Skip to main content

REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO LASALLISTA - CUADERNILLO DE GESTION No6

Page 1


Cuadernillo de Gestión No. 6

Reglamento del Voluntariado Lasallista

Autor

© Hno. Juan Felipe Mónoga Cáceres, FSC

© Eliana Marcela Arroyave Cadavid

© Sebastián Gamboa Morales

©Congregación de los Hermanos de las

Escuelas Cristianas, Distrito Lasallista de Bogotá

Distrito Lasallista de Bogotá

Visitador

Hno. Cristhian James Díaz Meza, FSC

Ecónomo

Hno. Leonardo Enrique Tejeiro Duque, FSC

Secretario de Educación

Hno. José Gregorio Contreras Fernández, FSC

Secretario de Pastoral

Hno. Juan Felipe Mónoga Cáceres, FSC

Secretario de Formación

Hno. Sebastián Felipe Arias Cupa, FSC

Equipo Editor

Secretaría de Pastoral del Distrito

Lasallista de Bogotá

Corrección de estilo

Secretaría de Pastoral

Diagramación y diseño

Juan Sebastián Santos Ramírez

Indivisa Media

Oficina de Comunicaciones

Impresión

Luxmar Publicidad SAS

Cel: 314 302 9199

Bogotá D.C., Colombia 2025

TABLA DE CONTENIDO

PRESENTACIÓN DEL REGLAMENTO

El Reglamento de Voluntariado Lasallista – Cuadernillo de Gestión No. 6 es una herramienta normativa, formativa y orientadora que nace del compromiso del Distrito Lasallista de Bogotá de fortalecer, organizar y acompañar de manera ética, segura y coherente las experiencias de servicio voluntario y solidario de nuestras obras educativas y de la Red Educativa La Salle en cada uno de los escenarios pastorales, eclesiales, gubernamentales y no gubernamentales.

Este documento responde a la necesidad de consolidar una cultura institucional del voluntariado basada en los principios del Evangelio, el carisma de San Juan Bautista de La Salle, la legislación vigente en Colombia y las directrices internacionales brindadas por la Asamblea de las Naciones Unidas, en la Resolución 55/57 del 4 diciembre de 2000. En tal sentido, busca garantizar que cada proceso de voluntariado se viva como una experiencia de encuentro, aprendizaje mutuo, transformación personal y compromiso con las realidades más vulnerables de nuestro entorno.

El Reglamento establece los principios rectores, derechos y deberes, perfiles, procesos de ingreso, permanencia, formación y finalización del voluntariado, así como los compromisos institucionales, las modalidades de participación y los criterios de acompañamiento y reconocimiento. Todo ello con el propósito de ofrecer condiciones claras, seguras y formativas tanto para los voluntarios como para las comunidades y equipos responsables de su orientación.

Además de su carácter normativo, este Reglamento es una invitación a vivir el voluntariado como vocación, como camino de fe encarnada en el servicio, y como expresión concreta de fraternidad al estilo Lasallista. En cada página se busca reflejar la centralidad de la persona, la opción preferencial por los más pobres, el compromiso social, la

ecología integral y la ética del cuidado, que dan sentido y horizonte a la acción voluntaria en nuestra Red Educativa.

Con la implementación de este reglamento, reafirmamos que el Voluntariado Lasallista no es solo una actividad complementaria, sino una dimensión fundamental de nuestra identidad Distrital y una apuesta decidida por una educación con sentido social, comunitario y evangelizador.

Este Cuadernillo de Gestión No. 6 recoge las voces y los aportes de Hermanos, maestros y asesores de proyección de social de nuestras obras educativas y voluntarios que desde su experiencia, formación profesional y servicio en distintos territorios de nuestro país permitieron tener una visión global de los elementos constitutivos aquí desarrollados. Así mismo, ha recibido el aval del Consejo para la Misión Educativa Lasallista de nuestro Distrito en coherencia con la Hoja de Ruta 2023-2027 de este estamento y al Plan Estratégico Distrital 2025-2028 de la Comunidad de Animación Distrital.

CAPÍTULO I:

ÁMBITO DE APLICACIÓN, OBJETO Y PREÁMBULO

Artículo 1. Preámbulo.

El voluntariado es una manifestación concreta de solidaridad humana, donde la acción voluntaria representa un compromiso solidario para mejorar la vida colectiva. El Voluntariado Lasallista es una expresión concreta de fraternidad, solidaridad y compromiso cristiano, enmarcada en la misión evangelizadora y educativa del Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristianas. Esta experiencia se fundamenta en la libre decisión de personas que, inspiradas por valores humanos y espirituales, ofrecen su tiempo, capacidades y sensibilidad social para contribuir activamente al desarrollo de las comunidades y la transformación de las realidades más vulnerables.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

El voluntariado es, a su vez, un espacio de encuentro intercultural, intergeneracional e interreligioso, donde cada persona voluntaria comparte su propia identidad (idioma, costumbres, creencias, saberes, roles sociales y visión del mundo) con otras personas y comunidades, generando procesos de mutuo aprendizaje, crecimiento personal y transformación social, bajo la luz del Evangelio y el carisma de San Juan Bautista de La Salle en diálogo con otras tradiciones religiosas y espirituales. El Reglamento del Voluntariado Lasallista se aplica a todas las actividades de voluntariado organizadas, articuladas, acompañadas o reconocidas por la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas - Distrito Lasallista de Bogotá, en el territorio colombiano o en cualquiera de sus

obras educativas. Este reglamento será de cumplimiento obligatorio para toda persona natural que participe como voluntaria, así como para las autoridades institucionales que lideren, coordinen o acompañen los procesos de voluntariado en cualquiera de sus modalidades.

Artículo 3. Objeto.

El objeto del presente reglamento es establecer los principios, derechos, deberes, condiciones y lineamientos para la participación voluntaria de personas naturales en las obras educativas lasallistas y programas del Voluntariado Lasallista. El reglamento tiene como propósito garantizar una experiencia formativa, segura, organizada, responsable y coherente con el carisma Lasallista y las normas legales vigentes en Colombia.

Artículo 4. Fundamento legal.

El presente Reglamento se enmarca en la normatividad vigente en Colombia sobre voluntariado, especialmente:

• Ley 720 de 2001, por la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria en Colombia;

• Decreto 4290 de 2005, que reglamenta la Ley 720 y establece los lineamientos sobre el Sistema Nacional de Voluntariado;

• Guía Técnica Colombiana GTC 193, que establece los requisitos para la gestión de organizaciones con programas de voluntariado;

• Ley 1581 de 2012, sobre protección de datos personales;

• Resolución 55/57 del 4 diciembre de 2000 de la Asam-

blea General de Naciones Unidas, a través de la cual se promueve la implementación del voluntariado en instituciones de naturaleza privada.

En este sentido, el Distrito Lasallista de Bogotá actúa como Entidad con Acción Voluntaria (ECAV) ante el Ministerio del Interior, con deber de reporte anual conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 720 de 2001.

CAPÍTULO II:

DEFINICIONES

Artículo 5. Definiciones.

Conforme a la normatividad vigente, especialmente la Ley 720 de 2001, el Decreto 4290 de 2005 y la Guía Técnica Colombiana GTC 193, se adoptan las siguientes definiciones:

1. Acción voluntaria: conjunto de actividades realizadas de manera libre, solidaria y responsable por una persona o grupo de personas, orientadas al servicio del bien común, sin que medie retribución económica, y con la intención de aportar al desarrollo integral de la sociedad.

2. Voluntariado: expresión organizada, permanente o temporal, de participación ciudadana y compromiso social, mediante la cual personas naturales o jurídicas contribuyen, sin ánimo de lucro, a procesos de transformación comunitaria, desarrollo humano y construcción de paz.

3. Voluntario(a): persona natural que, por decisión libre y consciente, ofrece su tiempo, habilidades y conocimientos al servicio de otros, sin recibir remuneración económica, con el fin de colaborar en proyectos que favorecen el bien común, el desarrollo de las comunidades y la vivencia de los valores.

4. Entidad con Acción Voluntaria (ECAV): organización sin ánimo de lucro o entidad pública o privada que, sin tener como objeto exclusivo el voluntariado, desarrolla o facilita programas donde se ejecutan acciones voluntarias.

5. Comunidad: conjunto de personas que comparten elementos culturales, sociales, espirituales o territoriales, y que se vinculan entre sí a través de objetivos y experiencias compartidas en un contexto de identidad colectiva.

Parágrafo: además de estas definiciones, se incorporan aquellas establecidas por la legislación colombiana vigente que rige la acción voluntaria, así como aquellas que sean adoptadas por la normatividad eclesial, educativa o institucional que aplique a la Congregación y sus obras.

CAPÍTULO III:

PRINCIPIOS

Artículo 6. Principios rectores.

El Voluntariado Lasallista se fundamenta en un marco ético y espiritual que orienta cada experiencia de servicio desde una perspectiva humana, cristiana y académica de calidad. De acuerdo con la normativa nacional y distrital, se reconocen como principios rectores los siguientes:

1. Libertad: toda acción voluntaria debe ser resultado de una decisión autónoma, consciente y sin ningún tipo de coacción o interés material.

2. Solidaridad: el voluntariado es una expresión activa del amor al prójimo y de la responsabilidad compartida por el bien común, en especial por los más vulnerables.

3. Participación: el voluntario se involucra de forma activa, crítica y corresponsable en la vida de la comunidad, siendo agente de transformación personal y colectiva.

4. Responsabilidad: cada voluntario asume su compromiso con seriedad, ética, constancia y sentido de pertenencia hacia la comunidad y la institución que lo acoge.

5. Pluralismo y respeto por la diferencia: se reconoce y valora la diversidad de pensamientos, culturas, creencias y experiencias, fomentando una convivencia basada en el respeto mutuo.

6. Opción por la periferia: recuerda que la opción preferencial por los más pobres y la centralidad de las realidades vulnerables en la acción voluntaria.

7. Compromiso social: toda acción voluntaria busca incidir positivamente en la realidad, promoviendo la justicia social, el desarrollo humano, la equidad y la paz.

8. Acción social de la Iglesia: inspirados por la Doctrina Social de la Iglesia Católica, el voluntariado se comprende como misión eclesial y acción social que acompaña la vida de las comunidades con la experiencia de Jesús como centro de su acción.

9. Espíritu Lasallista: el voluntariado se vive desde la espiritualidad y pedagogía de San Juan Bautista de La Salle, guiado por los pilares de fe, fraternidad y servicio, y animado por el deseo de “tocar los corazones” desde el ejemplo y la entrega generosa.

CAPÍTULO IV:

MODALIDADES DE VOLUNTARIADO

Artículo 7. Modalidad aplicada del Voluntariado.

La Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas implementará proyectos a través de personas con formación técnica, tecnológica y/o profesional que puedan nutrir y complementar el proceso educativo de los estudiantes pertenecientes a las obras educativas de la Congregación y/o de los Centros de Proyección Social Lasallista.

El objeto del voluntariado se enmarca en el diseño y ejecución de proyectos pastorales y/o pedagógicos adscritos a los siguientes programas:

1. Apoyo al desarrollo sostenible y ambiental de las comunidades locales

2. Formación socioemocional y afectiva en contextos educativos

3. Acompañamiento espiritual, interioridad y sentidos de vida

4. Acompañamiento y formación a padres de familia y cuidadores

5. Proyección y organización comunitaria

6. Formación teológica, catequética y religiosa

7. Animación cultural, artística y deportiva con enfoque comunitario

8. Fortalecimiento de competencias digitales y uso responsable de tecnologías

Estos proyectos se desarrollarán a través de intercambios voluntarios con personas interesadas en procesos educativos, pastorales y de proyección social, quienes, sin vínculo laboral ni remuneración, deseen nutrir, apoyar y complementar el proceso formativo de las comunidades educativas de la Congregación, así como en otras entidades gubernamentales o no gubernamentales en las que se puedan implementar acciones de voluntariado.

El Voluntariado Lasallista, expresión de compromiso social, comunitario y evangelizador, se organiza a través de tres modalidades que responden a los contextos, tiempos, intereses y capacidades de los participantes, así como a las necesidades y prioridades de las comunidades destinatarias.

Estas modalidades permiten ampliar la participación, fortalecer el sentido de pertenencia y promover diversas formas de servicio transformador desde la identidad Lasallista. Las principales modalidades son:

1. Voluntariado permanente: consiste en la participación continua y sostenida de personas voluntarias en procesos formativos, comunitarios o pastorales dentro de una obra educativa del Distrito Lasallista. Implica un compromiso de largo plazo (6 meses hasta máximo 1 año) con acompañamiento constante y formación progresiva donde el voluntario entre los 18 y 40 años cuente con saberes y competencias profesionales generando un impacto cualificado en los proyectos, comunidades o territorios de periferia.

2. Voluntariado temporal o de corta duración: se refiere a la vinculación por un periodo determinado (días, semanas o menor a 6 meses), generalmente en el marco de campañas, actividades específicas, proyectos de impacto puntual, experiencias misioneras o escuelas formativas en las que se apliquen proyectos con comunidad o

territorios locales o de periferia. Esta modalidad permite una participación más flexible y focalizada.

3. Voluntariado Internacional Lasallista: permite a los voluntarios participar en experiencias de servicio en otros países o Distritos Lasallistas de la Región Latinoamericana Lasallista o del Instituto de los Hermanos de La Salle, a través de programas de cooperación internacional o misiones compartidas. Esta modalidad fortalece el sentido de Iglesia universal, la interculturalidad y la misión compartida.

Todas las modalidades están orientadas por los principios del servicio desinteresado, la formación integral, la opción preferencial por los más vulnerables y el fortalecimiento de la comunidad como espacio de transformación. La selección y desarrollo de la modalidad deberá responder al perfil del voluntario, los objetivos institucionales y las necesidades del contexto, garantizando en todos los casos el acompañamiento, la formación y el cuidado mutuo.

Parágrafo 1: el programa de Voluntariado Lasallista buscará alinearse con las políticas públicas de voluntariado del país, promoviendo (si fuere el caso) la participación en mesas de voluntariado municipales o departamentales, y fortaleciendo sinergias con entes gubernamentales y ONG en procesos de atención a poblaciones vulnerables, educación, cultura de paz, entre otras.

Parágrafo 2: el Voluntariado Lasallista del Distrito Lasallista de Bogotá estará acorde a los lineamientos y orientaciones del Instituto de los Hermanos de La Salle en Roma, así como también las apuestas que desde la Región Latinoamericana Lasallista brinden al respecto.

Parágrafo 3: cada modalidad estará sujeta a un proceso de selección, inducción, acompañamiento, sistematización, eva-

luación y cierre, definidos por la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas - Distrito Lasallista de Bogotá, la Región Latinoamericana Lasallista y el Instituto de los Hermanos de La Salle de acuerdo con las políticas, reglamentos o directrices de cada una.

Parágrafo 4: la duración del voluntariado permanente será concertada entre las partes según la necesidad institucional, Distrital o personal y podrá tener una vigencia mínima de 6 meses y máxima de 1 año, prorrogable hasta máximo 1 año adicional.

CAPÍTULO V:

PERFIL Y PROCESOS DEL VOLUNTARIO(A)

Artículo 8. Perfil del Voluntario(a) Lasallista.

El voluntario(a) lasallista es una persona íntegra, coherente y comprometida con los valores humanos, cristianos y lasallistas. Su perfil articula dimensiones éticas, espirituales, sociales y académicas que le permiten servir con responsabilidad, calidad y sentido comunitario desde los principios del Evangelio y el legado pedagógico de San Juan Bautista de La Salle.

Podrá participar en el Voluntariado Lasallista toda persona que cumpla con el siguiente perfil:

1. Edad y disposición legal: ser mayor de edad en concordancia con la normatividad vigente.

2. Vocación de servicio y compromiso social: mostrar un interés genuino por el servicio a los demás, en especial hacia los más necesitados, así como disposición para integrarse en procesos de transformación social desde una perspectiva ética y solidaria.

3. Identidad y espiritualidad Lasallista: tener afinidad con el carisma Lasallista, sus valores (fe, fraternidad y servicio), y apertura al desarrollo espiritual y empatía con la comunidad.

4. Madurez personal y actitudes relacionales: poseer habilidades personales y sociales que favorezcan el trabajo colaborativo, el liderazgo positivo, la empatía, el respeto a la diversidad, la escucha activa, la responsabilidad y la proactividad.

5. Compromiso formativo: estar dispuesto a participar de manera activa en los procesos formativos que ofrece el programa de voluntariado, entendiendo la formación como una dimensión fundamental e integral del ser voluntario.

6. Salud física y emocional: gozar de buena salud física y mental que le permita al voluntario el desarrollo pleno y disposición afectiva en la implementación del proyecto o de las acciones de voluntariado diseñadas.

Artículo 9. Proceso y requisitos de ingreso al voluntariado permanente.

El ingreso al Voluntariado Lasallista permanente implica un proceso estructurado que garantice la coherencia entre el perfil del aspirante, los valores institucionales y las necesidades de las comunidades donde se desarrolla el servicio. Este proceso incluye:

1. Postulación formal: diligenciamiento del formulario oficial del Voluntariado Lasallista, donde se recojan datos personales, motivaciones, experiencia previa y expectativas del aspirante en las fechas de convocatoria establecidas.

2. Entrega de antecedentes disciplinarios, penales, judiciales y de inhabilidades de delitos sexuales: presentación obligatoria de certificados actualizados de antecedentes disciplinarios, penales, judiciales y por delitos sexuales con una vigencia no mayor a 2 meses, requisito indispensable para garantizar la idoneidad de los participantes, salvaguardar la integridad de las comunidades y cumplir con las disposiciones legales vigentes.

3. Verificación de documentación: con la entrega de la documentación se autoriza a la Congregación de los

Hermanos de las Escuelas Cristianas – Distrito Lasallista de Bogotá para que desde la Secretaría de Pastoral y con el apoyo de la Gestión de Talento Humano de la Congregación, se verifique la veracidad de la documentación. En caso de cualquier inhabilidad del postulado, se dará por finalizado el proceso de Ingreso al Voluntariado Lasallista.

4. Entrevista y valoración inicial: encuentro con el equipo de la Secretaría de Pastoral, en el que se realiza una valoración formativa y actitudinal para conocer el perfil del aspirante, su disposición y grado de afinidad con el espíritu Lasallista.

5. Firma de documentos de vinculación: en caso de ser aceptado por el comité de voluntariado y con el aval del Hermano Visitador, el voluntario deberá firmar el Acuerdo de Voluntariado Lasallista y otros documentos definidos por el programa, en los que se establecen los derechos, deberes, responsabilidades y principios de convivencia.

6. Participación en la inducción y formación inicial: asistencia obligatoria, a los espacios de inducción institucional y formación básica, que permiten al voluntario conocer el proyecto, la identidad Lasallista, los principios del voluntariado, la estructura del programa y las condiciones del servicio.

7. Estado de afiliación al Sistema de Seguridad Social en Salud: en caso de que la modalidad sea permanente o temporal, cada voluntario deberá acreditar su estado de afiliación vigente al Sistema de Seguridad Social en Salud, ya sea a través del régimen contributivo o subsidiado o la certificación actualizada del Sisbén.

8. Certificado de estado de salud física y mental: docu-

mento expedido por un médico general o especialista, que acredite condiciones suficientes de salud física y mental para desempeñar el rol de voluntario según la naturaleza de la acción.

Parágrafo 1: en cumplimiento de lo dispuesto en la GTC 193, toda persona voluntaria deberá participar en una jornada de capacitación sobre prevención de riesgos, autocuidado y protocolos de protección institucional, especialmente si su servicio implica interacción directa con menores de edad o comunidades vulnerables.

Parágrafo 2: este proceso busca asegurar que el ingreso al Voluntariado Lasallista sea fruto de una decisión consciente, libre, responsable y formativa, en armonía con el modelo educativo y misionero que inspira nuestra acción.

Parágrafo 3: Es importante mencionar que, si la persona decide hacer parte del voluntariado, deberá tener en cuenta que su participación no debe afectar las responsabilidades laborales o de otra índole a causa de su activo ejercicio de participación voluntaria.

Parágrafo 4: Se pueden aplicar pruebas psico técnicas específicas para la validación de capacidades que contribuyan al proceso de selección de los voluntarios.

Artículo 10. Proceso y requisitos de ingreso al voluntariado temporal.

El ingreso al Voluntariado Lasallista temporal está orientado a experiencias de corta duración y se formaliza mediante un proceso simplificado que garantice la claridad de compromisos y la preparación mínima necesaria para el servicio. Este proceso incluye:

1. Inscripción en la convocatoria: Registro en la convocatoria correspondiente, diligenciando los datos solicitados.

2. Reunión informativa: Participación en el encuentro de orientación donde se explican los objetivos, condiciones, responsabilidades y tiempos de la experiencia.

3. Firma de la Declaratoria de Participación Voluntaria o Acuerdo de Voluntariado Lasallista: aceptación formal de las responsabilidades y principios establecidos para el servicio voluntario.

4. Inducción breve: capacitación inicial, ajustada a la naturaleza de la experiencia, sobre la identidad lasallista, el sentido del voluntariado y las orientaciones prácticas para el desarrollo de la actividad.

Artículo 11. Sistema de Información y Registro de Voluntarios (SIREVOL-LaSalle).

Se deberá conformar un sistema de registro de voluntarios que como mínimo contenga: nombre del voluntario, número del documento de identidad, correo electrónico, número de contacto, dirección de residencia, nombre y contacto de emergencia, profesión, grado de escolaridad y situación laboral.

Además, se registrará el número de horas de voluntariado mensuales que realiza la persona y la labor que se ejerce según el proyecto o actividades programadas.

Artículo 12. Proceso de Permanencia y Seguimiento del voluntariado.

El Voluntariado Lasallista reconoce que la permanencia activa, significativa y responsable de sus voluntarios es un

Para tal fin, se establece el siguiente proceso de permanencia y seguimiento:

1. Acompañamiento formativo y espiritual: el voluntario recibirá un acompañamiento integral que fortalezca su identidad Lasallista, su espiritualidad, y su compromiso ético y solidario. Este acompañamiento será realizado por el equipo coordinador del voluntariado, en articulación con la Secretaría de Pastoral y otras instancias formativas de la obra educativa o del Distrito.

25 proceso que requiere acompañamiento, formación continua y evaluación constante. Este proceso permite fortalecer el sentido de pertenencia, el compromiso con la misión y el crecimiento personal y comunitario del voluntario.

2. Participación en encuentros de formación permanente: el voluntario deberá asistir a los espacios de formación continua programados los cuales profundizan en temáticas que contribuyan al ejercicio de su rol y a la comprensión de las realidades en las que actuará siguiendo en Plan de Formación para el Voluntariado Lasallista.

3. Presentación del proyecto de acción voluntaria: preparación remota e inmediata de los compromisos que va a desarrollar o compartir el voluntario con la comunidad o territorio de periferia respondiendo a las necesidades propias del contexto.

4. Diligenciamiento de la Bitácora de Sistematización de la Experiencia de Voluntariado: registro reflexivo en el que cada voluntario consigna sus actividades, aprendizajes e impactos durante su servicio. Su finalidad es documentar la experiencia para favorecer la evaluación personal y comunitaria, sistematizar buenas prácticas y conservar la memoria institucional del Voluntariado

5. Evaluación periódica del servicio voluntario: se realizarán espacios de evaluación cualitativa y reflexiva, de manera individual y grupal, que permitan valorar la experiencia, los aprendizajes, las dificultades, los aportes del voluntario y el impacto del servicio. Esta evaluación será coordinada por el equipo responsable del voluntariado y podrá incluir instrumentos de autoevaluación, coevaluación y retroalimentación.

6. Renovación del Acuerdo de Voluntariado Lasallista. de acuerdo con la duración del servicio y la modalidad del voluntariado se podrá renovar el Acuerdo firmado anteriormente en el que el voluntario reafirmará su deseo de continuar o asumir nuevas responsabilidades sujeta al Informe Final de Desempeño del Voluntario Lasallista.

7. Canales de comunicación y retroalimentación. el programa de Voluntariado garantizará canales fluidos y respetuosos para el diálogo, la escucha activa y la gestión de inquietudes, sugerencias o dificultades que puedan surgir durante el ejercicio del voluntariado. Estos canales serán acompañados por los referentes institucionales y promoverán una cultura del cuidado, la corresponsabilidad y el aprendizaje mutuo.

Artículo 13. Proceso de finalización del servicio voluntario.

La finalización del servicio voluntario en el marco del Voluntariado Lasallista se concibe como una etapa formativa y significativa que debe realizarse de manera acompañada y reflexiva. Este proceso reconoce los aportes realizados por la persona voluntaria, evalúa su experiencia y propicia una transición respetuosa y celebrativa.

La finalización podrá darse en los siguientes casos:

1. Culminación del período acordado: cuando el voluntario haya completado el tiempo de servicio definido previamente en el Acuerdo de Voluntariado Lasallista o la Declaración de Participación Voluntaria, se dará por finalizada su participación de manera natural y planificada.

2. Renuncia voluntaria: el voluntario podrá presentar su decisión de retirarse del programa por razones personales, académicas, laborales, de salud u otras, mediante una comunicación formal. En este caso, se promoverá un espacio de diálogo y retroalimentación para cerrar el proceso de manera positiva.

3. Finalización anticipada por mutuo acuerdo: el equipo coordinador y el voluntario podrán acordar, por circunstancias particulares, la terminación anticipada del servicio, priorizando el bienestar del voluntario, la comunidad beneficiaria y el adecuado desarrollo del programa.

4. Desvinculación por incumplimiento: en casos donde el voluntario incurra en faltas graves o reiteradas a los compromisos establecidos en el Reglamento o el Acuerdo de Voluntariado, el equipo responsable podrá decidir su desvinculación, previa valoración objetiva del caso y respetando el debido proceso.

5. Finalización por causas institucionales o de fuerza mayor: el voluntariado podrá finalizarse anticipadamente por decisión de la institución, en función de necesidades organizacionales, cambios de programación o situaciones externas que impidan la continuidad del servicio.

En todos los casos, el proceso de finalización del voluntariado deberá contemplar:

a. Espacio de cierre y evaluación final: Una entrevista o encuentro final con el voluntario para valorar la experiencia, recoger aprendizajes, dificultades, propuestas de mejora y socialización del Informe Final de Desempeño del Voluntario Lasallista. En casos de desvinculación por incumplimiento, este espacio se realizará con carácter formativo y administrativo, priorizando la claridad y el respeto.

b. Socialización de la bitácora y sistematización: el Voluntario deberá hacer entrega de su Sistematización de la Experiencia de Voluntariado a la luz de las diferentes herramientas de recolección de información y etnografía que pudo usar a lo largo de su voluntariado.

c. Entrega de certificación de participación: Emisión de un certificado que reconozca la participación, el tiempo de servicio, el lugar y la modalidad de intervención, siempre y cuando se hayan cumplido los criterios mínimos establecidos por el programa.

d. Celebración y gratitud: Siempre que sea posible, se promoverá un acto simbólico o comunitario de agradecimiento al voluntario, como expresión de fraternidad, reconocimiento y continuidad del vínculo con la misión Lasallista.

Parágrafo: La finalización del servicio voluntario no implica una desvinculación definitiva de la comunidad Lasallista. Por el contrario, se busca mantener viva la relación con el voluntario como agente transformador, sembrador de esperanza y miembro activo de la gran familia Lasallista.

Artículo 14. Reconocimiento y estímulo del voluntariado.

El Voluntariado Lasallista, en coherencia con su enfoque educativo, comunitario y transformador, reconoce el valor y la dignidad del servicio voluntario como una expresión concreta de fraternidad, solidaridad y compromiso con la misión de transformar vidas desde el carisma de San Juan Bautista de La Salle.

El reconocimiento cumple una doble función: motivacional y formativa. Este permite visibilizar los aportes del voluntariado a la comunidad y fomentar una cultura institucional basada en el cuidado, la gratitud y corresponsabilidad.

Los mecanismos de reconocimiento y estímulo del voluntariado incluirán, entre otros:

1. Certificación de participación: documento institucional emitido por la obra educativa o el Distrito Lasallista de Bogotá, que certifica el tiempo y modalidad del servicio prestado, así como la formación recibida. Este documento podrá ser útil en procesos académicos, laborales o de proyección personal y profesional del voluntario.

2. Actos simbólicos y comunitarios: espacios celebrativos y fraternos al cierre de los ciclos de voluntariado, donde se agradezca públicamente el aporte de cada voluntario. Estos actos pueden desarrollarse en contextos litúrgicos, comunitarios o educativos, de acuerdo con las características de cada experiencia.

3. Reconocimiento formativo y testimonial: promoción de espacios donde los voluntarios compartan sus aprendizajes, experiencias, impactos personales y comunitarios. Esto fortalece la memoria colectiva del vo-

luntariado y su sentido transformador.

4. Visibilidad en medios institucionales: difusión de testimonios, fotografías, iniciativas y experiencias destacadas del voluntariado en medios oficiales del Distrito Lasallista (boletines, redes sociales, páginas web), respetando la dignidad y el consentimiento de las personas involucradas.

5. Oportunidades de participación ampliada: estímulo a la continuidad y liderazgo dentro del programa, invitando a voluntarios con destacada trayectoria a asumir nuevos roles (facilitadores, acompañantes, asesores, entre otros), favoreciendo así su crecimiento personal y su proyección en el ámbito educativo y social.

Parágrafo: para recibir la Certificación de Participación en el Voluntariado Lasallista el voluntario deberá cumplir con lo descrito en el Artículo 12 del presente Reglamento de Voluntariado, así como también el cumplimiento de mínimo 35% de las horas establecidas dentro del programa según la modalidad en la que se encuentre adscrito el voluntario.

CAPÍTULO VI: SISTEMA DE GESTIÓN

Y MEJORA

CONTINUA DEL VOLUNTARIADO

LASALLISTA

Artículo 15. Enfoque de gestión basado en calidad y mejora continua.

El Voluntariado Lasallista adoptará un enfoque de gestión integral y sistemático basado en la mejora continua, la planificación estratégica y el seguimiento participativo. Este enfoque se fundamenta en los lineamientos de la Guía Técnica Colombiana GTC 193, que propone una estructura organizativa clara para la administración de programas de voluntariado en entidades sin ánimo de lucro.

El sistema de gestión se articulará con el modelo educativo y pastoral Lasallista, y estará orientado por los principios de calidad, corresponsabilidad, transparencia, evaluación ética y sostenibilidad institucional.

Artículo 16. Componentes del sistema de gestión del Voluntariado Lasallista.

Para garantizar la calidad, pertinencia y coherencia de la experiencia voluntaria, el Sistema de Gestión del Voluntariado Lasallista incluirá los siguientes componentes:

1. Política Distrital de Voluntariado Lasallista: documento marco aprobado por el Consejo de Distrito que define los principios, objetivos, alcances, estándares y compromisos institucionales con el voluntariado, integrando los valores del carisma Lasallista y los principios del Sistema Nacional de Voluntariado y la Política Distrital de Proyección Social.

2. Plan de Formación del Voluntariado Lasallista: instrumento que articula propósitos formativos, metas, cronogramas, contenidos y acciones que garanticen el despliegue del programa del Voluntariado Lasallista en cumplimiento con Ley 720 de 2001 y la GTC 193.

3. Sistema de Información y Registro de Voluntarios (SIREVOL-LaSalle): plataforma o base de datos unificada para el registro, seguimiento y caracterización de los voluntarios Lasallistas. Incluirá datos personales, modalidad, nivel de formación, fechas de ingreso y egreso, certificaciones, acuerdos de voluntariado, evaluaciones e historial de participación.

4. Protocolos de atención, seguridad y bienestar: procedimientos específicos para la prevención de riesgos, atención de emergencias, manejo de quejas, atención psicosocial y protección de voluntarios y comunidades, especialmente menores de edad, de acuerdo con los estándares nacionales (GTC 193, Ley 1098 de 2006).

5. Sistema de evaluación y mejora continua: conjunto de herramientas e instrumentos que permiten medir el desempeño del programa, el nivel de satisfacción de voluntarios y comunidades, el cumplimiento de objetivos y el impacto del voluntariado en la transformación social. Debe incluir momentos de autoevaluación, coevaluación y evaluación institucional.

6. Mecanismos de rendición de cuentas y transparencia: publicación anual de un informe distrital de Voluntariado Lasallista que dé cuenta de las metas, logros, aprendizajes, testimonios y retos, promoviendo una cultura de evaluación ética, participación y sostenibilidad.

7. Estrategias de articulación y alianzas estratégicas: acciones para coordinar el voluntariado con otras áreas

del Distrito Lasallista (Pastoral, Proyección Social y Educación) y con entidades externas como universidades, ONG, Iglesia local o sector público. Estas alianzas buscan ampliar el alcance de los proyectos, compartir recursos y fortalecer el impacto del servicio voluntario.

8. Estrategias de sostenibilidad y reconocimiento: acciones que aseguran la continuidad del voluntariado a largo plazo, a través de procesos de financiación, gestión de recursos, acompañamiento espiritual, formación permanente y mecanismos de reconocimiento a los voluntarios y comunidades participantes.

CAPÍTULO VII:

DERECHOS Y DEBERES DEL VOLUNTARIO(A)

La participación en el Voluntariado Lasallista implica una relación ética, corresponsable y formativa entre el voluntario y la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas. Esta relación se funda en el reconocimiento mutuo de la dignidad, la confianza, la transparencia y la responsabilidad compartida en la construcción del bien común.

Por ello, con base en la Resolución No. 0002 del 31 de octubre de 2020 emitida por el Sistema Nacional de Voluntariado sobre el Código de Ética del Voluntariado, se establecen los siguientes derechos y deberes del voluntario, los cuales orientan su vinculación, permanencia y experiencia en el servicio:

Artículo 17. Derechos del voluntario(a).

Todo voluntario(a) Lasallista tiene derecho a:

1. Ser valorado y tratado con respeto y dignidad, sin discriminación por razones de edad, sexo, identidad, orientación sexual, nacionalidad, creencias, orientación política o cualquier otra condición personal o social.

2. Recibir una formación adecuada y continua, tanto en los aspectos técnicos del servicio como en los fundamentos Lasallistas, éticos y espirituales acordes con el perfil de los voluntarios

3. Conocer claramente la misión, objetivos, normas y actividades del programa de voluntariado, así como los roles, funciones y límites de su participación.

4. Contar con un acompañamiento formativo y humano por parte del equipo coordinador, que garantice el seguimiento, la orientación y el apoyo necesario durante su experiencia.

5. Acceder a un entorno seguro y saludable para el ejercicio del voluntariado, en condiciones que salvaguarden su integridad física, emocional, espiritual y social.

6. Recibir una certificación formal de participación, siempre que haya cumplido con los compromisos establecidos y los criterios definidos por el Reglamento.

7. Participar en espacios de evaluación y retroalimentación de las acciones de voluntariado, según el nivel y modalidad de su voluntariado.

8. Ser informado con antelación de cualquier modificación significativa en el desarrollo del programa, horarios, lugares, funciones o compromisos asumidos.

9. Renunciar libremente a su servicio voluntario, notificándolo con antelación y en los términos definidos en el reglamento, sin que esto implique represalias o desvalorización.

10. Conservar la confidencialidad sobre su información personal y ser consultado sobre el uso de sus datos, imágenes o testimonios.

Artículo 18. Deberes del voluntario(a).

Todo voluntario(a) Lasallista tiene el deber de:

1. Actuar con responsabilidad, compromiso y espíritu de servicio, honrando los principios del Evangelio y los valores Lasallistas.

2. Cumplir los acuerdos, normativas y orientaciones del programa de voluntariado, así como los compromisos firmados en el Acuerdo de Voluntariado y la Declaración de Participación Voluntaria.

3. Asistir puntualmente a las actividades, formaciones y espacios comunitarios programados, o justificar debidamente su inasistencia.

4. Respetar la dignidad, los derechos y la diversidad de las personas con quienes interactúa, promoviendo ambientes de inclusión, fraternidad y cuidado.

5. Mantener la confidencialidad de la información sensible o privada a la que tenga acceso durante su servicio voluntario.

6. Cuidar los recursos materiales y espacios institucionales que se le asignen, promoviendo una cultura del cuidado y la sostenibilidad.

7. Notificar oportunamente al equipo coordinador cualquier situación que le impida cumplir con sus responsabilidades, buscando soluciones de manera dialogada.

8. Colaborar activamente en los procesos de evaluación y mejora del programa, aportando con honestidad sus experiencias y propuestas.

9. Evitar conductas que afecten la convivencia, la ética, la misión institucional, el bienestar y la integridad física y psicológica de otros voluntarios y beneficiarios.

10. Ser testimonio de la identidad Lasallista, promoviendo en todo momento la fe, la fraternidad y el servicio como pilares de su vocación voluntaria.

CAPÍTULO VIII:

COMPROMISOS INSTITUCIONALES CON LOS VOLUNTARIOS(AS)

Artículo 19. Responsabilidades de la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas.

La Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas, a través de sus obras, programas y estructuras distritales, reconoce el voluntariado como una expresión viva de su misión evangelizadora, educativa y social. En consecuencia, asume una serie de compromisos institucionales que garantizan condiciones adecuadas, formativas y seguras para el ejercicio del servicio voluntario.

En coherencia con la legislación vigente en Colombia sobre voluntariado (Ley 720 de 2001 y sus desarrollos), y con el carisma lasallista, la Congregación se compromete a:

1. Identificar, diseñar y avalar los programas, proyectos y actividades en los cuales participarán voluntarios, asegurando que estos respondan a los fines educativos, pastorales, sociales y comunitarios del Instituto.

2. Planificar con claridad las tareas, responsabilidades y objetivos del voluntariado, asegurando que sean pertinentes, formativas, posibles y acordes con el perfil de los voluntarios.

3. Informar a los voluntarios los términos y condiciones que implica su labor y acción a desarrollar de acuerdo con la modalidad del voluntariado en el que se encuentre inscrito.

4. Establecer y socializar canales de comunicación claros, oportunos y respetuosos, que permitan al voluntario

interactuar con las instancias responsables de su proceso y recibir la información necesaria para el desarrollo de su servicio.

5. Determinar los recursos humanos, físicos, financieros y logísticos requeridos para el adecuado desarrollo del voluntariado, de modo que se garantice la sostenibilidad, el acompañamiento y el cuidado integral de la experiencia.

6. Designar un responsable del programa Voluntariado Lasallista dentro del equipo de la Secretaría de Pastoral, quien tendrá la responsabilidad de liderar, articular, acompañar y evaluar los procesos de voluntariado en el Distrito Lasallista de Bogotá y sus obras.

7. Informar a los voluntarios sobre la misión, estructura, identidad y actividades de la Congregación, y sobre los aspectos específicos de su servicio, asegurando comprensión mutua, transparencia y alineación con los valores institucionales.

8. Fomentar una cultura de colaboración, creatividad e innovación en la relación con los voluntarios, reconociendo sus aportes y promoviendo la construcción conjunta del bien común.

9. Velar por la protección y seguridad de los voluntarios a partir de la adquisición de una Póliza de Seguro de vida que asegure a quienes participan de las acciones de voluntariado.

10. En el caso del voluntariado permanente, definir la comunidad religiosa o la obra específica de misión lasallista en la que el voluntario desarrollará su servicio.

11. Garantizar la confidencialidad, custodia y uso ético de

los datos personales de los voluntarios, conforme a la Ley 1581 de 2012 y demás normas de protección de datos personales.

12. Incluir al Voluntariado Lasallista dentro del Sistema Nacional de Voluntariado, y reportar la información de sus participantes a través de los canales oficiales, dentro del plazo establecido por el Ministerio del Interior (primer trimestre del año).

Artículo 20. Consideraciones sobre responsabilidades legales y administrativas.

1. Cobertura de riesgos laborales (ARL): para las actividades de voluntariado que impliquen exposición a riesgos físicos, psicosociales o de desplazamiento, la Congregación, a través del Distrito o la obra educativa, gestionará los mecanismos pertinentes de protección, tales como la afiliación a una ARL u otro esquema legal aplicable, según las condiciones del servicio.

2. Responsabilidad civil extracontractual: En el marco del principio de corresponsabilidad, la Congregación evaluará y aplicará medidas preventivas para evitar daños a terceros. En caso de eventualidades, se actuará conforme a lo establecido por el marco legal colombiano y las pólizas institucionales vigentes, cuando apliquen.

3. Voluntariado por parte de colaboradores institucionales: Cuando un docente u otro colaborador activo de una obra educativa desee participar como voluntario en un programa diferente a sus funciones contractuales, deberá hacerlo fuera de su jornada laboral ordinaria, en periodo vacacional o, excepcionalmente, dentro de sus funciones, previo acuerdo con la Rectoría y el área de Gestión de Talento Humano.

4. Garantía de reintegro laboral: Cuando un docente u otro colaborador activo de la Congregación participe de un voluntariado de modalidad permanente en Colombia o internacional en otro Distrito Lasallista, al finalizar su experiencia de voluntariado, tendrá garantizado su reintegro a la dependencia u obra educativa de origen, siempre que manifieste su voluntad de continuar en La Salle.

Parágrafo 1: La Congregación no asumirá doble retribución ni pago de parafiscales sobre actividades realizadas en calidad de voluntario. Las condiciones de tiempo y compromiso deberán estar claramente delimitadas para evitar conflictos laborales o contractuales.

Parágrafo 2: En caso de que el voluntario(a) presente alguna inhabilidad legal, situación disciplinaria o conducta que atente contra el Código de Ética mientras ejerce su acción voluntaria, se evaluará el reintegro laboral a la dependencia u obra educativa de origen en la que se encontraba antes de prestar su servicio voluntario.

CAPÍTULO IX: DIVULGACIÓN

Y ACCESO AL

REGLAMENTO

Artículo 21. Publicación y socialización.

Con el fin de garantizar el conocimiento, apropiación y cumplimiento del presente Reglamento, se establece que:

1. Será publicado en la página Web de la Red Educativa La Salle para su fácil acceso, circulación y conocimiento por parte de los integrantes de las obras educativas lasallistas y terceros que estén interesados.

2. El Reglamento de Voluntariado Lasallista será publicado de forma oficial mediante su fijación en un lugar visible, accesible y legible dentro de cada una de las obras educativas y estructuras administrativas del Distrito Lasallista de Bogotá donde se desarrolle el programa de voluntariado.

3. Se asegurará su disponibilidad en formato físico y/o digital, y se entregará a cada persona voluntaria al momento de su vinculación, como parte del proceso de inducción y formalización.

4. La socialización de este reglamento será parte integral de los espacios formativos, garantizando que los voluntarios comprendan su contenido, sus implicaciones y los compromisos que se derivan de su adhesión.

Parágrafo: Cualquier modificación al reglamento será debidamente comunicada y publicada a través de los canales institucionales correspondientes, con indicación de su fecha de actualización.

CAPÍTULO X:

ENTRADA EN VIGENCIA

Artículo 22. Vigencia del reglamento.

El Reglamento de Voluntariado Lasallista entrará en vigor ocho (8) días calendario después de su aprobación por parte del Consejo de Distrito, conforme a lo establecido en el artículo anterior. Desde ese momento, será de obligatorio cumplimiento para todas las personas vinculadas al programa de voluntariado y para las instancias responsables de su implementación.

CAPÍTULO XI: DEROGACIÓN

DE DISPOSICIONES

ANTERIORES

Artículo 23. Derogatoria de normativa previa.

A partir de la entrada en vigor del presente reglamento, quedarán sin efecto todos los reglamentos, manuales, protocolos o disposiciones anteriores que hayan regulado parcial o totalmente el voluntariado en las obras de la Congregación de los Hermanos de las Escuelas Cristianas en el Distrito Lasallista de Bogotá.

CAPÍTULO XII: CLÁUSULAS INEFICACES

Artículo 24. Ineficacia por contrariedad legal.

Serán consideradas sin efecto y no producirán ningún tipo de validez jurídica aquellas cláusulas, disposiciones o interpretaciones contenidas en el presente Reglamento que resulten contrarias a la Constitución Política de Colombia, a las leyes nacionales, a los tratados internacionales ratificados por el Estado colombiano, o que vulneren los derechos fundamentales de las personas voluntarias.

En caso de que alguna disposición sea declarada ineficaz por autoridad competente, las demás normas del reglamento conservarán su vigencia y aplicabilidad.

Se expide en la ciudad de Bogotá D.C., a los 04 días del mes de octubre del año 2025.

HNO. CRISTHIAN JAMES DÍAZ MEZA

Visitador y Representante Legal

Congregación de los Hermanos De Las Escuelas Cristianas

Distrito Lasallista de Bogotá

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook