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V Esmeraldas- Lunes 03 Agosto 2026

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@ Esmeraldaslahora Esmeraldaslahora

LUNES 03 DE AGOSTO DE 2026

Esmeraldas

Incendio afecta estación de bombeo de Petroecuador en Quinindé Un incendio afectó la estación de bombeo 10 de Petroecuador en Quinindé, Esmeraldas, dañando una turbina. Bomberos controlaron la emergencia sin registrar víctimas ni heridos. 5

COMUNIDAD

Jóvenes atletas esmeraldeños triunfan en Azuay 4

JUDICIAL

Instituto Ecuatoriano de Derecho Procesal Demanda contenciosa tributaria: término para interponerla

ECONOMÍA

100.000 barriles menos de petróleo que hace una década 9


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

MANUEL CASTRO M.

manuelcastromurillo@hotmail.com

El mundo de los pesimistas

H

ay la tendencia sobre el pasado, presente y futuro del Ecuador a ver y juzgar en su aspecto más desfavorable, destacando las situaciones negativas. A veces aciertan: se pierde territorio (1941), los gobiernos resultan deshonestos (correísmo), no hemos tenido un Premio Nobel en nada, en el fútbol no pasamos a los cuartos de final. El error consiste en que la vida también es sufrimiento. Si bien no tenemos seguros sociales y educación como Noruega o Suecia, hemos superado el subdesarrollo y tenido políticos de primer nivel, literatos y poetas de excepción, santos y santas, empresarios eficientes, obreros y trabajadores, quienes han construido el Ecuador actual. Pero los activistas, analistas y los críticos feroces, muchas veces con ideologías dizque sociales, no han procurado que las circunstancias se sometan a ellos. Pierden elecciones populares y culpan a terceros; quieren democracia y no respetan la voluntad del pueblo; exigen carreteras perfectas, seguridad, educación salud gratuita, honradez. Y cuando son gobierno dictan Constituciones nefastas, donde la ley suprema no manda (2008), no fomentan el ahorro fiscal y en su discurso atribuyen sus fracasos al capitalismo y a los Estados Unidos de América, aunque adoren los dólares para llevárselos. Cierto es que hay personas de juicio equilibrado para juzgar los actos gubernamentales, con evidencias, pero no tienen una acción virtuosa, las que parecen son solo en apariencia, pues buscan la gloria, poder y olvidan la justicia y el valor. El expresidente americano Dwight Eisehower (1953 y 1961), comandante supremo aliado en la II Guerra Mundial, decía: “El mundo pertenece a los optimistas; los pesimistas son meros espectadores”. El espectador es una persona que apenas cumple la función de testigo de un hecho sin participar directamente en él. Montaigne en sus “Ensayos” concluye al comentar sobre los bienes y males: “…si los males no penetran en nosotros más que por nuestro juicio, parece que estaría en nuestras manos desdeñarlos o convertirlos en bienes.”

PACO MONCAYO GALLEGOS

pmoncayog@gmail.com

El parque bicentenario

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l Plan Equinoccio XXI, construido con la participación de más de quinientos representantes de los diversos sectores y organizaciones del Distrito Metropolitano de Quito, refería como VISION: “Quito patrimonio de la huma-

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Josué Navarrete Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

OPINIÓN 02

O ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026

EDITORIAL

FRANKLIN BARRIGA LÓPEZ f-barri@uio.satnet.net

Petróleo: campanazo regional

M

ientras Ecuador ha dejado de producir 100.000 barriles diarios de petróleo desde hace una década, Venezuela ha dado un impulso histórico y hoy esa dictadura produce 1,2 millones de barriles diarios. La intervención de Estados Unidos le ha resultado provechosa y se espera que el decadente chavismo incremente su producción a 1,4 millones de barriles diarios hasta finales de 2026. Esto podría significar casi tres veces más que Ecuador, cuya producción diaria hoy roza los 484.000 barriles. Como consecuencia, el presupuesto estatal recibe cada vez menos dinero por el petróleo y no existe otra industria que compense los ingresos petroleros perdidos, pues la minería no termina de arrancar. De hecho, entre enero y junio de 2026, los ingresos petroleros que van al presupuesto sumaron apenas $1.490 millones, menos del 11% del total de los ingresos estatales.

nidad, ordenada, bonita, culta y alegre; productiva, innovadora, ambientalmente saludable, segura, gobernable y democrática; con identidad y autoestima, equitativa y solidaria, destino turístico de primer orden, centro de gestión estratégica nacional y regional; una ciudad productiva, innovadora, sustentable y competitiva que aprovecha sus potencialidades para el bien común”. El corazón del modelo radicaba en la participación ciudadana. Para que el Plan no quede en letra muerta, la Asamblea de

Y sin variaciones en la estructura petrolera y su arquitectura legal, la producción seguirá bajando mientras otros países muestran una tendencia contraria. Si la producción petrolera se elevara a 700.000 barriles diarios, los ingresos podrían aumentar hasta en $3.000 millones anuales; si se acercara a 930.000 barriles diarios, el fisco recibiría cerca de $6.000 millones anuales adicionales. Eso serviría para obras fundamentales que necesita urgentemente el país, desde mejorar la salud hasta construir más vías. El recientemente fallecido especialista petrolero y quien fue articulista de este Diario, René Ortiz, advirtió en su último artículo publicado en LA HORA que, Ecuador debe aprovechar que los ingresos petroleros son la tabla de salvación financiera de un gobierno y del país en momentos críticos como este, en el que atender sectores como la salud y la educación marcaría una real diferencia.

la Ciudad, el Consejo del Plan Estratégico, los observatorios y las veedurías ejercerían un seguimiento riguroso. El Alcalde y el Consejo Metropolitano se encontraban estratégicamente alineados. Así los logros no se hicieron esperar. El 2004, la Unesco condecoró a Quito con la medalla de oro ‘Simón Bolívar’ por su gestión patrimonial; revistas especializadas la ubicaban entre los diez destinos turísticos más importantes del mundo; era la ciudad con menor desempleo, economía más dinámica y una de las más seguras

del país. El modelo de democracia de participación ciudadana permitía una gobernanza dialogante entre la autoridad y la comunidad. Un proyecto fundamental para el DMQ fue la construcción del nuevo aeropuerto. Se debía decidir el destino para el área donde funcionaba la antigua instalación aeroportuaria. La ciudadanía optó por un parque metropolitano, el ‘pulmón de la ciudad’. Como se aproximaba la celebración de los doscientos años del inicio de la ‘Revolución quiteña’, se lo bautizó como ‘Parque

Discursos y adversidad

I

sabel Díaz Ayuso aseveró que la situación que se está viviendo se presenta como “nunca antes vista”, por la magnitud de los incendios que, en estos últimos tiempos, han arrasado en España 130 mil hectáreas y obligado a la evacuación de miles de seres humanos. Por ello, La Presidenta de la Comunidad de Madrid, solicitó la declaratoria de emergencia nacional y, en lo atinente al área de su competencia, aseveró que “se vive en la tormenta perfecta, que agrava los incendios, por el fuerte viento y un calor extremo. Son horas complicadísimas: miles de hectáreas calcinadas que aquí sugieren una catástrofe, por la alta concentración de viviendas y personas”. Frente a lo que está aconteciendo en Iberia, han proliferado peroratas, especialmente de líderes políticos que, en busca de protagonismo, siempre quieren pescar en río revuelto, lo que en este caso sería beneficiarse en tierra arrasada. Díaz Ayuso ha evitado polemizar, para trabajar oportuna y acertadamente como también lo están haciendo los reyes españoles, Don Felipe y Doña Letizia; no obstante, con justa indignación, por desafortunada actitud de un delegado del Gobierno que preside Pedro Sánchez, calificó la carismática ejecutiva madrileña a dicho funcionario de “mamarracho”. Con sensatez, no han faltado voces que han expresado: “Los incendios no se extinguen con discursos, ni solo en verano, se extinguen con políticas a todos los niveles que inviertan en prevención”. En todo tiempo y lugar, para enfrentar situaciones adversas como la referida, urge la solidaridad colectiva, que debe partir de la concentración de voluntades, esfuerzos y recursos. Solamente así, remando todos con autenticidad y en la misma dirección, la nave en la que van los habitantes de un Estado sorteará las tormentas, por más embravecidas que se presenten.

Bicentenario’; se convocó a concurso internacional y triunfó un hermoso proyecto: ‘El Parque del lago’ (que no lo quisieron desarrollar). Adicionalmente, se aprobó que ese sería su destino invariable. El Alcalde anuncia ahora la destrucción de este invaluable patrimonio ambiental y recreacional de los quiteños y afirma que está dispuesto a socializar “con todos los vecinos del parque”. No: ¡El parque pertenece a todo el pueblo quiteño y debe ser consultado antes de cometer esta atrocidad!


COMUNIDAD 03 P ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026

Alanis Asencio se corona como la nueva reina de Esmeraldas

Alanis Asencio fue proclamada Reina de Esmeraldas 2026, junto a la virreina Erika Cortés, en una gala que destacó la cultura y tradición local por las festividades del cantón.

ALANIS Asencio y Erika Cortés son las nuevas soberanas locales.

La ciudad de Esmeraldas presenció la elección de su nueva soberana de belleza en un evento de gala celebrado recientemente. Alanis Asencio fue elegida oficialmente como la nueva Reina de Esmeraldas 2026. En el mismo certamen, la dignidad de Virreina recayó sobre la candidata Erika Cortés. Esta jornada de elección congregó a autoridades locales, familiares y miembros de la ciudadanía esmeraldeña. Ambas dignidades tendrán la encomienda de participar activamente en la promoción del desarrollo cultural, las tradiciones y el potencial turístico de la localidad a lo largo de su periodo de gestión. La ceremonia, que forma parte integral de la agenda oficial de las festividades conmemorativas del cantón, se consolida como uno de los actos con mayor asistencia.

Legado familiar

La designación de la actual soberana adquiere un matiz particular dentro de la trayectoria de los concursos locales, dado que Alanis

Asencio es hija de Mayra Rentería, ciudadana que ostentó el mismo título de Reina de Esmeraldas en años anteriores. Este hecho establece una continuidad familiar en la representación oficial de la ciudad. Tras la formalización de los resultados y la respectiva imposición de las coronas, las nuevas representantes iniciarán un plan de labores enfocado estrictamente en actividades cívicas, proyectos de carácter social y campañas benéficas. Su objetivo principal será desempeñarse como embajadoras de las raíces y la riqueza afroesmeraldeña.

Proyección de trabajo

Durante el desarrollo de la programación, la alcaldesa subrogante del cantón, Laura Yagual, intervino para oficializar el reconocimiento institucional a las ganadoras del certamen. Las autoridades locales han designado a las soberanas la tarea de proyectar los valores ciudadanos y fortalecer la identidad del territorio costero. A partir de su proclamación formal, Asencio

y Cortés liderarán diversas iniciativas de vinculación directa con la comunidad local. De esta manera, asu-

men el compromiso de mantener una presencia activa y constante en los diferentes programas planificados

por la municipalidad para impulsar la proyección positiva de Esmeraldas a nivel nacional.(TS)

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE PALMERAS DE LOS CIEN PALCIEN S.A. De conformidad a lo dispuesto en el Estatuto Social y a la Ley de Compañías Codificada, se convoca a los Señores accionistas de la compañía PALMERAS DE LOS CIEN PALCIEN S.A. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que tendrá lugar el día lunes 17 de agosto del 2026, a las 10:00, la cual se llevará a cabo, de manera presencial en el domicilio de la compañía ubicado en la Vía Malimpia Km 1 ½, sector la Gorgona, Quinindé; y, través de la plataforma zoom, con el objeto de tratar los siguientes puntos del orden del día: 1. DESIGNACIÓN DE GERENTE GENERAL 2. DESIGNACIÓN DE PRESIDENTE El link de acceso para la junta es el siguiente: https://us06web.zoom.us/launch/ jc/85686999932 Atentamente,

ING. PABLO ALBERTO HERNÁNDEZ TINOCO PRESIDENTE Quinindé, 03 de agosto del 2026


04 COMUNIDAD ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026 I

ATLETAS de Esmeraldas ganan medallas de oro y plata en Cuenca.

Jóvenes atletas esmeraldeños triunfan en pista Jefferson Pérez La delegación de Esmeraldas sumó destacadas medallas de oro y plata en las pruebas de atletismo de los XIII Juegos Nacionales Prejuveniles Azuay 2026 desarrollados en Cuenca.

La provincia de Esmeraldas registró un inicio significativo en las competencias de atletismo correspondientes a la décimo tercera edición de los Juegos Deportivos Nacionales Prejuveniles “Azuay 2026”. Las actividades oficiales de esta disciplina se llevan a cabo en las instalaciones de la pista atlética Jefferson Pérez Quezada, un escenario homologado ubicado dentro del Parque Miraflores en la ciudad de Cuenca. Durante el arranque de las jornadas competitivas, la delegación esmeraldeña logró establecer un rendimiento que la posiciona entre las representaciones provinciales más destacadas del certamen. Este evento deportivo agru-

pa a los deportistas juveniles de mayor proyección en el territorio nacional, quienes buscan registrar marcas clasificatorias y sumar puntos en la tabla general para sus respectivas jurisdicciones. La incursión del equipo de Esmeraldas en esta primera fase de competencias se tradujo en la consecución de una considerable cantidad de medallas, abarcando logros en diversas especialidades de pista, modalidades de salto y pruebas múltiples, lo cual refleja la preparación integral desarrollada durante los ciclos de entrenamiento previos a esta cita deportiva.

Medallas obtenidas en pruebas de velocidad

En el desarrollo de las pruebas de velocidad y vallas, los representantes esmeraldeños consiguieron sumar preseas fundamentales para el medallero provincial. La atleta Alexandra Antonella Segura Quintero demostró su dominio técnico al obtener el primer lugar en la carrera de los 100 metros con vallas, alcanzando la medalla de oro con un tiempo oficial de 14.34 segundos. En la categoría de velocidad pura, Dylan Joel Arroyo Quiñonez se adjudicó la medalla de plata en los 100 metros planos, cruzando la línea de meta con un registro de 10.93 segundos. Las modalidades de conjunto también generaron resultados favorables. El

equipo femenino de relevos, estructurado por Alexandra Segura, Danna Cortez, Nicole Montaño y Leslie Yugcha, aseguró la medalla de plata en la posta de 4x100 metros, estableciendo una marca de 49.10 segundos. De manera paralela, la cuarteta masculina, conformada por Christopher Ortiz, Dylan Arroyo, Jeremy Loor y Jhon Piero Lugo, obtuvo el segundo lugar en la misma prueba de relevos con un tiempo oficial de 43.33 segundos.

Triunfos en saltos

El éxito de la delegación se consolidó con los resultados obtenidos en las pruebas de campo y las disciplinas

combinadas, áreas donde Esmeraldas sumó nuevas preseas doradas a su clasificación general. Alexandra Antonella Segura Quintero amplió su palmarés individual al ganar una segunda medalla de oro, esta vez en la modalidad de salto triple, tras registrar una marca de 11 metros con 86 centímetros. Adicionalmente, el atleta Christopher Ortiz se consagró en el primer lugar de la prueba de salto largo, consiguiendo la medalla de oro con una distancia oficial de 6.43 metros. El cierre de esta destacada actuación estuvo marcado por la participación de Ronny Angulo, quien dominó las diez pruebas del decatlón para llevarse la presea dorada con un puntaje acumulado de 4.787 puntos. Estos logros son el reflejo del trabajo formativo, la disciplina deportiva y el acompañamiento metodológico brindado por la Federación Deportiva Provincial de Esmeraldas y su equipo técnico, consolidando el proceso de los nuevos talentos atléticos de la región.


05 SOCIEDAD ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026 I

Incendio afecta estación de bombeo de Petroecuador en Quinindé Un incendio afectó la estación de bombeo 10 de Petroecuador en Quinindé, Esmeraldas, dañando una turbina. Bomberos controlaron la emergencia sin registrar víctimas ni heridos. Un incendio de proporciones considerables interrumpió las operaciones habituales en la estación de bombeo número 10, instalación perteneciente a la empresa estatal Petroecuador, ubicada en el sector de Cupa, jurisdicción del cantón Quinindé, en la provincia de Esmeraldas. El flagelo, registrado durante la jornada de este viernes, se originó de manera específica en el área técnica donde operan los motores y la infraestructura utilizada para el bombeo de crudo y sus respectivos derivados hidrocarburíferos. Dada la naturaleza volátil del material presente en las instalaciones industriales, las llamas se propagaron con gran rapidez por el lugar, situación que obligó a una inmediata articulación

operativa de los diversos organismos de socorro tanto locales como nacionales. Para atender esta contingencia, el Cuerpo de Bomberos de Quinindé movilizó un contingente conformado por trece efectivos operativos, quienes acudieron al perímetro afectado con el soporte logístico de dos vehículos tipo autobomba y un camión tanquero de abastecimiento hídrico. A estas labores de primera línea de intervención se sumó, de manera coordinada, el personal técnico y de seguridad de la propia empresa Petroecuador, así como miembros especializados del Cuerpo de Ingenieros del Ejército Ecuatoriano, quienes brindaron soporte logístico y estratégico para evitar que la con-

Mujer dispara durante allanamiento donde el Ministro del Interior se encontraba Durante el desarrollo de un operativo antinarcóticos ejecutado en la provincia de Esmeraldas, el ministro del Interior de Ecuador, John Reimberg, fue objeto de disparos al momento de ingresar a una vivienda. La acción de seguridad, que contó con el despliegue de equipos tácticos de la Policía Nacional y delegados de la Fiscalía General del Estado, tenía como objetivo la captura de los integrantes de una presunta organización criminal. Al momento de la incursión oficial en el domicilio principal de la investigada, una ciudadana recibió a los agentes realizando detonaciones con un arma de fuego. El titular de la cartera de Estado resultó ileso tras el incidente. La mujer detenida justificó su accionar argumentando que,

debido a la situación de inseguridad, confundió el procedimiento legal con un intento de robo a su propiedad, señalando además que el arma utilizada no le pertenecía. Las autoridades le informaron sobre las implicaciones penales que conlleva la tenencia y el uso no autorizado de armamento, independientemente de las acusaciones previas que existen en su contra.

Red de tráfico internacional

Este allanamiento formó parte de una intervención de carácter nacional dirigida a desmantelar una red dedicada al narcotráfico y al tráfico ilegal de combustibles. Las operaciones se ejecutaron de manera simultánea en las provin-

flagración se extendiera hacia otras áreas críticas de la planta.

Daños materiales registrados en la infraestructura

Tras la oportuna intervención de los equipos de emergencia, los reportes técnicos preliminares emitidos por los organismos de socorro detallaron las afectaciones materiales sufridas en la instalación. Las fuertes llamas impactaron de manera directa a una de las turbinas que conforman el sistema principal de bombeo de la estación petrolera. Asimismo, la exposición prolongada a las altas temperaturas provocó daños estructurales significativos en el armazón metálico que soporta los equipos técnicos cias de Esmeraldas, Manabí y Tungurahua. Como resultado de estas acciones coordinadas, las fuerzas del orden lograron la detención de diez personas. Entre los capturados se encuentra la presunta líder de la estructura, identificada como Patricia Espinoza, además de dos de sus familiares, quienes presuntamente coordinaban la logística operativa del grupo. Las investigaciones, que se extendieron por un periodo de diecisiete meses, determinaron que esta organización operaba en localidades como Esmeraldas, Atacames, Muisne, Manta y Ambato. Su principal actividad ilícita consistía en el acopio y envío de sustancias estupefacientes desde las zonas costeras, así como en el abastecimiento de combustible, logística y seguridad para embarcaciones destinadas al tráfico internacional de drogas. Dentro del grupo de aprehendidos tam-

y causó el colapso de gran parte del techado de zinc diseñado para la protección climática de la maquinaria pesada. Para lograr la contención y la extinción total del fuego, el personal de bomberos y los equipos de seguridad industrial emplearon agentes extintores especializados, priorizando el uso de espuma química y la activación de cañones contra incendios, tácticas operativas que resultan estrictamente necesarias para sofocar de manera segura llamas alimentadas por materiales derivados del petróleo. Los trabajos de contención, control y liquidación definitiva del incendio se prolongaron por un lapso de aproximadamente tres horas ininterrumpidas. Tras la culminación de los protocolos de enfriamiento, los organismos oficiales confirmaron que no se registraron personas heridas ni víctimas fatales a causa de este incidente.

Pronunciamientos

Hasta el cierre de los reportes preliminares, la empresa pública Petroecuador no ha emitido un comunicado oficial detallando las causas técnicas específicas que desencadenaron este siniestro estructural en sus instalabién se identificó a un agente policial en servicio activo, investigado por su supuesta colaboración con la red criminal.

Pronunciamiento gubernamental

Tras los resultados de este operativo, considerado uno de los golpes más relevantes contra las estructuras delictivas en el país durante los últimos meses, las máximas autoridades gubernamentales ratificaron su postura institucional frente a la criminalidad. El presidente de la República, Daniel Noboa, enfatizó que la actual estrategia de seguridad del Estado se enfoca de manera exclusiva en la persecución y desarticulación de grupos criminales, descartando cualquier tipo de motivaciones de índole política en las diversas acciones judiciales y policiales ejecutadas recientemente. El Gobierno nacional

ciones. De igual manera, las autoridades administrativas de la compañía aún no han proporcionado cifras o estimaciones exactas sobre el monto de las pérdidas económicas generadas por los daños sufridos en los equipos. Tampoco se ha especificado públicamente el nivel de impacto real que esta paralización tendrá sobre la operatividad general de la estación número 10 o sobre el flujo normal en las líneas de transporte de crudo y combustibles líquidos a nivel nacional. Por su parte, el Frente de Defensa Petrolero Ecuatoriano, a través de sus canales de difusión, ratificó que el origen del fuego se situó en una de las turbinas ubicada dentro del área de máquinas de la planta. Esta organización destacó la efectiva y pronta intervención conjunta entre el cuerpo de bomberos local y el personal de Petroecuador altamente capacitado en contingencias industriales. Esta articulación de esfuerzos, según manifestaron, resultó ser el factor determinante para extinguir el flagelo en su totalidad y lograr prevenir un desastre de magnitud mucho mayor en el sistema de transporte de hidrocarburos del país.(DLH) subrayó la necesidad urgente de enfrentar con determinación a las organizaciones ilegales que combinan delitos de gran magnitud, como el narcotráfico y el tráfico de combustibles, con casos de corrupción que permean los niveles institucionales del Estado. Por su parte, la directiva del Ministerio del Interior destacó la importancia fundamental del trabajo conjunto y la coordinación interinstitucional mantenida con la Fiscalía General del Estado para alcanzar el éxito en estas intervenciones. Las autoridades reiteraron que las investigaciones de este caso en particular permanecen abiertas, con el propósito de establecer el alcance total de la red desmantelada e identificar posibles nexos operativos o financieros de los diez detenidos con otras agrupaciones delictivas de carácter transnacional que operan en la región.(DLH)


Operativo en Rioverde deja un detenido por venta de municiones La Policía Nacional intervino un inmueble en Rioverde, Esmeraldas, presuntamente usado para el tráfico ilícito de municiones. Un sujeto fue aprehendido con cartuchos y pólvora. La Policía Nacional del Ecuador ejecutó una intervención táctica en un inmueble ubicado en el cantón Rioverde, perteneciente a la provincia de Esmeraldas. La acción legal, desarrollada este 2 de agosto de 2026, se estructuró bajo los lineamientos de la denominada Estrategia Operacional 3D, un plan

institucional enfocado en la neutralización de actividades ilícitas territoriales. Las indagaciones preliminares determinaron que la propiedad era presuntamente utilizada como un centro clandestino para el almacenamiento y la posterior comercialización de material balístico y explosivo de origen no justificado.

Sujetos disparan contra pizzería La noche de este sábado, 1 de agosto de 2026, se registró el homicidio de un ciudadano identificado como Rubén Rosero, de aproximadamente 35 años de edad. El hecho violento ocurrió mientras la víctima transitaba por la calle Sucre, en las inmediaciones del mercado central y cerca de las instalaciones de la unidad educativa Eloy Alfaro, en la ciudad de Esmeraldas. De acuerdo con los reportes oficiales, sujetos armados interceptaron al hombre y efectuaron disparos en su contra para posteriormente huir con rumbo desconocido. El afectado, quien residía en el barrio Bellavista Norte, fue trasladado de emergencia hacia el Centro de Salud Tipo C Las Palmas. En di-

cha dependencia, el personal médico de turno únicamente pudo confirmar su deceso como consecuencia de los impactos de bala.

Ataque contra un local comercial en el sector de San Rafael

Minutos más tarde, la alerta de un segundo hecho delictivo movilizó a las autoridades hacia el sector de San Rafael. Individuos arribaron a un establecimiento comercial dedicado a la venta de pizzas, donde dejaron una nota escrita y procedieron a disparar hacia el interior del local. Como resultado de este atentado, un cliente que se encontraba en el sitio junto a su familia resultó herido.

POLICIAL 06 P ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026

OPERATIVO en Rioverde deja un detenido por venta de municiones.

Aprehensión de sospechoso vinculado a grupos delictivos

Como resultado directo del allanamiento, los efectivos policiales lograron la aprehensión en flagrancia de un ciudadano identificado como Adolfo F., conocido en el sector con el alias de Figo. Los reportes oficiales de las unidades de inteligencia señalan que el procesado estaría presuntamente involucrado en la figura penal de tráfico ilícito de armas de fuego, municiones y explosivos. Según la información recabada por las autoridades competentes,

el individuo desempeñaría un rol logístico específico, presuntamente encargado del abastecimiento de municiones destinadas a proveer a diversas estructuras delictivas que mantienen operaciones en la jurisdicción de Rioverde y sus alrededores.

Indicios recolectados

Durante la inspección minuciosa del lugar, los agentes investigadores encontraron múltiples elementos probatorios. El registro del inmueble arrojó la incautación de 50 cartuchos sin percutir, dos dispositivos móviles de

comunicación, 160 dólares en dinero en efectivo y cuatro vainas percutidas. Adicionalmente, el personal policial decomisó cuatro recipientes que contenían una sustancia química con características similares a la pólvora. Tras finalizar el operativo, todos los indicios materiales fueron fijados, embalados y sometidos a la respectiva cadena de custodia para ser ingresados a los centros de acopio judicial. El sospechoso fue puesto a disposición de las autoridades competentes para resolver su situación jurídica.(DLH)

El ciudadano sufrió el roce de un proyectil a la altura del mentón, reportándose su estado de salud actual como estable. Durante las detonaciones, varios menores de edad se encontraban dentro del establecimiento, quienes resultaron ilesos ante la situación.

Procedimiento policial e inicio de investigaciones

Ante la ocurrencia de ambos sucesos durante la misma noche, las unidades de la Policía Nacional se desplegaron hacia los dos sitios para acordonar las escenas y asegurar el perímetro. Los agentes especializados de criminalística procedieron con el levantamiento de los indicios balísticos y la recopilación de elementos probatorios. Las autoridades han dado inicio a las investigaciones

HOMBRE fallece tras ataque armado en la calle Sucre de Esmeraldas.

formales correspondientes con el objetivo de identificar a los autores materiales de estos ataques y determinar

los factores o posibles nexos detrás de ambos hechos registrados en la capital provincial.(DLH)


POLÍTICA 07 P ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026

Cpccs: los efectos de mantener su función nominadora El presidente Daniel Noboa dio un paso atrás sobre la consulta popular para quitarle la función nominadora al Cpccs. Esta institución seguirá designando autoridades. Analistas políticos evalúan los motivos y las consecuencias. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) conservará su función de designación de autoridades a través de procesos públicos. El presidente Daniel Noboa retrocedió en su intención de consultar al país si quiere que esa función se traslade o no a la Asamblea Nacional. ¿Qué puede pasar ahora? “No, en estas elecciones no”, respondió el presidente el 31 de julio de 2026 durante una entrevista radial sobre si incluirá la pregunta de consulta popular para las elecciones del 29 de noviembre de 2026. Enrique Herrería, secretario jurídico de la Presidencia, comentó a inicios de julio que el Ejecutivo tiene hasta el 30 de septiembre para enviar al CNE su pedido para incluir la pregunta en las elecciones de noviembre. Pero eso queda descartado con la declaración de Noboa. La decisión de Daniel Noboa genera algunas hipótesis El mandatario no reveló el porqué decidió no convocar a consulta popular por el Cpccs en este año, sin embargo, la politóloga Sofía Cordero tiene ciertas hipótesis. “Una razón puede ser que los números no le están favoreciendo (al Gobierno) y siente que la pregunta puede no ser aprobada (en las urnas), si es que realmente tiene el interés de quitar la función al Cpccs. Porque hacer esa pregunta y no estar seguro de que van a ganar es un riesgo muy grande”, evalúa. Pero observa otro posible motivo: “Que el Ejecutivo ya no vea tan beneficioso quitar la función al Cpccs y más bien quiera seguir controlando desde ahí toda la nominación de autoridades de control”. Para Cordero, la postura

Las autoridades del Cpccs serán renovadas en las elecciones de noviembre de 2026. (Foto: API).

de Noboa tiene una consecuencia inmediata: “La consecuencia es que se aplaza otra vez la posibilidad de quitarle la función al Cpccs. Y digo otra vez porque han sido varios los intentos de eliminar al Cpccs o por lo menos existe la voluntad, desde varios sectores sociales, de que se lo elimine porque es manipulado desde las fuerzas políticas y desde los Ejecutivos”. Aplazar esa decisión, según la experta, es continuar “con esta inercia institucional, esta incapacidad de realizar los concursos de manera transparente, me parece terrible como consecuencia”. ¿Cuáles serían los efectos de que el Cpccs mantenga su función nominadora? Además de la consecuencia anotada por Cordero, se suman otros posibles efectos. Luis Verdesoto, PhD en Ciencias Sociales y analista político, estima que el Gobierno habrá calculado que “su desprestigio podría arrastrar a que la pregunta

sea rechazada por la sociedad con el repudio al Gobierno”. Desde esa perspectiva, señala que la decisión de Noboa “es una postergación sensata”. Verdesoto dice que si la intención del Ejecutivo es sostener la capacidad nominadora del Cpccs, “con una

EL DATO El concurso para designar a la principal autoridad de la Fiscalía General del Estado se encuentra en la fase de impugnación ciudadana. La aprobación de la gestión del presidente Noboa bajó del 26% al 21%, según una encuesta de julio de 2026 del Centro de Investigaciones y Estudios Especializados.

capacidad de influencia del Gobierno”, habría un efecto y observa que hay cierto objetivo del Gobierno: “Quiere conservar la cooptación institucional que tiene sobre el Cpccs y no le importa la decisión que tomen los ecuatorianos”. Para Verdesoto, sin la consulta popular existe una ventaja: “El Gobierno es quien finalmente termina ganando porque mantiene su hegemonía y su influencia dentro del Cpccs”. Las siete autoridades del Cpccs serán renovadas en noviembre de este año. “Ahí está el quid de la cuestión. ¿Quiénes van a ser electos en el Cpccs? Lo más probable es que haya un fracaso al tener miembros con bajísimos niveles electorales y que el Gobierno se mueva en torno a la cooptación de esas personas que serán electas”. Todos los miembros actuales del Cpccs le han apostado a la reelección. Verdesoto avizora que dos actores políticos harán maniobras para influir.

“Lo que tratarán de hacer es lo mismo que han tratado de hacer en la correlación entre Revolución Ciudadana y el Gobierno (ADN). Es decir, tratarán de tener la mayoría del Cpccs, a través de métodos indirectos para influir en los votos”, refiere. Pone de ejemplo el caso de la Liga Azul. ¿Por qué es diferente mezclar una consulta popular con una elección general que con una seccional? Francis Romero, director de Click Report y analista político, hace una diferenciación sobre cuándo una consulta popular puede convertirse en un medidor de la aprobación o rechazo de un mandatario. “El mezclar la consulta popular con el próximo proceso electoral es diferente de evaluar la gestión del presidente. ¿Por qué es diferente? Porque la gente va a elegir al representante más cercano en estas elecciones seccionales. El voto por el candidato a la alcaldía, principalmente, que es el referente en los cantones”, explica. En ese contexto, subraya que “la pelea ya no es nacional”, por lo que una consulta popular no habría significado un resultado a favor o en contra de Noboa porque él no es un candidato, a diferencia de cuando se combina un referéndum con una elección general (elección de presidente, vicepresidente y asambleístas). Romero tiene una hipótesis: “Creo que la decisión del presidente (de no convocar a consulta) es más para despolitizar directamente la gestión que él tiene del próximo proceso electoral y hacer que la ciudadanía se concentre en elegir a los mejores candidatos para solucionar los problemas de los cantones”. Señala que no era conveniente convocar a una consulta popular en un proceso de elecciones locales. “Incluir eso es hacer una pelea nacional”. Click Report espera que haya un registro de candidatos fijos para aplicar una encuesta nacional. La fase para la inscripción de candidaturas inició el 2 de agosto de 2026. (KSQ)


SEGURIDAD 08

El caso Progen investiga una presunta trama de peculado. En agosto se cumple el tiempo de instrucción fiscal en el caso. Byron Orozco habló que Progen llegó primero a Loja.

Audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio en el caso Progen (Foto: DLH )

El caso Progen entra en la recta final, luego de que el 22 de mayo de 2026, se dictara prisión preventiva para 19 procesados y otorgara medidas cautelares para otros dos. Desde entonces, se contabilizan 90 días en instrucción fiscal y solo si vincularan a más personas se extendería hasta 120 días. Sin embargo, de acuerdo con el desarrollo de esta fase terminaría el 20 de agosto de 2026. ¿Qué ha ocurrido durante la instrucción fiscal del caso Progen? Dentro de la instrucción fiscal se han llamado a rendir versión a varias personas. Entre los más destacados están: Celso Sánchez, quien el 10 de junio de 2026 rindió su versión ampliada. El 8 de julio de 2026, el ministro Roberto Luque acudió a Fiscalía, pero no dio mayor información, se acogió al derecho al silencio y no contestó preguntas. Dos de los cuatro técnicos de la Comisión de Estudio de Mercado también ya han rendido su versión ampliada, ellos son: Romel Llumiquinga y Marcos Poma. Los funcionarios recordaron las presiones que recibieron. Los otros dos técnicos: Marcos Chicaiza está convocado para el 3 de agosto, y para el 12 de agosto

rendirá su versión ampliada Javier Lasluiza. Byron Orozco, exgerente de Termopichincha, fue señalado por ejercer presiones en Progen Byron Orozco es uno de los 21 procesados. Él era el gerente de Termopichincha y ha sido señalado por otros funcionarios de haber ejercido presuntas presiones para la contratación con Progen. Orozco indicó que los técnicos de la Comisión de Estudio de Mercado “son inocentes”. Y recalcó que de su parte no hubo amenazas, sino que las presiones eran por los apagones que se daban en esa época. El 23 de junio de 2026, Orozco rindió su ampliación de su versión. Esta se extendió por más de ocho horas hasta la medianoche del 24 de junio. Sin embargo, la versión del exfuncionario aún no ha terminado. LA HORA conoció la fecha fijada para que continúe con la diligencia es el 13 de agosto de 2026. El exgerente de Termopichincha aseguró que el inicio de Progen fue Catamayo Byron Orozco dijo que ratificaba su versión y que iba a brindar detalles de hechos relevantes para la investigación. Dijo que durante la declaratoria de emergencia

abarcó la ejecución de seis contratos de emergencia. Dos de estos fueron soluciones de generación mediante barcazas y cuatro proyectos de generación térmica en tierra que corresponden a los proyectos Catamayo, ATM de Esmeraldas, Salitral y Quevedo; con coincidencias en las etapas preparatorias pese a que fueron desarrolladas por diferentes funcionarios y comisiones técnicas. Orozco señaló que la primera aparición de Progen con ofertas de soluciones de generación en tierra correspondió al proceso de repotenciación de Catamayo, en Loja. Y destacó que esa central es administrada por la Empresa Eléctrica Regional del Sur (Eerssa) y que no forma parte de Celec EP, y es controlada y regulada directamente por el Ministerio de Energía y Minas. Según su versión, en diciembre de 2023 se habría dado la primera reunión entre Progen y directivos de Eerssa, meses antes de que existieran declaratorias de emergencia. Indicó que el 6 de enero de 2024, en esa etapa, la empresa All Energy, propiedad de Juan Pablo Burgos, presentó la propuesta formal por $19,8 millones para instalar los equipos de marca Progen, modelo Titán.

de Celec, desde donde se habría tomado contacto con el Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Defensa para que proporcione la seguridad a quienes trabajaban dentro de los proyectos de emergencia. Dijo que el 26 de septiembre del 2024, Paúl Flores le indicó que el 25 de septiembre habría sido amenazado de muerte con una nota que le habían dejado en su cafetería. Por lo que Orozco habría dispuesto parte del equipo de seguridad de Termopichincha para Flores. También indicó que el 27 de septiembre del 2024 le informaron que Celso Sánchez, no se había presentado a su trabajo y por lo ocurrido con Flores se dispuso ubicarlo con la Policía y al encontrar a Sánchez no recordaba lo que le había sucedido. El 1 de octubre del 2024 informó sobre su estado de salud y señaló que tenía absoluto reposo por lo ocurrido. “Es importante señalar que estos hechos (las presuntas amenazas) se ejecutan entre el 25 y 27 de septiembre del 2024, posteriores a la visita en Estados Unidos y no corresponden a una actuación personal de amedrentamiento o amenaza dirigida por mi persona o algún funcionario de Termopichincha”, aseguró Orozco. Indicó que esos hechos obedecerían a actividades delictivas a quienes estaban frente de la Unidad de negocio. (DLH)

Y, el 30 de enero de 2024, John Manning, CEO de Progen, remitió una carta de representación a All Energy para realizar asuntos comerciales con Celec. Aseguró que esta información es relevante porque en ese momento aún no existían los procesos de contratación para Quevedo y Salitral. El exgerente de Termopichincha indicó que en Catamayo se desarrolló una hoja de ruta similar a la que posteriormente se ejecutó en Quevedo y Salitral. Orozco habla de atentados y amenazas Byron Orozco detalló que, una vez suscritos los contratos para Quevedo y Salitral, en el plazo contractual, se designaron administradores de control. Para el proyecto Salitral fue el ingeniero Luis Ugsha y para el proyecto Quevedo, el ingeniero Ángel Benalcázar. En el caso de Quevedo, Benalcázar habría sufrido un atentado producto de una aparente extorsión, y se le habría brindado el acompañamiento para que presente la denuncia en la Fiscalía. Tras ese amedrentamiento, Benalcázar dejó la administración del contrato. Luego se nombró a otro ingeniero a quien de forma similar amenazaron telefónicamente y a quién también habrían apoyado, según la versión de Orozco. Y se habría notificado a la gerencia

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DEL CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO DEDICADO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE PROFESIONAL “MINEROS SPORTING CLUB” De conformidad a lo establecido en la REGLAMENTO GENERAL LEY DEL DEPORTE, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN en sus Arts. 16 y 17, el Estatuto del Club se convoca con carácter obligatorio a todos los socios y miembros del CLUB DEPORTIVO ESPECIALIZADO DEDICADO A LA PRÁCTICA DEL DEPORTE PROFESIONAL “MINEROS SPORTING CLUB”, a la Asamblea General de Elecciones a realizarse el día 22 de agosto de 2026, a las 11h00 en el cantón Las Naves, provincia de Bolívar, en la sede del CLUB, ubicado en el barrio Miraflores, calle Simón Bochain Rachid y Juan Bonilla, de forma presencial. Para tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum; 2. Elección de la Directiva del Club.

Dado en Las Naves, el 3 de agosto de 2026. Atentamente,

Freddy David Salazar Molina Presidente Mineros Sporting Club

001-005-0761

Caso Progen: exgerente de Termopichincha dice que todo empezó en Loja

P ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026


09 ECONOMÍA ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026 I

Ecuador produce 100.000 barriles de crudo diarios menos que hace una década 1 El país todavía cuenta con reservas, campos estratégicos y experiencia petrolera, pero enfrenta un desafío urgente: atraer inversión, modernizar oleoductos y refinerías y recuperar el rendimiento de los yacimientos maduros.

Hubo un tiempo en que el petróleo era sinónimo de bonanza para Ecuador. Los barriles que salían de la Amazonía financiaban carreteras, escuelas, hospitales y buena parte del presupuesto estatal. Hoy el país sigue siendo un productor relevante en América Latina, pero produce alrededor de 100.000 barriles diarios menos que hace una década y enfrenta una pregunta incómoda: ¿cómo recuperar una industria que todavía sostiene una parte importante de la economía? La respuesta que se repite entre ingenieros, economistas y especialistas del sector no apunta a un solo proyecto milagroso. Hablan de un cambio de estrategia: invertir más, modernizar campos maduros, proteger los oleoductos, fortalecer las refinerías y ofrecer seguridad jurídica para que llegue capital privado. Sin eso, advierten, Ecuador seguirá perdiendo producción año tras año. Dejar de perder barriles es el reto Actualmente, Ecuador produce 463.883 barriles diarios de petróleo. Petroecuador

CRUDO. El sector petrolero ecuatoriano necesita un plan amplio para producir.

aporta cerca del 79% de ese volumen y las empresas privadas el resto. Entre enero y junio de 2026, los ingresos petroleros para el Presupuesto General del Estado (PGE) sumaron apenas $1.490 millones, menos del 11% de los ingresos estatales. En otras palabras, el petróleo sigue siendo importante, pero ya no alcanza para sostener el peso fiscal que tuvo durante décadas. El dato que más preocupa a los especialistas es otro: muchos de los principales yacimientos ecuatorianos son campos maduros, es decir,

CONVOCATORIA PARA LA ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES DE LA LIGA DEPORTIVA CANTONAL DE ECHEANDÍA Echeandía, 03 de agosto de 2026 De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y su Reglamento General vigente, y el Estatuto de Liga Deportiva Cantonal de Echeandía se convoca a los señores presidentes de los clubes Deportivos Especializados Formativos pertenecientes al Cantón Echeandía, a la Asamblea General de Elecciones que se celebrará en la oficina de Liga ubicada en la calle Ramón Ulloa y Genaro Viscarra, que se llevara a cabo el día martes 24 de agosto del año 2026 a las 17h00, a fin de tratar el siguiente orden del día: 1. Constatación del quórum. 2. Elección del directorio para el período 2026-2030. 3. Posesión del nuevo directorio. De no contar con el quórum respectivo a la hora señalada, se esperará una hora, de persistir esta situación se realizará la Asamblea con los Miembros presentes. Srta. Karina Aldaz Palma PRESIDENTA

Sr. Manuel Pilamunga SECRETARIO

llevan décadas en producción y de forma natural extraen cada vez menos petróleo. Si no se perforan nuevos pozos, no se reacondicionan los existentes y no se aplican técnicas de recuperación secundaria y mejorada, la producción cae incluso aunque no ocurra ningún accidente. El ingeniero en petróleos Roberto R. Carrillo sostiene que el mayor obstáculo para recuperar la producción no es la falta de petróleo, sino la falta de infraestructura. “Toda esa infraestructura toma su tiempo planificarla y desarrollarla, como estudios sísmicos, estudios de reservorios, diseños de ingeniería, tomando en consideración que existan todos los permisos ambientales, legales y el presupuesto disponible para ejecutarlas”, explica. A su juicio, sin nuevas inversiones en oleoductos, plataformas, sistemas de bombeo y procesamiento, cualquier intento de aumentar significativamente la producción seguirá siendo limitado. Ruta para revitalizar el sector Los expertos consultados coinciden en que Ecuador

todavía tiene petróleo, experiencia técnica e infraestructura estratégica. El desafío es transformar esos activos en producción sostenible. Invertir en los campos que ya existen. La forma más rápida de recuperar barriles no necesariamente es descubrir un nuevo yacimiento. También es aumentar el rendimiento de los campos maduros mediante perforaciones adicionales, reacondicionamiento de pozos e inyección de agua o gas para mantener la presión de los reservorios. Petroecuador ya anunció una campaña con 36 nuevos pozos y la reactivación de alrededor de 100 pozos existentes, respaldada por una inversión cercana a $632 millones de dólares. El objetivo es elevar la producción estatal por encima de 381.000 barriles diarios. El economista Pablo López considera que esa estrategia puede generar resultados, pero advierte que su éxito dependerá de condiciones más profundas. “La trayectoria de largo plazo de la industria petrolera ecuatoriana dependerá de la capacidad del Gobierno para estabilizar la infraestructura clave y ofrecer un entorno regulatorio más predecible”, señala. Blindar los oleoductos. Extraer petróleo sirve de poco si no puede transportarse. El SOTE y el OCP son las arterias que conectan la Amazonía con los puertos de exportación, pero ambos han quedado expuestos a la erosión del río Coca y a otros eventos naturales que ya provocaron interrupciones productivas. Petroecuador destina millones a un bypass permanente para proteger el SOTE, aunque el proyecto todavía está en desarrollo. Para el ingeniero de reservorios Alberto Vegas, la lección es clara: “La competitividad energética depende tanto de los recursos disponibles como de la resiliencia de la infraestructura que los conecta con los mercados”. En su criterio, fortalecer esa infraestructura será determinante para la estabilidad futura del sector. Atraer inversión privada con reglas claras. Uno de los mensajes más repetidos entre los especialistas es que Ecuador no

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tiene suficiente capacidad financiera para sostener por sí solo una expansión importante de la producción. Por eso varios analistas proponen ampliar los contratos de participación, asociaciones público-privadas, rondas de licitación transparentes y mecanismos competitivos como un Swiss Challenge para campos estratégicos como Sacha. El economista Alberto Acosta Burneo sostiene que el problema es estructural. “La solución a Petroecuador no está en cambiar a las personas, sino en transformar Petroecuador antes de que nos deje sin petróleo”, afirma al plantear convertir a la empresa estatal en una compañía moderna, con estándares internacionales y mayor participación de inversión privada. En la misma línea, el exviceministro de Economía Juan Carlos Alarcón Galarza resume el principal obstáculo institucional: “La inversión no llega porque el sistema no está diseñado para recibirla”. Agrega que el país necesita decisiones más rápidas y estructuras capaces de atraer capital hacia el sector energético. Sacha, el termómetro del futuro petrolero del Ecuador. Si existe un campo capaz de simbolizar el futuro inmediato del sector, ese es Sacha. Produce petróleo desde 1972 y todavía es considerado la joya de la corona de la industria ecuatoriana. La propuesta analizada para su modernización en 2025 contemplaba inversiones por más de $1.700 millones, una prima de entrada de $1.500 millones y la posibilidad de elevar su producción por encima de 100.000 barriles diarios. El empresario petrolero Nelson Baldeón sostiene que el país debería optar por un proceso competitivo. “La propuesta de 2025 no debe verse como el contrato definitivo, sino como el estándar mínimo que cualquier nuevo oferente deberá superar”, afirma. A su juicio, el objetivo debe ser obtener “la mayor prima efectiva, la mayor inversión comprobable, la mayor producción sostenible y la mayor renta petrolera posible para el Estado”. (JS)

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GLOBAL 10

P ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026

Lula va por la reelección y lidera las encuestas en Brasil

Juicio No. 15301-2024-01045 UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, martes 28 de julio del 2026, a las 09h45.

EXTRACTO CITACION JUDICIAL

El Partido de los Trabajadores respaldó la candidatura de Luiz Inácio Lula da Silva para buscar un cuarto mandato presidencial en las elecciones de octubre, donde parte como favorito frente al senador Flávio Bolsonaro, según las últimas encuestas.

A: ORTIZ CALDERÓN SUSANA GUADALUPE

ACTOR: ALVARADO TAPUY ROSA LUCIA, TANGUILA AGUINDA JAMES ALCIDES

DEMANDADO: ORTIZ CALDERÓN SUSANA GUADALUPE, LUIS FABIÁN ORTIZ HUACA

El presidente de Brasil, Luiz Inacio Lula da Silva, ya tiene el beneplácito de su Partido de los Trabajadores para perseguir la reelección a un cuarto mandato en las elecciones del 4 de octubre de 2026 tras la culminación este domingo del gran congreso de la formación celebrado en Sao Paulo. Da Silva comparecerá como bastión de la izquierda latinoamericana frente a nuevos exponentes de la derecha como el presidente electo colombiano, Abelardo De la Espriella y su representante

JUICIO: MONITORIO

ASUNTO: DOCUMENTOS ART. 356 NUM. 1

CAUSA NO.- 15301-2024-01045

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, miércoles 9 de octubre del 2024, a las 14h57. VISTOS: Avoco conocimiento, Abg. Erika Paola Kuasquer Peñafiel, en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Tena-Napo, nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1450-DNTH2023 - AL de fecha 17 de mayo del 2023, en virtud del sorteo realizado. Agréguese el escrito presentado por la parte actora, en lo principal: PRIMERO: CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA. - La demanda que antecede cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante procedimiento MONITORIO. SEGUNDO: Se concede a la parte demandada el término de QUINCE DÍAS a partir de la citación para que cumpla con lo siguiente: 1) Conforme el Art. 358 inciso primero del COGEP, por haber presentado documentación que justifica la obligación, la demandada pague el valor reclamado que asciende a USD. 6.000,00 (SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA con 00/100) que corresponde al capital reclamado. En relación a los intereses, para el caso de oposición se estará a lo dispuesto por el Art. 360 del COGEP.- 2) De acuerdo con el Art. 359 del COGEP, el demandado conteste la demanda y formule excepciones de las que se crea asistido y anuncie sus pruebas, en concordancia con los Arts. 142, 143, 151, 152, 153 y más pertinentes ibídem.- TERCERO.- Se le PREVIENE A LA PARTE DEMANDADA que de no comparecer dentro del término concedido, o si lo hace sin manifestar oposición, este auto interlocutorio quedará en firme, tendrá efecto de cosa juzgada y se procederá a la ejecución, de acuerdo con el inciso tercero del mismo Art. 358 ibídem.- CUARTO.- En audiencia única, de ser procedente, previa admisibilidad se dispondrá la producción de los medios probatorios enunciados en la demanda.- Incorpórese al proceso la documentación aparejada a la demanda misma que se pone a disposición de la parte demandada para su revisión en esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.

Lula da Silva va por su cuarta reelección consecutiva. (foto: Presidencia Brasil)

Juicio No. 15951-2023-00459 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. Tena, viernes 27 de marzo del 2026, a las 15h24. EXTRACTO JUDICIAL CITO: Con el contenido del Auto que antecede en este proceso en cumplimiento de lo que estipula el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos. ACTOR:

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. VISTOS: En lo principal, dispongo: 1.- Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte actora, en atención al mismo, continuando con la sustanciación de la presente causa, hecho que se ha dado cumplimiento a la declaración Bajo Juramento por la parte actora, a través de secretaría concédase el EXTRACTO para su respectiva publicación y CÍTESE a: ORTIZ CALDERÓN SUSANA GUADALUPE, por medio de la prensa escrita que tiene cobertura a nivel Nacional; para el efecto, el actuario de este despacho procederá a entregar el extracto respectivo. - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE

VILLARREAL QUIROZ ROCIO DE JESUS

DEMANDADO:

CARLOS OSWALDO LANDAZURI JURADO

JUEZ:

DR. MARCOS GUERRERO FUENTES

SECRETARIO:

ABG. MARIELA POVEDA SANTILLÁN

JUICIO:

15951-2023-00459

CAUSA:

INCIDENTE DE AUMENTO DE PENSIONES

TRÁMITE:

SUMARIO.

001-006-0843

Lo que se comunica para los fines legales consiguientes advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.-

001-005-0759

DEMANDA: El extracto de la referida demanda es como sigue: “…Agréguese al proceso el escrito conjuntamente con la declaración juramentada, presentado por la actora, proveyendo, en mérito al juramento rendido de que ha sido imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado; CÍTESE a CARLOS OSWALDO LANDAZURI JURADO, mediante tres publicaciones en fechas distintas en la prensa del diario “LA HORA” de amplia circulación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos COGEP, previniéndole, sobre la obligación que tiene de comparecer a juicio, señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones, de contestar la demanda planteada en su contra en el TÉRMINO DE DIEZ DIAS, así como de anunciar los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción observando lo dispuesto en los Arts. 151, 152, 153, 157, 169 inciso cuarto del Código Orgánico General de Procesos, que por secretaria se entregue el extracto de la demanda para su publicación correspondiente. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso. Conminando a la peticionaria a prestar las facilidades para el cumplimiento de la diligencia de citación.- F).- Dr. Marcos Guerrero Fuentes Juez Titular de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer Niñez y Adolescencia de Napo. CERTIFICO.

por excelencia en la actualidad, el argentino Javier Milei, que el pasado fin de semana detonó un conflicto diplomático entre ambos países por insultar al presidente brasileño durante su tumultuoso viaje a Brasil para respaldar la candidatura del gran rival de Lula, el senador Flávio Bolsonaro. Lula parte como favorito principalmente porque Flávio está siendo incapaz de congregar una alianza de partidos en torno a su figura, muy en parte por la sombra de su padre, el expresidente Jair Bolsonaro, que ahora mismo cumple en su domicilio una condena de 27 años por golpe de Estado. Sin embargo, existe un rechazo evidente en los brasileños a las figuras de ambos líderes. Una encuesta de Datafolha publicada el día 24 de julio mostró el 46% de los entrevistados afirmó que no votaría por el candidato del Partido de los Trabajadores bajo ninguna circunstancia, y el 48% adoptó la misma postura con respecto a Flávio. El presidente Lula, según el mismo sondeo, cuenta con el 40% de las intenciones de voto en la primera vuelta, ocho puntos por delante del senador Flávio Bolsonaro, que obtiene el 32%. En la encuesta anterior, publicada el 20 de junio, el presidente tenía el 41% y el senador, el 31%. Al igual que en 2022, Geraldo Alckmin será el candidato a vicepresidente. (EP)


GLOBAL

ESMERALDAS | LUNES 03/AGOSTO/2026 I

Rubio acusa a Cuba de infiltrar espías en EEUU El secretario de Estado de EE. UU., Marco Rubio, respaldó la estrategia internacional de Donald Trump y calificó a Cuba como una amenaza para la seguridad nacional. El secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, ha defendido este sábado la estrategia de la administración de Donald Trump frente a algunos de los principales desafíos internacionales, desde Cuba hasta Venezuela, pasando por China, Irán y la guerra en Ucrania, al tiempo que ha reivindicado el liderazgo del mandatario estadounidense en materia de política exterior y de seguridad. En una entrevista concedida a la cadena Fox News, Rubio ha situado a Cuba como una de las principales amenazas para la seguridad nacional estadounidense, ha abogado por mantener la presión sobre el régimen iraní, ha defendido el papel de Washington como posible mediador entre Rusia y Ucrania y ha asegurado que la relación personal entre Trump y el presidente chino, Xi Jinping, constituye un elemento clave para preservar la estabilidad entre ambas potencias. Cuba es una superpotencia de espionaje Rubio ha respaldado un reciente informe elaborado sobre Cuba en el que se alerta de las actividades de inteligencia e influencia atribuidas al Gobierno cubano, y ha asegurado que La Habana ha logrado infiltrarse en instituciones estadounidenses durante décadas. “Si observas la historia del espionaje en Estados Unidos, Cuba es el único país que consistentemente ha implantado e incrustado espías en nuestro sistema, sin siquiera pagarles”, ha afirmado. El jefe de la diplomacia estadounidense ha recordado varios casos de infiltración en organismos de inteligencia y ha sostenido que el régimen cubano también

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: CHACON MONTERO HEMERSON LUIS DEMANDADO: LOMBEIDA VERGARA SONIA KARINA JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA JUICIO: 15951-2026-00168 CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL TRAMITE: SUMARIO CUANTIA: INDETERMINADA SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor CHACON MONTERO HEMERSON LUIS, en calidad de ACTOR., Presentó una DEMANDA DE DIVORCIO POR CAUSAL, en contra De LOMBEIDA VERGARA SONIA KARINA , cuyo extracto es como sigue:

Entrevista de Lara Lea Trump al secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, para Fox News.

ha desempeñado un papel relevante en operaciones de influencia política tanto en América Latina como en Estados Unidos. En este sentido, ha defendido que las protestas de los últimos años en territorio estadounidense responden a redes organizadas y financiadas en las que, según ha dicho, Cuba desempeña un papel relevante para ejercer presión sobre responsables políticos estadounidenses. Asimismo, ha rechazado las críticas que cuestionan el informe y ha insistido en

que esta realidad representa una amenaza que no puede ignorarse, al tiempo que ha cargado contra quienes --a su juicio-- mantienen posiciones favorables hacia La Habana. “Sé que hay muchas personas en la academia estadounidense, y francamente en la prensa estadounidense, que simpatizan con el régimen cubano”, ha señalado, antes de sostener que esa simpatía también se ha dado en distintos momentos dentro de la propia Administración estadounidense. (EP)

Tena, Miércoles 15 de julio del 2026, las 15h08 “…VISTOS: Conozco de la demanda de divorcio controvertido presentada por la señorita abogada DAYANA LIZBETH INTE YANEZ, en calidad de Procuradora Judicial del señor: Chacón Montero Hemerson Luis en contra de la señora LOMBEIDA VERGARA SONIA KARINA la cual por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 141, 142, 143 del Código Orgánico General de Procesos en adelante COGEP, se le admite a trámite de PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 332 COGEP. En tal virtud, se ordena: PRIMERO: Por cuanto se ha justificado que no se ha podido determinar la individualidad o residencia de la demandada; Cítese a la señora LOMBEIDA VERGARA SONIA KARINA mediante tres publicaciones en días distintos, en el Diario “La Hora”, medio de comunicación impreso de amplia circulación; conforme lo determina el artículo 56 del Código General de Procesos; publicaciones que se realizarán con observancia del numeral 1 del referido artículo; para lo cual la señorita Secretaria de esta Judicatura elaborará los extractos correspondientes; se le advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y para que presente sus anuncios probatorios de conformidad con el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones de tramitarse la causa en rebeldía y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 87 del referido cuerpo legal SEGUNDO: ANUNCIOS PROBATORIOS DE LA ACTOR.- La parte actora en su demanda ha presentado como anuncios probatorios los siguientes: a) prueba documental; b) prueba testimonial los cuales en el día de la audiencia única se dispondrá lo que en derecho corresponda en atención a lo previsto en el inciso 1ro., del artículo 160 COGEP.- TERCERO: Agréguese al proceso la documentación adjunta a la demanda, tómese en cuenta la autorización conferida a la abogada DAYANA LIZBETH INTE YANEZ, profesional autorizada para que le represente al señor CHACON MONTERO HEMERSON LUIS, en calidad de Procuradora Judicial, el casillero judicial y el correo electrónico señalados por la compareciente para recibir notificaciones en esta causa.- Cítese y Notifíquese”. Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDOJUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.

LO CERTIFICO.

001-006-0848

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ESMERALDAS VIERNES 31/JULIO/2026 I

ALCALDÍA ATACAMES | RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 053-A-GADMA-2026 Willians Mendoza Vidal - ALCALDE | GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ATACAMES CONSIDERANDO:

Que, en el Art. 3 de la Constitución son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes; Que, la Carta Magna en su Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: 9. El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos; Que, en el Art. 66 de la Constitución se reconoce y garantizará a las personas: 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura fisica, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios; Que, en el Art. 264 de la Constitución señala que los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 2. Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; y, 4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley; Que, la norma suprema dispone en su Art. 277 que: Para la consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado: 4. Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos; Que, el artículo 314 de la Constitución señala que «el Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley...»; Que, el Art. 323 de la Constitución de la República del Ecuador, dice: con el objeto de ejecutar planes de desarrollo, social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del Estado, por razones de utilidad pública o de interés social y nacional, podrá declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad con la Ley. Se prohíbe toda forma de confiscación; Que, el artículo 415 de la Constitución dispone: «El Estado y los gobiernos autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso del suelo, que permitan regular el crecimiento urbano (...); Que, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de contratación Pública (LOSNCP) señala en sus Arts.: Art. 61.- Declaratoria de Utilidad Pública. - Para la adquisición de un bien inmueble, las máximas autoridades de las instituciones públicas resolverán declararlo de utilidad pública o de interés social, mediante acto debidamente motivado en el que constará, en forma obligatoria, la necesidad pública, la individualización del bien o bienes requeridos y los fines a los que se destinará. A la declaratoria se adjuntará el certificado emitido por el Registro de la Propiedad, el avalúo establecido por el respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal o Metropolitano u órgano rector del catastro nacional integrado georreferenciado, la certificación presupuestaria acerca de la existencia y disponibilidad de los recursos necesarios para el efecto, y el anuncio del proyecto, en el caso de construcción de obras, de conformidad con la Ley que regula el uso y gestión del suelo. La resolución de la máxima autoridad que contenga la declaratoria de utilidad pública o de interés social, será notificada a los propietarios del o los bienes expropiados, a los acreedores, si los hubiere; y, al Registrador de la Propiedad, dentro del término de tres (3) días contados desde su expedición. La inscripción de la declaratoria traerá como consecuencia que el Registrador de la Propiedad cancele las inscripciones respectivas, en la parte correspondiente, de modo que el o los inmuebles expropiados queden libres; y además que se abstenga de inscribir cualquier acto traslaticio de dominio o gravamen u órdenes judiciales, salvo que sea a favor de la entidad que realiza la declaración de utilidad pública y de interés social. (...); Art. 62.- Negociación y precio. - Notificada la declaratoria de utilidad pública o de interés social, se buscará un acuerdo directo entre las partes, dentro del término máximo de treinta (30) días contados desde la notificación de la resolución respectiva. De llegarse a un acuerdo dentro del plazo establecido en el inciso anterior, se procederá con la celebración de la respectiva escritura pública de compraventa entre la institución pública y el administrado, en la cual se hará constar de manera expresa la autorización

del propietario a la institución pública, para que entre en ocupación inmediata del inmueble. Para que proceda la ocupación inmediata se deberá realizar previamente el pago c orrespondiente. El precio acordado no podrá exceder el diez por ciento (10%) sobre el valor del avalúo registrado en el catastro municipal y sobre el cual se pagó el impuesto predial del año anterior al anuncio del proyecto en el caso de construcción de obras, o de la declaratoria de utilidad pública y de interés social para otras adquisiciones, del cual se deducirá la plusvalía proveniente de obras públicas y de otras ajenas a la acción del propietario. El pago del precio acordado no podrá exceder, en ningún caso, el plazo de un mes contados a partir de la inscripción de la escritura pública de compraventa. El servidor responsable de la retención indebida del pago será sancionado de conformidad con esta Ley, sin perjuicio de otras responsabilidades que se originaren por la falta de pago. El Notario Público se elegirá por sorteo solicitado al Consejo de la Judicatura, en el cantón donde se encuentra el inmueble expropiado. Los gastos que se generen en la celebración de la escritura pública de compraventa, impuestos, tasas y contribuciones, correrán por cuenta de la institución pública, con las excepciones previstas en la Ley. Los propietarios deberán tener cancelados todos los impuestos correspondientes a dicha propiedad, si los tributos se mantuvieran impagos, se deducirán del precio de venta. Art. 63.- Falta de acuerdo.- Expirado el término de negociación previsto en el artículo anterior, sin que haya sido posible llegar a un acuerdo directo, la entidad expropiante emitirá el acto administrativo de expropiación tomando como precio el avalúo establecido y, mediante la acción prevista en el artículo 326 numeral 4 literal e) del Código Orgánico General de Procesos, solicitará al Tribunal Contencioso Administrativo la ocupación inmediata del inmueble, consignando el cien por ciento (100%) del avalúo certificado por el órgano competente. En la providencia de calificación de la demanda, el Tribunal hará constar expresamente la autorización para la ocupación inmediata del inmueble, conforme el artículo 146 del Código Orgánico General de Procesos. El expropiado podrá impugnar la expropiación exclusivamente dentro de la acción a la que se refiere el inciso precedente, y únicamente en cuanto a la determinación de la justa valoración, indemnización y el pago por la expropiación. Los documentos que se acompañan a la demanda, la tramitación del juicio, así como el contenido de la sentencia observarán lo previsto en los artículos 143 numeral 6, 332 numeral 9, y 96 del Código Orgánico General de Procesos, respectivamente. El retiro del valor consignado por el expropiado podrá requerirse en cualquier momento dentro del juicio, sin perjudicar la impugnación propuesta. Los gastos que se generen en la protocolización e inscripción de la sentencia, impuestos, tasas y contribuciones correrán por cuenta de la entidad expropiante, con las excepciones previstas en la Ley. Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su Art. 54. Funciones. Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad; y, l) Prestar servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista una explícita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios; Que, en el Art. 55 del COOTAD se dispone que los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; y, b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; Que, el Art. 57 del COOTAD sobre atribuciones del concejo municipal, señala que le corresponde: l) Conocer las declaraciones de utilidad pública o de interés social de los bienes materia de expropiación resueltos por el alcalde, conforme la ley; Que, el COOTAD señala en su Art. 418.- Bienes afectados al servicio público. - Son aquellos que se han adscrito administrativamente a un servicio

público de competencia del gobierno autónomo descentralizado o que se han adquirido o construido para tal efecto. Estos bienes, en cuanto tengan precio o sean susceptibles de avalúo, figurarán en el activo del balance del gobierno autónomo descentralizado o de la respectiva empresa responsable del servicio. Constituyen bienes afectados al servicio público: h) Otros bienes que, aun cuando no tengan valor contable, se hallen al servicio inmediato y general de los particulares tales como cementerios y casas comunales. Que, el COOTAD dispone que, Art. 447.Declaratoria de utilidad pública. - Para realizar expropiaciones, las máximas autoridades administrativas de los gobiernos regional, provincial, metropolitano o municipal resolverán la declaratoria de utilidad pública, mediante acto debidamente motivado en el que constará en forma obligatoria la individualización del bien o bienes requeridos y los fines a los que se destinará. A la declaratoria se adjuntará el informe de la autoridad correspondiente de que no existe oposición con la planificación del ordenamiento territorial establecido, el certificado del registrador de la propiedad, el informe de valoración del bien; y, la certificación presupuestaria acerca de la existencia y disponibilidad de los recursos necesarios para proceder con la expropiación. (...) Para la determinación del justo precio, el procedimiento y demás aspectos relativos a la expropiación se aplicará lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Que, mediante m e m o ra n d o N o. 480-A-GADMA-2026, del 09 de marzo de 2026, el señor alcalde dispone a varios directores y funcionarios municipales, así como al señor Registrador de la Propiedad del cantón Atacames, Planificación Urbana, Obras Publicas, Avalúos y Catastro, procurador sindico, Gestión ambiental, Financiero y Gestión de Riesgo la preparación de la información para la planificación y ejecución de proyectos, Construcción del Cementerio General Municipal, en cumplimiento de su Plan de trabajo y a las necesidades de la población del cantón Atacames; Que, el Proyecto - CONSTRUCCION DEL CEMENTERIO MUNICIPAL CANTON ATACAMES, ha sido propuesto por el señor alcalde Abg. Ángel Williams Mendoza Vidal, como una obra que satisfacera necesidades de la población Atacameña, proyecto que ha sido elaborado por los funcionarios delegados para dicho fin: Arq. Pedro Zambrano director de Planificación urbana; Arq. Diego Moreira Cevallos, Técnico de planificación Urbana, Arq. Julio Cesar Zapata Vernaza Técnico de Obras públicas, Abg. W. David Quiñonez Angulo. Especialista de avalúos y catastro y los colaboradores Sr. Tito Julián Aragundi Prado e Ing. Williams Mieles Galarza técnicos de Planificación Urbana; Que, se realiza la presentación y el anuncio del Proyecto Construcción del cementerio municipal del cantón Atacames y entre sus justificaciones se señala que el colapso de los Cementerios del Cantón Atacames y la mala ubicación del cementerio justifican la necesidad innovar un nuevo espacio mortuorio que cumpla con las normativas vigentes, actualizándonos con las necesidades presentadas post-mortem, de tal manera, que el proyecto sea amigable con el ambiente, cumpla los procesos post-mortem, impulse el paisaje urbano de la ciudad y satisfaga las necesidades sociales mientras nos permitimos incrementar áreas verdes y espacios públicos en nuestra ciudad;

COORDENADAS GEOREFERENCIALES DEL TERRENO A SER DECLARADO DE UTILIDAD PUBLICA. CUADRO DE COORDENADAS UTM, WGS-84,17S P1 X=630853.5 Y=10095171.49 P2 X=631269.7 Y=10095081.11 P3 X=631236.04 Y=10094962.7 P4 X=630765.96 Y=10095048.64 P5 X=630800.43 Y=10095142.5 P6 X=630839.52 Y=10095134.02 LINDEROS Y DIMENCIONES Con los siguientes linderos y dimensiones: Norte: Lote # 018 con 40,00 metros; y lote # 031, con 425,90 metros Sur: Con varios propietarios, con 477,88 metros lineales; Este: Lote #018 con 123.10 metros lineales. Oeste: Paso lateral Tonsupa Súa, con 100,00 metros lineales y lote #018 con 40,00 metros; Que, el lote de terreno Macro, del cual se fraccionara el sublote de terreno a ser expropiado cuenta con escritura pública e inscripción en el registro de la propiedad, a favor de, Engracia Ordoñez Marjorie Cecilia y la Heredera Janssen Engracia Ivana Anahis, con ficha Registral número 4325, con una superficie total de 41,6418 hectáreas; Que, mediante Memorando No. 01213RPMMA-2026 de fecha 29 de abril de 2026, el señor Registrador de la Propiedad remite Ficha registral No. 4325, del inmueble de propiedad de las señoras, Engracia Ordoñez Marjorie Cecilia y la Heredera Janssen Engracia Ivana Anahis, área total: cuarenta y un coma seis cuatro uno y ocho hectáreas (41, 6418 has), lote de terreno, ubicado en el sector El Tigre, vía a Salima de la parroquia Tonsupa, cantón Atacames, provincia de Esmeraldas; Que, el director de Planificación del GAD municipal del cantón Atacames con Memorándum No. 0399-DMC-DPU-2026, del 24 de abril de 2026, remite la documentación para avanzar con la planificación de proyectos entre los que se encuentra el relacionado con la construcción del Cementerio General para el cantón Atacames, en el que constan: informe técnico con la generación de Geo clave catastral y el planimétrico del lote de terreno a expropiarse, ubicado en el sector Paso lateral Tonsupa - Súa, parroquia y, cantón Atacames, provincia de Esmeraldas y el certificado de avalúos correspondiente al mencionado predio; Que, mediante informe jurídico No. 145-PSGGADMA-2026, del 13 de abril de 2026, emitido por el procurador síndico municipal, concluye que es procedente que la máxima autoridad municipal, sobre la base los informes y las valoraciones de tipo técnico y económico, certificado de Registro de la Propiedad cantonal, así como del anuncio del proyecto del Cementerio General de Atacames, que emitan las direcciones respectivas; realice el proceso de declaratoria de utilidad pública de los predios que que requiera a fin de cumplir con sus competencias, cumpliendo el debido proceso y respetando la valoración y justo precio del inmueble; Que, mediante memorando No. 647-DF-GADMA-2026, del 28 de abril de 2026. El señor director financiero entrega la partida presupuestaria para la declaratoria de utilidad pública de terreno particular, en el cual, se realizara la implantación y Construcción del cementerio general municipal»; en el que manifiesta que una vez revisada las partidas presupuestarias que forman parte del Plan Operativo anual (POA) 2026, la dirección financiera emite la existencia y disponibilidad de los recursos necesarios para proceder con la expropiación, disponibilidad constante en la partida presupuestaria No. 84.03.01.001.; según certificado de valoración del terreno a ser declarado de utilidad pública emitido por la dirección de avalúos y catastro del GADMA, la cual asciende a un valor de 43.542,00 dólares americanos; Por lo expuesto, y debido a que es necesario construir el Cementerio General Municipal del cantón Atacames, provincia de Esmeraldas, El alcalde del Cantón Atacames, en uso de sus atribuciones y facultades legales conferidas y establecidas en la Constitución de la República; el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización; y en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y a su Reglamento de aplicación, y demás normativas aplicables;

Que, mediante Memorando Nro. 172-URGGADMA-2026 de fecha 09 de marzo de 2026, la Coordinadora de la Unidad de Gestión de riesgos del GADMA, presenta Informe Técnico para la planificación y ejecución del proyecto del Cementerio General Municipal; en el que se concluye: que el terreno identificado reúne condiciones adecuadas para la construcción del cementerio general municipal; que el predio no se encuentra en zona de riesgo lo que garantiza seguridad para el desarrollo del proyecto; y, que la construcción del cementerio permitirá cubrir la demanda actual y futura del servicio funerario en el cantón. Dicho informe recomienda gestionar el proceso de expropiación de la propiedad de las señoras Engracia Ordoñez Marjorie Cecilia y la Heredera Janssen Engracia Ivana Anahis, ubicado en la parroquia Tonsupa del cantón Atacames para la construcción del Cementerio General de Atacames. RESUELVE: PRIMERO. - ANULAR DE OFICIO Y DAR DE BAJA Que, la dirección de Avalúos y catastro emite con a la Resolución Administrativa No. 040 suscrita fecha 24 de abril de 2026, mediante memorán- el 21 de abril del 2026, por configurarse causales dum No. 75 DAYC-GADMA-2026-FR, el Informe de nulidad al haberse incorporado coordenadas de valoración de terreno a declarase de utilidad que no coincidan con el área a expropiarse para pública para la implantación del Cementerio el Proyecto denominado «CONSTRUCCIÓN DEL General municipal de Atacames, que contempla CEMENTERIO GENERAL MUNICIPAL», para el un área de 6 hectáreas con un valor por hectárea cantón Atacames, de conformidad con lo disde USD 7.257, dando un avalúo del terreno de USD puesto en el artículo 132 del Código Orgánico 43.542; Que, la dirección de Avalúos y catastro Administrativo. emite con fecha 24 de abril de 2026, un certificado que señala que, Si consta inscrito un bien SEGUNDO.- Declarar de utilidad pública e inteinmueble RURAL a nombre de Engracia Ordoñez rés social con fines de expropiación, un sublote Marjorie Cecilia y la Heredera Janssen Engracia de terreno con una superficie de 6,00 hectáIvana Anahis, ubicado en el sector Paso Lateral reas, desmembrado de una superficie mayor de Tonsupa-Súa, parroquia y cantón Atacames, pro- terreno de 41,6418 has, de propiedad de Engracia vincia de Esmeraldas, con su área de terreno de Ordoñez Marjorie Cecilia y la Heredera Janssen 6.00 has, área de construcción 00,00 m2, con las Engracia Ivana Anahis; ubicado en el sector siguientes coordenadas georreferenciales: paso lateral Tonsupa-Súa, parroquia y cantón

Atacames, provincia de Esmeraldas; inmueble P requerido para el proyecto de Construcción, Cementerio General Municipal, para el Cantón Atacames, provincia de Esmeraldas ubicado en las siguientes coordenadas Georreferenciales, linderos y dimensiones. CUADRO DE COORDENADAS UTM, WGS-84,17S P1 X=630853.5 Y=10095171.49 P2 X=631269.7 Y=10095081.11 P3 X=631236.04 Y=10094962.7 P4 X=630765.96 Y=10095048.64 P5 X=630800.43 Y=10095142.5 P6 X=630839.52 Y=10095134.02 LINDEROS Y DIMENCIONES Con los siguientes linderos y dimensiones: Norte: Lote #018 con 40,00 metros; y lote # 031, con 425,90 metros Sur: Con varios propietarios, con 477,88 metros lineales; Este: Lote # 018 con 123.10 metros lineales. Oeste: Paso lateral Tonsupa Súa, con 100,00 metros lineales y lote # 018 con 40,00 metros; TERCERO. - Disponer que, a través de secretaria general, se notifique dentro del término de tres (3) días con la presente resolución administrativa al o los propietarios del terreno y a él o los acreedores hipotecarios si los hubiere; y a través de unos los medios de mayor circulación de la Provincia de Esmeraldas y el portal institucional del GADMA, de conformidad a lo dispuesto en el inciso 1 del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos. CUARTO. Disponer al Registrador de la propiedad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal cantón Atacames, a fin de que la presente resolución administrativa, se inscriba en el Registro de la Propiedad y Mercantil del cantón Atacames y de que se abstenga de inscribir cualquier acto traslaticio de dominio o gravamen u órdenes judiciales, salvo que sea a favor de la municipalidad de Atacames; QUINTO. Delegar al señor Procuraduría Síndica y a la Dirección Financiera del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Atacames Municipal, realicen todos los actos y trámites necesarios hasta concluir con la ejecución de la presente Resolución de declaratoria de utilidad Pública, así mismo busquen un acuerdo directo con el o los propietarios del predio, hasta por el plazo máximo de treinta (30) días contados desde la notificación de la presente resolución administrativa; En caso de llegar a un acuerdo, el Procurador Síndico procederá con los trámites de elaboración y celebración de la escritura pública de compraventa entre la institución pública y el administrado, en la cual se hará constar de manera expresa la autorización del propietario a la institución pública, para que entre en ocupación inmediata del inmueble, previo el pago correspondiente. En caso de no llegar a un acuerdo, se procederá conforme lo previsto en el artículo 63 de la Ley Orgánica de contratación Pública.

SEXTO. - Disponer a secretaria general que se dé cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 57 del COOTAD, literal l); para lo cual se incluirá en el Orden del día de la sesión siguiente, al perfeccionamiento de la presente Resolución. SÉPTIMO. - Notifiquese a las Direcciones de: Planificación Urbana, Avalúos y Catastro, Procuraduría Sindica y Obras Públicas para que cada una en el ámbito de sus competencias realicen los actos administrativos necesarios, que permitan la ejecución del proyecto anunciado, es decir la Construcción del Cementerio municipal del cantón Atacames. La presente Resolución entrará en vigencia a partir su suscripción. Dado y firmado en el despacho de alcaldía del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Atacames, a los seis (06) días del mes de mayo del dos mil veinte y seis. Ángel Williams Mendoza Vidal ALCALDE DEL CANTÓN ATACAMES ANEXOS I. Informe Técnico de Planificación, Informe de avalúo, certificado Registro de la propiedad, Certificación presupuestaria, Levantamiento planimétrico del proyecto; (140 fojas) En mi calidad de secretario general del GAD Municipal del cantón Atacames, CERTIFICO: que la presente, fue firmada por el Sr. William Mendoza Vidal, alcalde del Cantón Atacames, en la fecha antes señalada, constan como Anexos lo indicado, 140 folios. CERTIFICO. Ab. Jean Franco Pérez. SECRETARIO GENERAL DEL GAD MUNICIPAL

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VIERNES 21 DE NOVIEMBRE DE 2008 La Hora QUITO, ECUADOR REVISTA No: 8694 LUNES, 03 DE AGOSTO DE 2026 Editor Director FRANCISCO LÓPEZ MURILLO Hora ESMERALDAS, ECUADOR DR. FRANCISCO La VIVANCO RIOFRÍO

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INSTITUTO ECUATORIANO DE DERECHO PROCESAL DEMANDA CONTENCIOSA TRIBUTARIA: TÉRMINO PARA INTERPONERLA sario, impugnar la decisión ante la justicia. Históricamente, la Constitución de la República ha garantizado el derecho a impugnar los actos del Estado. No obstante, al momento de llevar este principio a la práctica en los tribunales contencioso-tributarios de Ecuador, los contribuyentes se encontraron con una barrera inesperada: una interpretación judicial ambigua y restrictiva sobre cómo contabilizar el tiempo límite para presentar sus demandas.

Autora: Ab. Daniela Guarderas Alarcón La disparidad de criterios judiciales sobre cuándo empieza a correr el tiempo para impugnar un acto tributario vulneró históricamente los derechos de los contribuyentes. Una importante reforma al Código Orgánico General de Procesos (COGEP) no solo zanjó un debate ma-

EN LA WEB derechoecuador.com temático, sino que reivindicó la seguridad jurídica frente al poder del Estado. Introducción: el poder de la notificación En el derecho administrativo y tributario, el Estado ejerce su poder a través de actos administrativos. Sin embargo, para que

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Dirección: Arenas y 10 de Agosto, Edif. Vivanco, 5to. piso | Teléfonos: 2551-552/2555-431/2500-245/2552-135 | E-mail: judicial@derechoecuador.com

estos actos tengan eficacia y puedan afectar a los ciudadanos, existe un requisito indispensable: la notificación. Este no es un simple formalismo; es el mecanismo procesal que activa el reloj para que el contribuyente pueda ejercer su legítimo derecho a la defensa y, de ser nece-

La arquitectura del conflicto: caducidad y matemáticas judiciales El legislador prevé que las acciones contenciosotributarias deben presentarse en un término perentorio. Antes de las reformas de 2019, el artículo 306 del COGEP establecía que el término para demandar era de sesenta días “desde que se notificó con el acto administrativo”. Si este término se superaba, operaba la caducidad. A diferencia de la prescripción (que requiere análisis de negligencia

CONSULTA CONSULTA LABORAL CIVIL ¿Cuál es el juez competente para conocer la cauda en una diligencia preparatoria de inspección judicial con la finalidad de ejercer una acción de reinvindicación?

RESPUESTA

En el caso planteado, si se solicita una inspección judicial a un bien inmueble como diligencia preparatoria para demandar la reivindicación, pero a la vez se demanda la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio del mismo bien, existen los siguientes escenarios posibles: De acuerdo con el Art. 123 del COGEP la jueza o juez que conoce de la diligencia preparatoria, es también competente para conocer del juicio principal, para que esto ocurra necesariamente deberá presentarse la demanda de reivindicación, pero como también se ha presentado una acción de prescripción adquisitiva de dominio, podría generarse un conflicto de competencia que deberá ser resuelto conforme a los Arts. 14 y 15 del COGEP. Por otra parte, si no se ha producido el conflicto de competencia, podría solicitarse la acumulación de procesos, de acuerdo a las reglas del Art. 16 del COGEP. La resolución de uno u otro caso dependerá de las circunstancias particulares del mismo. Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia


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y debe ser alegada), la caducidad opera de manera automática y fulminante: extingue el derecho a iniciar el proceso por el simple paso del tiempo, obligando al juez a inadmitir la demanda de plano. Frente a esta regla, el sistema judicial ecuatoriano se fracturó en dos tesis contradictorias: 1.La tesis del “día cero”: Jueces que defendían que el término comenzaba a correr desde el día hábil siguiente a la notificación. (La postura lógica y alineada con la norma general del COGEP). 2.La tesis del “día uno”: Jueces que contabilizaban el mismo día de la notificación como el primer día del término, acortando arbitrariamente el plazo de defensa del contribuyente. Esta segunda postura carecía de lógica sistemática —ya que, en sede administrativa, el Código Tributario es claro al ordenar que los plazos corren desde el día hábil siguiente—, pero fue aplicada por tribunales distritales, provocando la inadmisión prematura de numerosas demandas. Visión del Consejo de Estado colombiano Este problema interpretativo no es exclusivo de Ecuador. En Colombia ocurrió un fenómeno similar, pero fue resuelto con contundencia por el Consejo de Estado (Sección Cuarta, Sentencia Exp. 9770). La Alta Corte colombiana determinó que incluir el día de la notificación como el primer día del cómputo implica una violación flagrante al derecho de defensa. Acortar el plazo legal transforma la percepción ciudadana: hace que el contribuyente vea al Estado como un “verdugo” que desconoce

la realidad de los hechos, en lugar de un ente que exige el cumplimiento de deberes respetando las garantías de sus asociados. Esta lección de derecho comparado ilustra el peligro de las interpretaciones judiciales restrictivas. Derechos constitucionales en jaque En Ecuador, la adopción de la tesis del “Día Uno” generó una cadena de vulneraciones graves a los principios constitucionales: · Seguridad Jurídica: La coexistencia de dos interpretaciones judiciales para un mismo artículo destruyó la previsibilidad. El ciudadano no tenía certeza de cómo los jueces aplicarían la ley, dejándolo en una ruleta rusa procesal. · Debido Proceso: Al acortar el tiempo legal, se privó a los ciudadanos de contar con el tiempo y los medios adecuados para estructurar una defensa técnica robusta. · Tutela Judicial Efectiva: Dado que los tribunales contenciosotributarios son de única instancia, un auto de inadmisión por caducidad prematura bloqueaba el acceso a la justicia ordinaria, dejando al afectado en estado de total indefensión (con la casación como única y excepcional vía).

rentes legales que navegan este entorno, la claridad de la norma actual abre líneas de acción estratégicas: · Auditoría de notificaciones: Implementar controles estrictos para registrar no solo la fecha, sino la hora y la validez formal de la notificación del acto administrativo, pues es el “kilómetro cero” del litigio. · Estandarización de cómputos: Unificar internamente el cálculo de términos (excluyendo feriados y fines de semana) asumiendo siempre el día posterior a la notificación como el inicio real, para evitar sorpresas procesales. · Defensa de garantías: Si un juez o autoridad intenta aplicar interpretaciones analógicas que reduzcan plazos, el litigante debe invocar inmediatamente el principio pro actione (maximizar la posibilidad de admitir la demanda) y la vulneración a la tutela judicial efectiva.

Desafíos normativos y judiciales Aunque la reforma legislativa solucionó el problema matemático, expuso un desafío institucional profundo. Muchos jueces operaban bajo una visión mecánica y literal del derecho, olvidando que su rol principal no es aplicar artículos de forma aislada, sino interpretar el ordenamiento jurídico de manera integral, buscanReforma al COGEP do siempre la protección y accionables de los derechos constitupara litigantes Afortunadamente, el le- cionales (interpretación gislador intervino para favorable al contribuyenfrenar esta arbitrariedad. te). El reto actual del sisLa reforma al COGEP (ju- tema judicial es erradicar nio de 2019) modificó el el formalismo excesivo artículo 306, numeral 5, que busca inadmitir caublindando su redacción: sas como mecanismo para el término de sesenta días descongestionar despacorre “a partir del día si- chos. guiente al que se notificó”. La justicia más Para los abogados y ge- allá del calendario

La controversia sobre el término para presentar la demanda contenciosa tributaria demostró cómo un solo día de diferencia puede significar la pérdida total del acceso a la justicia. La reciente reforma al COGEP nos devuelve la certeza jurídica, pero sobre todo, nos deja una reflexión vital: los jueces están llamados a administrar justicia, no solo a medir el tiempo. Garantizar que las reglas del juego sean claras, predecibles y justas es el único camino para equilibrar la balanza entre la potestad recaudadora del Estado y los derechos fundamentales de

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los ciudadanos. Ab. Daniela Guarderas Alarcón Magíster en Derecho Administrativo por la Universidad San Francisco de Quito. Especialista Superior en Derecho Procesal por la Universidad Andina Simón Bolívar. Fuente original: https:// iedp.org.ec/wp-content/ uploads/2021/11/ La-Contabilizaciondel-Termino-para-laInterposicion-de-laDemanda-ContenciosaTributaria.pdf


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Estudio aborda el origen y diversidad de los cámarones Un estudio internacional liderado por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) de España ha demostrado que, tras su origen en el Pacífico hace 125 millones de años, los camarones se expandieron a través de múltiples rutas. La importancia de este trabajo, publicado en ‘Journal of Biogeography’, reside en que ofrece un modelo alternativo a las hipótesis biogeográficas clásicas, basadas exclusivamente en barreras físicas y tectónicas, y demuestra que la dispersión a larga distancia y la plasticidad ecológica (la capacidad de cambiar) han sido motores fundamentales para generar la actual biodiversidad pantropical de estos crustáceos. EUROPA PRESS

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