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Tungurahua 08 de abril de 2026

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MIÉRCOLES 08 DE ABRIL DE 2026

TUNGURAHUA

Ambato no tendrá plan maestro de agua potable antes del 2033

A pesar de la preocupación de la ciudadanía por los cortes y la disminución del caudal que son constantes, la contratación de los estudios de este tipo de herramienta en Ambato recién se planifica para el año 2030, por lo que no estaría lista antes de 2033, esto tras la aprobación del PDOT y PUGS. Página 3

SEGURIDAD

“Esta sangre no está derramada en vano. Es para que casos como estos no se repitan”.

RIVAS,

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Consulta:

Asamblea puede recuperar el control político

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ECONOMÍA

¿Cuáles son las empresas que más rápido hacen $1 millón?

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Medicina de hospitales se vende clandestinamente Página 14

POLÍTICA
QUITO

CIUDAD 03

Estudios para el plan maestro de agua potable se contratarían en 2030

Hay preocupación en la ciudadanía porque los cortes de agua y disminución del caudal son constantes en diversos sectores de la ciudad como la zona norte.

Planificar, diseñar y gestionar a largo plazo la infraestructura de abastecimiento de agua potable, garantizando la calidad, cantidad suficiente y de forma continua las 24 horas del día para satisfacer la necesidad de la población, es lo que busca un plan maestro de agua potable

En Ambato no existe una planificación de este tipo lo que genera preocupación en concejales como Anabell Pérez y Alex Valladares, quienes durante el debate de la aprobación del PDOT y PUGS cuestionaron que la contratación de los estudios para un plan de este tipo en Ambato recién se planifica para el año 2030 y se contempla una inversión de 1 millón de dólares

Pérez señaló que esto evidencia que “los recursos de los ambateños están despilfarrándose sin tener coherencia o un análisis”, todo ello mientras la población sigue esperando contar con agua potable de manera permanente, pues en la ciudad hay zonas en dónde la falta de agua es permanente.

Mientras que, Valladares sostuvo que es urgente contar con este plan maestro, pues es la pauta que le permitirá a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ambato (Emapa) el saber con exactitud lo que requiere la ciudad para mejorar la dotación de agua potable, cuáles son las redes que necesitan mante-

EL DATO

El 27 de marzo fue aprobada la actualización del PDOT y el PUGS en Ambato.

TOME NOTA

Desde la Emapa se dio a conocer que el último proyecto de agua potable para la zona norte de Ambato se realizó en 2005.

nimiento, las que deben ser cambiadas porque su vida útil feneció y hasta para que sea “más eficiente” en la detección de fugas y desperdicio.

Agregó que no tener esta herramienta, inclusive, genera incertidumbre, pues no hay una guía clara de lo que se debe hacer en caso de que vuelva a haber una sequía como la sufrida hace dos años y que, “la solución a un problema de ese tipo es volver a la dotación por tanqueros, esto sin tomar en cuenta que en la zona norte de la ciudad la falta de agua es permanente y, con decisiones como estas se evidencia que este tema no es una prioridad para administración actual”.

Desde el Municipio

Pablo Yánez, director de Planificación , señaló que esta dependencia hizo mesas técnicas con todas las direcciones municipales, pues son estas las que deben plantear los requerimientos y proyectos para que se ubiquen en el PDOT, por lo que la decisión de aplazar la contratación de un plan maestro viene desde la Emapa, ya que en su planificación el proyecto estará para 2033 y lo que “nosotros hicimos fue trasladar la actualización de ese dato”. Para conocer el por qué de esta decisión DIARIO LA HORA intentó contactarse

con el Gerente de la Emapa, pero hasta el cierre de la edición no se logró una entrevista, pues hasta pasadas las 19:00 el funcionario seguía en una reunión.

La ciudadanía

Mientras el tiempo pasa la colectividad en zonas como el norte de la ciudad sigue a la espera de una solución definitiva para la dotación permanente de agua.

Nelly Tisalema vive en Cunchibamba y asegura que la falta de agua en su sector no es una novedad.

“Hay semanas en las que nos quedamos tres y hasta cuatro días sin agua, por eso en mi familia hace más de cinco años optamos por hacer una cisterna porque la situación ya era insostenible”, dijo la mujer.

Pero este no es el único sector en el que no hay agua permanentemente,

ya que Lorena López, quien vive en la subida a Santa Rosa cuenta que “la presión de agua es bien baja, y hay veces que ni nos avisan y nos dejan sin agua”.

El malestar es igual para Antonio Caluña que vive en

la ciudadela Presidencial y segura que siempre tienen cortes y “cuando escribimos al WhatsApp para preguntar qué pasa nos dicen que es un problema de rotura de tubería y hasta cortes de luz en las bombas”. (NVP)

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA QUALINTEGRAL SERVICIOS INTEGRALES S.A.

De conformidad con lo estipulado en el Estatuto Social y en la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la compañía Qualintegral Servicios Integrales S.A. a Junta General Ordinaria, a realizarse de manera PRESENCIAL el día miércoles 22 de abril del 2026 a las 19h00, en la sala de reuniones de MOVILAB S.A. (4to piso, Torre 1, calle Rocafuerte y Guayaquil)

Se tratarán los siguientes puntos en el orden del día:

1.Conocimiento y aprobación del informe de Gerencia General sobre el ejercicio económico 2025.

2. Conocimiento y aprobación del informe de Auditoría Externa sobre el ejercicio económico 2025.

3. Conocimiento y aprobación del informe del Comisario Revisor sobre el ejercicio económico 2025.

4. Conocimiento y aprobación de los estados financieros del ejercicio económico 2025. Los estados financieros, el informe de auditoría externa y el informe de Comisario Revisor, están a disposición de los señores accionistas en la oficina de Gerencia General, ubicada en el Edificio Clantour, oficina 104 (calle Castillo entre Sucre y Bolivar), Ambato. Se convoca de manera especial e individual al Dr. Fernando Campaña, Comisario Revisor de la compañía.

Ambato, 8 de abril del 2024

Ing. Diego Caicedo N. GERENTE GENERAL

REALIDAD. En la zona norte de Ambato el problema de la dotación de agua es recurrente.

Baños impulsa campaña de adopción de mascotas

Adoptar una mascota ayuda a salvar vidas de animales de compañía, así como a reducir la sobrepoblación y su abandono. También es importante porque previene la proliferación de criaderos clandestinos en donde los perros, principalmente, son maltratados.

Los expertos aseguran que adoptar también tiene otro tipo de beneficios, como el brindar compañía incondicional, reduce el estrés, mejora la salud física y fomenta la responsabilidad y empatía en el hogar.

Bajo esta ideología desde la organización ‘Huella viva’ se planifica, para el 11 y 12

de abril, la feria de adopción responsable denominada ‘Animal Fest’.

El evento, que cuenta con el apoyo del Municipio de Baños de Agua Santa, se llevará a cabo en la explanada del Sindicato de Choferes del cantón.

Durante el proceso de adopción los voluntarios harán una revisión de los interesados para saber que los animales de compañía llegarán a hogares responsables en donde no solo les brinden amor, sino una vida saludable con los cuidados necesarios que requiere un perro para tener una vida estable y saludable. (NVP)

Gradas eléctricas del pasaje Pelileo, otra vez sin mantenimiento

Moradores del sector aseguran que las gradas eléctricas llevan alrededor de dos meses sin mantenimiento, solo dos de los siete tramos están funcionando.

Solo dos de los siete tramos de gradas eléctricas en el pasaje Pelileo, en Ambato, funcionan actualmente, moradores del sector aseguran que las instalaciones llevan más de dos meses sin mantenimiento.

No es la primera vez que

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA “HOLDSIERRA S.A.”

De conformidad con el artículo 235 y 236 de la Ley de Compañías y los Estatutos Sociales, se convoca a los señores Accionistas de la COMPAÑÍA HOLDSIERRA S.A.; a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en la Ciudad de Ambato, en la Av. Miraflores 06-86 y Pomarosas y el día viernes 17 de abril del 2026 a partir de las 10h00, para conocer y resolver los siguientes puntos:

1.Informes de los Administradores de la Compañía, Comisario Revisor y Auditor Externo, correspondientes al Ejercicio Económico 2025.

2. Conocimiento y aprobación de Estados Financieros del Ejercicio Económico 2025.

3. Resolución acerca del destino de los resultados del Ejercicio Económico 2025.

4. Nombramiento de Gerente General para un período estatutario de tres años.

5. Nombramiento de Auditor Externo y fijar su remuneración para el año 2026.

6. Reforma de estatutos respecto a los artículos séptimo, octavo y noveno.

7. Lectura y aprobación del Acta.

Los señores accionistas podrán acudir físicamente o por vía telemática a través de videoconferencia, en cuyo caso, deberán dejar constancia de su asistencia mediante un correo electrónico dirigido al secretario de la junta en la que indique, además, la forma de votación por cada moción. Los accionistas minoritarios que representen por lo menos el cinco por ciento del capital, podrán solicitar por una sola vez la inclusión de asuntos en el orden del día o que se realicen correcciones formarles a la convocatoria, dentro del plazo improrrogable de 72 horas desde que se realiza esta convocatoria; al efecto deberá enviar un correo electrónico a s1sevilla@assa.com.ec>

Se convoca de manera especial a la Dra. Cristina Barrera – Comisario Revisor Principal de la Compañía. Los informes, Balance General y Estados Financieros antes mencionados, se encuentran a disposición de los Señores Accionistas en la Gerencia General de la Compañía, en la oficina ubicada en la Av. Miraflores 06-86 y Pomarosas, con la antelación prevista en la ley.

Ambato, 8 de abril de 2026

este espacio turístico de la ciudad está sin la atención que requiere, pues entre enero de 2024 y enero de 2025 las gradas cumplieron un año en mal estado.

En febrero del año anterior la Municipalidad de Ambato anunció la “renovación” del espacio con la contratación de una empresa local encargada de la recuperación de las gradas y su mantenimiento oportuno. Asimismo, mediante boletines de prensa se aseguró que este lugar se convertiría en un centro de actividades con una variada programación de eventos, incluyendo exposiciones de obras de artistas ambateños, presentaciones de danza y música, así como eventos vespertinos y nocturnos para toda la familia.

Promesas

Los moradores del sector aseguran que ninguno de los ofrecimientos se cumplió a cabalidad, pues solo recuerdan dos eventos desarrollados en el último año.

Mario Poaquiza, propietario de una tienda en la zona, mencionó que varios de los turistas que llegaron a visitar este espacio

por el feriado de Semana Santa se fueron decepcionados de ver las gradas eléctricas en mal estado.

“La gente viene solo por eso y al ver que no funcionan se van, algunos incluso nos preguntan qué pasaría, y les decimos que es por falta de mantenimiento”, aseguró.

Silvia Medina, usuaria recurrente de las gradas, contó que desde febrero empezaron a fallar y que actualmente son cinco las dañadas. “Nos toca subir como antes, las gradas están de adorno”, indicó.

Mientras tanto, Gabriela Meléndez, turista de Santa Elena, mencionó que por idea de sus primas que viven en Ambato llegó hasta el mirador solo para ver las gradas eléctricas, pero se llevó la sorpresa de que estaban dañadas.

“Yo me imaginé algo mucho mejor con tiendas, restaurantes, pero está apagado esto. Está muy bonito, pero le falta vida”, aseguró.

Diario LA HORA solicitó información sobre el tema a la Dirección de Comunicación del Municipio de Ambato, sin embargo, hasta el cierre de esta edición no obtuvo respuesta. (RMC)

Patricio Sevilla Cobo
Santiago Sevilla Gortaire PRESIDENTE GERENTE GENERAL
SITUACIÓN. Las personas bajan caminando por las gradas normales.
CUIDADO. La adopción de mascotas tiene un sinnúmero de beneficios para los animales y los seres humanos.

OPINIÓN

LORENA BALLESTEROS @loballesteros

Acolitar

Enla última columna hablé sobre la brecha entre nuestra generación y la de nuestros hijos . Nosotros, acostumbrados a pedir permiso, a la sumisión, al silencio frente a nuestros mayores, dimos vuelta a la página para criar a chicos que no aceptan un “no” por respuesta, que exigen, que refutan, que cuestionan.

Lo cierto es que esta polarización está causando estragos. Vuelvo al tema porque después del feriado de Semana Santa, me enviaron el enlace a una publicación en la red X. En ella, una mujer, desde el anonimato, se desahoga sobre un hecho ocurrido en las covachas de Casa Blanca.

La mujer relata haber sido testigo de cómo un grupo de 30 o 40 adolescentes le cayó a golpes a otro. Montonera. Una pelea desigual, abusiva, brutal. Nadie intervino.

El padre de la víctima intentó defender a su hijo y terminó golpeado. La madre, que también intervino, recibió insultos.

Lo más inquietante no es la violencia. Porque broncas ha habido siempre. Aquí sacuden dos temas: el contexto en el que ocurre y el consumo de alcohol adolescente. No estamos hablando de un entorno marginal. Son chicos que crecen en entornos privilegiados, educados en colegios privados, con supuesta contención familiar y recursos.

Algo está fallando. Quizás esa decisión de educar desde la negación del modelo que conocimos nos está pasando una factura impagable. Confundimos diálogo con ausencia de límites. Confundimos cercanía con permisividad. Y, sobre todo, confundimos acompañar con “acolitar”. El acompañamiento fortalece, lo otro es tapar la travesura, hacerse cargo de los daños sin consecuencias.

El resultado no es una generación más libre, sino una que muchas veces no reconoce la autoridad y no distingue entre deseo y derecho. Nos preocupa que nuestros hijos no nos teman. Pero debería preocuparnos más que no respeten al otro ni a sí mismos. Porque una generación que crece sin límites termina arrasando con todo lo que encuentra a su paso.

GABRIELA

Los libros y las ferias

En las últimas semanas causó revuelo el anuncio por parte del municipio quiteño de que la Feria del Libro 2026 sería cancelada. Atónita, reconocí cómo se politizaba uno de los pocos eventos en el Ecuador que visualiza la lectura, la escritura, la creatividad y la oportunidad

Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

EDITORIAL

Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Editor Regional: Fabricio Cevallos Chávez

Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec

Publicidad: publicidad@lahora.com.ec

Año: XXXIX No. 11.341

IVA: la salida fácil

Las autoridades estatales disfrazan decisiones políticas con supuestos argumentos técnicos con la esperanza de que los blindará de todo cuestionamiento.

Por ejemplo, “técnico” fue el motivo para adelantar las elecciones, así como también el incremento del IVA para ciertos alimentos que componen la dieta diaria de los ecuatorianos. Pero esas decisiones no han priorizado el bienestar ciudadano.

En el primer caso no se establecieron planes para proteger a los posibles afectados de un ‘súper Niño’ y, en el segundo, no importa si cada vez hay más personas que prefieren endulzar sus alimentos sin azúcar o dejan la leche entera por salud.

El Estado, en lugar de fomentar prácticas saludables, incluso salvaguardar la vida de miles, priori-

za acomodamientos políticos. Prefirió subir uno de los impuestos más básicos: el IVA. Al ser de fácil recaudación y difícil evasión, este impuesto es una tentación para cualquier político.

Parece que los funcionarios olvidaron debatir si esta inclusión tributaria es justa o perjudica si a los más vulnerables.

Lo que en verdad pesó fue la dependencia del FMI, que considera al IVA un pilar fiscal. Reconoce que el país ya aumentó la tarifa al 15% en 2024, pero ese esfuerzo perdería efectividad si se mantienen bienes y servicios al 0%. Y hacía allá fueron. La salida fácil.

Olvidaron las evasiones que hay, mes a mes, en industrias, bienes raíces de segunda compra, autos usados, tierras, entre otros.

Olvidaron lo técnico, lo humano, la salud y encarecerán productos que ya son básicos.

de acceder a un público masivo como autor literario. Lo que está en juego no es solo un evento en el calendario municipal, sino el compromiso de una ciudad con su propia cultura. Este proceder no es nuevo. Usar los libros como símbolos de control ha sido el actuar no solo de regímenes dictatoriales, sino también de personajes intolerantes al pensamiento disidente. Una de las primeras formas de control de los tiranos es limitar el acceso a la lectura. Los nazis, por ejemplo, quemaron decenas de miles de libros

a los que consideraban que no reflejaban los principios de una Alemania “pura”. Asimismo, el régimen del dictador chileno Pinochet ordenó la quema de miles de obras de pensadores de izquierda. Si bien la cancelación de la feria no equivale a la censura de las dictaduras, politizar el acceso al conocimiento escrito es por demás preocupante. Las ferias de libros reivindican el poder de la lectura y escritura. Son espacios en los que los libros se vuelven alcanzables: ante los altos costos de las librerías, muchos ecuatorianos

Los escritos de los colaboradores sólo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

JOSELO ANDRADE @JoseloAndrade

El costo de no reformar el código laboral

Lafalta de crecimiento en Ecuador responde a múltiples factores. Sin embargo, a la hora de señalar una de las razones principales por las cuales no salimos adelante, necesariamente tenemos que apuntar a nuestro “Código Laboral”, que fue diseñado para una realidad que ya no existe, pues fue escrito en 1938.

Un segundo punto es que está plagado de mitos sobre la forma en que operan las empresas y los empresarios. Parte de una premisa equivocada: “En todo momento, en todo lugar y bajo cualquier circunstancia, hay siempre una parte vulnerable: el trabajador”. Como resultado, la balanza se inclina en contra de la persona que contrata. En tercer lugar, esa ausencia total de cambios orientados a facilitar la contratación y mejorar las relaciones laborales se traduce en una suerte de inmovilismo que termina explicando nuestras bajísimas tasas de crecimiento económico, que resultan insuficientes para absorber a un número creciente de ecuatorianos en edad de trabajar.

Para cerrar estas líneas, ese código, carente de sentido común impide cosas tan básicas como: Que una persona le diga a su jefe que desea trabajar dos horas menos el viernes porque su hijo se gradúa, y que puede recuperarlas el lunes. En teoría, algo tan razonable no debería representar un problema. Pero bajo la lógica del código, ello implicaría trabajar “más de ocho horas en un día”. Sí, la figura de la “recuperación” no existe. Por esa razón, habría que “pagarle más” a quien solicitó salir temprano, sin tomar en consideración que esa situación surgió como resultado natural de un acuerdo entre las partes Segundo y último ejemplo: ¿te has preguntado porque las obras en las calles, se realizan durante el día y no por la noche cuando “nadie circula”? Sí, ya tienes tu respuesta: el código indica que, por la noche, hay que pagar a quien trabajase infinitamente más. Ergo, nadie contrata a nadie para trabajar a esas horas. Luego, cuándo te preguntes ¿por qué el Ecuador no crece? Ahí tienes gran parte de la respuesta. Seguimos conversando.

acuden a las ferias para conseguir títulos a precios accesibles. Para cientos de niños, las ferias de libros significan su primer encuentro con un libro y con la lectura. Estudios demuestran que tener entre 20 y 25 libros en casa predice un mayor rendimiento académico infantil, especialmente en poblaciones vulnerables. Pero las ventajas de las ferias de libros no solamente se ven reflejadas en los lectores. Para nuevos o experimentados escritores ecuatorianos, las ferias de libros son un puente con sus lectores y para los lectores una oportunidad para

conocer a voces latinoamericanas pocas veces presentes en librerías convencionales.

Cualquier iniciativa que fomente la lectura y la escritura debe ser protegida por todos. No podemos ver impasibles cómo se juega con el poder crítico, creativo y democrático que tiene el acceso al pensamiento escrito. Exijamos a las autoridades locales y nacionales que garanticen la continuidad de estos eventos y el respaldo para el surgimiento de espacios similares. Una sociedad que lee es una sociedad que piensa, cuestiona y se defiende.

El reto de subir 470 gradas hacia el mirador de Yamate

Este mirador que se ubica en Patate está situado a 2.340 metros sobre el nivel del mar y, además, se puede realizar senderismo y trakking.

El mirador de Yamate, en Patate, es un atractivo natural y uno de los 21 geositios del Geoparque Volcán Tungurahua que tiene varios atractivos deportivos y naturales

Ofrece varias vistas panorámicas de la cuenca del río Patate y uno de sus mayores retos para quien lo visita es ascender por la ‘Escalinata de la Fe’, que suma 470 gradas, 13 descansos y 430 metros de recorrido hasta la cima.

La ‘Escalinata de la Fe’, tiene un recorrido aproximadamente 30 minutos, y al llegar al final se puede encontrar una cruz blanca de cinco metros con una pequeña réplica de la Basílica de Señor del

El clima en Yamate es andino, con temperaturas frescas y lluvias ocasionales.

Terremoto, el sitio presenta una vista panorámica de la cadena montañosa y de Patate centro, un mirador espectacular.

Ubicación y acceso

El caserío de Yamate se encuentra en Patate, cantón considerado un ‘Pueblo Mágico’ de Tungurahua y para llegar al sitio el acceso es a través de un camino de tierra y piedra, aproximadamente

a dos horas con 45 minutos desde Ambato

Desde aquí se pueden observar los cantones de Patate, Pelileo y el volcán Tungurahua que se contrasta con la cordillera de Los Andes.

En su geología esta área es única en la zona por las formaciones rocosas y el tipo de suelo que tiene en sus alredores que dan lugar a la producción agrícola del lugar.

Para llegar desde Ambato a Yamate

Desde Ambato hacia Patate debe tomar un bus desde el centro de transferencia en el sur hasta Patate. El viaje dura aproximadamente 30 a 45 minutos.

Desde Patate puede dirigirse al caserío Yamate por la vía a San Jorge en una camioneta y el costo es de dos a tres dólares y llegar hasta las faldas del mirador que es una de las zonas más altas del cantón.

JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS

CORPORACIÓN FONDO SIEMBRA CORPFOSI S.A. B.I.C.

RUC: 1891810922001

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías, el Estatuto Social de la compañía y en ejercicio de las facultades del representante legal, se convoca a los señores accionistas de la compañía CORPORACIÓN FONDO SIEMBRA CORPFOSI S.A. B.I.C. a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a efecto conforme al siguiente detalle:

Fecha: 18 de Abril de 2026

Hora: 14h00

Lugar: Ciudad de Ambato, calles Augusto Villacrés y Miguel Albornoz. La Junta se realizará de manera presencial.

ORDEN DEL DÍA

1. Aprobación de la Renuncia presentada por el señor Luis Arturo Coello Valdivieso al cargo de Gerente General de la compañía.

2. Conocimiento y aprobación de la cláusula estatutaria de subrogación del Gerente General y resolución sobre la subrogación del Presidente de la compañía como Gerente General Subrogante, conforme a lo establecido en los estatutos sociales.

3. Ratificación y Aprobación al Presidente de la compañía como Gerente General Subrogante por un período temporal de hasta sesenta (60) días, con el fin de garantizar la continuidad administrativa, operaAtiva y legal de la empresa.

4. Aprobación sobre el inicio del proceso de búsqueda y selección de un Gerente General titular externo a la compañía.

5. Aprobación de los criterios y lineamientos para el proceso de selección del nuevo Gerente General, incluyendo: Hoja de vida documentada, Aspiración salarial, Plan de trabajo 2026, Plan de acción de los primeros 90 y 180 días, Declaración de independencia respecto de grupos de accionistas, Declaración de ausencia de conflictos de interés.

6. Aprobación sobre la designación de la comisión responsable de identificar, evaluar y presentar candidatos externos al cargo de Gerente Gen

Hay que verificar el clima, ya que pese a ser un valle y de temperatura templada puede haber llovizna y neblina en la cima, si hace sol, la vista es clara en el sitio.

La vegetación en Yamate es típica de la región andina, con plantas como el chuquiraga, el romerillo y el sigse propios de la zona alta de la región Sierra Aquí se puede observar una fauna variada, con aves como el águila andina, el halcón y el colibrí.

Actividades y atractivos

Entre los deportes que muchos buscan es el trekking y senderismo que permiten recorrer los alrededores de Yamate y disfrutar de la naturaleza con la variedad de plantas

y animales que habitan en la zona.

Además, se puede lograr captar los mejores paisajes a través de la fotografía

Aunque estos espacios están abiertos durante todo el año, el mejor clima y época para visitar es durante la estación seca (de junio a septiembre).

Este tiempo es ideal para realizar rutas de aventura como bicicleta de montaña y senderismo que conectan el centro de Patate con el caserío. El Gobierno Provincial de Tungurahua trabaja en proyectos de colaboración para la conservación de estos espacios con señaléticas, material de apoyo informativo y socialización con los comuneros para dar un mejor servicio y atención a los propios y extraños. (CNS)

La Parrilla de El Ñato se consolida como la marca líder en gestión integral de alimentos y bebidas, respaldada por un sólido know-how que garantiza resultados inmediatos y sostenibles.

7. Autorización expresa para que el Gerente General Subrogante ejecute todos los actos notariales, financieros, registrales, administrativos, económicos y societarios necesarios para el cumplimiento de las resoluciones adoptadas por esta Junta.

8. Declaraciones Legales

Ambato, 06 de Abril de 2026

Atentamente,

Nuestra experiencia permite a los inversionistas evitar la curva de aprendizaje que consume tiempo y recursos al iniciar un nuevo restaurante.

Con más de 46 años de trayectoria gastronómica, La Parrilla de El Ñato se consolida como la marca líder, rentable, posicionada y con sabor a tradición, lista para expandirse al mercado nacional e internacional.

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ATRACTIVO. El mirador tiene una réplica del Señor del Terremoto a más de 2 mil metros sobre el nivel del mar.

‘Kawsay Yuyay’, para celebrar al Geoparque Volcán Tungurahua

Este sábado se desarrollará el proyecto ‘Kawsay Yuyay: memoria viva del pueblo Salasaka’, con la presentación de actividades artísticas, culturales, ancestrales y milenarias.

El 11 de abril se recuerda la declaratoria del Geoparque Volcán Tungurahua como parte de la Red Mundial de Geoparques de la Unesco. En este marco, la Dirección Provincial de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte del Gobierno Provincial de Tungurahua , como parte del trabajo articulado que impulsa junto a los diferentes actores del territorio, fortalece acciones que ponen en el centro a las personas, su historia y su identidad.

Efraín Masaquiza, técnico de Cultura, extendió la invitación a la ciudadanía para participar en la presentación de las actividades artísticas, culturales, ancestrales y milenarias del pueblo Salasaka, a través del proyecto ‘ Kawsay Yuyay : memoria

viva del pueblo Salasaka’. Según se informó desde el Gobierno Provincial de Tungurahua, esta iniciativa nace con el propósito de fortalecer la identidad territorial, revalorizar los conocimientos ancestrales y preservar la riqueza cultural heredada por generaciones, reconociendo que, en cada danza, en cada ceremonia y en cada expresión artística habita la memoria de una comunidad que sabe mantener vivas sus raíces.

Evento

El evento se desarrollará este sábado 11 de abril, de 10:00 a 16:00, en la Plaza de Artes de Salasaka (Pelileo), convirtiéndose en un espacio de encuentro entre la historia, la espiritualidad, el arte y la

ARTE. Durante la jornada se presentarán varias expresiones artísticas.

comunidad.

La programación iniciará con la activación de ferias de emprendimientos y la participación de la Banda Municipal de San Pedro de Pelileo, seguida del acto ceremonial de la Chakana , a

cargo de Efraín Masaquiza, símbolo de conexión entre el mundo espiritual, la naturaleza y la memoria ancestral andina. Como parte de esta celebración, se contará con la presentación artística de los

danzantes y pendoneros, expresiones culturales que resguardan siglos de historia. Además, habrá presentaciones de danza tradicional y la intervención del Ensamble del Honorable Gobierno Provincial de Tungurahua. (DLH)

Universidad Indoamérica entrega nueva visera del estadio Bellavista

El canciller Saúl Lara entregó la obra concluida al 100% y se estrenará la localidad de tribuna en el partido de Macará vs. América de Cali.

La obra concluida de la nueva visera del estadio Indoamérica Bellavista fue entregada por la institución universitaria a la ciudad bajo la presencia de Diana Caiza, alcaldesa de Ambato, y de Hugo Angos, interventor de la Federación Deportiva de Tungurahua (FDT).

El canciller de la Universidad Indoamérica, Saúl Lara, junto a Mauricio Herdoíza, gerente de Pladeco, presentaron la nueva imagen de la localidad de tribuna con los trabajos 100% concluidos este martes 7 de abril.

Alegría de los macareños Tras varios meses de planificación, trabajos y construcción la obra de la nueva visera del estadio Indoamérica Bellavista fue entregada a la sociedad tungurahuense para que el escenario depor-

EL DATO

El partido se jugará este jueves 9 de abril a partir de las 19:30.

tivo tenga una nueva imagen en los próximos eventos que se realicen.

“Le agradezco a mi amigo Miller Salazar porque fue quien más nos presionó y ahora Macará está en el torneo internacional. Les di mi palabra que debía terminar la tribuna y hoy entregamos a Ambato a su gente, una infraestructura renovada, porque creemos que invertir en el estadio es invertir en la ciudad y su gente. Este es el deporte”, manifestó Saúl Lara, canciller de la Universidad Indoamérica.

De la misma manera, Dia-

CONVOCATORIA

OBRA. La nueva visera del estadio Indoamérica Bellavista fue entregada por la Universidad Indoamérica.

na Caiza, alcaldesa de Ambato, destacó la labor de la empresa privada para que el principal escenario deportivo de la provincia tenga una nueva imagen y haga que la ciudad siga creciendo.

“Gana el deporte y gana todo Ambato, porque nos preparamos para abrir las puertas a una competencia internacional y hay capaci-

A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE ECONOMÍA MIXTA CENTRO DE MERCADEO AGROPECUARIO “CEMEAG”

En calidad de Presidente de la Compañía de Economía Mixta Centro de Mercadeo Agropecuario “CEMEAG”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Compañías y de acuerdo con los Estatutos y el Reglamento que rige la Compañía, SE CONVOCA a los representantes de los Accionistas: Centro Agrícola Cantonal de Ambato Señor Ingeniero Gabriel Agustín Barriga Solorzano y Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad de Ambato Señora Ingeniera Diana Caiza, así como a la Dra. Verónica López, Comisaria Revisor Principal de la Compañía, a la JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS que se llevará a cabo el día LUNES 20 DE ABRIL DE 2026, a las ONCE HORAS (11:00 A.M.), en la Sala de Juntas del Centro de Mercadeo Agropecuario “CEMEAG”, ubicado en Huachi La Libertad km. 6.5 vía antigua a Tisaleo, de esta ciudad de Ambato, en la que se conocerá y resolverá los siguientes puntos:

ORDEN DEL DÍA

1.Constatación de quórum.

2. Informe de Presidente correspondiente al ejercicio 2025.

3. Informe de Gerente General correspondiente al ejercicio 2025.

4. Informe de Auditoría Externa del ejercicio 2025.

5. Informe de Comisario Revisor del ejercicio 2025.

6. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros del ejercicio 2025.

7. Resolver sobre el destino de Resultados del Ejercicio Económico 2025.

8. Contratación de Auditoría Externa para el ejercicio 2026 y fijación de sus honorarios.

9.Nombramiento y fijación de honorario de Comisario Revisor Principal para el ejercicio 2026.

EL PRESIDENTE

Ambato, 08 de Abril de 2026

dad para hacer las cosas. Vamos a recibir hinchas y turistas que vendrán a la ciudad, es por eso que nos sentimos orgullosos de que nuestros equipos ambateños Macará , Técnico Universitario y Mushuc Runa nos permitan seguir avanzando. Esto no va a dar una proyección muy grande, donde lo público y lo privado suman esfuerzos con una visión compartida”, comentó Caiza.

Agradecimiento

Miller Salazar, administrador de Macará, agradeció el trabajo de las perso-

4

SUITES  son parte de las nuevas mejoras que tendrá el estadio Indoamérica Bellavista.

2

MIL  personas es el aforo de la nueva localidad de tribuna del estadio Indoamérica Bellavista

nas encargadas que hicieron posible que el estadio Indoamérica Bellavista esté habilitado para jugar su primer partido de Copa Sudamericana ante América de Cali el jueves 9 de abril y poder que su hinchada apoye al club en su quinta participación internacional.

“Creo que esta fecha es única y especial, no solamente para el fútbol profesional, sino para nuestra niñez y juventud. Me siento muy impactado con este trabajo, le agradezco a Saúl (Lara) porque cuando se dio esta posibilidad le dije que era la mejor inversión. Queremos que el trabajo no se detenga en el estadio Bellavista, hoy para nosotros está es una joya arquitectónica y me emocionó mucho, ya que no pensé que podíamos vivir la conclusión de la obra gracias a la clasificación de la Sudamericana”, dijo Salazar. (JR)

Posibilidad de designar autoridades ya genera controversia en la Asamblea

Todavía es una posibilidad que la Asamblea Nacional llegue a designar autoridades de control, pero grupos políticos cuestionan que se busque declarar desiertos los concursos y se llegue a nombrar autoridades con 77 votos.

de 2026. (Foto: Asamblea)

Aunque todavía es una posibilidad, en la Asamblea Nacional hay sectores políticos que cuestionan el procedimiento y la vía para una eventual designación de las autoridades de control.

El 2 de abril de 2026, el presidente de la República, Daniel Noboa, remitió al CNE un proyecto de enmienda para que los ecuatorianos se pronuncien sobre eliminar la facultad del

Cpccs de nombrar autoridades y trasladar la responsabilidad al Legislativo.

En el texto se propone que los procesos de selección que están en curso sean declarados desiertos y se suspendan hasta que la Asamblea viabilice la elección. Los anexos están en manos de la Corte Constitucional.

“Se declararán desiertos todos los procesos de designación que se están llevando

La versión de un sector de independientes y Pachakutik

° Alex Toapanta (Pachakutik), dijo que aunque en la Asamblea se ha consolidado una mayoría que avanza en una agenda presidencial y legislativa, la decisión de Pachakutik, bajo la dirección de sus bases, será oponerse a cualquier proyecto político de ADN, como ya ha ocurrido “con rechazos rotundos a los proyectos de ley del régimen”.

Cecilia Baltazar (exPachakutilk y ahora independiente) afirmó que las decisiones del Cpccs “dejan mucho que desear”, pero aclaró que un cambio dependerá del pronunciamiento del pueblo en las urnas.

do Social Cristiano (PSC) está de acuerdo que la competencia de designar autoridades regrese a la Asamblea, pero pidió “reglas claras”. Opinó que el nombramiento debe ser con mayoría calificada (101 votos) “ya que estará en juego la estabilidad institucional del país”. Esto obligará a buscar consensos entre todos los sectores políticos, aseveró.

Serrano estimó que el Gobierno está en un “juego macabro para tomarse todos los poderes actuales y los venideros”, y el CNE se ha convertido en una especie de conserje y patio trasero del Ejecutivo cuando le pidió que envíe el documento a la Corte Constitucional.

En la misma línea, la Revolución Ciudadana (RC) criticó al CNE porque, según dicen, ha dado muestras de estar al servicio del Ejecutivo, lo cual es muy grave para la institucionalidad del país. Blasco Luna aseguró que, de llegar a concretarse la propuesta, la RC se pronunciará en contra.

lahora.com.ec

PAÍS ¿Cómo las familias pueden ayudar a reducir el riesgo de apagones?

ECONOMÍA Servicios encarecen la vida en Ecuador

SEGURIDAD

a cabo por el Cpccs a la fecha de la publicación de los resultados del referéndum en el Registro Oficial”, dice la disposición general única de la propuesta de Noboa.

Otra propuesta que pone en alerta a los grupos de minoría de la Asamblea es que, de convocarse a referéndum y aprobar la pregunta: ¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el Cpccs e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el Cpccs”, las autoridades se elegirán con la mayoría absoluta (77 votos).

PSC pide reglas claras

Alfredo Serrano del Parti-

ADN: ‘El Cpccs no ha cumplido con su rol’ El oficialismo, que con sus aliados suma cerca de 84 votos, defiende la competencia que podría tener la Asamblea porque el Cpccs, señalan, no ha cumplido con su tarea de entregarle al país autoridades del control.

Andrés Castillo (ADN) dijo que el país, desde hace un año ha pasado con fiscales subrogantes. “El Cpccs no ha cumplido con su misión constitucional y legal de entregarle al país autoridades de control a tiempo y bien”, señaló tras sostener que, en cualquier Estado democrático, es el Parlamento el encargado de nombrar autoridades.

“No podemos seguir teniendo una institución que no funciona y es absolutamente tumoral para la democracia, el Cpccs no aporta en nada, esta ha sido una lucha histórica que ha tenido ADN para que se devuelva al Parlamento la posibilidad de designar autoridades”, expresó.

Agregó que, aunque ahora tienen una mayoría absoluta (más de 77 votos) “mañana, quien sabe”, afirmó. (SC)

Exseleccionado de la ‘Tri’ es detenido por supuesto robo con arma

JUSTICIA

Fiscalía

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TRÁMITES

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ESMERALDAS

Esmeraldas disminuye un 34% en muertes violentas

AUTORIDAD. Niels Olsen (ADN) ingresa al pleno de la Asamblea para presidir una sesión del 7 de abril

PRODUCCIÓN. Petroecuador es la empresa que más rápido genera $1 millón, pero no es la más rentable del país

Grandes empresas en Ecuador: cuáles generan $1 millón más rápido

Las 60 mayores empresas del país muestran ritmos radicalmente distintos para alcanzar $1 millón en ventas, y sus márgenes revelan modelos de negocio opuestos.

En el Ecuador de las grandes empresas, el reloj corre distinto para cada una. Algunas alcanzan $1 millón en ventas antes de que termine una reunión; otras necesitan casi dos días completos para llegar al mismo punto. El economista y máster en gestión de proyectos Joshue Sandoval analizó la velocidad de facturación de las 60 compañías más grandes del país, y los resultados revelan una competencia feroz entre

gigantes de energía, retail, banca, alimentos y minería

Petroecuador: la más rápida en generar ventas en Ecuador

En el primer puesto, EP Petroecuador se lleva la corona con una velocidad impresionante: 38 minutos para generar $1 millón. Su operación masiva en hidrocarburos la convierte en una máquina de ingresos constante, capaz de alcanzar esa cifra más de 30

veces al día . En promedio, la petrolera estatal genera $443 por segundo.

En segundo lugar, Corporación Favorita, dueña de Supermaxi, Megamaxi y Akí, necesita 3,5 horas para llegar al millón. Su ritmo es sostenido y constante, impulsado por miles de transacciones diarias en todo el país. Su negocio es de volumen, no de margen, según el estudio.

El tercer puesto lo ocupa Corporación Nacional de

Empresas y el tiempo que requieren para generar un millón

Empresa

La Fabril

Sociedad Nacional Galápagos

General Motors Ecuador

Farmanleche

AC Bebidas

Atimasa

Vitapro Ecuador

Schlumberger del Ecuador

NIRSA

Otecel

Consorcio Shushufindi

Gerardo Ortiz e Hijos

CNT EP

Nestlé Ecuador

Arjipac

Loterago del Ecuador

Tiendas Tuti TIDE

Andes Petroleum Ecuador

Cervecería Nacional

Empresa Eléctrica Quito

Aekia

Aquacargill del Ecuador

Expalsa

Industrial Dance

Holcim Ecuador

Dipor

Comercial Kywi

Petrorios

Novacero

Almacenes De Prati

Farcomed

Vepamil

Quifatex

Distrivelhic

Int Food Services

Acería Adelca

The Tesalia Springs Company

Megadatos

Telconet

Electricidad (CNEL EP) , con 5,5 horas, seguida muy de cerca por Corporación El Rosado (5,6 horas) y Santa Priscila, la gigante acuícola que lo logra en 6 horas. Completan el bloque de las diez más rápidas: EP Flopec (6,7 horas), Gisis (7 horas), Primax Comercial del Ecuador (7,1 horas), Ecuacorriente (7,6 horas) y Dinadec (8,1 horas).

Estas diez empresas, de

Tiempo para generar

$1 millón en ventas

13,3 horas

14,4 horas

14,4 horas

15,1 horas

15,2 horas

15,5 horas

15,5 horas

15,6 horas

15,7 horas

15,9 horas

17,2 horas

17,3 horas

17,5 horas

18,9 horas

19,5 horas

19,6 horas

19,6 horas

21,8 horas

22,7 horas

22,8 horas

22,9 horas

23,3 horas

23,4 horas

23,4 horas

23,6 horas

25,2 horas

25,4 horas

26,1 horas

26,3 horas

26,8 horas

26,8 horas

27,2 horas

27,9 horas

28,3 horas

28,4 horas

28,6 horas

29,5 horas

29,7 horas

29,8

acuerdo con el estudio, representan el núcleo de la economía ecuatoriana: energía, alimentos, minería y comercio al por menor. Un segundo grupo genera $1 millón como máximo en la mitad de un día: Pronaca (8,2 horas), Conecel (8,5 horas), operadora de Claro , Corporación Eléctrica del Ecuador

CONTINÚA EN LA PÁGINA 11

CON Gabriela Vivanco
Eduardo Granja

ECONOMÍA

(CELEC EP) (9 horas), Difare (9,5 horas), Aurelian Ecuador (9,6 horas), Petróleos y Servicios (10,1 horas), Shaya Ecuador (10,4 horas), Tiendas Industriales Tía (11,1 horas), Omarsa (11,5 horas) y Terpel Comercial Ecuador (13 horas).

Las cuarenta empresas restantes (dentro de las 60 más grandes) demoran hasta un poco más de un día en generar $1 millón:

Velocidad vs. rentabilidad

Sandoval advierte que los sectores más veloces, como combustibles, retail y alimentos, operan con márgenes de ganancia tan bajos como 0,7% , En otras palabras, facturan rápido, pero ganan poco por cada dólar. La velocidad es una estrategia de volumen, no de margen,

El ranking de velocidad revela quién factura más rápido, pero cuando se cruza con los márgenes de utilidad neta , aparece una historia completamente distinta, Algunas de las empresas más veloces no son necesariamente las que más ganan, y algunas de las más rentables no están entre las que llegan primero al millón, El caso más llamativo es Ecuacorriente, que aparece en el Top 10 de velocidad (7,6 horas para llegar al millón), pero lidera todo el país en rentabilidad con un margen neto de 53,9%, Es decir: no solo factura rápido, sino que se queda con más de la mitad de cada dólar que ingresa.

Le siguen otras compañías extractivas con márgenes extraordinarios: Enap

Sipetrol (52%), Andes Petroleum Ecuador (47,6%) y Consorcio Shushufindi (46,3%), todas con operaciones intensivas en capital y contratos de largo plazo que explican su altísima rentabilidad, aunque no figuren entre las más veloces del ranking, En el sector comercial , Shaya Ecuador, que llega al millón en 10,4 horas, sorprende con un margen de 38%, uno de los más altos fuera del sector petrolero, También destaca Holcim Ecuador, con 34,6%, pese a que su velocidad (23,6 horas) la ubica en la mitad de la tabla.

La minería vuelve a aparecer con fuerza: Aurelian Ecuador , que tarda 9,6 horas en llegar al millón, registra un margen de 30,2%, combinando velocidad y

rentabilidad de manera excepcional.

En telecomunicaciones , Telconet, que alcanza el millón en 29,8 horas, muestra un margen notable de 26,9%, mientras que Conecel (Claro), más veloz, con 8,5 horas, mantiene un margen de 20,8%, reflejo de un negocio de ingresos recurrentes y alta escala.

Otros nombres relevantes en el cruce entre velocidad y margen son: Hidalgo & Hidalgo (25,3%), Cervecería Nacional (24%), Nirsa (23,2%), Petroecuador (23,1%), Produmar (22%), Flopec (21,8%), Avícola San Isidro (20,7%), Schlumberger del Ecuador (19,3%), Almacenes De Prati y Corporación Corsuperior (15,2%), Interagua (14,9%), Novopan (14,9%), Saludsa (14,8%), Megadatos (14,1%), Comer-

Tungurahua

cial Kywi (13,8%) y Reybanpac (13,6%), El contraste es claro, Petroecuador, la empresa más rápida en ventas del país tiene un margen de 23,1%, muy alto para su escala, pero lejos de los líderes de rentabilidad.

Corporación Favorita , segunda en velocidad, opera con márgenes mucho más bajos, de 70 centavos por cada dólar, lo que confirma que su modelo depende del volumen, no del margen, Ecuacorriente , en cambio, combina ambas dimensiones: velocidad alta + margen altísimo , una fórmula que pocas empresas pueden replicar.

Este cruce revela que en el Ecuador de las grandes empresas conviven dos modelos de éxito: Los velocistas, que viven del flujo constante y la rota-

DATOS

Si analiza las 100 empresas más grandes del Ecuador, la rentabilidad promedio es de 9,3%, es decir, ganan 9 centavos por cada dólar invertido.

Petroecuador genera 48 veces más rápido $1 millón en ventas que Telconet.

ción diaria.

Los rentables, que ganan más por cada dólar, aunque lo generen más lentamente. Ambos son válidos, ambos sostienen sectores enteros, pero juntos explican por qué la economía ecuatoriana avanza a ritmos tan distintos. (JS)

CASO NOS FALTAN 3:

Se alista demanda internacional por asesinato de periodistas

Ocho años han pasado sin respuesta. En Ecuador la investigación por el asesinato sigue en etapa de indagación previa. Ricardo Rivas, hermano de un integrante del equipo periodístico, señala que este asesinato no puede quedar en la impunidad.

Ocho años han pasado desde que por primera vez el periodismo ecuatoriano se enfrentó al secuestro y posterior asesinato del equipo periodístico que estaba conformado por Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra. En el caso Nos faltan 3 no hay avances jurídicos en Ecuador . Si bien el 26 de marzo se cumplieron los ocho años del secuestro, los familiares del equipo periodístico detallaron que su asesinato se habría dado entre el 7 y el 8 de abril de 2018, aunque se reconoció oficialmente el 13 de abril de ese año.

Ricardo Rivas, hermano del fotoperiodista Paúl Rivas , conversó con LA HORA y destacó la importancia de mantener el caso Nos faltan 3 en la memoria de los ecuatorianos, para que hechos como este no vuelvan a repetirse.

Caso sigue en investigación previa Ricardo Rivas destacó que en ocho años el caso ha sido complejo, porque tiene muchas aristas, y que “la responsabilidad estatal está

tanto en el lado colombiano como en el ecuatoriano; hay dos procesos”. En Ecuador el proceso es por secuestro y en Colombia por asesinato. Sin embargo, en el país “esta causa no ha avanzado nada, pese a que hay 93 volúmenes en el expediente”.

Agregó que el trabajo de Fiscalía puede ser mucho más de lo que ha hecho en este caso. “Más allá de tomar algunas versiones, creo que la Fiscalía podría pronunciarse en la teoría del caso y hasta el momento no lo ha hecho”.

Según Rivas, ni siquiera se ha hecho una reconstrucción de los hechos y el caso da para abrir otras líneas de investigación. En este punto, dijo que es fundamental la responsabilidad de omisión del Estado. “El caso sigue en etapa de indagación (previa), en ocho años. La ley da dos años y como extraordinario un año más, pero nosotros llevamos ocho años en esta etapa y esto no tiene visos de que vaya a pasar a otra etapa en el proceso”, aseguró. Esto es lo que les preocupa. Ningún avance

dad”, afirmó. Resaltó que en ninguno de los últimos tres gobiernos hay una ayuda sincera. “En todos ha habido un espíritu de cuerpo para silenciarse, siempre se piensa a nivel estatal que el silencio es lo que debe primar antes que la verdad y la justicia”.

Durante el gobierno de Moreno las altas autoridades de ese entonces fueron incluso a representar a Ecuador en la Unesco y ONU, y otros se han trasladado a otros países. En el gobierno de Lasso, dijo Rivas, también negaron sistemáticamente el acceso a la información.

repercusión muy profunda para la sociedad ecuatoriana y que se viene repitiendo desde 2018 con los asesinatos a periodistas”.

Ricardo Rivas indicó que trabaja en una demanda internacional al Ecuador y posiblemente a Colombia, “porque no da más como para seguir esperando. Hemos esperado ocho años de oportunidad, por lo menos para que avancen las investigaciones y, simplemente, no han querido hacerlo”.

en tres gobiernos

Rivas destaca que entre el 7 y 8 de abril de 2018 el equipo periodístico habría sido asesinado y que “el 11 de abril, los dos Estados, tanto el ecuatoriano como el colombiano, ya conocían internamente que había ocurrido el lamentable asesinato”.

El secuestro y posterior asesinato del equipo periodístico se dio cuando Lenín Moreno era el presidente de Ecuador. Luego llegaron al poder Guillermo Lasso y Daniel Noboa, pero no hubo ningún avance en el caso.

Ricardo Rivas señala que recién el 4 de abril de 2024 se resolvió la desclasificación de documentos, aunque esta había sido solicitada en 2022, cuando Lasso era presidente. “Esta desclasificación tiene que ver solo respecto a las actas 18, 19 y 20 en los temas relacionados con Paúl, Efraín y Javier”.

“Estos procesos que se generan por parte del Estado como un espíritu de cuerpo para poder silenciar desde todas las aristas y que este silencio sea la premisa con la que el Estado toma bandera en casos de violaciones de derechos humanos, es preocupante porque genera impuni-

LUCHADOR,. hermano de Paúl Rivas quien fue uno de los integrantes del equipo periodístico. (Foto: Diario La Hora)

En el Gobierno de Daniel Noboa, la relación que hay se da por la sentencia de la Corte Constitucional que establece que se debe entregar la información del caso. “Pero ha sido mutilada, con actas que tienen inconsistencias desde que se originaron en 2018”.

‘No puede quedar en la impunidad’ “Este caso no puede quedar en la impunidad ”, enfatizó Rivas, quien argumentó que un caso tan grave y de gran connotación debe tener respuestas. “No solo por el hecho de que él es mi hermano, sino porque tiene una

Insistió en que el caso se debe recordar para aprender a no tomar las mismas decisiones si se quiere un mejor país. “Esta sangre de estos tres periodistas no está derramada en vano, sino que, lamentablemente, sirvió de ejemplo para una lucha que va más allá y no puede volver a repetirse”. (PSR)

Corredor universitario: proyecto de $11 millones sin ejecución

Más de 50.000 personas y 30 hectáreas del hipercentro podrían transformarse con una intervención urbana que lleva años en espera.

PROMESA. El corredor universitario propone transformar el entorno de tres campus en un espacio peatonal, seguro y cultural, pero el proyecto sigue sin ejecución municipal. (Foto: Rolando Enriquez, API)

La Universidad Politécnica Salesiana, la Escuela Politécnica Nacional y la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE) impulsan desde hace casi una década un proyecto urbano para transformar el corazón académico de la ciudad: el denominado ‘Campus Quito’ o corredor universitario.

Pese a contar con estudios completos y financiamiento inicial para su diseño, el proyecto permanece sin ejecución y a la espera de una decisión del Municipio.

Un proyecto nacido desde la academia

Según el vicerrector de la Universidad Salesiana, German Arévalo, el origen de la propuesta se remonta a reuniones sostenidas entre las universidades desde 2017, cuando se planteó la necesidad de intervenir de forma integral el espacio urbano que conecta sus campus. La idea: dejar de tratar

cada entorno universitario de forma aislada y construir un verdadero distrito académico en el hipercentro de Quito.

Durante casi dos años, comisiones técnicas de las tres instituciones trabajaron en la estructuración del proyecto hasta concretar la elaboración del “plan masa”, es decir, el diseño conceptual que serviría como base para los estudios definitivos.

El plan fue desarrollado por un equipo de arquitectos seleccionado mediante licitación. Posteriormente, se contrató una firma especializada para la elaboración de los estudios completos del proyecto, con un costo cercano a los $50.000, financiados íntegramente por las universidades, aseguró Arévalo.

Estudios listos, obra pendiente

El proyecto entregado al Municipio incluye seis estu-

dios técnicos definitivos:

• Diseño estructural.

• Diseño eléctrico.

• Diseño de telecomunicaciones.

• Diseño paisajístico.

• Diseño ambiental.

• Presupuesto referencial por fases.

Además, contempla un cronograma de ejecución y un esquema de cooperación técnica para su implementación.

A lo largo de los años, la propuesta fue presentada a distintas administraciones municipales. Inicialmente al exalcalde Jorge Yunda , luego a Santiago Guarderas y finalmente, en agosto de 2023, al actual alcalde, Pabel Muñoz, ya con observaciones incorporadas por diversas entidades municipales, según Arévalo. Entre estas participaron la Empresa Metropolitana de Movilidad y Obras Pú-

blicas, la Empresa de Agua Potable, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Territorio, Hábitat y Vivienda, así como administraciones zonales como Eugenio Espejo y La Mariscal.

Pese a ese proceso técnico y participativo, Arévalo asegura que no han recibido una respuesta concreta sobre la ejecución del proyecto. Además, este Diario se comunicó con la Epmmop, quienes estarían a cargo de la implementación, pero no obtuvimos respuestas hasta el cierre de esta edición.

Pacificación vial

El eje central del corredor universitario, asegura Arévalo, es la “pacificación” del tránsito vehicular, especialmente en la calle Isabel La Católica , un punto crítico por la presencia de buses y congestión constante.

La propuesta plantea reducir el tráfico a un solo sentido de circulación o incluso desviar ciertas rutas, con el objetivo de priorizar al peatón . Esto permitiría transformar gran parte de la vía Isabel La Católica, en un espacio público abierto, con áreas verdes, iluminación LED y mobiliario urbano.

Para Arévalo, uno de los elementos más destacados es la creación de la “plaza de las universidades”, ubicada en el punto de convergencia de los tres campus. Este espacio estaría destinado a actividades culturales, sociales y comunitarias , no solo para estudiantes sino para toda la ciudadanía.

Además, se proyecta un corredor peatonal que conecte la zona universitaria con la estación del Metro en el sector de la avenida Patria, facilitando la movilidad sostenible.

Un gran campus integrado Más allá de la intervención física, el proyecto contem-

pla una integración funcional entre las universidades. Una de las ideas es implementar un sistema de acceso compartido, que permita a estudiantes de una institución circular por los campus de las otras mediante un solo carné, aseguró Arevalo.

Actualmente, cada universidad mantiene controles de ingreso independientes, en parte debido a la creciente inseguridad en la ciudad. El corredor universitario buscaría mejorar estas condiciones mediante un entorno más seguro, iluminado y con mayor presencia ciudadana.

Inversión por fases

El costo estimado del proyecto supera los $11 millones, dividido en cuatro fases:

• Fase 1: aproximadamente $3 millones.

• Fase 2: cerca de $2,75 millones.

• Fase 3: alrededor de $2,55 millones.

• Fase 4: unos $3,5 millones.

Estas cifras son referenciales y corresponden únicamente a la ejecución de obra, ya que los estudios previos ya fueron financiados por las universidades, explicó Arévalo.

Proyecto estratégico para la ciudad

El corredor universitario abarca unas 30 hectáreas y concentra una población diaria de alrededor de 50.000 personas, entre estudiantes, docentes y personal administrativo. Para Arévalo, se trata de un punto clave dentro del hipercentro de Quito, con potencial no solo académico, sino también turístico y cultural.

Pese a ello, el proyecto no ha sido priorizado dentro de las intervenciones municipales recientes, que se han enfocado en otras vías como la avenida 12 de Octubre o la Colón. Las universidades insisten en que la propuesta está lista para ejecutarse y que corresponde ahora a las autoridades locales asumirla como una inversión en espacio público y movilidad urbana. (EC)

Hospitales públicos: Hay todo un mercado clandestino de medicinas

Desde paracetamol hasta sedantes se encuentran en carpas, carros, casas o quioscos que son puntos a los que la ciudadanía llama farmacias clandestinas. Estos fármacos surgen del contrabando y de los hospitales públicos.

El contraste es directo: mientras pacientes reportan escasez en las farmacias de la red pública, los operativos de control detectan esos mismos insumos en carpas, kioscos conocidos como ‘farmacias clandestinas’ ubicadas a pocos metros de los hospitales públicos.

La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) confirmó que entre 2024 y 2026 se han retirado del mercado informal cerca de

900.000 productos sanitarios de procedencia irregular. Entre esos, 80.000 fármacos de las bodegas de hospitales del Estado. Una venta que revela la corrupción

En 2025, un operativo en el Batallón del Suburbio (Guayaquil) incautó 5.700 fármacos en una estructura clandestina. De ellos, 500 unidades pertenecían al stock del Ministerio de Salud Pública (MSP ), mientras que 3.000 estaban

CONVOCATORIA

caducados. Simultáneamente, en Quito se detectaron 9.800 insumos irregulares cerca de hospitales del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), evidenciando la persistencia de un mercado que comercializa desde muestras médicas hasta dispositivos sin registro sanitario.

Para Amparo Orozco, médico general, esto muestra la corrupción “que existe desde adentro de los hospitales públicos”, ya que “la

A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA KLUBSEGUROS S.A.

AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS

De conformidad con lo que dispone el artículo 236 de la Ley de Compañías, en concordancia con el artículo noveno del Estatuto Social, se convoca a los accionistas de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS para la Junta General ordinaria que se efectuará el día lunes 20 de abril de 2026 a partir de las diez horas (10h00), en la sede social de la compañía, ubicada en la Av. Atahualpa s/n y Víctor Hugo (sala de reuniones de la compañía Automotores Carlos Larrea T. Cía. Ltda.) de este cantón Ambato, provincia de Tungurahua. La Junta tratará y se pronunciará sobre los siguientes asuntos:

1.INFORME COMISARIO REVISOR 2025

2. CONOCIMIENTO Y RESOLUCION SOBRE EL INFORME DE GERENCIA GENERAL DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2025

3. CONOCIMIENTO Y RESOLUCION SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS Y RESULTADOS DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2025

4. DESTINO DE RESULTADOS DEL EJERCICIO ECONÓMICO 2025

5. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE JUNTA GENERAL

Se convoca especial e individualmente a la Comisaria Revisora de la compañía, C.P.A. Jenny Aucapiña, a quien también se le está convocando por escrito, en la siguiente dirección en la ciudad de Ambato: Av. Los Atis y Cuero Caicedo, y a su correo electrónico: jennyaucapina94@gmail.com

Los accionistas podrán asistir a la Junta General ya sea físicamente, es decir concurriendo a las instalaciones de la compañía en la dirección señalada, o de manera virtual. Los accionistas que deseen conectarse telemáticamente podrán hacerlo mediante Microsoft Teams:

Id. de reunión: 269 729 528 800 50

Código de acceso: Tq3Kr7cD

Los accionistas que se conecten telemáticamente deberán remitir al secretario de la junta un correo electrónico, donde se consigne la forma de votación por cada moción, al siguiente correo electrónico: administracion@carlarservice.com Los accionistas minoritarios que sean titulares de por lo menos el cinco por ciento del capital social, podrán solicitar que se incluyan puntos adicionales a los ya referidos en la convocatoria; o, que se efectúen correcciones formales a los puntos constantes en la convocatoria, solicitud que deberán realizarla al Gerente General de la compañía, dentro del plazo improrrogable de 72 horas desde que se realizó la convocatoria. Cada uno de los accionistas minoritarios, que sean titulares de por lo menos el cinco por ciento del capital social, tendrá derecho a solicitar la inclusión de máximo un punto en el orden del día. Sin embargo, no se podrá incluir más de cinco puntos adicionales a los que constan en esta convocatoria. Se dará tratamiento en orden cronológico. Los accionistas que deseen enviar por correo electrónico los documentos de representación para la asistencia a la Junta General podrán hacerlo a la siguiente dirección electrónica: administracion@carlarservice.com Los documentos que van a ser conocidos por la junta han estado y están a disposición de los accionistas, por el plazo legal, en las instalaciones de la compañía KLUBSEGUROS S.A. AGENCIA ASESORA PRODUCTORA DE SEGUROS, ubicadas en la Av. Atahualpa s/n y Víctor Hugo de este cantón Ambato. Ambato, abril 08 de 2026

C&A CONSULTING S. C.

GERENTE GENERAL

CARLOS MATEO PALACIOS LARREA

GERENTE GENERAL

medicina pública no puede desaparecer de un hospital y aparecer en una farmacia clandestina, sin que las autoridades o responsables del stock lo sepan”.

Al mercado negro de medicina pública se suman las farmacias que venden productos para la salud sin registro sanitario.

El director de la Arcsa, Daniel Sánchez , informó que entre 2024 y 2026, 147 farmacias fueron clausuradas. Las causas principales de estas sanciones incluyen:

· Comercialización de productos sin registro sanitario.

· Incumplimientos severos de condiciones higiénico-sanitarias.

· Venta de productos de procedencia irregular.

Sobre los fármacos que se comercializan en puntos irregulares cercanos a casas de salud, Sánchez dice que con el Comité Nacional de Salud Pública (Consap) se tomó la decisión de reforzar los controles a los alrededores de hospitales públicos.

En septiembre de 2025, las autoridades del Consap destacaron que se intensificarán las inspecciones para detectar la venta ilegal de fármacos pertenecientes al Estado.

El entonces presidente del Consejo Directivo del IESS, Edgar Lama, confirmó que ya existen procesos

judiciales en marcha, citando el caso de un funcionario del Hospital Monte Sinaí detenido por el robo de medicinas encontradas en mercados clandestinos.

¿Qué pasa con las medicinas incautadas? La Arcsa inicia un informe con el nombre del medicamento, su registro y número de lote para que las autoridades del Ministerio de Salud puedan determinar de dónde salió ese fármaco. Entre 2024 y 2026, la Arcsa ha intervenido 1.553 establecimientos en los alrededores de 319 unidades de salud del país. Lo que ha generado 31 clausuras y más de 80.000 medicamentos e insumos médicos retirados de este mercado.

Solo en 2026 (corte al 6 de marzo) fuera de hospitales se han ejecutado dos clausuras y se han inmovilizado 1106 productos en 20 puntos clandestinos. La mayor incidencia es en hospitales de la Costa.

¿Qué medicamentos se venden de forma clandestina? Sánchez resalta que son diversos pero que sobre todo hallan medicamentos de alta rotación (paracetamol, ibuprofeno, omeprazol, antihistamínicos ), medicina para la hipertensión o antibióticos. Incluso han encontrado productos como sedantes, que requieren de una cadena de frío.

LA HORA ha solicitado una entrevista con el Ministerio de Salud, desde el 5 de febrero de 2026, sin obtener respuesta. Desde la Vicepresidencia se indicó que María José Pinto, quien lidera el MSP, abriría su agenda la próxima semana. (AVV)

CLANDESTINO. Fentanilo, que pertenece a una clase de medicamentos llamados analgésicos narcóticos, fue hallado de venta en la Bahia de Guayaquil, en 2025.

DIPLOMACIA. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, asegura que hay avances para un acuerdo de paz. Cuenta de X de la Casa Blanca

Trump acepta extender su ultimátum contra Irán por dos semanas

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump aceptó extender su ultimátum y asegura estar “muy avanzado” en un “acuerdo de paz definitivo” con Irán y en Oriente Próximo.

MADRID. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump , ha aceptado este 7 de abril de 2026 “suspender los ataques” contra Irán por un periodo de dos semanas, extendiendo así el ultimátum lanzado contra Teherán a escasas dos horas de que el mismo venza.

“Siempre que la República Islámica de Irán acepte la apertura total, inmediata y segura del estrecho de Ormuz, acepto suspender los bombardeos y ataques contra Irán durante un periodo de dos semanas”, ha anunciado

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDI YA LTDA.

Ambato, 07 de Abril del 2026.

De conformidad al artículo 2 del Capítulo XXXIX de la codificación de resoluciones emitidas por la Junta de Política y Regulación Financiera, la Ley Orgánica de Economía Popular, el numeral 1 del artículo 37 de su Reglamento General ,el Estatuto Social y demás normativa interna de la Entidad, la Presidencia de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Ya CONVOCA a los Señores Representantes a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA que se efectuará de manera presencial para el Martes 14 de abril del año 2026 a las 18H00 en el auditorio de la Oficina Matriz de la Cooperativa ubicada en la calle Bolivar 07-22 y Ayllón de la ciudad de Ambato. Para tratar el siguiente ORDEN DEL DIA.

1.Constatación del Quórum

2. Aprobación del Orden del día.

3. Elección de los 5 vocales principales del Consejo de Administración para el periodo 2026-2030.

4. Elección de los 3 vocales principales del Consejo de Vigilancia para el periodo 2026-2030.

5. Elección de los 5 vocales suplentes del Consejo de Administración para el periodo 2026-2030.

6. Elección de los 3 vocales suplentes del Consejo de Vigilancia para el periodo 2026-2030.

7. Lectura de Resoluciones.

8. Lectura y aprobación del Acta.

9. Clausura.

Atentamente,

el mandatario estadounidense en un mensaje publicado a través de su red social, en el cual ha especificado que “se tratará de un alto el fuego recíproco”.

El inquilino de la Casa Blanca ha señalado que la adopción de esta decisión, que supone una nueva prórroga de su ultimátum, llega tras una conversación con el primer ministro de Pakistán, Shehbaz Sharif, quien ha pedido a Washington una nueva extensión por dos semanas, al tiempo que ha instado a la República Islámica a desbloquear el estratégico estrecho de Ormuz “como gesto de buena voluntad”.

En dicho diálogo con el mandatario pakistaní y con el mariscal Asim Munir, de ese mismo país, Trump ha asegurado que Islamabad le ha solicitado “detener la fuerza destructiva que se iba a enviar esta noche a Irán”, después de que en la mañana de este mismo martes amenazara con que “toda una civilización” moriría “para nunca volver”.

Objetivos militares cumplidos

A renglón seguido, el jefe del

Ejecutivo estadounidense ha justificado esta decisión alegando que Washington ya ha “cumplido y superado todos los objetivos militares” , tras la ofensiva sorpresa lanzada junto a Israel contra Irán el pasado 28 de febrero, que ha provocado hasta ahora las muertes de quienes fueran líder supremo, el ayatola Alí Jamenei; el secretario del Consejo Supremo de Seguridad Nacional , Alí Lariyani, y el comandante de la Armada, Alireza Tangsiri, entre otras.

Por otra parte, Trump ha garantizado estar “muy avanzado” en un “acuerdo definitivo sobre la paz a largo plazo con Irán y en Oriente Próximo” agregando, a su vez, que la República Islámica ha enviado una “propuesta de 10 puntos” que podría servir como “base viable sobre la cual negociar”.

“En nombre de Estados Unidos de América, como presidente, y también en representación de los países de Oriente Próximo, es un honor que este problema de larga data esté a punto de resolverse”, ha zanjado el mandatario. EUROPA PRESS

COMPAÑÍA LABORATORIOS MEDICOS DE TECNOLOGIA AVANZADA LABMETA S.A.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA LABMETA S.A.

De conformidad con las disposiciones de la Ley de compañías y de los Estatutos de la empresa LABORATORIOS MEDICOS DE TECNOLOGIA AVANZADA LABMETA S.A.; se convoca a todos los accionistas a Junta General Ordinaria, que tendrá lugar el día jueves 16 de Abril del año 2026 a las 11h00 am. En el local de la empresa ubicado en la calle Hungría N31-91 y Vancouver de la ciudad de Quito, para conocer el siguiente orden del día:

1. Conocimiento y aprobación del informe de gestión del Presidente Ejecutivo sobre el ejercicio económico del año 2025.

2. Conocimiento del informe del Comisario de la empresa.

3. Conocimiento y aprobación de los estados financieros del ejercicio económico del año 2025.

El Balance general, el estado de pérdidas y ganancias y sus anexos, el informe del Comisario, se encuentran a disposición de los accionistas en el local de la empresa, cuya dirección ha sido referida, para su estudio. La exhibición de tales documentos se está llevando a cabo con ocho días de anticipación a la fecha en que ha sido convocada la Junta General.

Quito, 08 de Abril del 2026

Ing. Francisco Javier Sarzosa Játiva Presidente Ejecutivo

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.

CITACIÓN JUDICIAL A: BLANCA EUDOCIA AMENDAÑO QUINTUÑA.

ACTOR: ANDRADE CAPELO CELSO MARIO

DEMANDADOS: BLANCA EUDOCIA AMENDAÑO QUINTUÑA.

CUANTÍA: 280.000,00.

JUICIO: No. 17230-2025-03018.

TIPO DE PROCEDIMIENTO: JUICIO VOLUNTARIO.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 18 de marzo del 2025, a las 15h04. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Distrito Metropolitano de Quito y en virtud a la razón de sorteos que antecede. 1) La demanda se califica de clara, completa y por reunir los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (en adelante COGEP), en concordancia con lo previsto en el artículo 335 ibídem, se admite a PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO previsto en los artículos 335, 336 y 339 del invocado cuerpo legal. 2) Cítese a la parte demandada BLANCA EUDOCIA AMENDAÑO QUINTUÑA, en el lugar que se indica en la demanda, a fin de que comparezca a juicio y presente el informe de rendición de cuentas, así como de la administración de los valores económicos señalados por la parte actora; informe que será debatido en audiencia prevista en el inciso tercero del artículo 335 COGEP; O HASTA ANTES DE LA CONVOCATORIA A AUDIENCIA exprese por ESCRITO su oposición debidamente fundamentado, cumpliendo para el efecto los requisitos previstos en el artículo 151 del COGEP, en concordancia con el artículo 142 ibídem, conforme así lo ordena el inciso segundo del artículo 336 del invocado cuerpo legal, en cuyo caso el procedimiento se sustanciará en vía sumaria considerando la oposición que se formule como contestación a la demanda. 2.1) Para tal efecto remítase despacho suficiente a la Oficina encargada de practicar dicha diligencia, debiendo la parte interesada acercarse a esta Unidad a proveer de las copias necesarias para elaborar las boletas que se requieran. 3) Se le recuerda al funcionario citador que para el cumplimiento de la diligencia citatoria, incluso puede solicitar y contar con el auxilio de la Fuerza Pública, en caso de que encuentre resistencia o impedimento para su efectiva realización, al tenor de lo previsto en el Art. 30 del Código Orgánico de la Función Judicial. 4) De conformidad con la facultad contenida en los artículos 3 y 76 del COGEP y conforme lo determinado en el inciso tercero del artículo 335 del COGEP, la audiencia a celebrarse en la presente causa se llevará a cabo EN EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS contados a partir de la citación que se practique en legal y debida forma, para lo cual se notificará de manera oportuna. Se exhorta a la parte demandada a señalar casilla judicial y correo electrónico a efecto de sus notificaciones, y a ejercer el derecho que le asiste de designar abogado defensor. 5) Considérese el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte actora. 6) Téngase en cuenta la comparecencia de la parte actora, casilla judicial y correo electrónico señalados para recibir notificaciones, así como la autorización que confiere a su defensa. 7) Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto y los posteriores, tienen igual validez y generan los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita desde la presente actuación judicial. 8) Se procede a notificar en el correo electrónico, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de Procesos que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente dice: “[…] Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”. NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 17 de marzo del 2026, a las 11h45. VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora. Atendiendo el mismo se dispone: 1.- En virtud del juramento rendido por la actora conforme el acta de fecha 13 de marzo del 2026, se ordena CITAR con el contenido de la demanda y el presente auto a la parte demandada AMENDAÑO QUINTUÑA BLANCA EUDOCIA por la prensa de conformidad con lo determinado en el numeral segundo, inciso segundo del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, a través de tres publicaciones realizadas en fechas distintas en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Quito, para lo cual por Secretaría confiérase el extracto. 2.- Se procede a notificar en el correo electrónico, conforme lo determinado en el artículo 66 del Código Orgánico General de procesos que respecto a las notificaciones, en su parte pertinente dice: “[…] Son idóneos los siguientes lugares: el casillero judicial, domicilio judicial electrónico, correo electrónico de una o un defensor¿ legalmente inscrito o el correo electrónico personal.”.- Al amparo del artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto y los posteriores, tienen igual validez y generan los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita desde la presente actuación judicial. NOTIFÍQUESE.

Particular que llevó a su conocimiento para los fines legales pertinentes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Quito para sus posteriores notificaciones. NOTIFÍQUESE.

Perú: Exfiscal de caso

Lava Jato defenderá a Pedro Castillo

El exfiscal especial del caso Lava Jato en Perú, , José Domingo Pérez, anunció que será el nuevo abogado del expresidente Pedro Castillo.

El exfiscal especial del caso Lava Jato en Perú, José Domingo Pérez, ha anunciado que será el nuevo abogado del expresidente Pedro Castillo , quien cumple una pena de once años y medio de cárcel por su fallido autogolpe de Estado en diciembre de 2022 y en medio de otro proceso judicial por presunta corrupción.

“Asumo esta defensa con el objetivo de buscar la libertad del presidente Pedro Castillo. Haremos la resistencia legal para lograrlo desde el ámbito judicial y, por ello, llevo el mensaje de que es un presidente secuestrado, camino a su libertad”, ha anunciado Pérez a las puertas del penal de Barbadillo.

El proceso contra Castillo “ha merecido el repudio de muchos juristas internacionales porque se le ha privado de la libertad al hijo del pueblo (...) sin permitirle el ejercicio de una defensa de libre elección, con jueces parcializados que tenían ya la condena anticipada”, ha dicho en un vídeo visto en redes sociales.

Pérez ha sugerido que su defensa de Castillo responde también a las supuestas irregularidades cometidas por “toda la mafia que gobier-

na las instituciones” y de las que él mismo está siendo “víctima”.

“En principio estoy en el juzgamiento que conllevó a esta injusta condena, en los siguientes días vamos a hacer el apersonamiento en relación a los demás casos que tiene. El objetivo es lograr la libertad” , ha dicho, en relación al otro proceso por presunta corrupción y liderazgo de una organización criminal.

Recientemente, la Justicia peruana decidió ampliar doce meses más la prisión provisional para Castillo en el marco de esta investigación, en la que es señalado como supuesto cabecilla de una trama para cobrar comisiones a cambio de conceder contratos de obras públicas, desde las carteras de Vivienda y Transportes.

Investigación contra Keiko

Fujimori

Pérez había sido hasta hace poco la cabeza visible de la investigación contra la varias veces candidata presidencial Keiko Fujimori por la supuesta financiación irregular de sus campañas electorales con dinero de la constructora brasileña Odebrecht, inmersa en numero-

sos casos de corrupción en todo el continente. La candidata de Fuerza Popular a las elecciones de este domingo ha reaccionado a la noticia reafirmándose en lo que ya dijo en su momento, que Pérez “no era un fiscal”, sino un agente político. “Se ha demostrado su verdadero color político”, ha dicho Fujimori, en declaraciones a los medios.

“Lo que es peor, lo que se demuestra, es que siendo fiscal utilizó los presupuestos del Estado para perseguir al enemigo político, y eso es algo que tenemos que rechazar”, ha declarado Fujimori, favorito en esta primera vuelta.

Pérez antes había logrado una condena de 20 años de cárcel para el expresidente Alejandro Toledo por corrupción y lavado de dinero y había participado en la acusación del también expresidente Pedro Pablo Kuczynski.

Sin embargo, fue apartado del caso contra Fujimori a principios del año pasado por presuntas irregularidades durante la investigación y finalmente la Junta Nacional de Justicia (JNJ) decidió no ratificarle como fiscal anticorrupción.

JUSTICIA. El expresidente de Perú, Pedro Castillo, está involucrado en un caso de corrupción. EP/Archivo

REPRESENTANTES. Desde mayo de 2027, cuando se posesionen las nuevas autoridades locales, el Concejo Municipal de Ibarra estará conformado por 11 ediles.

Ibarra pasará de elegir 9 a 11 concejales

El cantón Ibarra, capital de Imbabura, elegirá 11 concejales en noviembre de 2026, con dos representantes más de la parte urbana que en el periodo anterior.

IMBABURA.- En Imbabura, el cantón Ibarra elegirá más concejales en las próximas elecciones seccionales, pasando de 9 a 11 ediles a partir de los comicios previstos para noviembre de 2026.

El cambio implica no solo más representantes en el Concejo Municipal, sino también un posible incremento en el número de candidatos que participarán en la próxima contienda electoral.

La decisión responde a una actualización del Consejo Nacional Electoral (CNE), que redefinió las circunscripciones en 17 cantones del país en función de su crecimiento poblacional. En el caso de Ibarra, el aumento de habitantes derivó en la asignación de dos curules adicionales.

Más concejales, más candidaturas Con esta modificación, la

distribución pasará de siete concejales urbanos y dos rurales , a nueve urbanos y dos rurales . Esto obliga a que cada organización política inscriba listas más amplias, ya que ahora deberán presentar 11 candidatos principales, además de sus respectivos suplentes.

El efecto directo, según analistas políticos, será un aumento en la oferta electoral, que advierten no garantiza mejorar la representatividad ni tampoco un mayor desarrollo de Ibarra. En procesos anteriores, por ejemplo, ya se registraban más de 200 aspirantes solo para concejalías en Ibarra, por lo que se prevé que esa cifra crezca en los próximos comicios.

Inconformidad con candidatos

Como lo reportó LA HORA en su momento, en las elecciones de 2023, el voto nulo

en candidatos a concejales de Ibarra alcanzó el 18,97% , con 20.702 votos, superando a la gran mayoría de listas participantes. Solo la lista más votada (Avanza) logró ubicarse por encima de ese porcentaje, lo que evidenció un nivel de dispersión y descontento entre los electores frente a las opciones en papeleta. Actualmente, el Concejo Municipal de Ibarra está integrado por representantes de cinco fuerzas políticas, donde la mayoría corresponde, precisamente, a Avanza, con cuatro ediles , seguida de la Revolución Ciudadana con dos, mientras que el resto se distribuye entre movimientos locales y alianzas.

Mayor número de autoridades en Imbabura

Las elecciones seccionales se realizarán el domingo 29 de noviembre de 2026, tras un cambio de fecha dispuesto por el CNE. Inicialmente estaban previstas para febrero de 2027, pero se adelantaron por una advertencia de un invierno fuerte que podría afectar el proceso.

A escala nacional se elegirán 5.742 autoridades principales, entre prefectos, alcaldes, concejales, vocales parroquiales y miembros del Cpccs.

En la provincia de Imbabura, el aumento de concejales en Ibarra eleva ligeramente el total de dignidades, donde serán 227 autoridades principales las que se elijan en noviembre, dos más que en las elecciones de 2023. (FV)

ELECCIONES. Para las votaciones, que serán el 29 de noviembre de 2026, las listas deberán presentar más candidatos para las concejalías en Ibarra.

Mujer es retenida en Chibuleo por problemas con su madre

No es la primera vez que la mujer y su madre tienen problemas por propiedades. La situción analizará la situación en una asamblea general.

Una mujer de 63 años fue retenida por la comunidad en Chibuleo San Pedro, de la parroquia Juan Benigno Vela , al sur de Ambato , la noche del lunes 6 de abril. El hecho fue reportado cerca de las 20:00, cuando personal policial acudió hasta la casa comunal del sector, tras una alerta del ECU 911. En el lugar, los uniformados constataron que la ciudadana se encontraba bajo custodia dentro de las insta-

laciones comunitarias.

La mujer contó que fue retenida por disposición de una dirigente comunitaria y varios comuneros debido a un conflicto de carácter familiar relacionado con propiedades que mantiene con su madre De acuerdo con el reporte policial, este no sería un hecho aislado, ya que existirían antecedentes de disputas similares entre las partes, incluso con actas de conciliación previas que no se ha-

HECHOS. Los delincuentes forzaron las seguridades de la vivienda.

Delincuentes entran a una casa y se llevan electrodomésticos y dinero

Un nuevo robo a domicilio fue reportado la tarde del lunes 6 de abril en el sur de Ambato.

El hecho fue alertado al ECU 911, lo que permitió la movilización de personal policial hasta una vivienda ubicada en la calle Disney y un callejón sin nombre.

En el lugar, los uniformados tomaron contacto con el propietario del inmueble de 55 años, quien relató que salió de su casa a las 09:00 por motivos laborales y, al regresar cerca de las 15:00, encontró que personas desconocidas habían ingresado tras forzar las seguridades de la puerta principal.

Según el afectado, los delincuentes aprovecharon, además, que una de las ventanas no contaba con las de-

bidas protecciones, lo que facilitó el acceso al interior de la vivienda.

Del lugar se sustrajeron dos televisores, dos tanques de gas, 215 dólares en efectivo y varios documentos personales.

Personal policial coordinó la presencia de unidades de Flagrancia para la verificación del hecho. En la inspección se constató que el domicilio y viviendas aledañas no cuentan con cámaras de videovigilancia, lo que dificulta la identificación de los responsables.

Finalmente, los agentes guiaron al perjudicado sobre el procedimiento legal a seguir, quien mencionó que acudirá ante la autoridad competente para presentar la respectiva denuncia. (RMC)

brían cumplido. Los comuneros habrían decidido mantener a la mujer retenida hasta que su situación sea analizada en una asamblea general. (RMC)

Dos detenidos por robar un bolso en el sector del mercado Mayorista

Dos hombres fueron detenidos la mañana de este lunes 6 de abril tras ser señalados como presuntos responsables de un hurto registrado en el sector del mercado Mayorista de Ambato.

El hecho ocurrió alrededor de las 06:45, cuando una alerta del ECU 911 permitió identificar, a través de cámaras de seguridad , a dos individuos que

Nelson Danilo Correa está desaparecido

Nelson Danilo Correa Idiarte fue reportado como desaparecido en Baños de Agua Santa

El hombre de 32 años fue visto por última vez el pasado domingo 5 de abril de 2025.

Ante la falta de información sobre su paradero crece la preocupación entre sus familiares, la Policía Nacional mantiene actividades investigativas para encontrarlo.

Cualquier novedad que

habrían sustraído un bolso desde un camión estacionado en las calles Julio Jaramillo y Tres Carabelas. Con las características proporcionadas de los sospechosos, personal policial inició una persecución ininterrumpida, apoyada por el sistema de videovigilancia. Minutos después, los sospechosos fueron ubicados en la avenida El Cóndor y Batalla de

pueda contribuir con encontrarlo se puede llamar al Sistema Integrado de Seguridad ECU 911 o al 1 800 Delito 33 54 86.

Según la información publicada en la página de la Fiscalía General del Estado, no es necesario esperar 24 o 48 horas para reportar una desaparición en las oficinas del Servicio de Atención Integral o en las fiscalías competentes a escala nacional desde las 08:00 hasta las 17:00.

Pichincha en donde fueron detenidos.

Ambos fueron identificados como Jaime Ch., de 39 años, y Jorge Ch., de 38. Según el reporte policial, durante el registro corporal no se encontraron evidencias en su poder. Posteriormente, ambos ciudadanos fueron trasladados al Hospital Municipal para su valoración médica y luego ingresados a la Unidad de Aseguramiento Transitorio, donde permanecen a la espera de la audiencia de flagrancia. (RMC)

Fuera del horario regular, fines de semana o feriados se puede reportar con un fiscal de turno de Flagrancia, funcionario que se comunicará de manera inmediata con la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dinased) para activar los protocolos de búsqueda. (RMC)

SITUACIÓN. Personal policial verificó el estado de la mujer retenida.
AYUDA. Nelson Danilo Correa Idiarte tiene 32 años.

ACUMULACIÓN DE PENAS EN EL CONCURSO DE INFRACCIONES

La acumulación de penas se encuentra regulado en el art. 55 del COIP, siendo el límite máximo de 40 años de privación de libertad, esta acumulación se da a consecuencia del concurso real de infracciones, que se produce cuando una persona realiza varias conductas autónomas e independientes y cada una de estas se subsume a un tipo penal diferente. Es decir, que la acumulación de penas en nuestra legislación penal se produce ante la concurrencia de infracciones autónomas e independientes, a lo que la doctrina conoce como pluralidad de acciones y pluralidad de delitos y que el COIP describe en el art. 20 como concurso real.

Concurso de infracciones

Así como un delito puede ser cometido por varias personas, también sucede que una persona cometa con una o varias acciones, dos o más delitos que son valorados conjuntamente en un mismo proceso. Tradicionalmente el concurso de delitos se estructura para su estudio en concurso ideal y concurso real, sin embargo en algunas legislaciones se incluyen distintos supuestos que van más allá de la tradicional división entre concurso ideal y concurso real, que prácticamente se refieren sólo a los casos de unidad de acción y pluralidad de delitos (concurso ideal) y de pluralidad de acciones y de pluralidad de delitos (concurso real), junto a ellos existen otros de pluralidad de acciones y unidad de delito (como el delito continuado y delito masa) y de pluralidad de acciones y de delitos, pero tratada como un concurso ideal (concurso ideal impropio).

El concurso ideal

El catedrático Santiago Mir Puig, respecto al concurso ideal señala: “Habrá concurso ideal cuando un solo hecho constituya dos o más delitos. (…), se le dispensa un trato más favorable que el correspondiente al concurso real, en atención a que sólo concurre un hecho.” (MIR PUIG, Santiago. Derecho Penal. Parte General. Madrid 2016. Edisofer S.L. p.674).

Para Enrique Bacigalupo el concurso ideal es unidad de acción y pluralidad en encuadramientos típicos. “El concurso ideal requiere dos elementos: unidad de acción y lesión de varías leyes penales (realización simultánea de varios tipos penales). La unidad de acción es un presupuesto del concurso ideal, pero no es suficiente; la acción única debe haber realizado dos o más tipos penales. (…)”. (BACIGALUPO, Enrique. Derecho Penal, parte general. Buenos Aires 1999 Hammurabi.p. 590-591.)

De estas definiciones doctrinarias podemos extraer dos ejemplos de nuestro COIP de concurso ideal: El primero, cuando un familiar pre-

EN LA WEB

tende visitar en la cárcel a un privado de libertad, siendo sorprendido con droga en uno de los accesos al centro carcelario, entonces ejecuta un solo acto (unidad de acción) pero lesiona al mismo tiempo dos tipos penales, el previsto en el art. 275 del COIP “ingreso de artículos prohibidos” y el establecido en el art. 220 del COIP “tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización”. El segundo ejemplo, es cuando una persona por no dejarse detener por el policía que en cumplimiento de su función busca ejecutar una orden de apremio por alimentos, le ocasiona una lesión al agente, entonces tenemos un solo acto (unidad de acción) pero que al mismo tiempo afecta dos tipos penales, el primero, previsto en el art. 283 del COIP “ataque o resistencia” y el segundo el previsto en el art. 152 del COIP “lesiones”, en estos casos corresponde seguir al sujeto activo de la infracción, un solo proceso penal y aplicar la sanción por el delito más grave. La solución a estos casos nos da el art. 21 del COIP, que señala que cuando varios tipos penales son subsumibles a la misma conducta, se aplicará la pena de la infracción más grave, y naturalmente debe seguirse un solo proceso penal, a esto se le conoce como concurso ideal de infracciones.

El concurso real

El concurso real, conocido por la doctrina como pluralidad de acciones y pluralidad de delitos, de acuerdo con Muñoz Conde, el concurso real se produce cuando: Concurren varias acciones o hechos cada uno constitutivo de un delito autónomo (…). Cada acción por separado constituye un delito y, en principio, el tratamiento penal debe ser el principio de acumulación.” (MUÑOZ CONDE, Francisco. Introducción

al Derecho Penal. Parte General. Valencia 2010. Tirant lo blanch. p.468).

Existe concurso real cuando “una pluralidad de hechos de un mismo sujeto constituye una pluralidad de delitos”. (MIR PUIG, Santiago. Op.cit. p.680.)

Ejemplo, cuando un delincuente ingresa al banco a robar, y huye con un rehén para poder escapar y se esconde en un inmueble cercano al banco (para no ser localizado por la policía) y mientras espera que pase el tiempo de búsqueda, aprovecha de la situación para violar a su rehén. En este ejemplo es claro distinguir los elementos que configuran el concurso real: pluralidad de hechos, pluralidad de delitos, y que éstos sean autónomos e independientes.

Pluralidad de hechos, porque son varias acciones ejecutadas en tiempos y momentos diferentes, una acción o acto es el robo al banco y otra acción o acto es la violación que se produce en momentos diferentes de espacio-tiempo. (Aunque puede existir pluralidad de hechos en la misma acción ejecutada, como se explica más adelante)

Pluralidad de delitos, porque se cometen más de un delito (el robo y la violación) y se afecta más de un bien jurídico, en el delito de robo es la propiedad del banco, mientras que en el de la violación es la integridad sexual de la persona, bienes que son totalmente distintos.

Delitos autónomos e independientes, porque son hechos ejecutados por el mismo sujeto que no se conectan o entrelazan entre sí, los delitos de robo y de violación no están unidos por el nexo de causa a efecto, por tanto, cada hecho es autónomo e independiente, por lo que se debe juzgar por los dos delitos en

un solo proceso penal y sumarse la pena de cada uno de ellos.

También existe pluralidad de hechos, en los casos donde el delincuente que, en el curso de un robo al banco, decide matar a un cajero del banco, porque en ese momento descubre que era un antiguo enemigo, o del ladrón pervertido que decide violar a una cajera del banco mientras la tiene sometida, hasta que sus secuaces obtengan el dinero de la caja fuerte. Si bien (en estos dos últimos ejemplos) existe conexión de espacio tiempo, pero los delitos de homicidio y violación no se relacionan con el robo, es decir no son concomitantes, no son parte del “plan de autor” en estos casos también se considera una pluralidad de hechos, que permite establecer un concurso real de infracciones.

Pero no en todos los casos donde existen varias acciones o actos ejecutados en el mismo espacio tiempo, constituyen necesariamente una “pluralidad de hechos”, porque si todos los actos o movimientos corporales obedecen a un mismo plan (plan de autor), esas varias acciones pasan a ser consideradas como una “unidad de acción” una sólo conducta, por tanto, queda descartado un concurso real como veremos a continuación.

Unidad de acción y pluralidad de delitos

Según Enrique Bacigalupo, la existencia de un concurso real presupone: “(…) en primer lugar, la existencia de una pluralidad de acciones. La comprobación de esta pluralidad tiene lugar en forma negativa: habrá pluralidad de acciones si se descarta la unidad de acción (confr. STRATENWERTH, núm. 1257). En segundo lugar, se requiere una pluralidad de lesiones de la ley penal, lo que —como en el concurso ideal— presupone que los tipos penales realizados son también independientes.”

El problema consiste en determinar cuándo media un delito y cuándo una pluralidad de delitos, cuándo debe valorarse lo actuado como una única conducta y cuándo como una pluralidad de conductas. Está claro que cuando hay un sólo movimiento, hay una conducta: como el que busca ingresar artículos prohibidos (drogas) a la cárcel para la comercialización del producto en su interior, o el que se resiste a la detención y lesiona al policía, realiza una sólo conducta, “(…) el que descarga un puñetazo también realiza una acción, aunque lesione a dos personas. El problema surge cuando –en la mayoría de los casos– hay varios movimientos exteriores voluntarios. Para que esos movimientos puedan ser considerados como una conducta única, requieren necesariamente que haya un plan común, es decir, una unidad de resolución. (…) El plan común constituye el factor final indispensable para considerar a una pluralidad de movimientos

CONSULTA CIVIL

¿Cómo procede el archivo de la reconvención si el actor desiste de la demanda principal?

RESPUESTA

El Código Orgánico General de Procesos Art. 237.- Desistimiento de la pretensión. En cualquier estado del proceso antes de la sentencia de primera instancia, la parte actora podrá desistir de su pretensión y no podrá presentar nuevamente su demanda.

La o el juzgador se limitará a examinar si el desistimiento procede por la naturaleza del derecho en litigio y por no afectar a intereses de la contraparte o de terceros.

La parte demandada que haya planteado reconvención, igualmente podrá desistir de su pretensión o renunciar al derecho, para lo cual se procederá en la forma señalada en el inciso anterior.

La disposición del Art. 237 del COGEP establece que se podrá desistir tanto de la demanda cuanto de la reconvención, cada una de ellas consideradas individualmente como acciones autónomas, lo que implica que si se desiste de la demanda aquello no significa que automáticamente se deberá archivar el proceso incluida la reconvención, ya que aquella no depende o es accesoria de la acción principal, sino que consiste en una acción propia e independiente del demandado contra quien demanda.

voluntarios como una sola conducta (…)” (ZAFFARONI, Raúl. Manual de Derecho Penal. Parte General. Buenos Aires 2014 Ediar. p. 672-675.) Para comprender de mejor manera cuándo se produce la denominada “unidad de acción”, la doctrina trae como ejemplo, el caso del delincuente que para cometer un robo, tiene que dañar las seguridades del banco para acceder al dinero, o matar al guardia para poder

Oficio: 321-2018-P-CP JP Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

REVISTA JUDICIAL 20

TUNGURAHUA MIÉRCOLES 08/ABRIL/2026 I

AVISO JUDICIAL EXTRACTO

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN DE PELILEO

CITACIÓN: SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE, ALARCON LEORO DIEGO FERNANDO, QUE POR AUTO DICTADO POR EL DR. JUAN ROGELIO MARTINEZ SANCHEZ JUEZ DE LA UNIDAD MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SAN PEDRO DE PELILEO, SE HA DISPUESTO QUE SE CITE A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE, ALARCON LEORO DIEGO FERNANDO de Conformidad con lo dispuesto por el Art.56 numeral 1, del COGEP. EN UN PERIODICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN DE LA PROVINCIA DE TUNGURAHUA, DENTRO DEL JUICIO VOLUNTARIO DE AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA, PROPUESTO POR: JIMÉNEZ ROSERO MARIA AUGUSTA.

CLASE DE JUICIO: VOLUNTARIO

ASUNTO: AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES Y, DE PERSONAS SOMETIDAS A GUARDA

ACTOR: BLANCA TATIANA MEDINA HERRERA

DEMANDADO:

JUEZ: DR. JUAN ROGELIO MARTÍNEZ SÁNCHEZ

SECRETARIA: AB. MAYRA MONTERO ACURIO

INICIO DEMANDA VIERNES 23 DE ENERO DEL 2026

CAUSA Nº: 18332-2026-00111

CUANTÍA: INDETERMINADA

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN

PELILEO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA. San pedro de pelileo, lunes 9 de febrero del 2026, a las 14h49.

VISTOS.- Dentro del proceso signado con el Nro. 18332-2026-00111; taxativamente considero lo siguiente: El Juzgador avoca conocimiento de la presente causa, en ejercicio del mandato constitucional regulado en el Art. 167 de la Ley Fundamental de la República, que establece:…“La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por los órganos de la Función Judicial (juezas y jueces) y por los demás órganos y funciones establecidos en la Constitución”….; y, observando las disposiciones constitucionales de los numerales 1, e incisos 2 y 3 del numeral 3, todos del Art. 11, de nuestra Constitución; que garantizan el ejercicio, exigencia y promoción de los derechos, de forma individual o colectiva, ante las autoridades competentes, mismas que garantizarán su cumplimiento; que refieren además que todos los derechos son plenamente justiciables, que para el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, no se exigirán condiciones o requisitos que no estén establecidos en la Constitución o la Ley. Habiéndose observado las reglas de jurisdicción y competencia prescritas en los Arts. 150 “La jurisdicción consiste en la potestad pública de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, potestad que corresponde a las juezas y jueces establecidos por la Constitución y las leyes, y que se ejerce según las reglas de la competencia”; y, 156 “Competencia es la medida dentro de la cual la potestad jurisdiccional está distribuida entre las diversas cortes, tribunales y juzgados, en razón de las personas, del territorio, de la materia, y de los grados”, del Código Orgánico de la Función Judicial. Conforme a los Arts. 9; 10, numeral 4, del Código Orgánico General de Procesos: “Competencia concurrente. Además de la o del juzgador del domicilio de la persona demandada, serán también competentes a elección de la persona actora, la o el juzgador: 4.- Del lugar donde esté la cosa inmueble materia de la demanda.…”. Entonces considero: PRIMERO: La demanda DE AUTORIZACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE VENTA DE BIENES DE NIÑAS, NIÑOS y ADOLESCENTES, presentada por la parte actora: JIMENEZ ROSERO MARIA AUGUSTA (madre y representante legal de la menor de dieciocho años: ALARCON JIMENEZ VALERIA SALOME); es clara y precisa, por tanto se la califica favorablemente y acepta a trámite, por reunir los requisitos generales y específicos determinados en la Ley; misma que será sustanciada mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, bajo las reglas del rito procesal trazado en los Arts. 334, 335 y 340, del Código Orgánico General de Procesos: “Procedencia. Se considerarán procedimientos voluntarios, con competencia exclusiva de las o los juzgadores, los siguientes: 6. Autorización de venta de bienes de niñas, niños y adolescentes y, de personas sometidas a guarda….”. SEGUNDO: Con la finalidad de pragmatizar el derecho al “debido proceso” y, ejercicio de la legítima defensa, consagrados en el Art. 76, numeral 7, literales a) b) y c), de la Ley Suprema de la República; se ordena la citar a todas las personas que puedan tener interés en esta Litis judicial, conforme lo determinado en el Art. 335, de COGEP: “Art. 335.- Procedimiento. Se iniciarán por solicitud que contendrá los mismos requisitos de la demanda. La o el juzgador calificará la solicitud. SI SE ADMITE LA SOLICITUD, LA O EL JUZGADOR DISPONDRÁ LA CITACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS O DE QUIENES PUEDAN TENER INTERÉS EN EL ASUNTO. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, la o el juzgador podrá requerir la información a la o el interesado, con respecto al domicilio o residencia y otros datos necesarios de quienes deban ser citados.”. La referida citación se la realizará a los herederos presuntos y desconocidos del causante: ALARCON LEORO DIEGO FERNANDO, se los citará a través un periódico de amplia circulación, como lo prevé el numeral 1, del Art. 56, del COGEP, (con la demanda, documentos adjuntos a la misma y, el presente auto de sustanciación-extracto y despacho escrito que será facilitado por secretaría); a fin de que señalen casilla judicial y/o correo electrónico para recibir notificaciones; designe a su abogado/a defensor/a en la presente causa; conteste a la demanda; anuncie la prueba y presente las excepciones que se creyere asistido (incluso muestre jurídicamente oposición), conforme lo establece el Art. 151, 152, 153 y 336, del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO: La prueba citada por la parte actora, será presentada, discutida y contradecida (si fuese del caso), en audiencia pública, oral y contradictoria; a la luz del mandato constitucional hallado en el numeral 6, del Art. 168, de la Ley Suprema de la República: “La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios: 6.- La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo”. Téngase en cuenta el domicilio jurídico señalado por los actores para recibir notificaciones. Actué en calidad de secretaria de esta Judicatura la Abg. Alexandra Montero.- Notifíquese y Cúmplase.

escapar con el botín, en este caso no existe concurso real, porque si bien el sujeto ejecuta varios movimientos o actos (robo, daño a la propiedad, homicidio) pluralidad de hechos, pero todos ellos están dirigidos a un solo objetivo que es “robar”, es decir obedecen a un solo “plan de autor”, que consiste en asaltar al banco y para alcanzar su cometido tiene que cometer otros delitos afectando distintos bienes jurídicos.

“(…) habrá una única acción cuando el hecho se presenta objetivamente como plural, pero desde un punto de vista valorativo resulta ser una única acción a los ojos del autor (OTTO, loe. cit.). En un sentido semejante —pero objetivamente orientado— se estima que habrá una unidad natural de acción “cuando se dé una conexión temporal y espacial estrecha de una serie de acciones u omisiones que fundamenten una vinculación de significado de tal naturaleza que también para la valoración jurídica sólo pueda aceptarse un único hecho punible, y esto aunque cada acto individualmente considerado realice por sí sólo el tipo de ilicitud y fundamente ya de esta manera el hecho punible” (SCHMIDHÁUSER, loe. cit.). (BACIGALUPO, Enrique. Manual de Derecho Penal, Parte General. Santa Fé de Bogota: Temis S.A. 1996. p. 243-252.)

Pero el ejemplo del delincuente que roba al banco y lesiona varios bienes jurídicos para conseguir el botín, cambia en el momento que lesiona un bien que no está dentro del “plan de autor”, dejando de ser la conducta, una unidad de acción y considerándose en una pluralidad de hechos, como señala Zaffaroni, “el que en el curso de un robo decide matar a la víctima sin ninguna relación con el robo, sino que en ese momento descubrió que era un antiguo enemigo, no incurre en ningún concurso ideal, por falta la unidad de la conducta” (ZAFFARONI, Raúl. Op. Cit. p. 678.)

Asimismo, el catedrático García Falconí, al referirse al concurso real pone el siguiente ejemplo: “una persona que quiere robar las joyas de una casa “x” e ingresa a la casa para tomar el botín y al momento de salir observa a la empleada y decide accederla sexualmente sin su consentimiento; en este caso hay dos conductas claramente identificadas porque fueron realizadas con dolo directo y no eran parte de un plan global y mucho menos concomitantes entre sí”. (GARCÍA FALCONÍ, Ramiro. Código Orgánico Integral Penal Comentado. Latitud Cero Editores. Quito. 2014 p.253.)

Entonces en estos dos últimos ejemplos, del homicidio al antiguo enemigo y de la violación a la empleada, opera el concurso real porque queda descartado la unidad de acción, entonces deberá acumularse las penas del delito de robo y homicidio en el primer ejemplo; y, en el segundo ejemplo debe acumularse la pena del robo y de la violación.

tenencias personales entre esas sus tarjetas bancarias, dinero en efectivo y teléfono celular (robo), le agreden físicamente para que entregue la clave de su tarjeta de debido (lesiones), le trasladan en su vehículo hasta un cajero automático (privan de su libertad) y amenazan con matarlo si no realiza la transferencia bancaria desde su teléfono utilizando la aplicación móvil (intimidación). Esta modalidad delictiva (muy frecuente hoy por hoy en nuestro país), los delincuentes ejecutan varios movimientos corporales (pluralidad de hechos) que responde a varias decisiones de acción, pero existe un objeto único de valoración jurídico penal (un solo plan de autor), que consiste en apropiarse de bienes de la víctima y así afectar el derecho a la propiedad, para esto lesionan varios bienes jurídicos al mismo tiempo, le sustraen sus pertenencias (robo); agreden físicamente (lesiones), le privan de su libertad y le trasladan en su vehículo (secuestro), le amenazan sometiéndole a violencia física y psicológica (intimidación), lo que constituye una única acción (conexión de hechos en tiempo y espacio) perpetrada por el sujeto activo de la infracción, lo que la doctrina conoce como unidad natural de acción, y al considerarse como una unidad de acción, queda descartado la pluralidad de hechos y con ello el concurso real.

Para que opere el concurso ideal debe presuponerse que hay una única conducta, y para que opere el concurso real debe haberse descartado la unidad de la conducta, es decir configurarse la pluralidad de hechos, en este ejemplo queda demostrado que existe una única conducta, porque las acciones ejecutadas por el sujeto están dentro de su plan que es apropiarse de bienes ajenos, siendo la una acción con las otras concomitantes entre sí, debiendo entenderse como una unidad de conducta, quedando descartado de plano el concurso real.

PARTICULAR QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DE LOS DEMANDADOS, PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. PREVINIENDO DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL, PARA POSTERIORES NOTIFICACIONES. PELILEO, 25 DE MARZO DEL 2026

Conducta que se subsume a un tipo penal autónomo Con estas definiciones doctrinales y ejemplos que han sido expuestos, nos planteamos la siguiente interrogante: ¿existirá concurso de infracciones en el siguiente caso? Un ciudadano es interceptado por dos delincuentes al momento que éste (víctima) se aprestaba a subirse a su vehículo que estaba estacionado en un parqueadero, primero le sustraen su maletín donde lleva sus per-

Pero tampoco podemos decir que se configura el concurso ideal por existir unidad de conducta, ya que el legislador ha previsto un tipo penal autónomo para la conducta ejecutada, y se encuentra prevista en el Art. 162 del COIP como secuestro extorsivo (en su primer propósito), que consiste en privar de la libertad a una persona para cometer otra infracción, en este caso el robo, por tanto, al estar subsumida esta conducta al tipo penal (secuestro extorsivo) que protege varios bienes jurídicos al mismo tiempo, como la libertad ambulatoria y de autodeterminación, como el derecho a la propiedad y a la integridad personal, sea física o psicológica, por lo que podemos concluir que el caso ejemplificado, no debe ser considerado como concurso de infracciones porque contamos con un tipo penal autónomo que abarca esa pluralidad de hechos en una sola conducta, debiendo el infractor ser procesado y sentenciado por el tipo penal previsto en el Art. 162 del COIP donde el juzgador debe aplicar la pena máxima prevista en el tipo penal, aumentada en un tercio, por las circunstancias agravantes propias de la infracción, debido a que la víctima es sometido a violencia física y psicológica, además que la infracción se comete con apoderamiento del vehículo, circunstancias agravantes propias de la infracción previstas en los numerales 4 y 9 del artículo en referencia.

REVISTA JUDICIAL

TUNGURAHUA MIÉRCOLES 08/ABRIL/2026 I

REPÚBLICA DEL ECUADOR

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

A: VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY

JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA, se les hace saber lo que sigue:

Proceso número: 18333-2025-00282

MATERIA: FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

TIPO DE PROCEDIMIENTO: SUMARIO

ASUNTO: INTERDICCIÓN

ACTOR: VIERA CHILUIZA CARMEN DEL PILAR

DEMANDADOS: VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA

JUEZ (PONENTE): DR. ENCALADA MORENO CÉSAR OSWALDO

SECRETARIO (ENCARGADO): ABG. FRANKLIN ROMEO ROBAYO ZURITA

CUANTÍA: INDETERMINADA

Santiago De Píllaro, lunes 2 de marzo del 2026, a las 16h34. VISTOS.-Una vez que se ha llevado a efecto la Audiencia convocada en este proceso, con el fin de determinar la procedencia o improcedencia de declarar la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del demandado; y, al haberse resuelto en forma oral al término de dicha diligencia, siendo el momento procesal oportuno, se realizan las siguientes consideraciones:

PRIMERO.-INTRODUCCIÓN A LA CAUSA

1.- Por el sorteo de ley que corre de fs. 25 de los autos, llega a conocimiento del suscrito Juez, la demanda de DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN planteada por la señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA, demanda que la presenta en contra del señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN,

2.- Indica la actora señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA, que es hija del demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN; que su padre, el hoy demandado, risa los 79 años de edad, que la salud física y mental de su padre se viene deteriorando con el pasar de los días, a tal punto que no puede valerse por sí mismo por lo que necesita el cuidado y protección de la actora de este proceso; lo que obliga a precautelar los bienes que posee el demandado, que luego de practicarle varios exámenes al demandado, se ha determinado que el mismo padece de DEMENCIA POR ALZHEIMER, que el demandado posee varios bienes, los mismos que deben ser precautelados de alguna manera

3.- Que con estos antecedentes, al amparo de lo normado en los Arts. 478,481,467,468,482,483,484,485 del Código Civil, procede a demandar a su padre el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, la declaratoria de Interdicción, esto para que luego del trámite correspondiente mediante sentencia se declare la Interdicción del señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN; así como se nombre a la actora de este proceso, como Curadora del Interdicto

4.- Como la demanda planteada por la actora no cumplía los requisitos de ley, con auto de fecha miércoles 23 de abril del 2025, las 08h23, se dispuso que la parte actora complete su demanda, para lo cual se le concedió el término de cinco días; efectivamente la actora con escrito que corre de fs 28 a 31 vta. de los autos completó la demanda por ella planteada

5.- Con fecha lunes 5 de mayo del 2025, las 12h18, se calificó la demanda planteada por la actora señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA, por lo que se dispuso se cite a los demandados señores VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA; de igual manera, en dicho auto, al amparo de lo normado en el Art. 482 del Código Civil se nombró dos médicos peritos -Psicólogo Clinico y Psiquiatra-, con el fin de que examinen al presunto Interdicto 6.- De fs. 46 a 53 de los autos, consta la razón de citación a los demandados

a quienes se loscitó de la siguiente manera: a VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, se lo citó mediante tres boletas fijadas en su domicilio; mientras que a los demandados señores JOSÉ LUIS

VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH

VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA, se los citó en forma personal, con lo que se ha citados a los demandados conforme a derecho, con el fin de que puedan ejercer su derecho a la defensa

7.- Al proceso comparece la demandada señora MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA, conforme se puede apreciar de fs. 57 a 59 de los autos, dando contestación a la demanda y designando un abogado de su confianza para que la represente en este proceso; mientras que los demandados señores JOSÉ LUIS

VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH

VIERA CHILUIZA, comparecen en forma personal a la audiencia que se convocó en este proceso

8.- De fs. 62 a 68 vta. de los autos consta el informe pericial presentado por la Dra. Verónica Saltos Paz, en calidad de Perito Psiquiatra; mientras que de fs. 88 a 98 de los autos, consta el informe pericial presentado por la Psicóloga Ana Cristina Torres Núñez; peritos que examinaron al presunto interdicto señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN

9.- Ha pedido expreso de la actora, con auto de fecha martes 27 de enero del 2026, las 10h32, al amparo de lo normado en el Art. 467 del Código Civil, se señaló día y hora para que se lleve a efecto la Audiencia en la cual se debía examinar por parte del suscrito Juez al presunto interdicto; así como escuchar a los parientes del mismo; así como escuchar a los profesionales que realizaron la evaluación del presunto interdicto, con el fin de decretar la interdicción provisional SEGUNDO.- COMPETENCIA Y VALIDEZ PROCESAL

10.- El Art. 76 numeral 3 de la Constitución, en forma expresa manifiesta “Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no esté tipificado en la ley como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza; ni se le aplicará una sanción no prevista por la Constitución o la ley. SÓLO SE PODRÁ JUZGAR A UNA PERSONA ANTE UN JUEZ O AUTORIDAD COMPETENTE Y CON OBSERVANCIA DEL TRÁMITE PROPIO DE CADA PROCEDIMIENTO”; las mayúsculas y negritas me pertenecen; en el caso en concreto, el suscrito Juez soy competente para conocer y resolver el presente proceso, en virtud de lo dispuesto en el Art. 9 del Código Orgánico General de Procesos, Resolución No. 048-2017 de fecha 11 de abril del 2017, emitida por el Consejo de la Judicatura, Publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 1003 de fecha 12 de mayo del 2017, mediante la cual se crea la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el Cantón Píllaro; por haber sido designado Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Píllaro; así como por el sorteo de ley que obra del expediente

11.- Para la plena validez de un proceso, no sólo es necesario que el Juez que conozca y resuelva la causa, sea competente en razón del territorio o de la materia; sino además, en la tramitación de la causa se debe observar el debido proceso; esto es, se debe observar las normas previas, claras y preestablecidas, que rigen el proceso judicial; en el caso en concreto, se ha observado en forma total y con rigurosidad absoluta, lo normado en el Código Orgánico General de Proceso, sin omisión de solemnidad sustancial alguna que pueda influir en la decisión de la causa, por lo que no existen causa de nulidad que deban ser declaradas por el suscrito Juez, al contrario, el proceso es válido por haberse observado dichas normas legales; y, así se lo declara

TERCERO.- DEBIDO PROCESO Y SEGURIDAD JURÍDICA

12.- El Art. 82 de la Constitución en forma expresa menciona “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes”; motivo por

el cual tanto el suscrito JUez, como las partes procesales deben observar el ordenamiento jurídico de nuestro PAís en la tramitación de esta causa 13.- El Art. 467 del Código Civil en forma expresa menciona “Mientras se decide la causa, PODRÁ EL JUEZ, A VIRTUD DE LOS INFORMES VERBALES DE LOS PARIENTES O DE OTRAS PERSONAS, Y OÍDAS LAS EXPLICACIONES DEL SUPUESTO DISIPADOR, DECRETAR LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL” las mayúsculas y negritas me pertenecen

14.- El Art. 482 del Código Civil menciona “El juez se informará de la vida anterior y conducta habitual de la supuesta persona con demencia, Y OIRÁ EL DICTAMEN DE FACULTATIVOS DE SU CONFIANZA, SOBRE LA EXISTENCIA Y NATURALEZA DE LA DEMENCIA. PERO NO PODRÁ DECRETAR LA INTERDICCIÓN SIN EXAMINAR PERSONALMENTE AL DEMANDADO, POR MEDIO DE INTERROGATORIOS CONDUCENTES AL OBJETO DE DESCUBRIR EL ESTADO DE SU RAZÓN”; las mayúsculas y negritas me pertenecen

15.- Finalmente el Art. 483 del Código Civil menciona “Las disposiciones de los artículos 467 y 468 se extienden al caso de demencia”

16. - Cómo se puede advertir existen normas claras en el ordenamiento jurídico de nuestro País -Código Civilque deben ser aplicadas por el suscrito Juez y observadas por los litigantes durante la tramitación de la presente causa

17.- En virtud de las normas legales antes transcritas, se ordenó la realización de la pericia por parte de un Psiquiatra y de un Psicólogo Clínico, con el fin de determinar en forma científica el estado mental en que se encuentra el demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN; y así proceder a emitir el auto interlocutorio correspondiente

CUARTO.- CONVOCATORIA

A LA AUDIENCIA CON EL FIN DE EXAMINAR AL PRESUNTO INTERDICTO

18.- En el presente proceso, al amparo de lo normado en el inciso final del Art. 87 del COGEP; y, Art. 467 del Código Civil, se señaló día y hora para en audiencia, escuchar a los peritos médicos nombrados en esta causa, con el fin de que informen el estado de salud en que se encuentra el presunto interdicto; así como para examinar personalmente por parte del suscrito Juez, al presunto interdicto; y, escuchar a dos parientes del presunto interdicto respecto de estado en que se encuentra el presunto interdicto

QUINTO.- COMPARECENCIA DE LAS PARTES A LA AUDIENCIA

19.- A la audiencia convocada en este proceso con el fin de escuchar a los peritos designados en esta causa, así como para examinar en forma personal al presunto interdicto y escuchar a dos parientes del mismo, con el fin de decretar la interdicción provisional del demandado, comparecieron el presunto interdicto señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, acompañado de su abogado defensor; de igual manera comparecieron los demandados señores JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA, acompañados de su abogado defensor; así como compareció la actora del proceso señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA, acompañada de su abogado defensor, por lo que los litigantes ejercieron su derecho a la defensa sin ningún tipo de limitaciones

SEXTO.- DESARROLLO DE LA AUDIENCIA

20.- Durante el desarrollo de la Audiencia convocada en este proceso, se dio cumplimiento irrestricto al ordenamiento jurídico de nuestro País; así por parte del suscrito Juez se procedió a examinar en forma personal al presunto interdicto señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, quien ante el interrogatorio que se pretendía realizar, no tiene noción de la realidad, esto debido a que ante la pregunta del suscrito Juez, en el sentido de que como se llama, no pudo contestar algo tan elemental de un ser humano como es su nombre; se escuchó

a los hijos del presunto interdicto, señores JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA respecto del estado en que se encuentra su padre, el presunto interdicto señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, quienes en forma coincidente menciona que su padre, el demandado, no se encuentra en condiciones normales para poder gobernarse por sí mismo, tanto es así que necesita siempre del cuidado y protección de otra persona para realizar sus actividades cotidianas, motivo por el cual inclusive al presunto interdicto, lo han internado en un centro de reposo para personas adultas mayores; indican dichos ciudadanos que por la edad de su padre, el hoy demandado y por cuanto éste sufrió un accidente de tránsito que comprometió la cabeza de aquel, el estado mental del mismo ha desmejorado; de igual manera, durante el desarrollo de la audiencia se escuchó a la Dra. Verónica Elizabeth Saltos Paz, en calidad de perito Psiquiatra quien en lo principal de su intervención menciona que el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN presenta un TRASTORNO POR DEMENCIA, así como presenta TRANSTORNO COGNITIVO MAYOR, lo que le genera una discapacidad que no le permite gobernarse ni administra ningún bien por su propia cuenta, por lo que tiene una dependencia absoluta de otra persona; de igual manera se escuchó a la Psicóloga Clínica Ana Cristina Torres Núñez, quien en lo principal de su intervención mencionó que el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN presenta un DETERIORO COGNITIVO SEVERO el mismo que es un trastorno progresivo, lo que determina que el examinado tenga una dependencia total de otra persona; y, por lo mismo, no pueda gobernarse ni administrar bienes por su propia cuenta, siendo dependiente de otra persona 21.- Durante el desarrollo de la audiencia se escuchó a la actora señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA quien indicó que efectivamente ella ha tomado a su cargo el cuidado y protección de su padre, así como se encuentra administrando los bienes del mismo, esto por un acuerdo mantenido con sus hermanos los señores JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA, quienes no se oponen a que ella sea designada como Curadora de su padre el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, lo que efectivamente fue ratificado por los señores JOSÉ LUIS VIERA CHILUIZA, NANCY JEANNETH VIERA CHILUIZA, MERY DEL ROSAL VIERA CHILUIZA, durante el desarrollo de la audiencia

SÉPTIMO.- DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN PROVISIONAL 22.- El Art. 467 del Código Civil menciona “ MIENTRAS SE DECIDE LA CAUSA, PODRÁ EL JUEZ, a virtud de los informes verbales de los parientes o de otras personas, y oídas las explicaciones del supuesto disipador, DECRETAR LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL”; las mayúsculas y negritas me pertenecen 23.- En el caso en concreto, durante el desarrollo de la audiencia convocada en este proceso, se ha determinado que el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN se encuentra padeciendo una enfermedad mental, que lo incapacita de administra sus bienes y de gobernarse por sí mismo, lo que obliga a que el suscrito Juez declare la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, dejando constancia que lo que se declara es la INTERDICCIÓN

PROVISIONAL del demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, por lo que la causa debe seguir el trámite correspondiente hasta que se emita la sentencia de ley 24.- Al decretarse la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, es indudable que el mismo no puede quedar desamparado, por lo que se nombra a la señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA como CURADORA INTERINA del señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, hasta que la causa se resuelva con la sentencia correspondiente OCTAVO. - INSCRIPCIÓN DE LA DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN PROVISIONAL

25.- El Art. 468 del Código Civil menciona “Los decretos de interdicción provisional y definitiva deberán inscribirse en el libro correspondiente del Registrador de la Propiedad, y notificarse al público por un periódico del cantón, si lo hubiere, y por carteles que se fijarán en tres, a lo menos, de los parajes más frecuentados del cantón.La inscripción y notificación deberán reducirse a expresar que tal individuo, designado por su nombre, apellido y domicilio, no tiene la libre administración de sus bienes”; por su parte el Art. 10 de la LEY ORGÁNICA DE GESTIÓN DE LA IDENTIDAD Y DATOS CIVILES, menciona “ La Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación solemnizará, autorizará, inscribirá y registrará, según corresponda, entre otros, los siguientes hechos y actos relativos al estado civil de las personas y sus modificaciones”; mientras que en el numeral 23 IBÍDEM menciona “La interdicción de las personas y su rehabilitación”; 26.- En virtud de las normas antes transcritas es obligación del suscrito Juez, disponer que el presente auto, por el cual se declara la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, sea inscrito en el Registro de la Propiedad de este Cantón Píllaro; así como se notifique a la DINARDAP para los fines pertinentes; así como se proceda a notificar al público en general a través de tres (3) publicaciones que se realizarán a través de un medio escrito que se edite en la Provincia de Tungurahua; así como se proceda a Fijar tres carteles (3) en los parajes más frecuentados de este Cantón Píllaro; de igual manera se debe disponer que el presente auto sea Inscrito en el Registro Civil, para los fines de ley

RESOLUCIÓN

Por las consideraciones que anteceden y sin que sea necesario realizar otras disquisiciones

RESUELVO:

Declarar la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, con lo cual dicho ciudadano queda impedido de administrar su patrimonio

Se designa a la señora CARMEN DEL PILAR VIERA CHILUIZA como CURADORA INTERINA del señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, hasta que la causa se resuelva con la sentencia correspondiente

Se dispone que el presente auto Interlocutorio, por el cual se declara la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del demandado señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, sea inscrito en el Registro de la Propiedad de este Cantón Píllaro; así como se notifique a la DINARDAP para los fines pertinentes;

Se dispone que se proceda a notificar al público en general a través de tres (3) publicaciones que se realizarán a través de un medio de comunicación escrito que se edite en la Provincia de Tungurahua, haciendo conocer que el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, ha sido declarado en INTERDICCIÓN PROVISIONAL

Se dispone que se proceda a Fijar tres carteles (3) en los parajes más frecuentados de este Cantón Píllaro, haciendo conocer que el señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, ha sido declarado en INTERDICCIÓN PROVISIONAL

Se dispone que el presente auto, por el cual se ha declarado la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del señor VÍCTOR HUGO VIERA LEÓN, sea Inscrito en el Registro Civil, para los fines de ley. Notifíquese. f) ENCALADA MORENO CESAR OSWALDO JUEZ(PONENTE). Certifico: f) ROBAYO ZURITA FRANKLIN ROMEO SECRETARIO

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales pertinentes.

Los humanos que más lejos han estado de la Tierra

Los astronautas de la NASA Reid Wiseman, Victor Glover y Christina Koch, junto con el astronauta de la CSA (Agencia Espacial Canadiense) Jeremy Hansen, se han convertido en los seres humanos que más lejos han estado de la Tierra. Los cuatro astronautas de la misión Artemis II han alcanzado en la madrugada la cara oculta de la Luna en el sexto día de misión. EUROPA PRESS

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Tungurahua 08 de abril de 2026 by DIARIO LA HORA - Issuu