LA JORNADA Jueves 1Âş de agosto de 2019
SOCIEDAD
39
EDICTO
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO, CON RESIDENCIA EN CANCÚN.
EDICTO TERCEROS INTERESADOS: MOHAMAD HASSAN MAHJOUB Y LUMENE COSMETIC SOCIEDAD ANĂ“NIMA DE CAPITAL VARIABLE. En autos del juicio de amparo 381/2019, promovido por Axa Seguros, Sociedad AnĂłnima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Francisco Javier SĂĄnchez SaldaĂąa Cardoso, contra actos de la Magistrada de la Quinta Sala Especializada en Materia Civil y Mercantil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo y otra autoridad, en el que seĂąalĂł como acto reclamado la sentencia interlocutoria dictada el trece de marzo de dos mil diecinueve, en el toca civil 54/2019 del Ăndice de la Quinta Sala Especializada en Materia Civil y Mercantil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo, se ordenĂł emplazar a los terceros interesados Mohamad Hassan Mahjoub y Lumene Cosmetic sociedad anĂłnima de capital variable; a quienes se hace saber que deberĂĄn presentarse en este Juzgado Segundo de Distrito, dentro del tĂŠrmino de treinta dĂas, contados a partir del siguiente al de la Ăşltima publicaciĂłn, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, a defender sus derechos. Apercibidos que de no comparecer dentro del tĂŠrmino seĂąalado, VH VHJXLUi HO MXLFLR KDFLpQGRVH ODV XOWHULRUHV QRWLĂ€FDFLRQHV SRU PHGLR GH OLVWD TXH VH Ă€MD HQ ORV HVWUDGRV de este Juzgado Federal. Asimismo, se hace de su conocimiento que queda a su disposiciĂłn, en la secretarĂa de este Ăłrgano, copia simple de la demanda de amparo, para los efectos legales procedentes. Se expide la presente para su publicaciĂłn por tres veces, GH VLHWH HQ VLHWH GtDV HQ HO 'LDULR 2Ă€FLDO GH OD )HGHraciĂłn y en uno de los periĂłdicos de mayor circulaciĂłn en la RepĂşblica; lo anterior, en cumplimiento a los artĂculos 27 de la Ley de Amparo, 297 fracciĂłn II y 315 del CĂłdigo Federal de Procedimientos Civiles de aplicaciĂłn supletoria. CancĂşn, Quintana Roo, a ocho de julio de dos mil diecinueve. JUAN ERIK CARDONA ORDAZ. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO
DisposiciĂłn Juez DĂŠcimo Segundo Especializada en Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla, autos de fechas dos de abril de dos mil dieciocho y nueve de mayo de dos mil diecinueve, ordenan emplazar mediante tres edictos consecutivos a las demandadas MarĂa Gloria GarcĂa Galicia y Ana Enriqueta Flores HernĂĄndez para que en el tĂŠrmino de quince dĂas contados a partir del siguiente a la Ăşltima publicaciĂłn contesten demanda y seĂąalen GRPLFLOLR SDUD UHFLELU QRWLĂ€FDFLRQHV DSHUFLELGDV TXH de no hacerlo se le tendrĂĄ por perdido el derecho que GHELHURQ HMHUFLWDU \ WRGDV VXV QRWLĂ€FDFLRQHV LQFOXLGDV las personales, se les harĂĄn por lista; copia de demanda y anexos y auto admisorio quedan a su disposiciĂłn en la SecretarĂa Impar del Juzgado. Expediente 189/2018, Juicio Ordinario Mercantil, promovido por EfrĂŠn Romero Palacios Alvarado apoderado general para pleitos y cobranzas de FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, contra Francisca Rubicela Pedraza Pedraza, MarĂa Gloria GarcĂa Galicia y Ana Enriqueta Flores HernĂĄndez.
Y TU
El Diligenciario Impar. Lic. Rafael VĂĄzquez Isidro.
PYME
CampaĂąas de medios y creativas con el apoyo profesional de los consultores de La Jornada.
EDICTO A EVA BLANCA ROMERO HERNĂ NDEZ Y ROSA MARĂ?A ROMERO HERNĂ NDEZ. DisposiciĂłn C. Juez DĂŠcimo Primero Especializado en Asuntos Financieros del Distrito Judicial de Puebla, autos de fechas veintidĂłs de octubre de dos mil dieciocho, siete de junio y diez de julio de dos mil diecinueve, ordenan emplazar y los emplazo para que, dentro del tĂŠrmino de nueve dĂas hĂĄbiles, contados a partir del dĂa siguiente al en que surta efectos la noWLĂ€FDFLyQ \ SRVWHULRU D OD ~OWLPD SXEOLFDFLyQ GHO HGLFWR contesten demanda y seĂąalen domicilio para recibir noWLĂ€FDFLRQHV DSHUFLELGRV GH QR KDFHUOR VH WHQGUiQ SRU SHUGLGRV VXV GHUHFKRV \ ODV QRWLĂ€FDFLRQHV SHUVRQDOHV subsecuentes se les harĂĄn por lista. Copia de demanGD GRFXPHQWRV IXQGDWRULRV \ DQH[RV D TXH VH UHĂ€HUH el artĂculo 1061 del CĂłdigo de Comercio, asĂ como auto admisorio a su disposiciĂłn en secretaria de acuerdos del juzgado de autos, asimismo, les cito para que comparezcan ante el Diligenciario Par adscrito al juzgado de autos a las nueve horas del veintiocho de agosto del dos mil diecinueve, para ser requeridas del pronto y ejecutivo pago de la cantidad de quinientos mil pesos cero centavos moneda nacional, por concepto de capital vencido y demĂĄs prestaciones, en caso de no hacerlo deberĂĄn seĂąalar bienes de su propiedad que garanticen las prestaciones reclamadas y sobre las cuales se trabe embargo, apercibidos de no hacerlo, el derecho para seĂąalarlos le serĂĄ trasladado a la parte actora, expediente 644/2018, Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por EfrĂŠn Romero Palacios Alvarado, apoderado general para pleitos y cobranzas de FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO. Ciudad Judicial, a treinta de julio de dos mil diecinueve. El Diligenciario Par
Establece una relaciĂłn positiva para las dos partes
Llama a: Karina SĂĄenz GarduĂąo Ricardo de la Riva C. Tel. 9183-0300 ext. 4195 y 4181 de las 10 a las 19 hrs.
/LF 5D~O %RQLOOD 0iUTXH]
AGENDA JUDICIAL /
SECCIÓN QUINCENAL
EDITOR RICARDO GUZMĂ N WOLFFER
Editorial
L
as modificaciones constitucionales anunciadas para eliminar los “obstĂĄculosâ€? que impiden disminuir los salarios judiciales y de otros funcionarios evidencian la concepciĂłn de lo legal de quienes suponen que basta modificar un artĂculo para que la realidad cambie. Si la Cons-
tituciĂłn federal contiene disposiciones propias de leyes secundarias es, de nuevo, por la idea de que la Carta Magna es sĂłlo una ley mĂĄs que puede modificarse con los mecanismos legales respectivos. Si el partido en el poder cuenta con las mayorĂas legislativas para hacerlo, no significa
que ese poder de cambio se traduzca en un cambio legal. El concepto de ConstituciĂłn Nacional es mayor al del contenido de sus numerales. Y ello no puede modificarse gratuitamente: la ConstituciĂłn define la evoluciĂłn y alcances de una naciĂłn, no de un momento en la historia.
Reforma laboral en movimiento y su contrapartida RICARDO GUZMĂ N WOLFFER
MIENTRAS UNA DE las noticias en Estados Unidos es que no se aprobarĂĄ el Tratado de AmĂŠrica del Norte por la falta de cumplimiento a los apartados relativos a las modificaciones laborales en MĂŠxico, en el Poder Judicial Federal se trabaja desde hace meses para lograr que los cambios constitucionales en materia laboral se cumplan en tiempo y forma. LA UNIDAD DE ImplementaciĂłn para la reforma laboral, bajo la magnĂfica guĂa del magistrado Sergio Javier Molina MartĂnez, tiene meses trabajando con un grupo de capacitadores formado por jueces y magistrados federales. Varios se capacitaron, con sus propios
recursos, en Chile. Este equipo se ha imbuido en las posibilidades legales del cambio laboral en MĂŠxico, desde antes de la reforma del 1o. de mayo, hasta su actual redacciĂłn. LUEGO DE REUNIONES de trabajo y estudio, se han planteado 3 etapas para llegar a la selecciĂłn de los nuevos jueces y secretarios laborales federales. Con miles de participantes en toda la RepĂşblica, el grupo de capacitadores del Poder Judicial Federal, ahora tambiĂŠn integrado con acadĂŠmicos y funcionarios especializados en la materia laboral (destaca el Consejero de la Judicatura del Estado de MĂŠxico y expresidente del Tribunal burocrĂĄtico, Luis Gerardo de la PeĂąa GutiĂŠrrez), impartirĂĄn cursos en todos los estados del
paĂs para escoger a los alumnos de la segunda etapa. La primera consiste en establecer la importancia del cambio legal y su necesidad histĂłrica. No se trata sĂłlo de cambiar competencias legales (juzgados en lugar de juntas tripartitas de conciliaciĂłn y arbitraje), ni de modificar los mecanismos sindicales para regresar el poder de decisiĂłn al trabajador, se busca que quienes encarnen el poder estatal en las nuevas audiencias laborales, con juez especializado presencial, estĂŠn conscientes de la importancia de su papel como muestra del cambio que el paĂs necesita. EN CONTRAPARTIDA, ALGUNOS sindicatos han promovido amparos para evitar que la reforma laboral se concrete.
UNA LARGA HISTORIA de desatenciĂłn al trabajador explica de sobra el cambio constitucional, pero tambiĂŠn habrĂĄ de atenderse la respuesta que los jueces federales den a los amparos promovidos por tales sindicatos. LA REFORMA LABORAL estĂĄ en marcha. Confiamos que sea hacia un mejor futuro. +++ “SLAVOJ ZIZEK PRESENTA a Trotsky terrorismo y comunismoâ€? (edit. Akal) hace un estudio de la figura vigente del pensador ruso muerto en MĂŠxico. Conceptos trotskianos como la dictadura del proletariado son conocidos. Sin embargo, aspectos mĂĄs profundos deben reto-
Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx. https://agendajudicialricardoguzmanwolffer.blogspot.com/
marse para explicar li lla vigencia i i de su pensamiento: la obligaciĂłn del trabajo, por ejemplo. El estado funciona porque absolutamente todos trabajan. No existen las dĂĄdivas estatales: “quien no trabaja, no comeâ€?. Por otro lado, Trotsky establece la necesidad de que el poder se ejerza debidamente: “el curso de la vida depende de la clase que ocupa el poder y de los fines en nombre de los cuales desarrolla su polĂticaâ€?. UN LIBRO SOBRE un pensador histĂłrico que tiene mucho por aportar.