Elementos probatorios de la no idoneidad legal de Paloma Merodio Gómez para ser miembro de la Junta de Gobierno del INEGI El Artículo 69 Fracción II de la Ley de Información Estadística y Geográfica (Ley) establece que pare ser miembro de la Junta de Gobierno se requiere ser "un profesional distinguido en materias relacionadas con la estadística, la geografía y la economía, así como haber ocupado, por lo menos durante cinco años, algún cargo de alto nivel en los sectores público o privado, o ser un académico de reconocido prestigio en las materias mencionadas". Paloma Merodio no reúne ninguno de estos requisitos arriba señalados y lo preocupante es que la información presentada al Senado es inexacta, ambigua o en ocasiones abiertamente falsa. En el oficio sin número que se presentó al Senado por parte de Presidencia a través de la Secretaría de Gobernación se indica textualmente lo siguiente en relación a la trayectoria profesional de la susodicha: “Asimismo ha ocupado diversos cargos, entre los que destacan los de Coordinadora de Investigación Estratégica en el Instituto Mexicano del Seguro Social, donde también ha laborado en la División de Análisis del Entorno Socioeconómico y Sectorial de 2013 a 2015; Consultora Senior en la Corporación Internacional Financiera (IFC, por sus siglas en inglés) en el año 2013; Consultora Senior de PROMUJER de enero a mayo de ese mismo año y Consultora Senior en el Banco Mundial, Programa de Agua y Saneamiento en 2012, entre otros. “Por otra parte, se destaca que la C. Paloma Merodio Gómez ha sido investigadora y docente en el Instituto Tecnológico Autónomo de México, ha impartido el curso de “Macroeconomía Avanzada” en la Universidad de Harvard y cuenta con diversos trabajos de investigación.” Al respecto, se señalan los diversos problemas de falsedad, ambigüedad o inexactitud de la información anterior que hacen que no se cumpla con los requisitos establecidos en el mencionado artículo 69 de la Ley. I. No reúne los cinco años en puestos de alto nivel.