LA JORNADA Viernes 26 de diciembre de 2025
AL CIERRE
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Broncos, casi con título divisional
▲ El mariscal de campo de Denver, Bo Nix, resiste una tacleada. Foto Ap EDICTO NOTARIAL 2/2 Licenciado MAURICIO MONTOYA MANZO Notario Público Número 169 Ciento Sesenta y Nueve del Estado de Michoacán, R.F.C. MOMM710913D2A; hago saber para los efectos del Artículo 160 ciento sesenta de la Ley del Notariado para el Estado de Michoacán, que en escritura pública número 8,644 ocho mil seiscientos cuarenta y cuatro, de fecha 5 cinco de diciembre del 2025 dos mil veinticinco, ante mí: 1.- Se inició la Tramitación Extrajudicial a bienes de la Sucesión Intestamentaria de MA. ESPERANZA HILDA CABELLO RODRÍGUEZ. 2.- El señor SERGIO CABELLO RODRÍGUEZ hermano de la autora de la sucesión: D 0H H[KLELy FRSLD FHUWLÀFDGD GHO DFWD GH GHIXQFLyQ de la de cujus. b) Acreditó su carácter de hermano legítimo. c) Se acreditó el último domicilio de la de cujus: Bien Conocido, S/N, La Cuestita, Penjamillo Michoacán. 3.- Testigos GLAFIRA LEYVA MADRIGAL y MARGARITA MARTÍNEZ ROA. 4.- El compareciente aceptó la herencia que le corresponde de la sucesión y se reconoció el carácter de único y universal heredero. 5.- El señor SERGIO CABELLO RODRÍGUEZ asumió el cargo de ALBACEA DEFINITIVO, manifestando éste que con tal carácter procederá a la formulación del inventario y avalúos del acervo hereditario, sin caucionar su manejo por no existir más herederos.
PRIMER AVISO NOTARIAL EL MTRO. HÉCTOR GUSTAVO PANTOJA ABASCAL, Notario Titular de la Notaría Pública número 158 Ciento Cincuenta y Ocho del Estado de Michoacán de Ocampo, con residencia en el Municipio de Tarímbaro y con ejercicio en el Distrito Judicial de Morelia, Michoacán, hago saber lo siguiente: mediante escritura pública número 659, de fecha quince de noviembre del presente año, se hizo constar, lo siguiente: La radicación de la sucesión Intestamentaria a bienes de JOSE ARTEMIO LOPEZ VILLEGAS, A QUIEN EN VIDA SE LE CONOCIÓ DE MANERA INDISTINTA CON LOS NOMBRES DE ARTEMIO LOPEZ VILLEGAS Y/O JOSE ARTEMIO LOPES VILLEGAS Y/O JOSE ARTEMIO LOPES, que otorgaron las CC. CELIA ANGEL MEDINA Y MARIBEL LOPEZ ANGEL y el repudio de derechos hereditarios de MARIBEL LOPEZ ANGEL acompañadas de dos testigos las CC. MARIA GABRIELA CHAVEZ ORTIZ Y FELIPE GUZMAN MARTINEZ. La designación y aceptación del cargo de albacea en favor de &(/,$ $1*(/ 0(',1$ TXLHQ SURWHVWR VX OHDO \ ÀHO desempeño y manifestó que procederá a formular el inventario y avalúos de los bienes de la herencia en los términos de ley. Lo anterior para los efectos legales del artículo 160 de la Ley de Notariado para el Estado de Michoacán. MTRO. HÉCTOR GUSTAVO PANTOJA ABASCAL NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO CINCUENTA Y OCHO PAAH-790720-V7A
La Piedad, Michoacán, 5 de diciembre de 2025.
Los Broncos de Denver se quedaron a sólo un paso de obtener el título divisional tras vencer 20-13 a los alicaídos Jefes de Kansas City, que no contaron con su estrella Patrick Mahomes, anoche en la jornada na-
videña de la NFL. Ahora esperan una derrota de los Cargadores de Los Ángeles en el partido de mañana ante los Texanos de Houston para alcanzar su objetivo.
NOTARIA PUBLICA NO. 8 DEL ESTADO DE MÉXICO TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO A 17 DE DICIEMBRE DE 2025 AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN Se hace saber que por escritura pública número 81,525 de fecha diecisiete de diciembre del dos mil veinticinco, otorgada ante la fe del suscrito Notario, se hizo constar EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ DEL TESTAMENTO, RECONOCIMIENTO DE DERECHOS HEREDITARIOS, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y ACEPTACIÓN DEL CARGO DE ALBACEA DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORA MARÍA ELENA JIMÉNEZ CASTILLO, de conformidad con lo declarado y acreditado con los documentos correspondientes por los señores MARÍA DEL SOCORRO, JUAN RAMÓN, MANUEL, MERCEDES, MARÍA ELENA, ALEJANDRO Y MARTHA, todos de apellidos CONCHA JIMÉNEZ, como presuntos herederos por ser personas con capacidad de ejercicio y no existir controversia alguna; a través de la TRAMITACIÓN NOTARIAL DE PROCEDIMIENTOS NO CONTENCIOSOs, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos Ciento Diecinueve, Ciento Veinte, Fracción II (uno romano), Ciento Veintiuno, Ciento Veintiséis y Ciento Veintisiete de la Ley del Notariado del Estado de México y con fundamento en los Artículos Cuatro Punto Cuarenta y Dos, Cuatro Punto Cuarenta y Cuatro, Cuatro Punto Cuarenta y Cinco, Cuatro Punto Setenta y Siete y demás relativos y aplicables al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México en vigor. En términos del Artículo setenta del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, solicito se hagan las publicaciones GH OH\ FRUUHVSRQGLHQWHV HQ HO SHULyGLFR RÀcial “Gaceta del Gobierno” y en un diario de circulación nacional.
NOTARIA PUBLICA NO. 8 DEL ESTADO DE MÉXICO TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO A 17 DE DICIEMBRE DE 2025 AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN Se hace saber que por escritura pública número 81,526 de fecha 17 de diciembre del dos mil veinticinco, otorgada ante la fe del suscrito Notario, se hizo constar EL RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ DEL TESTAMENTO, RECONOCIMIENTO DE DERECHOS HEREDITARIOS, ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y ACEPTACIÓN DEL CARGO DE ALBACEA DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DEL SEÑOR RUFINO SEBASTIÁN CONCHA LORIA, de conformidad con lo declarado y acreditado con los documentos correspondientes por la señora MARÍA ELENA CONCHA JIMÉNEZ, como presunta heredera por ser persona con capacidad de ejercicio y no existir controversia alguna; a través de la TRAMITACIÓN NOTARIAL DE PROCEDIMIENTOS NO CONTENCIOSOS, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos Ciento Diecinueve, Ciento Veinte, Fracción II (uno romano), Ciento Veintiuno, Ciento Veintiséis y Ciento Veintisiete de la Ley del Notariado del Estado de México y con fundamento en los Artículos Cuatro Punto Cuarenta y Dos, Cuatro Punto Cuarenta y Cuatro, Cuatro Punto Cuarenta y Cinco, Cuatro Punto Setenta y Siete y demás relativos aplicables al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México en vigor. En términos del Artículo setenta del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, solicito se hagan las publicaciones GH OH\ FRUUHVSRQGLHQWHV HQ HO SHULyGLFR RÀcial “Gaceta del Gobierno” y en un diario de circulación nacional.
ATENTAMENTE LIC. FERNANDO VELASCO TURATI. NOTARIO PÚBLICO NO.8 DEL ESTADO DE MÉXICO
De la Redacción
ATENTAMENTE LIC. FERNANDO VELASCO TURATI. NOTARIO PÚBLICO NO. 8 DEL ESTADO DE MÉXICO
AGENDA JUDICIAL / EDITOR RICARDO GUZMÁN WOLFFER
PRIMER AVISO EL SUSCRITO LICENCIADO MIGUEL ANGEL ARELLANO PULIDO, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 165, CON EJERCICIO Y RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MORELIA, MICHOACÁN, PARA LOS EFECTOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 152, 153, 155, 160, 161 Y DEMÁS RELATIVOS DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MICHOACÁN, HAGO SABER: QUE MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 3,506 VOLUMEN 94, DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DEL 2025, PASADA EN MÍ PROTOCOLO, LA COMPARECIENTE, MARIA DOMINGA LEON AVELINO CON EL CARÁCTER DE ALBACEA Y HEREDERA, INICIÓ ANTE MÍ FE EL PROCEDIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN SUCESORIA INTESTAMENTARIA A BIENES DE LA FINADA JULIA AVELINO TZINTZUN, QUIEN MANIFESTÓ EXPRESAMENTE, SU CONFORMIDAD DE LLEVAR EL TRÁMITE ANTE NOTARIO; Y QUE PROCEDERÁ CON EN EL TRÁMITE REFERIDO, DEBIENDO LA ALBACEA MARIA DOMINGA LEON AVELINO, A PRESENTAR EL INVENTARIO Y AVALUÓ DEL CAUDAL HEREDITARIO, EN TÉRMINOS DE LEY.--------------------------------------FIRMADO Y SELLADO
SEGUNDO AVISO NOTARIAL Licenciado JOSÉ JAIME MARES CAMARENA, Titular de la Notaría Pública Número ocho, del Estado de Michoacán, con ejercicio y residencia en la ciudad de La Piedad, Michoacán, hago saber lo siguiente: Mediante escritura pública número seis mil doscientos treinta y ocho, de fecha cuatro de diciembre de dos mil veinticinco, se hizo constar la PROTOCOLIZACIÓN EXTRAJUDICIAL DEL JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de la señora MAGDALENA BALDERAS LOMELÍ (quien también aparecía en algunos documentos como MAGDALENA BALDERAS LOMELIN Y/O MAGDALENA BALDERAS) con la comparecencia de las testigos las señoras SAYRA VANESSA SANCHEZ RAMIREZ Y ALEJANDRA GARCIA PEREZ. La designación y aceptación del cargo de albacea en favor del señor LUIS JAVIER RIZO MAGAÑA (Quién también aparece en algunos documentos como LUIS RIZO MAGAÑA Y/O LUIS JAVIER RIZO), TXLHQ SURWHVWR VX OHDO \ ÀHO GHVHPSHxR \ PDQLIHVWy TXH procederá a formular el inventario y avalúo de los bienes de la herencia en los términos de Ley. Lo anterior para loe efectos legales del artículo 160 de la Ley del Notariado para el Estado de Michoacán. -----------------------------------LIC. JOSE JAIME MARES CAMARENA NOTARIO PUBLICO NUMERO 8
AVISO NOTARIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN El suscrito MIGUEL ÁNGEL FLORES VIZCAÍNO, titular de la Notaría Publica número 10 de la demarcación notarial de Colima, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 871 y 872 del Código de Procedimientos Civiles para este Estado, doy a conocer al público que por escritura pública número 54,381, otorgada en esta Ciudad de Colima, Colima, el día 28 de noviembre de 2025, ante la fe del suscrito Notario, se inició el trámite notarial de la Sucesión Testamentaria del señor J. JESUS PEREZ CHAVEZ. Los señores JOSE DE JESUS, MIGUEL ANGEL, MA. DEL SOCORRO y MARCO ANTONIO de apellidos PEREZ GARCIA, reconocieron la validez del testamento, y aceptaron la herencia instituida a su favor, como únicos y universales herederos; por su parte el señor JOSE DE JESUS PEREZ GARCIA aceptó el cargo Albacea de la sucesión, manifestando que formulará el inventario de los bienes de la herencia. Colima, Col., México, a 11 de diciembre de 2025 MIGUEL ÁNGEL FLORES VIZCAÍNO
SECCIÓN QUINCENAL
Editorial
A
l año de la reforma judicial, muy poco puede decirse que se hubiera avanzado
en temas jurisdiccionales, por el rezago y la inocultable incapacidad de un alto porcentaje
de jueces y ministros electos. Un año no les ha servido para aprender el oficio.
Agua sin ley IVÁN EDUARDO VILLAGRÁN MENDOZA
EL 11 DE diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley General de Aguas, junto con reformas, adiciones y derogaciones sustanciales a la Ley de Aguas Nacionales. Se busca remediar los problemas hídricos del país: garantizar el derecho humano al agua, establecer orden institucional y armonizar el uso del recurso. No obstante, la realidad es otra. La ley omite rubros: marco legal, presupuesto e infraestructura para su operación. SIN VALORAR LA equidad que la sociedad pide, aplicar la Ley exige un andamiaje normativo que falta. Se redistribuyen competencias, redefine obligaciones de gobierno, y contempla obligaciones de planeación y sistematización que requieren reglamentos, manuales, mecanismos de información y coordinación, todos aún inexistentes. Además
de la falta de normas operativas, está la omisión mayor: el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 no contempla recursos para cumplir la nueva Ley. La actividad legislativa falló. la Ley General entró en vigor sin financiamiento asignado para la infraestructura hidráulica, sistematización o desarrollo institucional. Es un ordenamiento para todo el país, pero sin soporte financiero inmediato para su ejecución. ENCIMA, FALTA LA infraestructura hídrica. La Ley impulsa su desarrollo, atiende y corrige el deterioro existente, pero en las actuales condiciones es un mero deseo. México necesita una infraestructura de vanguardia, con sus normas nuevas, capaz de abastecer la demanda de agua para toda la nación. Es la necesidad de actualizar el derecho humano a la infraestructura, indispensable para disfrutar de otros derechos como el agua. Sin un esquema jurídico
y de inversión que promueva la modernización y articulación de dicha infraestructura, su avance será limitado, quizás nulo. Las redes e instalaciones son una condición necesaria para la efectiva aplicación de tal Ley. Así, la infraestructura es un eje fundamental para el cumplimiento de la Ley. ASÍ, POR EL momento la Ley General de Aguas corre el riesgo de ser legislación inútil. México busca desarrollo hídrico, no obstante, sin los cimientos necesarios podrá no sólo sufrir de escasez de agua, sino normalizar el incumplimiento de la ley, como ha sucedido en otros rubros. Ello terminará por judicializar el vital recurso para su real distribución equitativa, en una infraestructura insuficiente que dará más problemas que soluciones, con la corrupción impune vista en otras áreas, bajo una descendente inversión privada, para seguir con conflictos sociales y económicos cada vez más violentos y de peores
consecuencias a la situación que se intentó resolver, entre otros problemas emergentes. Un designio establecido para garantizar derechos podría terminar en mayores dificultades, por la ineficacia gubernamental que se esconde tras una ley falaz, empezando por la pérdida de confianza interna y externa en este tema central de la vida mundial. No basta con publicar la ley, también debe hacerse viable mediante una real labor estatal exhaustiva. ÊÊÊ LA PELÍCULA “REDONDO” (Raúl Busteros, México, 1978) es parte del cine experimental donde 3 historias se intercalan bajo la realización eficaz: el escritor en su poco logrado aislamiento, la adaptación muy libre de la novela “Fuga, hierro y fuego” de Paco I. Taibo. (sobre las monjas de Puebla asediadas por su superior y el estado), y la filmación del escritor en su desempeño y en sus fantasías. La belleza de
Sugerencias y colaboraciones: agendajudicial@jornada.com.mx.
Diana Bracho rivaliza con su actuar intachable, al lado de Alfredo Sevilla y Fernando Balzaretti, entre otros. Importante, también, como ejemplo de cine ciudadano, pues en su realización intervino el financiamiento de los pintores Cuevas, Gironella, Ehrenberg, Aceves y más. Un filme ahora de fácil acceso gracias a la remasterización digital hecha en la filmoteca de la UNAM. El DVD y muchas obras más se pueden comprar en la tienda de la filmoteca. ÊÊÊ ESCUCHE LOS PODCASTS “Corrupción gringa a granel” e “Infierno en la nube” en “Literatura y derecho” de Ricardo Guzmán Wolffer en Spotify y plataformas afines.