MARTES 25 DE AGOSTO DE 2026
Santo Domingo CRONOS
Color y alegría en los juegos deportivos de la unidad educativa 17 de Diciembre 04 POLÍTICA
Exigen soluciones para la vía al Placer del Toachi
El acercamiento con Asia renueva alianzas 05 POLÍTICA
Cambio del CNE sigue estancado en el Cpccs 06 SOCIEDAD
Habitantes de El Placer del Toachi y recintos aledaños realizaron un plantón para exigir atención al deterioro de la vía, utilizada diariamente por agricultores.Tras el diálogo con representantes del Gobierno Provincial, se anunció el ingreso de maquinaria para ejecutar trabajos provisionales. Los comuneros advirtieron que 03 vigilarán el cumplimiento de los compromisos. ECONOMÍA
Inyecciones para adelgazar ya son de libre venta 08 GLOBAL
Colombia: Lucha contra el crimen sí tiene resultados 10 REVISTA JUDICIAL
Ecuador vende más, pero cada dólar deja menos riqueza 07
Discriminación de personas con discapacidad en el servicio de transporte público 13-14
Medio de comunicación liberal, laico, agnóstico e inclusivo. Respetuoso y defensor de los Derechos Humanos, el Estado de Derecho y la Democracia.
Salvatore Foti
ecuasalvo@yahoo.it
Las sobras de la democracia
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l país le han arrebatado la seguridad, la salud, la energía eléctrica, las instituciones y la institucionalidad. Ecuador hoy sufre, de manera medible y objetiva, serios retrocesos sociales y económicos que el oficialismo no puede seguir ocultando, y por eso ya perdió la consulta y sufriría otra grave derrota en las próximas elecciones seccionales. Lastimosamente, pero hasta lo último que le quedaba a la ciudadanía se lo arrebataron: la democracia. Todavía no en su totalidad, pero seguramente en su mayoría. La sistemática y estratégica eliminación de todo contendiente electoral con posibilidades de ganar alcaldías y prefecturas es la muestra más evidente, perniciosa y grosera que se les puede hacer a los ecuatorianos, que irán a votar por las sobras de la democracia: los candidatos oficialistas. Eso es, sin duda, algo vergonzoso que, además, pretende instaurar de manera permanente una dictadura de lo más mediocre, improvisada y sin ninguna visión o beneficio para el país. Hay que empezar a exigirles cuentas al CNE y a las instituciones que, desde el lugar donde supuestamente se garantizan los derechos políticos de todos, están trabajando para afianzar la prepotencia oficialista. A los ciudadanos no pueden ponerles las papeletas con los nombres que convengan al Ejecutivo. Hay que entender que no han suspendido solamente a la RC, sino también imposibilitado a las organizaciones políticas que iban a hacer oposición o acoger en sus filas a los candidatos “no alineados”. Se está liquidando a la oposición a nivel nacional y, en su momento, se dará de baja a los candidatos con más posibilidades en Quito y Guayaquil. Seguir ignorando la dictadura que están construyendo nos hace cómplices de un futuro, a muy corto plazo, autodestructivo y caótico para el país. Sin embargo, el Ejecutivo se resiste a respetar las reglas y sigue jugando sucio, llevándonos a todos a un laberinto sin salida. Ese laberinto se llama Ecuador: un país condenado a escoger entre las sobras de la democracia que ADN nos permita.
Jaime Durán Barba Columnista Invitado
La consultoría política
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a consultoría política nació en los Estados Unidos, en donde solo hay candidatos demócratas y republicanos, con un espíritu de confrontación al que fueron más afectos los republicanos. El gurú de los consultores progresistas fue Napolitan, quien
Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador Editor General: Jean Cano Editor Regional: Lorena Melo Mieles Redacción: santodomingo@lahora.com.ec Publicidad: mgranda@lahora.com.ec Año: XXVII No. 11.699
Los escritos de los colaboradores solo comprometen a sus autores y no reflejan el pensamiento del medio, que se expresa en su Editorial.
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OPINIÓN 02
SANTO DOMINGO MARTES 25/AGOSTO/2026
editorial
Ángela Cevallos
Asia y el nuevo acercamiento
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cuador no puede darse el lujo de desaprovechar las oportunidades comerciales de cualquiera de las potencias mundiales. No importa si es EE.UU., China o la Unión Europea. El país tiene una necesidad permanente de buscar más dólares en el mundo para que la economía ecuatoriana se fortalezca. Es una de las camisas de fuerza que tiene el país al estar dolarizado: requiere impulsar sus exportaciones para que ingresen más recursos. Por eso el acercamiento comercial con Asia es inevitable, pero también primordial. Tres puntos son muy relevantes en la gira del presidente Daniel Noboa por Asia. El primero es la ampliación de exportaciones con la entrada al mercado chino de aguacate, arándanos, piña, carne de ave y productos pesqueros. Segundo, la reapertura al sector
habló de campañas de contraste, pero fue enemigo de lo que luego se llamó “campaña sucia”, que usaba la calumnia y la vida personal de los políticos y sus familias. Patrocinó ese tipo de campaña Roger Ailes, el “descubridor” de Ronald Reagan. Ailes fundó Fox News. Su libro, ‘Tú eres el mensaje’, es lectura obligatoria de los cursos que dictamos en el mundo. Ailes no fue un barrabrava, sino un consultor que pensaba. Desgraciadamente, como ocurre con frecuencia con los que se dedican a promover campañas sucias, terminó envuelto en escándalos.
camaronero con el levantamiento de la suspensión a las empresas camaroneras. Y tercero, el pedido de un consulado ecuatoriano en Chengdú para impulsar el ingreso de banano, cacao, chocolate, café, camarón, frutas tropicales y lácteos, los productos estrella. También es valioso el inicio de conversaciones con otros países como Singapur, que pueden servir para futuros negocios e intercambios. Para Ecuador es obligatorio hacer más amigos comerciales en el mundo con el fin de hacer más próspera a la nación. En lo político, la unión con Estados Unidos es clara al ser parte del Escudo de las Américas y recibir invaluable ayuda de las agencias de seguridad estadounidenses para la guerra contra el narcotráfico. Ese vínculo no puede ponerse en riesgo por ningún político.
Los consultores profesionales escribimos, damos cursos en universidades, publicamos libros, discutimos la política a partir de una formación académica lo más sólida y holística posible. Siempre hubo campañas sucias que halagan el ego de políticos, haciéndoles perder espacio. . Recuerdo a un candidato que llenó las paredes de la capital de otro país con calumnias en contra de su adversario, que tenía merecida imagen de hombre honorable y preparado, ayudando con su maniobra al triunfo del candidato
decente. Durante años desarrollamos estos temas en el curso de la George Washington University sobre “Ataque y defensa en campañas electorales”, que se convirtió en el libro que publicamos con Santiago Nieto, ‘El arte de ganar’. En los últimos años, en varias campañas a las que ayudaba, aparecieron especialistas en calumniar, mentir y difamar que querían conversar para apoyar a la campaña y pedían reunirse conmigo. Nunca los recibí. Todos los estudios serios dicen que esos juegos, cada vez
angelacevallos20@hotmail.com
Si la IA no sabe quién eres, no existes
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ay un cambio silencioso que está redefiniendo cómo el mundo busca información. Gartner, una de las consultoras de tecnología más reconocidas del mundo, pronosticó que el volumen de los motores de búsqueda tradicionales caerá un 25% para 2026, impulsado por los chatbots de inteligencia artificial y los agentes virtuales. No porque Google desaparezca, sino porque cada vez más personas, en lugar de buscar, preguntan. Le preguntan a ChatGPT, a Gemini, a Claude. Y la respuesta que reciben es directa. Con nombres específicos. O sin ellos.. También presenta opciones. Y si tú no estás entre esas opciones, alguien más puede ocupar tu lugar sin que siquiera te enteres. Este dato resulta interesante. ChatGPT alcanzó 900 millones de usuarios activos semanales, según reportó TechCrunch en febrero de 2026, consolidando a la IA en las tareas diarias de información. Y aunque el 95% de esos usuarios también sigue utilizando Google, según Similarweb, lo relevante no es el reemplazo sino la coexistencia: la IA se ha convertido en un nuevo filtro por el que pasa la información antes de que el usuario decida. Un filtro que elige qué nombres mencionar y cuáles ignorar. ¿Qué significa esto para un político, un profesional o una institución en Ecuador? Algo muy concreto: tener seguidores en redes sociales no garantiza aparecer en las respuestas de una IA. Haga la prueba. Abra ChatGPT, Gemini o Claude y pregunte: “¿Quién es [su nombre completo]? ¿A qué se dedica? ¿Por qué debería considerarlo como referente en su campo?” Si la respuesta lo sorprende, bienvenido al nuevo campo de batalla. Para quienes trabajamos en comunicación estratégica, esto representa un giro de paradigma. La reputación ya no se construye únicamente en los medios tradicionales ni en las redes sociales. El nuevo campo de batalla de la visibilidad no tiene pantalla. Tiene algoritmo. Y ese algoritmo no se impresiona con seguidores. Se impresiona con fundamento.
más sofisticados por el uso de la inteligencia artificial, sirven para entusiasmar a candidatos inseguros, pero no llegan a los que son el objetivo central de una campaña: los votantes indecisos. Un importante político mexicano me aconsejó hace décadas que es mejor no tener ni el más mínimo contacto con personas vinculadas al narcotráfico, la calumnia, el chantaje. Seguí ese consejo y nunca he conocido a ningún traficante, ni a especialistas en campaña sucia. ©Perfil.com
03 CIUDAD
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Comuneros exigen mantenimiento de la vía al Placer del Toachi Los habitantes advierten que el mal estado de la carretera afecta principalmente a los agricultores que necesitan trasladar sus productos y a quienes utilizan este tramo como conexión hacia Pichincha. Hasta las 15:00 de ayer, lunes 24 de agosto, se mantuvo el plantón protagonizado por comuneros de sectores aledaños a El Placer del Toachi, quienes bloquearon la vía para exigir al Gobierno Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas atención urgente al deterioro de esta arteria. Durante la manifestación, ningún vehículo pudo circular por el tramo. La medida generó respaldo entre algunos habitantes, mientras otros expresaron su malestar debido a que necesitaban movilizarse para realizar gestiones financieras y trámites en instituciones públicas. Yolanda Ojeda, presidenta del sector rural, señaló que en reiteradas ocasiones han informado a las
autoridades provinciales sobre las malas condiciones de la vía, sin obtener una respuesta concreta. La dirigente recordó que en noviembre de 2025 ya realizaron una medida similar. En esa ocasión, según explicó, las autoridades se comprometieron a iniciar los trabajos en un plazo de seis meses, pero aquello no se concretó. Los comuneros indicaron que por esta vía circulan diariamente cientos de personas, principalmente agricultores que necesitan trasladar su producción. Además, el tramo es utilizado como una ruta alterna para quienes se movilizan hacia la provincia de Pichincha.
Maquinaria ingresará
Según informó Ojeda, la
PROTESTA. Comuneros de sectores aledaños a El Placer del Toachi mantuvieron un plantón para exigir el mantenimiento de la vía.
jornada de protesta terminó luego de un diálogo con representantes del Gobierno Provincial, quienes se comprometieron a movilizar maquinaria pesada hoy, martes 25 de agosto, durante la mañana. La primera intervención consistirá en un bacheo con fresado, considerado un trabajo provisional, cuya duración dependerá de las condiciones climáticas y del deterioro de la vía. Los representantes provinciales también informaron a los comuneros que
ya cuentan con la licencia ambiental que estaba pendiente y que, con este requisito, podrán avanzar con el proceso en el portal de Compras Públicas para contratar el mantenimiento de varias vías, entre ellas la de El Placer del Toachi, que tiene una extensión aproximada de 16 kilómetros. Ojeda manifestó que los habitantes permanecerán atentos al cumplimiento de los compromisos y realizarán una veeduría de los trabajos, debido a que existen tramos que presentan
EL DATO La vía El Placer del Toachi es utilizada por agricultores de varios recintos para movilizar productos agrícolas. La comunidad considera que su mantenimiento es prioritario. un avanzado deterioro y requieren una intervención integral. (LMM)
Coffee Fest destacó la producción de café robusta en Santo Domingo El potencial cafetalero de Santo Domingo quedó en evidencia durante el Coffee Fest, realizado en las instalaciones del Centro Agrícola. El encuentro reunió a productores, expertos, estudiantes y representantes de instituciones públicas y privadas para promover el desarrollo de los cafés Canephora, entre ellos el café robusta. Durante las dos jornadas también participaron estudiantes de unidades educativas y colegios técnicos agropecuarios, quienes asistieron a talleres dictados por especialistas. Las actividades estuvieron enfocadas en mejorar los procesos de producción y postcosecha, además de incentivar a las nuevas generaciones a involucrarse en la caficultura.
Reconocimiento
Uno de los principales momentos del festival fue la calificación de los mejores cafés producidos en fincas de Santo Domingo y sectores cercanos. El primer lugar fue para Omar Vargas, productor del sector La Palma, en el recinto Cristóbal Colón, parroquia Valle Hermoso. El segundo puesto lo obtuvo Marco Antonio León, con su café León de Judá, producido en la parroquia El Esfuerzo. El tercer lugar fue para Luis Ramírez, del sector Paraíso del Río Blanco, en el cantón San Miguel de los Bancos, provincia de Pichincha. El resultado alcanzado por Vargas puso en valor la calidad del café que se pro-
duce en la zona y el potencial que existe para mejorar su comercialización mediante un adecuado manejo del cultivo y de los procesos posteriores a la cosecha.
Concurso AeroPress
El festival también incluyó un concurso de preparación de café mediante el método AeroPress, en el que participaron representantes de distintas provincias. Manabí consiguió el primer y tercer lugar, mientras que Santo Domingo alcanzó el segundo puesto con Jorge Lituma Angulo. Los ganadores tendrán la oportunidad de competir en el Coffee Fest Ecuador, previsto del 9 al 11 de octubre en Cotacachi. El encuentro también contó con representantes de
LOGRO. En el Coffee Fest se compartieron conocimientos y se fortaleció la producción de café robusta en la provincia.
la Cámara de Integración Internacional de Comercio del Ecuador y Alemania y de la red de Universidades Reducafé, con quienes se plantearon oportunidades de cooperación para fortalecer la cadena productiva. Con esta primera edición regional, el Coffee Fest bus-
có posicionar la producción de café robusta, reconocer el trabajo de los agricultores y generar espacios para el intercambio de conocimientos y experiencias. Otro de los objetivos fue promover el relevo generacional para garantizar la continuidad de la actividad cafetalera en la zona. (LMM)
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CRONOS 04
SANTO DOMINGO MARTES 25/AGOSTO/2026
Inauguran juegos deportivos internos La unidad educativa particular 17 de Diciembre inauguró sus juegos deportivos internos con un evento colorido en el que participaron estudiantes, directivos y padres de familia. La jornada comenzó con el desfile de los diferentes cursos, cada uno acompañado por su respectiva madrina. Como parte de la programación, también se realizó la elección de las Niñas Deportes y del equipo mejor uniformado. (LMM)
Mía Orellana, estudiante de quinto año de educación básica, fue elegida Niña Deportes. Tessa Bajaña, estudiante de tercer año de educación básica, es la Mini Niña Deportes.
Estudiantes de segundo año de básica fueron los ganadores del premio al mejor equipo uniformado, luciendo la camiseta de la selección de Ecuador.
05 política
Ecuador se mueve entre dos potencias mundiales SANTO DOMINGO | MARTES 25/AGOSTO/2026 I
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, terminó su visita oficial en China, dialogó con su par chino y ambos gobiernos firmaron siete instrumentos de cooperación, hechos que no han ocurrido aún con Estados Unidos. Expertos evalúan las relaciones con las dos potencias.
EL DATO La Cámara Nacional de Acuacultura de Ecuador indicó que el 17 de agosto fue notificada con el levantamiento de las suspensiones a ocho empresas de exportación de camarón en China, pero seis todavía permanecen suspendidas.
DIPLOMACIA. El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, y su homólogo de China, Xi Jinping, durante la firma de los instrumentos de cooperación. (Foto: Presidencia de Ecuador).
La gira internacional del presidente de la República, Daniel Noboa, terminará antes del 28 de agosto de 2026, porque la visita a Vietnam se suspendió. Analistas destacan los acuerdos alcanzados en China y Singapur, pero dudan que el gigante asiático se anteponga a Estados Unidos en Ecuador. Noboa retornará al país antes de lo previsto debido a los honores de Estado con los que se despedirá al exdirector de Inteligencia, Michele Sensi-Contugi, fallecido el 19 de agosto en Kenia.
¿Qué obtuvo Ecuador en China y Singapur? Noboa se reunió con el presidente de China, Xi Jinping, y con otras autoridades de ese país. La visita finalizó con la firma de varios instrumentos de cooperación, memorandos de entendimiento en su mayoría, para: 1. Fondos no reembolsables por $28 millones para equipamientos médicos, reactivación productiva y
vehículos policiales. 2. Cooperación en proyectos de educación, producción y gestión de riesgos con $14,7 millones no reembolsables. 3. Transformación digital aplicada a los sectores de agricultura, manufactura y salud. 4. Fortalecimiento del diálogo económico y comercial e inversiones. 5. Comercio libre y multilateralismo para mayor coordinación y aprovechamiento del Tratado de Libre Comercio (TLC). 6. Cooperación para el desarrollo de la industria verde y eficiencia energética. 7. Cooperación entre China Media Group y la Secretaría General de Comunicación de Ecuador. Con Singapur se firmó un memorando de entendimiento sobre cinco áreas estratégicas: Educación, liderazgo y gobernanza. • Digitalización. • Sostenibilidad.
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Salud pública. Comercio y economía.
Política de China en la región Po Chun Lee, economista y docente, explica que China tiene una política más abierta para cooperar con países que tienen recursos estratégicos que le interesan, como recursos mineros y energéticos en el caso de Ecuador. El experto considera que la firma de los memorandos no implica una avanzada de China sobre Ecuador en comparación con EE.UU. “¿Sería una avanzada? Creería que no. Es un mantenimiento de esa relación que tenemos. Hay que acordarse que China ha dado a Ecuador el nivel más alto de cooperación, que es un cooperante estratégico. Estamos aprovechando el uso de esa relación”, observa. Por eso ve como positiva la visita a China, “ya se levantaron las restricciones a ocho camaroneras”. “La realidad es que el patrón que vemos es que China ya es
uno de los grandes socios de algunos países de Sudamérica. En Brasil, China ya es el socio número uno, en relación con EE.UU.”, evalúa. Señala que EE.UU. está perdiendo esa capacidad productiva que sí tiene China y que por eso China vende más en la región que EE.UU. “La gran diferencia es que EE.UU. maneja el dólar, la moneda más influyente del mundo y puede comprar más al mundo y a la región”, agrega.
Cómo será la cooperación con China Esteban Santos, experto en Derecho Internacional, dice que lo importante es revisar lo concreto, no solo los deseos de buena voluntad. Aunque, subraya los logros preliminares con China, como la cooperación no reembolsable que aportará a la economía de Ecuador y el levantamiento de la suspensión a las camaroneras. Para el experto quedan pendientes algunos temas por los que evita proyectar un avance de China sobre EE.UU. en Ecuador. “Qué va a pasar con la gestión de la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair. Ecuador ya aceptó la obra que tiene más de 7.200 fisuras, pero ahora ¿va o no a hacerse cargo la empresa PowerChi-
na de esta obra? Lo propio en el tema minero, más allá de los compromisos, se deben ver los acuerdos tangibles”, señala. Santos explica que el firmar memorandos de entendimiento es expresar la voluntad de explorar la forma de cómo cooperar y en qué materia es viable la cooperación. Un acuerdo, en cambio, tiene validez jurídica y obligaciones, por lo general. “Con Singapur es la primera vez que firmamos un memorando de entendimiento. La diferencia es que con China, Ecuador ya ha tenido otros memorandos”, refiere. Insiste que por eso es importante conocer en qué situación quedarán los temas pendientes y cuándo se retomará la visita a Vietnam. Indica que los alcances de China y EE.UU. no se podrían comparar porque estas potencias tienen agendas diferentes. “Con EE.UU. se está afianzando el tema de seguridad, lo relacionado con el Escudo de las Américas (…). Y con China se habló de una agenda sobre inversión, explotación de recursos y transferencia de tecnología. La cooperación no reembolsable se agradece ($42,7 millones), pero es un número residual cuando se habla del monto de las inversiones que se espera”.
¿Ecuador va bien con China y EE.UU.? Para Ramiro Crespo, economista y presidente ejecutivo de Analytica Securities C.A., Ecuador debe tratar de tener las mejores relaciones con China y EE.UU., así como con Singapur. “No se debe tratar de mantener un balance, sino de tener las mejores relaciones con estos países. Y si eso crea un desbalance, no importa, porque se trata de que unas relaciones sean mejores que otras, no peores”, argumenta. Ecuador tiene ventajas en cuanto a productos que le interesan a China, precisamente el camarón, ejemplifica. “El Gobierno de Ecuador lo está haciendo muy bien al abrirse a China, en visitar Singapur y otros países. No nos deberíamos preocupar. Se debe hacer lo que más se pueda con ambas potencias, no tienen por qué resentirse”. (KSQ)
política 06
i SANTO DOMINGO | martes 25/agosto/2026
FUNCIONARIOS. Los consejeros electorales transitorios fueron designados en 2018. (Foto:cortesía)
CNE “eterno”: ¿Por qué 3 consejeros cumplirán 8 años en el cargo? El concurso para renovar parcialmente el Consejo Nacional Electoral presenta retrasos y el cronograma de resultados se ajustaría.
En noviembre de 2026, tres de los cinco consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE) cumplirán ocho años en sus cargos. En 2018, José Cabrera, Enrique Pita y Esthela Acero ganaron el concurso de méritos y oposición del proceso de selección que fue llevado a cabo por el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio. Los otros dos vocales fueron Luis Verdesoto y Diana Atamaint, quien fue presidenta del CNE hasta junio pasado. Atamaint y Cabrera fueron vocales transitorios que ocuparon el cargo desde agosto de 2018. Elena Nájera reemplazó a Verdesoto en abril de 2021. Por su parte José Merino se principalizó tras la salida de Atamaint en julio pasado. Con esos antecedentes, el CNE está conformado por: José Cabrera, presidente, Esthela Acero, vicepresi-
denta y los consejeros: Enrique Pita, Elena Nájera y José Merino. El artículo 218 de la Constitución establece que el CNE se integrará por cinco consejeras o consejeros principales, que ejercerán sus funciones por seis años, y se renovará parcialmente cada tres años, dos miembros en la primera ocasión, tres en la segunda, y así sucesivamente. Existirán cinco consejeras o consejeros suplentes que se renovarán de igual forma que los principales. En 2021 debió terminar la renovación parcial. ¿Cómo va la renovación del CNE? Paúl Vaca, secretario de la Comisión Ciudadana de Selección, mencionó que están conformando un listado de 14 docentes, siete principales y siete suplentes. Aclaró que dicha Comi-
sión no revisa los requisitos, prohibiciones e inhabilidades de los catedráticos. El reglamento de la renovación parcial del CNE establece que esa competencia y atribución la tiene el equipo técnico de apoyo, siete delegados de los consejeros de participación ciudadana. Con los 14 catedráticos, la Comisión convocaría a un sorteo público para escoger siete principales y siete suplentes. Los primeros tendrán a su cargo la elaboración de nuevas preguntas y evaluación de los exámenes práctico y escrito dentro de la fase de oposición. Hubo una acción de protección que paralizó el proceso en 2025, pero luego se reactivó. Sin embargo, se decidió retrotraer el concurso para elegir nuevos catedráticos. En esa búsqueda hubo tres convocatorias. En la etapa de calificación de méritos hay 162
postulantes. Finalmente se emitiría el informe de la Comisión en la cual se indicarán los resultados para que sean puestos a consideración del pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) para que de acuerdo con sus atribuciones determine los mejores puntuados, sea remitida esa información a la Asamblea Nacional para que sean posesionados. La Comisión estableció un cronograma en el que se preveía entregar los resultados del concurso. Sin embargo, debido al retraso en la tercera convocatoria, las fechas se actualizarán y la entrega se postergará para mediados o finales de noviembre. En este proceso de renovación parcial se elegirán dos vocales principales y dos suplentes. Los nombres de los consejeros a reemplazar serán sorteados. Una alternativa para la designación Medardo Oleas, expresidente del desaparecido Tribunal Supremo Electoral (TSE), ve con preocupación el proceso de renovación porque el Cpccs ha demostrado que no es un órgano que actúe imparcialmente en los concursos. Agregó que si se va a elegir un nuevo Consejo de Participación, por delicade-
za, debería apartarse a fin de que el nuevo organismo, una vez integrado, se haga cargo de las elecciones. Para él no puede haber una cercanía entre el CNE y los actores políticos porque si logran controlar a ese organismo o al Tribunal Contencioso Electoral se rompe el principio de imparcialidad con el cual deben actuar. En su caso fue electo miembro del TSE por la Función Legislativa de la época, que indicó, tenía otra configuración porque los vocales tenían que provenir de los siete primeros partidos políticos, pero el requisito era no ser afiliado. Eso permitió que cada vez sea más difícil tener un control total y absoluto del organismo electoral. “Se confunde; se piensa que la democracia es de los partidos y les dan esa facultad para que sean los únicos que nominen candidatos cuando ni siquiera han podido organizarse como verdaderas organizaciones y tenemos partidos y movimientos sin trascendencia”, dijo. Oleas es partidario de que la designación de los vocales del CNE vuelva a la Legislatura. Adujo que hay mayor representación porque el origen de la designación de los miembros de la Asamblea es por voto directo. A largo plazo, acotó, hay que buscar un nuevo esquema de conformación del CNE, que debe ser una institución eminentemente técnica. Esteban Santos, profesor universitario, mencionó que como el resto de los ecuatorianos ve ese proceso con mucho recelo. Señaló que el Cpccs es un estamento del Estado que nació viciado. Adujo que en su concepción iba a ser solo de la ciudadanía sin injerencia de partidos políticos, pero nada de aquello ha pasado, y la conformación del CNE es uno de los mejores ejemplos. Recordó nuevos incidentes donde se han plasmado peleas, pugnas, gritos. La demora en el cambio de autoridades del CNE afecta a la democracia porque la gente no cree en sus instituciones, reflexionó. (JGP)
07 ECONOMía SANTO DOMINGO | MARTES 25/AGOSTO/2026 I
do aparente. Es una paradoja que ayuda a entender todo el estudio. La economía facturó más, pero esa mayor facturación no se tradujo en una mayor cantidad de valor agregado. Acosta lo resume de esta manera. “No es lo mismo vender más que generar más riqueza local. Son cosas distintas y el crecimiento no distingue entre ambas”.
Lo que queda luego de las ventas
Ecuador vendió más, pero retuvo menos de cada dólar COMERCIO. Vender más no quiere decir automáticamente generar más riqueza en Ecuador.
Las ventas nacionales crecieron 9,4% en 2025, pero las compras aumentaron 12,8%. Un análisis con datos del SRI muestra que el valor que queda en la economía ecuatoriana cayó al nivel más bajo de los últimos cinco años. Imagine a un comerciante que llega al final del mes y mira sus cuentas. Vendió más que el año anterior. A primera vista, parece una buena noticia. Pero luego paga a sus proveedores, repone el inventario, cubre el alquiler, los servicios, el transporte y otros costos que necesita para mantener abierto el negocio. Entonces aparece la pregunta importante: ¿cuánto de todo lo que vendió realmente le quedó? Algo parecido puede pasar con una economía. En 2025, Ecuador vendió más, pero necesitó comprar todavía más para sostener esas ventas. El resultado fue llamativo: mientras las ventas crecieron con fuerza, el valor agregado aparente cayó. Dicho de forma sencilla: hubo más facturación y más movimiento económico, pero una menor proporción de cada dólar vendido se convirtió en valor agregado dentro del país.
Ese es el principal hallazgo de un análisis realizado por el economista Marco Antonio Acosta, fundador de Acosconsulting, con microdatos del Servicio de Rentas Internas (SRI) sobre ventas, compras e importaciones declaradas por contribuyentes entre 2021 y 2025. El estudio construye un indicador propio: el Índice de Retención Local (IRL). La idea se puede entender con una cuenta sencilla. Si un negocio vende $100, pero necesita comprar $80 en bienes, servicios e insumos para realizar esas ventas, esos $100 no representan $100 de valor generado por el negocio. Una parte simplemente pasó por la caja y terminó pagando aquello que necesitó para funcionar. El IRL intenta medir justamente qué proporción de cada dólar vendido queda como valor agregado aparente después de descontar las compras. Y ahí aparece una diferencia
que puede pasar desapercibida cuando solo se mira la facturación: vender más y generar más valor no son necesariamente la misma cosa.
Ventas frente a valor agregado Las ventas nacionales pasaron de $241.892 millones en 2024 a $264.720 millones en 2025. Eso representa un crecimiento de 9,4%. Las compras, en cambio, aumentaron todavía más: 12,8%. Es decir, para generar ese mayor nivel de ventas, los contribuyentes declararon un crecimiento todavía mayor de sus compras. El resultado se refleja en el valor agregado aparente, calculado como la diferencia entre ventas y compras. En 2024 había alcanzado $55.416 millones. En 2025 bajó a $54.605 millones. Así, Ecuador vendió alrededor de $22.828 millones más, pero terminó con unos $811 millones menos de valor agrega-
El Índice de Retención Local permite llevar esa historia a una cifra más fácil de visualizar. En 2021, Ecuador retenía 22,9 centavos por cada dólar vendido, según el indicador. En 2022 subió a 23,4 centavos y en 2023 se ubicó en 23,3. En 2024 volvió a 22,9. Pero en 2025 cayó a 20,6%, el nivel más bajo de los cinco años analizados. Puesto de otra manera: por cada $100 vendidos, el valor agregado aparente pasó de unos $22,90 en 2024 a $20,60 en 2025. La diferencia parece pequeña cuando se mira dólar por dólar. Pero cuando se aplica sobre cientos de miles de millones de dólares en ventas, el efecto cambia de escala. Y eso explica por qué el estudio no se queda solamente con la pregunta de cuánto vendió Ecuador. También pregunta qué pasó con esos dólares después de que entraron a la caja de las empresas.
Ventas vs. compras Para entenderlo, volvamos al ejemplo del comerciante. Supongamos que el año pasado vendió $100 y este año vendió $110. Eso es un crecimiento de 10%. Pero si para conseguir esas ventas sus compras pasaron de $80 a $90, el aumento de la facturación no significa que haya ganado $10 adicionales de la misma manera. Tuvo que gastar más para vender más. Eso es, a grandes rasgos, lo que muestran los datos agregados de Ecuador en 2025. Las ventas crecieron 9,4%, pero las compras lo hicieron 12,8%. El país necesitó incrementar sus compras a un ritmo mayor que sus ventas para sostener el crecimiento.
Esto no significa que comprar sea algo negativo. Las empresas necesitan proveedores, materias primas, equipos, transporte, servicios, energía y otros insumos para producir y vender. El punto es otro: cada compra representa una parte del valor de la venta que no se convierte directamente en valor agregado de quien realiza esa venta. Y algunas de esas compras corresponden además a productos y servicios provenientes del exterior. El estudio estima que las importaciones representaron entre 12,7% y 15,2% de las compras totales entre 2021 y 2025. La pregunta central sigue siendo más sencilla. ¿Cuánto valor consigue generar la economía ecuatoriana después de hacer las compras que necesita para vender?
El dinero que mueve el comercio El comercio es uno de los mejores ejemplos de por qué vender más no necesariamente significa retener más valor. En 2025 fue el sector que más valor agregado aparente generó en términos absolutos: $22.614 millones. Pero su IRL fue de apenas 19%. Eso significa que, bajo la metodología del estudio, por cada $100 que vende el comercio, alrededor de $19 corresponden a valor agregado aparente. Los otros $81 no son, automáticamente, dinero que sale del Ecuador. Son, principalmente, el reflejo de las compras que el sector necesita realizar para desarrollar su actividad. La manufactura presenta una situación parecida. En 2025 generó $7.068 millones de valor agregado aparente, el segundo mayor monto entre los sectores analizados, pero su IRL fue de 18,7%. La comparación deja una idea importante: un sector puede mover muchísimo dinero y, al mismo tiempo, retener una proporción relativamente pequeña de cada dólar que vende. Por eso hay que separar dos preguntas: ¿Cuánto valor genera un sector? Y ¿Qué porcentaje de cada dólar que vende se convierte en valor agregado? Son preguntas diferentes. (JS)
SOCIEDAD 08 i SANTO DOMINGO | MARTES 25/AGOSTO/2026
Perder peso sin supervisión médica, una receta para el desastre Ozempic, Saxenda, Mounjaro y otros medicamentos GLP-1 pueden ayudar a perder peso, pero requieren supervisión médica por sus posibles efectos adversos. La Arcsa alerta sobre publicidad no autorizada, comercialización irregular y productos falsificados. Los medicamentos GLP-1 son tratamientos que actúan sobre una hormona relacionada con la regulación del apetito y la glucosa en la sangre. Al imitar esta hormona, ayudan a aumentar la sensación de saciedad y reducir el hambre. Algunos también retrasan el vaciamiento del estómago. Estos medicamentos se utilizan principalmente para tratar enfermedades metabólicas como la diabetes tipo 2 y, dependiendo del principio activo, la dosis y su registro sanitario, también pueden estar indicados para el tratamiento de la obesidad o el control del peso. Entre los más conocidos están Ozempic, que contiene semaglutida; Saxenda, con liraglutida; y Mounjaro, cuyo principio activo es la tirzepatida, que actúa sobre las vías GIP y GLP-1.
¿Usar GLP-1 sin supervisión? El riesgo no está solamente en conseguir estos medicamentos sin receta. También existe cuando una persona modifica la dosis por cuenta propia, desconoce sus contraindicaciones, combina tratamientos o adquiere productos cuya procedencia, registro sanitario o conservación no puede comprobarse. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), los efectos adversos más frecuentes de los medicamentos agonistas del receptor GLP-1 son gastrointestinales y, por lo general, transito-
rios. También se han descrito eventos menos frecuentes pero potencialmente graves, como pancreatitis, enfermedad biliar y obstrucción intestinal. Por eso, la supervisión médica permite determinar si el tratamiento es adecuado para cada paciente, ajustar las dosis y detectar posibles complicaciones.
El efecto rebote Según datos del Ministerio de Salud Pública, en Ecuador el 63,6% de los adultos de 18 a 69 años tenía sobrepeso u obesidad. La magnitud de la pérdida de peso explica parte del interés por estos tratamientos. Alberto Narváez, miembro del Colegio de Médicos, señala que pueden generar reducciones de entre 15% y 20% en unos seis meses: “Si alguien pesa 200 libras, va a perder entre 30 y 60 libras de peso”. Sin embargo, los resultados varían según el medicamento, la dosis y las características de cada paciente. Además, suspender el tratamiento no garantiza mantener el peso perdido. De acuerdo con el médico, quienes dejan la semaglutida recuperan aproximadamente dos tercios del peso perdido durante el año siguiente.
¿Se pierde músculo al bajar de peso? Una pérdida importante de peso puede estar acompañada por una reducción de tejido magro. Sin embargo,
SALUD. La venta de GLP-1 sin receta puede ser sancionada con clausura y multas de hasta 10 salarios básicos unificados.
este término no equivale necesariamente a músculo, y una disminución de la masa muscular tampoco significa automáticamente desarrollar sarcopenia. El médico advierte que una pérdida de peso mal manejada puede comprometer la masa muscular. La sarcopenia requiere evaluar no solo la cantidad de músculo, sino también la fuerza y el rendimiento físico. El riesgo merece especial atención en adultos mayores y personas con menor reserva muscular. Una revisión sistemática y metaanálisis publicada en 2026 en la revista Diabetes, Obesity and Metabolism, que analizó 20 ensayos clínicos con 15.782 participantes, estimó que entre 25% y 39% del peso perdido con medicamentos incretínicos correspondió a tejido magro. Esta proporción fue comparable a la observada con intervenciones de estilo de vida. El análisis también encontró que combinar la pérdida de peso con entrenamiento de fuerza favorecía una mayor conservación de este tejido. Para Narváez, una de las mejores formas de cuidar la salud durante un proceso de pérdida de peso es mantener actividad física y una alimentación adecuada, con verduras, legumbres y fuentes de proteína.
Mercado informal El auge de estos medicamentos también ha generado publicidad y comercialización fuera de los canales autorizados. En agosto de 2024, la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa) alertó sobre publicidad no autorizada de Saxenda en Facebook, Instagram y TikTok para promover la pérdida de peso con fines estéticos. La autoridad recordó que el medicamento requiere receta y cuenta con registro sanitario en Ecuador. De acuerdo con la Agencia, los controles también han identificado situaciones irregulares fuera de las farmacias, incluidos establecimientos relacionados con servicios estéticos y de salud. La Arcsa especificó que algunos de estos productos provienen de Colombia, donde pueden resultar más baratos debido a la diferencia en el tipo de cambio, y son comercializados en Ecuador sin el registro sanitario correspondiente. La compra por canales informales aumenta además el riesgo de adquirir productos falsificados o que hayan sido transportados o almacenados en condiciones inadecuadas. En noviembre de 2024, la institución informó sobre una alerta internacional por productos falsificados de Ozempic y recordó la
importancia de adquirir medicamentos a través de canales autorizados.
Venta sin receta puede ser sancionada La Ley Orgánica de Salud, en su artículo 153, establece que los medicamentos que requieren prescripción solo pueden venderse al público con una receta emitida por un profesional facultado. La excepción son aquellos productos clasificados expresamente como de venta libre. En Ecuador, los medicamentos GLP-1 sujetos a prescripción, como los que contienen semaglutida o liraglutida, deben dispensarse bajo estas condiciones. La venta sin receta puede ser sancionada por la Arcsa, de acuerdo con la Ley Orgánica de Salud. Las sanciones pueden incluir multas de hasta 10 salarios básicos unificados, la clausura temporal o definitiva del establecimiento y el decomiso de los medicamentos comercializados de manera irregular. Cuando además se detectan productos de contrabando, falsificados o sin registro sanitario ecuatoriano, el caso puede pasar a instancias judiciales. La regulación busca evitar que medicamentos que requieren evaluación y seguimiento profesional sean adquiridos y utilizados sin control sanitario. (ACZ)
09 PUBLICIDAD SANTO DOMINGO MARTES 25/AGOSTO/2026
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RESOLUCIÓN No. SB-DNATS-2026-2597 SANDRA CATALINA TORRES CABRERA DIRECTOR NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y TRÁMITES SOCIETARIOS CONSIDERANDO: QUE, el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador consagra: “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.”; QUE, el último inciso del artículo 204 de la Constitución de la República del Ecuador establece que las superintendencias “(…) tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa.”; QUE, el artículo 213 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que: “Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. (...) Las superintendencias serán dirigidas y representadas por las superintendentas o superintendentes. La ley determinará los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades (...)”; QUE, el artículo 226 de la Carta Magna, dispone que: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”; QUE, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador manda: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”; QUE, el artículo 59 del Código Orgánico Monetario y Financiero dispone: “La Superintendencia de Bancos es un organismo técnico de derecho público, con personalidad jurídica, parte de la Función de Transparencia y Control Social, con autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa, cuya organización y funciones están determinadas en la Constitución de la República y la ley.”; QUE, el artículo 60 del Código Orgánico Monetario y Financiero, en su tenor literal dispone que: “La Superintendencia de Bancos efectuará la vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión de las actividades financieras que ejercen las entidades públicas y privadas del sistema financiero nacional, con el propósito de que estas actividades atiendan al interés general, se sujeten al ordenamiento jurídico, y de evitar, prevenir y desincentivar prácticas fraudulentas y prohibidas con el fin de proteger los derechos de los usuarios y/o clientes del sistema financiero nacional.”; QUE, el numeral 36 y el último inciso del artículo 62 del mismo cuerpo legal, dispone que: “36. Las demás que le asigne la Ley”; y “(…) La superintendencia, para el cumplimiento de estas funciones, podrá expedir todos los actos y contratos que fueren necesarios. Asimismo, podrá expedir las normas en las materias propias de su competencia, sin que puedan, alterar o innovar las disposiciones legales ni las regulaciones que expida la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria.”; QUE, los artículos 434 y 436 del Código Orgánico Monetario y Financiero disponen, en su orden, que los servicios auxiliares serán prestados por personas jurídicas no financieras, constituidas como sociedades anónimas o compañías limitadas; y que deberán calificarse previamente ante el Organismo de Control correspondiente; QUE, el artículo 5, del Capítulo XVII “Norma general que regula la definición, calificación y acciones que comprenden las operaciones a cargo de las entidades de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado”, del Título II “Sistema Financiero Nacional”, del Libro I “Sistema Monetario y Financiero”, de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, expedida por la Junta de Política y Regulación Financiera, establece como un servicio a cargo de las compañías de servicios auxiliares el de cobranza; y, en la Disposición General Primera estatuye que la Superintendencia de Bancos emitirá las disposiciones para la ejecución de la precitada normativa; QUE, los artículos 1 y 2 del Capítulo III “Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, y de los Burós de Información Crediticia”, del Título II “De la constitución y emisión de la autorización para el ejercicio de las actividades financieras y permisos de funcionamiento de las entidades de los sectores financieros público y privado”, del Libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, determinan la información y documentación que debe allegarse a este Organismo de Control para obtener la calificación como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado; QUE, el señor Ramiro Miguel Baldeon Oñate, en calidad de Gerente General de la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, con Registro Único de Contribuyentes número 1792063574001, mediante oficios Nro. DES-005-2026 y GG-DES-009-2026 de 12 de marzo y 23 de abril de 2026, respectivamente, ingresó la información legalmente requerida y solicitó la calificación como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área: Administradora de Tarjetas de Crédito; QUE, la antes denominada Intendencia Nacional de Riesgos y Estudios con Memorando número SB-INRE-2026-0639-M de 05 de agosto de 2026, emitió informe favorable para la calificación de RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado en el área: Administradora de Tarjetas de Crédito; QUE, mediante Memorando número SB-DNATS-2026-0067-M de 19 de agosto de 2026, la Dirección Nacional de Autorizaciones y Trámites Societarios verificó el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 1 y 2 del Capítulo III “Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, y de los Burós de Información Crediticia”, del Título II “De la constitución y emisión de la autorización para el ejercicio de las actividades financieras y permisos de funcionamiento de las entidades de los sectores financieros público y privado”, del Libro I “Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado”, de la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, por parte de RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, como compañía de servicios auxiliares en el área: Administradora de Tarjetas de Crédito; QUE, el “Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos”, expedido mediante Resolución número SB-2026-02293 de 23 de julio del 2026, dispone como atribuciones y responsabilidades de la Dirección Nacional de Autorizaciones y Trámites Societarios: “c) Calificar a las personas naturales y jurídicas que requieran acreditación de la Superintendencia de Bancos”; y, “h) Autorizar la constitución, operación, modificación y cancelación de los prestadores de servicios auxiliares en del sistema financiero, conforme a la normativa vigente;” y EN ejercicio de las atribuciones que me han sido delegadas por el Señor Superintendente de Bancos, mediante Acción de Personal No. 0339 de 30 de julio de 2026, en virtud de la cual fui designada Director Nacional de Autorizaciones y Trámites Societarios; por lo cual, me encuentro legalmente facultada para la suscripción del presente documento, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- CALIFICAR a RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, con Registro Único de Contribuyentes número 1792063574001, como compañía de servicios auxiliares de los sectores financieros público y privado, en el área: Administradora de Tarjetas de Crédito. ARTÍCULO 2.- AUTORIZAR a la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, a prestar el servicio de Administradora de Tarjetas de Crédito, de conformidad con su objeto social, a las entidades de los sectores financieros público y privado. ARTÍCULO 3.- SOMETER a la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, al control de la Superintendencia de Bancos en los términos previstos en el Código Orgánico Monetario y Financiero, quedando en consecuencia, sujeta a las disposiciones que emane este Organismo de Control y la Junta de Política y Regulación Financiera. ARTÍCULO 4.- DISPONER que la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, publique por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, el texto íntegro de la presente resolución. ARTÍCULO 5.- DISPONER que el Registrador Mercantil del cantón Quito, inscriba la presente resolución y siente las notas de referencia contempladas en el artículo 51 de la Ley de Registro. ARTÍCULO 6.- DISPONER que en el término de treinta (30) días contados a partir de la notificación de la presente resolución, la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, remita a esta Dirección Nacional de Autorizaciones y Trámites Societarios, la documentación que acredite el cumplimiento de los actos posteriores requeridos para su operatividad formal, conforme lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de esta resolución. El incumplimiento de esta disposición habilitará a la Superintendencia de Bancos para revocar la calificación otorgada. ARTÍCULO 7.- Una vez que la compañía calificada a través del presente instrumento cumpla con lo ordenado en los artículos antecedentes, se le otorgará el Código de Identificación a través de Secretaría General de la Superintendencia de Bancos. ARTÍCULO 8.- NOTIFÍQUESE con la presente resolución a la compañía RED TRANSACCIONAL COOPERATIVA S.A. RTC, en la dirección electrónica: productos@coonecta.com.ec, señalada para el efecto. COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de Bancos, en Quito, Distrito Metropolitano, a los diecinueve (19) días del mes agosto del dos mil veintiséis (2026).
Mgt. Sandra Catalina Torres Cabrera DIRECTOR NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y TRÁMITES SOCIETARIOS
Mgt. Ruth Alicia Chávez Arrégui SECRETARIA GENERAL, SUBROGANTE
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LO CERTIFICO.- En Quito, Distrito Metropolitano, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del dos mil veintiséis (2026).
Colombia: lucha con resultados contra el crimen organizado El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella elevó a más de 1.500 los detenidos en el marco de su lucha contra el crimen organizado. MADRID. El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, ha anunciado este 24 de agosto de 2026 la detención de más de una decena de miembros de una de las disidencias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) así como del Clan del Golfo y ha elevado a más de 1.500 los detenidos en operaciones contra grupos paramilitares y el narcotráfico desde que tomase posesión del cargo el pasado 7 de agosto.
campaña, la seguridad es eje fundamental de este Gobierno y estoy cumpliendo con la palabra que empeñé a los compatriotas, a esos cerca de trece millones de compatriotas que confiaron en mí y que votaron decididamente”, designó una cúpula militar “absolutamente extraordinaria” que, según el mandatario, permitirá “ganar la guerra al narcoterrorismo”. Los generales Erik Rodríguez Aparicio y Carlos Ca-
rrasquilla Gómez, ambos con más de tres décadas de servicio, lideran las Fuerzas Militares y el Estado Mayor Conjunto con ese objetivo. Al frente del Ejército está el general José Bertulfo Soto Sánchez, y de la Armada Nacional el vicealmirante Javier Jaime Pinilla. La Fuerza Aeroespacial, que recupera su nombre original Fuerza Aérea, está al mando del general Juan Martínez Osa. EUROPA PRESS
EXTRACTO DE LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL
Los resultados en cifras PROMESA. “Estoy comprometido en liberar a Colombia del crimen”, ha dicho el presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella. EP
destrucción de un laboratorio dedicado al procesamiento de pasta base de coca con cultivos empleados por estos grupos criminales en el municipio de La Macarena, al sur de Bogotá. De la Espriella ha presumido de este “golpe contundente contra el crimen organizado” a los que se suma una operación en Popayán, en el departamento del Cauca, que se ha saldado con cinco detenidos por “secuestro extorsivo y hurto calificado y agravado”
contra un comerciante, que ha sido rescatado por las fuerzas de seguridad.
Seguridad, eje fundamental
NOTARÍA SEXAGESIMO NOVENA DEL CANTÓN QUITO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública, otorgada ante el Doctor Miguel Ángel Tito Ruilova, Notario Sexagésimo Noveno del Cantón Quito, el 20 de agosto del 2026, los señores ANA LUCIA VILLA VILLA y JOSE LUIS MANTILLA MELO, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, luego de haber contraído matrimonio civil en la parroquia Tulcán, cantón Tulcán, provincia de Carchi, el treinta (30) de marzo del año dos mil seis (2006).- Liquidación de la Sociedad Conyugal.- La adjudicación del patrimonio se encuentra detallado en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal. En virtud de los antecedentes señalados, previo el trámite previsto en la norma legal correspondiente, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores ANA LUCIA VILLA VILLA y JOSE LUIS MANTILLA MELO, otorgada mediante escritura pública de 20 de agosto del 2026, ante el suscrito Doctor Miguel Ángel Tito Ruilova, Notario Sexagésimo Noveno del Cantón Quito, por el término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de la última publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Quito, 20 de agosto del 2026.
La semana anterior, De la Espriella anunció la renovación de la cúpula militar del país, con al menos cinco importantes nombramientos, incluido en la jefatura del Estado Mayor Conjunto, con vistas a combatir “de forma contundente” el “narcoterrorismo”. “Como lo dije durante la
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“Desde el 7 de agosto, ya son 1.574 capturas, 10 extradiciones y 23.642 kilos de estupefacientes incautados, entre ellos 12.296 kilos de cocaína. La orden es una sola: perseguir a los criminales, rescatar a quienes estén en sus manos, destruir sus estructuras y llevarlos ante la justicia”, ha señalado en sus redes sociales. Estas cifras incluyen, de acuerdo al mandatario, once integrantes del frente 53 de la Segunda Marquetalia y dos miembros del Clan del Golfo, quienes han sido detenidos en las últimas 24 horas en distintos puntos del país, así como la
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i SANTO DOMINGO | MARTES 25/AGOSTO/2026
Daniel Hadad
EL HOMBRE QUE DESAFIÓ AL PODER Y CONSTRUYÓ INFOBAE CON
Gabriela Vivanco
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GloBal
SANTO DOMINGO | MARTES 25/AGOSTO/2026 I
Trump: ‘Irán está colapsando por completo’ El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, asegura que “Irán está colapsando por completo” antes del inicio de la “ofensiva financiera” que forma parte de su guerra económica. MADRID. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha asegurado este 24 de agosto de 2026 que “Irán está colapsando por completo”, a pocas horas del inicio de una “ofensi-
va financiera” como parte de su “guerra económica” contra Irán, al hilo de la ofensiva lanzada el 28 de febrero por las fuerzas israelíes y estadounidenses contra el país centroasiático.
“Irán está colapsando por completo”, ha dicho en un breve mensaje en redes sociales, apenas un día después de afirmar que había mantenido conversaciones con el jefe del Ejército de
CONFLICTO. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump. Casa Blanca
Pakistán, Asif Munir, para abordar un posible reinicio de los contactos con Irán. La decisión de Washington sobre una nueva campaña de presión económica sobre Teherán, sobre la
que por ahora no han trascendido detalles concretos en lo relativo a su impacto y medidas, tiene lugar en medio del estancamiento de los contactos indirectos entre ambos países para intentar alcanzar un acuerdo definitivo que ponga fin al conflicto abierto por la citada ofensiva conjunta de Estados Unidos e Israel.
Burlas contra eslogan de Trump El presidente del Parlamento de Irán y jefe del equipo negociador iraní en las conversaciones con Estados Unidos, Mohamed Baqer Qalibaf, ha afirmado este que Washington “no puede tapar sus derrotas con afirmaciones falsas” y ha ironizado con el eslogan de campaña del presidente estadounidense, Donald Trump, para criticar las tasas de desnutrición en el país norteamericano. “Haz que Estados Unidos pase hambre de nuevo”, ha dicho Qalibaf en un mensaje en redes sociales, donde cifra en 47 millones los estadounidenses que “hacen frente a diario al hambre”, con “16 millones de niños que pasan hambre cada día”. “La inseguridad alimentaria existe en todos los condados de Estados Unidos”, ha señalado. “Estas cifras no son falsas, como sus palabras”, ha apuntado el jefe negociador iraní, que ha adjuntado enlaces a los informes de los que habría obtenido estos datos. “No pueden ocultar sus derrotas con afirmaciones falsas”, ha zanjado Qalibaf. EUROPA PRESS
SANTO DOMINGO
Misas continuas y castillos acompañarán a la Virgen del Cisne
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i SANTO DOMINGO | MARTES 25/AGOSTO/2026
La Catedral de Loja prepara una agenda especial de celebraciones religiosas, con misas desde las 06:00 y una programación pirotécnica y artistíca que se estará a dando a conocer en las próxmos horas. Autoridades eclesiásticas coordinan los preparativos logísticos con los priostes para la celebración de las Noches del Peregrino en la Catedral de Loja. Las actividades religiosas y culturales se desarrollarán del 1 al 8 de septiembre con el objetivo de acoger a los miles de devotos que acompañan a la imagen de la Virgen del Cisne. La agenda contempla una amplia oferta de misas, desde horas de la mañana hasta la noche.
Atención pastoral y sacramental a los devotos
El párroco de El Sagrario, William Arteaga, confirmó la presencia masiva de fieles en el templo y detalló el despliegue pastoral organizado para la atención de los visitantes. “Tenemos un grupo de sacerdotes que están atendiendo el Sacramento de la Reconciliación y los sacerdotes para que celebren cada hora la Eucaristía”. Los horarios fijados para
las Eucaristías abarcan 10 frecuencias diarias desde el 21 de agosto hasta el 9 de septiembre: 06:00, 07:00, 08:30, 10:00, 11:00, 12:00, 15:00, 16:00, 17:00 y 19:00. El Sacramento de la Confesión se imparte de forma paralela en las naves del templo catedralicio para responder a la demanda de los peregrinos.
El Cisne. Pedimos cordialmente no difundir ni tomar como oficial dicha información. En las próximas horas publicaremos, a través de nuestros canales oficiales, la programación correcta y actualizada de las Noches del Peregrino”.
Programación pirotécnica y noches culturales
Las autoridades eclesiásticas instaron a la comunidad local a brindar una acogida respetuosa y solidaria a los visitantes que arriban desde distintas provincias del país. “Invitar a todos los lojanos a recibir a los peregrinos, a los turistas también, abrir nuestro corazón y ser como siempre lo somos los lojanos, buena gente. La imagen tiene el cariño, el amor, la ternura para con Dios y con los demás”, resaltó Arteaga. La venerada imagen de la Virgen del Cisne permanecerá en la Catedral de Loja durante estas jornadas de oración y festividad comunitaria.
Frente a la difusión de información no oficial sobre la programación de los castillos, la Diócesis de Loja desmintió tener un cronograma establecido. A través de sus páginas oficiales, la institucion religiosa publicó un comunicado donde menciona: “La Parroquia El Sagrario “La Catedral” informa a la ciudadanía y a los medios de comunicación que se encuentra circulando información incorrecta y no oficial sobre la programación de las Noches del Peregrino en honor a la Santísima Virgen de
Hospitalidad y llamado a la ciudadanía
RELIGIÓN. Misas continuas y castillos forman parte de las festividades religiosas.
MARTES, 25 de AGOSTO de 2026 La Hora Santo Domingo
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Discriminación de personas con discapacidad en el servicio de transporte público
Autor: Juan Carlos Mariño Bustamante
de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente (…)”. En el mismo artículo dispuso que “Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”.
Las operadoras del transporte público, con la implementación de los llamados “torniquetes” para el control de acceso y cobro a los pasajeros, vulneran los derechos constitucionales ¿a la igualdad y no discriminación de personas en condición de discapacidad o movilidad reducida? Para resolver el problema jurídico planteado, analizaremos los siguientes tópicos: i) Personas en condición de discapacidad como sujetos de especial protección constitucional, derecho a la igualdad y prohibición de discriminación, ii) libertad de locomoción y accesibilidad física para personas en condición de discapacidad, iii) el papel del transporte público en el derecho a la libre locomoción. Personas en condición de discapacidad como sujetos de especial protección constitucional, derecho a la igualdad y prohibición de discriminación. La “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”, manda a los Estados parte eliminar cualquier forma de discriminación que se presente en contra de este grupo poblacional. Dicha Convención señala que: “a) El término “discriminación contra las personas con discapacidad” significa toda distinción, exclusión o restricción basada en una discapacidad, antecedente de discapacidad, consecuencia de discapacidad anterior o percepción de una discapacidad presente o pasada, que tenga el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por parte de las personas con discapacidad, de sus derechos humanos y libertades fundamentales. b) No constituye discriminación la distinción o preferencia adoptada por un Estado parte a fin de promover la integración social o el desarrollo personal de las personas con discapacidad, siempre que la distinción o preferencia no limite en sí mis-
en la web derechoecuador.com ma el derecho a la igualdad de las personas con discapacidad y que los individuos con discapacidad no se vean obligados a aceptar tal distinción o preferencia. En los casos en que la legislación interna prevea la figura de la declaratoria de interdicción, cuando sea necesaria y apropiada para su bienestar, ésta no constituirá discriminación” En igual sentido centró su objetivo en la eliminación de las barreras que impiden a las personas en condición de discapacidad ejercer sus derechos y lograr adaptarse a la sociedad. Así las cosas, estableció en su artículo III los compromisos que deberían adoptar los Estados parte para lograr el cumplimiento de los objetivos definidos: “1. Adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad, incluidas las que se enumeran a continuación, sin que la lista sea taxativa: a) Medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales, y las actividades políticas y de ad-
ministración; b) Medidas para que los edificios, vehículos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus territorios respectivos faciliten el transporte, la comunicación y el acceso para las personas con discapacidad; c) Medidas para eliminar, en la medida de lo posible, los obstáculos arquitectónicos, de transporte y comunicaciones que existan, con la finalidad de facilitar el acceso y uso para las personas con discapacidad; y d) Medidas para asegurar que las personas encargadas de aplicar la presente Convención y la legislación interna sobre esta materia, estén capacitados para hacerlo. 2. Trabajar prioritariamente en las siguientes áreas: a) La prevención de todas las formas de discapacidad prevenibles; b) La detección temprana e intervención, tratamiento, rehabilitación, educación, formación ocupacional y el suministro de servicios globales para asegurar un nivel óptimo de independencia y de calidad de vida para las personas con discapacidad; y c) La sensibilización de la población, a través de campañas de educación encaminadas a eliminar prejuicios, estereotipos y otras actitudes que atentan contra el derecho de las personas a ser iguales, propiciando de esta forma el respeto y la convivencia con las personas con discapacidad”. (lo subrayado y en negrita no consta en el texto original) La “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, estableció en su artículo 1° el propósito de “(…) promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones
La Constitución de la República del Ecuador su Art. 66 establece: “Se reconoce y garantizará a las personas: (…) 4. Derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación. Mientras que el Art. 47 consagra: “El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a: (…) 10. El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.” Y el Art. 341 de la Constitución señala: “El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de salud o de discapacidad. (…)” Como vemos nuestra constitución consagra el principio de igualdad, prohibiendo cualquier forma de discriminación y señalando que el Estado garantizará a todos sus ciudadanos el goce real y efectivo de sus derechos, en especial el de los grupos poblacionales más vulnerables que históricamente han sido excluidos por su condición social, física o económica. El Estado Ecuatoriano, encaminando sus esfuerzos para
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lograr el cumplimiento de los tratados internacionales aprobados y ratificados por él, expidió la Ley Orgánica de Discapacidades (LOD) por medio de la cual se reafirmó los derechos de las personas en condición de discapacidad, definiendo los conceptos necesarios para el entendimiento de sus mandatos y señalando los principios bajo los cuales se debe regir. El Art. 60 de la LOD señala: “Accesibilidad en el transporte. - Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder y utilizar el transporte público. Los organismos competentes en tránsito, transporte terrestre y seguridad vial en las diferentes circunscripciones territoriales, previo el otorgamiento de los respectivos permisos de operación y circulación, vigilarán, fiscalizarán y controlarán el cumplimiento obligatorio de las normas de transporte para personas con discapacidad dictadas por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) y establecerán medidas que garanticen el acceso de las personas con discapacidad a las unidades de transporte y aseguren su integridad en la utilización de las mismas, sancionando su inobservancia. Se adoptarán las medidas técnicas necesarias que aseguren la adaptación de todas las unidades de los medios de transporte público y comercial que sean libres de barreras y obstáculos y medidas.” (lo subrayado y en negrita no consta en el texto original) El Art. 61 de la LOD dice: “Unidades accesibles.- Los organismos competentes para conceder permisos de operación a organizaciones de taxis, exigirán que al menos un porcentaje de sus unidades cuenten con las adecuaciones técnicas necesarias para transportar a personas con discapacidad con movilidad reducida, en función de las necesidades de la respectiva circunscripción territorial, de conformidad con el reglamento de esta Ley. Libertad de locomoción y accesibilidad física para personas en condición de discapacidad El derecho a la libre locomoción o de tránsito sin restriccio-
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MARTES 25 de AGOSTO de 2026 La Hora, SANTO DOMINGO
nes, debe garantizarse a todos los ciudadanos sin importar las condiciones físicas que ostenten, por lo que el Estado deber tomar medidas tendientes a la eliminación de barreras que impidan el goce efectivo de este derecho a las personas en condición de discapacidad y a la colectividad en general. “la libertad de locomoción puede verse afectada de manera directa, como cuando alguien impone alguna restricción de acceso a las vías o al espacio público, o de manera indirecta, en atención a las condiciones y a la actividad que realiza la persona” En referencia a la garantía de accesibilidad física, se entiende que el Estado debe proferir planes de acción, medidas y políticas que permitan a las personas en condición de discapacidad física hacer uso de sus libertades y ejercer de manera efectiva su derecho a la locomoción, permitiendo que estos desarrollen su vida diaria en condiciones de normalidad, sin obstáculos que les impida gozar de los espacios públicos, ingresar a cualquier edificación que se encuentre destinada al uso público, desplazarse usando los medios de transporte provistos para toda la comunidad e incluso disfrutar de los sistemas de las tecnologías de la información. Cuando hacemos referencia al acceso a edificios abiertos al público, al menos uno de los accesos al interior de la edificación, debe ser construido de tal forma que permita el ingreso de personas con algún tipo de movilidad reducida y deberá contar con un ancho mínimo que garantice la libre circulación de una persona en silla de ruedas. El concepto de accesibilidad para personas en condición de discapacidad física es: “la condición que permite en cualquier espacio o ambiente interior o exterior, el fácil desplazamiento de la población en general y el uso en formas confiable y segura de los servicios instalados en estos ambientes” Se trasgrede el derecho a la igualdad de oportunidades, generando una discriminación hacía las personas con discapacidad física o movilidad reducida al momento que se le somete a mayores esfuerzos y riesgos para acceder al goce de un derecho de carácter fundamental, como es la movilidad o tránsito (locomoción). Esta afirmación presupone una exigencia mayor del Estado y de la colectividad actual para que se materialicen las normas proferidas en favor de las personas en condición de discapacidad y para que se ejecuten de manera efectiva las políticas previstas para lograr la inclusión definitiva de este grupo minoritario en la vida social. Haciendo referencia directa a las personas en condición de discapacidad física, la jurispru-
dencia extranjera ha precisado que: “Frente a las personas en situación de discapacidad, se han reconocido los importantes efectos que puede generar el ambiente físico en su inclusión o exclusión social, pues “a través de la posibilidad de acceder a diversos espacios físicos, el individuo puede autónomamente elegir y trazar su plan de vida y desarrollarse libremente como persona y ciudadano”. Afirmación de la cual se concluye que la accesibilidad física es un presupuesto indispensable para el propósito de vida de cada ciudadano y es la garantía para la materialización del derecho a la libre locomoción. La jurisprudencia extranjera ha mantenido su postura frente a la protección de las personas en condición de discapacidad, al derecho a la libre locomoción y accesibilidad física como presupuesto de este último. “las situaciones de discapacidad tienen origen en las condiciones sociales y del entorno, que finalmente excluyen y generan barreras a las personas por razón de sus diversidades funcionales, impidiéndoles gozar plenamente de sus derechos en condiciones de igualdad”, señalando que esa postura se corresponde con una “aproximación al modelo social de discapacidad”, base sobre la cual se ha concluido que “no son las personas en situación de discapacidad las que deben adaptarse al entorno físico que ha sido construido para las personas que gozan de plenas capacidades funcionales, sino que es la sociedad la obligada a garantizar espacios respetuosos de la diversidad y de las distintas condiciones humanas”, determinando que en el caso concreto se debían tomar medidas para quitar las barreras que le impidan al usuario ejercer su derecho a la libre locomoción. Así pues, teniendo en cuenta la temática desarrollada en líneas anteriores frente a la garantía de accesibilidad como presupuesto del derecho a la libre locomoción se concluye que la accesibilidad al trasporte público de las personas en condición de discapacidad o de movilidad reducida, es susceptible de protección constitucional en cuanto contiene un componente indispensable para el desenvolvimiento de la vida en sociedad de estos individuos, quienes debido a sus especiales condiciones requieren el reconocimiento de su diversidad. El papel del transporte público en el derecho a la libertad de locomoción El Art. 394 de la Constitución del Ecuador señala: “El Estado garantizará la libertad de transporte terrestre, aéreo, marítimo y fluvial dentro del territorio nacional, sin privilegios de ninguna naturaleza. La promoción del transporte público masivo y la adopción de una política de tarifas diferenciadas
de transporte serán prioritarias. El Estado regulará el transporte terrestre, aéreo y acuático y las actividades aeroportuarias y portuarias.” El Art. 2 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establece cuales son los principios Generales: “La presente Ley se fundamenta en los siguientes principios generales: 1) Principio de equidad. - El acceso a las infraestructuras y servicios del transporte a nivel nacional se lo hará con enfoque de igualdad y con respeto a los grupos de atención prioritaria. 2) Principio de libre movilidad. - Toda persona tiene derecho a transitar libremente, priorizando su integridad física, mediante los diferentes modos de transporte reconocidos en la Ley. 3) Principio de desarrollo sostenible. El desarrollo del transporte en el país procurará un equilibrio entre los aspectos económicos, ambientales y sociales.” Mientras que Art. 46 de la ley de Tránsito establece: “El transporte terrestre automotor es un servicio público esencial y una actividad económica estratégica del Estado, que consiste en la movilización libre y segura de personas o de bienes de un lugar a otro, haciendo uso del sistema vial nacional, terminales terrestres y centros de transferencia de pasajeros y carga en el territorio ecuatoriano. Su organización es un elemento fundamental contra la informalidad, mejorar la competitividad y lograr el desarrollo productivo, económico y social del país, interconectado con la red vial internacional.” (lo subrayado y en negritas no consta en el texto original) El carácter de servicio público esencial bajo la regulación del Estado que la ley le otorga a la operación de las empresas de transporte público, implicará la prelación del interés general sobre el particular, especialmente, en cuanto a la garantía de la prestación del servicio y a la protección de los usuarios. Los diseños para la construcción y operación de las unidades donde brindan el servicio público deben contemplar sistemas o mecanismos apropiados para el control y cobro a las personas con discapacidad física o movilidad reducida. Bajo estos parámetros es importante resaltar que el carácter de servicio público que tiene el transporte hace que este deba tener una intervención y vigilancia constante del Estado, que debe procurar políticas que permitan que este servicio se desarrolle asegurando las mejores condiciones para sus usuarios, sin perder de vista que se erige también como un presupuesto fundamental para el goce de garantías constitucionales como la libertad de locomoción entre otras de gran importancia como el derecho al trabajo y a la edu-
cación, por cuanto es por este medio que la mayoría de la colectividad supera las barreras de distancia que pueden existir hacia el lugar en donde se desenvuelve como ser humano. La jurisprudencia extranjera ha consideró que “el ámbito de protección de la libertad de locomoción de una persona discapacitada contempla la posibilidad de acceder al sistema de transporte público básico de una ciudad en condiciones de igualdad, es decir, sin tener que soportar limitaciones que supongan cargas excesivas”, Bajo este criterio se ha estimado que: “(i) la libertad de locomoción es una condición para el goce efectivo de otros derechos fundamentales; (ii) su afectación se puede derivar, tanto de acciones positivas, es decir, cuando directamente se obstruye la circulación de los ciudadanos, como cuando se genera ese efecto indirectamente o por omisión en la remoción de barreras o en la creación de una infraestructura adecuada para la circulación; (iii) el servicio de transporte público es necesario para el ejercicio de la libertad de locomoción, y de los demás derechos constitucionales que dependen de la posibilidad de movilizarse, en especial, para aquellos sectores marginados de la población urbana que no cuentan con otras alternativas de transporte; y (iv) el servicio básico de transporte debe ser accesible para todos los usuarios, incluidas las personas en situación de discapacidad”, concluyendo que la faceta prestacional de este derecho necesariamente impone cargas al Estado y a algunos particulares que deben ser ejecutadas en periodos racionales, sin que ello sea óbice para que se tomen medidas efectivas que garanticen el goce del derecho a la libre locomoción, ya que “gradualmente van incurriendo en un incumplimiento cuya gravedad aumenta con el paso del tiempo”. Se reconoce la protección especial a que tienen derecho las personas en condición de discapacidad física o de movilidad reducida, igualmente el Estado y la sociedad en general son los llamados a que a través de acciones afirmativas propicien ambientes físicos que garanticen la accesibilidad de este grupo poblacional a todas las infraestructuras existentes en el territorio nacional —sin importar su destinación— para que así puedan gozar de manera efectiva de su derecho a la libertad de locomoción. Implementación de “torniques” La razón de instalar “torniquetes” en pleno siglo 21, en las unidades de transporte en Santo Domingo de los Tsáchilas, es con la finalidad de poder ejercer el control y el cobro respectivo a sus usuarios, lo cual puede constituir un mecanismo efectivo de control
en la recaudación de pasajes para la mayoría de usuarios, pero para personas con alguna discapacidad o para personas con movilidad reducida, se les genera un esfuerzo físico excesivo, lo que evidentemente constituye una barrera para su movilidad y trato diferenciado que no les ubica en igualdad de condiciones en comparación al resto de usuarios del trasporte público, lo que conlleva a que la instalación de “torniquetes” constituya un acto discriminatorio hacia este grupo poblacional, y con más intensidad cuando en la actualidad la tecnología brinda sistemas alternativos y modernos para el control y cobro de los usuarios, como tarjetas inteligentes, sensores láser o infrarrojo que registra el cobro del pasaje a cada usuario. El derecho a la accesibilidad física de las personas en condición de discapacidad o movilidad reducida, debe garantizarse de manera efectiva por parte del Estado y de particulares que brinden servicios públicos como el transporte, generando políticas de inclusión que eviten la discriminación de este grupo poblacional que en razón de su diversidad, requiere un tratamiento diferencial que implica tomar acciones positivas para lograr el desarrollo de la vida en sociedad de estas personas de manera igual a los demás ciudadanos. Asimismo, el carácter prestacional del derecho a la libre locomoción de la población en condición de discapacidad o movilidad reducida exige que por parte del Estado y de particulares que prestan servicios públicos, lleven a cabo inversiones económicas que deben desarrollarse en un tiempo prudencial, evitando así que se vulneren los derechos de estas personas, como la inversión en tecnologías para el pago y validación en el transporte público para los desplazamientos diarios, además deben adquirir unidades acondicionadas (plataforma de ascenso y descenso) para este grupo minoritario que históricamente ha sido excluido de los servicios públicos y privados. Frente al servicio público de transporte el Estado a través de la Empresa Pública Municipal, tiene el control y vigilancia de las entidades que lleven a cabo la ejecución y prestación de este servicio para que se desarrolle conforme a los principios de regularidad y continuidad, garantizando el acceso efectivo de toda la población a este servicio y en especial generando las herramientas necesarias para que las personas en condición de discapacidad o movilidad reducida puedan tener un acceso efectivo a este servicio, garantizando de igual modo el derecho a la libre locomoción de la colectividad en general. Por lo que la implementación de los llamados “torniquetes” vulnera el derecho constitucional a la igualdad y no discriminación por su discapacidad física y movilidad reducida de los usuarios del transporte público, previsto en el Art. 11.2, en relación con Art. 35 y Art. 47 de CRE.
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