Bases y Condiciones TaB - SCS

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PROGRAMA PARA PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS “TODOS A BORDO - DESAFÍO PAS 2021” BASES Y CONDICIONES La participación directa o indirecta en el Programa “TODOS A BORDO” implica el conocimiento y la aceptación por parte del participante de las presentes bases y condiciones; careciendo (el participante) de derecho a deducir reclamo, impugnación o acción de cualquier naturaleza en contra de la empresa y/o de quienes actúen en su nombre. La Empresa se reserva el derecho de efectuar modificaciones al Programa por razones ajenas a su voluntad, bastando la sola información de dicha circunstancia a los participantes por cualquiera de los canales informáticos que tiene el Grupo San Cristóbal con los productores. Cualquier violación a las bases y condiciones o a los procedimientos o sistemas aquí establecidos para la realización del presente programa de incentivo implicará la inmediata exclusión del participante del Programa y/o la revocación de los premios. 1. DEL ORGANIZADOR: El ORGANIZADOR del Programa es SAN CRISTOBAL SOCIEDAD MUTUAL DE SEGUROS GENERALES, (en adelante SAN CRISTÓBAL SEGUROS y/o EL ORGANIZADOR ) con domicilio sito en la calle ITALIA N° 646 DE LA CIUDAD DE ROSARIO. 2. DEL PLAZO DEL PROGRAMA: El programa comienza el día 01 de octubre de 2020 y regirá, salvo modificación de las presentes bases y condiciones, hasta el día 30 de junio de 2021 inclusive, fecha a partir de la cual se analizarán los resultados del mismo. La comunicación de la nómina de participantes acreedores de los premios se realizará a partir del 15 de julio de 2021, vía mail, se publicará en el Portal de Productores y en el sitio web www.todosabordo.com.ar. Los plazos estipulados en este concurso son perentorios y fenecen por el solo vencimiento del plazo, sin necesidad de notificación de ninguna especie. 3. DE LOS REQUISITOS PARA PARTICIPAR – DEL PARTICIPANTE: Podrán participar todas aquellas Personas físicas o jurídicas matriculadas como Productores Asesores de Seguros (en adelante PAS), en la unidad de Seguros del Grupo San Cristóbal y que los mismos figuren con la imagen de SUPRAPRODUCTOR (SUPRAPAS) correspondiente. En adelante nos referiremos como “SUPRAPAS” al grupo de afinidad de PAS que correspondan a una misma cartera. El ORGANIZADOR establece las siguientes condiciones para ser considerado PARTICIPANTE: A) Que los PAS o SUPRAPAS deben estar debidamente habilitados por el órgano de control para operar durante toda la vigencia del programa. B) Los PAS disponen hasta el 31 de diciembre del 2020 para aceptar las bases y condiciones del programa. C) Todo tipo de reclamo referido a la inclusión, desvinculación y/o participación y/o asignación del grupo de afinidad al SUPRAPAS en el programa por parte del PARTICIPANTE deberá ser efectuado e informado en forma expresa, indefectiblemente hasta el 31 de diciembre del 2020. Vencido dicho término no será aceptado reclamo alguno en razón de que dicho plazo es perentorio. Cabe destacar que toda vinculación y/o desvinculación de productores podrá traer aparejada una recategorización de los SUPRAPAS involucrados. D) Los nuevos PAS o SUPRAPAS que se incorporen durante el Ejercicio 81 a San Cristóbal Seguros o a cualquiera de las Unidades de Negocios del Grupo fuera de los plazos establecidos en el apartado (3.B) de las actuales condiciones, deberán realizar una solicitud formal de incorporación y la misma quedará exclusivamente a determinación del ORGANIZADOR. El Ejercicio 81 es el periodo comprendido entre el 01 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.

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