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CONOVOCATORIA DE CIBERESCUELAS PILARES DEL 2019

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO Rosaura Ruiz Gutiérrez, Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México con fundamento en los artículos 87, 115, fracciones I y XII, y 118, fracción VI, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 3, fracción II; 11 fracción I; 14, primer párrafo; 16, fracción VII; 18; y 32, inciso A), de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México; 97, 101, 102 y 102bis, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 47 y 48 de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal; 6, 32, 33 y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 7, fracción VII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; así como en el Marco Conceptual para la Definición de Criterios en la Creación y Modificación de Programas y Acciones Sociales, y los Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2019, publicados el 11 de mayo de 2017 y 31 de octubre de 2018, respectivamente, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, emito el siguiente: AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA EN PILARES, I. NOMBRE DE PROGRAMA SOCIAL Y DEPENDENCIA O ENTIDAD RESPONSABLE 1.1. Nombre completo del Programa Social: 1.2. Dependencia responsable de la ejecución del programa: La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de la Ciudad de México; a través de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación 1.3. Unidades administrativas responsables de la operación del programa: Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, es la responsable de la coordinación del programa; Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, es la responsable del seguimiento, verificación, supervisión y control del programa; Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, es la responsable operación directa del programa. 1.4 El programa cuenta con la ejecución coordinada con la: Secretaría de Cultura, Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo, Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, e Instituto del Deporte de la Ciudad de México. II. ALINEACIÓN PROGRAMÁTICA El gobierno de la Ciudad de México tiene entre sus ejes de proyecto aplicar la innovación, entendida como la combinación de la creatividad y conocimiento para construir una Ciudad de Derechos en sentido amplio: una ciudad que acorte las desigualdades y provea oportunidades de desarrollo para todas las personas. Hablar de derechos significa garantizar la educación, la salud, la vivienda, la alimentación, el desarrollo urbano y económico incluyentes, el medio ambiente sano, la cultura y el deporte, los derechos humanos plenos, en especial para las mujeres, las personas LGBTTTI, las personas con alguna discapacidad y los derechos de los pueblos originarios y comunidades indígenas residentes en nuestra Ciudad. Con este marco, se establecerán centros comunitarios denominados Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES) en los barrios, colonias y pueblos de menores índices de desarrollo social, mayor presencia de jóvenes con estudios truncos, mayor densidad de población y donde los habitantes padecen altos índices de violencia. Los PILARES contribuirán a acercar el gobierno a los ciudadanos coadyuvando a garantizar el ejercicio de los derechos a la educación, la cultura, la economía social y el deporte. Los PILARES contarán con una Ciberescuela donde todas las personas, y especialmente las y los jóvenes de entre 15 y 29 años, podrán concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato, e incluso recibir asesoría a nivel de educación media superior; un área de educación para la autonomía económica, dirigida principalmente a las mujeres jefas de familia y a todas las personas, donde se podrán aprender técnicas para la producción de bienes y la prestación de servicios, formarse para el empleo, para el cooperativismo o el establecimiento de un negocio familiar; un área de arte y cultura que garantizará el acceso a los derechos culturales a las comunidades y reconocerá y potenciará las expresiones culturales y artísticas en consonancia con la diversidad y libertades creativas inherentes a esos derechos; y un área de deporte que favorecerá la activación física y el desarrollo deportivo. 2.1. Constitución Política de la Ciudad de México


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Artículo 6 Ciudad de libertades y derechos G. Derecho a defender los derechos humanos Este programa se encuentra alineado con el artículo sexto, ya que contribuye a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales; de forma eventual o permanente. Artículo 7 Ciudad democrática A. Derecho a la buena administración pública Este programa se encuentra alineado con el artículo séptimo, inciso A, ya que contribuye a establecer una buena administración pública, de carácter receptivo, eficaz y eficiente, así como a recibir los servicios públicos de conformidad con los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y la comunicación. E. Derecho a la privacidad y protección de los datos personales Este programa se encuentra alineado con el artículo séptimo, inciso E, ya que contribuye a proteger la información que se refiera a la privacidad y los datos personales, en los términos y con las excepciones que establezcan la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes. Artículo 8 Ciudad Educadora y del conocimiento A. Derecho a la educación Este programa se encuentra alineado con el artículo octavo, inciso A, ya que contribuye al acceso igualitario así como a recibir formación adecuada a su edad, capacidades y necesidades específicas, así como la garantía de su permanencia, independientemente de su condición económica, étnica, cultural, lingüística, de credo, de género o de discapacidad; así como a brindar espacios públicos de aprendizaje que reconozcan las diversas formas de acceso a la educación y a la cultura. C. Derecho a la ciencia y a la innovación tecnológica Este programa se encuentra alineado con el artículo octavo, inciso C, ya que contribuye a impulsar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación. Artículo 9 Ciudad solidaria A. Derecho a la vida digna Este programa se encuentra alineado con el artículo noveno, inciso A, ya que contribuye a adoptar medidas necesarias para que progresivamente, se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza, y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales. Artículo 10 Ciudad productiva B. Derecho al trabajo Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo, inciso A, ya que contribuye a tutelar el derecho humano al trabajo, así como la promoción de habilidades para el emprendimiento, que generan valor mediante la producción de bienes y servicios, así como en la reproducción de la sociedad. Artículo 11 Ciudad incluyente A. Grupos de atención prioritaria Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso A, ya que contribuye a garantizar la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrenta discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. C. Derechos de las mujeres De igual modo este programa contribuye a reconocer la contribución fundamental de las mujeres en el desarrollo de la ciudad, promoviendo la igualdad sustantiva y la paridad de género. Las autoridades adoptarán todas las medidas necesarias, temporales y permanentes, para erradicar la discriminación, la desigualdad de género y toda forma de violencia contra las mujeres. E. Derecho de las personas jóvenes


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Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso E, ya que contribuye a adoptar medidas para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos, en particular a la identidad individual y colectiva, al libre desarrollo de su personalidad, a la autonomía, independencia y emancipación; a la participación política, económica, social, ambiental, cultural, y a la educación. G. Derechos de personas con discapacidad Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso G, ya que contribuye a adoptar las medidas necesarias para salvaguardar integralmente el ejercicio de sus derechos, garantizando en todo momento los principios de inclusión y accesibilidad. H. Derechos de las personas LGBTTTI Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso H, ya que contribuye a establecer y adoptar las medidas necesarias para la atención y erradicación de conductas y actitudes de exclusión o discriminación por orientación sexual, preferencia sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales. I. Derechos de las personas migrantes y sujetas de protección internacional Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso H, ya que contribuye a no criminalizar a estas personas por su condición de migrantes, adoptando las medidas necesarias para la protección efectiva de sus derechos, bajo criterios de hospitalidad, solidaridad, interculturalidad e inclusión. O. Derechos de personas de identidad indígena. Este programa se encuentra alineado con el artículo décimo primero, inciso O, ya que contribuye a proteger los derechos reconocidos de las personas de identidad indígena que habiten o estén de tránsito en la Ciudad de México, adoptando las medidas necesarias para impedir la discriminación y garantizar el trato igualitario progresivo y cultural pertinente Artículo 59 De los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes G. Derecho a la educación Este programa se encuentra alineado con el artículo cincuenta y nueve, inciso G, ya que contribuye a que los integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas, en particular las niñas y los niños, accedan a todos los niveles y formas de educación de la Ciudad de México sin discriminación. 2.2 Ejes rectores de la Acción de Gobierno 2018-2024.Este programa está alineado con eje Igualdad y Derechos de la Acción de Gobierno 2018-2024 tema Educación, ya que se establece como acción innovadora la construcción y adecuación de espacios públicos para la formación de centros comunitarios en donde al menos habrá una Ciberescuela que permitirá culminar con un nuevo modelo educativo que permita la inclusión social de jóvenes, mujeres y de todas las personas. Este programa está alineado a la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal en el artículo 4, los principios de la política de Desarrollo Social, bajo los doce principios expresados en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, establecidos en el Artículo 4 los cuales son (Universalidad, Igualdad, Equidad de Género, Equidad Social, Justicia Distributiva, Diversidad, Integridad, Territorialidad, Exigibilidad, Participación, Transparencia y Efectividad), en donde se establecen los principios rectores para la creación de políticas sociales, como en este caso con el programa PILARES. III. DIAGNÓSTICO III.1. Antecedentes 3.1

un programa de nueva creación.

Sus antecedentes están en la Delegación Tlalpan donde durante el año 2004 se llevó a cabo la instalación de una red de 22 Cyber Tlalpan establecidos en zonas de alta marginalidad de la demarcación, con el fin de facilitar el acceso a la población a Internet en espacios equipados con computadoras. En 2015, de los 22 Cyber Tlalpan sólo continuaban operando cuatro, ínea en los cuales el 60% fueron mujeres y el 40% hombres con una población beneficiada de 1,944 estudiantes en edades de 15-29 años cierre de 5,800 estudiantes inscritos, de los cuales el 59% son mujeres y 41% hombres; el mayor número de estudiantes inscritos se encuentra entre los rangos de 15-29 años, representando el 48% de la población total.


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3.2 estrategia integral de inclusión educativa con jóvenes, tomando c III.2. Problema Social Atendido por el Programa Social 3.3. En la Ciudad de México viven 2.1 millones de jóvenes entre 15 y 29 años de edad, lo cual representa el 23.7% de la población total de la entidad que, en 2015, era de 8.9 millones de personas (INEGI, 2015). El 30.8% de los jóvenes tiene de 15 a 19 años de edad, 35.3% de 20 a 24 y el 35.3% tiene de 25 a 29. Son cuatro las demarcaciones que concentran el 50% de la población joven de la Ciudad: Iztapalapa, Gustavo A. Madero, Álvaro Obregón y Tlalpan. Uno de cada cinco jóvenes habita en Iztapalapa. Los Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES) se establecerán en colonias, barrios y pueblos de más alta marginación, donde habitan 2.6 millones de personas, de éstas el 64% habita en zonas de muy bajo y bajo Índice de Desarrollo Social (IDS): en las delegaciones de Iztapalapa (1,233,899 personas), Gustavo A. Madero (487,500 personas), Tlalpan (311,328 personas) y Álvaro Obregón (274,722 personas)1 (EVALÚA CDMX, 2010)2. En cuanto al nivel de escolarización, el promedio de escolaridad de la población de 15 años y más en la Ciudad de México es de 11.1 grados (11.4 grados para los hombres y 10.8 grados para las mujeres) (INEGI, 2016b:32)3. Sólo 4 de cada 10 jóvenes en la Ciudad de México asisten a la escuela (42.3%); por intervalos de edad no asiste el 25.8% del total de jóvenes entre 15 y 19 años de edad; el 59.1% de quienes tienen entre 20 y 24 años y el 85% de quienes tienen de 25 a 29 años de edad (INEGI, 2016:3). 3.4. Entre las causas centrales del problema social a atender, se encuentran el abandono y exclusión del sistema educativo: a nivel nacional (SEP, 2017:11). Para la Ciudad de México se estima que de cada 100 estudiantes que egresaron de la primaria en 2005, sólo 50 egresaron del bachillerato en 2011. Tal y como se muestra a continuación. I. Modelo de tránsito escolar en el sistema educativo escolarizado, Ciudad de México

Fuente: SEP (2017), Principales Cifras del Sistema Educativo Nacional 2016-2017.


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3.5. Algunos de los efectos importantes que esta situación provoca consisten en el incremento de la vulnerabilidad social de las y los jóvenes, siendo afectados sus derechos sociales fundamentales, lo cual puede propiciar situaciones de riesgo que incluyen el consumo de sustancias tóxicas; conductas sexuales que comprometen su estabilidad; realización de actos violentos o delictivos; trastornos psicológicos; embarazos adolescentes; accidentes; adicción a videojuegos e inserción endeble al mercado laboral, al realizar trabajos precarios de muy bajo nivel. Este hecho provoca un círculo vicioso que consiste en que a mayor profundización de estos conflictos, se cuenta con menor posibilidad de ingresar al sistema oficial escolarizado, el cual impone requisitos específicos, que las personas en situaciones difíciles no alcanzan a cubrir. En 2011, la Encuesta Nacional de Deserción en la Educación Media Superior, cuyos resultados fueron publicados en 2012 Agrupamos las 22 causas en tres grandes rubros: factores escolares; razones familiares y causas económicas. Al hacer este agrupamiento las razones escolares4 tienen el 46% de las menciones; las razones económicas el 40% y las razones familiares el 14%. Esto indica que el sistema educativo y en particular el colectivo escolar tienen enorme peso en el abandono escolar, factores como los antes expuestos, hacen que los jóvenes se encuentren cada vez más lejos de concluir sus estudios y que espacios de inclusión educativa y social, como lo son las Ciberescuelas, resulten quizás las únicas opciones de conclusión escolar. 3.6. El abandono escolar se encuentra estrechamente relacionado con diversos derechos sociales y humanos vulnerados. Por ejemplo, la alimentación. Es bien conocida la relación entre nutrición y aprendizaje, así como la importancia que se da en los países desarrollados al papel de la escuela en la provisión de alimentos suficientes, balanceados y nutritivos, y en el desarrollo de hábitos alimenticios saludables. De acuerdo con los datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2016 (ENSANUT 2016), la Ciudad de México presenta la más alta prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad en adolescentes de 12 a 19 años de edad, 41.5%, siendo la prevalencia de sobrepeso de 22.7% y la de obesidad de 18.8% (INSP 2016:68). A nivel nacional, entre los adolescentes de 12 a 19 años de edad se encontró una elevada proporción de consumo cotidiano de alimentos no recomendables: 83.9% consumen regularmente bebidas azucaradas no lácteas, 59.4% botanas, dulces y postres y 50.3% cereales dulces (INSP 2016:10). La falta de conocimiento fue identificado como el segundo obstáculo para alimentarse saludablemente con un 38.4% de menciones, precedido por la falta de dinero para comprar frutas y verduras (50.4%). Otro factor vinculado con el abandono escolar, se encuentra relacionado con el Embarazo de adolescentes. La más reciente Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica5 (ENADID 2014), señala que el 70.1% de las mujeres jóvenes de 15 a 29 años habitantes de la Ciudad de México, han iniciado su vida sexual; de ellas 36.6% no utilizaron un método anticonceptivo en su primera relación (INEGI, 2016:7). La ENADID 2014 señaló que el 58.6% de las jóvenes de 15 a 29 años dijeron no haber utilizado un método anticonceptivo porque no planeaban tener relaciones sexuales (INEGI, 2016:8). Este dato se enlaza con el incremento de la fecundidad entre las mujeres más jóvenes ya que 8 de cada 100 mujeres entre 15 y 19 años declararon haber tenido al menos un hijo nacido vivo. A nivel nacional la ENADID 2014 estableció que en el trienio 2011 a 2013 se registró un incremento en la tasa de fecundidad de adolescentes que pasó de 70.9 nacimientos a 77.0 por cada mil mujeres entre 15 y 19 años de edad (INEGI 2015:7). Esta tasa coloca a México en el primer lugar en embarazos adolescentes entre los países que integran la OCDE6. De acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015, 1 de cada 10 nacimientos ocurridos entre 2011 y 2013 fueron de mujeres de 15 a 19 años de edad (INEGI, 2016:10). Los jóvenes son un grupo poblacional en estado vulnerable. Por ejemplo, la mortalidad de varones jóvenes por causas violentas: El INEGI establece que en la Ciudad de México en 2014 fallecieron 250 hombres por cada 100 mujeres en el intervalo de edad de 15 a 29 años (INEGI, 2016:10) en tanto que a nivel Nacional en 2015 fallecieron 292 hombres por cada 100 mujeres jóvenes (INEGI 2017), con lo cual la sobre mortalidad masculina se convierte en uno de los rasgos característicos de la población joven en México. Las causas violentas ocasionan el 46% de las muertes de varones jóvenes en la Ciudad de México (agresiones 23.9%, accidentes de transporte 12.6%, lesiones autoinfligidas intencionalmente 9.5%), en tanto las enfermedades asociadas al VIH causan el 3.5% de los decesos; en tanto que las principales causas de muerte de mujeres jóvenes son agresiones 8.8%, accidentes de transporte 8.4%, lesiones autoinfligidas intencionalmente 7.7% y leucemia 5.8%. En el caso de las mujeres las causas violentas ocasionan el 24.9% de las defunciones totales (INEGI, 2017:9-10).


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Resulta muy preocupante la prevalencia de episodios mayores de depresión entre adolescentes que, según el INEGI, en México afecta al 2% por ciento de los hombres y al 7.6% de las mujeres entre 12 y 17 años de edad 7. De acuerdo con los datos del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de las Adicciones (SISVEA), en 4,652 defunciones asociadas a violencia ocurridas en 2009 se acreditó el consumo de sustancias adictivas, siendo las entidades con mayores porcentajes Chihuahua (34%), Jalisco (21%) y el entonces Distrito Federal (10%). El informe 2012 del SISVEA, basado en datos de los centros de atención a menores en conflicto, señala que el 24.3% de los hechos delictivos cometidos por menores fueron cometidos bajo el influjo de alguna sustancia adictiva 8. Hay que recordar que la Organización Mundial de la Salud define a la adicción como una enfermedad psicoemocional que crea una dependencia o necesidad hacia una sustancia, actividad o relación 9. En cuanto al consumo de alcohol, la Encuesta Nacional de Adicciones 2011 y la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas, Alcohol y Tabaco 2016-2017 señalan que en la Ciudad de México un 39.2% de adolescentes entre 12 y 17 años de edad consumieron alcohol en los últimos doce meses (2011), reduciéndose este porcentaje para 2016 al 33.3%. La prevalencia de consumo excesivo en el último mes fue de 7.9% en 2011 en tanto que para 2016 el consumo excesivo en el último mes tuvo una prevalencia menor, de 6.7%. Es importante señalar que, de las regiones estudiadas, la Ciudad de México es la que presenta las prevalencias más altas10en este rubro (INPRFM 2017). Respecto a la delincuencia, según un reportaje publicado en agosto de 2017 por Pamela Ventura, los delitos cometidos por adolescentes11 se incrementaron en la Ciudad de México al pasar las aprehensiones realizadas por la SSP-CDMX de 1,120 entre enero y octubre de 2015 a 2,484 en el mismo periodo de 2016. (el BIGDATA,2017) Los principales delitos cometidos por adolescentes fueron 12: narcomenudeo (203), robo (154), feminicidio (28), violación (9), daño a propiedad (8), homicidio (6), violencia intrafamiliar (6), abuso sexual (4), delitos contra seguridad pública (3), allanamiento de morada (2), secuestro (2), encubrimiento (2), fraude (1), extorsión (1), despojo (1) y otro tipo de delitos del fuero común (7). alizado por el INEGI situó a la capital del país como la entidad con mayor incidencia delictiva en adolescentes al registrar el 21%, 10,697 menores imputados, del Las diversas causas que orillan a las y los jóvenes al abandono escolar, aunado a la falta de oportunidades de acceso a la educación y la situación económica de sus familias, hacen que se incorporen a la vida la laboral. De acuerdo con el INEGI la tasa de ocupación en la población de la Ciudad de México de 15 a 29 años en el primer trimestre de 2016 fue de 89.2%, menor a la tasa estimada para la población de quince años o más (94.3%) de la entidad (INEGI 2016:13). El 85.1% de los jóvenes que trabajan lo hacen de manera subordinada y remunerada; 10.3% son trabajadores por cuenta propia; 3.9% son trabajadores sin pago y el 0.7% son empleadores. El 53.0% de los jóvenes ocupados en la Ciudad de México laboran en la informalidad; de ellos el 43% tiene la secundaria completa y el 42.8% estudiaron algún grado de educación media superior o superior; el 22.3% obtiene hasta un salario mínimo, el 30.1% obtiene más de uno y hasta dos salarios mínimos y el 17.9% obtiene más de dos y hasta tres salarios mínimos (INEGI, 2016:14,15). Las principales ocupaciones de los varones jóvenes son: profesionales, técnicos y trabajadores del arte (21.1%); el comercio (20.5%) y trabajadores de servicios personales (17.4%). En el caso de las mujeres jóvenes las principales ocupaciones son comerciantes (26.6%), trabajadores de servicios personales (24.1%) y profesionales técnicos y trabajadores del arte (20.3%). A pesar de que la mayor parte de la población joven en la ciudad de México vive en delegaciones con suelo de conservación, solo el 0.5% son trabajadores agropecuarios. Es fundamental resaltar la presencia de Jóvenes indígenas: La Encuesta Intercensal 2015 del INEGI establece que en la Ciudad de México habitan 133,780 personas de 3 años y más que hablan alguna lengua indígena, lo cual representa el 1.5% de la población total de la entidad. Si se aplica el criterio de auto adscripción, la población indígena en la Ciudad de México asciende a 784,841 personas, 8.8% de la población total. Este dato puede estar indicando una pérdida grave de la diversidad lingüística si consideramos que la diferencia entre uno y otro dato corresponde al número de personas que se reconocen como indígenas pero no hablan su lengua materna. Las delegaciones con el mayor porcentaje de hablantes de lenguas indígenas respecto de su población son Milpa Alta y Xochimilco. En tanto que las delegaciones con los mayores porcentajes de hablantes de lenguas indígenas en la Ciudad de México son Iztapalapa (24%), Gustavo A. Madero (12%) y Tlalpan (10%). Las delegaciones con los mayores porcentajes de autoadscripción respecto de la población de la demarcación son Milpa Alta (20.32%), Tláhuac (14.63%), Xochimilco (12.39%) y Tlalpan (11.85%).


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Nombre del municipio o delegación

Álvaro Obregón Azcapotzalco Benito Juárez Coyoacán Cuajimalpa de Morelos Cuauhtémoc Gustavo A. Madero Iztacalco Iztapalapa La Magdalena Contreras Miguel Hidalgo Milpa Alta Tláhuac Tlalpan Venustiano Carranza Xochimilco Ciudad de México

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Población hablante de lengua indígena y que se considera indígena. Encuesta Intercensal 2015, Ciudad de México. % por % Número Población Delegaci Población de de 3 años ón del % de 3 años y personas y más que total Población Població más que que se habla hablante que se n total había consider alguna s de considera alguna an lengua lengua indígena lengua indígena indígena indígena indígena s CDMX 749,982 1.14% 8,550 6% 9.24% 69,298 400,161 0.96% 3,842 3% 7.53% 30,132 417,416 1.22% 5,092 4% 9.37% 39,112 608,479 1.37% 8,336 6% 8.86% 53,911

% por Delegació n del total se considera indígena CDMX 9% 4% 5% 7%

199,224

1.21%

2,411

2%

9.65%

19,225

2%

532,553 1,164,47 7 390,348 1,827,86 8

1.38%

7,349

5%

8.64%

46,013

6%

1.41%

16,419

12%

6.57%

76,506

10%

0.95%

3,708

3%

6.48%

25,295

3%

1.79%

32,719

24%

7.87%

143,853

18%

1.40%

3,414

3%

9.75%

23,779

3%

243,886

364,439 0.94% 3426 3% 5.01% 18,258 2% 137,927 4.10% 5,655 4% 20.32% 28,027 4% 361,593 1.39% 5,026 4% 14.63% 52,901 7% 677,104 1.89% 12,797 10% 11.85% 80,237 10% 427,263 1.34% 5,725 4% 5.86% 25,038 3% 415,933 2.40% 9,982 7% 12.39% 51,534 7% 8,918,65 1.5% 133,780 101% 8.8% 784,841 100% 3 Fuente: Elaboración propia a partir de INEGI (2016). Panorama sociodemográfico de Ciudad de México 2015.

tuito de TICs, cuyos elementos son indispensables para facilitar las condiciones de trabajo de las personas que desean iniciar o continuar con sus estudios, retomando las opciones educativas en línea que ofrecen la Secretaría de Educación Pública (SEP), Instituto Nacional de Educación para Adultos (INEA), Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el Colegio de Bachilleres y la Secretaría de Educación de la Ciudad de México (SEDU). De lo que se trata es de promover, incentivar, propiciar y fortalecer la generación de alternativas para que la población de la Ciudad de México, sobre todo los jóvenes, retomen, concluyan o inicien sus estudios de manera gratuita. De esta manera, se trata de fortalecer la continuidad de los proyectos académicos de las personas, impulsando su desarrollo educativo. Llevar a cabo el rescate de espacios públicos para convertirlos en Puntos de Innovación, Libertad, Arte y Educación Social (PILARES) y que sean centro de encuentro para la comunidad, con plena apertura al uso gratuito de los recursos y equipamiento (computadoras, conectividad, maquinaria, herramientas, salones, foros, sitios de proyección, etcétera) para llevar a cabo acciones de inclusión educativa. 3.7. Las y los jóvenes que abandonaron las aulas están en mayor riesgo de padecer o ejercer violencia, sufrir depresión, engancharse en adicciones o tener un embarazo precoz. Sólo 4 de cada 10 jóvenes entre 15 y 29 años de edad asiste a la escuela en la Ciudad de México. De los 2.1 millones de jóvenes que habitan en la Ciudad de México, 1.4 millones han


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abandonado sus estudios al iniciar el bachillerato. Por lo que el presente programa social busca favorecer la inclusión digital y disminuir la brecha digital entre mujeres y hombres. Aprovechando la conectividad y el equipo instalado en los PILARES, De igual forma, favorecer la alfabetización digital de los adultos mayores y promover la mayor participación de niñas y mujeres en escuelas de código y talleres de robótica. 3.8. En el caso de los gobiernos locales, la delegación Tlalpan estableció en el 2004 una red de 22 Cyber Tlalpan establecidos en zonas de alta marginalidad de la demarcación, con el fin de facilitar el acceso de la población a Internet en espacios equipados con computadoras. Tras el abandono de los CyberTlalpan, en 2016 surge el Programa Social cual de manera gratuita otorgaba asesorías para la conclusión o inicio de alfabetización, educación básica, media, media superior y superior, así como talleres de ajedrez, malabares, clown. Al cierre de ese año se inscribieron 3,600 estudiantes, de los cuales el 60% fueron mujeres y el 40% hombres con una población beneficiada de 1,944 estudiantes en edades de 15un cierre de 5,800 estudiantes inscritos, de los cuales el 59% son mujeres y 41% hombres; el mayor número de estudiantes inscritos se encuentra entre los rangos de 15-29 años, representando el 48% de la población total. El programa de Ciberescuelas en Tlalpan constituyó un parteaguas en materia educativa, ya que ofreció opciones educativas por medio de acompañamiento y asesorías personalizadas, consolidándose como una política pública de éxito que coadyuva al derecho a la educación y a la igualdad de oportunidades para las y los jóvenes. A partir de 2019, se instalarán PILARES (Puntos de Innovación, Libertad, Arte y Educación Social) en la Ciudad de México que incluirán una Ciberescuela para jóvenes entre 15 y 29 años de edad y para todas la personas y un área de fortalecimiento económico para las mujeres y para todas las personas. Los PILARES serán instalados en 200 puntos considerados de bajo índice de desarrollo social y donde existe mayor concentración poblacional de jóvenes. El programa de Ciberescuelas permitió que la ciudadanía retomara parte de sus derechos, particularmente el educativo, ya que se ofertan diferentes niveles educativos como la alfabetización, primaria, secundaria y bachillerato, además de que estos espacios se mantuvieron abiertos en horarios no administrativos, es decir, brindaron atención en horarios casi nocturnos o de fines de semana, lo que permitió que la ciudadanía tuviese acceso a los servicios en tiempos libres o fuera de la carga laboral, es decir, hubo mayor accesibilidad a ejercer el derecho a la educación. Las Ciberescuelas son una plataforma para que la población accediera a actividades recreativas y culturales de calidad, gratuitas, locales, que hicieran posible el desarrollo integral de cada una de las personas que presenciaron alguna actividad artística y de aquellas que tomaron una de las varias actividades que se realizaron en cada una de las Ciberescuelas. En este programa también se desarrollaron y fortalecieron las capacidades laborales de las personas por medio de talleres, permitiendo una mayor solvencia e independencia económica. Cada una de estas actividades, se realizaron en espacios de fácil acceso, abiertos, en horarios no administrativos, de acceso gratuito y con actividades académicas, en los cuales la gente siempre mantuvo interés, agrado y constancia. Es importante resaltar que sin este programa dichas personas no hubieran podido acceder a la recreación, capacitación y educación de manera gratuita, por lo que es indispensable potencializar dichos alcances por medio de la ampliación del programa a la CDMX, que cuenta con una población potencial de 217, 000 personas por concluir un grado académico, además de poder contar con recreación y recibir capacitación para el fomento económico. En este sentido, es necesario mencionar que las y los jóvenes fueron la población mayormente beneficiada y pues son también los que se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad, se encuentran propensos a ser excluidos de una buena oferta laboral por no tener certificado de estudios, principalmente de bachillerato, ante lo cual se ven orillados a recibir una remuneración económica menor a la que podrían acceder o inclusive realizar actividades que puedan poner en riesgo su salud e integridad física-emocional. 3.9 Para el establecimiento de la línea base, se tomarán en consideración los siguientes elementos: *Población beneficiaria *Personas jóvenes de entre 15 y 29 años *Personas que habiten en zonas de bajo índice de desarrollo social 3.10 Programas sociales similares y/o complementarios *Jóvenes construyendo al futuro (Gobierno Federal) *Ponte Pila, Deporte Comunitario 2019 (Instituto del Deporte de la Ciudad de México)


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III.3. Definición de la Población Objetivo del Programa Social 3.11. La Población potencial del programa social: 1,448,797 de jóvenes de entre 15 y 29 años que demandan servicios educativos en la Ciudad de México (INEGI, 2016:4) Demanda potencial de servicios educativos de jóvenes en la Ciudad de México Nivel educativo demandado 15 a 29 15 a 19 20 a24 25 a 29 Alfabetización 7,774 1,953 2,238 3,583 Primaria 17,597 5,208 5,223 7,166 Secundaria 72,194 18,880 25,369 27,946 Bachillerato 568,623, 263,666 155,198 149,759 Concluir bachillerato y/o ingresar a 782,609 322,258 261,150 199,201 educación superior Total 1,448,797 611,965 449,178 387,654 Fuente: Elaboración propia a partir de INEGI, 2016:4 Con base en los datos vertidos en el cuadro anterior, se establece que carecen de instrucción escolar o solamente cubrieron el preescolar 0.4% de los jóvenes en la Ciudad de México (n 8,455); cursaron la primaria incompleta el 0.8% (n 16,910); cuentan sólo con primaria completa 3.4% (n 71,867), con secundaria incompleta o completa el 26.9% (n 568,591); con bachillerato completo o incompleto el 37% (n 782,077) y con educación superior el 31.1% (n 657,367). Estas cifras permiten estimar la demanda potencial de servicios de apoyo educativo para la población joven de la Ciudad de México. Las Ciberescuelas representan espacios de inclusión para jóvenes a través de espacios equipados con computadoras e internet, que de manera gratuita y a través de asesorías personalizadas puedan concluir sus estudios de bachillerato. Población objetivo del programa social: 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes mujeres y hombres de entre 15 y 29 años de edad y policías de los 35 sectores de policías donde se instalarán Ciberescuelas; que deseen alfabetizarse, iniciar o continuar sus estudios de primaria, secundaria y bachillerato. El promedio de escolaridad de la población de 15 años y más por delegación, de acuerdo con la Encuesta Intercensal 2015, informa sobre la desigualdad en el ejercicio de los derechos educativos, ya que mientras en Benito Juárez el promedio alcanza 13.8 años de escolarización, en Iztapalapa sólo llega a 10.2 años, en Tláhuac 10.1 y en Milpa Alta 9.3 años. 3.13. Población que será beneficiada: *Para Ciberescuelas en PILARES Hasta 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes hombres y mujeres de entre 15 y 29 años de edad que deseen alfabetizarse, iniciar o continuar sus estudios de primaria, secundaria y bachillerato. Asimismo, policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán Ciberescuelas para coadyuvar con el derecho a la educación y brindar espacios de inclusión educativa y que les permitan a policías terminar sus estudios y participar en los talleres de habilidades cognitivas. Para poder apoyar a los jóvenes y policías que demanden el servicio brindado a través de las Ciberescuelas, se requiere del apoyo de beneficiarios facilitadores de servicios, como lo son talleristas, docentes y monitores que se encontrarán distribuidos en cada uno de los PILARES, así como docentes para sectores de policías, que al mismo tiempo recibirán un apoyo social a través de diferentes ministraciones. En este sentido, se beneficiarán a 1,871 beneficiarios facilitadores de servicios (docentes, talleristas y monitoras o monitores para las 200 Ciberescuelas que se instalarán en las 16 alcaldías durante 2019 en los PILARES y en los 35 sectores de policías. 3.14 De acuerdo con la información vertida en el Diagnóstico, así como la revisión de colonias, barrios y pueblos con mayor población joven, se determinaron 200 espacios distribuidos entre las 16 alcaldías de la Ciudad de México para la implementación de Puntos de Innovación, Libertad, Arte y Educación Social (PILARES), con el fin de acercar a los jóvenes, mujeres y todas las personas las Ciberescuelas. Por lo tanto, se beneficiará de manera directa a la población que habite de manera cercana a los PILARES, evitando la contraprestación que significaría el pago de pasajes por el traslado a las Ciberescuelas. Al mismo tiempo, se beneficia a personas de la comunidad, quienes pueden participar como beneficiarios facilitadores de servicios en los PILARES a través de asesorías o talleres.


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o que establece los grupos de atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. En donde se reconocen como grupos de atención prioritaria, a las y los jóvenes de entre 15 y 29 años de edad, mujeres, personas de identidad indígena, personas con discapacidad, personas LGBTTTI y personas migrantes. IV. OBJETIVOS Y ALCANCES IV.1. Objetivo General Promover y coadyuvar a garantizar el ejercicio del derecho a la educación de la población joven de entre 15 y 29 años de edad y de todas las personas, que hayan interrumpido sus estudios de primaria, secundarias o bachillerato, mediante el establecimiento de Ciberescuelas en los PILARES, equipadas con computadoras y conectividad a internet y atendidas por beneficiarios facilitadores de servicios que brinden asesoría personalizada. 4.1. Se impartirán asesorías presenciales y a distancia, así como talleres presenciales mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y otras herramientas. 4.2. La población objetivo del programa son hasta 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes de entre 15 y 29 años habitantes de alguna de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México y policías de los 35 sectores en donde se instalarán Ciberescuelas. * Realizar acciones que permiten facilitar la inclusión y permanencia de los usuarios en los PILARES. * Impartir asesorías educativas a 42,500 policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán Ciberescuelas en PILARES. * Impartir talleres a 42,500 policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán Ciberescuelas en PILARES. 4.3. Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho a la educación, a través de 200 Ciberescuelas instaladas en la Ciudad de México y de 35 Ciberescuelas en Sectores de la Policía, contando para la atención de dicha población con la participación de 1,871 beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como docentes, asesores y talleristas; y apoyos técnico-administrativos que colaborarán con la implementación del programa social. 4.4 El presente programa social contribuye como una política innovadora dirigida a la ampliación de los derechos sociales de la población preferentemente joven. IV.2. Objetivos Específicos * Impartición de asesorías personalizadas y talleres a hasta 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes entre 15 y 29 años de edad y policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán Ciberescuelas. 4.7. *Para Ciberescuelas en PILARES * Realizar acciones que permiten facilitar la inclusión y permanencia de los usuarios en los PILARES.. *Para Ciberescuelas en Sectores Policiacos: * Impartir asesorías educativas a policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán Ciberescuelas en PILARES. * Impartir talleres a policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán Ciberescuelas en PILARES. * Otorgar apoyos económicos a 1,871 beneficiarios facilitadores de servicios que fungirán como docentes, monitoras o monitores y talleristas que colaborarán con la implementación del programa social para la impartición de asesorías y la realización de diversas actividades en las Ciberescuelas. 4.8. Este programa busca fomentar la inclusión educativa, equidad social y de género, así como la igualdad en la diversidad, mediante las siguientes estrategias y mecanismos: * Se garantizará que la población que se atienda en las Ciberescuelas, pertenezca a los distintos grupos sociales, género, origen étnico y provengan de las distintas localizaciones territoriales de las 16 alcaldías de la Ciudad de México, prioritariamente zonas de medio, bajo y muy bajo nivel de desarrollo social de la Ciudad de México.


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* Se garantizará que los beneficiarios facilitadores de servicios seleccionados para la implementación del programa social (docentes, monitoras o monitores, talleristas y apoyos técnico-administrativos) para la impartición de asesorías y la realización de diversas actividades en las Ciberescuelas, en el marco de este programa social pertenezcan preferentemente a los distintos grupos sociales, de edades, género, origen étnico, y provengan de las distintas localizaciones territoriales de la Ciudad de México. IV.3. Alcances 4.9. Con este programa social se busca promover el ejercicio del derecho a la educación, como parte de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocidos universalmente. 4.10. La trascendencia de este programa social reside en la inclusión y acceso al desarrollo educativo, mediante la disposición de bienes y servicios educativos, que a la vez propicien el ejercicio del derecho a la educación a través de asesorías presenciales, a distancia y talleres a hasta 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes de entre 15 y 29 años y policías adscritos a los 35 sectores de policías en donde se instalarán las Ciberescuelas. Al mismo tiempo, el programa representa también un apoyo para los 1,871 beneficiarios facilitadores de servicios que participarán en la implementación del presente programa social al otorgarles un apoyo social. 4.11. Los resultados perseguidos con el presente programa consisten en brindar la población preferentemente joven, es que las Ciberescuelas representen una alternativa de inclusión educativa y de alternativas de acompañamiento a través de asesorías personalizadas y talleres de habilidades emocionales y cognitivas.. V. METAS FÍSICAS 5.1. La meta de cobertura de la población objetivo que se planea atender durante el ejercicio 2019 es de hasta 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes de entre 15 y 29 años y policías adscritos a los 35 sectores de policías en donde se instalarán las Ciberescuelas. El cálculo de la meta se estableció con base en el número de PILARES que se instalarán y con la capacidad que cada uno de los espacios posea. 5.2. De conformidad con los artículos 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y 47 de su Reglamento, se priorizará en la selección beneficiarios y colaboradores en la implementación del programa preferentemente por habitantes de las colonias, pueblos, barrios y unidades habitacionales con menor índice de desarrollo social. 5.3. Las metas físicas de operación y de resultados son las siguientes: a) De Operación *De las y los beneficiarios facilitadores de servicios * Selección de 1,871 beneficiarios facilitadores de servicios que colaborarán con la implementación del programa social (docentes, monitoras o monitores, y talleristas) para la impartición de asesorías, talleres y la realización de diversas actividades en las Ciberescuelas. Dichos facilitadores de servicios recibirán un apoyo social como contraprestación por el apoyo otorgado a los beneficiarios facilitadores de servicios. La selección se llevará a cabo por medio de los criterios establecidos en las presentes reglas de operación y de acuerdo con la normatividad vigente aplicable. *De las y los beneficiarios directos * Brindar atención de hasta 217,000 usuarios, preferentemente jóvenes de 15 a 29 años y policías adscritos a los 35 sectores de policías en donde se instalarán las Ciberescuelas. Se realizará un registro de inscripción de los usuarios de las asesorías y se generarán informes mensuales y trimestrales de beneficiarios facilitadores de servicios, así como los instrumentos que considere necesario el área de operación del presente programa social. b) De Resultados


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* Coadyuvar al fortalecimiento de la infraestructura y servicios de las 200 Ciberescuelas que se echarán a andar en la Ciudad de México durante 2019. * Dar seguimiento escolar a los estudiantes inscritos en cada una de las diferentes modalidades educativas y en cada una de las Ciberescuelas en los diferentes PILARES. * Supervisión y verificación de las actividades y servicios otorgados. Lo anterior a través de la creación de un registro único para los usuarios de las asesorías y talleres. Y para las y los beneficiarios facilitadores de servicios (docentes, monitoras o monitores, talleristas), el registro de asistencia, entrega oportuna de informes, así como los instrumentos que considere necesario el área de operación del presente programa social. 5.4 Las metas físicas establecidas se complementan con resultados esperados, como son ofrecer a las personas preferentemente jóvenes, una alternativa innovadora de inclusión educativa y acompañamiento entre la población que acuda a PILARES. VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL 6.1. El Monto Total Autorizado El monto total autorizado es de $ 138,000,000.00 (ciento treinta y ocho millones de pesos 00/100 M.N.) durante el ejercicio fiscal 2019. El presupuesto será ejercido de la siguiente manera: * $15,935,000.00 (quince millones novecientos treinta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) asignados a los apoyos sociales correspondientes a 166 beneficiarios facilitadores de servicios que participarán en la continuidad de operación de las Ciberescuelas en funcionamiento de febrero a diciembre de 2019. * $82,620,000.00 (ochenta y dos millones seiscientos veinte mil pesos 00/100 M.N.) asignados a los apoyos sociales correspondientes a 1,080 beneficiarios facilitadores de servicios que participarán en la implementación de 135 Ciberescuelas en PILARES de abril a diciembre de 2019. * $30,940,000.00 (treinta millones, novecientos cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) asignados a los apoyos sociales correspondientes a 520 beneficiarios facilitadores de servicios que participarán en la implementación de 65 Ciberescuelas en PILARES de junio a diciembre de 2019. * $8,505,000.00 (ocho millones, quinientos cinco mil pesos 00/100 M.N.) asignados a los apoyos sociales correspondientes a 105 beneficiarios facilitadores de servicios participarán en la implementación de 35 Ciberescuelas en Sectores Policiacos de abril a diciembre de 2019. 6.2. Monto Unitario Anual por Persona El monto unitario anual por persona será asignado a cada una de las 1,865 beneficiarios facilitadores de servicios (docentes, monitoras o monitores, y talleristas) que con la impartición de asesorías, talleres y la realización de diversas actividades durante el ejercicio fiscal 2019, en las 200 Ciberescuelas de PILARES ubicadas en las 16 alcaldías de la Ciudad de México y para las 35 Ciberescuelas ubicadas en los Sectores Policiacos. La asignación se realizará de la siguiente manera: * 166 beneficiarios facilitadores de servicios para las Ciberescuelas que actualmente se encuentran en funcionamiento y operación (febrero-diciembre) de 2019 * 13 ministraciones mensuales de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M.N.) cada una, de febrero a diciembre de 2019. 36 (noventa y un mil, seiscientos treinta y seis pesos 36/100 M.N.), que se entregarán en 11 ministraciones mensuales de $8,330.58 (ocho mil trescientos treinta pesos 58/100 M.N.) cada una de febrero a diciembre de 2019. ,000.00 (setenta y siete mil pesos 00/100 M.N.), que se entregarán en 11 ministraciones mensuales de $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M.N.) cada una de febrero a diciembre de 2019. * 1,080 beneficiarios facilitadores de servicios para 135 Ciberescuelas en PILARES (abril-diciembre) de 2019


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mensuales de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M.N.) cada una, de abril a diciembre de 2019. * 27 mensuales de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N.) cada una de abril a diciembre de 2019. esenta y tres mil pesos 00/100 M.N.), que se entregarán en 9 ministraciones mensuales de $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M.N.) cada una de abril a diciembre de 2019. * 520 beneficiarios facilitadores de servicios para 65 Ciberescuelas en PILARES (junio-diciembre) de 2019 mensuales de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M.N.) cada una, de junio a diciembre de 2019. ministraciones mensuales de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N.) cada una, de junio a diciembre de 2019. ve mil pesos 00/100 M.N.), que se entregarán en 7 ministraciones mensuales de $7,000.00 (siete mil pesos 00/100 M.N.) cada una, de junio a diciembre de 2019. * 105 beneficiarios facilitadores de servicios 35 Ciberescuelas en Sectores Policiacos (abril-diciembre) de 2019 mensuales de $9,000.00 (nueve mil pesos 00/100 M.N.) cada una, de abril a diciembre de 2019. VII. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE ACCESO Este programa busca fomentar la equidad social y de género, así como la igualdad en la diversidad, en donde se buscará que la población beneficiada, además de cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en las presentes reglas de operación, pertenezca a los distintos grupos sociales, género, origen étnico y provengan de las distintas localizaciones territoriales de la Ciudad de México, prioritariamente zonas de medio, bajo y muy bajo nivel de desarrollo social de la Ciudad de México. *Para los beneficiarios facilitadores de servicios (docentes, talleristas y monitores) Cumplir en tiempo y forma con cada uno de los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, de igual forma incorporarse establecidos por la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación. * Para los usuarios de Ciberescuelas *Acudir a alguno de los PILARES *Realizar un registro VII.1. Difusión 7.1. Las reglas de operación de este programa social se publicarán en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en el Sistema de Información del Desarrollo Social de la Ciudad de México (SIDESO, www.sideso.cdmx.gob.mx). Entre la población, el programa se dará a conocer por medio de convocatoria que será publicada por los mismos medios, la página oficial de Internet (www.seciti.cdmx.gob.mx) y redes sociales de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación. En caso de que se presente alguna modificación a las reglas de operación del programa, ésta se hará pública a través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, de SIDESO y en la página oficial de Internet de la Secretaría. 7.2. En el territorio, se difundirá el programa social, por lo menos, mediante propaganda adherida en inmuebles asignados al Gobierno de la Ciudad de México.


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7.3. Las personas interesadas podrán solicitar información sobre el programa, acudiendo a las oficinas de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1305, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas. 7.4. La difusión del presente programa social será de acuerdo con la imagen institucional establecida y de acuerdo con la normatividad vigente aplicable. VII.2. Requisitos de Acceso 7.5. Requisitos Este programa es abierto al público en general para recibir las asesorías educativas a través de las Ciberescuelas ubicadas en los PILARES, de las cuales preferentemente al menos 50% deben ser jóvenes entre 15 y 29 años de edad y policías adscritos a los 35 sectores policiales en donde se instalarán las Ciberescuelas. La inclusión para los usuarios, es decir, los que recibirán las asesorías educativas, será con el hecho de acudir a alguna de las Ciberescuelas instaladas en los PILARES y registrarse proporcionando datos de identificación básica. a.I) Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa social como beneficiarios facilitadores de servicios (docentes, monitoras o monitores, talleristas) deberán cumplir los siguientes requisitos generales: * Ser mayor de 18 años al 1 de febrero de 2019. * Ser residente de la Ciudad de México. * No ser persona beneficiaria de otro apoyo económico de la misma naturaleza. * No ser persona trabajadora del Gobierno de la Ciudad de México, bajo régimen laboral alguno. * Tener disponibilidad de 30 horas semanales de lunes a domingo. * Tener experiencia e interés en el trabajo comunitario. * Capacidad empática con jóvenes y mujeres, preferentemente. * Ser consciente de la Carta de Obligaciones y Actividades de los alcances de las reglas de operación del programa. * Firmar solicitud de registro. * Firmar Carta de Obligaciones y Actividades. * Haber tomado el curso de formación * Ser habitante del lugar donde se instale un PILARES o de colonia, barrio o pueblo colindante a él, mediante la entrega de un comprobante de domicilio reciente, de un máximo de 3 meses de antigüedad a.II) Los colaboradores de este programa social como beneficiarios de facilitadores de servicios (docentes, monitoras o monitores, talleristas y apoyos técnico-administrativos) deberán cumplir los siguientes requisitos específicos: * Contar con estudios de licenciatura, titulados, pasantes o truncos (cursado por lo menos el 50% de los créditos) en humanidades, ciencias sociales o ciencias experimentales. Tener documento probatorio. * Contar con comprobante de estudios * Contar con comprobante de habilidades o experiencia en la impartición de talleres de habilidades cognitivas o emocionales. * Tener dominio del oficio, saber, proceso o habilidad a enseñar, ya sea mediante demostración de clase ante grupo o bien mediante presentación de la documentación que certifique la experiencia y el dominio referido. b) Las personas interesadas en ser usuarios de las actividades y servicios que se brindan mediante el programa, deberán reunir los siguientes requisitos: * Presentarse en alguno de los PILARES establecidos en la Ciudad de México * Proporcionar datos básicos para registro. * Tener entre 15 y 29 años, preferentemente.


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* Tener deseos de continuar con sus estudios y/o ser partícipe de los talleres impartidos. 7.6. Documentos a.I) Las personas interesadas en ser beneficiarias del programa social como beneficiarios de facilitadores de servicios (docentes, monitoras o monitores, talleristas) deberán presentar la siguiente documentación en copia fotostática simple para la integración del expediente respectivo y mostrar original para cotejo: * Identificación oficial con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional, cartilla del Servicio Militar Nacional). * Comprobante de domicilio expedido en los últimos tres meses (agua, predial, teléfono, gas, luz, contrato de arrendamiento o constancia de residencia). * Solicitud de registro. * Clave Única de Registro de Población (CURP) * Carta de Obligaciones y Actividades. * Curriculum Vitae con fotografía. " * Historial académico, Carta de pasante, tira de materias o certificado que acredite al menos el 50% de los créditos obtenidos, o título profesional, o cédula profesional o cualquier otro documento que acredite el nivel académico. *Para Monitoras o moni

* Comprobante de estudios * Constancia que acredite sus conocimientos o, en los casos que aplique, registro fotográfico o algún otro testigo visual de su trabajo. 7.7. En el caso de que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de las personas en el programa social, puede variar, en cuyo caso, se emitirán lineamientos específicos. 7.8. En el caso de que se presente una situación coyuntural de contingencia, desastre o emergencia para el caso de la población migrante, se proporcionarán apoyos sociales humanitarios, para lo cual cada programa establecerá las medidas correspondientes dadas sus competencias. 7.9. Los requisitos de acceso a los programas sociales serán transparentes, neutrales, apartidistas, institucionales y congruentes con los objetivos y la población beneficiaria definida por el diseño del programático, tomando en consideración los principios generales de la política social de la Ciudad de México, particularmente el de universalidad. VII.3. Procedimientos de Acceso 7.10. Al presente Programa se accede mediante convocatoria abierta, la cual será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, (SIDESO, www.sideso.cdmx.gob.mx), la página oficial de Internet (www.seciti.cdmx.gob.mx) y redes sociales de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación. 7.11. Los criterios con base en los cuales la Coordinación Genera de Inclusión Educativa e Innovación y la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, seleccionarán a las personas que colaborarán en la implementación del programa social, son los siguientes: * Cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos y documentación correspondiente y que se indica en las presentes reglas de operación, así como la identidad territorial con algún PILARES.


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7.12. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias de este programa social son públicos y podrán solicitar información sobre el programa, acudiendo a las oficinas de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1305 en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas. 7.13. Criterios y procedimientos de acceso en situaciones de excepción para poblaciones en situación de vulnerabilidad y/o discriminación: * Con este programa social se garantiza el acceso al programa de las personas habitantes de las clasificadas como zonas de bajo y muy bajo nivel de desarrollo social de la Ciudad de México. * Este programa busca fomentar la inclusión educativa, equidad social y de género, así como la igualdad en la diversidad, mediante las siguientes estrategias y mecanismos: 1) Se garantizará que la población que se atiendan en las Ciberescuelas pertenezca a los distintos grupos sociales, género, origen étnico y provengan de las distintas localizaciones territoriales de las 16 alcaldías de la Ciudad de México, prioritariamente zonas de medio, bajo y muy bajo nivel de desarrollo social de la Ciudad de México. 2) Se garantizará que los beneficiarios facilitadores de servicio seleccionados para la implementación del programa social (docentes, monitoras o monitores y talleristas) para la impartición de asesorías y la realización de diversas actividades en las Ciberescuelas, en el marco de este programa social pertenezcan preferentemente a los distintos grupos sociales, de edades, género, origen étnico, y provengan de las distintas localizaciones territoriales de la Ciudad de México. 7.14. Los mecanismos, procedimientos, lugares, horarios de atención y periodos de registro de las personas solicitantes, así como las unidades administrativas responsables son los siguientes: a) Las personas interesadas en colaborar con la implementación del presente programa social como beneficiarios de facilitadores de servicios (docentes, talleristas, monitoras o monitores) deberán realizar su registro atendiendo el siguiente procedimiento: Para registro y entrega de documentos de las personas interesadas en colaborar con la implementación del programa en cualquiera de sus modalidades, deberán presentarse en las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext.1305, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas, durante los siguientes periodos: Del 6 al 13 de febrero de 2019 No habrá prórroga en las fechas de registro, a menos que la meta no se haya alcanzado. b) Las personas interesadas en ser usuarios de las actividades y servicios que se otorgarán con el presente programa social, deberán realizar su registro atendiendo el siguiente procedimiento: Para registro los interesados deberán presentarse en un horario de 10 horas a 18:00 horas de lunes a viernes, durante el periodo del 01 de febrero al 31 de diciembre de 2019, para complementar su inscripción electrónica en la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, de igual forma en cada Alcaldía en la sedes que se planteen en su momento y se difunden a través de la página web del Programa PILARES. 7.15. En caso de que las solicitudes sean mayores a los recursos disponibles para la ejecución del programa, los criterios con los que se dará prioridad en la inclusión de las personas interesadas serán los siguientes: * Se priorizará en la selección de las personas interesadas en colaborar con la implementación del presente programa social como docentes, monitoras o monitores y talleristas dando preferencia a mujeres residentes en la Ciudad de México.


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* Se priorizará en la selección de las personas interesadas en colaborar con la implementación del presente programa social dando preferencia de selección a las propuestas de trabajo y actividades de mayor necesidad y demanda ciudadana. La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria, al menos y de manera enunciativa a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTI, personas migrantes y sujetas de protección internacional, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social, personas afrodescendientes y personas de identidad indígena. 7.16. Las personas solicitantes como beneficiarios facilitadores de servicios, podrán conocer el estado de su solicitud acudiendo a las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, ubicadas en Av. Chapultepec 49,3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1305, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas, Los resultados de la selección de los solicitantes se publicarán en la página oficial de Internet (www.seciti.cdmx.gob.mx) y redes sociales de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación al finalizar el curso de formación. 7.17. La Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, entregará a las personas solicitantes un comprobante o mecanismos de cotejo de haber completado su registro al programa social. 7.18. Una vez que las personas solicitantes son incorporadas al programa social como beneficiarios facilitadores de servicios formarán parte de un Padrón de Beneficiarios que, conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público. Serán reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente, que en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las reglas de operación del Programa Social. 7.19. En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en estas reglas de operación. 7.20. Con el fin de establecer y difundir mecanismos efectivos y expeditos de apelación en caso de que la solicitud de recibir los beneficios o apoyos del programa sea denegada, se dará atención a través de la página de internet www.pilares.gob.mx en donde se otorgará un número de folio para el puntual seguimiento de la aclaración. 7.21. Promover el principio de simplicidad administrativa se solicitan únicamente los documentales necesarios para acreditar los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación y poder generar el Padrón de Beneficiarios que, conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público. Serán reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente, que en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las reglas de operación del Programa Social. 7.22. Para la promoción de la digitalización de trámites y procedimientos a fin de facilitar los procesos y ofrecer vías alternativas y complementarias a las presenciales de incorporación a los programas, se estableció un mecanismo de registro de solicitantes a través de un formulario electrónico en la página de internet www.pilares.gob.mx. VII.4. Requisitos de Permanencia, Causales de Cancelación del Registro, Reemplazos y Suspensión Temporal 7.16. Son requisitos de permanencia, suspensión y baja de este programa social, los siguientes: a) Requisitos de permanencia para los beneficiarios facilitadores de servicios del Programa Social: * Asistir a las pláticas, conferencias y capacitaciones que la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación a través de la Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria. * Entregar en tiempo y forma los documentos e informes que le sean requeridos por la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, a través de las diferentes subdirecciones Operativas. * Abstenerse de proporcionar, en cualquier momento del desarrollo de este programa social, datos falsos o documentos apócrifos.


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* Dar un trato digno a la ciudadanía. * Cumplir con las obligaciones establecidas en el Convenio de Colaboración celebrado con la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación (seguimiento, verificación, supervisión y control del programa), Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (operación directa del programa). * Cumplir en tiempo y forma con el desarrollo de las actividades de las Ciberescuelas en PILARES y las demás que establezca la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria y que sean necesarias para la comprobación del ejercicio de los recursos. *Cumplir con al menos 30 horas de lunes a domingo. b) Es causal de suspensión temporal de este programa social para los beneficiarios de facilitadores de servicios Cumplir con las obligaciones establecidas en el Convenio de Colaboración celebrado con la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación (coordinación del programa), Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación (seguimiento, verificación, supervisión y control del programa), Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (operación directa del programa). * No dar cumplimiento con las actividades indicadas por la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación (seguimiento, verificación, supervisión y control del programa), Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (operación directa del programa). * No entregar en tiempo y forma los documentos e informes que le sean requeridos por la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, a través de las diferentes subdirecciones Operativas. * No cumplir con las obligaciones establecidas en el Convenio de Colaboración celebrado Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación (seguimiento, verificación, supervisión y control del programa), Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (operación directa del programa). * No cumplir en tiempo y forma con el desarrollo de las actividades de las Ciberescuelas en PILARES y las demás que establezca la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria y que sean necesarias para la comprobación del ejercicio de los recursos. * Por falta de demanda ciudadana a la actividad o taller. La persona tendrá un plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que le sea notificada por escrito, para subsanar la falta motivo de la suspensión. Subsanada la falta, se podrá reincorporar a sus actividades. Transcurrido el plazo, y no haberse subsanado la falta, la persona causará baja definitiva. Cuando se compruebe fehacientemente la presencia de cualquiera de las conductas motivo de la baja definitiva del programa, la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación suspenderá la entrega de apoyo económico y, de acuerdo con las características y momento en que suceda, la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria definirá si entra la persona siguiente en lista de espera a concluir o iniciar otro taller. Las sanciones serán aplicadas por la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, ante la cual deberán ser subsanadas acudiendo a las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1305 en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas. c) Es causal de baja de este programa social para los beneficiarios de facilitadores de servicios Por incurrir en faltas de probidad u honradez o actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos contra algunos de los participantes que intervienen en el programa * No dar cumplimiento con las actividades establecidas por la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación (seguimiento, verificación, supervisión y control del programa), Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (operación directa del programa). * No entregar en tiempo y forma los documentos e informes que le sean requeridos por la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, a través de las diferentes subdirecciones Operativas. * No cumplir con las obligaciones establecidas en el Convenio de Colaboración celebrado Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación (seguimiento, verificación, supervisión y control del programa), Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria (operación directa del programa).


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* No cumplir en tiempo y forma con el desarrollo de las actividades de las Ciberescuelas en PILARES y las demás que establezca la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria y que sean necesarias para la comprobación del ejercicio de los recursos. * Por renuncia voluntaria en cuyo caso deberá firmar la carta de baja voluntaria. d) Requisitos de permanencia en el programa para las personas beneficiarias de las actividades: * Dar cumplimiento con las actividades asignadas a cada beneficiario facilitador de servicios, establecidas por la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria e) Causales de baja en el programa para las personas beneficiarias de las actividades: * No dar cumplimiento con las actividades asignadas a cada beneficiario facilitador de servicios, establecidas por la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria VIII. Procedimientos de Instrumentación VIII.1. Operación 8.1. Terminado el registro de solicitantes y recepción de documentos, la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria, determinarán quienes cumplen con los requisitos y documentación completa y, de acuerdo con los criterios señalados, se procederá a publicar el listado de las personas que colaborarán con la implementación del programa social en la página de Internet del programa PILARES. * Las personas interesadas en colaborar en la implementación de este programa como beneficiarios de facilitadores de servicios que no aparezca en la lista de seleccionados, habiendo cumplido con los requisitos y entregado la documentación completa requerida, conformarán una lista de espera, para que, en caso de ser necesario sustituyan a los beneficiarios. * En caso de realizarse sustituciones, las personas interesadas en colaborar con la implementación del programa de las listas de espera que se conviertan beneficiarias recibirán la parte proporcional del apoyo económico que corresponda según sea el caso, de acuerdo con la cantidad de dinero que haya sido entregada al beneficiario dado de baja. * La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria dará aviso por escrito al área encargada de solicitar los recursos sobre cualquier alta o baja de la lista de personas beneficiarias del programa, a efecto de actualizar la lista de las personas que reciben apoyo económico, motivo de la implementación del programa. * Se indicará a las personas interesadas en colaborar en la implementación de este programa seleccionados el lugar, fecha y horario precisos en los que se le entregará los apoyos económicos para su aplicación.

Las personas seleccionadas como docente A, B,C y D que colaborarán con la implementación del este programa social deberán: * Presentar un informe mensual de actividades realizadas a más tardar los tres primeros días hábiles de cada mes, en las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria. * Asistir a los cursos que la Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria convoque, tanto presenciales como a distancia. * Impartir asesorías de acuerdo al área correspondiente solicitada por el estudiante de forma presencial y/o a distancia mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s) y otras herramientas. * Fomentar actividades educativas, culturales, recreativas u otras que surjan y que contribuyan a la formación académica de los estudiantes. * Seguimiento escolar de cada beneficiario directo. * Aplicación de un plan personalizado de aprendizaje a cada estudiante inscrito. * Difusión del programa social de Ciberescuelas en PILARES.


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Las personas seleccionadas como monitores que colaborarán con la implementación de este programa social deberán: * Presentar un informe mensual de actividades realizadas a más tardar los tres primeros días hábiles de cada mes, en las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria a través de las Subdirecciones Operativas. * Asistir a los cursos que convoque la Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria tanto presenciales como a distancia. * Fomentar actividades educativas, culturales, recreativas u otras que surjan y que contribuyan a la formación académica de los estudiantes. * Fomentar la vinculación de la comunidad con las Ciberescuelas en PILARES. * Apoyo en actividades administrativas. * Apoyo para el buen funcionamiento, cuidado y limpieza de las Ciberescuelas PILARES. * Difusión del programa social de Ciberescuelas en PILARES. * De las actividades de los talleristas Las personas seleccionadas como talleristas que colaborarán con la implementación de este programa social deberán: * Presentar un informe mensual de actividades realizadas a más tardar los tres primeros días hábiles de cada mes, en las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria o través de las Subdirecciones Operativas. *Asistir a los cursos que convoque la Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria tanto presenciales como a distancia. * Impartir talleres de acuerdo al plan de actividades y/o mediante el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s) y otras herramientas. * Fomentar actividades educativas, culturales, recreativas u otras que surjan y que contribuyan a la formación académica de los estudiantes. * Presentar un plan de actividades del taller que se impartirá * Otorgar seguimiento de cada beneficiario directo y/o personas inscritas en el taller. * Difusión del programa social de Ciberescuelas en PILARES. 8.2. En su totalidad, el programa social se desarrollará conforme a las etapas, unidades administrativas responsables y tiempos siguientes: Etapa Publicación de reglas de operación Publicación de convocatoria para seleccionar a las personas que colaborarán en el programa social. Registro de las personas aspirantes a beneficiarios facilitadores de servicios Recepción de documentos de las personas beneficiarios facilitadores de servicios Registro de personas interesadas en ser beneficiarias directas de las actividades. Selección las personas que colaborarán como beneficiarios facilitadores de servicios Publicación de resultados de la selección de beneficiarios facilitadores de servicios.

Unidad Administrativa Responsable Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación

Plazos Enero 2019 Enero 2019

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Febrero 2019

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Febrero 2019

Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, Dirección de Contenidos y Métodos de Educación Comunitaria

Febrero 2019

Febrero 2019

Marzo 2019


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Entrega de apoyo económico a las personas que colaborarán como beneficiarios facilitadores de servicios Supervisión de las actividades desarrolladas Asesorías a distancia y presenciales, y talleres Informes

Dirección Técnica Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria y Subdirecciones Operativas Ciberescuelas en PILARES Ciberescuelas en PILARES

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Febrero a diciembre, de abril a diciembre y julio a diciembre de 2019 Abril a diciembre de 2019 Abril a diciembre de 2019 Abril a diciembre de 2019

La recepción de documentación y el proceso de registro al programa no garantizan la incorporación como beneficiarios facilitadores de servicios del presente programa social y exclusivamente permiten a la persona solicitante participar en el inicio del trámite. La solicitud estará sujeta a la revisión y valoración de la documentación. La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, a través de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación es la instancia competente para resolver lo no previsto en las presentes reglas de operación, así como los aspectos relacionados con su aplicación y la operación del programa. La instrumentación del programa se encuentra sujeta a la suficiencia presupuestal que determine la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. Puede ser suspendido en cualquier momento por la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación sin incurrir en responsabilidad alguna. 8.3. Los datos personales de las personas beneficiarias o derechohabientes del programa social, y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal. 8.4. De acuerdo con el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y artículo 60 de su Reglamento, todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen con ellos, deben llevar impresa la siguiente leyenda: ido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de 8.5. Los formatos y los trámites a realizar en cada una de las etapas, son gratuitos. 8.6. Se invitará a las personas participantes o beneficiarias del programa social a diversas actividades de formación e información como: pláticas, talleres, cursos, encuentros, o foros sobre los diversos tipos y modalidades de violencia de género, así como la capacitación en materia de derechos de las mujeres, y se proporcionarán materiales de difusión, relacionados con estos temas y la información respecto a los lugares e instituciones a los cuales pueden tener acceso, para mayor información y atención, en caso necesario. 8.7. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral. 8.8. La ejecución del programa social se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular. VIII.2. Supervisión y Control 8.6. Las actividades que conforman este programa social se supervisarán y controlarán mediante indicadores, encuestas e informes de actividades.


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8.7. La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, es responsable de la validación final de cada una de las etapas que den cumplimiento a la operación del programa. IX. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana 9.1. La persona solicitante o beneficiaria podrá presentar reclamos e inconformidades cuando considere que ha sido perjudicada por una acción u omisión del personal responsable de la aplicación de este programa social, dentro de los 30 días siguientes a la fecha en que haya sucedido el acto u omisión. La queja se deberá presentar por escrito en las oficinas de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, ubicadas en Av. Chapultepec 49, Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, 3er Piso, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1305, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas. 9.2. La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación, tendrá un plazo de 15 días para emitir respuesta por escrito. * Nombre del quejoso y, en su caso de su representante. * Domicilio para oír y recibir notificaciones. * Número telefónico de quien interpone la queja o denuncia. Donde se le pueda contactar. * Descripción de los hechos o actos que constituyen la inconformidad o irregularidad que contravengan lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa de mérito y las demás disposiciones legales aplicables. * En su caso, el quejoso deberá presentar las pruebas que verifiquen los hechos que motivaron la inconformidad. * Fecha y firma. 9.3. En caso de que la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación no resuelva la queja, los interesados podrán interponer la queja ante la Contraloría Interna de la Secretaría, Contraloría General de la Ciudad de México o en la Procuraduría Social de la Ciudad de México; o en su caso, registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, que deberá turnarse a la Procuraduría Social para su debida investigación y, en su caso, a la instancia correspondiente. 9.4. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), para su investigación. 9.5. Para denunciar cualquier delito electoral la línea telefónica INETEL (01800 433 2000). X. Mecanismos de Exigibilidad 10.1. Los requisitos, forma de acceso y criterios de selección de personas beneficiarias de este programa social son públicos. Podrán ser consultados en las oficinas de la Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación ubicadas en Av. Chapultepec 49, 3er Piso Colonia Centro; Alcaldía de Cuauhtémoc, CP. 06010, Ciudad de México, y en el número telefónico 01(55) 51 34 0770, Ext. 1305, en horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y 17:00 a 18:00 horas. 10.2. La Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación a través de la Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria, tendrán a la vista los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas beneficiarios facilitadores de servicios y usuarios puedan acceder al disfrute de los beneficios de este programa social. 10.3. Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de los mismos pueden ocurrir en al menos los siguientes casos: a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente del mismo. b) Cuando la persona derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa.


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c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin fa 10.4. Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos; b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de la normativa aplicable; c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales; d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la Administración Pública del Distrito Federal, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona derechohabiente o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social. 10.5. Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social, sus oficinas están ubicadas en Avenida Tlaxcoaque 8, Edificio Juana de Arco, Col. Centro, Alcaldía de Cuauhtémoc, C.P. 06090, Ciudad de México, Teléfono 56279700. XI. MECANISMOS DE EVALUACIÓN E INDICADORES XI.1. Evaluación 11.1. Como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Evaluación Externa del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas. 11.2. La Evaluación Interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México y que los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. 11.3. La Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria es la responsable de llevar a cabo la evaluación interna del programa social. 11.4. Para la realización de la Evaluación Interna de este programa social, se empleará información generada en campo, tal como encuestas y entrevistas, además de información generada por el propio programa. XI.2. Indicadores de Gestión y de Resultados 11.5. En congruencia con la metodología de Presupuesto Basado en Resultados empleada a nivel nacional, y adoptada por el Gobierno de la Ciudad de México, para la construcción de los indicadores se seguirá la Metodología de Marco Lógico (MML). Los instrumentos de evaluación cuantitativa y/o cualitativa que se considerarán para tal efecto formatos de http://www.matrizfoda.com/ 11.6 Matriz de indicadores:


Indicador

% de incremento en la población de la Ciudad de México, en particular de jóvenes que se inscriben a las Ciberescuelas para reanudar o concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato

% de Población de la Ciudad de México, usuaria en las Ciberescuelas para reanudar o concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato.

Objetivo

Contribuir a la reducción del rezago educativo en la población de la Ciudad de México, en particular jóvenes, reanudan o concluyen sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato.

Conocer la cobertura de la población de la Ciudad de México beneficiaria que reanuda o concluye sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato.

Fin

Propósito

Nivel de objetivo

Tipo de Indicad or

(# de Cobertu inscritos en ra 2019/ # de (anual) población objetivo)*1 00

((# de Impacto inscritos 2020 / # de inscritos 2019) 1) x 100

Fórmula de Cálculo

Porcenta je

Porcenta je

Unidad de Medida

Se desagregar á por sexo, grupo etario y demarcació n territorial

Se desagregar á por sexo, grupo etario y demarcació n territorial

Desagrega ción

Estadístic a del módulo de inscripció n en línea de Ciberescu elas.

Estadístic a del módulo de inscripció n en línea de Ciberescu elas.

Medios de Verificaci ón

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Unidad Responsabl e

Existe una demanda de servicios educativos por parte de la población de la Ciudad de México y en particular por parte de jóvenes que han abandonado las aulas.

Población de Ciudad de México, en particular jóvenes, asisten a las Ciberescuelas para recibir asesorías en primaria, secundaria y bachillerato.

Supuesto

217,000 personas, preferentemen te jóvenes de entre 15 y 29 años , logrando obtener 100% en el indicador

Incrementar un 15% la matrícula de inscripción en Ciberescuelas de Pilares

Meta


%Avance académico de los usuarios para concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato.

% de planes de estudio llenados en forma completa por cada usuario

Establecer el avance académico de los beneficiarios para concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato.

Orientar asesorías brindadas

Actividad A1.1

Actividad A1.2

las

% de jóvenes que asisten a las asesorías y talleres en la Ciberescuela

Brindar asesorías y talleres presenciales y a distancia

Compone nte C1

(# de Eficacia planes de estudio con seguimient o académico/ total de beneficiari os)x 100

Asignatura Eficacia s concluidas/ Total de asignaturas x 100

asistentes a asesorías y talleres al menos dos veces por semana)/(# de usuarios)x 100

(# de Eficacia inscritos en 2019/ # de población objetivo)*1 00(# de

Porcenta je

Porcenta je

Porcenta je

Se desagregar á por sexo, grupo etario y demarcació n territorial

Se desagregar á por sexo, grupo etario y demarcació n territorial

demarcació n territorial

Se desagregar á por sexo, grupo etario y

Formato de plan de estudio y seguimien to académico personaliz ado

Formato de seguimien to académico por beneficiari o

Listas de asistencia en cada Ciberescu ela

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Dirección de Operación de Servicios de Educación Comunitaria

Los docentes elaboran y dan seguimiento a cada formato establecido

Los beneficiarios concluyen sus estudios de primaria, secundaria y preparatoria, de acuerdo a su plan de estudio.

constante a las Ciberescuelas para recibir asesorías en primaria, secundaria y bachillerato.

Población de Ciudad de México, en particular jóvenes, asisten de manera

Obtener un 100% en la realización y seguimiento de cada plan de estudios

Obtener hasta un 30% de avance académico usuario, para concluir sus estudios de primaria, secundaria o bachillerato.

Tener al menos un 80% de asistencia a asesoría y talleres


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11.7. Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados, señalando el área o unidad responsable de realizarlo. XII. Formas de Participación Social 12.1. La población participará en la planeación, programación, implementación y evaluación de este programa social, de manera individual y colectiva. 12.2. La participación social se realizará en las modalidades de: información, consulta, decisión, asociación y deliberación, entre otras. Participante Sociedad

Etapa en la que participa Evaluación

Forma de participación Individual o colectiva

Modalidad Información Consulta Consulta

XIII. ARTICULACIÓN CON OTROS PROGRAMAS Y ACCIONES SOCIALES 13.1. munitario 2019. XIV. MECANISMOS DE FISCALIZACIÓN 14.1. La fecha de la sesión del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE) en la que fue aprobado el Programa Social, es la siguiente: 14.2. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución, según sea el caso, por delegación y colonia. 14.3. La Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde congruencia con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México y en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México. 14.4. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Contraloría y/o los órganos de control interno, a fin de que éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público. 14.5. Las personas Contraloras Ciudadanas de la Red de Contralorías Ciudadanas que coordina y supervisa la Contraloría General, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos. XV. Mecanismos de Rendición de Cuentas 15.1. De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia e indicar el sitio de internet de la entidad o dependencia en el que también se podrá disponer de esta información: * Los criterios de planeación y ejecución del programa, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto público destinado para ello; * La siguiente información del programa social será actualizada mensualmente:


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a) Área; b) Denominación del programa; c) Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m) Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y el resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa. XVI. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Derechohabientes 16.1. Se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2020, el padrón de beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México ha diseñado. En donde, adicional a las variables de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. 16.2. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las Dependencias de la Administración Pública local, en el mismo periodo esta Demarcación Territorial entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Así como la versión electrónica de los mismos a la Secretaría del Desarrollo Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la CDMX, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. 16.3. Esta Demarcación Territorial, otorgará a la Contraloría General de la Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley los datos personales de los beneficiarios. 16.4. El sitio de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia en donde se publicará en formato y bases abiertas, de manera mensual, la actualización de los avances de la integración de los padrones de beneficiarios del presente programa social es el siguiente: www.plataformadetransparencia.org.mx 16.5. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal será sancionado en términos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.


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16.6. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos. Referencias 1

Es necesario trabajar con microdatos de INEGI para obtener los datos de población joven en UT de bajo y muy bajo (IDS). Las bases de datos de la Actualización 2015 del Índice de Desarrollo Social de la Ciudad de México no están disponibles en la página de Evalúa CDMX al 14/02/2018. 3 A nivel nacional el promedio de escolaridad es de 9.2 grados en 2015 (SEP, 2017:41). 4 Incluimos en las causas escolares las que indican falta de motivación personal, o poca estimación por el estudio dado que es responsabilidad de la escuela motivar a los estudiantes a aprender; lo mismo con los problemas de autoestima o el acoso entre pares y la sensación de inseguridad en el entorno del plantel, dado que son ámbitos en los que la escuela debe intervenir. 5 Los resultados de la ENADID 2014 pueden consultarse en: http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/enchogares/especiales/enadid/2014/ 6 Dato proporcionado por Tonatiuh Barrientos, director de Salud Reproductiva del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), en entrevista con El Universal, 27 de junio de 2017. Recuperado de Internet el 28 de enero de 2018:http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2017/06/27/mexico-ocupa-primer-lugar-en-embarazosadolescentes-entre-paises 7 Ver: https://mexico.quadratin.com.mx/jovenes-mexicanos-mayor-prevalencia-depresion/ 8 Ver https://www.excelsior.com.mx/comunidad/2018/02/17/1220977 9 Ver http://www.url.edu.gt/portalurl/archivos/99/archivos/adicciones_completo.pdf 10 Las regiones definidas fueron Norcentral, Noroccidental, Occidental, Centro, Ciudad de México, Centro Sur, Sur. Se ofrecen también los datos a nivel Nacional. 11 En el Censo de Impartición de Justicia Estatal de INEGI se define al adolescen 2

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pri de: https://elbigdata.mx/reportajes/la-delincuencia-juvenil-va-a-la-alza-en-la-cdmx-narcomenudeo-y-robo-los-principalesdelitos/ TRANSITORIO ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, a 11 de enero de dos mil diecinueve (Firma) Dra. Rosaura Ruíz Gutiérrez Secretaria de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México


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