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PERIÓDICO AHORA EL PUEBLO - EDICIÓN 125

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EDICIÓN DIGITAL

PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021 • AÑO 1 • NRO. 125 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • PUBLICACIÓN NACIONAL

Gobierno plantea seis ejes estratégicos para reformar la justicia Está previsto que la socialización del plan, la recolección de propuestas y las sugerencias en todo el territorio nacional se desarrollen en un plazo de 90 días.

P.10

El 95% de los incendios fue controlado y apagado en el oriente P.29

// FOTO: MINISTERIO DE DEFENSA

EL MINISTRO IVÁN LIMA PRESENTÓ LA INICIATIVA

Entel programa $us 168 millones para fibra óptica y acceso a internet P.20

Las personas que se vacunan no llegan a terapia intensiva y se recuperan rápido Comisión aprueba juicio de responsabilidades contra Carlos Mesa por el caso Quiborax P.8 RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY

Bolivia se juega la vida ante Colombia P.40

Terceros amenazó a piloto mexicano y le dio 30 minutos para sacar a Evo del país P.4

// FOTO: FBF

ESPECIAL


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Reportaje RECLAMA PROCESO, PERO SE NIEGA A DECLARAR

• ABI

Evo Morales cuestionó este martes que Carlos Mesa insista en su versión del fraude electoral en las elecciones de 2019, pero a la vez se niegue a presentar pruebas que sustenten su postura; reclame un debido proceso, pero se niegue a declarar ante la Fiscalía. “El historiador golpista habla de fraude pero se niega a presentar pruebas. Ofrece enjuiciar a su cómplice Jeanine Áñez, pero pide liberarla. Habla de reformar la justicia, pero exige cuoteo. Reclama debido proceso y se niega a declarar en la Fiscalía. Mesa es el fraude monumental”, escribió Morales en su cuenta de Twitter. Esas actitudes de Mesa se suman a otras 16 contradicciones en las que incurrió el jefe de la agrupación política Comunidad Ciudadana (CC) en el último tiempo, según el siguiente recuento: - 18 de octubre de 2003.- En la Masacre de Octubre prometió justicia: “No es una tarea fácil, sino compleja, pero con la voluntad de los habitantes de que no se debe ingresar ni en una actitud de venganza ni olvido, sino de justicia”. - Marzo de 2018.- Se negó a ser testigo de cargo en un juicio en EEUU en contra de Gonzalo Sánchez de Lozada y Carlos Sánchez Berzaín. Se excusó

El historiador golpista habla de fraude pero se niega a presentar pruebas. Ofrece enjuiciar a su cómplice Jeanine Áñez, pero pide liberarla. Habla de reformar la justicia, pero exige cuoteo”. Evo Morales Expresidente de Bolivia

Mesa incurre en 20 contradicciones, entre ellas el fraude sin pruebas Desde 2003, el exvicepresidente de Gonzalo Sánchez de Lozada, actual prófugo de la justicia boliviana, mostró incoherencias en sus declaraciones. a través de un memorial y remitió a ese tribunal una copia de su libro Presidencia Sitiada, en cuya página 71 declara: “Si hubo algún político contemporáneo que me generó fe, al que admiré, por el que aposté de convicción, ese político fue Goni (Sánchez de Lozada)”.

El jefe de la agrupación política Comunidad Ciudadana (CC), Carlos Mesa, en reunión de líderes de élite de la derecha.

- Diciembre de 2003.- Inmunidad para militares de EEUU: solicitó por escrito al entonces presidente del Congreso Nacional, Hormando Vaca Diez, la aprobación y ratificación del convenio de inmunidad destinado a blindar a funcionarios estadounidenses que atenten contra el marco normativo del país. - 30 de abril de 2019.- Negó haber solicitado inmunidad en favor de los soldados norteamericanos que operaban en el país pese a un documento oficial de fecha 8 de diciembre de 2003. - 2004 a 2005.- Renuncias: Mesa anunció que renunciaría a ser presidente, y un año después volvió a amenazar con su dimisión, y en junio de 2005 dejó el gobierno. “Quiero expresarle a la patria mi disculpa si no he sido capaz de conducirla”, declaró Mesa el 6 de junio de 2005. - 9 de junio de 2019.- “Fue acto de valentía”: “El 6 de junio yo presenté mi renuncia ante la sociedad boliviana por un acto de valentía que tenía que ver con mi decisión de no atentar contra la vida de mis compatriotas”, sostuvo Mesa en una entrevista. - 3 de diciembre de 2017.Niega postulación a la presidencia: “No sé cuántas veces tengo que repetirlo, lo he repetido muchísimas veces. No, no, no voy a ser candidato”, dijo a la prensa.

- 6 de octubre 2018.- Mesa anuncia su postulación: A través de su canal de YouTube confirmó su candidatura presidencial por el Frente Revolucionario de Izquierda (FRI). - 8 de octubre de 2018.- Cuentas bancarias en el exterior: Pidió que se le levante su secreto bancario y mencionó que no tiene cuentas en el exterior. - 30 de octubre de 2018.- Admitió que sí tenía cuenta bancaria “(...) No advertí que, en 2011, cuando fui invitado a dar una cátedra en el instituto Barcelona de Estudios Internacionales, abrí una cuenta en el BBVA de Espa-

ña”. (Carta de Carlos de Mesa a la UIF). (Website carlosdmesa.com). - 12 de diciembre de 2018.- Advirtió con eliminar las rentas: En declaraciones a El Deber afirmó: “No podemos seguir con un rentismo que le hace daño al país”. - 13 de diciembre de 2018.Prometió conservar los bonos y rentas. En su aclaración que hizo mediante Twitter, calificó de “grosera manipulación” el decir que su crítica al rentismo implica su anulación. “Jamás dije una palabra contra los bonos”, aseguró. - 26 de febrero de 2019.- Niega debate: en una entrevista con Radio Compañera dijo: “No

se debate con candidatos que son inconstitucionales porque sería reconocerlos”, en alusión al presidente Evo Morales. - 8 de julio de 2019.- Pide debate: “Convoco a Evo Morales a un debate entre él y yo, para que ustedes conozcan nuestras propuestas de futuro y las que él tiene”, dijo Mesa en Facebook. - 15 de abril de 2019.- Negó acudir a EEUU para defender el 21F: “La defensa del #21f es un imperativo. Hacerlo pidiendo los ‘buenos oficios’ de #EEUU es inaceptable. No solo por su acción en #Bolivia en el pasado, sino porque victimiza al gobierno, verdadero responsa-


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El historiador Mesa con el prófugo de la justicia Gonzalo Sánchez de Lozada.

// FOTO: ARCHIVO

DE JULIO DE 2019, Carlos Mesa se adhirió al pedido de parlamentarios de oposición para solicitar una intervención de Estados Unidos en Bolivia, pese a que antes dijo que jamás aceptaría algo así.

- 31 de enero de 2004.- Ordenó quemar pruebas de gastos reservados: mediante DS N° 27345 dispuso la destrucción de documentos relacionados a los gastos reservados.

// FOTO: TOMADO DE ABI

- 22 de mayo de 2019.- Rechazó coalición: “...#ComunidadCiudadana NO va a ser parte de una megacoalición”, difundió Mesa mediante su cuenta en Twitter.

ble de la burla al voto popular y de los candidatos ilegales”, escribió en su cuenta de Twitter. - 3 de julio de 2019.- CC confirmó adhesión a Carmen Eva Gonzales quien pidió intervención de EEUU: Comunidad Ciudadana (CC) selló una alianza política con la agrupación ciudadana Columna Integración (CI), de Carmen Eva Gonzales, quien solicitó en una carta la intervención directa del presidente de EEUU, Donald Trump, en asuntos internos de Bolivia. - 29 de abril de 2019.- Exige honestidad: “Pido a @evoespueblo transparencia y honestidad para dar a conocer el

detalle de las investigaciones sobre la penetración del narcotráfico en la Policía Boliviana (...)”, escribió en Twitter. - 30 de abril de 2019.- Mesa no explica. Él vendió un departamento al entonces mayor Gonzalo Medina, procesado por narcotráfico. Sus abogados dieron varias versiones sobre el monto real de la transacción. - 12 de mayo de 2019.- Pidió transparencia: “La investigación sobre la penetración del narcotráfico en la #Policía, el #ÓrganoJudicial y el #ÓrganoEjecutivo debieran ser transparentes e imparciales (...)”. (Tuit).

- 15 de junio de 2019.- Anunció coalición en el Legislativo: “La construcción de una mayoría absoluta, si no se consiguiera, nosotros creemos que hay que trabajarla a partir de una estructura de alianza con algún otro partido de la oposición, con los elementos básicos sobre los que hay que trabajar sobre mayorías en leyes que son beneficiosas para todos”, explicó Mesa en el programa Bolivia Tierra Querida, difundido desde Washington. - 9 de junio de 2019.- Habría cobrado para ser vicepresidente en 2002: Mesa habría cobrado $us 1,2 millones para acompañar a Sánchez de Lozada en 2002, según el escritor Emilio Martínez, que en su libro El caudillo ilustrado sustenta esa afirmación en base al testimonio de Mauricio Balcázar, exministro de Información y yerno de Goni. (www.Elpais.bo). - 10 de junio de 2019.- Carlos Mesa se negó a responder y aclarar sobre el supuesto cobro. - 26 de junio de 2019.- Participación de la mujer: “En nuestra lista de senadoras y senadores

No sé cuántas veces tengo que repetirlo, lo he repetido muchísimas veces. No, no, no voy a ser candidato”. Carlos Mesa Declaración en 2017

las primeras senadoras van a ser mujeres en todos los nueve departamentos como un compromiso en Comunidad Ciudadana de darle a la mujer el rol destacado que merece”, prometió Mesa. - 28 de junio de 2019.- Exclusión de la mujer: durante los gobiernos de Gonzalo Sánchez de Lozada y Carlos de Mesa (2002-2005) se designaron apenas ocho mujeres ministras, de un total de 76 en cinco gabinetes ministeriales. (ABI). - 28 de junio de 2019.- Bolivia, “país pequeño”. “¿Dónde se ha visto una relación internacional de un país pequeño como Bolivia en el que si eres mi enemigo ideológico no te doy ninguna opción de comerciar conmigo?”, declaró a El Deber, en relación a Bolivia y su propuesta de relaciones plenas con EEUU.

- 2 de julio de 2019.- Éste es un “gran país”. “Bolivia tiene una potencialidad extraordinaria, con culturas e identidades que son admiración internacional, me siento orgulloso de este gran país”, declaró a los periodistas en El Alto. - 2 de julio de 2019.- Presupuesto para su campaña: aseguró que su presupuesto de campaña “no tiene nada que ver con esa cifra”, en relación a los $us 10 millones admitidos por su entonces vocero Diego Ayo. - 4 de julio de 2019.- La alianza presidida por Carlos Mesa reveló que presupuestó más de Bs 52 millones (más de $us 7,5 millones) para su campaña electoral. - 5 de julio de 2019.- Anunció nuevo estudio por Incahuasi: “Se debe establecer una ratificación de la necesidad de una evaluación de carácter técnico. Chuquisaca estableció y dijo claramente que no cree que lo que se hizo en esa investigación técnica demuestre que Santa Cruz es propietario de Incahuasi, está comprobado y por lo tanto hay que hacerlo”, declaró Mesa. - 6 de julio de 2019.- Niega el nuevo estudio: “Nunca planteé y no lo hice ayer de mi parte, ningún estudio nuevo en relación con el pozo Incahuasi. Si ustedes (a periodistas) revisan mi declaración, hice referencia a un supuesto, si Chuquisaca hiciera el pedido de un nuevo estudio habría que escucharlo porque es un elemental sentido de respeto democrático”.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Política • Redacción Central

En el libro A mitad del camino, escrito por el presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador, se reveló que el excomandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) Jorge Gonzalo Terceros Lara, acusado dentro del caso Golpe de Estado, se habría comunicado con el general Hernández Velásquez, quien con tono molesto le advirtió que el avión donde era trasladado el expresidente Evo Morales tenía 30 minutos para abandonar el espacio aéreo del país, caso contrario no se garantizaba la seguridad de la tripulación. “Con un tono molesto, le advirtió (al piloto mexicano) que a partir de ese momento tenía 30 minutos para abandonar el espacio aéreo de su país”, le indicó con énfasis que él (Jorge Terceros) no respondería por la seguridad de los ocupantes ni por la integridad de la aeronave si no se cumplía con su instrucción, describe el texto del libro. Menciona también que “el piloto del avión le solicitó al militar boliviano que le transmitiera la autorización al personal (efectivos bolivianos) que se encontraba rodeando la aeronave con armas. Le solicitó además que los militares bolivianos que apuntaban el dis-

Claro que se debe investigar, pero nuestra justicia es muy lenta y no se aclaran con rapidez todos los casos que ocurrieron antes de la sucesión ilegal de Jeanine Añez”. Ramiro Venegas Diputado del MAS

EN NOVIEMBRE DE 2019

Terceros dio 30 minutos a la tripulación mexicana para salir del país con Morales Estas revelaciones están en el libro del presidente Manuel López Obrador, que detalla los momentos cuando el expresidente fue trasladado en un avión de Chimoré a México. positivo lanzador hacia la nave dejaran de hacerlo”, relata. Fuertemente custodiados por militares bolivianos que se encontraban en la pista de aterrizaje en el aeropuerto de Chimoré, en el trópico cochabambino en noviembre de 2019, el libro menciona que el capitán de Ejército boliviano instruye al personal uniformado y al que vestía de civil para que se alejaran del avión, le dijo al efectivo que apuntaba a la aeronave que dejara de hacerlo. “Después de concluir la llamada y habiendo verificado que la periferia de la aeronave se encontraba despejada, el piloto se despidió con prudencia del capitán y del personal ahí presentes, agradeciéndoles a todos su gentileza y transmitiéndoles los saludos y los buenos deseos de sus camaradas mexicanos, después de lo cual abordó el avión”, refiere el libro. “Al ingresar a la aeronave, el señor Gámez Gamboa le indicó que disponían de una autorización, pero que no estaba para ingresar al espacio aéreo de Paraguay y para aterrizar en el aeropuerto de Asunción, por lo que mientras ponían en marcha los motores, ambos pilotos efectuaron la planificación del vuelo. Definieron el procedimiento de salida e iniciaron el rodaje, precisando la ruta más directa y expedita hacia la frontera con Paraguay para poder abandonar el espacio aéreo boliviano dentro del plazo de los 30 minutos otorgados por el general Terceros Lara”, relata. En otro párrafo narra que habiendo iniciado el rodaje a las 20.55 horas (tiempo de México), despegaron a las 21.01 (tiempo local de México); durante el ascenso inicial el piloto alcanzó a observar desde el lado izquierdo de la cabina de mando y cuando casi alcanzaban 1.500 pies sobre el terreno,

una estela luminosa similar a la característica de un cohete en la posición de las siete (atrás y a la izquierda de la trayectoria del avión) por debajo del horizonte, estimando el piloto que, en caso de tratarse de un proyectil, el punto desde donde fue lanzado podría estar ubicado en las inmediaciones del aeropuerto de Cochabamba. Efectuó un viraje ceñido hacia el lado contrario de la trayectoria del proyectil (lado derecho) incrementando el régimen

de ascenso para evitar el impacto, observando que la traza, muy por debajo de la aeronave, efectuaba una parábola hacia el terreno sin haber alcanzado la altura que en ese momento ya tenían, aproximadamente, de 3.000 pies sobre el terreno, concluyendo su apreciación que el posible cohete podría haber provenido del lanzador RPG que observó en el aeropuerto. Respecto a esa situación, decidió abstenerse de comunicar a la tripulación para evitar incremen-

tar la tensión existente y poder mantenerse concentrado en el ya de por sí complicado vuelo. Después de esto, ajustaron la potencia de los motores para obtener la máxima velocidad posible y buscaron el mejor régimen de ascenso, dirigiéndose directamente a la posición geográfica denominada como fijo ‘MOMDI’, ubicada en la frontera entre Bolivia y Paraguay, logrando arribar a esa ubicación justo a los 30 minutos que se les habían concedido.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

LA EXAUTORIDAD MILITAR ES PROCESADA POR EL CASO GOLPE DE ESTADO Guarda detención desde julio en el penal de Palmasola de la ciudad de Santa Cruz.

// FOTO: ARCHIVO

El expresidente Evo Morales llega a México en 2019.

PIDEN INICIO DE PROCESO INVESTIGATIVO Para los parlamentarios del oficialismo, las revelaciones del piloto de la Fuerza Aérea de México afirman que durante el golpe de Estado hubo una clara muestra criminal de intentar acabar con la vida del expresidente Evo Morales por ser una amenaza para el modelo capitalista e imperialista que concentra la riqueza en pocas manos y lleva a la miseria a muchos. Según el informe de la Fuerza Aérea de México (FAM), el piloto

que sacó a Evo Morales de Bolivia en noviembre de 2019 reveló que vio “una estela luminosa similar a la característica de un cohete” pasar cerca del avión en el cual se transportaba al expresidente boliviano, luego de despegar del aeropuerto de Chimoré en Cochabamba. Después de ver la estela, el piloto giró la aeronave en sentido contrario para evitar el impacto. Notó que había hecho una parábola hacia el terreno y ya empezaba a bajar sin haber alcanzado la altura de 914 metros que tenía el avión.

// FOTO: AMLO

Los abogados de la defensa del excomandante de la FAB niegan su participación.

EL EXCOMANDANTE de la Fuerza Aérea Boliviana Jorge Terceros en noviembre de 2019.

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, presentando su libro.

El diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Héctor Arce manifestó que el Gobierno nacional, en el marco de la soberanía, debe investigar este nuevo hecho para dar con los responsables de la planificación que intentó terminar con la vida de un mandatario legal y constitucionalmente electo. “Eso se tiene que esclarecer, el pueblo boliviano tiene derecho a saber la verdad. Existen supuestas auditorías que en vez de transparentar un proceso llevaron el dolor a cientos de familias y hoy se constituyen en unos simples panfletos. Por tanto, todos estos hechos deben ser sancionados con todo el peso de la ley contra los responsables de los hechos violentos en 2019”, aseguró. El diputado por el mismo partido político Ramiro Venegas coincidió con su colega e indicó que el imperialismo, la Organización de Estados Americanos (OEA) y la derecha extremista bo-

liviana planificaron este atentado contra la vida del expresidente Evo Morales, lo que debe ser investigado por la justicia. “Claro que se debe investigar, pero nuestra justicia es muy lenta y no se aclaran con rapidez todos los casos que ocurrieron antes de la sucesión ilegal de Jeanine Añez al poder y cuánta participación tuvieron los que ahora se encuentran investigados”, puntualizó. El diputado Danny Daniel Rojas sostuvo que la teoría sobre un atentado contra la vida de Evo Morales se reafirma con las declaraciones del piloto mexicano. Recordó que en uno de sus viajes de

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entrega de obras en el país, el helicóptero que trasladaba al entonces Presidente desde el municipio de Colquiri hasta la ciudad de Oruro sufrió un percance y tuvo que aterrizar de emergencia debido a una supuesta falla mecánica. El parlamentario declaró que este nuevo hecho que revela el piloto debe ser investigado y todos aquellos malos militares que participaron deben ir a la cárcel. “Yo creo que estos hechos deben investigarse y aquellos malos militares que supuestamente estuvieron implicados en este caso deben ser castigados con todo el peso de la ley”, expresó.

JULIO DE 2021 El excomandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) Jorge Gonzalo Terceros Lara fue enviado a la cárcel por el caso Golpe de Estado.

Aeropuerto de Chimoré en el trópico cochabambino en 2019.

// FOTO: ARCHIVO

Está acusado por los delitos de terrorismo, sedición y organización criminal por la denuncia penal interpuesta por la exdiputada Lidia Patty.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Nacional EN ENTREVISTA CON LA BBC, EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2019

Almagro “confesó” que el golpe de Estado de 2019 salió como “se planeó” El Secretario General de ese organismo dijo: “Lo importante para nosotros era que hubiera una misión de observación electoral de la OEA”.

// FOTO: ARCHIVO: ARGMEDIOS

• Luis Fernando Cruz

El Secretario General de la Organización de Estados Americanos.

OEA2015 fue entrevistado por la reconocida cadena informaEl secretario general de la tiva @bbcmundo; en dicha entrevista confiesa que el Golpe Organización de Estados de Estado realizado al MAS el Americanos (OEA), Luis Almagro, en una entrevista año 2019 salió: ‘Tal cual lo hacon la BBC el 26 de noviem- bíamos planeado’”, esbre de 2019, “confesó” que cribió Del Castillo ese organismo participó en en esa red social. el golpe de Estado contra el En la entrepresidente Evo Morales, sos- vista publicada tuvo el ministro de Gobierpor la BBC, el no, Eduardo del Castillo. periodista Gerardo Lissardy, le consulta: “La A través de su cuenta de Twit- crisis de Bolivia ter, señaló que Almagro reco- pudo haber comennoce cómo ese organismo re- zado cuando Evo Moragional se involucra desde el 10 les decidió presentarse a un de mayo de 2019. cuarto mandato consecutivo, “El 26 de noviembre del pese a que había un referén2019, el señor @Almagro_ dum donde los bolivianos le

dijeron que no lo hiciera. Lo hizo en base a una interpretación constitucional muy cuestionada. Pero usted mismo en mayo dijo que ‘sería absolutamente discriminatorio’ prohibirle a Evo Morales presentarse a las elecciones. Hoy, con las cartas a la vista, ¿usted estuvo bien en decir eso o le erró?” La respuesta de Almagro fue: “Era jugada única y por lo tanto estuve bien. (…) Llegamos a mayo con una situación: lo importante para nosotros era que hubiera una misión de observación electoral de la OEA. Creíamos que esa era la única forma en que esta elección podía ser manejada. Esto le daba la oportunidad muy remota a Evo de ganar, una oportunidad muy clara a la oposición de ganar y a nosotros la oportunidad de saber si había fraude o no en el proceso electoral, y por lo tanto poner las cosas institucionalmente del lado correcto. Y funcionó tan cual lo habíamos planeado”.

EXIGEN QUE LA OPOSICIÓN PRUEBE EL FRAUDE ELECTORAL

El Comité de Género cuestiona privilegios de Añez en la cárcel El Comité de Género de los Medios Estatales cuestionó ayer los privilegios de la investigada por el caso Golpe de Estado Jeanine Añez, en la cárcel de Miraflores, quien fue denunciada por las mujeres recluidas en ese centro penitenciario. A través de un comunicado, advierte una intencionada politización de parte de sus familiares, partidos políticos de oposición, plataformas, redes sociales, y otros, que exigen la libertad de la exsenadora por los Demócratas que se autoproclamó como presidenta de la Cámara Alta en una sesión sin quórum el 12 de noviembre de 2019.

“En Bolivia, las privadas de libertad deben gozar los mismos derechos y obligaciones. Sin embargo, Añez vive en condiciones sumamente privilegiadas que las demás reclusas denunciaron y se amotinaron generando la indignación en otros penales del país”, precisa el comunicado. El texto señala que, como mujeres del periodismo y la comunicación, ante las últimas revelaciones sobre el presunto fraude electoral, exigen se investigue el rol

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que asumió el secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, en la elección presidencial del 20 de noviembre de 2020 y su rol con el golpe de Estado. “En esos días en los que conocimos el informe del GIEI, hemos confirmado el terrible grado de crueldad en la violencia estatal perpetrada en 2019 contra cientos de personas, y el asesinato de 38 bolivianos, la mayoría jóvenes, en varias ciudades”, sostiene el pronunciamiento.

ASESINATOS se cometieron durante el régimen de Añez en noviembre de 2019 en Sacaba, Senkata, Pedregal, Montero y Betanzos.

// FOTO: ABI

• Luis Fernando Cruz

Familiares de las víctimas de la masacre de 2019 exigen justicia.


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Nacional Los familiares de las víctimas de las masacres de Sacaba, Senkata, Pedregal, Montero y Betanzos de 2019 no descartan huelgas de hambre y bloqueos de caminos para exigir justicia contra los autores intelectuales, materiales y cómplices de esos hechos. Los representantes de esas organizaciones se reúnen en la ciudad de El Alto para definir las acciones jurídicas y sociales a asumir después de que el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) presentó su informe final sobre los actos de violencia ocurridos en el país desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2019. El dirigente de los asesinados, heridos, encarcelados y perseguidos de Huayllani, del municipio de Sacaba, Ismael Marquina, informó que una vez se consolide la unidad de las organizaciones que aglutinan a las víctimas, se tomarán decisiones coordinadas. “Nada está descartado, se

ANALIZAN LAS MEDIDAS QUE TOMARÁN

Víctimas de la masacre no descartan huelgas y bloqueos de carreteras El representante de Huayllani dijo que sólo habrá reconciliación y perdón con justicia si los responsables son condenados por sus crímenes. va a poner en consideración las acciones jurídicas o sociales a seguir, pueden ser vigilias permanentes, bloqueos de caminos, huelgas de hambre, todo lo que sea necesario hasta que los responsables de las masacres sean juzgados”, sostuvo. Explicó que en el curso de las siguientes horas se desarrollará una reunión general, una vez que lleguen a La Paz los representantes de Betanzos (Potosí) y de Montero (Santa Cruz). “Estoy dispuesto a perdonar y reconciliarnos, siempre y cuando los responsables de estos delitos de lesa humanidad paguen por su actos”, precisó.

// FOTO: GONZALO JALLASI

• Luis Fernando Cruz

Dirigentes de los asesinados en Huayllani anuncian que no cesarán en su demanda de justicia.

ESTARÁ CONFORMADA POR LAS TRES FUERZAS POLÍTICAS CON REPRESENTACIÓN

Diputado Céspedes plantea conformar comisión mixta para examinar si hubo fraude en 2019 // FOTO: ABI

• Luis Fernando Cruz

El diputado oficialista Ángelo Céspedes planteó ayer la creación de una Comisión Mixta para revisar las actas electorales de la elección presidencial del 20 de octubre de 2019, para poner fin a la narrativa de si hubo o no fraude electoral.

El diputado por el MAS Ángelo Céspedes en conferencia de prensa.

En conferencia de prensa, el diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) dijo que la iniciativa tiene el propósito de darle una respuesta al pueblo boliviano sobre si hubo un fraude o un golpe de Estado. “Vamos a solicitar si hay la predisposición para coadyuvar con una comisión mixta de diputados para investi-

gar el caso Fraude Electoral. La oposición tiene miedo de que el pueblo boliviano sepa la verdad de que nunca existió un fraude, sino un golpe de Estado, y la mejor forma es la de investigar, que no tenga miedo la oposición para probar revisando todas las actas de 2019”, sostuvo. Céspedes adelantó que en las siguientes horas propondrá a la bancada nacional de su partido la conformación de esa comisión con diputados de las tres fuerzas políticas. La diputada opositora Andrea Barrientos anunció que la oposición no se prestará a “un juego político” del oficialismo porque para ella el fraude electoral está demostrado por un texto presentado por la Organización de Estados Americanos (OEA).

Vamos a solicitar si hay la predisposición para coadyuvar con una comisión mixta de diputados para investigar el caso Fraude Electoral. La oposición tiene miedo de que el pueblo boliviano sepa la verdad de que nunca existió un fraude, sino un golpe de Estado”. Ángelo Céspedes Diputado del MAS


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Legislativo

// FOTO: ARCHIVO

Empresa chilena Quiborax en el salar de Uyuni.

LA PROPOSICIÓN ACUSATORIA FUE ENVIADA A LA ALP

Comisión aprueba informe para juicio de responsabilidades contra Mesa El expresidente anuló las concesiones en 2004 y argumentó que la empresa Quiborax no cumplió con las inversiones ni con el plan de explotación. • Romina Montoya

La Comisión Mixta de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó ayer las tres últimas proposiciones acusatorias de solicitudes de juicio de responsabilidades contra exautoridades. Entre ellas la del expresidente Carlos Mesa, quien es acusado por el caso Quiborax. “Hemos aprobado los tres juicios de responsabilidades que teníamos pendientes desde 2004; son los casos de Alfredo Rada, exministro de Gobierno,

por genocidio en su forma sangrienta y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes; también el de Gonzalo Sánchez de Lozada, por resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, incumplimiento de deberes y conducta antieconómica en el caso de Fondesif; y el caso de Quiborax del señor Carlos Mesa, por resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, incumplimiento de deberes, conducta antieconómica, tipificada en los artículos 153, 154 y 224 del Código Penal”, detalló la senadora Patricia Arce.

Luego de esta aprobación de juicio de responsabilidades en contra de su líder, la bancada de Comunidad Ciudadana (CC) denunció que el MAS pretende utilizar este proceso para presionar a los opositores para que aprueben otros juicios de responsabilidades contra otras exautoridades, como Jeanine Añez. “La idea del MAS es generar una burda presión para presionar con este caso, que no se sostiene ni un milímetro, contra Carlos Mesa y querer sostener la aprobación de juicios de responsabilidades que

le interesan al MAS, usando como moneda de cambio el caso Quiborax, que es la mayor estafa que se ha cometido contra el pueblo de Bolivia”, dijo Carlos Alarcón, jefe de bancada de CC. CASO QUIBORAX Bolivia fue demandada por la empresa chilena en 2006 debido a que no recibió ninguna indemnización por parte del Gobierno boliviano a consecuencia de que en 2004 el entonces presidente Mesa revirtió las 11 concesiones mineras que Quiborax tenía para la explotación en el salar de Uyuni. La demanda exigía a Bolivia 66 millones de bolivianos en compensación por las inversio-

66 MILLONES de bolivianos exigía la empresa chilena en compensación por las inversiones que hizo en el salar de Uyuni.

nes hechas por la empresa chilena y los supuestos daños que habría ocasionado la expropiación. Como resultado de un proceso de casi 10 años, el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) emitió en septiembre de 2015 un fallo a favor de Quiborax con el argumento de que Bolivia violó el artículo III del Tratado Binacional de Inversiones (TBI) al obstaculizar la libre administración, mantenimiento, uso, usufructo, extensión, transferencia, venta y liquidación de las inversiones. Una semana después, Bolivia objetó el alegato de la Ciadi, argumentó que el ente internacional se habría extralimitado en sus facultades y solicitaba la anulación del fallo.


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Migración SE TRATA DEL 4574 Y 4576

Ejecutivo aprueba 2 decretos para regularizar situación de migrantes El registro de los ciudadanos extranjeros será virtual, mediante una plataforma. También se facilitará la regulación migratoria en el país. // FOTO: GONZALO JALLASI

• Redacción Central

Un venezolano se gana el sustento diario pintando las pasarelas.

“Se crea la plataforma virtual de recepción de miEl Ejecutivo hizo conocer grantes que dará mayor seguridad a las personas que ayer la aprobación de los viajan al país. También medecretos supremos 4574 jorará los controles para y 4576 en favor de los ciudadanos extranjeros que combatir la trata y el ingresan a Bolivia para tráfico de persotrasladarse a otros países o nas con base en para legalizar su situación el uso de plataformas inen el territorio nacional. formáticas establecidas por Dirección El Decreto Supremo 4574 mo- la difica y complementa el Decre- de Migración”, to 1923, Reglamento de la Ley detalló el minisde Migración, que ordenaba tro de Gobierno, un registro físico sobre medios Eduardo del Castillo. El control de los ciudadade transporte, alojamientos, agencias de viaje, turismo, en- nos extranjeros será en tiemtre otros. Ahora, dicho registro po real verificando el flujo de ingreso y salida. será de manera virtual.

“La plataforma nos permitirá saber en qué lugar se hospedan, estudian o trabajan en el país, crear una base de datos para controlar a ciudadanos que ingresaron por tierra, vía lacustre o aérea. Todo esto es para ayudar a grupos vulnerables dándoles mayor seguridad a las personas evitando las extorsiones”, explicó. REGULACIÓN MIGRATORIA El segundo decreto permitirá, excepcionalmente, la regulación migratoria de personas extranjeras que están en el país en situación irregular y establecerá las condiciones para su estadía en el país. “En 2020, los extranjeros sufrieron mucho por las faltas cometidas y las multas pecuniarias de hasta Bs 30 mil, lo que impidió su regularización”, manifestó. Esta regularización beneficiará a al menos 3.500 personas y el Estado recaudará alrededor de Bs 7 millones. De esta manera, Bolivia genera respeto a los derechos humanos de los migrantes.

// FOTO: FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

EN EL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA

Fiscalía investiga a 4 personas por el tráfico de 73 haitianos • Redacción Central

El Ministerio Público investiga a cuatro personas por el delito de trata y tráfico de 73 ciudadanos de nacionalidad haitiana, en condición ilegal, quienes eran transportados en dos buses que fueron detenidos a 25 kilómetros de la ruta Sucre-Ravelo. El objetivo de los haitianos era llegar a la frontera entre Bolivia y Perú, y de ahí continuar su viaje hasta Chile. La Policía Caminera aprehendió a tres choferes bolivianos y una mujer de nacionalidad haitiana, que se presume lideraba el grupo de extranjeros para su salida de Bolivia.

La Fiscalía imputará a estas personas por el delito de trata y tráfico, y solicitará su detención preventiva. “Una vez que tomamos conocimiento de la presencia ilegal de ciudadanos extranjeros a través de la Dirección Departamental de Migración, el Ministerio Público activó todos los mecanismos investigativos, entre ellos la requisa a los dos motorizados donde se encontró documentación que detallaba montos económicos por traslado de personas, teléfonos móviles y otros elemen-

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tos”, dijo el fiscal del caso, Luis Fernando Colque. LAS SOSPECHAS De acuerdo con las declaraciones informativas de los tres choferes identificados como Edwin A.M. (38), Rolando S.T. (45) y Gabriel C.C. (46), ellos realizaban su trabajo de transporte, mientras que la haitiana Nhalim Q.C. (26) sería quien cobró diversos montos de dinero para llevarlos a la frontera. A la fecha ya suman más de 200 los haitianos rescatados de estas organizaciones.

HORAS de plazo les dio la Dirección de Migración de Chuquisaca a los 15 menores y 58 mayores haitianos para abandonar el país. Una ciudadana extranjera durante su rescate por la Policía.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Justicia • Redacción Central

El ministro de Justicia, Iván Lima, presentó ayer el plan estratégico para la transformación de la justicia, que se basa en seis ejes. Está previsto que la socialización del plan, recolección de propuestas y sugerencias en todo el territorio nacional se desarrolle en un plazo de 90 días. “Proponemos que la reforma tenga en cuenta elementos y acciones estratégicas con plazos, tomando en cuenta que hay 300 mil bolivianos que no tienen justicia porque la retardación les priva de ver a sus familiares y recuperar deudas, entre otros hechos, y esto no es admisible”, señaló en conferencia de prensa. Agregó que esta propuesta también es una respuesta a la sugerencia del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), sobre la transformación de la justicia penal, lo que requiere el esfuerzo y compromiso de varios actores. “Le planteamos al país tres meses para tener un nuevo Código de Procedimiento Penal. La propuesta va a ser socializada para que tengamos una nueva justicia penal en 90 días”, agregó. ALGUNOS DATOS La autoridad remarcó la importancia de transformar la justicia tomando en cuenta que en la actualidad hay un juez por cada 8 mil bolivianos. “Tenemos que dar una nueva justicia a las provincias, se debe generar una política pública clara porque 1,2 millones de bolivianos no tienen acceso a la justicia por la escasez de jueces y fiscales”, señaló. Respecto a la situación de los jueces, dijo que se quedan mucho tiempo en el cargo y que sólo salen cuando se jubilan o tienen un proceso penal, por ello se necesita una justicia democrática. También considera que se debe priorizar y dar tratamiento a algunas leyes como la 348 o la de Registro de Derechos Reales, puesto que son millo-

EL MINISTRO IVÁN LIMA PRESENTÓ LA PROPUESTA

Gobierno plantea seis acciones estratégicas para reformar la justicia A partir de hoy, el plan será sistematizado en todo el país. El proceso empieza en Oruro. Se escucharán propuestas de varios sectores. nes de ciudadanos los que no tienen seguridad jurídica en los documentos. RUTA CRÍTICA La propuesta de socializar, sistematizar y ponerle cifras a la reforma judicial, para que el pueblo haga una medición es lo que se denomina la ruta crítica de transformación de la justicia sin estar alejada de acciones urgentes. “Proponemos que la evaluación de desempeño de los jueces se haga los próximos seis meses. Necesitamos hacerlo”, agregó. Está previsto implementar en seis meses la red de acceso a la justicia para los casos más vulnerables como es la adopción de menores o la ley de violencia contra los niños. “Son acciones inmediatas y una ruta crítica de escucharnos entre los bolivianos”, dijo.

1.2 MILLONES de bolivianos no tienen acceso a la justicia debido a la escasez de jueces y fiscales.

Socialización y recepción de las propuestas A partir de hoy se desarrollará en Oruro la socialización de la reforma judicial y una recepción de propuestas, se escuchará a todos los actores políticos y sectores sociales. Iniciando en el departamento de Oruro, duran-

te los próximos 30 días se escucharán todas las propuestas de parte de jueces, magistrados, abogados, movimientos sociales y otras personas que puedan aportar a mejorar la justicia. “Vamos a presentar los

ejes de la reforma y escucharemos lo que piensan”, dijo. Toda esta actividad inicial será sistematizada, coordinada y consensuada para que al final se entregue un plan estructural de reforma y transformación.


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La falta de independencia es un problema estructural

1 JUEZ por cada 8 mil bolivianos es la proporción en la actualidad.

Según el informe del GIEI, se advirtió que la falta de independencia en el Órgano Judicial es un problema estructural que se arrastra desde hace mucho tiempo. ”Necesitamos una justicia independiente y no vamos a cesar en el esfuerzo para que este objetivo se logre. El compromiso del presidente Arce es que la justicia sea independiente y vamos a se-

guir las recomendaciones del grupo (GIEI), pero no hay una fecha para que la justicia sea independiente. No podemos decir que a partir del 10 de octubre la justicia va a ser independiente o en diciembre va a ser independiente”, afirmó poco después el ministro Iván Lima. Los bolivianos exigen independencia, imparcialidad, idoneidad y transparencia.

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INVITACIÓN

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la ley 1178, y artículo 53 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública. Se invita a la siguiente persona: GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DEL BENI DICTAMEN CGE/DRC-035/2020

NOMBRE Y APELLIDO • Alan Nuñez Pinto Apersonarse a la Contraloría General del Estado, en la ciudad de Trinidad en sus oficinas ubicadas en la calle Nicolás Suárez 517 (Gerencia Departamental del Beni); a objeto de notificarse con Dictamen de Responsabilidad Civil correspondiente. Se dispone un término de tres (3) días para el recojo del dictamen de responsabilidad Civil, plazo que comenzara a correr al día siguiente hábil de la presente publicación. Trinidad, 02 de septiembre de 2021

INVITACIÓN

En cumplimiento a los dispuesto en el artículo 43 inciso b) de la Ley 1178, concordante con el artículo 53 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado por Decreto Supremo N° 23318-A, se invita a las siguientes personas: DICTAMEN DE RESPONSABILIDAD CIVIL N° CGE/DRC-061/2019, CORRESPONDIENTE A LA AUDITORÍA ESPECIAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES EN LA EJECUCIÓN DE RECURSOS ESPECÍFICOS, PROCESOS DE CONTRATACIÓN, PAGO DE ACTIVOS REALES Y LA ENTREGA Y RENDICIÓN DE FONDOS EN AVANCE, POR EL PERIODO ABRIL DE 2015 A JUNIO DE 2016, EFECTUADA EN LA UNIVERSIDAD INDÍGENA BOLIVIANA COMUNITARIA INTERCULTURAL PRODUCTIVA – UNIBOL GUARANI Y PUEBLOS DE TIERRAS BAJAS “APIAGUAIKI TÜPA”

NOMBRE Y APELLIDO • Claudia Ruiz Noe Vda. de Gualuo, presunta heredera del Fallecido Roberto Gualuo Aguilera • Lissa Gualuo Ruiz, presunta heredera del Fallecido Roberto Gualuo Aguilera

CÉDULA DE IDENTIDAD 5590233 BN. 10817944 BN.

Apersonarse a la Contraloría General del Estado, Gerencia Departamental de Chuquisaca, ubicada en la calle Bolívar N° 701, a objeto de notificarse con una copia del Dictamen de Responsabilidad Civil N° CGE/DRC-061/2019, en el plazo de tres (3) días hábiles, que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación. NOTA.- El Informe de Auditoría Complementario e Informes Legales que fundamentan el Dictamen de Responsabilidad Civil N° CGE/DRC-061/2019, se encuentran a disposición del interesado en las oficinas de la Gerencia Departamental de Chuquisaca Sucre, 02 de septiembre de 2021

INVITACIÓN

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 inciso b) de la Ley 1178, concordante con el artículo 53 del Reglamento de Responsabilidades por la Función Pública aprobado por Decreto Supremo N° 23318-A, se invita a las siguientes personas: DICTAMEN DE RESPONSABILIDAD CIVIL N° CGE/DRC-062/2019 CORRESPONDIENTE A LA AUDITORÍA ESPECIAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES EN LA EJECUCIÓN DE RECURSOS ESPECÍFICOS, PROCESOS DE CONTRATACIÓN, PAGO DE ACTIVOS REALES Y LA ENTREGA Y RENDICIÓN DE FONDOS EN AVANCE, POR EL PERIODO ABRIL DE 2015 A JUNIO DE 2016, EFECTUADA EN LA UNIVERSIDAD INDÍGENA BOLIVIANA COMUNITARIA INTERCULTURAL PRODUCTIVA- UNIBOL GUARANÍ Y PUEBLOS DE TIERRAS BAJAS “APIAGUAIKI TÜPA”

NOMBRE Y APELLIDO • Claudia Ruiz Noe Vda. de Gualuo, presunta heredera del fallecido Roberto Gualuo Aguilera • Lissa Gualuo Ruiz, presunta heredera del Fallecido Roberto Gualuo Aguilera

CÉDULA DE IDENTIDAD 5590233 BN. 10817944 BN.

Apersonarse a la Contraloría General del Estado, Gerencia Departamental de Chuquisaca, ubicada en la calle Bolívar N° 701, a objeto de notificarse con una copia del Dictamen de Responsabilidad Civil N°CGE/DRC-062/2019, en el plazo de tres (3) días hábiles, que comenzara a correr al día siguiente hábil de la presente publicación. NOTA.- El informe de Auditoría Complementario e Informes Legales que fundamentan el Dictamen de Responsabilidad Civil N° CGE/DRC-062/2019, se encuentran a disposición del interesado en las oficinas de la Gerencia Departamental de Chuquisaca. Sucre, 02 de septiembre de 2021

En búsqueda de una justicia eficiente y eficaz En meses anteriores, el presidente Luis Arce instruyó al ministro Iván Lima el estudio, diseño e implementación de un plan para garantizar la transformación de la justicia para que sea oportuna, eficiente, transparente y

eficaz, para beneficio de todos los bolivianos. Este plan ha sido diseñado para satisfacer las necesidades de la población que acude a diario a los juzgados. En promedio, en Bolivia un proceso dura al menos

siete años debido a una retardación que la encabezan jueces, magistrados, vocales y hasta los fiscales. Los interesados se aburren de ir a los juzgados, es por ello que en cierto tiempo desisten de continuar.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Judicial PIDEN CESACIÓN PREVENTIVA

Suspenden audiencia de Añez por fallas técnicas Se reportó problema en los servidores judiciales y una falla en la plataforma virtual Webex.

La mujer fue victimada en su domicilio.

EN EL MUNICIPIO DE UNCÍA

La Fiscalía investiga un feminicidio e infanticidio • Redacción Central

La Fiscalía de Potosí inició las pesquisas para establecer en qué circunstancias se produjo un feminicidio e infanticidio en el municipio potosino de Uncía. El presunto autor fue identificado como Efraín T.C. (28), quien se ahorcó luego de ambos crímenes. “El hombre (sospechoso) presuntamente quitó la vida a su exconcubina y a su hijo de tres años, luego él se ahorcó, según los datos preliminares de la Fiscalía de Delitos contra la Vida que está a cargo del caso”, explicó la fiscal departamental de Potosí, Roxana Choque. De acuerdo con los antecedentes, el presunto autor habría ingresado, en horas de la noche, al domicilio de su exconcubina Nelly, ubicado en el Distrito Candelaria. Ahí la estranguló dejándola sin signos vitales, luego sacó del lugar a su hijo de tres años que tenían en común y en su automóvil lo llevó a la comunidad de Chiru Chiru del Ayllu Layme, donde le quitó la vida. Posteriormente, él se ahorcó al interior de su domicilio. La autopsia médico le-

Este hecho se conoció a denuncia de la madre de la víctima, quien dio a conocer que su hija estaba fallecida en su domicilio”.

La audiencia que debía desarrollarse ayer para considerar el pedido de cesación de detención preventiva de la expresidenta de facto Jeanine Añez se suspendió debido a que se reportó problemas en los servidores judiciales. La audiencia estaba fijada para las 13.00; sin embargo, a pocos minutos de su inicio se anunció la suspensión. El abogado de la exmandataria, Luis Guillén, expresó su molestia porque le avisaron que la suspensión fue por un problema que tuvo el sistema virtual del Órgano Judicial, lo que consideré como irresponsabilidad. “Nos hemos constituido a juzgados para reprogramar la audiencia”, manifestó a la red Unitel antes de ingresar al penal de Miraflores.

Adelantó que en la audiencia, que será reprogramada para las próximas horas, se presentará ocho certificados médicos sobre el estado de salud de su cliente, incluido del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), para que abandone el penal miraflorino y sea trasladada a un centro médico. “Se trata de la cesación a la detención preventiva, es la tercera solicitud, pero la primera bajo un criterio humanitario adjuntando la documentación sobre su estado de salud”, remarcó. Ante la suspensión de la audiencia, Guillén no descartó presentar una acción de libertad. PEDIDO DE LA CIDH Mediante un comunicado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al gobierno de Luis Arce un informe sobre la salud y las acciones asumidas en contra de Añez.

Asimismo, se da un plazo de siete días para recibir los datos solicitados. LA SOLICITUD Observaciones sobre la presente solicitud de medidas cautelares. Aportar información sobre las condiciones de salud, tanto física como mental, de la propuesta beneficiaria y su acceso a la atención médica dentro del penal como aquella especializada afuera. Indicar las medidas que el Estado implementó para proteger los derechos de la propuesta beneficiaria. De ser el caso, aportar la documentación sobre aquellas órdenes administrativas o judiciales que se habrían adoptado. Información sobre las condiciones de detención actuales de la propuesta beneficiaria. Cualquier información adicional que considere pertinente en relación con los requisitos reglamentarios. // FOTO: JORGE MAMANI

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

Reynilda Callejas Fiscal del caso

gal practicada por el Instituto de Investigaciones Forense (IDIF) estableció que la causa de muerte de Nelly fue por traumatismo cráneo encefálico cerrado y asfixia mecánica por estrangulamiento; mientras que el niño de tres años murió por anoxia cerebral por oclusión de vías respiratorias, intoxicación, muerte violenta. El padre falleció por asfixia mecánica por ahorcamiento. Se investiga cuáles fueron los motivos por los que el hombre cometió los dos crímenes.

La expresidenta está detenida preventivamente en Miraflores.


JUEVES / 2 / 09 / 2021

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Covid-19

Reportan baja vacunación en departamentos

EN TODO EL DEPARTAMENTO, LAS CIFRAS NO SON ALENTADORAS

El municipio de La Paz está a 5% de llegar a la inmunidad de rebaño El Alto tiene cifras alarmantes por la baja afluencia de la gente a los centros de vacunación masiva. Se llevarán las dosis a zonas alejadas. • Redacción Central

Personal sanitario aplica la dosis de la esperanza a un ciudadano de La Paz.

inmunización, no sucede lo mismo en el departamento, que tiene una efectividad de vacunación menor con 49% de vacunados con la primera dosis y 34% en la segunda. “Las poblaciones que menos se están vacunando son las que tienen menos de 10 mil habitantes, y las ciudades intermedias hacen sus propios esfuerzos por

vacunar a sus poblaciones, es por eso que tenemos que enfocarnos en estas poblaciones alejadas para lograr nuestro objetivo por departamento”, explicó el director del Servicio Departamental de Salud de La Paz, Mayber Aparicio. El fin se semana se iniciará la vacunación con brigadas móviles para llegar a la población

// FOTO: GONZALO JALLASI

El Registro Nominal de Vacunación Electrónica reportó que el municipio de La Paz llegó al 95% de inmunizados con la primera dosis y 65% con la segunda dosis, lo que significa que los paceños están a punto de lograr una inmunidad colectiva.

No pasa lo mismo con el municipio de El Alto, que tiene el menor registro de vacunación de todo el país, con 39% en primeras dosis y 16% segundas. El bajo porcentaje alcanzado en la urbe alteña responde, según el director del Servicio Departamental de Salud de La Paz, Mayber Aparicio, a la extensión del municipio que hace que los habitantes no logren llegar a los vacunatorios ubicados en el centro de la ciudad. “Las dificultades que tenemos es con las zonas alejadas de la ciudad de El Alto, las zonas céntricas o urbanizadas también con alta densidad poblacional alcanzaron un buen nivel de vacunación, pero en los distritos rurales se vacunó mucho menos”, explicó. Señaló que a pesar de que La Paz tiene un muy buen nivel de

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dispersa de El Alto y se proyecta replicar la iniciativa en el área rural dispersa. Precisamente, el viceministro de Gestión del Sistema Sanitario, Álvaro Terrazas, recomendó ayer a los gobiernos municipales cambiar de estrategia y realizar rastrillajes en las zonas periurbanas y áreas rurales para detectar a personas que

El viceministro de Gestión del Sistema Sanitario, Álvaro Terrazas, informó ayer que los departamentos de La Paz, Beni y Potosí registran un bajo porcentaje de vacunación contra el Covid-19 en la aplicación de primeras dosis. “La Paz tiene un 49% (de vacunación), Beni un 44%, Potosí 40% hablando de primeras dosis”, dijo la autoridad en contacto con La Razón Radio. Los departamentos que muestran niveles de vacunación por encima del 50% son Tarija (66%), Santa Cruz (60%) Oruro (56%), Chuquisaca (56%), Cochabamba (56%) y Pando (50%). En el caso de la vacunación por ciudades capitales, La Paz registra más del 95% de cobertura con primera dosis, seguido por Cochabamba (87%), Sucre (78%), Tarija (72%), Santa Cruz (71%), Oruro (69%), Potosí (67%), Cobija (61%), Trinidad (44%) y El Alto con tan sólo 39%, lo que da un promedio de 70% de vacunación en ciudades capitales más la urbe alteña. Terrazas destacó que en el área rural no se refleja la misma situación que en las ciudades.

no fueron inmunizadas contra el Covid-19 ante la disminución en el número de puntos de vacunación masivos. “Debe volcarse al rastrillaje, es una de las estrategias, los centros de vacunación masiva cumplieron ya su objetivo inicial que es vacunar a toda esa gente que reclamaba vacunas, con justo motivo y razón”, dijo.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Covid-19 ES UN IMPULSO PARA QUE LAS PERSONAS SE INMUNICEN

El gerente nacional comercial de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel), Jorge Sánchez, informó que esa institución, en coordinación con el Ministerio de Salud y Deportes, reforzó la campaña ‘Paquetevacunes’, con el objetivo de estimular a la población a que asista a los puntos de inmunización contra el Covid-19. “Buscamos repuntar en la cantidad de personas que se están vacunando, si bien hay índices de vacunación bastante positivos a nivel nacional, creemos que podemos hacer otro impulso más para lograr un éxito más sostenido en la campaña de vacunación, que lidera el Ministerio de Salud, entonces lo que queremos como Entel es apoyar esa campaña, generando y buscando beneficios

LA RESPUESTA de los usuarios de Entel fue positiva. La campaña se extenderá hasta el 30 de septiembre.

Ministerio de Salud y Entel refuerzan la campaña ‘Paquetevacunes‘ Con la presentación del certificado de vacuna, los usuarios de la empresa de telecomunicaciones reciben 500 megas de regalo. para las personas”, explicó el gerente de la empresa de telecomunicaciones. Sánchez recordó que la persona que accedió a la vacuna debe enviar un mensaje de texto (SMS) al número 2021 con su número de carnet de identidad, un espacio y el número de consentimiento o registro que se encuentra en su certificado de vacunación, y automáticamente recibirá 500 megas de regalo. Aseguró que la respuesta de los usuarios, desde el inicio de la campaña a mediados de julio, fue altamente positiva, por lo que la empresa definió reactivar el beneficio que se extenderá hasta el 30 de septiembre. “La campaña no se ha parado durante todo este tiempo, simplemente la publicidad fue parada, pero ahora hemos retomado la comunicación sobre este tema”, agregó. A través de esta iniciativa, la Empresa de Servicios de Telecomunicaciones del país incentiva a sus usuarios a mantenerse protegidos contra el Covid-19 y también conectados.

// FOTO: GONZALO JALLASI

• Redacción Central

El Estado estimula con campañas a la vacunación contra el Covid-19.

// FOTO: CAJA NACIONAL DE SALUD

EN LA COMPRA DE INSUMOS Y EQUIPOS

La CNS ejecutó el 45% de su presupuesto hasta julio de 2021 • Redacción Central

Trabajadores de la CNS atienden a un paciente.

El presidente del Directorio de la Caja Nacional de Salud (CNS), Eduardo Salvatierra, informó que de los Bs 800.244.753 presupuestados para enfrentar la pandemia del Covid-19, a través de sus nueve administraciones regionales y 10 agencias distritales, se ejecutaron Bs 360.110.138,85.

“Se evidencia que la ejecución presupuestaria mejoró bastante en relación al anterior informe, cuando apenas llegó al 23,41%, ahora, para julio estamos por el 45%”, manifestó el presidente del Directorio, Marcos Eduardo Salvatierra. Los administradores regionales y agentes distritales informaron y desglosaron, en detalle, las inversiones que ejecutaron con el presupuesto que se les otorgó es-

pecíficamente para contener el avance del coronavirus, es decir en las partidas de recursos humanos, compra de medicamentos, insumos, oxígeno y equipos, además de alquiler o la instalación de hospitales móviles para internar a los pacientes. Entretanto, el gerente general de la CNS, Herland Tejerina, hizo observaciones y recomendaciones para mejorar la ejecución presupuestaria.


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Gestión FUE APROBADO UNILATERALMENTE EN LA PAZ

Concejales del MAS rechazan manejo político en el Reformulado del POA Chain anunció, hace 15 días, que el POA sería objeto del show político para cuidar al exalcalde Revilla y cuidarse a sí mismos. // FOTO: CONCEJO

• Redacción Central

Una de las sesiones del Concejo Municipal.

bar de facto un Reformulado que atiende necesidades políConcejales del Movimien- ticas partidarias”, se lee en un to Al Socialismo (MAS) re- comunicado emitido. chazaron ayer el manejo Agrega que dejan de lado las político en la aprobación prioridades de la población del Reformulado del POA como salud, educade la gestión 2021, por ser ción, compromisos aprobado de manera uni- laborales e instilateral para justificar la tucionales, así gestión improvisada del como honrar alcalde Iván Arias. las deudas adquiridas como municipio. Los conceja“Cuestionamos la ausencia de la bancada del oficialismo en la les de la bancada Sesión Ordinaria del Pleno del del MAS reafirmaConcejo Municipal el día mar- ron su compromiso para tes 31 de agosto de 2021, que trabajar por los intereses de la dejó en evidencia una posición ciudad. en base a una agenda política “Cumpliremos el rol de fiscon el único objetivo de apro- calización a la ejecución del

Reformulado al POA 2021 del Alcalde que no cuenta con la aprobación del Concejo Municipal, mismo que anticipamos genera consecuencias de plena responsabilidad del Ejecutivo Municipal y de los concejales, quienes se ausentaron para evitar su tratamiento”, continúa el documento. Entre tanto, el concejal del MAS Pierre Chain afirmó que la bancada de concejales del alcalde Arias nunca quiso aprobar el POA reformulado-2021 en el legislativo edil para no transparentar números con el fin de encubrir a la gestión del exburgomaestre Luis Revilla, a quien Arias acusa permanentemente de haber quebrado la Alcaldía. Sostuvo que durante dos semanas, los oficialistas afirmaron que el MAS no quiso aprobar la reformulación. El concejal dijo que la mentira tiene patas cortas porque la propia bancada del Alcalde no estaba de acuerdo con la reformulación y, pese a tener mayoría, ni siquiera lo

// FOTO: GONZALO JALLASI

DESTINARÁN MÁS RECURSOS

La Paz ve como prioridad campaña de vacunación a menores de 6 años • Redacción Central

Los 87 municipios de La Paz junto a la Gobernación declararon de alta prioridad la inmunización de niñas y niños con la vacuna del Sarampión, Rubéola y la Poliomielitis (SRP), además se comprometieron a asignar mayores recursos para garantizar su cumplimiento. El responsable del Programa Ampliado de Inmunización (PAI), Max Enríquez, informó que se tomarán acciones para fortalecer los recursos administrativos, financieros, técnicos y logísticos para agilizar el proceso de vacunación integral. “Esto implica reforzar la cadena de frío, fortalecer medios

de comunicación para recuperar las bajas coberturas que se tiene en sarampión y poliomielitis”, expuso la autoridad. Entre tanto, el jefe de Gabinete del Ministerio de Salud y Deportes, Eduardo Ayllón, aseguró que es un momento muy importante para reflexionar el camino que se recorrió en la lucha contra el Covid-19, lo que debe reflejarse en el combate contra las enfermedades ya controladas o eliminadas. “Esto que hemos hecho debe reflejarse también en la lucha contra las enfermedades

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inmunoprevenibles, tenemos el sarampión, la poliomielitis, la rubéola y la tuberculosis, es decir, en la lucha contra el Covid-19 descuidamos la lucha contra estas enfermedades y eso hay que revertir”, señaló. También aseguraron la vacunación integral con todo el esquema nacional desde el recién nacido hasta el adulto mayor en todo el departamento y manifestaron el apoyo a iniciativas que permitan llegar a las poblaciones periurbanas, migrantes, dispersas y que sean identificadas como vulnerables.

MUNICIPIOS se comprometieron a trabajar para cubrir la inmunización contra las enfermedades inmunoprevenibles.

Una niña es vacunada contra el sarampión.


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Cultura & espectáculos EN LA FERIA PLURINACIONAL DE ARTESANÍA

Más de 150 obreros manuales mostrarán su producción Se desarrollará entre el 8 y el 12 de septiembre, cuando más de 150 artesanos y artesanas mostrarán sus productos. • Redacción Central

La Paz será sede de la IV versión de la Feria Plurinacional de Artesanía 2021, que se desarrollará entre el 8 y 12 de septiembre en el Parque de las Culturas y la Madre Tierra, en la estación de la Línea Roja de Mi Teleférico. La exposición contará con la participación de 115 artesanas y artesanos de diferentes rubros.

Los artesanos estuvimos dos años perjudicados, no teníamos fuentes de trabajo, estábamos olvidados. Es una alegría para nosotros esta feria, agradecemos a las autoridades”. Florencio Villca Productor y Artesano El productor de la división Artesanía Florencio Villca lamentó que su sector haya sido uno de los más perjudicados por la pandemia. “No teníamos fuentes de trabajo, nos quedamos abandonados. Es una alegría saber que ahora el gobierno se está recordando de nuestro sector”, dijo el artesano. Villca invitó a toda la ciudadanía a que pase por el Parque las Culturas y de la Madre Tierra los días de feria. “Estamos orgullosos de aportar a Bolivia con nuestras artesanías”, dijo.

// FOTO: MINISTERIO DE CULTURAS

Alimentos, textiles, artesanías en cuero, madera, hierro repujado, joyas, entre otros productos, de 36 rubros hechos con sello boliviano, serán ofertados al público con el fin de reactivar la eco-

nomía del sector y fortalecer la identidad cultural. El viceministro de la micro y pequeña empresa, Nelson Aruquipa, informó que la actividad está organizada con el Consejo Boliviano de la Artesanía, articulado con el Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización. El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, aseguró que el evento garantiza la participación de varios sectores artesanales del país, con las actividades de arte popular, artesanía utilitaria, artesanía de servicios y artesanía urbana y rural con identidad cultural. “Es importante valorar nuestras artesanías y apoyar a nuestros productores, durante cinco días expondrán obras hechas por manos bolivianas”, manifestó el ministro Huanca. La ministra de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, Sabina Orellana, destacó que la actividad pretende fortalecer al sector productivo en la comercialización y producción de las artesanías, “todo lo que se produce es cultura”, agregó la autoridad. Orellana informó que este año La Paz será sede de la Feria Plurinacional de Artesanía.

Productos elaborados en cuero y textiles.

EN CHUQUISACA

Festival reconoce a cinco culturas vivas en Poroma • Redacción Central

El municipio de Poroma se destaca por preservar cinco culturas vivas: los ch’utas, jalq’as, kájchitos, llameros y laimes. La octava versión del Festival Cultural de la provincia Oropeza se organizó con el objetivo de rescatar el legado patrimonial de esas naciones.

El municipio de Poroma expuso su pluriculturalidad mediante la demostración de sus cantos, bailes y vestimentas tradicionales de la nación quechua. Al evento asistieron autoridades municipales, originarias y ejecutivas del Gobierno nacional. “Son de gran importancia estas manifestaciones artísticas y culturales que fortalecen la conservación de los distintos elementos autóctonos, música y vestimentas típicas que conforman nuestra cultura boliviana”, expresó el diputado Jorge Yujra. La festividad se llevó adelante en el marco del 18 aniversario de la creación de la provincia Samuel Oropeza. En la oportunidad, el legislador se comprometió a perfilar estrategias de promoción y preservación de las prácticas culturales de la localidad.

Las culturas ch’utas, jalq’as, kájchitos, llameros y laimes son una construcción social que tienen una identidad propia. En ellas se expresan la permanencia de sus expresiones culturales. Entre las danzas tradicionales del municipio están la pinquillada, guitarreada, charangueada, pascua, tarqueada, comparsa con charango, comparsa con guitarra, ronda de k’aqchito, entre otras.

Riqueza de las culturas El municipio de Poroma se caracteriza por ser multicultural, su idioma nativo es el quechua, en él demuestra sus expresiones culturales para conservar la pureza de su identidad. La diversidad de sus expresiones culturales, sus usos y costumbres hacen que el municipio de Poroma sea único en el país. Los cinco grupos étnicos que lo componen muestran una marcada diferencia en cuanto a la fabricación de su vestimenta, herramientas, utensilios domésticos y otros rasgos culturales.


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Cultura & espectáculos UNA HISTORIA DE MEMORIA Y MATERNIDAD

‘Madres paralelas’ de Pedro Almodóvar inaugura el Festival de Venecia Dos mujeres, Janis y Ana, coinciden en una habitación del hospital donde van a dar a luz. Sus vidas son opuestas pero crean un vínculo estrecho. • Agencias

// FOTO: RRSS

El Festival Internacional de Cine de Venecia se inauguró ayer con la película Madres paralelas, dirigida por el laureado cineasta Pedro Almodóvar y protagonizada por Penélope Cruz y Milena Smit.

Una escena de la película de Almodóvar.

La película de Almodóvar podría hacerse acreedora del León de Oro si logra vencer ante el jurado a otras grandes cintas internacionales, como Mona Lisa and the Blood Moon, Spencer o The Power of the Dog. De acuerdo con la periodista especializada en cine y arte Stephanie Bunbury el diario Deadline, Madres Paralelas “sigue siendo, sin duda, una pe-

lícula de Almodóvar; tiene su cuota de trajes con los colores del arco iris y guiños estilísticos al público que nos hacen saber que no estamos ante algo exactamente igual a la vida real”, agregó la especialista. El primer pase de prensa en el Festival Internacional de Cine de Venecia de la película de Almodóvar finalizó con aplausos, lo que deja claro que la trama cautivó a los presentes y que los organizadores acertaron al elegirla para la noche de apertura. Madres paralelas aborda la historia de dos mujeres, Janis y Ana (Milena Smit), quienes coincidieron en una habitación del hospital donde van a dar a luz. Aunque sus vidas son completamente opuestas, las pocas palabras que intercambian crean un vínculo muy estrecho entre ellas.

Ahora me interesan más las madres imperfectas, las que viven periodos complicados de resolver. Las madres anteriores de mis filmes eran distintas, venían de la educación que recibí”. Pedro Almodóvar

Cineasta

Este año, los organizadores del festival de cine más antiguo del mundo han establecido un estricto protocolo anticovid para ayudar a mantener libre de problemas el maratón de películas de 11 días, lo cual es perfecto para Cruz. Madres Paralelas se estrenará en diciembre de este mismo año y su reparto también incluye a Aitana Sánchez-Gijón e Israel Elejalde. Pedro Almodóvar produce la película junto a su hermano menor, Agustín, y Esther García.

DESPUÉS DE LUCHAR CONTRA EL COVID-19

Fallece el reconocido músico cubano Adalberto Álvarez

• Telesur

El compositor, arreglista musical y director de orquesta cubano Adalberto Álvarez falleció este miércoles en La Habana a sus 72 años, después de 20 días de lucha contra el Covid-19.

Así lo dio a conocer la Empresa de Grabaciones y Ediciones Musicales de Cuba (Egrem), en sus cuentas de redes sociales enviaron condolencias a sus familiares y a todo el pueblo cubano.

“El Son fue su bandera, su lucha, su éxito. Y a él entregó su vida entera. Por eso, Adalberto vive y vivirá por siempre”, indica el mensaje. El presidente cubano, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, también envió sus condolencias a la familia y al pueblo cubano y manifestó que la cultura de la Isla está de luto. “Su música y su defensa total al Son quedarán para siempre. Hoy la cultura cubana está de luto”, escribió en un mensaje en su cuenta oficial en la red social Twitter. Conocido como ‘El caballero del Son’, Adalberto nació el 22 de noviembre de 1948 y fundó dos de las

más exitosas orquestas cubanas de todos los tiempos, como fueron Son 14 y Adalberto Álvarez y su Son. Estudió en la Escuela Nacional de Arte (ENA) cubana desde 1966 hasta 1972. Fue profesor de Literatura Musical en la escuela Provincial de Arte desde 1973 hasta 1978. El músico Emilio Frías, el proyecto cultural ‘El callejón de Hamel’, entre otras figuras del arte y la cultura cubana lamentaron el fallecimiento y enviaron sus condolencias a los familiares y amigos del eminente músico cubano. Fue compositor, arreglista y director de orquesta .

// FOTO: RRSS

Era conocido como ‘El Caballero del Son’ y fue declarado Premio Nacional de la Música en 2008.


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Empresa CUENTA CON LA TECNOLOGÍA MÁS ADELANTADA EN EL PAÍS

Entel programa $us 168 millones para fibra óptica y mayor acceso a internet // FOTO: ARCHIVO

Es la única empresa que brinda el acceso al servicio a través de la moderna red de manera directa en los hogares de las ciudades y 116 localidades rurales.

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MIL KILÓMETROS, aproximadamente, es la extensión de la red de fibra óptica de Entel en todo el país.

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Personal técnico en tareas de ampliación de la cobertura del servicio de telecomunicación.

• Redacción Central

La Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel) programó para esta gestión $us 168 millones, con la finalidad de ampliar la cobertura del servicio de internet en los hogares bolivianos y la conexión de fibra óptica. “Estamos realizando las inversiones respectivas este año para dotar de mayor cobertura a la población boliviana, tanto en lo que hace al acceso al internet móvil como al acceso por fibra óptica (...) este año la inversión es de 168 millones de dólares”, destacó el gerente General de Entel, Roy Méndez Soleto, en el marco de la presentación de tres nuevos planes de servicio de internet para hogares y empresas, llevado a cabo el 26 de agosto en la ciudad de La Paz. En ese sentido, la telefónica estatal inició esta gestión

el proyecto de dotación del servicio de internet de banda ancha para 103 localidades rurales del país, mediante el Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social (Prontis) administrado por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda. De acuerdo con datos oficiales, hasta ahora 116 localidades del país ya cuentan con la moderna red FTTH (acceso domiciliario a internet de alta velocidad por fibra óptica). Al respecto, Méndez Soleto dijo que actualmente Entel es la única empresa a nivel nacional que brinda el acceso al servicio de internet por fibra óptica de manera directa al domicilio en las ciudades capitales del país y 116 localidades rurales distribuidas en distintos puntos del territorio. De acuerdo con las plataformas digitales especializadas en tecnología, la fibra óptica es un medio físico de transmisión de información a importantes velocidades a través de un

Estamos realizando las inversiones respectivas este año para dotar de mayor cobertura a la población boliviana, tanto en lo que hace al acceso al internet móvil como al acceso por fibra óptica”. Roy Méndez Soleto Gerente General de Entel

tendido de cable que consiste en un filamento delgado de vidrio o de plástico, mediante el cual viajan pulsos de luz láser o LED que contienen datos. Fue durante la gestión del entonces presidente Evo Morales cuando Bolivia consolidó la conexión directa de la red de fibra óptica submarina por el océano Pacífico a través de las costas de Perú, con lo cual mejoró la calidad del servicio con tarifas accesibles. “Tenemos el acceso (a internet) más adelantado en este momento en el país que es el acceso por fibra óptica, que es el que brindamos en Entel”, manifestó Méndez Soleto. Hasta la fecha, la empresa de telecomunicaciones cuenta con una extensa red de fibra óptica que supera los 27 mil kilómetros en el país. El Gerente General de Entel agregó que para este año se tiene previsto llegar a 37 localidades rurales con la tecnología de fibra óptica y una inversión de $us 3 millones.

LOCALIDADES del área rural contarán este año con el servicio de internet por fibra óptica de la telefónica estatal, anunció el gerente general, Roy Méndez Soleto.

Brinda la misma calidad en ciudades y áreas rurales La nacionalizada Entel brinda su servicio indistintamente de la rentabilidad que pueda ofrecer el área urbana o rural, y cada región, sea la ciudad o el campo, se beneficia de la misma calidad en el acceso al internet, telefonía y televisión. “Entel no solamente se enfoca en aquellas áreas capitales y más rentables, sino que lleva el acceso a internet hacia otras áreas rurales, por ejemplo, mencionaba que tenemos 116 localidades con cobertura (de fibra óptica) en este momento, es decir, localidades que tienen la misma calidad que tenemos en las ciudades, esa es la característica de Entel”, señaló el gerente general, Roy Méndez Soleto.


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Balance LA INMUNIZACIÓN OTORGA CERTIDUMBRE

Montenegro realza la vacunación en el proceso de reconstrucción económica Afirmó que el haber asumido adecuadamente las medidas para enfrentar la pandemia posibilitó la reactivación de muchas actividades productivas. • Redacción Central

// FOTO: MINISTERIO DE SALUD

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, destacó que el plan de vacunación masiva y el hecho de haber asumido de manera adecuada las medidas para enfrentar la pandemia posibilitaron que muchas actividades productivas comiencen a normalizarse y permitan que la economía alcance importantes índices de crecimiento.

Personal de salud inmuniza a la población.

La autoridad señaló que contar en este momento con más del 40% de la población vacunable con la primera do-

sis contra el Covid-19 y cerca del 30% con la segunda dosis son elementos que brindan certidumbre a la economía. Los datos del Ministerio de Salud y Deportes indican que hasta el martes se vacunó a 6.019.660 personas entre la primera y segunda dosis en todo el país. “ H a b e r abordado de manera seria y adecuada la pandemia creo que ha posibilitado que muchas actividades hoy ya se estén normalizando, se estén volviendo a considerar en la nueva normalidad, ob-

viamente, conjugando oferta y demanda, y eso está posibilitando este crecimiento del 8,7 por ciento de la economía nacional”, afirmó. El titular de Economía aseveró que el “proceso de la vacunación es muy importante”, sumado a la aplicación de más de 4,5 millones de pruebas rápidas para la detección temprana de la enfermedad, dotación de medicamentos, el contar con más de 12 millones de inmunizantes, presupuesto para el personal médico, entre otras medidas. Montenegro presentó el martes el Índice Global de Actividad Económica (IGAE) que muestra que la economía boliviana registró en el primer semestre (enero-junio) un crecimiento de 8,7 por ciento, cuando en similar periodo de 2020 dicha variación era -12,9 por ciento. Las principales actividades que impulsan el crecimiento económico son la minería con 52,4 por ciento y la construcción con 32,8 por ciento.

// FOTO: ANH

SUSCRIBIÓ UN CONVENIO CON LA ADSIB

La ANH asume el reto de contar con una nueva identidad digital • Redacción Central

La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) apunta a contar con una nueva identidad digital dentro del Estado boliviano mediante el uso e implementación de certificados y firma digital, tras suscribir un acuerdo con la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (Adsib). “La ANH cumple con el mandato Constitucional que establece la visión y misión de la institución y de ser un ente referente del Estado boliviano que aplique la gestión regulatoria tecnológica y digital. Es así que gracias a la Adsib, hoy (por el miércoles) a través de este con-

venio podremos agilizar los trámites regulatorios que se tiene dentro del sector, además que reducirá drásticamente lo que es el Covid-19”, indicó el director de la ANH, Germán Jiménez, tras la firma del convenio con el director ejecutivo de la Adsib, Bladimir Magne, según un comunicado de prensa. Dijo que la firma del acuerdo beneficiará a más de 11.800 operadores con los que trabaja la institución a nivel nacional. “Queremos ser la primera institución que cuente al cien por ciento con la firma digital,

11.800

así lo vamos a hacer y pronto queremos ser la vanguardia”, aseveró Jiménez. Al respecto, Magne recordó que la Adsib trabaja en el uso y masificación de la firma digital en todo el sector público y privado, la cual cuenta con validez jurídica, probatoria y tiene la misma equivalencia que una firma manuscrita, que es prácticamente “imposible” poder alterar. “La ANH podrá brindar mayor seguridad en sus trámites y procesos a través del uso de la firma digital”, agregó.

OPERADORES que trabajan con la ANH serán beneficiados con la firma del acuerdo para el uso de la firma digital. El acto de suscripción del acuerdo de la ANH y la Adsib.


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Tribuna Conde de Gobineau

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Marco Antezana

José Arturo, conde de Gobineau, autor del “Ensayo sobre la Desigualdad de las Razas Humanas”, se lo considera el padre del racismo. No obstante, es pertinente reconocer que el racismo es una de las formas de segregación humana, fundado en el color de la piel, otras formas de segregación se reflejan en la moda, el lenguaje, el poder adquisitivo, la práctica de la religión, el ejercicio del poder político y el sexismo. Dentro de las actuales tendencias autoctonistas que han despertado en América Latina, términos como decolonialidad y violencia simbólica, desnudan una vez más las conductas racistas del mundo urbano-occidental, cuestionando el tradicional significado que se atribuyó al progreso, a la civilización y a la modernidad. Sobra entrar en el debate racial, y el uso obsecuente que de él hacen los totalitarismos de los privilegiados, porque sus conclusiones no nos abren a nada nuevo, suelen paralizarse en la sinecdoqueización de las justas reivindicaciones de los oprimidos y marginados. Debido a que las oligarquías al ver amenazados sus seculares ventajas , no tienen otro mecanismo de ataque que la violencia física contra el sometido que ha despertado a la libertad, es entonces cuando las tendencias especistas y etnocidas toman escenarios, convirtiéndose en espíritu que da coheren-

cia a la dictadura del abuso ilimitado, pretendiendo institucionalizarlo como política de Estado. ¡Inaudito! Lo que sí conviene advertir es tener cuidado con el racismo practicado con disfraz democrático, desde aquellos grupillos que sueñan retornar al poder político, mismos que con una alta dosis de odio proclaman históricas revoluciones. Obviamente, resulta contradictorio que en el contexto de ese discurso se vayan configurando colectivos fascitas y segregacionistas, es decir, que vamos presenciando una suerte de reescritura racial, un palimpsesto que la liliputiense mentalidad del derechismo lo ha fabricado con infalibilidad, en la medida que pretende apropiarse de los Estados en revolución, expresando —sin límites— su decastización fundada en peregrinas sociologías, nada científicas que pretenden uniformar la sociedad. Para tal cometido, esta morralla mide con la misma vara, y con una simpleza que espanta, la economía, la política, la religión y la cultura. De continuar este avasallamiento, no resultará extraño presenciar la resocialización médica que aplicó el nazismo en su demencial proyecto hegemónico de controlar todo, desconociendo lo diferente, y aún, lo opuesto. Pero, lo más sorprendente de estas anacrónicas lecturas de la realidad

latinoamericana es el despropósito de reconstruir regímenes que perduren en la inecuanimidad. Tergiversando la realidad en función de sus resentimientos y sus vendettas. Entonces, nos preguntamos: ¿cuál es el objetivo de la sobresaturación con las que nos quieren sepultar los liristas de la oligarquía? ¿En honor a la honestidad, verdaderamente se desea exterminar las desigualdades, el neocolonialismo y el endoimperialismo, o sólo se trata de soflamería? No menos sorprendente resulta que los gestores del neoliberalismo quieran convencernos, mediante una filosofía de sentina, que la atrofia mental es el nuevo orden, la nueva ortodoxia para anular la subalternidad. En consecuencia, cabe cuestionarnos a qué llamamos oportunidades para todos, o ¿son aquellos vocablos acuñados en noches de lupanar, y utilizados como eslogan para definir de forma farragosa determinadas coyunturas? Es obvio que se trata de tempestuosas extrapolaciones y de postizas proclamas que se desintegran tan pronto se contrastan con lo cotidiano, escenario en el que continuamos presenciando actitudes que niegan la promoción humana, y sí externalizan centenarios complejos de superioridad que pretenden exterminar lo originario y lo original en la creación desde la otredad. (Marco Antezana es analista político)

Vehículos eléctricos, de la ficción a la realidad

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Adolfo Añez Vidal

ace algunos años, la idea de tener un vehículo eléctrico era solamente un sueño, que hoy por hoy se ha transformado en una realidad, siendo que, en muchos países de Europa, Asia e incluso de Sudamérica ya se encuentran utilizando este tipo de vehículos y en algunos casos incluso los están fabricando. En ese contexto, el interés por los vehículos eléctricos va en aumento, y en Bolivia se está trabajando en políticas concretas de promoción de estos vehículos que no sólo contribuyen al cuidado del medioambiente, sino que también generan un ahorro significativo para el usuario; es el caso del Decreto Supremo (D.S.) N° 4539 recientemente promulgado por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, el cual también va de la mano con la modernización de nuestro parque automotor y coadyuva a la eficiencia en la producción agrícola. El mencionado D.S. tiene por objeto incentivar de manera integral el uso de la energía eléctrica para contribuir a la mejora del medioambiente, el ahorro y eficiencia energética a través de incentivos tributarios y financieros para la fabricación, compra, ensamblaje e importación de vehículos automotores eléctricos, híbridos y maquinaria agrícola eléctrica e híbrida, asimismo para equipos y/o accesorios de sistemas de energía y generación distribuida.

Esta norma establece la reducción a cero por ciento (0%) de la alícuota del Gravamen Arancelario (GA) para la importación de vehículos híbridos y eléctricos; asimismo, una alícuota del cero por ciento (0%) del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) para los vehículos eléctricos, la misma tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir de la publicación del decreto supremo. Para el acompañamiento de la medida, se modifica a 0% las alícuotas del GA para la importación de estaciones de carga (Electrolineras) que actualmente tienen una alícuota del cinco por ciento (5%); lo cual muestra que es una norma integral ya que también ofrece incentivos a la importación de partes para el ensamblado y la infraestructura necesaria para la recarga de estos vehículos, dejando en claro que no sólo será el Estado el que pueda instalar los centros o puntos de recarga, sino que también personas particulares que se encuentren con posibilidades de realizar inversiones para la instauración de estos espacios. Durante la gestión 2020, la mayor cantidad de vehículos importados son los que utilizan como combustible a la gasolina (93%); asimismo, los vehículos a diésel alcanzan a un 7%.

Es evidente que al existir una gran cantidad de vehículos que funcionan con combustibles fósiles (gasolina y diésel), el grado de contaminación del medioambiente es muy elevado, por lo que la medida adoptada es una excelente decisión por parte de las autoridades que se encuentran comprometidas con el cuidado y preservación de la capa de ozono. Por otro lado, no hay que dejar pasar por alto una situación fundamental, y es que el Estado boliviano se verá beneficiado con el alivio económico que generará la norma respecto a las subvenciones a los hidrocarburos que actualmente asigna, los cuales de un promedio de los últimos tres (3) años alcanzan aproximadamente a Bs 3.200 millones y que estos recursos podrán ser utilizados para otros proyectos de prioridad nacional. Finalmente, como un factor muy importante para la población, es que el D.S. prevé facilidades en cuanto al acceso a financiamiento para la adquisición de los vehículos y maquinaria agrícola eléctrica e híbrida, que ya está siendo impulsado por algunas entidades financieras que cuentan con tasas de interés muy atractivas y con períodos de tiempo realmente beneficiosos para los prestatarios. (Adolfo Añez Vidal es contador público).


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Editorial

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La oposición quiso acabar con la vida de Evo

l 10 de noviembre de 2019 es una fecha histórica para Bolivia debido a los acontecimientos que desembocaron en el golpe de Estado que derivó en 11 meses de dictadura y un desastre generalizado en el todo el territorio. Lo que el país no conoció hasta ahora fueron los detalles de la jornada siguiente, en la que el expresidente Evo Morales fue evacuado de Bolivia por la Fuerza Aérea Mexicana, cuando intentaron acabar con la vida del líder del Movimiento Al Socialismo y mandatario del Estado en ese momento. El presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador, dio a conocer los pormenores de esta operación comando en su libro A la mitad del camino, en el que tiene un capítulo especial dedicado a Bolivia. Desde los problemas para ingresar al espacio aéreo boliviano hasta la amenaza de atentar contra la aeronave si es que ésta no se retiraba del país en 30 minutos, todos estos episodios demuestran que el plan estaba preparado para que la oposición boliviana termine con la vida del expresidente. En las hojas dedicadas a nuestra nación, el Presidente mexicano incluye en su libro el informe oficial de la Fuerza Aérea de México, ahí se relatan las trabas, como la negativa de Perú y Ecuador para que la aeronave use su espacio aéreo para llegar a los cielos de altamar. Se conoce que fue el expresidente Jorge Tuto Quiroga, que no tenía ningún cargo público, quien se dio la atribución de determinar si Evo salía o no del país y mediante su interlocutor, el general Jorge Gonzalo Terceros Lara, dio un tiempo de 30 minutos para que el avión mexicano deje el espacio aéreo boliviano bajo la amenaza de que pasado ese tiempo no se responsabilizaban si la nave y sus tripulantes sufrían algún ataque en pleno vuelo.

Estas páginas revelan que la intención de la oposición boliviana era asesinar al Presidente boliviano y convulsionar mucho más el país, también muestran que el general Terceros, comandante de la Fuerza Aérea Boliviana, tenía conocimiento de todo el movimiento del presidente Morales desde tempranas horas del 10 de noviembre. El militar impidió la salida del avión presidencial desde La Paz rumbo a Chimoré. La presencia de efectivos militares en el aeropuerto del trópico cochabambino tenía la misión de no permitir la partida de la autoridad rumbo a México. El informe de la Fuerza Aérea Mexicana confirma que la cadena de mando se había perdido antes de la renuncia de Evo y fue transferida a una persona natural sin ninguna autoridad, como era Jorge Quiroga, quien se puso al frente de las Fuerzas Armadas y decidió la salida o no del avión mexicano del aeropuerto de Chimoré. Así se allanó el camino para el golpe de Estado y la asunción de Jeanine Añez al poder de manera irregular. “Con un tono molesto, le advirtió (al piloto mexicano) que a partir de ese momento tenía treinta minutos para abandonar el espacio aéreo de su país”, le indicó con énfasis que él (Jorge Terceros) no respondería por la seguridad de los ocupantes ni por la integridad de la aeronave si no se cumplía con su instrucción, describe el texto del libro. En la obra se menciona también que “el piloto del avión le solicitó al militar boliviano que le trasmitiera la autorización al personal (efectivos bolivianos) que se encontraba rodeando la aeronave con armas. Le solicitó además que los militares bolivianos que apuntaban el dispositivo lanzador hacia la nave dejaran de hacerlo". Hoy los involucrados no hablan del tema y se dedican al pedido de la liberación de Jeanine Añez, detenida por los actos irregulares en su condición de exsenadora del Estado.

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Tribuna Las tarifas portuarias en Arica

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Ramiro Venegas Calderón

a contextualización realizada por el periódico digital boliviano Brújula Digital se encuentra alejada de la realidad y la verdad, por lo que es necesario precisar ciertos aspectos: La Administración de Servicios Portuarios – Bolivia (ASP-B) no incrementó tarifas; es más, las que se aplican a la fecha fueron aprobadas mediante Resolución Ministerial N°494 del 4 de septiembre de 2005, con la participación de la Cámara Nacional de Comercio (CNC). El incremento al que hace referencia el periódico digital es del servicio por el que cobra la Terminal Puerto Arica (TPA), concesionaria de la Empresa Portuaria Arica (EPA), que de manera unilateral decidió aplicar un cobro del 100% de sus tarifas, desconociendo el Tratado de Paz y Amistad de 20 de octubre de 1904. Es preciso aclarar que con el acuerdo de 2019 se pagaba $us 40,69 y ahora se factura $us 63, incluyéndose $us 45 que implica la tarifa TSRD 436, también observada por la ASP-B a la estatal chilena EPA, haciendo un total de $us 108 encareciendo en un 146% producto de las tarifas impuestas sin sustento legal alguno. Es necesario precisar que la EPA, al concesionar el puerto de Arica, desde el año 2004, impone los servicios portuarios del mismo, sin dejarnos la opción de elegir al prestador de servicios que más convenga a nuestros intereses, más cuando a favor del Estado Plurinacional se reconoce y garantiza el derecho al libre tránsito comercial. Ahora, esta concesionaria está generando esta controversia sobre imposición tarifaria, a la cual la ASP-B rechazó, toda vez que no se sustenta en ninguna normativa ni acuerdo; por el contrario, sin ningún fundamento ni razón, inclusive no nos aceptaron la devolución de las facturas que materializan esta imposición y atentan contra la carga boliviana. Por otra parte, ante la desinformación que falta a la verdad y las declaraciones subjetivas y/o políticas del gerente general de la CNC, Gustavo Jáuregui, la ASP-B, se establece lo siguiente: El Artículo VI del Tratado de Paz y Amistad de 1904 suscrito entre el Estado de Bolivia y la República de Chile, indica que: “La República de Chile reconoce en favor de Bolivia y a perpetuidad el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico. Ambos gobiernos acordarán, en actos especiales, la reglamentación conveniente para asegurar, sin perjuicios para sus respectivos intereses fiscales”. Bajo este precepto normativo internacional, se evidencia que la ASP-B vela que todo lo relacionado con el sistema de libre tránsito comercial sea ejecutado o desarrollado en cumplimiento del

Mientras los bolivianos tocan el violín Félix Fernández Castro

citado Tratado, y no sea entendido como un tema netamente comercial; como lo sostiene el ejecutivo de la CNC, bajo el lineamiento de la chilena EPA y en un evidente ataque político sin fundamento, generado mediante actos de desinformación mediática. En este contexto, se hace evidente el desconocimiento de nuestra normativa interna por parte del Gerente General de la CNC; así como del contenido del Tratado de 1904 y convenios vigentes, por el cual se reconoce a favor del Estado boliviano a perpetuidad el más amplio y libre tránsito comercial por los puertos del Pacífico. Por ese reconocimiento, la ASP-B se constituye en el Agente Aduanero que precautela la soberanía de la carga boliviana en tránsito. Por lo tanto, las declaraciones del ejecutivo de la CNC carecen de un sustento, ello aparentemente debido a la desinformación y posturas de la estatal chilena EPA que sólo vela por sus intereses, creando sin ninguna razón incertidumbre en los actores que participan de la cadena logística del comercio exterior boliviano. En ese entendido, la ASP-B, en su condición de Agente Aduanero oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, cumple el rol de fiscalizar la carga boliviana, en cumplimiento del Tratado de Paz y Amistad de 1904 y demás convenios vigentes que rigen esta materia; por lo cual, no es posible supeditar el tratamiento de tarifas que guarda directa relación con el libre tránsito, a un relacionamiento netamente comercial, más cuando el citado Tratado establece que el mismo debe ser reglamentado por mutuo acuerdo y en actos especiales; lo contrario implicaría el desconocimiento y pérdida de la soberanía de la carga boliviana en tránsito y sometimiento a la normativa interna de Chile. Finalmente, bajo un sentimiento patriótico común entre todos los bolivianos, es necesario sumarse a la ASP-B, hacer un llamado a los actores que participan y se involucran en la cadena del comercio exterior boliviano, a estar unidos para afrontar los atropellos e imposiciones de instituciones chilenas, del cual nuevamente el país es víctima. Es fundamental exhortar a los bolivianos a no hacer declaraciones sesgadas y mentirosas, ni mucho menos ser portavoces de entidades extranjeras que causan división, confusión e incertidumbre en el país. (Ramiro Venegas Calderón es secretario del Comité de Política Internacional, Protección al Migrante y Organismos Internacionales).

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uillermo Martínez, hermano de Nel Martínez, senador de Estados Unidos dijo en 2005 sobre Bolivia: “Mientras tocan el violín”: ¿Qué haría Estados Unidos si Bolivia se une a Venezuela y Cuba, países que ven al gobierno norteamericano como enemigo? ¿Qué haría la Organización de Estados Americanos (OEA) si los departamentos cercanos a Santa Cruz deciden crear un gobierno propio y se separan de La Paz?”, en alusión a que los bolivianos no sabemos lo que nos pasa, o como decía Andrés Solís Rada. “Chile está creando una serie de condiciones destinadas a una intervención pacífica o de otra naturaleza a la vista y paciencia de los gobernantes de turno y de una obsecuente política entreguista hacia Chile”. Hoy es evidente en las instituciones encargadas de la seguridad nacional e informar a la sociedad, como las universidades, medios de comunicación sobre amenazas de un vecino históricamente hostil. El ministro de Educación de Augusto Pinochet en 1974, Hugo Castro: “Existe, estamos ciertos, una extraordinaria semejanza entre el momento actual de nuestra patria y aquel vivido hace 140 años (…) Portales tuvo la percepción certera del mal que aquejaba a Chile y la intuición preclara del enérgico remedio requerido”, refiriéndose a la alianza anglochilena para apoderarse de las riquezas de Atacama. En 2005, el excanciller de Carlos Mesa, Juan Ignacio Siles, después de un año y medio dijo: “Chile promovió intervención a Bolivia en junio de 2004 (…) El delegado chileno José María Insulza lanzó la propuesta en la última reunión de la OEA”. Un documento chileno (2000) “Naciones y Territorialidad en los Andes Centrales dice: “Las divisiones entre el altiplano y el oriente boliviano son tan profundas como dos mundos distintos (…) La recuperación de la “Nación Aymara” puede significar el fin de la república de Bolivia y apartar las tierras bajas de Santa Cruz, Tarija, Pando y Beni (…) se levanta el concepto de República Federal, o el secesionismo de la agónica república gobernada desde La Paz (…) El mapa político de Sudamérica está por cambiar”. Mark Falcoff, exasesor del Senado de Estados Unidos (1986/88) escribió: “Los últimos días de Bolivia”: “(...) las repúblicas no cometen suicidio, Bolivia podría ser la excepción (…) los gobiernos americanos tienen que tener conciencia de que se puede estar a un paso de presenciar la alteración más importante del mapa sudamericano en más de 100 años.” Esto lo repite en entrevista del diario chileno La Tercera en 2004. Mark Falcoff en 2003 dijo: “Bolivia: una rebelión que no lleva a ninguna parte”. Evo Morales culpa a Estados Unidos por la pobreza de América Latina y pide la creación de una única nación latinoamericana (…) convierte a Bolivia en el país más disfuncional de Sudamérica, es decir, si es que sigue siendo un país en lugar de dos”. La presencia de Chile en la conspiración contra la integridad de Bolivia es innegable y demuestra que están en Santa Cruz como en Antofagasta en 1879. El canal 13 TVU en 2005 denunció: “Banderas chilenas en desfile cívico cruceño” el 24 de septiembre (…)”. (Félix Fernández Castro es analista e investigador)


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JUEVES/ 29 / 2 / 08 09 / 2021 DOMINGO

Tribuna ¿Por qué CC y Creemos no apoyarán el juicio contra Añez?

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Gabriel Villalba Pérez

ersonajes que pertenecen más a la arqueología política boliviana que a la actualidad coyuntural han osado manifestar que antes de apoyar cualquier juicio de responsabilidades contra la exmandataria del régimen de facto, Jeanine Añez, se debe reestructurar todo el sistema judicial. Estos espectros de la política, que sobreviven el paso de los años por el impulso mediático constante de los medios hegemónicos de comunicación alineados con los intereses empresariales, incluso han instrumentalizado a conveniencia el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes GIEI – Bolivia. Se deben diferenciar y demarcar con especificidad dos periodos de tiempo: el primero de todos los hechos acontecidos antes del 12 de noviembre (fecha exacta de la autoproclamación de Añez) y, por otro lado, el periodo de 11 meses posterior al 12 de noviembre. El primer periodo de tiempo donde se quemaron casas de campaña del MAS, amedrentó, amenazó y violentó a militantes, autoridades y simpatizantes del Movimiento Al Socialismo, quemaron tribunales electorales departamentales, donde campeó la violencia a través de grupos armados irregulares como Resistencia Juvenil Cochala (RJC) y Unión Juvenil Cruceñista (UJC), de motines policiales, subversión del orden constitucional vigente, autoproclamación en la Cámara de Senadores y posterior autoproclamación en el Palacio Quemado con la biblia en mano y banda presidencial puesta por un militar son los acontecimientos

hasta el 12 de noviembre por los que Añez se encuentra actualmente en prisión. Que, sin lugar a dudas, tienen a muchos otros responsables que actualmente no han respondido ante la justicia ya que hábilmente han sacrificado a su caballo de Troya (Añez). El segundo periodo de tiempo corresponde a los 11 meses posteriores a la autoproclamación (12 de noviembre de 2019). Donde suscitaron masacres sangrientas, ejecuciones sumarias, desfalcos millonarios y violaciones sistemáticas a los derechos humanos fundamentales, además de protección vía Decretos Supremos de todas las acciones criminales perpetradas por las fuerzas policiales y militares durante el nefasto régimen de facto. Es este segundo periodo de tiempo por el cual Jeanine Añez debe responder en juicios de responsabilidades al igual que todo su gabinete ministerial y sus aliados políticos que cogobernaron con ella validando una supuesta legitimidad y legalidad. Es precisamente por esta razón que los aliados políticos de Añez, tanto del primer periodo de tiempo como del segundo, aluden que se debe reformular totalmente la justicia, pero a su gusto y conveniencia; eso es lo que omiten decir claramente. La estrategia de estos espectros de la política consiste únicamente en ganar tiempo mientras desempolvan algunas “banderas de lucha” y repiten su vieja retórica caduca del 2019; que de momento no les está generando las ad-

hesiones que esperaban. Crean nuevos fantasmas, en esta ocasión “persecución política” para seguir fomentando el falso debate de “fraude electoral”. Buscan empantanar a la población en su ya defenestrada falacia de fraude electoral y de esa forma negar el evidente y comprobado golpe de Estado de 2019 y sus crímenes acontecidos durante los 11 meses de desgobierno. Por si no pareciera caricaturesca la propuesta de reformular todo el sistema judicial en 90 días, sistema que tiene cimientos clasistas, logieros, racistas y coloniales desde la fundación de Bolivia por los doctorcitos de charcas. Todavía se osa tratar de imponer el origen de los futuros operadores de justicia made in Colegios de Abogados. Para estructurar un sistema judicial funcional a sus intereses de impunidad. Hasta no lograr controlar el sistema judicial boliviano por operadores afines a los intereses de CC y Creemos, sus bancadas en la Asamblea Legislativa Plurinacional no apoyarán ningún juicio de responsabilidades contra Añez. Poco o nada les importa la justicia para las familias de los muertos, heridos y detenidos ilegalmente del régimen de Añez con el cual cogobernaron; les importa su impunidad para seguir lucrando de la política y encantando ratas, como el flautista de Hamelin, que después desecharán tal como lo hicieron con la denominada “revolución pitita”. (Gabriel Villalba Pérez es abogado y analista político)

El armamento yanqui de los talibanes

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Jaime Iturri Salmón

n agosto llegó la Navidad para los talibanes y eso que ellos son musulmanes y no celebran esta fiesta. Pero Papá Noel les ha dejado a los muyahidines miles de armas y municiones como para incendiar toda la zona donde viven. Y claro que los vecinos de Afganistán están preocupados. Y con razón: entre las armas que quedaron regadas en el país que los gringos acaban de abandonar o las que dejaron en manos del ejército pro Norteamérica, cuyos integrantes pusieron pies en polvorosa a pesar de tener 9 veces más efectivos que los talibanes, hay 20 de los supermodernos F 40 cuyo costo por unidad supera los mil millones de dólares, y centenares de helicópteros Black Hawk (Halcón Negro) y Apache. Además de fusiles de asalto, ametralladoras antiaéreas, misiles tierra-tierra y tierra-aire. La lista sigue, pero ya está claro que si la guerra fue un desastre militar y económico la retirada fue otro tanto.

Grupos musulmanes violentos hay en Paquistán, en Turquía y entre las exrepúblicas de lo que fue la Unión Soviética, sobre todo en Turquemistas, Usvequistán y Chechenia. ¿Irán a parar algunas de estas armas en manos de estos radicales? No quepa la menor duda. El propio origen de los talibanes tiene que ver con Estados Unidos, que los potenció, financió y armó para que lucharan contra los soviéticos. Y entre ellos estaba Osama Bin Laden, el que fuera el hombre más buscado por Estados Unidos que se cargó el Pentágono y las Torres Gemelas. Y ahora los talibanes quedan envalentonados y, además, armados hasta los dientes. Claro está que no poseen personal capacitado para manejar todo el arsenal, pero así como sobrevivieron vendiendo opio nada les impedirá vender lo que no puedan conducir. Hoy hasta parece una broma de mal gusto el hecho de que en 2005 los norteamericanos

hubieran comprado los 6 misiles tierra aire que Bolivia tenía regalo de los chinos. La explicación fue que aunque esas armas no servían para derribar aviones de combate, sí se podrían emplear para hacerlo con aviones comerciales. Ni siquiera le preguntaron al presidente de la por entonces República de Bolivia, Eduardo Rodríguez Veltzé. Directamente se llevaron los misiles previo pago de gastos de libre disponibilidad y los desarmaron. Y ahora dejan una cantidad de armas infinitamente más peligrosas y regresan a su país. Y no es que crea que deberían quedarse en Afganistán, para nada, cada país debe autodeterminarse y los propios afganos deberán encontrar el tipo de gobierno que les dé la gana. Pero una retirada tan caótica y mal llevada sólo comprueba una cosa: Estados Unidos ha dejado de ser la principal potencia del mundo, aunque su estrella tarde todavía en terminar de declinar.(Jaime Iturri Salmón es periodista)

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La Paz - Bolivia / jueves 2 de septiembre de 2021

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL Nº 11/2021 El Consejo de la Magistratura, con la facultad conferida por el art.193 y 195 de la Constitución Política del Estado, arts. 18, 83, 87, 88 y 183 parágrafo IV numeral 3, de la Ley Nº 025 y el Reglamento de Preselección, Selección y Designación de la Conciliadora o Conciliador del Órgano Judicial, convoca públicamente a profesionales en las áreas de ciencias jurídicas, sociales y/o humanísticas, que cumplan con el Perfil de la Conciliadora o Conciliador del Órgano Judicial previstos en el art. 6 del referido Reglamento y demás requisitos establecidos, al Concurso de Méritos y Examen de Competencia, para desempeñar el cargo de: CONCILIADORA O CONCILIADOR DEL ÓRGANO JUDICIAL PARA JUZGADOS PÚBLICOS EN CAPITALES Y PROVINCIAS Nota. - Las listas de los cargos convocados por acefalia, por distrito se publicarán en la página Web del Consejo de la Magistratura I. REQUISITOS GENERALES. - Los postulantes deberán cumplir con lo estipulado en el art. 234 de la Constitución Política del Estado y Articulo 87 de la Ley 025 del Órgano Judicial. II. DOCUMENTACIÓN MÍNIMA HABILITANTE. 1.

Certificado de nacimiento (Fotocopia simple);

2.

Cédula de identidad vigente (Fotocopia simple);

3.

Libreta de Servicio Militar, solo para varones (Fotocopia simple);

4.

Declaración jurada ante Notario de Fe Pública o certificado idóneo, expedido por autoridad de la comunidad a la cual pertenece o instituciones académicas que habla además del castellano, el idioma originario predominante del lugar o región donde se postula o ejercerá el cargo. (Original);

5.

Certificado de registro domiciliario o de residencia expedido por la Policía boliviana del lugar, o último certificado de sufragio expedido por el Tribunal Departamental, o declaración jurada ante Notario de Fe Pública (Original); Certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y Certificado de no Violencia (CENVI) emitido por el Consejo de la Magistratura. (Original); Título en Provisión Nacional de licenciatura en las áreas de ciencias jurídicas, sociales y/o humanísticas (Fotocopia simple);

6. 7. 8.

Declaración jurada ante Notario de Fe Pública de no estar comprendida o comprendido en las prohibiciones e incompatibilidades señaladas en el art. 239 de la Constitución Política del Estado y art. 22 de la Ley Nº 025, específica para la convocatoria (Original);

9.

Certificado actualizado de estar inscrita o inscrito en el Padrón Nacional Electoral, expedido por el Servicio de Registro Cívico - SERECI del Tribunal Departamental Electoral (Original);

10.

Certificado de Antecedentes Disciplinarios, expedido por el Consejo de la Magistratura y/o por el Ministerio Público, exclusivo para la convocatoria (Original);

11.

Formulario de Hoja de Vida, llenada e impresa del sistema informático de registro de postulación del Consejo de la Magistratura en la página http://magistratura. organojudicial.gob.bo será presentada en físico y la documentación de respaldo de la hoja de vida, deberá estar debidamente foliada y firmada, guardando relación con el llenado de la hoja de vida electrónica; no se tomará en cuenta otra documentación no citada en el formulario ( Original);

12.

En caso de haber fungido como conciliador en un primer periodo de funciones, deberá presentar documento de calificación por evaluación periódica emitido por el Consejo de la Magistratura (Original).

La no presentación de alguno de los documentos señalados anteriormente será causal de inhabilitación. Las declaraciones juradas ante Notario de Fe Pública, requeridas en la presente convocatoria, podrán ser presentadas en un solo documento. Para que las certificaciones exigidas sean consideradas actualizadas no deben tener una data mayor a 60 días calendario al cierre de la convocatoria. El Consejo de la Magistratura, se reserva el derecho de solicitar la documentación original para efectos de verificación. En caso de identificarse falsedades u otras irregularidades en la documentación presentada, la institución se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes. En la calificación de méritos, se valorará con puntaje adicional, los siguientes aspectos: Mejores calificaciones, las y los postulantes que hubieren obtenido su título universitario por excelencia, se adicionará 2 puntos en la calificación de méritos, debiendo acreditar con documento idóneo la obtención del título por excelencia o certificado de calificaciones con puntaje mínimo de 75 puntos de promedio general de toda la Carrera, para las y los postulantes que obtuvieron su título antes de la existencia de la modalidad de titulación por excelencia. Conocimiento de la realidad para asientos judiciales de provincias, a las y los postulantes que residan por diez (10) o más años en la provincia a la que postulan, se adicionará 2 puntos, a cuyo efecto deberán acreditar con certificado de registro domiciliario o de residencia, expedido por la Policía Boliviana del lugar; o último certificado de sufragio expedido por el Tribunal Departamental Electoral; o declaración jurada ante Notario de Fe Pública. Los cargos acéfalos y el Reglamento de preselección, selección y designación de la Conciliadora o Conciliador del Órgano Judicial, deben ser consultados en la página web del Consejo de la Magistratura. Las y los interesados podrán postular a un sólo cargo de conciliación. III. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE POSTULACIONES. - Dentro del término previsto la o el postulante deberá presentar el formulario electrónico impreso, la documentación mínima habilitante y documentación de respaldo del Concurso de Méritos en la Secretaría de la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura donde se postula, a partir del lunes 30 de agosto 2021, hasta horas 14:30 del 17 de septiembre 2021. Los sobres de postulación deben consignar el siguiente rótulo: SEÑORES: CONSEJO DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS ………(Distrito)……. — BOLIVIA CONVOCATORIA N°……………................................................................................................................................... POSTULACIÓN AL CARGO DE............................................................................................ LUGAR O REGIÓN DONDE SE POSTUL A Y EJERCER Á EL CARGO …................................ N O M B R E D E L P O ST U L A N T E…………........................................................................... C.I. N º……........................................................................................................................... DIRECCIÓN DEL POSTUL ANTE……………………………………………....................................... TELÉFONO/CELUL AR.......................................................................................................... CORREO ELÉCTRONICO……………………………………………………......................................... 29 de agosto de 2021


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Regiones VALORÓ EL TRABAJO DE ENTIDADES Y VOLUNTARIOS

El presidente Luis Arce Catacora destacó ayer que el 95% de los incendios en el oriente boliviano fue controlado y apagado, como resultado del esfuerzo y apoyo de instituciones públicas y privadas, personal militar, policial, bomberos, voluntarios, municipios, entre otros.

Agradeció la cooperación de las instituciones públicas y privadas, así como el apoyo aéreo de helicópteros, como el Súper Puma. Bomberos, policías, militares, voluntarios y otros coadyuvan en la mitigación de incendios.

ceministro de Defensa Civil, Juan Carlos Calvimontes, informó que se movilizó a 5.000 efectivos militares en todo el territorio, en el marco del Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra los Incendios, denominado ‘En defensa de la vida y el medioambiente’. El 8 de agosto, la autoridad manifestó que se trasladó a la Chiquitania un helicóptero Súper Puma, 30 mil litros de combustible, maquinaria pesada, vehículos con bombas antifuego, alimentación para todas las personas que estaban en esa región combatiendo los incendios forestales, mangueras, baterías, cuchillas, elementos eléctricos, entre otros insumos.

// FOTO: YPFB

“Controlamos y apagamos el 95% de los incendios en el oriente del país. Valoramos el trabajo de los ministerios de Defensa y de Gobierno que, con la movilización de efectivos militares, policiales, bomberos voluntarios y los municipios, están aplacando las llamas”, escribió el Jefe de Estado en su cuenta de Twitter @LuchoXBolivia. Arce Catacora, en otro tuit, también agradeció la cooperación de las instituciones públicas y privadas, así como el apoyo aéreo de helicópteros, como el Súper Puma, y de maquinaria pesada que “nos ayudó en esta intensa tarea”. En julio de este año, el vi-

Arce destaca que el 95% de incendios fue controlado y apagado en el oriente

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

CON BS 7 MILLONES DE INVERSIÓN

YPFB inicia obras de gas a domicilio en el Valle Bajo de Cochabamba • Redacción Central

Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) empezó las obras civiles y mecánicas destinadas a la construcción de la red secundaria y ampliaciones del servicio de gas domiciliario en los municipios de Santiváñez, Capinota y Sipe Sipe, del departamento de Cochabamba, en beneficio de 790 usuarios, con una inversión aproximada de Bs 7 millones.

Trabajos de conexión de redes de gas a domicilio.

La estatal petrolera, mediante un comunicado de prensa, señaló que las obras de inversión contribuyen a reactivar la economía de la región.

El proyecto se inicia con la construcción de redes secundarias en el Cantón Mallco Rancho del municipio de Sipe Sipe. El monto económico invertido abarca, además, la construcción de acometidas e instalaciones internas. “Este recurso (el gas natural) tan importante ahora va a llegar a todos nuestros domicilios, pero también tenemos que estar conscientes que debemos cumplir con los requisitos previstos por la normativa”, manifestó el alcalde de Sipe Sipe, Félix Galarza, quien felicitó a la población de Mallco Rancho por la tarea conjunta de dirigentes vecinales y vecinos con fiscales y supervisores de obra que posibilitan la ejecución de este proyecto.

PROYECTO, INVERSIÓN Y BENEFICIARIOS La provisión de gas natural por ductos tiene un costo por usuario que supera los Bs 8.000 en este sector, indicó el Distrital de Redes de Gas Cochabamba, Carlos Zavaleta. Añadió que a partir de 2011 hasta la fecha se llegó a más de 200 mil usuarios, que significan aproximadamente un millón de habitantes en el departamento de Cochabamba. Para esa tarea se llegó a invertir más de Bs 1.600 millones, destacó Zavaleta.


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Orbe LA INICIATIVA ES DEL PRESIDENTE DE MÉXICO

Grupo de Puebla respalda propuesta de crear un nuevo organismo regional La entidad aseveró que lo ocurrido en los últimos años con la OEA ha dejado de manifiesto su falta de neutralidad en varios casos. • Telesur

// FOTO: TELESUR

El Grupo de Puebla expresó ayer su apoyo a la iniciativa propuesta por el Gobierno de México sobre la creación de un nuevo organismo regional que represente un espacio para la discusión.

El presidente mexicano propuso, el 24 de julio, la conformación de un nuevo organismo.

En un comunicado publicado en su portal web, el Grupo de Puebla indicó que en este nuevo organismo podrán escucharse las voces de todos los pueblos latinoamericanos “sin imposiciones en la búsqueda de desarrollar una agenda basada en la democracia, los derechos humanos y

la paz”. Además, refieren que el nuevo ente podría ser el resultado de una nueva Celac (Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños), “fortalecida y empoderada, de los actuales mecanismos subregionales de integración o la ampliación de Unasur” (Unión de Naciones Suramericanas). El Grupo de Puebla aseveró que lo ocurrido en los últimos años con la Organización de Estados Americanos (OEA) ha dejado de manifiesto la falta de neutralidad de dicho organismo

al regirse por los intereses del Gobierno de Estados Unidos (EEUU). “Así ha quedado demostrado con las abusivas intervenciones del secretario general (Luis) Almagro en la legitimación del golpe de Estado en Bolivia, y el lanzamiento de operaciones militares punitivas contra Venezuela desde la frontera colombiana”, precisa el texto. El Grupo de Puebla considera que este nuevo mecanismo, que sería empoderado e independiente, puede servir para un nuevo espacio de relacionamiento entre EEUU y Canadá con la región, siendo “robusto y constructivo y acorde con las prioridades de las dos partes”. El presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador propuso, el 24 de julio, la con for mac ión de un organismo de integración latinoamericano que sustituya a la OEA, “pero apegado a nuestra historia, a nuestra realidad y a nuestras identidades”.

// FOTO: CREDITO DE FOTO

ESTÁN EN JUEGO 5.000 KILÓMETROS DE LECHO Y SUBSUELO

Argentina rechaza medida chilena sobre límites marítimos • Prensa Latina

El canciller argentino, Felipe Solá, ratificó hoy la postura de rechazo a la decisión de Chile relativa a espacios marítimos, con la cual pretende apropiarse de una parte de la plataforma continental de esta nación. El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, y el secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Daniel Filmus, expusieron ante el Senado, que debatió un proyecto para rechazar el decreto chileno, que decidió actualizar su carta náutica e incluir una parte de la plataforma marítima al sur del Mar de Drake y el Cabo de Hornos. “Lo que está en juego son

5.000 kilómetros cuadrados de la plataforma continental de Argentina, inobjetables, y al mismo tiempo 25 mil kilómetros de lecho y subsuelo marino que forma parte del patrimonio de la humanidad, que Chile con este decreto se apropia”, remarcó Solá al exponer ante la Cámara Alta. El jefe de la diplomacia argentina resaltó además que la aspiración chilena contradice la letra y el espíritu del Tratado de Paz y Amistad rubricado en 1984, manifestando una vocación expansiva que Argentina

1984

rechaza. La citada pretensión resulta contraria al artículo 7 de dicho tratado, precisó. Solá resaltó que Chile no puede pretender proyectar su soberanía, en ninguno de esos ámbitos marítimos, agua, lecho y subsuelo, más allá de los límites acordados en dicho artículo, y recalcó que tiene derecho a estar en el oeste, no en el este. Casi al término de su presentación, Solá afirmó que tienen que negociar y recurrir a un tribunal, pero pidió a quienes no comparten la política del Gobierno decir quién tiene la razón.

ES EL AÑO DEL TRATADO firmado entre los países y que Chile estaría contradiciendo, específicamente el artículo 7. El Canciller de Argentina durante sus declaraciones.


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Orbe

VISTOS:

MENSAJE DEL PRESIDENTE DE RUSIA

Con EEUU en Afganistán la tragedia se expandió Vladímir Putin subrayó que “hay que entender que es imposible imponer nada desde afuera”. • RT

El presidente de Rusia, Vladímir Putin, ha comentado la situación en Afganistán. El mandatario dijo que la presencia estadounidense de dos décadas en ese país sólo resultó en tragedias.

“Es imposible imponer nada desde afuera” Refiriéndose a las raíces de la actual situación en Afganistán, Putin subrayó que “hay que entender que es imposible imponer nada desde afuera”. Los Estados deben brindar asistencia a otros países de manera civilizada, apuntó el mandatario. INVESTIGACIONES El Ministerio de Exteriores de China ha exigido que se investiguen los crímenes supuestamente cometidos por las fuerzas de Estados Unidos durante su presencia militar en Afganistán en los últimos 20 años. Pronunciándose sobre los recientes reportes de que los estadounidenses dispararon contra la población civil tras el atentado en la entrada del aeropuerto de Kabul el jueves 26 de agosto, el portavoz ministerial Wang Wenbin no emitió comentarios directos al respecto, pero se

limitó a enumerar ocasiones previas cuando los civiles murieron a causa de las acciones militares de EEUU en el país. Afirmó que en 2002 la Fuerza Aérea de EEUU llevó a cabo un ataque aéreo contra una boda en la provincia de Uruzgán, que dejó más de una decena de muertos entre civiles y más de un centenar de heridos, mientras que en 2008 las tropas norteamericanas mataron a casi 100 civiles durante un ataque contra un pueblo de la provincia de Herat.

33 MUERTES REPORTA China durante el bombardeo de las fuerzas de la OTAN en la provincia afgana de Daikondi en 2010 y otros 30 asesinados por drones estadounidense en 2019.

// FOTO: RT

“Durante 20 años, las tropas estadounidenses estuvieron presentes en Afganistán y durante 20 años intentaron civilizar a la población local, en un sentido más amplio, para imponer su propias normas y estándares, incluidos los relacionados con la organización política de la sociedad”, señaló Putin en una reunión con escolares en Lejano Oriente. Según destacó el líder ruso, “esto sólo resultó en tragedias, tanto para quienes lo hicieron, EEUU, y aún más para las personas que viven en Afganistán”. “El resultado es cero, por no decir negativo”, lamentó.

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RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 068/2021 La Paz, 31 de agosto de 2021

La Ley N° 356 General de Cooperativas de 11 de abril de 2013, el Decreto Supremo N° 1995 de 15 de mayo de 2014, la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002, la Resolución Administrativa N° 0005/2014 de 29 de octubre de 2014 y sus modificaciones y, la normativa vigente. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 356 de 11 de abril de 2013, se crea la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas - AFCOOP, como institución pública técnica y operativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con independencia administrativa, financiera, legal y técnica bajo la tuición del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, con jurisdicción y competencia a nivel nacional. Que, el Decreto Supremo N° 1995 de 13 de mayo de 2014, en el inciso a) del Artículo 91 y Parágrafo I del Artículo 93, dispone que el Nivel Ejecutivo en la estructura orgánica de la AFCOOP, está constituida por la Directora o Director General Ejecutivo, quien constituye la máxima autoridad y representante legal de esta Autoridad. Que, mediante Resolución Administrativa N° 0005/2014 de 29 de octubre de 2014, se aprobó el Manual de Trámites Administrativos de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas y ulteriores modificaciones, respecto a los trámites de verificación y reserva de denominación, otorgación de personalidad jurídica, inscripción de Consejos de Administración y Vigilancia, inclusión y exclusión de asociadas y asociados, autorización de cambio de domicilio legal, legalizaciones y certificaciones, registro de memoria anual y estados financieros, entre otros. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002 de Procedimiento Administrativo, señala en su Artículo 7 que: “Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada y resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo”. Asimismo, agrega: “El delegante y el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley No 1178, de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias.” Que, el parágrafo V del Artículo 7 de la citada Ley, expresa: “La delegación es libremente revocable, en cualquier tiempo, por el órgano que la haya conferido sin que ello afecte ni pueda afectar los actos dictados antes de la revocación” Que, el inciso b) del Artículo 62 del Decreto Supremo N° 27113, establece: “En el procedimiento la autoridad administrativa tiene los siguientes deberes y facultades: (…) Avocar y delegar competencias.” Que, la Máxima Autoridad Ejecutiva de la AFCOOP, cumple funciones en la ciudad de La Paz, con jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional, existiendo la necesidad de su traslado en misión oficial a otros departamentos del Estado Plurinacional de Bolivia, a fin de desempeñar sus funciones asignadas, de tal forma, resulta necesario optimizar las tareas y lograr resultados efectivos, con economía, celeridad, eficiencia y eficacia en la atención de las solicitudes de emisión de fotocopias legalizadas y certificaciones verificación y reserva de denominación, coligiéndose por la necesidad de delegar la firma en los citados procesos administrativos. Que mediante Resolución Suprema Nº 27294 de 02 de diciembre de 2020, se designó como, Director General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, al ciudadano Fernando Fuentes Daza. POR TANTO: El Director General Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley; RESUELVE: PRIMERO. - Delegar expresamente al Director de Control y Fiscalización, Miguel Ángel Buitrago Medrano y en caso de su ausencia a la Directora Jurídica, Alejandra Paola Lopez Maida, la firma de: Resoluciones Administrativas, Resoluciones Administrativas Particulares y Resoluciones Regulatorias, Notas Externas, Comunicados, Instructivos, Contratos Administrativos, Certificaciones, Verificación y Reserva de Denominación. SEGUNDO. - A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, se determina que la presente Resolución Administrativa sea publicada en un medio de prensa de circulación nacional. TERCERO. - Dejar sin efecto todas las Resoluciones Administrativas contrarias a la presente Resolución Administrativa. CUARTO. - La Dirección Administrativa Financiera, Dirección de Control y Fiscalización, y la Dirección Jurídica, quedan encargadas del cumplimiento de la presente Resolución Administrativa. Regístrese, comuníquese y notifíquese.

AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE COOPERATIVAS “AFCOOP”

AVISO DE CORTES PROGRAMADOS DÍA: SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021 SISTEMA NORTE MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:00 hasta horas 12:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Uquina, Huayruro, Leuca, Silala, Chaupi, Lejna, Alto Lejna, Laza, Yalica, Llojeta, Terciana, Tejada Sorzano, Yabalo, Thaco, Huiri Lanza; antena Radio Sol y antena Entel del municipio Irupana, provincia Sud Yungas. DÍA: DOMINGO 5 DE SEPTIEMBRE DE 2021 CIUDAD DE LA PAZ MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Dejando sin suministro de energía eléctrica POR EL LAPSO DE UN MINUTO, CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 01:00 Y 03:00 a las zonas: Amor de Dios, Aranjuez, Valle de Aranjuez, Sequoia, Providencia, Valle de la Luna, Mallasilla, Valle del Sol, Chullpani, Mallasilla Golf Club y calles adyacentes. VIACHA MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 01:00 hasta horas 01:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la Comunidad Ingavi y Campos de Ingavi Distrito 3 del municipio Viacha.

www.delapaz.bo POR NORMAS DE SEGURIDAD LAS INSTALACIONES DEBEN CONSIDARARSE ENERGIZADAS PERMANENTEMENTE. EL SUMINISTRO PODRÁ SER RESTABLECIDO SIN PREVIO AVISO.

Empresa supervisada y regulada por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN)

10.10 x 12.4 2x3 Evacuación de los militares estadounidenses del aeropuerto de Kabul, Afganistán, 30 de agosto de 2021.

Relaciones Públicas y Comunicación La Paz, 1° de septiembre de 2021


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Últimas El libro A la mitad del camino, del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en el capítulo ‘Misión Bolivia’ que relata la salida de Evo Morales del país, prueba que sí hubo un golpe de Estado, afirmó el escritor y director de la revista mexicana Presente, Hugo Antonio Garciamarín Hernández.

Libro de AMLO prueba que sí hubo golpe de Estado en 2019 La revelación hace más fuerte la exposición de la inmoralidad de quienes niegan que se haya registrado una toma inconstitucional del poder. cial, el piloto alcanzó a observar desde el lado izquierdo de la cabina de mando, y cuando casi alcanzaba los 1.500 pies sobre el terreno, una estela luminosa similar a la característica de un cohete en la posición de las siete (atrás, a la izquierda de la trayectoria del avión) por debajo del horizonte”, señala el documento. De acuerdo con la descripción del piloto, la estela luminosa provino justo desde esa posición. “Efectuó un viraje ceñido hacia el lado contrario de la trayectoria del proyectil [lado derecho], incrementando el régimen de ascenso para evitar el impacto, observando que la traza, muy por debajo de la aeronave, efectuaba una parábola hacia el terreno sin haber alcanzado la altura que en ese momento ya tenían, aproximadamente a 3.000 pies [unos 915 metros] sobre el terreno”, señala un fragmento del libro. El informe de la Fuerza Aérea Mexicana (FAM) reveló que un proyectil fue lanzado contra el avión en el que rescataron al expresidente boliviano,

justo en el momento en que despegó del aeropuerto de Chimoré en noviembre de 2019. “El Presidente (mejicano) reconoce que no estaba tan seguro cuando Evo Morales le comentó que le salvaron la vida, de que eso había sido así, él pensaba que había sido una forma de agradecimiento, pero al recibir el informe de la Secretaría de Defensa descubre que en efecto fue así”, indica Garciamarín. El escritor comentó que en una anterior oportunidad el ministro de Relaciones Exteriores de México, Marcelo Ebrad, indicó que con el rescate de Evo Morales se podría escribir un libro porque hay muchos detalles que aún no salieron a la luz. Afirmó que después del rescate pasaron muchos sucesos en las altas esferas de la Cancillería que aún no se conocen. En un parafraseo de análisis al libro de López Obrador, mencionó que la ruptura constitucional se dio por una confabulación de intereses extranjeros y fuerzas reaccionarias bolivianas.

El expresidente Evo Morales en el avión que lo trasladó a México en 2019.

FUE PRESA POLÍTICA EN EL GOBIERNO DE FACTO DE AÑEZ

// FOTO: GONZALO JALLASI

“Para mí lo que menciona el Presidente (AMLO) es la prueba más contundente de que realmente se trató de un golpe de Estado, se intentaba terminar con la vida del expresidente Evo Morales” y no da lugar a considerar otro debate como el fraude electoral, eje discursivo de la oposición política boliviana. Los integrantes de la tripulación del avión que rescató al expresidente boliviano revelaron que al despegar la aeronave fue atacada con un proyectil presuntamente lanzado desde la base aérea de Chimoré, en Cochabamba, y que hubo que maniobrar para esquivarlo. El documento de la Secretaría de la Defensa Nacional de México, publicado en el último libro de López Obrador, detalla que, desde que se encontraban en la terminal aérea de Chimoré, un efectivo de las Fuerzas Armadas de Bolivia apuntó a la aeronave con un lanzacohetes RPG de manera permanente. “Durante el ascenso ini-

SEGÚN EL ESCRITOR Y DIRECTOR DE LA REVISTA PRESENTE:

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

Muere Miriam Gamboa, acusada de la quema de los PumaKatari • Redacción Central

Protesta por la muerte de Miriam Gamboa.

Representantes del Comité Impulsor del Juicio contra los Responsables del golpe de Estado de 2019 iniciarán una acción recriminatoria contra el exalcalde Luis Revilla, el actual burgomaestre, Iván Arias, y el exrector de la Universidad Mayor de San Andrés Waldo Albarracín por la muerte de Miriam Gamboa.

A sus 80 años fue presa política durante el gobierno de facto de Jeanine Añez. Gamboa junto a Aurelio Q.M. y Nicanor C.C., en los conflictos de noviembre de 2019, fueron acusados por Revilla por la quema de los buses PumaKatari, por lo que se abrió un proceso penal por los delitos de terrorismo, asociación delictuosa e incendio. Aldo Michel, coordinador General de dicho Comité, a

tiempo de hacer el anuncio, dijo que ni el exalcalde Revilla y menos el gobierno golpista en los 11 meses de su gestión demostraron con pruebas fehacientes la culpabilidad de Gamboa a quien le negaron el sobreseimiento del caso por el cual era investigada. Lamentó que hasta las doce del martes Miriam Gamboa soportó una detención preventiva y falleció en terapia intensiva por Covid-19 porque no pudo ser atendida oportunamente.


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Últimas Con el objetivo de que la población tenga cifras y datos exactos sobre el avance de la inmunización en Bolivia y con la política de transparentar la actividad, el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, hizo la presentación del trabajo sostenido que lleva adelante el Gobierno del presidente Luis Arce en la lucha contra el Covid-19. “Es necesario que nosotros despleguemos estrategias de rastrillaje y vacunación que garanticen que nuestras dosis de esperanza lleguen hasta los municipios rurales, lleguen a la comunidad que necesita, por eso presentamos también el nuevo formato que vamos a pasar a todos los medios de comunicación y que va a ser difundido por nuestra página del Ministerio de Salud, donde vamos a especificar la distribución y el uso de vacunas”, dijo Auza en conferencia de prensa. El nuevo formato mostrará a diario a la población la distribución y el uso de vacunas, que en su ala lateral izquierda presenta el total de vacunas gestionadas y adquiridas por el Gobierno nacional, el total de vacunas gestionadas y adquiridas por gobiernos subnacionales; total recibidas y distribuidas; total aplicadas y dosis disponibles y en la parte central del mapa se puede observar la descripción de recibidas,

CIFRAS Y DATOS DE LA CAMPAÑA

Salud presenta los avances de la cobertura de vacunación anticovid En los 336 municipios del país, hasta el 31 de agosto, se logró que 14 hayan pasado el 80% de inmunización de su población. Personas de diferentes edades acuden a los centros de vacunación para inmunizarse.

// FOTO: GONZALO JALLASI

• Redacción Central

aplicadas y almacenadas en cada uno de los nueve departamentos del país. En una relación de uso de vacunas en los 336 municipios del país, el ministro de Salud

y Deportes expuso que hasta el 31 de agosto se logró que 14 municipios hayan pasado el 80% de inmunización de su población; 52 se encuentren entre 60% y 80%; 65 municipios

superaron el 40%; 142 municipios entre 20% y 40% y solamente existan 66 municipios del país que todavía no superaron el 20% de inmunización de su población vacunable.

Es necesario que nosotros despleguemos estrategias de rastrillaje y vacunación que garanticen que nuestras dosis de esperanza lleguen hasta los municipios rurales”. Jeyson Auza Ministro de Salud

// FOTO: MINISTERIO DE SALUD

EL MINISTERIO DE SALUD, KOICA Y UNFPA

Presentan proyecto para prevenir embarazos y violencia en adolescentes • Redacción Central

Con el apoyo de la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (Koica) y del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), el Ministerio de Salud y Deportes lanzó ayer el proyecto que beneficia a la salud y el bienestar de los adolescentes.

El Ministro de Salud acompañado por los representantes de Koica y UNFPA.

Según el Ministerio de Salud, en 2020 se registraron cerca de 40 mil embarazos en adolescentes, es decir más de 100 embarazos por día, considerando que esta cifra incluye sólo a aquellas adolescentes que registraron sus consultas prenatales en los centros de salud. De acuerdo con UNFPA, en Bolivia, un embarazo a temprana edad pone en riesgo la salud de la adolescente, la continuidad de sus estudios y el desarrollo pleno de sus proyectos de vida. Se trata

de una maternidad solitaria y bajo presiones y estigmas que suelen reproducir círculos de pobreza. Los resultados de la iniciativa buscan fortalecer los procesos de prevención del embarazo en adolescentes, del cuidado de la salud sexual y reproductiva, y de la prevención, atención, sanción y reparación de la violencia en razón de género. Se pretende que el proyecto aporte a la construcción e implementación de un modelo demostrativo integral, intersectorial.


Educación de Pando, en calidad de Máxima Autoridad Ejecutiva de una entidad descentralizada, Profesional a nivel Licenciatura en el área de Educación Especial o Psicopedagogía con Título internos disciplinarios deberá enviar copia de la Resolución final ejecutoriada a la Contraloría bajo tuición del Ministerio de Educación, corresponde que sea conocido y resuelto en la fase del en Provisión Nacional. General de la República para fines de registro”. sumario por el Asesor Legal Principal de esta Cartera de Estado. Se recomienda el inicio de Proceso Administrativo contra de la Beatriz López Rengifo (Directora Que, a través de Auditoria Especial sobre el cumplimiento del procedimiento específico para el El Artículo 67 establece: “I. Las denuncias, informes de auditoría y dictámenes de responsabilidad Departamental de Educación de Pando), Bernardino Campos Grimaldes (Responsable de control y conciliación de los datos liquidados en las planillas salariales y los registros individuales administrativa que involucren al máximo ejecutivo, los miembros de un directorio, los abogados Transparencia de la DDE-Pando) y Lía Mara Yosa Manuyama (Presidenta del Tribunal Disciplinario de cada servidor público, con alcance al 31 de diciembre de 2017, mediante Informe DDEP/UAI o auditores internos de una entidad, serán conocidos y resueltos en la fase del sumario por el de la DDE - Pando), por haber incurrido en SUPUESTOS indicios de CONTRAVENCIÓN y Nº 08/2018 de 21 de diciembre de 2018, donde en el punto 2.3 Personal que no cumple con asesor legal principal de entidad que ejerce tuición, con las facultades previstas y dentro de RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, en el ejercicio de sus funciones y de acuerdo a las el requisito (perfil) de formación profesional que exige el Manual de Organización de Funciones los plazos señalados en los artículos 21 al 23 del presente reglamento.” consideraciones e irregularidades advertidas en la documentación cursante, se establece que su (según R.M. Nº 492/2012 de 9 de agosto de 2012), en la que se detalla: “Eva Ari Eva Carola; conducta resultaría contraria al ordenamiento jurídico administrativo, el cual fue presuntamente Tec. Educación; No presento su título original solo una fotocopia legalizada de Titulo en Provisión REGLAMENTO DE LA ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LAS DIRECCIONES / 2LEY / 09 / 2021 vulnerado por acción y/o omisión y se encuentra enmarcado en la siguiente nomenclatura jurídica Nacional de Psicóloga; Cumple de acuerdo a su fotocopia legalizada pero no se pudo contactar DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN -JUEVES DDE’S, DE LA Nº 070, DE 20 DE DICIEMBRE DE Artículo 235 de la Constitución Política del Estado, Artículo 29 de la Ley 1178, Artículo 3 Parágrafo I su título original (…)” 2010, DE EDUCACIÓN “AVELINO SIÑANI - ELIZARDO PÉREZ”, DECRETO SUPREMO Nº 813 y Artículo 13 del Decreto Supremo No. 23318-A, Artículo 24 incisos a), b) y c) del Artículo 52 inciso DE 9 DE MARZO DE 2011 m) de la Resolución Ministerial No. 062/2000. Directora Departamental Educación Pando, Beatriz López Rengifo, a Artículo contardel del ordenamiento jurídico administrativo y de las que regulan la conducta del servidor  Cite/NºCarta Cite/Nº de 25dede septiembre dela2020, suscrita la Presidente  Que, laCarta 01/2020 de 25 01/2020 dede septiembre 2020, suscrita por Presidente del porpese Que, el 13, establece: “La responsabilidad administrativa emerge de normas la contravención público…”. TribunalyDisciplinario Administrativo Disciplinario Mara utilizado Yosa Manuyama, dirigido a la DDEjurídico Asimismo, se recomienda a su autoridad se sirva aprobar el presente informe legal y remitir a Tribunal con Administrativo los indicios conocer de manera fehaciente queLía el dirigido titulo por Eva Carola Escobar El Artículo 2 señala: Las DDE’s del establecidas en el Artículo 78 de la Ley DDEP, Lía Mara YosaDDEP, Manuyama, a la DDE Pando, del ordenamiento administrativo y de “(Naturaleza las normas quejurídica) regulan la conducta servidor Pando,legalizada Beatriz López Rengifo. público…”. conocimiento de la Autoridad Legal Competente, es decir, del Asesor Legal Principal de esta Beatriz Ari López en fotocopia era Rengifo. falso por el Informe de la Universidad Mayor de San Andrés, sin Nº 070, son entidades públicas descentralizadas bajo tuición del Ministerio de Educación y se  Carta CITE: D.D.E.P. Nº030/2020 de 28 de septiembre de 2020, emitida por la Que, el Artículo 14, dispone: “I. El ordenamiento jurídico administrativo a que se refiere el Art. 29 de Cartera de Estado, debiendo considerarse a su vez la aplicación del principio procesal “Jurisdicción  argumentos valederos omite la presentación de Pando, la denuncia ante el Ministerio Público obligación constituyen en personas jurídicas público, con patrimonio y autonomía de la Ley “I. No. está constituido por de las derecho disposiciones legales atinentes a lapropio Administración Pública Directora Departamental de Educación Beatriz López Rengifo. Carta CITE: D.D.E.P. Nº030/2020 de 28 de septiembre de 2020, emitida por la Que, el Artículo 14, dispone: El 1178, ordenamiento jurídico administrativo a que se refiere el Art. 29 RESOLUCIÓN Nº 005/2021 005/2021 C e286 N de 01 2020 de de yep e de retrasa 2020 por u elalapso po ade P lamás e Ley den eun de eadministrativa, Aenpor u opaís 13disposiciones ab e e legales La eatinentes aba el dad adm nen las a acapitales deDepartamento a que on regulan a en yón Mayor arrastra la Menor” a fin de evitar disparidad de criterios enRESOLUCIÓN el procesamiento de laNº pluralidad establecida en elCa artículo la Ley Nº25 1970 asíemb también de de gestión legal y pon técnica, con sede de y Que vigentes el alefinanciera, momento en que realizó acto u omisión. II.eme Lasge normas Directora Departamental de a Educación Pando, Beatriz López Rengifo. No. 1178, está constituido las la Administración Lamismo Paz, 21 de de 2021de 2021 Paz, 21mayo de mayo la conducta funcionaria público Generales o las Estatuto Tel buna Admproceso n a administrativo. o D p na o DDEP L a Ma a Yo a Manu ama d g do aPública a DDEy Pando o al denam uque ddel o servidor adm au omisión. o son: de II.aa)Las nonormas ma que eguestablecidas an a onduenaelde e do VISTOS: vigentes encompetencia elde país momento realizó elnacto que de servidores públicos y ex servidores públicos, respecto a unLa hecho (…)”. año CONSIDERANDO: inicio del enenlaoen jurisdicción departamental”. del Funcionario Público y otras las que odicte el órgano rector competente o las entidades Que, través Reng de Resolución Administrativa Nº 164/2014 de 2 de mayo de 2014, emitido por el funcionaria CONSIDERANDO: Informe Legal DGAJ-UGJ Nº 0404/2021 de 29 de 2021; Nota Interna NI/DM/UT No. 0540/2020 de regulan la conducta público son:leyes, a) Generales las establecidas en Bea a Lópe o púb o…del servidor VISTOS: cabeza de sector, normas específicamente para el ejercicio de las profesiones en el Director Departamental de Educación Pando Yoniester Texeira de Unidad a través de Resolución Administrativa Nº 164/2014 de 2 a.i., mayo de 2014, emitidoSuarez por el y elelJefe 4 de diciembre de 2020; Informe IN/DE/UT No. 0203/2020 de 12 de noviembre de 2020; todo lo Estatuto del Funcionario Público y otraslas leyes, que dicte el órganoaplicables rector competente Que a través de Nota Interna NI/DM/UT No. 0540/2020 de 4 de diciembre de 2020, emitido porQue, Que,deelAsuntos Abogadode Bernardino Campos Grimaldes ende deEVA Responsable de Transparencia LA las CARRERA DELo SERVICIO DE EDUCACIÓN sector público, losDE Códigos de Ética aplicables a losADMINISTRATIVA quepara se refiere el artículo Jurídicos DDE-Pando, designa asulacondición ciudadana CAROLA ARI,cabeza con REGLAMENTO Director Departamental Educación Pando a.i., se Yoniester Texeira Suarez y el Jefe de Unidad ESCOBAR demás que ver convino y se tuvo presente: las entidades de sector, las normas específicamente el ejercicio de las 13 del Estatuto del Funcionario Ca aen C se TEdesigna D D de Ea P N 030 2020 de 28 derespecto ep emb eEspecial de em da título po Que e así A Códigos u o 14 pone E seo refiere denam en u13ddel o Estatuto adm n en a looNº a que e DE eee Informe Legalde DGAJ-UGJ Nº 0404/2021 29 de 2021; Nota Interna NI/DM/UT No. de Público, como los códigos reglamentos deoética profesional que no econtradigan 4760836 LP.,una el cargo profesional II/Técnico Educación la PÚBLICA, el Jefe de la Unidad Transparencia, Luis TitodeNina Huayta, dirigido al Ministro de laC.I. D.D.E Pando, vez recibido los antecedentes conde aARI, la utilización de un APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN MINISTERIAL 062/00 17Alas DE29 RESOLUC ÓN de N Educación, 0050540/2020 2021 de Asuntos Jurídicos DDE-Pando, la ciudadana EVA CAROLA ESCOBAR con2020dependiente profesiones ende elasector público, los dedÉtica a los o que el artículo 4CONSIDERANDO: de diciembre de 2020; Informe IN/DE/UT No. 0203/2020 de deParágrafo, noviembre2de 2020; C.I. todo4760836 lo anteriormente Específicas porega cada ningún de amen Educación Alternativa yPando Especial, la Dirección de Educación Dpara e oen a de de Edu a ónde Beade Lópe Reng Departamental o de la eldel deasíacomo Le DE Noenunciadas, 1178 oe reglamentos áb) on u de do ética poo las a establecidas d po enone e entidad, a nen eque a en a Adm n caso a ón LP., elDepa cargo de profesional II/Técnico Educación Especial dependiente Funcionario los códigos profesional lo que no Adrián Rubén Quelca Tarqui, señala: “(…) dando cumplimiento alPaz Art.1226, Numeral falsoSubdirección elaejercicio del cargo Profesional II/Técnico en Educación Especial, 5 de junio de Público, FEBRERO 2000 La 21 de mayo de 2021 demás que ver convino y se tuvo presente: deberán contravenir las anteriores”. Pando en forma interina. Subdirección de Educación Alternativa y Especial, de la Dirección Departamental de Educación contradigan las anteriormente enunciadas, b) Específicas o las establecidas por cada entidad, que Púb a gen e en e pa a momen o en que ea ó e a o u om ón La no ma que 1 VdeSTOS la CONSIDERANDO: Ley 974 tengo a bien remitir denuncia penal interpuesta en el Distrito Judicial de Pando 2019, se limita a emanar un informe legal, informe que no se encuentra dentro de las funciones y Pando en forma interina. Que, el Informe Legal DGAJ – UGJ Nº 0404/2021 de 29 de abril de 2021, emitido por Profesional en ningún caso deberán contravenir las anteriores”. CONS o me Lega DGA UG N DGAJ 0404 Ministro 2021 de ante 290404/2021 deinstancia 2021 No a ndee abril na NdeDM UT No 0540por 2020 de a señala: ondu a“(Sujetos un ona de eLosdoservidores púb o públicos on a Todo Gene acarrera e o público aadministrativa e ab dadelen a nefectos delelapersonamiento así mismo adjunta atribuciones en el Artículoy 10 de la Ley(Según 974, yaR.M.Nº no realiza las gestiones realizar elan Artículo 24 establece: “(Deberes) de laservidor Que, Informe Legal – UGJ de investigativa, 29 2021, emitido Profesional El egu Artículo 15 dearesponsabilidad administrativa) es epasible Que,DERANDO del establecidas Manual de Organización Funciones 492/2012 de 9 de para agosto de 2012 Que IV Abogado Encargado de del Procesos de Nº Contratación, Paola Cecilia Rodrigo Vargas, vía se la Jefa Abogado de Contratación, Rodrigo Vargas, la Que a de apor éOrganización deMinisterio Re o uy Funciones ón n (Según a Subdirección aR.M.Nº N 164492/2012 2014 o dede2014El do 15 pocargo e “(Sujetos 4 de dIV emb e de 2020 nJurídica, o de meProcesos NNilda DE12 UT 0203 2020 de 12Cecilia de no emb e de 2020 odo o de Esegún adeuresponsabilidad olodeestablecido Fun ona o Púb a Funcionario e epúblico a ex que d e tienen e ópúblicos gano ea efecto o ompe en e o dee responsabilidad administrativa. Loo Todo sonodel asimismo los servidores de dejar emitido el de Adm Educación) dede Educación Alternativa y em Especial informe final IN/DE/UT Nº 203/2020 del deNo noviembre presente año ay efectos quevía se déJefa una denuncia. SEP, en el Estatuto Público, los siguientes deberes: Que, del Manual de2 9de dema agosto de Unidad deEncargado Gestión Núñez Roque, en del suPaola parte conclusiva recomendación Artículo señala: administrativa) servidor es pasible Unidad de Gestión Jurídica, Nilda Núñez Roque, en su parte conclusiva y recomendación señala: constancia y la registro Toda que conozca y resuelva procesos en Educación Especial requisitos del de Profesional D Técnico e por o el Depa amendeaEducación) de Edu a(TEE), ón Pando a Educación Yoncargo, e Alternativa e 1. TeNivel e ayÁrea Sua e Formación e dee responsabilidad e de Un dad administrativa. demá señala: que de e“(…) on no e mediante u o p e Informe en e IN/DE/UT aRespetar en dade abe adedesuloseresponsabilidad. oservidores a del no ma e pe amen ey ap abdisposiciones e pa a e e elegales. o deb)a Ministerio Subdirección de Especial toda vez que Nº 0203/2020 de 12 de Dirección noviembre de 2020 de2012 emitido Lo sonConstitución asimismo ex públicos a autoridad efecto de dejar cumplimiento las recomendaciones adjunta que debe ser remitida a la General a) Política Estado, las leyes otras “(…) toda vez queindicios mediante Informe IN/DE/UT Nº 0203/2020 de 12 deDepartamental noviembre dede2020 cargo se han internos disciplinarios deberá enviar copia dede laÉ Resolución finale ejecutoriada au ola13 Contraloría aAnivel Licenciatura en elPando área de Educación Especial o Psicopedagogía con Título enAR Provisión Técnico en Educación Especial (TEE), requisitos del cargo, 1. Nivel Área de Formación se han identificado de responsabilidad funcionaria contra la Directora constancia y registro de su responsabilidad. Toda autoridad que conozca y resuelva procesos de un o u d o DDE e de gna a a udadana EVA CAROLA ESCOBAR on p o e one en e e o púb o o Cód go a a o que e e e e a de E auo Asuntosidentificado Jurídicos de este Ministerio”. Que, la Lic. Lía Mara Yosa Manuyama (Presidenta del Tribunal Administrativo Disciplinario DDEP), Desarrollar susRepública funciones, atribuciones y deberes administrativos y deberes administrativos con responsabilidad contra la Departamental de Educación de la fines de registro”. ProfesionalNacional. nivel Licenciatura en el área de Educación Especial o Psicopedagogía con Título Educación deindicios Pando, de en calidad de Máximafuncionaria Autoridad Ejecutiva deDirectora una entidad descentralizada, internos disciplinarios General deberá enviar copia de la para la Contraloría C aNacional. 4760836 LP expresa en e a mediante go de p o la e nota ona Cite/Nº01/2020 Té n o de Edu a ón Econ peelainicio depend e de a puntualidad, CONSde DERANDO de Fun ona o Púb oResolución a omofinal o ejecutoriada ód go o aeg amen o de é a p o e ona en o que no rehúsa de manera proceder del en proceso celeridad, Autoridad Ejecutiva deconocido una entidad descentralizada, tuición Provisión bajoPando, tuición en del calidad Ministeriode deMáxima Educación, corresponde que sea y resuelto en la fase del bajoen General de la República para fines de registro”. economía, eficiencia, probidad, transparencia y con pleno sometimiento al Ministerio de Educación, corresponde quenoviembre sea y resuelto en la del sumario por el Subd ónen decontra EduAuditoria adeón AEspecial e na aEscobar E pe a con de ela argumento D e delónprocedimiento Depa amen a de Edu para ayaónel ordenamiento on ad gan a an e nacional”. o “I. men enun ada informes b E pede auditoría a o a ye dictámenes ab e da po ada en dad que El Artículo 67 establece: Lase denuncias, de responsabilidad Que,e a través de sobre elAri cumplimiento específico Que, el del Informe IN/DE/UT No. 0203/2020 deesta 12 Cartera de de 2020, emitido porfase el Profesional administrativo Eva Carola de que la prenombrada jurídico sumario por el Asesor Legal Principal de deconocido Estado. Legal Principal de estavía de Estado. administrativa involucren al amáximo miembros de un directorio, los abogados o control yparte desobre los datos liquidados las planillasPando. salarialespara y los individuales deen Auditoria Especial elDepartamental cumplimiento delen específico el registros SenAndro recomienda el DGA inicio de Administrativo contra de ab la Beatriz Lópezem Rengifo (Directora El Artículo 67 establece: “I. Las denuncias, informes responsabilidad Pando oconciliación ma de n ela na eAsesor o me Lega – Proceso UG NCartera 0404 2021 de 2021 do po P o e ona en n ngún aque o debe án deonauditoría en y dictámenes a ejecutivo, an e o de elos IV,Que Omar Rocha Ajhuacho, el Administrativo Jefe dede la 29 Unidad dedeTransparencia, Bismarck E.Que, anotravés formaría Dirección deprocedimiento Educación Se recomiendadeel Educación inicio de Proceso contra de la Beatriz López Rengifo auditores internosejecutivo, de una entidad, serándeconocidos y resueltos en la fase del sumario por el asesor de cada servidor público, con en alcance al 31salariales de diciembre de 2017, mediante Informe DDEP/UAI control y conciliación de los datos liquidados las planillas y los registros individuales Departamental de Pando), Bernardino Campos Grimaldes (Responsable de a (Directora administrativa que involucren al máximo los miembros un directorio, los abogados V Abogado En a gado de P o e o de Con a a ón Pao a Ce a Rod go Va ga a e a Molina López, recomienda: “(…) a) Se de debe remitir Bernardino antecedentes ante la Grimaldes Autoridad Sumariante el Artículo 25 “(Prohibiciones) Los servidores públicosprevistas de la carrera del SEP, Departamental deDDE-Pando) Educación Pando), Campos (Responsable de servidor legal de señala: entidad que ejerce tuición, con facultades y dentro de lossegún plazoslo Nº 08/2018 de diciembre de 2018,dedonde en el punto 2.3DDEP/UAI Personal queo no cumple con Que de cada público,de con21 alcance al 31 de diciembre 2017, mediante Informe Transparencia de la Lía Mara Yosa Manuyama (Presidenta del Tribunal Disciplinario auditores internos una principal serán conocidos y resueltos en la fase dellas sumario por el Que de Manua de O gan adonde ónprofesional Fun one Según Nno 492 2012 de 9asesor de oprincipal de de UnTransparencia dad de Ge- Pando), ón d a N yda Núñe Roque en adecuarse uindicios pa e(Presidenta on u adel Tribunal edeomenda ón E A entidad, u o en 15 a tuición, Sudel oFuncionario delas efacultades pon ab previstas dad adm ndentro a dea las Todo e do prohibiciones: púb o e pa e)b e de lauDDE-Pando) yadministrativo, Lía Mara Yosapor Manuyama a de objeto proceso conducta BEATRIZ Que, se identificado elementos de referentes aM las acciones que establecido eleña Estatuto Público, están siguientes señalados los artículos 21e al 23 del presente reglamento.” elde requisito (perfil) de exige elRManual de Organización deago Funciones Nº 08/2018 21han de diciembre de formación 2018, en el hecho puntoque 2.3 Personal que cumple con y omisiones dedelainicio DDE del por sumario haber incurrido en SUPUESTOS delaCONTRAVENCIÓN yDisciplinario legal de entidaden que ejerce con y sujetos la DDE -e Pando), por en indicios CONTRAVENCIÓN y2012 REGLAMENTO DE ESTRUCTURA, LAS DIRECCIONES (según R.M. Nº e492/2012 9 de agosto deSubd 2012), que Eva Carola; em de doel po Mprofesional n e de o de Edu aelón e enónlade adetalla: ón A “Eva e nalosAri a E señalados pe a en eña ade … oda (Director queADMINISTRATIVA, med anhaber e n o incurrido mede UTSUPUESTOS N de 0203 2020 de 12y de no embCAMPOS de 2020 de e pon ab dad adm n oaindirectamente a Lo COMPOSICIÓN on a en m prácticas mo o Y eFUNCIONES e do e a DE púb oventajas a e e ilícitas”. o de de a LÓPEZ RENGIFO Departamental desus Pando), BERNARDINO contravienen ordenamiento jurídico administrativo, aEdu laseFunciones administración de personal Promover o participar directa destinadas lograr el requisito (perfil) formación que exige Manual deinherentes Organización de RESPONSABILIDAD enNEducación elDE ejercicio funciones dede acuerdo aelas plazos los artículos 21 al 23LA del presente reglamento.” ADMINISTRATIVA, elona ejercicio sus y de acuerdo a lasR.M. DE LA Nºque 070, DE Educación; No presento su título original una Titulo (según 492/2012 dedeberes 9 de 2012), la que sefunción detalla: Eva consideraciones e irregularidades advertidas en laladocumentación cursante, establece que su (Ex aTec. goNºTé n ode en Edu aagosto ón el Ede pe a en TEE equ o fotocopia de“Eva aAri golegalizada 1 Carola; N e de ea de en Fo Provisión madeón DEPARTAMENTALES e hanRESPONSABILIDAD den (Responsable ado nd o de de Transparencia e pon ab dad un aPando) on de a Yonister a D funciones eseoTexeira a Depa amen a de on an a eg o DE de EDUCACIÓN u e pon ab- DDE’S, dad Toda au oLEY dad ono20aDE DICIEMBRE e ue a p o DE e o GRIMALDES deen DDEy cumplimiento en desempeño desolo la pública, respecto aÁ la obligación consideraciones econtraria irregularidades advertidas en la documentación cursante, seSuarez establece que Educación; su 2010, DE EDUCACIÓN “AVELINO SIÑANI -DE ELIZARDO PÉREZ”, DECRETO SUPREMO Nº 813 de Psicóloga; Cumplesolo acuerdo su fotocopia legalizada no se pudo contactar Tec. No presento suL título original legalizada conducta resultaría jurídico administrativo, cual presuntamente REGLAMENTO ESTRUCTURA, COMPOSICIÓN LAS P oNacional etítulo a ncumplir e(…)” en normas, a u a ende á fotocopia ea identificar deaEdu asupuestos ón de E Titulo pe indicios aenoProvisión P pero a on Tpor u DE o LAQue Edu aconducta ón de Pando en aEducación dadaldeordenamiento MáPando ma Au o dad E e uadministrativo, aCondori deeluna enfueeldad de(Jefe enpresuntamente a ada n eelDE no d p52 na o2011 debe áY FUNCIONES en a op a DIRECCIONES Re oal uordenamiento ón na e e jurídico-administrativo u o ada a a Con a oy a Director Departamental de contraria a.i.), yjurídico Catalino Salvador Unidad cumplir yona hacer las seeuna pudo deopedagog responsabilidad Artículo señala: “(Falta Grave) Es ala de infracción resultaría cual fue MARZO DE suPsicóloga; original Nacional de Cumple de acuerdo a su fotocopia legalizada pero no se pudo contactar vulnerado por acción y/o omisión yalseordenamiento encuentra enmarcado en la siguiente nomenclatura jurídica DEPARTAMENTALESDE DE9EDUCACIÓN - DDE’S, DE LA LEY Nº 070, DE 20 DE DICIEMBRE DE en P o ón Na ona o uvulnerado ón de M n e o de Edu a ón o e ponde que ea ono do e ue o en a a e de Gene a de a Repúb a pa a ne de eg o por acción y/o omisión y se encuentra enmarcado en la siguiente nomenclatura jurídica debaAsuntos Jurídicos DDEPando) y LIA MARA YOSAMANUYAMA (Presidenta del Tribunal la función pública en relación a Beatriz López Rengifo (Directora Departamental de Educación a las normas que regulan la conducta funcionaria. La falta grave genera perjuicios a la gestión de El Artículo 2 señala: “(Naturaleza jurídica) Las DDE’s establecidas en el Artículo 78 de la Ley su título original (…)” Artículo 235 de la Constitución Política del Estado, Artículo 29 de la Ley 1178, Artículo 3 Parágrafo I 2010, DE EDUCACIÓN “AVELINO SIÑANI - ELIZARDO PÉREZ”, DECRETO SUPREMO Nº 813 deoDecreto laLega Constitución Artículo 1178, Artículo 3 Parágrafode I Pando), Nº organizaciones 070, son entidades públicas descentralizadas bajo tuición Ministerio de Educación y se Que, la Bernardino Directora Departamental de Educación Pando,deBeatriz López Rengifo, pese a contarDE las uma Artículo podee 235 A edel P aln inc. paPolítica de23318-A, e art. adelCaEstado, edel a de Eincisos ado29 yoArtículo 13DDE-Pando) Supremo No. Artículo 24 a),de b) c)Ley del Artículo 52 inciso 9 DE MARZO 2011 Disciplinario la m) del 52 Reglamento deylala Carrera Administrativa Campos Grimaldes (Responsable Transparencia de laDE DDE-Pando) del SEP. Se consideran faltas graves: m) Lasdel señaladas como prohibiciones en y Artículo 13 del Decreto Supremo No. 23318-A, Artículo 24 incisos a), b) y c) del Artículo 52 inciso constituyen en personas jurídicas de derecho público, con patrimonio propio y autonomía de con los indicios y conocer de manera fehaciente que el titulo utilizado por Eva Carola Escobar Que, la Directora Departamental de Educación Pando, Beatriz López Rengifo, pese a contar m) de la Resolución Ministerial No. 062/2000. a a Yosa é deManuyama Aud o a E(Presidenta pe a ob del e e Tribunal ump mDisciplinario en o de p o de edla m DDE-Pando) en o e pe quienes o pa a e SeServicio e om enda e n o de P o eaprobado o Adm n con a Resolución o on a deMinisterial a Bea 062/00 Lópe del Reng o D epor o a y Que Eartículo A u25 o 67 e incumplimiento ab e e La de denun a señalados n o me deenaud o a d24 ámene de ereglamento”. pon ab dad del Pública 17/02/00, Lía Mara el y el deberes el en artículo del presente m) dedelaEducación Resolución Ministerial No. 062/2000. gestión administrativa, financiera, legal y en técnica, con78 sede las capitales de Departamento y Ari eny conocer fotocopia legalizada era falso por el Informe depor la Eva Universidad Mayor deElSan Andrés, sin “(Naturaleza con los indicios deón manera fehaciente que el titulo utilizado Carola Escobar Asimismo, se recomienda a su autoridad seBe sirva aprobar el presente informe legalRe y remitir a e de Artículo 2 señala: jurídica) Lasn DDE’s establecidas ele Artículo de la Ley on o on a de o da o qu dado en a p an a a a a e o eg o nd dua e Depa amen a de Edu a ón de Pando na d no Campo G ma de pon ab adm n a a que o u en a má mo e u o o m emb o de un d e o o o abogado haber incumplido lo establecido en los incisos a) se y es b) del aprobar art. 24 del prenombrado reglamento, habrían incurrido supuestamente infracciones al la Reglamento de laelCarrera Administrativa del Asimismo, su autoridad sirva el presente informe en la jurisdicción departamental”. argumentos valederos laenpresentación de denuncia Ministerio Público Ari en a fotocopia legalizada era falso omite por el Informe de la Universidad Mayor de ante San Andrés, sin conocimientosederecomienda la Autoridad aLegal Competente, decir, del Asesor Legal Principal de legal esta y remitir Nº 070, obligación son entidadescompetencia públicas descentralizadas bajo tuición del Ministerio de Educación y se deestablecida adaadministrativo e omite do púb o SEP, on an a 31 d Organización e de Público 2017 med an eeldelapso nlas oconstituyen me UApersonas T an pa encalificación adede a DDE aLegal Ma aaCompetente, Yo a Manu ama P eprincipio denAsesor aprocesal de T Legal buna D p nade o esta o aud o e de nderecho eDE no LA de una en dad e ánpropio ono y do e ue en a a eDEde EDUCACIÓN uma o po e conocimiento deenunciativa laPando Autoridad es decir, del Principal REGLAMENTO CARRERA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO en el 286aal de laedenuncia Ley Nº de 1970 yemb así también por deDDEP más en de un CONSIDERANDO: siendo esta yLno limitativa(…)” personal del Reglamento de yretrasa Funciones Direcciones argumentos valederos laartículo presentación de la ante el Ministerio obligación Cartera Estado, debiendo considerarse su vez la aplicación del “Jurisdicción jurídicas público, con patrimonio autonomía de o de Estado, su vez la aplicación principio APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº 062/00 elartículo inicio administrativo. N año 08 el2018 dedel 21 deladLeyemb e dey 2018 donde eporypun o 2normativas 3 Pe que gestión no y vigentes, ump e on PÚBLICA, de a Cartera DDE arrastra Pando podebiendo habe n u disparidad do en aSUPUESTOS odelde CONTRAVENC ÓN establecida aseso ega py técnica, nc pa con de en dad que e e cedeuDepartamento c ónMINISTERIAL on ay a u ade p e aDE 17 den DE o de en 286 de Nº 1970 asíSupremo también retrasa elotras lapso de más ona de un Mayor la Menor” a fin de considerarse evitar de criterios en elnd procesamiento de laprocesal pluralidad“Jurisdicción administrativa, financiera, legal sede en las capitales Departamentales deproceso Educación, Decreto Nºen813 conexas Mayor arrastra la Menor” a fin de evitar disparidad de criterios en el procesamiento de la pluralidad FEBRERO DE 2000 año el inicio del proceso administrativo. de servidores públicos y ex servidores públicos, respecto a un mismo hecho (…)”. competencia en la jurisdicción departamental”. e no equ o pe de dispuestas o ma ón ppor o eleyona que e ge e Manua de O gan a ón de Fun one RESPONSAB L DAD ADMDDEP/UTLCC/JNFC-MEDC/JUTLCC Ny STRAT VA en e e e o de u Nº un one dede a octubre ue do adea o pelaArtículo o eña2ado en o aSupremo u o 21 a 813 23 de e eg de amen o establece la naturaleza Que, mediante Nota Interna 001/2020 6(…)”. de por realizar acciones en conocimiento del Informe DDEP/UAI/Nº de Que, del Decreto de p9 edeen marzo de servidores públicos ex servidores públicos, respecto a un mismo hecho Que el Artículo 24 establece: “(Deberes) Nº Los servidores públicos de2011, la carrera administrativa del Que, el Abogado Bernardino Campos Grimaldes en su condición de Responsable de 08/2018 Transparencia egún R M N 492 2012 de 9 de ago o de 2012 en a que e de a a E a A E a Ca o a on de a one e egu a dade ad e da en a do umen a ón u an e e e ab e e que u 2020, emitida el Responsable Transparencia y LuchadeContra la Corrupción de emitido la DDEpor Pando,Que, elCobija, 21Bernardino de diciembre deGrimaldes 2018, enencuyo numeral Personal que no acumple con el requisito de las Departamentales de Educación, las que se constituyen como entidades SEP, según lo Direcciones establecido en el Estatuto del Funcionario Público, tienen los siguientes deberes: a) de la D.D.E Pando, una vez recibido los antecedentes con de respecto la utilización de un título Abogado Campos su condición de 2.3. Responsable Transparencia Que a por través de Nota Internade NI/DM/UT No. 0540/2020 4 de diciembre de 2020, REGLAMENTO DE jurídica LA CARRERA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN NI/DM/UT No. 0540/2020 deoaldiciembre de emitido el Tefalso Edu auna ón Norecibido p e del enlosocargo uquede u exige oProfesional o gcon naManual o oII/Técnico una outilización opEducación a ega ada de T uPÚBLICA, oel en P ojunio ón onduQue ea través u aFlores a deonNota a Transparencia, aInterna a dirigido o denam en oTito udeNina dla oUnidad adm nde eMinistro ua de ue p2020, e unContra amende epor REGLAMENTO DE LAPolítica ESTRUCTURA COMPOS Cy ÓN Y17FUNC LAS b) D RECC ONES Respetar la Constitución del Estado, las 062/00 leyesde otras disposiciones legales. Desarrollar el vez ejercicio en Especial, 5 de de públicas Jhamilca Nohely Choque, alLuis Jefe de 4aTransparencia yEducación, Lucha (perfil) depara formación profesional el de Organización Funciones (según R.M. descentralizadas bajoMINISTERIAL tuición del Ministerio Educación. la D.D.E Pando, antecedentes respecto ao la de y un título ela Jefe de la Unidad de Huayta, dirigido APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN Nº DE DE ONES DE deRubén la deom Transparencia, Luis Tito Nina Huayta, dirigido alParágrafo, Ministro de Adrián funciones, atribuciones deberes administrativos y deberes administrativos conD puntualidad, 2019, emanar un legal, que no dentro las presentó funciones ona se delimita P 09/08/2012), óa oga Cump einforme deII/Técnico a que ue do aseñora u o oESCOBAR op a se egaencuentra pe CAROLA ode no ede pudo onDE a 2000 a y sus u ne Jefe ado po a Unidad ón oEusebio ónMolina e enLópez, uen arecomendando: enma ado enal“(…) aArt.gu en e nomen aEducación, u a u dlafalso a para DEPARTAMENTALES DEyEDUCAC ÓN DDE S DE LA LEY N 070 DE 20 DE C EMBRE DE el ejercicio del cargo de Profesional eninforme Educación Especial, el 5ada de junio Adrián Quelca Tarqui, señala: “(…) dando cumplimiento 26, 2 Numeral FEBRERO la Corrupción, Bismarck habiéndose evidenciado NºNa 492/2012 de identifica la ARI EVA no Quelca Tarqui, señala: “(…) dandopenal alenArt. 26, Parágrafo, 2Pando 1 de la economía, probidad, transparencia y con pleno sometimiento al ordenamiento eninforme el Artículo 10se deencuentra la Ley 974, ya nolas realiza las gestiones para realizar celeridad, se limita un… informe legal, que no funciones y generadas de lade Ley tengo bien denuncia interpuesta el Distrito Judicial de uatribuciones uaoemanar odelg Título naestablecidas A de u Rubén o1orientación 235 a974 Con u aón Poremitir ajurídico de E por adocumplimiento Ainterpuesta ude o 29 1178 A uJurídicos ode 3 Numeral Pa ágy aalao2019, 2010enDE EDUCACeficiencia, ÓN AVEL ÑAN ZARDO PÉREZ DECRETO SUPREMO N en 813 falta y aasesoramiento parte la de Unidad de Asuntos fotocopia Profesional Legalizada y más aún dentro ante de las respuestas por la Que, consecuencia y toda vezNO queS al haberEL sido aplicados al caso las normas contenidas Ley 974 tengo bien remitir denuncia en aelLe Distrito Judicial Pando efectos jurídico nacional”. una denuncia. atribuciones establecidas en el Artículo 10 de la Ley 974, ya no realiza las gestiones para realizar del apersonamiento del Ministropenal ante instancia investigativa, adjunta Que el Artículo 24 establece: Los servidores públicos de la carrera administrativa del uainforme oefectos 13 de De de e olaSup emo 23318 A A elinvestigativa, uinicio o 24 npresente o así a mismo basía mismo deadjunta Ase uen oinforme 52 n final o IN/ 9 “(Deberes) DE Supremo MARZO DE faltaA de del cumplimiento Ley 813,No seante recomienda proceso contra Universidad Mayor de San Andrés referente a la verificación de autenticidad del título profesional elDE Decreto Nº 2011 23318-APúblico, modificado el Decreto Supremo Nº 26237, específicamente apersonamiento del instancia se una denuncia. final IN/DE/UT Nº Ministro 203/2020 del 12 de noviembre delde añoadministrativo efectos que se dé SEP, según lo establecido en el Estatuto del Funcionario tienen por los siguientes deberes: DE/UT noviembre del añouna a efectos queretardación seGeneral dé cumplimiento de Que e Lía o aMara DepaYosa amen a de Edu a ón Pando Bea Administrativo Lópe RengDisciplinario o a)peRespetar e a DDEP), onla aConstitución defuncionarios a Re oNº u 203/2020 ón n recomendaciones edela 12 Nodepor 062 2000 Que el Artículo 25elseñala: “(Prohibiciones) servidores públicos carrera del SEP, según loa Que,alaDLic. Manuyama (Presidenta del Tribunal demlos negligentes que omisión ocasionado cuestionado. lo dispuesto parágrafo I dely Artículo 67 que establecen unlaprocedimiento respecto cumplimiento deMlas adjunta han que presente debe ser remitida aindebida la Dirección deen el Políticaen del Estado, las leyes otras Los disposiciones legales. b) de debe ae la Dirección establecido Estatuto delu Funcionario Público, están sujetos rehúsa de manera expresa la nota Cite/Nº01/2020 conEela inicio Que, LíaoMara Yosa Asuntos Jurídicos de este Ministerio”. Desarrollar sus atribuciones deberes administrativos administrativos on nd o Manuyama ono e (Presidenta de mediante manedel a Tribunal eha enAdministrativo e que e Disciplinario u o uproceder adoDDEP), po Ca o del a E proceso obafunciones, A m las morecomendaciones e penal e omyenda aadjunta u au oque dad e ser aremitida ap oba p esupra-citada. en e General n o me egaAsuntos em Jurídicos a la Lic. Eresponsabilidad A u oen 2 elyeña a Na a e aemergente u yddeberes a Lade DDE e abcon ea las da siguientes en eordenamiento A prohibiciones: u o 78 de ae)Le procesamiento administrativo de la exfuncionaria pública O de en su defecto la administrativa la contravención del jurídico de este Ministerio”. Promover participar directa o indirectamente en prácticas an lograr contra Eva Carola Ari de concon argumento ya no de manera mediante laenota proceder el inicio del de proceso puntualidad, economía, probidad, pleno sometimiento A administrativo en o oexpresa op a en ega adade a Departamental aCite/Nº01/2020 o po Escobar e n ode me aelUn e dad Maque o ladeprenombrada San And é celeridad, n administrativo m en de a Audeo atención dad Lega en e eal grado de de falta A e cometidas”. o Lega P Adjuntando n pa de elarehúsa a CONSIDERANDO: N 070 oeficiencia, on púbtransparencia a de eny con a conducta ada ba del o udestinadas ónaldepúblico, M ecorresponde oventajas de Eduilícitas”. apartir ón de e se ono emitan las ollamadas queCompe corresponda yen dedade las normas que regulan la servidor formaría parte Dirección Educación Pando. administrativo en contra de de EvalaCarola Escobar Ari con el argumento de que la prenombrada ya Que, el Informe IN/DE/UT No. 0203/2020 de 12 de noviembre de 2020, emitido por el Profesional ordenamiento jurídico nacional”. o a ede o om e a p e en a ón de a denun a an e e M n e o Púb o ob ga ón su Ca e Que, aIV,de Eel Informe ado debRocha endo onNo.de0203/2020 asimples: e a udee 12 a la apnoviembre a ón dede p 2020, n p oemitido p o Bismarck e por a elu Profesional d ón on u en en52pe ona d Grave) a de de la e infracción ho púb oal onEGPP pa mon ojurídico-administrativo p laopMáxima o au Autoridad onom ayde IV,a gumen siguiente documentación en fotocopias análisis, señalando que“(Falta eluDirector General Ejecutiva deordenamiento la siendo Que el Artículo señala: Es no formaría parte de la Dirección Departamental de Educación Pando. Omar Andro IN/DE/UT Ajhuacho, vía el Jefe de de Unidad de Transparencia, E. Rocha el de lade Unidad López, a ge las normas que regulan la conducta funcionaria. falta grave genera perjuicios ladegestión deo elementos de hecho referentes a lasén acciones omisiones que contravienen e Que, ab e sedahan enidentificado ePOLÍTICA a u o 286 deESTADO a Le N 1970 a amb e a aypo e ap oQue deel má de un Ma o Omar a a Andro a a Meno aAjhuacho, n de e vía d Jefe pa dad e de o Transparencia, en eante p ola eAutoridad amBismarck en oSumariante de aE.pMolina u a dad ón de adm n entidad a servidores a desconcentrada nan e a ega éAsesor n aLa on según ede en a ap a e deaDepa CONSTITUCIÓN DEL Ejecutiva una un abogado dependiente la amen misma, Molina López, recomienda: “(…) a)a Se debe remitir antecedentes Artículo 25 señala: “(Prohibiciones) Los públicos de y lael carrera delLegal, SEP, lo recomienda: “(…) a) Se debe remitir antecedentes ante la Autoridad Sumariante a objeto de inicio las organizaciones del SEP. Se consideran faltas graves: m) Las señaladas como prohibiciones el ordenamiento jurídico administrativo, inherentes a la administración de personal y cumplimiento hane identificado de nhecho a las acciones y omisiones que a do objeto de inicio administrativo, conducta establecido en el Estatuto del Funcionario sujetos a amen las siguientes prohibiciones: e) n o de pelementos o e o adm a referentes o de e Carta púb o dele proceso e dosumario eNº púb o ede pe22por o de aadecuarse unseptiembre m molahe ho 2020, … de BEATRIZ ompe en aque en Público, a u supuestas destánón depa a  e del CITE: D.D.E.P. 029/2020 dirigido laQue, seaño corresponde las contravenciones serán conocidas y resueltas en la fase en del proceso sumario administrativo, pordeadecuarse la conducta dede BEATRIZCAMPOS LÓPEZ aRENGIFO artículo 25 y el incumplimiento de deberes señalados enilícitas”. el artículo 24 del presente reglamento”. deeldeberes en el jurídico desempeño de la función pública, respecto a la cumplir oy participar hacer el contravienen ordenamiento administrativo, inherentes a la administración deobligación personal dePromover LÓPEZ RENGIFO (Director Departamental Educación de Pando), BERNARDINO directa o indirectamente en prácticas destinadas a lograr ventajas Presidenta del Tribunal Disciplinario de la DDEde Pando, Lia María Yosa Manuyama, emitido pory cumplimiento Que,cumplir el Artículo 232,enestablece: Administración Pública sede rige por los principios de legitimidad, sumario por el asesor legal principal de entidad que ejerce tuición, en el presente caso el Director (Director Departamental deTransparencia Educación de BERNARDINO CAMPOS GRIMALDES las normas, pudo“La identificar supuestos indicios de deberes else desempeño de la función pública, respecto aresponsabilidad la obligación de por la función pública CONSIDERANDO: GRIMALDES (Responsable de laPando), DDE- Pando) Yonister Texeira Suarez (Ex Que e Abogado Be na d no Campo G ma de en u ond ón de Re pon ab e de T an pa en a Que a(Responsable a é de No a n e na N DM UT No 0540 2020 de 4 de d emb e de 2020 em do po REGLAMENTO DE LA CARRERA ADM N STRAT VA DEL SERV C O DE EDUCAC ÓN de Transparencia de la DDEPando) Yonister Texeira Suarez (Ex Director la Directora Departamental de Educación Departamental Pando. legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación. Que, el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 813 de 9 de marzo de 2011, establece la naturaleza en relación a Beatriz López Rengifo (Directora Departamental de Educación de Pando), Bernardino cumplir y hacer cumplir las normas, se pudo identificar supuestos indicios de responsabilidad por Director Departamental de Educación Pando a.i.), y Catalino Condori Salvador (Jefe Unidad Que el Artículo 52 señala: “(Falta Grave) Es la infracción al ordenamiento jurídico-administrativo y a.i.), Unidad Asuntos jurídica de DireccionesLaDepartamentales de Educación, las se constituyen como Campos (Responsable de Transparencia DDE-Pando) Manuyama depública a D DenEGrimaldes Pando auna e López ecalidez, b Rengifo do ohonestidad, an e edenDepartamental ede laon e pe ay aLíau Mara a aYosa ón un que u oregulan e e eDepartamental deAsuntos a Un dad de TEducación an paPando) enPando a yLu T oy NCatalino na Hua Condori a d gSalvador do a M n(Jefe o de Edu de a ón PÚBL CAlasAPROBADO MED ANTE RESOLUC M Nque STER AL N 062 00 entidades DE 17 DE la función relación Beatriz (Directora de Educación de Jurídicos DDELIA MARA YOSAMANUYAMA (Presidenta del Tribunal lasde normas la conducta funcionaria. falta grave genera perjuicios aÓN la gestión de competencia, eficiencia, calidad, responsabilidad yo resultados”. Jurídicos DDEPando) y LIA MARA YOSAMANUYAMA (Presidenta del Tribunal Disciplinario de públicas descentralizadas bajo tuición del Ministerio de Educación. (Presidenta del Tribunal Disciplinario de la DDE-Pando) quienes habrían incurrido supuestamente de Pando), Bernardino Campos Grimaldes (Responsable de Transparencia de la DDE-Pando) Disciplinario de la DDE-Pando) al inc. m) del art. 52 del Reglamento de la Carrera Administrativa las organizaciones del SEP. Se consideran faltas graves: m) Las señaladas como prohibiciones en a o pa a e e e o de a go de P o e ona Té n o en Edu a ón E pe a e 5 de un o de POR Ad Que aR.T.D.D.E.P Ta qu eñaNºa 17/2019 … dando ump m en o2019 a Aemitido 26 Pa o 2 Nume a FEBRERO  ánlaRubén Informe de 6 de junio de la porág el aResponsable TANTO:DE 2000 DDE-Pando) al inc. m) del art. 52 del con Reglamento de Carrera Administrativa del Servicio en infracciones al Reglamento de la Carrera Administrativa del personal administrativo del y Lía de Mara Yosa Tribunal Disciplinario de no la DDE-Pando) del de Educación Pública aprobado Resolución Ministerial del porPando elaartículo 25 ySEP, el incumplimiento de deberes señalados en el artículo 24 del presente reglamento”. 2019 e Manuyama m a a emana undel ndel o me ega ndeterminan: o me que e obligaciones en uen aquienes den o de one 1dedeTransparencia aEducación LeServicio 974 Pública engo b en em con denun a pena n e pue a en del e062/00 D17/02/00, o 17/02/00, ud de deloala D.D.E.P., Bernardino Campos Grimaldes, dirigido apor laahaber Directora Que, numerales 1),(Presidenta 2)eny 3) Artículo 235, “Son de las servidoras y los aprobado Resolución incumplido Que, en consecuencia y toda vez que al haber sido aplicados al caso las normas contenidas en allos Reglamento de Organización Funciones dedelas Departamentales deun Educación, habrían incurrido supuestamente infraccionesy al Reglamento la Direcciones Carrera Administrativa del haber incumplido establecido en los incisos a) Ministerial y b) del art.062/00 24 del prenombrado reglamento, a bu one e ab e da en e A u o 10 de a Le 974 a no ea a a ge one pa a ea a aDepartamental e e lo o de ape onam en o de M n o an e n an a n e ga a a m mo e ad un a Que e A Supremo u o 24 eNº ab e Debe Lopor eel Decreto doen e elpúb o de alaeLey aespecíficamente adm n a a alosde establecido en los incisos a) y b) del art. 24 del prenombrado reglamento, siendo esta calificación el Decreto 23318-A modificado Supremo Nºade 26237, Decreto Supremo Nº 813 y otras normativas conexas y vigentes, por no realizar acciones dispuestas de Educación Pando, Beatriz López Rengifo, por el que recomienda: “(…) pasar servidores públicos: 1. Cumplir la Constitución y las Leyes; 2. Cumplir con sus responsabilidades, La Autoridad Sumariante ale amparo deelo establecido Artículo 41 N° 2341, personal administrativo del SEP, al Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones siendo esta calificación enunciativa y no limitativa(…)” CONSIDERANDO: enunciativa yano limitativa(…)” loSEP dispuesto en parágrafo queona establecen procedimiento respecto por leydeen del Informe 08/2018 dedeclaración Cobija, 21 de diciembre de 2018, denun aconocimiento nelopresente me na caso N DE UT N 203 2020 12 de no emb e dedep la e Dirección en e año aDepartamental e e o que ededé egún o eely ab e do enI edel EelArtículo aproceso u o de67Fun o Púb ounsus enen o gu en e debeae Departamentales Educación, Decreto Supremo NºDDEP/UAI/Nº 813 ypública; otras normativas conexas y vigentes, conocimiento deldeTribunal Disciplinario deuna acuerdo con los principios de la función 3. Prestar jurada de bienes y efectos de iniciar llevar adelante sumario, en uso de facultades, competencia la responsabilidad administrativa emergente de la contravención del ordenamiento jurídico en cuyo numeral 2.3. Personal que no cumple con el requisito (perfil) de formación profesional que por no realizar acciones dispuestas por ley en conocimiento del Informe DDEP/UAI/Nº 08/2018 de Que, mediante Nota Interna DDEP/UTLCC/JNFC-MEDC/JUTLCC Nº 001/2020 de 6 de octubre de Que, el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 813 de 9 de marzo de 2011, establece la naturaleza ump Que, m en de o de a epara omenda one iniciar ad un el a proceso que debeadministrativo e em da a acontra D e deónEva Gene a de de aatribuciones Re pe a que a Con uleón Po aendeestricto E ado a e e a lo o previsto a d popor one ega Educación Pando que pueda en Carola rentas antes, durantedey Organización después del ejercicio del cargo…”. yadministrativo la Ley confiere, cumplimiento el inciso a)ede delb Interna DDEP/UTLCC/JNFC-MEDC/JUTLCC Nº 001/2020 6 de octubre y de las normas que la conducta delentidades servidor público, corresponde partir el Manual y Funciones (según R.M. Nº 492/2012 de 09/08/2012), Cobija, 21 exige de diciembre de 2018, en cuyo numeral 2.3. Personal que no cumple con el requisito 2020, mediante emitida porNota el Responsable de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de la DDEde Pando, jurídica deidentifica las Direcciones Departamentales de Educación, las regulan que se constituyen como Que a L L a Ma a Yo a Manu ama P e den a de T buna Adm n a o D p na o DDEP AEscobar un o2020, u d o de e e M n e o De a o a u un one a bu one debe e adm n a o debe e adm n a o on Ariemitida Técnica de Educación Especial de de la D.D.E.P. en sujeción Art. 52 inc. Uso(perfil) Artículo 21 del Reglamento la Responsabilidad por de la Función mediante por el Responsable de Transparencia y Lucha Contra la al Corrupción dee).la DDE Pando,de formación su análisis, señalando quede elde Director General Ejecutiva la EGPP Pública, siendo laaprobado Máxima Autoridad que la señora ESCOBAR ARIelEVA CAROLA no presentó fotocopia(según del Título profesional que exige Manual de Organización y Funciones R.M.Profesional Jhamilca Nohely Flores Choque, dirigido al Jefe la Unidad de Transparencia y Lucha Contra públicasLegalizada descentralizadas bajo tuición del Ministerio Educación. Jhamilca Nohely Choque, dirigido alrecomendando: JefeAdministrativa de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra ehú a 09/08/2012), de mane alas e 20 p e aDE med an e aESCOBAR no apor C laeARI N 01 2020 pMayor o no edepresentó on eAndrés nY oCONTROL de p o eaola Decreto pun uaSupremo dad eNo. dad e onommodificado a e en aAsesor pelob dad en a dependiente on p enoNºde ome m en o a Ejecutiva de unae entidad desconcentrada y elpor Legal,1an un abogado la misma, y más aún ante respuestas generadas Universidad de San referente indebido de Títulos delFlores Reglamento de la Carrera del Servicio de Educación LEY Nº 1178 DE DE 1990, DE ADMINISTRACIÓN 23318-A, Artículo delpa Decreto Supremo 26237: Nº 492/2012 de identifica que laJULIO señora EVA CAROLA la Corrupción, Bismarck Eusebio Molina López, “(…) habiéndose evidenciado la Corrupción, Bismarck Eusebio Molina López, recomendando: “(…)dohabiéndose lasdsupuestas seráncontenidas conocidasen y resueltas en la fase del sumario verificación título adm nTítuloa Profesional ode enautenticidad on Legalizada a de Edel a yCa o aprofesional E ante oba las Acuestionado. on e a gumen o deporque enomb ada a corresponde Que ela nResolución odeme N DE UT No 0203 2020 de 12por de no emb de 2020 em po e Pyolaeevidenciado ona denam enque oal uhaber osido na aplicados onacontravenciones fotocopia del más aún respuestas generadas la a pQue, falta orientación y asesoramiento jurídico parte de la eUnidad de Asuntos Jurídicos en consecuencia yotoda vez que al caso las normas Pública Ministerial 062/00 17/02/00”. GUBERNAMENTALES. la falta de orientación y asesoramiento parte de la Unidad Asuntos Jurídicos y la CONSIDERANDO: por el asesor legal principal de entidad queNºejerce en el presente caso el Director General Universidad Mayor SaneAndrés a la verificación profesional falta de cumplimiento dehua la Ley 813, ase erecomienda de proceso el Decreto Supremo Nº 23318-A modificado por el Decreto Supremo 26237,tuición, específicamente o ma de a pa dePOLÍTICA a referente D e ón Depa amende a autenticidad de Edu a del ón título Pando V Oma And o Ro ha A hoLey ejurídico e de elpor ainicio Un dad dedeT administrativo an pa de en aenBcontra ma E DISPONE: falta de cumplimiento de la 813, se recomienda el inicio proceso administrativo contranoCONSTITUCIÓN de Asuntos del que Ministerio de Educación. DEL ESTADO de los funcionarios negligentes que por omisión han ocasionado una indebida retardación en el encuestionado. lo dispuesto en el parágrafo I delJurídicos Artículo 67 establecen un procedimiento respecto a Mo Lópe e om enda … a Se debe em an e eden e an e a Au o dad Suma an e Que e A u o 25 eña a P oh b one Lo e do e púb o de a a e a de SEP egún o  nade Nota A.JUR.No. 1308/19 de 24 de mayo de 2019, emitido por la Jefa Depto. De Que, el Artículo 28, establece: “Artículo 28. Todo servidor público responderá de los resultados los funcionarios que omisión han ocasionado una indebida retardación en el Que, el Artículo 232, establece: “La Administración Pública se rige por los principios POR TANTO: legitimidad, administrativa procesamiento penal ynegligentes administrativo de por la exfuncionaria pública supra-citada. O en su defecto la de responsabilidad emergente de la contravención del ordenamiento jurídico y oadministrativo de pública en Que e han den ado publicidad, e emen o compromiso de he deberes ho e einterés e social, a a ética, aasignados one om one que aAsesoría ob eprocesamiento o emitan de n las o llamadas de p ede uma que o adm n laSan aexfuncionaria oalAndrés, po ade ua cometidas”. e supra-citada. aCarmen ondu a deO BEATR Z emergentes e Autoridad ab equedo en e la Econducta a u al o de Fun onapúblico, Púb o econtra ánelpartir uArtículo e de oexaservidores a degulaen e N° p oh bBEATRIZ one La Sumariante amparo de lo oestablecido en 41 Ley 2341, a los e legalidad, imparcialidad, transparencia, igualdad, Jurídica depenal la oUniversidad Mayor de del Villanueva dedefecto del desempeño de las funciones, yenatribuciones aadministrativo su cargo. A Inicio de Proceso Interno los públicos CONSIDERANDO: se atención corresponda grado deMaría falta Adjuntando la su y de lasPRIMERO.normas regulan delAdministrativo servidor corresponde se emitan las llamadas de atención que corresponda al grado de falta cometidas”. Adjuntando la efectos de iniciar y llevar adelante el proceso sumario, en uso de sus facultades, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”. siguiente documentación fotocopias simples: que el Director General de siendo Máxima onefecto: a enen e o denam en o u d o adm n a o nhe en e a a adm n a su ónanálisis, de pe señalando ona LÓPEZ RENG FO D ela carta o en Depa amen a deemitida Edu aporónelde BERNARD NOJefe CAMPOS P omo e o pa paEjecutiva d e aDepartamental o landEGPP e amen en p á Autoridad adedePando), nada a og a competencia en a aCAMPOS ay Lavadenz, adjuntando D.D.A. 297/19 Lic.Pando Hugo Morales Bellido de la este LÓPEZ RENGIFO (Directora deelaEducación BERNARDINO siguiente documentación en fotocopias simples: atribuciones que la le confiere, estricto cumplimiento lo previsto por el inciso a) del Artículo CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO Ejecutiva deón una entidad desconcentrada y elLey Asesor Legal, unen abogado dependiente de laamisma, ump m en o de debe e en e de empeño de a un ón púb a e pe o a a ob ga de GR MALDES Re pon ab e de T an pa en a de a DDE Pando Yon e Te e a Sua e E División Documentos y Archivo, mediante la cual se advierte que el nombre de la Sra. Escobar a) LaQue, responsabilidad ejecutiva, civil y penal se“Son determinará tomando en cuenta los (Responsable de Transparencia DDE-Pando) y LIA MARA YOSA MANUYAMA 21 del Reglamento de la serán Responsabilidad pordelalaFunción Pública, los numeralesadministrativa, 1), 2) y 3) del Artículo 235, determinan: obligaciones de las servidoras y loslas GRIMALDES  Carta CITE: D.D.E.P. Nº 029/2020 de 22 de septiembre de 2020, dirigido a la corresponde que supuestas contravenciones conocidas y resueltas en la fase del aprobado mediante Decreto ump ha e acción ump aCumplir no mala Constitución e pudo den lasalos upue2. oCumplir nd ocondesuse responsabilidades, pon ab dad po DArienoo figura Depa a de Edu aD.D.E.P. ón Pando a Pando,Ca aMaría noalde Condo Sa adoemitido e epordirigido Un dad Que e ANo.del u23318-A, oentidad 52 eña aejerce Fatuición, a por G ade e el a 1n del acaso ón apor o Supremo denam u d eno SUPUESTOS adm n a o  Carta CITE: 029/2020 de 22 septiembre 2020, a ella enamen losdellibros concernientes delaNº las gestiones 2000 presente. resultados de lapúblicos: u1.Administración omisión. Tribunal Disciplinario laEpresente DDEPando), haber en incurrido Supremo modificado el Decreto Nºo 26237: servidores Leyes; Presidenta Tribunal Disciplinario de DDE Lia Yosa Manuyama,de Que, Artículo 232, establece: “La Pública se rigey por principios de legitimidad, sumario por el asesor (Presidenta legal principal de que enArtículo el Director Presidenta del Tribunal Disciplinario de laYOSAMANUYAMA DDEPando. Pando, Lia María emitido DISPONE: de acuerdo los la efunción pública; 3. Prestar jurada de bienes unpresume ón púbcon alicitud enprincipios ede a ón operaciones adeBea Lópe Reng o transparencia, Drealizadas e declaración o a Depa amenservidor aGeneral de Edu arentas ón Jurídicos de A unlaoDirectora u d Departamental o DDE Pando L A Departamental MARA P e Yosa den aManuyama, de T buna a a del no ma que deegu an a ondu a un ona a Laenaelaejercicio g a e gene a pe u o apor a ge ón -de b) aSe la las ysocial, actividades por todo público, indicios deMinisterio RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, de sus funciones acción de Educación legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso interés ética, igualdad, deyAsuntos Educación. por la Directora Departamental de Educación Departamental Pando. PRIMERO.Inicio de Proceso Administrativo Interno contra los ex servidores públicos BEATRIZ antes, durante y después del ejercicio del cargo…”. eficiencia, calidad, calidez, honestidad, resultados”. de Pando na d no Campo G maresponsabilidad de Re pon yab e de T an pa en a de a DDE Pando D p na o de a DDE Pando a Nº n 026/2019 m de a de5224dedeReg amen o desuscrita a Ca epor a Adm n a competencia, a mientras a o gan de SEPenmarcados Se on deen anelaArtículo a g a 235 e m eña ada omo p oh b Estado, one en Carta CITE: D.D.E.P de 2019, la Directora no seBe demuestre lo contrario” omisión que ase one encuentran deLa la Constitución Política del Informe R.T.D.D.E.P Nº 17/2019 dejunio 6abril dedejunio de 2019por emitido por el Responsable LEY Nº 1178 DE 20 DE JULIO DE 1990, DE ADMINISTRACIÓNPOR Y TANTO: CONTROL LÓPEZ RENGIFO (Directora Departamental de Educación de Pando), BERNARDINO CAMPOS  o  Informe R.T.D.D.E.P Nº 17/2019 deRe 6 de 2019 emitido el Responsable L a Ma a Yo a Manu ama P e den a de T buna D p na o de a DDE Pando qu ene de Se de Edu a ón Púb a ap obado on o u ón M n e a 062 00 de 17 02 00 po e a u o 25 e n ump m en o de debe e eña ado en e a u o 24 de p e en e eg amen Departamental de Educación Pando, Beatriz López Rengifo,Grimaldes, dirigidoGrimaldes, aldirigido Rector adedirigido la Universidad Artículo 29 de (Responsable la Ley Nº 1178,deParágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 23318-A, incisoso de Transparencia la D.D.E.P., Bernardino a la Directora GRIMALDES Transparencia de la DDE-Pando) y LIA MARA YOSA MANUYAMA GUBERNAMENTALES. de Transparencia de la de D.D.E.P., Bernardino Campos Campos la Directora Que, los numerales 1), 2) y 3) del Artículo 235, determinan: “Son obligaciones de las servidoras y los hab u Cumplir do señala upue amen“La e y“Artículo en a 28. one aesReg amen o de cuando aresponderá Ca elaaacción Adm nlos a aSumariante de habe ump do o edeWaldo ab ede do en o nBeatriz o López a Beatriz bRengifo, deLópez a por24 de recomienda: p enomb ado eg amen servidores o “(…) Departamental Educación Pando, Rengifo, por el que Mayor nde San Andrés, Albarracín. Que, elan Artículo 29, que: responsabilidad administrativa u omisión a), b) y c) deldel Artículo 24 yDisciplinario el en inciso m)de del41 52 de2341, la Resolución Ministerial 062/2000 de (Presidenta Tribunal laArtículo DDEPando), por haber incurrido enNº SUPUESTOS Que, eln Artículo 28, establece: Todo servidor público de resultados Departamental Educación Pando, el que “(…)recomienda: pasar públicos: 1. la Constitución las nLeyes; 2. Cumplir con sus responsabilidades, La Autoridad al amparo de lo establecido el Artículo de la Ley N° a los pasar presente caso Disciplinario deDepartamental la Dirección Departamental indicios de RESPONSABILIDAD el ejercicio de sus funciones por acción del desempeño depública; funciones, y atribuciones asignados cargo. A estey llevar peemergentes onalosadm a deoladefunción SEP alasReg amen odeberes de Oygan anormas ón de Fun one asu ede iniciar one endo eel apresente a aelcaso ón enun a a conocimiento no a adel … Tribunal de CONS DERANDO a conocimiento del m Tribunal Disciplinario la Dirección de de acuerdo con principios 3. Prestar declaración jurada bienes y deaefectos adelante el de proceso uso de sus facultades,en competencia contraviene el nordenamiento jurídico administrativo las que regulan la D conducta 17 de febrero 2000.sumario, en ADMINISTRATIVA, de Educación de Pando para iniciar que pueda iniciar el procesoenadministrativo en contra rentas de Eva que seenencuentran enmarcados el Artículo efecto: Educación Pando para que pueda proceso administrativo contra de Evadado Carola antes, durante del ejercicio Ley le confiere, estricto cumplimiento a lo en previsto por el 235 incisodea)ladelConstitución Política del Estado, Depa amen e de Edu a ón del Decargo…”. e o Sup emo N 813 o a no ma a oney atribuciones a gen eque la omisión  Títulode en Provisión Nacional de el Psicóloga de Eva Carola Escobar, la 52 inc. funcionaria dely adespués servidor público...”. Carola AriEducación Técnica de Educación Especial la D.D.E.P. en inc. sujeción alenArt. 29 la Ley Nº 1178, IPública, del Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 23318-A, incisos a) La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los Artículo Escobar Ari aEscobar Técnica de Especial deMEDC la D.D.E.P. ende sujeción al 2020 Art. 52 e).-oUso Artículo 21 del de Reglamento de laAde Responsabilidad poreParágrafo la Función aprobado po no ea a a one d pue a po e en ono m en o de n o me DDEP UA N 08 2018 Que med an e No n e na DDEP UTLCC NFC UTLCC N 001 de 6 de ub e de Que e u o 2 de De o Sup emo N 813 de 9 de maArtículo o de 2011 abNº e e062/2000 a na u ade e a ciudad de La a indebido los 26del días mes del de mayo de dos mil años. SEGUNDO.conformidad a 1lodel previsto en el inciso b)lamediante del 22 deleDecreto Supremo Nº e).-Paz, Uso dedel Títulos de cinco la Carrera Administrativa del Servicio b) y c)modificado del De Artículo y el inciso m) del Artículo 52Nºde Resolución Ministerial acción u omisión. indebido de Títulos Reglamento de laReglamento Carrera Administrativa del Servicio de Educación LEY de Nº resultados 1178 DE de 20 laDE JULIO DE 1990, DE ADMINISTRACIÓN Y CONTROL Decreto Supremo No. a), 23318-A, por 24 el Artículo Decreto Supremo 26237: Cob 21 de e de de 2018 en u o nume 2 3 Pe que noporump e servidor on e equ o 23318-”A” 2020 emPública da poResolución e Re Pública pon abResolución e de062/00 T an 17/02/00”. pa en a Lu ha Con a a Co up ón de a DDE Pando a demodificado adeD2000. e por one elDepa amen a e deNº Edu a ónsea dispone, que e la onapertura u en omo en dade Educación Ministerial 062/00 17/02/00”. 17uded febrero b)Nºa Se presume la las DE operaciones y aactividades realizadas todo público, LEY 2027 DEd 27emb DElicitud OCTUBRE 1999, ESTATUTO DELona FUNCIONARIO PÚBLICO Decreto Supremo 26237, del término Ministerial GUBERNAMENTALES.  A.JUR.No. de 24 de de mayo emitido la Depto. SEGUNDO.Deen conformidad b) Edu del Artículo del Decreto Supremo Nº se demuestre lo contrario” de onoma ón p o e ona que e ge e Manua de O gan a ón Fun one egún R M ham a Nohe F o Nota eDDEP/UAI Choque d 08/2018 g1308/19 do a ede e 21 de a Un dad de de 2019, T an2018, pa en aporLu halaCon a De pemientras púb a dede a días ada hábiles baaolouprevisto ón deen M el n inciso e o de a ón 22 DISPONE:  Informe Nº diciembre de emitido porJefa Jefe de prueba diez administrativos computables a partir del día siguiente Asesoría Jurídica deolaMo Universidad Mayor dedeSan Andrés, María Villanueva de 23318-”A” modificado por el Decreto Supremo Nº 26237, se dispone, la apertura del término Nota A.JUR.No. 1308/19 de 24 deemayo 2019, emitido porPedraza, la del JefaCarmen el Artículo establece: “Artículo 28.den Todo1 servidor responderá de los N 492 2012 deb)09y08 2012 a que público a “El eñopresente a ESCOBAR ARresultados EVA no p e en ó hábil adeCo up ón B Auditoria ma EuInterna eb na Lópe omendando … hab éndo eDepto. edirigido denDe ado a Jefe la Unidad de decarta la DDE Pando, Roxibana Guarenal a laQue, Que, los 28, incisos j)señala del Artículo refieren: Estatuto se rigeCAROLA por los siguientes de sudenotificación personal con la presente Resolución,a debiendo presentar descargos Lavadenz, adjuntando la D.D.A. emitida pordelelCarmen Lic. Hugo Morales de prueba diez días hábiles computables Que, el Artículo 29, que: “La responsabilidad administrativa cuando acción u omisión Jurídica de la Universidad Mayor de 297/19 San Andrés, María Villanueva deBellido emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribucioneses asignados a su cargo. A la PRIMERO.Inicio de Proceso Administrativo Interno contra administrativos los ex servidores públicos BEATRIZ partir del día siguiente hábil o o op a de T u o P o e ona Lega ada má aún an e a e pue a gene ada po a aDirectora a de Asesoría o Departamental en a ón a e o am en o u d o po pa e de a Un dad de A un o u d o a Que en on e uen a oda e que a habe do ap ado a a o a no ma on en da delaEducación Beatriz López Rengifo. principios: b) Sometimiento a la Constitución Política del Estado, Ley y alque ordenamiento que correspondan laEducación contravención señalada. Asimismo, conforme presentar prevé la Ley Nº 2341que deen de la División Documentos y Pando, Archivo, mediante cual se Morales advierteBellido que el nombre la Sra. de su notificaciónade personal con la presente Resolución, debiendo descargos contraviene el ordenamiento jurídico administrativo y las lanormas regulan lajurídico; conducta(Directora Lavadenz, adjuntando carta D.D.A. 297/19 emitida por ellaLic. Hugo Jefe de la deeste efecto: LÓPEZ RENGIFO Departamental de Pando), BERNARDINO CAMPOS Escobar en los concernientes laspelgestiones ala Escobar presente. e dadadministrativa, Ma de San And épública...”. e yepenal en e se a determinará a e a tomando ón de auenen dad u o p o e ona a a de División ump mDocumentos en oAridenoafigura 813 elibros e om enda n odede onombre e o adm o en on a)a La responsabilidad e de De e odeSup 23318 Aseñalada. mod ado poYOSA e De o Supprevé emo la N Ley 26237 e pe amen correspondan a2002 laemo contravención Asimismo, conforme Nº 2341 de 23 dela e funcionaria del oservidor público...”. y Un j) Responsabilidad por la ejecutiva, función 23 abril de Procedimiento Administrativo yMANUYAMA suereglamento, se tendrá por domicilio yLe Archivo, mediante la cual seeadvierte que de2000 lan Sra. civil cuenta losde GRIMALDES (Responsable de Transparencia deNla DDE-Pando) y LIA MARA  Carta CITE: D.D.E.P Nº 026/2019 de 24 de abril de 2019, suscrita por la Directora abril 2002 Procedimiento reglamento, Secretaria LEY Nº 2027 DE 27 DE OCTUBRE DE 1999, ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO ue de ona o en neg gen po omde ón han o a 2000 onado unaemitido ndeb da e aDDE da Pando, ón en resultados e oDisciplinario dde pue pa Pando), ágSumariante a oAdministrativo A(Asesor u yosu67 e abse e tendrá enDirección unpor p odomicilio ed m enlaode eAsuntos pe o a Ari no figura losDDEP librose concernientes presente. de laonado acción u omisión. (Presidenta del Tribunal de la e DDEporde haber incurrido enque SUPUESTOS  o un Instructivo Nºque 008/2019 delas 28gestiones de marzo de al 2019, por la Secretaria deode laen Autoridad Legal Principal), General Departamental de Educación Pando, Beatriz López Rengifo, dirigido al Rectorb)de la deala eAutoridad Sumariante (Asesor Principal), Dirección de Jurídicos Que,lalos incisos b)operaciones y j) del Artículo 1 refieren: “El presente Estatuto se rige por los siguientes presume licitud de las y actividades por todo servidor público, indicios de RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, elaejercicio sus funciones acción - ón pBeatriz o e am en o Rengifo, pena adm n de oservidores de a e Waldo un ona adepúb a up a ada O en u de e o Se Que, pon ab dad adm nen a Legal eme gen eCiudad de a General en de Asuntos o denam en o udel d o López dirigida aalos públicos la DDE Pando. el inciso a) Artículo 8 dispone que: “Losrealizadas servidores deberes: Jurídicos del de Educación, Av.deArce 2147apor deon la Paz. Ciudad de La Paz. San Andrés, Albarracín. Ministerio de Ministerio Educación, Av. Arce Nºla2147 de la Nº b)del Sometimiento a la Constitución Política delpúblicos Estado, tienen la Ley ylos al siguientes ordenamiento jurídico;  Universidad CartaMayor CITE: D.D.E.P Nº 026/2019 de 24 de abril de 2019, suscrita por la Directora mientras noprincipios: se demuestre lo contrario” omisión que se encuentran enmarcados en el Artículo 235 de Constitución Políticade delLa Estado, CONS DERANDO e em an a amada de a en ón que o e ponda a g ado de a a ome da Ad un ando a adm n a o de a no ma que egu an a ondu a de e do púb o o e ponde pa de a) Respetar y cumplir la Constitución del Estado, las leyes y otras disposiciones legales…”.  Título en Provisión de Psicóloga de EvaalCarola Escobar, dado en la ciudad TÓMESE REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. y j) Responsabilidad por la funciónPolítica pública...”. Departamental de Educación Pando,Nacional Beatriz López Rengifo, dirigido Rector de la Universidad Artículo 29 de la Ley Nº 1178, Parágrafo I del Artículo 13 del RAZÓN, Decreto Supremo Nº 23318-A, incisos LaSan Paz, a los del de dos años. gu en eMayor dodeumen aCite/SEAyE/Nº ón en 26 o odías op a mes mp de edemayo aná eñaArtículo ando que e o Gene a E eNºu 062/2000 aY de adeEGPP endo a Má ma Au o dad  Carta 09/2019 12 de abrilmildecinco 2019, del Viceministerio deQue, el Artículo 29, señala que: “La responsabilidad es administrativa cuando la acción u omisión TÓMESE RAZÓN, REGÍSTRESE NOTIFÍQUESE. de Andrés, Waldo Albarracín. a), b) y c) del Artículo 24 yu el inciso m) del 52 deelaD Resolución Ministerial  Informe DDEP/UAI Nº 08/2018 de 21 de diciembre de 2018, emitido por la Jefe de Que, el inciso a) del Artículo 8 dispone que: “Los servidores públicos tienen los siguientes deberes: contraviene el ordenamiento jurídico y las normas que FUNCIÓN regulan la conducta de febrero de 2000. E e u a de una en dad de on en ada e A e o Lega un abogado depend en e de a m ma CONST TUC ÓN CAadministrativo DEL ESTADO Educación Alternativa y Especial. Interna de la DDE Pando, Roxibana Guarenal Pedraza, dirigido REGLAMENTO DEPOL LAT RESPONSABILIDAD POR LA PÚBLICA, 17 APROBADO la Unidad de Auditoria a la a) y cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes y otras disposiciones legales…”. en Provisión Nacional de Psicóloga Carola Escobar, dadodeng la delRespetar servidor público...”.  Directora Ca aTítulo C TE D D E Pde NEducación 029 2020 de 22 de deEvaepLópez emb e de 2020 do a funcionaria a MEDIANTE o e ponde que a upue a on a en one e án ono da e ue a en a a e de DECRETO Nº 23318-A DE 3 POR DE NOVIEMBRE DE 1992, REGLAMENTO Departamental REGLAMENTO DESUPREMO LA RESPONSABILIDAD LA FUNCIÓN PÚBLICA, APROBADO ciudad de La Paz, a los 26 días del mes de mayoPando, de dos Beatriz cinco años. Rengifo. SEGUNDO.De conformidad a lo previsto en el inciso b) del Artículo 22 del Decreto Supremo Nº P e den a Memorándum de T buna D de pDDEP na oNº de a DDE Pando Lmilamarzo Ma por ade Yo aDirector Manu ama do po Que e A u o 232 e ab e e La Adm n a ón Púb a e ge po o p n p o de eg m dad uma o po e a e o ega p n pa de en dad que e e e u ón en e p e en e a o e D e o  Instructivo 008/2019 de 28 emitido de emitido porem la DDE Pando,  Designación Nº 000087 el2019, Departamental DE LA RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN PÚBLICA, MODIFICADO POR LOS DECRETOS MEDIANTE DECRETO SUPREMO Nº 23318-A DE 3 DE NOVIEMBRE REGLAMENTO LEY Nº 2027 DE 27 DE OCTUBRE DE 1999, ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PÚBLICO DE 1992,23318-”A” modificado por el Decreto Supremo Nº 26237, se dispone, la apertura del término López dirigida los de servidores la DDE Pando. DEdad LA RESPONSABILIDAD LA FUNCIÓN D e oBeatriz a Depa amen a de Edu óna Depa amen a públicos Pandodede2018, ega mpa a dad dad omp n e28003 é oMODIFICADO a 11é DE a FEBRERO anPOR pa LOS en aDECRETOS guade daddiez días Gene a deadministrativos A un o u d computables o de M n ae partir o de Edu a ón deaEducación Pando a.i. Rengifo, SUPREMOS Nº 26237 DE pub 29 DEPOR JUNIO DEom 2001o YePÚBLICA, Nº DE 2005 Informe DDEP/UAI Nºa 08/2018 21 de diciembre emitido por la Jefe de DE prueba hábiles del día siguiente Carta Cite/SEAyE/Nº 09/2019 deRoxibana 12 de Guarenal abril dePedraza, 2019, del Viceministerio SUPREMOS NºArtículo 26237 29 DEa“El JUNIO DE Estatuto 2001 Nºpon 28003 DE 2005 de la Unidad de Auditoria Interna de la DDE Pando, dirigido a la Que, de los ompe incisos b) yaj) e del rige por los siguientes de su notificación personal con la presente Resolución, debiendo presentar descargos en en a 1DE arefieren: dad depresente hone dadY ese ab DE dad11 e uFEBRERO ado hábil DE Educación Alternativa y Especial. Que, el inciso a) parágrafoPolítica II del del Artículo 3,ladetermina textualmente: “El servidor público tienea la contravención señalada. Asimismo, conforme prevé la Ley Nº 2341 de Pando, Rengifo. Sometimiento a ladel Constitución Estado, Ley y al ordenamiento jurídico; que correspondan nDepartamental o me R Administrativa T D DdeEEducación Pde N Designación 17Nº2019 deBeatriz 6Nºde000087 un2ode de 2019 por em doDirector po emitida e Re pon e de POR TANTO  Directora Resolución 164/2014 deLópez mayo de el2014, por ab elprincipios: Que,b) incisopor del parágrafo II del Artículocon 3, determina textualmente: “El servidor público tiene  Memorándum emitido Departamental eleldeber dea)desempeñar sus funciones eficacia, economía, eficiencia, transparencia licitud. y j) Responsabilidad la función pública...”. 23 de abrily de 2002 de Procedimiento Administrativo y su reglamento, se tendrá por domicilio la de T an pa en a de a D D E P Be na d no Campo G ma de d g do a a D e o a Que o nume a e 1 2 3 de A u o 235 de e m nan Son ob ga one de a e do a Educación Pando a.i. Director Departamental de Educación Pando a.i. el deber de desempeñar sus funciones con eficacia, economía, eficiencia, transparencia y licitud. Su incumplimiento genera responsabilidades jurídicas. II. Los servidores públicos responderán  Instructivo DDEP Nº 008/2019 de 28 de marzo de 2019, emitido por la DDE Pando, Secretaria de laoen Autoridad Sumariante (Asesor Legal Principal), Dirección General de Asuntos  López Administrativa Nºpúblicos 164/2014 deque mayo de enda 2014, emitida el ejercicio de sus a) Todos ante susasuperiores jerárquicos hasta máximo Depa Beatriz amen a de Resolución Edu a dirigida ón Pando Lópe Reng ode po2 ePando. e om … pa Que, apor elel eincumplimiento do e Artículo púb o8genera 1funciones: Cump a Con u jurídicas. ón Le Cump deberes: on u eleresponderán pon ab ejecutivo, dade LaEducación, Au o dadAv. Suma an2147 e a de ampa o dedeoLa e Paz. ab e do en e A u o 41 de a Le N 2341 a o Rengifo, a losBea servidores de la DDE inciso a) del dispone que: “Los servidores públicos tienen los2servidores siguientes Jurídicos del Ministerio de Arce Nº la Ciudad Su responsabilidades II. eLos públicos en Departamental por conducto a) Respetar ya cumplir Constitución del Estado, y otras e p e enDirector eCarta a o de a renuncia ono m en odedeEducación TTécnica buna Pando D Educación p a.i. na o de a D e deón Depa amen2019 a de ue do onregular”. o p nPolítica p a) o Todos de a ante un las ónleyes púb a 3 disposiciones P e a delegales…”. a a ón u ada de b ene e e o de n a e a ade an e e p o e o uma o en u o de u a u ade ompe en a  al cargo de Especial, 6 de elde ejercicio delasus funciones: sus superiores jerárquicos hasta el máximo ejecutivo,  CartaCite/SEAyE/Nº de renuncia al cargo de Técnica de Educación Especial, dejunio 6 dede junio de 2019  ón Carta 09/2019 12 deo abril de 2019, del Viceministerio de TÓMESE RAZÓN, REGÍSTRESE Y on NOTIFÍQUESE. Edu a de Pando pa a que pueda n a e p o e adm n a o en on a de E a Ca o a en a an e du an e de pué de e e o de a go… a bu one que a Le e e e en e o ump m en o a o p e o po e n o a de firmado Educación porfirmado Eva Carola Escobar Ari. por conducto regular”. por Eva Escobar Ari. Que, DE el Artículo 13, establece: “La responsabilidad emerge de la contravención Alternativa yCarola Especial. REGLAMENTO LA RESPONSABILIDAD POR LA FUNCIÓN administrativa PÚBLICA, APROBADO E oba A Té n a de Edu a ón E pe a de a D D E P en u e ón a A 52 n e U MEDIANTE o A u o 21 de Reg amen o de a Re pon ab dad po a Fun ón Púb a ap obado med an e DECRETO SUPREMO Nº 23318-A DE 3 DE NOVIEMBRE DE 1992, REGLAMENTO ndeb do o de Reg amen o de a Ca e a Adm n por a a Se Departamental o de Edu a ón LEY N 1178 POR DE LA 20FUNCIÓN DE JUL O DEMODIFICADO 1990 DEPORADM STRAC ÓN Y CONTROL De e o Sup emo No 23318 A mod ado po e A u o 1 de De e o Sup emo N 26237  de T u Memorándum de Designación Nº 000087 emitido el de Director DE LA RESPONSABILIDAD PÚBLICA, LOS N DECRETOS de Educación Pando a.i. SUPREMOS Nº 26237 DE 29 DE JUNIO DE 2001 Y Nº 28003 DE 11 DE FEBRERO DE 2005 Púb a Re o u ón M n e a 062 00 17 02 00 GUBERNAMENTALES D SPONE  Resolución Administrativa Nº 164/2014 de 2 de mayoLa dePa 2014, por o el de 2021 Que, a) del delde Artículo 3,e determina textualmente: “El servidor público 04emitida de agos Que e parágrafo A cu01/2020 oII42 o Sup emo N 27113 de de u otiene de Reg amen o13, establece: Que hab ea zado as acc ones pede la nen es pa a og a e ec ua a no ficac ón  el inciso Carta Cite/Nº de Dec 25 de septiembre de 2020, suscrita por23 la Presidente del2003 Que, el Artículo “La éndose responsabilidad administrativa emerge contravención DirectorNo a A UR No 1308 19 de 24 de ma o de 2019 em do po a e a Dep o De Que A de u osus e ab econ eoeficacia, A Mara uneconomía, osYosa 28a Todo do púb eno dedelo ordenamiento e usonas ado jurídico Departamental de Educación Pando a.i. el deber deAdministrativo funciones eficiencia, transparencia yponde licitud. Tribunal Disciplinario Lía Manuyama, dirigido a laoas DDE Pando, administrativo y de normas la conducta adesempeñar ae Ley P28 oced m DDEP, en Adm vo deee m na que ficacá ones a pe con a Reso uc ónlasAdm n sque a regulan va N 005 2021 del de servidor echa 21 de mayo de 2021 a S A e o a u d a de a Un e dad Ma o de San And é Ma a de Ca men V anue a de eme gen e dec responsabilidades de empeño ap ac un II. one debeane epúblicos a cbu one aab uec adagopoA PR MERO n de P o e GR o Adm n a osen eene no que on aa oa echa e ee suma do e púb o BEATR SuBeatriz incumplimiento genera jurídicas. Los responderán en López Rengifo. cuyo dom o se gno edese ca á servidores med ed os en aa ognado ma espúblico…”. BERNARD NOoCAMPOS MALDES ado no puede Z  ad un Carta Educación de 6ade Todos hasta máximo ejecutivo, La aden ando de a renuncia a a D Dal Acargo 297Técnica 19 emdeda po e L Especial, Hugo Mo e junio Be de do2019 e e de elaejercicio e de e esus ocu o 33 a)Pa LÓPEZ D cuen e o aaDepa amen a cdeoEdu BERNARD CAMPOS Ae funciones: ág ante a o sus V superiores de a Leyjerárquicos de P oced melen o Adm n s a vo De a m sma se ha RENG ado y FO no se con un dom egaa fióno de enPando consecuenc a coNO esponde firmado por Eva Carola Escobar Ari. por conducto regular”. Carta de 2020, por laa ésQue, el uen Artículo “I.ua El ordenamiento administrativo se Art. da 29 p ÓN eNde005 mane aCITE: se ocede án cuando a no ficac ónemitida aenno huba eo14, a dispone: e ecMALDES a noReficac ón edanc opa con fina dadelPando de osecuc de MANUYAMA p esen e D ón Do umen o A h o med an e a ua e ad eRESOLUC e que e nomb a S2021 a E oba a La e pon ab pD.D.E.P. dad admNº030/2020 a a de en e28en u deada aseptiembre pena e de epo m nacédu á omando GR ponjurídico ab epode T ena que aade arefiere DDE LA MARAón YOSA Directora Departamental de Educación Pando, Beatriz López Rengifo. de la Ley No. 1178, está constituido por las disposiciones legales atinentes a la Administración do deeva a cabo pub cac ón p oceso ya no en D nce p dumb e aa os demás suma ados Paz de 2021 A no gu a en o b o on e n en e de a ge one La 2000 a p21e de en mayo e e pod u ado a ase ón u om La ón no ficac ón se end á po ea zada e d a de e den de de T abuna oude DDE Pando VISTOS: Pública y vigentes en elPpaís al momento el na omisión. II. Las normaspo quehabe n u do en SUPUESTOS de ped o a Po guservidor en en e que a evrealizó denc aacto se que noopudo ea b Se e cume ud de a ope a one a dade ea ada po odo regulan e do lapúb o nd cons o de DADa) ADM N STRAT en za e ese eena no o deficac u ón un pe onesona po oa poón Legal DGAJ-UGJ Nº 0404/2021 de 29 de 2021; Nota Interna NI/DM/UT No. 0540/2020 de CONSIDERANDO: conducta funcionaria delRESPONSAB públicoLson: Generales las VA establecidas VInforme STOS Que med an eAdministrativa Reso uc ónNºAdm n s de a va Nmayo 005de2021 de echa 21 de mayo de 2021 cédu a a BERNARD NO CAMPOS GR MALDES con ao Reso uc ón Adm n s a va 4 de diciembre de 2020; Informe IN/DE/UT No. 0203/2020 de 12 de noviembre de 2020; todo lo Que, a través de Resolución 164/2014 2 de 2014, emitido por el el Estatuto del Funcionario Público y otras leyes, las que dicte el órgano rector competente Que e Pa ág a o de A cu o 115 de a Cons uc ón Po ca de Es ado es ab ece Ca a C TE D D E P N 026 2019 de 24 de ab de 2019 u a po a D e o a m en a spone no e demue eP o oceso on a oAdm n s a vo n e no con a os ex se v do es púb cos om ón que e de en uen an21 enma ado en e2021 A uas o 235 de a Con u ón Po e adom de Ec ado se d n c o de N 005 2021 echa de mayo de como se desconoce o demás y se tuvo Director las entidades cabeza de sector, las de normas que e que Es ado ga aan e presente: de Bea echo aLópe deb Reng do p oceso a aa Re de ensa a una c a Departamental de Educación Pando a.i., Yoniester Texeira Suarez y el Jefe de Unidad Depa amen aver deconvino Edu ónza Pando o d g do o de ya Un e us dad A u o de 29 a Leesp N 1178m Pa ág a o de A u o 13 de De e o Sup emo N 23318 A n o Z LÓPEZseRENG D ec o EVA a Depa amen a deARI, Educac ón de Pando ac ua Jurídicos DDE-Pando, designaFO a la ciudadana CAROLA ESCOBAR con C m smo Éen cump m en o a os p nc p os E y ga an as es ab ec dos en a a San p And on aé opo una anspa en e y s n d ac ones as m smode Asuntos e QueBEATR Ma pCONSIDERANDO: o ude Wa do A ba gaa nu a e Aen elucargo o 29 eña a que II/Técnico La eMALDES pon ab dad eEspecial adm ndependiente ade aT anspa uando a a aón u aomDDE ón aCons b mucde APo u oca 24deemEs n ado o my de A uno o 52 de va a Re o uv ón M en se e aD NSPONE 062 2000ade BERNARD NO CAMPOS GR Responsab e enc de ón demás ma ega gen C.I. 4760836 LP., de profesional de Educación de la P Pa ág a o de A cu o 117 de e m na que n nguna pe sona puede se condenada s n onPando a Educación ene yeL A o Alternativa denam u dMANUYAMA odeadm n a PDepartamental oes den a anode ma que egu anp ana ondu 17 de FebCAC e o de MARAenYOSA buna D sc o de aa NOT ÓN2000 Subdirección de y oEspecial, la Dirección de T Educación m EPOR ED CTO AL SR BERNARD NO CAMPOS GR MALDES habe s do o da y uzgada p ev amen e en unde deb do p2021, oceso Que, el Informe Legal UGJ Nº 0404/2021 de 29 abril de Profesional Pando en forma a m sma que debe á se e ec uada con o me o es ab ec do en e A cu o 42 de Que enoPDGAJ o –ón de P ó oga E ade Caemitido o a ado E poroba dado en onainterina. aPando de e po do habe púb o ncu do en SUPUESTOS nd c os de RESPONSAB L DAD e T Au o cu 232 deNaa ona Cons uc ón Pode ca Es d spone quea a unDDE IV Abogado Encargado de Procesos de Contratación, Paola Cecilia Rodrigo Vargas, vía la Jefa ADM N STRAT VA en e e e c c o de sus unc ones po acc ón om s ón que se Dec e o SupDeemo N conco e de conDe e Pa oVN udad de La Pa a o 26 d a de me de ma o de do m n o año SEGUNDO on o m27113 dad a de o p23 e deo uenoe den 2003 o b de A udan o 22 e o ág Supa emo adm n s ac ón Púb ca se ge po os p nc p os de eg m dad ega dad de Unidad de Gestión Jurídica, Nilda Núñez Roque, en su parte conclusiva y recomendación Que, del Manual de Organización y Funciones (Según R.M.Nº 492/2012 de 9 de uc agosto E Ade Es ado Sde A cu o 33 de a Ley m encuen en eDE A1999 cu oESTATUTO 235 de aDEL Cons ón de PoO PÚBL ca oced en o Adm s a vo a cuyo seno mpa c“(…) a dad pubque c mediante dad comp omIN/DE/UT so e n e soc a de é 12 cade noviembre anspa enc a gua 2012 dad emitido LEY N 2027an DEenma 27 DE cados OCTUBRE FUNC Especial ONAR CO 23318 A mod ado mpo eNDe2341 e o de SupPemo N m26237 e d npone a ape u a edeec éo m señala: toda vez Informe Nº és 0203/2020 de 2020 Subdirección de A porcuel oMinisterio 29 de dea Educación) Ley N 1178 Pa ág aEducación o de Alternativa A cu o y13 de Dec e o Sup emo mdebe á coo d na mcon as ns anc as espec vas de M n s e o de Educac ón compe enc a efic enc a ca dad ca dez hones dad esponsab dad y esu ados indicios UA de responsabilidad funcionaria Departamental en Educación Especial (TEE), requisitos del cargo, 1. Nivel Área de Formación se han identificado n o me DDEP N 08 2018 de 21 de dcontra embla eDirectora de 2018 em do podea ecargo e Técnico de ppueba de d e des aspaháb esé adm nde s p a ueba vos compu ab es ae pa de d aAs gu en N 23318 A nc sos a b y c de A cu o 24 y e nc so m de A cu o 52 de a Los azos p ocesa a e m no p ev s o po nc so b de cu o e e Ade cu o o6enade eMáxima oaSup emo N Ejecutiva 23318 Auna de entidad 03 nov de a1992 de Pando, calidad Autoridad de descentralizada, Profesional a nivel Licenciatura Especial R pe sona on a p e en e Re de Que aEducación Un dad Aud n eDec nadede DDE Pando Ro bana Gua enadePed a emb a d eg do a QueReso o uc n ón o Mb n seneelde A de uEducación o 2000 1 e ede en17Edeop Psicopedagogía eebene eo Ede a2000 u con o eTítulo ge po o gu en e háb su amen no ficac ón o u ón ón Púb deb endo p e eeno aSup de emo a go aárea N 062 22 dedeReg o de a Responsab dad po aCFunc ca Dec tuiciónque del Ministerio deun Educación, corresponde que sea y resuelto la fase en Provisión Nacional. G R spone pa aaque ac oónope a voBea o adm n sconocido aReng vo sea consende adodelc o debe D edbajo o a Depa amen de Edu a Pando Lópe o p n p o b Some m en o a a Con u ón Po a de E ado a Le a o denam en o u d o que o e pondan a a on a en ón eña ada A m mo on o me p e é a Le N 2341 de Que de os an eceden es po supues os nd c os de esponsab dad adm n s a va N 23318 A mod ficado po e Dec e o Sup emo N 26237 y de e m nado en a sumario por elequ Asesor Legal de esta Estado.enc a as m smo e A cu o 18 de eun os s os dePrincipal ega dad é Cartera ca y deanspa en epon p esen e caso no echa 31 de mayo para de 2021 va D spos am Reso ónnAdm 005o 2021 deá echa 21 de Rede ab dad po sobre a cu unsa púbficac a óndeldeprocedimiento 23 de abc ón deSegunda 2002 m de Pde o ed en ouc Adm a nos au va egNamen e end po dom o a Se recomienda inicioNde 23318 Proceso Administrativo contra Beatriz Que, Auditoria Especial elón cumplimiento específico el E A e e ón ca m Dec e o Sup elemo A mod ficado podeela Dec e López o SupRengifo emo (Directora N 26237 de 29a través ce u a e ec uada a suma ado BERNARD NO CAMPOS GR MALDES s n emba go mayo de 2021 comenza án a co e a pa de d a háb s gu en e a a pub cac ón de Departamental de008 Pando), Bernardino Campos Grimaldes (Responsable dePando m m a Au o dad m m an e A e o Lega P n pa D e ón Gene a de A un o de n 2001 ude Educación o DDEP de 28 de ma do es po ea pDDE Se e a ma de Suma un o de efie eNque e 2019 P oceso Adm n so de a 2019 vo nem e no oced m control en o y conciliación de los datos liquidados en las planillas salariales y los registros individuales has ao aecha o que ado pos boemen hubeneea debe omado Ed e ec uado en A un med o de pm ensa amp de a cLacu Transparencia de la Mara Yosa del Tribunal cadaQue servidor con 31 diciembre 2017, Informe DDEP/UAI Beaadm Lópe oDDE-Pando) d seg da a yoLía e do e aManuyama púb o de DDE Pando e anpúblico, de alcance Ase uev oal8denc d de pone que ede Losuma e mediante do e púb enene ono gu e u dc oopodeún M ca n vez e o de Edu a ón A eN 2147 de a de C udad Paac ón nac ona n s aReng vo que ncoa a denunc de ofic o(Presidenta oaen base a un d Disciplinario c amen den de o de m diciembre en o de de a p2018, esen e causa y se encon a aque en nonde enscon ón No quese y cúmp ase de la DDE - Pando), por haber incurrido en SUPUESTOS indicios de CONTRAVENCIÓN y Nº 08/2018 conoc de 21 de donde en el punto 2.3 Personal cumple una en dad a un se v do o ex se v do púb co a fin de de e m na s es esponsab e a Re pe a ump a Con u ón Po a de E ado a e e o a d po one ega e … RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, en el ejercicio de sus funciones y de acuerdo a las el requisito Que (perfil) de profesional el Manual m enformación e azonam en o que queexige a no ficac de ónOrganización e ec uadadea Funciones BERNARD NO CAMPOS de a guna con avenc ón y de que a au o dad compe en e o sanc one cuando as consideraciones Ca a eCirregularidades e SEA E N advertidas 09 2019endela documentación 12 de ab de 2019 sede V emque n sue o de TÓMESE RAZÓN REG STRESE Y NOT F QUESE cursante, establece (según R.M.GR Nº 492/2012 de 9puede de agosto 2012),de en ada la que vsec detalla: “Evanu Ari dad Eva Carola; MALDES sede cons ada de a susc a Au o dad esponda cua cons a de dos ejurídico apas administrativo, suma a y de mpugnac ón que a suTec. vezEducación; conducta ala ordenamiento el cual fue presuntamente No presento su título fotocopia Titulo en Provisión REG O DE A ES RUC URA COMPOS C ÓN Y UNC ONES DE AS D RECC ONES Educo a ón A resultaría e na eacontraria E pe REGLAMENTO DE LA RESPONSAB L DAD POR FUNC ÓN PÚBL APROBADO Suma an e em ó eoriginal Au osolo deunaecha 09 legalizada de u LA odede 2021 po e CA cua seAMEN d spone se cons por uye po y/o osomisión ecu sos de evoca o ay e co nomenclatura jurídica vulnerado acción y se encuentra enmarcado enála qu siguiente NacionalMED deePsicóloga; Cumple de SUPREMO acuerdo a suficac fotocopia legalizada pero no debe seEMBRE pudoácontactar DEPAR AMEN A ES DE EDUCAC ÓN DDE S DE A EY N DE DE D C EMBRE DE ec ua nuevamen e a no ón a m sma que se de mane a pe sona ANTE DECRETO N 23318 A DE 3 DE NOV DE 1992 REGLAMENTO Que ncdeso c de A Política cu o 21 DecArtículo e o Sup 23318 A 3 mod ficado po e original (…)” Artículoe235 la Constitución delde Estado, 29 deemo la LeyN1178, Artículo Parágrafo I su título DE ecc EDUCAC dom c o eaL DAD que POR se enga eg ÓN s ado coo d na a D ón ÓN AVE NO S ÑAN E ARDO PÉRE DECRE O SUPREMO N Dec Memo ándum de De No. gna 000087 em es do po e Dque e eo Suma Depa amen a a DEoLAa RESPONSAB LA FUNC PÚBLdeb CAéndose MOD F CADO PORcon LOS e o 13 Sup emo N Supremo 26237 de 29ón de Nun o de242001 an e es y Artículo del Decreto 23318-A, Artículo incisos a),ab b) yece c) del Artículo 52 inciso DE DECRETOS DE MAR O DE Depa amen a de Educac ón de Pando con o me co esponda de Edu ón Pando aMinisterial N 26237 de DEEducación 29 DE JUN O DE 2001López Y N Rengifo, 28003 DE 11 aDE FEBRERO DE 2005 m) de Resolución Que, Directora Departamental Pando, Beatriz pese contar au oa ladad ega compe enNo. e 062/2000. con a acu ad de no fica a as pa es con a eso uc ónla SUPREMOS Quey conocer e L c de Gu e mo Va gasque Peel edo D ecc por ón Eva Depa amen a de EEducac ón de Asimismo, con los indicios manera fehaciente titulo utilizado Carola Escobar A N DDE A de ape usea recomienda de suma aosu autoridad se sirva aprobar el presente informe legal y remitir a Pando a avés de por n oel me DD No 10 2021 b do en sin echa N 28 de u o de conocimiento de a es decir, del Asesor Legal Principal de esta en fotocopia Informe deElaP Universidad Mayor deec San Andrés, M E e pa oAutoridad VAdm de A cu oa33 a Ley N de 2341 dema P oced en oem Adm s aAri Que Reág o ula ón nLegal a Competente, N de 164 2014 2 de o de m 2014 dan po e vo Que2021 e legalizada n ea o azaera deafalso paepág a o de A u o 3 de e m na e ua men e E do púb ene esen ac óndenuncia a a dante genc a de noPúblico ficacobligación ón so ec ada señao ando Cartera de Estado, debiendo considerarse a su vez la en aplicación del principio procesal “Jurisdicción argumentos valederos omite la presentación de la el Ministerio m m es ab ece que cuando os n e esados un p oced m en o sean desconoc dos D eMayor o Depa amen a deaEdu ón Pando a de criterios en el procesamiento de la pluralidad e debe deen de e286 empeña one on ae Be aretrasa a edpor onom a ede en ensea ompudo ud o sel gu …Debo nun o ma que na noelCampos G ade maunan despano arrastra Menor” deaevitar establecida en artículo de la Leyu Nº 1970 y así también lapso más D m se gno e e ladom c ofinde e osdisparidad o n en ada a no ficac ón és a no hub e a pod do n ump en o no gene a e pon aben dade a Lo eae zódo ae púb o ve a en fica m po encon a se és a uc dudad se amada Wha án sapp de servidores públicos y ex servidores públicos, respecto a un mismo hecho (…)”. año el inicio del proceso administrativo. mponde m se p ac cada a no ficac ón se ha á med an e ed c o pub cado po una vez en un Su no 23 de ho as qu oénha cona es o man ó gano de Cap aensa de enun a a a ac go de Edu a ode o de 2019 o 71174843 de u un en one echa a Todo an eu ou a upe o e13e11 á qu e má mo ees e uando o de amp cuTé acnónanac ona ao ón en E unpe med de6 ddeusunón oca de a e eae Ce Que a través de Nota Interna NI/DM/UT No. 0540/2020 de 4 de diciembre de 2020, emitido por Que, el Abogado Bernardino condición de Responsable Transparencia REG Sub AMENS O ba men e Campos que encuenenasuen a c udad de Suc ede en una comun dad n DE A CARRERA ADM N S RA VA DE SERV C O DE EDUCAC ÓN mado podeEla Ca o aadm E oba A vo Luis Tito Nina Huayta, dirigido al Ministro de Educación, po ve ondu o egu a seGrimaldes sede óaUnidad gano ns a el Jefede de Transparencia, de la D.D.Ede Pando, a la utilización de un título PÚB CA APROBADO MED AN E RESO UC ÓN M N S ER A N DE DE cuauna sevez ad recibido un a d los chaantecedentes cons anc con a derespecto amada

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EDICTO

Adrián Rubén Quelca Tarqui, señala: “(…) dando cumplimiento al Art. 26, Parágrafo, 2 Numeral 1 de la Ley 974 tengo a bien remitir denuncia penal interpuesta en el Distrito Judicial de Pando a efectos del apersonamiento del Ministro ante instancia investigativa, así mismo se adjunta informe final IN/DE/UT Nº 203/2020 del 12 de noviembre del presente año a efectos que se dé cumplimiento de las recomendaciones adjunta que debe ser remitida a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio”. Que, el Informe IN/DE/UT No. 0203/2020 de 12 de noviembre de 2020, emitido por el Profesional IV, Omar Andro Rocha Ajhuacho, vía el Jefe de la Unidad de Transparencia, Bismarck E. Molina López, recomienda: “(…) a) Se debe remitir antecedentes ante la Autoridad Sumariante a objeto de inicio del proceso sumario administrativo, por adecuarse la conducta de BEATRIZ LÓPEZ RENGIFO (Director Departamental de Educación de Pando), BERNARDINO CAMPOS GRIMALDES (Responsable de Transparencia de la DDE- Pando) Yonister Texeira Suarez (Ex Director Departamental de Educación Pando a.i.), y Catalino Condori Salvador (Jefe Unidad de Asuntos Jurídicos DDE- Pando) y LIA MARA YOSAMANUYAMA (Presidenta del Tribunal Disciplinario de la DDE-Pando) al inc. m) del art. 52 del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública aprobado con Resolución Ministerial 062/00 del 17/02/00, por haber incumplido lo establecido en los incisos a) y b) del art. 24 del prenombrado reglamento, siendo esta calificación enunciativa y no limitativa(…)”

Que, mediante Nota Interna DDEP/UTLCC/JNFC-MEDC/JUTLCC Nº 001/2020 de 6 de octubre de 2020, emitida por el Responsable de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción de la DDE Pando, Jhamilca Nohely Flores Choque, dirigido al Jefe de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, Bismarck Eusebio Molina López, recomendando: “(…) habiéndose evidenciado la falta de orientación y asesoramiento jurídico por parte de la Unidad de Asuntos Jurídicos y la falta de cumplimiento de la Ley 813, se recomienda el inicio de proceso administrativo en contra de los funcionarios negligentes que por omisión han ocasionado una indebida retardación en el procesamiento penal y administrativo de la exfuncionaria pública supra-citada. O en su defecto se emitan las llamadas de atención que corresponda al grado de falta cometidas”. Adjuntando la siguiente documentación en fotocopias simples:

falso para el ejercicio del cargo de Profesional II/Técnico en Educación Especial, el 5 de junio de 2019, se limita a emanar un informe legal, informe que no se encuentra dentro de las funciones y atribuciones establecidas en el Artículo 10 de la Ley 974, ya no realiza las gestiones para realizar una denuncia. Que, la Lic. Lía Mara Yosa Manuyama (Presidenta del Tribunal Administrativo Disciplinario DDEP), rehúsa de manera expresa mediante la nota Cite/Nº01/2020 proceder con el inicio del proceso administrativo en contra de Eva Carola Escobar Ari con el argumento de que la prenombrada ya no formaría parte de la Dirección Departamental de Educación Pando. Que, se han identificado elementos de hecho referentes a las acciones y omisiones que contravienen el ordenamiento jurídico administrativo, inherentes a la administración de personal y cumplimiento de deberes en el desempeño de la función pública, respecto a la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas, se pudo identificar supuestos indicios de responsabilidad por la función pública en relación a Beatriz López Rengifo (Directora Departamental de Educación de Pando), Bernardino Campos Grimaldes (Responsable de Transparencia de la DDE-Pando) y Lía Mara Yosa Manuyama (Presidenta del Tribunal Disciplinario de la DDE-Pando) quienes habrían incurrido supuestamente en infracciones al Reglamento de la Carrera Administrativa del personal administrativo del SEP, al Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Departamentales de Educación, Decreto Supremo Nº 813 y otras normativas conexas y vigentes, por no realizar acciones dispuestas por ley en conocimiento del Informe DDEP/UAI/Nº 08/2018 de Cobija, 21 de diciembre de 2018, en cuyo numeral 2.3. Personal que no cumple con el requisito (perfil) de formación profesional que exige el Manual de Organización y Funciones (según R.M. Nº 492/2012 de 09/08/2012), identifica que la señora ESCOBAR ARI EVA CAROLA no presentó fotocopia del Título Profesional Legalizada y más aún ante las respuestas generadas por la Universidad Mayor de San Andrés referente a la verificación de autenticidad del título profesional cuestionado.

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JUEVES / 2 / 09 / 2021

Marcelo Martins (izq.) y Juan Cuadrado, cartas de gol de Bolivia y Colombia.

// FOTOS: ORIENTE PETROLERO Y THE STRONGEST

Deportivo

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Bolivia juega un decisivo duelo contra Colombia

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a Selección boliviana enfrentará a su par de Colombia en un partido decisivo que determinará si se mantiene con chances intactas de pelear por un cupo sudamericano al Mundial Catar 2022. El partido de la novena fecha de las clasificatorias se disputará hoy en el estadio Hernando Siles a partir de las 16.00. La Conmebol de acuerdo con la distribución de plazas por confederación cuenta con 4 cupos directos y 1 cupo otorgado para el repechaje. Los cuatro primeros se clasificarán de manera directa, mientras que el quinto disputará una repesca con una selección de otra confederación que saldrá de un sorteo. En el momento, Brasil es el líder de la tabla de posiciones de las eliminatorias sudamericanas con 18 puntos tras seis fechas disputadas y segundo es Argentina con 12. Del tercer puesto hacía abajo la tabla está comprimida y de ahí que las ocho selecciones jugarán una de sus últimas posibilidades para meterse entre los cinco primeros. Colombia ocupa el quinto lugar con 8 unidades y Bolivia marcha octavo con 5 y con un triunfo le alcanzará en la sumatoria de puntos. Será la cuarta presentación de la Verde en condición de local con una carga adversa de resultados actuando en el escenario miraflorino y quiere apartarse de ese mal momento con un triunfo contra los colombianos para cambiar su rol en el certamen premundialista. Bolivia volverá a la competencia oficial después de una mala actuación en la Copa América, perdiendo todos sus encuentros en la fase de grupos. En cambio, Colombia llegó

a la semifinal y se quedó en el tercer puesto como premio consuelo. A nivel de clasificatorias, ambas selecciones cumplen una producción irregular, que volverá a ser puesta a prueba en una triple fecha en la cual los errores serán imperdonables. Antes de la Copa, Bolivia venció a Venezuela (3-1), siendo su primera victoria como local y días después dio la sorpresa con un empate ante Chile (1-1) en Santiago. Mientras, Colombia venció a Perú por 3-0 en Lima y empató (2-2) contra Argentina en casa. A diferencia de Colombia, el plantel boliviano tuvo una preparación de 10 días con la mayoría de los convocados, aprovechando que actúan en los clubes de la División Profesional y completó su trabajo fuera de la urbe, cumpliendo una tarea de una semana en la comunidad de Huarina, en las orillas del lago Titicaca. El técnico del seleccionado boliviano, el venezolano César Farías, mantendrá la base de la alineación que jugó en las recientes actuaciones, con un esquema de 1-4-3-3, colocando a Carlos Lampe, Luis Haquin, Juan Carlos Arce y Marcelo Martins como la base de la estructura. Por expulsión no actuarán Leonel Justiniano y Henry Vaca, mientras que el combinado colombiano sentirá la baja de su defensor Yerry Mina y el delantero Luis Fernando Muriel, que han sido desafectados por el DT Renaldo Rueda. En contrapartida, contará con el arquero David Ospina y el defensor Dávinson Sánchez, jugadores liberados por sus clubes de Italia e Inglaterra para sumarse al entrenamiento en Santa Cruz. Arbitrará el cotejo el venezolano Alexis Herrera, asistido por Carlos López y Jorge Urrego.

DT: César Farías

Carlos Lampe

Diego Bejarano

Luis Haquín

Rodrigo Ramallo

Adrián Jusino

Erwin Saavedra

Roberto Fernández

Moisés Villarroel

Marcelo Martins

Juan Carlos Arce

Jeyson Chura Alexis Herrera (Venezuela)

Miguel Borja

Juan Cuadrado

William Tesillo

Luis Díaz

Andrés Andrade

Wílmar Barrios

Dávinson Sánchez

Óscar Murillo

Alexánder Mejía

Andrés Román

David Ospina DT: Reinaldo Rueda


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

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Brasil golpeado por bajas ‘claves’ visita a Chile • Agencias

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as selecciones de Brasil y Chile se enfrentan con diferentes realidades en las clasificatorias para el Mundial de Catar 2022 y golpeadas por el poderoso fútbol inglés que las dejó sin jugadores claves para el duelo que jugarán el jueves en Santiago en el inicio de la triple fecha. Los clubes ingleses decidieron no prestar a sus futbolistas sudamericanos a sus selecciones, quejosos por la triple fecha del premundial y las restricciones sanitarias impuestas en Inglaterra por el Covid-19, que obliga a los jugadores a una cuarentena de 10 días a su retorno. Con 18 unidades en seis partidos, la verdeamarela tiene un puntaje perfecto en las clasificatorias y llega al partido con Chile como líder, pero de todas las selecciones sudamericanas es la más afectada por la negativa inglesa. La polémica inglesa —que también envolvió a equipos de España,

Italia y Portugal que finalmente permitieron ir a los sudamericanos— dejó a Brasil sin nueve jugadores, entre ellos habituales titulares como Thiago Silva (Chelsea), el arquero Alisson (Liverpool) y los delanteros Richarlison (Everton) y Gabriel Jesús (Manchester City). Ante esto, el técnico Tité convocó de emergencia a otros nueve jugadores, entre los que destacan los delanteros Hulk (Atlético Mineiro), Malcom (Zenit/Rusia) y Vinicius Junior (Real Madrid). Resta saber si el técnico de la canarinha podrá armar un equipo que le permita mantener el invicto en esta triple fecha en la que, además de enfrentar el jueves al seleccionado chileno, jugará el domingo de local el clásico sudamericano con la Argentina de Lionel Messi, y cerrará cuatro días después en casa ante Perú. El partido se disputará en el estadio Monumental de Santiago a partir de las 21.00, bajo el arbitraje del peruano Diego Haro.

Argentina enfrenta a Venezuela Argentina visitará a Venezuela en el partido correspondiente a la fecha 9 de la Eliminatorias Sudamericanas rumbo a Catar 2022. El partido se jugará hoy en el Polideportivo de Pueblo Nuevo a las 20.00. El equipo de Lionel Scaloni está en un gran momento: viene de ganar la Copa América en el estadio Maracaná frente a Brasil y llega con mucha confianza a esta triple fecha, en la que buscará sumar para acercarse al próximo Mundial. Además, Lionel Messi intentará mostrar el mismo nivel que

en el último torneo organizado por la Conmebol, donde fue la gran figura. La albiceleste está en el segundo puesto de las clasificatorias: cuenta con 12 puntos en 6 partidos disputados, mientras que Brasil tiene 18 y es el líder. Aún resta que se recuperen los duelos de las jornadas 5 y 6 que fueron postergados. Además, como no sucedió en otras selecciones, Argentina va a contar con sus jugadores de la Premier League que decidieron viajar a pesar de lo que pretendía la Liga Inglesa:

Dibu Martínez, Cuti Romero, Giovani Lo Celso y Emiliano Buendía estarán en condiciones de sumar minutos. Venezuela está en un completamente momento opuesto a su rival: quedó eliminado en la primera fase de la Copa América y su entrenador portugués, José Peseiro, renunció en los últimos días, por lo que asumió Leonardo Alberto González como DT interino. Además, cuenta con 4 unidades en 6 encuentros; está anteúltimo en las Eliminatorias.


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JUEVES / 2 / 09 / 2021

“Lionel Messi estará contra Venezuela, Brasil y Bolivia”

Ecuador recibe a Paraguay

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// FOTO: SELECCIÓN PERUANA

cuador y Paraguay se enfrentarán hoy desde las 17.00 en el estadio Rodrigo Paz Delgado, por las eliminatorias al Mundial de Catar 2022. Con ausencias y sorpresas, pero sobre todo con obligaciones, Ecuador afrontará esta triple fecha de Eliminatorias sudamericanas urgido de resultados que le permitan mantenerse en las primeras posiciones en la carrera hacia la Copa del Mundo. A pesar de que la Tricolor se ubica tercera en la clasificatoria, apenas

son dos puntos los que le separan de su próximo rival, quien se encuentra en la sexta casilla. Gustavo Alfaro, estratega de Ecuador, necesitará definir un esquema de juego que le signifique regularidad y, sobre todo, reencontrarse con la efectividad y la victoria que hace siete partidos oficiales no consigue. La selección ecuatoriana de fútbol pasó de cerrar sus primeros cuatros duelos por eliminatorias con un registro de 13 goles en 4 partidos, a sucumbir en un desfase alarmante en la úl-

tima fecha de eliminatorias y la Copa América en Brasil 2021. Los grandes ausentes de la jornada eliminatoria serán Damián Díaz, Ángelo Preciado (por lesión), Robert Arboleda (lesión), Ayrton Preciado, Fidel Martínez y Alexander Domínguez, quien recién se incorporó al Cerro Largo de Uruguay. Paraguay también sufrirá las ausencias de Gustavo Gómez y Omar Alderete por suspensión. En cambio, Carlos González y Gabriel Ávalos están lesionados.

Perú quiere salir del fondo a costa de Uruguay

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erú vs. Uruguay se ven las caras por la novena fecha de las Eliminatorias a Catar 2022 en el Estadio Nacional desde las 21.00, en un partido de pronóstico reservado debido a la actualidad que poseen ambos elencos para este duelo. Se espera un gran encuentro entre ambos. La escuadra blanquirroja está en el último lugar de la tabla de posiciones y quiere lavarse la cara en el torneo, pero al frente tendrá a un complicado equipo oriental que quiere seguir trepando casillas para asegurar su presencia en la próxima cita mundialista. Uruguay no contará con la presencia de Luis Suárez y Edinson Cavani, mientras que en la selección peruana se destaca el retorno de

Paolo Guerrero, quien no pudo estar con los incaicos en la última edición de la Copa América, por lesión. Precisamente, en ese certamen fue goleador del cuadro bicolor Gianluca Lapadula, quien será la principal ausencia de Ricardo Gareca para este partido, ya que tendrá que cumplir una fecha de suspensión por acumulación de tarjetas amarillas. Perú llega a este encuentro con cuatro unidades, producto de una única victoria, un empate y cuatro derrotas en las Eliminatorias, mientras que Uruguay hace lo propio con ocho puntos, como resultado de dos triunfos, dos empates y dos partidos perdidos en lo que va del certamen. El árbitro encargado de dirigir el encuentro será el argentino Néstor Pitana.

El entrenador argentino, Lionel Scaloni, afirmó ayer que Lionel Messi (foto) “está en condiciones de ser titular” hoy contra Venezuela como visitante, por la novena fecha de las Eliminatorias Sudamericanas del Mundial Catar 2022. “Lionel si está en condiciones físicas va a ser de la partida y por lo que hablé con él está en condiciones. Vamos partido a partido, evaluamos en esos momentos, y esperamos que esté en las tres fechas”, adelantó el DT en la conferencia de prensa. Es más, anunció que estará en los partidos contra Brasil y Bolivia, con los que completará la triple fecha de las Eliminatorias. Messi volverá a ser titular luego de casi dos meses, ya que su última vez fue contra Brasil en la final de la Copa América (10 de julio) y en el París Saint Germain solamente sumó 25 minutos. “Venir a la Selección es otra cosa, que él esté en PSG con otros argentinos es bueno porque puede ayudar al equipo nacional”, cerró con relación al tema. El entrenador tampoco esquivó el tema de la semana pasada sobre la negativa de la Premier League inglesa, la Serie A italiana y LaLiga española de ceder a los futbolistas. “Se habló muchísimo de que estos jugadores no iban a estar por sus ligas y quiero destacar las ganas de los futbolistas de estar y les quiero agradecer. Es un paso adelante que esta Selección dio. Debatimos con varios clubes, a los que tenemos llegada desde el cuerpo técnico y por eso los convocamos a los jugadores”, detalló.


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Deportivo

Cristiano Ronaldo

no para de romper récords • Agencias

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inalmente llegó el gol número 111 para que su nombre sea más ponderado en la historia del fútbol mundial. Cristiano Ronaldo batió ayer una nueva marca ante Irlanda tras convertir dos tantos y superar al iraní Ali Daei (estaban empatados) como el máximo goleador a nivel de selecciones. En el encuentro disputado en el estadio Do Algarve ante Irlanda, por la cuarta jornada del Grupo A de las Eliminatorias de la UEFA camino a la Copa del Mundo, el Bicho dio vuelta la historia sobre la hora e hizo ganar 2-1 a los suyos después de haber fallado un penal en el primer tiempo. Con esta victoria rescatada en tiempo de descuento por su máxima figura con dos cabezazos letales, los portugueses quedaron como líderes en soledad de su zona (el fin de semana quedarán libres, mientras que el próximo martes visitarán a Azerbaiyán, cita a la que faltará Cristiano por acumulación de amarillas). Con 109 gritos en 179 partidos internacionales hasta aquí, era prácticamente cantado que CR7 rompería el récord en soledad para quedar en lo más alto. A los 36 años, el luso también tiene las marcas de máximo goleador de la historia en Champions League (134), en el

Real Madrid (450), en la Eurocopa (14) y en selecciones europeas, cuando adelantó al húngaro Ferenc Puskas (84) durante el Mundial-2018 de Rusia. “Ronaldo merece este récord”, había asegurado recientemente Daei cuando se le preguntó sobre la posibilidad de que perdiera el liderato a manos del actual jugador del Manchester United. El Shahriar (el Rey en persa), de 52 años y retirado desde 2007, homenajeó al capitán luso cuando igualó sus 109 tantos con el doblete marcado a Francia (2-2) durante la Eurocopa 2020. “Felicitaciones a Cristiano, que ahora está a un gol de romper el récord internacional de goles (...). Me honra que este hito pertenezca pronto a Ronaldo”, escribió el exjugador del Bayern de Múnich en su perfil de Instagram. “Creo que Ronaldo merece este récord. El hecho de que pueda alcanzarme es también un récord para mí”, había declarado al diario deportivo español As unos días antes del partido. Tras quedar en la cima de la tabla de artilleros, el ganador de cinco Balones de Oro ahora solo tendrá que estirar su marca para ponérsela difícil al próximo retador. Para ello, el entrenador de Portugal, Fernando Santos, deberá seguir apostando por él en el ataque. Los próximos compromisos del combinado

internacional lusitano serán el amistoso contra Catar (este sábado) y el duelo por la fase de clasificación contra Azerbaiyán del 7/9. Si CR7 llega a jugar el partido exhibición ante el anfitrión de la próxima cita mundialista (quedó suspendido para el siguiente duelo oficial por haber recibido una amarilla tras sacarse la camiseta en el festejo de su segundo tanto) alcanzará otro récord, hoy en manos de su ex compañero de equipo en el Real Madrid Sergio Ramos: pasará a ser el futbolista con más presentaciones internacionales de las selecciones europeas. El portugués que empezó su carrera internacional en agosto de 2003 superará los 180 partidos internacionales del defensor español, no convocado con la Roja por lesión. No hay duda de que Cristiano Ronaldo querrá ayudar a su país a clasificarse para el Mundial de Qatar (a fines de diciembre de 2022), que será, según él, su último. El futbolista, que cumplirá pronto 38 años, tendría la oportunidad de entrar en el selecto club de los jugadores que han participado en cinco Mundiales, como el italiano Gianluigi Buffon, el alemán Lothar Matthäus y presuntamente el argentino Lionel Messi. Esa será la última chance del luso de ganar esta competición, el único gran torneo que falta en su imponente palmarés.


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Con mucho esfuerzo llegué al hospital donde se encontraba mi esposo y el médico me informó que una bala le había destrozado el cráneo y que no se podía hacer nada (…) Se apagó como una vela, como un foquito. Mi hijito se enteró que su padre falleció por los medios de comunica-ción y ni siquiera tuvimos ayuda psicológica. Mi hijito andaba agarrado de la fotografía de mi esposo y no paraba de llorar, eso me partía el alma como madre, pues no podía hacer nada” Alison Ramírez Avendaño Esposa de Calixto Guanaco Senkata - El Alto


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