EDICIÓN DIGITAL
PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • DOMINGO 26 DE SEPTIEMBRE DE 2021 • AÑO 1 • NRO. 149 • PRECIO 4,00 BOLIVIANOS • PUBLICACIÓN NACIONAL
P.16
// FOTO: MINISTERIO DE TRABAJO
Cumbre de Beni apunta a industrializar el agro y reforestar los bosques
DEBE PRESENTARSE EL 5 DE OCTUBRE A LAS 10.00
José Luis figura como acusado en la demanda presentada por la exdiputada Lidia Patty el 28 de noviembre de 2020. Tiene alerta migratoria y no puede abandonar el país.
Cocaleros afines a Lluta rompen diálogo por la sede de Adepcoca P.23
The Strongest y Always Ready se juegan la punta del Torneo
RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY
P.3
Ministra Prada:
“Señor Camacho, Santa Cruz no es su hacienda”
ESPECIAL
P.26
Gobernador cruceño y cívicos reavivan el odio y racismo Los hechos registrados el 24 de septiembre en Santa Cruz ocurrieron a causa del discurso y la ideología de la autoridad de ese departamento. ESPECIAL
// FOTO: PRESIDENCIA
Padre de Fernando Camacho tiene que declarar por el caso Golpe de Estado
2
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Covid-19 • Redacción Central
Camacho se vacuna con las dosis adquiridas por el Gobierno central.
El jefe de bancada del MAS en la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz, Clemente Ramos, dijo que el gobernador Luis Fernando Camacho incumplió su promesa electoral en salud, ya que no se logró inmunizar al 100% de la población y no compró ni una sola vacuna.
Clemente Ramos Asambleísta Departamental de Santa Cruz
// FOTO: ERBOL
“En la efemérides de los 211 años de la gesta libertaria de Santa Cruz, además de tener un discurso racista y discriminador, promoviendo la discriminación, no pudo ejecutar las promesas políticas en salud”, explicó Ramos. El asambleísta dijo que el gobernador cruceño, además de prometer 70 mil empleos que no pudo lograr, tampoco le dio al departamento ni una sola vacuna, ya que prometió que hasta el 24 de septiembre iba a vacunar a todos los cruceños, pero no pudo comprar una sola dosis, a pesar de que la Asamblea Legislativa Departamental autorizó Bs 54 millones para adquirir inmunizantes. “Pero no tuvo la capacidad de comprar una sola vacuna, ni siquiera alistar la logística para las vacunas que fueron adquiridas por el presidente Luis Arce Catacora y el hermano David Choquehuanca para Santa Cruz”, dijo. Luis Fernando Camacho, el 3 de mayo, al ser posesionado como gobernador de Santa Cruz, prometió entre otros luchar contra el Covid-19, pero no lo hizo hasta hoy. El 10 de enero, Camacho también comprometió su pa-
No tuvo la capacidad de comprar una sola vacuna, ni siquiera alistar la logística para las vacunas”.
AUNQUE TIENE EL DINERO, NO COMPRÓ VACUNAS
Camacho incumplió sus promesas electorales para la salud del pueblo Aseguró que hasta el 24 de septiembre iba a inmunizar a todos los cruceños, pero no consiguió una sola dosis y miles aún no recibieron el fármaco. labra en candidatura, aseguró que si era electo como Gobernador, implementaría un plan para que todos los cruceños estén vacunados hasta el 24 de septiembre. El plazo ya se cumplió y miles de cruceños no recibieron ni la primera dosis. Además la Gobernación se dio el lujo de rechazar casi un millón de dosis. “Se aplazó, fracasó, ha demostrado una ineficiente gestión Luis Fernando Camacho,
no ha podido siquiera garantizar la logística para vacunar al pueblo cruceño”, dijo Ramos 54 MILLONES SIN RUMBO Los 54 millones que debían emplearse para vacunas no fueron usados para su fin, ya que el gobierno recibió seis millones de dosis Sinopharm con lo que enterró la supuesta necesidad de vacunas para los cruceños, al estar esa plaza cubierta completamente.
El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental (ALP), Zvonko Matkovic Ribera, informó que ese dinero será destinado a las salas de terapia de los hospitales de tercer nivel, ante una posible llegada de una cuarta ola de Covid-19, pero por ahora no hay un avance en esa promesa. La reasignación de esos recursos en programas no recurrentes y/o de inversión pública, que son necesarios para
atender las competencias departamentales como la salud aún no se efectuó, ya que la ley que aprobaba la compra ni siquiera fue reglamentada, según denunció Ramos. Esto significa que Camacho en 120 días no se preparó para una posible cuarta ola, sino a promover una convulsión entre cruceños para eximirse de responsabilidades por el golpe de Estado de 2019 que protagonizó.
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
3
Nacional // FOTO: ARCHIVO
INTENTÓ VIAJAR A ESTADOS UNIDOS
El padre de Camacho es citado por el caso Golpe Debe comparecer por su presunta negociación con las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana.
POR DISCRIMINACIÓN Y HUMILLACIÓN
‘Bartolinas’ exigen investigar el ultraje contra la wiphala • ABI
La secretaria ejecutiva de la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia ‘Bartolina Sisa’, Flora Aguilar, exigió que el Ministerio Público de oficio inicie acciones legales contra el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, por el ultraje contra la wiphala. “Nosotros exigimos desde la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia ‘Bartolina Sisa’, que el Ministerio Público, de oficio, tome acciones legales contra este delito que ha cometido el señor Camacho, porque ha ultrajado nuestro símbolo patrio que está en la Constitución Política del Estado. La wiphala se respeta”, aseveró en una
entrevista en el programa Primer Plano, de Bolivia TV. La dirigente recordó que ese símbolo patrio es sinónimo de unidad y reconoce a todos los pueblos del mundo, por lo que el sector campesino no permitirá que sea maltratado como sucedió durante el golpe de Estado de 2019. Aguilar lamentó, rechazó y condenó que Camacho haya empañado la celebración de la efeméride del departamento de Santa Cruz con acciones que demuestran que sigue con una posición de odio, racismo y de discriminación. “Al ultrajar la wiphala está mellando la dignidad de todos los pueblos indígenas, originarios de Bolivia”, mencionó. La representante de las mujeres campesinas mencionó, además, que el comportamiento indignante de Camacho hace incluso pensar que “está enfermo de la cabeza”, por lo que puede que necesite un psicólogo y hasta un psiquiatra.
• Redacción Central
Efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) notificaron ayer a José Luis Camacho Parada, padre del gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, para el 5 de octubre por el caso Golpe de Estado. La notificación se hizo en el Aeropuerto Internacional de Viru Viru, cuando él se aprestaba viajar a Estados Unidos (EEUU); fue retenido por efectivos policiales por una alerta migratoria en el momento en que registraba su salida. Luis Fernando Camacho, a través de sus redes sociales, confirmó la retención en momentos en que su progenitor viajaba al país del norte a “acompañar a su esposa por un tema de salud”. Camacho Parada está investigado por la ruptura del orden constitucional en noviembre de 2019, después de que el 28 de diciembre de 2019 se hizo viral una declaración en la que su hijo afirma que fue su padre quien ce-
rró con las Fuerzas Armadas (FFAA) y la Policía Boliviana para que no salgan a reprimir a los que exigían la renuncia de Evo Morales a la presidencia del Estado Plurinacional. En conversación con afines del Comité pro Santa Cruz, Luis Fernando Camacho explica cómo se logró el acuerdo que le facultó dar un plazo de 48 horas para que Morales dimita a su cargo. “La historia fue tan hermosa en el transcurso de todo, que fue mi padre que cerró con militares para que no salgan, fue por esa razón que la persona que fue justamente a hablar con todos ellos y coordinar todo fue Fernando López, actual ministro de Defensa, y por eso está de ministro para cumplir todos los compromisos”, manifestó. “Era ahí donde iba a pasar el problema, aquí (Santa Cruz) no iba a pasar nada, iba a mirar del balcón. Yo creo que ése fue el momento más duro que pasamos porque en el cabildo mi familia no sabía que yo iba a ir a La Paz, sólo sabía mi padre”, dijo en otra parte del video
que dio lugar a abrir un proceso de investigación. Luis Fernando Camacho, como presidente cívico cruceño, encabezó un paro de 21 días en la ciudad de Santa Cruz, al que se sumaron el de Potosí, Tarija, Sucre y otros por un presunto fraude electoral denunciado por la Organización de Estados Americanos (OEA) que hasta ahora no ha sido probado.
28 DE DICIEMBRE DE 2019, Luis Fernando Camacho confesó que su padre cerró con las FFAA y la Policía Boliviana.
4
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Tecnología SE CONECTAN ZONAS DONDE HAY CAMINOS
El director de la Agencia Boliviana Espacial (ABE), Iván Zambrana, informó ayer que se alcanzaron las 2.000 instalaciones de internet satelital, luego del golpe de Estado, en el territorio nacional y este mes inició una campaña de conexiones económicas del servicio por Bs 700 en lugares alejados con acceso de caminos. “Este mes hemos lanzado una campaña de conexiones individuales y comunitarias de internet satelital para brindar a la población que vive en lugares alejados y con acceso de caminos, el acceso a la comunicación a precios accesibles”, dijo Zambrana en entrevista con radio Cepra. Apuntó a que la meta es llegar a las 6 mil instalaciones en todo el país, la cual va por buen camino ante la alta demanda del servicio, en especial en áreas rurales. Dijo que a través del satélite Túpac Katari (TKSAT-1), ese servicio ofrece una conexión fija a internet en cualquier pun-
ABE alcanza las 2.000 instalaciones de internet satelital en todo el país Por este mes, el costo de la conexión es de Bs 700 y un pago mensual de Bs 280 por el servicio que ofrece la compañía de telecomunicaciones. to del territorio nacional. Si se lo contrata, la ABE proporciona a préstamo todo el equipo para la instalación, que consta de una antena satelital completa, con un router de WiFi. “El costo de la instalación es de 700 bolivianos, con un pago mensual de 280 bolivianos, muy por debajo de los costos que ofrecen otras compañías de telecomunicaciones. Nosotros llegamos a las áreas alejadas del país con un servicio de calidad”, agregó el director de la ABE. La autoridad indicó que el servicio satelital sólo es utilizado donde no hay ninguna otra señal. Los requisitos son el carnet de identidad y una factura de luz.
// FOTO: ABE
• Redacción Central
Instalación de una antena satelital completa en un área rural.
PARA EVOLUCIONAR Y SEGUIR EN EL MERCADO
Las empresas deben implementar las tecnologías de la información y comunicación // FOTO: ABI
• Redacción Central
El director de la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (ADSIB), dependiente de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, Bladimir Magne, indicó que toda empresa debe implementar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
El director de la ADSIB, Bladimir Magne, en una entrevista.
Esto con el objetivo de estar vigente en una era digital y totalmente competitiva que crece a la par de la tecnología. Lo digital es una oportunidad para evolucionar y seguir en el mercado si sabemos cómo aprovechar la tecnología. En ese sentido, la ADSIB impulsa
el uso y la implementación de las nuevas tecnologías, como la firma digital, dominio .bo, entre otros, tanto en las entidades públicas como privadas, con el propósito de disminuir la brecha digital en el país. “Una empresa digital no es la que vende por internet, sino es la empresa que usa intensamente las TIC para competir, para vender más, para ser más eficiente, para llegar a otros mercados, la que hizo un esfuerzo consciente y sistemático para ser más ágil, conocer y tener una mejor relación con sus clientes, reducir sus costos mediante la automatización extrema de sus procesos, incorporar tecnología a sus productos o servicios”, indicó Magne, según un boletín. En el siglo XXI, una organización digital se basa en el
LO DIGITAL va más allá de la incorporación de elementos digitales, se trata de aprovechar todas las ventajas que ofrece la tecnología.
aprovechamiento de la tecnología para que ésta juegue a su favor. Pero lo digital va más allá de la incorporación de elementos digitales, se trata de aprovechar todas las ventajas que ofrece la tecnología. “Las empresas tradicionales deben evolucionar a lo digital o directamente están abocadas al fracaso”, remarcó.
Publicidad
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
5
6
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
www.ahoraelpueblo.bo
Seguridad EN 2019 FUE COMANDANTE DEPARTAMENTAL EN TARIJA
Tribunal Disciplinario dispone la baja definitiva del coronel Rivas por motín La defensa anuncia un recurso de apelación ante el Tribunal Disciplinario Superior porque no se habrían tomado en cuenta las pruebas. // FOTO: APG
• Agencias
El coronel Aníbal Rivas fue dado de baja sin derecho a reincorporación por su participación en el motín policial de 2019 en Tarija. El coronel denunció que “sembraron pruebas” en su contra y cuestionó que otros uniformados, incluso condecorados por su actuación en noviembre de 2019, no formen parte de los procesos disciplinarios.
La exautoridad del verde olivo fue dada de baja por el motín policial en 2019.
Ya suman cinco jefes policiales con baja definitiva en primera instancia. Rivas se constituye en el quinto uniformado sancionado por el Tribunal Disciplinario debido a su participación en los hechos de 2019 que derivaron en la renuncia del expresidente Evo Morales. En noviembre de 2019 y desde las puertas del Comando Departamental de Tarija confirmó el motín policial y arengó como lo hacían los movilizados de entonces: “¿Quién se cansa?,
¿quién se rinde?”, según recopila La Razón. Ahora reveló que hay más policías que tuvieron una participación activa en esos hechos y mencionó a uno de los miembros del Tribunal Disciplinario, el coronel Víctor Velásquez, según declaraciones a la versión digital del periódico El País. “Hay unos siete u ocho jefes de la Policía que incluso se han hecho condecorar como ‘héroes de la democracia’ en actos en el Patio del Cabildo, en la Casa Dorada, en actos donde a mí ni me invitaron. Pero ahora ¿dónde están ellos?, ¿por qué sólo a mí me procesan?”, cuestionó el exefectivo policial. El proceso disciplinario fue activado a denuncia del viceministro de Descolonización Despatriarcalización, Pelagio Condori, quien acusó a 26 uniformados de haber vulnerado la Ley 101 de Régimen Disciplinario al llamar y participar en el motín policial de 2019.
Publicidad
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
7
8
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Salud
www.aduana.gob.bo Línea gratuita: 800 10 5001 NOTIFICACIÓN POR EDICTO ADUANA NACIONAL EDICTO
(SEGUNDA PUBLICACIÓN)
NOMBRE
N.I.T.
DOCUMENTO A NOTIFICAR- PERÍODO
// FOTO: MINISTERIO DE SALUD
La Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana Nacional, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley N° 2492, cita, llama y emplaza al Sr. EFRAIN PEDRO CHOQUE TICONA con NIT 4270393012, para que por sí o mediante apoderado, se apersone a las oficinas de la Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. 20 de Octubre Nº 2038 de la ciudad de La Paz, con el objeto de tomar conocimiento del inicio de la Fiscalización Aduanera Posterior, conforme señala el siguiente cuadro: FECHA
ORDEN DE FISCALIZACIÓN N° 2021FPGNF0000066 TRIBUTOS A FISCALIZAR: Gravamen Arancelario (GA), Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) ALCANCE Y PERIODO DE LA FISCALIZACIÓN ( 83 DUI de la gestión 2017): 2017/201/C-14118, 2017/201/C-14143, 2017/201/C-14887, 2017/201/C-14962, 2017/201/C-16133, 2017/201/C-16138, 2017/201/C-16140, 2017/201/C-17691, 2017/201/ C-17697, 2017/201/C-17700, 2017/201/C-17711, 2017/201/C-17715, 2017/201/C-18239, 2017/201/C-18244, 2017/201/C-18246, 2017/201/C-18554, 2017/201/C-18781, 2017/201/C-18784, 2017/201/C-19019, 2017/201/C-19022, 2017/201/C-19024, 2017/201/ C-19026, 2017/201/C-19029, 2017/201/C-19117, 2017/201/C-19118, 2017/201/C-19571, 2017/201/C-20294, 2017/201/C-20296; 2017/201/C-20480, 2017/201/C-21549, 2017/201/C-21746, 2017/201/C-21748, 2017/201/C-21751, 2017/201/C-22343, 2017/201/ C-22345, 2017/201/C-23365, 2017/201/C-23367, 2017/201/C-26066, 2017/201/C-26067, 2017/201/C-28143, 2017/201/C-28144, 2017/201/C-28145, 2017/201/C-28816, 2017/201/C-29932, 2017/201/C-31345, 2017/201/C-31791, 2017/201/C-32416, 2017/201/ C-32417, 2017/201/C-32418, 2017/201/C-32419, 2017/201/C-32420, 2017/201/C-32422, 2017/201/C-32423, 2017/201/C-34924, 2017/201/C-35082, 2017/201/C-35083, 2017/201/C-35085, 2017/201/C-35662, 2017/201/C-35667, 2017/201/C-35872, 2017/201/ C-36267, 2017/201/C-37039, 2017/201/C-37040, 2017/201/C-37044, 2017/201/C-37411, 2017/201/C-38150, 2017/201/C-38157, 2017/201/C-38158, 2017/201/C-38163, 2017/201/C-38165, 2017/201/C-39142, 2017/201/C-39143, 2017/201/C-39146, 2017/201/ C-39147, 2017/201/C-39211, 2017/201/C-39212, 2017/201/C-39214, 2017/201/C-46261, 2017/201/C-46446, 2017/201/C-47897, 2017/201/C-47899, 2017/201/C-47917, 2017/201/C-48785. FORMULARIO DE REQUERIMIENTO DE INFORMACION Se ha iniciado la Fiscalización Aduanera Posterior al haber identificado la concurrencia de uno o más factores de riesgo establecidos en el Artículo 51° del Anexo a la Resolución 1684 de la CAN detallados a continuación y que sustentan la Duda Razonable respecto al valor declarado en Aduana: a) Precios ostensiblemente bajos. b) Pagos indirectos. c) Vinculación entre el comprador y el vendedor. d) Prestaciones, de manera especial las relativas a bienes intangibles o servicios. e) Pagos de cánones por el uso de derechos de propiedad intelectual especificados en el Artículo 28° de este Reglamento. f) Inexactitud en la declaración de los gastos inherentes a la venta y a la entrega de las mercancías. g) Facturas presumiblemente falsas o inexactas.
La nueva infraestructura tiene una inversión de Bs 403 millones.
h) Doble facturación. i) Falta de correspondencia entre la declaración de aduana y la del valor y de éstas frente a los respectivos documentos soporte.
SE PARALIZÓ EN EL GOBIERNO DE FACTO
j) Inexactitud en el llenado de las casillas de la Declaración Andina del Valor. EFRAIN PEDRO CHOQUE TICONA
k) Descripción incompleta o imprecisa de las mercancías. 4270393012
l) Valores declarados para una mercancía importada al territorio aduanero comunitario, sensiblemente menores al de otra mercancía idéntica o similar importada del mismo país de origen.
11/08/2021
m) Mercancías provenientes de zona franca o zona aduanera especial, más aún cuando los valores declarados sean iguales o menores al valor de ingreso a dichas zonas de las mismas mercancías o de otra idéntica o similar del mismo país de origen. n) Valores declarados para una mercancía importada al territorio aduanero comunitario, sensiblemente menores al de otra mercancía idéntica o similar importada en otro país, desde un mismo país de origen. o) Niveles anormales de descuento.
Beni reactiva construcción de hospital de tercer nivel
p) Tipo de mercancía. q) País de origen o procedencia Para dicho fin se solicita: 1. Número de Identificación Tributaria 2. Cédula de Identidad del Operador 3. Contratos con proveedores de las DUI fiscalizadas 4. Plan de Cuentas de la gestión 2017 5. Libros mayores de las cuentas que se exponen en sus Estados Financieros de la gestión 2017 (En formato Excel) 6. Libros de Compras y Ventas presentadas ante el SIN en la gestión 2017 (En formato Excel) 7. Kardex físico valorado de la gestión 2017 alcanzadas en la fiscalización. 8. Extractos bancarios a nombre del operador de la gestión 2017.
El presidente Luis Arce informó ayer que se reactivó la construcción del hospital de tercer nivel en Trinidad, Beni, obra que fue paralizada por el gobierno de facto de Jeanine Añez.
2019 SE SUSCRIBIÓ UN CONVENIO para la construcción del hospital de tercer nivel en Trinidad.
9. Comprobantes contables de registro y de pago a proveedores de las DUI sujetas a fiscalización (Swift bancarios, Certificaciones Bancarias, Cartas de Crédito, Cheques y otros). (Fotocopias legalizadas). 10. Estados Financieros y Estados Complementarios correspondientes a la gestión 2017. (Fotocopias legalizadas). 11, Fichas técnicas y/o catálogos con especificaciones técnicas de la mercancía, relacionada a las DUI fiscalizadas. 12. Toda otra documentación que respalde el valor declarado en aduana, por la mercancía objeto de fiscalización, en consideración al Artículo 54° del Anexo de la Resolución 1684 de la CAN. 13. Para fines de Notificaciones válidas según el Artículo 87º del Código Tributario Boliviano, proporcionar Dirección, Nº de Teléfono, Nº de Fax y Correo electrónico (e-mail). Toda documentación requerida, deberá ser legalizada con el sello y firma del operador; incluyendo la fecha de legalización. El incumplimiento en la presentación de la información referida o si la documentación presentada no es idónea para demostrar la veracidad o la exactitud del Valor Declarado en Aduana, implicará la no aplicación del Método del Valor de Transacción (Artículo 17° Decisión 571 de la CAN), así como la no aplicación del cuarto Método del Valor Deductivo (Artículo 45° Anexo a la Resolución 1684), de llegarse al mismo. Cuando corresponda: Conforme lo establecido en el parágrafo I del artículo 98º del Código Tributario Boliviano, una vez notificada la Orden de Fiscalización Posterior N° 2021FPGNF0000066 de 11/08/2021, el sujeto pasivo o tercero responsable tiene un plazo perentorio e improrrogable de diez (10) días hábiles para remitir a la Gerencia Nacional de Fiscalización fotocopias legalizadas de la documentación e información detallada en cuadro precedente. El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los 26 días del mes de septiembre del año 2021.
“Gracias a la recuperación de la democracia con el voto del pueblo, hemos reactivado las obras que paralizó el gobierno de facto. En Trinidad, Beni, retomamos la construcción de un moderno hospital de tercer nivel, con una inversión de Bs 403 millones”, escribió en su cuenta de Twitter @LuchoXBolivia. El 22 de junio de 2019, el Gobierno del entonces presidente Evo Morales, a través del Ministerio de Salud, suscribió el convenio para la construcción del hospital de tercer nivel de Trinidad, bajo la modalidad llave en mano. “El hospital de tercer nivel va a tener un acelerador lineal, braquiterapia, equipamiento de dosimetría, tendremos un hospital para combatir el cáncer en Trinidad y no será obligatorio, como antes, viajar a La Paz, a
Santa Cruz, tendrá el equipamiento necesario”, afirmó Morales en esa oportunidad. De acuerdo con los datos del proyecto, la infraestructura contará con tres pisos, 10 equipos de hemodiálisis, cinco quirófanos inteligentes, un helipuerto y cuatro ascensores, entre otras características. El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, en una inspección junto a representantes de la Asociación de Municipios del Beni (Amdebeni), constató un avance del 27% en la construcción de obra gruesa del hospital de tercer nivel en Trinidad y resaltó la reanudación de la obra que es un anhelo del pueblo beniano. La alcaldesa del municipio de Loreto, Yáscara Moreno, aseguró que el nosocomio será re-
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
9
Salud El Ministerio de Salud y Deportes, junto a la Autoridad de Supervisión Social de Corto Plazo (ASUSS), entregó ayer 53 variedades de alimentos nutritivos a municipios, centros de acogida de menores, mujeres, adultos mayores y orfanatos del departamento de Pando, valuados en 1,6 millones de bolivianos. “A nombre de nuestro ministro de Salud, Jeyson Auza, quien les hace llegar su felicitación por un aniversario más de este hermoso departamento, hemos traído alimentos que corresponden al subsidio prenatal y que por razones que desconocemos no fueron recogidos, sin embargo nosotros por determinación del Gobierno nacional hacemos entrega de éstos”, afirmó el director general de la ASUSS, Víctor Patiño. El acto de entrega se desarrolló en la ciudad de Cobija,
CON UN VALOR DE BS 1,6 MILLONES
Centros de acogida y orfanatos de Pando reciben alimentos Más de 500 niños, niñas, mujeres, ancianos se benefician con estos productos que fueron entregados por la ASUSS. con la participación del viceministro de Producción Industrial a Mediana y Gran Escala, Luis Joshua Siles, la gerente general del Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas (Sedem), Fátima Pacheco, alcaldes, diputados, senadores y organizaciones sociales de ese departamento amazónico. En la oportunidad, el Sedem, a nombre de esa Cartera de Estado, entregó productos nutritivos como lácteos, arroz, azúcar, aceite, leche en polvo, quinua, frijol, entre otros, que van en beneficio de más de 500
personas, como ser los niños, mujeres, ancianos y municipios que tienen índices de pobreza en ese departamento. “Estos productos son de alto valor nutricional, contribuirán en la alimentación, desarrollo y salud de los menores, madres y adultos mayores que se encuentran resguardados en centros de acogida, niños y niñas, y municipios en situación de pobreza. Con estas políticas públicas del Estado, vamos a asegurar el futuro de nuestro país y saldremos adelante”, complementó el director de la ASUSS, según nota de prensa.
// FOTO: MINISTERIO DE SALUD
• Redacción Central
Entrega de los alimentos complementarios a centros de acogida y orfanatos.
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 102100000016 R-0011-01
ACTUALIZACIÓN DE LA CUOTA FIJA POR HECTÁREA DEL RÉGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO (RAU) – GESTIÓN 2020
Educación
La Paz, 24 de septiembre de 2021
PARA EL MANEJO DE LAS TICS
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas reglamentarias administrativas de carácter general a efectos de la aplicación de las normas tributarias. Que el Artículo 4 de la Ley Nº 1606 de 22 de diciembre de 1994, introduce modificaciones al Régimen Tributario Nacional, facultando al Poder Ejecutivo (actual Órgano Ejecutivo) a reglamentar la aplicación de los impuestos para el Sector Agropecuario sobre la base del Decreto Supremo Nº 22148 de 3 de marzo de 1989. Que el Decreto Supremo Nº 24463 de 27 de diciembre de 1996 establece un Régimen Agropecuario Unificado (RAU) para la liquidación y pago anual simplificado de los Impuestos: al Valor Agregado (IVA), a las Transacciones (IT), sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), por parte de personas naturales y sucesiones indivisas que realicen actividades agrícolas o pecuarias.
Educación y Huawei capacitarán a docentes
Que el Artículo 15 de la precitada norma, dispone que el Servicio de Impuestos Nacionales, actualizará anualmente los valores de las cuotas fijas contenidas en el Anexo II del decreto mencionado, en función de la variación de la cotización oficial del Dólar Estadounidense respecto al Boliviano producida entre el 1º de enero de 1997 hasta treinta (30) días antes de la fecha de vencimiento general establecido para cada gestión; asimismo, de acuerdo a la Ley Nº 2434 del 21 de diciembre de 2002 y Decreto Supremo Nº 27028 de 8 de mayo de 2003, se sustituye el uso de la variación del Dólar de los Estados Unidos de América por la Unidad de Fomento de Vivienda para la actualización de valores a partir del 26 de diciembre de 2002.
// FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
www.impuestos.gob.bo
10
Que el Decreto Supremo Nº 24988 de 19 de marzo de 1998, sustituye el Anexo II del Decreto Supremo Nº 24463 que establece los valores para la determinación del impuesto para los sujetos pasivos del Régimen Agropecuario Unificado (RAU). Que el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 24463 modificado por el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 26864 de 14 de diciembre de 2002, faculta al Servicio de Impuestos Nacionales establecer la forma, plazo y lugares para la liquidación y pago del RAU. Que la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0014-03 de 24 de septiembre de 2003, establece como fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual única del Régimen Agropecuario Unificado, siendo esta el 31 de octubre de cada año. Que la Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000022, establece que el Certificado de No Imponibilidad RAU se tramita anualmente, teniendo como fecha de inicio de tramitación, aquella en la que entra en vigencia la Resolución Normativa de Directorio que actualiza la cuota fija por hectárea del Régimen Agropecuario Unificado (RAU) y como fecha límite de tramitación el vencimiento del plazo establecido para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de obligaciones tributarias del RAU. Que en cumplimiento a las disposiciones citadas, corresponde al Servicio de Impuestos Nacionales actualizar los valores de dicha tabla para la liquidación y pago del RAU correspondiente a la Gestión 2020. Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de la Ley Nº 2166, del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio. POR TANTO: El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas, RESUELVE: Artículo 1. (Actualización).- Actualizar para la Gestión 2020, el valor de las Cuotas Fijas por Hectárea del Régimen Agropecuario Unificado (RAU), establecido en el Anexo II del Decreto Supremo Nº 24463, conforme al siguiente detalle: ACTUALIZACIÓN ANEXO II – GESTIÓN 2020 RÉGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO CUOTAS FIJAS POR HECTÁREAS (EN BOLIVIANOS) ZONAS Y SUBZONAS
AGRÍCOLA
PECUARIA
El curso de Huawei tendrá una duración de siete semanas.
ZONA ALTIPLANO Y PUNA Subzona Norte: - Rivereña al Lago Titicaca
40,16
2,48
- Con influencia del Lago Titicaca
36,29
2,48
- Sin influencia del Lago Titicaca
28,46
2,48
- Con influencia del Lago Poopó
30,05
2,58
- Sin influencia del Lago Poopó
23,34
1,32
- Sur y semidesértica
12,99
1,46
- Andina, altiplano y puna
12,99
1,46
- Riego
112,10
5,05
- Secano
37,28
1,29
- Vitícola
126,93
0,00
- Riego
112,10
5,05
- Secano
37,28
1,29
- Vitícola
126,93
0,00
53,97
2,37
- Riego
116,75
4,78
- Secano
53,97
2,37
- Vitícola
126,93
0,00
17,84
1,39
Subzona Yungas
47,01
2,48
Subzona Santa Cruz
29,07
2,14
Subzona Chaco
3,02
1,12
26,66
2,14
Subzona Central:
Subzona Sur:
ZONA DE VALLES Subzona valles abiertos adyacentes a la ciudad de Cochabamaba
Subzona otros valles abiertos
• Redacción Central
El Ministerio de Educación, a través de un convenio firmado con la multinacional Huawei, posibilita un curso de capacitación dirigido a docentes universitarios y de institutos tecnológicos de Bolivia para que desarrollen sus conocimientos en Wireless 5G, Tecnologías de la Información, Networking IP y Servicios en la Nube.
Subzona otros valles cerrados - En valles y serranías Otros valles cerrados
Subzona cabecera de valle - Secano ZONA SUBTROPICAL
ZONA TROPICAL Subzona Beni, Pando y Prov. Iturralde (Dpto. La Paz)
Artículo 2. (Prórroga).- Prorrogar el plazo para la tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU, desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de la presente gestión. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir del 1 de octubre de 2021. Regístrese, publíquese y cúmplase. Lic. V. Mario Cazón Morales Presidente Ejecutivo a.i. Servicio de Impuestos Nacionales
LÍNEA GRATUITA DE CONSULTAS TRIBUTARIAS 800 10 34 44
“El Ministerio de Educación enfocó este curso en los docentes porque ellos serán nuestra punta de lanza para lograr incorporar el uso de las tecnologías en aula, el objetivo es fortalecer la formación en áreas técnicas para alcanzar el desarrollo de nuestra región”, precisó Danilo Chambi, director general de Tecnologías de Información y Comunicación. El curso tendrá una duración de siete semanas y para ello se implementó la modalidad a distancia con una plataforma disponible 24/7 y un formato de cursos online masivos y abiertos (MOOC, por su sigla en ingles), de esta manera los docentes no tendrán dificultad con sus horarios de clases.
“Hasta la fecha ya contamos con 4.004 inscritos de universidades públicas, privadas, indígenas e institutos técnico-tecnológicos de todo el país y sabemos que tendremos muchos más porque el curso no tiene ningún costo, el único requisito es que el docente sea de las áreas relacionadas con tecnología”, agregó el director. De los participantes inscritos, 1.808 previenen de La Paz; 320 de Oruro, 309 de Potosí, 472 de Cochabamba, 177 de Tarija, 133 de Chuquisaca, 573 de Santa Cruz, 124 de Beni y 88 de Pando.
4.004
DOCENTES se inscribieron de universidades públicas, privadas, indígenas e institutos técnico-tecnológicos de todo el país.
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
11
Cultura & espectáculos DIEZ TÍTULOS SERÁN ELEGIDOS
La Cámara Departamental del Libro de La Paz y el Banco Sol buscan la mejor obra de ficción, novela o cuento, publicada en Bolivia desde julio de 2020 hasta junio de 2021. “Queremos incentivar que aún en pandemia las editoriales publicaron”, dijo Ernesto Martínez, presidente del Directorio de la Cámara Departamental de Libro de La Paz en la sala 2 Óscar Alfaro en la Feria Internacional del Libro. El premio que se otorgará es de Bs 10.000 al autor o autora y Bs 7.000 a la Editorial. Para esta búsqueda, las editoriales podrán postular sus títulos hasta el 10 de octubre. Los libros deben haber sido impresos físicamente y distribuidos en librerías nacionales. También deben contar con el ISBN y con el depósito legal respectivo. “La idea es fortalecer a las editoriales y escritores que se lanzan y proponen al público nuevos libros”, explicó. Diez títulos serán elegidos para la fase final con estos criterios: diseño de portada, calidad de la escritura y contribución a la cultura popular. El anuncio del libro ganador se hará la segunda quincena del mes de febrero.
Cámara Departamental del Libro busca la mejor obra publicada Los premios para el primer lugar son de Bs 10 mil para el autor y Bs 7 mil para la editorial. Las postulaciones se reciben hasta el 10 de octubre. Alejandra Palacios, jefa de Marketing del Banco Sol, contó que el premio busca incentivar la economía del libro, pues la pandemia afectó a todos los sectores y también al de libros. Decenas de editoriales en Bolivia se han dado los modos, pese la situación de pandemia, para continuar publicando y ofrecer a los lectores bolivianos nuevos títulos. Hoy es el último día que estará abierta la Feria Internacional del Libro de La Paz, donde se presentan más de cien espacios de exposición. La FIL cumple 25 años y espera consolidar este premio como parte las acciones a favor de la lectura. Según los datos de la encuesta de Ipsos, cada año el 54% de los y las bolivianas leyó un texto. El objetivo es mejorar esas cifras y para ello se debe potenciar el trabajo de quienes escriben, editan y publican.
// FOTO: FIL
• Redacción Central
La Cámara Departamental del Libro de La Paz y el Banco Sol lanzan el concurso en la FIL.
www.aduana.gob.bo Línea gratuita: 800 10 5001
EDICTO
NOTIFICACIÓN POR EDICTO ADUANA NACIONAL
(PRIMERA PUBLICACIÓN)
EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL – ABG. JORGE EDUARDO VILDOSO CARDENAS, DE CONFORMIDAD Y EN ESTRICTA APLICACIÓN AL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO SUPREMO Nº 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2004 NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN, DENTRO DE LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS A INSTANCIA DE ESTA GERENCIA REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.--------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: ---------------Nº
1
2
PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA
SUJETOS NIT / C.I. PASIVOS
ORIGEN DEL PIET
MONTO ADEUDADO EN BOLIVIANOS
MONTO ADEUDADO EN UFV’S
UFV´s 2,671.(DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) UFV´s 796.Bs.1,878.- (MIL (SETECIENTOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y SETENTA Y OCHO SEIS 00/100 00/100 UNIDADES DE BOLIVIANOS) FOMENTO A LA VIVIENDA).
- PEDRO RESOLUCION DETERMINATIVA Bs.6,325 (SEIS MIL AN-GRLGR-SET- HERNAN AN-GRLGR-ULELR-RESDET-139-2020 TRECIENTOS PIET-226/2021 DE FLORES 208422029 FECHA14/12/2020 VEINTICINCO FECHA 15/06/2021 RAMOS 00/100 BOLIVIANOS).
AN-GRLGR-SET- - JHONY PIET-874/2020 DE CALIZAFECHA 18/12/2020 YA
S/N
RESOLUCION SANCIONATORIA LAPLI-SPCC-RC-0444/2018 DE FECHA 26/03/2019
(…), que se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicará en su contra las medidas coactivas correspondiente, conforme establece el Artículo 110 de la Ley 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, por el funcionario de la Supervisoría de Ejecución Tributaria conforme lo señala el Artículo 47 de la Ley 2492; reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivos (s), por lo que se le comunica que deberá apersonarse a la Supervisoria de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. del Policía N° 637 entre calle Diego de Portugal y Ballivian Otero, Zona ciudad Satélite. --------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas– GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jacqueline Betty Villegas de Montes– GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.- ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(1) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 21 de Septiembre de 2021. -----------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTOS al señor PEDRO HERNAN FLORES RAMOS con NIT: 208422029, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-226/2021 de fecha 15 de Junio de 2021, emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492.-----------------Firma y sella Lic. Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas– Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional.-------------(2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 21 de Septiembre de 2021.------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. JHONY CALIZAYA con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-874/2020 de fecha 18 de Diciembre de 2020, emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492.-----------------------------------------------------Firma y sella Lic. Jorge Eduardo Vildoso Cardenas– Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional.-----------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.---------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA ABG. JORGE EDUARDO VILDOSO CARDENAS, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. DE LA ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------JEVC
SVCA/RECQ/slyq
EDICTO
(PRIMERA PUBLICACIÓN)
La Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana Nacional, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley N° 2492, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a la operadora JIANZHEN LUO con NIT 367056024, para que por sí o mediante apoderado, se apersone a las oficinas de la Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. 20 de Octubre Nº 2038 de la ciudad de La Paz, conforme señala el siguiente cuadro: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
JIANZHEN LUO
C.I. o N.I.T.
DOCUMENTO A NOTIFICAR, PERÍODO, IMPUESTO Y MONTO
FECHA VISTA DE CARGO
DEUDA TRIBUTARIA UFV
ADEUDO TRIBUTARIO UFV
BASE IMPONIBLE BS
367056024
VISTA DE CARGO: AN-GNFGC-VISCAR-89-2021. ALCANCE: 49 DUI de la gestión 2018: 1) 2018/711/C-55899, 2) 2018/711/C55901, 3) 2018/711/C-55902, 4) 2018/711/C-56248, 5) 2018/711/C-56501, 6) 2018/711/C-58786, 7) 2018/711/C-58831, 8) 2018/711/C-58920, 9) 2018/711/ C-60019, 10) 2018/711/C-60027, 11) 2018/711/C-60056, 12) 2018/711/C60811, 13) 2018/711/C-60831, 14) 2018/711/C-60848, 15) 2018/711/C-61249, 16) 2018/711/C-61818, 17) 2018/711/C-61819, 18) 2018/711/C-61858, 19) 2018/711/C-61860, 20) 2018/711/C-61862, 21) 2018/711/C-62595, 22) 2018/711/C-62597, 23) 2018/711/C-62598, 24) 2018/711/C-62645, 25) 2018/711/C-62648, 26) 2018/711/C-63521, 27) 2018/711/C-64893, 28) 2018/711/C-64894, 29) 2018/711/C-64895, 30) 2018/711/C-65213, 31) 2018/711/C-67409, 32) 2018/711/C-67411, 33) 2018/711/C-68125, 34) 2018/711/C-68126, 35) 2018/711/C-68270, 36) 2018/711/C-68960, 37) 2018/711/C-68961, 38) 2018/711/C-68962, 39) 2018/711/C-69134, 40) 2018/711/C-69135, 41) 2018/711/C-69137, 42) 2018/711/C-70620, 43) 2018/711/C-70888, 44) 2018/711/C-70891, 45) 2018/711/C-73381, 46) 2018/711/C-73385, 47) 2018/711/C-73410, 48) 2018/711/C-73803, 49) 2018/711/C-73804. Gestión fiscalizada: 2018 TRIBUTO OMITIDO: Gravamen Arancelario (GA) 11.566,07 UFV. Impuesto al Valor Agregado (IVA) 19.009,55 UFV. CONTRAVENCIÓN ADUANERA: 250 UFV
24/09/2021
34.326,18
65.151,83
264.553
Cuando corresponda: Conforme lo establecido en el parágrafo I del artículo 98º del Código Tributario Boliviano, una vez notificada la Vista de Cargo, el sujeto pasivo o tercero responsable tiene un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes o alternativamente, interponer los recursos en los plazos que la Ley lo dispone. El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los 26 días del mes de septiembre del año 2021.
12
Publicidad
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
EDICTOS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 015/2018 Del 01 de Marzo de 2018 SR. SBTTE. INF. JAIME PORTUGAL RODRIGUEZ VISTOS: Los antecedentes, Informes y el Sumario Informativo Militar DJE-064/17 que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Comandante del REPM-3 “GRAL. E. ARZE”, en conocimiento del acta de denuncia presentada por el Oficial de Personal, Cap. Inf. Bladimir Remmy Zelada Carvajal, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron la inasistencia a su fuente laboral desde el 03-ABR-18 por parte del Sbtte. Inf. Jaime Portugal Rodríguez; emitiéndose el Auto Final del Sumario Informativo Militar, el cual establece elevar obrados al Tribunal del Personal del Ejército POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: PRIMERO: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO del SBTTE. INF. JAIME PORTUGAL RODRÍGUEZ, de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89º de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA, vulnerar los artículos 1º inc. f), 112º inc. b) y c) de la LOFA y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23 FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE.
(Primera Publicación) COMANDO GENERAL DEL EJÉRCITO TRIBUNAL DEL PERSONAL BOLIVIA
EDICTOS DEL EJÉRCITO DE BOLIVIA
EL SEÑOR COMANDANTE GENERAL DEL EJÉRCITO Y PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO EN APLICACIÓN DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO ART. 245, LA LEY ORGÁNICA DE LAS FF. AA. Nº 1405 ART. 110 Y EL REGLAMENTO DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS CJ-RGA-240, ART. 45 INC. E) NOTIFICA AL SIGUIENTE PERSONAL: AUTO TPE. Nº 006/2021 Del 18 de Febrero de 2021 SR. SGTO. 2DO. ING. FREDDY MACHACA CHOQUE Qué, el SGTO. 2DO. ING. FREDDY MACHACA CHOQUE, se encuentra faltando a lista desde el 10-FEB-15, incumpliendo la Orden General del Ejército (O.G.D.) Nº 52/14, con destino en el BAT. ING. “SAJAMA” Falta a lista desde el 10-feb-15, y se dispone la sanción de RETIRO OBLIGATORIO agotando todas las instancias por tanto el Tribunal del Personal del Ejército: RESUELVE: Disponer la EJECUTORIA de la Resolución del TPE. Nº 133/16 de fecha 01-DIC-16, confirmada mediante Resolución del TSP. FF. AA. del Estado Nº 033/18 de fecha 15-OCT-18, y Resolución del TSP. FF. AA. del Estado Nº 021/20 de fecha 11-MAR-20, quedando firme y subsistente la Sanción Disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO FDO: Cnl. DAEN. Marko Mauricio López Sanzetenea, VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Brig. Miguel Ángel Del Castillo Quiroga PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL ESTADO N° 19/20 Del 11 de Marzo del 2020 DEL SBTTE. INF. FRANZ EDUARDO GARCÍA SALAS V I S T O S: El Recurso de Aclaración, Explicación y Enmienda interpuesto por el Sbtte. Inf. Franz Eduardo García Salas, la Resolución del TPE. N° 038/18 de fecha 23-ABR-18, la Resolución del TPE. N° 077/18 de fecha 27-JUL-18, la Resolución del TSP. FF. AA. N° 11/ 19 de fecha 06-MAY-19, el legajo personal y demás antecedentes del caso. Al respecto se tiene que, la Autoridad administrativa, llamada por Ley, (TPE. y el TSP. FF.AA.) al emitir su fallo, se realizaron la debida fundamentación y motivación de su fallo, requisito constitucional que obliga a los entes jurisdiccionales a señalar con precisión las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que tuvo en consideración para emitir su determinación, las que además de ser congruentes con la pretensión deducida, deben adecuarse a normativa legal vigente, razón por la que, las resoluciones emitidas por el TPE. y TSP. FF. AA., citaron leyes, reglamentos códigos, resoluciones, circulares, etc. Que sirvieron de base y fundamento a la parte resolutiva de los fallos emitidos Al respecto, lo manifestado por el recurrente carece de sustento legal en su pretensión, en razón y aplicación del principio de ultra actividad, que establece: que, todo echo, acto o negocio jurídico, se rige por la Ley vigente al momento de su realización, (aforismo jurídico tempus regid actum – el tiempo rige el acto) motivo por el cual el presente caso, se inició en la gestión 2018, (resolución del TPE. N° 038/18, resolución del TPE. N° 77/18, recurso de apelación elevado al TSP. FF. AA. Del Estado, Art. 37° Inc. b), del Reglamento del tribunal del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado. CJ-RGA-205, y Art. 47° del reglamento del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas CJ-RGA-220) deberá ser concluido con las normas vigentes en su momento RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución del TSP. FF. AA. N° 11/19, del 06-MAY-19, manteniéndose firme y subsistente la sanción DISCIPLINARIA DE RETIRO OBLIGATORIO EN CONTRA DE LA SR. SBTTE. INF. FRANZ EDUARDO GARCÍA SALAS. FDO: C. Almte. Javier Torrico Vega, C. Almte. Mouises Orlando Mejia Heredia, Gral. Brig. Ae. Ernesto J. Pacheco Miranda, Gral. Brig. Ae. Ciro O. Alvares Guzman, Gral. Brig. Willy Pozo Torrico, Gral. Brig. Ruben Eddy Salvatierra Fuentes, V. Almte. Aldo Bravo Mendez, VOCALES DEL TSP. FF. AA. Gral. Div. Ae. Pablo Arturo Guerra Camacho VICE-PRESIDENTE DEL TSP. FF. AA. Gral. Div. Sergio Carlos Orellana Centellas PRESIDENTE DEL TSP. FF. AA. DEL ESTADO. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 062/2020 Del 18 de Agosto del 2020 SR. CAP. INF. LUIS MIGUEL TORRICO ZAMORANO VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría del Tribunal de Personal del Ejército, la Normativa Militar Vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Del Sumario Informativo Militar DJE-112/19, se tiene lo siguiente: Del SIM. DJE-112/19, el Sr. Cnl. DAEN. Miguel Romero Pérez Comandante de la Novena División del Ejército en conocimiento de la denuncia presentada por el Sr. Tcnl. DEM. Álvaro Rene Vargas Rodríguez Jefe de Personal (G-I) de la Novena División del Ejército, dispuso la organización del SIM. con el objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron el presunto viaje al exterior sin autorización del Ministerio de Defensa, realizado por el Sr. Cap. Inf. Luis Miguel Torrico Zamorano, destinado en la Novena División del Ejército. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la sanción disciplinaria SANCIÓN DISCIPLINARIA de RETIRO OBLIGATORIO en contra del SR. CAP. INF. LUIS MIGUEL TORRICO ZAMORANO de conformidad al Art. 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, por haber vulnerado el Art. 120º Incs. d) y f), el Art. 112º Incs b) y c) de la misma norma y haber transgredido el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23, en su Art. 10º nums. 2. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Rubén Eddy Salvatierra Fuentes PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 038/2020 Del 09 de Junio del 2020 SR. SGTO. INCL. ART. WILFREDO CAMACHO MAMANI VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría del Tribunal de Personal del Ejército, la Normativa Militar Vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Del SIM. DJE-140/19, el Sr. Tcnl. DEM. German Sandoval López, como Comandante del RA-1 “MY. GRAL. CAMACHO”, en conocimiento de la denuncia presentada por el Sr. Cap. Art. Leandro Rocha Fernández, en su calidad de Jefe de Personal del RA-1 “MY. GRAL. CAMACHO”, dispuso la organización del SIM. con el objeto de investigar las causas que motivaron la inasistencia a su fuente laboral por parte del Sr. Sgto. Incl. Art. Wilfredo Camacho Mamani desde el 060800-JUN-19 hasta la fecha, instructor perteneciente al RA-1 “MY. GRAL. CAMACHO”. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el Art. 10º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, Art. 16º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-240. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al Sr. SGTO. INCL. ART. WILFREDO CAMACHO MAMANI de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el Art. 89º de la Ley Orgánica de las Fuerzas armadas de la Nación Nº 1405, por incumplir el Art. 120º Inc. d), vulnerar el Art. 112º Incs b) y c) y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el Art. 10º Nums: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Rubén Eddy Salvatierra Fuentes PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 036/2020
Del 09 de Junio del 2020
DE LA SGTO. 2DO. COM. LETICIA VARGAS HUANACO VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría del Tribunal de Personal del Ejército, la Normativa Militar Vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Del Sumario Informativo Militar DJE-120/19. QUE Cursa la Denuncia de fecha 03-SEP-19, presentada por la Srta. Sbtte. Art. Cynthia Cristal Callisaya Chávez, quien desempeña el cargo de Comandante de Compañía del BAT. “CMDO. y SERV” II, manifiesta que en fecha 290830-AGO-19, durante el parte de iza a la bandera se encontró con la novedad de la Sra. Sgto. 2do. Com. Leticia Vargas Huanaco se encontraba faltando a lista, la misma que hasta la fecha no se incorporó. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el Art. 10º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, Art. 16º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-240. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO a la SRA. SGTO. 2DO. COM. LETICIA VARGAS HUANACO de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el Art. 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el Art. 120º Inc. d) de la LOFA., vulnerar el Art. 112º Incs b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el Art. 10º Nums: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Rubén Eddy Salvatierra Fuentes PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 024/2020 Del 09 de Junio del 2020 SR. CAP. COM. ALMIR REYNALDO CUTILI LAUREL VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en el Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el SIM. DJE-181/19, fue instaurado a objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron el abandono a su fuente laboral del Sr. Cap. Com. Almir Reynaldo Cutili Laurel desde fecha 04-SEP-19. Del SIM. DJE-181/19, cursa la Denuncia interpuesta por el Sr. Cap. Inf. Walter Panozo Rojas, señalando que desde el 04-SEP-19, el Sr. Cap. Com. Almir Reynaldo Cutili Laurel no se hizo presente en su fuente laboral POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el Art. 110º de la Ley Orgánica de las FF. AA. de la Nación Nº 1405 y el Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-240. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la sanción disciplinaria de la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al SR. CAP. COM. ALMIR REYNALDO CUTILI LAUREL, de conformidad al Art. 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el Art. 120º Inc. d) de la LOFA., vulnerar los Arts.: 1º Inc. f) y 112º Incs. b) y c) de la misma Ley y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el Art. 10º, Nums: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23; todo en el marco de lo establecido en la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Rubén Eddy Salvatierra Fuentes PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 143/2019 Del 04 de Noviembre del 2019 SR. TTE. CAB. JORGE HUMBERTO COLOMBO PEREIRA Que, en fecha 20-ABR-16, se emitió la Resolución del TPE. Nº 034/16, disponiendo el RETIRO OBLIGATORIO para el Sr. Tte. Cab. Jorge Humberto Colombo Pereira, por haber vulnerado la LOFA. de la Nación Nº 1405, en su Art. 120º, Inc. d), asimismo, el Art. 112º, Incs. b) y c) en conformidad con el Art. 89º de la referida Ley y por transgredir el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23, en su Art. 10º, Nums. 2 y 35, Directiva del Ejército Nº 16/15 y la Orden General del Ejército Nº 52/14, al haberse evidenciado que el Sr. Tte. Cab. Jorge Humberto Colombo Pereira faltó a lista desde el 17-FEB-09, asimismo, por no cumplir la Orden General de Destinos Nº 52/14. VISTOS: Del Recurso de Reconsideración los antecedentes e informes que cursan en el Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la IMPROCEDENCIA de Recurso de Reconsideración interpuesto por el SR. TTE. CAB. JORGE HUMBERTO COLOMBO PEREIRA, en consecuencia, mantener firme y subsistente la Resolución del TPE. Nº 034/16 de fecha 20-ABR-16. RETIRO OBLIGATORIO. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 095/2019 Del 06 de Septiembre del 2019 SR. SGTO. INCL. MAT. BEL. JOSÉ LUIS FRANCO LIZARAZU VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sr. Comandante del RI–14 “FLORIDA”, en conocimiento de la denuncia presentada, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron al Sgto. Incl. Mat. Bel. José Luis Franco Lizarazu, no incorporarse al RI-14 “FLORIDA”, se encuentra faltando a lista a partir del 13-SEP-18, proceso Sumarial que concluyo con la emisión del Auto Final del Sumario Informativo Militar, el cual resolvió Auto de Sanción Disciplinaria a ser impuesta por el Tribunal del Personal del Ejército POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el Art. 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, Art. 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205, a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: PRIMERO: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al SGTO. INCL. MAT. BEL. JOSÉ LUIS FRANCO LIZARAZU, de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15, de fecha 28-OCT-15 y el Art. 89º de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el Art. 120º Inc. d) de la LOFA., vulnerar los Art. 1º Inc. f) y 112º Inc. b) y c), de la LOFA., y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el Art 10º Nums. 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus castigos. . FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 093/2019 Del 05 de Septiembre del 2019 SR. TTE. CAB. EDGAR RIVERA IDIAQUEZ VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente Que, el Comandante de la Escuela de Artes Marciales del Ejército “CNL. EULOGIO RUIZ”, en conocimiento del acta de denuncia presentada por el Jefe de la Dirección de Apoyo Académico, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron la inasistencia a su fuente laboral desde el 10-SEP-18, por parte del Sr. Sr. Tte. Cab. Edgar Rivera Idiáquez; emitiéndose el Auto Final del Sumario Informativo Militar, el cual establece Auto de Procesamiento y remisión de obrados al Tribunal del Personal del Ejército POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el Art. 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, Art. 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO para el SR. TTE. CAB. EDGAR RIVERA IDIAQUEZ, conforme el Art. 89º la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, por haber vulnerado los Arts. 120º Inc. d), 112º Incs. b) y c) del mismo cuerpo legal; FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 087/2019 Del 05 de Septiembre del 2019 SR. SGTO. INCL. MOT. JIMMY YAPURA JIMÉNEZ VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente Que, el Comandante del RI-14 “FLORIDA”, en conocimiento del acta de denuncia presentada por el Comandante de la Compañía “A” ÑANCAHUAZU, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas que motivaron la inasistencia a su fuente de trabajo desde el 13-MAR-18 del Sr. Sgto. Incl. Mot. Jimmy Yapura Jiménez destinado en el RI-14 “FLORIDA”; el Auto Final del referido Sumario Informativo Militar establece Auto de Procesamiento; asimismo, elevar obrados al Tribunal de Personal del Ejército para la valoración y aplicación de la normativa militar vigente POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el Art. 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, Art. 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: PRIMERO.- Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO para el SR. SGTO. INCL. MOT. JIMMY YAPURA JIMÉNEZ, conforme el Art. 89º la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, por haber vulnerado los Arts. 120º Inc. d), 112º Incs. b) y c) del mismo cuerpo legal; Art. 10º, Nums. 2) y 35) del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE.
AUTO TPE. Nº 022/2019 Del 16 de septiembre de 2019 SR. SGTO. 1RO. ART. LORENZO JUSTINIANO TORRES DELGADO V I S T O S: Los antecedentes que cursan en Secretaria General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente: Qué, el SGTO. 1RO. ART. LORENZO JUSTINIANO TORRES DELGADO, se encuentra faltando a lista desde el 17-JUL-15, incumpliendo la Orden General del Ejército (O.G.D.) Nº 87/15, con destino en el RCM-4 “INGAVI”. Siendo sancionado con el RETIRO OBLIGATORIO mismo que presento recurso de reconsideración resolviendo la IMPROCEDENCIA, Que, realizada la verificación de la documentación existente en los Archivos de la Secretaria General del Tribunal del Personal del Ejército, se evidencia que el SGTO. 1RO. ART. LORENZO JUSTINIANO TORRES DELGADO, no presentó Recurso ulterior alguno (Apelación) en los `plazos establecidos por el artículo 46º del Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas CJRGA-220 POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, con las facultades conferidas por las leyes, reglamentos militares y directivas en actual vigencia. RESUELVE: Disponer la EJECUTORIA de la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército Nº 170/16 de fecha 01-DIC-16, que dispone la Sanción Disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO, en contra del SGTO. 1RO. ART. LORENZO JUSTINIANO TORRES DELGADO, y sea con todos sus efectos legales en cumplimiento al artículo 46º del Reglamento CJ-RGA-220. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE. AUTO TPE. Nº 026/2019 Del 25 de Septiembre de 2019 SR. SOF. 2DO. DEPSS. JUAN AMERICO LEDEZMA MERIDA V I S T O S: El Oficio STRIA. GRAL. TSP. FF. AA. N° 29/19, y demás antecedentes que cursan en la Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército. Qué, del Informe Legal Nº 231/16 de fecha 05-ABR-16, se refiere que el SOF. 2DO. DEPSS. JUAN AMÉRICO LEDEZMA MÉRIDA, se encuentra faltando a lista desde el 15-JUL-15, incumpliendo la Orden General del Ejército Nº 52/14 (Destinos) con destino en el REAM-2 “LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR”. Agotando todas las instancias correspondientes. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, con las facultades conferidas por las leyes, reglamentos militares y directivas en actual vigencia. RESUELVE: Disponer la EJECUTORIA de la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército Nº 120/16 de fecha 01-DIC-16, confirmada mediante Resolución del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado Nº 21/17 de fecha 04-SEP-17, quedando firme y subsistente la Sanción Disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO, en contra del SOF. 2DO. DEPSS. JUAN AMERICO LEDEZMA MERIDA, y sea con todos sus efectos legales en cumplimiento al Art. 39º del Reglamento del Tribunal de las Fuerzas CJ-RGA-205, concordante con el Art. 54º del Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las FF. AA. CJ-RGA-220. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE.
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 016/2018 Del 01 de Marzo de 2018 SR. SGTO. INCL. INF. ADRIÁN JHONATAN PÉREZ VENIZ VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en la Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente Que, en fecha 06-MAR-17 el Sgto. Incl. Inf. Adrián Jhonatan Pérez Veniz (Prom. 2014), destinado en el RI-6 “CAMPOS”, salió con permiso a cuenta vacación por siete días hasta el 12-MAR-17, debiendo incorporarse el 130730-MAR-17, sin embargo no se incorporó a su fuente de trabajo, encontrándose faltando hasta la fecha según se tiene de los partes diarios de la Sección Control de Personal del Dpto. I - ADM. RR.HH. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205, a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: PRIMERO: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al SGTO. INCL. INF. ADRIÁN JHONATAN PÉREZ VENIZ, de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89º de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA., vulnerar los artículos 1º inciso f) y 112º incisos b) y c), de la LOFA., y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus castigos. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 017/2018 Del 01 de Marzo de 2018 SR. SGTO. INCL. MUS. CARLOS WILLIAMS MAMANI CARI VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. El Tcnl. DEM. Fortino A. Baldiviezo Andrade, Comandante del RI-5 “GRAL. CAMPERO”, en conocimiento del acta de denuncia, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron al Sgto. Incl. Mús. Carlos Williams Mamani Cari, faltar a su Unidad desde fecha 030800-JUL-17. POR TANTO: El Tribunal de Personal de Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal de Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO en contra el SGTO. INCL. MUS. CARLOS WILLIAMS MAMANI CARI, de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA., vulnerar los artículos 1º inc. f) y 112º incisos b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 040/2018 Del 26 de Abril de 2018 SR. SGTO. 2DO. MOT. ROBERTO FLORES ANDACABA VISTOS: Los antecedentes, Informes y el Sumario Informativo Militar DJE-204/17 que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Comandante del RCB-1 “CALAMA”, en conocimiento del acta de denuncia presentada por el Oficial de Personal del RCB-1 “CALAMA”, Tte. Cab. Brian Rolando Fernández Sejas, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias por las cuales el Sgto. 2do. Mot. Roberto Flores Andacaba se encuentra faltando a lista al RCB-1 “CALAMA”, desde el jueves 28-SEP-17; emitiéndose el Auto Final del Sumario Informativo Militar, el cual establece elevar obrados al Tribunal del Personal del Ejército para su valoración y la aplicación de la normativa militar vigente. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO del SGTO. 2DO. MOT. ROBERTO FLORES ANDACABA, de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89º de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA, vulnerar los artículos 1º inc. f), 112º inc. b) y c) de la LOFA y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 055/2018 Del 09 de Mayo de 2018 SRA. SGTO. INCL. MB. BRIANDA ALEJO LUQUE, VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en la Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Comandante de la Compañía de Aviación del Ejército, en conocimiento de la denuncia presentada por la Sgto. 1ro. Log. Dania Tarqui Condori (Encargada de Personal), instruyó la organización del Sumario Informativo Militar, a objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron el supuesto incumplimiento a la Orden de Residencia dispuesto por el Comando General del Ejército, mediante Radiograma, Entrega Directa, Telefonema Dpto. I – ADM. RR.HH. SCADE. Nº 264/17 de fecha 08-AGO-17, de la Sgto. Incl. MB. Brianda Alejo Luque, destinada a la CAE – A “CNL. LOPEZ”., faltando a su fuente laboral a partir del 14-AGO-17 hasta la fecha, según los partes diarios de la Sección Control de Personal del Dpto. I - ADM. RR. HH. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205, a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la SANCIÓN DISCIPLINARIA de RETIRO OBLIGATORIO en contra de la SGTO. INCL. MB. BRIANDA ALEJO LUQUE, de conformidad al artículo 89º de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA., vulnerar los artículos 1º, inciso f) y 112º incisos b) y c) de la LOFA., y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 057/2018 Del 01 de Marzo de 2018 SR. TTE. INF. GUILLERMO ALCIDES SOLIZ AMURRIO VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Mediante Radiograma del DPTO. I – ADM. RR. HH. SEDEC. Nº 122/17 de fecha 29-MAR-17, se dispuso el cambio de destino del Tte. Inf. Guillermo Alcides Solíz Amurrio al RI – 1 “COLORADOS DE BOLIVIA”, sin embargo el mencionado Oficial Subalterno no dio cumplimiento a esta disposición, encontrándose faltando a su fuente laboral a partir del 06-ABR-17 POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer el RETIRO OBLIGATORIO del TTE. INF. GUILLERMO ALCIDES SOLIZ AMURRIO de conformidad al Art. 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, por incumplir el Art. 120º Inc. d) de la LOFA., vulnerar los artículos 1º inc. f) y 112º Inc. b) y c) de la LOFA, a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numeral 2 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 069/2018 Del 09 de Julio del 2018 SR. TTE. CAB. HANS GREGORIO GILBERT QUISBERT VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sumario Informativo Militar DJE-034/18, se instauró con el objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron la inasistencia a su fuente laboral desde el 05-MAR-18 por el Tte. Cab. Hans Gregorio Gilbert Quisbert. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 10º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al TTE. CAB. HANS GREGORIO GILBERT QUISBERT de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA., vulnerar el artículo 112º incisos b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 074/2018 Del 09 de Julio del 2018 DEL SGTO. 2DO. MOT. WILFREDO USCAMAYTA ESCOBAR VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sumario Informativo Militar DJE-100/17, se instauró con el objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron el incumplimiento al cambio de destino mediante Radiograma Dpto. I – ADM. RR. HH. SEDEC. Nº 122/17 y no cumplir disposiciones superiores desde fecha 06-ABR-17 por parte del Sgto. 2do. Mot. Wilfredo Uscamayta Escobar. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al SGTO. 2DO. MOT. WILFREDO USCAMAYTA ESCOBAR de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405 (LOFA.), por incumplir el artículo 120º inciso d) de la LOFA., vulnerar el artículo 112º incisos b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 091/2018 Del 16 de Agosto del 2018 SR. TTE. INF. VÍCTOR HUGO FERNÁNDEZ APAZA VISTOS: Qué, de la denuncia, la Declaración Informativa en el SIM. DJE-336/15 y el Auto Final de fecha 10-DIC-15, se evidencia que el TTE. INF. VÍCTOR HUGO FERNÁNDEZ APAZA, se encuentra faltando a lista desde el 01-ENE-14, incumpliendo la O.G.D. Nº 52/14., siendo sancionado por Tribunal del Personal del Ejército con el RETIRO OBLIGATORIO, del Recurso de Reconsideración interpuesto por el Tte. Inf. Víctor Hugo Fernández Apaza, en contra de la Resolución del TPE. Nº 137/2016 de fecha 01-DIC-16, los antecedentes e informes que cursan en la Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. RESUELVE: Disponer la IMPROCEDENCIA del Recurso de Reconsideración interpuesto por el TTE. INF. VÍCTOR HUGO FERNÁNDEZ APAZA, en contra de la Resolución del TPE. Nº 137/16 de fecha 01-DIC-16, por los fundamentos expuestos; en consecuencia mantener firme y subsistente la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Div. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 100/2018 Del 25 de Septiembre del 2018 SR. SOF. INCL. ART. TELMO IVÁN MORALES TERÁN VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sumario Informativo Militar DJE-035/18, se instauró con el objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron la inasistencia a su fuente laboral desde el 04-ENE-18 hasta la fecha por el Sof. Incl. Art. Telmo Iván Morales Terán, POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 10º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al SOF. INCL. ART. TELMO IVÁN MORALES TERÁN, de conformidad a la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15, el artículo 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, por incumplir el artículo 120º, inciso d), vulnerar el artículo 112º incisos b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23 FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO N° 121/2018 Del 15 de Noviembre del 2018 SR. SOF. INCL. INF. GROVER RICHARD PÉREZ MARCA VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sumario Informativo Militar DJE-057/18, se instauró con el objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron la no incorporación a su fuente laboral después desde el 26-SEP-18 hasta la fecha por el Sof. Incl. Grover Richard Pérez Marca, cuando se encontraba destinado en el RI-27 “ANTOFAGASTA” PORTANTO El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF. AA. N° 1405 y artículo 27° del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO en contra del SOF. INCL. INF. GROVER RICHARD PÉREZ MARCA de conformidad a la Directiva del Ejército N°16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 89° de la Ley Orgánica de las FF. AA. N° 1405 (LOFA.), por incumplir el artículo 120° inciso d) de la LOFA., vulnerar el artículo 112° incisos b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10° numerales: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos N° 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 123/2018 Del 15 de Noviembre del 2018 SR. SGTO. 2DO. SAN. ROLANDO VELIZ MENA QUISPE VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sumario Informativo Militar DJE-007/18, se instauró con el objeto de esclarecer las causales y circunstancias que motivaron la inasistencia a su fuente laboral desde 05-ENE-18, hasta la fecha, por el Sgto. 2do. San. Rolando Veliz Mena Quispe, POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO al SGTO. 2DO. SAN. ROLANDO VELIZ MENA QUISPE de conformidad al artículo 89° de la Ley Orgánica de las FF. AA. N° 1405, por incumplir la Directiva del Ejército N° 16/15 de fecha 28-OCT-15 y el artículo 120° inciso d) de la LOFA., vulnerar el artículo 112° incisos b) y c) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10° numerales: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos N° 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 127/2018 Del 15 de Noviembre del 2018 SRA. SGTO. INCL. INT. VERÓNICA CÉSPEDES JIMÉNEZ VISTOS: Los antecedentes, Informes y el Sumario Informativo Militar DJE-027/18 que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Comandante del RI-36 “SLDO. SANTOS PARIAMO”, en conocimiento del acta de denuncia presentada por el Jefe de la Sección I Personal del RI-36 “SLDO. SANTOS PARIAMO”, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron el abandono de su fuente de trabajo de la Sgto. Incl. Int. Verónica Céspedes Jiménez desde el 05-MAR-18. El Auto Final del referido Sumario Informativo Militar establece Auto de Procesamiento; asimismo, elevar obrados al Tribunal de Personal del Ejército para la valoración y aplicación de la normativa militar vigente. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO para la SGTO. INCL. INT. VERÓNICA CÉSPEDES JIMÉNEZ, conforme el artículo 89º la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, por haber vulnerado los artículos 120º inciso d), 112º incisos b) y c) del mismo cuerpo legal; artículo 10º numerales 2) y 35) del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 128/2018 Del 15 de Noviembre del 2018 SR. SGTO. INCL. MOT. EDGAR ADELIO MAMANI CRUZ VISTOS: Los antecedentes, Informes y el Sumario Informativo Militar DJE-080/18 que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente, que, el Comandante del RCM-4 “INGAVI”, en conocimiento del acta de denuncia presentada por el Oficial de Personal, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron el no cumplimiento a la Orden de Cambio de Destino mediante Radiograma DPTO. I - ADM. RR. HH. SCADE. Nº 188/18, desde fecha 01-JUN-18, por parte del Sgto. Incl. Mot. Edgar Adelio Mamani Cruz; POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército:. RESUELVE: Disponer la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO para el SGTO. INCL. MOT. EDGAR ADELIO MAMANI CRUZ, conforme el artículo 89º la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, por haber vulnerado los artículos 120º inciso d), 112º incisos b) y c) del mismo cuerpo legal; artículo 10º numerales 2) y 35) del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE.
AUTO TPE. Nº 029/2019 Del 25 de Septiembre de 2019 SR. SGTO. 1RO. ART. JHONNY YUJRA QUISPE V I S T O S: El Oficio STRIA. GRAL. TSP. FF. AA. N° 33/19, y demás antecedentes que cursan en la Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército. Que, el Comandante del RAAM-6 “MCAL. BILBAO”, en conocimiento del acta de denuncia ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias en las cuales el Sgto. 1ro. Art. Jhonny Yujra Quispe se encuentra faltando a lista desde el 05-JUN-17, emitiéndose el Auto Final del Sumario Informativo Militar, el cual establece elevar obrados al Tribunal del Personal del Ejército, resolviendo la sanción disciplinaria de RETIRO OBLIGATORIO, agotando las instancias correspondientes por lo tanto el Tribunal Del Personal Del Ejercito. RESUELVE: Disponer la EJECUTORIA de la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército Nº 118/17 de fecha 24-NOV-17, confirmada mediante Resolución del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado Nº 23/18 de fecha 05-OCT-18, quedando firme y subsistente la SANCIÓN DISCIPLINARIA de RETIRO OBLIGATO, en contra del SGTO. 1RO. ART. JHONNY YUJRA QUISPE, y sea con todos sus efectos legales en cumplimiento al Art. 39º del Reglamento del Tribunal de las Fuerzas CJ-RGA-205, concordante con el Art. 54º del Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las FF. AA. CJ-RGA-220. FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE.
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 129/2018 Del 15 de Noviembre del 2018 SR. SGTO. INCL. INF. JUNIORS PEÑARRIETA OLIVERA VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en esta Secretaría General del Tribunal de Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente. Que, el Sumario Informativo Militar DJE-109/18, se instauró con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias que motivaron la supuesta inasistencia a su fuente laboral por parte del Sgto. Incl. Inf. Juniors Peñarrieta Olivera desde el 070800-JUN-18, acto que conlleva una inconducta profesional e incumplimiento de las disposiciones superiores POR TANTO: El Tribunal de Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405 y el artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205. RESUELVE: Disponer la SANCIÓN DISCIPLINARIA DE RETIRO OBLIGATORIO al SGTO. INCL. INF. JUNIORS PEÑARRIETA OLIVERA de conformidad al artículo 89º de la Ley Orgánica de las FF. AA. Nº 1405, por incumplir los artículos 1º inciso f), 112º incisos b) y c) y 120º inciso d) de la LOFA. y cometer las faltas disciplinarias establecidas en el artículo 10º numerales: 2 y 35 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23; todo en el marco de lo establecido en la Directiva del Ejército Nº 16/15 de fecha 28-OCT-15. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE.
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DEL PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 063/2019 Del 06 de Septiembre de 2019 SR. SGTO. 2DO. TGRAFO. ZENON ESCOBAR BALVOA VISTOS: Que, a través el Radiograma del DPTO. I – ADM. RR. HH. SCADE. Nº 458/18, fue cambiado de destino el Sgto. Tgrafo. Zenón Escobar Balvoa al RIM-23 “TCNL. MAX TOLEDO”, faltando a su fuente desde el 12-ENE-17 hasta la fecha, siendo sancionado por el TPE. Con el RETIRO OBLIGATORIO Conforme lo establecido en el artículo 36º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205, el Sr. SGTO. 2do. TGRAFO. ZENÓN ESCOBAR BALVOA interpuso el Recurso de Reconsideración dentro del plazo previsto POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia. RESUELVE: PRIMERO: Disponer la IMPROCEDENCIA de Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. SGTO. 2DO. TGRAFO. ZENON ESCOBAR BALVOA, en consecuencia, mantener firme y subsistente la Resolución del TPE. Nº 102/2018 de fecha 25-SEP-18. RETIRO OBLIGATORIO FDO. Gral. Brig. Luis Antonio Cuellar Ugarte VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Jorge Pastor Mendieta Ferrufino PRESIDENTE DEL TPE.
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE PERSONAL DEL EJÉRCITO Nº 0119/2017 Del 15 de Noviembre del 2018 DEL SGTO. 2DO. SAN. SAUL CALIZAYA QUENA VISTOS: Los antecedentes e informes que cursan en la Secretaría General del Tribunal del Personal del Ejército, la normativa militar vigente, todo lo que se vio, convino y se tuvo presente Que, ante la denuncia presentada por el Auxiliar de la Sección I - Personal del RAAM-6 “MCAL. BILBAO” referente a la inasistencia a su fuente de trabajo por parte del Sgto. 2do. San. Saul Calizaya Quena desde fecha 02-SEP-17, el Señor Comandante del RAAM-6 “MCAL. BILBAO”, ordenó la instauración del Sumario Informativo Militar DJE-183/17, con el objeto de esclarecer las causas y circunstancias por las cuales el citado Sargento se encuentra faltando a lista en su Unidad. POR TANTO: El Tribunal del Personal del Ejército, con las atribuciones establecidas en el artículo 110º de la Ley Orgánica de las FF.AA. Nº 1405, artículo 27º del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-205 y a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia RESUELVE: Disponer la Sanción disciplinaria RETIRO OBLIGATORIO en contra del SGTO. 2DO. SAN. SAUL CALIZAYA QUENA, por haber vulnerado la Ley Orgánica de las FF.AA. en su artículo 120º inciso d), asimismo, el artículo 112º incisos b) y c), concordante con el artículo 89º de la referida Ley; y por transgredir el Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Castigos Nº 23 en su artículo 10º numerales 2 y 35, la Orden General de Ejército Nº 57/16 (destinos) y la Directiva del Ejército Nº 16/15. FDO. Gral. Brig. Iván Ramiro Ortiz Bravo VOCAL RELATOR DEL TPE. Gral. Ejto. Willams Carlos Kaliman Romero PRESIDENTE DEL TPE.
NOTA. De conformidad al Art. 35º Inc. a) del Reglamento del Tribunal del Personal de las Fuerzas CJ-RGA-240, en conocimiento de la presente publicación, el interesado podrá hacer uso de los Recursos correspondientes por el conducto regular establecido, dentro del plazo de quince (15) debidamente fundamentada
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
13
ONU El ministro de Asuntos Exteriores de Rusia, Serguéi Lavrov, participó este sábado en el 76° Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la ONU, que se celebra en Nueva York. Durante su discurso, el Canciller ruso abordó varios temas, como “el concepto del llamado ‘orden basado en reglas’”, la necesidad de la creación de “una amplia coalición antiterrorista sin dobles raseros”, la crisis sanitaria internacional, entre otros. Además resaltó la importancia de las Naciones Unidas y la colaboración de los Estados: “Todos estamos en el mismo barco y es de nuestro interés común mantenerlo firmemente en las ondas de la política mundial”. “ESFUERZOS SOLIDARIOS” “No tenemos otra opción: una amplia colaboración de las Naciones Unidas es necesaria especialmente ahora, cuando el número de problemas en la agenda global sigue creciendo”, dijo Lavrov. Al mismo tiempo, advirtió que “cada vez con más frecuencia tratan de utilizar el derecho de los poderosos contra el poder del derecho, contra la legitimidad internacional”. “Para Rusia es evidente que contrarrestar de manera efectiva los desafíos y amenazas sólo es posible con esfuerzos solidarios y en estricta conformidad con las normas generalmente reconocidas del derecho internacional, especialmente los objetivos y principios de la Carta de las Naciones Unidas”, señaló el Ministro. ORDEN BASADO EN REGLAS Y DOBLES RASEROS Hablando de las amenazas a estas normas universalmente reconocidas, criticó “el concepto del llamado ‘orden basado en reglas’, promovido insistentemente por Occidente (…) en contraposición al derecho internacional”. Como ejemplos de tales reglas que, según él, carecen de legitimidad por no ser adoptadas abiertamente, Lavrov citó la alianza por el multilateralismo, anunciada por Francia y Alemania, y la idea de la ‘cumbre por la democracia’ planteada por EEUU. “De hecho, esta iniciativa, muy en el espíritu de la Guerra Fría, proclama una nueva ‘cruzada’ ideológica contra todo
PIDE UNIDAD ANTE LOS DESAFÍOS GLOBALES
Lavrov critica la política de doble moral y llama a respetar el rol de la ONU El Canciller ruso llegó a Nueva York el miércoles y ha tenido una apretada agenda que incluyen 25 reuniones diplomáticas.
// FOTO: NEW YORK / RT
• New York / RT
desacuerdo (…) Se convertirá en un paso hacia la división de la comunidad mundial en ‘nosotros’ y ‘enemigos’”, dijo. “El ‘orden basado en reglas’ se basa en dobles raseros. Cuando es beneficioso para Occidente, el derecho de los pueblos a la autodeterminación se eleva a un absoluto. Y luego, en violación de la resolución del Consejo de Seguridad y sin ningún referéndum, reconocen como un Estado independiente la formación creada artificialmente de Kosovo”, dijo el Ministro. “A nadie le da vergüenza que las Malvinas estén ubicadas a 12.000 kilómetros de Gran Bretaña, y contrario a las decisiones de la ONU y la Corte Internacional de Justicia, hasta ahora están bajo el control de París y Londres antiguas posesiones coloniales que nadie va a liberar”, añadió, mencionando como otro ejemplo del doble rasero la actitud de Occidente ha-
cia el referéndum de Crimea. “En el marco del mismo ‘orden basado en reglas’, EEUU mantiene el arcaico embargo comercial contra Cuba e intenta dictar su voluntad a los pueblos de Venezuela y Nicaragua”, señaló. “Ante los desafíos globales, la comunidad mundial necesita unidad y no una nueva división”, resaltó. UNA COALICIÓN ANTITERRORISTA “SIN DOBLES RASEROS” Además, Lavrov subrayó que hoy en día, 20 años después de los atentados del 11 de septiembre en EEUU, la propuesta del presidente Vladímir Putin de “formar una amplia coalición antiterrorista sin dobles raseros sobre la base del derecho internacional es más pertinente que nunca”. “Esperamos una reacción a la iniciativa de Rusia de elaborar un convenio sobre la lucha contra los actos de terrorismo químico y biológico”, agregó.
El Canciller señaló que “sólo sobre la base del derecho internacional y con la participación de todas las partes interesadas, y teniendo en cuenta sus intereses, se puede avanzar en la solución de los conflictos regionales”, que azotan a Afganistán, Siria, Libia y otros países. “Todos los actores externos deben comprender las especificidades culturales y de civilización de la sociedad, abstenerse de politizar la ayuda humanitaria y contribuir a la formación de autoridades ampliamente representativas que incluyan a todas las principales fuerzas étnicas, religiosas y políticas de los países afectados”, declaró. “EL COVID-19 ES NUESTRO ENEMIGO COMÚN” Al hablar sobre la actual crisis sanitaria provocada por la pandemia, Lavrov subrayó que “el covid-19 es nuestro enemigo común” y apuntó a que las autoridades rusas respaldan el reconocimiento mutuo de los fármacos contra la enfermedad. “Apoyamos el reconocimiento mutuo de las vacunas aprobadas por las autoridades reguladoras
nacionales en aras de una rápida eliminación de las restricciones a los viajes internacionales de los ciudadanos”, añadió. LAVROV EN NUEVA YORK El Canciller llegó a Nueva York el miércoles y ha tenido una apretada agenda que incluyen 25 reuniones diplomáticas. En particular, mantuvo un encuentro a puerta cerrada con el secretario general de la OTAN, Jens Stoltenber, además de reunirse con la jefa de la diplomacia británica, en medio de las tensiones por el caso Scripal, y con sus homólogos de Egipto, Irlanda y Polonia. Asimismo, se reunió con el presidente de Bolivia, Luis Alberto Arce, con quien se centró en “aspectos cruciales del desarrollo del diálogo político” y confirmó la “consolidación de relaciones multifacéticas” entre los dos países. El jueves, Lavrov participó en una reunión con varios ministros de América Latina, entre ellos su homólogo cubano, Bruno Rodríguez, que agradeció la ayuda humanitaria que Moscú ha enviado a la Isla para luchar contra la pandemia del coronavirus.
14
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Orbe ALEMANIA VA A LAS URNAS
Más emocionantes y extraordinarias que nunca, las elecciones legislativas alemanas, que deciden hoy la composición del Ejecutivo sucesor de la era de Angela Merkel, la canciller federal que se retira después de 16 años al frente del país, tienen un desenlace incierto. Aunque el Partido Socialdemócrata (SPD) lleve una cierta ventaja en los sondeos frente a los conservadores de la Unión Cristianodemócratas y la Unión Socialcristiana (CDU/CSU), el sprint realizado en la recta final para convencer a los indecisos puede deparar sorpresas. Estos comicios al Bundestag se salen además de lo normal en muchos aspectos. Por un lado, su repercusión sobrepasará las fronteras y tendrá efectos sobre el conjunto europeo. Merkel ha sido una socia fundamental de la UE para guiar su camino y capear sus crisis, una estadista de altura que ha colocado el listón a una gran distancia para su sucesor en el hemiciclo comunitario en pleno debate geoestratégico sobre el futuro de Europa. Merkel es, además, la primera canciller en la historia de la República Federal que renuncia a su reelección y además lo anunció con tres años de antela-
Las elecciones marcan el fin de los 16 años de mandato de Angela Merkel Hoy los alemanes acudirán a las urnas para elegir a los diputados al Bundestag, que a su vez escogerán al nuevo jefe de Gobierno. // FOTO: BERLÍN / RT
• BERLÍN / RT
ción. Lo hizo en octubre de 2018, abandonando poco después la jefatura de la CDU. Durante tres de sus cuatro mandatos gobernó en gran coalición con los socialdemócratas (SPD), que fueron perdiendo votantes una elección tras otra abducidos políticamente por la líder conservadora. Esto hace que el explosivo despegue del candidato del SPD,
Olaf Scholz, vicecanciller federal y titular de Finanzas con Merkel, parezca casi un milagro, después de ver a su partido sumido en las profundidades de la impopularidad política, no sólo por detrás de los conservadores, sino también y durante muchos meses de Los Verdes. En lo que dura un verano ha logrado relanzar a los socialdemócratas, adelantar a los
EDICTO
ecologistas, recortar los más de 15 puntos de ventaja que tenían los conservadores hace pocos meses y situar a su partido en la cabeza de la pugna electoral con buenas perspectivas de hacerse hoy con la victoria. Scholz ha logrado hacerse pasar por el heredero del legado de Merkel, mientras su rival, presidente de la CDU y candida-
EDICTO
(Segunda Publicación)
(Segunda Publicación)
El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. SOSIMO CRISOL HINOSTROZA PARIACHI con Cedula de Extranjería Nº 11252725, para que tome conocimiento de la presente NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-C-19-2019 de fecha 24 de Enero de 2018, debiendo apersonarse en las oficinas de la Administración Aduana Frontera Desaguadero ubicada en Av. Mujica esq. Calle N°2 S/N. – Desaguadero, y sea en un plazo de tres (10) días hábiles a ser computables a partir de su notificación.---------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE LA NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-C-19-2019.--Desaguadero, 24 de Enero de 2018-------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR-DESLF-C-19-2019-------------------------------------------------------------------------------------------------Señor (a):----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Sosimo Crisol Hinostroza Pariachi -----------------------------------------------------------------------------------------Cedula de Extranjeria N° 11252725 -----------------------------------------------------------------------------------------Dirección: Calle Cañada Esquina Choferes del Chaco N° 112 ------------------------------------------------------------Zona Militar Santa Cruz de la Sierra -------------------------------------------------------------------------------------------Presente.- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ref.: REQUERIMIENTO DE PAGO ---------------------------------------------------------------------------------------De mi consideración:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Mediante la presente, tengo a bien comunicar a usted, que según reporte obtenido del sistema SIDUNEA++, la DUI 2018/241/C-19490 de fecha 30/11/2018, tramitada en la modalidad de Despacho de Mínima Cuantía (IMM), figura en calidad de impago de los tributos aduaneros de importación, en consecuencia se encuentra dentro del alcance del Art. 10 del Reglamento Ley General de Aduanas, misma que establece: «...Por regla general, el plazo para el pago de las obligaciones aduaneras será de tres (3) días computados desde el día siguiente hábil a la aceptación de la declaración de mercancías por la administración aduanera...” concordante con el Art. 47 de la Ley 2492 (Código Tributario Boliviano), modificada por la Ley 812 de fecha 30/06/2016.-----------------------------------------------------------------------------------Al respecto, se debe dar cumplimiento al parágrafo segundo del Art, 46 (Pago) del Reglamento al Código Tributario Boliviano, y la RD. 01-016-06 de 22/09/2016 que aprueba el “Procedimiento para el Despacho de Importación de Menor Cuantía”, en su numeral romano V, literal A (Aspectos Generales), numeral 10, último parágrafo señala: “El pago de tributos aduaneros de las mercancías sujetas a despacho de menor cuantía será realizado en la Entidad Financiera autorizada o por medios electrónicos, en un plazo de tres días hábiles computables a partir del día siguiente hábil a la aceptación de la declaración de importación en el sistema informático de la Aduana Nacional (...)”--------------------------En este entendido, se remite a usted la presente Nota de Requerimiento de Pago, otorgándole el plazo de diez (10) días hábiles perentorios para la cancelación de los tributos aduaneros correspondientes de la DUI 2018/241/C-19490 de fecha 30/11/2018, a ser computables a partir de la notificación con el presente Requerimiento, caso contrario, se dará inicio al proceso de ejecución tributaria según lo establecido en el Art. 107 y 108 de Código Tributario Boliviano, a cuyo efecto esta Administración Aduanera, remitirá antecedentes a la Supervisoría de Ejecución Tributaria (SET.) de conformidad a lo dispuesto por la R.D. No. 01-007-12 de 08/08/2012.----------------------------------------------------------------------------Sin otro particular, saludo a usted con las consideraciones más distinguidas.--------------------------------------------------Firma y Sella: Javier Escobar Flores-ADMINISTRADOR DE ADUANA-GERENCIA REGIONAL LA PAZ - ADUANA NACIONAL.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 01 de septiembre de 2021,-----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) procédase a su notificación por Edictos, publicados en dos (2) oportunidades con un intervalo de por lo menos tres (3) días corridos entre la primera y la segunda publicación, en un órgano de prensa de circulación nacional, y sea con la NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-C-19-2019 de fecha 24 de Enero de 2018.-------------------Firma y Sella: Fernando Alvaro Herrera Prieto-ADMINISTRADOR DE ADUANA-GERENCIA REGIONAL LA PAZ - ADUANA NACIONAL ----------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. ----------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.-ADUANA NACIONAL.------------
El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. LUCIO VILCANQUI CHURA, para que tome conocimiento de la presente NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-PACLF-C-311-2017 de fecha 19 de Septiembre de 2017, debiendo apersonarse en las oficinas de la Administración Aduana Frontera Desaguadero ubicada en Av. Mujica esq. Calle N°2 S/N. – Desaguadero, y sea en un plazo de tres (10) días hábiles a ser computables a partir de su notificación.----------------------------------------------------PARTE PERTINENTE DE LA NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-PACLF-C-311-2017.Desaguadero, 19 de Septiembre de 2017-------------------------------------------------------------------------------------------Cite: AN-GRLGR-DESLF-PACLF-C-311-2017--------------------------------------------------------------------------------Señor:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LUCIO VILCANQUI CHURA---------------------------------------------------------------------------------------------------Calle Carancas S/N ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Zona Patani – La Paz ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------Presente.- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ref.: REQUERIMIENTO DE PAGO ---------------------------------------------------------------------------------------De mi consideración:.- -------------------------------------------------------------------------------------------------------------Mediante la presente, tengo a bien comunicar a usted, que según reporte obtenido del sistema SIDUNEA++, la DUI 2016/241/C-37066 de fecha 16/12/2016, tramitada en la modalidad de Despacho a Consumo IMM4, figura en calidad de impago de los tributos aduaneros de importación, en consecuencia se encuentra dentro del alcance del Art. 10 del Reglamento Ley General de Aduanas, misma que establece: «...Por regla general, el plazo para el pago de las obligaciones aduaneras será de tres (3) días computados desde el día siguiente hábil a la aceptación de la declaración de mercancías por la administración aduanera...» concordante con el Art. 47 de la Ley 2492 (Código Tributario Boliviano), modificada por la Ley 812 de fecha 30/06/2016.------------------------------------------------------------------------------------------------Al respecto, se debe dar cumplimiento al parágrafo segundo del Art. 46 (Pago) del Reglamento al Código Tributario Boliviano, y la RD. 01-016-06 de 10/10/2016 que aprueba el «Procedimiento para Despacho de Importación de Menor Cuantía”, en su capítulo V (Procedimiento), literal A (Aspectos Generales), numeral 9 señala: “... El pago de los tributos aduaneros aplicables a las mercancías sujetas a despacho de menor cuantía será realizado en un punto de cobranza de entidad financiera autorizada, en un plazo de tres (3) días hábiles computados desde el día siguiente hábil a la aceptación de la declaración para despacho de importación de menor cuantía en el sistema informático, vencido este plazo se procederá al cálculo de la deuda tributaria…”-----------------------------------------------------------------------------------En este entendido, se remite a usted la presente Nota de Requerimiento de Pago, otorgándole el plazo de diez (10) días hábiles perentorios para la cancelación de los tributos aduaneros correspondientes a la DUI 2016/241/C-37066 de fecha 16/12/2016 establecida en la liquidación adjunta, a ser computables a partir de la notificación con el presente Requerimiento, caso contrario, se dará inicio al proceso de ejecución tributaria según lo establecido en el Art. 107 y 108 de Código Tributario Boliviano, a cuyo efecto esta Administración Aduanera, remitirá antecedentes a la Supervisoría de Ejecución Tributaria (S.E.T.) de conformidad a lo dispuesto por la R.D. No. 01-007-12 de 08/08/2012. ----------------------Sin otro particular, saludo a usted con las consideraciones más distinguidas.--------------------------------------------------Firma y Sella: Augusto G.R. Mendizábal Pacheco-ADMINISTRADOR DE ADUANA-GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional de Bolivia. -----------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 13 de septiembre de 2021,-----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. LUCIO VILCANQUI CHURA, con la NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-PACLF-C-311-2017 de fecha 19/09/2017, emitido por Administración de Aduana Frontera Desaguadero de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.-ADUANA NACIONAL------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. ----------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.-ADUANA NACIONAL.------------
JEVC SVCA/RECQ/wgchp c.c. Expediente HR. DESLF2021-945
to conservador, Armin Laschet, no ha conseguido convencer como presunto delfín de la canciller y hombre que promete la renovación. Para muchos, es simplemente un intento de ofrecer más de lo mismo, pero en peor. Nunca ha habido, como se presume que sucederá tras los comicios, tantas alternativas de coalición. Hasta ahora socialdemócratas y conservadores se alternaban en el poder y formaban alianzas con partidos menores como los liberales o Los Verdes para gobernar, cuando no se veían forzados a sacar adelante a regañadientes una gran coalición. En caso de apuro, prima la razón de Estado. Pero esta vez no será probablemente posible. Las cifras simplemente no cuadran y por primera vez en la historia de este país serán tres las formaciones que tendrán que sentarse a negociar la constitución del nuevo ejecutivo.
JEVC SVCA/RECQ/wgchp c.c. Expediente HR. DESLF2021-945
COTIZACIÓN SIMPLE N° 001/2021 La empresa DATACOM S.R.L., invita a empresas Consultoras de Auditoria legalmente establecidas, a presentar sus propuestas para el siguiente proceso de contratación:
“AUDITORIA ESPECIAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA GESTIÓN 2020” Los interesados podrán obtener y recabar las Especificaciones Técnicas, para su descarga sin costo en el portal de DATACOM S.R.L.: www.datacom.com.bo a par ir del 24 de septiembre de 2021. La Paz, septiembre de 2021
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
15
// FOTO: BEIJING / RT
Orbe
CONTRA LA DIRECTORA DE HUAWEI
China tilda de “fabricadas” las acusaciones de EEUU • Beijing / RT
La ejecutiva, detenida en diciembre de 2018 en Canadá a petición de la justicia estadounidense, fue liberada este viernes luego de alcanzar un acuerdo con los fiscales. La vocera del Ministerio de Relaciones Exteriores de China, Hua Chunying, comentó este sábado el caso de la directora financiera de Huawei, Meng Wanzhou, que durante casi tres años estuvo bajo arresto domiciliario con una acusación de fraude por parte de EEUU. En particular, la diplomática calificó como “coherente y clara” la postura de Pekín hacia los hechos y afirmó que éstos constituían una “persecución política”. En cuanto a los cargos presentados contra la ejecutiva, aseveró que fueron “fabricados”, según el portal Sohu. “Incluso HSBC, al que EEUU se refirió como la ‘víctima’, ha proporcionado documentos suficientes para probar la inocencia de la Sra. Meng”, dijo Hua, quien caracterizó las acciones de EEUU y Canadá como “típicas detenciones arbitrarias”.
CASO DE MENG La ejecutiva fue detenida en el Aeropuerto Internacional de Vancouver en diciembre de 2018 por una orden de arresto de EEUU, y fue acusada de cargos de fraude bancario y electrónico por supuestamente engañar a HSBC (HSBA.L) sobre los negocios del gigante de equipos de telecomunicaciones en Irán, de lo que se informó por primera vez en 2012. Este viernes, Meng llegó a un acuerdo de ‘enjuiciamiento diferido’, que le permitirá regresar a China. Todos los cargos contra la ejecutiva serán completamente retirados si no comete ninguna infracción hasta diciembre de 2022. El mismo día, fue liberada por Canadá. En 2019, EEUU incluyó a Huawei en una lista negra comercial que restringe las ventas a la empresa por actividades contrarias a los intereses de seguridad nacional y política exterior del país norteamericano. La causa penal contra Meng y la empresa tecnológica se basa en la lista negra; la compañía está acusada de operar como una empresa criminal, robar secretos comerciales y defraudar a instituciones financieras. Por su parte, Huawei se ha declarado inocente. El acuerdo alcanzado por Meng no se refiere al gigante tecnológico.
EDICTO
(Segunda Publicación) El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Abg. Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. RENE POMA QUISPE, para que tome conocimiento de la presente NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-C-222-2019 de fecha 21 de Octubre de 2019, debiendo apersonarse en las oficinas de la Administración Aduana Frontera Desaguadero ubicada en Av. Mujica esq. Calle N°2 S/N. – Desaguadero, y sea en un plazo de tres (10) días hábiles a ser computables a partir de su notificación.------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE LA NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-C-222-2019.-Desaguadero, 21 de Octubre de 2019 ----------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR-DESLF-C-222-2019 ----------------------------------------------------------------------------------------------Señor (a):----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Rene Poma Quispe -----------------------------------------------------------------------------------------------------------Dirección: Z. Jarka Pampa S/N Cochabamba ------------------------------------------------------------------------------Cochabamba -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Presente.- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ref.: REQUERIMIENTO DE PAGO. --------------------------------------------------------------------------------------De mi consideración:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Mediante la presente, tengo a bien comunicar a usted, que según reporte obtenido del sistema SIDUNEA++, la DUI 2019/241/C-11734 de fecha 12/07/2019, tramitada en la modalidad de Despacho Anticipado (IMA), figura en calidad de impago de los tributos aduaneros de importación, en consecuencia se encuentra dentro del alcance del Art. 10 del Reglamento Ley General de Aduanas, misma que establece: “...Por regla general, el plazo para el pago de las obligaciones aduaneras será de tres (3) días computados desde el día siguiente hábil a la aceptación de la declaración de mercancías por la administración aduanera...” concordante con el Art. 47 de la Ley 2492 (Código Tributario Boliviano), modificada por la Ley 812 de fecha 30/06/2016. -----------------------------------------------------------------------------------------------Al respecto, se debe dar cumplimiento al parágrafo segundo del Art. 46 (Pago) del Reglamento al Código Tributario Boliviano, y la RD. 01-015-06 de 22/09/2016 que aprueba el “Procedimiento del Régimen de Importación para el Consumo GNN-M01 Versión: 5”, en su numeral romano V, literal A (Aspectos Generales), numeral 8 (Pago de tributos aduaneros) parágrafo segundo señala: “... El pago de la obligación tributaria aduanera deberá realizarse dentro de los siguientes tres (3) días hábiles de haber sido aceptada la DUI; vencido el plazo sin haberse efectuado el pago de la obligación tributaria, esta se constituirá en deuda tributaria cuyo pago será efectuado conforme lo establecido en el artículo 47 del código tributario boliviano...”--------------------------------------------------------------------------------------------------------------En este entendido, se remite a usted la presente Nota de Requerimiento de Pago, otorgándole el plazo de diez (10) días hábiles perentorios para la cancelación de los tributos aduaneros correspondientes a la DUI 2019/241/C-11734 de fecha 12/07/2019 a ser computables a partir de la notificación con el presente Requerimiento, caso contrario, se dará inicio al proceso de ejecución tributaria según lo establecido en el Art. 107 y 108 de Código Tributario Boliviano, a cuyo efecto esta Administración Aduanera, remitirá antecedentes a la Supervisoría de Ejecución Tributaria (SET.) de conformidad a lo dispuesto por la R.D. No. 01-007-12 de 08/08/2012.---------------------------------------------------------------------------Sin otro particular, saludo a usted con las consideraciones más distinguidas.--------------------------------------------------Firma y Sella: Javier Escobar Flores-ADMINISTRADOR DE ADUANA-GERENCIA REGIONAL LA PAZ - ADUANA NACIONAL.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 01 de septiembre de 2021,-----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) procédase a su notificación por Edictos, publicados en dos (2) oportunidades con un intervalo de por lo menos tres (3) días corridos entre la primera y la segunda publicación, en un órgano de prensa de circulación nacional, y sea con la NOTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO AN-GRLGR-DESLF-C-222-2019 de fecha 21 de Octubre de 2019.---------------Firma y Sella: Fernando Alvaro Herrera Prieto-ADMINISTRADOR DE ADUANA-GERENCIA REGIONAL LA PAZ - ADUANA NACIONAL ----------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. ----------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.-ADUANA NACIONAL.------------
JEVC SVCA/RECQ/wgchp c.c. Expediente HR. DESLF2021-945
16
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Economía La Cumbre para la Reconstrucción Económica y Productiva de la Propuesta a la Gestión concluyó ayer en Trinidad con varios planteamientos para reactivar la economía e impulsar el desarrollo de Beni. Los sectores pidieron la industrialización de la producción agropecuaria, la construcción de una planta liofilizadora de frutos amazónicos, la reforestación de bosques de madera mara y el desarrollo de la industria cárnica, entre otros. “Sólo la producción nacional genera empleo y sustituye las importaciones. Lo único que genera la importación es riqueza para un grupo reducido de personas”, afirmó la ministra de Trabajo, Verónica Navia, quien condujo este encuentro departamental, según la ABI.
LA CUMBRE PIDIÓ también consolidar el crecimiento económico de Beni e industrializar sus materias primas.
ADEMÁS DE REFORESTAR LOS BOSQUES DE MADERA MARA
Cumbre Económica en Trinidad pide industrialización agropecuaria En la Cumbre, durante dos días, se diseñaron propuestas dirigidas a fomentar el desarrollo productivo e industrial del Beni. El secretario ejecutivo de la Central Obrera Departamental de Beni (COD - Beni), Alexy Rodríguez, quien entregó las conclusiones de la Cumbre a la autoridad laboral, mencionó que éste es el primer paso, no es una clausura, “porque de aquí a un año estaremos viendo los primeros frutos de las propuestas de gestión que estamos entregando”. Las conclusiones y propuestas tienen un enfoque integral, ya que la potencialidad productiva del departamento, como es la caña, café, pescado, bambú, arroz, maíz, carne, leche, fruta, entre otros, está vinculada a las propuestas de caminos y mercados. Del mismo modo, temas como turismo, artesanía, gastronomía, servicios básicos, educación y salud están vinculados y enfocados al desarrollo de los pueblos indígenas y a la generación de empleos directos e indirectos, explicó Navia. Al finalizar el evento, la Ministra de Trabajo agradeció la participación y el compromiso de cada uno de los delegados.
// FOTO: MINISTERIO DE TRABAJO
• Redacción Central
La ministra de Trabajo, Verónica Navia, junto a actores productivos en la Cumbre de Trinidad.
// FOTO: YPFB
EN YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES BOLIVIANOS
Feria ‘Puertas Abiertas’ genera un movimiento de $us 78 millones • Redacción Central
La estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) informó ayer que entre la primera y segunda Feria YPFB Puertas Abiertas se adjudicaron cerca de 600 procesos de contratación con empresas proveedoras de bienes y servicios.
El movimiento generado por YPFB en las ferias es de importancia del sector hidrocarburífero.
Se generó un movimiento económico de aproximadamente $us 78 millones. “El movimiento económico que genera esta importante actividad tiene la misión de reactivar la economía nacional a través de la compra de los distintos insumos que requieren YPFB y sus empresas subsidiarias, y que son suministrados por las empresas que participan en las ferias que convoca la petrolera estatal”, detalla un
reporte de prensa. El ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina, destacó que el dinero que se inserta a la economía “representa fuentes de empleos para el país, una serie de servicios conexos y que durante esta gestión y parte de 2022 se van a efectuar en el país”. En la primera versión de la feria, que se celebró en mayo de este año, se movieron $us 27,53 millones.
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
17
Comunicación // FOTO: ENTEL
CONEXIONES DE ENTEL EN SANTA CRUZ
Fibra Óptica se expande casi a 5.000 kilómetros Las redes conectan a 52 capitales de municipio del departamento, ofrecen un servicio de alta calidad. • Redacción Central
EN ÁREAS RURALES Y URBANAS
Pando tiene más de 200 estaciones de radiobase • Redacción Central
Entel opera 251 estaciones de radiobase en el departamento de Pando, de las cuales 173 se encuentran en las áreas rurales y 78 en las áreas urbanas.
En lo que resta de la gestión, se proyecta implementar tres nuevas estaciones de radiobase con tecnología LTE, en las que se invertirán más de 611.000 bolivianos. La empresa líder en telecomunicaciones extendió a 858 kilómetros sus tendidos de fibra óptica en varias regiones del departamento de Pando. Las redes de fibra óptica alcanzaron a 11 capitales de municipio del departamento amazónico, permitiendo ofrecer a los usuarios servicios de telecomunicaciones de alta calidad. La ampliación de las redes de acceso por Fibra Óptica Al Hogar (FTTH, por su sigla en inglés) ejecutada hasta el mes de agosto de 2021, obedece a la creciente demanda de los clientes de internet por un servicio con mayor ancho de banda, para mayores velocidades y menores retardos en la descarga de información.
3 ESTACIONES DE RADIOBASE con tecnología LTE serán instaladas este año en la Perla del Acre.
La tecnología permite a la empresa nacionalizada ofrecer servicios de telecomunicaciones como el acceso a internet, transmisión de datos, telefonía, televisión, entre otros. Las estaciones de radiobase instaladas permiten por su parte llegar al departamento de Pando con los servicios de telefonía móvil y acceso a internet móvil, televisión en los dispositivos celulares y otros servicios de valor agregado. Entre los proyectos relevantes que encara Entel SA en el departamento, destacan la ampliación de la red IP de última generación (IP-NGN, por su sigla en inglés), la ampliación y actualización de la red de acceso para servicios móviles y el nuevo Proyecto Instalación de Comunicaciones por Radio Bases - Fase III del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social.
Hasta fin de año se proyecta la ampliación de la red de acceso de Fibra Óptica Al Hogar (FTTH, por su sigla en inglés), con la implementación de 26.448 nuevos puertos para cliente final en 17 nuevas localidades y siete sitios urbanos del departamento. La ampliación de las redes de acceso por Fibra Óptica Al Hogar se debe a la creciente demanda de los clientes de internet por un servicio con mayor ancho de banda, mayores velocidades y menores retardos en la descarga de información.
versión de más de 2,8 millones de bolivianos. Las estaciones de radiobase instaladas permiten llegar al departamento de Santa Cruz con los servicios de telefonía móvil y acceso a internet móvil, televisión en los dispositivos celulares y otros servicios de valor agregado, en beneficio de los usuarios.
17 NUEVAS LOCALIDADES y siete sitios urbanos del departamento se beneficiarán de la ampliación de la red de acceso de fibra óptica.
// FOTO: ENTEL
La empresa extendió a 858 kilómetros sus tendidos de fibra óptica.
La extensión de las redes de fibra óptica instaladas en el departamento de Santa Cruz, a agosto, alcanza aproximadamente a 5.000 kilómetros, según un informe de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Sociedad Anónima (Entel SA).
La tecnología permite a la empresa nacionalizada ofrecer servicios de telecomunicaciones, reducir la brecha digital y universalizar el acceso a internet y a la información en beneficio del pueblo boliviano. La empresa líder en telecomunicaciones opera 1.861 estaciones de radiobase para comunicaciones móviles en el departamento de Santa Cruz, de las cuales 986 se encuentran en áreas rurales y 875 en áreas urbanas. En la gestión 2021 se dio inicio a la implementación de estaciones de radiobase (4G) en 21 localidades rurales con poblaciones de 50 a 2.000 habitantes, mediante el proyecto IRB 3. También se tiene prevista la ampliación y actualización de la red de acceso móvil en 21 localidades, de las cuales 12 se encuentran en áreas rurales y nueve en áreas urbanas. Hasta final del año se instalarán 10 estaciones de radiobase con tecnología LTE, con una in-
Las estaciones de radiobase permiten llegar a Santa Cruz con los servicios de telefonía móvil y acceso a internet móvil.
18
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
www.ahoraelpueblo.bo
Gráfica
• Redacción Central
E
l Programa ProCamélidos, del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, inició con un desfile y exposición de ejemplares camélidos desde la plaza San Francisco el viernes, las especies recorrieron el centro paceño. Así comienzan las Ferias Departamentales de Camélidos que se llevarán delante de manera simultánea en La Paz, Oruro, Potosí y Tarija a partir de ayer para promocionar el potencial productivo del país. El campo ferial de la ciudad de El Alto es el escenario para la exhibición de la Feria de Camélidos hoy domingo, donde habrá artesanías, textiles y gastronomía. La población podrá ver a las llamas y alpacas, su cuidado y cómo es su crianza.
// FOTOS: GONZALO JALLASI
Expoferia de Camélidos La Paz 2021
www.ahoraelpueblo.bo
26 / 08 09 / 2021 DOMINGO / 29
19
Tribuna La CELAC es el camino Delfín Arias Vargas
L
a Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC) condenó el bloqueo de Estados Unidos a Cuba, reivindicó la unidad e integración de América Latina y del Caribe, rechazó las políticas hegemónicas de Washington, se pronunció a favor de un orden internacional justo, exigió el respeto de los derechos humanos y la autodeterminación de los pueblos como condición sine qua non para el ejercicio de una democracia sin injerencias externas. Una Declaración Especial fue aprobada en la VI Cumbre de la CELAC, realizada en Ciudad de México, tras superar las diferencias ideológicas entre gobiernos de algunos de sus países miembros. Fundada el 3 de diciembre de 2011, el ente regional incluye a 33 países y excluye a Estados Unidos y Canadá. Es inimaginable que esa declaración soberana de los pueblos ubicados al sur del río Bravo pudiera haber sido aprobada en el seno de la Asamblea General de la OEA, organismo hemisférico que agrede, desune, manipula y responde a intereses ajenos a los pueblos latinoamericanos y caribeños. Veamos por qué: Mientras la CELAC reivindica la soberanía, la unidad y la integración política, económica y cultural de los pueblos de América Latina y del Caribe, y objeta “las medidas económicas coercitivas no sustentadas en el Derecho Internacional” contra países soberanos para impedirles que ejerzan su derecho a decidir “sus propios sistemas políticos, económicos y sociales”, la OEA se inmiscuye en asuntos internos y es partidaria de intervenciones militares extranjeras a países con gobiernos legítimos no alineados a las políticas hegemónicas de Washington. “Es tiempo de sustituir la política de bloqueos y malos tratos por la opción de respetarnos, caminar juntos y asociarnos por el bien de América sin vulnerar nuestras soberanías”, dijo el presidente de México y anfitrión de la cita, Andrés López Obrador, quien pidió a la Casa Blanca el fin de las políticas de embargo y propuso una “nueva y vigorosa relación entre los pueblos de América”. No obstante, mientras la CELAC no admite el inhumano bloqueo comercial, económico y finan-
ciero que desde hace 61 años impone Estados Unidos a Cuba, la OEA está inmersa en una campaña anticubana, califica a su gobierno como “la peor de las dictaduras” e incita al recrudecimiento del bloqueo. Amén que incita a una intervención militar extranjera a la Venezuela bolivariana. En octubre de 2019, en la llamada Torre de la Libertad de Miami, Almagro aplaudía la suspensión de los viajes desde Estados Unidos a Cuba, pese a que su deber como secretario general de la OEA era estar en Santiago de Chile, donde más de un millón de personas exigían en las calles el fin del neoliberalismo y la convocatoria a una Asamblea Constituyente. Mientras la represión del gobierno de Sebastián Piñera dejaba muertos, heridos y cientos de detenidos, la OEA y Almagro celebraban el endurecimiento del bloqueo a la isla socialista. La declaración de la CELAC también reitera su compromiso con la construcción de un orden internacional más justo, inclusivo, equitativo y armónico, basado en el respeto al Derecho Internacional; pero la OEA de Almagro es obsecuente al unilateralismo basado en la hegemonía global de la Casa Blanca. Y en tanto que la OEA de Almagro es cómplice de procesos sediciosos contra gobiernos legítimos (como en el golpe de Estado que derrocó al presidente Evo Morales en noviembre de 2019); la CELAC reivindica el proceso histórico de consolidación, preservación y ejercicio pleno de una democracia sin interrupciones ni retrocesos ni injerencias externas. Por eso y más, con una OEA obsoleta, ineficaz, injerencista, intervencionista y servil a las políticas hegemónicas de una potencia en decadencia, y que no representa a América Latina y el Caribe, la responsabilidad histórica es vigorizar la CELAC como el núcleo de integración soberana, política, económica y cultural de nuestros pueblos. Este es el camino.(Delfín Arias Vargas es periodista)
“Es tiempo de sustituir la política de bloqueos y malos tratos por la opción de respetarnos, caminar juntos y asociarnos por el bien de América sin vulnerar nuestras soberanías”.
El discurso de odio en la élite cruceña Claudia Espinoza I.
A
menos de un año de la recuperación de la democracia, Bolivia volvió a escuchar el retumbe del discurso de odio desde las voces de la élite cruceña. En septiembre de 2020, Santa Cruz vivió su efeméride sumida en la crisis sanitaria, económica y social. Este año, cuando el aniversario cruceño encuentra un tiempo de alivio de la tragedia, los chicotazos, agresiones e insultos racistas retornan inescrupulosamente a la plaza 24 de Septiembre. En un acto lamentable y bochornoso, la primera autoridad departamental —el inefable Luis Camacho— y el dirigente cívico Rómulo Calvo —conocido por llamar “bestias humanas” a la gente del pueblo— desataron discursos de odio que se extendieron contra dirigentes indígenas de CONAMAQ (Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu) presentes con la wiphala, otra vez profanada. Ambos representantes de las élites cruceñas deshonraron la gesta libertaria cruceña de 1810. Además de la verbalización ofensiva a las y los presentes en los actos protocolares, de dar la espalda a quienes rendían su homenaje a los libertadores como Ignacio Warnes y miles de indígenas combatientes, de quitar la palabra al Presidente en ejercicio, motivaron el chicotazo de una multitud sobre una autoridad indígena de Occidente. Estas acciones discriminatorias y racistas, penadas en la Ley 045, retroceden al departamento más atrás de la República, acaso a la Colonia, cuando la supremacía blanca aplastaba cualquier atisbo de derechos de la otredad (Sartre). Camacho y Calvo superan incluso a los Áñez que en las efemérides de 2020 evocaron el discurso republicano y oscurantista de la fe, como deseo reprimido para las tierras cruceñas. Detrás de las alusiones a la libertad y democracia, el discurso de odio manifiesto en hechos violentos deja entrever una Santa Cruz siempre en el pasado. Atrapada en la visión colonialista de sus élites, pareciera que aún no puede salvarse de sí misma. Ni siquiera con la autoridad departamental inefable, electa por el voto popular, la cruceñidad logra construir un horizonte de posibilidad, como diría René Zavaleta. ¿Hasta cuándo estos lazos atávicos de la historia oprimirán a todo un pueblo, llamado generosamente crisol de la bolivianidad? Viendo las imágenes del bochorno, salta otra cuestionante ¿qué tanto sirve la agroindustria, la industria, las exportaciones, si debajo se esconde el desprecio por la diferencia? La contradicción no es sólo económica, es subjetiva y más peligrosa. (Claudia Espinoza I. es periodista)
20
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Tribuna Parejas y gritos Márcia Batista Ramos
E
s sabido que toda agresión perpetrada contra una mujer tiene alguna característica que permite identificarla como violencia de género. Esto ocurre porque siempre refleja a la desigual distribución del poder y a las relaciones asimétricas que se establecen entre varones y mujeres en nuestra sociedad, que perpetúan la desvalorización de lo femenino y su subordinación a lo masculino. Tanto es así que las agresiones de un hombre hacia una mujer no causan el asombro que el caso amerita, por el contrario, sirven para alimentar los comentarios, malintencionados, de los observadores. Eso porque vivimos en un medio machista y sexista, en donde los hombres se creen con derecho de relativizar el maltrato hacia las mujeres. Gritar con su pareja para muchos hombres no es maltrato, sobre todo si los gritos no están “condimentados” con “malas palabras”. En su machismo despiadado, creen que “sus
gritos” son fruto de alguna reacción causada por un mal accionar de la víctima; sin ponderar, su agravio y sin aceptar cualquier tipo de responsabilidad ante el hecho de que los gritos representan maltrato; pues, los hombres traen muy adentro el pensamiento de que, en la relación hombre-mujer, existe una jerarquía donde la mujer es inferior y debe aceptar con beneplácito el trato descortés, en una circunstancia de desentendimiento de la pareja. Los hombres saben, que cuando comienzan una discusión con gritos hacia la mujer producen miedo, humillan y demuestran su falta de respeto, falta de amor y reconocimiento hacia la pareja. Porque los gritos son una acción violenta y un maltrato psicológico, que lleva a la víctima a vivir una experiencia de dolor, miedo y angustia. Lógicamente, que todos reconocemos que la violencia de género suele adoptar diversas formas, mucho más dañinas y por eso es calificada como delito. Nuestra sociedad tiene que evolucionar para poder aceptar, en la práctica cotidiana, que los derechos
humanos también son derechos de carácter irreductible de las mujeres, que es obligación del Estado protegerlos y garantizarlos, y en la convivencia diaria deben verse reflejados, ya que el respeto y el pleno ejercicio de los derechos humanos representan una condición esencial para el desarrollo de cualquier país. Es necesario analizar el tema de los derechos humanos y de la violencia de género desde una perspectiva que ofrezca posibilidades de cambios culturales y estructurales que conlleven el respeto de los derechos de las mujeres; además, eviten la violencia en las relaciones de género. Si no se reeduca a la sociedad en su conjunto para el reconocimiento de la igualdad de género, para el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres y de los hombres, seguiremos en el reguero de sangre, con noticias que reflejan la barbarie en que vivimos en pleno siglo XXI, en una sociedad que pretende autonombrarse civilizada y que está inmersa en el mundo globalizado. El único grito que se puede tolerar es de: ¡Basta de violencia!
Lo que nos dejó la VI Cumbre de la Celac Cris González
E
n alusión a la gran novela de Gabriel García Márquez, en diciembre de 2011 Hugo Chávez señaló que las estirpes condenadas a los cien años de soledad no tendrían más cabida. “Pareciera que alguien nos condenó a cien primeros y otros cien segundos. Tenemos una tercera oportunidad. Otros cien años. Hagamos posible la unidad esta vez”, expresó el líder bolivariano en aquella histórica cumbre inaugural de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), realizada en Caracas. El pasado 18 de septiembre le tocó al mandatario mexicano, Andrés Manuel López Obrador, abrir la VI Cumbre de la Celac, convocada por México con el ánimo de fortalecer la unidad regional bajo los principios fundacionales de un organismo en el que participaron los líderes más reconocidos de la década pasada. Esta vez en Ciudad de México se dieron cita 17 mandatarios, dos vicepresidentes, nueve cancilleres y otras autoridades, por lo que se vuelve a posicionar como un mecanismo de integración esencial para el continente, que promueve acuerdos basados en el respeto de las diferencias.
DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria EDITOR GENERAL Oscar Alarcón Ticona JEFE DE REDACCIÓN Clayton Benavides Arteaga
Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco
Las discusiones más importantes se dieron en torno al rol de la Organización de Estados Americanos (OEA) en la Región, mientras que el presidente anfitrión ya había propuesto el reemplazo de este organismo hélice de la hegemonía yanqui. Por su parte, el embajador boliviano ante la OEA, Héctor Arce, propuso solicitar la remoción del cargo de secretario general del organismo interamericano a Luis Almagro por su directa vinculación con el golpe de Estado en Bolivia en 2019; tema que ha de revisarse en la próxima Asamblea General de la OEA, agendada para los días 10, 11 y 12 de noviembre en la Ciudad de Guatemala. Esas son acciones concretas y necesarias. Durante la VI Cumbre Venezuela propuso construir una nueva institucionalidad de la Celac, que apunte a crear una Secretaría General del mecanismo integrador. Se acordó igualmente la creación de la Agencia Latinoamericana y Caribeña del Espacio (ALCE) y el Fondo de Respuesta Integral a Desastres para enfrentar el impacto del cambio climático. Se aprobó el Plan de Autosuficiencia Sanitaria propuesto por la Cepal y Naciones Unidas, a objeto
PERIODISTAS Economía. Franz Acarapi Sullca Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Luis Fernando Cruz, Romina Montoya Choque Seguridad. Roberto Medina Buezo Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín Corrección. José Maria Paredes Ruiz, Ana Aracely Peñaranda Cueto Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo
de reducir la dependencia de medicinas de la Región, con siete líneas de acción: plataforma regional de ensayos clínicos; consorcios para desarrollo y producción de vacunas; mecanismo regional de compra de vacunas; acceso a la propiedad intelectual, entre otras. En la cita se debatió la necesidad de fijarse en los objetivos comunes y dejar de lado las diferencias. Se condenó la agresividad de Estados Unidos contra Cuba y el bloqueo sobre esta. Se propuso producir lo que la Región consume, optimizar los recursos humanos, naturales y estratégicos, mediante políticas redistributivas centradas en la justicia social. También se hizo un llamado al FMI para flexibilizar las condiciones de la deuda y financiamiento, reducción y condonación de obligaciones por la crisis económica agudizada por la pandemia. Finalmente, entre varios temas abordados, se hizo hincapié en la no intervención en asuntos políticos y económicos internos de los Estados, en tanto los conflictos han de resolverse soberanamente y por la vía del diálogo, con el acompañamiento de organismos neutrales. (Kris González es directora de la revista Correo del Alba)
COMERCIAL Responsable. Clotilde Echeverría Bautista Cel. 77773963 – Tel. 2902597 Int. 117 Ventas. Judith Fernández Paredes - Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz - Cel. 69491112 Mario Valdivia Maita - Cel. 70659720 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribucion. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Atención al cliente. Patricia Ramos Gutierrez - Cel. 76781082
Redes sociales
#ahoraelpueblo www.ahoraelpueblo.bo
La Paz-Bolivia Calle Potosí, esquina Ayacucho N° 1220 Zona Central, La Paz Teléfono: 2902587
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Editorial
D
Bolivia retorna con fuerza al escenario internacional
espués del golpe de Estado en 2019, severas crisis en el ámbito político y el rompimiento de relaciones diplomáticas con varios países, Bolivia perdió gran parte de su reputación internacional alcanzada en 14 años de gestión, pues el país era escuchado y muchas de sus propuestas fueron bandera de las iniciativas globales. Esta imagen afectó en las relaciones con otros Estados y marginó a Bolivia de espacios de debates claves para lograr el desarrollo conjunto de la región, además de implementar políticas que no sólo ayuden a los gobiernos, sino a los pueblos del continente. La llegada al gobierno de Evo Morales y el nacimiento del Estado Plurinacional en 2009 con una nueva Constitución Política del Estado trajo consigo una nueva identidad más auténtica y sobre la base de la diversidad. Esta transformación exigía una nueva proyección internacional creativa, propositiva, que mostrara al mundo el Proceso de Cambio, así como los intereses y la cosmovisión de su sujeto protagonista. En otras palabras, tocaba nacionalizar la política exterior. En 2014, con ese objetivo, desde el Estado Plurinacional se determinaron cinco lineamientos: la Diplomacia de los Pueblos para la Vida, el ejercicio efectivo de la soberanía, la diversidad cultural, la armonía con la naturaleza y la reducción y superación de las asimetrías. De esta manera y como expresión de los preceptos del vivir bien, Bolivia inició la promoción y desarrollo de acciones transformadoras en materia de derechos humanos y derecho ambiental reconocidos por los demás países, entre ellas se destacan el reconocimiento de los derechos de la Madre Tierra, la declaratoria de 2013 como Año Internacional de la Quinua, el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, el acceso al agua potable y el saneamiento como un derecho humano y la despenalización del masticado o acullico de la hoja de coca.
Estos importantes logros acompañados por una estabilidad política y un constante crecimiento económico posicionaron al país en escenarios internacionales, donde la voz, el pensamiento y las ideas propuestas por el Estado boliviano eran escuchados con atención, aplaudidos y tomados en cuenta para iniciativas que impulsen el desarrollo de la humanidad, pensando siempre en su bienestar. Todo este trabajo fue quebrado durante finales de 2019 y todo 2020, cuando Jeanine Añez y sus allegados tomaron el país como si fuera su propiedad, rompieron relaciones con varios países y trataron de implementar una política que sólo mostró inestabilidad ante los ojos del mundo. Hoy, con la participación del presidente Luis Arce en la 76 Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas es posible observar que Bolivia recupera esta posición y el prestigio ante el mundo. En su discurso, Arce no se guardó nada, denunció el golpe de Estado de 2019 y aclaró que se recuperó la democracia en las urnas, acusó a organismos como la OEA, Unión Europea, comités cívicos bolivianos y otros protagonistas de la ruptura democrática. Exigió además la liberación de las vacunas para combatir el Covid-19; propuso alivio de las deudas externas de los países ante la pandemia; reiteró que el anhelo boliviano de retornar al mar continúa vigente; criticó al capitalismo por la crisis ambiental que daña a la Madre Tierra; reiteró la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y otros temas de vital importancia para la humanidad. De a poco, pero con la recuperación de la democracia y con un gobierno que habla por todos, se puede ver que el país retoma su protagonismo internacional y se posiciona nuevamente como un país que vela por el derecho de todos y no de unos cuantos.
21
22
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Tribuna De Mussolini a Camacho, el camino de la blanquitud sesgada Martín Moreira
“
Todas las democracias albergan a demagogos en potencia y, de vez en cuando, alguno de ellos hace vibrar al público. Ahora bien, en algunas democracias, los líderes políticos prestan atención a las señales de advertencia y adoptan medidas para garantizar que las personas autoritarias permanezcan marginadas y alejadas de los centros de poder. Frente al auge de extremistas o demagogos, protagonizan un esfuerzo conjunto por aislarlos y derrotarlos”, Slavoj Zizek. En una coyuntura política polarizada en los festejos del 211 aniversario de la gesta libertaria del departamento de Santa Cruz, esta región que aporta generando el 70% de los alimentos que consume el país, aparte de exportar más de 2,5 millones de toneladas, dándole el título del granero de Bolivia, también se la reconoce por su fuerza emprendedora, donde 6 de cada 10 personas en edad de trabajar viven en Santa Cruz, según el INE, a julio de 2021, la Población Económicamente Activa fue de 1,5 millones de personas en el área
urbana del departamento, con más de 3,2 millones de habitantes hasta 2019, de los cuales tres cuartos son menores de 40 años y aportando alrededor del 30% del PIB del país. La reactivación de la economía de las empresas se encuentra por un buen camino por su sed por seguir creciendo, como se demuestra en los resultados de la Rueda de Negocios de la Fexpocruz 2021, con una intención de negocios de 98,5 millones de dólares, dando una buena señal de que las empresas empiezan a invertir y por ende generando mayores recursos y empleos. Pero todas estas buenas noticias son empañadas por el sectarismo y el exacerbado regionalismo del gobernador, con discursos llenos de resentimiento y buscando pretextos para poder eludir sus responsabilidades por la falta de gestión y obras para el departamento y su papel funesto en el golpe de Estado del que fue participe, donde generó línea política y posesionó autoridades que eran sus amigos de fraternidad carnavalera, los que resultaron ser unos pícaros como el exgerente de Entel.
Pero tenemos que hacer recuerdo a este odiador que Santa Cruz y todo su crecimiento está basado en la migración, como su familia de procedencia paceña, la pregunta es en qué momento dejamos salir a estos fantasmas del racismo y el desprecio al otro, donde se enseñan contra los emblemas nacionales que representan las 36 nacionalidades, porque aunque le duela Bolivia es pluricultural y Santa Cruz es el departamento más plural del país, donde los orígenes tanto de tierras altas como de tierras bajas coinciden en este departamento lleno de oportunidades. No dejemos perder lo que caracteriza al cruceño, la hospitalidad, por discursos disfrazados de racismo al más viejo estilo de Benito Mussolini, donde ser fascista era sinónimo de la blanquitud, recordemos al gobernador cuando andaba con su cabello largo inaugurando construcciones de sus empresas como el Hospital de las Américas y ahora no inaugura ni una banca en un hospital, pero sí llena de odio a sus correligionarios que son buenos para destruir enseñas patrias y despreciar al que no dice puej. (Martín Moreira es periodista)
Mandamiento de condena contra el condenado Armando Aquino Huerta
D
espués de un “debido proceso” incluso con Auto Supremo dictado por el Tribunal Supremo de Justicia, corresponde decir que el autor del delito se ganó una sentencia condenatoria ejecutoriada y el derecho a que se libre en su contra el mandamiento de condena, no por venganza ni por persecución política —como dicen algunos politiqueros— sino porque el Tribunal se Sentencia administrando justicia decidió dictar sentencia condenatoria aplicando el Art. 365 de la Ley 1970. En consecuencia, no debería haber ninguna polémica para que Manfred Reyes Villa, alcalde de la ciudad de Cochabamba, sea conducido a la cárcel de San Sebastián, ejecutando la sentencia condenatoria ejecutoriada en su contra. Teniendo presente que todos somos iguales ante la Ley, por el Art. 14. V de la Constitución Política del Estado que dice: “Las leyes bolivianas se aplican a todas las personas, naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, en el territorio boliviano”. El nombrado condenado no debería resistirse a cumplir la pena que le corresponde, diciendo ser Alcalde elegido por el pueblo; porque ello es ignorar el deber que los bolivianos tenemos de: “Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”, que manda el Art. 108.1 de la misma Constitución.
Es más, el Art. 5 de la Ley 1768 Código Penal al respecto dice: “La ley penal no reconoce ningún fuero ni privilegio, pero sus disposiciones se aplicarán a las personas que en el momento del hecho fueren mayores de catorce (14) años.”, y el mandamiento de condena está previsto en el Art. 129. 4 de la Ley 1970. La Biblia en Romanos 13. 2 dice: “De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten acarrean condenación para sí mismos”, y a continuación en el versículo 3 dice: “Porque los magistrados no están para infundir temor al que hace el bien, sino al malo. ¿Quieres, pues, no temer la autoridad? Haz lo bueno, y tendrás alabanza de ella”. En consecuencia, el condenado nombrado, no tiene derecho a resistirse a cumplir su sentencia, porque no hay ley humana ni divina que lo ampare. Más bien resistiéndose comete los delitos de: “RESISTENCIA A LA AUTORIDAD”, “DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD” y “EVASIÓN” tipificados y sancionados en los Arts. 159, 160 y 189 del Código Penal, que agrava su situación. Así, cabe decir que el mandamiento de condena es el derecho que se gana el condenado al momento de cometer el delito, ni qué decir si el condenado tiene otras 7 sentencias condenatorias; resultando mentiras cínicas los gritos de “persecución política”, “proyecto dominó” y “canallada política”, difundidas por algunos medios de comunicación,
para tergiversar la verdad, confundir al pueblo y lograr la impunidad. Saber que Manfred Reyes Villa se resiste a cumplir su referida sentencia, pese a que juró cumplir la Constitución y las Leyes del Estado, al jurar como Alcalde, hace ver que su juramento fue falso e hipócrita. Por ello conviene leer ‘El noviembrismo’, de Jorge Guillermo Richter, que refiere los hechos delictivos de “autoridades” y el pedido de justicia del pueblo boliviano. Si lo que pretende el condenado nombrado es revisar y modificar la sentencia ejecutoriada en su contra, debió recurrirse al Art. 421 de la ley 1970, y no al Amparo Constitucional que puede ser denegado por la SUBSIDIARIEDAD. Y la conducta del Alcalde condenado es peligrosa y dañina para la sociedad; porque, los miles de delincuentes con sentencia condenatoria ejecutoriada por robo, asesinatos, feminicidios, y otros delitos también podrían resistirse a cumplir sus condenas, gritando ser “perseguidos políticos” y exigiendo su inmediata libertad para seguir victimando a sus víctimas y otras víctimas. Imagínese el lector la inseguridad jurídica, inseguridad ciudadana e impunidad en que viviríamos si todos se resistieran a cumplir sus sentencias condenatorias ejecutoriadas. Por ello debe ejecutarse el MANDAMIENTO DE CONDENA CONTRA EL CONDENADO, antes de que sea tarde. (Armando Aquino Huerta es abogado penalista)
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
23
Últimas Cocaleros y el presidente en ejercicio David Choquehuanca se reunieron en la Vicepresidencia para impulsar el diálogo entre bandos de los dirigentes cocaleros de los Yungas de Elena Flores y Armin Lluta, para solucionar el conflicto debido a la pugna por la administración de la Asociación Departamental de Productores de Coca (Adepcoca) de La Paz.
“Estamos ya en el día específico, la hora específica (…) Esperamos que el día de hoy haya un buen consenso para la unidad de los Yungas de La Paz, no podemos seguir así nosotros enfrentados, confrontados con diferentes sectores. Lo único que se quiere ahora es que tengamos que dar solución a este tema de Adepcoca”, informó ayer el diputado Freddy Velásquez en una en-
ANUNCIAN MEDIDAS A PARTIR DE MAÑANA
Seguidores de Lluta rompen el diálogo y el caso Adepcoca queda trabado Durante más de ocho horas los cocaleros de los Yungas buscaron soluciones junto al presidente en ejercicio David Choquehuanca . trevista con Bolivia TV. Choquehuanca llegó cerca de las 16.00 al edificio de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional para entablar el maratónico diálogo. Los delegados del sector de Elena Flores ingresaron al recinto y luego los representantes de Armin Lluta al salón donde se debe llegar a acuerdos consensuados sobre Adepcoca. El director nacional de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Gobierno, Carlos Rondón, informó el jueves sobre la convocatoria al diálogo para
pacificar el sector, puesto que el bando de Lluta se enfrentó con fuerzas policiales en los últimos días en el intento de tomar el edificio de los cocaleros, informó la ABI. Sin embargo, pasada la medianoche, el dirigente Wilder Vargas desconoció el trabajo desarrollado por más de ocho horas y arguyó que no fueron escuchados, por lo que rompieron el diálogo y anunciaron que desde el lunes activarán bloqueo de caminos, entre otras medidas de presión exigiendo tener el edificio de Adepcoca.
// FOTO: RADIO CONCORDIA
• Redacción Central
La reunión en un salón de la Vicepresidencia.
24
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Últimas // FOTO: YPFB
EN SANTA CRUZ
Ende inaugura estación para vehículos eléctricos El punto de carga posee un sistema de corriente alterna con una potencia de 22 kilovatios (kW). • Redacción Central
El ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina, inauguró ayer en la ciudad de Santa Cruz la primera estación de carga para vehículos eléctricos, ubicada en el centro comercial Ventura Mall, con lo que se promueve el uso de estos motorizados en esa región oriental.
El presidente de YPFB recibe el galardón.
EN LA FEXPOCRUZ 2021
YPFB recibe Palmera Dorada a la Industria El estand de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) obtuvo la Palmera Dorada a la Industria en el marco de la 45 versión de la Feria Exposición de Santa Cruz (Fexpocruz), como reconocimiento a la labor que cumple como promotora de la industrialización de varios productos en el país. El estand recibió una gran cantidad de visitantes, atraídos por su novedosa presentación, con características tecnológicas y futuristas. En la Fexpocruz 2021, el estand de la petrolera estatal se caracteriza por la utilización
PROPIEDADES
MAQUINARIAS
CONSTRUCClÓN
EQUIPOS
AVISO LEGAL
AVISOS
TECNOLOGIA
GRUPOS
SERVICIOS
EMPLEO
de recursos tecnológicos, como pantallas touch, uso de mapping y hologramas que simulan ingenieros petroleros del futuro, quienes explican el desarrollo de la materia prima desde la prehistoria hasta 2030. “Nos encontramos muy contentos porque en esta ocasión recibimos las Palmeras Doradas por séptima vez y por quinto año consecutivo”, dijo el presidente de YPFB, Wilson Zelaya. Visiblemente emocionado, agradeció al personal de la petrolera estatal por el esfuerzo y empeño demostrados para el diseño, instalación y operativización del estand. “Muchas gracias por todo eso. Gracias al personal que se ha esforzado por llevar adelante el estand con todo el éxito que esperábamos”, finalizó.
VUELOS
VEHICULOS
AVISOS
REMOLQUES
SALUD
PRESTAMOS
SERVICIOS
NECROLOGICOS
FILMACIÓN
EXTRAVIOS
PROFESIONALES
VARIOS
ANUNCIOS VARIOS INVESTIGADOR PRIVADO: Resuelve y ayuda en casos de infidelidad, busqueda de paradero, robos y problemas familiares, seriedad y discreción, Telf.: 63226785
ria para avanzar paulatinamente en el cambio de matriz energética, desplazando el uso de combustible fósil con miras a un transporte 100% eléctrico, 100% amigable con el medioambiente”, agregó. El gerente de ENDE Guaracachi, Rodrigo Corrales, explicó que el surtidor posee un sistema de carga para vehículos en corriente alterna, con una potencia de 22 kilovatios (kW) por salida, 32 amperios por salida y un voltaje de alimentación trifásico en 380 (V).
“Hoy inauguramos un proyecto innovador pensado en el pueblo cruceño y el pueblo boliviano, porque de la mano de nuestro presidente Luis Arce, nuestros viceministros, ENDE Corp., y con el apoyo y colaboración del Ventura Mall, nuestra empresa ENDE Guaracachi desarrolló un sistema moderno que revolucionará el transporte al incorporar en su matriz vehículos eléctricos”, destacó Molina. El presidente ejecutivo de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE Corporación), INVESTIGADOR PRIVADO: y ayuda en casos de Marco Escóbar, dijo queResuelve los infidelidad, busqueda de paradero, robos y problemas vehículos eléctricos ya son familiares, seriedad y discreción, Telf.: 63226785 El sistema de carga para los vehículos eléctricos. una realidad en el país y que
PROPIEDADES
MAQUINARIAS
CONSTRUCClÓN
EQUIPOS
AVISO LEGAL
AVISOS
TECNOLOGIA
GRUPOS
SERVICIOS
EMPLEO
VUELOS
VEHICULOS
// FOTO: MINISTERIO DE HIDROCARBUROS
• Redacción Central
cambiarán el paisaje arquitectónico de nuestras vías, pues demandan la instalación de puntos de recarga o electrolineras como la que se puso en funcionamiento en el parqueo de Ventura Mall. En los próximos 11 días se instalarán otras 11 electrolineras. Tres en La Paz, tres en Cochabamba, tres en Santa Cruz y tres en la carretera del eje del país La PazSanta Cruz. “Estamos construyendo la infraestructura necesa-
AVISOS
REMOLQUES
SALUD
PRESTAMOS
SERVICIOS
NECROLOGICOS
ANUNCIOS VARIOS
FILMACIÓN
EXTRAVIOS
PROFESIONALES
VARIOS
Publicidad
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
25
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
www.ahoraelpueblo.bo
// FOTOS: THE STRONGEST Y ALWAYS READY
26
Deportivo
The Strongest y Always juegan una final anticipada
T
he Strongest y Always Ready protagonizarán hoy el duelo más importante y decisivo de la fecha 21 del campeonato de la División Profesional. El partido se disputará en el estadio Hernando Siles a partir de las 19.30. Ambos equipos llegan al encuentro con la ansiedad de sumar de a tres puntos, el Tigre para seguir en la lucha por recuperar el liderato y el cuadro millonario para consolidarse en la punta en solitario y mantenerse firme en posición de conquistar el bicampeonato. El representativo alteño es el líder del torneo con 45 unidades, seguido por el plantel gualdinegro e Independiente Petrolero, cada uno con 42 puntos, de ahí la necesidad de salir triunfante del compromiso. Una victoria de Always le permitirá ampliar la ventaja a seis puntos y quedar muy cerca de lograr una nueva corona; una derrota lo pondrá a la par del elenco atigrado. Con esos antecedentes se presenta un cotejo interesante, atractivo e intenso, en el que los protagonistas lucharán palmo a palmo por la victoria. En el partido de ida jugado en el Estadio Municipal de Villa Ingenio de El Alto, el elenco de la banda roja ganó 2-1. The Strongest será el local a efectos de la recaudación y ha dispuesto la venta de 15.000 entradas con la siguiente escala de precios: curvas 40 bolivianos, recta de general 50, preferencia 60 y butaca 80 bolivianos. Para colmar el aforo del 50% del escenario miraflorino, autorizado por el Sedes, la dirigencia ha dispuesto la promoción 2x1, que significa que dos personas podrán ingresar con un boleto. El ingreso es con el carnet de vacunación.
La duda del técnico Cristian Díaz pasa por incluir a Jeyson Chura, quien está recuperado, o José Flores como jugador Sub-20. En Always hay optimismo y confianza de sumar los puntos en juego para dar otro salto al objetivo de lograr el bicampeonato. Arbitrará el cotejo el beniano Alejandro Mancilla, asistido por Reluy Vallejos y Daniel Laura. Por la posición de ambos en la tabla de posiciones el partido tiene un sabor a final anticipada. EN TARIJA En otro partido importante, Real Tomayapo recibirá a Bolívar en el estadio IV Centenario de Tarija desde las 17.15, con el arbitraje de Álvaro Campos, cooperado desde las bandas por Galo Uchurinca y Agustín Escalera. El equipo chapaco está obligado a sumar para confirmar su repunte con el último triunfo de visitante ante Blooming (1-0), al igual que la Academia que mostró un mejor juego en la goleada que le propinó a Aurora (5-1) en su última presentación. Además el elenco celeste necesita ganar para volver a la pelea por los primeros lugares en la tabla y el título. Otro resultado lo alejará de los punteros. En la apertura de la jornada, en el estadio Víctor Agustín Ugarte de la Villa Imperial se jugará el clásico potosino entre Nacional y Real desde las 15.00. Los dos encararán el encuentro con obligación de ganar. El cuadro de la banda roja para recuperar posiciones perdidas en la tabla; mientras el elenco lila para salir de la incómoda ubicación en la tabla (es penúltimo) que lo manda a jugar el descenso indirecto.
DT: Cristian Díaz
Daniel Vaca
Saúl Tórrez
Gonzalo Castillo
Ronaldo Martínez
Adrián Jusino
Diego Wayar
José Sagredo
Raúl Castro
José Flores
William Barbosa
Jair Reinoso Alejandro Mancilla (Beni)
Jair Catuy
Juan Carlos Arce
Edemir Rodríguez
Marcos Ovejero
Samuel Galindo
Fernando Saucedo
Nelson Cabrera
Harold Commings
Javier Uzeda
Marc Enoumba
Orlando Mosquera DT: Pablo Godoy
Deportivo
LE GANÓ 2-1 EN ORURO
Blooming deja en terapia a San José • Ahora El Pueblo
B
looming le ganó a San José 2-1 en su casa y lo dejó al borde del descenso directo de la categoría. Sólo un milagro lo salvará al equipo orureño. El partido que abrió la fecha 21 del torneo de la División Profesional se disputó en el estadio Jesús Bermúdez de Oruro. Con la victoria, el equipo cruceño zafó por el momento de la comprometida zona del descenso indirecto y festejó una victoria después de 10 partidos. El cuadro santo apuntó a su primera victoria en el campeonato pero los errores que cometió en la última línea en los minutos finales le costaron una nueva derrota, la 20 en todo el certamen. Apenas logró un empate en su campaña. El equipo santo comenzó ganando el partido y era una primera sensación para alegrar al pueblo orureño, un resultado que no supo sostener para la desazón de la hinchada, que cada partido que pasa es menos la que asiste al estadio para alentar al crédito orureño. A los 5 minutos, Mauricio Bilbao fue el autor del único gol para el plantel santo. El jugador aprovechó un pase filtrado, superó con fuerza y tesón a la defensa rival y encaró al golero Braulio Uraezaña, al que venció con un toque bien colocado para festejar con su hinchada el 1-0. Un gol tempranero que dio la esperanza de lograr un resultado alentador. Con el envión anímico comenzó a darle un mejor trato a la pelota, aunque con cierta cautela que le quitó ritmo y permitió el crecimiento del rival, que en base a toques rápidos comenzó a llegar sobre el arco de Osbaldo Nova. En el minuto 22 llegó el premio al esfuerzo. Edward Vaca se dio el gusto de convertir el tanto de la igualdad, recibió un centro desde la derecha y con
27 // FOTOS: APG
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
disparo seco superó al arquero Nova, quien pese a la estirada no pudo impedir la caída de su pórtico. En el complemento, el técnico de Blooming, Hernán Meske, hizo un par de variantes que le dieron resultado porque mejoró el rendimiento grupal. En el trámite del encuentro, San José tuvo dos opciones para desnivelar el marcador pero sus delanteros fallaron en la puntada final. Por el nivel de juego parecía que el compromiso iba a terminar empatado. Sin embargo, una rápida combinación entre Nelson Orozco y Rafael Mollercke ‘Rafinha’ le permitió a este último definir para el 2-1, a los 85 minutos. Reaccionó el local, con desorden, presión y nerviosismo no pudo abrir un hueco en la férrea defensa de la visita que defendió con todo un gran triunfo. Arbitró el tarijeño Nelson Barro, de buena labor.
1-2 San José
Blooming
1. Osbaldo Nova 2. Jorge Delgadillo 21. Pedro Moreira (26. Fernando Moreno) 20. Josué Prieto 5. Jasson Fernández (28. Lenar Tórrez) 13. Kevin Fernández 7. Jorge Áñez 36. Marco León 8. William Velasco 17. Mauricio Bilbao 34. Kevin Ureña (11. Rudy Pérez)
1. Braulio Uraezaña 32. Santos Navarro (27. Julio César Pérez) 6. Saúl Severiche 4. Wálter Rioja 28. Oscar Ribera 14. Kevin Farell (16. Juan Ferrufino) 24. Rodrigo Orihuela 21. Richard Spenhay 15. Rafinha 20. Edward Vaca 34. Samuel Garzón (38. Pablo Luján)
DT: Luis Choque
DT: Hernán Meske
GOL: Mauricio Bilbao 5’.
GOLES: Edward Vaca 22’ y Rafinha 85’.
Ciudad: Oruro Estadio: Jesús Bermúdez Árbitro: Nelson Barro (Oruro) Asistentes: Edwin Paredes y Alberto Ramírez Público: 4.000 personas, aproximadamente
28
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
La FBF y Coroico firman convenio de apoyo interinstitucional El convenio se enfoca en generar mecanismos de cooperación y asistencia recíproca entre ambas instituciones, con beneficio mutuo, mediante el apoyo al desarrollo de proyectos conjuntos, así como iniciativas de intercambio académico deportivo con el firme propósito de fomentar la disciplina del fútbol como ciencia, satisfaciendo el interés público de promover la actividad física y el deporte del balompié en el Municipio de Coroico. En el acto que se celebró ayer estuvieron presentes el director de Desarrollo de la FBF, Cristian Quiroga, el coordinador de esa área, Pablo Osorio, y Silvano Magueño Michel, presidente del Concejo Municipal de la población yungueña. Luego de la importante ceremonia, con la participación de todas las autoridades mencionadas, se inauguró la segunda versión de la Copa América Coroico 2021, que disputarán 10 equipos conformados con niños de 8 a 12 años.
C
on la presencia de más de 200 jugadoras que defenderán a 10 equipos de todo el país, hoy se inicia en el trópico cochabambino, por segundo año consecutivo, la Copa Simón Bolívar femenina 2021. El certamen tiene como principal incentivo para el
campeón la clasificación a la Copa Libertadores femenina 2021, cuya primera etapa, hasta la definición del tercer puesto del torneo será disputada del 3 al 18 de noviembre en Paraguay, en los estadios Manuel Ferreira y Arsenio Erico de Asunción. Mientras que la gran final será disputada en Montevi-
// FOTO: UCI
La Copa Simón Bolívar femenina se inicia hoy en el trópico cochabambino
// FOTO: FBF
D
ando continuidad a la política de consolidar los vínculos con instituciones del Estado, trabajando por el progreso del fútbol en el país, el presidente de la Federación Boliviana de Fútbol, Fernando Costa, firmó un convenio interinstitucional con el Gobierno Autónomo Municipal de Coroico, encabezado por la alcaldesa Elizabeth Mamani.
Equipo de ABB La Paz.
deo, el 21 de noviembre, en el estadio Gran Parque Central. En total 10 equipos conformarán los tres grupos que jugarán la primera fase de la competición: Deportivo Cultural ABB (La Paz), Futuro FC (Oruro), PAT Delicias (Potosí), Bustillos (Sucre), Real Tomayapo (Tarija), Libertad FC (Pando), Real Hassan (Beni), Mundo Futuro (Santa Cruz), Wilstermann (Cochabamba) y el último campeón, Deportivo Trópico, serán los clubes que busquen una plaza en la Conmebol Libertadores Femenina 2021. Esta versión de la Copa Simón Bolívar Femenina se jugará en cuatro municipios del trópico de Cochabamba: Ivirgarzama, Chimoré, Shinahota y Villa Tunari, siendo en este último donde las 10 delegaciones se hospedarán aprovechando las instalaciones que brinda el Centro de Formación y Entrenamiento Deportivo hasta el sábado 2 de octubre, día que se disputará la final.
// FOTO: SPORT BOLIVIA
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
29
Sebastián Careaga vuela en Oruro
• Ahora El Pueblo
E
l potosino Sebastián Careaga (del grupo RC2N) ganó la primera etapa del Rally Oruro, sexta fecha del Campeonato Nacional de Rally. Fue el más veloz en cuatro de las seis pruebas especiales que se corrieron ayer. Con la participación de 47 pilotos de todo el país arrancó la prueba orureña, la antepenúltima de la temporada que otorgará puntos vitales en la lucha para la obtención del título en los cuatro grupos que están en competencia.
Careaga, campeón del Gran Premio Nacional de Automovilismo 2019, dominó la primera etapa que tuvo un trayecto de 204,99 kilómetros (77,24 cronometrados y 127,75 de enlace). Los municipios y poblaciones de Soracachi, San Miguel, Cuenca Guardaña, Sepulturas y ENAF fueron parte del primer día de competencia. ACELERADOR A FONDO De las seis pruebas especiales que se corrieron, Sebastián lideró en cuatro de ellas luego de una dura pelea con el chuquisaqueño Rolando Careaga Alurralde (Proto).
Al final del día hizo un tiempo global de 51 minutos, 28 segundos y 4 décimas. Fue escoltado por Rolando (52’39”3) y su hermano potosino Rodrigo Careaga Campos (Proto, 52’41”5). El segundo puesto de la clase RC2N fue para el chuquisaqueño Josué Careaga, hijo de Rolando, con un tiempo de 52’57”2, que a su vez significó el cuarto mejor registro de la clasificación general. El podio del grupo lo cerró el potosino Miguel Tijra (54’36”6). OTROS VENCEDORES Paul Gordillo, de Chuquisaca, va
Por primera vez Bolivia será parte del Comité Director de la Unión Ciclista Internacional (UCI) gracias a que Sonia Ramos (foto), presidente de la Federación Boliviana de Ciclismo (FBC), fue elegida entre los 11 nuevos integrantes para los siguientes cuatro años, lo que significa que el país tendrá más acceso a programas de apoyo para el crecimiento de esta disciplina. El viernes, en Lovaina, Bélgica, al mismo tiempo del Campeonato Mundial de Ruta en Flandes, se celebró el Congreso Electoral de la UCI con la participación de las 201 federaciones afiliadas. El francés David Lappartient fue reelegido para un segundo mandato como presidente al ser el único candidato. Su gestión será hasta 2025. Luego de ello se procedió a la elección de los 11 miembros del Comité Director con más de 40 votantes.
Cada una de las cinco confederaciones debía elegir a los dirigentes que votarían y en el caso de la Confederación Panamericana de Ciclismo (Copaci) se designó a 11 personas. Ramos se quedó con una de las plazas al recibir 19 votos. Venció a Cyril Hollis Mangal, de Santa Lucía, y José Luiz Vasconcellos, de Brasil. “Creo que es la primera vez que Bolivia tiene un cargo internacional importante, porque si lo comparamos con el fútbol es como si fuera parte de la FIFA. También vendría a ser como el senado, que decide todo el quehacer de la UCI”, indicó Ramos. Agregó: “Me siento orgullosa por tener este puesto y creo que todo pasa por algo, así que lo que nos toca por hacer es leer y empaparnos porque prácticamente propondremos cambios, leyes, aprobar el quehacer del presidente, el presupuesto, los programas, las políticas. Es la legislación de la UCI”.
// FOTO: FBC
Boliviana Sonia Ramos forma parte del directorio de la UCI
primero en la R2B (55’48”5), seguido por el orureño Jairo Chura (55’51”8) y el potosino Jhonny Tarqui (56’27”3). El podio de la R1B fue copado por pilotos locales. El mejor fue Berty Chambi (57’35”2), escoltado por Joaquín Lamas (58’12”8) y César Rodríguez (58’13”9). Hoy se correrá la segunda y última etapa con un trayecto de 115,05 km (52,50 de especial y 62,55 de enlace) que estarán divididos en cinco tramos cronometrados. La prueba pasará por las localidades de Huayño Pasto Grande, Vichuloma e Irumita.
// FOTOS: PSG Y ASTON VILLA
30
Deportivo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
FÚTBOL EUROPEO
Sin Messi, el PSG firma su octava victoria consecutiva
E
l París Saint Germain sin Lionel Messi derrotó 2-0 al Montpellier por la fecha 8 del torneo de la Ligue 1 en Francia. Los goles los convirtieron Gueye, a los 14 minutos del primer tiempo, y Julian Draxler, cuando apenas restaban dos minutos para el final del encuentro. Con este triunfo, los dirigidos por Mauricio Pochettino marchan en la primera colocación del certamen, con puntaje ideal tras haber conseguido ocho victorias en la misma cantidad de presentaciones. La salud del astro rosarino se había convertido en el tema principal para el equipo de Pochettino. Es que después del golpe que sufrió la Pulga en el duelo ante Lyon, que lo obligó a salir del campo de juego cuando restaban 15 minutos para el final, PSG confirmó que la resonancia magnética que se le practicó al flamante refuerzo del equipo evidenció “signos de contusión ósea”. La gran incógnita es si estará disponible para el duelo del próximo martes ante el Manchester City de Pep Guardiola por la Champions League. Aún sin el capitán de la selección argentina, que siguió las acciones desde las gradas, el PSG se las arregló para ser contundente ante un estadio repleto y con los argentinos Leandro Paredes y Ángel Di María desde el arranque, sumados a la estelar delantera integrada por Neymar y Kylian Mbappé. El marcador se abrió con un remate desde fuera del área del centrocampista senegalés Gueye a los 14 minutos. En el segundo tiempo el equipo parisino aumentó su cuenta goleadora con un gol de Julian Draxler al borde del final, en el 88′,
cerrando así el enfrentamiento con un marcador definitivo de 2-0. GANÓ EL ASTON VILLA Emiliano Martínez lo hizo de nuevo: después de su consagratoria tanda de penales frente a Colombia por las semifinales de la Copa América en Brasil, el arquero argentino enervó a los futbolistas de Manchester United en tiempo de descuento previo a la ejecución de un penal. El guardameta del Aston Villa desafió a Cristiano Ronaldo a ejecutar la pena máxima, pero finalmente el portugués Bruno Fernandes se hizo cargo de la misma y desvió su tiro. Dibu celebró el yerro con un baile frente a los fanáticos locales. “Ey, Cristiano, patealo vos”, le dijo Martínez a CR7 cuando se jugaba el segundo minuto de descuento y los Villanos se imponían 1-0 como visitantes por el tanto Kortney Hause. Fernandes, compatriota de Cristiano y una de las estrellas del equipo dirigido por el noruego Ole Gunnar Solskjaer, se hizo cargo y lo tiró por arriba del travesaño, en el que fue el primer fallo de su carrera desde los 12 pasos. Mientras el árbitro Mike Dean intentaba poner orden alrededor del punto de penal, Martínez le habló a Ronaldo, quien lo ignoró. El brasileño Fred quiso disuadirlo para que fuera al arco, pero el argentino insistió
hasta que fue calmado por el uruguayo Edinson Cavani. Tras varios segundos de idas y vueltas, el racimo de futbolistas se separó y quedaron cara a cara Martínez y Fernandes. El 1-0 no se movió del score y los de Londres se llevaron tres puntos de oro del mítico estadio de Manchester. EMPATE DEL REAL MADRID El líder de la Liga española empató en el estadio Santiago Bernabéu. El Real Madrid no pudo superar a un sólido Villarreal en un partido que tuvo una parte para cada equipo. La primera fue para los visitantes y la segunda para los de Ancelotti, que buscaron el triunfo hasta el final. La prime-
ra ocasión fue para el conjunto de Castellón tras una jugada personal de Danjuma, que disparó ajustado dentro del área y obtuvo como respuesta una magistral estirada de Courtois a los trece minutos. La respuesta del Real Madrid llegó vía Benzema. El disparo lejano del máximo goleador de la competición se marchó desviado por poco en el 21’. Dos minutos después, Rodrygo sorprendió con un centrochut que obligó a hacer una demostración de reflejos a Rulli. Antes del descanso, los madridistas reclamaron penalti en una caída de Nacho ante Albiol.
#MemoriaVerdadYJusticia #MemoriaVerdadYJusticia #MemoriaVerdadYJusticia #MemoriaVerdadYJusticia #MemoriaVerdadYJusticia
www.ahoraelpueblo.bo
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
31
Lo agarraron y le preguntaron de dónde era y él dijo de la zona de Senkata y por eso lo agarraron, le tiraron al piso boca abajo y lo amarraron, para que más tarde, en un camión de la Policía, sea trasladado al EPI 3. En el lugar, en un callejón oscuro, lo desnudaron y le echaron agua, luego estuvo de rodillas toda la noche. Cuando lo fui a ver, estaba todo lleno de sangre y les habían dado una pastilla para que no sientan el dolor”, recordó con amargura. Celia Mamani Madre de una víctima de Senkata
32
DOMINGO / 26 / 09 / 2021
Publicidad