespecto el Estado r a v é s d e lHumanos M i n i s t e r imediante o d e R e lNota a c i o nInterna es AGM-DGAA-URH-Ni-223/2019 r t í c u l o s 2 3 5 n u m e r a l 3 d e l ade C o20 n sde t i t umayo c i ó n de P o l2019, ítica d e levidencia E s t a d o , 5que 3 de Ley Institucional y Consular;elymencionado Elizabeth Carla Ledezma García Especialistacomprende Biodiversidad la, a tdel mes de mayo yo sjunio de la gestión 2018, la2 0señora Clara Victoria Ramos Aillon era dependiente de layseñora Elizabeth de dentro de sus conclusiones, que la Sra. Benita Zamora Rosso habría incumplido con E x t e r i o r e s . S e p r e s c i n d i r á d e l a c t a d e r e c e p c i ó n p a r a l c a s o s e n q u e l a N º 2 7 , 4 4 n u m e r a l 1 1 d e l a L e y N º 4 6 5 , 5 p a r á g r a f o I I I i n c i s o b ) d el Comisión de Admisión mediante la Cláusula Segunda del Auto de Admisión de 25 de julio de 2019, determino la incompetencia deberá la presentación oportuna de su Declaración Jurada de Bienes y Rentas bajo el siguiente r e p r e s e n t a c i ó n d i p l o m á t i c a c u e n t e c o n Carla u n a sLedezma o l a s e r v i dGarcía. o r a o sPor e r v itanto d o r p la ú binstancia liD e ccompetente reto Suprem o N º 1determinar 2 3 3 , m o d i fsi i cen a d oesta p o rrelación e l D e c r laboral e t o S u pcircunstancial r e m o N º 2 5 2 8hubo , de de este Tribunal Sumarial conocer, tramitar y resolver el procesamiento administrativo enccontra detalle:----Fabiana Benita para Zamora Rosso. De acuerdo al Informe GM-DGAA-URHco, en u y o c ade s o els eViceministerio e n v i a r á l a Dde e c l a r ahechos c i ó n J u de r a dacoso a d e Blaboral i e n e s yo Rfalta e n t ade s drespeto i2 3 a dcompañera e s e p t i e m bde r e trabajo, d e 2 0 1toda 5 , 7vez y que 9 d ede l D e c rantecedentes e t o S u p r e m orelatados Nº 1233 , 1la 5 los por Gestión Institucional y Consularde de2018 estaemitido Cancillería Raúl AlbertodeCastro Cuellar ren ln-105/2018 de 18 de septiembre por laseñor Jefa de la Unidad Recursos e c tvirtud a m e nat eloaestipulado l M i n i s t e r ien o dele Artículo R e l a c i o n e sseñora E x t e r iClara o r e s . ”Victoria . - - - Q u eRamos , e l p a rrefieren ágrafo a I hechos p a r á gde r aacoso f o I i nlaboral, c i s o b )alymanifestar I I d e l R eque glam n t o d e Ledezma, C o n t r o l dlee observa l a D e c lya critica, ración laeseñora 21 del Reglamento dedel la Junta de Procesos Administrativos aprobado Resolución 03 Humanos y Escalafón Ministerio de Relaciones Exteriores, su personamediante debió haber d e l A rMinisterial t í c u l o 1 2 Nº d e l260-2016 D e c r e t o de Sup r ede m o N ºseñalando 1 2 3 3 e n r que e l a c está i ó n asentada l m e d i o en p r osu b a tescritorio oJ u r sin a d aayudar d e B i eyn eque s y necesitan R e n t a s e npersonas l a s E n t i dque a d e strabajen P ú b l i c aysque R E /no C I -estén 0 1 0 , ventadas e r s i ó n 1y, octubre de 2016), que dispone:----“Son sujetos de sumario parte der ila presentado su Declaración Jurada de Bienes y Rentas “Duranteadministrativo el Ejercicio delpor Cargo”, o Junta d e l a de f e cProcesos h a d e p rAdministrativos esentación de la D e c l a r aac sabiendas i o n e s J u r ade d a que s d edías B i e nantes e s y sufrió 9 in c i saccidente o p ) y 4 2que i n c ile s oamerito t ) d e l Runa e g l abaja m e nde t o dos I n t e r(2) n o días.----Que d e P e r s o n a len d erelación l M i n i s t ear ila o lentas, un correspondiente gestión 2017 en el meslas de mayo, al ser esta elpúblicos mes de su e n t a s d e lpúblicos a s y l o s del s e r Ministerio v i d o r e s p úde blicos indica:----“El único medio probatode Relaciones Exteriores aprobado mediante Resolución Ministerial de 30 del Ministerio dea la Relaciones Exteriores y los servidores y natalicio. las y los ex Rservidores Sin embargo Exteriores la Sra. Fabiana Benita Zamora RossoGenerales, presentó su Declaración de Bienes r i o v á l i d o de d e las l a por elos s e nMinistros, t a c i ó n d e l ex a D e c lviolencia a r a c i ó n Jpsicológica u r a d a d e Bque i e n emanifiesta s y R e n t a sla , señora d e s eClara p t i e mVictoria b r e d e 2Ramos, 0 1 3 , a l en n o obrados h a b e r p rno e s cursa u m i b l elos m emedios n t e p r e sidóneos e n t a d o que e n t ihagan empo Relaciones incluidos Directores Abogados Jurada y Auditores con excepción laedisminución Ramos.----Que, y Rentas emitida y rubricada poryla ex Contraloría General deldel Estado el 16 de junio 2017, es e s e l c e r t i f i clos a d ocuales r e f r e n ddeberán a d o p o r ser l a C o npresumir traloría G n e r a l d e l E de s t a autoestima, d o . L a f e - depresión d e b i d o , ol ainestabilidad A c t u a l i z a cpsicológica i ó n A n u a l de d e las señora u Decla r a c i ó n J u r a d a ladComisión e B i e n e s de y Ministros, Viceministros Viceministros Ministerio de de Relaciones Exteriores, decir, fuera del para el efecto.----Se adjuntoLegal al presente Informe del GM-DGAA-URHc h a d e l c u mopsegún l i m i e n norma t o d e l aespecífica o b l i g a c i ó n sAdmisión e r á l a f e cde h a la q uJunta e s e ñde a l aProcesos e l c e r t i f i Administrativos caR e n t a s cdel o r rMinisterio e s p o n d i e nde t e Relaciones a l a g e s t i ó Exteriores, n 2 0 1 7 d u r mediante a n t e e l mAuto e s d edes uAdmisión n a t a l i c i ode .procesados, si plazo corresponde, por la Autoridad Competente Ministerio de la Presidencia determinado ln-105/2018, la siguiente documentación:----Cedula de Identidad de la Sra. Fabiana Benita Zad o p o r l a r e c e p c i ó n d e l f o r m u l a r i o e n l a25Cde o n tjulio r a l o rde í a 2019, G e n e rha al d e l E s t a d o , yla existencia - - - S E G Ude N Dindicios O . - N o tde i f í qresponsabilidad u e s e a l a p r o cadministrativa e s a d a d e a c en u e rcontra d o a l de p r ola c eservidora dimiento conforme los establece el 12 punto y Bienes 67 del yDecreto Supremo Nº 23318-A, mora Rosso.----Certificado deArtículo Declaración JuradaIIde Rentas por Actualización Duran- den3 o de l a noviembre f e c h a s e ñ de a l a1992, d a e nmodificados e l f o r m u l a r i o . ”pública: . - - - - Q u eElizabeth , e l A r t í c uCarla l o 1 5Ledezma d e l D e c rGarcía eto tablecido en l R e g l a m e n t o yd Desertificación, e l a J u n t a d e P habiendo r o c e s o s Aadmitido dministra v o s . - - -y-e sEspecialista dee Biodiversidad lat i causa por Decreto Nº 26237 dea la 29Sra. de Fabiana junio deBenita 2001,Zamora así como suscon consiguientes modificaciones te elelEjercicio delSupremo Cargo correspondiente Rosso, fecha de S u p r e m o N º 1 2y3demás 3 , p r e cdisposiciones i s a q u e : - - - - “ L o sdispuesto i n f o r m e s la d eremisión c u m p l i mde i e nobrados t o e m i t i dao la s Comisión TERCER - U n a v e z n o t i f iTANTO:----LA c a d o e l p r e s eCOMISIÓN n t e A u t o I nDE i c i aPROCESO l d e P r o c eDE s o , LA el deO .Proceso.----POR sobre el juzgamiento administrativo de Autoridades Superiores, debiendo el Ministeriop ode recepción por la Contraloría General del Estado de 16 de junio de 2017.----Informe GM-DGAAr eRelaciones l r e s p o n s aExteriores b l e d e s e programar g u i m i e n t o d e JUNTA l a D e c lDE a r aPROCESOS c i ó n J u r a d a ADMINISTRATIVOS de Bienes y V o cDEL a l RMINISTERIO e l a t o r a s i g n aDE d o RELACIONES p o r s o r t e o q uEXTERIORES, edará encarga d o dLA e sATRIBUCIÓN ustanciar el CON las previsiones presupuestarias tipo de procesamiento (Las negrillas URH-In-062-2017, de 31 de agosto de que 2017,este correspondiente al Cumplimiento orequiera”. Incumplimiento R e n t a sy qsubrayado u e t e n g a n corresponde i n d i c i o s d e a lar e s p CONFERIDA o n s a b i l i d a d pPOR o r l a EL f u nARTÍCULO ción pública , DEL p r oREGLAMENTO c e s o a d m i n i s t r aDE t i v oLA c o nJUNTA f o r m e aDE p r PROCESOS o c e d i m i e n t o .ADMINISTRATIVOS N o t i f í q u e s e , r e g í s t rDEL ese 45 de la presentación oportuna de la Declaración Jurada Bienes y232 Rentas Servidoras y Política s e r á n de t r a sEstado l a d a d o sestablece a c o n o c i mque i e n t “la o de la Máxima Autoridad Ejecutiva de la y archívese.----------------------------------------------------------------------------Resolución).----CONSIDERANDO:----Que, el de Artículo dedelalasConstitución administrativo Servidores Públicos del Ministerio Relaciones Exteriores Trimestre 2017), remitida e n t i dpublicidad, a d a e f e c tcompromiso o s d e l i n i c i oe dinterés e l a s a c c iMINISTERIO o n e s l e g a l e s DE q u eRELACIONES c o r r e s p o n d a nEXTERIORES;----DETERMINA:----PRIMERO.”.--F i r m a y S e l l o d e A p o l i n a r E d m u Iniciar n d o Aproceso guilar M e r c a d o P R Einterno S I D E N Ten E Administración Pública se rigedepor los principios de(Segundo legitimidad, legalidad, imparcialidad, García por el Responsable de Seguimiento de la DJBR al Sr. Ministro de Relaciones Exteriores.---- Q u e , responsabilidad e l R e g l a m e n t o yd eresultados”.-C o n t r o l d e l a Dcontra e c l a r ade c i óElizabeth n J u r a d a Carla d e B i eLedezma nes y Ren DEspecialista E L A C O Mde I S IBiodiversidad O N D E P R OyCDesertificación, E S O D E L A por J U NlaT posible A D E contravención PROCESOS social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, a1lo dispuesto ena pelr oArtículo 235 numeral 2 de la Constitución Política del Estado; Articulo 44 numerales 1,x t2, yi o13 de Nº CONSIDERANDO:----Que, el Artículo 235 numeral 3 de la Constitución Política del Estado, t a s e n l a s E n t i d a d e s P ú b l i c a s R E / C I 0 0 , Ve r s i ó n 1 b a d o p o r l a C o n A D M I N I S T R A T I V O S d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E e r r e s ; - -la- -Ley Firm a --Que, el numeral 2 del Artículo 235 del mismo cuerpo legal, señala que: “son obligaciones de las servidoras y los servidores dee s19 9 establece que son obligaciones de los servidores públicos:----3. Prestar declaración jurada de t r a l o r í a G e n e r a l d e l E s t a d o a t r a v é s d e465, la R o l de u c idiciembre ó n G E / 0 7de 2 / 22013 0 1 2 Ley d e 2del 8 Servicio y S e l de l o Relaciones d e A u s b e rExteriores t o R a ú l Cdel o r t Estado e z R i v ePlurinacional r o V O C A L de D EBolivia; L A C OYMelI SArtículo IÓN DE públicos: Cumplir condurante sus responsabilidades, de acuerdo con los(las principios de cola función bienes y rentas antes, y después del ejercicio del cargo (…)” negrillas no d e j pública”.----Que, u n i o d e 2 0 1 2 , e nels Artículo u A r t í c u 44 l o 4dei n c . aincisos ) s e ñ aa) l a :y- b) - - -y“ ael) inciso D e c l a l) r adel c i óArtículo n J u r a d42 a delPReglamento R O C E S O Jde U NInterno T A D de E Personal, P R O C E S aprobado O S A D M por I N I SResolución T R A T I V O SMinisterial d e l M i nNº i s t400erio larresponden Ley Nº 465, deoriginal).----Que, 19 de diciembre de 2013 Ley delNº Servicio Relaciones Exteriores al texto el Artículo 53 de la Ley 2027 del de Estatuto del Funcionario d edel B i eEstado n e s y Plurinacional R e n t a s : E s l adeo Bolivia, b l i g a c i ó n d2013, e t o d de a s30 e r vde i d oseptiembre, r a y s e r v i dpor o r pla ú bpresunta lico dcontravención e R e l a c i o n e sadministrativa E x t e r i o r e s ; -de - - - acoso F i r m a laboral y S e lyl ofalta d edeErespeto l o y M ea n dcompañera o z a H u a y de lla señala que dentro deberes, que tienepúblico todo de servidor público del Ministerio Público en relación a lalos obligación de todo servidor presentar su Declaración Jurada dede Relaciones d e p r e s t a r Exteriores, d e c l a r a c i ó nses otiene:----“1. b r e l o s b i e n e trabajo.----SEGUNDO.s , d e u d a s y r e n t a s q u eNotifíquese t i e n e a n t easla , procesada V O C A L de D Eacuerdo L A C Oal M procedimiento I S I Ó N D E P Restablecido O C E S O D EenLel A Reglamento J U N T A D E de P RlaOJunta C E S Ode S Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras normas del Estado Plurinacional Bienes y Rentas, antes, durante y a la conclusión de su relación laboral señala:----”Todos los servid u r a n t e y d e s p u é s d ede l eBolivia, j e r c i c i oque del ca rgo”.----Q ue, en su Artículo 8 del A D Mvez INIS T R A T I V OelSpresente d e l M i nAuto i s t e r Inicial i o d e de R eProceso, l a c i o n e s elEVocal x t e r i oRelator r e s ; - - - -asignado Firma y Procesos Administrativos.----TERCERO.Una notificado dores públicos, cualesquieradel seaServicio su condición, jerarquía, calidad o categoría están obligados a y procedimientos; c i t a d o R e g l a masí e n t ocomo, p r e c irespetar s a : - - - - “ Llas a Entidad Pública se limitará al control inSello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN regulen las actividades de Relaciones Exteriores, sus reglamentos sustanciar el proceso prestar declaraciones sobre los bienes y rentas que tuvierenDesarrollar al momento desus iniciar su rela- atribuciones t e r n o p r e v iyo deberes y p o s t e administrativos, r i o r d e l c u m p l i m i e npor t o sorteo o p o r t uquedará n o d e l aencargado s p r e s e n t ade cio nes DE P R O C Eadministrativo S O D E L A Jconforme U N T A Da E procedimiento.-------------------------------PROCESOS ADMINISTRATIVOS del normas del Estadoexpresa receptor, cuando corresponda.----2. funciones, ción puntualidad, laboral con la administración. Durante la vigencia de la relación laboral del servidor probidad con la ad- y con d e pleno l a s D esometimiento claraciones a J ula r anormativa d a s d e B i e n eNotifíquese, s y R e n t a s dregístrese e a c u e r d oyaarchívese.---------------------------------------------------------------------------------------------------los ingreMinisterio de Relaciones Exteriores----ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy con celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, Firma yeSello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DEULA COMISION PROCESO ministración y aún al final de la misma, cualquiera sea la causa de terminación, las declaraciones de s o s , r e t i r o s y c u m p l e a ñ o s d e l p e r s o n a l d e l a n t i d a d , y e n e l c a s o d e l a s M a m a n i G ó m e z – J E F E D E N I D A D D E L A DE SEC R E T A R I A DE T E CLA N I JUNTA C A D E DE LA interna que regula el ejercicio de sus funciones.----(…) 13. Mantener una conducta decorosa, digna y conducirse con cortesía Relaciones yISello bienes y rentas de éstos, podrán ser, en cualquier momento, objeto de verificación. Al efecto, los F u e r z a s A r m a d a s y P o l i c í a B o l i v i a n a cPROCESOS u a n d o c o r r eADMINISTRATIVOS s p o n d a p o s t u l a r a l del a s -Ministerio J U N Tde A D E P R O C EExteriores;----Firma SOS ADMINISTRAT V O S de d e lAusberto M i n i s t e rRaúl i o d eCortez R e l a cRivero iones en las relaciones sus declaraciones compañerosperiódicas de trabajo, usuarios, control social y público en general.”----Que, servidores públicos, con prestarán conforme a reglamentación expresa.”---cen s o c o r r e s p o n d i eel n tParágrafo e . L a r e s pIodel n s a b i l iVOCAL dad de p r e sLA e n t COMISIÓN a r D e c l a r a c DE i ó n JPROCESO uraE x t eJUNTA r i o r e s . DE - - - - -PROCESOS - A U T O . - - - - A ,ADMINISTRATIVOS 2 2 d e j u n i o d e 2 0 2 0del ----V I S T O S : - -de --En Atención DE Ministerio Relaciones Artículo 45 de 11 la del LeyArtículo Nº 465 señala: labores dediciembre las servidoras y los servidores Que, el numeral 44 de la Ley “Las Nº 465, de 19 de de 2013 del Servicio de dpúblicos a d e B i edel n e sEstado y R e n tPlurinacional a s e s d e c a r áde c t e r pExteriores;----Firma e r s o n a l y e x c l u s i v oyd e l a s ede rvid o r a Mendoza a l I n f o Huaylla r m e d e VOCAL 1 8 d e j uDE n i o LA d e COMISIÓN 2 0 2 0 , p r e s eDE n t aPROCESO d o p o r l a SDE e c r eLA t a r JUNTA i a T é c n DE ica Sello Eloy Bolivia en Exterior materia Política Exterior, sujetarse eny los losservidores principios morales Relaciones delde Estado Plurinacional de deben Bolivia señala que las públicos del y valores o s e r v icomo d o r p úlab llegitimidad, i c o y n o d e legalidad, l a e n t i d a d p úPROCESOS blica en la q u e p r e s t a s e r v i c i o sdel . ” - -Ministerio d e l a de Jun t a d e P r o cExteriores;----Firma esos Administrativy o sSello , en a p l Gabriel i c a c i ó n Fernando d e l P a r á gCalderón rafo VI, ADMINISTRATIVOS Relaciones de imparcialidad, compromiso e nuestro interésEstado social, transparencia, igualdad, Servicio de Relaciones Exteriores de tieneética, como deber:---“Presentar a la instan-competencia, - - Q u e , e l eficiencia, p a r á g r a f o calidad, I d e l A rcalidez, t í c u l o 9 d eSalazar r e s p e c VOCAL t i v o R e gDE l a mLA e n tCOMISIÓN o s e ñ a l a : - -DE - - PROCESO d e l A r t i c uDE l o 3LA 3 dJUNTA e l a L eDE y N ºPROCESOS 2 3 4 1 d e 2 3ADMINISTRATIVOS d e a b r i l d e 2 0 0 2 d edel P r Ministerio o c e d i m i e nde to honestidad, responsabilidad y resultados Artículo cia competente, la Declaración Jurada de Bienes yque garanticen Rentas un de adecuado la Contraloríaservicio General adella sociedad “ E l p r i ymal e rEstado.”----Que, d í a h á b i l d e c aeld a mes la Unidad de Recursos Humanos de la Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Abog. Estado, de tomar posesión“Toda del servidora cargo, opor actualización y a laex conclusión E npública t i d a d Pdel ú b lMinisterio i c a e m i t i rde á uRelaciones n r e c o r d a t o r i oRelaciones , a t r a v é s dExteriores----ANTE e u n a c i r c u l a r, a n uMI: n c i oLic. , A d m i nFranz i s t r a t iTeddy v o s dMamani e l M i n iGómez s t e r i o –JEFE d e R eDE l a c iUNIDAD o n e s E xDE t e r iLA o r e SECRETARIA s, aprobada 48 de laantes Ley Nº 465 señala: servidor público, servidorde o su ex relaservidora ción laboral.”.----Que, Reglamento Interno de Personal Ministerio udeomisiones, Relaciones Exteriores c o r r e o eal edisposición c t r ó n i c o u legal o t r o aplicable, m e d i o , s e a TECNICA é s t e p e rDE s o n LA a l i zJUNTA a d o o DE m a sPROCESOS ivo, de mADMINISTRATIVOS e d i a n t e R e s o l u c i ó n del M i nMinisterio i s t e r i a l N ºde 2 6Relaciones 0 - 2 0 1 6 , d e Exteriores.------AUTO.----A, 03 de octubre de 2016, se Exteriores, asume el plena responsabilidad por susdelacciones debiendo, conforme 2020----VISTOS:----En Informe aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre norma quedesempeño a c u e r d oy alos l t aresultados m a ñ o , r e cobtenidos u r s o s y cdel o m p l e j10 i d ade d djulio e l adeE n t i d a d P ú b l i c a , e l c u a lAtención D I S Pal ON E l a n ode t i f 09 i c a de c i ó julio n d e de F a2020, b i a n a presentado B e n i t a Z apor m o rla a Secretaria R o s s o , c oTécnica n e l A ude to rendir cuentas ante la autoridad o instancia correspondiente, porde la2013 forma de su la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo tiene por Asimismo, objeto regulardebe las relaciones delconducta Ministerio de Relaciones Exteriores con todas las servidoc o mpública u n i c a r áy srendir o b r e lcuentas a o b l i g asobre t o r i e dlas ad de presentar la DJBR durante el ejerI n i c i a l d e P r o c e s o d e 2 7 d e j u n i o d e 33 2 0 1de 9 , la m Ley e d i aNº n t e2341 E d i cde t o 23 e l de c u aabril l d e de be mismo. regir su conforme a los principios que rigen la función de ras y servidores públicos que prestan servicios tanto en el Servicio Central y en el Servicio Exterior, c i c i o e n e l m e s d e n a c i m i e n t o y e n s u c2002 aso e n Procedimiento e l a ñ o q u e l e sAdministrativo c o r r e s p o n d a y el sArticulo e r p u b l6i cdel a d oReglamento e n u n m e dde i o lad Junta e a m pde l i aProcesos c i r c u l a c iAdministrativos ó n n a c i o n a l y del s e aMinisterio con las responsabilidades económicas, políticas,incompatibilidades, técnicas y administrativas dentroyelenejercicio señalando sus derechos, deberes, prohibiciones, régimen disciplinario gep de o s tla u l afunción r a l a spública.”----Que c e n s o p a r a l a s dentro F u e r z a s Ade r mRelaciones a d a s y P o lExteriores, i c í a B o l i v i aaprobada n a . L a a umediante f o r mResolución alidades de r i g o r - - - - FNº260-2016, irma y Sello e Sde y l voctubre i a G a b rde i e l a2016, P a l mse e r DISPONE o Pantoja Ministerial ded03 los deberes que debe cumplir el servidores públicos del Ministerio de Relaciones neral, todas las situaciones que emerjan de la vinculación de trabajo con la entidad, respecto a laExteriores s e n c i aconforme d e e s t e dispone r e c o r d a los t o r iincisos o n o d ea)s l i n dla a n i c o n t r a v i ede n e Carla l a r e sLedezma p o n s a b i l iGarcia, dad V O Cel A LAuto D E Inicial L A C Ode MIS I O N D Ede PR O D E 2019, LA JU N T A D EEdicto P R O Cel E Scual OS notificación con Proceso 31O C deE S julio de mediante ypresentación b) del Artículo del Reglamento Interno Personal, por Resolución Ministerial 400/2013, de la9Declaración Jurada de Bienesde y Rentas de lasaprobado y los servidores públicos depenp e r sNº ona l d e l a s ede r v 30 i d ode r a septiembre o s e r v i d o r p ú bdebe l i c o pser o r publicado l a n o p r e sen e nun t a cmedio i ó n o de p o ramplia la A D M I N I S T R A T I V O S D e l M i n i s t e r i o D e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s A NTE MÍ: circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.-----------------------------de 2013, son:----“a) y hacer9 inciso cumplir la Constitución Política del Estado, las dientes de este MinisterioCumplir señala:----Artículo p): “Independientemente de su jerarquía, prep r e sleyes e n t a cyi óotras n i n o pnormas o r t u n a del d e lEstado a D e c l a r a cFirma i ó n J uyr a d a d de e BMayra i e n e s Briseida y R e n t aMontero s.”--A b o g . FVOCAL r a n z T eDE d d yLA M COMISIÓN a m a n i G o mDE e z –PROCESO J E F E D E UDE N I DLA A DJUNTA D E L ADE S EPROCESOS CRETARIA Sello Castillo sentar oportunamente a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, la Declaración Jurada de Q u e , e l A r t í c u l oasí1 5como d e l el R epresente glamento de Control de la Declaración Jurada TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio Plurinacional de Bolivia, que regulen las actividades del Ministerio, sus reglamentos y -procedimientos, Bienes y Rentas detambién, la Contraloría General del Estado, antes o en ellas díanormas de tomardel posesión delReceptor.----b) d e B i e n e s Desarrollar y Rentas en l a sfunciones, E n t i d a d e s PADMINISTRATIVOS ú b l i c a s R E / C I - 0 1 0-, Ministerio Ve r s i ó n 1 ,de s eRelaciones - R e l a cExteriores; i o n e s E x t e-----ANTE r i o r e s - - - - - -MÍ: - - - - Abog.Franz - - - - - - - - - - - - - - -Teddy - - - - - - - -Mamani - - - - - - - - - -Gomez–JEFE - - - - - - - - - - - - - - - - - DE --Reglamento; así cuando corresponda, respetar Estado sus SECRETARIA DE cargo, por actualización durante el mes de su nacimiento o cuando fuera requeridoeconomía, y, a la conclusión ñ a eficacia, l a q u e : - -oportunidad, - - “ I . L a D e cprobidad l a r a c i ó n yJen u r a d a UNIDAD d e B i e n DE e s yLAR e n t a s d e b e s eTECNICA r preE l pLA r e sJUNTA e n t e E dDE i c t oPROCESOS e s e m i t i d o ADMINISTRATIVOS e n l a c i u d a d d e l a Pdel a z ,Ministerio e l d í a 0 7- dRelaciones e julio de atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, eficiencia, Exteriores-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------de su relación laboral.”.----Así, el incumplimiento a dichas normativas se constituyen en una casual s e n t a d a a n t e s , d u r a n t e y d e s p u é s d e l e j e r c i c i o d e l c a r g o , p o r l o q u e s u 2 0 2 1 -sujeción a los documentos orgánicos de la entidad que regulan el ejercicio de sus funciones.”----Que dentro las causales para de para el inicio de un proceso administrativo conforme el Artículo 42 inciso t) del referido Reglamento.i n c u m p l i m i e n t o t i e n e e n c u e n t a l o s i g u i El e npresente t e : - - - - a ) Edicto C o n f o res m eemitido a l A r t íen c u la l o ciudad 149 F ila r mPaz, a y el S edía l l o 07 : Ede r n ejulio s t o de C e 2021-------------------------------------------------------sar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA el---Que, inicioel punto de Proceso Interno IIIodel Sumario Administrativo Interno, sin perjuicio civil A) del Parágrafo Procedimiento para el Cumplimiento Oportuno de la de la d e lresponsabilidad Código Penal m odio f i cpenal a d o p oque r l a L eFirma y N º 0y0Sello: 4 d e Ernesto 3 1 d e Cesar m a r z oHinojosa d e 2 0 1 Ledezma 0, SEC RETA R IUNIDAD A T E C NDE I C ALADSECRETARIA E L A J U N T A TECNICA D E P R O CDE E SLA O SJUNTA A D M IDE N I SPROCESOS TRATIVOS - JEFE DE eventualmente podría en su acción u omisión, Artículo 42 del Reglamento Declaración Jurada de concurrir Bienes y Rentas aprobado mediante elResolución Ministerial Nº t o dde a sInterno e r v i d o rde a oPersonal, s e r v i d o r se p útiene b l i c o el q u e cADMINISTRATIVOS o n f o r m e a l a L e y e s- tMinisterio u v i e r e o bde l i gRelaciones a- M i nExteriores----------------------------------------------------------------------------isterio de Relaciones Exteriores----------------------------------------------inciso l), que señala:----“Faltar respeto a las Autoridades Superiores, a los compañeros 135/2016 de 31 de mayo de 2016,elseñala:----“Para el personal que cumplen funciones en d o ade d etrabajo c l a r a r o, s ual s público b i e n e s usuario y r e n t aen s a tiempo de tomar posesión o a tiempo


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MARTES / 13 / 07 / 2021

Últimas

Accidente de bus deja 34 personas fallecidas El hecho ocurrió a altura de la comunidad Chataquilla, cerca de las ocho de la mañana de ayer.

• Redacción Central

Un accidente en el departamento de Chuquisaca dejó 34 personas fallecidas y 10 heridas, informó el fiscal Fernando Aragón en contacto con ATB. El bus recorría la ruta desde la comunidad de Potolo hasta Sucre. Los trabajos de rescate de los cuerpos se realizaron durante todo el día.

// FOTO: SAR-FAB

El fiscal Fernando Aragón informó que el hecho de tránsito ocurrió la mañana de ayer, cuando un bus perdió el control debido a que una parte de la carretera cedió.

El bus cayó 150 metros en la localidad de Chataquilla.

“Eso provocó un vuelco tipo tonel, dejando totalmente destruida la movilidad”, agregó. Las 10 personas heridas fueron evacuadas a los hospitales de Santa Bárbara y San Pedro Claver. Aragón detalló que la mayoría de los fallecidos son de la tercera edad y se logró constatar que el chofer del bus está entre las personas fallecidas. El fiscal añadió que el Ministerio Público se constituyó en el lugar para realizar pesquisas, como el levantamiento de cadáveres, registro del lugar del hecho, valoración médico forense y se coordinó con otras instituciones para socorrer a los heridos. “Este trabajo lo realizamos desde las nueve de la mañana hasta altas horas de la tarde”, dijo. El fiscal explicó que el Ministerio Público, bajo el principio de objetividad, determinó que no se abrirá ningún proceso penal, “tomando en cuenta que es una causa fortuita y que escapó de las manos del conductor”. Testigos del hecho afirmaron que el conductor intentó dar paso a otro auto y el vehículo terminó embarrancado. El primer reporte constató 14 fallecidos; sin embargo, la cifra creció mientras continuaban los trabajos de rescate, que duraron más de nueve horas.

EDICTO La Gerente Regional Oruro de la Aduana Nacional Lic. Otilia Choque Veliz, en estricta aplicación del articulo 86 del Código Tributario Boliviano, Ley No. 2492, Cita, Llama y Emplaza a los siguientes Sujetos Pasivos que a continuación se detalla, para que por si o mediante apoderado legal se apersonen, dentro de los treinta días de su legal notificación ante las dependencias de esta Gerencia, ubicada en Calle Madrid Nº 390 entre América y Co1ón de la ciudad de Oruro, a objeto de proceder a la cancelación del adeudo tributario, detallado en el siguiente cuadro:

(*) Monto sujeto a actualización a la fecha de pago.

De acuerdo a 10 establecido en el articulo 98º de la Ley 2492, una vez notificada legalmente la Vista de cargo el sujeto pasivo o tercero responsable tiene un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime conveniente; o en su caso podrá pagar la Deuda Tributaria conforme establece el articulo 47º del Código Tributario con la reducción de sanciones establecidas en el articulo 156º y la aplicación del articulo 157º del misma compilado legal, modificada mediante Ley 812. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO, A LOS UN DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO AÑOS.

// FOTO: MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES

SEGÚN REPORTE DE LA FISCALÍA

Personal de Salud realiza el monitoreo a las personas inoculadas contra el Covid-19.

CRUZADA MASIVA

Premio Eduardo Abaroa incentivará la vacunación • Redacción Central

La novena versión del premio nacional Eduardo Abaroa se sumó, desde ayer, a la cruzada masiva de vacunación y contención del Covid-19 que lleva adelante el Gobierno nacional.

En una labor conjunta los ministerios de Salud y Deportes, de Culturas Descolonización y Despatriarcalización unieron esfuerzos para estimular a quienes generen arte, música, danza, escultura, pintura, audiovisuales, entre otras, con expresiones referidas a la lucha contra la pandemia que afecta de manera global. “Nuestros artistas pueden concursar en las 14 categorías y 67 especialidades que estarán dirigidas contra el Covid-19, invitar a todos a realizar actividades contra la pan-

demia”, dijo la ministra de Culturas, Sabina Orellana. El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, explicó que a diferencia de anteriores meses gracias a las gestiones del presidente Luis Arce Catacora y de la cartera de Estado que dirige, en la actualidad se garantiza la vacunación para mayores de 18 años, se apoya y estimula al artista boliviano lejos de cualquier represión. “Saludo la iniciativa que se está desarrollando como Ministerio de Culturas haciendo que el premio Eduardo Abaroa tenga un contenido transversal y este tema sea el cuidado contra el Covid, la vacunación y todo lo que señalan los términos de referencia colgados en la página de ese ministerio”, remarcó. Las personas que quieran postular al Premio Eduardo Abaroa 2021 deben llenar sus datos en el formulario que está disponible en la página del Ministerio de Culturas.


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Últimas JUNTO A AUTORIDADES NACIONALES Y LOCALES

YLB abre primer punto de venta de productos del proyecto litio Comercializará de manera directa carbonato de litio, cloruro de potasio y baterías de ion de litio. También se instalarán tiendas en Santa Cruz y Cochabamba. • Redacción Central

El acto de inauguración de la tienda contó con la participación del viceministro de Altas Tecnologías Energéticas, Álvaro Arnez, y el presidente ejecutivo de YLB, Marcelo Gonzales. Asimismo, la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, visitó el primer punto de venta junto a Gonzales. La autoridad felicitó a los trabajadores de la empresa estatal del litio por el récord alcanzado en la comercialización y producción del cloruro de potasio y el carbonato de litio en el primer

// FOTO: YLB

Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) inauguró en la ciudad de Uyuni, Potosí, la primera tienda para la venta directa de carbonato de litio, cloruro de potasio (agrofertilizante) y baterías de ion de litio.

La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, visitó la tienda de YLB.

semestre de este año, generando ingresos por más de Bs 81 millones en favor del Estado. “Yo creo que es un primer paso para poder, en este rumbo, diversificar nuestros productos y también llegar a la población, no solamente a los mayoristas

que puedan comercializar estos productos”, destacó el presidente de YLB. Gonzales detalló que en el primer semestre se pudo vender 28.214 toneladas de cloruro de potasio por un valor de Bs 45,4 millones; 704 toneladas de carbonato

La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar al señor Rigo Orlando Nina Rosso, con el AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 028/2019 “POR HABER PRESUMIBLMENTE SOBREPASADO LOS 120 MINUTOS DE ATRASO EN EL HORARIO DE INGRESO AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 31 de julio de 2019.----VISTOS:----La Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-124/2019 de 18 de marzo de 2019 de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Auto de Admisión de 25 de julio de 2019 emitido por la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos; y demás antecedentes que cursan en obrados.----CONSIDERANDO:----Que, la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, vía Dirección General de Asuntos Administrativos mediante Nota Interna GM-DGAA-URH-Ni-124/2019 de 18 de marzo de 2019 remitió a la Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal en cumplimiento al artículo 20 del Reglamento Interno de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores los antecedentes referido al servidor público del Ministerio de Relaciones Exteriores que habría sobrepasado los 120 minutos de atraso en el horario de ingreso de acuerdo a la información generada del 21 de enero al 20 de febrero de 2019, bajo el siguiente detalle:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOMBRE Rigo Orlando Nina Rosso

T/ATRASO

(Minutos) 134

PERIODO COMPUTABLE 21/01/2019 al 20/02/2019

Habiendo adjuntado el Reporte Individual de Asistencia del señor Rigo Orlando Nina Rosso en la que contempla las fechas en las cuales habría acumulado los referidos minutos de atraso.----CONSIDERANDO:----Que, la Constitución Política del Estado establece que las servidoras y los servidores públicos están obligados a cumplir con la Constitución y las leyes, así como con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública señalada en el artículo 235 de este cuerpo normativo.----Que, el artículo 44 de la Ley Nº 465, de 19 de diciembre de 2013, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, en su numeral 2 señala que dentro de los deberes de las y los servidores del Ministerio de Relaciones Exteriores se encuentra el de:----“Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y con pleno sometimiento a la normativa interna que regula el ejercicio de sus funciones”.----Que, el artículo 14 del Reglamento Interno de Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013 de 30 de septiembre de 2013, señala lo siguiente:---“Las Servidoras y Servidores Públicos deberán cumplir con las (8) horas diarias correspondientes a la jornada de trabajo, que significa cuarenta (40) horas por semana de lunes a viernes, suspendiendo actividades a medio día, de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente.----Servicio Central - El horario para el inicio y finalización de la jornada diaria de trabajo:---- MAÑANA HORARIO DE INGRESO 8:30 – SALIDA 12:30.----TARDE HORARIO DE INGRESO 14:30 – SALIDA 18:30.----Servicio Exterior - Se deberá cumplir con las (8) horas diarias de jornada de trabajo, debiendo adecuarse al uso de horario de cada país sede, comunicando a la Dirección General de Asuntos Administrativos oportunamente las modificaciones de horario”.----Que, por su parte el artículo 15 del citado Reglamento precisa:----“I. El control de asistencia de personal será efectuado de manera diaria a través del registro biométrico u otro sistema de control verificable a cargo de la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón en el Servicio Central.----En el caso excepcional de error u omisión en el registro de asistencia (ingreso o salida), la Servidora o Servidor Público podrá presentar, dentro de las 48 horas siguientes, una nota justificativa con Visto Bueno y firma de su jefe inmediato superior, para que éste lo remita a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón. Transcurrido el tiempo establecido y de no presentarse la justificación correspondiente, la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón procederá a sancionar conforme al presente Reglamento. La omisión en el registro de ingreso se considera como falta y la omisión en el registro de salida como abandono de funciones, penalizadas conforme se establece en el artículo 21 del presente Reglamento.----II. Para el Servicio exterior, la responsabilidad del registro y control de la asistencia de personal, corresponde exclusivamente al Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular, quienes deberán enviar el informe de asistencia a la Unidad de Recursos Humanos y Escalafón, hasta el último día hábil del mes respectivo al pago. El régimen sancionatorio tratándose de servidores públicos en el servicio exterior, se aplicará conforme al presente Reglamento en base al informe emitido por el Jefe de Misión Diplomática u Oficina Consular.----Que, el artículo 17 del referido Reglamento Interno establece:----“Se entiende por tolerancia el periodo de tiempo permitido para que la Servidora o Servidor Público pueda registrar su ingreso a la Institución, la cual se otorgará en los siguientes casos:----a) Se otorga una tolerancia diaria de 5 minutos después de la hora fijada para el ingreso en la mañana y 5 minutos para el ingreso en la tarde a las instalaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, transcurrido el cual, se registran los minutos de atraso para su cómputo mensual, incluyendo los 5 minutos de tolerancia.---b)Se reconoce la tolerancia oficial cuando por motivos de orden social o público se determine colectivamente una alteración a la

de litio por Bs 34,8 millones; 1.028 toneladas de cloruro de magnesio por Bs 895 mil, además de packs de baterías por Bs 34.800. “Esto es el primer semestre y para el segundo semestre la idea es poder duplicar, el objetivo es poder llegar a 160 millones (de

81 MILLONES de bolivianos registró YLB en ventas de cloruro de potasio y carbonato de litio durante el primer semestre del presente año.

bolivianos en ventas)”, proyectó el presidente ejecutivo. Dijo que la tienda recién inaugurada en la ciudad de Uyuni tiene el objetivo de llegar de forma directa al productor. En este sentido, anunció que YLB también abrirá muy pronto otros puntos de venta en la ciudad de Santa Cruz y Cochabamba, dos regiones con características agropecuarias donde existen consumidores del cloruro de potasio. Por su parte, el viceministro Arnez saludó el 132 aniversario de la fundación de Uyuni. Mencionó que el Gobierno impulsa el proyecto de industrialización para lo cual se aplicará la tecnología de Extracción Directa del Litio, tomando en cuenta que este “es el camino correcto que ha decidido nuestro presidente (Luis) Arce para la industrialización del litio”.

jornada habitual de trabajo, que sea previamente declarada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.----c) Durante el primer año de vida de los hijos, las madres tienen derecho a una hora de tolerancia diaria por concepto de lactancia, de acuerdo al Código de Seguridad Social, la cual podrá utilizarse en el horario al ingreso, medio día o a la conclusión de la jornada laboral”.---Que, finalmente el artículo 20 señala:----“Se considera atraso a la demora en el registro de ingreso al trabajo de las Servidoras o servidores Públicos, transcurrido el horario límite de tolerancia establecido.----La Unidad de Recursos Humanos y Escalafón sancionará a las Servidoras y Servidores Públicos que acumulen más de 30 minutos de retraso durante un mes, siendo pasibles al descuento de su haber básico mensual lo que se hará constar por escrito en su carpeta personal, de acuerdo a la siguiente tabla:---MINUTOS MODALIDAD DE LA SANCIÓN----De 1 a 30 minutos en el mes Sin multa ni amonestación.----De 31 a 45 Minutos en el mes Descuento de medio día de haber.----De 46 a 60 Minutos en el mes Descuento de un día de haber.----De 61 a 90 Minutos en el mes Descuento de dos días de haber.----De 91 a 120 Minutos en el mes Descuento de tres días de haber.----De 121 adelante Remisión a la Junta de Procesos Administrativos.----En caso de acumulación de atrasos, a partir de 90 minutos durante 3 meses continuos y 6 discontinuos se remitirá a la Junta de Procesos Administrativos, sin el descuento del último mes acumulado.”---CONSIDERANDO:----Que, la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 en su artículo 28 incisos a) y b) establece que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su acción u omisión.----Que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley Nº 1178, la naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un servidor público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, aspecto concordante con el artículo 13 del Anexo del Decreto Supremo Nº 23318, de 3 de noviembre de 1992.----Que, de acuerdo al artículo 35 de la Ley Nº 465, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, la Junta de Procesos Administrativos se constituye en el Tribunal competente para sustanciar los sumarios administrativos contra las servidoras y los servidores dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como para las ex servidoras publicas y los ex servidores públicos por transgresiones administrativas a la presente Ley, sus reglamentos y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la servidora y servidor público.----POR TANTO:----La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la atribución conferida en el punto 2 del artículo 42, 45 y siguientes del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260, de 03 de octubre de 2016.----DETERMINA:----PRIMERO.- Iniciar proceso administrativo interno en contra del señor Rigo Orlando Nina Rosso, por la posible contravención del artículo 20 del Reglamento Interno de Personal aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 400/2013 de 30 de septiembre de 2013, al haber presumiblemente sobrepasado los 120 minutos de atraso en el horario de ingreso al Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo al siguiente detalle:----Rigo Orlando Nina Rosso: 134 (ciento treinta y cuatro) minutos de atraso, imputable al mes de febrero de 2019 (periodo de control administrativo del 21 de enero al 20 de febrero de 2019).----SEGUNDO.- Notifíquese al procesado de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos.----TERCERO.- Una vez notificado el presente Auto Inicial de Proceso, el Vocal Relator asignado por sorteo quedará encargado de sustanciar el proceso administrativo conforme a procedimiento.----Notifíquese, regístrese y archívese.--------- --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE LA COMISION DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Ausberto Raúl Cortez Rivero VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;------Firma y Sello de Eloy Mendoza Huaylla VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores;-----Firma y Sello de Gabriel Fernando Calderón Salazar VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores---ANTE MI: Lic. Abog. Franz Teddy Mamani Gómez –JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio de Relaciones Exteriores.------AUTO.----A, 10 de julio de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 09 de julio de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de Rigo Orlando Nina Rosso, con el Auto Inicial de Proceso de 31 de julio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.------------------------------------------------------------------------------Firma y Sello den Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores; -----ANTE MÍ: Abog. Franz Teddy Mamani Gomez–JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021----------------------------------------------------------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores----------------------------------------------------------------------------------------


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MARTES / 13 / 07 / 2021

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La Comisión de Proceso de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores de acuerdo al artículo 17 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 260/2016 de 03 de octubre de 2016 y conforme al parágrafo VI del artículo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, a través del presente EDICTO se tiene a bien notificar a la señora: Virginia Arias Saravia, con el AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 27 de junio de 2019, dictado dentro del proceso administrativo EXP N° STJPA 109/2018 “POR OMITIR LA SUPERVISION Y CONTROL DEL TRABAJO Y RESULTADO DE LAS ACTIVIDADES ENCOMENDADAS A LOS FUNCIONARIOS BAJO SU DEPENDENCIA Y OTROS” EI cual se transcribe en su integridad a continuación.---------------------------------------------------------------------------AUTO INICIAL DE PROCESO----A, 27 de Junio de 2019.----VISTOS:----La nota de denuncia presentada por Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro y Gustavo Invernizzi de fecha 06 y 27 de Septiembre de 2018, el Auto de Admisión de fecha 01 de Julio de 2019, así como todos los antecedentes remitidos ante esta Junta de Procesos Administrativos; y,----CONSIDERANDO:----Que mediante Nota de 06 de septiembre de 2018, el servidor público Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro, remite denuncia por irresponsabilidad administrativa, señalando lo siguiente:----El Parágrafo II, Artículo 131 del citado Decreto Supremo N° 29894 y los Artículos 16 y 21 del Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 319-2014 de 31 de octubre de 2017 y modificado mediante Resolución Ministerial N° 1972016 de 29 de julio de 2016, vigente desde el 01 de agosto de 2016, concordante con el citado Decreto Supremo N° 1788, ordenan que la solicitud de autorización de viaje al exterior del Estado Plurinacional y la asignación de pasajes y viáticos, debe tramitarse por el/la solicitante y presentarse con anticipación mínima de 4 (cuatro) días hábiles al viaje en misión oficial, para la emisión de la resolución ministerial.----Que el Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores, norma el procedimiento y define controles v responsabilidades para la solicitud, autorización, asignación y descargo de pasajes y viáticos por viajes en Misión Oficial, al interior y exterior del Estado Plurinacional de Bolivia, así como, el mecanismo de rendición de cuentas.----El Parágrafo II del Artículo 16 del citado Reglamento, obliga en la solicitud, arrimar el Formulario de Autorización para Viajes en Misión Oficial (Servicio Central) -Form. N° 1, debidamente llenado, suscrito y autorizado, conteniendo mínima y obligatoriamente información sobre antecedentes del viaje; lugar y lugares de la comisión; sello que acredita las Certificaciones del Programa de Operaciones Anual (POA) y Presupuestaria; así como, la nota de invitación a participar y/o asistir al evento motivo del viaje u otra documentación que justifique el viaje y el pago de pasajes, hotel, alimentación y/o el financiamiento total de viáticos con recursos externos.----Además, el Parágrafo VIII del citado Artículo, manda que la Resolución Ministerial de autorización de viaje al exterior del país, debe suscribirse por (la) Ministro (a) y el (la) Viceministro (a) del área funcional de la cual depende el (la) solicitante.----Tomando en cuenta las consideraciones mencionadas anteriormente, de estricto cumplimiento a lo previsto en los apartados II, III y IV del Reglamento de Pasajes y Viáticos, situación que se puede verificar en el Formulario N° 1 debidamente firmado y sellado por las instancias correspondientes del viaje oficial que realice a las ciudades de Brasilia y México entre los días 4 y 9 de diciembre de 2017.----Por otra parte en cumplimiento al Capítulo Vil art. 28 inciso c) presenté el Informe de Viaje VRE-DGRB-ULC-ln-76/2017, Form. 4 y descargo de pasajes utilizados en fecha 19 de diciembre de 2017.----En fecha 20 de diciembre de 2017, se efectuó el pago en mi cuenta del Banco Unión, de los viáticos correspondientes a dicho viaje.----Asimismo, tal como está previsto en el Art. VIII del señalado Reglamento, la Dirección General de Asuntos Jurídicos debería proporcionar a la Dirección General de Asuntos Administrativos una copia legalizada de la Resolución Ministerial.-----En fecha 25 de julio de 2018, dirigí una carta a la Directora General de Asuntos Jurídicos a.i del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dra. Silvia Rivera Aguilar, solicitando cordialmente se me extienda una copia legalizada de la Resolución Ministerial N° 361-2017 del viaje realizado por mi persona a la República Federativa de Brasil y a México del 4 de diciembre al 9 de diciembre de 29017. Se adjuntó copia del Formulario de Autorización de Viaje Form. N° 1, donde se encuentra el sello de recepción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos con la asignación de la citada numeración de Resolución.----En fecha 30 de julio mediante nota GM-DGAJ-UGJ-Cs-1798/2018, la Directora General de Asuntos Jurídicos a.i Dra. Silvia Rivera Aguilar, responde mi carta manifestando que “revisados los archivos de la gestión 2017, se tiene que la Resolución Ministerial N° 361/2017 solicitada, corresponde al viaje de María Fernanda Baldivieso Lema, funcionaría de la Unidad de Ceremonial y Protocolo, tal como se puede verificar en copia simple del citado documento que se adjunta a la presente a efectos de su conocimiento”.----El 9 de agosto de 2018 me dirijo nuevamente a la Dra. Silvia Rivera Aguilar, Directora General de Asuntos Jurídicos a.i, para referirme a su nota GM-DGAJUGJ-Cs-1798/2018, expresando “que se puede constatar que la numeración proporcionada y sellada en mi formulario de viaje fue asignado a otra persona de manera equivocada por la funcionaría o funcionario responsable de la elaboración de las Resoluciones respectivas, por lo que agradeceré instruir a quien corresponda, subsanar dicha anomalía y proporcionarme la Resolución Ministerial correspondiente al viaje oficial realizado por mi persona, a fin de evitarme perjuicios.” Se anexa copia.----La Directora General de Asuntos Jurídicos a.i, Dra. Silvia Rivera Aguilar, responde con nota GM-DGAJ-UGJ-Cs-1999/2018 de fecha 21 de agosto de 2018, lo siguiente: “que de la revisión y búsqueda de la Resolución Ministerial solicitada, corresponde reiterar que no existe la misma, motivo por el cual, su solicitud no podrá ser atendida”.----En atención a la gravedad de lo acontecido y ante la falta de responsabilidad , de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, me permito solicitar a la Junta de Procesos Administrativos considere este caso por tratarse de responsabilidad administrativa de la(s) o lo(s) funcionarios a cargo de elaborar y registrar las Resoluciones de viaje, al haberme suministrado un número equivocado en el Formulario N° 1 de Autorización de Viajes en Misión Oficial, causándome los perjuicios correspondientes y lo más grave deslindando responsabilidad ante la solicitud efectuada por mi persona, de que se me extienda la Resolución Ministerial correspondiente a dicho viaje.”----Que mediante de fecha 25 de julio de 2018 HR 45090.18,el señor Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro, solicita una copia legalizada de Resolución Ministerial Nº 361/2017, expresando lo siguiente:----Tengo el agrado de dirigirme a usted, para solicitarle muy cordialmente a través de su intermedio, se me extienda una copia legalizada de la Resolución Ministerial No. 361-2017 del viaje oficial realizado por mi persona a la República Federativa de Brasil y a México del 4 de diciembre al 9 de diciembre de 2017. Se adjunta copia del Formulario de Autorización de Viaje Form. No.1, donde se encuentra el sello de recepción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos con la asignación de la citada numeración de Resolución.----Que mediante Nota GM-DGAJ-UGJ-Cs-1798/2018 de fecha 30 de julio de 2018,la Sra. Silvia Ribera Aguilar Directora de Asuntos Jurídicos a.i., responde a la Nota de 25 de Julio de 2018, expresando lo siguiente:----“Tengo el agrado de dirigirme a usted, con relación a su Nota de 25 de julio del año en curso, por la que, solicita la extensión de una copia legalizada de la Resolución Ministerial N° 361/2017 del viaje realizado por su persona a la República Federativa del Brasil y a México del 4 al 9 de diciembre de 2017.----Sobre el particular, revisados los archivos de la gestión 2017, se tiene que la Resolución Ministerial N° 361/2017 solicitada, corresponde al viaje de María Fernanda Baldivieso Lema, funcionaría de la Unidad de Ceremonial y Protocolo, tal como se puede verificar en copia simple del citado documento que se adjunta a la presente a efectos de su conocimiento”.----Que mediante Nota de 09 de agosto de 2018, el Sr. Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro hace referencia a la Nota GM-DGAJ-UGJ-Cs- 1798/2018 de 30 de julio de 2018, bajo el tenor siguiente:----“Tengo a bien dirigirme a usted, para referirme a su nota GM-DGAJ-UGJ-Cs-1798/2018 de fecha 30 de julio de 2018, mediante la cual me proporciona una fotocopia de la Resolución Ministerial N° 361-2017 de fecha 1 de diciembre de 2017, que no corresponde a mi persona ni al viaje oficial realizado a las ciudades de Brasilia y México, en cumplimiento a Formulario de Autorización de Viajes en Misión Oficial Form. No. 1 Cite: VRE-DGRB-ULC-Fov-17/2017 HR: 74757.17.----Al respecto, se puede constatar que la numeración proporcionada y sellada en mi formulario de viaje fue asignado a otra persona de manera equivocada por la funcionaría o funcionario responsable de la elaboración de las Resoluciones respectivas, por lo que agradeceré instruir a quien corresponda, subsanar dicha anomalía y proporcionarme la Resolución Ministerial correspondiente al viaje oficial realizado por mi persona, a fin de evitarme perjuicios.”----Que mediante Nota GM- DGAJ-UGJ-Cs 1999/2018 de 21 de agosto de 2018, la Sra. Silvia Rivera Aguilar, Directora General de Asuntos Jurídicos a.i. describe respondiendo lo siguiente:----“Al respecto, de la revisión y búsqueda de la Resolución Ministerial solicitada, corresponde reiterar que no existe la misma, motivo por el cual, su solicitud no podrá ser atendida”----Que mediante documento adjunto en copia simple de la Resolución Ministerial Nº 361-2017 de fecha 01 de diciembre de 2017, se resuelve lo siguiente:----“El Ministro de Relaciones Exteriores (a.i.), en uso de sus específicas atribuciones, RESUELVE:----PRIMERO.- Autorizar el viaje en Misión Oficial de María Fernanda Baldivieso Lema, con Cédula de Identidad N° 5008689 TJ, servidora pública de la Unidad de Ceremonial y Protocolo, dependiente de la Dirección General de Ceremonial del Estado Plurinacional, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 03 al 06 de diciembre de 2017 (por razones de itinerario), con el objeto de efectuar la coordinación y supervisión protocolar del Presidente boliviano en Visita Oficial a aquel país, en concordancia a los procedimientos del Encuentro Binacional Bolivia-Brasil; en la Reunión con el Personal de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia, Cónsules bolivianos y Gobernadores de los Estados Fronterizos con Bolivia; la Reunión con su Homologo y; en la Conferencia de Prensa Presidencial, de acuerdo a cronogramas de actividades insertos en sus respectivos Formularios de Autorización de Viajes en Misión Oficial del Servicio Central.”----Que el formulario de autorización de viajes en Misión Oficial Formulario Nº 1 del Ministerio de Relaciones Exteriores presentado por el denunciante Sr. Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro, establece en la casilla (sello de recepción DGAJ Nº RESOLUCION) consigna Nro. 361-2017 de fecha 01 de Diciembre de 2017 del Ministerio de Relaciones Exteriores.----Que el formulario de Informe de Viaje del Servicio Central Nº 4 del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Sr. Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro a Apolinar Aguilar Mercado de fecha 12 de diciembre de 2017, concluye los siguiente:---“Se ha cumplido todo lo que estaba previsto en las dos visitas realizadas a Brasilia y México. En Brasilia se suscribieron dos instrumentos internacionales que se mencionaron en actividades realizadas.”----Que el informe VRE-DGRB-ULC-In 76/2017 de fecha 18 de diciembre de 2017 emite el informe técnico de Viajes a Brasilia y México, concluye lo siguiente:----“Es importante destacar que los dos eventos a que asistimos se cumplió cabalmente lo programado, por lo que se puede afirmar que el relacionamiento con Brasil y México ha sido reactivado con el encuentro al más alto nivel en el caso de Brasil y de Cancilleres en lo que respecta a México.----Es importante mencionar el ingreso de Brasil al proyecto del Corredor Ferroviario de Integración, con la firma del Memorándum de Entendimiento y la predisposición de México para la supresión de visas en pasaportes corrientes para los bolivianos así como seguir trabajando para el ingreso de la quinua boliviana al mercado mexicano.”----Que mediante Nota de 27 de septiembre de 2018, el señor ex funcionario Gustavo Invernizzi, remite denuncia por irresponsabilidad administrativa, señalando lo siguiente:----“Tengo el agrado de dirigirme a usted para poner en su conocimiento y denunciar la irresponsabilidad administrativa incurrida en la Dirección General de Asuntos Jurídicos en el procesamiento (o tal vez falta de procesamiento) de la Resolución Administrativa del viaje oficial realizado por mi persona a Brasilia en fecha 3 de diciembre de 2017,----Al respecto, mi persona en cumplimiento a lo previsto en los apartados II, III y IV del Reglamento de Pasajes y Viáticos, que se puede verificar en el Formulario Nº 1 debidamente firmado y sellado por las instancias correspondientes del viaje oficial que realice a las ciudades de Brasilia entre los días 3 al 6 de diciembre de 2017.----Por otra parte en cumplimiento al Capítulo VII art. 28 inciso c) presenté el Informe de Viaje correspondiente, Form. 4 y descargo de pasajes utilizados en las fechas mencionadas de diciembre de 2017. También se efectuó el pago en mi cuenta del Banco Unión, de los viáticos correspondientes a dicho viaje. Asimismo, tal como está previsto en el Art. VIII del señalado Reglamento, la Dirección General de Asuntos Jurídicos debería proporcionar a la Dirección General de Asuntos Administrativos una copia legalizada de la Resolución Ministerial.----En fecha 10 de septiembre de 2018, al enterarme recientemente que mi resolución de viaje no aparecía y que mi colega J.C Terrazas estaba en una situación similar, dirigí una carta a la Directora General de Asuntos Jurídicos a.i. del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dra. Sadott Castañón, solicitando que al no estar contemplado mi nombre en citada resolución ministerial se regularice dicho documento, adjuntando copia del Formulario de Autorización de Viaje Form. N° 1, donde se encuentra el sello de recepción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos con la asignación de la citada numeración de Resolución.----En fecha 25 de septiembre de 2018 mediante nota GM-DGAJ-UGJ-Cs-1538/2018, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, me comunica que “revisados los archivos de la gestión 2017, la R.M. N° 361/2017 solicitada, corresponde al viaje de María Fernanda Baldivieso Lema, funcionaría de la Unidad de Ceremonial y Protocolo, y no se encuentra en el archivo físicamente y que no se podría atender mi pedido por qué no se consigna la figura de regularización de resoluciones ministeriales.----En atención a la problemática de lo sucedido y ante la falta de responsabilidad de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, me permito solicitar a la Junta de Procesos Administrativos considere este caso por tratarse de responsabilidad administrativa de la(s) o lo(s) funcionarios a cargo de elaborar y registrar las Resoluciones de viaje, al no haber elaborado o extraviado la resolución Ministerial pertinente para mi viaje a Brasilia en el mes de diciembre de 2017, provocando a mi persona perjuicios por la falta de la Resolución Ministerial correspondiente a dicho viaje. Finalmente, me permito remitir los antecedentes citados para los fines consiguientes.----Que mediante Nota Interna VRE-DGCEP-UPI-Ni 271/2018 de 10 de septiembre de 2018, el ex funcionario Sr. Gustavo Invernizzi, solicita a la Sra. Sadott I. Castañón Montes de Oca Directora General de Asuntos Jurídicos a.i. lo siguiente:----“Tengo el agrado de dirigirme a usted, en relación a mi viaje realizado en fecha 3 al 6 de diciembre del año 2017 a Brasilia (Brasil), para la coordinación y atención protocolar en la visita oficial del Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma.----Al respecto, revisando la Resolución Ministerial N° 361-2017, de fecha 01 de diciembre de 2017, se puede evidenciar claramente que mi nombre no está contemplado en la mencionada R.M., no obstante que se realizó el trámite en las instancias correspondientes, como se puede constatar (se adjunta copia simple) el formulario cuenta con los sellos respectivos.----En ese entendido, se solicita proceder a la regularización de la Resolución Ministerial, en la que se contemple el viaje mencionado por mi persona.”----Que mediante Nota Interna GM-DGAJ-UGJ-Ni 1538/2018 de 25 de septiembre de 2018, el Abg. Rubén Aldo Saavedra Soto Director General de Asuntos Jurídicos responde lo siguiente:---“Al respecto, es pertinente señalar que en el Reglamento para la asignación de pasajes y viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 197-2016 de 29 de julio de 2016, vigente desde el 01 de agosto de 2016, no se consigna la figura de “regularización” de Resoluciones Ministeriales de autorización de viaje al exterior mencionada en su nota de referencia.----Asimismo, caber señalar que mediante Informe GM-DGAJ-UGJ-ln-957/2018 de 24 de septiembre de 2018, emitido por Roly Rivas Flores, Auxiliar de la Unidad de Gestión Jurídica, se informa que en los archivos de la Unidad de Gestión Jurídica “no se encuentra archivada físicamente” la Resolución Ministerial N° 361/2017 de 01 de diciembre de 2017, mencionada en su solicitud de referencia, señalando que solo se cuenta con una copia digital.----Por lo expuesto, la Dirección General de Asuntos Jurídicos se encuentra imposibilitada para poder atender su solicitud de referencia”.----Que mediante documento en copia simple, presenta el formulario de autorización de viaje en misión FORM-1 a nombre de Cesar Gustavo Invernizzi Carpio- Ex Jefe de la Unidad de Privilegios e Inmunidades, consta en la casilla sello de Recepción DGAJ Nro. de Resolución 361-2017 de 01 de Diciembre de 2017.----Que mediante Nota Interna VGIV-DGEGP-USTJPA-Ni 227/2018 H.R. 67206.18 de fecha 30 de Octubre de 2018, solicita documentación e información de copia legalizada de la Resolución Ministerial Nº 361-2017 de 1 de diciembre de 2017, asimismo copia legalizada de la Resolución Ministerial de 01 de Diciembre de 2014 correspondiente a la autorización de viaje oficial de los servidores públicos Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro y Cesar Gustavo Invernizzi Carpio. Que por

Nota Interna GM-DGAJ-UGJ-Ni 1828/2018 el Abg. Rubén Aldo Saavedra Soto Director General de Asuntos Jurídicos responde señalando o siguiente:----Al respecto, revisado el archivo de las Resoluciones Ministeriales a cargo de esta Dirección General, me permito informar lo siguiente:----No cursa en físico la Resolución Ministerial N° 361-2017 de 01 de diciembre de2017, contándose únicamente con el archivo digital, razón por la cual esta Dirección General se encuentra impedida de atender lo solicitado, más aun considerando que según el Artículo 1311 del Código Civil solo se pueden otorgar fotocopias legalizadas en base al documento físico-original, el cual en el presente caso no cursa en archivos de esta Dirección General.----No cursa en nuestros archivos la Resolución de 01 de diciembre de 2017, referida a la autorización de viaje oficial del servidor público Juan Carlos Terrazas Soria Galvarro.----No cursa en nuestros archivos la Resolución de 01 de diciembre de 2017referida a la autorización de viaje oficial del servidor público Cesar Gustavo Invernizzi Carpió.----De acuerdo a la información relevada de las Resoluciones Ministeriales que se emitieron en noviembre y diciembre de 2017, los servidores públicos a cargo de la elaboración de las mismas, eran los abogados: Rosmery Quispe Álvarez, Jazmín Nardi Zeballos Gonzales, Luis Marín Elías Mizutani, Limberth Rodríguez Mendoza, Justa Mónica Tintaya Bautista, María Celia Mamani Jallurana. (el subrayado corresponde al presente documento).----Por otro lado, de acuerdo a información proporcionada por el personal de esta Dirección General, la encargada de asignar números de Resoluciones Ministeriales habría sido la ex servidora pública Rosmery Quispe Álvarez. (el subrayado corresponde al presente documento)---Que mediante Nota InternaVGIC-DGEGP-USTJPA-Ni-233/2018 H.R. 70679.18 La Dirección General de Escalafón y Gestión de Personal solicita fotocopia del libro de registro de asignación de Resoluciones Ministeriales de Viaje, correspondiente al Nº 3612017 de 01 de Diciembre de 2017.----Que mediante Nota Interna GM-DGAJ-UGJ-Ni-1972/2018 H.R. 70679.18 el Abg. Rubén Aldo Saavedra Soto Director General de Asuntos Jurídicos señala:----“Al respecto, tengo a bien remitir una fotocopia de la página pertinente, del libro de asignación de número de Resoluciones Ministeriales correspondiente al N° 361-2017 de 1 de diciembre de 2017.”----Cursa a fs. 042 copia simple de planilla de registro de asignación de resoluciones ministeriales para viaje, la planilla registra cinco casillas encabezadas con las descripción Nº consigna 361, fecha 01/12/2017, referencia consigna “Juan Carlos Terrazas a Brasilia del 04 al 09 de Diciembre, Invernizzi”, Derivado PSA 13/12/17; 17:10, conclusión consigna sello de recibido fecha 09 de enero 2018” Dirección General de Asuntos Jurídicos, y manuscritos el “no hay firmada”.----Que por Nota Interna VGICDGEGP-USTJPA-Ni-234/2018 H.R. 70707.18 de fecha 14 de noviembre de 2018, la Dirección de la Junta de Procesos Administrativos, solicita a la Dirección General de Asuntos Administrativos, copia de desvinculación de la Ex servidora pública Rosmery Quispe Álvarez, asimismo se informe cargos que haya ocupado en unidades y periodos de la ex servidora publico Sra. Patricia Poma Mamani, finalmente informe que servidor público asumió funciones de Jefe o Responsable de la Unidad de Gestión Jurídica durante el mes de noviembre y diciembre de la gestión 2007.----Que la nota interna GM-DGAA-URH-Ni-559/2018 la Dirección de Asuntos Administrativos remite documentación, la misma que refiere a la Nota SE: GM-DGAA-URH-NSE-562/2017, mediante la cual se notifica la desvinculación de la señora Rosmery Quispe Álvarez.----Con relación a los cargos y Unidades que ocupó la ex servidora pública Patricia Poma Mamani, se informa lo siguiente:--------------------------------------------------------------------------TIPO DE UNIDAD MOVILIDAD INCORPORACIÓN

REASIGNACIÓN REASIGNACIÓN

REASIGNACIÓN

UNIDAD ORGANIZACIONAL COMISIÓN NACIONAL DEL REFUGIADO

PUESTO NUMERO DE PERIODO DOCUMENTO RESPONSABLE IV GM-DGAA-URH04/10/2017 31/10/2017 DE LA COMISIÓN ME-462/2017 NACIONAL DEL REFUGIADO UNIDAD DE GESTIÓN JEFE DE LA UNIDAD DE GM-DGAA-URH01/11/2017 02/01/2018 JURÍDICA GESTIÓN JURÍDICA ME-478/2017 DIRECCIÓN GENERAL DE DIRECTORA GENERAL GM-DGAA- URH- ME- 03/01/2018 02/05/2018 ESCALAFÓN Y GESTIÓN DE ESCALAFÓN 6/2018 DE PERSONAL Y GESTIÓN DEPERSONAL UNIDAD DE GESTIÓN JEFE DE LA UNIDAD DE GM-DGAA-URH03/05/2018 03/07/2018 JURÍDICA GESTIÓN JURÍDICA ME-220/2018

Que el documento memorándum GM-DGAA-URH-Me-562/2017 de fecha 12 de diciembre de 2017, correspondiente a la Sra. Rosmery Quispe Álvarez, establece la desvinculación de la planta de funcionarios al 14 de diciembre de 2017.----CONSIDERANDO:---Que, el Artículo 232 de la Constitución Política de Estado establece que “la Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”.----Que, el numeral 2 del Artículo 235 del mismo cuerpo legal, señala que: “Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos: Cumplir con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública”, asimismo, el numeral 4 señala: “Rendir cuentas sobre responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas en el ejercicio de la función pública”----Que el Articulo 237 párrafo I. Numeral 1 del mismo cuerpo constitucional, establece que son obligaciones para el ejercicio de la función pública:----”1. Inventariar y custodiar en oficinas públicas los documentos propios de la función pública, sin que puedan sustraerlos ni destruirlos. La ley regulará el manejo de los archivos y las condiciones de destrucción de los documentos públicos.”----Que, la Ley N°1178, de 20 de Julio de 1990, Ley que regula los sistemas de Administración, y de control de los recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de planificación e inversión pública, dispone en su Artículo 28 inciso a) que la responsabilidad de los servidores públicos podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultadas de su acción u omisión.----Que el Artículo 29 de la Ley N° 1178, señala que la responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión contraviene el ordenamiento jurídico-administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público. Se determinará por proceso interno de cada entidad que tomara en cuenta los resultados de la auditoría si la hubiere. La autoridad competente aplicará, según la gravedad de la falta, las sanciones de: multa hasta un veinte por ciento de la remuneración mensual; suspensión hasta un máximo de treinta días; o destitución.----Que, de acuerdo al Artículo 44 de la Ley Nº 465 del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, las servidoras y los servidores públicos del Ministerio de Relaciones exteriores tienen los siguientes deberes:----1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras normas del Estado Plurinacional de Bolivia, que regulen las actividades del Servicio de Relaciones Exteriores, sus reglamentos y procedimientos, así como respetar las normas del Estado Receptor cuando corresponda.----2. Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y en sujeción a los documentos orgánicos de la entidad que regula el ejercicio de sus funciones.----6. Adoptar oportunamente las medidas conducentes para la adecuada ejecución de las tareas asignadas y supervisar el rendimiento y disciplina del personal bajo su dependencia.----9. Conservar, resguardar y mantener la documentación y archivos asignados a su custodia, así como proporcionar oportuna y fidedigna información, sobre asuntos inherentes a su función.----Que, el Artículo 48 de la Ley Nº 465 señala: “Toda servidora o servidor público, ex servidor o ex servidora pública del Ministerio de Relaciones Exteriores, asume plena responsabilidad por sus acciones u omisiones, debiendo, conforme a disposición legal aplicable, rendir cuentas ante la autoridad o instancia correspondiente, por la forma de su desempeño y los resultados obtenidos del mismo. Asimismo, debe regir su conducta conforme a los principios que rigen la función pública y rendir cuentas sobre las responsabilidades económicas, políticas, técnicas y administrativas dentro el ejercicio de la función pública.”----Que dentro de las disposiciones t r a n s i t o r i a s d e l a L e y N ° 4 6 5 d e l S e r v i c i o E x t e r i o r d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s , l a D i s p o s i c i ó n C u a r t a , establece la vigencia de la reglamentación existente, siempre que no sea contraria a la citada Ley, este extremo a l o s efectos de l a a p l i c a b i l i d a d del Manual de Funciones, señala:----”En tanto se aprueben e implementen las normas reglamentarias correspondientes, continuará en vigencia la reglamentación existente, siempre que no sea contraria a la presente Ley”----Que dentro de los deberes que deben cumplir los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores conforme dispone los incisos a), b), n) y z) del Artículo 9 del Reglamento Interno de Personal, aprobado por Resolución Ministerial Nº 400/2013, de 30 de septiembre de 2013 son:----”a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras normas del Estado Plurinacional de Bolivia, que regulen las actividades del Ministerio, sus reglamentos y procedimientos, así como el presente Reglamento; así también, cuando corresponda, respetar las normas del Estado Receptor.----b) Desarrollar sus funciones, atribuciones y deberes administrativos, con puntualidad, celeridad, economía, eficiencia, eficacia, oportunidad, probidad y en sujeción a los documentos orgánicos de la entidad que regulan el ejercicio de sus funciones.----(. ..)----n) Conservar, resguardar y mantener la documentación y archivos asignados a su custodia, así como otorgar oportuna y fidedigna información, sobre asuntos inherentes a sus responsabilidades.---z) Entregar en caso de renuncia o desvinculación toda la documentación bajo su responsabilidad debidamente foliada, asimismo, el material, acreditaciones (si es el caso), credencial, sellos y activos que se le hubiera otorgado, a través del Formulario de Solvencia Institucional.” (Las negrillas corresponden a la Resolución).----Que el Artículo 22 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002 establece sobre los registros:----”Las entidades públicas llevarán un registro general en el que se hará constar todo escrito o comunicación que se haya presentado o que se reciba en cualquier unidad administrativa. También se anotarán en el mismo registro las salidas de los escritos y comunicaciones oficiales dirigidas a otros órganos o a particulares”.----Que, el inciso h) del Artículo 8 de la Ley N° 2027 de 27 de Octubre de 2002 Estatuto del Funcionarlo Público, señala que los deberes de los servidores públicos, entre ellas son la de:----”h) Conservar y mantener, la documentación y archivos sometidos a su custodia, así como proporcionar oportuna y fidedigna información, sobre los asuntos inherentes a su función.”----Que dentro las causales para el inicio de Proceso Interno o Sumario Administrativo Interno, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que eventualmente podría concurrir en su acción u omisión, el Artículo 42 del Reglamento de Interno de Personal, se tiene los siguientes incisos:----“(…)----b) Incurrir en actos que impliquen malversación, robo, hurto, evasión, defraudación, sustracción y abuso de confianza en dinero, valores, documentos o bienes institucionales.----(. ..)---n) Ocultar o destruir. Documentos de la Entidad de manera que puedan generar daños importantes”---- Que conforme el Decreto de Organización del Órgano Ejecutivo N° 29894 de 07 de Febrero de 2009, en el Artículo 120 numeral II y el artículo 123 establece lo siguiente:----”Artículo 120.- (Reglamentación General).----II Los Directores Generales funcionales tendrán las siguientes funciones comunes, en el área de su competencia:----c) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades técnicas y operativas de su área. d) Cumplir y llevar adelante la ejecución de sus funciones.----ARTÍCULO” 123.- ‘(Dirección General.de Asuntos Jurídicos). I. La Dirección General de Asuntos Jurídicos tiene les siguientes funciones:----c) Registrar y archivar las resoluciones ministeriales y toda otra documentación, así como organizar las fuentes de información legal.---d) Coordinar y supervisar la función y gestión jurídica del ministerio.----II. El Director General de Asuntos Jurídicos podrá tener bajo su dependencia las siguientes unidades:----(. ..)----b) Unidad de Gestión Jurídica, que tiene las siguientes funciones básicas:----Elaborar proyectos de resoluciones, contratos y otros instrumentos de carácter jurídico del ministerio.---Atender y procesar los aspectos jurídicos relativos a la aplicación de los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales.----(…)----VI. Los Jefes de Unidad dependen directamente del Director General, son responsables de la ejecución de las tareas técnicas y administrativas correspondientes a su unidad de conformidad con los reglamentos, el manual de organización y funciones establecido para cada Ministerio o Institución.”---- Que los incisos a) y d) del Artículo 5 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, Decreto Supremo 23318-A de 3 de Noviembre de 1992, establece entre otros que el desempeño transparente de funciones de los servidores públicos, base de credibilidad de sus actos involucra:----a) Generar y transmitir expeditamente información útil, oportuna, pertinente, comprensible, confiable y verificable, a sus superiores jerárquicos, a las entidades que proveen los recursos con que trabajan y a cualquier otra persona que esté facultada para supervisar sus actividades;----b) Proporcionar información ya procesada a toda persona individual o colectiva que la solicite y demuestre un legítimo interés.---- Que, el inciso b) párrafo II y VIII Artículo 16 del Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado por Resolución Ministerial 319-2014 de 31 de Octubre de 2014 y modificado por la Resolución Ministerial 197/2016 de 29 de Julio de 2016.----Artículo 16----”Párrafo II.-----(. ..)----b) Formulario de Autorización de viaje en Misión Oficial (Servicio Central) - Form. N° 1 debidamente llenado, suscrito y autorizado, solicitando la elaboración de la Resolución Ministerial pertinente, conteniendo mínima y obligatoriamente información sobre antecedentes del viaje, lugar. o lugares de la comisión; Sello que acredita la Certificación POA (Programa Operativo Anual) y Presupuestaria o aclaración, si los. Costos fueran asumidos por una entidad o fuente de financiamiento Externa y; si corresponde, el nombre y cargo de la Servidora o del Servicio Público a designarse interinamente como Director (a) General.----(…)----Párrafo VIII.----Resolución Ministerial de autorización de viaje al exterior debe suscribirse por el (la) Ministro (a) y el (la) Viceministro (a) del área funcional de la cual depende el (la) solicitante. La Dirección General de Asuntos Jurídicos otorgara una copia legalizada de las Resoluciones Ministeriales a la Dirección General de Asuntos Administrativo” (Lo subrayado corresponde a la resolución).---- Que el Manual de Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 482/2005 de fecha 05 de octubre de 2005.----CÓDIGO: G M - DGAJ - DAJ - 1 0 3 0 0 - 1 . - - - - I . D E N O M I N A C I O N D E L CA RGO - - - - DIR ECTO R (A) G EN ER A L D E ASU NTOS J U RI DICOS - - - -V. D ESCR I PCI O N DE FUNCIONES (.,.)- - - - c) Registrar y archivar las resoluciones ministeriales y organizar fuentes de información legal----d) Coordinar y supervisar la función j u r í d i c a d e l M i n i s t e r i o (…) - - - - n) O r g a n i z a r, controlar y evaluar e l t r a b a j o y los r e s u l t a d o s d e l a s a c t i v i d a d e s e n c o m e n d a d a s a los funcionarios bajo su dependencia”.----CÓDIGO: G M DGAJ - DAJ - 1 0 3 2 0 - 1 . - - - - I I . D E N O M I N A C I Ó N D E L CARGO - - - - DI R ECTOR(A) G E S T I Ó N J U R I D I C A . - - - V. DESCRIPCIÓNDE FUNCIONES (...)----b) Proyectar r e s o l u c i o n e s , c o n t r a t o s y documentos jurídic os.(...)---w) Organizar, controlar y evaluar el trabajo y los resultados d e l a s a c t i v i d a d e s e n c o m e n d a d a s a los f u n c i o n a r i o s bajo s u d e p e n d e n c i a ’. - - - - x ) D e s e m p e ñ a r o t r a s f u n c i o n e s a f i n e s que l e a s i g n e el D i r e c t o r G e n e r a l . - - - - C O N S I D E R A N D O : - - - - Q u e , e l A r t í c u l o 2 8 , e n s u s i n c i s o s a ) y b ) d e l a L e y N º 11 7 8 d e 2 0 de julio de 19 9 0, establec e que la responsabilidad de los ser vidores públic os podrá ser administrativa, ejecutiva, civil y penal, la cual será determinada de acuerdo a los resultados de su a c c i ó n u o m i s i ó n . - - - - Q u e , d e a c u e r d o a l A r t í c u l o 2 9 d e l a L e y N º 11 7 8 r e f e r i d a u t s u p r a , l a naturaleza de la responsabilidad administrativa responde a una acción u omisión de un ser vidor


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público que contraviene el ordenamiento jurídico administrativo que regula su conducta funcionaria, a s p e c to c o n c o r d a nte c o n e l A r tíc u l o 13 d e l A n exo d e l D e c r eto S u p r e m o N º 2 3 318 d e 3 d e n ov i e m b r e de 19 92.- - - - Que, de acuerdo al A r tículo 3 5 de la Ley N º 4 6 5, la Junta de Proc esos Administrativos constituye la instancia permanente y competente para la admisión, conocimiento, tramitación y resolución en doble instancia de sumarios administrativos contra las ser vidoras y los ser vidores públicos dependientes del Ministerio de Relaciones exteriores, así como para las ex ser vidoras y l o s e x s e r v i d o r e s p ú b l i c o s , p o r t r a n s g r e s i o n e s a d m i n i s t r a t i v a s a l a p r e s e n t e L e y, s u s r e g l a m e n t o s y otras disposiciones que regulan la conducta funcionaria de la ser vidora y ser vidor público.- - - Q u e c o n f o r m e l o s a n t e c e d e n t e s s e t i e n e q u e l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 3 61- 2 017 d e 01 d e D i c i e m b r e d e 2 0 1 7, c u r s a ú n i c a m e n t e e n f o r m a t o d i g i t a l e n l o s r e g i s t r o d e l a D i r e c c i ó n G e n e r a l de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores conforme se informa en la nota i n t e r n a G M - D G A J - U G J - N i 18 2 8 / 2 018 ; y q u e l a m e n c i o n a d a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 3 61 - 2 017 corresponde a la autorización de viaje en Misión Oficial de María Fernanda Baldivieso Lema, con C e d u l a d e I d e n t i d a d N º 5 0 0 8 6 8 9 TJ , s e r v i d o r a p u b l i c a d e l a U n i d a d d e C e r e m o n i a l y P r o t o c o l o , dependiente de la Dirección General de Ceremonial del Estado Plurinacional, a la ciudad de B r a s i l i a , R e p ú b l i c a F e d e r a t i v a d e l B r a s i l , d e l 0 3 a l 0 6 d e d i c i e m b r e d e 2 0 1 7. A l r e s p e c t o , s e o b s e r v a q u e l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 3 61 - 2 017 n o c u r s e e n o r i g i n a l e n l o s a r c h i v o s d e l a Dirección General de Asuntos Jurídicos y solamente se tenga en formato digital y en copias simples, extremo que hace presumir en actos que implican la sustracción, ocultación o destrucción del referido documento que se encontraba bajo guarda y custodia de la Directora General de Asuntos Jurídicos, Jefe de Unidad de Gestión Jurídica de la Directora General de Asuntos Jurídicos, Jefe de Unidad de Gestión Jurídica y del Ser vidora publica responsable de la elaboración y r e g i s t r o d e R e s o l u c i o n e s M i n i s t e r i a l e s . - - - - Q u e d e l a c o p i a d e R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 3 61 - 2 017 d e 0 1 d e d i c i e m b r e d e 2 0 1 7, c u r s a n t e a F s . 7 a 8 y 3 0 a l 3 2 d e o b r a d o s , s e o b s e r v a q u e d i c h o documentos tiene el sello y rubrica de visto bueno de las ex ser vidoras publicas Virginia Arias Saravia, Patricia Poma Mamani y Rosmer y Quispe Álvarez.- - - - Que conforme los Formularios de A u t o r i z a c i ó n d e V i a j e s M i s i ó n O f i c i a l – F O R M N º 1 c u r s a n t e e n F s . 11 y 3 3 d e o b r a d o s , s e a d v i e r t e q u e l o s s e ñ o r e s J u a n C a r l o s Te r r a z a s S o r i a G a l v a r r o y C e s a r G u s t a v o I n v e r n i z z i C a r p i o respectivamente cumplieron el trámite correspondiente para el llenado del citado Formulario de conformidad al Ar tículo 16 del Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Ser vicio C ent r al de l M inister i o de Re lac i o ne s E x ter i o re s ap r o bado p o r Re s o luc i ó n M inister ial 319 -2 014 de 31 d e o c t u b r e d e 2 014 y m o d i f i c a d o p o r l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l 19 7/ 216 d e 2 9 d e J u l i o d e 2 016 ; advir tiéndose que en ambas Formularios en la casilla correspondiente a “ SELLO RECEPCION ( D . G . A . J .) N º R E S O L U C I O N ”, s e t i e n e e l s e l l o d e r e c i b i d o d e l a D i r e c c i ó n G e n e r a l d e A s u n t o s J u r í d i c o s c o n f e c h a 0 1 d e d i c i e m b r e d e 2 0 1 7 y e l N º D G A J 3 6 1 – 2 0 1 7. A l r e s p e c t o s e d e d u c e q u e s e a s i g n o e l N º d e R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l 3 61 – 2 017 p a r a l a a u t o r i z a c i ó n d e v i a j e e n M i s i ó n O f i c i a l d e l o s s e ñ o r e s J u a n C a r l o s Te r r a z a s S o r i a G a l v a r r o y C e s a r G u s t a v o I n v e r n i z z i C a r p i o . - - - - Q u e d e la página pertinente al libro de Asignación de números de Resoluciones Ministeriales c o r r e s p o n d i e n t e a l N º 3 61 - 2 017 s e a d v i e r t e q u e l a m i s m a s e e n c u e n t r a a s i g n a d a a l o s s e ñ o r e s J u a n C a r l o s Te r r a z a s S o r i a G a l v a r r o y C e s a r G u s t a v o I n v e r n i z z i C a r p i o . A s i m i s m o e s b u e n o señalar que c onfor me señala la N ot a Inter na G M - DG A J - UG J - Ni1828 / 2018, evac uada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, indica que dentro los ser vidores públicos que se encontraban a cargo de la elaboración de las Resoluciones Ministeriales entre los meses de n o v i e m b r e y d i c i e m b r e d e 2 0 1 7, s e e n c o n t r a b a l a A b g . R o s m e r y Q u i p e Á l v a r e z y a l a v e z e r a l a encargada de asignar números de Resoluciones Ministeriales.---- Que de los antecedentes cursante e n o b r a d o s d e t i e n e q u e d u r a n t e l o s m e s e s d e n o v i e m b r e y d i c i e m b r e d e l a g e s t i ó n 2 017 e n l a Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores la Abog. Virginia Arias Saravia se encontraba designada como Directora General de Asuntos Jurídicos a.i.; y la Abog. Patricia Poma Mamani cumplía las funciones de Jede de Unidad de Gestión Jurídica en este sentido las citadas ex ser vidores publicas tenían el deber de super visar y controlar el trabajo y el resultado de las actividades encomendadas a los funcionarios bajo su dependencia; así como d e b e r d e c o n s e r v a r, r e s g u a r d a r y m a n t e n e r l a d o c u m e n t a c i ó n y a r c h i v o s a s i g n a d o s a s u c u s t o d i a y documentos propios de la función pública; y velar por la correcta aplicación de las disposiciones para la asignación de pasajes y viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores en el marco de la normativa Señalada ut supra. Asimismo se tiene que la Abog. Rosmery Quispe Álvarez cumplía funciones en la Unidad de Gestión Jurídica siendo responsable de la e l a b o r a c i ó n y a s i g n a c i ó n d e R e s o l u c i o n e s M i n i s t e r i a l e s a e s e e f e c t o t e n í a e l d e b e r d e c o n s e r v a r, resguardar y mantener la documentación y archivos asignados a su custodia y documentos propios de la función pública, así también obser var la correcta aplicación de las disposiciones de la asignación de pasajes y viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como la elaboración de la Resolución Ministerial permitentes.- - - - Que, la Comisión de Admisión de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Auto de Admisión de 01 de Julio de 2019, ha deter minado la existencia de suf icientes indicios de responsabilidad administrativa en contra de las ex ser vidoras públicas Virginia Arias Saravia – Ex Directora General de Asuntos Jurídicos, Patricia Poma Mamani – Ex Jefe de Unidad de Gestión J u r í d i c a , R o s m e r y Q u i s p e Á l v a r e z – E x Te r c e r S e c r e t a r i o , h a b i e n d o a d m i t i d o l a c a u s a y d i s p u e s t o la remisión de obrados a la Comisión de Procesos.- - - - Que, conforme a los antecedentes de la presente causa y a la normativa señalada anteriormente, se presume la existencia de indicios de responsabilidad de las ex ser vidoras públicas Virginia Arias Saravia – Ex Directora General de Asuntos Jurídicos, Patricia Poma Mamani – Ex Jefe de Unidad de Gestión Jurídica, Rosmery Q u i s p e Á l v a r e z – E x Te r c e r S e c r e t a r i o d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s . - - - - P O R T A N T O : - - - L A C O M I S I Ó N D E P R O C E S O D E L A J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R AT I V O S D E L M I N I S T E R I O D E R E L A C I O N E S E X T E R I O R E S , C O N L A AT R I B U C I Ó N C O N F E R I D A P O R E L A R T Í C U L O 4 5 D E L R E G L A M E N T O D E L A J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R AT I V O S , A P R O B A D O M E D I A N T E RESOLUCIÓN MINISTERI AL N º 26 0 -2016 DE 03 DE OCTUBRE DE 2016;- - - - DETERMINA:- - - PRIMERO.- Iniciar Proc eso Administrativo Inter no en c ontra de las ex ser vidoras públic as:- - - Virginia Arias Saravia – Ex Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la posible contravención del Ar tículo 232, Ar ticulo 235 numerales 2 y 4, Ar tículo 237 parágrafo I, numeral 1 de la Constitución Política del Estado; Ar ticulo 4 4 numerales 1, 2 , 6 y 9 y A r t i c ul o 4 8 d e l a Ley N º 4 6 5 d e l S e r v i c i o d e Re l ac i o n e s E x te r i o r e s d e l E st a d o Pl u r i n ac i o n a l d e B o l i v i a d e 19 d e di c i e m b r e d e 2 013; e l A r t i c u l o 2 2 d e la L e y N º 2 3 41 d e Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 20 02 de procedimiento administrativo; el Ar tículo 8 º i n c i s o h) d e l d e l a L ey N º 2 0 2 7 d e 2 7 d e o c t u b r e d e 2 0 0 2 E s t a t u t o d e l Fu n c i o n a r i o P ú b l i c o; e l A r tíc u l o 12 0 p a r á g r af o I I) i n c i s o c) y d), e l A r tíc u l o 12 3 p a r á g r af o I) i n c i s o s c) y d) y p a r á g r af o I I i n c i s o b) d e l D e c r e t o d e O r g a n i z a c i ó n d e l Ó r g a n o E j e c u t i v o N º 2 9 8 9 4 d e 0 7 d e Fe b r e r o d e 2 0 0 9 ; e l A r t í c u l o 9 i n c i s o s a) , b) , n) y z) d e l R e g l a m e n t o d e I n t e r n o d e P e r s o n a l , a p r o b a d o p o r R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 4 0 0 / 2 013 , d e 3 0 d e s e p t i e m b r e d e 2 013; A r t íc u l o 5 l o s i n c i s o s a) y d) d e D e c r e t o Supremo 23 318 - A de 3 de N oviembre de 19 92, Reglamento por la Func ión Public a A r tíc ulo 16 p á r r a f o I I i n c i s o b) y p á r r a f o V I I I d e l R e g l a m e n t o p a r a l a A s i g n a c i ó n d e P a s a j e s y V i á t i c o s e n e l

MARTES / 13 / 07 / 2021

29

Ser vic io C entral del M inister io de Relac iones E x ter iores aprobado por Resoluc ión M inister ial 319 2 014 d e 31 d e O c t u b r e d e 2 014 y m o d i f i c a d o p o r l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l 19 7/ 2 016 d e 2 9 d e J u l i o d e 2 016 ; e l c ó d i g o G M - D G A J -10 3 0 0 -1 p á r r a f o V D e s c r i p c i ó n d e Fu n c i o n e s i n c i s o s c) , d) y n) d e l Manual de Funciones del Minister io de Relaciones E x ter iores, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 482/2005 de fecha 05 de octubre de 2005 aplicable en virtud de la disposición transitoria cuar ta de la Ley 465 del Ser vicio de Relaciones Exteriores. Al omitir la super visión y control del trabajo y resultado de las actividades encomendadas a los funcionarios bajo su d e p e n d e n c i a , a s í c o m o l a o m i s i ó n d e c u m p l i r e l d e b e r d e c o n s e r v a r, r e s g u a r d a r y m a n t e n e r l a documentación y archivos asignados a su custodia y documentos propios de la función pública y al omitir la correcta aplicación de las disposiciones del Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores que tiendan a la elaboración de la Resolución Ministerial pertinente, igualmente al incurrir con probabilidad en actos que impliquen, sustracción ocultación o destrucción de documentos de la Entidad.- - - -Sra. Patricia Poma Mamani - Ex Jefe de Unidad de Gestión Jurídica por la posible contravención del Ar tículo 232, Ar ticulo 235 numerales 2 y 4, Ar tículo 237 parágrafo I, numeral 1 de la Constitución Política d e l E st a d o; A r t i c ul o 4 4 num e r a l e s 1, 2 , 6 y 9 y A r t i c ul o 4 8 d e l a Ley N º 4 6 5 d e l S e r v i c i o d e Re l ac i o n e s E x te r i o r e s d e l E st a d o Pl u r i n ac i o n a l d e B o l i v i a d e 19 d e di c i e m b r e d e 2 013; e l A r t i c u l o 2 2 d e l a L e y N º 2 3 41 d e P r o c e d i m i e n t o A d m i n i s t r a t i v o d e 2 3 d e a b r i l d e 2 0 0 2 ; e l A r t í c u l o 8 º i n c i s o h) d e l d e l a L ey N º 2 0 2 7 E s t a t u t o d e l Fu n c i o n a r i o P ú b l i c o d e 2 7 d e O c t u b r e d e 2 0 0 2 ; e l A r t í c u l o 12 0 p a r á g r af o I I) i n c i s o c) y d), e l A r tíc u l o 12 3 p a r á g r af o I) i n c i s o s c) y d), y p a r á g r af o V I d e l D e c r eto d e O r g a n i z a c i ó n d e l Ó r g a n o E j e c u t i vo N º 2 9 8 9 4 d e 07 d e Fe b r e r o d e 2 0 0 9 ; e l A r t íc u l o 9 i n c i s o s a), b) , n) y z) y A r t í c u l o 42 i n c i s o b ) y n) d e l R e g l a m e n t o d e I n t e r n o d e P e r s o n a l , a p r o b a d o p o r R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 4 0 0 / 2 013 , d e 3 0 d e s e p t i e m b r e d e 2 013 , l o s i n c i s o s a) y d) d e l R e g l a m e n t o de la Responsabilidad por la Func ión Públic a, D ec reto Supremo 23 318 - A de 3 de N oviembre de 19 9 2 , A r t í c u l o 16 i n c i s o b) p á r r a f o I I y V I I I d e l R e g l a m e n t o p a r a l a A s i g n a c i ó n d e P a s a j e s y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado por Resolución M i n i s t e r i a l 319 - 2 014 d e 31 d e O c t u b r e d e 2 014 y m o d i f i c a d o p o r l a R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l 19 7/ 2 016 d e 2 9 d e J u l i o d e 2 016; e l c ó d i g o G M - D G A J -10 3 2 0 -1 p á r r a f o V D e s c r i p c i ó n d e Fu n c i o n e s i n c i s o s b) , w) y x) d e l M a n u a l d e Fu n c i o n e s d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s , a p r o b a d o m e d i a n t e Resolución Ministerial Nº 482/2005 de fecha 05 de octubre de 2005 aplicable en virtud de la disposición transitoria cuar ta de la Ley 465 del Ser vicio de Relaciones Exteriores. Al omitir la supervisión y control del trabajo y resultado de las actividades encomendadas a los funcionarios b a j o s u d e p e n d e n c i a , a s í c o m o l a o m i s i ó n d e c u m p l i r e l d e b e r d e c o n s e r v a r, r e s g u a r d a r y m a n t e n e r la documentación y archivos asignados a su custodia y documentos propios de la función pública, así también al omitir obser var la correcta aplicación de las disposiciones del Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores que tiendan a la elaboración de la Resolución Ministerial pertinente, igualmente al incurrir con probabilidad en actos que impliquen, sustracción ocultación o destrucción de documentos de la E n t i d a d . - - - - S r a . R o s m e r y Q u i s p e Á l v a r e z - E x Te r c e r S e c r e t a r i o p o r l a p o s i b l e c o n t r a v e n c i ó n d e l Ar tículo 232, Ar ticulo 235 numerales 2 y 4, Ar tículo 237 parágrafo I, numeral 1 de la Constitución Po lít i c a d e l E st a d o; A r t i c ul o 4 4 num e r a l e s 1, 2 , 6 y 9 y A r t i c ul o 4 8 d e l a Ley N º 4 6 5 d e l S e r v i c i o d e Re l ac i o n e s E x te r i o r e s d e l E st a d o Pl u r i n ac i o n a l d e B o l i v i a d e 19 d e di c i e m b r e d e 2 013; e l A r t i c u l o 2 2 d e l a L e y N º 2 3 41 d e P r o c e d i m i e n t o A d m i n i s t r a t i v o d e 2 3 d e a b r i l d e 2 0 0 2 ; e l A r t í c u l o 8 º i n c i s o h) d e l d e l a L ey N º 2 0 2 7 E s t a t u t o d e l Fu n c i o n a r i o P ú b l i c o d e 2 7 d e O c t u b r e d e 2 0 0 2 ; e l A r t í c u l o 12 0 p a r á g r a f o I I) i n c i s o d) , e l A r t í c u l o 12 3 p a r á g r a f o I) i n c i s o s c) y d) , p a r á g r a f o I I i n c i s o b) , p a r á g r a f o VI del Decreto de Organización del Órgano Ejecutivo N º 29894 de 07 de Febrero de 2009; el A r t í c u l o 9 i n c i s o s a) , b) , n) y z) y A r t í c u l o 4 2 i n c i s o b ) y n) d e l R e g l a m e n t o d e I n t e r n o d e P e r s o n a l , a p r o b a d o p o r R e s o l u c i ó n M i n i s t e r i a l N º 4 0 0 / 2 013 , d e 3 0 d e s e p t i e m b r e d e 2 013 , l o s i n c i s o s a) y d) del Reglamento de la Responsabilidad por la Func ión Públic a, D ec reto Supremo 23 318 - A de 3 de N o v i e m b r e d e 19 9 2 , A r t í c u l o 16 i n c i s o b) p á r r a f o I I y V I I I d e l R e g l a m e n t o p a r a l a A s i g n a c i ó n d e Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado por Re s o luc i ó n M inister ial 319 -2 014 de 31 de O c tub re de 2 014 y m o di f i c ado p o r la Re s o luc i ó n M i n i s t e r i a l 19 7/ 2 016 d e 2 9 d e J u l i o d e 2 016 . A l o m i t i r l a s u p e r v i s i ó n y c o n t r o l d e l t r a b a j o y resultado de las actividades encomendadas a los funcionarios bajo su dependencia, así como la o m i s i ó n d e c u m p l i r e l d e b e r d e c o n s e r v a r, r e s g u a r d a r y m a n t e n e r l a d o c u m e n t a c i ó n y a r c h i v o s asignados a su custodia y documentos propios de la función pública, así también al omitir obser var la correcta aplicación de las disposiciones del Reglamento para la Asignación de Pasajes y Viáticos en el Servicio Central del Ministerio de Relaciones Exteriores que tiendan a la elaboración de la Resolución Ministerial pertinente, igualmente al incurrir con probabilidad en actos que impliquen, sustracción ocultación o destrucción de documentos de la Entidad.- - - -Se dispone la ADMISIÓN de la presente causa, con el fin de que dentro de un proceso administrativo respectivo se llegue a establecer o no sus posibles responsabilidades administrativas.- - - - SEGUNDO.Notifíquese a las procesadas de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento de la J u nt a d e P r o c e s o s A d m i n i s t r at i vo s .- - - -T E RC E RO.- U n a ve z n ot i f i c a d o c o n e l p r e s e nte A u to I n i c i a l de Pr o c e s o, e l Vo c al Re lato r asi gnad o p o r s o r te o que dar á e nc ar g ad o de sust anc iar e l Pr o c e s o Administrativo conforme a procedimiento.- - - -Notifíquese, regístrese y archívese.- - - Firma y Sello de Apolinar Edmundo Aguilar Mercado PRESIDENTE DE L A COMISION DE PROCESO DE L A J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R AT I V O S d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s ; - - - - F i r m a y Sello de Ausber to Raúl Cor tez Rivero VOCAL DE L A COMISIÓN DE P R O C E S O J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R AT I V O S d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s ; - - - - F i r m a y S e l l o d e E l o y M e n d o z a H u a y l l a V O C A L D E L A C O M I S I Ó N D E P R O C E S O D E L A J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R AT I V O S d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s ; - - - - F i r m a y S e l l o d e G a b r i e l F e r n a n d o C a l d e r ó n S a l a z a r V O C A L D E L A C O M I S I Ó N D E P R O C E S O D E L A J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R A T I V O S d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s - - - - A N T E M I : L i c . A b o g . F r a n z Te d d y M a m a n i G ó m e z – J E F E D E U N I D A D D E L A S E C R E TA R I A T E C N I C A D E L A J U N TA D E P R O C E S O S A D M I N I S T R AT I V O S d e l M i n i s t e r i o d e R e l a c i o n e s E x t e r i o r e s . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - AUTO.----A, 22 de junio de 2020----VISTOS:----En Atención al Informe de 18 de junio de 2020, presentado por la Secretaria Técnica de la Junta de Procesos Administrativos, en aplicación del Parágrafo VI, del Articulo 33 de la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo y el Articulo 6 del Reglamento de la Junta de Procesos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº260-2016, de 03 de octubre de 2016, se DISPONE la notificación de VIRGINIA ARIAS SARAVIA, con el Auto Inicial de Proceso de 27 de junio de 2019, mediante Edicto el cual debe ser publicado en un medio de amplia circulación nacional y sea con las formalidades de rigor.----------------------------------------------------------Firma y Sello de Mayra Briseida Montero Castillo VOCAL DE LA COMISIÓN DE PROCESO DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores; -----ANTE MÍ: Abog. Franz Teddy Mamani Gomez - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS del Ministerio - Relaciones Exteriores-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------El presente Edicto es emitido en la ciudad de la Paz, el día 07 de julio de 2021-----------------------------------------------------------Firma y Sello: Ernesto Cesar Hinojosa Ledezma - JEFE DE UNIDAD DE LA SECRETARIA TECNICA DE LA JUNTA DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS - Ministerio de Relaciones Exteriores-----------------------------------------------------------------------------------

EDICTO

(Segunda Publicación) EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL ABG. JORGE EDUARDO VILDOSO CÁRDENAS EN MÉRITO AL ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO Nº. 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2004 NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN, DENTRO DE LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS A INSTANCIA DE ESTA GERENCIA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nº

Nº DE PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN SUJETO PASIVO TRIBUTARIA

NIT / C.I.

1

AN-GRLGR-SETMAURA ISABEL PIET-87/2021 DE FECHA HUAMAN 22/03/2021 MORALES

41856236

2

3 4

AN-GRLGR-SETPIET-137/2021 DE FECHA 12/05/2021

WILDO APAZA TARQUI

7342973 LP

AN-GRLGR-SETPIET-189/2021 DE FECHA 09/06/2021 AN-GRLGR-SETPIET-214/2021 DE FECHA 14/06/2021

NAYELY CABALLERO

9242736 LP

TATOO BOLIVIA S.R.L.

153308023

ORIGEN DEL PIET

MONTO ADEUDADO EN BOLIVIANOS

RESOLUCION FIRME QUE RESUELVE 83,278.- (OCHENTA Y TRES MIL EL RECURSO DE ALZADA ARIT-LPZ/RA DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO 0767/2020 DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2020 00/100 BOLIVIANOS) RESOLUCION SANCIONATORIA LAPLISPCC-RC N° 0118/2021 DE 25 DE ENERO DE 2021

3,060.- (TRES MIL SESENTA 00/100 BOLIVIANOS)

MONTO ADEUDADO EN UFV’S 35,252.- (TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) 1,293.- (MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA)

RESOLUCION SANCIONATORIA LAPLI24,651.- (VEINTICUATRO MIL 10,412.- (DIEZ MIL CUATROCIENTOS SPCC-RC-0791/2020 DE 05 DE OCTUBRE SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOCE 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A DE 2020 UN 00/100 BOLIVIANOS) LA VIVIENDA) RESOLUCION DETERMINATIVA AN3,596.- (TRES MIL QUINIENTOS (OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA GRLGR-ULELR-RESDET-1-2021 DE 19 DE 8,515.Y SEIS 00/100 UNIDADES DE QUINCE 00/100 BOLIVIANOS) FEBRERO DE 2021 FOMENTO A LA VIVIENDA)

(…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la Ley 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, conforme lo señala el Art. 47 de la Ley 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo que se les comunica que deberán apersonarse a la Supervisoría de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. del Policía Nº 637 entre Calle Diego de Portugal y Ballivian Otero Zona Ciudad Satélite.--------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Alibeth Pamela Mendoza Vera, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(1) PARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 26 de Mayo de 2021. ------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a MAURA ISABEL HUAMAN MORALES con C.I. 41846236 L.P., con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-87/2021 de fecha 22/03/2021, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario - Ley N° 2492. ---------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 11 de junio de 2021. --------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al sujeto pasivo WILDO APAZA TARQUI con Cedula de Identidad: 7342973 LP, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-137/2021 de fecha 12/05/2021, emitido por la Supervisoria de Ejecución Tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario - Ley N° 2492 – Código Tributario Boliviano . ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(3) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 16 de junio de 2021. --------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a NAYELY CABALLERO con C.I: 9242736, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-189/2021 de fecha 09 de junio de 2021, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario - Ley N° 2492 . ------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(4) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 18 de junio de 2021. ---------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a TATOO BOLIVIA S.R.L. con NIT 153308023 representada legalmente por Ronnie Elias Camino Mena con C.I. 13865740 LP, con lo siguiente: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-214/2021 de fecha 14 de Junio de 2021, emitido por la Supervisoria de Ejecución Tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86° del Código Tributario - Ley N° 2492 . --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. ------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------

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MARTES / 13 / 07 / 2021

Bolívar alarga la espera para dar a conocer el nombre del nuevo DT

// FOTO: TOMADA DE LÍBERO

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a dirigencia del club Bolívar todavía no oficializó quién será el nuevo entrenador del equipo, aunque en medios peruanos afirman que José ‘Chemo’ Del Solar tiene prácticamente todo arreglado para asumir el cargo. Según informó el programa Ovación, de Perú, el técnico del plantel de César Vallejos recibió una oferta del equipo boliviano para que se siente en el banquillo la siguiente campaña. Añade que el estratega peruano recibió el Ok por parte de los directivos del City Group, que son socios del Bolívar. Si se concreta la oferta, ‘Chemo’ Del Solar volvería a dirigir en el extranjero por tercera vez después de haber cumplido la función en Colón de Santa Fe en 2005 (Argentina) y Universidad Católica en 2007 (Chile). Bolívar está próximo a celebrar su centenario (en 2025), por lo que maneja un proyecto a largo

Deportivo

plazo en el que podría estar el técnico peruano que llegaría en reemplazo del estratega español José Ignacio González. El gerente deportivo de la Academia, Javier Recio, anunció que el nuevo entrenador es sudamericano y “de gran trayecto en el fútbol del continente, un poco de paciencia que ya podremos anunciar el nombre”. Dijo que hasta hoy se conocerá el nombre una vez que se firme el contrato. El presidente del club, Marcelo Claure, no se pronunció sobre el tema a través de su cuenta en las redes sociales, pero sí lo hizo para asumir la responsabilidad del empate frente a Real Santa Cruz (1-1). “La responsabilidad del empate de @Bolivar_ Oficial ayer es mía al ser el máximo responsable. Mi equipo, Bolívar, tomó la decisión de dar vacaciones a los seleccionados. Lo que fue una buena intención terminó perjudicándonos al jugar con 5 titulares menos. Todavía queda mucho”, posteó.

Socios de San José suspenden a Bueno

Blooming le gana a Nacional Blooming venció a Nacional Potosí por 2-1 en el cierre de la octava fecha del torneo de la División Profesional, en partido que se jugó ayer en el estadio Ramón ‘Tahuichi’ Aguilera de Santa Cruz. El equipo cruceño sumó tres puntos valiosos que le permiten ascender un puesto, del 12 al 11, en la tabla de posiciones. El primer gol fue convertido por Rafinha, a los cinco minutos, de tiro penal. Ocho minutos más tarde llegó el tanto de la igualdad a través de Cristhian Álvarez, también desde los 12 pasos. Cuando el compromiso expiraba, a los 86’, Rafinha, con un disparo de tiro libre, anotó el gol de la victoria del equipo bloominista. Con la derrota, Nacional Potosí se mantiene en el tercer lugar de la tabla con 16 puntos, a tres de diferencia del puntero The Strongest, que tiene un partido menos, y a dos del segundo, Bolívar.

‘Chemo’ Del Solar es el principal candidato.

Ernesto Araníbar, presidente del Tribunal de Honor de San José.

Los socios del club San José, en la Asamblea que se realizó ayer en la sede de los Trabajadores Municipales en construcción de Oruro, decidieron suspender de su cargo al presidente Sebastián Bueno porque no da la cara y no responde a las expectativas que ha generado cuando asumió la titularidad de la entidad santa. Los hinchas del equipo santo decidieron aceptar la renuncia del primer vicepresidente Silvio Fontana y del segundo vicepresidente, Juan Tinini, quienes pusieron sus cargos a disposición. La aceptación se basó en el poco apoyo que le han brindado al club pese al compromiso de sacarlo adelante con gestiones y respaldo económico que nunca llegaron. Por otro lado, los socios esperan que Bueno renuncie al cargo porque ha hecho abandono de sus funciones y no se comunicó con ningún miembro de su directorio. En caso de que no haga llegar su dimisión pasará al Tribunal de Honor que juzgará su accionar con base en un reglamento. “Lamentamos la actitud del señor Sebastián Bueno que no sabemos qué es lo que quiere para el club y cómo piensa solucionar los diferentes problemas a nivel institucional y económico, por lo que está suspendido temporalmente y pasará al Tribunal de Honor, instancia que le iniciará el proceso administrativo correspondiente”, informó el presidente del Tribunal, Ernesto Araníbar. La Asamblea se ha declarado en cuarto intermedio hasta el próximo viernes, cuando se reinstalará la reunión de socios para tomar nuevas determinaciones.


Deportivo

BÁSQUETBOL

Entel y Bolivia TV unen esfuerzos para transmitir cotejos de la Selección

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• Redacción Central

espués de arduas negociaciones, Entel SA, la empresa de los bolivianos, adquiere los derechos de transmisión del Campeonato Internacional de Básquet, denominado ‘Pre Clasificatorio de la Américas a la Copa del Mundo de Baloncesto – FIBA 2023’, que se llevará a cabo en Santiago de Chile, en el que participarán las selecciones de Bolivia, Nicaragua, Paraguay y Chile, del 13 al 15 de este mes.

El gerente general de Entel, Roy Méndez Soleto, informó que todos los bolivianos podrán asistir a 6 partidos (3 de la Selección nacional), por señal abierta de televisión a través de Bolivia TV, canal 39 de Entel TV, mediante la aplicación de Smart TV para celulares para los usuarios de Entel Móvil. La transmisión por Bolivia TV es un esfuerzo conjunto entre empresas nacionales pertenecientes al Estado, en base a un acuerdo entre la gerente de Bolivia TV, Rocío

Molina, y el gerente general de Entel, Roy Méndez, que posibilitará llegar a todo el territorio nacional, más allá de los clientes de Entel. Recordar que el apoyo a la selección de básquetbol se suma al que se hizo a través del Viceministerio de Deportes y otras instituciones, para que los jugadores puedan tener las condiciones y lleven adelante sus entrenamientos y asistir a dicho campeonato. De esta manera, Entel reafirma una vez más su compromiso con el deporte boliviano.

Bolivia debuta hoy contra Chile

Giovanny Vargas, técnico de la Selección nacional de básquetbol.

La Selección boliviana de baloncesto debutará frente a Chile en el torneo preclasificatorio al Mundial 2023. El partido se disputará hoy en la cancha del Centro de Entrenamiento Olímpico de Santiago a partir de las 22.15. El formato de la competencia será de todos contra todos y los dos (2) mejores equipos del grupo B avanzar al Clasificatorio de las Américas para la Copa del Mundo FIBA 2023. Previo al encuentro, surgió el problema de que la madre de Joshua Reaves no pudo ingresar a Chile para acompañar a su hijo y a la delegación porque la Federación Boliviana de Básquetbol no la registró ante la Federación Internacional (FIBA). El basquetbolista, una de las figuras del equipo nacional, advirtió con abandonar el equipo si no lograban que su mamá pueda integrarse en las próximas horas a la delegación. El martes 14 jugará su segundo partido frente a Nicaragua (19.00) y cerrará su participación el miércoles 14 ante Paraguay (19.00).

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Escóbar y Claure ganan el nacional de ajedrez La cochabambina Marizol Escóbar y el paceño René Claure ganaron en el Campeonato Nacional Virtual Sub-13 de ajedrez que se celebró el fin de semana. Con la participación de 85 pensadores (52 varones y 33 damas), el evento se disputó vía online a través de la aplicación Lichess, donde los deportistas jugaron a 9 rondas de 3 minutos y 2 segundos cada una. La categoría femenina fue luchada por el primer lugar, Escóbar, la tarijeña Isabela Kilibarda y la paceña Maite Paucara mostraron un gran nivel hasta finalizar las tres en la parte alta de la clasificación con 7 puntos, producto de similar número de victorias y dos derrotas cada una. La ajedrecista cochabambina se quedó con el título después de salir favorecida en el sistema de desempate. En el Absoluto (varones) Claure se llevó la corona de forma invicta al terminar con 8,5 unidades gracias a sus 8 triunfos y un empate. Lo escoltaron en el podio el cruceño Matías Barja y el valluno Fabricio Mercado (ambos con 7), pero el representante de Santa Cruz se ubicó segundo por el sistema de desempate. Gracias a su victoria, Escóbar y Claure pasaron a conformar la Selección nacional para futuros campeonatos internacionales que organice la FIDE, en la que ya se encuentran la tarijeña Isabela Kilibarda y el cruceño Thiago Tomicha (campeones en Sub-11), los cruceños Gael Cortez y Maite Arnez (Sub-9) y los cochabambinos Diego Escóbar y Amanda Montevilla (Sub-7).


Deportivo

MARTES / 13 / 07 / 2021

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arlos Emilio Lampe se convirtió en el primer refuerzo de Vélez Sarsfield. El arquero boliviano, de destacada actuación con la selección boliviana en la Copa América que se disputó en Brasil, se sumará al equipo de Liniers a préstamo por 18 meses, con cargo y una opción de compra. El guardameta de 34 años, ex Boca Juniors, llegó procedente del Always Ready, elenco boliviano comandado por el entrenador argentino Omar Asad. El golero arribó a Argentina para cumplir con la revisión médica y oficializar el contrato que lo unirá con la entidad de Liniers por un año y medio. El club a través de un comunicado ya hizo oficial el fichaje de Lampe. “Se llegó a un acuerdo para que el arquero Carlos Lampe se convierta en el primer refuerzo de Vélez. El vínculo será a préstamo, con cargo y con opción de compra por 18 meses”, manifestó el club de Liniers. En su primer encuentro con la prensa argentina, Lampe afirmó que llega Vélez para aportar con su cualidad y capacidad a los objetivos del club. “Elegí Vélez porque es un club serio, tiene un gran cuerpo técnico, esas son las cosas que hicieron que me decida rápido, a pesar de tener otras ofertas de otros clubes y países. Además, sé lo que significa Vélez en el contexto del fútbol internacional, sé lo que está peleando en la Copa Libertadores”, dijo. Confesó que es un gran reto en su carrera, porque jugar en un equipo que fue campeón del mundo

Carlos Lampe se puso la camiseta de Vélez Sarsfield (1994) y con una hinchada muy exigente representa un doble esfuerzo. Recordó que hace tres años se encontró con José Luis Chilavert, un referente e ídolo de Vélez, a quien lo admira y lo respeta porque “es un tipo muy inteligente, serio, con mucha personalidad, fue muy ganador y uno siempre intenta aprender de ese tipo de personas. Más adelante lo buscaré para hablar y me pueda dar mayores referencias de la interna del equipo”. Destacó que después de arreglar la vinculación al equipo velezano, recibió la llamada del presidente del club Raúl Héctor Gámez, que calificó como un gesto bueno y hasta familiar, que “fortalece la unidad y hace que el cariño por el club sea mayor”. Además, contó que siguió a Vélez en los partidos de la Copa Libertadores. “Me gusta cómo juega, trata de construir, presiona bastante y sé con lo que me voy a encontrar allá. Los equipos de Mauricio Pellegrino (el técnico de Vélez) se consideran así, intensos y luchadores en todas las líneas”. Vélez jugará mañana ante Barcelona de Ecuador, por octavos de final de la Copa Libertadores. El partido será en condición de local, desde las 18.15, y el arquero boliviano no será parte del juego.

// FOTO: VÉLEZ SARSFIELD

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// FOTO:ARCHIVO

Unión Española de ‘Chuma’ avanza a cuartos de final Unión Española derrotó a Magallanes por 1 a 0 y se metió a la fase de cuartos de final de la Copa Chile. En el equipo español participó el volante boliviano Alejandro Chumacero, quien jugó durante los 90 minutos. Chumacero volvió a la competencia en el fútbol chileno tras superar la lesión muscular que le dejó fuera de los partidos de las clasificatorias mundialistas Catar 2022 contra Venezuela (3-1) y Chile (1-1) en junio y de los cotejos de la fase de grupos de la Copa América Brasil 2021. El centrocampista paceño, de 30 años, fue parte de los dos encuentros de la llave frente a Magallanes. En la ida, los hispanos vencieron por la mínima dife-

rencia con gol de Bastian Yáñez, el viernes 7, ocasión en la que Chumacero ingresó a los 67 minutos en sustitución de Rubén Farfán. La vuelta se disputó ayer, con un marcador repetido a favor de Unión Española con tanto anotado por Cristian Palacios. Chumacero fue titular en la fecha, completó el compromiso y comenzó a retomar el ritmo que había perdido en el anterior semestre. El equipo de Unión Española fue el último en llegar a los cuartos de final y su siguiente rival será Huachipato en fecha por confirmarse. En caso de superar esta barrera, el equipo de Chumacero se enfrentará a Colo Colo en la semifinal.


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