Skip to main content

Determinación OCE-Q-2020-005 Final

Page 1

IN RE: Comité Pedro Pierluisi, Inc. Salvemos a Puerto Rico, Inc.

OCE-Q-2020-005 ASUNTO: Ley 222-2011 DETERMINACIÓN FINAL

I.

Introducción y Trasfondo Procesal:

La querella de epígrafe fue presentada el 28 de julio de 2020 por Jorge L. Dávila Torres contra el Comité Pedro Pierluisi, Inc. (en adelante Comité) y el comité de gastos independientes registrado ante la Federal Election Commission (en adelante “FEC”), Salvemos a Puerto Rico (en adelante “SPR”). En la querella, el querellante alegó, en síntesis, que SPR se formó con la intención de influenciar un proceso electoral local en Puerto Rico apoyando la elección de Pedro Pierluisi como candidato a gobernador en las primarias del Partido Nuevo Progresista, por lo que debió registrarse ante la Oficina del Contralor Electoral (en adelante “OCE”) y no en el FEC. Igualmente, alegó que SPR estaba siendo financiado por dos corporaciones, Foundation for Progress, Inc. y Fundación Pro Igualdad, Inc., que fueron incorporadas en el Departamento de Estado sin proveer en su registro la información requerida por la Ley General de Corporaciones. Ante esa situación, el querellante solicitó a la OCE que prohibiera que el dinero donado por las referidas corporaciones fuera gastado en las elecciones de Puerto Rico para evitar que dinero de procedencia no identificada pudiera influenciar a los electores en el proceso de primarias del PNP. Hizo referencia el querellante a que, para el ciclo electoral del año 2016, el fundador de SPR, Joseph Fuentes Fernández, creó el comité de gastos independientes PRP PAC, entre cuyos donantes estaban Michael Pierluisi y Anthony Pierluisi, hijos de Pedro Pierluisi. La querella fue notificada al Comité y a SPR. El 30 de julio de 2020, la OCE le refirió al Departamento de Estado lo concerniente a los registros corporativos de Foundation for Progress, Inc. y Fundación Pro Igualdad, Inc., para que evaluara la legalidad de los mismos y notificara a la OCE de cualquier acción tomada. El 3 de agosto de 2020, el Departamento de Estado le notificó a la OCE que las Corporaciones serían canceladas por haber sido registradas en contra posición a las disposiciones de la Ley General de Corporaciones, Ley 164-2009, según enmendada, acto que ocurrió el 4 de agosto de 2020.1 El 20 de agosto de 2020, el Comité presentó su respuesta a la querella solicitando su desestimación planteando que en la misma no se presentó evidencia alguna sobre sus imputaciones limitándose a alegar que SPR se creó para apoyar a Pedro R. Pierluisi y solicitando una orden de cese y desista contra Salvemos a Puerto Rico, sin que se presentara alegación o evidencia alguna en contra del Comité. Planteó el Comité que la querella no incluyó documentos o evidencia que demostrara coordinación de gastos entre SPR y el Comité que, a tenor con el Artículo 2.004 (35) de la Ley 222, hayan sido (i) solicitados por el Comité o uno de sus representantes; (ii) coordinado el contenido con el Comité; o (iii) que se utilizó el mismo suplidor. En vista de lo anterior, el Comité solicitó la desestimación. El 18 de septiembre de 2020, la Oficina del Contralor Electoral (en adelante “OCE”) emitió y notificó una Determinación sobre la querella de referencia, archivando la misma por no tener jurisdicción sobre SPR, un comité registrado ante el FEC, y por no haber encontrado base para sostener una querella contra el Comité por infracciones a la Ley 222-2011, según enmendada.2 No obstante, la OCE remitió copia

1

La OCE toma conocimiento oficial de que las referidas corporaciones impugnaron en el Tribunal de Primera Instancia, caso Civil Núm. SJ2020CV04243, la determinación del Departamento de Estado de cancelar sus certificados corporativos y que, ante las enmiendas a los certificados de incorporación realizados por las corporaciones, dicho foro ordenó el 1 de septiembre de 2020 que se restauraran los certificados de registro de Fundación Pro Igualdad, Inc. y Foundation for Progress. El Departamento de Estado restauró los certificados, por lo cual, el pleito fue desistido por las corporaciones, ante lo cual, el Tribunal dictó Sentencia el 16 de septiembre de 2020. 2

Los hechos materiales expuestos en la Querella, y la información obtenida por la OCE en su investigación exponían posibles actuaciones ilegales de SPR bajo la Federal Election Campaign Act. A v e . A r t e r i a l Ho s t o s 2 3 5 , C a p i t a l C e n t e r B u i l d i n g , T o r re N o r t e , B u z ó n 1 4 0 1 , S a n J u a n , P R 0 0 9 1 8 Tel 787.332.2050 • Email info@oce.pr.gov • Web o ce.p r.gov


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Determinación OCE-Q-2020-005 Final by Oficina del Contralor Electoral - Issuu