Legislacion violencia de genero anterior 2004

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VIOLENCIA DE GÉNERO José Carlos Vilorio Diplomado en Criminalística Diploma de Experto en Intervención con Mujeres Víctimas de Violencia de Género http://www.matrix666.net

En todos los foros donde he tenido el placer de asistir, he comprobado el agradecimiento que se profesa a las FF. Y CC. de Seguridad, al tratar temas referentes a malos tratos en el ámbito domestico y violencia sexual, sin embargo y para conocimiento de todos los componentes del Cuerpo, se han dictado una serie de normas por parte de la Superioridad, para que nos ayuden a mejorar la calidad de servicio al ciudadano en este tema tan complicado de tratar, con el fin unificar criterios de actuación en estos casos. En un principio exponemos las diferencias esenciales entre la Ley Orgánica 10/1.995 y las modificaciones que realiza con respecto a anteriores Códigos Penales. Estas básicamente son tres: 1- Una reforma lingüística, cambiando el termino del Titulo Violación por el termino Libertad sexual, lo que expresa la voluntad del legislador de acercar este tipo de delitos, a un delito prácticamente Constitucional, según el art. 15 de la Constitución. “Todos tienen Derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes” 2- El modo de consumación del hecho, bien por vía vaginal, anal, o bucal, siendo la agresión mediante la introducción de objetos, la forma mas grave de agresión por el peligro que comporta para la victima. 3- La tercera es el revestir de carácter publico a este tipo de delitos impidiendo la extinción de la responsabilidad penal por el perdón del ofendido como ocurría en Códigos anteriores.

El hombre que maltrata una vez, repite siempre Por lo que a la Guardia Civil respecta, su misión como Policía Judicial la L.E.Cr. Expresa claramente en el articulo 282 “La obligación de averiguar los delitos públicos que se cometieren en su Demarcación, practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes.” Sin embargo es en esos primeros momentos de tensión, cuando la victima se persona en Dependencias del Cuerpo, hemos de tener en cuenta que a este tipo de delitos hay que dale Artículo escrito por José Carlos Vilorio

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