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Santo Domingo: 25 de Septiembre, 2026

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VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Santo Domingo SOCIEDAD

Nuevas voces buscan representar a los adolescentes 02 CULTURA

Jhon Ángel alista ‘Corazón de Hada’, un canto por la Tierra 05 REVISTA JUDICIAL

Vía Las Mercedes sigue llena de baches

La vía Santo Domingo–Las Mercedes–Los Bancos continúa afectada por baches, deterioro y lluvias. Transportistas y moradores piden que se concrete la rehabilitación anunciada para este corredor vial. La obra contempla intervenir 62,4 kilómetros, con una inversión aproximada de $19,6 millones. 03 P-248105-MIG

Gobierno electrónico

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IMBABURA

Conozca a la diseñadora otavaleña que lleva joyería indìgena a pasarelas del mundo 11 P


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SOCIEDAD 02 SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

Adolescentes impulsan propuestas para fortalecer la participación juvenil Diez estudiantes integran el Consejo Consultivo Cantonal de Adolescentes de Santo Domingo. Entre sus principales propuestas están fortalecer la integración, la orientación vocacional y la participación juvenil. Wladimir Gaibor, Keyla Águila, Wladimir Portilla, Esteban Bósquez, Maika Otavalo, Ángel Díaz, Bryan Chafla, Génesis Rumiguano, Norelly Andi y Bianca Espinoza son estudiantes de distintas unidades educativas que integran el Consejo Consultivo Cantonal de Adolescentes de Santo Domingo, que iniciaron un nuevo periodo de gestión para 2026-2028. Los adolescentes trabajan bajo una estructura paritaria. Esto significa que ninguno de sus integrantes ocupa la presidencia ni mantiene una posición jerárquica frente a los demás. Esteban Bósquez, estudiante de 17 años de la unidad educativa Ciudad de Caracas, explicó que uno de sus principales objetivos será mantener una comunicación permanente con los adolescentes y autoridades.

EL DATO Diez adolescentes integran el Consejo Consultivo Cantonal: cinco mujeres y cinco hombres.

“Aquí nadie tiene un cargo más arriba que el otro; todos somos iguales. Nuestro rol es ser ese puente entre autoridades y adolescentes”, señaló.

“La política en sí no es mala, la buena política es el arte de servir y se convierte en virtud cuando se pone al servicio de los demás. Primero debemos educarnos para plantear soluciones”, expresó.

Integración y orientación Entre las primeras propuestas planteadas por los integrantes están las tardes de integración, con actividades deportivas y espacios de diálogo para conocer las necesidades de los estudiantes de diferentes instituciones educativas. La orientación vocacional también forma parte de sus prioridades. Ángel Díaz, estudiante de la unidad educativa Víctor Emilio Estrada, explicó que buscan generar acercamientos con universidades para brindar alternativas a quienes están próximos a terminar el bachillerato. “Para mí es un orgullo representar a los adolescentes.

Participación La posesión de los integrales se realizó el 15 de septiembre. El °proceso de elección contó con la participación de más de 300

estudiantes y la colaboración del Consejo Nacional Electoral (CNE).

Respaldo institucional

REPRESENTANTES. Los integrantes del Consejo Consultivo Cantonal de Adolescentes iniciaron su periodo de gestión 2026-2028.

Veo que muchos estamos desorientados y, al salir del colegio, no sabemos qué hacer; por eso queremos coordinar con universidades para que cada estudiante tenga un propósito y continúe sus estudios”, ma-

nifestó. La participación juvenil también requiere preparación. Bósquez sostuvo que el objetivo no debe limitarse a ser escuchados, sino a presentar propuestas sustentadas.

El Consejo Consultivo Cantonal de Adolescentes no administra recursos económicos de manera directa expresó Bósquez. Para la ejecución de sus actividades cuenta con el respaldo logístico del Consejo Cantonal para la Protección de Derechos, que interviene en la gestión de espacios, sonido, convocatorias y otros requerimientos necesarios para viabilizar las iniciativas. LA HORA intentó conocer detalles sobre el acompañamiento institucional y la planificación de las actividades con el encargado del área de jóvenes de esta institución municipal, pero hasta el cierre de esta edición no se obtuvo una respuesta. (DLH)

La Tierra, bajo una mirada filosófica y científica La Escuela de Filosofía de Nueva Acrópolis organiza la conferencia gratuita ‘GAIA, el superorganismo: una mirada filosófica y científica a la Tierra como un ser vivo’, que se desarrollará este viernes 25 de septiembre, a las 19:00, en

EL DATO Para más información, los interesados pueden comunicarse vía WhatsApp al 0998664790.

sus instalaciones ubicadas en la urbanización Mutualista Benalcázar. A decir de los organizadores, durante la actividad se abordará la Hipótesis Gaia, formulada por James Lovelock y Lynn Margulis, con el propósito de reflexionar sobre la autorregulación del planeta y nuestro papel en el equilibrio ecológico. Se indicó que, a lo largo de la historia de la Tierra, su climatología y composición química han mantenido condiciones favorables para el desarrollo de la vida. Ante esto, surge la interrogante de si este equilibrio

ANÁLISIS. La conferencia analizará la relación entre la Tierra, la ciencia y la filosofía.

es producto del azar o de un sistema vivo e interconectado capaz de autorregularse. Para responder a esta pregunta se desarrollará la conferencia, concebida como un encuentro abierto al público para explorar las fronteras en-

tre la ciencia, la ecología profunda y la filosofía práctica. La actividad plantea la idea de que el planeta no es un mero conjunto de componentes físicos y biológicos aislados, sino una entidad viva e interconectada. Además, se profundizará en

cómo cada especie y cada ecosistema desempeñan un papel fundamental dentro de esta red global. Desde el árbol más grande hasta la silenciosa labor de los microorganismos, cada elemento contribuye al equilibrio de la totalidad. (LMM)


03 CIUDAD

SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

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EL DATO 62,4 kilómetros serán intervenidos entre Santo Domingo de los Tsáchilas y Pichincha.

DETERIORO. Los baches dificultan la circulación de vehículos por este corredor vial.

Baches y lluvias complican la vía Las Mercedes inicio de la obra en octubre y El deterioro de la calzada afecta a transque se cumpla; si portistas, moradores y productores. La re- esperamos no, nos organizaremos los mohabilitación de los 62,4 kilómetros todavía radores y tomaremos las medidas necesarias”, manifestó. espera la firma del contrato definitivo. Los huecos, el deterioro de la calzada y las lluvias mantienen complicados los recorridos por la vía Santo Domingo–Las Mercedes–Los Bancos. Transportistas, moradores y productores aseguran que los trabajos provisionales no resisten las precipitaciones y piden que se concrete la rehabilitación anunciada para este corredor.

Fernando Osorio, tesorero del ramal San Luis de la vía Las Mercedes–La Libertad, explicó que el problema afecta directamente a quienes utilizan la carretera todos los días. Los daños alcanzan suspensiones y llantas de los vehículos y, según señaló, los baches se han convertido en obstáculos permanentes. “Hay verdaderos cráteres en la vía. Se dieron fechas para el

Solución definitiva Luis Pérez, morador y conductor de Brasilia del Toachi, aseguró que llevan más de cinco años esperando una intervención. “Solamente vienen, rellenan con tierra y al otro día llueve y ya no sirve esta vía”, cuestionó. El problema también es visible para Marcelo Carvajal, morador del lugar, quien considera

que la solución debe ser permanente y no depender de reparaciones puntuales. “El puente sobre el río Toachi se ve afectado con las lluvias, incluso los moradores intervienen para tapar los baches”, sostuvo.

Contrato aún está pendiente El cronograma que se anunció desde el Ministerio de Infraestructura y Tecnología (MIT) establecía octubre de 2026 como el inicio de los trabajos físicos de reconstrucción. Sin embargo, el gobernador de la provincia, Miguel Quezada, informó que se prevé fir-

mar el contrato definitivo entre octubre e inicios de noviembre. La diferencia deja pendiente la fecha exacta para el inicio de la intervención física, pues la empresa podrá comenzar una vez suscrito el contrato. Quezada informó que el proyecto tendrá una inversión aproximada de $19,6 millones y abarcará los 62,4 kilómetros del eje vial. Mientras se concreta la contratación, se ejecutan trabajos de mitigación. “Se han movilizado cerca de 800 metros cúbicos de material para hacer bacheo hasta que se ejecute la intervención total de la vía”, explicó el gobernador. La rehabilitación contempla la colocación de una nueva carpeta asfáltica, mejoramiento del sistema de drenaje, señalización integral y obras de seguridad. También se prevé intervenir ocho puentes, incluidos los pasos sobre los ríos Toachi, Mulaute y Blanco. El plazo estimado de ejecución es de 12 meses. LA HORA se contactó con el área de comunicación del MIT para saber detalles de las fechas establecidas para el inicio de los trabajos de la vía, pero hasta el cierre de esta edición no se obtuvo respuesta. (DLH)

En la provincia se activan planes para enfrentar las lluvias La declaratoria de alerta roja por el fenómeno de El Niño activó la fase de ejecución obligatoria de los planes de contingencia en Santo Domingo de los Tsáchilas. La provincia cumplió con la entrega de tres planes de acción, dos cantonales, correspondientes a Santo Domingo y La Concordia, y uno provincial de la Prefectura de Santo Domingo de los Tsáchilas. Las acciones están orientadas a mitigar los efectos de posibles inundaciones urbanas, desbordamientos de ríos y deslizamientos de tierra. Santiago Haro, coordinador de la zona 4 de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos, explicó que la entidad dispone de más de 18.000 kits

de asistencia humanitaria, entre los que constan alimentos, artículos de higiene personal, limpieza y kits para dormir, listos en las bodegas para dar atención inmediata a aproximadamente 72.000 en caso de presentarse una emergencia. Haro aclaró que la activación de la alerta roja no significa que vaya a ocurrir un desastre de manera inmediata, sino que las acciones preventivas contempladas en los planes deben ejecutarse de manera obligatoria en territorio.

Recursos En el cantón Santo Domingo, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) mantiene operativos 417 efectivos capacitados, además de 145 unida-

EL DATO El Municipio realizará mingas de limpieza cada 20 días para prevenir inundaciones y proteger a las familias. des de maquinaria pesada y vehículos. A su vez, la Secretaría registra 63 lugares calificados como alojamientos temporales. Varios de estos espacios corresponden principalmente a casas comunales acondicionadas con apoyo del Patronato Municipal. Como parte de las acciones preventivas, el Municipio rea-

PREVENCIÓN. Autoridades activaron los planes de contingencia ante posibles inundaciones, desbordamientos de ríos y deslizamientos.

lizó una minga de limpieza en 30 puntos críticos de la ciudad, con el objetivo de evitar el co-

lapso del sistema de alcantarillado ante posibles lluvias intensas. (DLH)


Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.

Yveth Romero P.

Nueva Acrópolis Santo Domingo

Gaia, ‘el súperorganismo’

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ograr ver a la Tierra como un sistema vivo y autoregulador es algo que nos recordó el científico James Lovelock cuando planteó la teoría de Gaia, allá en el lejano año de 1969, con el desarrollo y apoyo de la microbióloga estadounidense Lynn Margulis en 1970. Nuestro planeta azul, nuestro hogar y vehículo celeste, se transforma, se regula y sostiene la vida de forma similar a un organismo vivo, es un súperorganismo. Recordemos los libros de ciencia y también las historias contadas en el Génesis de la Biblia, a lo largo de millones de años nuestro planeta modificó su constitución; temperaturas, presiones, radiaciones, movimientos de masa, etc., se sucedieron hasta formar lo que hoy conocemos como el planeta Tierra, pero nada de esto ha sido al azar, todo se dio dentro de un equilibrio preciso y necesario para el florecimiento de lo que hoy conocemos como una forma de vida, la Vida de la Tierra. Todo funciona de manera perfecta y armónica, no es una suma de partes, sino el maravilloso tejido donde cada especie cumple su función dentro del organismo planetario. ¿En qué momento los seres humanos dejamos de sentirnos parte de este tejido vivo de la Tierra? Ciencia y filosofía no se contradicen, reconocer a nuestro planeta como un ser vivo es una necesidad ética, y entender y practicar la unidad, nos permitirá volver a encontrar nuestro verdadero lugar en la Tierra, finalmente, somos los únicos en este planeta con la capacidad de decidir sobre nuestro futuro y el de nuestro hogar. ¿Podemos hablar de un propósito o una inteligencia que actúa bajo leyes muy claras que mantienen el equilibrio, el orden y la justicia en la Tierra?, pues sí, y esa es Gaia, es volver al antiguo concepto de ‘Madre Tierra’, cuyo simbolismo nos habla de vida, gestación, nutrición, protección, amor y sabiduría.

Ruby Mena Melo @withluv.ruby

Sobrevivir a una sociedad enferma

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rimera instrucción: no te sorprendas. No te sorprendas cuando el corrupto dé lecciones de honestidad, cuando el mediocre exija excelencia, cuando el que destruye vidas se escandalice por una mala palabra.

Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editora Santo Domingo de los Tsáchilas: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: 099 787 8732 Año: XXVII No. 11.722

Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.

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OPINIÓN 04

SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

Rosalía Arteaga Serrano

editorial

rosaliaa@uio.telconet.net

La sombra del narco

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os Ríos es una de las provincias más golpeadas por el narcotráfico por ser el paso obligado para llegar a los puertos marítimos de Manabí y Guayas. Allí operan al menos ocho grupos delictivos ecuatorianos algunos con miembros de carteles mexicanos, como se reveló en el operativo conjunto entre Ecuador y Estados Unidos que se hizo ayer. En esa provincia se dio la mayor incautación de droga en la historia del Ecuador, cuando en 2024 descubrieron 22 toneladas de cocaína en una hacienda cerca de Vinces, en cuyo caso la justicia no muestra avance alguno. Ciudades como Quevedo, Vinces, Babahoyo o Buena Fe están profundamente golpeadas. Los habitantes desconfían de sus vecinos, empleados de empresas y marcas nacionales caminan por calles sin sus uniformes por temor a ser extorsionados, la inseguridad se siente en las paradas

Aquí todo escándalo tiene fecha de caducidad y toda indignación viene con hora de cierre. Segunda instrucción: aprende a mirar hacia otro lado. Es una habilidad indispensable. Verás injusticias en el trabajo, abusos de poder, personas haciendo lo imposible para llegar a fin de mes y otras haciendo lo imposible para que nadie llegue más lejos que ellas. No intervengas demasiado, podrías molestar a alguien. Tercera instrucción: acostúmbrate. Acostúmbrate a la violencia, a las malas noticias, a los

de buses y la impresión de haber presenciado balaceras o asesinatos no se borra jamás. Los locales empiezan sus actividades a media mañana y cierran antes del atardecer, como si aún estuvieran en época de pandemia con horarios limitados. En esas ciudades, hay zonas impenetrables; el Parque Lineal o la Ruta Ecológica se han perdido ante el descuido estatal. Hay días en las calles de Quevedo que no hay un solo uniformado, ni policías ni militares ni municipales. La población pide patrullajes. Las Fuerzas Armadas conocen el problema y tienen un plan que, por el momento, está enfocado en las zonas rurales. Además, han identificado a seis objetivos a través de los agentes de Inteligencia. Ecuador debe recuperar su territorio, una provincia a la vez. Ahora es el turno de Los Ríos.

precios que suben. A los salarios que no alcanzan, a trabajar hasta el cansancio y agradecer porque, al menos, tienes trabajo. Cuarta instrucción: no pienses demasiado. Pensar tiene consecuencias. Empiezas preguntando por qué y terminas descubriendo quién gana cuando todos los demás pierden; empiezas cuestionando una regla y terminas preguntando quién la escribió; empiezas mirando el sistema y descubres que quizá el problema nunca fue solamente el individuo.

Quinta instrucción: aprende a sobrevivir sin convertirte en aquello que detestas. Esta es la más difícil, porque una sociedad enferma no solamente intenta hacerte daño; también intenta convencerte de que para sobrevivir tienes que volverte igual de cruel. Te dice que seas oportunista porque todos lo son, que pises antes de que te pisen, que traiciones antes de ser traicionado, que el éxito justifica cualquier método y que la decencia es un lujo para quienes pueden permitírselo. Y quizá ahí está la trampa.

Guardianes del agua

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a semana pasada, alrededor de 150 personas dedicadas a cuidar el agua en el mundo, se dieron cita en Quito, la capital del Ecuador. Lo hicieron convocados por la organización global Waterkeeper Alliance, creada hace sesenta años y que agrupa a las personas que se preocupan por el cuidado del agua a nivel global. Es una particular organización en la que pueden estar tanto quienes cuidan los ríos, como los lagos y los mares, así como las cuencas fluviales, los humedales que los alimentan, las altas cumbres de las montañas donde se originan los cursos de agua, lo que se traduce también en una inquietud por la enseñanza y la educación para mantener los recursos hídricos saludables y una gran preocupación por el ambiente. Todos los asistentes vinieron con un bagaje de experiencias, con ganas de intercambiar conocimientos y enseñanzas y también ansiosos de conocer lo que se hace en otras latitudes, lo que tuvieron oportunidad de hacer al participar en una minga por el río y en hacer recorridos y observar las prácticas de los Waterkeeper locales. Muchos de los asistentes, combinaron las conferencias y los debates oficiales, con recorridos antes y después del evento, y aprovecharon la oportunidad para llegar a las cimas de nuestras montañas o desplazarse a la Amazonía y a las Galápagos para disfrutar de experiencias únicas. Más allá de lo que significa la participación en un evento de esta naturaleza, quienes visitan el país y provienen de otras latitudes, conocen la diversidad de nuestro Ecuador, tienen la oportunidad de caminar por las calles del centro histórico quiteño, visitan la ciudad Mitad del Mundo, se dejan atrapar por la belleza de los paisajes, el colorido de los mercados, la calidez de la gente que los atiende y acoge. Estas oportunidades brindan experiencias y también activan un mercado turístico que deslumbra y que genera que se hable bien del país y de su gente, mostrando otra cara del Ecuador.

Sobrevivir no debería significar perder lentamente todo aquello que te hacía humano, Pero aquí estamos, aprendiendo a vivir entre absurdos, llamando normalidad a lo intolerable y madurez a la resignación. Una sociedad enferma no necesita que todos sean monstruos. Le basta con que los buenos se cansen, los indiferentes miren hacia otro lado y los demás aprendan a decir: “¿Y qué puedo hacer yo?” Esa pregunta ha sido, probablemente, una de nuestras formas más elegantes de rendirnos.


05 CULTURA

SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

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‘Corazón de Hada’ lleva un mensaje por la Tierra a través del arte

EL DATO La producción de la canción contó con la participación de profesionales y artistas que sumaron su talento y experiencia para hacer realidad esta propuesta.

ARTISTA. Jhon Ángel prepara la presentación de su nuevo sencillo y videoclip.

A partir de esta idea se desarrolla una obra dirigida a niños, jóvenes, familias y público en general, utilizando diferentes manifestaciones artísticas para acercar el mensaje ambiental y despertar sensibilidad sobre la importancia de preservar los recursos naturales.

El artista ecuatoriano Jhon Ángel presenta su nuevo sencillo. La propuesta combina música, danza y lenguaje audiovisual para promover una relación más consciente con la naturaleza. Después de un año de preparación, producción y trabajo colaborativo, el artista ecuatoriano Jhon Ángel se encuentra listo para presentar oficialmente ‘Corazón de Hada’, su nuevo sencillo y videoclip, una propuesta que busca ir más allá de la música para convertirse en un mensaje de amor, conciencia y acción por la Tierra. La presentación se realizará el 8 de octubre, a las 14:00, en el Teatro Mezzanine de Santo Domingo, durante una jornada que reunirá dos iniciativas

vinculadas con la reflexión ambiental y la participación ciudadana. Uno de los momentos principales será el lanzamiento de ‘Zig Zag: Gobernanza participativa por el clima’, obra escrita por Verónica Narváez, en la que se abordan historias, experiencias y reflexiones relacionadas con la participación ciudadana y el compromiso frente a los desafíos ambientales. En el mismo escenario se dará a conocer ‘Corazón de Hada’, una creación de Jhon Ángel que integra música,

Trabajo colectivo

danza e imagen para transmitir un llamado al cuidado del planeta. Ambas propuestas coinciden en un mismo propósito: generar reflexión y motivar a las personas a asumir un papel activo en la protección de la naturaleza desde diferentes expresiones.

Del mensaje al escenario El origen de la canción está relacionado con la inspiración de Verónica Narváez, quien representa en esta propuesta a la Guardiana del Bosque, figura que simboliza a la mujer, la familia y a quienes protegen la vida y el entorno natural desde el amor y la responsabilidad.

A decir de Jhon Ángel, ‘Corazón de Hada’ no es únicamente una canción, sino una experiencia que combina melodía, movimiento, imágenes y emociones para invitar al público a observar de otra manera el vínculo entre las personas y la naturaleza. El artista destacó, además, que el lanzamiento es el resultado de un trabajo conjunto entre artistas, gestores y colaboradores que durante un año aportaron desde diferentes áreas para concretar el proyecto. La propuesta busca que el arte no solo entretenga, sino que también genere espacios de reflexión y motive acciones en favor del planeta. (LMM)

Arte y cultura se unen para conmemorar el Día de la Bandera La poesía, la pintura y la danza serán parte de una jornada cultural que la Unión de Artistas Populares del Ecuador (Unape), núcleo Santo Domingo de los Tsáchilas, prepara para conmemorar el Día de la Bandera Nacional. La actividad se desarrollará el sábado 26 de septiembre, en la sala teatro de la Casa de la Cultura, donde se abordará la importancia de la bandera como símbolo patrio y algunos elementos relacionados con su historia. La programación contempla una exposición a cargo de un representante designado por la Unape, quien se referirá al significado de este emblema nacional y su evolución histórica. A esta propuesta se sumarán presentaciones artísticas de

Organización cultural

CULTURA. La jornada reunirá poesía, danza y artes plásticas para conmemorar el Día de la Bandera.

los poetas y declamadores Peter Caicedo, Viviana Palacios, Teresa Bolaños y Rigoberto Cairo Illas, quienes participarán con intervenciones literarias. La pintura también tendrá un espacio con una exposición

de obras del artista plástico Luis Antonio Portilla. Además, el público podrá apreciar una presentación del grupo de danza contemporánea Sandoco, dirigido por Sonia Arias.

La iniciativa es impulsada por Rigoberto Cairo Illas, coordinador de Arte y Cultura de la Unape-Santo Domingo de los Tsáchilas, junto con el coordinador general, Polivio Flores.

La Unape es una organización social, artística y cultural ecuatoriana que fue fundada en 2004 y obtuvo su personería jurídica en febrero de 2005. Entre sus objetivos está promover y defender el arte popular, plurinacional y emancipador. La organización mantiene presencia en varias provincias del país y ha desarrollado congresos gremiales, festivales de arte, publicaciones literarias y exposiciones culturales. Con esta actividad, sus representantes buscan generar un espacio de encuentro entre distintas expresiones artísticas y, al mismo tiempo, reflexionar sobre uno de los principales símbolos de identidad nacional. (LMM)


VIERNES, 25 de SEPTIEMBRE de 2026 La Hora Santo Domingo

es una edición de diario la hora

http//www.derechoecuador.com

GOBIERNO ELECTRÓNICO

Autor: Ab. Paúl Arellano

La transformación digital es uno de los mayores desafíos que enfrenta el Estado como un eje fundamental de su modernización, la cual contribuirá a lograr una mejor calidad en la entrega de servicios a los ciudadanos y una mayor efectividad en la gestión. El acceso a las tecnologías de la información y comunicación TIC garantizado en nuestra Constitución, se ha convertido en una necesidad primaria para todos los ciudadanos del mundo, la economía, la inmediatez de las transacciones y la omnipresencia son los grandes pasos de la era tecnología en la que vivimos. Definición El Gobierno electrónico “consiste en el uso de las tecnologías de la información y comunicación por parte de las entidades para transformar las relaciones con los ciudadanos, entre entidades de gobierno y empresas privadas a fin de mejorar la calidad de los servicios gubernamentales de los servicios ciudadanos, promover la interacción con empresas privadas, fortalecer la participación ciudadana a través del acceso a la información y servicios gubernamentales eficientes y eficaces y coadyuvar con transparencia, participación y colaboración ciudadana” (Art. 1, Decreto No. 981) El 28 de enero del 2020, el Presidente de la República dictó el Decreto No. 981, en el cual entre otras cosas dispone la obligación de todas las autoridades, funcionarios y servidores públicos que en ejercicio de sus funciones suscriban documentos, deberán contar con un certificado de firma electrónica válido. Todo documento que atribuya responsabilidad de elaboración, revisión, aprobación, emisión y/o certificación, deberá ser firmado electrónicamente. Las autoridades, funcionariost públicos, servidores públicos que se nieguen a aceptar documentos firmados electrónicamente, validados en el sistema oficial, serán sancionadas conforme a la normativa vigente. La Ley de Comercio Electrónico establece: “Art. 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.- Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo establecido en esta Ley y su Reglamento.” “Art. 52.- Medios de prueba.Los mensajes de datos, firmas electrónicas, documentos electrónicos y los certificados electrónicos nacionales o extranjeros, emitidos de conformidad con esta Ley, cualquiera sea su proceden-

cia o generación, serán considerados medios de prueba. Para su valoración y efectos legales se observará lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil. Concordancias: COGEP 202; 207 El Código Orgánico General de Procesos nos guía sobre el documento electrónico original en su artículo 202: “Art. 202.- Documentos digitales.- Los documentos producidos electrónicamente con sus respectivos anexos, serán considerados originales para todos los efectos legales.” Como ejemplo, el certificado electrónico de antecedentes penales, el certificado único vehicular, las facturas electrónicas, son documentos electrónicos válidos que no necesitan de certificación, basta con consultar su validez en la página web correspondiente. El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información será la entidad rectora en Gobierno Electrónico de la Función Ejecutiva. En pocos meses tendremos acciones de personal, acuerdos ministeriales, comunicados, directrices, órdenes de pago, disposiciones entre otros con firma electrónica. Pero este Decreto solo abarca la función ejecutiva; ¿Qué pasa con las demás funciones del Estado? Se requiere la masificación del uso de firma electrónica, y de medios tecnológicos de comunicación en todas las funciones, y en todos los niveles tanto públicos como privados, de personas jurídicas y naturales. La eliminación del papel, de trámites personales, burocráticos, de sumillas, y archivos físicos que demoran los trámites, y elevan el costo tanto para el Estado como para el usuario. Es imperante la participación del ente encargado de validar un documento firmado electrónicamente, que pueda estar al alcance de todos los ciudadanos, en cual-

quier parte del país. En la actualidad de conformidad al Artículo 18 numeral 5 de la Ley Notarial, los Notarios tienen la facultad de certificar documentos originales firmados electrónicamente, y disponen de una directriz del Consejo de la Judicatura para la validación de firmas electrónicas. Este ente podría ser oficialmente el Notario, quien a través del sistema informático del Consejo de la Judicatura valide la firma electrónica del documento electrónico, que de ser necesario se lo materialice, es decir se lo lleve al papel. Un ejemplo es Chile que aprobó una nueva Ley Notarial que incluye: a) Incorporar la obligación de notarios, conservadores y archiveros de contar con sistemas electrónicos y medios telemáticos para el adecuado archivo, tramitación y gestión de los documentos extendidos o protocolizados en la notaría, inscripciones efectuadas en el respectivo conservador, garantizando la seguridad, integridad y disponibilidad de la información contenida en él, debiendo mantener un estándar de tecnología que permita cumplir adecuadamente con este requisito. b) Exigir a notarios, conservadores y archiveros contar con una página web, firma electrónica avanzada y sellado de tiempo. c) Permitir la extensión de escrituras públicas mediante documentos electrónicos, así como también, protocolizar documentos, autorizar copias, entregar certificados y gestionar inscripciones por medios electrónicos. d) Exigir que repertorios, registros o índices sean llevados de manera electrónica. e) Establecer la obligación de los notarios de remitir al conservador competente la copia de los títulos relativos a bienes raíces o instrumentos sujetos a registro, para la respectiva inscripción. f) Crear un repositorio digital de carácter nacional de responsabilidad del Servicio de Registro Civil e Identificación, para el adecuado archivo y gestión de los documentos extendidos y pro-

tocolizados en las notarías y de las inscripciones efectuadas en los conservadores. g) Crear el Archivo Digital de Poderes, de responsabilidad del Servicio de Registro Civil e Identificación, el cual deberá ser consultado por el notario para verificar la existencia y vigencia de los mandatos en virtud de los cuales concurren a la celebración de actos jurídicos. Para estos efectos se establece la obligación del notario de remitir electrónicamente a este archivo, tan pronto se encuentre perfeccionado el instrumento respectivo en el que conste el mandato o poder, las constituciones de poderes, mandatos, representaciones, sus modificaciones o revocaciones que fueren otorgados ante él por escritura pública, reducidos a escritura pública o protocolizados en su registro. Se incluyen también en este Registro, los documentos apostillados en virtud del Convenio de la Apostilla, en los que conste un poder o mandato otorgado en el extranjero. h) Crear el Registro Nacional de Interdicciones del Servicio de Registro Civil e Identificación, el cual facilitará la verificación, en cualquier parte del territorio, de la capacidad de las partes que concurren a la celebración de un acto jurídico.” Reformas a la Ley Notarial También en Ecuador se debe reformar la Ley Notarial, a fin de que se incorpore la escritura pública digital firmada electrónicamente, el archivo o protocolo electrónico, lo que ahorrará tiempo y dinero a los usuarios del sistema. Este paso dado por el gobierno ecuatoriano en la implementación del gobierno electrónico sin duda ahorrará tiempo, dinero, y dará publicidad a los actos, lo que generará seguridad y bienestar. Sin embargo todavía queda mucho por hacer, todas las funciones de gobierno y entidades públicas y privadas, personas naturales y jurídicas deben implementar la tecnología en sus transacciones, acuerdos, negocios y contratos, con la intervención del Estado

06 CONSULTA Civil

¿Es procedente, basada en principios constitucionales recoger en los fallos pruebas que cambiarían la resolución del juez?

RESPUESTA Los juzgadores están en la obligación de resolver la causa de acuerdo a las pruebas legalmente actuadas en el proceso; debiendo señalar que la carga de la prueba está definida en el COGEP y corresponde a quien alega un derecho o su improcedencia. Esto se desprende de las siguientes normas Art.19 COFJ.- Principio dispositivo: “Las juezas y jueces resolverán de conformidad con lo fijado por las partes como objeto del proceso y en mérito de las pruebas pedidas, ordenadas y actuadas de conformidad con la ley”. Art 27 COFJ.- Verdad procesal: “Las juezas y jueces resolverán únicamente atendiendo a los elementos aportados por las partes. No se exigirá prueba de los hechos públicos y notorios, debiendo la jueza o juez declararlos en el proceso cuando se tome en cuenta para fundamentar su resolución”. El juzgador no puede hacer referencia o resolver en base a pruebas que no estén debidamente actuadas en la causa; y solo excepcionalmente puede disponer prueba de oficio, con la debida motivación, suspendiendo su resolución hasta que se practique esa prueba. Ahora bien, si en segunda instancia se observa que existe prueba no admitida o no valorada y esta circunstancia fue materia del recurso de apelación, los juzgadores pueden considerar dichas pruebas y como consecuencia de ello, confirmar o revocar la sentencia subida en grado. Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

para garantizar los derechos de los consumidores, actualizando las leyes caducas que se encuentran en la era del papel. Espero este artículo les haya sido de utilidad, no se olvide de visitar mi página web not64quito.com


07 AVISOS

SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

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extractos UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS EXTRACTO JUDICIAL AL DEMANDADO: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO , se le hace saber lo siguiente: PRENSA: JUICIO: ALIMENTOS TIPO DE PROCEDIMIENTO: SUMARIO CAUSA N° 23201-2026-01988 ACTOR: GARCIA GUERRON ANDREA JACKELINE DEMANDADO: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ/A: AB. ZAMBRANO VERA NERYS ORIOL BARTOLO SECRETARIA: ABG. LIGIA ELENA BAJAÑA MEDINA PROVIDENCIAS: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 30/07/2026 16:28 COMPLETAR Y/O ACLARAR LA SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS. MSc., Nerys Oriol Bartolo Zambrano Vera, en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores, designado mediante ACCIÓN DE PERSONAL número 2603-DNTH-2019-JT, por Traslado, de fecha 24 de diciembre del 2019, que rige a partir de fecha 01 de enero del 2020, por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura. En lo principal, por sorteo de ley, avoco conocimiento de la presente causa, y consecuentemente, DISPONGO: En lo principal: I).- Previo a calificar la demanda, se dispone a la parte accionante que complete y aclare la misma, dentro del término de cinco días dando cumplimiento a los requisitos señalado en el artículo 142 numeral 13 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), esto es: a).- “13. Los demás requisitos que las leyes de la materia determinen para cada caso.”; esto es: En cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional en la resolución publicada en el Registro Oficial N° 228 de fecha 05 de julio del 2010 y en lo que manifiesta: “La citación por la prensa es una medida excepcional que procede cuando ha sido imposible determinar el domicilio, por lo que los presupuesto para su procedencia deben estimarse con estrictez y rigurosidad no bastando la declaratoria bajo juramento, sino que el Juez deberá exigir para la procedencia de

tal citación excepcional, se demuestre las diligencias realizadas a tal efecto, que no se dé rienda suelta a argucias fraguadas por una de las partes para obstaculizar o impedir que la otra, en este caso, el demandado comparezca a juicio y pueda ejercer su derecho a la defensa”; en tal virtud la parte accionante debe presentar copia certificada de la parte pertinente de la guía telefónica en donde se demuestre que la parte accionada no tiene registrado ni número telefónico, ni dirección; y una certificación del Consejo Nacional Electoral para establecer si ha sufragado o no en las últimas elecciones y donde lo ha hecho, toda vez que no consta en la documentación adjuntada dicha actividad.- Así también, de conformidad con lo establecido en el inciso tercero del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos tal como lo establece la Transitoria Final Segunda del referido Código, deberá presentar la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana actualizado, en la que indique si el demandado salió del país o consta en el registro consular.-II).Requerimiento que se realiza bajo las prevenciones legales contempladas en el inciso segundo del Art. 146 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico General de Procesos. III).- Téngase en cuenta el domicilio judicial y los correos electrónicos que señala para recibir sus notificaciones así como la autorización conferida a su Abogado Patrocinador.- Actúe en la presente causa la Ab. Ligia Elena Bajaña Medina en calidad de secretaria de este despacho.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 13/08/2026 16:20ATENDER PETICION (AUTO DE SUSTANCIACION) VISTOS. Dr. Ángel Patricio Robalino Villafuerte, Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores de Santo Domingo, debidamente posesionado y en funciones, avoco conocimiento en la presente causa mediante Acción de Personal DP23-CJ2026-0529-UPTH, que rige desde el día

martes 11 de agosto de 2026, las 08:00 hasta el día jueves 20 de agosto de 2026, las 17:00, que se adjunta al proceso; y acta sorteo de fecha martes 11 de agosto de 2026, las 08:00, hasta el día jueves 20 de agosto de 2026, las 17:00 esto debido a la ausencia del señor Juez Titular Dr. Nerys Oriol Barloto Zambrano Vera, por el permiso que se le ha concedido.- En lo principal: El escrito y anexos presentados por la señora ANDREA JACKELINE GARCIA GUERRON, de fecha 06 de agosto de 2026, a las 10h02, agréguese al proceso, el cual, se pone en conocimiento del suscrito Juez en la fecha de la presente providencia debido a que es pasada por parte la señora ayudante Judicial Ab. Elba Valeria Pazos Sanchez; y, agregándose a los autos, se DISPONE: Previo a disponer lo que en derecho corresponda, la compareciente en el término de tres días legitime el escrito que antecede dada la naturaleza de su petición, hecho que fuere se proveerá lo que en estricto derecho corresponda.Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez encargado y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 08/09/2026 16:51 JURAMENTO DE DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS: Incorpórese a los autos el escrito y anexos presentados por MAURA LUCRECIA ZAMORA MORALES, en atención al mismo, DISPONGO: Previo a proveer lo que en derecho corresponda y de conformidad al inciso segundo Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se requiere que MAURA LUCRECIA ZAMORA MORALES comparezca a esta Unidad Judicial el día 16 DE SEPTIEMBRE DE 2026, A LAS 14H20 (sala 305, ubicada en el segundo piso de esta Unidad Judicial); a rendir juramento de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia o domicilio del demandado PISCO CORREA REINERIO LUDGARDO, para los fines de ley pertinentes.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado

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electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 16/09/2026 16:48 CALIFICACIÓN DE SOLICITUD Y/O DEMANDA (AUTO DE SUSTANCIACIÓN) VISTOS. 1.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior, dicto: 1.1.-CALIFICACIÓN: La demanda de ALIMENTOS, presentada por GARCIA GUERRON ANDREA JACKELINE, en contra de LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO, al amparo del procedimiento previsto en el Capítulo II del Título V del libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, reformado por Ley publicada en el suplemento del Registro Oficial Nº 643 del 28 de julio de 2009, en armonía de lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos - COGEP, en los Arts. 142, 146, 332 y numeral tercero y cuarto del Art. 333; SE ACEPTA a trámite por ser clara, precisa y reunir los requisitos de ley, en procedimiento sumario, en concordancia con el Art. 3 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 1.2.- De acuerdo con el Art. Innumerado 9 de la ley, ibídem; se fija provisionalmente como pensión mensual alimenticia la cantidad de (US$ 142,14), más los beneficios de ley, prescritos en el Art. Innumerado 16 de la ley reformatoria al Código de la materia, a favor de la menor DANNA THAIZ LOPEZ GARCIA, misma que regirá a partir de la fecha de presentación de la demanda, y que será cancelada por mensualidades anticipadas dentro de los cinco primeros días de cada mes, conforme prevé el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; valor que será cancelado por el demandado/a LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO, bajo prevenciones del Art. 137 del Código Orgánico General de Procesos, que guarda relación con el Art. 66 numeral 29 literal c) de la Constitución de la República del Ecuador; pensión que será depositada en una de las ventanillas del Banco del Pacifico, BanEcuador o cualquiera de las redes asociadas al Banco del Pacifico a nivel nacional, previa obtención del Número de la Tarjeta de Pagos del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), para tal efecto se

notificará a la oficina de Pagaduría de esta Unidad Judicial, para que proceda a aperturar dicho número; vinculando el número de la cuenta bancaria de ahorros 0034548875 del Banco Guayaquil, consignada. 1.3.- CITACIÓN: Conforme la declaración Bajo Juramento y, de acuerdo con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado: LOPEZ TINTIN DARIO FERNANDO, a través de la prensa; mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por secretaría elabore y confiera el EXTRACTO pertinente. 1.4.- Con fundamento en lo previsto en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al accionado el término de DIEZ DÍAS, contados a partir de la fecha en que sea legalmente citado, a fin que conteste la acción cumpliendo con los preceptos legales de los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos. 1.5.ANUNCIO DE PRUEBAS: Los medios de prueba, al tenor de lo atribuido en el inciso tercero del Art. 159 Código Orgánico General de Procesos, se ordena: 5.1.- La prueba documental se considerará de ser pertinente el día de la audiencia única.Ofíciese en la forma requerida.- Téngase en cuenta la declaración de parte de los litigantes.- 1.6.- NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía, la forma electrónica que señala para recibir sus notificaciones y, la autorización conferida a la defensa técnica.- El decreto se firma elec-

trónicamente por el señor Juez y Secretaria, según el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. Particular que pongo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.- Santo Domingo, a 18 DE SEPTIEMBRE DEL 2026.BAJANA MEDINA LIGIA SECRETARIO/A Hay firma electrónica. P-248161-GF

ANULACIÓN Queda anulado el certificado a plazo por pérdida, Certificado No. 92153926, serie 789743 a nombre de la señora SILVA LOPEZ MARIA ANGEILICA, por pérdida. P-248156-MIG

EXTRACTO NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 2 ESMERALDAS, OFICINA TÉCNICA SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. - Proceso Administrativo Nro. 058-2026-Au. Santo Domingo de los Tsáchilas, miércoles, 16 de septiembre de 2026. A las 16:00. - VISTOS: Avoco conocimiento de la causa en mi calidad de Director Técnico Zonal 2 Esmeraldas, del Ministerio del Ambiente y Energía, en virtud de la Acción Personal Nro. DATH-2026-0643 de fecha 29 de junio de 2026. Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro., 94, el presidente Constitucional de la República, el 14 de agosto de 2025, ordena la fusión por absorción del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) al Ministerio de Energía y Minas, (MEM) creando así el Ministerio de Ambiente y Energía. (MAE). En lo principal: 1.- Mediante Oficio Nro. GADMCPVM-ALC-2026-0143-OFI, de 28 de mayo de 2026 el señor MVz. Freddy Roberth Arrobo Arrobo, alcalde del cantón Pedro Vicente Maldonado con el objeto de solicitar la Autorización de Uso de Agua para consumo doméstico para el Sector Salcedo Lindo y El Triunfo, en el caudal de 3,64 l/s., proveniente de un pozo profundo autorizado mediante resolución de fecha 25 de marzo de 2026, en el Expediente Administrativo Nro. 146-2025-LPP. (DA)., recurso ubicado en el recinto Salcedo Lindo, de la parroquia Pedro Vicente Maldonado, cantón Pedro Vicente Maldonado, provincia Pichincha. Con el antecedente se DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en los Arts. 18 Literal g), 86, 87 numeral 2, literal c; 123,124, 125 y 126 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 106 numeral 1, y 107 del Reglamento a la Ley ibidem, se admite a trámite la solicitud presentada, bajo el procedimiento general. En consecuencia, practíquese las siguientes actuaciones: a) Notifíquese a los usuarios conocidos y desconocidos mediante la publicación de un extracto en un periódico de amplia circulación de la localidad, de no existir, se lo realizará en un periódico de circulación nacional, por tres (3) veces consecutivas. b) Colóquese tres (3) carteles durante diez días en tres lugares frecuentados del recinto Salcedo Lindo, de la parroquia Pedro Vicente Maldonado, para el efecto remítase atenta comisión librada con suficiente despacho al señor/a jefe Político de esa jurisdicción; el solicitante en el plazo de 24 horas retire de esta dependencia las comisiones para ser entregadas a la autoridad política, así como el extracto para publicarse por la prensa. 2.- Advertirle que la inactividad por causas injustificadas, por el plazo de dos meses, producirá el abandono y archivo del expediente conforme lo establecido en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo. 3.- Téngase en cuenta los correos electrónicos señalados para futuras notificaciones. 4.- Actúe como secretario Ad Hoc, el Ab. Darwin Apolo Calero. Cúmplase, Ofíciese y Notifíquese…f) ING. JOSÉ ANTONIO BORJA, DIRECTOR ZONAL 2 DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA.

ABG. DARWIN APOLO CALERO. SECRETARIO AD-HOC

P-248155-MIG

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extractos CITACIÓN POR LA PRENSA A, Herederos Presuntos Y Desonocidos De Rosa Lucrecia Salan Morales, Rosa America Quinto Salan, SE LES HACE SABER: Que por sorteo le correspondió conocer a la Unidad Judicial Civil del cantón Santo Domingo, la causa No.233312024-04828 ACTOR: Carriel Rendon Hilcia Betonia DEMANDADOS: Herederos Presuntos Y Desonocidos De Rosa Lucrecia Salan Morales, Rosa America Quinto Salan PROCEDIMIENTO: ORDINARIO - PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO CUANTÍA: $ 2.000 JUEZ DE LA CAUSA: DR. FABRICIO ACURIO HIDALGO UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, viernes 6 de diciembre del 2024, a las 08h57. VISTOS: Dr. German Fabricio Acurio Hidalgo, Juez de esta Unidad Judicial Civil, de este cantón Santo Domingo, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma por el sorteo electrónico de Ley. Revisado el contenido de la demanda, se observa que no cumple los requisitos señalados en los artículos 142 numeral 13; 143 numeral 5 del COGEP. Por lo expuesto, previo a admitir la demanda a trámite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 146, inciso segundo ibídem, se dispone que, dentro del término legal improrrogable de CINCO DÍAS, la parte actora complete y aclare, específicamente en los siguientes requisitos: 1) Aclare la demanda Adjuntando Certificado de Gravámenes donde conste superficie, linderos y dimensiones del bien que se pretende prescribir. En sí la demanda debe ser redactada observando los requisitos dispuestos en el artículo 142 y 143 del COGEP. De manera que se dé cumpliendo a lo previsto en las normas antes indicadas, de no hacerlo se dispondrá el archivo de la causa. - Actúe la Ab. María Janina Zambrano en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - F) Dr. Fabricio Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON SANTO DOMINGO. Santo Domingo, viernes 11 de abril del 2025, a las 12h14. VISTOS: Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto anterior, se dispone lo siguiente. 1).- CALIFICACIÓN: La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio de bien inmueble que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO. 2).- INSCRIPCIÓN: Inscríbase la demanda, para el efecto notifíquese al Registro de la Propiedad del cantón Santo Domingo. - 3). - CITACIÓN: A) Se ordena la citación al señor SEGUNDO FLORESMILO QUINTO MOPOSITA, a quién se le citará en el domicilio señalado en la demanda, a través de boletas respectivas, por medio de la oficina de citaciones de esta jurisdicción, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los

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documentos adjuntos y este auto. B) A los señores MARÍA JANNET QUINTO SALAN y CARLOS OSWALDO QUINTO SALAN, en los domicilio señalados, para el efecto remítase atento deprecatorio a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Ambato, Provincia de Tungurahua. C) A los HEREDEROS DESCONOCIDOS de las causantes señoras: SALAN MORALES ROSA LUCRECIA y ROSA AMERICA QUINTO SALAN, conforme lo establece el numeral 1 del Art. 56 y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, por uno de los periódicos de mayor circulación de esta localidad.- D) De acuerdo a la reforma publicada en el ROS 166 de 21 de enero de 2014, en la disposición transitoria Décima, al Código Orgánico de Organización Territorial “COOTAD”, se dispone que se cuente con el Alcalde y Procurador Síndico del GAD Municipal del cantón Santo Domingo, a quienes se le citará en el lugar indicado en la demanda.4).- Conforme a lo dispuesto en el Art. 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS, para que contesten la demanda y deduzcan sus excepciones en la forma establecida en el Art. 151 y 153, ibídem, respectivamente.- 5).- Tómese en cuenta: a) Los medios probatorios determinados y solicitados en su memorial de la demanda, de ser procedentes se considerarán tomando en cuenta lo reglado en el literal a) numeral séptimo del Artículo 294 del Código Orgánico General de Procesos, en el momento procesal de la Audiencia Preliminar.- b) La documentación anexa.6).- Al amparo del Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, se indica que la firma electrónica contenida en el presente auto, tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma manuscrita; en consecuencia, no será necesario consignar la firma manuscrita en la presente actuación judicial.- 7).- Actúe la Ab. María Janina Zambrano en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial Civil. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - F) Dr. Fabricio Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. Santo Domingo, lunes 27 de julio del 2026, a las 15h55. VISTOS:En lo principal: Previo a ser entregado el extracto judicial se dispone; 1.-Que la parte actora comparezca a la secretaría de este despacho ubicada en el primer piso del edificio del Palacio de Justicia el día MARTES 11 DE AGOSTO 2026, A LAS 11H30 a fin de que declare bajo juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia actual de los HEREDEROS DESCONOCIDOS de los causantes señoras SALAN MORALES ROSA LUCRECIA y ROSA AMERICA QUINTO SALAN, de conformidad con el Art. 56 numeral 2 inciso 2 y 58 del COGEP. 2.-NOTIFÍQUESE.-F) Dr. Fabricio Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. Santo Domingo, miercoles 12 de agosto del 2026, a las 16h13. VISTOS: En lo principal: Declarado bajo juramento que ha sido imposible determinar la individualidad de los Herederos Desconocidos de los causantes Rosa Lucrecia Salan Morales y Rosa America Quinto Salan, cítese por la

prensa, conforme lo señala el Inc.2, del numeral 2 del Art. 56 y Art. 58 del COGEP, esto es, tres publicaciones en diferentes días, en las jurisdicciones del cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas. NOTIFÍQUESE.-F) Dr. Fabricio Acurio – JUEZ. UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. AB. JANINA ZAMBRANO INTRIAGO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN SANTO DOMINGO Hay firma y sello. P-248131-GF

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS EXTRACTO JUDICIAL AL PÚBLICO EN GENERAL SE HACE SABER LO SIGUIENTE: LA ALIMENTOS / EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA, al demandado: ORTEGA GARCIA ANGEL DAVID, se les hace saber al PÚBLICO EN GENERAL: PRENSA: JUICIO: ALIMENTOS / EXTINCIÓN DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA CAUSA N° 23201-2013-26804 ACTOR: Garcia Ninahualpa Maria Consuelo y Ortega Garcia Angel David DEMANDADO: Ortega Badillo Angel Mario CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZ/A: AB. ZAMBRANO VERA NERYS ORIOL BARTOLO SECRETARIA: ABG. LIGIA ELENA BAJAÑA MEDINA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 03/02/2026 16:00 NOTIFICACIÓN (DECRETO) Incorpórese a los autos el escrito presentado por ORTEGA BADILLO ANGEL MARIO, en atención al mismo, DISPONGO: 1).- De conformidad con el Art. 76 numeral 7 literal h de la Constitución de la República que trata sobre el derecho de contradicción, el titular del derecho ORTEGA GARCIA ANGEL DAVID debe dar cumplimiento con lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del Art. Innumerado 4 de la Ley Reformatoria del Título V, Libro II, del Código de la Niñez y Adolescencia.- 2).- Para lo cual CÍTESE al titular del derecho ORTEGA GARCIA ANGEL DAVID, en la dirección indicada en el escrito que se provee, para dicho efecto remítase el despacho correspondiente a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial, para su cumplimiento.- 3).- Una vez que se encuentre citado el titular del derecho, en mención, se proveerá conforme a derecho corresponda, para los fines de ley pertinentes.- 4.- Téngase en cuenta el correo electrónico señalado para recibir sus notificaciones, así como la autorización conferida al profesional del derecho para su defensa.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textual-

mente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 03/03/2026 15:44AUTO GENERAL (AUTO) El escrito presentado por el señor ORTEGA BADILLO ANGEL MARIO, agreguese a los autos, el mismo que estando pendiente de despacho, se lo realiza: En atención a lo manifestado por el compareciente en el escrito que se atiende, CÍTESE al titular dl derecho ORTEGA GARCIA ANGEL DAVID, en la dirección indicada en el escrito que se proveer, a través DEPRECATORIO ELECTRÓNICO, a uno de los señores jueces de la Familia Mujer Niñez y Adolescencia o quién haga sus veces, del Cantón QUITO, provincia de PICHINCHA, ofreciendo reciprocidad en casos análogos, para el efecto remítase las boletas de estilo en legal y debida forma.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretario de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.-Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 13/07/2026 15:42NOTIFICACION (DECRETO) Incorpórese a los autos el escrito presentado por ANGEL MARIO ORTEGA BADILLO, en atención al mismo, DISPONGO: Previo a disponer lo que en derecho corresponda, se conmina al compareciente que aclare su petición y fundamente en derecho.- 2).Se conmina a la señora secretaria que proceda a la impresión del deprecatorio constante en el sistema SATJE y siente la razón si se ha cumplido con la citación al demandado.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 23/07/2026 13:28 PROVIDENCIA GENERAL (DECRETO) Incorpores a los autos el escrito presentado por ANGEL MARIO ORTEGA BADILLO, en atencion al mismo, DISPONGO: En cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional en la resolución publicada en el Registro Oficial N° 228 de fecha 05 de julio del 2010 y en lo que manifiesta: “La citación por la prensa es una medida excepcional que procede cuando ha sido imposible determinar el domicilio, por lo que los presupuesto para su procedencia deben estimarse con estrictez y rigurosidad no bastando la declaratoria bajo juramento, sino que el Juez deberá exigir para la procedencia de tal citación excepcional, se demuestre las diligencias realizadas a tal efecto, que no se dé rienda suelta a argucias fraguadas por una de las partes para obstaculizar o impedir que la otra, en este caso, el demandado comparezca a juicio y pueda ejercer su derecho a la defensa”, en tal virtud la parte accionante debe presentar copia certificada de la parte pertinente de la guía telefónica en donde se demuestre que la parte accionada no tiene registrado ni número telefónico, ni dirección; y una certificación del Consejo Nacional Electoral para establecer si ha sufragado o no en las últimas elecciones y donde lo ha hecho.- Así también, de conformidad con lo establecido en el inciso tercero del Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos tal como lo establece la Transitoria

AVISOS 08

SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

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Final Segunda del referido Código, deberá presentar la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana actualizado, en la que indique si el demandado salió del país o consta en el registro consular.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por el señor Juez y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. 05/08/2026 16:52 SEÑALAMIENTO DE DIA Y HORA PARA DILIGENCIA (DECRETO) VISTOS. Atento el escrito presentado por ANGEL MARIO ORTEGA BADILLO, que se agrega al proceso, dispongo: 1.- Se señala para el día 01 DE SEPTIEMBRE DE 2026, A LAS 14H10, a fin de que el señor ANGEL MARIO ORTEGA BADILLO, comparezca con sus documentos habilitantes hasta la Sala de Audiencias No. 305 del Complejo Judicial; y, se prosiga acorde prevé el Art. 56 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, respecto a la declaración BAJO JURAMENTO que tiene que deponer sobre el desconocimiento e imposibilidad de determinar el domicilio del titular del derecho alimentario: ANGEL DAVID ORTEGA GARCIA, como señala en su escrito.- El decreto se firma electrónicamente por el señor Juez y Secretaria, según el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS 02/09/2026 16:19NOTIFICACION (DECRETO) VISTOS: En lo principal: En mérito a la afirmación y juramento realizado por ORTEGA BADILLO ANGEL MARIO, cítese al demandado ORTEGA GARCIA ANGEL DAVID, por la prensa, mediante tres publicaciones a realizarse en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Santo Domingo de conformidad con lo previsto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual por Secretaría se elaborará el extracto correspondiente.- Validez de la firma electrónica.- Se pone en conocimiento de las partes procesales que el presente decreto, se encuentra firmado electrónicamente por la señora Jueza y Secretaria de este despacho, según lo dispuesto en el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que textualmente nos dice: “Art. 14.- Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio”. Para los fines de ley pertinentes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.Particular que pongo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial y correo electrónico para sus notificaciones.- Santo Domingo, a 02 DE SEPTIEMBRE DEL 2026.BAJANA MEDINA LIGIA SECRETARIO/A Hay firma electrónica. P-248157-MIG

Juicio No. 23201-2026-02017 UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES INFRACTORES DEL CANTÓN SANTO DOMINGO. Santo Domingo, martes 1 de septiembre del 2026, a las 16h16. VISTOS. Dr. Nerys Oriol Zambrano Vera, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial, reintegrado a mis funciones luego de haber hecho uso del derecho a vacaciones debidamente programadas, en esta fecha avoco conocimiento de la presente causa previo sorteo de rigor, obrante en autos; en virtud de lo dispuesto en los artículos 167 y 178.3 de la Constitu-

ción de la República del Ecuador; artículos 156, 157 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; de la acción de personal N° 2603-DNTH-2019-JT, de fecha 24 de diciembre de 2019, que rige a partir del 1 de enero de 2020; de la resolución N° 109-2018, emitida por el pleno del Consejo de la Judicatura. En lo principal: 1.- Una vez que se ha dado cumplimiento con lo ordenado en auto de sustanciación inmediato anterior, dicto: 1.1.-CALIFICACIÓN: La demanda de ALIMENTOS, presentada por ALCIVAR VILELA FANNY JULISSA, en contra de MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, al amparo del procedimiento previsto en el Capítulo II del Título V del libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, reformado por Ley publicada en el suplemento del Registro Oficial Nº 643 del 28 de julio de 2009, en armonía de lo previsto en el Código Orgánico General de Procesos - COGEP, en los Arts. 142, 146, 332 y numeral tercero y cuarto del Art. 333; SE ACEPTA a trámite por ser clara, precisa y reunir los requisitos de ley, en procedimiento sumario, en concordancia con el Art. 3 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 1.2.De acuerdo con el Art. Innumerado 9 de la ley, ibídem; se fija provisionalmente como pensión mensual alimenticia la cantidad de (US$ 142,14), más los beneficios de ley, prescritos en el Art. Innumerado 16 de la ley reformatoria al Código de la materia, a favor del menor JHOAN ELIAS MINDIOLA ALCIVAR, misma que regirá a partir de la fecha de presentación de la demanda, y que será cancelada por mensualidades anticipadas dentro de los cinco primeros días de cada mes, conforme prevé el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia; valor que será cancelado por el demandado/a MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, bajo prevenciones del Art. 137 del Código Orgánico General de Procesos, que guarda relación con el Art. 66 numeral 29 literal c) de la Constitución de la República del Ecuador; pensión que será depositada en una de las ventanillas del Banco del Pacifico, BanEcuador o cualquiera de las redes asociadas al Banco del Pacifico a nivel nacional, previa obtención del Número de la Tarjeta de Pagos del Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA), para tal efecto se notificará a la oficina de Pagaduría de esta Unidad Judicial, para que proceda a aperturar dicho número; vinculando el número de la cuenta bancaria de ahorros 2209434000 del Banco Pichincha, consignada. 1.3.- CITACIÓN: Conforme la declaración Bajo Juramento y, de acuerdo con el artículo 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, CÍTESE al demandado: MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, a través de la prensa; mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas y días hábiles en un periódico de amplia circulación de esta ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, por secretaría elabore y confiera el EXTRACTO pertinente. 1.4.- Con fundamento en lo previsto en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al accionado el término de DIEZ DÍAS, contados a partir de la fecha en que sea legalmente citado, a fin que conteste la acción cumpliendo con los preceptos legales de los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos. 1.5.- ANUNCIO DE PRUEBAS: Los medios de prueba, al tenor de lo atribuido en el inciso tercero del Art. 159 Código Orgánico General de Procesos, se ordena: 5.1.- La prueba documental se considerará de ser pertinente el día de la audiencia única.- Ofíciese en la forma requerida. 1.6.- MEDIDA CAUTELAR: Al tenor de lo prescrito en el Art. Innumerado 20 de la Ley Reformatoria al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, se ordena la Prohibición de la Salida del País, al demandado MINDIOLA CAMPOVERDE PABLO ARTURO, con CC: 2300769292, debiendo oficiarse a la Coordinadora de la Unidad Servicios de Apoyo Migratorio de Santo Domingo de los Tsáchilas. 1.7.NOTIFICACIONES: Téngase en cuenta la cuantía, la forma electrónica que señala para recibir sus notificaciones y, la autorización conferida a la defensa técnica.- El decreto se firma electrónicamente por el señor Juez y Secretaria, según el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos, que dice: “Art. 14.Efectos de la firma electrónica.- La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos, y será admitida como prueba en juicio.”.-NOTIFÍQUESE. ZAMBRANO VERA NERYS ORIOL BARTOLO JUEZ(PONENTE) Hay firma y sello. P-248140-MIG


09 ENTRETENIMIENTO E

HORAGRAMA • HORAGRAMA • HORAGRAMA • HORAGRAMA

• HORAGRAMA

SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

Laberinto

sudoku salida

entrada

Solución


I

IMBABURA 10 SANTO DOMINGO VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

Tamia Guamán lleva la historia de las hualcas a las pasarelas internacionales Tamia Guamán, diseñadora de hualcas y otros accesorios de identidad indígena, presentará sus creaciones en el Ecufest por el Día de la Interculturalidad en Chile, el próximo 18 de octubre.

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l 18 de octubre de 2026, los ecuatorianos residentes en Chile celebrarán el Día de la Interculturalidad con una pasarela de modas. Tamia Guamán, diseñadora de joyas otavaleña, es la coordinadora del evento ‘Ecufest’. Cada 12 de octubre se celebra el Día de la Interculturalidad. Tamia Guamán cuenta que en esta pasarela se concentrarán varios diseñadores de Quito, Loja y de la Amazonía. En la presentación también estarán diseñadores de joyas del pueblo Mapuche de Chile. Además, en esta pasarela se exhibirán colecciones de Tamia Guamán en colaboración con Takiri Paredes, diseñador anteño de prendas con tejidos andinos. “Se espera que los ecuatorianos en Santiago de Chile vuelvan a sus raíces, recuerden quiénes somos”, señala Guamán.

La joyería indígena no se limita al uso de las mujeres. Tamia cuenta que los hombres fueron los primeros en llevar estos accesorios; sin embargo, con la llegada de la colonización se perdió esa parte de la identidad de los hombres otavalos. Las joyas de la marca Kikinman se pueden encontrar en la tienda de Takiri Paredes, en Atuntaqui, y en la tienda Anta, en Otavalo. Los precios oscilan entre 10 y 15 dólares, hasta 150 y 800 dólares. La creación de joyas es un trabajo de paciencia. Tamia dice que le toma hasta dos meses elaborar una colección de diez piezas. “Quiero que las mujeres indígenas se sientan orgullosas de llevar sus joyas”, dijo. (DLH)

Talento Tamia Guamán tiene 33 años. Es de origen kichwa Otavalo por parte de su madre y saraguro por parte de padre. Siempre se ha interesado por la creación y por revalorizar los saberes indígenas, por lo que comenzó su marca de diseño de joyas Kikinman, que es la unión de dos palabras kichwas y significa ‘joya para usted’. En 2020, migró a Chile. Allí comenzó a trabajar como cuidadora de un adulto mayor, pero su sueño de crear joyas y revalorizar las hualcas, collares que usan las mujeres kichwa Otavalo, seguía latente. Guamán cuenta que ahorró para comprar los cristales soplados, materia prima con la que se elaboran los collares. Tamia afirma que acceder a los cristales soplados es algo exclusivo. Los consigue de un productor artesanal de RepúDISEÑADORA. Tamia Guamán en una pasarela internacional.

CORTESÍA. Modelo luciendo las joyas de Kikinman.

blica Checa, quien comprobó que ella es de origen indígena kichwa Otavalo para poder importarlos. “Las hualcas son cristales soplados con baño de oro de 24 kilates en su interior”, explica la diseñadora. Añade que históricamente estas joyas son la representación del oro que tuvieron los indígenas, pero que les fue arrebatado. Tamia señala que “las hualcas representan cultura, resistencia, aparte de la conexión que tenemos con la madre tierra”. Las joyas de Tamia se lucieron por primera vez en el New York Fashion Week en la Mitad del Mundo, Ecuador. Luego alcanzó otras pasarelas como Runway by Minaaz, en Dubái, Emiratos Árabes, y Pop Fashion Week, en República Dominicana. En 2026, sus joyas serán parte del Chile Fashion Week, que se realizará entre el 10 y 13

de diciembre.

Diseños cargados de identidad Tamia elabora con delicadeza cada pieza a mano. Comenzó creando nuevos diseños de hualcas y ha continuado con la elaboración de orejeras, pulseras, coronas y tocados de cabello, que ha exhibido en las pasarelas y que también están disponibles para la venta. Cuenta que uno de los logros en su carrera ha sido que la gente se ha interesado por usar este tipo de accesorios cargados de historia e identidad. Estas joyas también pueden ser utilizadas por personas que no sean indígenas, dice Tamia. “Por eso he intentado que las hualcas sean lucidas por mujeres afro, mestizas y otras culturas”. Pero especifica que para llevarlas hay que conocer la historia detrás de las piezas.

Propósito ° Entre sus sueños está seguir mostrando su arte

en las pasarelas del mundo. También quiere continuar dando talleres para la elaboración artesanal de las hualcas en Ecuador u otras latitudes. Tamia Guamán asegura que seguirá trabajando para que más gente reconozca a la hualca como una joya real.


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SUCESOS

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EL DATO Una hija de la víctima rastreó su celular, lo que permitió reconstruir parte de la ruta que siguió durante el viaje.

Situación actual ° Actualmente, Franklin L.I., permanece detenido,

mientras que su hijo, Frank Alexis L.S., es buscado por la Policía Nacional para cumplir la sentencia impuesta por el Tribunal de Garantías Penales

ARCHIVO. La víctima fue encontrada junto al río Blanco, entre La Concordia y Puerto Quito.

Sentencian a padre e hijo por femicidio Los dos hombres fueron declarados culpables por la muerte de Eddy Karina Hidalgo, ocurrida en diciembre de 2023 en el cantón La Concordia. Franklin L.I., y Frank Alexis L.S., padre e hijo, respectivamente, fueron sentenciados a prisión por el femicidio de Eddy Karina Hidalgo Latacunga, ocurrido a finales de 2023 en el cantón La Concordia, provincia Santo Domingo de los Tsáchilas.

La investigación se extendió durante alrededor de 33 meses. En este tiempo, la Fiscalía, agentes policiales y equipos jurídicos recabaron varias pruebas que fueron presentadas durante el proceso judicial. Finalmente, los integrantes del Tribunal de Garantía Penales declararon

Delincuentes roban en unidad educativa y amarran al guardia Alrededor de cuatro delincuentes aún no identificados burlaron las seguridades de una unidad del cantón La Concordia y sometieron al guardia de seguridad para robarle su arma de fuego. El hecho ocurrió al caer la noche del miércoles 23 de septiembre, en el barrio 10 de Agosto, ubicado cerca a la miniterminal. A esta hora, la víctima cumplía su jornada laboral. El custodio no pudo reaccionar porque eran muchos los antisociales y portaban armas letales, quienes lo amarraron para que no pusiera resistencia al robo. Posteriormente, el grupo delictivo se apoderó de varias cosas, incluído el revólver del guardia, y escaparon con rumbo desconocido para no ser atrapados.

Búsqueda El caso fue reportado a la Policía Nacional y varios uniformados se movilizaron al plantel educa-

REFERENCIA. Los delincuentes sometieron al guardia de la unidad educativa y lo dejaron amarrado.

tivo para recabar indicios que permitan la captura de los responsables. El guardia no sufrió heridas de consideración, aunque presentó algunos golpes y quedó afectado por el susto provocado durante el asalto. Los agentes realizaron un operativo de búsqueda en los alrededores, pero hasta el cierre de esta edición no se había informado sobre la captura de los sospechosos. (JD)

culpables a los involucrados. El fallo contempla una sentencia de 34 años y ocho meses de prisión para Frank Alexis L.S., señalado como autor directo del delito. Mientras que su padre, Franklin L.I., fue condenado a 17 años y cuatro meses.

Antecedentes del caso La víctima fue Eddy Karina Hidalgo Latacunga, oriunda de Quito, quien el 20 de diciembre de 2023 fue hallada sin vida en las orillas del río Blanco.

OP-MIG

Según las investigaciones, el 16 de diciembre de ese año, la mujer habría recogido en su vehículo a Frank Alexis y emprendieron viaje desde la capital ecuatoriana hacia las playas de Pedernales. Sin embargo, no llegaron al balneario de la provincia de Manabí debido a una presunta falla mecánica. Horas más tarde retornaron hasta el cantón La Concordia, donde apareció Franklin L., para luego dirigirse hacia el río Blanco. En ese sitio, la fémina

recibió un golpe contundente en el cráneo y cuatro días después fue hallada sin vida. La autopsia también determinó que hubo asfixia, elemento considerado dentro de la investigación por femicidio. Durante el proceso, Frank Alexis señaló a su padre. Franklin L.I., fue incluido posteriormente entre los más buscados de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas y su captura ocurrió el 22 de septiembre de 2025. (JD)

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Política 12

Tortuoso camino para que Ecuador abandone la CPI

I SANTO DOMINGO | VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

Aunque la postura del Gobierno busca alinearse a las críticas de EE. UU., constitucionalistas y penalistas advierten que la salida no solo tomaría un año con intervención de la Asamblea y la Corte Constitucional, sino que dejaría al país sin un «seguro internacional» contra la impunidad.

Asamblea de los Estados que forman parte de la Corte Penal Internacional. (Foto:cortesía)

En 12 meses, con la intervención de dos organismos y una autoridad nacional se concretaría una eventual salida del país de la Corte Penal Internacional (CPI). El país forma parte de ese organismo que investiga y, cuando procede, se encarga de enjuiciar a las personas acusadas de crímenes graves que preocupan a la comunidad internacional. No obstante, ha sido criticada por autoridades de Estados Unidos, con quienes Ecuador se ha alineado políticamente, a tal punto de sugerir su salida. Uno de sus propósitos, según su sitio web, es contribuir en una lucha mundial para acabar con la impunidad y como tribunal de última instancia “busca complementar, no reemplazar, a los tribunales nacionales”. La CPI es la primera corte penal internacional permanente del mundo, regida por el tratado internacional llamado Estatuto de Roma, creado en

1998.

Qué delitos persigue la CPI y cómo fue creada Hay cuatro tipos de delitos que están en el radar de la CPI y son: • Genocidio. • Crímenes de guerra. • Crímenes de lesa humanidad. • Crimen de agresión. Felipe Castro, abogado y profesor universitario especializado en Derechos Humanos y Derecho Constitucional, sostuvo que Ecuador se adhirió en 2001 y desde ese año está vigente a nivel interno. Indicó que la CPI surgió por la necesidad de las naciones de poder sancionar crímenes graves contra los derechos humanos. Después de la segunda guerra mundial se establecieron tribunales ad hoc para sancionar crímenes de guerra y genocidio y tras enfrentamientos civiles en países

se crearon comisiones especiales de investigación. Acotó que al ver que estos hechos eran reiterativos se vio la necesidad de crear una institucionalidad que, de forma permanente, indague esos delitos. Ecuador, señaló, debe prestar el apoyo y la colaboración para que la CPI pueda realizar sus investigaciones. Funciona como un juez penal, pero a nivel internacional, sobre todo, actúa cuando los Estados no tienen esa capacidad o no han investigado y sancionado esos delitos. Hay una Fiscalía que investiga, se recaban pruebas, se establecen medidas como órdenes de prisión, y existen jueces que determinan culpabilidades. Castro añadió que si existe una orden de la CPI, Ecuador se verá obligado a cumplir con esas disposiciones. Desde una perspectiva geopolítica considera que son preocupantes ciertas tenden-

cias para dejar esa institucionalidad internacional. Si Ecuador sale de la Corte Penal Internacional, según Jesús López, abogado penalista y especialista en Derechos Humanos, no pasaría nada porque la CPI actúa únicamente cuando en un país, el delito que se encuentra tipificado en el Estatuto de Roma, no lo sanciona. Acotó que en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) están tipificados desde 2014 esos delitos considerados atroces como son genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y los de agresión a otro Estado. “Si en Ecuador existe un delito de genocidio es el propio Estado el que juzga y no la Corte Penal Internacional, solo se activaría si no lo tuviera tipificado o si a pesar de estar tipificado debido a la cuestión política no hace nada por tratar de sancionar”, dijo López.

Alineación con Estados Unidos: ¿por qué los expertos desaconsejan la salida? La Corte Penal Internacional ha sido cuestionada por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, así como por otras autoridades de su Gobierno. En el debate de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York, Trump pidió a los países aliados que se retiren de la CPI. Para el mandatario ecuatoriano Daniel Noboa, esa institución se ha ideologizado demasiado, y más que ser instituciones imparciales, se vuelven herramientas de ciertas corrientes para atacar. Castro puntualizó que para evitar parcializaciones hay intervención de varios países, no son permanentes y actualmente hay 18 jueces que integran esa corte.

El paso a paso para dejar la CPI El procedimiento para dejar el organismo no es tan sencillo, indicó Daniel Kuri, especialista en Derecho Penal y Derecho Penal Internacional. Explicó que para que Ecuador se retire de ese organismo, quien ejerza la presidencia de la República, debe impulsar la denuncia o de salida del Estatuto de Roma. Sostuvo que al ser un tratado cuya materia se encuentra comprendida en el artículo 419 de la Constitución, su denuncia requiere aprobación previa de la Asamblea Nacional. Además, interviene la Corte Constitucional (CC), dentro del control previsto para los tratados internacionales. Cumplidos estos controles y aprobada la denuncia por la Asamblea, el presidente de la República queda habilitado para formalizar internacionalmente el retiro. El paso final consiste en remitir la notificación escrita de denuncia al Secretario General de las Naciones Unidas. Kuri acotó que conforme al artículo 127 del Estatuto de Roma, el retiro surte efecto un año después de recibida la notificación. Hasta entonces Ecuador continúa siendo Estado Parte, como cuando Venezuela dejó la Corte IDH, y, aun después de la salida, la denuncia no elimina retroactivamente las obligaciones contraídas mientras el Estatuto estuvo vigente para el país ni afecta determinados procedimientos o deberes de cooperación anteriores al retiro. Para Castro, es importante que Ecuador forme parte porque es un mecanismo de cooperación de los Estados para sancionar esos delitos que atentan contra la humanidad; de lo contrario, el mensaje que se daría es que si existe un genocidio o crímenes de guerra, el país no cooperará para que sean investigados y sancionados. Ávila considera que sería un retroceso si se abandona el organismo. A criterio de López es conveniente mantenerse porque es un “seguro” ante la impunidad. Adujo que si bien esos delitos constan en el Código Penal se depende de la voluntad de la Función Judicial. (JGP)


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política

SANTO DOMINGO | viernes 25/SEPTIEMBRE/2026 I

Daniel Noboa: postura ratificada y temas pendientes tras visita a EE.UU. El presidente Daniel Noboa participó en la Asamblea General de las Naciones Unidas y en ese marco se reunió con varias autoridades. Analistas evalúan la visita como un evento con objetivos y una agenda definida.

Daniel Noboa, presidente de Ecuador, estuvo en Estados Unidos (EE.UU.) desde el 18 hasta el 23 de septiembre de 2026, aunque su agenda oficial en Nueva York arrancó el 21. Analistas consultados destacan la asistencia de Ecuador a las Naciones Unidas y señalan que el viaje evidenció una agenda clara. A la par de Noboa, el canciller Roberto Kury también se reunió con sus homólogos de India, El Salvador, Colombia y Marruecos. Y fue parte de la reunión que abordó la implementación del Compromiso Regional de Santiago contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Un discurso y varios encuentros incluyó la agenda de Daniel Noboa en EE.UU. Estas fueron las actividades que cumplió el presidente Noboa durante su estadía en Nueva York:

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21 de septiembre: participó en el conversatorio “Leading in a Changing World”, de Goals House, con expertos en política internacional y de sectores de tecnología, minería, energía y agricultura.

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Asistió a la apertura del debate general de la 81.ª Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Se reunió con Kristi Noem, enviada especial del Escudo de las Américas: dialogaron sobre seguridad, lucha contra el narcoterrorismo y el tráfico de drogas, sobre minería y minerales críticos. Asistió a la segunda reunión del Escudo de las Américas: Ecuador ratificó el compromiso de luchar, en conjunto, contra el crimen organizado transnacional.

23 de septiembre: •

Pronunció un discurso

Los cancilleres de Ecuador y El Salvador firmaron dos instrumentos para potenciar la formación diplomática y ampliar los intercambios culturales, educativos y artísticos entre ambos países. El planteamiento es correcto, pero tomará tiempo, según Carranco: “Esto requeriría un cambio epistemológico desde la comunidad latinoamericana para que después, con una conexión política de la sociedad civil, se empiece a gestar un trabajo en la misma ONU”.

Reunión con Donald Trump, el tema que sigue pendiente para Noboa

HECHO. Muchos ecuatorianos buscan empleo, pero no todos tienen las habilidades que buscan las empresas.

22 de septiembre: •

EL DATO

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de ocho minutos ante la Asamblea General y planteó fortalecer la cooperación internacional frente al crimen organizado transnacional. Se reunió con Antonio Guterres, secretario general de la ONU, con quien abordó el fortalecimiento de la cooperación internacional y sobre el avance en acciones conjuntas por la seguridad. Dialogó con Sheikh Abdullah bin Zayed Al Nahyan, viceprimer ministro y ministro de Relaciones Exteriores de los Emiratos Árabes Unidos. Abordaron temas de seguridad, cooperación internacional, desarrollo sostenible, multilateralismo. Conversó con Michael Bloomberg, fundador de Bloomberg L.P., sobre los planes de Ecuador para profundizar sus mercados financieros y ampliar la inversión.

También estaban previstas reuniones con Keiko Fujimori, presidenta de Perú, y con Rodrigo Paz Pereira, presidente de Bolivia, pero no trascendió información oficial sobre estas actividades más que fotografías de saludos, ya que coincidieron

en la Asamblea de la ONU y en el Escudo de las Américas. • No estuvo en la agenda oficial anticipada, pero Noboa también mantuvo un breve encuentro con Volodímir Zelenski, presidente de Ucrania. “Ucrania tiene mucho que ofrecer a los países latinoamericanos que nos apoyan –en seguridad y otras áreas”, indicó Zelenski.

La agenda de Noboa cumplió su objetivo en EE.UU. Santiago Carranco Paredes, decano de la Escuela de Relaciones Internacionales del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), califica al viaje como una asistencia casi obligatoria del jefe de Estado, como representante de todos los ecuatorianos ante el organismo de las Naciones Unidas. “Esa es la mayor funcionalidad y en estos contextos existe una serie de situaciones que se dieron”, refiere con relación a las reuniones con otras autoridades. “Aquí había un solo objetivo y fue exponer las preferencias estatales de Ecuador ante la Asamblea General, lo cual está completamente cumplido”, apunta Carranco. Además, observa que los discursos de los mandatarios en el debate de la Asamblea General

evidenciaron dos visiones: “EE. UU. estaba proponiendo un orden coercitivo, mientras que los países de la Unión Europea proponían un institucionalismo, en donde todos los países están de acuerdo en que hay que hacer algo con el tema de la inteligencia artificial y en donde el tema del cambio climático es preponderante”. Para Carranco, uno de los temas que también marcará el rumbo en América Latina es la cuestión democrática de Venezuela. Recuerda que el Gobierno de Noboa aceptó como presidente legítimo de ese país a Edmundo González, por lo que quedaba en duda cuál sería la postura de Ecuador respecto a Delcy Rodríguez, presidenta encargada de Venezuela. Sin embargo, Noboa indicó el 23 de septiembre que debería haber elecciones libres en Venezuela y que ya se debería definir una fecha, también en Cuba. Carranco destaca el pragmatismo que reflejó el discurso y propuesta de Noboa en la Asamblea, sobre todo el punto tres, referente a que la ONU incorpore al crimen organizado transnacional como una prioridad de prevención de conflictos y dote a la organización de la capacidad para apoyar a los Estados que lo soliciten.

El analista político Francisco Rocha también destaca el viaje de Noboa: “A los tiempos tiene un viaje del que se puede detallar lo que ha hecho. Su discurso en las Naciones Unidas delinea la política exterior, algo de lo que muy pocas veces se puede encontrar con propuestas, con proyección”. Menciona que la presencia de los mandatarios en las Naciones Unidas suele ser una oportunidad para dar a conocer al mundo lo que sucede en su país. Por lo que resalta la propuesta de Noboa: “Esta propuesta de luchar en conjunto contra el narcotráfico es una posición buena de Noboa, las otras reuniones son la continuidad de eso”. • Sin embargo, dice que hay asuntos pendientes. “Hace falta una reunión de Estado a Estado entre el presidente Noboa y el presidente Donald Trump. Eso está pendiente”. Refiere que otro tema pendiente es el energético y que Ecuador debe continuar insistiendo en ese asunto. “Ecuador tiene posibilidades de inversiones”. Por lo demás, recalca que fue un viaje relevante y que “las acciones del presidente no estuvieron mezcladas con actividades personales”. En junio de 2026, Noboa viajó a EE.UU. y asistió al partido de la Selección de Ecuador, esa actividad no figuraba en su agenda oficial. (KSQ)


EcoNoMía 14

Ser garante en Ecuador: 3 ¿cuándo debe pagar 4 una deuda ajena? Ayudar a un familiar o amigo a conseguir un crédito puede terminar convirtiéndose en una deuda propia. Ser garante implica riesgos que conviene conocer antes de firmar, especialmente si el titular deja de pagar. Aceptar ser garante de un familiar o amigo puede parecer un simple acto de confianza. Pero detrás de esa firma existe una obligación legal que puede tener consecuencias directas sobre las finanzas personales. En el primer semestre de 2026, Defensa Deudores Ecuador atendió decenas de casos de personas que empezaron a recibir llamadas de cobro después de que, quienes habían respaldado, dejaron de pagar sus créditos. El patrón se repite. Personas que aceptaron ser garantes para ayudar a alguien cercano y que, al momento de firmar, no dimensionaron que podían terminar respondiendo por la deuda. “Muchas personas creen que ser garante es simplemente un favor o un requisito para que un familiar o amigo obtenga un crédito. La realidad es que están adquiriendo una obligación jurídicaque puede llevarlas a responder por la totalidad de la deuda”, explicó César Coronel Garcés, abogado experto en deudas de Defensa Deudores Ecuador.

¿Qué significa ser garante de una deuda en Ecuador? En términos generales, el garante o fiador es quien respalda una obligación que corresponde a otra persona. Es decir, si alguien solicita un crédito y otra persona firma como garante, esta última asume un compromiso frente al acreedor bajo las condiciones establecidas en el contrato. En Ecuador, el alcance de esa responsabilidad depende de las condiciones concretas del contrato y de las reglas aplicables a la garantía. Por eso, no se debe asumir que la firma es solamente un requisito administrativo. “Una vez que una persona firma como garante, no pue-

de retirarse unilateralmente de esa obligación mientras la deuda siga vigente. Solo deja de ser responsable cuando la obligación se extingue o existe un acuerdo formal que lo libere”, señaló Coronel. La pregunta clave antes de firmar es sencilla: ¿podría pagar esta deuda con mis propios recursos si la persona a la que estoy ayudando deja de hacerlo? Si la respuesta es no, aceptar la garantía puede representar un riesgo importante para las finanzas personales.

¿Qué pasa con el garante si el deudor deja de pagar en Ecuador? El primer problema aparece cuando el titular del crédito incumple sus pagos. Dependiendo de las condiciones de la obligación y de la garantía firmada, el acreedor puede reclamar también al garante. Entre las principales consecuencias que pueden presentarse están: • Cobro de la deuda: el garante puede ser requerido para cumplir la obligación bajo las condiciones pactadas. • Riesgo sobre el patrimonio: si existe una obligación exigible, el incumplimiento puede generar acciones de cobro que afecten los bienes y recursos del garante, según corresponda legalmente. • Problemas para acceder a nuevos créditos: la existencia de obligaciones garantizadas y eventuales incumplimientos puede influir en la evaluación de la capacidad de endeudamiento. • Afectación del historial crediticio: un incumplimiento puede tener consecuencias sobre el historial o perfil crediticio, depen-

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diendo de cómo se reporte la obligación. Problemas adicionales si el deudor fallece: la muerte del titular no significa automáticamente que la deuda desaparezca.

¿Y si el deudor fallece, se extingue automáticamente la obligación del garante de una deuda en Ecuador? Este es uno de los escenarios que más dudas genera. La muerte del deudor principal no significa automáticamente que la obligación desaparezca. El tratamiento dependerá de las condiciones del crédito, la garantía y, cuando exista, del seguro de desgravamen. Por eso es importante saber, antes de firmar, si el crédito tiene este seguro, qué cubre y cuáles son sus exclusiones y condiciones. El seguro de desgravamen puede cubrir determinadas obligaciones en caso de fallecimiento del titular, pero no se debe asumir que cualquier seguro cubre automáticamente toda la deuda. Hay que revisar la póliza y sus condiciones.

Cinco cosas que debe revisar antes de ser garante de una deuda en Ecuador: Firmar como garante debería ser una decisión financiera, no solamente un gesto de confianza. Antes de hacerlo, conviene revisar: El monto total de la deuda. No se quede únicamente con la cuota mensual. Conozca cuánto dinero se está financiando y cuál sería el valor total que podría llegar a asumir. El plazo del crédito. Una garantía puede mantenerse durante años. Una situación económica que hoy parece manejable puede cambiar con el tiempo.

I SANTO DOMINGO | VIERNES 25/SEPTIEMBRE/2026

Las condiciones del contrato. Lea qué tipo de garantía está firmando, cuáles son sus obligaciones y en qué circunstancias puede ser requerido el pago. La capacidad de pago del deudor. Ayudar a un familiar no significa que deba asumir una obligación que no podría pagar. Conocer los ingresos y la capacidad real de pago del titular reduce el riesgo de tomar una decisión a ciegas. El seguro de desgravamen. Confirme si existe, qué situaciones cubre, cuáles son sus exclusiones y qué ocurre con la deuda si el titular fallece. Haga seguimiento a la deuda. Ser garante no debería terminar en el momento de firmar. Defensa Deudores Ecuador recomienda solicitar periódicamente los comprobantes de pago para verificar que el titular esté cumpliendo con sus obligaciones.

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Esto permite detectar un problema antes de que la deuda acumule varios meses de atraso y las consecuencias sean mayores. También es recomendable conservar una copia del contrato, conocer el número de la operación y mantener documentación que permita verificar el estado del crédito.

¿Se puede dejar de ser garante de una deuda en Ecuador? No basta con decirle al banco o a la institución financiera que ya no se quiere continuar como garante. Según Coronel, una persona no puede retirarse unilateralmente de la obligación mientras la deuda siga vigente.

La responsabilidad termina cuando la obligación se extingue o cuando existe un acuerdo formal que libere al garante. Por eso, si una persona quiere dejar de respaldar una deuda, debe revisar las condiciones del contrato y buscar una solución formal con las partes involucradas. Una conversación informal con el deudor no necesariamente elimina la obligación frente al acreedor.

¿Qué hacer si ya soy garante y el deudor dejó de pagar una deuda en Ecuador? Lo peor es esperar a que el problema crezca. Si ya existen llamadas de cobro, atrasos o amenazas de acciones legales, lo recomendable es revisar inmediatamente el contrato y determinar exactamente qué obligación se garantizó. También conviene conocer cuánto se debe, cuánto tiempo lleva el crédito en mora, qué garantías existen y si hay un seguro asociado. “Esperar a que llegue una demanda reduce las posibilidades de encontrar una solución. Lo recomendable es revisar el contrato, conocer el alcance de la obligación y buscar asesoría jurídica especializada para proteger el patrimonio y evaluar las alternativas legales disponibles”, concluyó Coronel. Antes de firmar como garante, piense que la deuda podría terminar siendo suya. Si usted no estaría en condiciones de pagarla, es mejor analizar el riesgo antes de poner su firma. (JS)

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DECISIÓN. Firmar como garante de una deuda en Ecuador se puede convertir en un problema financiero.


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ECONOMía SANTO DOMINGO | viernes 25/SEPTIEMBRE/2026 I

Las élites de Ecuador: mucho poder, menos creación de valor

Ecuador cayó al puesto 87 entre 151 economías en el Elite Quality Report 2026, tras desplomarse 11 lugares en creación de valor, evidenciando un sistema donde las élites concentran poder, pero no generan bienestar. Cuando en Ecuador se discute sobre el estancamiento económico, los bajos salarios o la falta de empleo formal, la mirada suele dirigirse hacia el gobierno de turno. Sin embargo, un riguroso análisis económico internacional enfoca el problema en una estructura más profunda: la calidad de sus élites políticas y empresariales. Según la séptima edición del Elite Quality Report 2026: The Sustainable Value Creation of Nations (EQx2026), elaborado por los investigadores Tomas Casas i Klett y Guido Cozzi —asociados a la Universidad de St. Gallen (Suiza)— y respaldado por la Foundation for Value Creation, Ecuador se ubica en el puesto 87 entre 151 países, con una calificación de 47,7 sobre 100. La cifra representa una caída de siete posiciones respecto a la medición de 2025 (donde ocupaba el puesto 80). La investigación parte de una premisa distinta a los rankings tradicionales. No mide fortunas individuales ni elabora una lista de multimillonarios, sino que evalúa sistemas de élites. La pregunta central que

formula es: ¿Las élites de un país utilizan su poder para crear valor para la sociedad o para apropiarse de una mayor parte de la riqueza existente? “Los sistemas de élites de alta calidad son sostenibles y sus principales modelos de negocio se basan en la creación de valor, entregando más valor a la sociedad del que se apropian; las élites de baja calidad operan modelos de extracción de valor basados en el rentismo que dependen de la transferencia de recursos”, señalan los autores de la investigación.

¿Cómo se mide el poder y generación de las élites en economías como la ecuatoriana? El Elite Quality Index no es una radiografía rápida ni una encuesta de opinión; es un escaneo profundo a las entrañas de la economía. Para entender cómo funciona, imagínate que el ranking evalúa a un país a través de 148 lupas distintas (los indicadores), las cuales se agrupan en 12 grandes áreas de trabajo (los pilares) y terminan dividiéndose en dos grandes balanzas de poder y riqueza.

La balanza de Poder examina si las élites usan su influencia para moldear leyes a su favor (captura regulatoria), controlar decisiones del Estado, fijar salarios y frenar la entrada de nuevos competidores. En el índice, tener demasiado poder no es una virtud, sino un riesgo de monopolio. La balanza de Valor mide el impacto real en la ciudadanía: evalúa si los impuestos se traducen en buenos servicios públicos, si el crédito llega al emprendedor común, si las empresas innovan y si el país genera empleos formales bien pagados que eviten la fuga de talentos. En corto: mide si los poderosos arriesgan e invierten para agrandar la economía de todos o si solo aseguran su propia tajada.

El perfil de la élite ecuatoriana: fuerte en poder, deficiente en valor Para entender qué pasa en Ecuador, imagínate la economía como una cancha de fútbol. Las cifras del reporte muestran un contraste claro: • En capacidad de Poder: Ecuador está en el puesto 78 de 151 (puntaje: 47,0).

En generación de Valor: Se cae al puesto 91 de 151 (puntaje: 48,1). ¿Qué significa esto para el ciudadano de a pie? Que el problema no es que los grupos poderosos de Ecuador no sepan organizarse. Al contrario: tienen un ‘músculo’ enorme para hacer lobby, influir en las leyes y meter la mano en las decisiones del Estado. Saben exactamente cómo moverse en los pasillos del poder para cuidar su territorio. El verdadero problema es lo que hacen con esa influencia. En lugar de arriesgar su dinero para crear nuevas industrias, traer tecnología, exportar cosas distintas o competir limpiamente, usan su fuerza para proteger sus propios negocios en mercados cerrados donde casi no tienen competencia. En términos sencillos, actúan de forma “extractiva” o parasitaria. Aprovechan su cercanía con las reglas e instituciones para quedarse con la tajada más grande de la torta que ya existe, en vez de esforzarse por hacer crecer la torta para todo el país. “Lo que hacen los más poderosos define la salud de toda la economía. Por eso, cuando los grupos con más plata y recursos prefieren vivir de la renta asegurada y de influir en las leyes, la economía del país se frena y el impacto negativo lo terminamos pagando todos en el día a día”, recalca Andrés Rodríguez Verdesoto, economista.

¿Por qué las élites ecuatorianas se están quedando atrás frente a los vecinos y el resto del mundo? Si sientes que a la economía del país le cuesta despegar mientras otros países avanzan, el ranking lo confirma con números fríos: Ecuador cayó del puesto 80 al 87 entre 151 países. ¿Por qué perdimos siete posiciones de un año a otro? No fue porque las élites perdieran su capacidad de influir o mandar (su posición en el ranking de Poder se quedó intacta en el puesto 78). La verdadera caída ocurrió en lo que le aportan al país: en el ranking de Valor se cayeron 11 puestos de golpe, descendiendo hasta el lugar 91.

Mientras otras naciones modernizaron sus empresas, apostaron por la tecnología y abrieron puertas a nuevos negocios, en Ecuador los grupos con poder se quedaron cómodos defendiendo lo que ya tienen. Cuando miramos a nuestro alrededor en América Latina, el contraste es evidente: • Chile (37) y Uruguay (49) lideran la región con economías mucho más abiertas y dinámicas. • Perú ocupa el puesto 50. Queda 37 posiciones por delante de Ecuador. A pesar de sus constantes crisis políticas, el sector privado peruano logra mantener a flote la creación de riqueza y el comercio. • Colombia se ubica en el puesto 74, superando a Ecuador por 13 posiciones. • Por debajo de Ecuador (87) quedan países con graves problemas estructurales como Bolivia (102), Argentina (104) y Venezuela (145). El caso de Argentina deja una lección clarísima: sus élites están en el puesto 50 en Poder, pero caen estrepitosamente al lugar 128 en Valor. Eso demuestra que tener grupos poderosos y con mucha influencia no sirve de nada si no producen riqueza real para la gente. En la cima del mundo destacan gigantes como Singapur (1.º), Estados Unidos (2.º), Japón (3.º) y Suiza (4.º). En esos lugares, las élites entienden que para ganar más dinero no hay que quitarle espacio al vecino, sino apostar por la llamada “destrucción creativa”: financian emprendimientos arriesgados, invierten en inteligencia artificial o robótica, y permiten que empresas nuevas y más eficientes reemplacen a las viejas. “La diferencia entre las élites de alta calidad y las de países como Ecuador es que las mejores trabajan para hacer crecer el pastel económico para que alcance para todos, mientras que aquí la pelea sigue siendo por quedarse con la porción más grande de un pastel cada vez más pequeño”, dice Rodríguez Vedesoto. (JS)


GloBal 16

I SANTO DOMINGO | viernes 25/SEPTIEMBRE/2026

POLÍTICO. El expresidente de Brasil, Jair Bolsonaro. EUROPA PRESS

Bolsonaro pide suspender su pena de 27 años por intento de golpe de Estado

La defensa del expresidente brasileño solicitó al Tribunal Supremo suspender la ejecución de la condena mientras se revisa el caso. Sus abogados sostienen que debió ser juzgado por el pleno del tribunal y no por una de sus salas. Bolsonaro cumple la pena bajo arresto domiciliario desde marzo. MADRID. El expresidente brasileño Jair Bolsonaro solicitó al juez del Tribunal Supremo Nunes Marques, a través de su defensa, que

suspenda la ejecución de su condena de 27 años de cárcel por liderar el intento de golpe de Estado en 2022, que actualmente cumple bajo

arresto domiciliario desde marzo de 2026. Los abogados del expresidente sostienen que Bolsonaro debería haber sido

juzgado por el pleno del Tribunal Supremo, formado actualmente por once magistrados, en lugar de por la Sala Primera, conformada por tan solo cinco jueces, un argumento que ya fue planteado durante el juicio sin éxito alguno. La defensa desglosa que los crímenes que se le atribuyen a Bolsonaro se cometieron durante su mandato como presidente, lo que justificaría que debiera ser juzgado en exclusiva por el pleno del Supremo. “Continuar con la ejecu-

ción de la sentencia mientras el proceso de revisión penal está en curso podría causar un daño irreparable”, ha señalado el equipo legal del expresidente brasileño que considera “inadmisible, ilegal e inconstitucional” que no fuera juzgado por el pleno del Tribunal Supremo. “La libertad que ha sido injustamente suprimida no puede ser restaurada. Incluso si la revisión penal se considera admisible, el tiempo ya cumplido en prisión debido a una sentencia errónea no puede ser restituido por completo”, ha lamentado la defensa en su solicitud ante el juez, según informó Agencia Brasil. La solicitud de la defensa se presentó en el marco del proceso de revisión penal del caso, abierto en mayo y asignado al magistrado Nunes Marques, miembro de la Sala Segunda del Supremo y nominado por el propio Bolsonaro en el año 2020 para ocupar un asiento en el Alto Tribunal. EUROPA PRESS.

SEGUNDA NOTIFICACIÓN POR MEDIO DE COMUNICACIÓN: PRENSA ESCRITA LA EPMT-SD A LOS ADMINISTRADOS DETALLADOS A CONTINUACIÓN: En atención a lo dispuesto en los artículos 164, 167 y 168 del Código Orgánico Administrativo (COA), ante la imposibilidad de determinar el domicilio y/o residencia actual de los interesados, previo haber agotado los mecanismos legales para el efecto, a través de este medio SE NOTIFICAN los siguientes Actos Administrativos: REQUERIMIENTO DE PAGO VOLUNTARIO, emitidos por la EPMT-SD, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en los mismos. A continuación, se NOTIFICA a los siguientes ciudadanos: Identificación 0106907322 0200387348 0201274750 0202222683 0202457891 0202682027 0501832810 0503689697 0504446865 0602057549 0604548115 0604952291 0606037547 0702640517 0705555662 0705897734 0705941367 0800148728 0800446940 0800575193 0801347055 0801637455 0801833237 0801837493 0802198531 0802846030 0802970848 0803221746 0803991710 0804023745 0804031615 0804342376 0804421386 0804505865 0805099736 0805134491 0805213162 0805420965 0805455854 0850188541 0901019802 0905874509 0910237171 0913379392 0921336939 0923177075 0924636772 0926248998 0927344440 0928404029 0928852854 0929039154 0940292402 0951385327 0953506342 0955900931 0956296875 0958162075 0962171070 0962384590 0963087846 0965174972 1002845467 1004009476 1004383053 1200393492 1201709902 1201800370 1202183867 1202626022 1202769848 1205996463 1206062638 1206311621 1207127364

Nombre Compelto VIÑANSACA BERMEO ANA CRISTINA GAIBOR MOREJON PIEDAD SULAY GUAPULEMA GLADYS NARCIZA YEPEZ OÑATE BRYAN JOSE MERA CHAQUINGA ALEXANDRA MARILU GUEVARA SILVA DINA ISABEL SANGUCHO PILATASIG BLANCA LUZMILA AIMACAÑA JAQUE JHONATAN STEEVEN CASTAÑEDA CAGUA ANGELA GABRIELA YASACA CASIGÑA MARIA AURORA INGA PILAMUNGA MARIA JENNIFER CASTILLO MINA WILLIAMS JOHAO VARGAS ALMENDARIZ JENNIFER HALEY RIOFRIO CARCELEN ROSA MARGARITA ZARIE JARRIN LENIN YARER SOSA BRICEÑO JOSE LUIS AGUILAR CHINCHILIMA SARA BELEN ROSALES GONZALES LUIS ALBERTO VALDEZ CHARCOPA MARIA EUFEMIA MATAMBA BAUTISTA JEFFERSON CHAVARRIA RODRIGUEZ LUIS GONZAGA MARTINEZ CEVALLOS COLON GUSTAVO PARRAGA LOOR NUVIA ERODITA MANZABA PANEZO TELMA LIDIA PEREZ DIAZ MARIA ELENA SILVA SILVA CONSUELO BRIGIDA GUERRERO ORTEGA NANCY LILIANA NAZARENO DELGADO OLGA EMERITA VERA VERA MANUEL CLEMENTE VELASQUEZ MURILLO DAYANNA ESTEFANIA ZAMBRANO CEDEÑO JOHN STEEVEN ESPINOZA RAMIREZ JESSICA MARINA ZAMBRANO PARRAGA JAIRON XAVIER FRANCO BORRERO JENNY MARIBEL QUIROZ ZAMBRANO MARIANO BLADIMIR TENORIO MENDEZ GABRIEL JACKSON BAEZ NUÑEZ JOHN JAIRO CASTILLO SALAZAR IVANNA LIZETH MONTAÑO DELGADO MIGUEL ANTONIO MORANTE CORONEL CINDY MARIANELA LOOR COBEÑA FRANCISCO GUIDO PEREZ CUENCA NELLY DEL CARMEN LOZANO LOZANO MARIA ANTONIETA AYALA RUIZ JOSE ARTURO VILLAMAR SOJO KARLA PAOLA GONZALEZ BASTIDAS NARCISA DE JESUS PIBAQUE ORTEGA AURORA ANNABELL VARGAS LOPEZ WILSON YAMIL VILELA URRUTIA JENNIFER PRISCILLA ROMERO ALARCON HAIDY JUDITH PARRAGA CARRANZA GABRIELA ANDREINA MONTAÑO CORONEL JEFFERSON STALIN FUENTES VALVERDE MARIA AGUSTINA CHERREZ BENAVIDES ELIZABETH LINOR ARMIJOS AGUAS KATHERIN SOLANGE CUERO PRECIADO LUISA FERNANDA RIVAS CHOEZ LESTER ANIBAL RODRIGUEZ VILLAMAR NOEMI NAHOMI SKLYANKIN ALEXEY PAEZ RUBIO DIEGO DAVID SANCHEZ DONATE MINERVA FRANCO CARVAJAL ANDRES FELIPE VALENCIA ALARCON PATRICIO ANDRES YANCOVICH GOMEZ GLADYS VERA CUZME MAGALY OLINDA PEREZ TORRES BELGICA VIRGINIA ANCHUNDIA RODRIGUEZ AMPARO ARACELY CARRIEL VERA JUSTO EMIGDIO FARIAS BERMUDEZ RICARDO ANTONIO BENAVIDES FREIRE ANIBAL DAVID CEDEÑO MEDRANDA JOVITA MARLENE AIMAN ZAMORA ROSA MARIA AVILES CASTILLO JUANA YADIRA RODRIGUEZ HUILCAPI EVELYN RUFINA CEDEÑO ALAVA KARINA GUADALUPE

Valor 135,00 138,00 138,00 135,00 138,00 1.215,00 138,00 135,00 46,00 276,00 138,00 63,75 138,00 138,00 276,00 138,00 690,00 138,00 276,00 138,00 138,00 63,75 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 405,00 900,00 135,00 138,00 276,00 138,00 546,00 135,00 135,00 270,00 138,00 138,00 414,00 138,00 138,00 138,00 414,00 138,00 138,00 414,00 138,00 138,00 138,00 138,00 270,00 273,00 540,00 135,00 138,00 135,00 135,00 138,00 67,50 135,00 67,50 138,00 135,00 828,00 138,00 138,00 138,00 276,00 138,00 138,00 138,00 138,00 276,00 135,00

Identificación 1207196039 1208077352 1208084861 1208532257 1301831408 1303555500 1303573701 1304281155 1304307695 1305679738 1307471290 1308375938 1308517778 1308745866 1309200382 1309337457 1310327000 1310359714 1311059164 1311645103 1311956112 1312229402 1312439266 1312719295 1313225565 1314121995 1314416221 1315371961 1315839603 1315862654 1315973154 1317581583 1317847463 1351564347 1704151198 1706096755 1706244504 1707376438 1708810831 1709449407 1710831122 1711321479 1712189933 1712880630 1713118394 1713393914 1714372495 1714924253 1715157721 1715667406 1715669873 1716579816 1716885742 1716935901 1717022147 1717405714 1717801797 1717809394 1718288655 1718731753 1719264531 1719615468 1719829044 1720652898 1720658085 1720867314 1721454716 1721568747 1721660932 1721663886 1721800702 1722092978 1722182068 1722232004 1722392790

Nombre Compelto GUERRA ERAZO ALVARO DAVID ALAVA BURGOS JOSELYN DAYELY ESPINOZA MENDOZA LILIANA ELIZABETH BARAHONA VALDEZ RONALD ALEJANDRO VELASQUEZ CANO OSWALDO FILAMIR TUMBACO VICENTA EUFEMIA ARAY SOLORZANO PEDRO ANTONIO MOREIRA RIVERA SAIDA MARIA MENDOZA HEREDIA MANUEL ENRIQUE PONCE MERCEDES CAMILA CONFORME ZAMBRANO WUILTER ANGEL OCHOA VALENCIA DIOLA FABIOLA JURADO ZAMBRANO FATIMA EVANGELISTA NAPA ZAMBRANO LUIS ALBERTO CEVALLOS LUCAS EDITA EROINA SANTANA VELASQUEZ LILIA MONSERRATE VITE NAPA YOLANDA MARISOL MURILLO PERERO JORGE LUIS ZAMBRANO ZAMBRANO MARIA ESTEFANIA ROMERO BRIONES JOEL RIGOBERTO SOLORZANO CEDEÑO NELLY JUSTINA GARCIA VITE ROSA AIDES FRANCO VERA MARIA MERCEDES ANCHUNDIA PAZMIÑO LUIS ALFREDO MENENDEZ CONSTANTINE DARIO JAVIER PANCHANA OLVERA HECTOR IVAN FRANCO GARCIA VICTORIA CONCEPCION VARELA LOOR JAHIR ANTONIO CHAVEZ CAICEDO LEIDY DIANA ZAMBRANO MERA GISSELA MARIBEL MARCILLO SALDARRIAGA JESSICA MARIA PISCO JIMENEZ EMILY MONSERRATE CASTAÑEDA LEON JESUS MANUEL DUEÑAS VERA DIDO ALLEN VALENCIA SUAREZ BLANCA MARINA GOMEZ GOMEZ TERESA DE JESUS BELTRAN CAYO CARLOS GUSTAVO NAVARRETE FARINANGO ALBERTO ENRIQUE SOLORZANO DELGADO LEONARDO VIDAL LAZO LEON CLARA ERNESTINA GILER CASTRO MARIA ELIXABED VERDEZOTO ESTRADA BLANCA MARGOHT QUEZADA CANGO MODESTO SALVADOR PERALTA VALENCIA FANNY MARIA CAJAMARCA PILA NARCISA CORREA VICTORIA ANTONIETA CASTRO RIASCOS LILIAM MARITZA QUIÑONEZ PEÑARRIETA FRANCY ORLINDO MORALES GUERRON GLORIA OLIVA OCHOA POGO LORENA ELIZABETH ALVARADO OCHOA CHRISTEL EYANIRA VELASCO DOMINGUEZ MARITZA YAMARA ECHEVERRIA TUAREZ FRANKLIN GABRIEL MARCILLO ZAMBRANO MARTHA LETICIA AMBOYA ASTUDILLO NORMA PATRICIA MENDOZA SOLORZANO MARIA FERNANDA QUIÑONEZ ANDRADE JAIRO LUIS CHANGO CAGUA ANA JULIA CARRION AGUIRRE YESICA VERONICA VALDEZ LUCAS SANDRA ISABEL ALBUJA ZAMBRANO ANDREA VIRGINIA TISCAMA SANCHEZ YESSICA AMPARO MACHUCA NUÑEZ MANUEL IVAN IMBACUAN PEREZ MONICA NARCISA SARMIENTO CASTRO MARGARITA ROCIO NAVARRO GOMEZ DARIO JAVIER DALGO LOPEZ CRISTHIAN ANDRES CAGUA VITE JUANA MARGARITA REA SAONA ANGEL ORLANDO DELGADO CEVALLOS CINTHYA LISSETTE SANTOS VARGAS RAMIRO STALIN JAMA SANCHEZ LEONIDAS MANUEL GARCIA ESTEPA JOSE RAMON LOOR MACIAS MARIA DANIELA FRANCO MINAYA CARLOS ALBERTO

Valor 276,00 138,00 138,00 138,00 138,00 184,00 276,00 552,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 276,00 138,00 23,00 138,00 138,00 276,00 138,00 138,00 414,00 138,00 46,00 138,00 270,00 138,00 135,00 138,00 138,00 138,00 276,00 414,00 276,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 78,80 414,00 138,00 552,00 276,00 46,00 138,00 138,00 138,00 414,00 138,00 138,00 138,00 414,00 138,00 138,00 276,00 276,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 690,00 138,00 276,00 276,00 46,00 276,00 138,00 270,00

Identificación 1722561725 1723187389 1723289037 1723310734 1723577548 1723776959 1723850846 1723860217 1724203557 1724656358 1724859234 1724962871 1726136912 1727084079 1729807295 1729812162 1750943316 1761031317 1793062962001 1804287165 2100266424 2100351713 2100682703 2101279814 2200148449 2250262249 2300003148 2300012040 2300013113 2300015779 2300016934 2300031883 2300033582 2300101199 2300147739 2300148638 2300171002 2300182421 2300201254 2300247281 2300301286 2300329378 2300366552 2300381874 2300411796 2300427800 2300509151 2300767460 2300848260 2300874266 2300905094 2300921323 2350027351 2350158834 2350162471 2350165979 2350189417 2350225302 2350289696 2350319014 2350371817 2350387516 2350391575 2350391799 2350480063 2350486110 2350492241 2350941957 2350982241 2351024381 2352154112 2390003164001 2400078966

Nombre Compelto RIVERA PINCAY JESSICA KATHERINE COBOS CASTRO GABRIELA MICHELLE QUINTERO PASQUEL ROBERTO ALEXANDER DOMINGUEZ BARRE PATRICIO GEOVANNY MEZA VACA ANGELA MARICELA GAROFALO SILVA NELSON NAPOLEON GUDIÑO LOOR MARIA LORENA GUZMAN CHAVEZ JUAN CARLOS CEDEÑO REVELO JAZMIN ELIZABETH FLORES CALDERON MARINA ESTHER CUASAPAZ ZAVALA KARINA ALEXANDRA CERON MAYANCHA FERNANDO EDULFO PEREZ ALMACHI MARIA JAQUELINE SOTO GAONA BYRON ORLANDO BONE CHENCHE ANDRES ALBERTO GUALPA ROMERO JUAN CARLOS AGUILAR SUAREZ WENDY PAMELA VILLANUEVA CARDONA GLORIA NILSA WOMBY PARTS WORKSHOP C.L. GUAMAN ANDACHE OSCAR VINICIO ESPINOZA ANCHUNDIA MARIA ORLANDA CASTILLO MURILLO JORGE ELIESER GUERRERO RIVAS JHONN JAIRO QUITIO CUJILEMA CAROLINA MISHELL BANGUERA AREVALO MAYRA ESTHEFANIA TUAREZ MURILLO KELVIN STEVEN LOOR ALCIVAR JOSE OMAR CARRION SANTANA CRISTOPHER VINICIO RAMOS MEJIA JOHANNA KATHERINE SANCHEZ PAREDES VANESSA MISHELLE VELASQUEZ BARRE BRYAN ALEXIS VILLAGRAN CAIZA LUIS ALEJANDRO CUADROS MORALES BRYAN STEVEN SANTOS AGUIRRE JESSENIA JAZMIN ALEMAN GARCIA ROXANA STEFANIA TORRES CACHIGUANGO TANIA YADIRA ARIAS LARA VIVIANA PATRICIA ANCHUNDIA ANCHUNDIA JOSSELYN JAZMIN QUISHPE SEGOVIA JAIME RAMIRO GUEVARA VALVERDE LUIS GERARDO MENDOZA RIVERA EMANUEL DIONICIO LOPEZ LOPEZ FATIMA ASUCENA SOLORZANO CASANOVA DIANA ALEXANDRA VARGAS MESTANZA HOLGER ALEXIS MUÑOZ ZAMBRANO STALIN MIGUEL TRUJILLO PAZ STEVEN RAMIRO NARANJO BOZADA DORIS PAOLA ESTRELLA CASANOVA JHONNY JESUS CAJAS ROMAN MELANY KARELYS GUALLO CUJI MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ OROZCO BRYAN RODRIGO QUISHPI HUASCO NELSON ENRIQUE VITE VASQUEZ YADIRA ESTEFANIA TIPAN HERNANDEZ ESTELA EMPERATRIZ URRESTA ABRIL EVELYN CAROLAY GUTIERREZ AROCA CARMEN VICTORIA QUIJIJE VILLAGRAN GERSON JAVIER PONCE SANCHEZ ALEXIS ALEXANDER ARCE LEMOS ORLEY JOSUE TUGUNILAGO CORONEL JOHANNA MISHELL MEAN CHAVARRIA JEANDRY PATRICIO RODRIGUEZ COQUINCHE SEGUNDO ROBINSON VELIZ LOOR JESSICA DAYANA GUALAN RODRIGUEZ MARTIN WASHINGTON VELEZ SUCHE EUFEMIA GUADALUPE MOREIRA TORRES JONATHAN ISRAEL BRIONES ALMEIDA TAMARA SOLANGE VILLAMAR CUSME ANGIE MABEL GIRALDO VALENCIA LUIS ESTEBAN ZAMBRANO QUIÑONEZ JAIR RAFAEL HERNANDEZ CASTILLO JOSE LEONARDO MARCELO VALLEJO CIA. LTDA. DOMINGUEZ QUIRUMBAY STALIN JUAN

Valor 138,00 135,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 276,00 138,00 138,00 138,00 138,00 138,00 46,00 138,00 690,00 46,00 270,00 262,50 69,00 138,00 46,00 63,75 1.104,00 276,00 135,00 138,00 63,75 690,00 138,00 138,00 138,00 276,00 138,00 138,00 1.131,60 276,00 138,00 46,00 138,00 184,00 276,00 276,00 45,00 138,00 138,00 138,00 138,00 184,00 138,00 138,00 138,00 67,50 414,00 135,00 138,00 27,60 138,00 67,50 405,00 138,00 138,00 253,00 138,00 276,00 138,00 138,00 138,00 23,00 135,00 138,00 63,75 138,00

001-006-0991

Santo Domingo 25 de septiembre del 2026 GESTOR EXTERNO DE COACTIVA EPMT-SD

001-005-0877

PREVENCIÓN LEGAL: Conforme lo previsto en el Código Orgánico Administrativo (COA), los ciudadanos notificados cuentan con el término de 10 días contados a partir de la efectivización legal de la presente notificación para realizar el pago de sus obligaciones sin ningún recargo o solicitar facilidades de pago por las mismas; caso contrario deberán señalar domicilio o casillero electrónico para futuras notificaciones. De no acogerse al presente REQUERIMIENTO DE PAGO VOLUNTARIO, la EPMT-SD continuará con el proceso coactivo. CANALES DE INFORMACIÓN: Los ciudadanos podrán solicitar información a través de los siguientes canales: Correo electrónico: coactivasd@cobranzauit.com; WhatsApp: 0992165023; Teléfono: 0999324646-0964291097. CANALES DE PAGO: Podrán realizar la Cancelación de sus Obligaciones mediante agencias físicas a NIVEL NACIONAL en: Banco del Pacífico (Agencias y Corresponsales Tu Banco Aquí), Produbanco, Servipagos, y Pago Ágil. Pagos EN LÍNEA a través de: Tarjeta de crédito (Oficinas EPMT-SD y Botón de pagos en la página web www.epmtsd.gob.ec), Banco del Pacífico (Banca web o App móvil), Produbanco (Banca web o App móvil), y AutoApp.


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ESPECIAL

SANTO DOMINGO | viernes 25/septiembre/2026 P

POSITIVO. La Escuela Galo Plaza Lasso, en Santa Cruz, será la primera beneficiaria de la alianza para fortalecer la infraestructura educativa en Galápagos.

Educación en Galápagos: 600 estudiantes se beneficiarán de nueva infraestructura sanitaria Una alianza entre Finch Bay hotel, Fundación Galápagos Ecuador y Unidos por la Educación (UxE) permitirá implementar un modelo de transformación educativa bajo los pilares de gobernanza, infraestructura y pedagogía en la escuela Galo Plaza Lasso, en la isla Santa Cruz. La primera etapa contempla construir un nuevo bloque de baterías sanitarias el cual beneficiará a 600 estudiantes y 32 docentes. Buscamos convertir el compromiso con Galápagos en acciones concretas para estudiantes y docentes”. Paulina Burbano de Lara Presidenta ejecutiva de Metropolitan Touring

Las alianzas permiten reducir brechas en infraestructura educativa y generar oportunidades para niños y jóvenes”. Juan Pablo Guerrero

Director ejecutivo de UxE

F

undación Galápagos Ecuador, liderada por el Grupo de Turismo Metropolitan Touring y respaldada por Finch Bay Galápagos Hotel, suscribió un convenio de cooperación con Unidos por la Educación (UxE) para desarrollar iniciativas que fortalezcan la educación en Galápagos. Como primer proyecto, Fundación Galápagos Ecuador, contribuirá a la construcción de un bloque de baterías sanitarias en la escuela de educación básica Galo Plaza Lasso, ubicada en la isla

Santa Cruz. La obra beneficiará directamente a 600 estudiantes y 32 docentes. La iniciativa busca mejorar las condiciones de infraestructura del plantel. Según Metropolitan Touring, contar con servicios adecuados de agua, saneamiento e higiene en las escuelas favorece la asistencia, reduce riesgos para la salud y genera espacios más seguros para el aprendizaje. Un estudio del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) de 2022 señala que las escuelas públicas

presentan de forma sistemática los menores niveles de acceso a servicios integrales de higiene en Ecuador. Fundación Galápagos Ecuador ha movilizado más de $2,4 millones en más de 25 años para proyectos de educación, conservación, investigación, reciclaje y gestión de residuos en las islas. Este convenio constituye el primer paso de una agenda de colaboración orientada a impulsar nuevos proyectos que fortalezcan la educación en Galápagos.


Santo Domingo

VIERNES 25 DE SEPTIEMBRE DE 2026

Padre e hijo, sentenciados por femicidio Franklin L.I., y Frank Alexis L.S., fueron condenados por el femicidio de Eddy Karina Hidalgo, ocurrido en diciembre de 2023 en La Concordia. El padre recibió 17 años y cuatro meses de prisión, mientras que su hijo fue sentenciado a 34 años y ocho meses. Franklin permanece detenido y Frank Alexis es buscado por la Policía para cumplir la sentencia. 11

Amarran a guardia para robar en unidad educativa

Cuatro delincuentes ingresaron a un plantel educativo de La Concordia y amarraron al guardia para robarle sus pertenencias. También se llevaron el revólver del custodio y huyeron con rumbo desconocido.

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Santo Domingo: 25 de Septiembre, 2026 by DIARIO LA HORA - Issuu